Normativa: Comentarios: Derecho Concursal Madrid, 8 de septiembre de 2014

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Normativa: Comentarios: Derecho Concursal Madrid, 8 de septiembre de 2014"

Transcripción

1 Derecho Concursal Madrid, 8 de septiembre de 2014 Normativa: Comentarios: Real Decreto-ley 11/2014, de 5 de septiembre, de medidas urgentes en materia concursal publicado en el BOE número 217 de 6 de septiembre de El Consejo de Ministros del pasado viernes aprobó un nuevo Real Decreto-Ley que modifica determinados artículos de la Ley Concursal referidos a los convenios y a la liquidación. Dicha reforma tiene una enorme trascendencia para los concursos actualmente en tramitación así como para los que se vayan a declarar en un futuro en la medida que cambian las reglas hasta ahora existentes para la aprobación de convenio, adecuando las mismas a la realidad económica actual. De igual modo, modifica algunos aspectos de la liquidación, que estaban teniendo problemas de aplicación práctica y que, en nuestra opinión, favorecerán la agilidad de las empresas para salvaguardar su actividad. Pero si importante es la reforma para las empresas en concurso, aún lo es más para las que se encuentran en situación de cumplimiento de convenio. Es decir, para aquellas compañías que aprobaron sus convenios a partir de 2007, año 0 de la crisis económica más reciente. A partir del próximo lunes, estas empresas podrán modificar el convenio y acordar con sus acreedores unas condiciones económicas acordes a la realidad económica actual. A continuación enumeramos las novedades más significativas de este Real Decreto-Ley de medidas urgentes: Novedades que afectan a la valoración de las garantías sobre las que recae el privilegio especial. - Se introducen previsiones similares a las contenidas en la Disposición Adicional 4ª en la redacción del Real Decreto-ley 4/2014 en lo que afecta a las garantías sobre las que recae el privilegio especial. - En este sentido, se modifican los arts. 90 y 94 de la Ley Concursal con la finalidad de adecuar el crédito privilegiado especial a la valoración del activo sobre el que recaiga. La lógica consecuencia práctica de esta modificación será el trasvase de créditos desde los privilegiados especiales (esencialmente entidades financieras) a los ordinarios, incrementando así la relevancia de su voto en un hipotético convenio. - En este sentido, el artículo 90 añade un nuevo apartado tercero que dispone El privilegio especial solo alcanzará la parte del crédito que no exceda del valor de la respectiva garantía que conste en la lista de acreedores, calculada de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 94. El importe del crédito que exceda del reconocido como privilegiado especial será calificado según su naturaleza.

2 - Por lo que se refiere al art. 94, incorpora un nuevo apartado 5 en el que se establece la metodología de cálculo del valor de las garantías constituidas en aseguramiento de los créditos que gocen de privilegio especial. Para ello, en primer lugar habrá que determinar el valor razonable de cada activo sobre el que pesa una garantía. Una vez alcanzado dicho valor, del 90% del mismo habrá que deducir las deudas pendientes que gocen de garantía preferente sin que en ningún caso el valor de la garantía pueda ser inferior a 0 ni superior al valor del crédito. - Para la determinación del valor razonable, el Real Decreto-ley distingue tres tipos de bienes a efectos de su cálculo: 1. Valores mobiliarios que coticen en mercado secundario oficial: El valor razonable será fijado, mediante certificación, por la sociedad rectora del mercado secundario oficial del que se trate, atendiendo al precio medio ponderado al que hubieran sido negociados en el último trimestre anterior a la fecha de declaración de concurso. 2. Bienes inmuebles: En este supuesto el valor razonable será el que refleje el informe de una sociedad de tasación homologada e inscrita en el Registro Especial del Banco de España, siempre que no exista otro informe de experto independiente que hubiera tasado estos activos en los seis meses anteriores a la declaración de concurso. 3. Otros bienes: Habrá de existir informe de experto independiente que refleje el valor razonable de esos activos, con la excepción de que ya existiera otro informe previo a la declaración de concurso. Novedades que afectan al quórum de la junta de acreedores. - En el caso de que un mismo acreedor tenga garantías sobre diferentes bienes, se aplicará a cada bien la parte que corresponda sin que en ningún caso el valor en total de las garantías pueda exceder el valor del crédito del acreedor. - Se otorga derecho de voto a aquellos acreedores que hubiesen adquirido sus derechos de crédito con posterioridad a la declaración de concurso, con la sola excepción de que dicha adquisición se hubiese producido por alguna persona especialmente relacionada con el concursado. Novedades sobre los efectos del convenio previstos en el art. 100 de la Ley Concursal. - El Decreto-ley modifica el art. 100 introduciendo, al igual que la Disposición Adicional 4ª el requisito establecido en dicho artículo respecto de las mayorías previstas para la adopción de los acuerdos de ampliación de capital. - Respecto de las daciones en pago, se añade un nuevo párrafo en el apartado 3, que abre la puerta a las daciones en pago en fase de convenio. Se prevé la cesión en pago de bienes o derechos cedidos siempre que concurra un doble requisito: (i) que no resulten necesarios para la continuidad de la actividad profesional o empresarial y (ii) que su valor razonable, calculado conforme a lo dispuesto en el artículo 94, sea igual o inferior al crédito que se extingue.

3 Novedades en las votaciones y mayorías exigidas para la aprobación de convenio. - Se elimina la limitación de los convenios a quitas del 50% de los créditos y esperas de 5 años. La nueva regulación opta por un esquema a través del cual, conforme mayor sea la quita o la espera que se proponga, mayor tendrá que ser el apoyo de los acreedores afectados por la misma. De este modo, para superar ciertos límites se exigirá una mayoría reforzada del 65%. En el caso de que existieran pactos de sindicación, se introduce la novedad de exigir en esos supuestos el apoyo del 75% de los acreedores sometidos a ese pacto para lograr la aprobación de los convenios. - El nuevo apartado 3 del art. 134 introduce una importante novedad en el sentido de que los acreedores privilegiados de cualquier clase incluso los de naturaleza pública (Agencia Tributaria y Seguridad Social), puedan quedar vinculados al convenio en el supuesto de que, dentro de los acreedores de su clase, se alcancen determinadas mayorías. De este modo, se crean cuatro clases de acreedores: (i) laborales, (ii) públicos, (iii) financieros y (iv) resto. En función de si la quita es inferior o superior al 50% y si la espera es inferior o superior a cinco años, se exigirán mayorías del 60%. Posibilidad de modificar convenios de acreedores actualmente en vigor. - La Disposición Transitoria tercera regula una trascendental novedad que venía reclamándose en los últimos años. Nos referimos a la posibilidad de modificar aquellos convenios que fueron aprobados al comienzo de la crisis y que resultan de difícil cumplimiento habida cuenta el cambio inesperado y drástico de las condiciones económicas acaecido en los últimos años. - Durante los dos años siguientes a la entrada en vigor del Real Decreto-ley, esto es, hasta el 8 de septiembre de 2016, aquellas empresas que prevean que no van a poder cumplir el convenio así como los acreedores que representen el 30% del total pasivo, podrán proponer una modificación del convenio. Dicha solicitud será tramitada ante el Juzgado Mercantil en el que se tramitó el concurso y los acreedores tendrán posibilidad de alegar respecto de la misma. - Para que la modificación pueda prosperar, será necesario que como mínimo el 60% de los acreedores ordinarios y el 65% de los privilegiados, se adhieran a la propuesta de modificación. Si la novación propuesta requiere un sacrificio mayor a los acreedores, las mayorías necesarias se incrementarían hasta el 75% y 80% respectivamente. Nuevo régimen aplicable a las situaciones de insolvencia de las empresas concesionarias de obras y servicios públicos. - Se introduce una disposición adicional segunda a través de la cual en los concursos de empresas concesionarias de obras y servicios públicos o contratistas de las administraciones públicas, se aplicarán las especialidades que se hallen establecidas en la legislación de contratos del sector público y en la legislación específica reguladora de cada tipo de contrato administrativo.

4 - En este tipo de concursos se acordará la acumulación de los procesos ya iniciados cuando existan propuesta de convenio que afecten a todos ellos. Modificaciones en materia de calificación. - Se modifica el art. 167 de la ley concursal con el objetivo de clarificar las dudas interpretativas existentes en torno al término clase. A este respecto, se indica que debe entenderse por tal una pluralidad de acreedores beneficiados por la solución concursal, lo suficientemente amplia como para hacer equivalente el tratamiento a efectos de la sección de calificación. Novedades en materia de liquidación. - Se modifican algunos artículos para garantizar en la medida de lo posible, la continuación de la actividad empresarial, facilitando, fundamentalmente, la venta del conjunto de los establecimientos y explotaciones del concursado o de cualesquiera otras unidades productivas. - En caso de que se produzca la transmisión de una unidad productiva se prevé la subrogación automática del adquirente en los contratos y licencias administrativas de que fuera titular el cedente, disponiendo a su vez la exención de responsabilidad por deudas previas, a excepción de las deudas frente a la Seguridad Social o trabajadores. - Se modifica el artículo 148 para permitir al Juez que retenga una determinada cantidad de la masa activa, para satisfacer futuras impugnaciones referidas a actos de liquidación. Creación de un portal de acceso telemático. - Se prevé la creación, en la web del Boletín Oficial del estado, de un apartado dedicado a informar sobre las empresas en fase de liquidación concursal, incluyendo la información necesaria para facilitar la venta. Entrada en vigor. - La entrada en vigor tendrá lugar el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado, es decir, el domingo 7 de septiembre aunque a efectos prácticos será el lunes el primer día en el que las medidas aprobadas tendrán plenos efectos.

5 Más Información Ramón Fernández Aceytuno Carmen Fernández-Hontoria Eduardo Reigadas Almagro, Madrid T F Caravel la La Niña, 12, 5ª Barcelona T F Emilio Arrieta, 6 1º Derecha Pamplona T Ramón y Cajal Abogados, S.L. En cumplimiento de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico y la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, usted queda informado y entendemos que presta su consentimiento expreso e inequívoco a la incorporación de sus datos, identificativos y de contacto -dirección, teléfono y dirección de correo electrónico-, en un fichero de datos personales cuyo responsable es Ramón y Cajal Abogados, S.L. con domicilio social en calle Almagro, 16-18, Madrid (España) con la finalidad de remitirle por correo postal y/o electrónico, las publicaciones de Ramón y Cajal Abogados, S.L. e informarle de los distintos servicios ofrecidos por ésta. Entendemos que consiente dicho tratamiento, salvo que en el plazo de treinta días desde la recepción de esta comunicación electrónica nos indique lo contrario a través de la dirección de correo electrónico ramoncajal@ramoncajal.com, donde podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición. También podrá ejercer sus derechos precitados dirigiéndose por escrito a nuestro Departamento de Marketing, calle Almagro, 16-18, Madrid (España)

Normativa: Comentarios: Derecho Concursal Madrid, 27 de mayo de 2015

Normativa: Comentarios: Derecho Concursal Madrid, 27 de mayo de 2015 Derecho Concursal Madrid, 27 de mayo de 2015 Normativa: Comentarios: Ley 9/2015, de 25 de mayo, de medidas urgentes en materia concursal, publicada en el BOE el 26 de mayo de 2015. En el día de hoy entra

Más detalles

Normativa: Comentarios: Derecho Concursal Madrid, 11 de octubre de 2011

Normativa: Comentarios: Derecho Concursal Madrid, 11 de octubre de 2011 Derecho Concursal Madrid, 11 de octubre de 2011 Normativa: Comentarios: Ley 38/2011, de 10 de octubre, de reforma de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal publicada en el Boletín Oficial del Estado

Más detalles

Garantías sobre las cantidades a cuenta del precio entregadas durante la construcción de viviendas

Garantías sobre las cantidades a cuenta del precio entregadas durante la construcción de viviendas Madrid, enero 2016 Garantías sobre las cantidades a cuenta del precio entregadas durante la construcción de viviendas Enlace a la publicación: Acceso a la Ley 20/2015, de 14 de julio 1. Introducción El

Más detalles

Boletín sobre Ley 25/2011, de 1 de agosto, de reforma parcial de la Ley de Sociedades de Capital

Boletín sobre Ley 25/2011, de 1 de agosto, de reforma parcial de la Ley de Sociedades de Capital Boletín sobre Ley 25/2011, de 1 de agosto, de reforma parcial de la Ley de Sociedades de Capital NOVEDADES SOCIETARIAS Nos complace informarles acerca de las importantes modificaciones legislativas recientemente

Más detalles

ORDENACIÓN DE LAS ACTUACIONES PERÍODICAS DEL CONSEJO SOCIAL EN MATERIA ECONÓMICA

ORDENACIÓN DE LAS ACTUACIONES PERÍODICAS DEL CONSEJO SOCIAL EN MATERIA ECONÓMICA Normativa Artículo 2, 3 y 4 de la Ley 12/2002, de 18 de diciembre, de los Consejos Sociales de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid Artículo 14 y 82 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de

Más detalles

TR HOTEL AJRDÍN DEL MAR, S.A.

TR HOTEL AJRDÍN DEL MAR, S.A. CERTIFICADO SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES QUE SE DERIVAN DE DETERMINADAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE SOCIEDADES DE CAPITAL QUE FORMAN PARTE DE LAS NORMAS DE ORDENACIÓN Y DISCIPLINA DEL MERCADO

Más detalles

NOTICIAS LEGALES DE ESPAÑA. II Semestre 2011

NOTICIAS LEGALES DE ESPAÑA. II Semestre 2011 NOTICIAS LEGALES DE ESPAÑA II Semestre 2011 DERECHO CONCURSAL Ley 38/2011, de 10 de octubre, de reforma concursal Esta ley, que entrará en vigor a partir del 1 de enero 2012, modifica sustancialmente la

Más detalles

La entrada en vigor de la Ley se producirá al día siguiente de su publicación en el BOE, esto es, el 6 de junio de 2013.

La entrada en vigor de la Ley se producirá al día siguiente de su publicación en el BOE, esto es, el 6 de junio de 2013. 2-2013 Junio, 2013 NOVEDADES INTRODUCIDAS POR LA LEY 3/2013, DE 4 DE JUNIO, DE CREACIÓN DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA EN MATERIA DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS Y AUDIOVISUAL

Más detalles

Dicha lista formará parte del Informe de la Administración Concursal como documento separado (art. 75.2.2º LC).

Dicha lista formará parte del Informe de la Administración Concursal como documento separado (art. 75.2.2º LC). Cumpliendo lo ordenado en el artículo 94 de la Ley Concursal (LC), la Administración Concursal elaborará una Lista de Acreedores, referida a la fecha de solicitud del concurso, que comprenderá una relación

Más detalles

LEY 26/2006, DE 17 DE JULIO, DE MEDIACIÓN DE SEGUROS Y REASEGUROS PRIVADOS.

LEY 26/2006, DE 17 DE JULIO, DE MEDIACIÓN DE SEGUROS Y REASEGUROS PRIVADOS. Dirección de Documentación, Biblioteca y Archivo Departamento de Documentación Abril, 2015 Fuentes: BOE y BOCG LEY 26/2006, DE 17 DE JULIO, DE MEDIACIÓN DE SEGUROS Y REASEGUROS PRIVADOS. Texto vigente

Más detalles

CIRCULAR Nº 3/2011 DENUNCIAS A LA COMISIÓN MIXTA AFE 2ª DIVISIÓN B

CIRCULAR Nº 3/2011 DENUNCIAS A LA COMISIÓN MIXTA AFE 2ª DIVISIÓN B Pedro Rico 27 28029 Madrid Teléfono 91 314 30 30 afe@afe-futbol.com www.afe-futbol.com CIRCULAR Nº 3/2011 DENUNCIAS A LA COMISIÓN MIXTA AFE 2ª DIVISIÓN B MUY IMPORTANTE: Nuevos plazos de presentación de

Más detalles

REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE MERCADAL DE VALORES, SICAV, SA

REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE MERCADAL DE VALORES, SICAV, SA REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE MERCADAL DE VALORES, SICAV, SA CAPÍTULO I LA JUNTA GENERAL Artículo 1. Clases de Juntas 1. La Junta General de Accionistas podrá ser Ordinaria o Extraordinaria, rigiéndose

Más detalles

Pues bien, el tenor de la norma citada, especialmente a la luz de lo que señala su exposición de motivos parece indicar que la inscripción queda

Pues bien, el tenor de la norma citada, especialmente a la luz de lo que señala su exposición de motivos parece indicar que la inscripción queda Examinada su solicitud de informe, remitida a este Gabinete Jurídico, referente al Proyecto de Real Decreto por el que se desarrolla la Ley de Mediación en asuntos civiles y mercantiles en materia de formación,

Más detalles

Nota Técnica SUPUESTOS DE MODIFICACIÓN DE LA BASE IMPONIBLE

Nota Técnica SUPUESTOS DE MODIFICACIÓN DE LA BASE IMPONIBLE NOTA TÉCNICA DE GARRIDO ABOGADOS Y ASESORES FISCALES FISCAL En mayo de 2010, el Real Decreto-ley 6/2010, de 9 de abril, de medidas para el impulso de la recuperación económica y el empleo, introdujo un

Más detalles

TÍTULO XIII Del contrato de arrendamiento financiero

TÍTULO XIII Del contrato de arrendamiento financiero TÍTULO XIII Del contrato de arrendamiento financiero CAPÍTULO I Delimitación del contrato Artículo 5131-1. Concepto. El contrato de arrendamiento financiero es aquel por el que una parte, el arrendador

Más detalles

Bancario y Financiero

Bancario y Financiero Bancario y Financiero 3-2015 Junio Ley 11/2015, de 18 de junio, de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión El 19 de junio se publicó en el Boletín Oficial

Más detalles

Circular. Reglamento de las empresas de trabajo temporal. Núm. 26/2015. Barcelona, jueves, 9 de julio de 2015

Circular. Reglamento de las empresas de trabajo temporal. Núm. 26/2015. Barcelona, jueves, 9 de julio de 2015 Núm. 26/2015 Reglamento de las empresas de trabajo temporal. Barcelona, jueves, 9 de julio de 2015 Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado, núm. 147, de fecha 20 de junio de 2015, el Real Decreto

Más detalles

Madroñera. ANUNCIO. De aprobación provisional del reglamento Registro Contable. Reglamento del Registro Contable de Facturas

Madroñera. ANUNCIO. De aprobación provisional del reglamento Registro Contable. Reglamento del Registro Contable de Facturas Número 30 / Viernes 13 de Febrero de 2015 Página 40 Madroñera ANUNCIO. De aprobación provisional del reglamento Registro Contable de Facturas Reglamento del Registro Contable de Facturas El Pleno de este

Más detalles

Comunidad Autónoma de Cataluña

Comunidad Autónoma de Cataluña 604 Comunidad Autónoma de Cataluña Los contribuyentes que en 2014 hayan tenido su residencia habitual en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cataluña podrán aplicar las siguientes deducciones autonómicas:

Más detalles

Peña Abogados y Asesores Tributarios, S.L.

Peña Abogados y Asesores Tributarios, S.L. Peña Abogados y Asesores Tributarios, S.L. Claudio Coello 18-28001 Madrid Tel. 913440534 Fax 914582764 www.penaasesores.com Diciembre 2012 CIRCULAR INFORMATIVO FISCAL Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre,

Más detalles

INFORMACIÓN PREVIA a la celebración del contrato de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito hipotecario.

INFORMACIÓN PREVIA a la celebración del contrato de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito hipotecario. INFORMACIÓN PREVIA a la celebración del contrato de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito hipotecario. Nombre entidad, AYUDA Y CREDITO CONSULTORES S.L. inscrita

Más detalles

MODIFICACIÓN DE LOS APROVECHAMIENTOS DE AGUAS SUBTERRÁNEAS PRIVADAS Y SU TRANSFORMACIÓN EN CONCESIONES

MODIFICACIÓN DE LOS APROVECHAMIENTOS DE AGUAS SUBTERRÁNEAS PRIVADAS Y SU TRANSFORMACIÓN EN CONCESIONES - Ponencia - MODIFICACIÓN DE LOS APROVECHAMIENTOS DE AGUAS PRIVADAS Y SU TRANSFORMACIÓN EN CONCESIONES JORDI CODINA ROIG Abogado Asociación Española de Usuarios de Aguas Subterráneas jordi.codina@codinadvocats.cat

Más detalles

A examen. en breve. sumario. autor. fiscal&laboral

A examen. en breve. sumario. autor. fiscal&laboral A examen EL NUEVO RÉGIMEN RETRIBUTIVO DE LOS ADMINISTRADORES Y CONSEJEROS, Y SU RELACIÓN JURÍDICA CON LA SOCIEDAD, TRAS LA REFORMA DE LA LEY DE SOCIEDADES DE CAPITAL A TRAVÉS DE LA LEY 31/2014, DE 3 DE

Más detalles

9. SISTEMA DE GARANTÍA DE CALIDAD MASTER UNIVERSITARIO EN ESTUDIOS AVANZADOS EN PEDAGOGIA Universidad Complutense de Madrid

9. SISTEMA DE GARANTÍA DE CALIDAD MASTER UNIVERSITARIO EN ESTUDIOS AVANZADOS EN PEDAGOGIA Universidad Complutense de Madrid 9. SISTEMA DE GARANTÍA DE CALIDAD MASTER UNIVERSITARIO EN ESTUDIOS AVANZADOS EN PEDAGOGIA Universidad Complutense de Madrid 9.1 Responsables del sistema de garantía de calidad del plan de estudios. Para

Más detalles

Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Exclusiones

Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Exclusiones NORMATIVA MEDIANTE LA CUAL SE REGULA EL PROCEDIMIENTO INTERNO DE LA UB PARA LA HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR AL TÍTULO DE DOCTOR Aprobada por el Consejo de Gobierno en fecha

Más detalles

ACUERDO EXTRAJUDICIAL DE PAGOS (ART. 231 A 242 L.C.)

ACUERDO EXTRAJUDICIAL DE PAGOS (ART. 231 A 242 L.C.) ACUERDO EXTRAJUDICIAL DE PAGOS (ART. 231 A 242 L.C.) LEY 14/2013 DE 27 DE SEPTIEMBRE DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES Y SU INTERNACIONALIZACIÓN Una de las principales novedades que introduce la Ley 14/2013

Más detalles

REAL DECRETO-LEY 24/2012, de 31 de agosto, de reestructuración y resolución de entidades de crédito III

REAL DECRETO-LEY 24/2012, de 31 de agosto, de reestructuración y resolución de entidades de crédito III REAL DECRETO-LEY 24/2012, de 31 de agosto, de reestructuración y resolución de entidades de crédito (Versión no oficial en la que se recogen únicamente aquellos artículos o apartados que incluyen referencias

Más detalles

NOTA MONOGRÁFICA I BANCARIO

NOTA MONOGRÁFICA I BANCARIO NOTA MONOGRÁFICA I BANCARIO 18 de marzo de 2016 LA NUEVA CIRCULAR 2/2016 DEL BANCO DE ESPAÑA Y SU IMPACTO EN LOS INSTRUMENTOS DE EXTERIORIZACIÓN DE COMPROMISOS POR PENSIONES DE LAS ENTIDADES DE CRÉDITO

Más detalles

PRINCIPALES NOVEDADES INTRODUCIDAS POR EL RDL 11/2014 DE 5 DE SEPTIEMBRE, DE MEDIDAS URGENTES EN MATERIA CONCURSAL

PRINCIPALES NOVEDADES INTRODUCIDAS POR EL RDL 11/2014 DE 5 DE SEPTIEMBRE, DE MEDIDAS URGENTES EN MATERIA CONCURSAL - NOTA INFORMATIVA - Septiembre 2014 PRINCIPALES NOVEDADES INTRODUCIDAS POR EL RDL 11/2014 DE 5 DE SEPTIEMBRE, DE MEDIDAS URGENTES EN MATERIA CONCURSAL El pasado sábado 6 de septiembre se publicó el Real

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0084/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0084/2009 Informe 0084/2009 La consulta plantea si la Junta de propietarios de una comunidad de viviendas en régimen de propiedad horizontal puede acordar la cesión de datos personales de los propietarios, a terceros

Más detalles

INFORME DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE PROSEGUR COMPAÑÍA DE SEGURIDAD, S.A

INFORME DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE PROSEGUR COMPAÑÍA DE SEGURIDAD, S.A INFORME DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE PROSEGUR COMPAÑÍA DE SEGURIDAD, S.A. EN RELACIÓN CON LA PROPUESTA DE MODIFICACIÓN ESTATUTARIA A QUE SE REFIERE EL PUNTO CUARTO DEL ORDEN DEL DÍA DE LA JUNTA GENERAL

Más detalles

POLITICA DE PROTECCION DE DATOS

POLITICA DE PROTECCION DE DATOS POLITICA DE PROTECCION DE DATOS Para utilizar algunos de los Servicios, los Usuarios deben proporcionar previamente a la empresa ciertos datos de carácter personal (en adelante, los «Datos Personales»).

Más detalles

Procedimiento para la solicitud de MODIFICACIONES en los Títulos Universitarios Oficiales de Grado y Máster

Procedimiento para la solicitud de MODIFICACIONES en los Títulos Universitarios Oficiales de Grado y Máster Procedimiento para la solicitud de MODIFICACIONES en los Títulos Universitarios Oficiales de Grado y Máster Dirección de Evaluación y Acreditación Universitaria (DEVA). V.03. 07/11/2013 V.03. 07/11/13

Más detalles

Condiciones generales

Condiciones generales Condiciones generales Objeto. Descripción de los servicios IURISCAR S.L. domiciliada en C/ Fuencarral nº 135, 3º exterior izda. 28010 Madrid, CIF: B-83610352, es el creador y propietario de la Base de

Más detalles

No obstante lo que antecede, a modo de resumen, a continuación se señalan los aspectos más relevantes del referido Real Decreto (en adelante, RD).

No obstante lo que antecede, a modo de resumen, a continuación se señalan los aspectos más relevantes del referido Real Decreto (en adelante, RD). VENTA A DISTANCIA AL PÚBLICO DE MEDICAMENTOS DE USO HUMANO NO SUJETOS A PRESCRIPCIÓN MÉDICA: ASPECTOS MÁS RELEVANTES DEL REAL DECRETO 870/2013, DE 8 DE NOVIEMBRE En el Boletín Oficial del Estado del pasado

Más detalles

PRINCIPADO DE ASTURIAS CONSEJO DE GOBIERNO

PRINCIPADO DE ASTURIAS CONSEJO DE GOBIERNO 1 PRINCIPADO DE ASTURIAS CONSEJO DE GOBIERNO Consejería de Hacienda y Sector Público Dirección General de la Función Pública Propuesta: ACUERDO POR EL QUE SE REGULA LA JORNADA ORDINARIA EN EL ÁMBITO DE

Más detalles

- el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, y

- el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, y Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social. * * * MEDIDAS TRIBUTARIAS (BOE 28-02-15) PDF (BOE-A-2015-2109

Más detalles

Articulo 23. Contrato de trabajo para la realización de proyectos específicos de investigación científica y técnica.

Articulo 23. Contrato de trabajo para la realización de proyectos específicos de investigación científica y técnica. Nota informativa en materia de duración máxima del contrato de obra o servicio determinado y del encadenamiento de contratos temporales en las Administraciones Publicas (ley de Medidas urgentes para la

Más detalles

Herramienta legal para la refinanciación y reestructuración de la deuda empresarial EFECTOS TRIBUTARIOS

Herramienta legal para la refinanciación y reestructuración de la deuda empresarial EFECTOS TRIBUTARIOS Herramienta legal para la refinanciación y reestructuración de la deuda empresarial EFECTOS TRIBUTARIOS por Diego Beraza Taramona Abogado Bilbao, 20 de junio de 2014 HERRAMIENTA LEGAL PARA LA REFINANCIACIÓN

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0542/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0542/2009 Informe 0542/2009 La consulta plantea la posibilidad de incorporar en una base de datos del consultante, a la que tendrían acceso sus clientes ( talleres y concesionarios de coches), datos referidos a

Más detalles

LAS ASOCIACIONES Y LA REFORMA FISCAL 2015

LAS ASOCIACIONES Y LA REFORMA FISCAL 2015 LAS ASOCIACIONES Y LA REFORMA FISCAL 2015 Alejo Hernández Lavado Universidad de Extremadura Presidente Asociación Amigos Museo Vostell-Malpartida ahernlav@gmail.com Trujillo, A. Hernández. Acuarela Introducción

Más detalles

LISTADO PROVISIONAL DE MEDIADORES CONCURSALES. 1. Figura del mediador concursal

LISTADO PROVISIONAL DE MEDIADORES CONCURSALES. 1. Figura del mediador concursal LISTADO PROVISIONAL DE MEDIADORES CONCURSALES 1. Figura del mediador concursal Con fecha 28 de septiembre de 2013 fue publicada en el Boletín Oficial del Estado la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de

Más detalles

26 de junio de 2014. 1. Reforma del régimen de incentivos fiscales al mecenazgo

26 de junio de 2014. 1. Reforma del régimen de incentivos fiscales al mecenazgo 26 de junio de 2014 ACTUALIDAD NORMATIVA 1. Reforma del régimen de incentivos fiscales al mecenazgo El pasado viernes 20 de junio, el Consejo de Ministros recibió el informe del ministro de Hacienda y

Más detalles

***** Se adjuntan los artículos correspondientes del anteproyecto de ley. Hermosilla, 3-28001 Madrid Teléfono 91 514 52 00 - Fax 91 399 24 08

***** Se adjuntan los artículos correspondientes del anteproyecto de ley. Hermosilla, 3-28001 Madrid Teléfono 91 514 52 00 - Fax 91 399 24 08 1-2013 Junio, 2013 ANTEPROYECTO DE LEY DE MEDIDAS DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES Y SU INTERNACIONALIZACIÓN APROBADO EL 24 DE MAYO DE 2013, RELATIVAS A LA FACILITACIÓN DE LA ENTRADA Y PERMANENCIA EN ESPAÑA

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL

BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL Núm. 69 Martes 12 de abril de 2016 Pág. 2361 SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales CONVOCATORIAS DE JUNTAS 1975 MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA SOCIEDAD DE SEGUROS A PRIMA FIJA En cumplimiento de lo

Más detalles

Ley 38/2011, de 10 de octubre, de reforma de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.

Ley 38/2011, de 10 de octubre, de reforma de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal. Ley 38/2011, de 10 de octubre, de reforma de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal. Área de Derecho Procesal DJV Abogados Madrid, 2012. La reforma profundiza y potencia los denominados institutos preconcursales,

Más detalles

Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana. Capítulo I Disposiciones generales

Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana. Capítulo I Disposiciones generales Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana Artículo 1. Objeto de la normativa. Capítulo I Disposiciones generales La presente ley tiene por objeto

Más detalles

PARA COMERCIANTES Y AUTÓNOMOS. INFORMACIÓN SOBRE TARJETAS DE CRÉDITO.

PARA COMERCIANTES Y AUTÓNOMOS. INFORMACIÓN SOBRE TARJETAS DE CRÉDITO. PARA COMERCIANTES Y AUTÓNOMOS. INFORMACIÓN SOBRE TARJETAS DE CRÉDITO. QUÉ DEBES SABER CUANDO ACEPTAS UNA TARJETA COMO FORMA DE PAGO EN TU ESTABLECIMIENTO? Hace ya muchos años que la mayoría de las microempresas

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE. Edición 30 de octubre de 2013

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE. Edición 30 de octubre de 2013 INSTRUCCIONES PARA CENTROS EDUCATIVOS QUE IMPARTEN ENSEÑANZAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE CONVALIDACIONES, EXENCIONES Y RECONOCIMIENTO DE MÓDULOS PROFESIONALES DE CICLOS FORMATIVOS

Más detalles

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TOLEDO

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TOLEDO El Alcalde del Ayuntamiento de, mediante escrito de fecha 8 de febrero de 2012, registrado de entrada en esta Diputación Provincial el día 14, solicita informe jurídico sobre la posibilidad de contratación

Más detalles

1. Disposiciones generales

1. Disposiciones generales 6 de marzo 2014 Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Núm. 44 página 11 1. Disposiciones generales Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales Orden de 26 de febrero de 2014, por la que se modifican

Más detalles

NORMATIVA REGULADORA DEL REGISTRO DE MEDIADORES DEL COLEGIO OFICIAL DE AGENTES DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA DE MADRID EN MATERIA CIVIL

NORMATIVA REGULADORA DEL REGISTRO DE MEDIADORES DEL COLEGIO OFICIAL DE AGENTES DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA DE MADRID EN MATERIA CIVIL NORMATIVA REGULADORA DEL REGISTRO DE MEDIADORES DEL COLEGIO OFICIAL DE AGENTES DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA DE MADRID EN MATERIA CIVIL Exposición de motivos La Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0076/2014

Gabinete Jurídico. Informe 0076/2014 Informe 0076/2014 La consulta plantea el procedimiento a seguir en aplicación de los dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, y su Reglamento

Más detalles

CODIGO DE CONDUCTA Para la realización de inversiones financieras temporales

CODIGO DE CONDUCTA Para la realización de inversiones financieras temporales CODIGO DE CONDUCTA Para la realización de inversiones financieras temporales I. ASEPEYO es una Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social que con el numero 151,

Más detalles

TURNO DE ACTUACIÓN PROFESIONAL 2015

TURNO DE ACTUACIÓN PROFESIONAL 2015 CIRCULAR Nº 8/ 2014-20 de octubre EXTENSION : COLEGIADOS EJERCIENTES TURNO DE ACTUACIÓN PROFESIONAL 2015 RELACION DE COLEGIADOS PARA PERITOS JUDICIALES En cumplimiento de lo establecido en el art. 341.1

Más detalles

PROTOCOLO PARA EL PROCEDIMIENTO DE RENOVACIÓN DE LA ACREDITACIÓN DE TÍTULOS UNIVERSITARIOS OFICIALES EN LA REGIÓN DE MURCIA DURANTE 2015.

PROTOCOLO PARA EL PROCEDIMIENTO DE RENOVACIÓN DE LA ACREDITACIÓN DE TÍTULOS UNIVERSITARIOS OFICIALES EN LA REGIÓN DE MURCIA DURANTE 2015. PROTOCOLO PARA EL PROCEDIMIENTO DE RENOVACIÓN DE LA ACREDITACIÓN DE TÍTULOS UNIVERSITARIOS OFICIALES EN LA REGIÓN DE MURCIA DURANTE 2015. La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada

Más detalles

Junta de Castilla y León

Junta de Castilla y León Com. 01-04 MODIFICACIONES TRIBUTARIAS PARA EL AÑO 2004 QUE AFECTAN A LOS TRIBUTOS CEDIDOS GESTIONADOS POR LA COMUNIDAD Las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para el año 2004 (Ley 61/2003), y de

Más detalles

Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad de Responsabilidad Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada Legislación El Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, deroga la anterior Ley de

Más detalles

Aprobación del nuevo Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación

Aprobación del nuevo Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación Aprobación del nuevo Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación Con efectos desde el uno de enero de 2013, se ha aprobado un nuevo Reglamento (Real Decreto 1619/2012, B.O.E. 1 de

Más detalles

Del mismo modo, estos materiales pueden ser modificados, desarrollados o actualizados sin notificación previa.

Del mismo modo, estos materiales pueden ser modificados, desarrollados o actualizados sin notificación previa. NOTA LEGAL En este apartado se encuentran establecidas las condiciones generales de la página Web http://www.thesauro.com/scripts/webs/index.asp?iditem=10485&id=0&idioma=0 http://www.procuradoresdepontevedra.com/

Más detalles

CUESTIONES CENSALES EN RELACIÓN CON LA MODIFICACIÓN EN LA TRIBUTACIÓN DE LAS SOCIEDADES CIVILES CON OBJETO MERCANTIL.

CUESTIONES CENSALES EN RELACIÓN CON LA MODIFICACIÓN EN LA TRIBUTACIÓN DE LAS SOCIEDADES CIVILES CON OBJETO MERCANTIL. CUESTIONES CENSALES EN RELACIÓN CON LA MODIFICACIÓN EN LA TRIBUTACIÓN DE LAS SOCIEDADES CIVILES CON OBJETO MERCANTIL. El artículo 7 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades

Más detalles

CIntas de correr Bicicletas fitness Elípticos Complementos gimnasio - Política de Privacidad

CIntas de correr Bicicletas fitness Elípticos Complementos gimnasio - Política de Privacidad {jcomments off}johnson HEALTH TECH. IBERICA, S.L., (en adelante JOHNSON HEALTH TECH. IBERICA ), en cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos, desea poner en conocimiento de sus clientes la

Más detalles

NOVEDADES FISCALES PARA EL 2013

NOVEDADES FISCALES PARA EL 2013 N.I: 2013-01-22/2 NOTIICIIAS DE IINTERÉS GENERAL NOVEDADES FISCALES PARA EL 2013 Apreciados Clientes, Le pasamos a detallar como continuación de nuestra anterior Circular, las novedades más importantes

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 55 Sábado 5 de marzo de 2011 (Págs. 25146 a 25152)

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 55 Sábado 5 de marzo de 2011 (Págs. 25146 a 25152) BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 55 Sábado 5 de marzo de 2011 (Págs. 25146 a 25152) Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible Disposición final duodécima. Modificación de la Ley 26/2006, de 17 de

Más detalles

REGLAMENTO DE LA COMISION DE AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE VIDRALA, S.A.

REGLAMENTO DE LA COMISION DE AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE VIDRALA, S.A. REGLAMENTO DE LA COMISION DE AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE VIDRALA, S.A. REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE VIDRALA, S.A.

Más detalles

Tipo de informe: facultativo. ANTECEDENTES

Tipo de informe: facultativo. ANTECEDENTES Consulta sobre qué conceptos han de entenderse encuadrados dentro de la expresión indemnización por los costes de cobro utilizada por el artículo 200.4 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos

Más detalles

Informe Anual de Actividades 2010. Comité de Auditoría y Cumplimiento de Vocento, S.A.

Informe Anual de Actividades 2010. Comité de Auditoría y Cumplimiento de Vocento, S.A. Informe Anual de Actividades 2010 Comité de Auditoría y Cumplimiento de Vocento, S.A. 23 de Febrero de 2011 ÍNDICE 1. DESCRIPCIÓN, MOTIVOS Y OBJETIVOS DEL INFORME ANUAL DE ACTIVIDADES 2. ANTECEDENTES DEL

Más detalles

POLÍTICA DE PRIVACIDAD

POLÍTICA DE PRIVACIDAD POLÍTICA DE PRIVACIDAD QUIÉNES SOMOS A través de la presente política de privacidad (la Política de Privacidad ) se regula el tratamiento de los datos personales facilitados por los usuarios (el Usuario

Más detalles

INFORME MOROSIDAD DIPUTACIÓN ALBACETE TERCER TRIMESTRE 2015 - DIPUTACIÓN DE ALBACETE - Cod.11375-08/10/2015

INFORME MOROSIDAD DIPUTACIÓN ALBACETE TERCER TRIMESTRE 2015 - DIPUTACIÓN DE ALBACETE - Cod.11375-08/10/2015 Tesorería 3T2015 INFORME DE TESORERIA SOBRE CUMPLIMIENTO DE PLAZOS PREVIS- TOS EN LA LEY 15/2010, DE 5 DE JULIO, CON REFERENCIA AL TERCER TRIMESTRE DE 2015 El funcionario que suscribe, en cumplimiento

Más detalles

NOTA TÉCNICA DERECHO DE SEPARACIÓN DEL SOCIO EN CASO DE FALTA DE DISTRIBUCIÓN DE DIVIDENDOS.

NOTA TÉCNICA DERECHO DE SEPARACIÓN DEL SOCIO EN CASO DE FALTA DE DISTRIBUCIÓN DE DIVIDENDOS. MERCANTIL DERECHO DE SEPARACIÓN DEL SOCIO POR NO DISTRIBUCIÓN DE DIVIDENDOS Al encontrarnos dentro del periodo de aprobación de cuentas anuales, hemos considerado conveniente recordar que, desde el 2 de

Más detalles

Por ello se proponen los siguientes criterios:

Por ello se proponen los siguientes criterios: PROPUESTA SOBRE REORDENACIÓN DE LA JORNADA LABORAL PARA EL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS DE LAS UNIVERSIDAD DE CORDOBA QUE PERCIBA SUS RETRIBUCIONES CON CARGO AL CAPITULO I DEL PRESUPUESTO. En

Más detalles

UN NUEVO PROCEDIMIENTO DE NEGOCIACIÓN DE DEUDAS DE LOS EMPRESARIOS: EL ACUERDO EXTRAJUDICIAL DE PAGOS

UN NUEVO PROCEDIMIENTO DE NEGOCIACIÓN DE DEUDAS DE LOS EMPRESARIOS: EL ACUERDO EXTRAJUDICIAL DE PAGOS UN NUEVO PROCEDIMIENTO DE NEGOCIACIÓN DE DEUDAS DE LOS EMPRESARIOS: EL ACUERDO EXTRAJUDICIAL DE PAGOS Una de las novedades más significativas que introduce la Ley 14/2013 de apoyo al emprendedor en el

Más detalles

APUNTES SOBRE LA ACTUALIDAD FISCAL

APUNTES SOBRE LA ACTUALIDAD FISCAL INFORME APUNTES SOBRE LA ACTUALIDAD ABRIL 2.014 SUMARIO 1. NOVEDADES ES CONTEMPLADAS EN EL REAL DECRETO-LEY 4/2014 DE MEDIDAS URGENTES, REFINANCIACIÓN Y REESTRUCTURACIÓN DE DEUDA EMPRESARIAL Se contemplan

Más detalles

Dirigido a personas creativas que quieran. emprender una actividad empresarial en. Cáceres.

Dirigido a personas creativas que quieran. emprender una actividad empresarial en. Cáceres. Dirigido a personas creativas que quieran emprender una actividad empresarial en Cáceres. AYUNTAMIENTO DE CÁCERES Noviembre 2010 BASE REGULADORA DE LA II EDICIÓN DEL PROGRAMA DE IDEAS EMPRENDEDORAS JUSTIFICACIÓN

Más detalles

Comentarios al Real Decreto 1619/2012 por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación realizados por el REAF

Comentarios al Real Decreto 1619/2012 por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación realizados por el REAF Comentarios al Real Decreto 1619/2012 por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación realizados por el REAF 0. Introducción Esta norma, de aplicación a partir

Más detalles

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES (2015) (OPERACIONES VINCULADAS)

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES (2015) (OPERACIONES VINCULADAS) IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES (2015) (OPERACIONES VINCULADAS) (Septiembre 2015) Fecha: 16/09/2015 VI. DOCUMENTACIÓN DE LAS OPERACIONES VINCULADAS (EJERCICIOS INICIADOS A PARTIR DE 01/01/2015) El Reglamento

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 12 de diciembre de 2009

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 12 de diciembre de 2009 Orden EHA/3364/2008, de 21 de noviembre, por la que se desarrolla el artículo 1 del Real Decreto-ley 7/2008, de 13 de octubre, de Medidas Urgentes en Materia Económico-Financiera en relación con el Plan

Más detalles

de Contratos Internacionales Modelos www.plancameral.org www.plancameral.org Modelos de contratos internacionales Confirming

de Contratos Internacionales Modelos www.plancameral.org www.plancameral.org Modelos de contratos internacionales Confirming Modelos www.plancameral.org de Contratos Internacionales www.plancameral.org Modelos de contratos internacionales Confirming Enero 2012 2 Objetivos El contrato de confirming es un acuerdo entre dos empresas

Más detalles

Artículo 1.Cumplimiento alternativo de la obligación de reserva. Excepcionalidad.

Artículo 1.Cumplimiento alternativo de la obligación de reserva. Excepcionalidad. Real Decreto 27/2000, de 14 de enero, por el que se establecen las medidas alternativas de carácter excepcional al cumplimiento de la cuota de reserva del 2 por 100 en favor de trabajadores discapacitados

Más detalles

Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Comunidad Autónoma de la Región de Murcia Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en la Región de Murcia en materia de Tributos Cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 5 de

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO Artículo 1º. Para la celebración del seguro del Grupo, en los términos del artículo 191 de la Ley sobre el Contrato

Más detalles

Documento DOC 2014\188. 1.José Antonio Panizo Robles

Documento DOC 2014\188. 1.José Antonio Panizo Robles Documento Incapacidad temporal: De nuevo el control de la IT: Apuntes sobre el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos

Más detalles

Área: Registro de Auditores Judiciales

Área: Registro de Auditores Judiciales Paseo de La Habana, 1 28036-Madrid T.+34 91 446 03 54 F.+34 91 447 11 62 Área: Registro de Auditores Judiciales Asunto: Lista de Censores para actuaciones en el ámbito judicial en 2014. Extensión: Miembros

Más detalles

PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 843/2011, DE 17 DE JUNIO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS BÁSICOS SOBRE LA

PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 843/2011, DE 17 DE JUNIO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS BÁSICOS SOBRE LA PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 843/2011, DE 17 DE JUNIO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS BÁSICOS SOBRE LA ORGANIZACIÓN DE RECURSOS PARA DESARROLLAR LA ACTIVIDAD

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE MONTEALEGRE DEL CASTILLO

AYUNTAMIENTO DE MONTEALEGRE DEL CASTILLO AYUNTAMIENTO DE MONTEALEGRE DEL CASTILLO BASES DE CONVOCATORIA DE PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN POR EL SISTEMA DE CONCURSO, PARA LA CONTRATACION TEMPORAL POR UN MES, DE UN ARQUEOLOGO, UN TECNICO DE SISTEMAS

Más detalles

ORDENANZA Nº 39: REGULADORA DE AYUDAS PARA MICROEMPRESAS LOCALES EN EL MUNICIPIO DE BOLTAÑA

ORDENANZA Nº 39: REGULADORA DE AYUDAS PARA MICROEMPRESAS LOCALES EN EL MUNICIPIO DE BOLTAÑA ORDENANZA Nº 39: REGULADORA DE AYUDAS PARA MICROEMPRESAS LOCALES EN EL MUNICIPIO DE BOLTAÑA Ante los graves problemas que aquejan a la sociedad actual de desempleo y falta de iniciativa económica, desde

Más detalles

III. En cuanto a su contenido, el artículo 3 dispone que el Registro incorporará el número y fecha de la Apostilla, el nombre y capacidad en la que

III. En cuanto a su contenido, el artículo 3 dispone que el Registro incorporará el número y fecha de la Apostilla, el nombre y capacidad en la que Examinada su solicitud de informe, remitida a este Gabinete Jurídico, referente al Proyecto de Orden por la que se crea y regula el registro electrónico de Apostillas del Ministerio de Justicia y se regula

Más detalles

JUZGADO MERCANTIL Nº 6 DE BARCELONA PROCEDIMIENTO CONCURSAL Nº 1014/2010-A

JUZGADO MERCANTIL Nº 6 DE BARCELONA PROCEDIMIENTO CONCURSAL Nº 1014/2010-A JUZGADO MERCANTIL Nº 6 DE BARCELONA PROCEDIMIENTO CONCURSAL Nº 1014/2010-A PLAN DE LIQUIDACIÓN QUE PRESENTA LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DESIGNADA EN EL EXPEDIENTE DE CONCURSO NECESARIO DE LA ENTIDAD BARNET,

Más detalles

COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES

COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES Madrid, 10 de febrero de 2016 COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES A los efectos de dar cumplimiento al artículo 228 del Texto Refundido de la Ley del Mercado de Valores, MAPFRE, S.A. (MAPFRE), pone

Más detalles

REGLAMENTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL MUTUALISTA DE LA MUTUA COMPLEMENTARIA DE PREVISIÓN SOCIAL RENAULT ESPAÑA

REGLAMENTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL MUTUALISTA DE LA MUTUA COMPLEMENTARIA DE PREVISIÓN SOCIAL RENAULT ESPAÑA REGLAMENTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL MUTUALISTA DE LA MUTUA COMPLEMENTARIA DE PREVISIÓN SOCIAL RENAULT ESPAÑA INDICE TITULO PRELIMINAR... Artículo 1. Legislación aplicable... TITULO PRIMERO.- OBJETO,

Más detalles

Qué medidas principales se han aprobado? REAL DECRETO-LEY 10/2011, DE 26 DE AGOSTO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA

Qué medidas principales se han aprobado? REAL DECRETO-LEY 10/2011, DE 26 DE AGOSTO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA QUEROL & QUEROL ASSESSORS, S.L MORELLA FORCALL VILLAFRANCA - CANTAVIEJA C/ VIRGEN DEL ROSARIO Nº 15 12300 MORELLA (CASTELLÓN) TELF. 964.160.958 FAX 964.173.290 REAL DECRETO-LEY 10/2011, DE 26 DE AGOSTO,

Más detalles

REGLAMENTO DE GESTIÓN FONCAIXA DINERO 12, F.I.A.M.M.

REGLAMENTO DE GESTIÓN FONCAIXA DINERO 12, F.I.A.M.M. REGLAMENTO DE GESTIÓN FONCAIXA DINERO 12, F.I.A.M.M. - 1 - CAPITULO I. DATOS GENERALES Artículo 1.- Artículo 2.- Artículo 3.- Denominación y régimen jurídico. Objeto. Duración. CAPITULO II. LA SOCIEDAD

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0101/2008

Gabinete Jurídico. Informe 0101/2008 Informe 0101/2008 La consulta plantea si existe obligación de ceder a los sindicatos y a los Órganos de Representación del personal, la dirección de correo electrónico del trabajador, al amparo de la Sentencia

Más detalles

Nuevo Reglamento de Facturación para el 2013

Nuevo Reglamento de Facturación para el 2013 C/ Taboada Leal, nº 23 bajo 36203 Vigo Telf. 986482727 Fax 986481704 e-mail: asesoriag5@asesoriag5.com Nuevo Reglamento de Facturación para el 2013 CONTENIDO: 1.- OBLIGACION DE EXPEDIR FACTURA 2.- DOS

Más detalles

PRESUPUESTO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA PARA EL AÑO 2015 TÍTULO III DE LA GESTIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIOS

PRESUPUESTO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA PARA EL AÑO 2015 TÍTULO III DE LA GESTIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIOS TÍTULO III DE LA GESTIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIOS Artículo 26. Autorización de gastos de carácter plurianual. 1. El número de ejercicios futuros a los que pueden extenderse los gastos de carácter plurianual

Más detalles

«1.º Los socios que conforme a la ley sean personal e ilimitadamente responsables

«1.º Los socios que conforme a la ley sean personal e ilimitadamente responsables I. ENMIENDAS EN MATERIA DE CONVENIO ENMIENDA DE MODIFICACIÓN NÚMERO 1 Se modifica el número 2 del apartado Uno del artículo único del Real Decretoley 11/2014, de 5 de septiembre, de medidas urgentes en

Más detalles

El importe de la indemnización exenta a que se refiere esta letra tendrá como límite la cantidad de 180.000 euros..

El importe de la indemnización exenta a que se refiere esta letra tendrá como límite la cantidad de 180.000 euros.. Necesidad para declarar la exención de las indemnizaciones por despido, que se produzca conciliación o resolución judicial, de no producirse, las posibles cantidades percibidas estarán sujetas y, en todo

Más detalles

3. PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS Y NATURALEZA DE LAS APORTACIONES

3. PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS Y NATURALEZA DE LAS APORTACIONES 1. INTRODUCCIÓN El presente documento tiene por objeto informar detalladamente sobre la naturaleza y características de las aportaciones al capital social de, SOCIEDAD COOPERATIVA DE CRÉDITO (en adelante,

Más detalles

NORMA DE RÉGIMEN INTERIOR SOBRE: INSTITUCIÓN DE MEDIACIÓN EN ASUNTOS CIVILES Y MERCANTILES DEL COLEGIO DE ECONOMISTAS DE MADRID (MEDIACIÓN-CEM)

NORMA DE RÉGIMEN INTERIOR SOBRE: INSTITUCIÓN DE MEDIACIÓN EN ASUNTOS CIVILES Y MERCANTILES DEL COLEGIO DE ECONOMISTAS DE MADRID (MEDIACIÓN-CEM) NORMA DE RÉGIMEN INTERIOR SOBRE: INSTITUCIÓN DE MEDIACIÓN EN ASUNTOS CIVILES Y MERCANTILES DEL COLEGIO DE ECONOMISTAS DE MADRID (MEDIACIÓN-CEM) TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1.- Naturaleza

Más detalles

1. INTRODUCCIÓN 2. REGULACION NORMATIVA. El artículo 97 del TRLRHL establece que:

1. INTRODUCCIÓN 2. REGULACION NORMATIVA. El artículo 97 del TRLRHL establece que: EL IMPUESTO SOBRE VEHICULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA. COMENTARIOS AL ACTUAL SISTEMA DE TRAMITACIÓN DE LA RENOVACIÓN DEL PERMISO DE CIRCULACIÓN DE UN VEHÍCULO POR CAMBIO DEL DOMICILIO DE SU TITULAR. 1. INTRODUCCIÓN

Más detalles