Prácticas de. Destrucción de. Armas de Fuego

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1 Manual de Mejores Prácticas de Destrucción de Armas de Fuego 2008 Centro Regional de las Naciones Unidas para la Paz, el Desarme y el Desarrollo en América Latina y el Caribe (UN-LiREC)

2 2 Derechos Reservados 2008 por el Centro Regional de las Naciones Unidas para la Paz, el Desarme y el Desarrollo en América Latina y el Caribe.

3 3 Tabla de Contenido Prefacio CAPITULO I.- Introducción 1. Marco Jurídico 2. Objetivo 3. Contenido 4. Propósito y Alcance CAPITULO II.- Proceso de Destrucción de Armas Pequeñas y Armas Ligeras 5. Clasificación de las Armas para su Destrucción 6. Planeamiento General del Proceso 7. Planeamiento Específico del Proceso CAPITULO III.- Protocolos de Verificación y Monitoreo de Armas de Fuego 8. Proceso de Verificación y Embalaje de las Armas de Fuego por Destruir 9. Proceso de Almacenamiento de las Armas de Fuego Verificadas 10. Transporte de las Armas de Fuego Verificadas hacia la Instalación de Destrucción 11. Evento Público del Proceso de Destrucción

4 4 Prefacio Las armas de fuego y municiones, objeto de decomiso o incautación y depositadas en los almacenes del gobierno, corren el riesgo de ser sustraídas o robadas, desviadas hacia mercados negros y vendidas ilegalmente. Su destrucción evita que ingresen en el mercado ilícito, constituyéndose así en una amenaza para la seguridad nacional, regional y/o internacional, al ser utilizadas por la delincuencia o por el terrorismo. Optar por la destrucción de estas armas de fuego y sus municiones constituye una decisión soberana de cada Estado, si bien en ciertos casos se desarrolla en cumplimiento de la legislación nacional y/o instrumentos jurídicos internacionales como la Convención Interamericana contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Otros Materiales Relacionados (CIFTA), el Programa de Acción 2001 de las Naciones Unidas (PoA), el Protocolo contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, sus Piezas y Componentes y Municiones y de algunos compromisos subregionales como la Decisión 552 para los países miembros de la Comunidad Andina. En el ámbito hemisférico, de acuerdo a lo establecido en la Resolución de la Organización de los Estados Americanos (OEA),AG/RES.2108(XXXV-O/05), Proliferación y tráfico ilícito de armas pequeñas y armas ligeras en todos sus aspectos, los países miembros deciden, en su párrafo 7: Encomendar a la Secretaría General que prepare y facilite cursos especializados periódicos para la destrucción de armas pequeñas, armas ligeras y municiones, y la gestión de arsenales conjuntamente con el Departamento de Asuntos de Desarme de las Naciones Unidas, el Centro Regional de las Naciones Unidas para la Paz, el Desarme y el Desarrollo de América Latina y el Caribe (UN-LiREC) y el Colegio Interamericano de Defensa. En el 2004, UN-LiREC y el Departamento de Seguridad Pública de la OEA firman un Memorándum de Entendimiento para trabajar juntos en temas de armas de fuego. Conciben asimismo la preparación de un manual de mejores prácticas internacionales en procedimientos de destrucción de armas de fuego, y organizan el I Taller de Capacitación para la Destrucción de Armas de Fuego y Gestión de Arsenales celebrado del 20 al 23 de noviembre de 2007, en Lima, Perú, para representantes del Ministerio del Interior. Tras la impartición del curso se procedió a la destrucción de 42,536 armas de fuego durante el período comprendido entre diciembre de 2007 a octubre de 2008, quedando incorporadas las mejores prácticas internacionales a los procedimientos estandarizados a ser implementados en futuras destrucciones. UN-LiREC y la OEA agradecen al Gobierno del Perú la cooperación durante este proceso, así como a los expertos en destrucción de armas de fuego de nuestras organizaciones por su labor ardua y perseverante trabajo, que hicieron posible ultimar esta tarea y transmitir sus experiencias y conocimientos al país anfitrión. Agradecemos también las contribuciones financieras de España, la Unión Europea, Reino Unido y Suecia, que permitieron la implementación de la Resolución 2108 de la OEA, así como de los instrumentos internacionales en la materia. Christopher Hernández Director, Dpto. Seguridad Pública, OEA Péricles Gasparini Director, UN-LiREC

5 5 Introducción CAPITULO I 1. Marco Jurídico: a. Naciones Unidas: el Programa de Acción de las Naciones Unidas para prevenir, combatir y eliminar el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos, aprobado en Asamblea General en el 2001, recoge el compromiso de los Estados para adoptar, entre otras medidas, las siguientes: 16. Velar porque se destruyan todas las armas pequeñas y ligeras confiscadas, expropiadas o recogidas, con sujeción a las restricciones judiciales relacionadas con la preparación de procesos penales, a menos que se haya autorizado oficialmente otra forma de eliminación y siempre que las armas se hayan marcado y registrado en la forma debida. 18. Examinar periódicamente, según proceda y con sujeción a los respectivos sistemas constitucionales y legales de los Estados, los arsenales de armas pequeñas y ligeras de las fuerzas armadas, la policía y otros órganos autorizados y velar por que se señalen claramente los excedentes declarados por las autoridades nacionales competentes, se establezcan y ejecuten programas para su eliminación responsable, de preferencia mediante la destrucción de esos excedentes, y esos excedentes se mantengan en lugar seguro hasta su eliminación. 19. Destruir los excedentes de armas pequeñas y ligeras designados para destrucción, teniendo en cuenta entre otras cosas el informe del Secretario General de las Naciones Unidas sobre métodos de destrucción de armas pequeñas, armas ligeras, municiones y explosivos (S/2000/1092) del 15 de noviembre de b. Organización de Estados Americanos (OEA): la OEA aprobó en 1997 la Convención Interamericana contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Otros Materiales Relacionados (CIFTA). En la Conferencia Especial sobre Seguridad realizada en el 2003 en México, D.F., los Estados Miembros reiteraron la necesidad de una cooperación efectiva para impedir, combatir y erradicar la fabricación y el tráfico ilícitos de armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados. En ella los Estados Miembros se comprometieron a: Realizar la destrucción de los excedentes de armas de fuego designados para ello por cada Estado; proteger y controlar sus arsenales; y Reglamentar la intermediación de armas de fuego, incluidas sanciones a la intermediación física, con el objeto de evitar su desvío a los canales ilícitos. En la Declaración de Bogotá sobre el Funcionamiento y Aplicación de la Convención Interamericana contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Otros Materiales Relacionados, realizada en Bogotá, Colombia, en el 2004 los Estados Miembros se comprometieron a: Elaborar y presentar informes con respecto a las medidas de seguridad para eliminar pérdidas o desviaciones de armas de fuego, municiones y explosivos; Incrementar la cooperación técnica destinada a fortalecer la capacidad de interdicción de los estados para impedir, combatir y erradicar el tráfico ilícito de armas de fuego, municiones y otros materiales relacionados; Avanzar en la implementación de una red ágil, eficaz, segura y sostenible, de intercambio de información; Tomar las medidas necesarias para el marcaje de las armas de fuego; y Garantizar la seguridad de las armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados.

6 6 En el informe de la Secretaría General de la Organización de Estados Americanos sobre el seminario Identificación, Recolección, Administración de Arsenales y Destrucción de Armas Pequeñas y Armas Ligeras celebrado en Managua, Nicaragua, en el 2004, se recogen una serie de recomendaciones surgidas del debate libre que siguió a las presentaciones realizadas. Estas recomendaciones fueron: Reforzar los objetivos del Comité Consultivo de la CIFTA; Preparar e impartir cursos en profundidad sobre destrucción y manejo de arsenales de armas de fuego; Utilizar el Sistema de Administración de Armas Pequeñas y Armas Ligeras; y Elaborar una legislación modelo en las áreas de marcación de armas de fuego, identificación de delitos, incautación, confiscación, medidas de seguridad y fortalecimiento de los controles en los puntos de exportación, así como la elaboración de prácticas óptimas hemisféricas para la destrucción de armas de fuego y el establecimiento de una definición estándar de arma de fuego, manejo de arsenales y normas para el personal que trabaja en estos campos. La Declaración de los Expertos sobre medidas de Fomento de la Confianza y la Seguridad: recomendaciones para la conferencia especial de seguridad dispuesta por la cumbre (Consenso de Miami) en el 2003, recomendó: identificar los excedentes de armas pequeñas y ligeras, así como los inventarios de armas pequeñas y ligeras que hayan sido confiscadas, y de conformidad con las leyes nacionales y acuerdos internacionales en que se participe, definir programas de destrucción de esas armas e invitar a representantes internacionales a presenciar la destrucción de esas armas. La Resolución de la AG 2108 (XXXV-O/05) Proliferación y tráfico ilícito de armas pequeñas y armas ligeras en todos sus aspectos aprobada en junio del 2005, RESUELVE, [encomendar a la Secretaría General que prepare y facilite cursos especializados periódicos para la destrucción de armas pequeñas, armas ligeras y municiones, y la gestión de arsenales conjuntamente con el Departamento de Asuntos de Desarme de las Naciones Unidas, el Centro Regional de las Naciones Unidas para la Paz, el Desarme y el desarrollo de América Latina y el Caribe (UN-LiREC) y el Colegio Interamericano de Defensa. c. Comunidad Andina de Naciones (CAN): la CAN aprobó mediante la Decisión 552 el Plan Andino para la Prevención, Combate y Erradicación del Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en todos sus aspectos, en el año El plan es un documento jurídicamente vinculante, que en su Artículo Único acuerda Establecer El Plan Andino para la Prevención, Combate y Erradicación del Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en todos sus aspectos. En el Anexo I y Anexo II se recoge este Plan, estableciéndose lo siguiente: Anexo I : LINEAMIENTOS DE ACCIÓN: A. En el ámbito nacional: 4. Desarrollar e implementar, cuando corresponda, programas nacionales para: b) La entrega voluntaria de armas pequeñas y ligeras ilícitas; c) La destrucción de: las armas pequeñas y ligeras ilícitas, por parte de las autoridades nacionales com petentes, y de los excedentes de inventario, de las armas obsoletas o de aquellas confiscadas que reposen en poder del Estado, a menos que se haya autorizado oficialmente otro destino y siempre que las armas se hayan marcado y registrado en la forma debida; d) La generación de conciencia ciudadana sobre el problema de la proliferación y tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras;

7 7 h) La concienciación, capacitación y entrenamiento de los actores públicos y privados vinculados con la implementación de las medidas necesarias para prevenir, combatir y erradicar el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos. ANEXO II: AGENDA COORDINADA DE ACCIÓN 5. Control, Confiscación, Sanción, Distribución, Recolección y Destrucción 5.3. Garantizar el almacenamiento seguro de las armas en posesión del Estado 5.4. Establecer un mecanismo efectivo para el almacenamiento de las armas pequeñas y ligeras ilícitas confiscadas o recuperadas por el Estado, en espera del resultado de las investigaciones que las liberarán para su destrucción o, de considerarlo pertinente, su traspaso al Estado 5.5. Identificar y destruir inventarios excedentes u obsoletos de armas pequeñas y ligeras en posesión del Estado 2. Objetivo La presente Memoria Descriptiva tiene por objeto ayudar a los Estados Miembros a seleccionar el método de destrucción más apropiado en la ubicación o localidad en que se encuentren las armas; y a identificar las mejores prácticas utilizadas para la destrucción de armas de fuego. Asimismo, la metodología da mejores pautas y procedimientos que ayudan a proporcionar transparencia al proceso de destrucción, y permite la participación de observadores de organismos internacionales, de organizaciones no gubernamentales (ONGs), de la sociedad civil y de los medios de comunicación que pueden contribuir a valorizar el esfuerzo de transparencia de parte de los estados. El presente documento no pretende ser un sustituto de la legislación vigente en los territorios soberanos de los Estados Miembros, ya que éstos tienen legislaciones y reglamentos internos sobre armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados. Aspira más bien a ser una guía que permita identificar un procedimiento y mejores prácticas realizadas en destrucción de armas de fuego. 3. Contenido El presente manual está orientado a la satisfacción de los aspectos contemplados en la Convención, Comisión, Conferencia, Declaración e Informe mencionados en el punto 1.Marco Jurídico. Las armas comprendidas en el presente documento son las armas de fuego, cuya definición es similar a la de armas pequeñas y ligeras definidas en el Instrumento internacional que permite a los estados identificar y rastrear de manera confiable y con oportunidad las armas pequeñas y ligeras ilícitas (GA/8 Diciembre 2005). Para los propósitos de este instrumento, las armas pequeñas y ligeras son definidas como cualquier arma letal portátil diseñada para expeler o lanzar, o que pueda ser fácilmente convertida para expeler o lanzar un disparo, proyectil, o bala por la acción de un explosivo, excluyendo las armas pequeñas o ligeras antiguas. Las armas pequeñas y ligeras antiguas y sus réplicas serán definidas de acuerdo a las leyes nacionales. En ningún caso las armas pequeñas y ligeras antiguas incluirán aquellas fabricadas después de 1899, definición semejante a las armas de fuego de la CIFTA. Armas pequeñas son, en sentido amplio, aquellas armas diseñadas para el uso individual. Se incluyen revólveres, pistolas semi-automáticas, fusiles y carabinas, sub ametralladoras, fusiles de asalto y ametralladoras ligeras. 4. Propósito y Alcance El presente capítulo tiene la finalidad de proporcionar una guía a los Estados Miembros sobre metodología, orientada a que los mismos posean una referencia sobre los procedimientos a seguir en un proceso de destrucción de armas de fuego (armas pequeñas y ligeras), especialmente en los casos de armas ilícitas confiscadas o decomisadas. Estas últimas normalmente se encuentran almacenadas en arsenales oficiales u otros lugares de almacenamiento designados transitoriamente, como depósitos judiciales para que puedan ser clasificadas, inventariadas y destruidas.

8 8 CAPITULO II Proceso de Destrucción de Armas Pequeñas y Armas Ligeras 5. Clasificación de las armas para su destrucción Los Estados Miembros, por voluntad y decisión propia, podrán establecer la necesidad de destruir armas pequeñas y ligeras excedentes u obsoletas de propiedad del Estado, o armas confiscadas, decomisadas o incautadas por las fuerzas del orden y judicializadas. Para ello, deberán relizar los inventarios correspondientes a fin de establecer la cantidad, el tipo y los métodos de destrucción a utilizarse. a. Armas de propiedad del Estado excedentes: son armas de propiedad del Estado quien, por decisión propia, determina que éstas exceden a sus necesidades de seguridad y defensa, y se encuentran almacenadas en arsenales de las fuerzas del orden; b. Armas de propiedad del Estado obsoletas: son armas de propiedad del Estado, cuyas autoridades competentes han determinado que, por razones técnicas (fallas mecánicas u otras causas) se encuentran en estado inoperativo. Asimismo, en otros casos, los cambios tecnológicos han determinado su almacenamiento, al no ser utilizadas o ser inadecuadas para el cumplimiento de las funciones que el Estado les ha asignado. En ambas situaciones las armas de fuego se encuentran en posesión de las autoridades competentes y almacenadas en arsenales autorizados; y c. Armas confiscadas o decomisadas: estas armas son las que se encuentran en posesión de las autoridades competentes como consecuencia de acciones de intervención de las fuerzas del orden ante hechos ilícitos. En algunos casos la acción judicial determinará si corresponde la devolución a sus dueños originales o su destrucción. 6. Planeamiento general del Proceso Existiendo varios métodos para la destrucción de armas de fuego (armas pequeñas), la evaluación y selección del método más apropiado en un proceso de destrucción, se deben tener en consideración los siguientes factores: Marco legal internacional jurídicamente vinculante; Legislación nacional y documentación exigida por el Estado que autoriza la destrucción de las armas de fuego (armas pequeñas); Cantidad y tipo de armas pequeñas a destruir; Las limitaciones derivadas de la ubicación y el lugar de la destrucción; Requisitos de seguridad física y de personal; Costo del proceso de destrucción (si lo hubiera); Impacto en el medio ambiente; Capacidad de destrucción de las instalaciones a emplear; Transporte de armas de fuego verificadas hacia el lugar de destrucción; y Medidas de seguridad policial y médica. Independientemente del método seleccionado, probablemente se deberán efectuar algunos trabajos previos, pues puede requerirse de una inutilización inicial o de la extracción de las partes no metálicas, antes de pasar a la fase de destrucción propiamente dicha.

9 9 Los métodos de destrucción de las armas de fuego son los siguientes: a. Corte: este método es el de mayor uso, y de acuerdo al equipo que se utiliza pueden distinguirse tipos diversos, como el corte con soplete oxiacetilénico, con soplete de gasolina, con cizalla hidráulica, con sierras de arco y con sierras de banco o sierras de cinta; b. Doblamiento o aplastamiento: en este método se procede al aplastamiento de las armas con vehículos pesados, especialmente si poseen orugas y pesan más de 30 toneladas; c. Incineración: este método es sencillo y fácil de utilizar. se emplea cuando el armamento posee partes de madera, plástico y/o polímeros; y d. Fundición: es el mejor método para la destrucción de armas de fuego, garantizando la misma en una forma completa y absoluta, y es técnicamente seguro. Además, permite el reciclaje del material fundido, dependiendo de la cantidad de armas destruidas y de la calidad del metal, debiendo retirarse las partes no metálicas de las armas antes de su introducción al horno. Los países pueden utilizar hornos de fundición de empresas privadas o aprovechar la existencia de fábricas militares de armas y municiones que cuenten con hornos de fundición para la aplicación de este método. 7. Planeamiento específico del proceso a. En coordinación con las autoridades de la Comisión Nacional de Armas, en su caso, o del sector gubernamental que tiene la responsabilidad del control de armas y municiones, se identifican las instalaciones donde se almacenan las armas excedentes u obsoletas; b. Se evalúa el área de la instalación designada para realizar los trabajos de verificación y monitoreo de las armas de fuego a ser destruidas; c. Se determina la prioridad de verificación de las armas de fuego almacenadas; d. El personal por asignar al trabajo deberá ser personal de armeros o especialistas en mecánica de armamento ; e. Se organiza al personal designado y se asignan funciones a cada uno de los miembros. Éstas deben ser cumplidas diariamente, de acuerdo a los recursos materiales disponibles; y f. Se calculan los recursos materiales necesarios para el proceso de destrucción, de acuerdo a la cantidad de armas de fuego por destruir: (1) Equipamiento de oficina: (a) Asignación temporal: computadoras personales con sus accesorios; y (b) Material de consumo: papelería para impresión de actas y otros documentos necesarios. (2) Herramientas manuales: (a) Alicates de corte, alicates universales y alicates de ajuste; (b) Desarmadores de estrella y desarmadores planos; (c) Martillos de 5 lbs. y combas de acero de 10 lbs. (d) Verificador metálico para revólveres y pistolas (de 25 cms. c/tope a 5 cms. del extremo). (e) Verificador metálico para fusiles (60 cms, con tope a los 10 cms.); (f) Linterna de mano, de dos pilas AA; y (g) Cuchilla manual.

10 10 (3) Material de consumo para protección personal utilizado regularmente: (a) Polos con emblemas (algodón 30/1), tres por persona; (b) Pantalones tipo blue jean, dos por persona; (c) Batas identificadoras, dos por persona; (d) Botines con punta de acero, un par por persona; (e) Chalecos identificadoras para autoridades; (f) Casacas, en áreas de climas fríos; (g) Guantes de cuero para la manipulación de carga; (h) Guantes de nitrilo para la manipulación de las armas; y (i) Mascarillas individuales descartables. (4) Material de consumo para el embalaje de las armas: (a) Etiquetas adhesivas con código de barras (20 mm. x 50 mm.); (b) Etiquetas adhesivas de VERIFICADO (20 cms. x 15 cms.); (c) Alambre de construcción (Nº 16); (d) Rollos film plástico (de aproximadamente 60 cms. de ancho); (e) Rollos de cinta de embalaje (de 2 pulgadas de ancho); (f) Seguros para cable de acero y cable de acero (1.2 mm. espesor); (g) Trapo industrial para limpieza; (h) Plumones de marcado permanente; (i) Lupas de aumento; (j) Candados metálicos de 70 milímetros; y (k) Lijas para fierro (gruesas y finas). (5) Contenedores plásticos o cajas de madera para el embalaje de las armas: (a) Cilindros de plásticos pequeños (35 cms de diámetro por 55 cms de altura) para almacenar revólveres o pistolas; (b) Cajas de madera (medidas variables); y (c) Costales de polipropileno para 50 kilos.

11 11 CAPITULO III Protocolos de Verificación y Monitoreo de Armas de Fuego 8. Proceso de verificación y embalaje de las armas de fuego por destruir: a. Para iniciar el proceso de verificación y monitoreo de las armas de fuego, cuyo proceso de destrucción ha sido acordado previamente con el gobierno, se trasladan las armas desde los arsenales o almacenes donde se encuentran almacenadas hacia la(s) instalación(es) designada(s) para realizar los trabajos de verificación física que, a continuación, se detallan; b. La instalación donde se van a realizar los trabajos es organizada por áreas previamente delimitadas En el área de seguridad, las personas designadas (de acuerdo a las cantidades de armas por procesar) verifican que los distintos tipos de armas de fuego no estén cargadas con municiones en los tambores, cacerinas o en las recámaras de las armas, mediante el siguiente procedimiento: (1) Se toma el arma con precaución; (2) Se coloca el arma de fuego con el cañón orientada hacia el cajón de arena; (3) Se retira la cacerina o cargador del arma de fuego de ser el caso; (4) En el caso específico de revólveres se verifica el tambor de las armas o las recámaras del cañón; (5) Posteriormente se realizan tres recargas en vacío en cada una de las armas (golpes de seguridad); y (6) Es importante verificar la no existencia de cartuchos dentro del cañón de las armas. NOTA: Se pueden utilizar verificadores metálicos que se introducen por la boca del cañón. La longitud de los mismos varía según el tipo de arma a verificar. Agrupación de armas de fuego (revólveres) que van a ser procesadas. (Fototeca/ UN-LiREC) Personal policial verificando que el arma de fuego no esté cargada con municiones. (Fototeca/ UN-LiREC)

12 12 c. Habiéndose ejecutado los procedimientos de seguridad inicial, se llevan las armas de fuego a la mesa de trabajo para su agrupación ordenada. A continuación se realiza la limpieza de una parte de la superficie de las armas, donde se debe colocar una etiqueta adhesiva (sticker), con el número del código de barras asignado a cada una de las armas de fuego a ser procesadas; Descargando armas de fuego para su procesamiento. (Fototeca/ UN-LiREC) Etiqueta adhesiva con código de barras para procesar la verificación de las armas de fuego.(fototeca/ UN-LiREC) d. La etiqueta adhesiva es colocada por la persona encargada; Etiqueta adhesiva con código de barras. (Fototeca/ UN-LiREC) Personal colocando etiquetas adhesivas con código de barras a las armas. (Fototeca/ UN-LiREC)

13 13 e. Otro personal técnico va agrupando un determinado número de armas de fuego, (que pueden ser entre cuatro a diez armas, dependiendo del tamaño, peso, forma de las armas y la facilidad de embalar) delante del personal encargado de realizar la verificación del número de serie de cada una de las armas; Agrupando armas de fuego etiquetadas para su verificación. (Fototeca/ UN-LiREC) Grupos de armas con etiquetas adhesiva con código de barras para su verificación. (Fototeca/ UN-LiREC) f. El personal técnico encargado de realizar la verificación del número de serie y el código de barras de cada una de las armas, selecciona un grupo de éstas, y una por una verifica el número de serie de cada arma, dictándole dicho número a la persona encargada de realizar el registro en una computadora personal mediante una hoja de cálculo (del programa Excel), u otro sistema que se diseñe para el caso. Además, dictará el número del código de barras asignado al arma; Seleccionando un arma y verificando numeraciones y código de las armas de fuego. (Fototeca/ UN-LiREC) Personal técnico verificando el número de serie y código de las armas pequeñas (revólveres). (Fototeca/ UN-LiREC)

14 14 g. El personal técnico encargado de registrar la información de cada una de las armas de fuego en la computadora procede de la siguiente manera: (1) Al escuchar el número del arma que es dictado, lo ubica en la hoja de cálculo debidamente preparada y acondicionada con los números correspondientes; (2) Ubicado el número de serie, ilumina con un color pre-determinado para cada grupo, la línea donde se encuentra éste, para evitar errores de ubicación; (3) En la columna para el código de barras registra el número del código de barras que le es dictado, de igual manera registra el número de paquete o grupo que se está procesando en la columna correspondiente; (4) Este procedimiento lo repite hasta completar el número de armas de fuego establecido para cada grupo; (5) Finalmente hace un ordenamiento (sort) para todo el cuadro, a fin de agrupar por colores los grupos de armas y verificar que la cantidad de armas de fuego determinada para cada grupo efectivamente concuerda, tanto como las numeraciones registradas y los números de paquete o grupo. Ubicado el número de serie, se ilumina la línea de un color pre determinado. (Fototeca/ UN-LiREC) Se hace un ordenamiento (sort) para todo el cuadro a fin de agrupar por colores los grupos de armas. (Fototeca/ UN-LiREC) (6) Este procedimiento de limpieza, distribución, agrupación y verificación de las numeraciones se repite hasta acabar con todas las armas; y (7) Terminada la verificación y registro del grupo de armas, la persona encargada procede a trasladar el grupo de armas verificadas para su embalaje a otra parte del área de trabajo. h. Para iniciar el embalaje de las armas de fuego por grupos, primero es necesario evaluar la forma más eficaz de reunir una cantidad de armas en una sola agrupación teniendo en cuenta el peso, forma y volumen; y que finalmente permita su fácil manipulación en el almacenaje y el transporte: (1) Los grupos de armas se empaquetan utilizando amarres dobles de alambre (normalmente se emplea alambre negro de construcción) en cada extremo. Concluido el amarre, se procede a envolverlas con tres o más vueltas completas de plástico (film), de ser necesario; y (2) La etiqueta adhesiva (sticker) de VERIFICADO es llenada previamente con la información correspondiente al proceso que se está llevando a cabo, mediante el empleo de un plumón de tinta permanente, y debe llevar la firma del oficial o persona responsable del proceso de verificación.

15 15 Las armas se empaquetan utilizando amarres de alambre doble en cada extremo; se les envuelve con tres o más vueltas de plástico de ser necesario. Se coloca la etiqueta adhesiva VERIFICADO. (Fototeca/ UN-LiREC) i. En el caso de las pistolas o revólveres, no se empaquetan con alambre y plástico: se agrupan en cantidades de diez armas y se las une con cable de acero (de aproximadamente 50 cms de largo) a través de la montura de los disparadores en el caso de los revólveres y a través de la montura de los disparadores y la ventana de eyección de la corredera en el de las pistolas. Los extremos del cable son pasados a través del seguro metálico, el cual es aplastado con aplastador manual o alicate para asegurar la agrupación de armas de fuego. Herramienta y material consumible para agrupación de revólveres o pistolas con cable de acero y seguro metálico. (Fototeca/ UN-LiREC)

16 16 9. Proceso de Almacenamiento de las Armas de Fuego Verificadas a. Realizado el agrupamiento de las armas de fuego, su verificación física, registro y empaquetamiento correspondiente, se procede de la siguiente manera: (1) Para el caso de los revólveres y pistolas, se guardan en cajas contenedoras (que pueden ser metálicas o de madera), o en cilindros de material plástico de tamaño pequeño que pueden contener entre 80 y 100 unidades dependiendo del tamaño del cañón del revólver; Cilindros plásticos para almacenar grupos de armas con información de las armas guardadas. (Fototeca/ UN-LiREC). (2) Para el caso de fusiles, sub ametralladoras, escopetas y ametralladoras ligeras, que no estén empaquetados, se guardan en cajas contenedoras (metálicas o de madera) de no más de 50 unidades por caja, para permitir su manipulación en caso de no contar con equipos de carga; (3) Los fusiles, sub ametralladoras, escopetas o ametralladoras ligeras empaquetados en grupos de armas, simplemente se apilan hasta una altura no mayor de 2 metros, de acuerdo al tipo de armas; (4) Los diferentes tipos de contenedores deben ser asegurados, en forma que varía según el caso: (a) Las cajas contenedoras (metálicas o de madera) se aseguran con abrazaderas metálicas (sunchos) u otros materiales, como alambre, cable acerado u otros disponibles; y (b) Los cilindros plásticos y sus tapas respectivas se aseguran con cable. Grupos de armas empaquetadas y almacenadas en forma apilada y en estantería. (Fototeca/ UN-LiREC)

17 17 b. Al contenedor asegurado se le coloca una o más etiquetas adhesivas de VERIFICADO, especialmente sobrelas uniones de las tapas, para identificar y asegurarse de que sus contenidos no vayan a ser modificados, así como para permitir comprobar a simple vista que los contenedores no han sido violados. Cilindros plásticos y cajas de madera selladas conteniendo armas de fuego y sellados con etiquetas VERIFICADO. (Fototeca/ UN-LiREC) c. Finalmente los contenedores sellados, o los grupos de armas empaquetados, se van colocando en áreas de almacenamiento seguras hasta su transporte al destino final. Las llaves de las cerraduras o de los candados siempre estarán en manos del funcionario que está a cargo de la misión, hasta el día en que se cargan en vehículos de transporte terrestre para ser llevados a las instalaciones donde se realizará la destrucción. Armas de fuego almacenadas en cilindros plásticos y empaquetadas por grupos en espera de destrucción. (Fototeca/ UN-LiREC) 10. Transporte de las Armas de Fuego verificadas a la instalación de Destrucción a. Las actividades a llevar a cabo el día designado para la destrucción de las armas de fuego deben ser también parte del planeamiento y coordinadas con las fuerzas policiales que brindan la protección al convoy de transporte; b. Dependiendo de la hora acordada y del tiempo necesario para llegar hasta las instalaciones de destrucción, las armas de fuego verificadas serán cargadas en los vehículos de transporte con la anticipación debida, el mismo día de la destrucción; c. La capacidad de los vehículos de transporte dependerá de la cantidad y el peso de las armas de fuego por destruir; y d. De preferencia, las armas deberán cargarse desde muy temprano con equipos de carga. De no contarse con ellos, se realizará con el personal a cargo del proceso.

18 18 Proceso de carga de armas fuego en vehículos terrestres para su transporte hacia las instalaciones de fundición. (Fototeca/ UN-LiREC) e. Los vehículos de carga que transportan las armas de fuego deberán contar con protección de vehículos policiales, personal armado, mecánicos de vehículos y una ambulancia médica para cualquier eventualidad durante todo el trayecto hasta las instalaciones de destrucción, para lo cual se deberán realizarse las coordinaciones necesarias con las autoridades respectivas y con la debida anticipación. 11. Evento Público del Proceso de Destrucción a. De acuerdo al método de destrucción determinado por el Estado propietario, las armas de fuego verificadas y almacenadas para su proceso de destrucción física serán transportadas hasta las áreas donde se llevará a cabo la destrucción física propiamente dicha, habiendo tenido en cuenta previamente la capacidad tecnológica del área o región del país donde se encuentran almacenadas las armas de fuego; b. En el caso de utilizar el método de fundición, que es el método más efectivo de los existentes porque el material es transformado totalmente, las armas de fuego serán transportadas en vehículos terrestres desde las instalaciones de almacenamiento hasta la instalación industrial donde se realizará la fundición; estas deberán ser depositadas en las áreas de descarga correspondientes para ser trasportadas hasta los hornos de fundición. Las armas de fuego verificadas pueden ser fiscalizadas en cantidad y contenido por las autoridades que lo soliciten al momento de extraerlas de sus contenedores (cajas Verificación y descarga de armas para su transporte a los hornos de fundición. (Fototeca/ UN-LiREC)

19 19 de madera o cilindros plásticos), como una forma de brindar transparencia al proceso realizado. Se recomienda realizar esta actividad de verificación de forma aleatoria, sobre una muestra comprendida por uno o más paquetes o cajas conteniendo armas. c. La cantidad de armas a ser destruida varía en función de la tecnología que se utiliza. En el caso de destrucción por fundición, dependerá de la capacidad de los hornos, previa coordinación con la dependencia de la empresa responsable del proceso de fundición. d. La participación de consultores técnicos de organismos internacionales durante los procesos de destrucción es un elemento clave para dar legitimidad y transparencia a todo el proceso de destrucción; La presencia de Consultores de organismos internaciones brinda transparencia a los procesos de Destrucción de Armas de Fuego (Fototeca/ UN-LiREC) e. Una de las actividades finales, previa a la destrucción de las armas de fuego, dependiendo de la situación específica de cada Estado, puede consistir en un evento público con la participación de autoridades nacionales e invitados internacionales. La magnitud del evento depende de la decisión política del Estado; y f. Como acto final del proceso, las actas de destrucción de las armas de fuego preparadas por las autoridades correspondientes son firmadas por las autoridades nacionales y de organismos internacionales que participaron en la actividad de destrucción. Evento público con participación de autoridades nacionales e internacionales y la firma de Actas de Verificación de las armas destruidas por la representante de la OEA (Fototeca/ UN-LiREC)

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Prácticas de. Destrucción de. Armas de Fuego

Prácticas de. Destrucción de. Armas de Fuego Manual de Mejores Prácticas de Destrucción de Armas de Fuego 2008 Centro Regional de las Naciones Unidas para la Paz, el Desarme y el Desarrollo en América Latina y el Caribe (UN-LiREC) ! Derechos Reservados

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