SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA SFV

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1 SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA SFV como meta iniciar la construcción de un millón de viviendas nuevas, de las cuales se esperaba que el 65% (650 mil viviendas), atendiera hogares del segmento de la Vivienda de Interés Social (VIS) con ingresos familiares inferiores a 4 SMLMV. Es así, que dentro de las metas establecidas para lograr el millón de viviendas, FONVIVIENDA apoyó la iniciación de mil unidades de vivienda durante agosto de 2010 a julio de Esta meta se superó puesto que Fonvivienda apoyo la Iniciación de , llegando a un cumplimiento del 100,17% durante el cuatrienio. Página Web MVCT ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÓN La vivienda como servicio de alojamiento es considerada un bien meritorio, esto es, un bien socialmente deseable para todos, y por ello la Constitución Política de Colombia establece el derecho a la vivienda digna y define que es función del Estado garantizar condiciones adecuadas para hacer efectivo dicho derecho 1. El objetivo de la política de vivienda para el cuatrienio ( ) era construir un millón de viviendas nuevas a través de una visión integral de desarrollo urbano. Para alcanzar este objetivo se trazaron las siguientes estrategias: Reingeniería al Sistema de Subsidios para la iniciación de un (1) millón de viviendas, integrando la oferta y la demanda de vivienda de interés prioritario y social (VIP y VIS). Promoción de esquemas de financiación para hogares independientes de bajos ingresos (Fomento al ahorro Fomento a la financiación de largo plazo para adquisición de vivienda (Subsidio a la tasa de interés para créditos hipotecarios, entre otros). En lo corrido del presente Gobierno el sector vivienda ha presenciado el mejor momento de actividad en los últimos 20 años, pudiéndose cumplir con las metas trazadas en el Plan Nacional de Desarrollo. Los resultados describen el importante avance en la meta que el Gobierno del Presidente Santos se impuso y alcanzó durante el cuatrienio Tal y como lo establecen las Bases del Plan Nacional de Desarrollo Ley 1450 de 2011, la meta es la de iniciar la construcción de un millón de viviendas. Las metas anuales y su cumplimiento se presentan en el siguiente recuadro, observando el cumplimiento de la meta en 100% para 2010, en 99,9% para 2011, en 100% para el 2013 y en 103% para el 2014 La apuesta para alcanzar el millón de viviendas, surge de una visión integral que contempló medidas para facilitar el acceso a vivienda por parte de los hogares colombianos e instrumentos para garantizar la existencia de suelo urbanizable para la construcción de vivienda, a través de estrategias encaminadas a consolidar el modelo de oferta y demanda de la política de vivienda. En este sentido, se ajustó el programa del Subsidio Familiar de Vivienda para mejorar su ejecución, a través de las siguientes estrategias: Aprobación simultánea de subsidio y crédito a través voluntario programado para la adquisición de vivienda, de la Bolsa de Ahorro Programado Contractual con entre otras). Evaluación Crediticia Favorable Simplificación de los trámites de las bolsas del Programa del Subsidio Familiar de Vivienda para llegar a departamentos de difícil acceso a través de las bolsas de Esfuerzo Territorial Departamental y Esfuerzo Territorial Nacional El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio 3. junto 3. Mayor valor del subsidio para familias en situación de con FONVIVIENDA, el Fondo Nacional del Ahorro desplazamiento e implementación del subsidio para la (FNA), el Banco Agrario (sector rural), la Unidad promoción de oferta de viviendas para esta población Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, las Cajas Anticipo del Subsidio Familiar de Vivienda - SFV para de Compensación Familiar, la Caja Promotora de la generación de oferta de vivienda (Macroproyectos de Vivienda Militar- CAPROVIMPO, y la Banca Vivienda de Interés Social Nacional - MISN, Proyectos Especializada de Crédito Hipotecario (BECH), tenian Integrales de Desarrollo Urbano - PIDUS, entre otros). 1 Plan Nacional de Desarrollo

2 Programa de las 100 mil viviendas gratis 1. Ley 1537 del 20 de junio de 2012 La primera herramienta necesaria para el desarrollo del Programa era definir el marco para su ejecución, de manera que el Gobierno Nacional promovió la expedición de la Ley 1537 de 2012, la cual implica grandes innovaciones para la política de vivienda, así: i) Facultó al Fondo Nacional de Vivienda FONVIVIENDA para constituir patrimonios autónomos que administraran sus recursos con el propósito de ejecutar proyectos de vivienda de interés prioritario urbana, ii) Permitió que tanto las entidades públicas como las privadas aportaran recursos a estos patrimonios, y autorizó que las entidades públicas transfirieran a título gratuito lotes de su propiedad a los referidos fideicomisos, ii) Permitió que se transfieran a los patrimonios autónomos los recursos de subsidios familiares de vivienda objeto de renuncia, los vencidos, los recuperados mediante actuaciones administrativas y los que no han sido aplicados. Esto permite que recursos que no se materializaron en viviendas puedan ser integrados al patrimonio autónomo y que quienes inicialmente eran beneficiarios de un subsidio en dinero sin aplicar resulten beneficiarios de una vivienda otorgada a título de subsidio en especie. Entre los años , el país presenció un salto cuantitativo en la producción de vivienda social sin precedentes; de acuerdo a las cifras de iniciaciones del Departamento Nacional de Planeación DNP-, entre agosto de 2010 y junio de 2014 se iniciaron unidades de vivienda, de las cuales (53,7%) fueron viviendas de interés social -VIS-. La cifra de iniciaciones VIS se encuentra fuertemente influenciada por la política de vivienda del Gobierno Nacional, y ha mostrado sus importantes efectos en materia económica y social. En efecto, el sector de la construcción viene siendo uno de los principales impulsores del crecimiento económico con variaciones anuales promedio del 6,5% durante el cuatrienio de Gobierno ( ) y registrando crecimientos del orden del 14,2% durante el primer trimestre de Adicionalmente, con corte al mes de septiembre de 2014 el sector empleó 1.3 millones de trabajadores, representando el 5,9% de la ocupación total de la economía. Desde el punto de vista social, el impulso del sector ha contribuido a la disminución del déficit cuantitativo de vivienda, siendo el impacto principalmente notable en las cabeceras. De acuerdo con la Gran Encuesta Integrada de Hogares 2013 (GEIH 2013) de los 10,3 millones de hogares que residían en centros urbanos en el año 2013, presentaban carencias habitacionales que requerían reemplazar la vivienda existente por una nueva unidad habitacional; esta cifra representa una reducción estimada de hogares en déficit frente al censo 2005, pasando del 12,6% de la población urbana al 7,51%. El fuerte de reducción del déficit cuantitativo de vivienda es explicable en buena parte por el enfoque de la política donde, en particular, el Programa de Vivienda Gratuita se enfocó en los hogares más pobres del país que a su vez concentran las principales carencias habitacionales. Adicionalmente, existe una mejora notable en los ingresos de los hogares Colombianos. De acuerdo con la GEIH de 2013 del DANE, cerca de 2,5 millones de personas salieron de la pobreza y 1,2 millones abandonaron la pobreza extrema en el periodo Aún con los avances en materia económica, reducción del déficit cuantitativo de vivienda, mejoras en la calidad de vida y mejora en las condiciones de ingreso de los hogares; lo cierto es que en el país persisten condiciones que motivaron la primera etapa de viviendas gratuitas. Según la Gran Encuesta Integrada de Hogares 2013 GEIH de 2013, el 30,6% de los colombianos se encontraba por debajo de la línea de pobreza y el 4,2% por debajo de línea de pobreza extrema en 2013; lo anterior implica que 18 millones de colombianos presentaban algún tipo de pobreza monetaria en el último corte agregado de la GEIH. Adicionalmente las cifras del mercado laboral continúan mostrando niveles de informalidad del orden del 48,5% (septiembre de 2014). Finalmente, se resalta que en promedio, solo a partir del cuarto quintil de ingreso existe una posibilidad efectiva de ahorro por parte de los hogares. De acuerdo con los cálculos del Ministerio de Vivienda, el 48,25% de los hogares que presentan algún tipo de carencia asociada al déficit cuantitativo tienen ingresos por debajo de los 1,4 salarios mínimos mensuales legales vigentes y concentran buena parte de la población en condición de informalidad laboral, lo cual supone que en este segmento no opera el modelo de cierre financiero y se requiere una participación activa del Estado, en la mayoría de los casos a través de subsidios plenos orientados a garantizar el acceso efectivo de una solución habitacional y la generación de oferta en regiones con oferta de vivienda formal escasa o inexistente como sucede en municipios de categorías 3, 4, 5 y Contenido de la Ley La Ley 1537 de 2012 va más allá y promueve acciones para dinamizar igualmente la rápida habilitación del suelo urbano en todo el país, con el fin de dinamizar un

3 sector como el de la vivienda, que además del alcance social tiene implicaciones de gran trascendencia para el empleo y para la economía. Los aspectos más relevantes de la Ley de Vivienda en Colombia, son: - Establece instrumentos para garantizar el acceso efectivo a la vivienda por parte de la población más vulnerable - Define responsabilidades a cargo de las entidades del orden nacional y territorial, así como herramientas para la confluencia de las funciones y recursos de estas entidades. - Establece herramientas para la concurrencia del sector público y el sector privado en la construcción de VIS y VIP - Define mecanismos para la habitación de suelo urbanizable para el desarrollo de proyectos de VIS y VIP - Incorpora exenciones para los negocios jurídicos que involucren la vivienda de interés prioritario. Son beneficiarios de la vivienda gratuita, a título de subsidio en especie, los hogares que se encuentren dentro del rango de pobreza extrema, (Red Unidos), que estén en situación desplazamiento, que hayan sido afectados por desastres naturales, calamidades públicas o emergencias y/o que se encuentren habitando en zonas de alto riesgo no mitigable. Es preciso destacar que dentro de la población en estas condiciones, se dará prioridad a las mujeres y hombres cabeza de hogar, personas en situación de discapacidad y adultos mayores. Para la asignación del subsidio, se excluirá de la conformación del hogar postulante a las personas que hayan sido condenadas por delitos cometidos en contra de menores de edad, de acuerdo con lo que certifique la autoridad competente. En este caso, cuando no exista otro mayor de edad dentro del hogar, se velará por el acceso efectivo al proceso de postulación de los menores de edad a través de la persona que los represente. Entre los beneficios adicionales para quienes accedan a la vivienda se encuentran los siguientes: - Para permitir que los beneficiarios de las viviendas continúen recibiendo los beneficios del Estado, se mantendrán los valores de las variables de habitabilidad de la encuesta del SISBÉN que se tenían en el momento de la asignación del subsidio, durante los diez (10) años siguientes al registro de la adquisición de la vivienda en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos. - Para facilitar la sostenibilidad de la vivienda, se consideraron con estrato socioeconómico uno (1) las viviendas de interés prioritario durante los diez (10) años siguientes al registro de la adquisición de a vivienda en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos. Una vez transcurrido ese plazo se procederá a la actualización del estrato de acuerdo a la normatividad vigente. - Se constituirá patrimonio de familia sobre la vivienda que se entregue a título de subsidio en especie. - El Gobierno Nacional y las Entidades Territoriales priorizarán recursos para la construcción y dotación de equipamientos públicos colectivos para los proyectos de VIS y VIP que se realicen con la financiación o cofinanciación del Gobierno Nacional. Estos recursos fueron transferidos a los patrimonios autónomos que se constituyeron de acuerdo con la Ley. - El Departamento de la Prosperidad Social-DPS coordinó con las Entidades Territoriales el acompañamiento que desde la perspectiva social requieren los proyectos VIP en aspectos relacionados con convivencia pacífica, mantenimiento y sostenimiento de unidades privadas, áreas comunes, y espacio público. Responsabilidades de los Beneficiarios de la Vivienda Gratuita: - Deberán cumplir las condiciones de los programas sociales del Estado y del reglamento que expida el Gobierno Nacional. - Deberán permanecer en la vivienda por lo menos diez (10) años después de su transferencia, salvo por razones de fuerza mayor, previa autorización de la Entidad otorgante. - Después de vencido el términos de diez (10) años mencionado anteriormente, si quieren vender la vivienda, deberán ofrecerla en primer término a las entidades otorgantes del subsidio, para que estas manifiesten si quieren adquirirla, caso en el cual tendrán derecho de preferencia.

4 - El subsidio se restituirá si se comprueba que existió falsedad o imprecisión en los documentos presentados para acreditar los requisitos de la asignación del subsidio o cuando se les compruebe a los beneficiarios que han sido condenados por delitos cometidos en contra de menores de edad, de acuerdo con lo que certifique la autoridad competente. Además aquel hogar que se compruebe que haya recibido el beneficio del subsidio familiar de vivienda de manera fraudulenta o utilizando documentos falsos será investigado por el delito de fraude en subvenciones, conforme al artículo 403 A de la Ley 599 de Eliminación de trámites y costos para viviendas de interés prioritario-vip - Se establece una exención de gastos notariales y registrales para la adquisición (incluido el leasing habitacional cuando se ejerza la opción de compra), hipoteca, afectación a vivienda familiar y/o constitución de patrimonio de familia para la VIP. Constitución de Patrimonio de Familia - Los beneficiarios de los proyectos de Vivienda de Interés Prioritario, deberán constituir sobre los inmuebles que reciban del subsidio familiar de vivienda en especie, patrimonio familiar inembargable por el valor del respectivo inmueble, en los términos de los artículos 60 de la Ley 9ª de 1989 y 38 de la Ley 3ª de Priorización de recursos para infraestructura social y de servicios públicos domiciliarios en proyectos de vivienda - Los Ministerios de Educación Nacional, Salud y Protección Social, el de Vivienda, Ciudad y Territorio en los asuntos de Agua Potable y Saneamiento Básico, el de Minas y energía, el de Ambiente y Desarrollo Sostenible, el de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones y los demás que defina el Gobierno Nacional, o sus equivalentes a nivel departamental, municipal o distrital, priorizarán dentro de los respectivos presupuestos de inversión, de acuerdo con los criterios definidos por los respectivos Ministerios, los recursos para la construcción y dotación de equipamientos públicos colectivos e infraestructura de servicios públicos domiciliarios para los proyectos de vivienda de interés social y prioritaria que se realicen con la financiación o cofinanciación del Gobierno Nacional, y las operaciones urbanas integrales adoptadas por el Gobierno Nacional, de acuerdo a las directrices que para el efecto establezca el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio 9 Bajo esta premisa el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio ha suscrito convenios con: - Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para proveer infraestructura y servicios de banda ancha a cada una de las viviendas. - COLDEPORTES para dotar de infraestructura deportiva los proyectos de vivienda. - Ministerio de Cultura para entregar una biblioteca en cada una de las viviendas con 8 libros de diferentes temáticas. 1. Avances a la fecha en el programa de las 100 Mil Viviendas Gratis Durante el 2013 y el 2014 hemos logrado acciones importantes para el éxito en su ejecución: A 31 de diciembre de 2014 se asignaron un total de subsidios familiares de vivienda en Especie, de los cuales, más de 11 mil fueron entregados por extrema pobreza. Se hizo el proceso de verificación de cumplimiento de condiciones de los beneficiarios potencialmente beneficiarios Se implementaron tres esquemas para la obtención de las viviendas que posteriormente serán transferidas a los beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en especie: compra de viviendas al sector privado, selección de constructores para desarrollar los proyectos en lotes aportados por entidades públicas y convenios interadministrativos para la adquisición de viviendas. El Fondo Nacional de Vivienda FONVIVIENDA, adelantó un proceso de selección regulado por el derecho privado, tendiente a seleccionar la sociedad fiduciaria con la que se celebrarían los contratos de 8 Tomado del Artículo 9 de la Ley 1537 del 20 de Junio de Tomado del Artículo 11 de la Ley 1537 del 20 de Junio de 2012.

5 fiducia mercantil a través de los cuales se ejecutaría el Programa de Vivienda Gratuita. Este proceso finalizó con la celebración del contrato de fiducia mercantil con la Fiduciaria Bogotá S.A, el cual tiene por objeto: la constitución de un patrimonio autónomo denominado FIDEICOMISO PROGRAMA DE VIVIENDA GRATUITA, por medio del cual se realizará la administración de los RECURSOS y OTRO BIENES que transfiera EL FIDEICOMITENTE o que se transfieran al fideicomiso constituido, para la ejecución de las actividades en materia de vivienda de interés prioritario, destinadas a la atención de hogares a los que se refiere la Ley 1537 de 2012, y las normas que la modifiquen, sustituyan o reglamenten( ). El FIDEICOMISO PROGRAMA DE VIVIENDA GRATUITA, actúo a través de la Fiduciaria Bogotá, en su condición de vocera del patrimonio autónomo, y adicionalmente cuenta con unos órganos contractuales que se encargan de tomar las decisiones necesarias para la ejecución de los recursos. Así, el Fideicomiso cuenta con: i) un Comité Fiduciario, que es su máximo órgano directivo, ii) un Comité Técnico, encargado de tomar las decisiones de carácter técnico, y iii) un Comité Financiero encargado de tomar decisiones sobre la administración financiera de los recursos del fideicomiso. DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROYECTO El Subsidio Familiar de Vivienda es un aporte estatal en dinero, que se otorga por una sola vez al beneficiario, sin cargo de restitución, que constituye un complemento del ahorro y/o los recursos que le permitan adquirir, construir en sitio propio, o mejorar una vivienda de interés social o en especie que le permite la obtención de una vivienda gratis. El subsidio está destinado a apoyar a familias pertenecientes al sector informal urbano, con ingresos mensuales hasta de 2 SMLVM. Esta ayuda, sumada al aporte familiar, aportes de otros organismos y/o crédito complementario permitirá: (i) adquirir o construir una vivienda completa; o (ii) completar y/o mejorar una vivienda precaria; (iii) arrendar una vivienda o adquirir una vivienda usada para el caso de población especial; (iv) la obtención de una vivienda gratis. En ningún caso el valor total de la solución podrá ser superior a 70 SMLVM. Con la aplicación del subsidio, estas familias tendrán garantizado el acceso a los servicios públicos básicos y a un entorno ambiental más saludable y seguro. Por otra parte, con la inversión en vivienda, se seguirá estimulando el sector de la construcción, lo cual tendrá efecto positivo sobre la actividad económica y el empleo. Actualmente, el programa de subsidio familiar que se divide en dinero y en especie se está llevando a cabo haciendo mayor énfasis y prioridad en el segundo por cuanto la expedición de la ley 1537 de 2012: El SFV contempla las siguientes modalidades o bolsas: i) Esfuerzo Territorial. : - Concurso de Esfuerzo Territorial Nacional. - Concurso de Esfuerzo Territorial Departamental: ii) Subsidios Especiales: iii) Bolsa para Postulaciones de Ahorro Programado Contractual con Evaluación crediticia favorable: iv) Bolsa de Vivienda Saludable: v) Vivienda Gratis: El el programa de vivienda gratuita va dirigido en forma preferente a la población que se encuentre en alguna de las siguientes condiciones: Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS. Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales - SISBEN III. Registro Único de Población Desplazada RUPD. Hogares damnificados por desastre natural, calamidad pública o emergencia, y aquellos hogares localizados en zonas de alto riesgo no mitigable, registrados en los Censos elaborados por los municipios. ESQUEMA OPERATIVO Ahorro. Los aspirantes al Subsidio Familiar de Vivienda en dinero deberán realizar aportes representados en ahorro, con el fin de reunir los recursos necesarios para la adquisición, construcción o mejoramiento, de una vivienda de interés social, con excepción de aquellos cuyos ingresos mensuales sean inferiores a dos (2) salarios mínimos mensuales legales vigentes, para quienes este aporte será voluntario. El ahorro previo será calificado y otorgará puntaje al proceso de calificación para la obtención del Subsidio Familiar de Vivienda. Diagrama 1 Proceso Otorgamiento SFV

6 Pasos para obtener una Subsidio Familiar de Vivienda (SFV) Solución de Vivienda 10 a Giro del 20% final de los recursos 1 Apertura cuenta de ahorro o compra de lote 9 Giro de recursos al oferente 9 a Firma de escritura y registro 2 3 Postulación al Calificación y FNV y CCF s selección de hogares 8 7 Acta de Firma habitabilidad escritura y registro 8 a 7 a Construcción Firma de vivienda escritura y registro 3 a Calificación y selección de hogares Financiación 100% 6 Construcción y/o adquisición de la vivienda 6 a Fiducia y garantías de ejecución SFV 4 Asignación de SFV a hogares con financiación completa 5 Firma de promesa de compraventa o contrato de construcción estricto orden de radicación de los documentos ante la Caja de Compensación Familiar, hasta completar el número total de subsidios a asignar. El Fondo Nacional de Vivienda emite las cartas de asignación del subsidio a los hogares beneficiados, para que sea la Caja de Compensación Familiar a donde los hogares se postularon la que le entregue la misma y pueda solicitar el cobro del subsidio y la aplicación del mismo en la solución de vivienda deseada y previamente elegida por el hogar. Los componentes y actividades asociados al proyecto son: Fuente: CONPES 3269 de MAVDT, Minhacienda, DNP- DDUPA. Subsidio. El Gobierno Nacional, inicia el proceso a través de la apertura de convocatorias, la cuales se divulgan a través de las Cajas de Compensación Familiar de todo el país, quienes informan sobre procedimientos, condiciones y demás aspectos del SFV. La operación previa a la asignación del subsidio, es realizada por parte de las Cajas de Compensación Familiar, constituidas en una unión temporal, denominada CAVIS - UT. El proceso de elegibilidad que garantice la viabilidad técnica, legal y financiera de los proyectos a ser desarrollados con recursos del subsidio es realizado por parte de FINDETER y la supervisión de la ejecución de tales proyectos, es realizado por FONADE. Una vez cerrada la etapa de la convocatoria, la información capturada y consolidada por la CAVIS-UT es entregada al Fondo Nacional de Vivienda, en donde se consolida y se valida. El Fondo Nacional de Vivienda recibe la información consolidada y realiza la validación, cruce y calificación de los hogares postulados, garantizando que cumplan con los requisitos de postulación, validando esta información a través de cruces de cédulas con las entidades externas necesarias para cumplir con esta actividad y calificando de acuerdo a la normatividad vigente (Decreto 2190 de 2009), las familias que hubieren quedado habilitadas para continuar en el proceso. Una vez terminado el plazo otorgado para el proceso de cierre financiero, el Fondo Nacional de Vivienda se encarga de asignar el subsidio familiar a aquellos hogares que han realizado su cierre financiero en 1. Proceso de asignación del Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Urbana, SFV: Incluye las actividades relacionadas con las convocatorias, la definición y aplicación de los procedimientos para aplicar a los subsidios, el proceso de elegibilidad que garantice la viabilidad técnica, legal y financiera de los proyectos a ser desarrollados con recursos del subsidio, y la asignación del subsidio a los hogares beneficiados. 2. Administración del Programa Subsidio Familiar de Vivienda: El proceso descrito requiere de un importante esfuerzo y de un ejercicio interinstitucional de administración, en tal sentido los subsidios son otorgados por las Cajas de Compensación Familiar, quienes otorgan los SFV a sus afiliados, por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es la entidad otorgante de subsidio de vivienda urbana para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar. Este componente del Programa hace referencia a los recursos que el Gobierno Nacional destina para la administración del proceso en los ámbitos de sus competencias. La administración del Programa está representada principalmente por los gastos efectuados por la operación del sistema de subsidios CAVIS UT, la supervisión de proyectos (Fonade) y por el apoyo a los sistemas de información. 3. Entrega de las viviendas Gratis: Este componente del Programa hace referencia a los recursos que el Gobierno Nacional destina para la entrega de las cien mil viviendas gratis; Los potenciales beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos:

7 Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS. Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales - SISBEN III. Registro Único de Población Desplazada RUPD. Hogares damnificados por desastre natural, calamidad pública o emergencia, y aquellos hogares localizados en zonas de alto riesgo no mitigable, registrados en los Censos elaborados por los municipios. El Departamento para la Prosperidad Social realiza la selección de los potenciales beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en el Decreto 1921 de Para conformar cada grupo de población en un proyecto, el Departamento para la Prosperidad Social tiene en cuenta el siguiente orden de priorización: Población Desplazada: Perteneciente a UNIDOS con subsidio asignado. Perteneciente a UNIDOS con postulación y apto para ser beneficiario. Perteneciente a UNIDOS no postulado En SISBEN III. Hogares damnificados de desastre natural, calamidad pública o emergencia, o localizados en zonas de alto riesgo: Hogares damnificados de desastre natural, calamidad pública o emergencia, que se encuentren incluidos en los censos ya elaborados. Hogares localizados en zonas de alto riesgo, que se encuentren incluidos en los censos ya elaborados. Hogares damnificados de desastre natural, calamidad pública o emergencia, que se encuentren incluidos en los censos que se elaboren, avalen y refrenden, de ahora en adelante. Hogares localizados en zonas de alto riesgo que se encuentren incluidos en los censos que se elaboren, avalen y refrenden de ahora en adelante. FINANCIACIÓN DEL PROYECTO La anterior política de vivienda, que buscaba generar acceso a soluciones de vivienda para las familias más vulnerables, funcionaba a través de un modelo de cierre financiero, en donde el subsidio otorgado por la Nación era solo uno de los elementos que aportaba a la consecución de la solución de vivienda. Lo anterior en la medida en que el mencionado modelo de cierre financiero requería que aquel que quisiera contar con una vivienda, debía además del subsidio, tener dos fuentes adicionales de recursos: ahorro y crédito. Según la ECV-DANE 2010, en Colombia hay un total de 12,3 millones de hogares, de los cuales 9,6 millones habitan en zonas urbanas y 2,6 millones se encuentran en el área rural del país. Del total de hogares, 2,8 millones de hogares, no son propietarios de vivienda y tienen ingresos inferiores a 1,5 SMMLV, lo cual limita la posibilidad de acceder a recursos de crédito con entidades financieras y de igual manera no se encuentran en capacidad de generar el cierre financiero vía ahorro. Debido a la escasa posibilidad de acceso a crédito y por la poca capacidad de ahorro, los subsidios bajo las condiciones en que se venían otorgando hasta el 2011, terminaban siendo insuficientes para completar el cierre financiero para adquirir una vivienda dirigida a los hogares de bajos ingresos, impidiendo el acceso efectivo a una solución habitacional. Por lo anterior se expide la ley 1537, cuyo artículo 6, estableció la posibilidad que FONVIVIENDA pueda constituir patrimonios autónomos a los cuales se transfieran los recursos del SFV y los de las entidades territoriales para su ejecución. Los recursos del Subsidio Familiar de Vivienda SFV tienen como fuente de financiación, los recursos de la Nación. Para el periodo , el proyecto ha apropiado recursos por un monto de $5.5 billones. Cuadro 2 Inversión Subsidio Familiar de Vivienda (Millones de pesos corrientes)

8 Cuadro No. 2 AÑO APROPIACI ON INICIAL RECURSOS ASIGNADOS $ En Millones RECURSOS COMPROMETIDOS , ,0 99% , ,0 97% , ,0 11% , ,0 100% , ,0 100% * Durante el 2014, se transfieren recursos para la vivienda en especie.($ ) LOGROS Y METAS DEL PROYECTO Para el periodo Agosto 2010 Diciembre 2014 FONVIVIENDA ha asignado un total de subsidios con una inversión aproximada de más de 3,4 billones de pesos. Durante el 2014 se asignaron un total de subsidios, de los cuales hacen referencia a éste proyecto por cuanto la mayor cantidad de subsidios asignados durante el 2014 hacen referencia a la vivienda gratuita (35.727), de estos de vivienda gratuita, fueron asignados a Desplazados y el resto a Ola Invernal (2.000) y Extrema Pobreza (11.076) Para el mismo período, el conjunto de entidades del sector VIS (CCF, CPVM y Banco Agrario) han financiado soluciones con una inversión de $ 3.8 billones. Durante el 2014 estas entidades alcanzaron subsidios asignados con una inversión de $ millones de pesos. (Ver Cuadro No. 3)

9 Cuadro No. 3 Entidad Ejecutado ago-dic /10 Mill. ($) MINISTERIO DE VIVIENDA CIUDAD Y TERRITORIO CUADRO DE AVANCE DE LA POLITICA AGOSTO 2010-DICIEMBRE Ejecutado 2011 Ejecutado 2012 Ejecutado 2013 Ejecutado 2014 Agosto 2010-Dic No. Viv Mill. ($) No. Viv Mill. ($) No. Viv Mill. ($) No. Viv Mill. ($) No. Viv Mill. ($) No. Viviendas FONVIVIENDA Cajas de Compensación Familiar* Caja Promotora de Vivienda Militar* Banco Agrario Sub- total Subsidios , Fuente: Sistema de Información del MVCT y oficinas de Planeación de las entidades otorgantes. *Dato a Octubre de 2014

10 Principales 100 Proyectos de Inversión Banco de Programas y Proyectos de Inversión Nacional CONTACTOS CLAVE DEL PROYECTO FONVIVIENDA: Funcionario Responsable: Carlos Ariel Cortes Mateus Cargo: Director FONVIVIENDA Teléfono: Dirección Carrera 6 # 8-77 Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Funcionario Responsable: Carlos Ariel Cortes Mateus Cargo: Director FONVIVIENDA Teléfono: Dirección Carrera 6 # ccortes@minvivienda.gov.co Funcionario Responsable Área Planeación: Maria Alexandra Perez Alvarado Cargo: Oficina Asesora de Planeación Teléfono: Dirección: Carrera 6 # maperez@minvivienda.gov.co Departamento Nacional de Planeación Funcionario Responsable: Gisela Labrador Teléfono: ext 8006 Dirección: Calle 26 # glabrador@dnp.gov.co BIBLIOGRAFÍA DEL DOCUMENTO - BID, Los retos de un continente urbano, Washington, D.C DANE Censo Serie de Población Conciliada DNP CONPES Política de Vivienda Minhacienda, Mindesarrollo, DDUPRE DNP CONPES Optimización del SFV. MAVDT, Minhacienda, DUPA DNP CONPES SFV en especie - lotes. MAVDT, DUPA PROGA DNP CONPES Importancia Estratégica del SFV. MAVDT, DUPA DNP. Presidencia de la República. PND Estado Comunitario- Desarrollo Para Todos. - DNP. Presidencia de la República. Informe al Congreso Álvaro Uribe Vélez Julio de DNP. Presidencia de la República. Resultados de la Política Social Noviembre de Ficha de Estadística Básica de Inversión EBI. Subsidio Familiar de Vivienda. Fonvivienda - PNUD. Núñez, J. Espinosa, S. Pobreza y Protección Social en Colombia Capitulo República de Colombia. Ley 3ª de República de Colombia. Decreto 0554 de República de Colombia. Decreto 0555 de República de Colombia. Decreto 0975 de República de Colombia. Decreto 3111 de República de Colombia. Decreto 3169 de República de Colombia. Decreto 1526 de 2005.

11 Principales 100 Proyectos de Inversión Banco de Programas y Proyectos de Inversión Nacional - República de Colombia. Decreto 4429 de República de Colombia. Decreto 3702 de República de Colombia. Decreto 3980 de República de Colombia. Decreto 0378 de República de Colombia. Decreto 4080 de República de Colombia Decreto 270 de República de Colombia Decreto 740 de República de Colombia Decreto 2806 de República de Colombia Decreto 4340 de República de Colombia Decreto 4587 de República de Colombia Decreto 774 de República de Colombia Decreto 1143 de República de Colombia Decreto 1924 de República de Colombia Decreto 2190 de República de Colombia Decreto 3671 de República de Colombia Decreto 3671 de Republica de Colombia Decreto 4832 de República de Colombia Ley 1432 de República de Colombia Decreto 1921 de República de Colombia Decreto 2469 de República de Colombia Ley 1537 de 2012

12 - Principales 100 Proyectos de Inversión Banco de Programas y Proyectos de Inversión Nacional

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