BASES DE CONVOCATORIA DE CONCURSO PARA LA PROVISION EXTERNA DE LA PLAZA DE JEFE DE PROYECTOS Y OBRAS EN UDAL SAREAK S.A.

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1 BASES DE CONVOCATORIA DE CONCURSO PARA LA PROVISION EXTERNA DE LA PLAZA DE JEFE DE PROYECTOS Y OBRAS EN UDAL SAREAK S.A. 1

2 BASES DE CONVOCATORIA DE CONCURSO PARA LA PROVISION EXTERNA DE LA PLAZA DE JEFE DE PROYECTOS Y OBRAS EN UDAL SAREAK S.A Objeto de la convocatoria... 3 Funciones principales: Condiciones generales Requisitos de participación Presentación de instancias Presentación y plazo... 7 Requisitos de la instancia:... 7 Lugares de presentación: Admisión de aspirantes Tribunal calificador Convocatorias, notificaciones e información Procedimiento de selección Valoración de Méritos Experiencia específica Conocimiento de idiomas Formación complementaria Formación específica en Prevención de Riesgos Laborales Pruebas psicotécnicas y Entrevista Propuesta del tribunal Periodo de prueba Incidencias ANEXO: INSTANCIA

3 Expte. OP1/ Concurso para la provisión de una plaza de Ingeniero Superior como Jefe de Proyectos y Obras en Udal Sareak S.A. 1. Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente convocatoria, la provisión mediante el sistema de concurso de una plaza de personal fijo de Udal Sareak S.A. con la siguiente denominación: Una plaza de Ingeniero Superior como Jefe de Proyectos y Obras, Categoría 1, Titulados de Grado Superior; nivel lingüístico de Euskera: nivel equivalente a EGA O PL3 preceptivo. La misión y funciones de la plaza son las siguientes: En dependencia de la Gerencia y/o adjunto a Gerencia desempeñará responsabilidades en el área de Ingeniería, Proyectos y Obras, colaborando en otras áreas funcionales de la empresa. Se encargará de la gestión completa de los proyectos de redes incluyendo la relación con administraciones públicas y empresas de ingeniería y constructoras, relacionadas con el sector. Funciones principales: Interlocución con los Ayuntamientos a los que se presta el servicio de distribución en red secundaria, en toda decisión técnica y, principalmente, respecto a la planificación de las obras de reposición de redes a ejecutar y el seguimiento de la satisfacción del propio Ayuntamiento, así como del usuario final, en cuanto al desarrollo del convenio suscrito con el Udal Sareak S.A. Asistir al Director Gerente en cualquier decisión técnica a tomar, y en la interlocución con los Ayuntamientos, incluso en aquellos en los que Udal Sareak no está prestando el servicio de distribución. Efectuar el seguimiento de los contratos dependientes del área técnica, manteniendo la interlocución con los representantes de las empresas adjudicatarias. Controlar el desempeño del personal bajo su responsabilidad, de cara a tratar de garantizar la consecución de los resultados y objetivos empresariales. 3

4 Asistir al Director Gerente y/o adjunto a Gerencia en la contratación y el reconocimiento de obligaciones mediante la aprobación de las facturas recibidas por la prestación de servicios. Analizar la prestación del servicio por parte de Udal Sareak y los recursos empleados a tal fin, con objeto de proponer mejores soluciones técnicas y/o económicas. Realizar Memorias valoradas, informes de valoración técnica y Planes de Reposición. Redacción de Proyectos y Dirección de Obras. Los requisitos establecidos para la plaza convocada, supone que la misma no podrá ser provista en ningún caso por aspirantes que no hubieran acreditado su cumplimiento en la forma prevista en las bases. 2. Condiciones generales. El personal seleccionado suscribirá un contrato indefinido con Udal Sareak S.A., con todos los derechos y deberes que señalan las disposiciones vigentes en la materia y el periodo de prueba oportuno. La jornada y restantes condiciones de trabajo será la establecida para el puesto de conformidad con lo previsto en el Convenio Colectivo de Udal Sareak S.A. 3. Requisitos de participación. Para poder tomar parte en el proceso selectivo, será necesario: a) Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, o ser nacional de algún Estado al que, en virtud de la aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También podrá participar el cónyuge de los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no esté separado de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre, asimismo, que ambos cónyuges no estén separados de derecho, sean estos descendientes menores de veintiún (21) años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. 4

5 Asimismo, podrán tomar parte las personas extranjeras no incluidas en los párrafos anteriores residentes en el estado español. Si resultaran seleccionadas, deberán poseer la autorización administrativa para realizar la actividad objeto del contrato con carácter previo a la formalización de éste. b) Tener cumplidos 18 años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa (65 años). c) Estar en posesión de la titulación de Ingeniero Industrial o de Caminos y Puertos. En las convocatorias con requisito de titulación universitaria superior (Licenciado, arquitecto o Ingeniero) la posesión de Título de Grado con Master universitario regulado en los artículos 9 y 10 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de Octubre, tendrá la equivalencia establecida en cada caso por la legislación aplicable con la titulación indicada para la plaza correspondiente. En el caso de titulaciones extranjeras, deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación. d) No padecer enfermedad o limitación física o psíquica que impida el normal desempeño de las funciones correspondientes a la plaza, sin perjuicio de la aplicación de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de minusválidos. Este extremo habrá de acreditarse en su momento, tras unas pruebas y un reconocimiento a que serán sometidos sólo los aspirantes aprobados por el Tribunal, con carácter previo a la contratación laboral. Dicho reconocimiento se llevará a efecto en los servicios determinados por Udal Sareak S.A. e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los extranjeros deberán acreditar no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su estado, el acceso a la función pública. 5

6 f) No hallarse incurso en causa legal de incapacidad o incompatibilidad, previstos en la normativa vigente en materia de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, dejando a salvo el derecho de opción que ésta le otorgue. g) Poseer carné de conducir B. h) Acreditar un nivel lingüístico en Euskera equivalente a EGA (PL3, C1). El nivel lingüístico se podrá acreditar mediante la superación de una prueba que se realizará al efecto. Estarán exentas de la realización de la prueba antedicha, aquellas personas que entreguen y acrediten poseer la siguiente documentación: Certificado del Instituto Vasco de Administración Pública de haber acreditado el perfil lingüístico 3 o alguno superior. Certificado de Aptitud del Conocimiento del Euskera-EGA (o certificados o diplomas equivalentes). Certificado del grado de Aptitud (C1 o superior) de la Escuela Oficial de Idiomas. i) Acreditar una experiencia mínima de 8 años como Ingeniero Superior Industrial o de Caminos y Puertos. Quienes deseen tomar parte en la convocatoria deberán presentar y acreditar los requisitos exigidos. La participación en el proceso selectivo es voluntaria e implicará la prestación de consentimiento a realizar, en su caso, pruebas psicotécnicas y de personalidad, aceptando que el resultado de esas pruebas sea utilizado como un factor más de valoración, de conformidad con lo previsto en las presentes Bases. 6

7 4. Presentación de instancias. Presentación y plazo Las instancias normalizadas solicitando tomar parte en el correspondiente proceso selectivo se dirigirán al Presidente de Udal Sareak S.A. y podrán presentarse hasta el 20 de Julio de lunes a viernes en horario de 10 a 14 horas. Requisitos de la instancia: a) Las instancias deberán cumplimentarse en el modelo de instancia normalizada que se incorpora como Anexo a estas Bases, y que podrá obtenerse en las dependencias de Udal Sareak S.A., San Vicente 8, Edificio ALBIA II, 8º, BILBAO. Y en la página web. A la instancia deberá acompañarse necesariamente la fotocopia del D.N.I. o documento equivalente en caso de ser extranjero. b) Los aspirantes deberán cumplimentar la solicitud en todos sus apartados. Deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, referidos siempre a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. Para ello, en los apartados correspondientes de la solicitud, los aspirantes deberán señalar: Datos personales solicitados. Convocatoria a la que concurre. Las personas afectadas por discapacidades deberán hacer constar en su solicitud este hecho y las adaptaciones técnicas que, en su caso, consideren necesarias. Titulación alegada, como requisito de participación. Méritos que se alegan para su valoración en el concurso. Adjuntar la siguiente documentación: 1. Fotocopia, debidamente compulsada, del Documento Nacional de Identidad o documentación equivalente, en la que quede constancia de la identidad, nacionalidad y fecha de nacimiento. En caso de ser extranjero, deberá acreditarse documentalmente el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Base 3.1.a). 2. El Título exigido para el acceso a la plaza y que se determina en el anexo a las presentes Bases. 7

8 3. Declaración de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. 4. Los extranjeros deberán acreditar asimismo no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su estado, el acceso a la función pública. 5. Declaración de no hallarse incurso en alguna de las causas de incompatibilidad previstas en la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. 6. Justificación documental de los demás requisitos específicos exigidos en la convocatoria específica. 7. Dos fotografías de tamaño DNI. En ningún caso podrán valorarse los méritos que no hubieran sido debidamente alegados y acreditados en el plazo establecido. Asimismo, sólo se valorarán los méritos referidos a circunstancias previas al cierre del plazo de presentación de instancias. La acreditación documental de los méritos, se realizará mediante la presentación de originales o copias compulsadas. La compulsa de copias podrá realizarse en el Registro de Udal Sareak S.A. o por fedatario público competente. Para ello será necesario presentar la documentación original y su copia. Lugares de presentación: Las instancias se presentarán debidamente cumplimentadas en alguno de los siguientes lugares: a) En el Registro de Udal Sareak S.A., ubicado en San Vicente 8, Edificio ALBIA II, 8º, BILBAO. b) En las Oficinas de Correos. En este supuesto se presentarán en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el Funcionario de Correos antes de ser certificadas, dentro del plazo de presentación de instancias. Sólo en este caso se entenderá que las instancias han tenido entrada en el Registro del Udal Sareak S.A. en la fecha que fueron entregadas. Es la instancia la que debe estar sellada. 5. Admisión de aspirantes. Expirado el plazo de presentación de instancias, mediante Resolución del Gerente de Udal Sareak S.A., se aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública en el tablón de anuncios de Udal Sareak S.A y en la página web de la 8

9 empresa, concediéndose un plazo de 10 días hábiles para la subsanación de defectos u omisiones que hubieran motivado la exclusión, o para plantear reclamaciones contra las listas. La lista provisional se entenderá automáticamente elevada a definitiva si no se presentaran reclamaciones, o no se apreciaran errores de oficio. Si hubiera reclamaciones, serán estimadas o desestimadas, en su caso, en una nueva resolución del Gerente por la que se apruebe la lista definitiva, que se hará pública, asimismo, en la forma indicada. La falta de subsanación en plazo supondrá el desistimiento en la instancia. Aquellos aspirantes que, habiendo sido excluidos en las listas provisionales, hubieran presentado reclamación en plazo contra dichas listas, podrán presentarse de forma cautelar a la realización de las pruebas, si para dicha fecha no se ha resuelto la reclamación planteada. 6. Tribunal calificador. Presidente: El del Consejo de Administración o Consejero en quién delegue. Vocales: Un representante por cada partido o agrupación política que forma parte de la Comisión de Cuentas de la empresa. El Gerente de la Empresa o persona en quién delegue. El Director de Explotación o persona en quién delegue. Secretario: El Responsable de Organización y S.S. Generales de la empresa, que actuará con voz y voto. 7. Convocatorias, notificaciones e información. Las comunicaciones y notificaciones derivadas de este procedimiento se publicarán en el Tablón de Anuncios de Udal Sareak S.A. ubicado en San Vicente 8, Edificio ALBIA II, planta 8º, BILBAO. La información general de la convocatoria estará a disposición de los interesados en: 9

10 Udal Sareak S.A. San Vicente 8, Edificio ALBIA II, planta 8ª BILBAO 8. Procedimiento de selección. El procedimiento de selección será el de concurso. El concurso se desarrollará en una única fase. 9. Valoración de Méritos. En ningún caso podrán valorarse los méritos que no hubieran sido debidamente alegados y acreditados en el plazo de instancias. Asimismo, sólo se valorarán los méritos referidos a circunstancias previas al cierre del plazo de presentación de instancias. La acreditación documental de los méritos, se realizará mediante la presentación de originales o copias compulsadas. La compulsa de copias podrá realizarse en el Registro General de Udal Sareak S.A. o por fedatario público competente. Para ello será necesario presentar la documentación original y su copia. Los méritos a valorar en la fase de concurso serán los siguientes: Se valorarán los siguientes apartados: 1. Experiencia específica. Se valorará sobre un máximo de 30 puntos la experiencia profesional como ingeniero superior industrial o de Caminos y Puertos desarrollada en alguna de las actividades específicas siguientes: A) Experiencia profesional como Ingeniero Industrial o de Caminos y Puertos en redacción de Proyectos y Dirección de Obras en empresas o entidades del sector de distribución de servicios (agua, gas, electricidad o instalación de 10

11 redes de telefonía) así como en empresas de Ingeniería desarrollando los trabajos antedichos. Se valorará a razón de 0,22 puntos por mes acreditado con un máximo de 30 puntos. B) Experiencia profesional como ingeniero superior industrial o de Caminos y Puertos en redacción de Proyectos y Dirección de Obras en otros sectores de los anteriormente indicados. Se valorará a razón de 0.12 puntos por mes acreditado, con un máximo de 15 puntos. Para valorar la experiencia se tendrá en cuenta la complejidad de los procesos que se desarrollan en la misma. Se contabilizarán solamente los períodos anteriores a la fecha de fin del plazo de presentación de instancias. El cómputo se realizará mediante la suma en días de los períodos alegados, y una vez realizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores al mes. A estos efectos se entenderá por mes, la suma de 30 días naturales. La experiencia profesional en la empresa privada se acreditará con justificantes expedidos por la Seguridad Social y los correspondientes certificados de empresa. En caso de contradicción entre ambos certificados se dará valor preferente a la certificación de la Seguridad Social, sin perjuicio de las verificaciones que el Tribunal entienda oportuno realizar. Si la experiencia ha sido como personal funcionario o laboral de alguna Administración Pública será suficiente la presentación del certificado expedido por la misma. En la documentación aportada deberá acreditarse el puesto de trabajo desempeñado, así como las funciones desarrolladas en el mismo. Las contrataciones a tiempo parcial tendrán la reducción porcentual correspondiente en la cuantificación de los periodos a valorar. Asimismo, cuando la experiencia acreditada guarde relación no completa con la de las funciones atribuidas a la plaza, el Tribunal podrá valorarla con la reducción porcentual en la cuantificación de los periodos a valorar que considere adecuada. En ningún caso serán objeto de valoración las becas y las prácticas formativas. 11

12 2. Conocimiento de idiomas. Se valorará el conocimiento de los idiomas inglés o francés, según el siguiente baremo: INGLES: con un máximo de 10 puntos A1) Conocimiento del idioma inglés mediante certificado de haber superado el nivel C1 o 5º de la Escuela Oficial de Idiomas o licenciatura de Filología en el correspondiente idioma: 10 puntos. En el idioma inglés se dará la misma puntuación si se aporta alguna de las siguientes acreditaciones: Certificate in Advanced English (CAE) o Certificate of Proficiency in English (CPE) de la Universidad de Cambridge, Passed Grade Twelve del Trinity College, Higher Level de la Universidad de Oxford. A2) Conocimiento del idioma inglés mediante certificado de haber superado B2 o 4º de la Escuela Oficial de Idiomas: 5 puntos. En el idioma inglés se dará la misma puntuación si se aporta alguna de las siguientes acreditaciones: First Certificate in English de la Universidad de Cambridge (FCE). FRANCES: con un máximo de 3 puntos. A1) En el idioma francés se dará la máxima puntuación de 3 puntos si se aporta alguna de las siguientes acreditaciones (de la Alianza Francesa): Diplôme d'hautes Études Françaises (DHEF) o Diplome Approfondi de Langue Française (DALF). -A2) Conocimiento del idioma francés mediantes certificado de poseer las siguientes acreditaciones: Diplôme de Langue Française (DL) o Diplôme de Langue Française (DELF). Puntuación: 1,5 puntos. 12

13 La valoración del conocimiento de idiomas se realizará exclusivamente en función de las acreditaciones presentadas. Tan solo se valorarán las acreditaciones de conocimiento de idioma indicadas en los apartados anteriores o aquellas otras con reconocimiento internacional que se consideren equivalentes y hayan sido expedidas por universidades o institutos oficiales del país de procedencia del idioma correspondiente. 3. Formación complementaria Este mérito se valorará sobre un máximo de 10 puntos distribuido entre los siguientes conceptos: A) Se valorará la impartición o realización de cursos de duración igual o superior a 50 horas impartidos por entidades oficiales o de reconocido prestigio directamente relacionados con las funciones de la plaza a la que se opta sobre un máximo de 10 puntos, a razón de 0,008 puntos por hora y un máximo de 2 puntos por cada curso. No se considerarán en este apartado los cursos de informática. B) Se valorará la impartición o realización de cursos de informática de duración igual o superior a 50 horas impartidos por entidades oficiales o de reconocido prestigio que redunden en beneficio de las funciones de la plaza a la que se opta sobre un máximo de 3 puntos a razón de 0,008 puntos por hora y un máximo de 1 punto por cada curso. C) Se valorará la realización y superación de cursos de postgrado o de master impartidos por universidades que estén directamente relacionados con las funciones de la plaza a la que se opta, sobre un máximo de 10 puntos conforme al siguiente baremo: Postgrado o Master de duración igual o superior a 500 horas: 5 puntos. Postgrado o Master de duración igual o superior a 250 horas y menor de 500: 2.5 puntos. Se incluyen expresamente entre los postgrados o master objeto de valoración conforme al baremo anterior aquellos que sean relativos a Calidad. 13

14 4. Formación específica en Prevención de Riesgos Laborales. Este mérito se valorará sobre un máximo de 7 puntos, valorado de la siguiente forma: A) Se valorará la posesión de especialidad de prevención en el Trabajo de nivel superior (art. 37 del Real Decreto 39/1997) con 7 puntos. B) La especialidad de nivel básico se valorará con 3 puntos. 5. Pruebas psicotécnicas y Entrevista Para asegurar la objetividad y racionalidad del proceso selectivo la valoración de los méritos aducidos en esta fase se completará mediante la realización de pruebas psicotécnicas o dinámicas para evaluar la adecuación a las competencias requeridas para el puesto, la exposición curricular por parte de los aspirantes al Tribunal y la realización de una entrevista. Constará de los siguientes apartados: A) Consistirá en la realización de pruebas psicotécnicas destinadas a evaluar la adecuación de los aspirantes en relación a las especificaciones técnicohumanas de la plaza a cubrir. Se valorará hasta un máximo de 5 puntos. Asimismo se realizarán pruebas de evaluación de las competencias propias del puesto que se valorarán hasta un máximo de 17 puntos. B) Consistirá en la realización de una entrevista que tendrá como objetivo valorar las competencias personales para la adecuación al desempeño de las funciones asignadas a la plaza y constatar que los méritos alegados corresponden efectivamente al aspirante y guardan la debida relación con las funciones mencionadas. Se valorará hasta un máximo de 18 puntos. El Tribunal definirá el orden en que se realizarán los apartados indicados. 14

15 10. Propuesta del tribunal. La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas de entre aquellos aspirantes que acrediten las puntuaciones mínimas establecidas en el concurso. Terminada la calificación del proceso selectivo, el Tribunal hará público con carácter provisional el nombre del aspirante propuesto, según el orden de puntuación alcanzado. Los aspirantes con discapacidad podrán pedir la adaptación del puesto de trabajo correspondiente. A la solicitud se deberá acompañar un informe expedido por el órgano competente en la materia, que acredite la procedencia de la adaptación y la compatibilidad con el desempeño de las funciones que tenga atribuido el puesto. En cualquier caso, la compatibilidad con el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo se valorará teniendo en cuenta las adaptaciones que se puedan realizar en él. En caso de empate, conforme a la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, se establece la prioridad a favor de las mujeres cuando la representación de éstas sea inferior al 40% en la categoría profesional del puesto convocado, salvo que concurran en el otro candidato motivos que, no siendo discriminatorios por razón de sexo, justifiquen la no aplicación de la medida, como la pertenencia a otros colectivos con especiales dificultades para el acceso y promoción en el empleo. A partir del día siguiente al de la publicación de las citadas relaciones provisionales, los interesados dispondrán de un plazo de diez días hábiles para formular las reclamaciones que consideren oportunas. Una vez resueltas, en su caso, las reclamaciones, el Tribunal publicará la propuesta de contratación, por orden de puntuación, cuyo número no podrá exceder del de plazas convocadas y remitirá dicha relación al Gerente del Udal Sareak S.A. para que formule la correspondiente propuesta de contratación laboral. Al mismo tiempo, remitirá el Acta de la última sesión, en la que habrán de figurar, por orden de puntuación, todos los aspirantes que, habiendo acreditado las puntuaciones mínimas exigidas, excediesen del número de plazas convocadas, todo ello para el exclusivo supuesto de que alguno de los aspirantes que hubieran obtenido plaza no llegara a tomar posesión de ella, sin ningún otro derecho o expectativa del mismo. Las resoluciones del Tribunal calificador serán vinculantes para el órgano al que competa la contratación. Antes de la firma del contrato el/la candidato/a deberá estar colegiado/a. 15

16 11. Periodo de prueba. El contrato laboral tendrá estipulado un periodo de prueba de seis meses. Las situaciones de incapacidad temporal, maternidad, y adopción o acogimiento, que afecten al trabajador durante el período de prueba, interrumpirán el cómputo del mismo. El periodo de prueba será objeto de evaluación y calificación valorándose los siguientes apartados: Cumplimiento de tareas y obligaciones. Calidad en el trabajo. Conductas de aprendizaje. Iniciativa. Responsabilidad y adaptación. Conductas de colaboración. Relaciones con clientes y colaboradores. La evaluación se realizará por el Director bajo cuya dependencia se presten los servicios o por la persona en quien éste delegue. El resultado de la evaluación se calificará como Apto o No Apto y se remitirá al Gerente de Udal Sareak S.A. En caso de calificarse el periodo como No Apto, se remitirá con antelación suficiente a la finalización del periodo establecido para que por el Consejo de Administración se adopte el Acuerdo procedente. En caso de no superar el período de prueba, se procederá al desistimiento del contrato. En caso de urgencia, podrá procederse al desistimiento del contrato mediante resolución motivada del Gerente, que dará cuenta de la misma al Consejo de Administración en la primera sesión que se celebre. 12. Incidencias. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo en todo lo no previsto en estas bases. La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de aquellas y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados, en los plazos y forma previstos en la legislación vigente. 16

17 ANEXO: INSTANCIA 17

18 CONVOCATORIA / DEIALDIA Denominación de la plaza Lanpostu-izena TURNO AL QUE OPTA: ZEIN TXANDATARAKO Libre Irekia Promoción interna Barne-sustapena DATOS PERSONALES /ESKEGILEAREN DATUAK Primer apellido Segundo apellido Nombre Lehen deitura Bigarren deitura Izena D.N.I. Fecha de Nacimiento Lugar de nacimiento Provincia NANa Jaiotze-eguna Jaiotze-lekua Herrialdea Domicilio, calle oplaza, número y piso Helbidea, kale edo plaza, ataria eta solairua Código Postal Postal-Kodea Municipio de residencia Provincia Teléfono/s Bizi-Udalerria Herrialdea Telefonoaa/k TITULACION ACADEMICA OFICIAL DEL/A SOLICITANTE / ESKEGILEAREN TITULAZIO AKADEMIKO OFIZIALA Título: Agiria: NIVEL LINGUISTICO DE EUSKERA DEL/A SOLICITANTE / ESKEGILEAREN EUSKARAREN MAILA Acredito Titulación Tituloaren zihurtagiria Solicito realización de Prueba para acreditar nivel lingüístico Euskararen maila frogatzeko proba eskatzen dut. DOCUMENTOS QUE SE ACOMPAÑAN A LA PRESENTE SOLICITUD / ESKABIDE HONI ERANTSITAKO AGIRIAK Fotocopia D.N.I. NANaren fotokopia Justificante de la titulación académica oficial exigida Eskaturiko ikasketa-agiri ofizialen frogagiria Justificante de Experiencia (Fase concurso) Esperientzia egiaztagiria (Lehiaketa aldian) OTROS Méritos(especificar) Beste Merito(zehaztu) El/la abajo firmante solicita ser admitido/a al Procedimiento Selectivo al que se refiere la presente instancia. Y DECLARA que son ciertos los datos consignados en ella, y que reúne los requisitos señalados en la convocatoria, comprometiéndose a probar documentalmente todos los datos que figuran en esta solicitud. En..., a... de Eskabide-orri honetan adierazitako hautaprobetan parte hartu nahi du behean izenpetzen duen honek, eta AITORTZEN DU egiazkoak direla bertan ematen dituen xehestasun guztiak, eta, orobat, deialdian ezarritako baldintzak betetzen dituela. Horiek guztiak agirien bidez frogatzeko prest dago FIRMA / IZENPENA...-(en), ren...-(e)an... SR. PRESIDENTE DE UDAL SAREAK, S.A. UDAL SAREAK, A.Bko. LEHENDAKARIAK

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