Análisis de la movilidad en el mercado laboral y los efectos sobre el sistema de pensiones 1

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1 Análisis de la movilidad en el mercado laboral y los efectos sobre el sistema de pensiones 1 Guillermo Lagarda Cuevas José Ángel Mandujano Canto Sumario En este trabajo se presenta un análisis de la movilidad en el mercado laboral y los efectos que tiene sobre la evolución del sistema vigente de pensiones. Tradicionalmente se consideraba, en estudios relacionados con el tema de ahorro para el retiro, que las variables relevantes eran sólo aquellas que involucraban la competencia del mercado financiero, el nivel salarial y los contratos de aportaciones. Sin embargo, los limitados resultados observados, así como nuevos estudios han mostrado que trabajar en esos rubros es una condición necesaria, más no suficiente. Este documento pretende hacer evidente esta realidad, además de mostrar la sensibilidad que las variables del mercado laboral tienen sobre las cuentas individuales de los trabajadores. Para llevar a cabo esta tarea se parte de la información de la Encuesta Nacional de Empleo Urbano (ENEU-ENE). Ésta es utilizada para obtener, a través de un estimador de máxima verosimilitud, las probabilidades de transitar en los diferentes estados ocupacionales del mercado laboral. Posteriormente, se definen dos escenarios posibles de desempeño del mercado laboral y con ellos se generan proyecciones a En un siguiente apartado, con base en principios de la simulación Monte Carlo y utilizando las probabilidades de transición creamos distintas historias que emulan diferentes realidades posibles del mercado laboral en cuanto a escolaridad, edad y nivel de ingreso. Con estos resultados se presentan cálculos de saldos en cuentas individuales así como de densidad de cotización y tasas de reemplazo para la economía considerando la nueva ley del IMSS, el antiguo régimen del ISSSTE y su nueva ley. 1 Derechos de Autor Reservados

2 Análisis de la movilidad en el mercado laboral y los efectos en el sistema de pensiones 2 ÍNDICE 1. Introducción Marco teórico Descripción del Sistema de Pensiones Clasificación de los Sistemas de Pensiones Sistema mexicano de pensiones El IMSS La nueva Ley del Seguro Social (NLSS) Nuevo sistema de pensiones del IMSS El ISSSTE Esquema de aportaciones según Ley ISSSTE Nueva Ley del ISSSTE Descripción del Mercado Laboral Introducción Definición de Conceptos Evolución del Mercado Laboral Proyecciones de la Movilidad del Mercado Laboral y Simulación del Sistema Cuentas Individuales Introducción Matrices de transición Estimación de una matriz de transición Cálculos de matrices de transición con información de la ENEU Planteamiento de Escenarios para la Economía Introducción Estado de la economía Proyecciones Metodología para las proyecciones La metodología de la simulación de cuentas individuales Simulación de densidad de cotización y tasas de reemplazo Definiciones y conceptos utilizados... 58

3 Análisis de la movilidad en el mercado laboral y los efectos en el sistema de pensiones Creación de las Historias Laborales Resultados Generales Análisis de los Resultados Comportamiento en el Sector Formal Comportamiento de los afiliados al IMSS Comportamiento de los afiliados al ISSSTE Comportamiento del mercado informal Comportamiento del desempleo Comportamiento de los trabajadores fuera de la fuerza laboral Densidad, Saldos y Tasas de Reemplazo: Resultados Densidad de Cotización Saldos de las Cuentas Individuales y Tasas de Reemplazo Conclusiones Referencias Apéndice LA ENEU La ENEU como herramienta para entender la dinámica poblacional y el mercado laboral Manejo de las encuestas y conceptos utilizados Apéndice Metodología La metodología de la simulación Monte Carlo

4 Análisis de la movilidad en el mercado laboral y los efectos en el sistema de pensiones 4 1. Introducción El sistema de pensiones en México vigente desde los años cuarenta y hasta mediados de los años noventa, era un sistema de reparto con beneficios definidos, esto significa que las contribuciones de los trabajadores activos financiaban los beneficios de los trabajadores jubilados y pensionados. Según estimaciones de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR), en base a las cifras de pensionados del IMSS, en 1970 había 29 trabajadores activos por cada pensionado. En 1997 esta relación había bajado a sólo 14, además se podía prever que esta tendencia continuaría dado el envejecimiento de la población y que terminaría por provocar un déficit de caja, en pocos años los beneficios superarían a las contribuciones y al no contar con reservas suficientes, el diferencial se habría tenido que cubrir con recursos fiscales y con los asignados para el funcionamiento de las instituciones de seguridad. Al inicio de la década de los 90, el sistema de pensiones enfrentaba los siguientes problemas: había bajos incentivos a cotizar permanentemente y a la permanencia en el mercado laboral formal, los compromisos adquiridos por las instituciones públicas de seguridad social en combinación con la dinámica poblacional había ocasionado que las reservas actuariales para enfrentar las pensiones futuras fueran insuficientes, lo cual ponía en riesgo las pensiones para los trabajadores. Los recursos aportados en el periodo en que los jóvenes superaban considerablemente a la población inactiva, no fueron destinados a constituir reservas preventivas para cuando hubiera que enfrentar el envejecimiento de la población, sino que fueron utilizados para la construcción de infraestructura hospitalaria de estas instituciones. Dadas las condiciones del mercado laboral y las fallas de la estructura institucional, los trabajadores con salarios más elevados se beneficiaban dado que tendían a registrar una mayor permanencia en el mercado laboral formal. En contraste los de bajos ingresos registraban una mayor movilidad, por lo que no cubrían los requisitos indispensables para obtener la pensión, ocasionando la pérdida de sus aportaciones. Esta situación provocaba la generación de un subsidio regresivo pues beneficiaba a los trabajadores de mayores ingresos.

5 Análisis de la movilidad en el mercado laboral y los efectos en el sistema de pensiones 5 Durante la década de los 90 se realizaron una serie de reformas al sistema de pensiones con lo cual se buscó revertir la falta de sustentabilidad financiera. Se sustituyó el antiguo esquema de beneficios definidos por uno de contribuciones definidas permitiendo la reducción del déficit actuarial existente, esto se logró al conformar un esquema de ahorro que vincula los pagos de las pensiones a los saldos acumulados en cuentas individuales de los trabajadores. El nuevo régimen busca explotar las siguientes ventajas: el esquema de cuentas individuales otorga al trabajador la propiedad de los recursos, lo cual asegura que todos los afiliados reciban el beneficio de sus aportaciones; vincula la pensión con el esfuerzo del ahorro durante la etapa de acumulación, se generan incentivos mayores a cotizar y a permanecer en el mercado laboral formal; el esquema establecido tiene componentes de solidaridad importantes como la pensión mínima garantizada y la cuota social que aporta el gobierno federal. El presente trabajo tiene como objetivo el análisis del régimen de cuentas individuales, sus efectos sobre el ahorro para el retiro, así como las implicaciones que éste puede tener sobre el gasto social. Si bien el trabajo realizado por la CONSAR se ha enfocado en el fomento a la competencia entre operadoras de fondos (AFORES), la apertura del régimen de inversión y la ampliación de la cobertura, los limitados beneficios obtenidos parecen indicar que éstas son sólo condiciones necesarias mas no suficientes para incrementar los saldos de las cuentas individuales. Debido a ello, en este trabajo se exploran los efectos que la movilidad en el mercado laboral tendrá sobre el ahorro y la evolución de las cuentas individuales bajo el nuevo sistema de pensiones. El documento está estructurado de la siguiente manera. En la primera parte presentamos una breve descripción de los modelos económicos tradicionales sobre el mercado laboral así como la revisión de literatura. Se continúa con la definición y descripción de las variables que se manejarán de acuerdo a la información disponible en la ENEU. Asimismo, se incluye la evolución de dichas variables de 1994 a En la cuarta sección se detalla la metodología empleada para incorporar la movilidad laboral en las proyecciones del ahorro para la vejez considerando los criterios establecidos en la Ley del IMSS e ISSSTE. En la quinta parte se muestran los resultados de las proyecciones sobre la movilidad en el mercado laboral, la simulación de las cuentas individuales y los efectos fiscales que se presentarán. Finalmente, se exhiben las conclusiones.

6 Análisis de la movilidad en el mercado laboral y los efectos en el sistema de pensiones 6 2. Marco teórico La segmentación del mercado en sectores cotizantes y no cotizantes ha sido un tema ampliamente revisado por muchos estudiosos del mercado laboral. La movilidad que se observa entre los diversos estados pudiera estar explicada por muchos factores de carácter endógenos y otros exógenos, es decir, una parte de la transición que un trabajador pudiera tener entre dos estados ocupacionales pudiera ser resultado del desempeño laboral (endógeno) o bien de las condiciones del mercado durante los ciclos económicos (exógenos). Si bien este análisis es interesante no representa la finalidad de este documento cuyo objetivo es el considerar las transiciones existentes en las series históricas como las condiciones prevalecientes del mercado laboral en el cual cada trabajador tiene que coexistir sin poder modificarlas. Este supuesto pudiera considerarse como una limitante del modelo que se desarrolla, empero, muestra como el ahorro para la vejez y el funcionamiento del sistema de pensiones es altamente sensible a la existencia de dichas intermitencias. En esta sección se aborda un modelo de dos sectores que pretende enlazar la movilidad laboral con las prestaciones de seguridad social ofrecidas por el empleador. Dicho modelo trata de explicar el movimiento entre dos diferentes sectores de la economía a partir de los efectos que tiene la estructura de los sistemas de seguridad social sobre el mercado laboral. Estos sistemas aportan beneficios tanto a los trabajadores, como a los dueños de las empresas, sin embargo también representan costos. El modelo depende de la percepción que los diversos agentes tengan sobre el sistema de pensiones y en como esta percepción influye en la toma de decisiones. Por ejemplo, para los trabajadores, entre mayor sea el nivel de cuotas y menor sea la valoración de los beneficios de la seguridad social, existirán menos incentivos para emplearse en el sector formal. Por el otro lado, para las empresas, los incentivos para emplear personal en el sector formal disminuyen cuando, es fácil contratar personal que no está sujeto a prestaciones, o cuando es posible reemplazar la mano de obra por maquinaria. Así pues, los flujos del trabajo entre el sector informal y el sector formal están relacionados con el nivel de aportaciones totales a la seguridad social, la valoración de los beneficios esperados, los salarios brutos, las políticas de

7 Análisis de la movilidad en el mercado laboral y los efectos en el sistema de pensiones 7 contratación de las empresas y la sensibilidad en la oferta laboral a los salarios netos recibidos por los trabajadores. En el siguiente modelo basado el modelo clásico de Harris y Todaro (1970), Sebastián Edwards y Alejandra Cox Edwards (2002) desarrollaron un modelo de dos sectores (formal e informal), para estimar los efectos de la reforma de pensiones chilena sobre el mercado laboral. El modelo se enfoca en la relación entre los salarios percibidos en el sector formal y en el informal para determinar el estado laboral del individuo. Dicho modelo fue ligeramente modificado por Vittorio Corbo y Schmidt Hebbel (2003). El punto de partida del modelo es el concepto de impuesto puro a la nómina, el cual se define como la diferencia mayor a cero entre las contribuciones realizadas y los beneficios esperados por el sistema. Si B < C, el impuesto a la nómina será mayor a cero. Si B>C, el impuesto a la nómina será menor a cero (subsidio). Si B = C, el impuesto a la nómina será igual a cero. donde: B = Beneficios esperados por la pensión. C = Contribuciones que aporta la empresa a la nómina del trabajador. La estimación del cambio en el impuesto puro a la nómina permitirá inferir la percepción de los trabadores hacia el empleo formal o el informal. Si los trabajadores perciben que ha aumentado el impuesto a la nómina tendrán más incentivos a emplearse en el sector informal. En el modelo se supone: 1. Un sector formal, sujeto a la legislación laboral, además, suponen la existencia de un salario mínimo, debido a las rigideces del mercado. 2. Un sector informal, que no está sujeto a las obligaciones de la legislación laboral (seguro médico, pensiones, seguro de vida, etc.)

8 Análisis de la movilidad en el mercado laboral y los efectos en el sistema de pensiones 8 3. Desempleo, originado por el diferencial de salarios por el diferencial de salarios entre los dos sectores. En modelo se definen los salarios de la siguiente manera: 1. Salario bruto, El salario bruto es el total del dinero percibido en efectivo que recibe el trabajador más las contribuciones al seguro social. 2. Salario valorado, El salario valorado es igual al salario bruto menos el impuesto puro a la nómina. 3. Salario líquido. El salario líquido es el salario bruto menos las contribuciones al seguro social relativos al trabajador. El salario valorado corresponde a lo que el trabajador percibe como su salario real, por lo tanto la diferencia entre el salario bruto y el valorado, serían los impuestos puros. La probabilidad de pertenecer al sector formal está dada se define como: P = F F + U Donde: F es la cantidad de trabajadores empleados en formal, y U los trabajadores desempleados. El salario del sector informal depende del valor esperado del ingreso percibido en las alternativas, es decir el ingreso que se percibiría en el sector formal ponderado por la probabilidad de conseguir trabajo en ese sector, más el seguro de desempleo ponderado por la probabilidad de no encontrar trabajo formal. W = PW + ( 1 P) W I F U Donde: W I es el salario en el sector formal, W F es el salario valorado en el sector formal, y W U es seguro de desempleo, y (1-P) representa la probabilidad de estar desempleado.

9 Análisis de la movilidad en el mercado laboral y los efectos en el sistema de pensiones 9 En equilibrio, el salario en el sector informal será igual al salario esperado en el sector formal. 2 W I = PW F El salario valorado en el sector formal es igual al salario líquido más las contribuciones al sistema de pensiones. WF = LF + T Donde: L F es el salario líquido y T son las contribuciones al sistema de pensiones La flexibilidad en el mercado laboral determina el salario valorado, ya que se supone que los trabajadores informales se moverán al sector formal apenas aumente el salario esperado en ese sector, y se determina en un nivel superior al salario de equilibrio (en equilibrio el salario en el sector informal es igual al salario valorado). W I = f ( F + I) = f ( O F) Donde: O representa la oferta total de trabajo Las demandas de trabajo en ambos sectores dependen del salario real valorado para cada sector. D F = W f X F F, D I = W f X I I Donde: D F es la demanda de trabajo en el sector formal, D I la demanda de trabajo en el sector informal, B F el salario bruto en el sector formal, B I 2 Se asume que no hay seguro de desempleo en equilibrio.

10 Análisis de la movilidad en el mercado laboral y los efectos en el sistema de pensiones 10 el salario bruto en el sector informal, X F el nivel de precios en el sector formal y X F el nivel de precios en el sector informal. Dado que los bienes producidos en el sector formal se pueden comerciar, por lo que su nivel de precios se determina de manera exógena, X F = ex * Donde: e es una constante determinada en el exterior y X* es el nivel agregado de precios de la economía. Los salarios en el sector informal determinan los precios en ese sector. X = I f W ) ( I Los autores suponen que un aumento en los salarios del sector informal tendrá un efecto menos que proporcional en los precios de los bienes producidos en ese sector. ln X I p 1 lnw I La oferta total de trabajo se compone por el empleo en el sector formal, más el empleo en el sector informal más el desempleo, O = F + I + U depende del salario valorado esperado de entrar a la fuerza de trabajo, que, como se mencionó, corresponde al salario real del sector informal.

11 Análisis de la movilidad en el mercado laboral y los efectos en el sistema de pensiones 11 WI O = f X I Según este modelo la elección entre los estados laborales está determinada por la diferencia entre los salarios reales obtenidos en el sector formal o en el sector informal, el salario valorado del sector formal funciona como referencia para la determinación del sector informal, ya que este debe cubrir tanto los ingresos líquidos como las prestaciones que se obtienen en el sector formal. El atractivo del sector informal depende de la percepción del individuo 3 de que su salario real será mayor o igual al salario percibido en el sector formal, es decir, para el individuo racional el sector informal representa una opción viable de incrementar su bienestar y no una un opción secundaria, en caso de no encontrar trabajo formal Descripción del Sistema de Pensiones Clasificación de los Sistemas de Pensiones Existen diversos criterios para clasificar los planes de pensiones: a) el tipo de contribuciones o beneficios; b) el esquema de financiamiento; y c) el tipo de administración. La tabla siguiente presenta las principales características de estas clasificaciones. 3 En ese sentido se considera que la percepción del salario incluye las diferencias que presenta las ventajas o desventajas que el sector informal podría presentar para cada tipo de individuo, como son los horarios fijos, la ausencia o presencia de superiores jerárquicos y un sinnúmero de características que están ligadas a las preferencias del individuo.

12 Análisis de la movilidad en el mercado laboral y los efectos en el sistema de pensiones 12 a) Por Beneficio Definido o Contribución Definida Beneficios Definidos (BD) El monto del beneficio al cual será acreedor un afiliado (o sus beneficiarios) se especifica por adelantado. El beneficio se establece en la ley o en las reglas del plan (generalmente corresponde a un porcentaje del salario del trabajador). El envejecimiento de la población permite que estos esquemas de pensiones sean vulnerables en viabilidad financiera. Pueden ser totalmente fondeados, parcialmente fondeados o de reparto. Generalmente, no reconoce la carrera laboral de los trabajadores, lo que no necesariamente es equitativo para los trabajadores, especialmente, para los de menores ingresos. El trabajador puede perder lo aportado por no cumplir con los requisitos (semanas de cotización o edad de retiro), afectando principalmente a trabajadores de menores ingresos y a mujeres. No hay portabilidad Contribuciones Definidas (CD) El monto de la pensión está en función de las aportaciones, los rendimientos obtenidos y las comisiones cobradas. Típicamente, estos sistemas tienen cuentas de capitalización a nombre de cada trabajador. Mantienen su equilibrio y viabilidad financiera ante cualquier transición demográfica. Por definición, los sistemas de pensiones de cuentas individuales están fondeados. Los beneficios equivalen a lo ahorrado más los rendimientos generados, por lo que reconocen la carrera laboral de los trabajadores. El trabajador la propiedad de los recursos; pudiendo disponer de los recursos, aún cuando éste no haya cumplido los requisitos necesarios para obtener una pensión. Pueden ser portables

13 Análisis de la movilidad en el mercado laboral y los efectos en el sistema de pensiones 13 b) Por Financiamiento Reparto Las contribuciones son canalizadas a un fondo común. El fondo común es utilizado para pagar los beneficios de los jubilados actuales. Capitalización Las contribuciones son parte de un fondo de reserva, que puede ser colectivo (fondo mancomunado) o individual (cuentas individuales). El fondo de reserva es invertido y los rendimientos generados son parte de los beneficios que se otorgan a los jubilados. c) Por Patrocinador o Administrador del plan Planes Privados Son provistos por las empresas a sus trabajadores (planes ocupacionales) o son adquiridos de manera voluntaria por cada trabajador a través de algún intermediario financiero (planes personales). Son voluntarios Planes Públicos Son creados por el Estado y administrados por éste o por el sector privado. Usualmente son obligatorios Independientemente del tipo de plan que sea utilizado, los trabajadores afiliados reciben los siguientes servicios: recaudación de cuotas y aportaciones, riesgo contable de semanas de cotización y depósitos, inversión de los recursos, seguros de invalidez y vida, así como pago de pensiones Sistema mexicano de pensiones En México, la seguridad social se ha ofrecido por medio de varias instituciones públicas que coexisten a nivel federal y nivel local. El IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social) y el ISSSTE (Instituto de Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado), así como el ofrecido por PEMEX, ejército, marina y los ISSSTE estatales son algunas de las

14 Análisis de la movilidad en el mercado laboral y los efectos en el sistema de pensiones 14 instituciones de seguridad social existentes. El primero junto con el fondo de vivienda INFONAVIT, se encargan de la seguridad social del sector privado, mientras que el ISSSTE y FOVISSSTE formaron los fondos de retiro y vivienda del sector público federal respectivamente. Estas dos instituciones ofrecen cobertura para salud, maternidad, retiro laboral y por vejez, servicio de guarderías, así como cobertura por invalidez. El IMSS cuenta con alrededor de 45 millones de derechohabientes y 12.5 millones de trabajadores. El ISSSTE enlista a 10 millones de derechohabientes y 2.5 millones de trabajadores. El resto de los sistemas acaparan menos de 1 millón de empleados cada uno. Esto hace evidente la importancia que el IMSS y el ISSSTE tienen en el sistema mexicano de pensiones. Fue a mediados del siglo XX cuando se expidieron las leyes que llevaron a la fundación del IMSS y del ISSSTE. Posteriormente, se crearon dos instituciones nacionales de vivienda: el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los trabajadores (INFONAVIT) y el Fondo de la Vivienda del ISSSTE llamado FOVISSSTE, concretándose el derecho de los trabajadores asalariados del sector público y privado a contar con una vivienda digna y decorosa El IMSS El 19 de enero de 1943 nació el Instituto Mexicano del Seguro Social, con una composición tripartita para su gobierno, integrado de manera igualitaria por representantes de los trabajadores, de los patrones y del Gobierno Federal. Con el paso del tiempo se le hicieron adiciones a la Ley del Seguro Social (LSS) en las cuales se ampliaban los beneficios del régimen obligatorio, se extendía la seguridad social a los ejidatarios, comuneros y pequeños propietarios organizados e implantaba el ramo de guarderías en toda la república. En años posteriores, el IMSS siguió esforzándose para lograr que la mayor parte de la población con una relación formal de trabajo se incorporara al sistema de seguridad social. Originalmente, el sistema de pensiones fue diseñado para ser un fondo colectivo financiado a través de contribuciones tripartitas: empleado, patrón y gobierno. De

15 Análisis de la movilidad en el mercado laboral y los efectos en el sistema de pensiones 15 esta forma acumulaba reservas para financiar el costo de futuras pensiones. El sistema del IMSS funcionó en la práctica como un sistema Pay as you go, esto significa que las reservas del fondo se utilizaban para financiar servicios médicos e infraestructura. Poco a poco las reservas se fueron agotando hasta el punto donde no eran suficientes para enfrentar los pasivos laborales. Durante algunos años esta situación no puso en riesgo al sistema de pensiones pues las generaciones jóvenes generaban suficientes recursos para financiar al mismo tiempo los pasivos y los servicios de salud. Sin embargo, en el largo plazo, las generaciones jóvenes pagaron los costos de este sistema al reducir sus ingresos mensuales. Dadas las condiciones del mercado laboral y las fallas de la estructura institucional, los trabajadores de bajos ingresos generalmente recibían beneficios mínimos aun cuando habían trabajado toda su vida. La pérdida de valor real de las pensiones fue parcialmente corregida en 1989 al indexar las pensiones a los cambios en el salario mínimo. Esto condujo a un desbalance de activos y pasivos de la Institución pues las pensiones continuamente se incrementaban La nueva Ley del Seguro Social (NLSS) La reforma al sistema de pensiones, que entró en vigor en 1997, fue oportuna por el ya evidente desequilibrio actuarial del sistema. Éste se traducía en la incapacidad de hacer frente al compromiso de otorgar pensiones a los millones de trabajadores afiliados al Seguro Social. Desgraciadamente, la reforma fue incompleta, ya que no se adecuaron los sistemas de pensiones estatales, los de universidades, ni los del ISSSTE, también presentaban dificultades de financiamiento. La reforma al sistema de pensiones consistió, básicamente, en el cambio de un sistema de Beneficios Definidos (BD) a uno de Contribuciones Definidas (CD). En el nuevo sistema, las aportaciones se efectúan en cuentas individuales, únicas e intransferibles. Son administradas por empresas de giro exclusivo, denominadas Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORES).

16 Análisis de la movilidad en el mercado laboral y los efectos en el sistema de pensiones 16 La finalidad de esta modificación es que cada asegurado forme un fondo que le genere intereses durante toda su vida activa, para que al momento de su retiro las aportaciones realizadas, adicionadas con los intereses que éstas hayan generado, 4 sean suficientes para financiar su pensión. Este nuevo sistema coloca al trabajador en el centro de las decisiones, pues le permite elegir la AFORE que se encargará del manejo financiero de sus ahorros. La NLSS señala que el Seguro Social comprende: un régimen obligatorio y uno voluntario. Régimen Obligatorio El artículo 11 de la NLSS establece que: El régimen obligatorio comprende los seguros de: (i) Invalidez y Vida, (ii) Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez; (iii) Enfermedades y Maternidad; (iv) Guarderías y Prestaciones Sociales; y (v) Riesgos de Trabajo Seguro de Invalidez y Vida y Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez Con la reforma, se separó el ramo de Invalidez, Vejez, Cesantía en Edad Avanzada y Muerte en los de Invalidez y Vida por un lado, y Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, por otro. Las modificaciones al Seguro de Invalidez y Vida disponen que el asegurado que se declare inválido por el IMSS tendrá derecho a disfrutar de las siguientes prestaciones: pensión temporal o pensión definitiva, asignaciones familiares, ayuda asistencial y asistencia médica, y en caso de que el asegurado o el pensionado por invalidez muera, el Instituto otorgará a sus beneficiarios las siguientes prestaciones: pensión de viudez, pensión de orfandad, pensión a ascendientes, ayuda asistencial a la pensionada por viudez y asistencia médica. 4 Los fondos existentes en la cuenta individual de un trabajador son invertidos junto con los de otros trabajadores en instrumentos de inversión que dan mejores rendimientos por ser de largo plazo.

17 Análisis de la movilidad en el mercado laboral y los efectos en el sistema de pensiones 17 El Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez es de reciente incorporación a la LSS 5, ya que forma parte del llamado Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) junto con las aportaciones patronales hechas al INFONAVIT. El Seguro de Retiro tiene como propósito que la persona que termina su vida laboral pase sus últimos años con una buena calidad de vida y con servicios médicos para ella y su familia. Dentro de las modificaciones a la LSS, se encuentra el aumento en los plazos de cotización. Por ejemplo, para obtener el derecho a una pensión de Cesantía en Edad Avanzada, se requiere que el asegurado tenga reconocidas ante el Instituto un mínimo de 1,250 cotizaciones semanales. 6 Con la NLSS, el trabajador con 60 años de edad o más y que no reúna las 1,250 semanas de cotización podrá retirar el saldo de su cuenta individual en una sola exhibición 7 o inclusive, seguir cotizando hasta cubrir las semanas necesarias para que opere su pensión; si el asegurado ya cuenta al menos, con 750 semanas, aunque no tenga derecho a pensión sí tendrá acceso a las prestaciones en especie de índole médico del Seguro de Enfermedades y Maternidad. Las prestaciones que comprende este seguro por concepto de cesantía en edad avanzada son pensiones, asistencia médica, asignaciones familiares y ayuda asistencial. Para gozar del Seguro de Vejez, se requiere que el asegurado haya cumplido 65 años de edad y que haya cotizado un mínimo de 1,250 semanas. 8 En caso de que el asegurado no reúna las semanas de cotización, pero sí tenga la edad, podrá retirar el saldo acumulado en su cuenta individual en una sola exhibición o seguir contribuyendo hasta completar las 1,250 semanas; si el trabajador ha cotizado al menos 750 semanas, podrá disfrutar de las prestaciones en especie del Seguro de Enfermedades y Maternidad. Además el Seguro de Vejez otorga el derecho de las siguientes prestaciones: pensión, asistencia médica, asignaciones familiares y ayuda asistencial. 5 El SAR original se estableció en febrero de 1992 como un sistema de ahorro obligatorio complementario al sistema de reparto estatal para los trabajadores afiliados al IMSS o al ISSSTE. 6 En la Ley anterior era un mínimo de 500 cotizaciones. 7 Negativa de pensión. 8 Anteriormente bastaba con tener 60 años de edad y un mínimo de 500 semanas de cotización.

18 Análisis de la movilidad en el mercado laboral y los efectos en el sistema de pensiones 18 También, la NLSS establece una Pensión Mínima Garantizada que cubre a los asegurados, cuyos recursos acumulados en su cuenta individual, por la baja remuneración de sus ingresos, resulten insuficientes para contratar una renta vitalicia, un retiro programado o la adquisición de un seguro de sobrevivencia para sus beneficiarios. Esta pensión la otorga el Estado a los trabajadores que se encuentren entre los 60 y 65 años de edad y reúnan 1,250 semanas de cotización en los seguros de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez. La pensión, equivalente a un salario mínimo general para el Distrito Federal vigente al tiempo de la reforma, se actualiza anualmente en el mes de febrero, conforme el índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), con el objeto de garantizar el poder adquisitivo de ésta. La pensión garantizada se integra gracias a los recursos de los trabajadores y el complemento del Gobierno Federal. Seguro de Riesgos de Trabajo Uno de los cambios importantes, en cuanto al ramo de riesgos de trabajo de la legislación anterior a la vigente, reside en que ahora, cada empresa paga sus cuotas de acuerdo con su propia siniestralidad, sin importar el ramo de la industria al que pertenezca. Además, desapareció la clasificación basada en grupos y grados de riesgo. Seguro de Enfermedades y Maternidad Dentro de los cambios fundamentales en este seguro, está la modificación del sistema, la reducción de las aportaciones obrero patronales y la destacada participación del Gobierno Federal. Seguro de Guarderías y Prestaciones Sociales El seguro de guarderías favorece a la mujer que trabaja; sin embargo, la NLSS también favorece al trabajador viudo o divorciado que conserve la custodia de sus hijos y que, por su jornada laboral, no pueda cuidarlos. Los servicios de guardería

19 Análisis de la movilidad en el mercado laboral y los efectos en el sistema de pensiones 19 incluyen el aseo, la alimentación, el cuidado de la salud, la educación y la recreación de los menores. Las prestaciones sociales, que atienden lo referente al mejoramiento del nivel de vida de la población mediante acciones que ayudan a la salud, capacitación, recreación, cultura, descanso e integración familiar del asegurado y de su familia, así como de aquellas personas cuyos escasos ingresos no les permita allegarse a estos beneficios, se dividen en: Prestaciones sociales institucionales, las que se otorgan de manera preventiva, y no sólo cuando existe daño para el asegurado. Estas prestaciones tratan de cuidar la salud física, mental y cultural del individuo, propiciando una elevación de su nivel de vida. Prestaciones de solidaridad social, actividades que el instituto desarrolla en atención a las comunidades marginadas para dar acceso a los beneficios de desarrollo científico, técnico y cultural. Aunque los seguros de guardería y prestaciones sociales son distintos entre sí, la NLSS los agrupó en una misma cuota por tener algunas reglas en común. Por ejemplo, de la cuota de 1% sobre el salario base de cotización, que paga el patrón, se destinan 0.8% para financiar el seguro de guarderías y el 0.2% para financiar el seguro de prestaciones sociales institucionales. Para evitar que el financiamiento de este último perjudique a los trabajadores y demás beneficiarios del Seguro Social, los recursos provienen del Gobierno Federal y/o los grupos beneficiarios. Régimen Voluntario A diferencia del régimen obligatorio, la incorporación voluntaria de los afiliados al IMSS depende exclusivamente de la manifestación escrita del interesado. En el régimen voluntario, sólo se ofrecen dos ramos de seguro: el Seguro para la Familia y los Seguros Adicionales. La NLSS establece que todas las familias en México tienen derecho a un seguro de salud para sus miembros y, por tanto, podrán celebrar con el IMSS un convenio para el otorgamiento de las prestaciones en especie del Seguro de

20 Análisis de la movilidad en el mercado laboral y los efectos en el sistema de pensiones 20 Enfermedades y Maternidad. Este seguro deberá estar organizado en una sección especial, con contabilidad y administración de fondos separados de la correspondiente a seguros obligados. Los Seguros Adicionales consisten en una ampliación de beneficios ya existentes en la ley, a través del pago de una sobreprima adicional a la prima obligatoria. Este tipo de seguros son contratados por el patrón en forma voluntaria con el instituto. Las prestaciones de índole económica que pueden mejorarse son las siguientes: Riesgo de trabajo, Invalidez y Vida, y Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez. En términos generales, estos seguros están bien fondeados gracias a la reforma en el sistema de pensiones de 1997; sin embargo, el Seguro de Enfermedades y Maternidad tiene un fondeo insuficiente debido, principalmente, al incremento en los costos de mantener los servicios de salud para los pensionados. Cuadro 1 Estructura de los seguros del IMSS Seguro Enfermedades y Maternidad Riesgos de Trabajo Invalidez y Vida Guarderías y prestaciones sociales Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. (RCV) Situación financiera Fondeo insuficiente particularmente debido al incremento en los costos de salud para pensionados. Fondeo suficiente. Fondeo suficiente. Fondeo suficiente. Fondeo suficiente Fuente: García Tamés, Alonso (2004), Ponencia: Panorama general de los sistemas de pensiones en México. Presentada en La CONSAR a 10 años de su creación.

21 Análisis de la movilidad en el mercado laboral y los efectos en el sistema de pensiones Nuevo sistema de pensiones del IMSS Como previamente se mencionó, a partir del 1 de julio de 1997, en México, se substituyó el antiguo sistema de pensiones de reparto por un sistema de pensiones de cuentas individuales, el cual se complementa con una Pensión Mínima Garantizada. Con este nuevo sistema, se mejoró y reforzó el esquema de capitalización individual del SAR. La cuenta individual Uno de los principales beneficios del Nuevo Sistema de Pensiones consiste en que cada trabajador conoce y vigila la evolución de sus recursos y los intereses que éstos vayan generando en su cuenta individual a lo largo de su vida laboral. Las aportaciones en dicha cuenta provienen de los trabajadores, los patrones y el gobierno, y se realizan cada dos meses. La cuenta individual, en la que se depositan las contribuciones, está conformada por cuatro subcuentas: (i) Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV); (ii) Vivienda; (iii) Aportaciones Voluntarias, y (iv) Aportaciones Complementarias de Retiro. Las dos primeras son obligatorias y las otras dos son voluntarias. Subcuentas obligatorias El programa se financia con las aportaciones que realizan, a la cuenta individual, el patrón, 75.2%; el gobierno, 16.5%, y el trabajador, 8.3%. La aportación total, 13.5% del Salario Base de Cotización (SBC) 9, está integrada por la subcuenta de RCV (8.5%) y la subcuenta de Vivienda (5%). Ver cuadro Subcuenta Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez (RCV) En esta subcuenta, se depositan las cuotas y aportaciones del patrón, del gobierno y de los trabajadores, reuniendo un depósito bimestral de 8.5% del SBC, del cual 4.5% es de Cesantía en Edad Avanzada, 2% del SAR patrón y 2% de la Cuota Social del Gobierno. 9 Salario Base de Cotización, se refiere al salario bruto y corresponde a dos meses.

22 Análisis de la movilidad en el mercado laboral y los efectos en el sistema de pensiones 22 Subcuenta de Vivienda La subcuenta de vivienda se integra con las aportaciones económicas que hace bimestralmente el patrón al Fondo Nacional de la Vivienda, equivalentes al 5% del SBC (adicional a las aportaciones de RCV); estos recursos son canalizados al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), por lo que la AFORE sólo administra el registro de los mismos, así como de sus intereses. El INFONAVIT otorga, con dichos recursos, créditos para la vivienda Si el trabajador se encuentra beneficiado con una pensión con el régimen de la Ley del Seguro Social de 1973, recibirá su pensión y recibirá en una sola exhibición los fondos acumulados en la subcuenta de vivienda de 1992 hasta junio de 1997 (vivienda 92), así como los rendimientos generados. En caso de que el trabajador haya recibido un crédito del INFONAVIT, la subcuenta de vivienda aparecerá en ceros, ya que el saldo total acumulado en la subcuenta se aplicó como pago inicial de dicho crédito. Una vez liquidado el crédito, las siguientes aportaciones volverán a acumularse en la cuenta individual de la AFORE. Las aportaciones acumuladas a partir de julio de 1997 (vivienda 97) se canalizan al Gobierno Federal para que el IMSS continúe pagando la pensión del trabajador. Los beneficios serán de una pensión de por vida; además de los recursos adicionales acumulados. Si el trabajador obtiene una pensión con el régimen de la Ley de Seguro Social de 1997, recibirá en una sola exhibición los fondos acumulados en la subcuenta de vivienda de 1992 hasta junio de 1997, más los rendimientos generados, siempre y cuando no se hayan destinado previamente a pagar un crédito de vivienda.

23 Análisis de la movilidad en el mercado laboral y los efectos en el sistema de pensiones 23 Cuadro 2 Aportaciones a la Cuenta Individual Concepto Patrón Gobierno Trabajador Total Límite Subcuenta RCV de SAR Patronal 2 2 Cesantía en Edad Avanzada Cuota Social. 2 2 Subcuenta Vivienda de TOTAL (RCV+Vivienda) Porcentaje Total del SMGDF 21(1*) SMGDF 21(2*) SMGDF Nota: Las cifras están expresadas como porcentaje del Salario Base de Cotización (SBC). El SMGDF se refiere al Salario Mínimo General del Distrito Federal. (1*) Para un trabajador con ingreso de 3 SMGDF (salario promedio), la cuota social representa 2.0% de sus salario. Al inicio del sistema la Cuota Social era equivalente a 5.5% del SMGDF vigente en julio de Esta cantidad se actualiza trimestralmente de acuerdo con la inflación. (2*) Este límite aumenta un salario mínimo en julio de cada año, hasta llegar a 25 SMGDF en Subcuentas voluntarias Subcuenta de aportaciones voluntarias En esta subcuenta se pueden efectuar aportaciones adicionales de manera voluntaria, sin montos mínimos ni máximos y con derecho a efectuar retiros cada 6 meses. Subcuenta de aportaciones complementarias Estas aportaciones, que están por instrumentarse, fomentan el incremento de la pensión. Pueden ser realizadas por el patrón o por el trabajador en cualquier

24 Análisis de la movilidad en el mercado laboral y los efectos en el sistema de pensiones 24 momento. A diferencia de la subcuenta de aportaciones voluntarias, sólo se podrá disponer de estas aportaciones en el momento del retiro. Cálculo del saldo en la Cuenta Individual Utilizando el salario base del trabajador de acuerdo con la NLSS es posible calcular la aportación anual a su cuenta individual. Según esta ley la tasa de aportación debe corresponder al 6.5 por ciento de su salario base en el periodo. A partir de las aportaciones se va construyendo el saldo en la cuenta individual mediante la siguiente ecuación: donde S t+1 = S t *(1+r)*(1-cs) + (A t *(1-cf) + Csocial t )*(2+r/2)*(2-cs/2) A t = W t *a a = 6.5% W t = Salario Base Csocial t = W t *.02 El saldo del periodo siguiente está integrado por dos partes: El saldo anterior menos la cuota sobre el saldo (cs) más los rendimientos y La aportación descontando la comisión sobre flujo (cf) más la cuota social (Csocial), obsérvese que esta fórmula toma en cuenta que la aportación se realiza a la mitad del año mientras que el saldo se abona al final de año. Estas dos partes de la subcuenta de retiro de la cuenta individual se muestran en el siguiente diagrama

25 Análisis de la movilidad en el mercado laboral y los efectos en el sistema de pensiones 25 Diagrama 1 Estructura de la subcuenta RCV A partir del salario base también se obtiene la aportación a la cuenta de vivienda mediante la siguiente ecuación: donde: Sv t+1 = Sv t *(1+rv) + Av t *(2+rv/2) Av t = W t *av av = 5% W t = Salario Base El saldo del periodo siguiente esta integrado por el saldo actual más la aportación a la cuenta de vivienda que equivale al 5% del sueldo mensual El ISSSTE En 1959 se transforma y adiciona el apartado B del artículo 123 constitucional, donde se incorporan las garantías que el Estatuto Jurídico de la Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado (FSTSE) había planteado para los servidores públicos. El mismo año, el presidente Adolfo López Mateos anunció que presentaría al Congreso de la Unión la iniciativa de Ley que daría origen al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, la cual fue discutida, aprobada y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de

26 Análisis de la movilidad en el mercado laboral y los efectos en el sistema de pensiones 26 diciembre de 1959, por lo que la Dirección General de Pensiones Civiles y de Retiro se transforma, en 1960, en el ISSSTE. La única forma de lograr una eficaz protección social era al establecer obligatoriamente la inclusión de todos los servidores públicos en los beneficios de la Ley, pues de otra manera no se protegería a los grupos económicamente más débiles y que más requieren de los servicios que se implantan. La Ley del ISSSTE se constituía en México como la primera en responder a una visión integral de la seguridad social, cubriendo tanto asistencia a la salud, como prestaciones sociales, culturales y económicas, cuyos beneficios se extendían y se extienden a los familiares de los trabajadores. En 1960, el ISSSTE amparaba a 129 mil 512 trabajadores, 11 mil 912 pensionistas y 346 mil 318 familiares, es decir, un total de 487 mil 742 derechohabientes beneficiados con las 14 prestaciones que marcaba la nueva Ley. Seguro de enfermedades no profesionales y de maternidad. Seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Servicios de reeducación y readaptación de inválidos. Servicios para elevar los niveles de vida del servidor público y su familia. Promociones que mejoren la preparación técnica y cultural, y que activen las formas de sociabilidad del trabajador y su familia. Créditos para la adquisición en propiedad de casas o terrenos y construcción de moradas destinadas a la habitación familiar del trabajador. Arrendamiento de habitaciones económicas propiedad del Instituto. Préstamos hipotecarios. Préstamos a corto plazo. Jubilación. Seguro de vejez. Seguro de invalidez. Seguro por causa de muerte. Indemnización global. De esta manera, con la Ley del ISSSTE, algunas prestaciones que habían sido complementarias pasaron a ser obligatorias para el Instituto.

27 Análisis de la movilidad en el mercado laboral y los efectos en el sistema de pensiones 27 El patrimonio del ISSSTE se integró principalmente con las propiedades, derechos y obligaciones que formaban parte de la Dirección General de Pensiones Civiles y de Retiro, así como con sus fuentes de financiamiento. En el renglón de atención a la salud se ampliaron los beneficios; ahora se cubrían los seguros de enfermedades profesionales y no profesionales, de maternidad, accidentes de trabajo y readaptación de inválidos. Para desempeñar sus funciones, el Instituto empezó con la adquisición de unidades hospitalarias privadas, mismas que, aunque contribuyeron a satisfacer la demanda inicial de servicio, requirieron desde el principio de numerosas adaptaciones o ampliaciones. El Instituto integró bajo la denominación "Servicios Sociales" un conjunto de prestaciones que se caracterizaban por apoyar socialmente al asegurado y su familia, básicamente a través de la atención a niños en guarderías, renta y venta de departamentos en desarrollos multifamiliares, prestación de servicios funerarios y apoyo en general a la economía familiar. Actualmente, el ISSSTE ampara y protege a sus derechohabientes mediante el otorgamiento de seguros, prestaciones y servicios: Medicina preventiva Seguro de enfermedades y maternidad Servicios de rehabilitación física y mental Seguro de riesgos de trabajo Seguro de jubilación Seguro de retiro por edad y tiempo de servicio Seguro de invalidez Seguro por causa de muerte Seguro de cesantía en edad avanzada Indemnización global Servicios de atención para el bienestar y desarrollo infantil Servicios integrales de retiro a jubilados y pensionistas

28 Análisis de la movilidad en el mercado laboral y los efectos en el sistema de pensiones 28 Arrendamiento o venta de habitaciones económicas pertenecientes al Instituto. Préstamos hipotecarios y financiamiento en general para la vivienda, en sus modalidades de adquisición en propiedad de terreno y/o casas habitación, construcción, reparación, ampliación o mejoras de las mismas, así como para el pago de pasivos adquiridos por estos conceptos. Préstamos a mediano plazo. Préstamos a corto plazo. Servicios que contribuyan a mejorar la calidad de vida del servidor público y familiares derechohabientes. Servicios turísticos. Promociones culturales, de preparación técnica, de fomento deportivo y recreación. Servicios funerarios Sistema de Ahorro para el Retiro Esquema de aportaciones según Ley ISSSTE Según la Ley ISSSTE en su artículo 16 se obliga al trabajador a aportar al Instituto 8% de su salario base, y se divide entre los siguientes rubros 2.75% del salario base para cubrir los seguros de medicina preventiva, enfermedades, maternidad y los servicios de rehabilitación física y mental. 0.50% para cubrir las prestaciones relativas a préstamos a mediano y corto plazo. 0.50% para cubrir los servicios de atención para el bienestar y desarrollo infantil; integrales de retiro a jubilados y pensionistas; servicios turísticos; promociones culturales, de preparación técnica, fomento deportivo y de recreación y servicios funerarios % para la prima que se establezca anualmente, conforme a las valuaciones actuariales, para le pago de jubilaciones, pensiones e indemnizaciones globales, así como para integrar las reservas correspondientes conforme a lo dispuesto en el artículo 182, de la ley del ISSSTE. El porcentaje restante se aplicará para cubrir los gastos generales de administración del Instituto exceptuando los correspondientes al Fondo de Vivienda.

29 Análisis de la movilidad en el mercado laboral y los efectos en el sistema de pensiones 29 En la misma ley en el artículo 21 se menciona que las dependencias y entidades públicas sujetas al régimen de esta Ley cubrirán al Instituto, como aportaciones el equivalente al 17.75% del sueldo básico de cotización de los trabajadores, y se aplicará el porcentaje de la siguiente forma: 6.75% del salario base para cubrir los seguros de medicina preventiva, enfermedades, maternidad y los servicios de rehabilitación física y mental. 0.50% para cubrir las prestaciones relativas a préstamos a mediano y corto plazo. 0.50% para cubrir los servicios de atención para el bienestar y desarrollo infantil; integrales de retiro a jubilados y pensionistas; servicios turísticos; promociones culturales, de preparación técnica, fomento deportivo y de recreación y servicios funerarios. 0.25% para cubrir íntegramente el seguro de riesgos de trabajo. 3.50% para la prima que se establezca anualmente, conforme a las valuaciones actuariales, para le pago de jubilaciones, pensiones e indemnizaciones globales, así como para integrar las reservas correspondientes conforme a lo dispuesto en el artículo 182, de la ley del ISSSTE. 5.00% para constituir el Fondo de la Vivienda El porcentaje restante se aplicará para cubrir los gastos generales de administración del Instituto exceptuando los correspondientes al Fondo de Vivienda. Además, para los servicios de atención para el bienestar y el desarrollo infantil, las dependencias y entidades cubrirán el 50% del costo unitario por cada uno de los hijos de sus trabajadores que haga uso del servicio en las estancias de bienestar del Instituto. Los criterios que marca esta Ley en su artículo 60 indican que cualquier trabajador del ISSSTE que cumpla 30 años de cotizar o cualquier trabajadora que cumpla 28 años, tiene derecho a una pensión de 100%. Posteriormente, en el artículo 61 se menciona que cualquier persona que cumpla 55 años de edad y al menos 15 años de cotizar tiene derecho a una pensión del ISSSTE apegada a la