PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES

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1 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES CONTRATO DE SUMINISTRO DE AGUA MINERAL EMBOTELLADA, EN ENVASES DE 5 A 8 LITROS, A DIVERSOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE ÁVILA PARA CONSUMO HUMANO PROCEDIMIENTO ABIERTO UNICO CRITERIO DE SELECCION TRAMITACIÓN ORDINARIA Pliego de Cláusulas Particulares que, como ley fundamental del contrato, regirá el procedimiento abierto tramitado para adjudicar el contrato de suministro de agua mineral embotellada, en envases de 5 a 8 litros, a diversos municipios de la provincia de Ávila para consumo humano 1.- Objeto del Contrato. CPV 2008 Es objeto del contrato de suministro de agua mineral embotellada, en envases de 5 a 8 litros, a diversos municipios de la provincia de Ávila para consumo humano, conforme al Pliego de Prescripciones Técnicas redactado por Marino Casillas González, con fecha 10 de enero de El tipo de agua a suministrar será AGUA MINERAL NATURAL, conforme al Real Decreto REAL DECRETO 1744/2003, de 19 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 1074/2002, de 18 de octubre, por el que se regula el proceso de elaboración, circulación y comercio de aguas de bebida envasadas, en envases de 5 o de 8 litros. El referido Pliego de Prescripciones Técnicas tendrá carácter contractual, así como el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Dichos Pliegos se unirán al contrato, debiendo ser firmados por el adjudicatario en el acto de la formalización del mismo. Se trata de un contrato de suministro a que se refiere el artículo 9 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP) CPV 2008: Justificación de la necesidad Se justifica la adjudicación de este contrato ante el problema de sequía que existe en algunos de los pueblos de la provincia y la contaminación de los acuíferos por nitratos, arsénico y otros contaminantes que superan los 1

2 parámetros establecidos para que se considere el agua de consumo humano como apta para el consumo, considerándose necesario subvencionar por parte de la Diputación dicho gasto a aquellos Ayuntamientos que padezcan este problema. 3.- Forma de acceso al Perfil del Contratante de la Diputación /contratacion/perfildelcontratante 4.- Valor estimado del contrato. Presupuesto Base o Tipo de Licitación El precio base de licitación es de 0,091 euros/litro, incluido el suministro, el transporte, la carga y la descarga en el ayuntamiento que así lo solicite. El IVA (10%) asciende a la cantidad de 0,009, siendo el precio total de 0,100 euros /litro incluido el IVA El presupuesto estimado anual del contrato, es euros y euros de IVA (10%), siendo el precio total, IVA incluido , estimándose el consumo anual en litros. El valor estimado del contrato asciende a euros. La factura deberá cumplir lo dispuesto en el RD 1496/2003, de 28 de noviembre, por el que se regula el deber de expedir y entregar factura que incumbe a los empresarios y profesionales. 5.- Financiación del contrato El contrato se financiará con cargo a la partida presupuestaria del Presupuesto General de la Corporación. 6.- Plazo de duración del contrato El plazo de ejecución del suministro del contrato es de un año, con posibilidad de una prórroga por una año más, siendo obligatoria para el contratista en caso de acordarse por la Diputación la misma. La entrega del suministro del agua se hará en el Ayuntamiento de la localidad, o en el lugar indicado por el mismo en caso de disponer de dependencias municipales donde almacenar el agua, y se llevará a cabo en el plazo de cinco días desde la solicitud telefónica o por fax por parte del Ayuntamiento. 2

3 7.- Procedimiento y forma de adjudicación. Único criterio de selección de la oferta económicamente más ventajosa. El contrato se adjudicará mediante procedimiento abierto (artículo TRLCSP), siendo de aplicación lo establecido en el artículo 150 TRLCSP y teniendo en cuenta el precio como único criterio de selección de la oferta económicamente más ventajosa. 8.- Capacidad para contratar Están capacitados para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten la correspondiente clasificación y no estén afectados por ninguna de las circunstancias que enumera el art. 60 de la TRLCSP como prohibitivas para contratar. Se exigen las siguientes solvencias: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA: Informe de instituciones financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riegos profesionales. SOLVENCIA TÉCNICA: Muestras, descripciones y fotografías del producto a suministrar. La Administración podrá contratar con Uniones de Empresas que se constituyan temporalmente al efecto, de conformidad con lo previsto en el 59 de la TRLCSP. 9.- Gastos a cargo del adjudicatario Serán de cuenta del adjudicatario, los gastos que genere el procedimiento de adjudicación y los de preparación y formalización del contrato, particularmente los de publicación de anuncios de licitación en diarios oficiales, siendo el importe máximo de éstos el de euros. Asimismo deberá pagar todos los tributos estatales, regionales y locales que deriven del contrato y asumir el pago del IVA. 3

4 10.- Presentación de Proposiciones. Lugar y plazo de presentación. Formalidades y documentación Lugar y plazo de presentación: Las proposiciones se presentarán en el Registro General de la Diputación en mano, de las 9 a las 14 horas, durante los 15 días naturales siguientes a la publicación del anuncio de licitación en el BOP. También podrán presentarse proposiciones por correo, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar el mismo día al Órgano de Contratación, por FAX ( ), o por correo electrónico (contratacion@diputacionavila.es), la remisión de la proposición TELEX o Telegrama, la remisión de la proposición. Sin cumplir tales requisitos no será admitida la proposición en el caso en que se recibiera fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación. No obstante, transcurridos 10 días desde la terminación del plazo de presentación, no será admitida ninguna proposición enviada por correo. El Registro de Licitaciones acreditará la recepción del referido telegrama con indicaciones del día de su expedición y recepción, en el Libro de Registro correspondiente. Formalidades y documentación: Las ofertas constarán de tres sobres cerrados denominados A y B y en cada uno de los cuales se hará constar el contenido y el nombre del licitador, dirección, teléfono y fax. Los licitadores han de presentar dentro de los sobres una hoja independiente, enunciando numéricamente su contenido. SOBRE A, DENOMINADO DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA: Expresará la inscripción de: Documentos generales para optar al procedimiento para la adjudicación del contrato de suministro de agua mineral embotellada, en envases de 5 a 8 litros, a diversos municipios de la provincia de Ávila para consumo humano Se presentará cerrado y contendrá la siguiente documentación: 4

5 Documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, consistentes en: - Documento Nacional de Identidad del licitador, pasaporte o documento que lo sustituya, cuando se trate de personas físicas o empresarios individuales. - Escritura de constitución de la Sociedad mercantil, cuando el empresario fuera persona jurídica, debidamente inscrita en el registro mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. - Poder notarial cuando el licitador no actúe en nombre propio o se trate de sociedad o persona jurídica. Los poderes a que se refiere este apartado deberán bastantearse previamente por los funcionarios de la Corporación, Escala de Administración General, Subescala Técnica, de los Servicios de Contratación, Planes Provinciales y Secretaría General, o por el Secretario General, previo pago de la tasa correspondiente. - En caso de concurrir a la licitación varias empresas, constituyendo una unión temporal, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que suscriben las proposiciones, la participación de cada una de ellas, designando la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la representación de la unión ante la Administración. - Las empresas extranjeras deberán aportar la documentación que se especifica en el anexo de este pliego. - En caso de concurrir a la licitación varias empresas de un mismo grupo, cada una de ellas deberá presentar declaración sobre la concurrencia o no de los supuestos a que se refiere el art del Código de Comercio. - Declaración responsable de que la empresa interesada no se halla incursa en ninguna de las prohibiciones o incompatibilidades establecidas en el artículo 60 de la TRLCSP, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba exigirse antes de la adjudicación definitiva a los que vayan a resultar adjudicatarios del contrato (anexo II de este pliego). 5

6 - Documentos que acrediten la solvencia económica y financiera y la solvencia técnica, conforme a la cláusula 8 del presente Pliego. SOBRE B, DENOMINADO PROPOSICIÓN ECONÓMICA Expresará la inscripción: Proposición económica para la adjudicación del contrato de suministro de agua mineral embotellada, en envases de 5 a 8 litros, a diversos municipios de la provincia de Ávila para consumo humano Se presentará cerrado, se ajustará al modelo anexo contenido en este pliego (proposición económica). En la proposición deberá indicarse como partida independiente el importe del IVA que deba ser repercutido. Cada licitador únicamente podrá presentar una sola proposición, no admitiéndose variantes, y quedando rechazadas aquellas ofertas que superen el tipo de licitación. Notas aclaratorias sobre la presentación de la documentación: Toda la documentación que se presente deberá ser en lengua castellana o traducida de forma oficial a esta lengua. Los documentos que se acompañen a las proposiciones habrán de ser originales o copias compulsadas por Notario Público o Secretario de esta Corporación o Funcionario en quien delegue. Las empresas que figuren inscritas en el Registro Provincial de Licitadores quedarán dispensadas de presentar en los procedimientos contractuales la documentación que haya sido inscrita en dicho Registro y depositada en el mismo, siempre y cuando se encuentre actualizada, debiendo aportar únicamente una declaración responsable haciendo constar que los datos obrantes en el citado Registro no han variado. Transcurrido el plazo de tres meses desde la formalización del correspondiente contrato sin que se haya procedido a su retirada por los licitadores que no resultaron adjudicatarios del contrato, la Administración podrá disponer sobre su destrucción Garantías exigibles. Plazo de garantía 6

7 Provisional: No se exige Definitiva: Será euros pues al equivalente del 5% del presupuesto estimado anual del contrato excluido el IVA (art. 95 TRLCSP), y podrá constituirse en cualquiera de las formas previstas en el art 96 de la TRLCSP (en la Caja de la Diputación). En caso de garantía constituida mediante aval o mediante seguro de caución, habrá de tenerse en cuenta su formulación en los modelos de aval o certificado de seguro de caución dispuestos al efecto en el RD 1098/2001, de 12 de octubre (anexos V y VI, respectivamente). La constitución de la garantía definitiva deberá acreditarse dentro de los 10 días hábiles siguientes a la recepción del requerimiento llevado a cabo previamente a la adjudicación, de conformidad con lo establecido en el art TRLCSP El incumplimiento de este requisito, por causa imputable al licitador requerido, dará lugar a que se entienda que el licitador retira su oferta y no se efectuará l adjudicación a su favor, siendo de aplicación lo dispuesto en el art TRLCSP. En todo caso, en cuanto a la constitución, reajuste y devolución de la garantía definitiva se estará a lo dispuesto en los artículos 99 y 102 del TRLCSP No se establece periodo de garantía para el presente contrato, por lo que una vez finalizado el mismo, y emitido el informe técnico correspondiente, se procederá a la devolución de la fianza definitiva tal y como se establece en el TRLCSP Mesa de Contratación La Mesa de Contratación estará integrada y se constituirá del modo siguiente, de conformidad con Decreto de la Presidencia, de fecha 2 de febrero de 2012, por el que se nombraba miembros permanentes de la Mesa de Contratación: PRESIDENCIA DE LA MESA: La Mesa será presidida por el Diputado Delegado del Área correspondiente. VOCALES DE LA MESA: Vocales del Grupo del PP: - Agustín González González - Ignacio Burgos Pérez - José María García Tiemblo 7

8 - Federico Martín Blanco - Ángel Luis Alonso Muñoz - Carlos García González Vocales del Grupo del PSOE: - Tomás Blanco Rubio - José Martín Sánchez - Francisco Hernández de la Cruz Vocal del Grupo de IU - Santiago Jiménez Gómez Vocal del Grupo de UPyD - Santos Martín Rosado Todos los Vocales anteriormente mencionados podrán ser sustituidos por otros de su mismo Grupo político. A todas las Mesas asistirán también como Vocales: - El Técnico aquél que haya redactado las correspondientes Prescripciones Técnicas (Marino Casillas González), o funcionario que le sustituya. - La Técnico Jefe del Servicio de Contratación, Mercedes de Antonio Camarero, o funcionario que le sustituya, como Asesora Jurídica - Por la Intervención General de Fondos Provinciales, el Interventor, Pedro González García, o funcionario que le sustituya SECRETARÍA DE LA MESA: Actuará como Secretaria de la Mesa la Técnico del Área de Cooperación Económica e Infraestructuras, Laura Rodríguez Sáez, o funcionario que le sustituya Calificación de la documentación general Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación procederá a la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en el sobre A en acto privado. Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se comunicará a los interesados, concediéndoles un plazo no superior a tres días hábiles para que los corrijan o subsanen, antes de proceder a la apertura de las proposiciones económicas. 8

9 El requerimiento de subsanación se realizará mediante carta, telegrama, correo electrónico o fax y el plazo de tres días hábiles será de caducidad, sin que pueda interrumpirse por no haberse recibido por el licitador, siempre que la Administración acredite su intento de notificación por alguno de los referidos medios. Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, se declarará no admitida a trámite la proposición. 14. Apertura de proposiciones y propuesta de adjudicación La Mesa de Contratación, en acto público, celebrado el día y a la hora que se indique en el anuncio de licitación, en el Salón de Plenos de la Diputación, dará cuenta del resultado de la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en el sobre A, indicando los licitadores excluidos y las causas de su exclusión, invitando a los asistentes a formular observaciones que recogerán en el acta. A continuación, el Presidente de la Mesa, procederá a la apertura de los sobres B y dará lectura de las proposiciones económicas. No obstante, la Mesa de Contratación podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato. Se apreciará el carácter desproporcionado o anormal en las ofertas, de acuerdo con los criterios establecidos en el art. 85 del R.D. 1098/2001, de 12 de octubre. Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, deberá darse audiencia al licitador que la haya presentado, para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma, según el art TRLCSP. En este procedimiento deberá solicitarse el asesoramiento técnico del servicio correspondiente y se estará a lo dispuesto en el art. 152 del TRLCSP. Tendrán preferencia en la adjudicación las proposiciones presentadas por aquellas empresas que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2 por 100, siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirven de base para la adjudicación. Asimismo, y en igualdad de condiciones con las que sean económicamente más ventajosas, tendrán preferencia las proposiciones presentadas por aquellas empresas dedicadas específicamente a la promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social, reguladas en la 9

10 Disposición Adicional Novena de la Ley 12/2001, de 9 de julio, de medidas urgentes de reforma del mercado de trabajo para el incremento del empleo y la mejora de su calidad, valorándose el compromiso formal del licitador de contratar no menos del 30 % de sus puestos de trabajo con personas pertenecientes a los colectivos indicados en la disposición adicional cuarta del TRLCSP, cuya situación será acreditada por los servicios sociales públicos competentes Adjudicación del contrato El Órgano de Contratación, requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa, no incursa en valor anormal o desproporcionado, para que, dentro de plazo de 10 días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y de haber constituido la garantía definitiva (conforme a la cláusula 11). Quedarán dispensadas de su aportación las empresas que figuren inscritas en el Registro Provincial de Licitadores, con constancia de estos datos. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. Una vez presentada la documentación anteriormente señalada y constituida la garantía definitiva, el Órgano de Contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación anterior. La adjudicación, que será motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente se publicará en el perfil del contratante. 16. Formalización del Contrato. La Administración y el contratista deberán formalizar el contrato del suministro en Documento Administrativo, dentro de los 15 días hábiles siguientes al de notificación de la adjudicación, constituyendo título suficiente para acceder a cualquier Registro. No obstante lo anterior, dicho contrato administrativo podrá elevarse a Escritura Pública a petición del contratista y a su costa Cumplimiento del contrato 10

11 El objeto del contrato deberá cumplirse conforme a lo señalado en el Pliego de Prescripciones Técnicas. El contratista ejecutará el contrato a su riesgo y ventura y el suministro se realizarán con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en este Pliego y en el de prescripciones técnicas que sirve de base al contrato. De los bienes suministrados se levantará la correspondiente acta de recepción, que se someterá a la aprobación del Órgano de Contratación, acompañando la factura correspondiente. Cuando el suministro no se halle en condiciones de ser recibido, se hará constar expresamente en el Acta y se dará instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos o proceda a un nuevo suministro. Cuando no se realice la subsanación o sustitución la Administración, antes de extinguirse el Contrato, los dejará de cuenta del contratista quedando exento de la obligación de pago o adquiriendo el derecho a recuperar lo pagado. El contratista no tendrá derecho a que se le indemnice los daños que se le hubiera producido por pérdidas, averías o perjuicios en los bienes antes de su entrega, salvo que la Administración hubiere incurrido en mora al recibirlos. El contratista quedará obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, ni siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, salvo que el Órgano de Contratación, atendiendo a la naturaleza y circunstancias del contrato, no lo estime aconsejable Revisión de precios Procede la revisión de precios, en caso de prórroga, debiéndose tener en cuenta para ello la subida del IPC anual Pago del precio El pago del precio se efectuará contra acuerdo aprobatorio de la factura correspondiente de los suministros realizados mensualmente, de acuerdo al Pliego de Prescripciones Técnicas. El pago del precio del contrato, en la cuantía ofertada por el adjudicatario, se efectuará íntegramente en dinero mediante transferencia a la cuenta bancaria titularidad del contratista. 11

12 La factura deberá cumplir lo dispuesto en el RD 1496/2003, de 28 de noviembre, por el que se regula el deber de expedir y entregar factura que incumbe a los empresarios y profesionales. 20.-Resolución del contrato El contrato podrá extinguirse por alguna de las causas de resolución enunciadas en los artículos 223 y 299 del TRLCSP. 21.-Régimen Jurídico En lo no previsto expresamente en el presente pliego, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP); y en cuanto no se encuentre derogado por éste en el en el RD 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas; y en las restantes normas de derecho administrativo. 22.-Prerrogativas de la Administración Pública en los contratos administrativos Dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el TRLCSP, el órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlos por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta (art. 210 TRLCSP). 23.-Jurisdicción Competente y efectos del contrato Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de este contrato serán resueltos por el Órgano de Contratación, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa, con el régimen de recursos que recoge la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Para conocer de cuantas cuestiones pudieran surgir como consecuencia del contrato que se formalice, serán competentes los Juzgados de Ávila y el tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, del orden jurisdiccional contencioso administrativo a cuyas jurisdicciones queda el adjudicatario con renuncia a cualquier otra y a su fuero propio a cuyas jurisdicciones queda sujeto el adjudicatario con renuncia a cualquier otra y a su fuero propio. 12

13 24.-Cesión de contrato y subcontratación En cuando a la cesión del contrato y subcontratación se estará a lo dispuesto en los artículos 226 y 227 del TRLCSP Modificaciones del contrato El contrato sólo podrá ser modificado en los términos previstos en el art. 219 del TRLCSP por razones de interés público en los casos y en la forma previstos en el título V del libro I, y de acuerdo con el procedimiento regulado en el artículo 211. En estos casos, las modificaciones acordadas por el órgano de contratación serán obligatorias para el contratista. Las modificaciones del contrato deberán formalizarse conforme a lo dispuesto en el artículo 156 TRLCSP. Ávila, 16 de enero de 2013 LA TÉCNICO DEL ÁREA DE COOPERACIÓN ECONÓMICA E INFRAESTRUCTURAS Laura Rodríguez Sáez Vº Bº LA JEFE DEL SERVICIO DE CONTRATACIÓN ç Mercedes de Antonio Camarero 13

14 Anexo I Modelo de proposición económica Don mayor de edad, con domicilio en (tfno y fax...), titular del D.N.I. nº , en nombre propio (o en representación de , con CIF nº... y domicilio social en (tfno y fax...), conforme acredito con Poder Bastanteado) enterado del procedimiento para adjudicar, mediante procedimiento negociado sin anuncio de licitación, el contrato de suministro de agua mineral embotellada, en envases de 5 a 8 litros, a diversos municipios de la provincia de Ávila para consumo humano se compromete a realizarlo en caso de resultar adjudicatario en las siguientes condiciones: Precio:. euros/litro (importe neto) y euros de IVA (10%) (. euros/litro, IVA incluido). En..., a... de... de... El licitador (Firmado y rubricado) 14

15 ANEXO II DOCUMENTACIÓN QUE DEBEN APORTAR LAS EMPRESAS EXTRANJERAS Las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea deberán aportar en el sobre B la documentación siguiente: 1.- Las empresas individuales deberán presentar el documento de identidad personal de su país. Si la empresa fuera persona jurídica deberá presentar sus documentos constitutivos, traducidos de forma oficial al castellano, inscritos en un registro profesional o comercial cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo. 2.- En el caso de que el licitador no actúe en nombre propio o se trate de persona jurídica, deberá aportar poder bastante que habrá de ser, asimismo, traducido de forma oficial al castellano. 3.- Declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir en el contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. 4.- Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las circunstancias enumeradas en el art 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. 5.- Certificado expedido por la autoridad competente del Estado miembro, traducido oficialmente al castellano, por el que se acredite que la empresa está en regla con sus obligaciones relativas al pago de las obligaciones tributarias y cotizaciones de la Seguridad Social, según las disposiciones legales del Estado del poder adjudicador. 6.- En el supuesto de exigirse clasificación, para los empresarios no españoles de Estados miembros de la Comunidad Europea será suficiente acreditar ante el Órgano de Contratación correspondiente su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, conforme a lo establecido en el TRLCSP, así como su inscripción en el Registro profesional o comercial en las condiciones previstas por la legislación del Estado donde estén establecidas. Los certificados de clasificación o documentos similares que hayan sido expedidos por Estados miembros de la Comunidad Europea a favor de sus propios empresarios constituyen una presunción de capacidad frente a los diferentes órganos de contratación. Aquellas empresas extranjeras de Estados no miembros de la Comunidad Europea, además de los requisitos expuestos en los seis apartados anteriores, deberán acreditar: a) Despacho expedido por la embajada de España en el Estado correspondiente donde se especifique que la empresa tiene capacidad de obrar. b) Que su Estado de procedencia admite la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración en forma sustancialmente análoga. Este extremo se justificará mediante el informe de la respectiva representación diplomática española. c) Que se encuentra inscrita en el Registro Mercantil, al igual que los apoderamientos referidos en el apartado anterior. d) En el caso de que el importe del contrato, con exclusión del Impuesto sobre el Valor Añadido, sea igual o superior a euros, no se exigirá el informe de reciprocidad a que se refiere el apartado b), en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio. 15

16 ANEXO III Don mayor de edad, con domicilio en , titular del D.N.I. nº , en nombre propio (o en representación de , con CIF nº... y domicilio social en ) DECLARO RESPONSABLEMENTE: Que la empresa a la que represento está al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como que no está incursa en prohibición para contratar con el sector público de acuerdo con lo establecido en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP). En., a.. de. de.. 16

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