IV. PLA PARCIAL D ORDENACIÓ. ORDENANCES PPO de 32

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "IV. PLA PARCIAL D ORDENACIÓ. ORDENANCES PPO 1993. 32 de 32"

Transcripción

1 PROJECTE DE TRANSPOSICIÓ SOBRE BASE CARTOGRÀFICA DIGITAL, ADEQUACIÓ TOPOGRÀFICA i ADAPTACIONS PUNTUALS DEL PLA PARCIAL D ORDENACIÓ URBANA FONT MONTNEGRE, EN EL TERME MUNICIPAL DE SANT ISCLE DE VALLALTA. 32 de 32 AJUNTAMENT DE SANT ISCLE DE VALLALTA IV. PLA PARCIAL D ORDENACIÓ. ORDENANCES PPO Redactor: Pau García de Santos, arquitecte.

2 PLAN PARCIAL DE ORDENACIÓN URBANA DE FONT MONTNEGRE TERMINO MUNICIPAL DE SANT ISCLE DE VALLALTA ORDENANZAS

3 2 PLAN PARCIAL DE ORDENACIÓN URBANA DE FONT MONTNEGRE TÉRMINO MUNICIPAL DE SANT ISCLE DE VALLALTA. ÍNDICE CAPÍTULO I.- GENERALIDADES. CAPÍTULO II.- REGIMEN URBANÍSTICO DEL SUELO. CAPÍTULO III.- NORMAS DE EDIFICACIÓN Y DE USO. CAPÍTULO IV.- SECCIÓN 2. NORMAS PARTICULARES DE CADA ZONA.

4 3 PLAN PARCIAL DE ORDENACIÓN URBANA DE FONT MONTNEGRE TÉRMINO MUNICIPAL DE SANT ISCLE DE VALLALTA. ORDENANZAS CAPÍTULO I.- GENERALIDADES Artículo 1.- Ámbito de aplicación Las presentes Ordenanzas serán de aplicación al ámbito de Plan Parcial de Ordenación Urbana de Font Montnegre del término municipal de sant Iscle de Vallalta. Artículo 2.- Normas de referencia Las presentes Ordenanzas han de ser como complemento y desarrollo de las contenidas en el Plan General de Ordenación de Sant Iscle de Vallalta, que serán de aplicación universal y obligatoria, sin que sea una excusa su incumplimiento por motivos de falta de reproducción de lo articulado de referencia al presente documento. Artículo 3.- Interpretación de las Ordenanzas En defecto o complemento de aquello que se preceptúa a las presentes Ordenanzas, las definiciones y las interpretaciones de los términos se establecerán mediante los Servicios Técnicos Municipales, y si fuera necesario por la Comisión Provincial de Urbanismo.

5 4 Artículo 4.- Actor de la urbanización La ejecución de este plan Parcial y de los proyectos de Urbanización y los estudios de Detalles que, en su desarrollo se aprueben, corresponde a la iniciativa privada o promotor, que esta vinculada por el contenido, etapas y compromisos del presente Plan. CAPÍTULO II.- RÉGIMEN URBANÍSTICO DEL SUELO Artículo 5.- Zonas El Plan Parcial califica el suelo en zonas, sin perjuicio del destino de sistemas locales. Se entiende por zona la extensión de suelo, continua o discontinua, sometida a un régimen uniforme. Artículo 6.- Unidad de zona Se entiende por unidad de zona toda superficie homogéneamente calificada por este Plan Parcial, y delimitada por suelo de distinta calificación urbanística, y en particular, por los sistemas de vialidad y/o de espacio libres de uso público. Artículo 7.- Reglas para la precisión y ajuste de límites de zonas 1.- La precisión de los límites de las zonas que realicen los Proyectos de Urbanización y parcelación y Estudios de Detalle, respetaran las siguientes reglas: a) no alterara la superficie de la zona delimitada por los planos normativos de este Plan Parcial de más de 5%. b) no alterara substancialmente la forma de las unidades de zona.

6 5 2.- estos ajustes sólo podrán realizarse si son debidos a: a) Las características tipográficas del terreno. b) La existencia de elementos naturales o artificiales pre-existentes y de interés que los justifiquen. Artículo 8.- División zonal La superficie del Plan Parcial se divide en las siguientes zonas: ZONA VERDE VIALES Vialidad Aparcamientos Va Vb P V CENTRO ESCOLAR 1 INTERÉS PÚBLICO Y SOCIAL 2 Deportivo 2a Comercial 2b INFRAESTRUCTURAS TÉCNICAS 3 RESIDENCIAL INTENSIDAD 3 4 RESIDENCIAL INTENSIDAD 4 5

7 6 Artículo 9.- Tipos de ordenación de la edificación La edificación aislada: regulada básicamente por la altura máxima edificabilidad y ocupación máximas de la parcela, y distancias mínimas a límites de la misma. Artículo 10.- Conceptos sobre edificabilidad 1.- Se entiende por índice de edificabilidad zonal o bruta el límite máximo de edificabilidad expresado en m2s/m2s (metro cuadrado techo edificable/metro cuadrado suelo) de la superficie de cada unidad de zona, 2.- La superficie de techo edificable es la suma de todas las superficies cubiertas correspondientes a las plantas que, de acuerdo con las normas sobre ordenación, tengan la consideración de baja y pisos. 3.- La línea envolvente de edificación máxima es la que resulta en función de los parámetros o constantes de cada tipo de ordenación. 4.- El índice de edificabilidad neta es la relación existente entre la superficie de techo edificable y la de la parcela o solar, expresada también en m2s/m2s. 5.- La ocupación es la relación, en porcentajes, entre la superficie obtenida por proyección normal y sobre el suelo de todos los cuerpos de edificación y elementos construidos, incluyendo los sótanos, y la superficie total de la parcela o solar.

8 7 Artículo 11.- Usos 1.- En función de la adecuación a cada sector del suelo y los fines de la ordenación, los usos se dividen en permitidos y prohibidos. Se consideran prohibidos todos aquellos usos que no estén expresamente permitidos. Se distinguen los siguientes usos por su función: a) Vivienda: referente a alojamiento familiar entendidos exclusivamente como unifamiliares. Se entiende como unifamiliar la vivienda correspondiente a cada unidad familiar, en edificio aislado o agrupado horizontalmente o de manera que mantenga contacto con el suelo, y con acceso independiente y exclusivo. b) Hotelero: corresponde a los edificios destinados a alojamiento temporal, como hoteles, moteles, pensiones, apartamentos, y en general todos los establecimientos de hostelería. c) Comercial: locales abiertos al público, destinados a la venta al detalle o prestación de servicios personales. Excluye explícitamente las grandes instalaciones tipo hipermercado, grandes almacenes, etc.. d) Oficinas: actividades administrativas o burocráticas públicas y de gestión privada, relacionadas con las actividades de oficinas y despachos. e) Sanitario-asistencial: comprende las actividades de tratamiento y alojamiento de enfermos y en general las relacionadas con la sanidad, higiene y asistencia.

9 8 f) Docente: Comprende las actividades formativas y de enseñanza, incluyendo las guarderías infantiles y jardines de infancia. g) Recreativo: Actividades relacionadas con el esparcimiento y recreo. h) Deportivo: Enseñanza y práctica de la educación física y deportiva en general, en instalaciones formalizadas al efecto. i) Socio-cultural: Comprende las actividades culturales y de relación social, como museos, bibliotecas, centros sociales. 3.- Por su naturaleza, los usos son públicos, colectivos y privados. Son PÚBLICOS los que se desenvuelven en terrenos e instalaciones de propiedad pública. Son PRIVADOS los situados en suelo de propiedad privada. Son COLECTIVOS los de carácter privado, relacionados en grupo determinado de personas cuya relación es definida normalmente mediante el pago de cuotas, precios o tasas, o por la propiedad del inmueble correspondiente. 4.- Por su relación mutua los usos son compatibles e incompatibles. Los permitidos por este Plan para cada zona cumplen sistemáticamente la condición de mutua compatibilidad. 5.- Son usos provisionales aquellos que, no estando prohibidos, se establecen de manera temporal, y no requieren obras o instalaciones permanentes ni dificulten la ejecución del Plan. Pueden autorizarse de acuerdo con lo establecido en el art de la Ley del Suelo.

10 9 Artículo 12.- Parcelaciones 1.- El presente Plan Parcial comporta una propuesta de parcelación que cumple las condiciones reguladoras desenvueltas por las Ordenanzas particulares de cada zona. 2.- En el caso de convenir una parcelación diferente podrá firmarse el proyecto correspondiente de acuerdo con lo que se establece en las presentes Ordenanzas y tramitarse la correspondiente licencia municipal. 3.- El proyecto de parcelación contendrá la siguiente documentación mínima: a) memoria justificativa b) plano parcelario actualizado c) plano de parcelación Artículo 13.- Proyectos de Urbanización El ámbito del proyecto de urbanización es el de la totalidad del Plan Parcial, sin perjuicio de la propuesta de etapas de ejecución que comporta, ni de que la realización de determinadas obras pueda posponerse en función del propio desenvolvimiento temporal del proceso de ocupación y edificación de los solares y parcelas urbanizadas.

11 10 Artículo 14.- Estudios de Detalle Se elaboraran cuando sea necesario por alguno de los objetivos y fines previstos en el art. 14 de la Ley del Suelo, o los señalados por las presentes ordenanzas. Sus condiciones y determinaciones serán las que indica el Reglamento de Planeamiento de la Ley del Suelo. CAPITULO III - NORMAS DE EDIFICACIÓN Y DE USO SECCIÓN 1.- CONDICIONES TÉCNICAS Y DISPOSICIONES COMUNES AL TIPO DE ORDENACIÓN Artículo 15.- Significado de los conceptos utilizados Los conceptos que a continuación se indican tendrán siempre que se utilicen en estas Ordenanzas, el siguiente significado: a) parcela: porción de suelo urbano edificable. b) solar: parcela apta para inmediata edificación, por reunir las condiciones de superficie y urbanización. c) línea oficial de calle: Es aquella a que han de ajustarse las vallas de cerramiento de los solares. d) línea de edificación: límite a partir del cual pueden levantar los edificios, y que puede coincidir, o no, con la línea oficial de calle. e) planta baja: piso del edificio a nivel del suelo o superior a la planta sótanos real o posible.

12 11 f) planta sótanos: planta enterrada o semi-enterrada, tenga o no aberturas, siempre que su techo este a menos de un metro por encima del nivel del suelo exterior definitivo. La parte de planta semi-enterrada el techo de la cual sobresalga más de un metro sobre este nivel, tendrá en toda esta parte la consideración de planta baja. La ocupación máxima de la planta sótano será la misma de la planta baja. g) planta piso: cualquiera que este por encima de la baja. h) cuerpos salientes: Los que sobresalen de las alineaciones a la edificación entre medianeras, con carácter ocupables y abiertos, excluyen expresamente los cerrados y semicerrados. i) patio de luces y ventilación: espacio no edificable situado dentro del volumen de edificación y destinados a obtener iluminación y ventilación. Artículo 16.- Cómputo de la edificabilidad 1.- En este cómputo se incluirán las superficies de todas las plantas por encima de los sótanos, y computaran también los patios de luces y ventilación. 2.- La edificabilidad total no superara a las parcelas en pendiente la que resulte de la edificación en terreno plano.

13 12 Artículo 17.- Alturas 1.- La altura libre mínima de cualquier planta es de 2,75 m. excepto para el sótano, y garajes privados, donde puede ser de 2,20 m. y en las habitaciones con espacios dobles, donde la altura se podrá compensar sin llegar a ser inferior a 2,20 m. 2.- No se permite la sustitución de la planta baja por semi-sótano y entresuelo. 3.- Para la edificación aislada, la altura reguladora máxima se medirá desde la cota de la planta baja tal y como queda definida en el artículo 15-E y con remisión al artículo 15-F. Artículo 18.- Uso de las plantas sótanos No se autorizará el de vivienda, ni la ubicación de habitaciones en los usos hoteleros y sanitarios. Artículo 19.- Cuerpos salientes 1.- Definidos en el artículo 15 f), son las terrazas, balcones, y similares. 2.- Se entiende por plano límite lateral de suelo aquel normal a la fachada anterior y posterior, que limita el suelo de los cuerpos salientes a las plantas piso. Este plano límite se sitúa a un metro de la medianera. 3.- Los aleros podrán volar del plano de fachada hasta un máximo de 0,45 m.

14 13 Artículo 20.- Materiales Queda prohibida la utilización de materiales de acabado o revestimiento de paramentos exteriores, incluso cubierta, que sean brillantes (excepto los cerámicos vidriados si no constituyen un acabado o revestimiento principal o de mayor superficie), de colores vivos o disonantes con la vegetación y aspecto natural del terreno y, en general todo aquello que resulte estridente respecto de la conservación del paisaje en el carácter actual. Artículo 21.- Servicios Técnicos El presente Plan contiene la ordenación de las infraestructuras de los servicios técnicos (electricidad, red de agua, alcantarillado, etc.) y establece para estas finalidades las precisas reservas de suelo y canales de paso y servidumbre. Los E.T. y otros elementos necesarios para el buen funcionamiento de la urbanización podrán ubicarse a cualquiera de las zonas, en tanto que no entorpezcan sus usos ni desmerezcan el conjunto. Artículo 22.- Pozos, fosas, drenajes, cisternas y desguaces 1.- Ningún propietario de parcela podrá abrir pozos dentro de su propiedad. 2.- Se prohíbe la realización de pozos absorbentes y de fosas sépticas. Las aguas residuales se conducirán a la red de alcantarillado. 3.- Cuando debido al movimiento de tierras de una parcela se vierta aguas sobre una o varias colindantes, el propietario deberá construir una red de drenaje interior a la propia parcela, al fin de recoger las aguas de riego y lluvias y conducirlas a la red de alcantarillado o cisterna prevista al efecto.

15 Las aguas de lluvia recogidas por cubierta no se verterán a la red de alcantarillado, siendo obligatorio en cada parcela la construcción de una cisterna que las recoja, para poderlas utilizar en regadío, la capacidad mínima de la cisterna será de 4 m3 a la zona de edificación entre medianeras, y de 10 m3 a la zona de ciudad jardín. 5.- Algunas parcelas pueden estar sujetas a la servidumbre de paso de desguace de otras situadas en cota superior. este paso se efectuará por las franjas no edificables, y el mantenimiento de la cañería no significará ningún dispendio para el propietario de la parcela afectada. SECCIÓN 2. NORMAS PARTICULARES DE CADA ZONA. Artículo 23.- Vialidad: 1.- Corresponde a: Zona Va - Vialidad para tráfico rodado Zona Vb - Aparcamientos 2.- Los usos de estas zonas son lo suficientemente explícitos por su propia denominación. 3.- La zona de aparcamientos cumplirá lo que prevé el artículo 7 del Anexo al Reglamento de Planeamiento de la Ley del Suelo. Artículo 24.- Espacios libres de uso público 1.- Corresponde a: ZONA VERDE P.

16 Los usos relativos a estas zonas son lo suficientemente explícitos por su propia denominación. 3.- Se admiten los elementos e instalaciones al aire libre coherentes con su uso público específico: juegos infantiles, pérgolas, miradores, etc., u otras construcciones asimilables a mobiliario urbano. Artículo 25.- Dotación docente 1.- Corresponde a: ZONA CENTRO ESCOLAR (1) 2.- La edificación se ajustará a las siguientes condiciones: a) Ocupación de la parcela: 33% b) Edificabilidad neta, parvulario: 0,4 m2/s/m2s. EGB : 0,4 m2/s/m2s. c) Tipo de ordenación: No se fija, pero no podrá constituir conflicto con el carácter de las zonas próximas. d) Altura máxima: 6,5 m. medida de acuerdo con el artículo Artículo 26. Dotación de interés público y social. 1. Corresponde a: ZONA 2a - DEPORTIVO. 2b - COMERCIAL. La zona 2a y la zona 2b admiten los usos recreativos, deportivos, socioculturales, comerciales y hoteleros, y todos los elementos e instalaciones al aire libre coherentes con estos usos, se acepta la posibilidad de cubiertas ligeras y desmontables para las instalaciones deportivas.

17 16 No admite otras edificaciones que aquellas al servicio de la zona y el carácter de su uso (local social, vestuarios...) en las siguientes condiciones: a) Tipo de ordenación: edificación aislada b) Ocupación: 33% c) Edificabilidad neta: 0,4 m2/m2. d) Altura máxima: 6,5 m. (2 plantas) e) Separación lindes: 4 m. f) Parcela mínima: 800 m2. g) Ancho mínimo fachada: 20 m. Artículo 27.- Infraestructuras técnicas (3). 1.- Corresponden a: DEPURADORA TRANSFORMADOR DEPURADORA: Suelo reservado para el sistema de depuración de aguas residuales y edificable a estos únicos y exclusivos efectos del servicio. TRANSFORMADOR: Suelo reservado para la estación transformadora y edificable solo a estos únicos y exclusivos efectos del servicio. Artículo 28.- Zona Residencial Intensidad Tipo de ordenación: Edificación aislada rodeada de espacio libre de uso privado, básicamente bosque o jardín. 2.- Parámetros definitorios: a) Superficie mínima de parcela: 800 m2. b) Ocupación máxima de parcela: 30%. c) Edificabilidad neta: 0,4 m2/m2.

18 17 d) Densidad máxima de viviendas: 10 viviendas por Hectárea del total del sector. e) Separaciones mínimas del edificio: a fachada: 6 m. a lindes: 3 m. f) Altura reguladora máxima: No pasará de 6,5 m. correspondiente a la planta baja y una planta piso, de acuerdo con lo previsto en el artículo g) Fachada mínima: La fachada mínima de parcela será de 20 m. h) Construcciones auxiliares: Se admitirán con una ocupación máxima del 3% de la parcela, sin sobrepasar la altura de 3 m., y a una distancia mínima de los lindes de la parcela de 3 m. i) Vallado del solar: Podrán tener una altura máxima de 50 cm. si son de material no transparente, y de 1,60 m. si son de vegetación o de elementos en forma de celosía. j) Quedan prohibidas las viviendas pareadas y las agrupaciones de viviendas. 3.- Otros parámetros limitativos: a) Áreas libres: Las áreas no edificadas de las parcelas se considerarán afectas de modo permanente al uso de espacio libre privado, y quedarán dedicadas a uso y disfrute de los moradores de las viviendas. Para mantener el carácter urbano de la zona no podrán ser parceladas ni vendidas con independencia de la totalidad del solar que incluye la edificación construida. b) Usos: En cuanto a vivienda, solo se admite la vivienda unifamiliar. Queda prohibido el uso industrial. En cuanto a comercio, el Plan parcial prevé una zona específica. Los garajes se considerarán construcciones auxiliares. El Plan parcial, prevé asimismo los usos públicos en zonas específicas.

19 18 c) Composición estética: Será libre, siempre que los edificios estén en armonía con el carácter de la zona y con el medio geográfico y urbano, de acuerdo con lo previsto en el artículo Nivelación de terrenos mediante terraplenes: a) Las plataformas de nivelación cerca de los límites no podrán situarse a mas de 1,5 m. por encima o mas de 2,20 m. por debajo de la cota natural del límite. b) La plataforma de nivelación en el interior de la parcela, excepto los sótanos, se habrá de disponer de forma que no exceda unos taludes ideales de pendiente 1,3 (altura base) trazados desde las cotas, por encima o por debajo, posibles de los límites. c) Los muros de nivelación de tierras en los límites, no llegarán en ningún punto, a una altura superior a 2,20 m. por debajo de la cota natural del límite. Los muros interiores de contención de tierras no podrán exceder, en la parte vista, una altura de 3,70 m. d) Muros con frente a vial, o zona de uso público o colectivo. Se definen gráficamente de la siguiente manera: siendo máximo los parámetros indicativos; serán muros completamente opacos y por encima de ellos, solamente podrán continuarse el cerramiento con elementos vegetales de altura máxima: 1,10 m. sobre el muro, y pueden encerrar cierres de malla metálica acabadas en colores verde u ocre.

20 19 e) No se admite la edificación sobre pilares como medio para solucionar los desniveles y pendientes. Artículo 29.- Zona Residencial Intensidad 3. En la Zona Residencial Intensidad 3 se admitirán parcelas con una superficie inferior a 800 m2, si se puede justificar que fueron adquiridas con anterioridad a la aprobación del Plan General Municipal 9 de Noviembre de Se deberá presentar junto con el proyecto debidamente visado por el Colegio de Arquitectos copia del contrato privado que acredite que la compra de la parcela fue anterior a la fecha de aprobación del Plan General, Noviembre de Artículo 30. Zona Residencial Intensidad Tipo de ordenación: Edificación aislada rodeada de espacio libre de uso privado, básicamente bosque o jardín. 2.- Parámetros definitorios: a) Superficie mínima de parcela: m2 b) Ocupación máxima Pendiente terreno Ocupación 0% - 30% 20% 30% - 50% 15% 50% - 100% 10% 100% - más del 100% 0% c) Edificabilidad neta: 0,4 m2/m2 d) Densidad máxima de viviendas: 10 viviendas por hectárea del total del sector.

21 20 e) Separaciones mínimas del edificio: a fachada: 6 m. a lindes: 3 m. f) Altura reguladora máxima: No pasará de 6,5 m., correspondiente a la planta baja y una planta piso; de acuerdo con lo previsto en el artículo g) Fachada mínima: La fachada mínima de parcela será de 20 m. h) Construcciones auxiliares: Se admitirán con una ocupación máxima del 3% de la parcela, sin sobrepasar la altura de 3 m., y a una distancia mínima de los lindes de la parcela de 3 m. i) Vallado del solar: Podrán tener una altura máxima de 50 cm. si son de material no transparente, y de 1,60 m. si son de vegetación o de elementos en forma de celosía. j) Quedan prohibidas las viviendas pareadas y las agrupaciones de viviendas. BARCELONA, SEPTIEMBRE DE 1993 TALLER DE ARQUITECTURA Y URBANISMO SANTIAGO BOIX, S.L.

ORDENANZA OR-5 EDlFlCAClON ABIERTA EN PARCELA INDEPENDIENTE

ORDENANZA OR-5 EDlFlCAClON ABIERTA EN PARCELA INDEPENDIENTE ORDENANZA OR-5 EDlFlCAClON ABIERTA EN PARCELA INDEPENDIENTE Artículo 6.05.01.- Definición y ámbito de aplicación. Se trata de bloques exentos de baja altura y carácter básicamente residencial, que se sitúan

Más detalles

3. Otras disposiciones

3. Otras disposiciones 22 de marzo 2013 Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Núm. 57 página 47 3. Otras disposiciones Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente Resolución de 18 de marzo de 2013, de la Delegación

Más detalles

Título Séptimo. Régimen del suelo urbanizable

Título Séptimo. Régimen del suelo urbanizable Título Séptimo. Régimen del suelo urbanizable Capítulo primero. Suelo urbanizable programado Sección 1ª. CONDICIONES GENERALES Artículo 7.1.1. Definición Constituyen el suelo urbanizable programado aquellos

Más detalles

PDAI Sector 3 industrial L Alqueria de la Comtessa Plan Parcial Sector (aprobación definitiva) NORMAS URBANÍSTICAS

PDAI Sector 3 industrial L Alqueria de la Comtessa Plan Parcial Sector (aprobación definitiva) NORMAS URBANÍSTICAS PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE LA ACTUACIÓN INTEGRADA SECTOR 3 INDUSTRIAL L ALQUERIA. PLAN PARCIAL SECTOR 3 INDUSTRIAL L ALQUERIA. AGENTE URBANIZADOR: APLICACIÓN DE PROGRAMAS URBANÍSTICOS S.A. (APRUSA)

Más detalles

4. ORDENANZAS REGULADORAS DOCUMENTO DE REFUNDICION

4. ORDENANZAS REGULADORAS DOCUMENTO DE REFUNDICION 4. ORDENANZAS REGULADORAS DOCUMENTO DE REFUNDICION El contenido refundido de la Sección 14 correspondiente al Plan Parcial Las Moreras (Expte. 102/74), se completa con la incorporación de las ordenanzas

Más detalles

Ayuntamiento de Polanco (Cantabria)

Ayuntamiento de Polanco (Cantabria) 5. FICHAS DE DESARROLLO DE LOS POSIBLES PLANES ESPECIALES EN LOS ÁMBITOS DELIMITADOS DE SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN ORDINARIA EN TERRENOS PRÓXIMOS A LOS SUELOS CLASIFICADOS COMO NÚCLEO TRADICIONAL El art.113

Más detalles

Texto Refundido 2 a Modificación del Plan Especial de Reforma Interior P.E.R.I.-4 "JOSÉ MARDONES" (antiguo polígono n011)

Texto Refundido 2 a Modificación del Plan Especial de Reforma Interior P.E.R.I.-4 JOSÉ MARDONES (antiguo polígono n011) Texto Refundido 2 a Modificación del Plan Especial de Reforma Interior P.E.R.I.-4 "JOSÉ MARDONES" (antiguo polígono n011) Febrero 2009 Arquitecto: Juan Barrera Portillo 2 a MODIFICACiÓN DEL PLAN ESPECIAL

Más detalles

ORDENANZA OR-5 EDIFICACIÓN ABIERTA EN PARCELA INDEPENDIENTE

ORDENANZA OR-5 EDIFICACIÓN ABIERTA EN PARCELA INDEPENDIENTE 69 ORDENANZA OR-5 EDIFICACIÓN ABIERTA EN PARCELA INDEPENDIENTE. Artículo 6.05.01.- Definición y ámbito de aplicación. Se trata de bloques exentos de baja altura y carácter básicamente residencial, que

Más detalles

CAPITULO 6. ZONA de EDIFICACION UNIFAMILIAR

CAPITULO 6. ZONA de EDIFICACION UNIFAMILIAR CAPITULO 6. ZONA de EDIFICACION UNIFAMILIAR artículo 266. Ambito y tipología. 1. Se entiende por área de edificación UNI FAMILIAR aquella que comprende los terrenos destinados por las Normas Subsidiarias

Más detalles

Sección 2.ª. Zona de casco antiguo

Sección 2.ª. Zona de casco antiguo 5. Zona de ordenación en edificación aislada. Subzonas plurifamiliares: Subzona I (20a/6). Subzona ll (20a/5). Subzona lll (20a/7). Subzona IV a (20a/9); b (20a/9b). Subzona V (20a/8). Subzonas unifamiliares:

Más detalles

JORNADA DE FORMACIÓN 13 DE JUNIO DE 2005 REV.01 FEBRERO 09. Definiciones según Orden ECO/805/2003 y criterios de medición

JORNADA DE FORMACIÓN 13 DE JUNIO DE 2005 REV.01 FEBRERO 09. Definiciones según Orden ECO/805/2003 y criterios de medición JORNADA DE FORMACIÓN 13 DE JUNIO DE 2005 REV.01 FEBRERO 09 TEMA SUPERFICIES Definiciones según Orden ECO/805/2003 y criterios de medición 1. Definiciones según Orden ECO Superficie útil: es la superficie

Más detalles

CAPITULO 1. DISPOSICIONES GENERALES.

CAPITULO 1. DISPOSICIONES GENERALES. CAPITULO 1. DISPOSICIONES GENERALES. artículo 204. 1. Constituyen el suelo no urbanizable del municipio de ASTILLERO los terrenos así clasificados por las presentes Normas, de acuerdo con el artículo 9

Más detalles

ESTUDIO DE DETALLE FINCA "LA MANUELA" PARA CENTRO DEPORTIVO 11/02/2015

ESTUDIO DE DETALLE FINCA LA MANUELA PARA CENTRO DEPORTIVO 11/02/2015 ESTUDIO DE DETALLE FINCA "LA MANUELA" PARA CENTRO DEPORTIVO 11/02/2015 ÍNDICE 1. MEMORIA...3 1.1. DEFINICIÓN Y OBJETO DEL TRABAJO...3 1.2. MARCO LEGAL...4 1.3. CARACTERÍSTICAS DE LA ZONA DE ACTUACIÓN...5

Más detalles

ORDENANZAS Y FICHAS DE DESARROLLO

ORDENANZAS Y FICHAS DE DESARROLLO NORMAS URBANÍSTICAS MUNICIPALES DE VALDERAS 37 ORDENANZAS Y FICHAS DE DESARROLLO RÉGIMEN DEL SUELO URBANIZABLE NORMAS URBANÍSTICAS MUNICIPALES DE VALDERAS 38 10.1.- ÁMBITO DE APLICACIÓN Y REGULACIÓN GENERAL.

Más detalles

Capítulo 2.º. De las disposiciones comunes a los tipos de ordenación. Sección 1.ª

Capítulo 2.º. De las disposiciones comunes a los tipos de ordenación. Sección 1.ª Capítulo 2.º De las disposiciones comunes a los tipos de ordenación Sección 1.ª Normas aplicables a todos los tipos de ordenación de la edificación. Art. 223. Significado de los conceptos utilizados. 1.

Más detalles

ORDENANZAS REGULADORAS DEL PLAN PARCIAL SECTOR 1 BOROBIZKARRA DE ZABALGANA

ORDENANZAS REGULADORAS DEL PLAN PARCIAL SECTOR 1 BOROBIZKARRA DE ZABALGANA ORDENANZAS REGULADORAS DEL PLAN PARCIAL SECTOR 1 BOROBIZKARRA DE ZABALGANA 4. REGULACIÓN DE LOS ESTUDIOS DE DETALLE Art. 19.- Definición Los Estudios de Detalle en el contexto del Sector 1, son instrumentos

Más detalles

A continuación se establecen los criterios y ordenanzas que son de aplicación en el suelo urbano de la localidad de Padules.

A continuación se establecen los criterios y ordenanzas que son de aplicación en el suelo urbano de la localidad de Padules. AYUNTAMIENTO PADULES (ALMERÍA) Ayuntamiento de Padules 1.- ORDENANZAS REGULADORAS EN SUELO URBANO 1.1 AMBITO DE APLICACIÓN Las ordenanzas y criterios contenidos en el presente título II, son de aplicación

Más detalles

Indice de las Normas Urbanísticas Generales NORMAS URBANISTICAS GENERALES... 2

Indice de las Normas Urbanísticas Generales NORMAS URBANISTICAS GENERALES... 2 Indice de las Normas Urbanísticas Generales NORMAS URBANISTICAS GENERALES... 2 AMBITO, APLICACIÓN Y VIGENCIA DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS...2 USOS DEL SUELO. CLASIFICACIÓN....3 Normas Generales: Texto Refundido

Más detalles

Las presentes normas serán de aplicación en todo el ámbito del Plan Especial.

Las presentes normas serán de aplicación en todo el ámbito del Plan Especial. TITULO VI.- NORMAS GENERALES DE LA EDIFICACION. Art. 39.- General Las presentes normas serán de aplicación en todo el ámbito del Plan Especial. Sus determinaciones se establecen con carácter general, sin

Más detalles

ORDENANZA MUNICIPAL POR LA QUE SE

ORDENANZA MUNICIPAL POR LA QUE SE ORDENANZA MUNICIPAL POR LA QUE SE REGULAN LAS NORMAS DE HABITABILIDAD Y SALUBRIDAD EN EL SUELO NO URBANIZABLE. NORMAS DE HABITABILIDAD, SALUBRIDAD, SEGURIDAD Y ORNATO Se redacta la presente normativa con

Más detalles

Sección 6.ª. Zona de ordenación en edificación aislada (20a)

Sección 6.ª. Zona de ordenación en edificación aislada (20a) Sección 6.ª Zona de ordenación en edificación aislada (20a) Art. 337. Definición. Comprende esta zona áreas de suelo urbano, urbanizadas o en proceso de urbanización, con elementos suficientes para la

Más detalles

PLANEAMIENTO URBANISTICO (Cambios más significativos) José María Ródenas Cañada. TRLSRM 2005 LEY OTYU 2015 observaciones Artículo 96. Definición.

PLANEAMIENTO URBANISTICO (Cambios más significativos) José María Ródenas Cañada. TRLSRM 2005 LEY OTYU 2015 observaciones Artículo 96. Definición. PLANEAMIENTO URBANISTICO (Cambios más significativos) José María Ródenas Cañada TRLSRM 2005 LEY OTYU 2015 observaciones Artículo 96. Definición. Artículo 114. Definición. 1. El Plan General Municipal de

Más detalles

ANTEPROYECTO DE LEY DE VIVIENDAS RURALES SOSTENIBLES. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

ANTEPROYECTO DE LEY DE VIVIENDAS RURALES SOSTENIBLES. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS ANTEPROYECTO DE LEY DE VIVIENDAS RURALES SOSTENIBLES. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Una aspiración de los ciudadanos hoy en día es la de poder vivir en el campo y trabajar en la ciudad. La presente Ley de Viviendas

Más detalles

CAPÍTULO 10. NORMAS PARTICULARES PARA EL SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO

CAPÍTULO 10. NORMAS PARTICULARES PARA EL SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO CAPÍTULO 10. NORMAS PARTICULARES PARA EL SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO Artículo 10.1. Ámbito de aplicación 10.1.1. Delimitación Constituirán el Suelo Urbanizable Sectorizado los terrenos que el Plan General

Más detalles

NUEVA ORDENANZA DE APERTURA DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID

NUEVA ORDENANZA DE APERTURA DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID NUEVA ORDENANZA DE APERTURA DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID El pasado 20 de marzo se publicó en el BOCM la Ordenanza de Apertura de Actividades Económicas del Ayuntamiento de Madrid

Más detalles

Ayuntamiento de la Villa de Ajalvir

Ayuntamiento de la Villa de Ajalvir 1 ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR EL OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTO CAPÍTULO I.- FUNDAMENTO Y RÉGIMEN ARTICULO 1º En uso de las facultades contenidas por los artículos 133.2

Más detalles

LEVANTAMIENTO TOPOGRÁFICO ACTUAL - DELIMITACON A.E.Nº1 ORDENACIÓN VIGENTE ORDENACIÓN PROPUESTA MODIFICACION PUNTUAL

LEVANTAMIENTO TOPOGRÁFICO ACTUAL - DELIMITACON A.E.Nº1 ORDENACIÓN VIGENTE ORDENACIÓN PROPUESTA MODIFICACION PUNTUAL PROYECTO: SITUACION: PROMOTOR: ARQUITECTO: MODIFICACION PUNTUAL: A.E. Nº 1 PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR DE VIEIRO.- FONTIÑAS. SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA INMOBILIARIA OUTEIRO DE SAR OUDESA S.L.

Más detalles

Taller de renovación urbana: PERI en el distrito 22@bcn.

Taller de renovación urbana: PERI en el distrito 22@bcn. 18 de abril de 2007 Taller de renovación urbana: PERI en el distrito 22@bcn. Manuel Carrero de Roa, arquitecto. 1. Introducción Mediante el análisis de un caso concreto, el de una manzana incluida en el

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DEL CERRAMIENTO DE FACHADAS Y OTRAS INSTALACIONES CAPÍTULO I. Ámbito y finalidad

ORDENANZA REGULADORA DEL CERRAMIENTO DE FACHADAS Y OTRAS INSTALACIONES CAPÍTULO I. Ámbito y finalidad ORDENANZA REGULADORA DEL CERRAMIENTO DE FACHADAS Y OTRAS INSTALACIONES Artículo 1. CAPÍTULO I Ámbito y finalidad El ámbito de aplicación de las presentes normas abarca a todo el suelo urbano residencial,

Más detalles

- ARANCELES PROFESIONALES MINIMOS COLEGIO DE ARQUITECTOS DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA

- ARANCELES PROFESIONALES MINIMOS COLEGIO DE ARQUITECTOS DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA - ARANCELES PROFESIONALES MINIMOS COLEGIO DE ARQUITECTOS DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA DEFINICIONES PREVIAS (Ref. Código de Urbanismo y Obra y del Colegio de Arquitectos de Santa Cruz) ARANCEL: Tarifa oficial

Más detalles

APROBACIÓN PROVISIONAL TÍTULO V. INSTRUMENTOS DE POLÍTICA DE SUELO Y VIVIENDA

APROBACIÓN PROVISIONAL TÍTULO V. INSTRUMENTOS DE POLÍTICA DE SUELO Y VIVIENDA APROBACIÓN PROVISIONAL CAPÍTULO I. CAPÍTULO II. DISPOSICIONES GENERALES. DETERMINACIONES RELATIVAS A GARANTIZAR EL SUELO SUFICIENTE PARA VIVIENDAS DE PROTECCIÓN OFICIAL U OTROS REGÍMENES DE PROTECCIÓN

Más detalles

La tramitación de licencias en actividades ubicadas en suelo o inmuebles de titularidad pública. Luciano Andrés Alegre Dr. Ingeniero Industrial

La tramitación de licencias en actividades ubicadas en suelo o inmuebles de titularidad pública. Luciano Andrés Alegre Dr. Ingeniero Industrial EL IMPULSO DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA EN MADRID. LA EXPERIENCIA CON LA DECLARACIÓN RESPONSABLE 20 de Mayo de 2015 La tramitación de licencias en actividades ubicadas en suelo o inmuebles de titularidad

Más detalles

c.a. provincia municipio mes año tipo número de orden DIRECCIÓN POSTAL MUNICIPIO A.2 CLASE DE PROMOTOR (señalar con una X lo que corresponda)

c.a. provincia municipio mes año tipo número de orden DIRECCIÓN POSTAL MUNICIPIO A.2 CLASE DE PROMOTOR (señalar con una X lo que corresponda) Mod. E.V.-1 Dirección General de Programación Económica y Presupuestaria Subdirección General de Estadística y Estudios ESTADÍSTICA DE EDIFICACIÓN Y VIVIENDA Este cuestionario está sometido al secreto

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LAS NORMAS MÍNIMAS DE HABITABILIDAD, SEGURIDAD Y SALUBRIDAD EN LAS EDIFICACIONES EXISTENTES, SEGÚN EL USO AL QUE SE DESTINEN.

ORDENANZA REGULADORA DE LAS NORMAS MÍNIMAS DE HABITABILIDAD, SEGURIDAD Y SALUBRIDAD EN LAS EDIFICACIONES EXISTENTES, SEGÚN EL USO AL QUE SE DESTINEN. ORDENANZA REGULADORA DE LAS NORMAS MÍNIMAS DE HABITABILIDAD, SEGURIDAD Y SALUBRIDAD EN LAS EDIFICACIONES EXISTENTES, SEGÚN EL USO AL QUE SE DESTINEN. El artículo 5 del Decreto 2/2012, de 10 de enero, por

Más detalles

ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DEL GARAJE APARCAMIENTO. La presente ordenanza comprende la regulación del uso de garaje aparcamiento.

ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DEL GARAJE APARCAMIENTO. La presente ordenanza comprende la regulación del uso de garaje aparcamiento. ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DEL GARAJE APARCAMIENTO OBJETO.- La presente ordenanza comprende la regulación del uso de garaje aparcamiento. Su objetivo fundamental es llenar el vacío existente por la

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA (MADRID) Ordenanza Fiscal nº 11 TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS URBANISTICOS

AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA (MADRID) Ordenanza Fiscal nº 11 TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS URBANISTICOS AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA (MADRID) Ordenanza Fiscal nº 11 TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS URBANISTICOS Artículo 1 En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución

Más detalles

Normas aplicables al tipo de ordenación según volumetría específica

Normas aplicables al tipo de ordenación según volumetría específica Art. 255. Adaptación topográfica y movimiento de tierras. Para las parcelas con pendiente superior al treinta por ciento (30 por 100), que estén situadas en zonas para las que es obligado este tipo de

Más detalles

ORDENANZA FISCAL Nº 4 REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS

ORDENANZA FISCAL Nº 4 REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS ORDENANZA FISCAL Nº 4 REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS De conformidad con lo autorizado por el artículo 106 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de

Más detalles

TITULO VII SUELO DE NÚCLEO RURAL

TITULO VII SUELO DE NÚCLEO RURAL TITULO VII SUELO DE NÚCLEO RURAL CAPITULO 1 - NORMAS GENERALES DERIVADAS DEL RÉGIMEN DEL SUELO DE NÚCLEO RURAL ARTÍCULO 7.1.1.- GENERALIDADES. Con carácter básico, el régimen del Suelo de Núcleo Rural

Más detalles

Sección 5.ª. Reglamentación detallada de usos en el suelo urbano

Sección 5.ª. Reglamentación detallada de usos en el suelo urbano seguridad, vigilancia y protección contra incendios, ruidos y otros riesgos o molestias, respetarán lo establecido en estas Normas y, en su caso, lo dispuesto en preceptos sobre aparcamientos de jerarquía

Más detalles

MODIFICACIÓN Nº 1 DEL PLAN ESPECIAL DE PROTECCIÓN Y REFORMA INTERIOR DEL SECTOR CASA AMPARO-COSTANILLA DE SELLÁN (API-08-02)

MODIFICACIÓN Nº 1 DEL PLAN ESPECIAL DE PROTECCIÓN Y REFORMA INTERIOR DEL SECTOR CASA AMPARO-COSTANILLA DE SELLÁN (API-08-02) MODIFICACIÓN Nº 1 DEL PLAN ESPECIAL DE PROTECCIÓN Y REFORMA INTERIOR DEL SECTOR CASA AMPARO-COSTANILLA DE SELLÁN (API-08-02) MEMORIA y NORMATIVA DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL MARZO DE 2015 ÍNDICE 1.-

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE URBANISMO

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE URBANISMO B.O.C.M. Núm. 304 MARTES 21 DE DICIEMBRE DE 2010 Pág. 149 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 68 MADRID URBANISMO Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda Dirección General de Planeamiento Urbanístico

Más detalles

Art. 1. Ámbito de Aplicación La Ordenanza de aplicación se simboliza con el acrónimo R.4-a. Sustituye a la ordenanza 4(RE).1º del PGOU.TR/05.

Art. 1. Ámbito de Aplicación La Ordenanza de aplicación se simboliza con el acrónimo R.4-a. Sustituye a la ordenanza 4(RE).1º del PGOU.TR/05. Estudio de Detalle. LAS MATILLAS. Memoria y Ordenanza. 17 DN-NU NORMATIVA URBANÍSTICA ORDENANZA R.4-a Las Matillas T. I. DISPOSICIONES GENERALES Art. 1. Ámbito de Aplicación La Ordenanza de aplicación

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LAS NORMAS MÍNIMAS DE HABITABILIDAD, SEGURIDAD Y SALUBRIDAD EN LAS EDIFICACIONES EXISTENTES SEGÚN EL USO AL QUE SE DESTINEN.

ORDENANZA REGULADORA DE LAS NORMAS MÍNIMAS DE HABITABILIDAD, SEGURIDAD Y SALUBRIDAD EN LAS EDIFICACIONES EXISTENTES SEGÚN EL USO AL QUE SE DESTINEN. ORDENANZA REGULADORA DE LAS NORMAS MÍNIMAS DE HABITABILIDAD, SEGURIDAD Y SALUBRIDAD EN LAS EDIFICACIONES EXISTENTES SEGÚN EL USO AL QUE SE DESTINEN. El artículo 5 del Decreto 2/2012, de 10 de enero, por

Más detalles

ORDENANZA 9ª EQUIPAMIENTO DOTACIONAL PÚBLICO. 9.1.1 Definición. 9.2 Condiciones de volumen e higiénicas

ORDENANZA 9ª EQUIPAMIENTO DOTACIONAL PÚBLICO. 9.1.1 Definición. 9.2 Condiciones de volumen e higiénicas ORDENANZA 9ª EQUIPAMIENTO DOTACIONAL PÚBLICO 9.1 Generalidades 9.1.1 Definición. Comprende aquellos edificios destinados a atender las necesidades de la población. Agrupa los usos de Equipamiento Social,

Más detalles

ÍNDICE NORMAS URBANÍSTICAS TOMO II

ÍNDICE NORMAS URBANÍSTICAS TOMO II ÍNDICE NORMAS URBANÍSTICAS TOMO II ÍNDICE NORMAS URBANÍSTICAS TOMO II... 1 TÍTULO VIII : DEFINICION Y TIPOS DE USOS. NIVELES DE ASIGNACION.... 5 311. Tratamiento general de los usos.... 5 CAPÍTULO I. USOS

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DEL CIERRE DE ESPACIOS LIBRES DE DOMINIO Y USO PRIVADO EN SUELO URBANO Y URBANIZABLE A N T E C E D E N T E S

ORDENANZA REGULADORA DEL CIERRE DE ESPACIOS LIBRES DE DOMINIO Y USO PRIVADO EN SUELO URBANO Y URBANIZABLE A N T E C E D E N T E S ORDENANZA REGULADORA DEL CIERRE DE ESPACIOS LIBRES DE DOMINIO Y USO PRIVADO EN SUELO URBANO Y URBANIZABLE A N T E C E D E N T E S El desarrollo urbano de Leioa hizo aconsejable abordar en 1991 una Ordenanza,

Más detalles

COMISIÓN REGIONAL PARA LA HABITABILIDAD Y ACCESIBILIDAD

COMISIÓN REGIONAL PARA LA HABITABILIDAD Y ACCESIBILIDAD COMISIÓN REGIONAL PARA LA HABITABILIDAD Y ACCESIBILIDAD Criterios para la aplicación de la normativa regional de accesibilidad tras la entrada en vigor del CTE DB SUA y del documento técnico de condiciones

Más detalles

Nº. DE EXPEDIENTE PROPIETARIO 1 PROPIETARIO 2 DIRECCIÓN PASEO DE SAN ISIDRO Nº 51, 1ºB POBLACIÓN-PROVINCIA

Nº. DE EXPEDIENTE PROPIETARIO 1 PROPIETARIO 2 DIRECCIÓN PASEO DE SAN ISIDRO Nº 51, 1ºB POBLACIÓN-PROVINCIA Nº. DE EXPEDIENTE VA1026 PROPIETARIO 1 MARCOS LUIS SIRGO SANDONIS PROPIETARIO 2 DIRECCIÓN PASEO DE SAN ISIDRO Nº 51, 1ºB POBLACIÓN-PROVINCIA VALLADOLID CÓDIGO POSTAL 47010 FECHA DEL INFORME 15 DE FEBRERO

Más detalles

ORDENANZAS MUNICIPALES EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ÁLORA

ORDENANZAS MUNICIPALES EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ÁLORA ORDENANZA REGULADORA DE LAS NORMAS MÍNIMAS DE HABITABILIDAD Y SALUBRIDAD DE LAS EDIFICACIONES EN SUELO NO URBANIZABLE DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE ÁLORA INTRODUCCIÓN En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LAS NORMAS MÍNIMAS DE HABITABILIDAD, SEGURIDAD Y SALUBRIDAD EN LAS EDIFICACIONES EXISTENTES SEGÚN EL USO AL QUE SE DESTINEN.

ORDENANZA REGULADORA DE LAS NORMAS MÍNIMAS DE HABITABILIDAD, SEGURIDAD Y SALUBRIDAD EN LAS EDIFICACIONES EXISTENTES SEGÚN EL USO AL QUE SE DESTINEN. ORDENANZA REGULADORA DE LAS NORMAS MÍNIMAS DE HABITABILIDAD, SEGURIDAD Y SALUBRIDAD EN LAS EDIFICACIONES EXISTENTES SEGÚN EL USO AL QUE SE DESTINEN. El artículo 5 del Decreto 2/2012, de 10 de enero, por

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE BARBASTRO ESTUDIO DE DETALLE EN EL ÁREA APR-12, LAS CLARAS

AYUNTAMIENTO DE BARBASTRO ESTUDIO DE DETALLE EN EL ÁREA APR-12, LAS CLARAS AYUNTAMIENTO DE BARBASTRO ESTUDIO DE DETALLE EN EL ÁREA APR-12, LAS CLARAS NOVIEMBRE DEL 2007 El presente pliego contiene la siguiente documentación : MEMORIA JUSTIFICATIVA PLANOS De Información 1 - Situación

Más detalles

ORDENANZA MUNICIPAL DE LAS INSTALACIONES EN LAS FACHADAS DE LOS EDIFICIOS TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

ORDENANZA MUNICIPAL DE LAS INSTALACIONES EN LAS FACHADAS DE LOS EDIFICIOS TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ORDENANZA MUNICIPAL DE LAS INSTALACIONES EN LAS FACHADAS DE LOS EDIFICIOS TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Objeto. La presente ordenanza tiene por objeto regular las condiciones a las que habrán

Más detalles

ACUERDA. Texto íntegro de las Ordenanzas

ACUERDA. Texto íntegro de las Ordenanzas APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PLAN ESPECIAL PARA LA MEJORA DE LA ORDENACIÓN PORMENORIZADA DE LA RED PÚBLICA DE EQUIPAMIENTO LOCAL DE LA MANZANA XVII DE EL SOTO. T E X T O El Ayuntamiento Pleno en su sesión

Más detalles

ORDENANZA Nº 11959 EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ, SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA Nº 11959 EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ, SANCIONA LA SIGUIENTE 1 EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ, SANCIONA LA SIGUIENTE O R D E N A N Z A Sistema de regulación de excedentes pluviales Art. 1º: La presente Ordenanza tiene por

Más detalles

ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA ENERGIA SOLAR PARA PRODUCCIÓN DE AGUA CALIENTE SANITARIA

ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA ENERGIA SOLAR PARA PRODUCCIÓN DE AGUA CALIENTE SANITARIA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA ENERGIA SOLAR PARA PRODUCCIÓN DE AGUA CALIENTE SANITARIA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Nuestro ordenamiento jurídico reconoce a los municipios competencias para aprobar ordenanzas

Más detalles

3. DOCUMENTOS CON EFICACIA NORMATIVA.

3. DOCUMENTOS CON EFICACIA NORMATIVA. PLAN DE REFORMA INTERIOR PARA MODIFICAR LA ORDENACIÓN PORMENORIZADA DE UNA PARCELA SITUADA EN LA ZONA 1 DEL CASCO URBANO DE TORREVIEJA (ALICANTE), CON OBJETO DE FACILITAR LA CONSTRUCCIÓN DE UN HOTEL DE

Más detalles

Artículo 3.- A los efectos de esta Ordenanza tendrán la consideración de:

Artículo 3.- A los efectos de esta Ordenanza tendrán la consideración de: ORDENANZA REGULADORA DE LA LIMPIEZA Y DEL VALLADO DE SOLARES Y TERRENOS SIN EDIFICAR EN SUELO URBANO Y DE PARCELAS EN SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO SUELO URBANIZABLE NO SECTORIZADO Y SUELO NO URBANIZABLE,

Más detalles

ORDENANZA Nº 5 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS.

ORDENANZA Nº 5 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS. ORDENANZA Nº 5 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS. Artículo 1.- Fundamento Legal. Este Ayuntamiento, de conformidad con lo que establece el artículo 106.1

Más detalles

PLAN ESPECIAL DE MEJORA URBANA EN EDIFICIO HOTELERO

PLAN ESPECIAL DE MEJORA URBANA EN EDIFICIO HOTELERO PLAN ESPECIAL DE MEJORA URBANA EN EDIFICIO HOTELERO PROMOTOR: SUNRISE HOTELS, S.L. EMPLAZAMIENTO: C/ Sènia del Barral nº46 17310 LLORET DE MAR (Girona) ANTONIO LUIS VIMA MORENO ARQUITECTO Rambla de Catalunya

Más detalles

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS CAPÍTULO I NATURALEZA Y HECHO IMPONIBLE

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS CAPÍTULO I NATURALEZA Y HECHO IMPONIBLE ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS Artículo 1 CAPÍTULO I NATURALEZA Y HECHO IMPONIBLE 1. El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras es un tributo indirecto

Más detalles

NORMATIVA ESPECIAL DE AYUDAS PARA LA MEJORA DEL AISLAMIENTO ACÚSTICO DE HUECOS ARQUITECTÓNICOS Y FACHADAS EXTERIORES FRENTE AL RUIDO AÉREO AMBIENTAL

NORMATIVA ESPECIAL DE AYUDAS PARA LA MEJORA DEL AISLAMIENTO ACÚSTICO DE HUECOS ARQUITECTÓNICOS Y FACHADAS EXTERIORES FRENTE AL RUIDO AÉREO AMBIENTAL NORMATIVA ESPECIAL DE AYUDAS PARA LA MEJORA DEL AISLAMIENTO ACÚSTICO DE HUECOS ARQUITECTÓNICOS Y FACHADAS EXTERIORES FRENTE AL RUIDO AÉREO AMBIENTAL Disposiciones Generales 1.- OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN.

Más detalles

MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NORMAS URBANÍSTICAS DEL PGOU

MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NORMAS URBANÍSTICAS DEL PGOU EXPDTE. REF: 5/2010 MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NORMAS URBANÍSTICAS DEL PGOU ÍNDICE 1.- MEMORIA INFORMATIVA 1.1.- ANTECEDENTES 1.2.- OBJETO PARTE SIN EFICACIA NORMATIVA 1.3.- AMBITO DETERMINACIONES ACTUALES

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE HUELMA (JAÉN)

AYUNTAMIENTO DE HUELMA (JAÉN) ORDENANZA REGULADORA DE LAS NORMAS MÍNIMAS DE HABITABILIDAD, SEGURIDAD Y SALUBRIDAD EN LAS EDIFICACIONES EXISTENTES SEGÚN EL USO AL QUE SE DESTINEN El artículo 5 del Decreto 2/2012, de 10 de enero, por

Más detalles

3. El Suelo Urbanizable Sectorizado se divide a su vez en dos categorías:

3. El Suelo Urbanizable Sectorizado se divide a su vez en dos categorías: CAPÍTULO 14.- EL SUELO URBANIZABLE. Artículo 88.- Suelo urbanizable 1. Constituye el suelo Urbanizable (Z), aquellos terrenos que en los términos exigidos por el artículo 52 de TRLOTC 00, el Plan General

Más detalles

VIVIENDAS PROTEGIDAS EN ZONAS DE TIPOLOGIA UNIFAMILIAR: PLAN PARCIAL LLEDO II MEMORIA INFORMATIVA

VIVIENDAS PROTEGIDAS EN ZONAS DE TIPOLOGIA UNIFAMILIAR: PLAN PARCIAL LLEDO II MEMORIA INFORMATIVA VIVIENDAS PROTEGIDAS EN ZONAS DE TIPOLOGIA UNIFAMILIAR: PLAN PARCIAL LLEDO II MEMORIA INFORMATIVA 1 Solicitud del interesado En fecha 19 de diciembre de 2007 y 6 de marzo de 2008, DUNA ALQUILERES, S.L.,

Más detalles

14. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS.

14. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS. 1 14. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS. ARTÍCULO 1. Fundamento Esta Entidad Local, en uso de las facultades contenidas en el artículo 133.2 y 142 de la

Más detalles

TITULO IV. CATALOGO DE BIENES INTEGRANTES DEL PATRIMONIO ARQUITECTONICO. 1.1.- DETERMINACIONES PAG 3 1.2.- ANALISIS PAG 3

TITULO IV. CATALOGO DE BIENES INTEGRANTES DEL PATRIMONIO ARQUITECTONICO. 1.1.- DETERMINACIONES PAG 3 1.2.- ANALISIS PAG 3 TITULO IV. CATALOGO DE BIENES INTEGRANTES DEL PATRIMONIO ARQUITECTONICO. CAPITULO 1. GENERALIDADES. 1.1.- DETERMINACIONES PAG 3 1.2.- ANALISIS PAG 3 CAPITULO 2. NORMAS DE PROTECCIÓN 2.1.- OBJETO Y AMBITO

Más detalles

Los arquitectos técnicos son competentes para redactar proyectos de obras de cambio de uso y de división de viviendas.

Los arquitectos técnicos son competentes para redactar proyectos de obras de cambio de uso y de división de viviendas. EDIFICACIÓN Atribuciones profesionales Los arquitectos técnicos son competentes para redactar proyectos de obras de cambio de uso y de división de viviendas. Antecedente normativo Cita: -Ley 38/1999, de

Más detalles

La norma zonal de aplicación es la Ordenanza: 03 ENSANCHE URBANO, cuyas determinaciones se transcriben en la ficha adjunta:

La norma zonal de aplicación es la Ordenanza: 03 ENSANCHE URBANO, cuyas determinaciones se transcriben en la ficha adjunta: CEDULA URBANÍSTICA Respecto de la finca situada en la C/ Guadalajara nº 2 Parcela catastral nº4996402vl5149n0001gs de este Término Municipal y de acuerdo con la localización de la finca reflejada en plano

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS. AÑO 2016

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS. AÑO 2016 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS. AÑO 2016 I. DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1.- Este Ayuntamiento de acuerdo con lo previsto en la Norma Foral, reguladora

Más detalles

M.I. AJUNTAMENT DE CARCAIXENT

M.I. AJUNTAMENT DE CARCAIXENT ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS.- De conformidad con lo establecido en el Art. 101 y ss. De la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas

Más detalles

Comtes de Bell-lloc, 138 Bajos Local 1º Barcelona Tel. 934904282 Fax 934906190 info@pronai.es

Comtes de Bell-lloc, 138 Bajos Local 1º Barcelona Tel. 934904282 Fax 934906190 info@pronai.es Nombre. Polígono Camps d en Ricart Localización. Calle Industria. Polígono Camps d en Ricart. Pallejà (Barcelona) 1. Generalidades. 1.1. Objeto del proyecto. El objeto del proyecto es la construcción de

Más detalles

ORDENANZA FISCAL nº 4

ORDENANZA FISCAL nº 4 ORDENANZA FISCAL nº 4 DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS Artículo 1º.- Establecimiento del Impuesto y normativa aplicable. 1. De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 15.1 y 59.2

Más detalles

COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE MURCIA CUOTA VARIABLE GRUPO 1. TRABAJOS DE EDIFICACIÓN Por lo general, la cuota variable de los trabajos de edificación presentados a visado se calculará en función de

Más detalles

MANUAL DE DETERMINACIÓN DE LAS RESERVAS PÚBLICAS DE SUELO

MANUAL DE DETERMINACIÓN DE LAS RESERVAS PÚBLICAS DE SUELO MANUAL DE DETERMINACIÓN DE LAS RESERVAS PÚBLICAS DE SUELO DIRECCIÓN GENERAL DE URBANISMO GOBIERNO DE ARAGÓN TÍTULO: Manual de Reservas públicas de suelo. AUTOR: Servicio de Administración Urbanística de

Más detalles

ORDENANZAS DEL PLAN PARCIAL DEL SECTOR 7 DEL P.G.O.U. DE LA VALL D UIXO

ORDENANZAS DEL PLAN PARCIAL DEL SECTOR 7 DEL P.G.O.U. DE LA VALL D UIXO ORDENANZAS DEL PLAN PARCIAL DEL SECTOR 7 DEL P.G.O.U. DE LA VALL D UIXO INDICE TITULO PRIMERO GENERALIDAD Y TERMINOLOGIA DE CONCEPTOS Artículo 1. Alcance y ámbito de las Ordenanzas Reguladoras Artículo

Más detalles

ORDENANZAS PARTICULARES

ORDENANZAS PARTICULARES ORDENANZAS PARTICULARES ZONA CASCO ANTIGUO I. CONDICIONES DE VOLUMEN. I.1 SOLAR MINIMO.- Admitidos los solares existentes, cualesquiera que sea su longitud en fachada y profundidad, se considera como solar

Más detalles

a) Derecho a utilizar la cocina de la casa De alojamiento compartido De alojamiento no compartido

a) Derecho a utilizar la cocina de la casa De alojamiento compartido De alojamiento no compartido Turismo Rural en España Tipología Nomenclatura Regímenes de explotación Peculiaridades Andalucía Casa Rural El titular podrá establecer libremente, entre otros los siguientes servicios complementarios:

Más detalles

Viviendas. Deslialicencias

Viviendas. Deslialicencias Viviendas Deslialicencias En la redacción de proyectos en el ámbito residencial tenemos especialmente en cuenta: La importancia de la participación directa del cliente. (Información clara y legible por

Más detalles

1. Las determinaciones de esta Ordenanza en cuanto a energía solar térmica son de aplicación en los siguientes supuestos:

1. Las determinaciones de esta Ordenanza en cuanto a energía solar térmica son de aplicación en los siguientes supuestos: ORDENANZA MUNICIPAL DE CAPTACIÓN SOLAR CAPITULO I: Disposiciones Generales. Artículo 1. Objeto. El objeto de la presente Ordenanza es regular la obligada incorporación de sistemas de captación y utilización

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE CANILLAS DE ACEITUNO (MÁLAGA)

AYUNTAMIENTO DE CANILLAS DE ACEITUNO (MÁLAGA) CANILLAS ACEITUNO REGLAMENTO INSTRUCCIÓN TÉCNICA URBANÍSTICA QUE SARROLLA LA ORNANZA L IMPUESTO CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS Y LA ORNANZA QUE REGULA LA LICENCIA URBANÍSTICA, RELATIVA A CRITERIOS

Más detalles

F. NORMAS DE ORDENACIÓN PORMENORIZADA Título 9. NORMAS AMBIENTALES DE CARÁCTER PORMENORIZADO

F. NORMAS DE ORDENACIÓN PORMENORIZADA Título 9. NORMAS AMBIENTALES DE CARÁCTER PORMENORIZADO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN DE LA LAGUNA DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL Febrero 2013 F. NORMAS DE ORDENACIÓN PORMENORIZADA Título 9. NORMAS AMBIENTALES DE CARÁCTER PORMENORIZADO ÍNDICE CAPÍTULO ÚNICO:

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE SUBVENCIONES DE TASAS URBANISTICAS EN MATERIA DE VIVIENDA Y ACTUACIONES DE INTERES MUNICIPAL EN EL

ORDENANZA REGULADORA DE SUBVENCIONES DE TASAS URBANISTICAS EN MATERIA DE VIVIENDA Y ACTUACIONES DE INTERES MUNICIPAL EN EL ORDENANZA REGULADORA DE SUBVENCIONES DE TASAS URBANISTICAS EN MATERIA DE VIVIENDA Y ACTUACIONES DE INTERES MUNICIPAL EN EL CONJUNTO HISTORICO-ARTISTICO DE JEREZ. y Actuaciones de Interés Municipal en el

Más detalles

PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN DEL CLUB RECREATIVO DEPORTIVO ASLAND

PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN DEL CLUB RECREATIVO DEPORTIVO ASLAND PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN DEL CLUB RECREATIVO DEPORTIVO ASLAND AVDA AGRUPACIÓN DE CÓRDOBA, S/N CÓRDOBA CLUB RECREATIVO DEPORTIVO ASLAND, S.A. OCTUBRE 2012 1 INDICE 1. Contenido y alcance del resumen

Más detalles

PLAN DE MEJORA URBANA DE ORDENACIÓN VOLUMÉTRICA DE LA AMPLIACIÓN DEL HOTEL SUNRISE LLORET DE MAR PLAN DE MEJORA URBANA PARA LA ORDENACIÓN VOLUMÉTRICA

PLAN DE MEJORA URBANA DE ORDENACIÓN VOLUMÉTRICA DE LA AMPLIACIÓN DEL HOTEL SUNRISE LLORET DE MAR PLAN DE MEJORA URBANA PARA LA ORDENACIÓN VOLUMÉTRICA PLAN DE MEJORA URBANA DE ORDENACIÓN VOLUMÉTRICA DE LA AMPLIACIÓN DEL HOTEL SUNRISE LLORET DE MAR PLAN DE MEJORA URBANA PARA LA ORDENACIÓN VOLUMÉTRICA DE LA AMPLIACIÓN DE EDIFICIO HOTELERO SITO EN C./ SÈNIA

Más detalles

Modificación de Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de León

Modificación de Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de León Modificación de Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de León En cumplimiento de lo ordenado por el Concejal Delegado de Urbanismo se procede a redactar la siguiente propuesta de modificación

Más detalles

Título V.- REGULACIÓN DEL SUELO URBANO: ORDENANZAS

Título V.- REGULACIÓN DEL SUELO URBANO: ORDENANZAS Texto refundido Excmo. Ayto. de Vélez-Málaga Plan General de Ordenación Urbana Título V.- REGULACÓN DEL SUELO URBANO: ORDENANZAS Capítulo 1.- DETERMNACONES GENERALES DEL SUELO URBANO Art. 195.- Definición

Más detalles

SEÑOR JEFE DEPARTAMENTO DE REGISTROS CATASTRALES

SEÑOR JEFE DEPARTAMENTO DE REGISTROS CATASTRALES GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO DIRECCIÓN GENERAL REGISTRO DE OBRAS Y CATASTRO NOTA Nº 106 -DGROC-2008 Buenos Aires, 1 de Febrero

Más detalles

TÍTULO 3 CONDICIONES GENERALES DE EDIFICABILIDAD Y EDIFICACIÓN

TÍTULO 3 CONDICIONES GENERALES DE EDIFICABILIDAD Y EDIFICACIÓN TÍTULO 3 CONDICIONES GENERALES DE EDIFICABILIDAD Y EDIFICACIÓN 17 TÍTULO 3. CONDICIONES GENERALES DE EDIFICABILIDAD Y EDIFICACIÓN CAPÍTULO 3.1. DEFINICIONES Artículo 3.1.1 ALINEACIONES Se entiende por

Más detalles

ESTUDIO DE DETALLE Modificación ordenación detallada (condiciones de parcela mínima)

ESTUDIO DE DETALLE Modificación ordenación detallada (condiciones de parcela mínima) ESTUDIO DE DETALLE Modificación ordenación detallada (condiciones de parcela mínima) Parcela 5070 Polígono 507 El Valle Cubillo del Campo, Burgos Noviembre 2014 Promotor: Excmo. Ayuntamiento de Cubillo

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LAS CONDICIONES PARA EJERCER LA ACTIVIDAD DE ALOJAMIENTO DE PERSONAS EN INMUEBLES DESTINADOS AL USO DE HOSPEDAJE.

ORDENANZA REGULADORA DE LAS CONDICIONES PARA EJERCER LA ACTIVIDAD DE ALOJAMIENTO DE PERSONAS EN INMUEBLES DESTINADOS AL USO DE HOSPEDAJE. ORDENANZA REGULADORA DE LAS CONDICIONES PARA EJERCER LA ACTIVIDAD DE ALOJAMIENTO DE PERSONAS EN INMUEBLES DESTINADOS AL USO DE HOSPEDAJE. Artículo 1.- La presente ordenanza tiene por objeto regular las

Más detalles

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALHAURIN EL GRANDE (MALAGA)

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALHAURIN EL GRANDE (MALAGA) ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS. Artículo 1º.- Hecho imponible. 1.- Constituye el hecho imponible del impuesto la realización, dentro del término municipal,

Más detalles

ANEXO NORMATIVA DE APLICACIÓN

ANEXO NORMATIVA DE APLICACIÓN ANEXO NORMATIVA DE APLICACIÓN Artículo 110 de la Ley de Urbanismo de Castilla y León aprobada por Ley 5/1999, de 8 de abril (Boletín Oficial de Castilla y León de 15 de abril de 1999): modificado por la

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE RÉGIMEN ECONÓMICO

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE RÉGIMEN ECONÓMICO Pág. 349 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 109 VALDILECHA RÉGIMEN ECONÓMICO Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, quedan automáticamente elevados a definitivos

Más detalles

Cartilla de normas urbanísticas y arquitectónicas para el mejoramiento de vivienda de interés social y prioritario.

Cartilla de normas urbanísticas y arquitectónicas para el mejoramiento de vivienda de interés social y prioritario. PRESENTACIÓN Una vivienda, como cualquier espacio habitable (lugar donde permanecen personas) debe reunir una serie de requisitos mínimos de salubridad, seguridad e higiene para garantizar la permanencia

Más detalles

SOLICITUD LICENCIA DE OBRA y ACTIVIDAD CLASIFICADA

SOLICITUD LICENCIA DE OBRA y ACTIVIDAD CLASIFICADA SOLICITUD LICENCIA DE OBRA y ACTIVIDAD CLASIFICADA DATOS DE LAS PERSONAS SOLICITANTES Y TITULARES DE LICENCIAS Don/Doña. D.N.I./N.I.F Domicilio: Localidad: C.P. Provincia: Teléfono: En nombre propio: En

Más detalles

PROTOCOLO DE CONTROL PERIODICO DE ACTIVIDADES. Aprobado por: Presidente del Consejo Rector de la Agencia de Gestión de Licencias de Actividades

PROTOCOLO DE CONTROL PERIODICO DE ACTIVIDADES. Aprobado por: Presidente del Consejo Rector de la Agencia de Gestión de Licencias de Actividades PROTOCOLO DE CONTROL PERIODICO DE ACTIVIDADES Aprobado por: Presidente del Consejo Rector de la Agencia de Gestión de Licencias de Actividades Fecha: 19 de septiembre de 2011 Control de modificaciones

Más detalles

MEMORIA JUSTIFICATIVA

MEMORIA JUSTIFICATIVA ESTUDIO DE DETALLE PARA LA ORDENACIÓN VOLUMÉTRICA Y DE ALINEACIONES DE LA MANZANA COMPRENDIDA ENTRE LA AVENIDA DE BENIDORM Y LAS CALLES SEIS DE DICIEMBRE, DOCTOR PÉREZ MATEO Y SECRETARIO BASILIO SALA DE

Más detalles