Procedimiento : Abierto. Forma : Oferta económicamente más ventajosa en función de criterios objetivos (Art. 60.b de la Ley 31/2007 de 30 de Octubre)

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1 PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE LA ASISTENCIA TECNICA PARA LA GESTION DE LAS OBRAS DE LAS NUEVAS INSTALACIONES EN EL AREA PESQUERA DEL PUERTO DE PASAIA Procedimiento : Abierto Forma : Oferta económicamente más ventajosa en función de criterios objetivos (Art. 60.b de la Ley 31/2007 de 30 de Octubre) Septiembre 2010

2 CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO 1. Objeto del Contrato : Nº Referencia CPV : ASISTENCIA TECNICA PARA LA GESTION DE LAS OBRAS DE LAS NUEVAS INSTALACIONES EN EL AREA PESQUERA DEL PUERTO DE PASAIA 2. Pliego de Prescripciones Técnicas redactado por : Jefe de Departamento de Infraestructuras de la Autoridad Portuaria de Pasajes 3. Fecha de redacción : Septiembre de Forma de adjudicación del contrato : Oferta económicamente más ventajosa en función de criterios objetivos (Art. 60.b de la Ley 31/2007 de 30 de Octubre) 5. Clase de expediente : X Ordinario Urgente Emergencia 6. Presupuesto y Financiación : 6.1. Presupuesto de Licitación (IVA excluido) : 6.2. Carácter máximo de dicho presupuesto : 6.3. Crédito existente y distribución en anualidades : 6.4. Fecha de aprobación económica : 7. Acreditación de la solvencia mediante la clasificación de los licitadores ; Procede : SI X NO 8. Medios de acreditación de la solvencia económica y financiera QUINIENTOS MIL ( ,00) EUROS X SI NO , , ,00 22 de Septiembre de ,00 GRUPO SUBGRUPO CATEGORÍA X Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales que como mínimo deberá tener una cobertura de X X Cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro Oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros Oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados. Declaración relativa al volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido a los tres últimos ejercicios. Cuadro de Características Pag. 1

3 9. Medios de acreditación de la solvencia técnica El licitador deberá haber llevado a cabo en los cinco últimos años, al menos dos asistencias técnicas de gestión de la construcción en el campo de la edificación, con un presupuesto total acumulado superior a 25 millones de euros (IVA excluido), no siendo dichas obras de carácter exclusivamente residencial. Para justificar la realización de dichos trabajos, así como el volumen de obra gestionada por el Titulado Superior responsable de la Asistencia Técnica que se exige más adelante, el licitador deberá presentar una relación que incluirá su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos y se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. Asimismo el licitador deberá presentar copia autentificada de las titulaciones académicas y profesionales del equipo técnico y de asesores propuesto y que se especifican a continuación : El equipo técnico deberá contar, como mínimo, con los siguientes profesionales: - Técnico superior competente, responsable de la Asistencia Técnica, preferiblemente con formación específica en gestión de proyectos y obras, con una experiencia laboral mínima de 10 años, que haya gestionado en los 5 últimos años al menos una obra de edificación, que no tenga carácter exclusivamente residencial, con una inversión superior a 17,5 millones de euros (IVA excluido). - Gestor de construcción, planificación y costes para el seguimiento y control in situ de las obras con una experiencia mínima de 10 años en gestión de obras de edificación. Tendrá una presencia permanente en obra. - Técnico competente para llevar a cabo la Coordinación de Seguridad y Salud en obra, con una experiencia mínima de 5 años. Además, deberá contar con un equipo de asesores especialistas, disponibles a requerimiento del responsable de la Asistencia Técnica o de la Autoridad Portuaria de Pasajes, en los siguientes campos: - Titulado superior competente para redactar proyectos y dirigir obras de edificación en ámbito portuario, similares a la que es objeto del presente pliego, con una experiencia mínima en dirección de obras o gestión de construcción de 10 años. Cuadro de Características Pag. 2

4 - Titulado superior competente para redactar proyectos, dirigir la ejecución y legalizar instalaciones con reglamentación industrial, con una experiencia mínima de 10 años en instalaciones mecánicas. - Titulado superior competente para redactar proyectos, dirigir la ejecución y legalizar instalaciones de comunicaciones y control, con una experiencia mínima de 10 años en este tipo de instalaciones. - Titulado superior competente para redactar proyectos y dirigir la ejecución de estructuras y cimentaciones, con una experiencia mínima de 10 años. - Titulado en geología y geotecnia, con una experiencia mínima de 10 años. - Especialista en gestión de suelos contaminados, con una experiencia mínima de 5 años. - Especialista en gestión ambiental de residuos generados en obra, con una experiencia mínima de 5 años. Por último deberá presentar una Declaración responsable en la que figure el compromiso del licitador de que el equipo técnico y de asesores propuesto no será alterado y de su plena dedicación a la Asistencia Técnica en caso de resultar adjudicatarios del contrato. 10. Garantías EXIGENCIA IMPORTE Garantía provisional : X SI NO 3% DEL IMPORTE DEL PRESUPUESTO DE LICITACIÓN (IVA excluido) Garantía Definitiva : X SI NO 5% DEL IMPORTE DEL PRESUPUESTO DE ADJUDICACIÓN (IVA excluido) 10.3 Garantía Complementaria: SI X NO 11. Otros documentos a incluir en el Sobre Nº 1 requeridos para esta licitación : 12. Admisión de alternativas Número Máximo de alternativas admitidas: 13. Consideración de baja temeraria : SI X NO X SI NO Cuadro de Características Pag. 3

5 14. Plazo máximo de validez de las proposiciones : TRES (3) MESES 15. Plazo de ejecución : Plazo ejecución : PLAZO ESTIMADO : TREINTA Y DOS (32) MESES En todo caso el contrato tendrá un duración igual a la del contrato de obras al que está vinculado más el plazo estimado para proceder a la liquidación de las mismas (Art LCSP) En caso afirmativo ver Anejo Nº 4 de Normas Específicas Plazos parciales : X SI NO Concurrencia de razones de urgencia : SI X NO Penalidades diarias por demora en la ejecución 0,20 por cada 1000 euros del precio del contrato del contrato : 16. Seguros : EXIGENCIA IMPORTE Seguro de Responsabilidad Civil : 17. Subcontratación : X SI NO Mínimo, Procede : X SI NO Porcentaje máximo de subcontratación permitido: En el caso en que esté permitida la subcontratación y exista la intención de subcontratar, se adjuntará a la oferta económica una declaración, indicando la parte de la prestación que se pretende subcontratar, así como su importe 18. Régimen de pagos : Forma de pago : Abonos mensuales a cuenta del precio final 19. Revisión de Precios : Procede : SI X NO Índice o fórmula de Revisión de Precios a aplicar: 20. Plazo de garantía : Procede : X SI NO Plazo mínimo de garantía : UN (1) AÑO, sin perjuicio de lo dispuesto en la Cláusula 35 de este Pliego Entrega y recepción de los trabajos, subsanación de errores y responsabilidades 21. Criterios objetivos de valoración de las ofertas 22. Coeficientes de Ponderación de las Puntuaciones Técnica y Económica Ver el apartado 3º del Anejo IV de Normas Específicas a contemplar. TÉCNICA (X) ECONÓMICA (Y) 75% 25% Cuadro de Características Pag. 4

6 PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE LA REDACCIÓN DEL PROYECTO DE NUEVAS INSTALACIONES EN EL AREA PESQUERA DEL PUERTO DE PASAIA Procedimiento : Abierto Forma : Oferta económicamente más ventajosa (Art. 60.b de la Ley 31/2007 de 30 de Octubre) ÍNDICE: A) OBJETO, RÉGIMEN JURÍDICO, FORMA DE ADJUDICACIÓN Y PRESUPUESTO Objeto del Contrato Régimen Jurídico Forma de adjudicación Presupuesto y financiación Plazo de ejecución... 2 B) FASE DE LICITACIÓN Licitadores Presentación de proposiciones y contenido Apertura de proposiciones y propuesta de adjudicación C) ADJUDICACIÓN DEFINITIVA Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO Documentación a presentar y adjudicación definitiva Garantía definitiva y complementaria Documento de formalización D) DESARROLLO, EJECUCIÓN Y CONCLUSIÓN DEL CONTRATO Condiciones generales Dirección del Contrato Responsabilidades del Contratista Obligaciones del Contratista Gastos exigibles al Contratista Plazo de ejecución, cumplimiento de plazos y penalidades por demora Programa de trabajo o planificación de actividades Equipo y medios personales Maquinaria y medios técnicos Autorizaciones y permisos Señalizaciones Daños y perjuicios a terceros: seguros Confidencialidad Incompatibilidades en los contratos de servicios Protección de datos de carácter personal Propiedad Intelectual Cesión del contrato Subcontratación Precio y régimen de pagos Revisión de precios Modificaciones del contrato Suspensión de los servicios Servicios defectuosos o mal ejecutados Entrega y recepción de los servicios, subsanación de errores y responsabilidades Recepción de los servicios Indice Pag. 1

7 37. Liquidación Plazo de garantía Devolución de garantías Extinción del contrato y causas de resolución Efectos de la resolución Reclamaciones y recursos ANEXO I MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA ANEXO II MODELO DE AVAL PARA CONSTITUIR LA GARANTÍA PROVISIONAL MODELO DE SEGURO DE CAUCIÓN PARA CONSTITUIR LA GARANTÍA PROVISIONAL ANEXO III MODELO DE AVAL PARA CONSTITUIR LA GARANTÍA DEFINITIVA MODELO DE SEGURO DE CAUCIÓN PARA CONSTITUIR LA GARANTÍA DEFINITIVA ANEXO IV NORMAS ESPECÍFICAS A CONTEMPLAR - Documentación Técnica a incluir en Sobre Nº 2 - Precisiones en torno a la Oferta económica a incluir en Sobre Nº 3 - Criterios y ponderaciones de valoración de ofertas - Plazos parciales de ejecución ANEXO V CONDICIONES GENERALES APLICABLES A LA CESIÓN DE DATOS ENTRE EL LICITADOR/CONTRATISTA Y LA A.P.P. ANEXO VI REQUISITOS EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Indice Pag. 2

8 A) OBJETO, RÉGIMEN JURÍDICO, FORMA DE ADJUDICACIÓN Y PRESUPUESTO 1. Objeto del Contrato 1-. El presente Pliego de Condiciones Generales tiene por objeto la contratación de los servicios definidos en el Cuadro de Características que encabeza este Pliego. 2. Régimen Jurídico 1-. El Contrato de servicios objeto de este Pliego se regula con sujeción al mismo y a los documentos adicionales que rijan la licitación (Cuadro de Características, Pliego de Prescripciones Técnicas o relación de unidades, etc ) y se celebra conforme a lo previsto en la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales, modificada por la Ley 34/2010, de 5 de Agosto. Subsidiariamente será de aplicación lo dispuesto en la Orden FOM/4003/2008, de 22 de Julio (B.O.E. nº 21, de 24 de Enero de 2009), por la que se aprueban las Normas y Reglas Generales de los procedimientos de Contratación de Puertos del Estado y las Autoridades Portuarias (en adelante Orden FOM/4003/2008), sin perjuicio de las remisiones que la citada Orden realiza a lo previsto en la Ley 30/2007, de 30 de Octubre, de Contratos del Sector Público, modificada por la Ley 34/2010, de 5 de Agosto (en adelante LCSP). 2.- En concreto los actos preparatorios, y en especial las fases de preparación y adjudicación del Contrato, se regirán por lo dispuesto en la Ley 31/2007, de 30 de octubre, modificada por la Ley 34/2010, de 5 de Agosto, y subsidiariamente en la Orden FOM/4003/2008, y en su caso, en la LCSP. La formalización y posterior ejecución del contrato quedará sujeta al ordenamiento jurídico privado, si bien se ajustará en todo caso a lo previsto en el presente Pliego de Condiciones Generales, y documentos adicionales que rijan la contratación. 2.- En caso de contradicción, en cuanto a las determinaciones económico-administrativas, entre el Pliego de Condiciones Generales, y los documentos adicionales que rijan la contratación, prevalecerá lo establecido en el primero. 3.- Las referencias normativas contenidas en el presente Pliego se entenderán realizadas a las normas vigentes en el momento de redacción del mismo, o aquellas otras que pudieran dictarse en el futuro en sustitución de las vigentes o que fueran de aplicación. 3. Forma de adjudicación 1-. El Contrato se adjudicará por procedimiento Abierto y forma la de Oferta económicamente más ventajosa, prevista en el Artículo 60.b de la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales. Pliego de Condiciones Generales Pag. 1

9 2-. La adjudicación se hará apreciando discrecionalmente y de manera motivada cual sea la proposición que, atendiendo a los criterios objetivos que rigen para la adjudicación del presente Contrato, y a las ofertas presentadas por los licitadores, se considere más conveniente, sin que, consiguientemente, tenga que recaer en la proposición más económica, pudiendo, incluso, declararse desierto el procedimiento 4. Presupuesto y financiación 1-. El presupuesto de licitación, o de contrata, de los servicios objeto del Contrato, así como su distribución en anualidades, figura reseñado en el Cuadro de Características que encabeza este Pliego, y comprende tanto el precio del Contrato como los demás impuestos y tasas que pudieran corresponder, excluido el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido. Dicho presupuesto tendrá el carácter de máximo salvo que se indique lo contrario en el Cuadro de Características. 2-. En función de las características de los servicios a realizar, y siempre que la adjudicación del Contrato se realice en base a precios unitarios, aplicables con posterioridad en función de los servicios realmente ejecutados, el presupuesto podrá ser orientativo. 3-. La cobertura financiera del Contrato está amparada por la consignación presupuestaria correspondiente, tal como queda acreditado en el expediente de contratación conforme a la Regla 2.1.b) de la Orden FOM/4003/ La oferta seleccionada determinará el precio del contrato. 5. Plazo de ejecución 1-. El plazo total de ejecución del Contrato, será el reseñado en el Cuadro de Características que encabeza este Pliego, salvo que en la oferta seleccionada se establezca uno menor, y los plazos parciales, si se establecen, serán los señalados en el Cuadro de Características y, en su caso, en las modificaciones previamente aprobadas por la Autoridad Portuaria de Pasajes (en adelante, APP) como consecuencia del programa de trabajo o planificación de actividades presentado por el adjudicatario. 2-. En todo caso, se estará a lo previsto en la Cláusula 17 de presente pliego respecto a lo que se refiere al plazo de ejecución. 6. Licitadores B) FASE DE LICITACIÓN Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten los requisitos para contratar que se señalan en la Regla 13 de la Orden FOM/4003/2008 y, en particular, los que se determinan en la cláusula 7 del presente Pliego de Condiciones Generales Pliego de Condiciones Generales Pag. 2

10 Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales le sean propios. De conformidad con lo establecido en la Regla 13.2 de la Orden FOM/4003/2008 no podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o en los documentos preparatorios del contrato siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras. Cuando dos o más empresas acudan conjuntamente a la licitación como unión de empresarios (agrupación de operadores económicos), en el caso de que resulten adjudicatarias deberán constituir una Unión Temporal de Empresas (U.T.E.) en los términos y condiciones que se establecen en la cláusula 11ª de este Pliego y en la Regla 13.a) de la Orden FOM/4003/2008. Para la fase de licitación bastará con que aporten, en documento privado, el correspondiente compromiso de constitución, con indicación de los nombres y características de todos los empresarios que la conforman, la participación de cada uno de ellos y que se designe a la persona o entidad que representará a la UTE durante la fase de licitación, así como un único domicilio a efectos de notificaciones. 7. Presentación de proposiciones y contenido El anuncio de licitación publicado por la APP en el boletín o diario oficial correspondiente, indicará la oficina o dependencia en la que los interesados pueden examinar y, en su caso, obtener a su cargo una copia de la documentación que rige la licitación y ejecución del contrato, así como el plazo máximo y lugar de presentación de las proposiciones, cuyo contenido queda sujeto a los requerimientos que se establecen en la presente cláusula. La APP se reserva el derecho de modificar los términos de la convocatoria, inclusive su anulación, en cualquier momento antes de que finalice el plazo de presentación de ofertas, procediendo, en su caso, a publicar nuevos anuncios. La APP podrá desistir del procedimiento de adjudicación de un contrato iniciado, con anterioridad a su adjudicación, siempre que exista causa que lo justifique y se determine en la resolución que se adopte a tal fin, debiendo comunicar tal decisión a los operadores económicos que hubieran presentado una oferta o que hubieran solicitado participar en el mismo. La presentación de proposiciones implica, por parte del licitador, la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Pliego, de las especificaciones del Documento Técnico y la declaración responsable de la exactitud de todos los datos presentados, así como que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la APP y, en particular, para el contrato objeto de la presente licitación. Las proposiciones serán entregadas necesariamente en mano en el Registro General de la APP, siendo el plazo concluyente para su presentación la fecha y hora indicadas en el anuncio de la licitación. No se admitirán las enviadas por correo o cualquier otro procedimiento distinto del señalado. Pliego de Condiciones Generales Pag. 3

11 El licitador podrá presentar la documentación exigida en original o copia, en este último caso debidamente legitimada notarialmente o compulsada por los servicios de la APP, si bien las distintas declaraciones juradas o compromisos a incluir en la documentación general se presentarán en todo caso en original. Asimismo, los licitadores presentarán la totalidad de los documentos requeridos en castellano y en caso de tratarse de documentos en lengua distinta deberá aportarse también traducción oficial al castellano. La APP se reserva la facultad de comprobar o verificar, tanto antes como después de la adjudicación y en el curso del contrato, la veracidad del contenido de la documentación presentada por los licitadores, entendiéndose que la falsedad de los datos y circunstancias presentados podría ocasionar, si aún no se ha adjudicado el contrato la pérdida de la garantía provisional, o una vez adjudicado el mismo puede ser, a criterio de la APP, causa de resolución del contrato por incumplimiento imputable al contratista, con pérdida de la garantía definitiva constituida o, en su caso, indemnización por el valor de aquella si no se hubiera constituido, sin perjuicio de los daños y perjuicios ocasionados. En todo momento, la APP puede, asimismo, exigir mayores acreditaciones de cualquier tipo para la comprobación de la personalidad y capacidad jurídica del adjudicatario o de su solvencia económica y financiera, técnica o profesional. Si durante la tramitación del procedimiento abierto y antes de la adjudicación se produjese la extinción de la personalidad jurídica de una empresa licitadora por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial, sucederá en su posición en el procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquisición del patrimonio, siempre que acredite, ante el Órgano de Contratación, reunir las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y la solvencia y clasificación en las condiciones exigidas en este Pliego para poder participar en el procedimiento de adjudicación. El plazo máximo de validez de las propuestas será de tres (3) meses, a contar desde la fecha de la apertura pública de ofertas fijada en el anuncio de licitación, salvo que en el Cuadro de Características que encabeza este Pliego se establezca un plazo mayor, en cuyo caso la validez de las propuestas se mantendrá durante el plazo a tal efecto establecido. La documentación general y técnica presentada por los licitadores no adjudicatarios les será devuelta a los mismos una vez formalizada la adjudicación. Transcurrido el plazo de tres (3) meses a contar desde la adjudicación sin que los licitadores que no resulten adjudicatarios hayan retirado la citada documentación, la APP podrá proceder a su destrucción. La totalidad del coste de la elaboración de la documentación para la confección de las ofertas que se presenten a la licitación será por cuenta exclusiva de los licitadores, quienes no podrán reclamar compensación alguna en caso de no resultar adjudicatarios. Pliego de Condiciones Generales Pag. 4

12 CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES: Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, de al menos tamaño DIN A-4, todos ellos cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, en cada uno de los cuales se hará constar el título del contrato a que se concurre, su respectivo contenido, así como el nombre o denominación social, dirección, teléfono, fax, persona de contacto y DNI o CIF del licitador. SOBRE Nº 1: DOCUMENTACIÓN GENERAL En este sobre deberá incluirse obligatoriamente la siguiente documentación : 1) Documentos que acrediten la personalidad jurídica y la plena capacidad de obrar del licitador. a) Empresarios del Estado español, deben presentar los siguientes documentos: - En el caso de las personas jurídicas la capacidad de obrar se acreditará mediante escritura de constitución y modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este fuera requisito exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. - Para los empresarios individuales será obligatoria la presentación de fotocopia legitimada del Documento Nacional de Identidad o del que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. b) Empresarios extranjeros de Estados miembros de la Unión Europea, deberán acreditar su capacidad de obrar mediante la inscripción en los Registros o la presentación de las certificaciones que se indican en el Anejo 1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Asimismo, y en función de lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 31/2007, de 30 de Octubre, se reconocerán como válidos certificados equivalentes a los exigidos en este Pliego que hayan sido expedidos por organismos establecidos en otros Estados Miembros de la Unión Europea. c) Los empresarios de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, deberán acreditar su capacidad de obrar mediante la presentación de los siguientes documentos: c.1) La inscripción en los correspondientes Registros o la presentación de las certificaciones a que se refiere el Anejo 1 del Reglamento de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. c.2) Documentos acreditativos de que la empresa tiene sucursal abierta en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones, y que estén inscritas en el Registro Mercantil. Pliego de Condiciones Generales Pag. 5

13 d) Los restantes empresarios extranjeros, acreditarán su capacidad de obrar mediante la presentación de los siguientes documentos: d.1) Certificación, expedida por la respectiva representación diplomática española, en la que se haga constar que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local, en el ámbito de las actividades objeto del contrato regulado en este Pliego. d.2) Informe de la representación diplomática española sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio o, en caso contrario, informe de reciprocidad, en el que se acredite que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite, a su vez, la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración de dicho Estado, en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada deberá prescindirse del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio. d.3) Documentos acreditativos de que la empresa tiene abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones, y que estén inscritas en el Registro Mercantil. En el caso de que se presenten a la licitación dos o más empresas en unión de empresarios, cada uno de los empresarios que compone la agrupación deberá acreditar su capacidad de obrar en la forma anteriormente indicada. 2) Documentos que acrediten, en su caso, la representación. Los que firmen o presenten proposiciones en lugar de otro deberán presentar poder notarial bastante y suficiente al efecto y fotocopia legitimada de su D.N.I. o del que, en su caso, le sustituya legalmente. Si el licitador fuera persona jurídica el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, salvo que se trate de un poder para un acto concreto. 3) Documentos que justifiquen la solvencia necesaria para ejecutar el contrato. Los empresarios españoles deberán acreditar su solvencia económica y financiera y técnica, en los términos y medios que se especifiquen en los apartado 8 y 9 del Cuadro de Características. Este requisito será sustituido por la correspondiente clasificación como contratista, en los casos que, con arreglo al citado Cuadro de Características que encabeza este Pliego, sea exigible. Cuando la exigencia de clasificación no proceda, se hará constar así en el correspondiente apartado del Cuadro de Características. En el caso de que proceda la exigencia de clasificación, los licitadores deberán presentar los correspondientes acuerdos sobre clasificación y revisión de la clasificación, en su caso, expedidos por el Registro Oficial de Empresas Clasificadas del Ministerio de Economía y Hacienda. Pliego de Condiciones Generales Pag. 6

14 Dicho documento deberá justificar que el licitador está clasificado en los grupos, subgrupos y categorías que se especifiquen en el Cuadro de Características, con categorías iguales o superiores a las allí mencionadas. Los licitadores que aporten la clasificación deberán, además, presentar una declaración jurada en la que se manifieste la vigencia de la clasificación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa aportada, así como de las circunstancias que sirvieron de base para su otorgamiento. No serán admitidos acuerdos de clasificación y revisión emitidos por terceros registros distintos al Registro Oficial de Empresas Clasificadas del Ministerio de Economía y Hacienda. En función de lo dispuesto en el artículo 55 de la LCSP a los empresarios de Estados Miembros de la Unión Europea no les será exigible la clasificación, siendo suficiente con que acrediten su solvencia económica y financiera y técnica, en los términos y por los medios que se especifiquen en los apartado 8 y 9 del Cuadro de Características, así como su inscripción en un Registro profesional o comercial en las condiciones previstas por la legislación del Estado donde estén establecidos. No obstante, los certificados de clasificación, o documentos similares o equivalentes, que hayan sido expedidos por los Estados Miembros de la Unión Europea a favor de sus propios empresarios, constituyen una presunción de capacidad frente al Órgano de Contratación en los términos recogidos en el Articulo 37 de la Ley 31/2007, en consonancia con lo dispuesto en el artículo 73 de la LCSP. En el supuesto de que concurran a la licitación Uniones Temporales de Empresas, la clasificación se determinará mediante la acumulación de las características de cada uno de los asociados, expresadas en sus respectivas clasificaciones. Se exigirá que todas las empresas que concurran en unión temporal estén clasificadas como contratistas de servicios, excepto cuando concurran en la unión empresarios nacionales, extranjeros de Estados no miembros de la Unión Europea (extranjeros no comunitarios) o extranjeros de Estados miembros de la Unión Europea (extranjeros comunitarios), en cuyo caso, los dos primeros deberán acreditar su clasificación y los últimos, en defecto de ésta, su solvencia económica y financiera y técnica. La acumulación de clasificaciones en las UTE se practicará conforme a las regías que se establezcan en la normativa de contratación del sector público vigente en cada momento. 4) Que no están incursos en las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 49.1 de la LCSP. Este aspecto se acreditará mediante la presentación de una declaración responsable debidamente firmada por el licitador o su representante. 5) Que se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social. Se acreditará mediante la presentación de una declaración responsable debidamente firmada por el licitador o su representante o bien acreditando el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social mediante la presentación de las correspondientes certificaciones administrativas emitidas por los órganos competentes (Hacienda Foral de Guipúzcoa, Agencia Tributaria Estatal y Seguridad Social). Pliego de Condiciones Generales Pag. 7

15 6) Documentación constitutiva de la garantía provisional, cuando, según determine el Cuadro de Características, la misma fuera exigible : Dicha garantía provisional deberá depositarse por el importe que se determine en el Cuadro de Características, y responderá y se regirá por lo establecido en la Regla 14 de la Orden FOM/4003/2008. La garantía provisional responderá del mantenimiento de las proposiciones presentadas por los licitadores hasta la adjudicación y de la proposición, del adjudicatario, hasta la formalización del contrato. Esta garantía se consignará a disposición del Presidente de la Autoridad Portuaria y podrá constituirse por cualquiera de los medios que se establezcan en la normativa de contratación del sector público estatal vigente en cada momento. En caso de consignarse mediante aval o seguro de caución, éste deberá sujetarse a los modelos que se adjuntan como Anexo Nº 2, y estar bastanteado por los Servicios Jurídicos del Estado o intervenido por fedatario público. En el caso de Uniones Temporales de Empresarios, la garantía provisional podrá constituirse por una o varias de las personas participantes de la unión, siempre que en conjunto se alcance la cuantía de la misma y garantice solidariamente la proposición presentada por todos los componentes de la unión. A los licitadores que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación les será incautada la garantía provisional. 7) Declaración jurada de cada empresa en la que se haga constar, en su caso, su pertenencia o no a un grupo de empresas (entendiéndose por empresas pertenecientes a un grupo aquéllas que se encuentren en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 42.1 del Código de Comercio) o, en caso contrario, su no pertenencia a ningún grupo. En caso de pertenencia, cada una de las empresas acompañará una relación de todas las agrupadas en ella. 8) En su caso, declaración jurada por parte de las empresas extranjeras de expresa sumisión a la jurisdicción española, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles. 9) En su caso, compromiso de constitución de Unión Temporal de Empresas: Cuando dos o más empresas acudan a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de los empresarios que la componen deberá acreditar, del modo que se ha indicado anteriormente, su personalidad y capacidad, debiendo aportarse asimismo el compromiso de constitución indicado en la cláusula 6 del presente Pliego de Condiciones, compromiso que deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la unión con poder suficiente para ello. 10) Cuantos otros documentos se requieran, en su caso, en el Cuadro de Características como necesarios para tomar parte en la licitación del contrato. Pliego de Condiciones Generales Pag. 8

16 SOBRE Nº 2 : Documentación técnica Contenido: 1) Documentación Técnica : La documentación técnica a incluir, relativa al Pliego de Prescripciones Técnicas aprobado, se establece en el Apartado 1 del ANEXO Nº 4, de Normas Específicas de este Pliego de Condiciones Generales. Por otro lado, salvo en el supuesto en que por venir así determinado en el Cuadro de Características no esté permitida la subcontratación, la oferta del licitador deberá indicar la parte de la misma que se pretende subcontratar, indicando su importe. La voluntad de subcontratar parte de los trabajos a realizar no tendrá ninguna virtualidad a los efectos de valoración de las ofertas. En todos los casos, cada licitador presentará la totalidad de la documentación técnica aquí exigida por medio de DOS SOBRES Nº 2, de formatos distintos aunque de contenidos idénticos, de modo que, en cada uno de ellos, figure de forma bien visible, respectivamente, las palabras ORIGINAL y COPIA. En el sobre con la palabra ORIGINAL se incluirán todos los documentos que deben comprenderse en el Sobre nº 2, en soporte papel y en soporte informático (textos: documentos tipo Microsoft Office; planimetrías: ficheros tipo.dwg). En el sobre con la palabra COPIA se incluirán todos los documentos anteriores, si bien exclusivamente en soporte informático y en formato digital (CD o DVD). El soporte informático incluirá dos tipos de archivos: unos en formato.pdf, que sean copia fiel de la documentación en papel, y otros en formato nativo de las aplicaciones en que se hayan generado (MS Word, MS Excel, Autocad, etc.). En caso de discrepancias entre los contenidos de ambos sobres, prevalecerán los contenidos del sobre denominado ORIGINAL. A los licitadores no adjudicatarios les será devuelto, una vez formalizada la adjudicación, el sobre con la palabra ORIGINAL, quedándose en poder de la APP el sobre con la palabra COPIA, a los efectos de posibles requerimientos de los interventores públicos u órganos jurisdiccionales competentes y durante el plazo máximo legalmente establecido. Pliego de Condiciones Generales Pag. 9

17 SOBRE Nº 3: Documentación económica Contenido: Proposición económica, firmada por el licitador o persona que lo represente, que deberá formularse estrictamente conforme al modelo que se adjunta como ANEXO Nº 1 de este Pliego, y tanto cuando se presente oferta al Documento Técnico base como, en su caso, a variantes. La proposición económica se presentará escrita a máquina, con letras mayúsculas claramente legibles, que no induzcan a error, por lo que no se aceptarán aquéllas que tengan omisiones, errores o tachaduras que puedan alterar su contenido o que impidan distinguir claramente las ofertas o lo que la APP estime fundamental para considerarla. Ante cualquier discrepancia entre términos escritos en letra y número, se estará a lo consignado en letra. En las proposiciones que presenten los licitadores se entenderán comprendidos, a todos los efectos, no sólo el precio del contrato, sino también todos los gastos, de desplazamiento o cualquier otro, que pudieran incidir sobre el mismo, así como el importe de todos los impuestos, tasas y tributos que pudieran originarse como consecuencia del contrato, a excepción únicamente del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). El importe ofertado deberá ser, siempre, igual o menor que el presupuesto de licitación señalado en el Cuadro de Características que encabeza este Pliego, cuando este aspecto tenga el carácter de máximo. Asimismo, la proposición deberá expresar formalmente el plazo máximo de ejecución que se prevé como necesario para la ejecución del presente contrato, plazo de ejecución que deberá ser igual o menor que el plazo máximo que figura en el Cuadro de Características que encabeza el presente Pliego de Condiciones. La proposición deberá incluir declaración del licitador de que acepta de manera incondicionada el contenido del presente Pliego y que no ha presentado más de una oferta, tanto individualmente como conjuntamente con otros formando parte de una UTE. De este modo, cada empresario, sólo o formando parte de una Unión de Empresarios, no podrá presentar más de una única proposición económica, ni tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otros si lo ha hecho individualmente, o figurar en más de una unión temporal. La contravención de estos principios producirá la desestimación de todas las propuestas por él presentadas. En el caso de que se presente una proposición económica por dos o más empresas que pretendan constituir una unión temporal de empresas, aquella deberá estar firmada por los representantes de cada una de las empresas componentes de la citada unión, rechazándose la misma en caso contrario. Pliego de Condiciones Generales Pag. 10

18 Finalmente, adjunto a la proposición económica, y salvo en el supuesto en que por venir así determinado en el Cuadro de Características no esté permitida la subcontratación, los licitadores deberán indicar, en su caso, la parte de los trabajos que se propone subcontratar así como su importe. La voluntad de subcontratar parte de los trabajos a realizar no tendrá ninguna virtualidad a los efectos de valoración de las ofertas 8. Apertura de proposiciones y propuesta de adjudicación Antes de procederse a la apertura de ofertas, deberá constar certificado expedido por el responsable de la Oficina Receptora de Ofertas de la APP, expresivo de las proposiciones presentadas dentro del plazo establecido en la convocatoria de licitación del contrato, cuyo original será entregado al Secretario de la Mesa de Contratación. La composición de la Mesa de Contratación será la designada por el Órgano de Contratación, con arreglo a lo previsto en la Regla 4 de la Orden FOM/4003/2008. En ausencia del Presidente y/o del Secretario o de las personas que los sustituyan, la función del Presidente será ejercitada por el componente de la Mesa de Contratación de mayor edad, y la del Secretario por el de menor edad. La Mesa de Contratación realizará, en un primer acto no público, el trámite de apertura, examen y calificación de las documentaciones generales incluidas en los Sobres nº 1 de las proposiciones presentadas en tiempo y forma, rechazando aquellas que no lo hubiesen efectuado en la forma debida, por la no presentación de alguno de los documentos exigidos o la presentación de los mismos en forma distinta a la requerida, concediendo un plazo de subsanación de, como mínimo, tres (3) días hábiles, contado a partir de la notificación que se practique, en el caso de que se detecten defectos subsanables y admitiendo provisionalmente las que reúnan los requisitos exigidos. Seguidamente, la Mesa procederá a la apertura de los Sobres nº 2, que contienen las documentaciones técnicas de los licitadores admitidos o, en su caso, en proceso de admisión, que en este acto se entregará a la Comisión Técnica formada a tales efectos, con arreglo a lo previsto en la Regla 39.3 de la Orden FOM/4003/2008, finalizado lo cual se levantará la sesión. La Comisión Técnica, en base a los criterios objetivos de ponderación y valoración establecidos en el ANEXO Nº 4 del presente Pliego de Condiciones, redactará un Informe Técnico con las valoraciones de las propuestas técnicas, que serán utilizadas por la Mesa de Contratación para motivar su propuesta de adjudicación o, en su caso, propuesta de declaración de procedimiento desierto. Únicamente se procederá a la apertura de las proposiciones económicas (Sobres nº 3) cuando la Mesa de Contratación tenga en su poder el informe de valoración de la Comisión Técnica, por lo que inmediatamente antes de comenzar el acto público de apertura de las proposiciones económicas, la Comisión presentará ante la Mesa el correspondiente Informe Técnico que incluirá la puntuación que merezcan las proposiciones presentadas. Pliego de Condiciones Generales Pag. 11

19 En el lugar, día y hora señalados en el anuncio de licitación, se constituirá de nuevo la Mesa de Contratación para proceder a la apertura, en acto público, de las proposiciones económicas, para lo cual comunicará, en primer lugar, la relación de los licitadores definitivamente admitidos a la licitación, así como en su caso, de los licitadores rechazados como consecuencia de la calificación documental, procediéndose a continuación a la apertura y lectura de los contenidos de los Sobres nº 3 que contienen las proposiciones económicas de los licitadores admitidos. Serán rechazadas aquellas proposiciones cuya oferta económica exceda del presupuesto de licitación que figure en el Cuadro de Características, cuando este aspecto tenga el carácter de máximo. Ultimado el acto público de apertura, y salvo en el supuesto de la existencia de posibles ofertas anormalmente bajas que se realizará conforme se indica a continuación, la Mesa de Contratación procederá subsiguientemente a formalizar su propuesta de adjudicación al Órgano de Contratación, que será formulada teniendo en consideración la puntuación económica y técnica alcanzada por las distintas proposiciones. La Mesa de Contratación determinará aquellas ofertas que pudieran ser anormalmente bajas en relación con la prestación. Para la determinación de las ofertas incursas en presunción de anormalidad por su bajo importe se estará a lo previsto al efecto en el Anexo III (criterios de adjudicación) de la Orden FOM/4003/2008 que se reseña a continuación : Se entiende por baja de una oferta la diferencia entre el Presupuesto Base de Licitación y el Presupuesto de la oferta correspondiente, en tanto por ciento. De este modo siendo: BO: Baja de la oferta económica (%). BR: Baja de referencia, calculada como se indica a continuación (%). BM: Baja media (%), calculada como se indica a continuación. Se entenderán, como ofertas incursas en presunción de anormalidad por su bajo importe, aquéllas cuyas BO correspondientes superen los siguientes valores: A) Para un número n de ofertas económicas «contemplables» mayor o igual que cinco (5): BO > BR + 4 B) Para un número n de ofertas económicas «contemplables» menor que cinco (5): BO > BM + 4 Se denominan ofertas económicas «contemplables», a las ofertas admitidas administrativa y técnicamente, una vez excluidas aquellas correspondientes a las propuestas situadas en el intervalo de calidad técnica inaceptable, así como aquellas que, a estos efectos, no deban ser consideradas por pertenecer a un mismo grupo. Los cálculos de la baja media (BM) y de la baja de referencia (BR) se realizarán de la forma siguiente: Pliego de Condiciones Generales Pag. 12

20 Of j = Importe de la oferta genérica «contemplable» j (incluida en el conjunto de las citadas n ofertas «contemplables») y PB = Presupuesto base de licitación, que figura en el Cuadro de Características del Pliego. Se obtendrá, para cualquiera número, n, de ofertas: Bo j = 100 OFj 1 1 PB y BM = BOj n j 1 j n Además, para n 5 se obtendrá: = j n j 1 ( BOj) 2 n( BM ) n Entre las mencionadas n ofertas económicas contemplables se elegirán aquellas n ofertas, tales que a cualquiera de ellas, de importe expresado genéricamente como Of h, OFh le corresponda un valor BO h BOh que cumpla la condición: PB BOh BM Y, contando sólo con dichas n ofertas, se calculará el valor BR, llamado Baja de referencia, del modo siguiente: BR = h n' h 1 BO n' h Dicho valor de BR servirá, cuando n 5, para determinar los límites de la presunción de anormalidad anteriormente citados. Cuando empresas pertenecientes a un mismo grupo (entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 42.1 del Código de Comercio) presenten distintas proposiciones, individualmente o en UTE, a la licitación del contrato objeto del presente Pliego, se tendrá en cuenta, únicamente, para aplicar el método de apreciación de ofertas desproporcionadas, o presuntamente temerarias, la oferta económica más baja de entre todas las presentadas por dichas empresas o por las UTE de que formen parte. Pliego de Condiciones Generales Pag. 13

21 Si una oferta económica resulta incursa en presunción de anormalidad por su bajo importe en relación con la prestación, la Mesa de Contratación deberá recabar de todos los licitadores supuestamente comprendidos en ella, las aclaraciones necesarias para poder estar en disposición de determinar si, efectivamente, la oferta resulta anormalmente baja en relación con la prestación y por ello debe ser rechazada, o, si por el contrario, la citada oferta no resulta anormalmente baja, y por ello ha de ser tomada en consideración para adjudicar el contrato. Para ello, la Mesa de Contratación solicitará al licitador, por escrito, las precisiones que considere oportunas sobre la composición de la citada oferta económica. El licitador dispondrá de un plazo máximo de diez (10) días hábiles, a contar desde la fecha en la que reciba la solicitud, para presentar, también por escrito, sus justificaciones o precisiones que se le soliciten. Si transcurrido este plazo, la Mesa de Contratación no hubiera recibido dichas justificaciones, acordará lo que estime oportuno sobre la admisión o rechazo de la oferta, de acuerdo con los datos contenidos en el expediente de contratación y con la definición y el importe de la Propuesta de que se trate. Si, por el contrario, se recibieran en plazo las citadas justificaciones, la Mesa de Contratación asistida por técnico/s relacionados con el objeto del contrato, decidirá o bien la aceptación de la oferta contando con ella a todos los efectos para resolver lo que proceda en relación con la adjudicación del contrato, o bien, el rechazo de dicha oferta. El mencionado posible rechazo en ningún caso tendrá efectos sobre los cálculos ya realizados de los valores medios o de referencia de las bajas. Del rechazo se dará cuenta a los licitadores afectados. Decidida la admisión y/o rechazo de las ofertas presuntamente incursas en temeridad, la Mesa de Contratación procederá a valorar las ofertas admitidas (incluidas aquéllas que hayan dejado de estar incursas en anormalidad), de acuerdo con los criterios objetivos que servirán de base para la determinación de la oferta más ventajosa expuestos en el Anexo nº IV de este Pliego de Condiciones Generales, así como conforme a la ponderación entre la propuesta técnica y la económica determinada en el Cuadro de Características que encabeza este Pliego. A continuación elevará al Órgano de Contratación la oportuna propuesta de adjudicación, junto con el acta y las proposiciones presentadas. La propuesta de adjudicación efectuada por la Mesa de Contratación, y en tanto no se le haya adjudicado el contrato por acuerdo del Órgano de Contratación, no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto frente a la Autoridad Portuaria de Pasajes. Pliego de Condiciones Generales Pag. 14

22 C) ADJUDICACIÓN DEFINITIVA Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 9. Documentación a presentar y adjudicación definitiva Antes de la adjudicación definitiva del Contrato, el licitador cuya propuesta haya sido seleccionada, deberá presentar, si no lo hubiera hecho en la fase de licitación o los mismos hubieran caducado a fecha de la adjudicación, los documentos acreditativos de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, mediante las correspondientes certificaciones administrativas emitidas por los órganos competentes (Hacienda Foral de Guipúzcoa, Agencia Tributaria Estatal y Seguridad Social). La acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social se realizará conforme a lo establecido al respecto en la normativa de contratación del sector público vigente en cada momento. A continuación, el Órgano de Contratación, a la vista del acta de apertura, las proposiciones presentadas y la propuesta de adjudicación de la Mesa de Contratación procederá a realizar la adjudicación definitiva o a declarar desierto el procedimiento, motivando en este caso su resolución. De conformidad con lo dispuesto en la Regla 40.2.c) de la Orden FOM/4003/2008, en el plazo máximo de tres (3) meses a contar desde la apertura de las ofertas económicas, el Órgano de Contratación adjudicará el contrato, salvo que en el Cuadro de Características se especifique uno mayor, en cuyo caso la validez de las ofertas se mantendrá durante el citado plazo. El contrato se perfecciona con la adjudicación hecha por el Órgano de Contratación y notificada al adjudicatario. 10. Garantía definitiva y complementaria El adjudicatario está obligado a constituir en el plazo de los QUINCE (15) días naturales siguientes a la notificación de la adjudicación, la garantía definitiva por el importe que se determine en el Cuadro de Características, la cual responderá y se regirá por lo establecido en la Regla 14 de la Orden FOM/4003/2008. Esta garantía responderá del cumplimiento íntegro por el Contratista de las obligaciones derivadas del contrato, así como de las penalidades que por incumplimiento se pudieran ocasionar. La garantía definitiva se consignará a disposición del Presidente de la Autoridad Portuaria y podrá constituirse por cualquiera de los medios que se establezcan en la normativa de contratación del sector público estatal vigente en cada momento. En caso de consignarse mediante aval o seguro de caución, éste deberá sujetarse a los modelos que se adjuntan como Anexo Nº 2, y estar bastanteado por los Servicios Jurídicos del Estado o intervenido por fedatario público. Pliego de Condiciones Generales Pag. 15

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