RÉGIMEN ARANCELARIO. Elbers Holguín Correa

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1 RÉGIMEN ARANCELARIO Elbers Holguín Correa

2 RÉGIMEN ARANCELARIO Elbers Holguín Correa

3 Objetivo Aplicar los elementos básicos que rigen la clasificación arancelaria, con el fin de precisar el contenido y el alcance de las secciones, los capítulos, las partidas y sub-partidas de la nomenclatura arancelaria y de esta manera determinar con exactitud la sub-partida arancelaria de las mercancías objeto de importación y/o exportación.

4 Importancia: Muchos de los inconvenientes legales, técnicos y logísticos a los que se ven sometidos los negociadores internacionales, tienen que ver con el mal uso o desconocimiento de la clasificación arancelaria. Esta se convierte en uno de los primeros pasos a nivel aduanero para la Importación o exportación de un producto. A partir de ella se definen aspectos como: Algunas variables Tributos a pagar. País del cuál me conviene importar (acuerdos comerciales). Requisitos, documentos, vistos buenos y demás. Régimen de importación

5 Algunos inconvenientes: Sanciones y multas aduaneras Incremento en los costos de importación Mala descripción Perder beneficios de acuerdos comerciales

6 Organismos normativos Consejo Superior de Comercio Exterior DIAN OMA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE ADUANAS MINCOMERCIO BANREPUBLICA

7 OMA Organización Mundial de Aduanas Organización intergubernamental. Centrada únicamente en asuntos aduaneros. Reconocida como la voz de la comunidad mundial de aduanas. Desarrollo de las normas mundiales. Simplificación y armonización de procedimientos aduaneros. Seguridad del comercio y la cadena de suministro. La facilitación del comercio internacional. Mejora de la vigilancia aduanera. Lucha contra la falsificación y la piratería. Promoción de la integridad y sostenible de aduanas mundial. La OMA también mantiene la comunidad internacional del Sistema Armonizado de nomenclatura de las mercancías, y administra los aspectos técnicos de los Acuerdos de la OMC sobre Valoración Aduanera y Reglas de Origen.

8 Sistema armonizado para la designación y codificación de mercancías (S.A.) Comité del Sistema Armonizado de la Organización Mundial de Aduanas (O.M.A.) Gestiona el convenio sobre el S.A. Mantiene el S.A. actualizado siguiendo la evolución de la tecnología y del Comercio Internacional. Examina cuestiones específicas de clasificación de mercancías. Arbitra las disputas que surjan entre países en cuanto a clasificación de mercancías.

9 Consejo Superior de Comercio Exterior Recomendar al Gobierno Nacional la política general y sectorial de comercio. Emitir concepto sobre la celebración de acuerdos internacionales de comercio. Instruir a las delegaciones que representen a Colombia en las negociaciones comerciales internacionales. Sugerir al Gobierno el manejo de los instrumentos de promoción y fomento de las exportaciones acordes con la política de zonas francas, el Plan Vallejo, los fondos de estabilización de productos básicos y la orientación de las oficinas comerciales en el exterior. Examinar y recomendar al Gobierno proteger la producción nacional contra prácticas desleales y restrictivas del comercio internacional.

10 Ministerio de Comercio Industria y Turismo Tiene como objetivos primordiales la formulación, adopción, dirección, coordinación y ejecución de las políticas, planes generales, programas y proyectos de comercio exterior de bienes, servicios y tecnología. Así mismo tendrá como objetivo la coordinación de las acciones gubernamentales para el diseño y ejecución de una política de competitividad para las empresas nacionales y una política que promueva la inversión extranjera en el país. Gestión turística de todas las regiones del país.

11 DIAN: Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales Recaudación, fiscalización, sanción, cobro y demás actividades que tengan que ver con los impuestos. Es el encargado de imponer sanciones a los Importadores cuando incurren en faltas. Es el encargado de imponer sanciones a los exportadores cuando incurren en faltas. Dirección y gestión aduanera incluyendo la aprehensión y declaración de abandono. Control y vigilancia del cumplimiento del régimen cambiario. Aplicación, liquidación y cobro de derechos aduaneros.

12 Banco de la República Es el Banco Central de Colombia. Emisión de moneda legal. Banco de Bancos. Funciones cambiarias. Participa en el diseño de la política en materia de tasa de cambio. Organizar y regular el mercado cambiario. Administración de las reservas Internacionales. Informa a la DIAN las irregularidades cometidas en materia cambiaria.

13 Organismos Promotores Bancoldex Proexport Segurexpo

14 Bancoldex Entidad financiera que apoya al exportador a través de líneas de créditos. En el exterior ofrecen, por conducto de bancos previamente calificados, financiación para el importador de bienes y servicios colombianos. Es un banco de segundo piso, ya que no presta directamente sino a través de otros bancos.

15 Proexport Organismo adscrito a Mincomercio, tiene por finalidad promocionar las exportaciones del país apoyando al exportador en actividades no financieras. Ej: contacto de clientes, asesoría etc. Existe una oficina en las principales ciudades y en otros países como Estados Unidos, Francia, Guatemala, China, etc. ZEIKY: Mundo en el lenguaje Huitoto

16 Segurexpo Empresa aseguradora privada especializada en el ramo del seguro de crédito, creada en octubre de 1993 como iniciativa del sector público y privado colombiano. 1. Insolvencia (quiebra, suspensión de pagos o inexistencia de activos). 2. Mora prolongada. 3. Eventos políticos. 4. Catástrofes naturales.

17 ALGUNAS DEFINICIONES

18 Arancel y Nomenclatura Arancelaria Es un impuesto o gravamen aduanero fijado sobre la mercancía objeto de intercambio conforme cruza una frontera nacional. Tratados y leyes con sus normas reglamentarias en que se establecen derechos de aduana. Es un listado de mercancías ordenado lógica y sistemáticamente, en el cual se relacionan todos los bienes susceptibles de ser comercializados y que se pueden transportar.

19 Clasificación Arancelaria Método lógico y sistemático que de acuerdo a normas y principios establecidos en la nomenclatura del Arancel de Aduanas, permiten identificar a través de un código numérico y su correspondiente descripción, todas las mercancías susceptibles de comercio, a fin de determinar el correspondiente tributo y las respectivas formalidades y requisitos a que están sometidas en el curso de alguna operación aduanera, en atención a su origen.

20 Qué es un Arancel? Es el derecho o gravamen percibido en la frontera sobre mercancías que van de un territorio aduanero a otro. Es el impuesto que pagan los bienes que son importados a un país.

21 Por qué existe el Arancel? Para proteger la Industria y Producción Nacional. Encarece el precio del producto, obligando al importador a vender más caro que los productos que son producidos en el mismo país. Estimular el crecimiento económico. Protección del consumidor. Mantener empresas fuertes que compitan en el exterior. Adecuado aprovechamiento de las divisas del país.

22 Por qué existe el Arancel? Sustitución de importaciones. Propiciar inversiones y ahorro. Protección al empleo. Estimular las exportaciones. Protección contra el dumping internacional. Equilibrar la balanza de pagos. Protección contra mano de O. barata. Ingresos fiscales. Mantenimiento del nivel de vida. Cumplir las obligaciones pactadas en acuerdos. Con los tratados de Integración y la globalización de los mercados las tasas arancelarias en el mundo han caído constantemente.

23 EVOLUCIÓN DE LA NOMENCLATURA ARANCELARIA

24 1913 Fue la primera nomenclatura arancelaria que se estructuró, aunque fue publicada, ningún país se acogió a ella. Su principal objetivo era con fines estadísticos Nomenclatura de Ginebra. Llamada también nomenclatura de la sociedad de naciones. Primera nomenclatura reconocida mundialmente. Puesta en marcha en CUCI. Clasificación Uniforme para el Comercio Internacional. Fue concebida y elaborada como un sistema de clasificación uniforme de las estadísticas del comercio internacional conforme a la cual los países pudieran suministrar cifras comparables de su comercio exterior.

25 1964 Nomenclatura de Bruselas Decreto 3168 se adopta un nuevo arancel de aduanas Se agrupó en secciones principalmente tratando de distinguir entre materias primas, productos semi-manufacturados y productos manufacturados. NAB. Nomenclatura Arancelaria de Bruselas. Se basa fundamentalmente en la llamada Nomenclatura de Ginebra, esta regía para los países europeos, en tanto que la CUCI se aplicaba en Estados Unidos y la mayoría de los países latinoamericanos. La NAB se completó en la forma original en 1950, y en diciembre de ese mismo año se firmó un convenio internacional en virtud del cual los países signatarios se obligaron a adoptar de manera uniforme dicha nomenclatura, compuesta de reglas generales de interpretación, posiciones principales agrupadas en secciones, capítulos y en algunos casos subcapítulos.

26 1960 Pierde vigencia el CUCI, y termina por ser adoptado en casi todos los países del mundo la NAB NABALAC, rigió para los países que conformaban la ALAC, en su momento luego es reemplazada por la NABALADI. Colombia adopta este sistema en forma temporal con el decreto 895/80, cuya principal función era mantener una economía cerrada SADCM, Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías. Se estructuró por recomendación de la Comisión Económica de la ONU, fue un trabajo conjunto que tardó aproximadamente 18 años su elaboración NANDINA, Nomenclatura Arancelaria del Grupo Andino. Colombia expide el decreto 1803 para darse soporte legal en el país, pero por mala estructuración es reemplazado por el decreto 3104/90.

27 1990 Se da en Colombia un modelo de economía abierta caracterizado con un 98% de los productos del universo arancelario en libre importación y con una desgravación que reemplaza el modelo de economía cerrada Con la Decisión 381 del Acuerdo de Cartagena, el Pacto Andino ratifica el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías para todos los países signatarios del Acuerdo. Colombia como miembro de este acuerdo le corresponde asumirlo y la reglamenta con el Decreto 2317/95. El Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías en Colombia está reglamentado por la Decisión 381 de Acuerdo de Cartagena y con el decreto 4927 de 2011, soportes que le dan piso legal.

28 Sistema armonizado para la designación y codificación de mercancías (S.A.) Comité del Sistema Armonizado de la Organización Mundial de Aduanas(O.M.A.) Gestiona el convenio sobre el S.A. Mantiene el S.A. actualizado siguiendo la evolución de la tecnología y del Comercio Internacional. Examina cuestiones específicas de clasificación de mercancías. Arbitra las disputas que surjan entre países en cuanto a clasificación de mercancías.

29 BARRERAS NO ARANCELARIAS Disposiciones, que tienden a dificultar, desestimular o impedir la entrada o salida de un bien determinado, y que son adoptadas bajo la forma de regulaciones estatales, tales como permisos, licencias, vistos buenos previos, listas de prohibida importación o exportación, regulaciones técnicas y sanitarias, controles de calidad y normas técnicas, etc.

30 Dumping Derechos de aduana: Derechos antidumping; Restricción legal o administrativa? Tributos aduaneros; Derecho de aduana, Impuesto sobre las ventas. Cuando se exporta al mercado colombiano a un precio inferior a su valor normal en el país de origen. Cuando su precio de exportación hacia Colombia es menor que el precio comparable, en el curso de operaciones comerciales normales, de un producto similar destinado al consumo en el país investigado. Decreto 2550 de 2010, artículo 5, del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Son todos los derechos, impuestos, contribuciones, tasas y gravámenes de cualquier clase, los derechos antidumping o compensatorios y todo pago que se fije o se exija, directa o indirectamente por la importación de mercancías al territorio aduanero nacional o en relación con dicha importación. Toda clase de derechos de timbre o gravámenes que se exijan o se tasen respecto a los documentos requeridos para la importación o, que en cualquier otra forma, tuvieren relación con la misma.

31 Cronología Colombiana Ley 8a de Se aprueba el Acuerdo de Cartagena Decisión 249 de Se aprueba la Nomenclatura Arancelaria común basada en el S.A Decreto 1803 de Modifica el Arancel Decreto 3104 de Incorpora la Nomenclatura Nandina Decreto 2317 de Ley 646 de Colombia es parte Contratante del Convenio del S.A. Decreto 2800 de Modifica el Arancel Decreto 4341 de Modifica el Arancel Decreto 4589 de 2006 Modifica el arancel Decreto 4927 de 2011 Arancel de Aduanas vigente Decreto 2685 de 1999, artículo 236. Facultad para expedir Resoluciones de Clasificación Arancelaria. Aduanas vigente

32 DECRETO 4297 DE 2011: Por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones Lo firma el Presidente de la República, oído el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior Los gravámenes del presente Arancel comprenden derechos ad-valorem, cuyo pago debe hacerse en moneda legal del país. La exportación de mercancías esta libre de gravámenes. Normas sobre clasificación de mercancías. Importancia del arancel de aduanas Un lenguaje común para designar las mercancías más allá del idioma y la cultura. Tributos aduaneros a pagar al momento de la importación de acuerdo a la clasificación arancelaria, entre otros gravamen arancelario, Impuesto al Valor Agregado (IVA) y derechos antidumping. Los beneficios derivados de los acuerdos comerciales se definen con relación a la subpartida arancelaria. Importancia del arancel de aduanas Las restricciones legales y/o administrativas están en función de la clasificación arancelaria (ejem, Vo. Bo. Del INVIMA). Las estadísticas de comercio internacional se llevan con base en las subpartidas arancelarias. En materia tributaria: Bienes exentos, excluidos y gravados se listan con base en la subpartida arancelaria.

33 Documentos auxiliares: Notas explicativas, Índice Alfabético, Índices criterio y Tablas de correlaciones XXI Secciones ESTRUCTURA DEL ARANCEL DEL S.A. 97 Capítulos (98 para el caso colombiano). El 77 está reservado para futura utilización Notas Legales 1221 Partidas 5052 Sub partidas

34 Estructura del arancel del S.A. SECCIONES Agrupan con carácter de generalidad una o varias categorías de mercancías; se identifican con números romanos y se expresa a modo de título. Son 21 secciones: Sección XVII - MATERIAL DE TRANSPORTE CAPÍTULOS Son desagregaciones de las secciones; se expresan en números arábigos, son noventa y ocho, de los cuales se utilizan 97. Se representan por los dos primeros dígitos: La Sección XVII está conformada por los siguientes Capítulos: Capítulo 86: Vehículos y material para vías férreas o similares y sus partes; Capítulo 87: Vehículos automóviles, tractores, velocípedos y demás vehículos terrestres, Capítulo 88: Aeronaves, Vehículos espaciales y sus partes. Capítulo 89: Barcos y demás artefactos flotantes.

35 Estructura del arancel del S.A. Partidas Designan una o varias mercancías o categorías de mercancías respecto al capítulo a que pertenecen; describen total o parcialmente las características de las mercancías; Se representan por cuatro dígitos, los dos primeros se identifican con el capitulo donde se encuentra la mercancía y los otros dos se refieren al lugar u orden que ocupa la mercancía en el capítulo: 87.01: Tractores (excepto las carretillas tractor de la partida 87.09) Partida: 4 dígitos Dos primeros dígitos: Capítulo Seis primeros dígitos: Subpartida Ocho dígitos: Nomenclatura Nandina Diez dígitos: Nomenclatura Colombiana

36 Estructura del arancel del S.A. Progresividad de la nomenclatura Los textos de partida: Partidas Residuales (Genéricas): Las mercancías se ordenan en forma progresiva según su materia constitutiva, atendiendo grado de elaboración, respetando el orden lógico de los tres reinos de la naturaleza: Reino animal, Reino Vegetal, Reino Mineral (capítulos 1 a 83). A medida que aumenta el grado de elaboración va perdiendo importancia la materia constitutiva frente a la función propia para la que han sido concebidas(capítulos 84 a 98). Son aquellos que aparecen al frente de los cuatro primeros dígitos ( partida) y que son comunes para todos los países que acogen la nomenclatura del S.A., los que al subdividirse forman las subpartidas. Creadas para evitar que después de haber recorrido todos los sistemas clasificatorios (Reglas Generales, Notas legales y Textos de Partidas), pueda quedar algún artículo sin incluir en la Nomenclatura

37 Secciones I a XV

38 Secciones XVI A XXI

39 Estructura del arancel del S.A. Subpartidas La mayoría de las Partidas del S.A se han subdividido en dos o más Subpartidas de un guión ( primer nivel), y éstas pueden estar a su vez desdobladas en dos o más subpartidas de dos guiones. Las subpartidas de primer nivel pueden a su vez estar subdivididas en subpartidas de segundo nivel, con dos guiones, cuyo sexto dígito es diferente de cero. Subpartida de segundo nivel: Cuando el sexto dígito es diferente de cero( a nivel del S.A.), corresponde al desdoblamiento de las subpartidas de segundo nivel Yates y demás barcos y embarcaciones de recreo o deporte; barcas (botes) de remo y canoas Embarcaciones inflables Los demás Barcos de vela, incluso con motor auxiliar Barcos de motor, excepto los de motor fuera de borda Los demás

40 Clasificación del Arancel GENERAL: Importaciones provenientes de países que no tienen beneficio. PREFERENCIAL: Aplicado en virtud de un beneficio por acuerdo de integración económica con el país de donde es originaria.

41 Tipos de Arancel DERECHO AD VALOREM: Es el derecho de aduana expresado como porcentaje del valor de la mercancía importada. Por Ej. 15% sobre el valor de la DERECHO ESPECÍFICO: Es el derecho de aduana que no tiene relación con el valor de la mercancía importada, sino con su peso, volúmen, etc. Se percibe como una suma fija por unidad de cantidad, por Ej 2 dólares por Kg DERECHO COMPUESTO O MIXTO: Es el derecho de aduana integrado por un Ad Valorem al que se le agrega o, con menos frecuencia se le deduce un derecho específico, por Ej. 10%+2 dólares por Kg

42 Divisiones del Arancel SECCION I: ANIMALES VIVOS Y PRODUCTOS DEL REINO ANIMAL Capítulos 1 a 5 SECCION II: PRODUCTOS DEL REINO VEGETAL Capítulos 6 al 14 SECCION III: GRASAS Y ACEITES ANIMALES O VEGETALES; PRODUCTOS DE SU DESDOBLAMIENTO; GRASAS ALIMENTICIAS ELABORADAS; CERAS DE ORIGEN ANIMAL O VEGETAL. Capitulo 15 SECCION IV: PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS ALIMENTARIAS, BEBIDAS; LIQUIDOS ALCOHOLICOS Y VINAGRE; TABACO Y SUCEDANEOS DEL TABACO ELABORADOS Capítulos 16 a 24 SECCION V: PRODUCTOS MINERALES Capítulos 25 a 27 SECCION VI: PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS QUIMICAS O DE LAS INDUSTRIAS CONEXAS. Capítulos 28 a 38

43 Divisiones del Arancel SECCION VII: PLASTICOS Y SUS MANUFACTURAS; CAUCHO Y SUS MANUFACTURAS Capítulos 39 y 40 SECCION VIII: PIELES, CUEROS, PELETERIA Y MANUFACTURAS DE ESTAS MATERIAS; ARTICULOS DE GUARNICIONERIA O TALABARTERIA; ARTICULOS DE VIAJE; BOLSOS DE MANO (CARTERAS) Y CONTINENTES SIMILARES; MANUFACTURAS DE TRIPA. Capítulos 41 a 43 SECCION IX: MADERA, CARBON VEGETAL Y MANUFACTURAS DE MADERA; CORCHO Y SUS MANUFACTURAS; MANUFACTURAS DE ESPARTERIA O CESTERIA. Capítulos 44 a 46 SECCION X: PASTA DE MADERA O DE LAS DEMAS MATERIAS FIBROSAS, CELULOSICAS, PAPEL O CARTON PARA RECICLAR (DESPERDICIOS Y DESECHOS); PAPEL O CARTON Y SUS APLICACIONES Capítulos 47 a 49 SECCION XI: MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS Capítulos 50 a 63 SECCION XII: CALZADO SOMBREROS Y DEMAS TOCADOS, PARAGUAS, QUITASOLES, BASTONES, LATIGOS, FUSTAS Y SUS PARTES, PLUMAS PREPARADAS Y ARTICULOS DE PLUMAS, FLORES ARTIFICIALES, MANUFACTURAS DE CABELLO. Capítulos 64 a 67

44 Divisiones del Arancel SECCION XIII: MANUFACTURAS DE PIEDRA, YESO FRAGUABLE, CEMENTO, AMIANTO (ASBESTO) MICA O MATERIAS ANALOGAS; PRODUCTOS CERAMICOS; VIDRIO Y SUS MANUFACTURAS DE VIDRIO Capítulos 68 a 70 SECCION XIV: PERLAS (NATURALES) O CULTIVADAS, PIEDRAS PRECIOSAS O SEMIPRECIOSAS, METALES PRECIOSOS, CHAPADOS DE METAL PRECIOSO (PLAQUE) Y MANUFACTURAS DE ESTAS MATERIAS; BISUTERIA; MONEDAS. Capitulo 71 SECCION XV: METALES COMUNES Y MANUFACTURAS DE ESTOS METALES Capitulo 72 a 83 SECCION XVI: MAQUINAS Y APARATOS, MATERIAL ELECTRICO Y SUS PARTES, APARATOS DE GRABACION O REPRODUCCCION DE SONIDO, APARATOS DE GRABACION O REPRODUCCION DE IMAGEN Y SONIDO EN TELEVISION Y LAS PARTES Y ACCESORIOS DE ESTOS APARATOS. Capítulos 84 y 85 SECCION XVII: MATERIAL DE TRANSPORTE Capítulos 86 a 89

45 Divisiones del Arancel SECCION XVIII: INSTRUMENTOS Y APARATOS DE OPTICA, FOTOGRAFIA O CINEMATOGRAFIA, DE MEDIDA, CONTROL O PRECISION, INSTRUMENTOS Y APARATOS MEDICO QUIRURGICOS; APARATOS DE RELOJERIA; INSTRUMENTOS MUSICALES; PARTES Y ACCESORIOS DE ESTOS INSTRUMENTOS O APARATOS. Capítulos: 90 a 92 SECCION XIX: ARMAS, MUNICIONES Y SUS PARTES Y ACCESORIOS Capitulo 93 SECCION XX: MERCANCIAS Y PRODUCTOS DIVERSOS Capítulos 94 a 96 SECCION XXI: OBJETOS DE ARTE O CELCCIO Y ANTIGUEDADES Capítulos 97 y 98

46 Criterios para clasificar Conocimiento de la mercancía 1. Naturaleza y origen de las mercancías 2. Grado de elaboración 3.Presentación 4. Función del producto. Nombre Comercial, Nombre técnico, Forma de presentación, Componentes, Usos, Función, Catálogos, Literatura Reinos de la naturaleza Industria que la produce Materia prima Productos en bruto, Semielaborados Manufacturas A granel Acondicionad os para su venta al por menor Dosificados (repartidos uniformement e para un fin determinado) Surtidos Mezclas, sustancias puras, etc. Ejemplo: Curtición Pelambre

47 SISTEMA ARMONIZADO N. CAPITULO Lugar que ocupa la partida al interior del capitulo AGUACATES - PALTA PARTIDA SUBPARTIDA INTERNACIONAL SUBPARTIDA NANDINA SUBPARTIDA ARANCEL COLOMBIANO

48 Desdoblamientos Arancelarios Desdoblamientos desde la partida: Los códigos que se asignan a cada desdoblamiento, tienen en el segundo dígito un cero y el primero puede ir, en orden ascendente, desde uno hasta nueve.

49 Ejemplo Harina de cereales, excepto de trigo o e morcajo(tranquillón) Harina de centeno Harina de maíz Harina de arroz Las demás

50 Desdoblamientos Arancelarios Desdoblamientos desde un grupo de mercancías. El código que se asigna a cada desdoblamiento, tienen en el primer dígito el que correspondería al grupo en el que está ubicado (si fuera este una subpartida) y el segundo dígito puede ir, en orden ascendente, desde uno hasta nueve

51 Ejemplo Manzanas, peras y membrillos frescos Manzanas 20 -Peras y membrillos Peras Membrillos

52 Ejemplo Caballos asnos, mulos y burdéganos 10 -Reproductores de raza pura Caballos Asnos 90 -Los demás --Caballos Para carrera Los demás Los demás Mulos y mulas: asno y yegua, Burdegano: caballo y asna

53 Notas de pie de página Son las que permiten identificar aspectos específicos y normativos de cada subpartida arancelaria.

54 Capítulo 7 Hortalizas, plantas, raíces y tubérculos Alimenticios Cebollas, chalotes, ajos, puerros y demás hortalizas (incluso silvestres ) aliáceas, frescos y refrigerados (U2) (1-26)(3) Cebollas y chalotes 20 -Ajos (8)(9)(11-3)(12)(14-16) Para siembra Los demás

55 Reglas generales interpretativas Hacen parte de la nomenclatura Rigen la clasificación de las mercancías en la nomenclatura del Sistema Armonizado y son indispensables, en conjunto con el conocimiento de tales mercancías, para lograr una buena clasificación. 55

56 NOTAS LEGALES 1. Según el ámbito de aplicación A toda la nomenclatura A una o más secciones A uno o más capítulos A una o más partidas A una o más Subpartidas NOTAS LEGALES 2. Según la función Definitorias Incluyentes Excluyentes De precisión o normativas

57 Definitorias Notas legales Alcance: Toda la nomenclatura En la Nomenclatura, se considera marfil la materia de las defensas de elefante, hipopótamo, morsa, narval o jabalí y los cuernos de rinoceronte, así como los dientes de todos los animales. NL 3 Cap. 5

58 Notas legales Excluyente NL 1a capítulo 2 1.Este Capítulo no comprende: a) respecto de las partidas a y 02.10, los productos impropios para la alimentación humana;

59 Incluyentes Notas legales NL 2 Capítulo 18 La partida comprende los artículos de confitería que contengan cacao y, salvo lo dispuesto en la Nota 1 de este Capítulo, las demás preparaciones alimenticias que contengan cacao.

60 Notas legales De precisión - Normativas NL 3 Sección XVI Salvo disposición en contrario, las combinaciones de máquinas de diferentes clases destinadas a funcionar conjuntamente y que formen un solo cuerpo, así como las máquinas concebidas para realizar dos o más funciones diferentes, alternativas o complementarias, se clasificarán según la función principal que caracterice al conjunto.

61 Requisitos para solicitar clasificación arancelaria: Ver artículo 236 del Decreto 2685 de 1999 Ver ejemplo de una Resolución de clasificación arancelaria Diligenciamiento del formulario solicitud de clasificación arancelaria a petición de particulares (página Anexar documentos como Catálogos, Fichas Técnicas y otros; deben presentarse en idioma español o con su respectiva traducción. El costo de cada clasificación tendrá un valor de medio salario mínimo mensual, en caso que se trate de una unidad funcional el valor será de un salario mínimo mensual legal vigente a la fecha en que se presente la solicitud. Para el pago, consignar en efectivo o en cheque de gerencia en los Bancos dispuestos para el caso. El formulario debidamente diligenciado, los anexos y copia al carbón de la consignación se presentarán personalmente ante la DIAN. El término que tiene la División de Arancel para expedir la respectiva Resolución empezará a contar a partir del momento en que se cumplan todos los requisitos. Si se desiste de la solicitud de clasificación, el dinero consignado podrá ser utilizado para una futura solicitud o tramitar su devolución.

62 Reglas generales interpretativas Son el fundamento legal que rige la clasificación de las mercancías en la nomenclatura Garantizan una clasificación uniforme en todos los países contratantes del Convenio Se deben aplicar en estricto orden de la uno a la seis. La nomenclatura debe vincular una mercancía determinada a una única Partida (ó subpartida) de manera inequívoca. Son seis (6) y se encuentran como anexo al Convenio, en el artículo 2º

63 Reglas generales interpretativas RGI 1 Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes: 2a), 2b); 3a),3b), 3c); 4; 5a), 5b) y 6

64 Explicación a la RGI 1 Los títulos de las Secciones, de los Capítulos y de los Subcapítulos no tienen justificación legal para la clasificación de las mercancías; Ejemplo: El título de la Sección XV: Metales comunes y manufacturas de éstos metales ; sin embargo, muchas manufacturas de metales comunes están clasificados en otras Secciones: por ejemplo: 86.08: vías férreas.

65 Explicación a la RGI 1 Capítulo 1: Animales vivos y productos del reino animal. Capítulo 3: Pescados y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos. Partida Peces vivos Sustento legal: RGI 1, Nota Legal (NL) 1a) Capítulo 1

66 Explicación a la RGI 1 Albaricoques refrigerados Sección II PRODUCTOS DEL REINO VEGETAL Capítulo 8 Partida Subpartida Damascos (albaricoques, chabacanos), cerezas, duraznos (melocotones) (incluidos los griñones y nectarinas), ciruelas y endrinas, frescos. NL 2 Capítulo 8: Las frutas y otros frutos refrigerados deben clasificarse en la misma partida que las frutas o frutos frescos correspondientes.

67 Explicación a la RGI 1 Tejido plano de algodón 100% algodón, gramaje 250 g/m Tejidos de algodón con un contenido de algodón superior o igual al 85% en peso, de peso superior a 200 g/m2 Nota Legal 2A) Sección XI 2A) Los productos textiles de los Capítulos 50 a 55 o de las partidas ó que contengan dos o más materias textiles se clasificarán como si estuviesen totalmente constituidos por la materia textil que predomine en peso sobre cada una de las demás. Cuando ninguna materia textil predomine en peso, el producto se clasificará como si estuviese totalmente constituido por la materia textil que pertenezca a la última partida por orden de numeración entre las susceptibles de tomarse razonablemente en cuenta.

68 Explicación a la RGI 1 Nota legal de subpartida 2A) Sección XI 2A) Los productos de los Capítulos 56 a 63 que contengan dos o más materias textiles se considerarán constituidos totalmente por la materia textil que les correspondería de acuerdo con la Nota 2 de esta Sección para la clasificación de un producto de los Capítulos 50 a 55 o de la partida obtenido con las mismas materias. La RGI 6 clasifica a nivel de subpartida, se desarrollará más adelante

69 MERCANCÍAS ACONDICIONADAS PARA LA VENTA AL POR MENOR Cuando la Nomenclatura distingue una misma mercancía, según esté o no acondicionada para la venta al por menor, entiéndase por "acondicionadas para la venta al por menor", la envasadas o contenidas en ampolletas, cajas, botella, frascos, cápsulas, estuches, tubos, carteras, sacos, o en cualquier otra envoltura que rodee la mercancía, entera o parcialmente, aunque tal envoltura consista únicamente de papel, tela, hoja de metal o de celofán, siempre que se trate de un acondicionamiento normal para la presentación en almacenes al por menor. El acondicionamiento para la venta al por menor podrá ser señalado en cada caso por las Notas Legales de Sección y de Capítulo de la Nomenclatura, así como por las Notas de Sub partida. Nota legal 2 de la Sección VI: Sin perjuicio de las disposiciones de la Nota 1 anterior, cualquier producto que, por su presentación en forma de dosis o por su acondicionamiento para la venta al por menor, pueda incluirse en una de las partidas 30.04, 30.05, 30.06, 32.12, 33.03, 33.04, 33.05, 33.06, 33.07, 35.06, ó 38.08, se clasificará en dicha partida y no en otra de la Nomenclatura.

70 Reglas generales interpretativas RGI 2a Cualquier referencia a un artículo en una partida determinada alcanza al artículo incompleto o sin terminar, siempre que éste presente las características esenciales del artículo completo o terminado. Alcanza también al artículo completo o terminado, o considerado como tal en virtud de las disposiciones precedentes, cuando se presente desmontado o sin montar todavía. RGI 2b Cualquier referencia a una materia en una partida determinada alcanza a dicha materia incluso mezclada o asociada con otras materias. Asimismo, cualquier referencia a las manufacturas de una materia determinada alcanza también a las constituidas total o parcialmente por dicha materia. La clasificación de estos productos mezclados o de estos artículos compuestos se efectuará de acuerdo con los principios enunciados en la Regla 3.

71 Explicación a la RGI 2a Solo se aplica ésta Regla cuando no se presente disposición en contrario; En el texto de la partida chasis de vehículos automóviles de las partidas a equipados con su motor ; no se podría invocar la Regla 2 a) para extender el alcance de ésta partida a los chasis presentados sin motor. En la partida que se refiere a pequeños mecanismos de relojería completos y montados, no puede comprender a los mecanismos sin terminar o desmontados.

72 Explicación a la RGI 2a -Mezclas o combinaciones de dos o más materias íntimamente asociadas. -La unión o asociación de distintas partes en las que cada una presenta una naturaleza diferente. - Artículos formados por dos o más piezas independientes y de distinta naturaleza. -Conjuntos, surtidos o juegos, formados por distintas unidades físicas de naturaleza variada que a efectos de su clasificación constituyen una unidad.

73 Explicación a la RGI 2a Esta regla no se aplica si existen disposiciones específicas en los textos de las partidas o en las notas de Sección o de Capitulo. Las mezclas de los productos del Capítulo 9 están clasificadas de acuerdo a su Nota Legal 1 No se puede admitir la manteca de cerdo mezclada en la partida 15.03, porque se especifica en la misma: manteca de cerdo sin mezcla. La clasificación de las mezclas de productos textiles se rige por lo dispuesto en la Nota 2 de la Sección XI, o sea que no se aplica lo estipulado en la RGI 2b). Las aleaciones de metales comunes también están sometidas a una disposición especial (Nota 5 de la Sección XV).

74 Reglas generales interpretativas RGI 3 Cuando una mercancía pudiera clasificarse, en principio, en dos o más partidas por aplicación de la Regla 2 b) o en cualquier otro caso, la clasificación se efectuará como sigue:

75 Reglas generales interpretativas RGI 3a a) La partida con descripción más específica tendrá prioridad sobre las partidas de alcance más genérico. Sin embargo, cuando dos o más partidas se refieran, cada una, solamente a una parte de las materias que constituyen un producto mezclado o un artículo compuesto o solamente a una parte de los artículos en el caso de mercancías presentadas en juegos o surtidos acondicionados para la venta al por menor, tales partidas deben considerarse igualmente específicas para dicho producto o artículo, incluso si una de ellas lo describe de manera más precisa o completa; RGI 3b b) los productos mezclados, las manufacturas compuestas de materias diferentes o constituidas por la unión de artículos diferentes y las mercancías presentadas en juegos o surtidos acondicionados para la venta al por menor, cuya clasificación no pueda efectuarse aplicando la Regla 3 a), se clasificarán según la materia o con el artículo que les confiera su carácter esencial, si fuera posible determinarlo; RGI 3C c) cuando las Reglas 3 a) y 3 b) no permitan efectuar la clasificación, la mercancía se clasificará en la última partida por orden de numeración entre las susceptibles de tenerse razonablemente en cuenta.

76 Explicación a la RGI 3a La partida más específica tiene prioridad sobre las partidas de alcance general -La designación por el nombre de un artículo es más específica que la referencia a una categoría de artículos. Ejemplo: los tenedores de acero están clasificados en (...tenedores) y no en (artículos de uso doméstico) - La descripción que identifica claramente y con precisión las mercancías es más específica que otra que lo hace de manera general(87.08, partes y accesorios de vehículos automóviles de las partidas a 87.05): Neumáticos para vehículos automotores Partida Asientos para vehículos automóviles Partida 94.01

77 Explicación a la RGI 3a Esta regla se refiere exclusivamente a: 1) Manufacturas compuestas de materias diferentes (percha de madera con gancho metálico). 2) Manufacturas constituidas por la unión de artículos diferentes. 3) Mercancías presentadas en surtidos acondicionados para la venta al por menor.(constituidos al menos por dos artículos diferentes; que los artículos sea presentados juntos para satisfacer una necesidad específica; que puedan venderse directamente al usuario sin reacondicionarlos).

78 Explicación a la RGI 3a Solamente si la regla 3a es inoperante y se refiere a los casos en la que la clasificación debe hacerse según la materia o el artículo que confiera el carácter esencial cuando sea posible determinarlo. El factor determinante del carácter esencial varía según la clase de mercancía. Se consideran manufacturas constituidas por la unión de artículos diferentes formando un todo Elementos separables a condición de que estén adaptados unos a otros, Que sean complementarios y que unidos constituyan un todo.

79 Explicación a la RGI 3a Bocadillo de carne de res (16.02), con una ración de papas fritas (20.04); Clasificación: Partida Un paquete de espaguetis sin cocer (19.02), una bolsita de queso rallado (04.06), una lata de salsa de tomate (21.03) presentados en una caja de cartón: Partida 19.02

80 Explicación a la RGI 3a No se aplican a los surtidos mencionados como tales en los textos de partida, o a los surtidos cuya clasificación se rige por disposiciones especiales establecidas en las notas de Sección o de Capitulo Nota 3 de la Sección VI Nota 1 de la Sección VII Las partidas 34.07, 48.17, 61.03, 61.04, 61.07, 61.12, 62.03, 62.04, Nota Legal 3 del Capítulo 82 Partidas 82.06, Partidas 84.84, 85.15, 96.05

81 Explicación a la RGI 3a No se aplican a los surtidos mencionados como tales en los textos de partida, o a los surtidos cuya clasificación se rige por disposiciones especiales establecidas en las notas de Sección o de Capitulo Nota 3 de la Sección VI Nota 1 de la Sección VII Las partidas 34.07, 48.17, 61.03, 61.04, 61.07, 61.12, 62.03, 62.04, Nota Legal 3 del Capítulo 82 Partidas 82.06, Partidas 84.84, 85.15, 96.05

82 Explicación a la RGI 3a Es una disposición de último recurso para resolver los casos difíciles en los que no se pueda considerar que una partida de una descripción más específica que las otras y en los que no sea posible identificar la materia o el artículo que confiere a las mercancías su carácter esencial. Vehículo que permite el transporte de 5 pasajeros y también el transporte de mercancías: Motor de encendido por chispa Peso total con carga máxima 4 toneladas Cilindrada 2500 cc Tracción en la cuatro ruedas No funciona con gas natural RGI 3c y 6 del Arancel de Aduanas

83 Reglas generales interpretativas RGI 4 ) Las mercancías que no puedan clasificarse aplicando las reglas anteriores se clasificarán en la partida que comprenda aquellas con las que tengan mayor analogía.

84 Explicación a la RGI 4 Se aplica a las mercancías que no puedan clasificarse de acuerdo con las Reglas 1 a 3. Exige la comparación de las mercancías presentadas con artículos similares para determinar las analogías existentes entre ellas y así poder clasificarlos en la partida correspondiente a los artículos con los que existan mayores afinidades. Enhebrador de hilo dental, utilizado en la limpieza de espacios interdentales, elaborado en resina acetálica en forma de aguja curva con ojal en un extremo y punta delgada y redonda en el otro. Desechables, se presentan en cajas plásticas de 25 unidades. Partida Preparaciones para la higiene bucal o dental, los polvos y las cremas para la adherencia de las dentaduras; hilo utilizado para la limpieza de los espacios interdentales (hilo dental), en envases individuales para la venta al por menor.

85 Reglas generales interpretativas RGI 5 Además de las disposiciones precedentes, a las mercancías consideradas a continuación se les aplicarán las Reglas siguientes:

86 Reglas generales interpretativas RGI 5a Los estuches para cámaras fotográficas, instrumentos musicales, armas, instrumentos de dibujo, collares y continentes similares, especialmente apropiados para contener un artículo determinado o un juego o surtido, susceptibles de uso prolongado y presentados con los artículos a los que están destinados, se clasificarán con dichos artículos cuando sean del tipo de los normalmente vendidos con ellos. Sin embargo, esta Regla no se aplica en la clasificación de los continentes que confieran al conjunto su carácter esencial. RGI 5b Salvo lo dispuesto en la Regla 5 a) anterior, los envases que contengan mercancías se clasificarán con ellas cuando sean del tipo de los normalmente utilizados para esa clase de mercancías. Sin embargo, esta disposición no es obligatoria cuando los envases sean susceptibles de ser utilizados razonablemente de manera repetida

87 Explicación a la RGI 5a Estuches de plástico para jabones (jaboneras) Si se presentan solos los estuches de plástico (jabón) Partida 92.02: Estuches para instrumentos de cuerda No se aplica a los estuches que a causa de su valor elevado con relación a su contenido, no son del tipo normalmente vendido con el artículo: En el caso de un estuche de plata que contenga té, los elementos se clasificarán separadamente de su contenido.

88 Explicación a la RGI 5b Embalajes. Aclara la clasificación de los continentes con los que normalmente se presentan las mercancías, ya sea como envases o embalajes externos. Se aplica cuando estos sean razonablemente susceptibles de utilización repetida; como bidones, barriles o toneles metálicos y los recipientes de hierro o de acero para gases comprimidos o licuados. Tanque de acero lleno con CO2 se clasifican cada uno por separado - El gas (28.11) - El tanque (73.11)

89 Reglas generales interpretativas RGI 6 La clasificación de mercancías en las sub-partidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas sub-partidas y de las Notas de sub-partida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse sub-partidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

90 Explicación a la RGI 6 La clasificación de cualquier mercancía en la correspondiente subpartida del S.A. Solo puede considerarse después de haber clasificado adecuadamente la mercancía en la partida (cuatro dígitos); las regalas 1 a 5 rigen de igual forma la clasificación a nivel de subpartidas dentro de una misma partida, son prioritarios los textos de las subpartidas y las Notas de subpartida. Disposiciones en contrario: Notas o textos de subpartida incompletas con otras notas de Sección o de Capitulo 1. La Nota de subpartida 2 del Capítulo 71, da al término platino un alcance diferente del contemplado en la Nota 4b) del mismo Capítulo y que es la única aplicable para la interpretación de las subpartidas y Nota 4b) del Capítulo 71: El termino platino abarca el platino, iridio, osmio, paladio, rodio y rutenio. 3. Nota 2 de subpartida: A pesar de las disposiciones de la Nota 4b) de éste Capítulo, en las subpartidas y , el término platino no incluye el iridio, osmio, paladio, rodio ni rutenio.

91 Explicación a la RGI 5b Embalajes. Aclara la clasificación de los continentes con los que normalmente se presentan las mercancías, ya sea como envases o embalajes externos. Se aplica cuando estos sean razonablemente susceptibles de utilización repetida; como bidones, barriles o toneles metálicos y los recipientes de hierro o de acero para gases comprimidos o licuados. Tanque de acero lleno con CO2 se clasifican cada uno por separado - El gas (28.11) - El tanque (73.11)

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