DESCRIPCIÓN GENERAL DE LOS OBJETIVOS DEL SECTOR

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1 DESCRIPCIÓN GENERAL DE LOS OBJETIVOS DEL SECTOR La Constitución define a España, en su artículo 1, como un Estado social y democrático de Derecho. De esta definición constitucional se derivan, como exigencias básicas, la afirmación del imperio de la Ley como expresión de la voluntad popular, de la que proceden los derechos y obligaciones de las personas; la división de los poderes del Estado; la sujeción de la Administración al principio de legalidad y al control judicial, y el reconocimiento normativo de los derechos fundamentales, acompañado de garantías que aseguren su efectiva protección. Dichas exigencias se completan con las previsiones contenidas en diversos preceptos constitucionales y con las correspondientes Leyes Orgánicas de desarrollo y protección de los Derechos Fundamentales. En la consideración de que la Justicia es la garantía última de los derechos fundamentales de la ciudadanía, es necesario aproximar la Justicia a los ciudadanos, agilizar sus procedimientos, conseguir que sea valorada positivamente y que confíen en ella, a fin de adaptarla a las necesidades de la sociedad española del siglo XXI. Estos cambios tienen que insertarse en la búsqueda de la concertación de esfuerzos y voluntades, a través del diálogo con todos los operadores, gestores y profesionales del mundo del derecho, incluidas las Administraciones Públicas y las instancias garantes de derechos fundamentales como las que protegen la privacidad o la intimidad de las personas en el tratamiento automatizado de los datos personales. Este diálogo se debe llevar a cabo con los colectivos que contribuyen a la acción de la Justicia, con las Comunidades Autónomas cuya competencia en la gestión de los medios materiales y personales de la Administración de Justicia las convierte en actores principales, con el Consejo del Poder Judicial como Órgano de Gobierno del Poder Judicial y, por último, con los Grupos Parlamentarios como representantes de la Soberanía Popular. La consecución de estas metas sobre la base del diálogo a estas cuatro bandas hará que la Justicia logre la eficacia. Una Justicia ineficaz, además de ser un lastre político, económico y social, constituye una fuente de erosión al crédito del Estado y un déficit muy difícil de soportar por una sociedad avanzada en términos de legitimación democrática.

2 Los objetivos fundamentales del Ministerio de Justicia para 2006 se pueden resumir en tres: garantizar el acceso a la Justicia mediante la implantación de un nuevo modelo de Oficina Judicial, profundización y desarrollo efectivo de los derechos de los ciudadanos y hacer de la Justicia una referencia y un pilar en la lucha contra la inseguridad, la delincuencia y la criminalidad organizada. Para mejorar la respuesta judicial y atender el mandato constitucional de tutela judicial efectiva de los derechos fundamentales de los ciudadanos y de sus intereses legítimos, es necesario abordar los problemas estructurales de nuestro sistema judicial adaptando la planta judicial a las necesidades reales y diseñando un nuevo modelo de Administración de Justicia condensado en la Oficina Judicial, es decir, el conjunto de medios personales, materiales, instrumentales y tecnológicos de los que se sirve el Juez como titular de cada órgano judicial para responder de los asuntos que la Constitución le encomienda. En la situación actual, los órganos jurisdiccionales, por el importante crecimiento de la litigiosidad en los últimos años, han experimentado un notable incremento de las cargas de trabajo que asumen, lo que exige un reflejo en la adaptación de la planta judicial que permita restablecer el equilibrio necesario. Esto justifica que, como medida de choque, se estableciese el compromiso a lo largo de la Legislatura de crear nuevas plazas de Jueces y Fiscales. En efecto, en el ejercicio 2005 se han creado 250 nuevas Unidades judiciales y 135 plazas de Fiscales. En el año 2006, la previsión presupuestaria incluye la dotación necesaria para la creación de 75 Unidades judiciales y 100 nuevas plazas de Fiscales. Con esta medida, se pretende conseguir que los Juzgados y Tribunales puedan responder a las necesidades de los ciudadanos y resolver sus asuntos en un tiempo razonable. A fin de conseguir este objetivo, se precisa también que la estructura organizativa de los citados Juzgados y Tribunales se corresponda con el volumen de litigiosidad propio de una sociedad avanzada, ya que existe la constatación de que el modelo organizativo de los medios personales y materiales que en la actualidad rige en la Administración de Justicia, no parece el más apropiado. Este nuevo modelo se basa en la dedicación del Juez a lo que le es distintivo: la reserva exclusiva y excluyente de jurisdicción, descargándole de toda la tarea de gestión burocrática del conjunto de medios personales y materiales al servicio de la realización de la jurisdicción. Ello conlleva especializar al resto de los funcionarios de la Administración de Justicia en la ayuda a esa tarea jurisdiccional, a través de las unidades procesales de apoyo y servicios comunes. Estas medidas, en conexión con el impulso a la modernización tecnológica, establecen el

3 diseño de una nueva Oficina Judicial que se concentra en torno a la figura del Secretario judicial y a las relaciones de puestos de trabajo, que definirán las funciones y responsabilidades de acuerdo con esta nueva configuración. Esta estrategia de modernización se hará de manera coordinada con las Comunidades Autónomas, regida por los principios de lealtad institucional, cooperación y respeto recíproco a las competencias de cada una de las instancias con responsabilidad política. Asimismo, se acompañará de modificaciones legislativas y desarrollos reglamentarios, especialmente las principales Leyes que ordenan los distintos procedimientos jurisdiccionales. Cabe destacar de modo específico dentro del marco de la reforma de la Oficina Judicial la necesidad de acometer con rigor y eficacia la mejora de los servicios y equipamientos tecnológicos que propicien una transformación en las formas y pautas de trabajo, con la doble finalidad de acercar la justicia al ciudadano y permitir la intercomunicación de las distintas administraciones públicas y agentes que intervienen en la Administración de la Justicia. Como herramienta para lograr el acercamiento de la justicia al ciudadano se establecerá el Portal Justicia.es que, además de suministrar amplia información sobre la actividad del Ministerio de Justicia, permitirá al usuario la realización de trámites procedimentales a través del uso informático, eximiendo de su presencia en las oficinas públicas. De igual modo, se implantarán nuevos sistemas telemáticos que permitan la interconexión de los operadores jurídicos adaptándose sus usos y métodos de trabajo a las realidades existentes. Para ello, se llevará a cabo una promoción del programa Lexnet, que permite la presentación de documentos por medios informáticos ahorrando tiempo y propiciando seguridad en la tramitación de documentos; la consolidación del proyecto INFOREG como herramienta para la anotación e inscripción informatizada en el Registro Civil y, por último, como módulo de intercambio genérico, el denominado proyecto MIG, que permitirá la comunicación telemática de las unidades de la Oficina Judicial y posibilitará la firma electrónica de las resoluciones judiciales. Igualmente, conviene destacar dentro del proceso de cambio organizativo y nuevas habilidades para mejorar los servicios públicos, la participación en el Plan de Convergencia a través de las líneas estratégicas de Administración Electrónica con los proyectos de Interoperabilidad de la Gestión Procesal, Portal de Transparencia Judicial, Impulso de los servicios electrónicos a ciudadanos y empresas que prestan los

4 Registros, Portal del Empleado, Portal IBERED, Portal Elearning, Registro y Notificaciones Telemáticas y Telefonía IP. Otra herramienta fundamental para la consecución del objetivo de la mejora de la Administración de Justicia es la implantación, como un primer escalón de la arquitectura judicial, de la llamada Justicia de Proximidad, que resolverá asuntos de menor entidad, de tal forma que los litigios civiles y penales menos complejos sean enjuiciados por Jueces profesionales de manera rápida, eficiente y más cercana a los ciudadanos. El cuadro de situación del actual funcionamiento de la Administración de Justicia y su valoración por parte de la ciudadanía, exige la implantación de instrumentos que permitan el conocimiento objetivado de esa realidad. A esta finalidad se dirige el Plan de Transparencia Judicial, proclamado en la Carta de Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia, que se configura como un medio a través del cual las Cortes Generales, el Gobierno, las Comunidades Autónomas y el Consejo General del Poder Judicial, puedan facilitar al ciudadano, por medio de estadísticas y evaluaciones, información continua, rigurosa y contrastada sobre las cargas de trabajo, duración de procedimientos, situación del estado de los asuntos en trámite y acceso actualizado informáticamente al ordenamiento jurídico, a las leyes y a la normativa europea, de un modo comprensible y con un lenguaje accesible para la ciudadanía sin que se precise la intervención de profesionales para su interpretación. Los medios, instrumentos y herramientas necesarios para implantar el nuevo modelo de Oficina Judicial, tienen que ir acompañados por reformas en el ámbito estatutario del personal de la Administración de Justicia y la adecuación del régimen retributivo en el que se refleje la responsabilidad, exigencia, evaluación del desempeño y dedicación, incentivando la asunción de los esfuerzos que contribuyan a la mejora de este servicio público. En cumplimiento de estos objetivos, se implantarán las relaciones de puestos de trabajo que definirán las funciones y tareas de cada uno de los integrantes del nuevo modelo de Oficina Judicial. Este proceso de reordenación y reforma en el seno de la Administración de Justicia exige una continua actualización, formación y profesionalización del personal a su servicio. Para ello, es necesario incrementar notablemente las acciones formativas de las escuelas y centros docentes en el ámbito de la justicia. La apuesta por la mejora de la productividad a través de la formación de capital humano exige una actuación continua que facilite, renueve y especialice el quehacer diario de todos los profesionales para

5 conseguir su actualización permanente y su adaptación a los cambios organizativos que se están produciendo. Por último, se profundizará en la cooperación jurídica internacional para la construcción del llamado espacio de libertad, seguridad y justicia en la Unión Europea, reafirmando los derechos humanos, la solidaridad internacional y la propia ciudadanía europea. Otro objetivo prioritario será reforzar las relaciones tanto bilaterales como multilaterales en la lucha contra el terrorismo. También se revitalizará la presencia de España en el Consejo de Europa con una activa participación en todos aquellos Comités que aborden la defensa de los derechos fundamentales, la lucha contra la tortura y el desarrollo y perfeccionamiento del Estado de Derecho. OTRAS ACTIVIDADES DEL DEPARTAMENTO El desarrollo del ordenamiento jurídico, velando por los principios de seguridad jurídica, armonía e integración del ordenamiento, mediante la promoción de la legislación codificada y la formación de cuerpos legales sistematizados, sin perjuicio de las competencias de los demás Departamentos. La promoción legislativa en materia penal, civil, mercantil y procesal, habrá de resultar particularmente intensa, especialmente si se tiene en cuenta la dimensión de las leyes afectadas, como la reforma de las Leyes Orgánicas del Poder Judicial y de la Ley del Tribunal Constitucional. Las relaciones con los órganos de gobierno de las Comunidades Autónomas en materias que afecten a la Administración de Justicia, y la comunicación de los mismos con el Ministerio Fiscal, a través del Fiscal General del Estado. La preparación y propuesta de los asuntos relativos al ejercicio del derecho de gracia, y a los Títulos Nobiliarios y Grandezas de España. La preparación, coordinación y ejecución de la política del Gobierno en materia de asuntos religiosos, así como las relaciones con las Iglesias, Confesiones y Comunidades Religiosas, las cuestiones referentes al ejercicio del derecho de libertad religiosa y de culto y las relaciones con las entidades y asociaciones nacionales e internacionales dedicadas a la promoción, defensa y estudio del referido derecho de libertad religiosa.

6 La comunicación entre el Gobierno y el Tribunal Constitucional en los procedimientos de declaración de inconstitucionalidad y en los demás previstos en las leyes. Las relaciones con los Colegios de Abogados y Procuradores en los términos establecidos en sus respectivos estatutos. La fe pública notarial, la ordenación de los registros jurídicos, determinando los derechos privados y los actos que puedan o deban ser sujetos a publicidad registral y el Registro Civil. La cooperación jurídica internacional con otros Estados y Organizaciones internacionales y la determinación de la existencia de reciprocidad o la propuesta de establecimiento de la misma, sin perjuicio de las atribuciones generales del Ministerio de Asuntos Exteriores. El desempeño de la función de asistencia jurídica tanto contenciosa como consultiva, en lo que se refiera al Estado y sus Organismos públicos, así como, en su caso, los Órganos Constitucionales, en los términos establecidos por las leyes y demás disposiciones que las complemente. ORGANISMOS PÚBLICOS ADSCRITOS AL MINISTERIO DE JUSTICIA Están adscritos al Departamento los siguientes Organismos Públicos: El Centro de Estudios Jurídicos, se encarga de la permanente formación, perfeccionamiento y especialización de los miembros de la Carrera Fiscal y demás funcionarios al servicio de la Administración de Justicia. De acuerdo con lo establecido en su Reglamento, le están asignadas las funciones de formación inicial y continuada de los miembros de la Carrera Fiscal, de los funcionarios del Cuerpo de Secretarios Judiciales, de los funcionarios del Cuerpo de Médicos Forenses, de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en su especialización para la función de Policía Judicial y de los restantes Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia. La Mutualidad General Judicial gestiona la seguridad social de los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, encuadrados en el régimen del Mutualismo Administrativo. Su objetivo es coadyuvar a la conservación y restablecimiento de la salud de los asociados y beneficiarios, mediante el otorgamiento de asistencia sanitaria y farmacéutica y la concesión de subsidios y prestaciones sociales.

7 Las prestaciones otorgadas a los mutualistas y familiares derivadas de las contingencias de incapacidad temporal, invalidez permanente y cargas familiares, se materializan en: temporales por incapacidad transitoria para el servicio o por invalidez provisional; recuperadoras por incapacidad permanente total, absoluta y gran invalidez así como la retribución del personal encargado de la asistencia al gran inválido; periódicas o indemnizatorias por lesión, mutilación o deformidad originada por enfermedad profesional o en acto de servicio o como consecuencia de él; sociales, de asistencia social y de Protección familiar. La Agencia Española de Protección de Datos tiene encomendada la garantía del cumplimiento y aplicación de las previsiones contenidas en la Ley Orgánica de 15/1999, de regulación y tratamiento de los datos de carácter personal, las libertades públicas y derechos fundamentales de las personas físicas y especialmente de su honor e intimidad personal y familiar. Para ello, la Agencia desarrolla entre otras las siguientes actividades: velar por el cumplimiento de la Ley 15/1999 y ejercer la potestad sancionadora prevista en el Título VII de dicha Ley; proporcionar información a las personas acerca de sus derechos en materia de tratamiento de datos de carácter personal; inscribir en el Registro General de Protección de Datos aquellos ficheros de titularidad pública o privada que contengan datos de carácter personal, así como sus modificaciones o cancelaciones, y controlar y autorizar e inscribir las transferencias internacionales de datos; informar proyectos de disposiciones generales que desarrollan la Ley 15/1999 y dictar instrucciones precisas sobre su desarrollo; desempeñar funciones de cooperación internacional en materia de protección de datos personales y ejercer el control de los datos de carácter personal introducidos en la parte nacional española de la base de datos del Sistema de Información Schengen con asistencia a las reuniones del Convenio de Schengen y Gestionar los recursos humanos y materiales del Ente Público.

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