Dip. María Gabriela Salido Magos
|
|
- Alejandra Macías Prado
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 Dip. Héctor Saúl Téllez Hernández Presidente de la Mesa Directiva Asamblea Legislativa del Distrito Federal, VI Legislatura. P r e s e n t e La que suscribe, Diputada María Gabriela Salido Magos integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 17 fracción VI de la Ley Orgánica, y 132 del Reglamento para el Gobierno Interior, ambos de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, someto a consideración del pleno de este Órgano Legislativo con carácter de obvia y urgente resolución la siguiente PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA A LA COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y CUENTA PÚBLICA PARA QUE ETIQUETE PRESUPUESTO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014, QUE GARANTICE LA INTEGRACIÓN DEL CENTRO DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL; al tenor de los siguientes: ANTECEDENTES 1.- La Ley del Sistema de Protección Civil del Distrito Federal se publicó el 8 de julio de 2011, la cual tiene el objeto de regular la integración, organización, coordinación y funcionamiento del Sistema de Protección Civil del Distrito Federal, así como establecer las obligaciones del gobierno y los derechos y obligaciones de los particulares, en la aplicación de los mecanismos y medidas de prevención, auxilio y recuperación para la salvaguarda de las personas, sus bienes, el entorno y el funcionamiento de los servicios vitales y sistemas estratégicos ante la eventualidad de una emergencia, siniestro o desastre. 2.- Pese a estar asentado en la Ley del Sistema de Protección Civil desde su publicación, el Centro de Formación y Capacitación de Protección Civil no ha podido ser instaurado por la falta de presupuesto; lo que supone que hasta el momento, sea letra muerta.
2 3.- Es imperante decir que en la actual Ley, en su artículo 17, se encuentra señalado que la acreditación correspondiente de los 16 Titulares de las Unidades de Protección Civil Delegacionales, corre a cargo del Centro de Formación y Capacitación de Protección Civil, en el caso de no contar con una experiencia acreditable de 3 años. 4.- El Centro de Formación y Capacitación de Protección Civil se constituye según la Ley del Sistema de Protección Civil como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Protección Civil, que tiene como finalidad impartir capacitación al personal operativo del Sistema, así como a la población en general en materia de Protección Civil. Por lo anterior, es menester que esta H. Asamblea Legislativa del Distrito Federal, garantice que el Centro de Formación y Capacitación de Protección Civil sea instaurado conforme lo establece la Ley del Sistema de Protección Civil del Distrito Federal, lo anterior para que la ciudad cuente con personal que sea debidamente capacitado y que tenga los conocimientos, habilidades y actitudes para implementar medidas de prevención, auxilio, apoyo y salvaguarda de la población ante una eventualidad de fenómenos perturbadores, ya sean de origen natural o antropogénico. Fundan el presente punto de acuerdo los siguientes: CONSIDERANDOS PRIMERO. Que es facultad de los Diputados, representar los intereses legítimos de los ciudadanos así como promover y gestionar la solución de los problemas y necesidades colectivas ante las autoridades competentes, a través de proposiciones y denuncias, de conformidad con lo establecido en los artículos 17 fracción VI y 18 fracción VII, ambos, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; SEGUNDO. Que la Ley del Sistema de Protección Civil se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 8 de julio de 2011, en donde establece en su artículo
3 99 la existencia del Centro de Formación y Capacitación de Protección Civil, que a la letra dice: Artículo 99.- La Secretaría realizará las acciones necesarias para impartir la capacitación a la que se refiere la presente ley a través del Centro de Formación y Capacitación de Protección Civil. El Centro de Formación y Capacitación de Protección Civil se constituye como un órgano desconcentrado de la Secretaría que tiene como finalidad impartir capacitación a los operativos del Sistema y la población en general en materia de Protección Civil. El Centro de Formación y Capacitación de Protección Civil organizará y registrará las obligaciones que en materia de capacitación tengan los obligados que determina esta Ley e informará, de manera semestral a la Secretaría sobre sus acciones, sin perjuicio de lo establecido en la demás normatividad aplicable, teniendo esta última la obligación de actuar en consecuencia a lo establecido en esta y otras legislaciones. Las labores del Centro de Formación y Capacitación de Protección Civil estarán dirigidas por un Titular con nivel de Director General, que deberá contar, cuando menos, con 5 años de experiencia comprobable en materia de capacitación en materias afines con la protección civil y prevención del desastre. TERCERO. Es de gran importancia recalcar que el Centro de Formación y Capacitación de Protección Civil es fundamental para la Protección Civil en el Distrito Federal, ya que en este se confía la capacitación del personal operativo a cargo de los Titulares de las Unidades de Protección Civil de las 16 Delegaciones Político- Administrativas, y que posteriormente ayudará a la población en general en materia de Protección Civil. Asimismo, en el caso de no contar con una experiencia comprobable de 3 años, como lo establece el artículo 17, párrafo segundo, de la misma ley, que a la letra señala: Artículo 17.- La función de Protección Civil de las Delegaciones, se realizará a través de una Unidad de Protección Civil que será instalada en la estructura orgánica con rango de Dirección y dependerá directamente de la Jefatura Delegacional.
4 Al frente de cada Unidad de Protección Civil estará un titular que en todos los casos deberá contar con una experiencia comprobable de 3 años en materia de protección civil u obtener la acreditación correspondiente por el Centro de Formación y Capacitación de Protección Civil. CUARTO.- Plasmada en los considerandos anteriores la importancia de fortalecer el Sistema de Protección Civil con una capacitación adecuada; la Asamblea Legislativa tiene la atribución de examinar, discutir y aprobar anualmente la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos del Distrito Federal; así como el de formular su proyecto de presupuesto; como lo establece el artículo 10, fracciones III y V de la Ley Orgánica del Distrito Federal; que dice lo siguiente; Artículo 10.- Son atribuciones de la Asamblea Legislativa: III.- Examinar, discutir y aprobar anualmente la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos del Distrito Federal, aprobando primero las contribuciones necesarias para cubrir el presupuesto; V.- Formular su proyecto de presupuesto que enviará oportunamente al Jefe de Gobierno del Distrito Federal para que éste ordene su incorporación en el proyecto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal. La Asamblea manejará, administrará y ejercerá de manera autónoma su presupuesto; QUINTO. Por lo anterior, que es imperante que la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública solicite a las Comisiones Ordinarias relacionadas con la subsunción del Presupuesto o la Unidad de Responsable respectivo para su análisis y opinión sobre el particular. De la misma manera, las comisiones dictaminadoras del Presupuesto de egresos del Distrito Federal decidirán sobre la inclusión de las opiniones antes mencionadas de acuerdo con la disponibilidad de recursos; como lo establece el artículo 64 BIS de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. ARTÍCULO 64 BIS.- La Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, o en su caso, las Comisiones Unidas de Hacienda y de Presupuesto y Cuenta Pública, al recibir de la Mesa Directiva de la Asamblea la Iniciativa de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal, la
5 enviarán, en un lapso no mayor a 48 horas, a las Comisiones Ordinarias relacionadas con la subsunción del Presupuesto o la Unidad Responsable de Gasto respectivo, para que éstas realicen un análisis y, en su caso, emitan opinión. Asimismo, los Puntos de Acuerdo de Presupuesto deberán ser turnados por la Mesa Directiva a las Comisiones Ordinarias relacionadas, con el único objetivo de que emitan opinión. Las opiniones que elaboren las comisiones ordinarias respecto a los temas señalados en los párrafos que preceden, deberán enviarlas a la comisión o comisiones dictaminadoras, a más tardar el 10 de diciembre de cada año. En el caso de que la Iniciativa de Presupuesto se presente el 20 de diciembre, en términos de lo dispuesto en el artículo 67, fracción XII del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, las comisiones ordinarias tendrán hasta 72 horas para entregar las opiniones conducentes. En cualquiera de las hipótesis señaladas en el párrafo anterior, las opiniones de las comisiones ordinarias deberán cumplir con las formalidades establecidas en los artículos 63 de la Ley Orgánica y 32 del reglamento para el Gobierno Interior, ambos de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. La comisión o comisiones dictaminadoras no tomarán en cuenta opinión alguna remitida por las comisiones ordinarias en fecha posterior a lo establecido en el presente artículo. Las propuestas de modificación que, en su caso, se incluyan en las opiniones a que hace referencia el presente artículo, deberán cumplir con lo dispuesto en el numeral 39 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal. La comisión o comisiones dictaminadoras del Presupuesto de egresos del Distrito Federal, decidirán sobre la inclusión de las opiniones emitidas por las comisiones ordinarias, de acuerdo a la disponibilidad de recursos y en cumplimiento a lo establecido en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente. SEXTO.- Por lo anteriormente vertido, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal conlleva la responsabilidad acerca de la instauración del Centro de Formación y Capacitación de Protección Civil, por lo que es importante que el presupuesto adecuado sea considerado en el Presupuesto de Egresos del año
6 2014; con el fin de velar por la seguridad y protección de la vida de los ciudadanos de la capital. Por lo anteriormente expuesto y fundado y con la finalidad de proteger la vida de los ciudadanos del Distrito Federal, someto a consideración de este H. Órgano Legislativo con carácter de urgente y obvia resolución el siguiente: PUNTO DE ACUERDO ÚNICO: SE EXHORTA A LA COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y CUENTA PÚBLICA PARA QUE ETIQUETE PRESUPUESTO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014 QUE GARANTICE LA INTEGRACIÓN DEL CENTRO DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL Presentado en el Recinto Legislativo los ocho días del mes de octubre del año dos mil trece. Dip. María Gabriela Salido Magos.
~,fj_$l.c{,'-l.,} siguientes:
4~ ~,fj_$l.c{,'-l.,} DIP. VIDAL LLERENAS MORALES, PRESIDENTE DE LA DIPUTACiÓN PERMANENTE DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, VI LEGISLATURA. PRESENTE La suscrita, Diputada Isabel Priscila
Más detallesfundamento en lo dispuesto por los artículos 17 fracción VI de la Ley Orgánica, y 133 del
3::t ~\..~LEGI$..;'.JP"-:'
Más detallesDip. María Gabríela Salido Maoos
DE TODOS?-~ VI LEGISlATURA Dip. María Gabríela Salido Maoos Dip. Alejandro Rafael Piña Medina Presidente de la Mesa Directiva de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal PRESENTE La que suscribe, Diputada
Más detallesCOMISIÓN DE: EXPEDIENT E:
COMISIÓN DE: EXPEDIENT E: FINANZAS Y FISCALIZACIÓN CFF/OFS1395/03/201 2 HONORABLE ASAMBLEA: A esta Comisión de Finanzas y Fiscalización, le fue enviado mediante oficio número O.F.S./1395/2012 de fecha
Más detallesDiputada Olivia Garza de los Santos Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional
ijj "PROPOSICiÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA A LA SECRETARíA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, PARA QUE INFORME A ÉSTA REPRESENTACiÓN, SOBRE LOS PROGRAMAS ACTUALES DE PREVENCiÓN
Más detallesDip. Andrés Sánchez Miranda Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional
61 DIP. KARLA VALERIA GÓMEZ BLANCAS. PRESIDENTE DE LA DIPUTACiÓN PERMANENTE DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, VI LEGISLATURA PRESENTE El suscrito Diputado Andrés Sánchez Miranda, con fundamento
Más detallesDIP. VIDAL LLERENAS MORALES. PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE LA DIPUTACiÓN PERMANENTE DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL. PRESENTE.
~ DIP. VIDAL LLERENAS MORALES. PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE LA DIPUTACiÓN PERMANENTE DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL. PRESENTE. La que suscribe, Diputada Laura Iraís Ballesteros Mancilla
Más detallesDip. Jorge Palacios Arroyo
DIP. JORGE PALACIOS ARROYO, PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE LA DIPUTACIÓN PERMANENTE DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA P r e s e n t e. El suscrito, Diputado Jorge Palacios Arroyo de la Asamblea Legislativa
Más detalles2.11.1 CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS
NOTAS 1 Cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades trabajadores de dos o más empresas, éstas deberán cooperar en la aplicación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. A
Más detallesCAJA COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL. Política para la Organización de la Respuesta a Emergencias y Desastres
CAJA COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL Política para la Organización de la Respuesta a Emergencias y Desastres Acuerdo de Junta Directiva: Articulo 15 de la sesión No. 8433 del 25 de marzo, 2010 1 CONSIDERANDOS
Más detallesDip. Andrés Sánchez Miranda Dip. César Daniel González Madruga Dip. Héctor Saúl Téllez Hernández Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional
~ ~., "'),, ~' DIP. VIDAL LLERENAS MORALES PRESIDENTE DE LA DIPUTACiÓN PERMANENTE ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL VI LEGISLATURA Los diputados Andrés Sánchez Miranda, César Daniel González Madruga
Más detallesEstatuto de Auditoría Interna
Febrero de 2008 Introducción Mediante el presente Estatuto, se pone en conocimiento de toda la Organización la decisión del Consejo de Administración de Grupo Prosegur de implantar a nivel corporativo
Más detalles3. Dentro de las metas y acciones del Programa denominadas "Acciones para la
PROPOSICiÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE SOLICITA AL DIRECTOR GENERAL DEL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO UN INFORME PORMENORIZADO SOBRE EL PROGRAMA GENERAL DE OBRAS 2014 DE LA DEPENDENCIA
Más detallessin poner en peligro la capacidad de las generaciones futuras para atender sus propias necesidades".
H. CONGRESO DEL ESTADO DE YUCATÁN MESA DIRECTIVA PRESENTE. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 35 fracción I de la Constitución Política, y para efectos del procedimiento establecido en el Título
Más detallesGaceta Parlamentaria de la ALDF 11 de noviembre de 2010. Núm. 89. Año 02 V LEGISLATURA
V LEGISLATURA COMISIONES UNIDAS: DE ADMINISTRACiÓN PÚBLICA LOCAL Y SEGURIDAD PÚBLICA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL V LEGISLATURA A las Comisiones Unidas de Administración Pública Local y Seguridad
Más detallesÓrganos de prevención de riesgos laborales en la Guardia Civil
Órganos de prevención de riesgos laborales en la Guardia Civil Orden INT/724/2006, de 10 de marzo, por la que se regulan los órganos de prevención de riesgos laborales en la Guardia Civil. BOE núm. 64,
Más detallesFUNCIONES PÚBLICAS DEL IJCF
El Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses como sujeto obligado realiza las siguientes funciones públicas basándose en los siguientes fundamentos legales como son: Ley Orgánica del IJC. Artículo 5º.-
Más detallesREGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 Objeto y Alcance del Reglamento Específico I.- El presente Reglamento Especifico del Sistema de Presupuesto,
Más detallesLizbeth E. Rosas Montero
DIP. EMILIANO AGUILAR ESQUIVEL PRESIDENTA DE LA MESA DIRECTIVA H. ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL V LEGISLATURA. La que suscribe, Diputada Local, integrante del Grupo parlamentario del Partido
Más detallesREGLAMENTO DE LAS PROYECCIONES CINEMATOGRÁFICAS Y AUDIOVISUALES PÚBLICAS A TRAVÉS DE CINECLUBES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO
REGLAMENTO DE LAS PROYECCIONES CINEMATOGRÁFICAS Y AUDIOVISUALES PÚBLICAS A TRAVÉS DE CINECLUBES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1o.- Los cineclubes
Más detallesATRIBUCIONES, ARTÍCULO 50 DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE CHIHUAHUA
ATRIBUCIONES, ARTÍCULO 50 DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE CHIHUAHUA Artículo 50.- El Consejo General, sesionará en público y tendrá las siguientes atribuciones
Más detallesGACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL Órgano de Difusión del Gobierno del Distrito Federal DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA 2 DE AGOSTO DE 2013 No. 1661 Bis Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL Jefatura
Más detallesPOLÍTICA DE CONTINUIDAD DE NEGOCIO Y POLÍTICA DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
Gerencia General POLÍTICA DE CONTINUIDAD DE NEGOCIO Y POLÍTICA DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN Aprobadas por la Junta Directiva de RECOPE, en el Artículo #4, de la Sesión Ordinaria #4868-74, celebrada el
Más detallesOFICINA DEL ABOGADO GENERAL. Reglamento del Servicio Social de la Universidad Autónoma del Estado de México
Reglamento del Servicio Social de la Universidad Autónoma del Estado de México CAPÍTULO PRIMERO LAS DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto regular la prestación del
Más detallesManual de Organización
Manual de Organización SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN URBANA 1 INDICE PÁGINA INTRODUCCIÓN 3 MISIÓN Y VISIÓN 4 FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN 5 ÁMBITOS DE COMPETENCIA 6 ORGANIGRAMA 7 FUNCIONES Y ATRIBUCIONES 8
Más detallesIr- D p. MIRIAM SALDAÑA CHÁlREZ
Ir- D p. MIRIAM SALDAÑA CHÁlREZ DIP. VIDAL LLERENAS MORALES PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, VI LEGISLATURA PRESENTE La suscrita Diputada Miriam Saldaña
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 155 Jueves 30 de junio de 2011 Sec. I. Pág. 69436 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN 11215 Real Decreto 710/2011, de 20 de mayo, por el que se establecen dos certificados
Más detallesAUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN COMPILACIÓN JURÍDICA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012 TEXTO VIGENTE PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012
OFICIO Circular por el que, de conformidad con el artículo tercero transitorio del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012, se dan a conocer los manuales, formatos y medios
Más detallesREGLAMENTO DE PROGRAMAS Magíster Facultad de Arquitectura Diseño y Estudios Urbanos
REGLAMENTO DE PROGRAMAS Magíster Facultad de Arquitectura Diseño y Estudios Urbanos TITULO I DEL REGLAMENTO Y OBJETIVOS DE LOS PROGRAMAS DE MAGISTER DE LA FACULTAD DE ARQUITECTURA, DISEÑO Y ESTUDIOS URBANOS
Más detalles.fl;> "'I.,,tO{)s"t~.. (..,... <f'~t-c'~ Go:I F-."" "(1- q: i:j "'n III~\ <;;, ~ Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional
~~~ LEII/,j'.fl;> "'I.,,tO{)s"t~.. (..,...
Más detallesREGLAMENTO INTERIOR DEL CONSEJO VERACRUZANO DE ARMONIZACIÓN CONTABLE
REGLAMENTO INTERIOR DEL CONSEJO VERACRUZANO DE ARMONIZACIÓN CONTABLE Publicado en la Gaceta oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Veracruz de 24 de octubre de 2011, núm. 339. Al margen un sello que
Más detallesREGLAMENTO DEL INSTITUTO DE FORMACION PROFESIONAL DE LA PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL
REGLAMENTO DEL INSTITUTO DE FORMACION PROFESIONAL DE LA PROCURADURIA GENERAL DE PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 10 DE MARZO DE 1994 (Texto original publicado DOF 10/03/1994) Al margen
Más detallesREGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LIBERTY SEGUROS, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.
REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LIBERTY SEGUROS, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. ÍNDICE 1. Preámbulo 2. Finalidad 3. Derechos de información previos a la celebración de la Junta
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MORELOS TÍTULO ÚNICO DE LAS BECAS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO GENERAL DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MORELOS TÍTULO ÚNICO DE LAS BECAS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- DEL OBJETO DEL PRESENTE REGLAMENTO. Tiene por objeto
Más detallesFIDEICOMISO PARA LA CINETECA NACIONAL
FIDEICOMISO PARA LA CINETECA NACIONAL MANUAL DE INTEGRACION Y FUNCIONAMIENTO DEL 1 de 12 26 de enero de 2011 ÍNDICE INTRODUCCIÓN CAPÍTULO I CAPÍTULO II CAPÍTULO III CAPÍTULO IV CAPÍTULO V CAPÍTULO VI CAPÍTULO
Más detallesNº Delegados de Prevención
NOTAS 1.1 1 Se constituirá un Comité de Seguridad y Salud en todas las empresas o centros de trabajo que cuenten con 50 o más trabajadores. El Comité de Seguridad y Salud es el órgano paritario y colegiado
Más detallesDISPOSICIONES GENERALES
12078 I DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DECRETO 111/2010, de 7 de mayo, por el que se regulan las asociaciones de madres y padres del alumnado y se crea el registro de estas entidades en
Más detalles- - Proceso: Gestión Normativa Subproceso: Actualización de la Normativa Procedimiento: Actualización de la Estructura Orgánica CONTENIDO
Proceso: Gestión Normativa Subproceso: Actualización de la Normativa (AG-GE-P-01 ) CONTENIDO - - Descripción Pollticas Referencias Pagina I de 8 l. Descripción Objetivo Establecer el procedimiento para
Más detallesREGLAMENTO QUE CREA EL CONSEJO CIUDADANO DE SEGURIDAD PÚBLICA DE JUÁREZ, NUEVO LEÓN.
C. LUIS ALFREDO GARCIA GARZA, PRESIDENTE MUNICIPAL DE JUÁREZ NUEVO LEÓN, A TODOS LOS HABITANTES DE ESTE MUNICIPIO, HACE SABER: REGLAMENTO QUE CREA EL CONSEJO CIUDADANO DE SEGURIDAD PÚBLICA DE JUÁREZ, NUEVO
Más detallesPONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DE CHILE Escuela de Ingeniería
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE POSTGRADO EN INGENIERIA Septiembre, 2007 TITULO I DEFINICIÓN Art. 1: El Programa de Postgrado en Ingeniería depende de la Escuela de Ingeniería y es conducente a los grados académicos
Más detallesINICIATIVA CON PROVECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA LOS ARTÍCULOS 19, 40 V 118 DE LA LEV DE PRESUPUESTO V GASTO EFICIENTE DEL DISTRITO FEDERAL.
20 ) INICIATIVA CON PROVECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA LOS ARTÍCULOS 19, 40 V 118 DE LA LEV DE PRESUPUESTO V GASTO EFICIENTE DEL DISTRITO FEDERAL. DIP. DANIEL ORDOÑEZ HERNÁNDEZ PRESIDENTE DE LA
Más detallesLINEAMIENTOS PARA LA GESTIÓN DE SOLICITUDES DE INFORMACIÓN PÚBLICA Y DE DATOS PERSONALES A TRAVÉS DEL SISTEMA INFOMEX DEL DISTRITO FEDERAL.
16 de Diciembre de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 39 INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL DISTRITO FEDERAL LIC. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ, SECRETARIO
Más detallesLINEAMIENTOS GENERALES Y RECOMENDACIONES PARA LA CUSTODIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, INFORMACIÓN
LINEAMIENTOS GENERALES Y RECOMENDACIONES PARA LA CUSTODIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, INFORMACIÓN RESERVADA Y CONFIDENCIAL EN POSESIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS DEL ESTADO DE CHIAPAS. CONSIDERANDO 1.
Más detallesAdaptación de la Ley 31/1995 al ámbito de los centros y establecimientos militares
Adaptación de la Ley 31/1995 al ámbito de los centros y establecimientos militares REAL DECRETO 1932/1998, de 11 de septiembre, de adaptación de los capítulos III y V de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre,
Más detallesMartes 18 de marzo de 2008 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)
LINEAMIENTOS relativos a los dictámenes de los programas y proyectos de inversión a cargo de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. Al margen un sello con el Escudo Nacional,
Más detalles-2- ACUERDO CRITERIOS
GERMÁN MARTíNEZ CÁZARES, Secretario de la Función Pública, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 37 fracción VI bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 8 de la Ley Federal
Más detallesC O N S I D E R A N D O
LUIS ARMANDO REYNOSO FEMAT, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Aguascalientes, en ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 46, fracción I de la Constitución Política
Más detallesPresenta: Dip. Carlos Alberto García González (PAN- Tamaulipas) Objeto:
Proyectos Legislativos Instancia: Cámara de Diputados Fecha: 20 de noviembre de 2012. Tipo de Proyecto: INICIATIVA INICIATIVA PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 48 Y 49 DE LA LEY DE COORDINACIÓN
Más detallesLEY 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito.
NOTA: SOLO SE INCLUYEN AQUELLOS ARTÍCULOS O APARTADOS QUE HACEN REFERENCIA O TIENEN RELACIÓN CON EL FONDO DE GARANTÍA DE DEPÓSITOS DE ENTIDADES DE CRÉDITO LEY 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración
Más detallesDirección Administrativa
Dirección Administrativa MANUAL DE PROCESO: EVALUACIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL SERVICIOS DE SALUD DE SINALOA SECRETARIA DE SALUD PÁGINA: 2 / 11 1. PROPÓSITO: Operar las acciones de mejora y mantenimiento
Más detallesLEY No. 786. El Presidente de la República de Nicaragua CONSIDERANDO
A sus habitantes, Sabed: LEY No. 786 El Presidente de la República de Nicaragua Que, LA ASAMBLEA NACIONAL CONSIDERANDO I Que las mujeres se encuentran en situación de desigualdad en los diferentes ámbitos
Más detallesBASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA ADQUISICIÓN DE MAMPARAS DE SEGURIDAD PARA VEHÍCULOS AUTO-TAXIS.
BOP 264 de 15/11/11 La Excma. Junta de Gobierno de la ciudad de Sevilla en sesión celebrada el día 7 de octubre de 2011, a propuesta del señor Delegado de Movilidad, adoptó el siguiente acuerdo: Acuerdos:
Más detallesDIP. CÉSAR DANIEL GONZÁLEZ MADRUGA PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA P R E S E N T E
DIP. CÉSAR DANIEL GONZÁLEZ MADRUGA PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA P R E S E N T E INICIATIVA QUE REFORMA LA LEY DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL DISTRITO FEDERAL. JOSÉ FERNANDO MERCADO GUAIDA, integrante
Más detallesExposición de Motivos
HONORABLE ASAMBLEA: Los suscritos, Abraham Montijo Cervantes y Karina García Gutiérrez, diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Revolucionario Institucional y del Partido Verde Ecologista
Más detallesI. al IX. XIII. PROIND: Programa para Impulsar la Competitividad de los Sectores Industriales; XIV. al XXIII.
ACUERDO que modifica los criterios de operación del Programa de Apoyo a la Industria Molinera de Nixtamal (PROMASA), en el marco de los lineamientos del Programa para Impulsar la Competitividad de los
Más detallesSEGUNDO. Con fecha 25 de julio de 1977 se constituye la empresa Servicios
42 VI DIP. VIDAL LLERENAS MORALES PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE LA DIPUTACiÓN PERMANENTE DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, VI LEGISLATURA PRESENTE El suscrito Dip. Héctor Saúl Téllez
Más detallesREGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE.
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE. INDICE CAPITULO I. ORGANIZACIÓN CAPITULO II. MIEMBROS CAPITULO III. PLENO Y GRUPOS DE TRABAJO CAPITULO IV. REUNIONES DEL PLENO Y DE LOS
Más detallesMartes 24 de abril de 2012 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 48
Martes 24 de abril de 2012 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 48 REGLAMENTO del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-
Más detallesNombre del Puesto. Jefe Departamento de Presupuesto. Jefe Departamento de Presupuesto. Director Financiero. Dirección Financiera
Nombre del Puesto Jefe Departamento de Presupuesto IDENTIFICACIÓN Nombre / Título del Puesto: Puesto Superior Inmediato: Dirección / Gerencia Departamento: Jefe Departamento de Presupuesto Director Financiero
Más detallesC O N S I D E R A N D O
INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO JUNTA GENERAL Por el que se modifica el horario de labores y se restablece el Punto 1 de las Disposiciones relativas al Control de Asistencia del Personal del Instituto
Más detalles1.3.2. Vicerrectorado de Espacio Europeo de Educación Superior. Reglamento de reconocimiento y transferencia de créditos en Grados y Másteres
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE I.3. CONSEJO DE GOBIERNO 1.3.2. Vicerrectorado de Espacio Europeo de Educación Superior Reglamento de reconocimiento
Más detallesSEGUNDA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SEGUNDA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO ACUERDO por el que se expiden las normas generales para la desincorporación por fusión, de empresas de participación estatal mayoritaria.
Más detallesPolítica de Seguridad y Salud Ocupacional. Recursos. Humanos. Abril 2006
Endesa Chile Políticas de Índice 1. PRINCIPIOS 2. LINEAMIENTOS GENERALES 2.1 Organización 2.2 Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos 2.3 Planificación Preventiva 2.4 Control de la acción preventiva
Más detallesACUERDO No. CNE/001/2014
ACUERDO No. CNE/001/2014 ACUERDO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ELECCIONES DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL, MEDIANTE EL CUAL DETERMINA EL ALCANCE DEL ARTÍCULO 34 NUMERAL 5 DEL REGLAMENTO DE SELECCIÓN DE CANDIDATOS
Más detallesInstituto Nacional de Defensa Civil INDECI MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA ALTA DIRECCIÓN
Instituto Nacional de Defensa Civil INDECI MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA ALTA DIRECCIÓN Noviembre 2003 1 ESQUEMA DE CONTENIDO I. Organigrama Estructural 2 II. Cuadro para Asignación de Personal
Más detallesCONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA
15913 CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA DECRETO-ley 2/2014, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de crédito cooperativo. (2014DE0002) I La experiencia recientemente vivida en
Más detallesESTATUTOS DEL CONSORCIO VITORIA-GASTEIZ CAPITAL VERDE EUROPEA 2012.
15 ANEXO ESTATUTOS DEL CONSORCIO VITORIA-GASTEIZ CAPITAL VERDE EUROPEA 2012. TITULO I Disposiciones generales. Artículo 1 Denominación, personalidad y capacidad. 1. El Decreto Foral 802011 del Consejo
Más detallesTEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POST-GRADO
TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POST-GRADO TITULO I DE LA DIRECCION DE INVESTIGACION Y POST-GRADO Art. Nº1 A la Dirección de Investigación y Post-Grado de la Vicerrectoría Académica
Más detallesPublicado en el Diario Oficial de la Federación el día 4 de agosto de 1997
Lineamientos que Deberán Observar las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal en los Procedimientos de Contratación de Seguros de Bienes Patrimoniales y de Personas. Publicado en
Más detallesINSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL DISTRITO FEDERAL
PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIÓN DE LAS DENUNCIAS DE UN POSIBLE INCUMPLIMIENTO A LAS DISPOSICIONES ESTABLECIDAS EN LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL. I.OBJETIVOS:
Más detallesDecreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
DOF 7 de mayo de 2008 Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo Único.- Se REFORMAN los artículos 74 fracción IV,
Más detallesComisión de Fiscalización
H. CONGRESO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA PRESENTE. A los Diputados integrantes de la Comisión de Fiscalización, nos fue turnado para su estudio, revisión y dictamen, Informe de acciones de fiscalización de
Más detallesPor la cual se adopta la Política de Gestión Documental en la Universidad Central. EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL,
Página 1 de 6 Por la cual se adopta la Política de Gestión Documental en la Universidad Central. EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL, en uso de sus facultades estatutarias, y CONSIDERANDO: Que la Ley 594
Más detallesPropuesta de Marco Normativo en materia de Certificación de Servidores Públicos Municipales.
2ª Reunión Nacional de Titulares de Organismos Estatales de Desarrollo Municipal 2015 Propuesta de Marco Normativo en materia de Certificación de Servidores Públicos Municipales. Presenta: Mtro. José Luis
Más detallesLUIS VIDEGARAY CASO, MARÍA DE LAS MERCEDES MARTHA JUAN LÓPEZ
LUIS VIDEGARAY CASO, Secretario de Hacienda y Crédito Público, y MARÍA DE LAS MERCEDES MARTHA JUAN LÓPEZ, Secretaria de Salud, con fundamento en los artículos 31, fracción XXXIV y 39, fracción XXIV, de
Más detallesPROCEDIMIENTO DE FORMACIÓN INICIAL Y CONTINUADA DE LOS TRABAJADORES
Pág: 1/4 ÍNDICE OBJETIVO ALCANCE IMPLICACIONES Y RESPONSABILIDADES METODOLOGÍA PROGRAMA DE FORMACIÓN ANUAL REGISTRO Y ARCHIVO ANEXOS Elaborado por: Revisado por: Aprobado por: Firma: Firma: Firma: Pág:
Más detallesReglamento para la Prestación del Servicio Social de los Estudiantes de las Instituciones de Educación Superior en la República Mexicana.
Reglamento para la Prestación del Servicio Social de los Estudiantes de las Instituciones de Educación Superior en la República Mexicana. D.O.F. 30 de marzo de 1981 Al margen un sello con el Escudo Nacional,
Más detalles«BOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SOCIEDAD HOLDING DE MERCADOS Y SISTEMAS FINANCIEROS, S.A.» REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE OPERATIVA DE MERCADOS Y SISTEMAS
«BOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SOCIEDAD HOLDING DE MERCADOS Y SISTEMAS FINANCIEROS, S.A.» REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE OPERATIVA DE MERCADOS Y SISTEMAS Índice PREÁMBULO. 2 CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES.
Más detallesEMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P. DIRECCIÓN CONTROL INTERNO PROYECTO NORMALIZACIÓN ACTIVIDAD DE AUDITORÍA INTERNA
DCI-PN-EA-01 VERSIÓN 02 Página 2 de 12 TABLA DE CONTENIDO 1. INTRODUCCIÓN... 3 2. ROL... 3 3. PROFESIONALIDAD... 3 4. AUTORIDAD... 4 5. ORGANIZACIÓN... 4 6. INDEPENDENCIA Y OBJETIVIDAD... 5 7. ALCANCE...
Más detallesSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO. DECRETO por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria.
(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 30 de junio de 2010 SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO DECRETO por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria.
Más detallesVOTO PARTICULAR QUE FORMULA EL SEÑOR MINISTRO SERGIO A. VALLS HERNÁNDEZ, EN LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 132/2006.
VOTO PARTICULAR QUE FORMULA EL SEÑOR MINISTRO SERGIO A. VALLS HERNÁNDEZ, EN LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 132/2006. La mayoría del Tribunal en Pleno, determinó reconocer la validez de la Ley Federal de
Más detallesENRIQUE PEÑA NIETO CONSIDERANDO
ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con
Más detallesSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO OFICIO mediante el cual se revoca la autorización otorgada a Banco del Atlántico, S.A., Institución de Banca Múltiple. Al margen un sello con el Escudo Nacional,
Más detallesREANUDACIÓN DÉCIMO TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA 12 DE AGOSTO DE 2011 CONSIDERANDO
INSTITUTO ElfCTOML DEL DlSTRITO FEDERAL JUNTA ADMINISTRATIVA REANUDACIÓN DÉCIMO TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA 12 DE AGOSTO DE 2011 CONSIDERANDO 1. Conforme a lo previsto en el artículo 21, fracciones I
Más detallesGUIA DE ACTUACIÓN INSPECTORA EN LA COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES
PROTOCOLO CAE GUIA DE ACTUACIÓN INSPECTORA EN LA COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES 1. Concurrencia de trabajadores de varias empresas en un centro de trabajo 1.1 El artículo 4.2 RD 171/2004 establece
Más detallesTodo material entregado en los almacenes de MABE o servicio prestado deberá estar acompañado de:
EstimadoProveedor, Como es de su conocimiento a partir de junio 2006 la legislación Mexicana estableció las bases de regulación para la prestación de servicios de emisión y envío de Comprobantes Fiscales
Más detallesNorma Básica de Auditoría Interna
Norma Básica de Auditoría Interna DE IBERDROLA, S.A. Y SU GRUPO (aprobada por el Consejo de Administración el 21 de julio de 2015, a propuesta de la Comisión de Auditoría y Supervisión del Riesgo de 16
Más detallesANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR Cámara de Origen
ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR Cámara de Origen No. Expediente: M099-1PO2-13 I.- DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA MINUTA 1. Nombre de la Minuta. Que reforma y adiciona los artículos 300 y 306 de la Ley General
Más detallesPreguntas Frecuentes sobre Intermediarios
Preguntas Frecuentes sobre Intermediarios P.1 Qué es un intermediario en el área de banca privada? P.2 Qué referencias podemos encontrar sobre los intermediarios en los Principios Wolfsberg? P.3 Qué es
Más detallesPROPUESTA RUTA CONSTRUCCIÓN DE LA AGENDA - Caso del derechos políticos -
PROPUESTA RUTA CONSTRUCCIÓN DE LA AGENDA - Caso del derechos políticos - Se propone una aplicación del método de trabajo en el caso de de los derechos políticos. El archivo Excel adjunto representa el
Más detallesCOMISIONES UNIDAS DE FINANZAS, PLANEACIÓN, PRESUPUESTO Y DEUDA PÚBLICA Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS. HONORABLE ASAMBLEA:
COMISIONES UNIDAS DE FINANZAS, PLANEACIÓN, PRESUPUESTO Y DEUDA PÚBLICA Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS. HONORABLE ASAMBLEA: A las Comisiones Unidas de Finanzas, Planeación, Presupuesto y Deuda Pública, así
Más detallesDécimo Primera Sesión Urgente 31 de marzo de 2015
9 IEDF _ INSTITUTO ELECTORAL Décimo Primera Sesión Urgente 31 de marzo de 2015 Acuerdo de la Junta Administrativa por el que se aprueba el dictamen por el que se determina que la C. Estefanía Mena Ibarra
Más detallesREGLAMENTO SOBRE ADAPTACIÓN, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA
REGLAMENTO SOBRE ADAPTACIÓN, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA PREÁMBULO TÍTULO PRELIMINAR Artículo 1. Ámbito de aplicación Artículo 2. Definiciones TÍTULO PRIMERO:
Más detallesPresenta: Sen. Francisco Javier Obregón Espinoza (PT-Baja California Sur)
PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 115 DE LA CONSTITUCIÓN, EN MATERIA DE PARTICIPACIONES FEDERALES. 20 de octubre de 2011 Cámara de Senadores Iniciativa Presenta: Sen. Francisco Javier
Más detalles1. Gestión Prevención
1. Gestión Prevención 1.2 Guía de Actuación Inspectora en la coordinación de Actividades Empresariales SUBSECRETARIA 1. CONCURRENCIA DE TRABAJADORES DE VARIAS EMPRESAS EN UN CENTRO DE TRABAJO El artículo
Más detallesCOMISIÓN DE PRESUPUESTO Y CUENTA PÚBLICA
COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y CUENTA PÚBLICA ACUERDO DE LA COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y CUENTA PÚBLICA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA LXIII LEGISLATURA DEL CONGRESO DE LA UNIÓN, POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO
Más detallesEl nombramiento del CAM tendrá una duración de dos años, y sus funciones
UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA NORMATIVA ACADÉMICA BÁSICA PARA EL DESARROLLO DE LOS MÁSTERES OFICIALES Aprobada por Consejo de Gobierno de 2 de marzo de 2007 Modificadas por Consejo de Gobierno de 27 de febrero
Más detallesObjetivo.. 3. Funciones... 3. Estructura Orgánica...4. Actividades y Proyectos..5
é Antecedentes... Objetivo.. 3 Funciones..... 3 Estructura Orgánica..........4 Actividades y Proyectos..5 Antecedentes El Centro de Estudios de las Finanzas Públicas, tiene su antecedente en la Unidad
Más detallesA N T E C E D E N T E S
HONORABLE ASAMBLEA DE LA LXII LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES P R E S E N T E. ASUNTO: SE RINDE DICTAMEN A las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales, así como
Más detallesCERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS RD 47/2007
CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS RD 47/2007 FAQ S VERSIÓN 21 DE OCTUBRE 2009 1/8 REAL DECRETO 47/2007 CAPÍTULO III DISPOSICIONES GENERALES Artículo 4. Calificación de eficiencia energética de un edificio.
Más detalles