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1 GUÍA DE CONTENIDOS INTRODUCCIÓN La generación y gestión de los residuos constituye un problema ambiental grave en la sociedad actual. La reducción de su generación y su adecuada gestión son necesarias para evitar graves impactos en el medio ambiente que provocan contaminación afectando a los ecosistemas y a la salud humana. Sin embargo, cuando los residuos se gestionan correctamente se convierten en recursos que contribuyen al ahorro de materias primas, a la conservación de los recursos naturales y, en definitiva, al desarrollo sostenible. 1

2 ÍNDICE 1.- Cuál es el Problema? -Problemática ambiental. Los residuos de un problema Local a un problema Global -Principales impactos generados por una inadecuada gestión de residuos 2.- Qué son los Residuos? - Concepto de Residuos. Clasificación - Codificación y Caracterización - Residuos Domésticos. Principales Cifras 3.- Qué Regula la Normativa actual? - Estrategia Europa Marco normativo Europeo, Estatal y Autonómico - Planes y Programas activos. Orientación hacia la Prevención - Novedades legislativas en materia de residuos - Competencias en materia de residuos - Régimen de la Producción y Gestión de residuos: Trámites, Obligaciones, nuevas Figuras e Instalaciones en Andalucía. 1.- LOS RESIDUOS DE UN PROBLEMA LOCAL A UN PROBLEMA GLOBAL Dado que en la Naturaleza, se generan diferentes residuos que entran a formar parte de los distintos ciclos naturales, en donde se produce su integración y su reutilización, pero en cambio, la gran cantidad y diversidad de residuos generados por la actividad humana en la sociedad actual, no pueden ser asumidos por la naturaleza, por lo que su vertido puede dar lugar a importantes problemas ambientales: - Degradación del suelo, debido a la acumulación y descomposición de los residuos. - Contaminación de aguas, por la filtración de sustancias peligrosas a las aguas subterráneas y por escorrentía a las superficiales. - Generación de focos de infección, lo que favorece la presencia de roedores e insectos portadores de enfermedades que afectan a otros seres vivos. - Contaminación atmosférica, por olores, humos y volatilización de sustancias peligrosas. - Alteración de los ciclos de vida animales. - Alteración del paisaje natural y urbano, si los residuos son abandonados en las calles, bosques y playas, con el consecuente aumento del riesgo de incendios e inundaciones. Además de estos problemas, que afectan a un entorno más o menos inmediato, los residuos generan problemas que trascienden más allá de su lugar de producción: Sobreexplotación de recursos naturales El modelo de sociedad de los países desarrollados, se sustenta en la obtención constante y creciente de recursos naturales, que convertidos en objetos y productos de todo tipo, generan tras su 2

3 uso una gran cantidad de desechos o residuos. Esto supone una sobreexplotación y agotamiento de materias primas que tomamos de la naturaleza y que luego no son devueltas a ella de forma correcta, con la consiguiente degradación de los ecosistemas. Cambio climático La generación de residuos también contribuye al avance del cambio climático. De modo más directo, los vertederos y depósitos controlados de residuos, emiten a la atmósfera importantes cantidades de gases, como el metano, que tiene un efecto invernadero mucho mayor que el CO2. Además, si finalmente se incineran los residuos, esto supone también la emisión a la atmósfera de gran cantidad de dióxido de carbono y otros gases tóxicos. Por tanto, la generación de residuos, lejos de ser un problema que afecta a la comunidad que lo produce, pasa a tener una repercusión global derivada del despilfarro de los recursos naturales disponibles en el planeta y de la contaminación que provoca su producción. 2.- CONCEPTO DE RESIDUO Y SU CLASIFICACIÓN Residuo ( Ley 22/2011 ): Cualquier sustancia u objeto que su poseedor deseche o tenga la intención o la obligación de desechar Clasificación: a) Atendiendo a su Naturaleza: Peligrosos No Peligrosos b) Según el ámbito de las Competencias de Gestión y del Origen de su Generación: Municipales: Domésticos del hogar Asimilables a Domésticos de actividades comerciales, servicios, industrias Pueden ser también los Comerciales no peligrosos, según Ordenanzas No domiciliarios ( limpiezas vías, zonas verdes, vehículos abandonados, animales domésticos muertos..) No Municipales: Industriales Servicios Agrícolas Comerciales, salvo excepción anterior 3

4 2.- CARACTERIZACIÓN Y CODIFICACIÓN DE LOS RESIDUOS Existen diferentes herramientas para la caracterización de los residuos y los sistemas de codificación empleados para su identificación ( Códigos LER y las tablas de códigos alfanuméricos) que proporcionan información sobre el residuo desde que se produce hasta su destino final. 2.- RESIDUOS DOMÉSTICOS. PRINCIPALES CIFRAS Son los residuos generados en los hogares como consecuencia de las actividades domésticas. Se consideran también residuos domésticos los similares a los anteriores por su naturaleza y composición, generados en industrias, comercio, oficinas, centros asistenciales y sanitarios de los grupos I y II, servicios de restauración y catering, así como del sector servicios en general. Se incluyen también en esta categoría los residuos que se generan en los hogares de aparatos eléctricos y electrónicos, ropa y tejidos, pilas, acumuladores, muebles y enseres así como los residuos de construcción y demolición procedentes de obras menores de construcción o reparación domiciliaria. Tendrán igualmente la consideración de residuos domésticos los residuos procedentes de limpieza de vías públicas, zonas verdes, áreas recreativas y playas, los animales domésticos muertos y los vehículos abandonados. 4

5 En la Unión Europea se desechan millones de toneladas de residuos cada año, de las cuales 90 millones de toneladas son residuos peligrosos. Como promedio en torno al 40% de los residuos municipales se recicla o se reutiliza y el resto se deposita en vertederos o se incinera. La generación de residuos se mantiene, en términos globales, estable en la UE, pero algunos flujos de residuos como los residuos de construcción y demolición, los lodos de depuradora y los desechos marinos siguen aumentando. Algunos Estados Miembros han conseguido reciclar hasta el 80% de sus residuos, lo que ilustra sobre las posibilidades que hay de convertir los residuos en un recurso clave para la UE. 3.- ESTRATEGIA EUROPEA 2020 Hoja de Ruta hacia una Europa Eficiente en el uso de los Recursos El objetivo es convertir a Europa en una sociedad eficiente en el uso de los recursos, que produzca menos residuos y que utilice como recurso, siempre que sea posible, los que no pueden ser evitados, avanzando así hacia la Sociedad del Reciclado, que mencionan los considerandos de la Directiva Marco de residuos (Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, sobre los residuos y por la que se derogan determinadas Directivas). El objetivo es pues conseguir niveles de reciclado mucho más altos minimizando la extracción de recursos naturales adicionales y que para el 2020 la generación per cápita de los residuos se haya reducido considerablemente. La prevención y el reciclado son por tanto los elementos claves de la nueva política de residuos para convertir a Europa en una sociedad eficiente en el uso de los recursos, en un contexto de materias primas cada vez más escasas. El planteamiento de la UE sobre la gestión de residuos se basa en estos principios: - Una mayor prevención de los residuos - Alcanzar los niveles máximos viables de reciclado y reutilización - Limitar la incineración a los materiales no reciclables - Eliminar progresivamente las descargas en los vertederos de aquí a

6 a) Antes de 2020, deberá aumentarse como mínimo hasta un 50% global de su peso la preparación para la reutilización y el reciclado de residuos de materiales tales como, al menos, el papel, los metales, el plástico y el vidrio de los residuos domésticos y posiblemente de otros orígenes en la medida en que estos flujos de residuos sean similares a los residuos domésticos b) Antes de 2020, deberá aumentarse hasta un mínimo del 70% de su peso la preparación para la reutilización, el reciclado y otra valorización de materiales, de los residuos no peligrosos procedentes de la Construcción y Demolición 6

7 3.- Marco normativo Europeo, Estatal y Autonómico Existe un amplio marco normativo desarrollado para la regulación de la prevención y gestión de los residuos a nivel Europeo, Estatal y Autonómico: 3.- Planes y Programas activos. Orientación hacia la Prevención 7

8 3.-Novedades legislativas en materia de residuos. Adaptación al amplio desarrollo normativo surgido en los últimos años, incorporando medidas de simplificación administrativa, además de desarrollar la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (Ley GICA), la nueva Ley de Residuos y dar respaldo normativo a los dos Planes que actualmente desarrolla la Junta de Andalucía para los Residuos Peligrosos y No Peligrosos. OBJETIVOS: - Establecer el régimen regulador de la Producción, Posesión y Gestión de los Residuos en Andalucía, garantizando la protección de la salud humana, la defensa del medio ambiente y la preservación de los recursos naturales. - Prevenir la generación de residuos y aplicar el Principio de Jerarquía, fomentando por este orden, la Prevención, la Preparación para la Reutilización, el Reciclado y otras formas de Valorización, ( preferentemente la material sobre la energética ), considerándose la deposición en vertedero aceptable únicamente en ausencia de alternativas viables y debidamente justificada. PRINCIPALES NOVEDADES: - Aparecen nuevos conceptos: Fin de la condición de residuo, Subproducto, Biorresiduo, Preparación para la Reutilización, etc - Clasifica los residuos en función de las competencias de su gestión ( Municipales y No Municipales ), detallando dichas competencias a nivel Autonómico y Local. - Se fijan Objetivos de Prevención y de Gestión concretos, así como la obligación de elaborar Planes y Programas de Prevención y Gestión de Residuos a nivel Autonómico, Provincial y Local - Determina reglamentariamente los tratamientos a aplicar a las distintas categorías de residuos aprobados en el Catálogo de Residuos de Andalucía - Se habilita el Registro de Producción y Gestión de Residuos de Andalucía, que se integrará en el Registro de ámbito Nacional cuando se desarrolle reglamentariamente - Simplificación de trámites administrativos, fomento de la Comunicación Previa en sustitución de la Autorización Ejem: Productores de RRPP y Transporte de residuos - Se establecen nuevas figuras con su régimen específico: o Productores de residuos no peligrosos no municipales > Tn/ año o Gestores que asumen la producción de RRPP de actividades < 500 Kg/ año o Negociantes, Agentes y Transportistas de RRPP o Estaciones Depuradoras - Se imponen nuevas obligaciones en materia de información a la Administración en especial a los Productores y Gestores de Residuos No Peligrosos, Entidades Locales, Negociantes, Agentes (información anual: memorias y declaraciones anuales, estudios de minimización, ) y desaparecen los libros-registros de producción y gestión pasando a un Archivo Cronológico 8

9 - Adapta el régimen de los Residuos Específicos ( RCD, NFU, Fitosanitarios, RAEE, Pilas, Plásticos agrícolas, ) 3.- Competencias en materia de residuos Comunidad Autónoma ( art. 8 Reglamento ) - Fomento de la minimización de la producción de los residuos, su reutilización y reciclaje, y en último caso, la valorización previa a su eliminación. - Elaboración y aprobación de Programas autonómicos de Prevención y Planes de Gestión de Residuos. - Coordinación en la gestión de residuos y colaboración con las Admon. Locales en materia de gestión de residuos municipales. - Autorización, registro, vigilancia, inspección y sanción de las actividades/instalaciones de producción y gestión de residuos, así como de los sistemas de gestión y los acuerdos voluntarios, convenios marcos o específicos suscritos en el marco de la responsabilidad ampliada del productor. - Autorización del traslado de residuos desde o hacia países de la UE y competencias relativas a los traslados en el Interior del territorio Español. Inspección y sanción derivada de los regímenes de traslados - Autorización de la eliminación directa de residuos en vertederos ( Modelo Anexo XIII ) y aplicación de otros tratamientos distintos a los especificados en el Catálogo de Residuos de Andalucía ( Modelo Anexo XIV) - Declarar Servicio Público, en su ámbito competencial, todas o algunas de las operaciones de gestión de determinados residuos motivadamente justificados por razones de protección del medio ambiente y salud. Administraciones Locales ( art. 9 Reglamento ) - Gestión de los Residuos Municipales, en el marco previsto en la normativa estatal, autonómica y local: o Servicio obligatorio: recogida, transporte y tratamiento de los residuos domésticos generados en los hogares, comercios y servicios. o Recogida de los residuos peligrosos domésticos para entrega a gestor autorizado ( condición RP una vez aceptados por gestor, incluidos puntos limpios ) o Gestionar los residuos comerciales no peligrosos y los residuos domésticos de industrias, según sus ordenanzas, sin perjuicio de que éstos puedan gestionarlos por sí mismo. Cuando de manera motivada y bajo criterios de mayor eficiencia y eficacia se podrá imponer la incorporación obligatoria de estos productores de residuos a los Sistemas de Gestión de la entidad local. - Vigilancia, inspección y sanción en el ámbito de sus competencias. - Elaboración de programas locales de prevención y gestión de residuos en el ámbito municipal y supramunicipal, compatibles y coherentes con la estrategia de planificación regional. - A través de sus ordenanzas, pueden obligar a los productores de RP domésticos el depósito en la forma y lugar adecuado, así como adopción de medidas para eliminar o reducir la dificultad de su gestión. 9

10 - Realizar las actividades de gestión de residuos de forma independiente o mediante asociación. - Adecuar las ordenanzas existentes a los contenidos del Reglamento en el plazo aprox 1 año, en caso contrario se aplicarán las normas que aprueben mediante Orden la CMA 3.- Régimen de la Producción y Gestión de Residuos. PRODUCTOR DE RESIDUOS: - Cualquier persona física /jurídica cuya actividad produzca residuos ( productor inicial de residuos) o cualquier persona que efectúe operaciones de tratamiento previo, de mezcla que ocasione un cambio de naturaleza o composición de esos residuos. Importadores / Exportadores en caso mercancías fronterizas retiradas. - Pequeño Productor de Residuos Peligrosos: persona o entidad productora cuya generación anual de residuos peligrosos <10 Tn. - Productor de Residuos No Peligrosos No Municipales > Tn/año GESTOR DE RESIDUOS: - Persona o entidad, pública o privada, registrada mediante Autorización o Comunicación, que realice cualquiera de las operaciones de gestión de residuos, sea o no la productora de los mismos. - Gestión de residuos: Recogida, Almacenamiento, Transporte y Tratamiento, incluida la vigilancia de estas operaciones, así como la clausura y mantenimiento posterior al cierre de los vertederos. También se incluyen los Negociantes o Agente. INSCRIPCIÓN REGISTRAL DE LAS ACTIVIDADES DE PRODUCCIÓN Y GESTIÓN DE RESIDUOS DE ANDALUCIA TRÁMITE DE COMUNICACIÓN: - Productor de Residuos Peligrosos - Productor de Residuos No Peligrosos No Municipales > Tn/año - Gestores que asumen la Producción RP <500 Kg/a - Sistemas de Gestión Individual - Admon Locales que asumen la producción RRPP domésticos - Recogedores sin instalación asociada - Transporte de residuos con carácter profesional - Negociantes y Agentes - Estaciones Depuradoras de aguas residuales urbanas e industriales / fosas sépticas y otras Inst. de depuración No domésticas 10

11 TRÁMITE DE AUTORIZACIÓN: - Instalaciones de tratamiento de residuos, incluida la preparación anterior y el almacenamiento en el ámbito de la recogida en espera de tratamiento, así como la ampliación, modificación sustancial o traslado. Se incluyen Estaciones de Transferencia y Puntos Limpios - Operaciones de tratamiento de residuos en la Comunidad Autónoma dónde tenga el domicilio social. Previa comprobación autorización instalaciones - Traslado de residuos desde o hacia otros países UE - Sistema de Gestión Colectivo - El depósito directo en vertedero sin operación de tratamiento - Los tratamientos distintos a los especificados en el Catálogo de Residuos OBLIGACIONES DE LOS PRODUCTORES DE RESIDUOS: - Presentar la Comunicación establecida para su inscripción en el Registro ( Anexo I ) - Cumplir con las obligaciones del Almacenamiento de los residuos ( envasado, etiquetado, no mezclar, tiempo de almacenamiento < 6meses RP, 1 año para RNP Eliminación y 2 años RNP Valorización, medidas de seguridad ). - Realizar el tratamiento de los residuos por sí mismo ( Autorización, salvo excepción por OM ) - Entregar los residuos directamente a Gestor registrado o a través de Transporte Registrado, si no los gestiona por sí mismo. En caso de contratar a un transportista, verificar que está registrado y que los vehículos cumplen con la legislación vigente para el transporte de residuos. - Llevar un Registro documental de los residuos producidos o importados, así como el destino ( contenido art. 13 y 18 del Reglamento). Podrá estar en soporte informático previa comunicación a la Delegación Territorial - Presentar la DAP de Residuos, antes del 1 Marzo de cada año y conservar copia por un periodo no inferior a 3 años. ( Modelos establecidos - Anexos II, III y IV ) - Informar para el adecuado tratamiento, así como de la desaparición, pérdida o escape de residuos peligrosos. Comunicar a la Delegación la producción de nuevos residuos. - Presentar el Plan de Minimización ( Gran PRP s y PRNP>1.000 Tn/año) (Anexo XVI ) - Constituir Garantía Financiera en caso de Grandes Productores RRPP OBLIGACIONES DE LOS GESTORES DE RESIDUOS: - Cumplir con los requerimientos y condicionados de la AUTORIZACIÓN de GESTOR - Llevar un Registro Documental (tipo, cantidad, naturaleza, origen, destino, frecuencia de recogida, medio de transporte y método de V/E de residuos gestionados ). Puede estar en soporte informático en las condiciones que se determinen en la autorización 11

12 - Poner a disposición de la Administración la información y documentación registrada - Emitir un Justificante de la Recepción de los residuos, incluyendo datos del propio gestor y de quien los entrega. Para RP S son válidos los DCS y para RNP S el albarán de entrega. Conservar durante 3 años - Presentar Memoria Anual de Gestor de Residuos, antes del 1 Marzo de cada año. Conservarla durante los 5 años siguientes - Facilitar los Documentos de Acreditación de las operaciones de tratamiento a petición de la autoridad competente o del poseedor anterior - En caso de contratar a un transportista, verificar que está registrado y que los vehículos cumplen con la legislación vigente - Constituir un Seguro y Fianza en caso de RP s. Aportación anual vigencia seguro Gestores de Residuos e Instalaciones Autorizadas 290 instalaciones autorizadas para la gestión de los RSU: 23 Plantas de recuperación y compostaje con vertedero de apoyo 20 Plantas de Clasificación 60 Estaciones de Transferencia 34 Vertederos controlados 153 Puntos Limpios y 33 proyectados 12

13 TIPIFICACIÓN DE INFRACCIONES Y SANCIONES INFRACCIONES MUY GRAVES: Ejercicio de la actividad sin la Comunicación o Autorización, o con ella caducada o suspendida con daño grave para el medio ambiente o peligro grave salud de las personas. Incumplimiento de las obligaciones recogidas en la Autorización con daño grave Abandono, vertido o eliminación incontrolado de residuos INFRACCIONES GRAVES: Ejercicio de la actividad sin la Comunicación o Autorización, o con ella caducada o suspendida sin daño grave para el medio ambiente o salud personas Incumplimiento de las obligaciones recogidas en la Autorización sin daño grave Falta de constitución de fianzas o garantías o de su renovación INFRACCIONES LEVES: Retraso injustificado de presentación de documentación según lo establecido en la normativa aplicable SANCIÓN- MUY GRAVES: Multa desde hasta , en caso de residuos peligrosos desde hasta Inhabilitación de la actividad por un período no inferior a un año ni superior a diez. En determinados supuestos de infracción, clausura temporal o definitiva, total o parcial, de las instalaciones o aparatos, por un plazo máximo de 5 años, salvaguardándose en estos casos los derechos de los trabajadores de acuerdo con lo previsto en la legislación laboral. En determinados supuestos de infracción, revocación de la autorización o suspensión de la misma por un tiempo no inferior a un año ni superior a diez. SANCIÓN -GRAVES: Multa desde 901 hasta , en caso de residuos peligrosos desde hasta Inhabilitación para el ejercicio de la actividad por un período de tiempo inferior a un año. En determinados supuestos de infracción, revocación de la autorización o suspensión de la misma por un tiempo de hasta un año. SANCIÓN- LEVES: Multa de hasta 900, si se trata de residuos peligrosos ésta será de hasta

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