Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados

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1 PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TECNICAS Nombre del organismo contratante: Instituto Nacional de Servicios Sociales PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: Tipo: LICITACIÓN PUBLICA Nº 81/07 Ejercicio: 2007 Clase: Modalidad: UNICA Expediente : Rubro: MANTENIMIENTO Objeto de la contratación: EJECUCIÓN DE LAS TAREAS DE REPARACIÓN Y RENOVACIÓN TECNOLÓGICA de los TRES ASCENSORES, pertenecientes al inmueble propiedad del Instituto, sito en Cabildo 4351 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la HABILITACION MUNICIPAL de los mismos y la Contratación de uno y/o varios profesionales y/o empresas habilitadas por el Gobierno de la Cdad. Aut. de Bs. As. para actuar en la CONSERVACIÓN y el MANTENIMIENTO de ASCENSORES y MONTACARGAS, por el término de VEINTICUATRO (24) meses con opción a renovación por DOCE (12) meses adicionales, conforme a las condiciones generales, características técnicas y particulares de lo requerido, contenidas en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y Anexos y demás características consignadas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, en todo lo que no sea modificado por las condiciones particulares y en los términos del Régimen General de Contrataciones de Bienes, Servicios y Prestadores Médicos- Asistenciales y Sociales del Instituto. Costo del pliego: - SIN COSTO RETIRO DE PLIEGOS Lugar / dirección Página web del Instituto PRESENTACIÓN DE OFERTAS: Lugar / dirección Plazo y Horario Subgerencia de Compras y Contrataciones, EL DIA Y HORA DISPUESTA PARA LA Perú 169 Piso 5º - Ciudad Autónoma de APERTURA Buenos Aires ACTO DE APERTURA Lugar / dirección Plazo y Horario Subgerencia de Compras y Contrataciones, Perú 169 Piso 5º - Ciudad Autónoma de 22 / 11 / 07 a las 11,00 horas Buenos Aires 1

2 PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TECNICAS LICITACION PUBLICA Nº 81/07 ARTICULO 1. OBJETO DE LA CONTRATACION La presente Licitación Pública tiene por objeto la contratación de la EJECUCIÓN DE LAS TAREAS DE REPARACIÓN Y RENOVACIÓN TECNOLÓGICA de los TRES ASCENSORES, pertenecientes al inmueble propiedad del Instituto, sito en Cabildo 4351 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la HABILITACION MUNICIPAL de los mismos y la Contratación de uno y/o varios profesionales y/o empresas habilitadas por el Gobierno de la Cdad. Aut. de Bs. As. para actuar en la CONSERVACIÓN y el MANTENIMIENTO de ASCENSORES y MONTACARGAS, por el término de VEINTICUATRO (24) meses con opción a renovación por DOCE (12) meses adicionales, conforme a las condiciones generales, características técnicas y particulares de lo requerido, contenidas en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y Anexos y demás características consignadas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, en todo lo que no sea modificado por las condiciones particulares y en los términos del Régimen General de Contrataciones de Bienes, Servicios y Prestadores Médicos- Asistenciales y Sociales del Instituto. Forman parte del Pliego de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas los siguientes Anexos: ANEXO I Especificaciones Técnicas de las obras de Reparación y Adecuación Tecnológica ANEXO II Especificaciones Técnicas del Servicio de Mantenimiento y Conservación ANEXO III Planilla de Cotización ANEXO IV Constancia de Visita a Obra ANEXO V Declaración Jurada relativa a Prohibiciones (Art. 5º) ANEXO VI Contrata ARTICULO 2.- PROCEDIMIENTO DE SELECCION La presente contratación se realizará de acuerdo a lo establecido en el Artículo 19º inciso a) y 84º del Régimen General de Contratación de Bienes y Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados en lo que se refiere a LICITACIÓN PUBLICA bajo la modalidad de ETAPA UNICA. FORMA DE CONTRATACION 1. Las Obras serán contratadas por el sistema de AJUSTE ALZADO, es decir por un monto total y único, sin reconocimiento de mayores costos por concepto alguno. 2. La ejecución de las obras incluirá todas las etapas del proceso que aseguren la entrega de las obras contratadas en tiempo y forma. 3. Una vez efectuada la Recepción Definitiva según lo prescrito en el Artículo Nº 26 del presente Pliego, comenzará a regir el contrato de Conservación y Mantenimiento de 2

3 los equipos con sistema por ABONO MENSUAL. 4. El tipo de servicio de Mantenimiento y Conservación requerido será de MANTENIMIENTO SEMI-INTEGRAL con lista de partes declarada. ARTICULO 3º.- NORMATIVA APLICABLE Todos los documentos que integran la presentación serán considerados como recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias se seguirá el orden de prelación establecido por el Artículo 23º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. ARTICULO 4º.- TERMINOLOGIA En el presente Pliego y en la documentación del contrato que se celebre, se emplean, con el significado que aquí se indica, los siguientes términos: Instituto: el Instituto Nacional de Servicios Sociales. Inspección: Personal Técnico autorizado por el Instituto para fiscalizar los trabajos en ejecución. GCBA: Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a cargo de quien se encuentra la regulación del servicio de mantenimiento y conservación de ascensores en el ámbito de la ciudad, así como el control del cumplimiento de la normativa vigente. Oferente: la persona física o jurídica que presenta una propuesta en la licitación. Oferta: la propuesta presentada por un oferente en la licitación. Adjudicatario: oferente al que se le ha adjudicado la ejecución de los trabajos licitados. Cumplirá asimismo las funciones de Conservador de los equipos en tanto duren las obras de reparación y adecuación y luego durante el contrato de abono mensual de Conservación y Mantenimiento. Conservador: a cargo de quien se hallará el estricto cumplimiento de las Ordenanza N del GCBA, su reglamentación Decreto N 578/01, Decreto Modificatorio N 1734/02 y toda Reglamentación u Ordenanza vigente que modifique y/o reemplace a las mencionadas. Representante Técnico: Para la Contratación de las Obras de Adecuación: Se trata de un Profesional de Primera Categoría (Ingeniero o Arquitecto) con la capacitación demostrable en la especialidad Ascensores. Para la Contratación del Servicio de Mantenimiento y Conservación se refiere al Profesional que depende del Conservador, debidamente habilitado por el GCBA y encargado de verificar el cumplimiento de la normativa vigente. Días: salvo especial indicación en contrario, se entenderá por días hábiles Administrativos. ARTICULO 5.- PERSONAS NO HABILITADAS PARA CONTRATAR: No podrán contratar con el INSSJP: a) Las personas físicas o jurídicas cuyos contratos hayan sido rescindidos por el INSTITUTO. b) Las personas físicas o jurídicas que se encontraren litigando contra el INSTITUTO. c) Los agentes y funcionarios del Sector Público Nacional y las empresas en las cuales aquellos tuvieren una participación suficiente para formar la voluntad social, de conformidad con lo establecido en la Ley de Etica Pública N d) Los empleados y personal directivo del INSSJP, sus parientes hasta el cuarto (4º) grado de consanguinidad y segundo (2º) de afinidad, y las empresas en las cuales aquellos tuvieren participación, de acuerdo con la normativa vigente en materia de incompatibilidades y anticorrupción. 3

4 e) Los condenados por delitos dolosos, por un lapso igual al doble de la condena. f) Las personas que se encontraren con procesamiento firme por delitos contra la propiedad, o contra la Administración Pública Nacional, o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción. g) Los deudores morosos o evasores de obligaciones tributarias, aduaneras o de la seguridad social. h) Los fallidos. ARTICULO 6º.- REQUISITOS DE LOS OFERENTES. Para participar de la presente contratación los oferentes deberán reunir, los siguientes requisitos: a) Los oferentes y en su caso, sus miembros, no podrán ser miembros de otro oferente, ni presentarse como otro oferente a titulo individual. b) Los oferentes deberán contar con la estructura necesaria para proveer el equipamiento y el servicio objeto de la presente. c) Acreditar su capacidad para asumir las obligaciones emergentes del presente pliego y del PLIEGO UNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES. d) El Conservador deberá contar con un REPRESENTANTE TÉCNICO debidamente habilitado ante el GCBA quien se obliga a cumplimentar la totalidad de los requerimientos establecidos a tal efecto por el mencionado organismo. e) Cumplimiento de los requisitos exigidos en el presente Pliego. ARTICULO 7º.- INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES Si bien no resulta obligatorio estar inscripto en el Registro de Proveedores de este Instituto a los efectos de participar del presente llamado, será indispensable el haber concluido dicho trámite antes de la emisión de la Orden de Compra. A los fines expuestos deberán dirigirse al Registro de Proveedores, Cumplimiento y Vencimiento Contractual, sito en Perú 169 5º piso, Cdad. Autónoma de Buenos Aires, T.E ARTICULO 8º.- COMUNICACIONES Conforme lo establecido en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales - Artículo 3º, las comunicaciones entre las partes podrán llevarse a cabo: personalmente, por correo electrónico, por fax, por carta certificada con aviso de retorno o telegrama colacionado con aviso de retorno, en un todo de acuerdo con lo estipulado en el presente pliego. ARTICULO 9.- CONSULTAS y COMUNICACIONES DE ORDEN TÉCNICO Para más detalles e informes técnicos las empresas oferentes formalizarán las consultas por escrito a la Subgerencia de Recursos Físicos- Departamento Mantenimiento, sito en Avda. de Mayo 801, 4 piso, C.A.B.A., oficinatecnicacv@pami.org.ar hasta el CUARTO (4 ) día hábil previo a la fecha fijada para la presentación de las ofertas. La respuesta será por escrito y se circularizará a la totalidad de las empresas a través de la Subgerencia de Compras y Contrataciones. ARTICULO 10º.- REQUISITOS DE LA PRESTACION La atención del servicio deberá ser permanente hasta la terminación del contrato, no admitiéndose interrupción alguna por vacaciones, huelgas, ni por ningún otro evento. Todos los equipos, materiales y accesorios a emplear en la obra serán de primera calidad, con garantía de perfecto funcionamiento, reconocida probidad en plaza y cumplimiento de 4

5 las exigencias técnicas reglamentadas y exigidas por el GCBA. El adjudicatario proveerá la totalidad del material necesario para ejecutar los trabajos encomendados, debiendo contar con los elementos para llevar a cabo los mismos, al igual que la totalidad de la mano de obra. No podrá conceptuar como adicional todo trabajo o tareas que no estando indicado en los planos o especificaciones técnicas sean indispensables para el fin y uso a que se destine la obra. ARTICULO 11º.- INVARIABILIDAD DE LOS PRECIOS El contratista no podrá bajo pretexto de error u omisión de su parte reclamar aumento de los precios fijados en el contrato. ARTICULO 12º.- CONTENIDO DE LA OFERTA Las ofertas deberán ser presentadas en original y duplicado, de conformidad con lo establecido por los artículos 7º, 10º y 14º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, estarán firmadas en todas sus hojas por el presentante y contendrán: 1. Índice de la documentación presentada, con indicación de las fojas que conforman cada una de sus partes, con mención de la cantidad total de fojas de la oferta. 2. Carta de presentación del oferente, con todos los datos y documentación que correspondan a su individualización y personería jurídica, incluyendo copia del contrato o estatuto de la sociedad y constitución de domicilio. 3. Poder suficiente que acredite la personería del representante legal, si la misma no surge del respectivo contrato constitutivo. 4. Copia de los Balances Generales de cierre de ejercicio firmadas por Contador Público Nacional y certificadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, correspondientes a los dos (2) últimos ejercicios anteriores a la fecha de presentación de la oferta, con excepción de aquellos casos en que se acredite la imposibilidad de presentar dicha documentación de acuerdo a la fecha de inicio de sus actividades que conste en el Estatuto Social o Contrato, en estos casos solo deberá presentar los antecedentes que registren. La documentación detallada en este punto no será necesaria de contar el oferente con su registración autorizada en el Sistema de Proveedores y Prestadores del Instituto. 5. Constituir domicilio especial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y denunciar número de teléfono, fax y su dirección de Correo Electrónico, donde serán válidas todas las comunicaciones y notificaciones asociadas al procedimiento de la presente contratación. Toda modificación de domicilio, deberá ser notificada en forma fehaciente al INSTITUTO. 6. Constancia de inscripción ante la Administración Federal de Ingresos Públicos. 7. Certificado fiscal para contratar. 8. Declaración Jurada de no estar comprendido en las causales determinadas en el Artículo 5º del presente pliego (Anexo V). 9. Planilla de Cotización: deberá realizarse una planilla por cada ascensor (Anexo III). 10. Garantía de mantenimiento de oferta. 11. Constancia de Visita a Obra (Anexo IV). 12. DOCUMENTACION TECNICA EXIGIDA Folletos explicativos que contengan la descripción técnica de los elementos ofrecidos como así también indicar marca y modelo o cualquier otro dato que haga a una mejor individualización y acreditación de los mismos. Esta exigencia se aplica a la totalidad de los equipos, materiales y accesorios a emplear, exigiéndose la presentación de las garantías de fabricación y de 5

6 funcionamiento (por escrito) no menor a UN (1) año. Garantía de ejecución (por escrito) por un plazo de CINCO (5) años por todo aquel desperfecto que pudiese surgir por la ejecución deficiente de los trabajos encomendados. A efectos de determinar la capacidad técnico-operativa de las empresas oferentes, se deberá adjuntar a la oferta, con carácter obligatorio, la siguiente información: 1. Referencias de trabajos similares a las del Objeto del Llamado en cuanto a la Ejecución de tareas de reparación y adecuación a nuevas tecnologías de equipos de similares características a las que nos ocupan. 2. Nómina de las firmas y/o edificios donde han prestado y/o prestan servicio de Conservación y Mantenimiento actualmente, domicilio de las mismas y tiempo de prestación en cada una de ellas. 3. Estructura organizativa de la empresa (Gerentes, Representantes Técnicos, Supervisores, Técnicos, Operarios) con detalle del personal a ocupar en la obra a contratar. 4. Detalle de medios de movilidad y listado de equipos, maquinarias y herramientas propios con los que la empresa desarrolla sus actividades, indicación de Talleres y su ubicación a efectos de derecho de visita. Sin perjuicio de lo establecido en el Art. N 12 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, las empresas deberán presentar junto con su oferta la siguiente documentación: 1) Permiso de Conservador actualizado: Habida cuenta de la caducidad de todos los Permisos de Conservador otorgados de acuerdo al Artículo N 6 del Decreto 220/96, se exigirá en la presentación de la oferta el comprobante de Permiso de Conservación extendido por el GCBA adecuado a los términos del Decreto 578/01 y actualizado al período en curso. En el caso de extenderse por parte del Instituto el período original de contratación, se exigirá la presentación del permiso renovado al nuevo período en las mismas condiciones que el anterior. 2) Comprobantes de matrícula profesional del Representante Técnico y su correspondiente habilitación para tal fin. 3) Habilitación a nombre del Conservador de las oficinas y/o talleres que sirven como sede de la actividad. 4) Comprobante de titularidad de por lo menos una línea telefónica, afectada al servicio durante las veinticuatro horas y todos los días del año, a nombre del Conservador. 5) Fotocopia autenticada del Contrato de Locación de Servicios del o los Representantes Técnicos por un período igual o mayor a UN (1) año, en el caso de que los mismos no se encuentren en relación de dependencia, en cuyo caso formará parte de la Nómina de personal de la empresa. 14. El presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y Anexos y circulares aclaratorias firmado en todas sus fojas en prueba de conformidad con los términos del mismo. ARTICULO 13º.- VISITA A LAS INSTALACIONES Será indispensable y obligatoria la VISITA A LAS INSTALACIONES a los efectos de tomar debida nota de todos los inconvenientes que pudieran presentarse en la ejecución normal del servicio contratado, informarse sobre las condiciones existentes, horarios y todo cuanto pueda influir en el justiprecio del mismo, ya que no se reconocerá ningún tipo de adicional. 6

7 En consecuencia, no se podrá alegar posteriormente causa alguna de ignorancia, en lo que a condiciones de realización del servicio se refiere y a los elementos necesarios para la correcta ejecución de los trabajos encomendados. La visita a las instalaciones deberá ser efectuada hasta SEIS (6) días hábiles previo a la presentación de la oferta, debiendo ser coordinada con la Subgerencia de Recursos Físicos - Departamento Mantenimiento al te.: /7341 (int.7579) o bien en Avda. de Mayo piso, C.A.B.A.. Durante la Visita a Obra el Personal Técnico que ejercerá la Inspección de Obra, designado a tal fin por el Instituto, firmará la CONSTANCIA DE VISITA, la que será agregada a la oferta. ARTICULO 14.- COTIZACIÓN En la cotización se incluirán a cargo del adjudicatario los materiales de limpieza y engrase y herramientas indispensables para el cumplimiento de las tareas que se licitan, tales como: artículos de limpieza, solventes, lubricantes, abrasivos, etc. La cotización de los ítems deberá hacerse bajo las siguientes condiciones: En pesos, con no más de DOS (2) decimales, expresados en números y letras que deben ser coincidentes, en caso de discrepancia se tendrá por valida el expresado en letras, bajo ningún concepto se aceptarán cotizaciones en moneda extranjera ni cláusula de ajuste alguno. A los efectos del Impuesto al Valor Agregado, este Instituto es considerado como exento por lo que la alícuota correspondiente deberá estar incluida en el precio. ARTICULO 15.- GARANTIAS. Garantía por Acopio de Materiales: Por el equivalente de los montos que reciba el adjudicatario como acopio de materiales. Garantía de Mantenimiento de Oferta: CINCO POR CIENTO (5%) del total de lo cotizado, se presentará en forma conjunta con la oferta, su no inclusión será motivo de desestimación de la misma. Garantía de Cumplimiento Contractual: DIEZ POR CIENTO (10%) sobre el total de lo adjudicado. Su presentación será obligatoria en forma previa al retiro de la Orden de Compra. FORMAS DE CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS: a) En efectivo, mediante depósito bancario en la cuenta del INSTITUTO, o cualquiera de las modalidades de depósito autorizadas por el Banco Central. b) Con cheque certificado, contra una entidad bancaria radicada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o el Gran Buenos Aires. c) Con títulos públicos emitidos por el ESTADO NACIONAL que coticen en el mercado de valores al día de la oferta. Los mismos deberán ser depositados en una entidad bancaria a la orden del INSSJP, identificándose el procedimiento de selección de que se trate. El monto se calculará tomando en cuenta la cotización de los títulos al cierre del penúltimo día hábil anterior a la constitución de la garantía en la Bolsa o Mercado correspondiente, lo que deberá ser certificado por las autoridades bancarias al recibir dicho depósito. En caso de liquidación de los valores a los que se refiere este inciso, se formulará un cargo por los gastos que ello ocasionare. El eventual excedente quedará sujeto a las disposiciones que rigen la devolución de las garantías. d) Con aval bancario u otra fianza a satisfacción del INSTITUTO, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso, llano y principal pagador con expresa renuncia a los beneficios de excusión y división en los términos del artículo 2013 del Código Civil, así como al beneficio 7

8 de interpelación judicial previa. e) Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, extendidas a favor del INSSJP. f) Mediante la afectación de créditos que el oferente o adjudicatario tenga liquidados y al cobro en el INSSJP, a cuyo efecto el interesado deberá presentar en la fecha de constitución de la garantía, la certificación pertinente. Quedan exceptuados los créditos que se encuentren comprendidos en el Decreto Nº 925/96, en la Ley Nº y Resolución Nº 267/03 del Ministerio de Economía. ARTICULO 16.- PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA. El plazo de mantenimiento de la oferta será de treinta (30) días hábiles a contar a partir del primer día hábil posterior a la fecha del acto de apertura, prorrogables en la forma y modalidades previstas en el artículo 51º del Régimen General de Contrataciones de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del Instituto. ARTICULO 17º.- LUGAR, PLAZO Y HORARIO DE LA PRESENTACION DE LAS OFERTAS Las propuestas presentadas en original y duplicado, en sobre, cajas o paquetes que deberán encontrarse perfectamente cerrados, identificados con los datos del Procedimiento de Selección al que correspondan, fecha y hora de apertura y nombre del oferente, serán admitidas hasta la HORA FIJADA para la apertura del Acto, en la SUBGERENCIA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Perú 169 Piso 5º - Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde tendrá lugar la Apertura conforme lo indicado en el Artículo siguiente. Las ofertas presentadas fuera del plazo, horario y lugar indicado, no serán admitidas. ARTICULO 18.- APERTURA DE LAS OFERTAS El acto de apertura de los sobres se realizará en el lugar y hora indicados en el encabezamiento del presente pliego. Cumplido el mismo se procederá a labrar un Acta donde se detallará la totalidad de las ofertas presentadas, haciéndose constar: A. Fecha y hora en que se labra el Acta. B. Número de expediente y número de licitación. C. El número de orden asignado a cada oferta. D. La denominación del oferente. E. El precio de la oferta. F. La garantía de mantenimiento de oferta. G. La cantidad de fojas que contiene la oferta original. H. Las observaciones del acto de apertura si las hubiere. El Acta será firmada por los representantes de la Subgerencia de Compras y Contrataciones y por los oferentes que así lo desearen, dejándose constancia de la hora de cierre. ARTICULO 19.- EVALUACIÓN DE LA OFERTA La Comisión Evaluadora procederá a analizar la documentación correspondiente de acuerdo a la enumeración establecida en el artículo 12 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y las ofertas de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en los artículos 16 y 17 del Pliego mencionado; recomendando la adjudicación de la que resulte la más conveniente para EL INSTITUTO. ARTICULO 20º.- CRITERIO DE EVALUACION TECNICA DE LAS OFERTAS Los parámetros de evaluación a tener en cuenta en la evaluación de las ofertas, serán: 8

9 1. El Precio. 2. Los antecedentes de las empresas oferentes 3. El menor plazo de entrega, que no deberá exceder los plazos mencionados en el Artículo 23º del presente. ARTICULO 21.- IGUALDAD DE OFERTAS En caso de igualdad de precios y calidad se actuará de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 19º IGUALDAD DE OFERTAS del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. ARTICULO 22.- ADJUDICACION DE OFERTAS El INSTITUTO podrá adjudicar por el total de lo cotizado. ARTICULO 23º.- PLAZO PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS El plazo de obra será contado a partir de la fecha de firma del Acta de Inicio de Obra, siendo de UN BIMESTRE para cada ASCENSOR, en un todo de acuerdo con lo indicado en el punto PLAN DE TRABAJOS del Anexo I. La certificación será MENSUAL, es decir MES CALENDARIO a partir de la fecha de inicio de obra. La obra deberá ser ejecutada dentro de los plazos totales y parciales establecidos. El Contratista quedará constituido en mora por el solo hecho de incumplimiento del o de los plazos estipulados, haciéndose pasible de las multas correspondientes según lo especificado en el Artículo Nº 32.- PENALIDADES del presente pliego. La firma adjudicataria previo a la iniciación de las obras, deberá contactarse con la Subgerencia de Recursos Físicos Departamento Mantenimiento Avda. de Mayo piso, tel /7341 (int.7579), a fin de coordinar fechas y horarios para la iniciación y realización de los trabajos habida cuenta que el edificio está en funcionamiento y con el personal trabajando. ARTICULO 24.- RECEPCION PROVISORIA La Recepción Provisoria de las obras se efectuará después de terminados y completados satisfactoriamente los trabajos contratados debiendo realizarse la Habilitación provisoria de los tres ascensores de acuerdo a lo establecido en el Art. 20 de la Norma del GCBA, efectivizándose mediante Acta suscripta a tal efecto. ARTÍCULO 25º.- PLAZO DE GARANTIA: Entre la Recepción Provisoria y la Definitiva de cada ascensor regirá un plazo de garantía de UN (1) año como mínimo, durante el cual la empresa será responsable de los defectos por desperfectos provenientes de la mala calidad y/o ejecución deficiente de los trabajos y cualquier otra causa imputable a la misma. Durante ese lapso el adjudicatario asumirá los atributos de Conservador según normas en vigencia. ARTICULO 26.- RECEPCION DEFINITIVA Transcurrido el plazo de garantía de un (1) año como mínimo, aludido en el artículo anterior, tendrá lugar la Recepción Definitiva de la obra, la que se efectuará con las mismas formalidades que la Provisoria, previa comprobación del buen estado de las obras y ejecución de lo indicado en la Recepción Provisoria. La Recepción Definitiva estará supeditada a la Habilitación definitiva de los ascensores por parte del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires la cual deberá ser tramitada y gestionada por el Adjudicatario. - Una vez efectuada la Recepción definitiva de los trabajos originalmente pactados 9

10 comenzará a regir el Contrato de Mantenimiento y Conservación de los tres ascensores. - Asimismo la empresa Adjudicataria, una vez ejecutada la Recepción Definitiva, deberá responder por un plazo no menor de CINCO (5) años por todo aquel desperfecto que pudiese surgir por la ejecución deficiente de los trabajos encomendados. Esta garantía de ejecución deberá constar en la oferta. Estas garantías no eximen a la empresa adjudicataria de las establecidas por las reglamentaciones vigentes. Asimismo el adjudicatario es responsable de la garantía de correcto funcionamiento de los elementos, equipos y máquinas que conforman la instalación realizada. ARTICULO 27º.- DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS Una vez formalizada la Recepción Definitiva de la obra le será devuelto al contratista la Garantía de Cumplimiento de Contrato, el Fondo de Reparo con los saldos que hubiere presentado. Este artículo se complementa con lo indicado en el Art. 5º punto 3 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. ARTICULO 28º.- LIQUIDACION Y PAGO DE LAS OBRAS FONDO DE REPARO: De cada pago efectivizado se descontará un cinco por ciento (5%) en concepto de Fondo de Reparo. Dicho Fondo podrá ser utilizado por el Instituto a su exclusivo criterio, para efectuar arreglos o finalizar trabajos que por su índole correspondan al Contratista de Obra, y que éste no realice con la calidad y/o plazos convenidos en el presente pliego y/u órdenes de servicio emanadas de la Inspección de Obra, pudiendo mandar a ejecutar los trabajos por terceros o con personal propio no teniendo el Contratista derecho a reclamo alguno. ACOPIO DE MATERIALES: Se efectivizará dentro de los cinco (5) días hábiles administrativos de la firma del Acta de Inicio de Obra un adelanto del treinta por ciento (30%) del valor adjudicado en concepto de Acopio de Materiales, el que será descontado de cada pago por certificación de avance de obra en forma proporcional al mismo, hasta alcanzar su saldo definitivo en la última certificación. El acopio de materiales podrá ser verificado por la Inspección de Obra, constatándose además su correlato con el valor efectivizado del treinta por ciento (30%). ARTICULO 29º.- FACTURACIÓN El Adjudicatario deberá presentar la facturación en la Mesa de Entrada de Facturación Perú 171/173 Cdad. Aut. Buenos Aires, cumplimentando los requisitos establecidos en el artículo 74º del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados y a las normas de la Administración Federal de Ingresos Públicos. Asimismo, deberá cumplir con los siguientes requisitos: a) La presentación de las facturas será acompañada con la copia del correspondiente Certificado de Avance de Obra conformado por la Inspección de Obra. b) Los Certificados de Avance de Obra deberán entregarse en original y duplicado en la Subgerencia de Recursos Físicos, Av. de Mayo Piso, Mesa de Entradas de la misma, Cdad. Aut. de Bs. As., indicando los mismos los porcentajes de Avance de cada uno de los rubros componentes de la obra en el período al que se refieren, confeccionados a máquina o manuscritos en tinta sin entrelíneas o raspaduras, acompañados por un Acta de Medición elaborada en forma conjunta con la Inspección de Obra. c) En el supuesto de existir Adicionales de Obra contemplados en el Artículo 30º 10

11 Aumento o disminución de la prestación del Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales, la empresa deberá entregar junto con la respectiva factura, la copia de la Orden de Servicio emanada de la Inspección de Obra y el aval técnico de la misma en el que se indique claramente la conformidad técnica de la Inspección de Obra por los trabajos ejecutados, así como la razonabilidad de plaza de los costos presentados en el caso en el que los adicionales se refieran a trabajos no contemplados originalmente en la Planilla de Cotización. d) La presentación de facturas relacionadas con trabajos no contemplados en la presente contratación deberán ser acompañadas por los correspondientes presupuestos y conformidades de la Subgerencia de Recursos Físicos, con Remitos Conformados por la Inspección de Obra. e) La presentación de las facturas mensuales de abono de mantenimiento será acompañada con la copia del correspondiente Remito Conformado por la Inspección de Obra. ARTICULO 30.- CONDICIONES DE PAGO Los pagos se realizarán a los treinta (30) días hábiles, contados a partir de la fecha en que haya sido efectuada la correspondiente certificación de Avance de Obra. ARTICULO 31.- MODIFICACIONES Y AMPLIACIONES El Instituto podrá ordenar por escrito a la empresa que ejecuten modificaciones, reducciones, supresiones o trabajos adicionales en el enmarque del Art. 30º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, procediéndose entonces a efectuar las correspondientes economías o demasías en obra, debiendo éstas quedar fehacientemente documentadas. En el supuesto de tratarse de trabajos necesarios de efectuar pero no contemplados en la contratación original, el Instituto verificará la razonabilidad de los precios presentados y, de acordar con lo propuesto, autorizará la ejecución de los mismos. ARTICULO 32º.- PENALIDADES Además de las penalidades establecidas en el artículo 25º del Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales y Artículo 84º del Régimen de Contrataciones vigente y en la legislación de fondo, y de la promoción de las acciones civiles y/o penales que puedan corresponder, el INSTITUTO queda facultado a aplicar las sanciones y penalidades que se enuncian a continuación: a) Por las demoras en la iniciación, desarrollo o terminación de los trabajos, dentro de los plazos estipulados. b) Por la falta de concurrencia para verificar desperfectos dentro del término previsto en el Pliego. c) Prestación del servicio con personal insuficiente o negligente. d) Deficiente prestación del servicio. e) Incumplimiento a una orden de servicio. f) Falta de solución o solución tardía para poner en servicio los ascensores objeto de la contratación. g) Inadecuado mantenimiento de los ascensores que produzcan espacios permanentes fuera de servicio. h) Todo otro hecho no enumerado precedentemente y que por sus características impartan no cumplimiento de las condiciones establecidas en el presente pliego. 11

12 En todos los casos mencionados en los puntos b y e, se aplicará una multa por incumplimiento de 0.1% por cada siete (7) días o fracción mayor de tres (3) días. Por incumplimiento de los puntos a, c, d, f, g y h una multa del 3,0% o por cada siete (7) días o fracción mayor de tres (3) días. Los porcentajes estipulados precedentemente se aplicarán sobre el monto total del contrato más o menos los adicionales que correspondan. Se considera que existe mora por el sólo vencimiento del plazo contractual sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial. Constatado el incumplimiento del adjudicatario, el Instituto lo notificará a través de la Orden de Servicio correspondiente la/s deficiencias detectadas, las que deberán ser solucionadas en el plazo de cuarenta y ocho (48) horas debiendo además presentar descargo fundado. El INSTITUTO analizará dicho descargo y en caso que corresponda aplicará las multas en los porcentajes mencionados ut- supra. RESCISION: Se producirá la rescisión del contrato por culpa exclusiva del adjudicatario en todos los casos previstos en el Artículo 84º del Régimen de Contrataciones vigente. ARTICULO 33º.- FACULTADES Y OBLIGACIONES DE LOS CO-CONTRATANTES. Sin perjuicio de las facultades y obligaciones previstas en la legislación específica, en sus reglamentos, en los Pliegos de Bases y Condiciones, o en la restante documentación contractual, el co-contratante tendrá: a) La obligación de ejecutar el contrato por sí, quedando prohibida la cesión total y/o parcial, sin la previa autorización fundada, por escrito, de la autoridad competente del INSSJP, en cuyo caso el co-contratante cedente continuará obligado en forma solidaria, mancomunada e ilimitadamente, con el cesionario por los compromisos emergentes del contrato. En caso de transferirse o cederse sin mediar dicha autorización, el INSSJP podrá dar por rescindido de pleno derecho el contrato por culpa del co-contratante. El INSSJP sólo podrá aprobar la cesión en la medida que verifique que el cesionario cumple con todos los requisitos para ser co-contratante del INSSJP. El INSTITUTO podrá aprobar la cesión en la medida en que el cesionario acredite condiciones de solvencia técnica y económica que garanticen, al exclusivo juicio del INSSJP, el cumplimiento de las obligaciones contractuales. b) La obligación de cumplir las prestaciones por sí en todas las circunstancias, salvo caso fortuito o fuerza mayor o actos o incumplimientos de autoridades públicas nacionales o de la contraparte pública, de tal gravedad que tornen imposible la ejecución del contrato. c) LEGISLACION LABORAL - SEGURIDAD SOCIAL OBLIGACIONES TRIBUTARIAS: 1. El co-contratante deberá cumplir todas las obligaciones emergentes de la LEGISLACION LABORAL, de la SEGURIDAD SOCIAL y en materia TRIBUTARIA. Todo el personal que el co-contratante afecte al servicio también deberá estar cubierto por los seguros obligatorios, y estar sujeto a aportes jubilatorios y demás leyes sociales, debiendo el adjudicatario efectuar las retenciones e ingreso de los aportes y de las contribuciones pertinentes. 2. Deberá asegurar a todo el personal que afecte al desarrollo y cumplimiento del trabajo que se contrate contra accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y responsabilidad civil. Tales seguros deberán ser contratados en una ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO (A.R.T.). Además el Adjudicatario deberá presentar: Certificado de cobertura de A.R.T. con nómina del personal. Cláusula de no repetición a favor de este Instituto. 12

13 Plan de Seguridad e Higiene recibido por la A.R.T. del Co-Contratante (para el caso que corresponda). 3. El co-contratante acompañará copia de la póliza respectiva suscripta con la aseguradora, de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución Nº 39/96, de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. 4. El co-contratante asumirá la total y exclusiva responsabilidad por las obligaciones respecto a la higiene y seguridad en el trabajo, previstas en las normas respectivas, debiendo adoptar toda medida conducente a la seguridad del personal afectado a las tareas para evitar daños a terceros. 5. El co-contratante se compromete a mantener al INSSJP indemne de toda demanda laboral o previsional proveniente del personal que el adjudicatario afecte al cumplimiento de las tareas contratadas. El INSSJP comunicará en forma fehaciente al adjudicatario toda demanda que provenga del personal del adjudicatario afectado a la tarea, y éste se compromete a asumir la responsabilidad por el pago de lo reclamado, a satisfacción del demandante. Mientras el adjudicatario no lo acredite, el INSSJP podrá retener de las sumas que deba pagar al adjudicatario los montos reclamados por el personal con más lo que pudiera presupuestarse para costas e intereses del juicio. 6. Los subcontratistas estarán obligados a cumplir, por su parte, las obligaciones indicadas en las cláusulas precedentes, haciéndose responsable el co-contratante si no lo hicieren. Asimismo el Instituto no será responsable por cualquier demanda de los subcontratistas respecto del principal. 7. Las cláusulas precedentes constituyen condiciones que el adjudicatario aceptará como integrantes del contrato. 8. El co-contratante y sus subcontratistas deberán estar al día con sus obligaciones tributarias y previsionales, tanto al momento de presentar su oferta como durante la vigencia del contrato. Si el INSTITUTO verifica la existencia de incumplimientos de las obligaciones tributarias y de seguridad social por parte del co-contratante o su sub-contratista, intimará al principal a regularizar dicha situación en un plazo de CINCO (5) días. De no regularizarse esta situación, será causa de rescisión del contrato. d) RESPONSABILIDAD POR LA CONDUCTA DEL PERSONAL: 1. El co-contratante responderá por la conducta del personal que afecte al trabajo, servicio u obra, como así también por el personal que afecte el subcontratista con quien el adjudicatario contrate la realización de cualquier tarea, aun la esporádica. 2. El co-contratante deberá manifestar la identidad del personal que afecte a las obras y servicios con carácter de Declaración Jurada y actualizar dicha lista con el que incorpore en el futuro, aun cuando revista en calidad de contratado temporario o transitorio o sea dependiente de subcontratistas. e) SEGUROS: El Contratista no podrá iniciar las obras si previamente no ha contratado una póliza que cubra la Responsabilidad Civil contractual y extracontractual del asegurado y/o de los representantes técnicos por los daños y/o lesiones provocadas a terceras personas como consecuencia de la actividad desarrollada por el asegurado. La suma asegurada deberá ser de $ ,00.- y la vigencia de la póliza debe ser por el período que dure el contrato respectivo. f) OTRAS OBLIGACIONES DEL CO-CONTRATANTE: El co-contratante sus subcontratistas y personal afectado deberán respetar la confidencialidad de la información y datos inherentes a la tarea que desarrolle, tanto durante la vigencia del contrato como después de su terminación, obligándose a no divulgar, revelar, ni transmitir a terceros ninguna información empresarial y/o comercial relativa a la contratación, sin expresa autorización del INSSJP. Sin embargo, podrá, sin autorización 13

14 previa, comunicar a terceros la existencia de su contrato, salvo que en las cláusulas particulares se estipule lo contrario. a)serán por cuenta exclusiva de la firma adjudicataria, todos los gastos que demande su personal, jornales, seguros, aguinaldos, despidos, jubilaciones y cualquier otro evento motivado por cargas sociales y/o especiales establecidas en las normas en las normas vigentes. b)el contratista para subcontratar parte de la obra adjudicada deberá cumplir con antecedentes y referencias equivalentes a las que posee el adjudicatario. La subcontratación no exime al contratista de su responsabilidad, siendo ambos solidariamente responsables ante el Instituto. c) La firma tendrá total responsabilidad por toda clase de accidentes de trabajo que sufriera el personal de la misma, acaecidos en el cumplimiento del contrato, como asimismo todo pago o gasto que le correspondiere al accidentado. d) Correrá por cuenta de la firma la atención de impuestos, tasas, multas, etc., relacionadas con la prestación de este servicio, que rijan actualmente o que se establezcan dentro del término del contrato por autoridades nacionales, provinciales y/o municipales, como así también todo gasto previsto en el presente pliego que tal prestación demande. d) COMPETENCIA DEL PERSONAL: El Contratista sólo empleará operarios competentes y en número suficiente para que la ejecución de los trabajos sea regular y progresiva con la actividad exigida para el exacto cumplimiento del contrato y dentro de los plazos previsto para tal fin. La Inspección de obra podrá indicar el retiro de aquel personal que considere no idóneo para la ejecución de la obra, debiendo el Contratista retirarlo de la obra en un plazo de 24 horas y proceder a su reemplazo en igual plazo. En todos los casos que el Instituto considere conveniente, el personal del Contratista podrá ser registrado por el personal de Seguridad propio del Instituto contratado a tal fin, durante su permanencia, entrada y/o salida del edificio. Antes de comenzar las tareas de ejecución la empresa adjudicataria deberá presentar la nómina de las personas a sus órdenes afectadas a las mismas indicando su nombre y apellido, Documento Nacional de Identidad o Cédula de Identidad y tipo de tareas y/o cargo que desempeñará cada uno de ellos, debiendo comunicar cualquier modificación que se produjera en la dotación. La inobservancia de esta información podrá dar lugar al Instituto a no permitir la entrada y/o permanencia de toda persona no inserta en la nómina citada. La nómina requerida deberá incluir la cantidad de operarios adjudicada para cada destino. El personal deberá vestir durante la permanencia en el edificio, uniforme adecuado al trabajo; conforme a lo estipulado por la Ley de Higiene y Seguridad del Trabajo, debiendo llevar cada uno en el bolsillo superior izquierdo la identificación de la Empresa y los datos personales. e) RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICATARIO: Sin perjuicio de lo establecido en los correspondientes artículos del Pliego Único y del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares, el Adjudicatario será responsable por: a) El correcto funcionamiento de los ascensores durante el período que dure el contrato, debiendo arbitrar los medios necesarios a tal fin. b) El cumplimiento de la totalidad de la normativa vigente que al respecto ha reglamentado el GCBA. c) El cumplimiento de las normas de procedimientos de seguridad industrial para la prevención de accidentes de operarios del Conservador como de los usuarios de las instalaciones que se encuentren en revisión técnica, pruebas de seguridad y/o reparación. Las normas de procedimientos de seguridad industrial responderán a lo indicado en 14

15 el ANEXO VI Higiene y Seguridad Industrial del Decreto N 578/01. ARTICULO 34º.- INDEMNIDAD. El oferente que resulte adjudicatario deberá mantener indemne a EL INSTITUTO frente a cualquier reclamo judicial o extrajudicial que pudiera realizar un tercero, por causas derivadas del cumplimiento y/o incumplimiento de las obligaciones del contrato. ARTICULO 35º.- COMPETENCIA Para todas las cuestiones legales y/o judiciales que puedan suscitarse entre el INSSJP y los interesados, oferentes y adjudicatarios estos se someterán a la competencia de los Tribunales Federales de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción. ARTICULO 36º.- PLIEGO UNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES El oferente declara conocer y aceptar las disposiciones contenidas en el Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales, que a tal fin podrá consultar en la Página de Internet del Instituto RAZON SOCIAL:... DOMICILIO :... LOCALIDAD :... FIRMA DEL PROVEEDOR SELLO COMERCIAL 15

16 ANEXO I ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LAS OBRAS DE REPARACIÓN Y ADECUACION TECNOLÓGICA I.- UBICACIÓN DE LAS INSTALACIONES: CAPITULO I - GENERALIDADES DOMICILIO CANTIDAD PARADAS CANTIDAD PARADAS INMUEBLE ASCENSORES ASCENSORES Cabildo 4351 C.A.B.A TOTALES II.- ALCANCES GRALES. DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO El Conservador tendrá a su cargo la revisión periódica de las instalaciones, la asistencia técnica y el mantenimiento, la supervisión de las pruebas de seguridad, la determinación de las reparaciones o mejoras que resulten oportunas y su verificación, haciéndose responsable por el funcionamiento de los mismos ante el GCBA, en el que deberá estar inscripto para tal fin, reservándose el Instituto la facultad de auditoría y supervisión de la prestación a través del personal técnico designado a tal fin. III.- SUPERVISIÓN DE LOS TRABAJOS A REALIZAR La Inspección de Obra será ejercida por personal técnico designado a tal fin por el Instituto, el que tendrá a su cargo todo lo relacionado con tales funciones. El Contratista deberá facilitar a la Inspección de Obra por todos los medios a su alcance, la vigilancia y control de las obras que se ejecuten sin riesgos ni peligros para el mismo. La Inspección de Obra podrá solicitar apertura de ítems así como ampliación en la información del procedimiento técnico de las tareas a ejecutar, en aquellos casos que estime conveniente. CAPITULO II - OBRAS A EJECUTAR I.- EJECUCIÓN DE LAS OBRAS 1.- PLAN DE TRABAJOS: Las obras y servicios contratados serán realizados de la siguiente forma: 1er. Bimestre Reparación y puesta en marcha del Ascensor Nº 3. 2do. Bimestre Reparación y puesta en marcha del Ascensor Nº 1. 3er. Bimestre Reparación y puesta en marcha del Ascensor Nº 2. Cumplidas las obras de cada Ascensor se efectuará la Recepción Provisoria (habilitación provisoria) del mismo y comenzará a regir el período de garantía de un año. 16

17 Simultáneamente con la ejecución de las obras de cada ascensor y por razones operativas, el Conservador actualmente contratado por el Instituto seguirá a cargo de la Conservación y Mantenimiento del/los ascensores en los que aún no se haya intervenido. Habilitación Definitiva de los Ascensores Vencido el plazo de garantía de cada Ascensor, se efectuará la Recepción Definitiva del mismo según las condiciones establecidas y comenzará a regir el contrato de Conservación y Mantenimiento de ese Ascensor. 2.- Será necesario tener en cuenta que el inmueble es de características asistenciales por lo cual se hallará ocupado y en funcionamiento, debiendo en consecuencia trabajar sin entorpecer las tareas que se desarrollan en el mismo, motivo por el cual se deberán consensuar con la Inspección de Obra el ordenamiento de la totalidad de las tareas a realizar. Los trabajos deberán ejecutarse en tres etapas correspondiendo cada una a un ascensor, debiendo estar concluidos los trabajos en el mismo y con habilitación provisoria para iniciar los trabajos en el subsiguiente. Así antes de iniciar las obras la empresa presentará el Plan de Trabajos a ejecutar y un cronograma de obra a los efectos de realizar las certificaciones, en un todo de acuerdo al cómputo métrico con unidades de medida y precios unitarios tal como fueron presentados en la oferta. La Inspección de Obra podrá solicitar modificaciones si lo considera necesario. II.- INSPECCION DE LAS OBRAS 1.- SUPERVISIÓN DE LOS TRABAJOS: La Inspección de Obra será ejercida por el personal técnico designado a tal fin por el Instituto; el que tendrá a su cargo todo lo relacionado con tales funciones. El Contratista deberá facilitar a la Inspección por todos los medios a su alcance, la vigilancia y control de las obras que se ejecuten sin riesgos ni peligros. La Inspección de Obra podrá solicitar apertura de ítems así como ampliación en la información del procedimiento técnico de las tareas a ejecutar, en aquellos casos que estime conveniente. 2.- LIBROS DE COMUNICACIÓN: Corresponde al Contratista entregar a la Inspección de Obra DOS (2) libros de comunicaciones por triplicado y de CINCUENTA (50) hojas, al momento de firmarse el Acta de Inicio de Obra. Dichos libros serán rubricados por ambas partes, quedando uno en poder del Contratista (Notas de Pedido) y otro en poder de la Inspección de Obra (Ordenes de Servicio). El Original del texto quedará adherido al cuerpo del libro, el duplicado será entregado a la parte a notificar y el triplicado podrá ser archivado por el emisor. 3.- ORDENES DE SERVICIO: Las Ordenes de Servicio que la Inspección de Obra imparta durante la ejecución de las obras, serán cronológicamente consignadas en libro triplicado, foliado, sellado y rubricado. El Contratista deberá recibirla y podrá hasta el término de TRES (3) días hábiles administrativos, presentar observaciones en el caso que así lo estime corresponder. No obstante estará obligado a su cumplimiento en caso de reiteración haciéndose pasible, de no observarla, a una multa de acuerdo a lo especificado en el presente Pliego. 17

18 4.- NOTAS DE PEDIDO: Toda comunicación que realice el Contratista a la Inspección deberá hacerse por escrito mediante Nota de Pedido emitida en las mismas condiciones que la anterior. Deberá consignarse en el Libro de Notas de Pedido la fecha de ejecución de la Medición a efectos de asegurar la presencia de la Inspección de Obra conjunta. 5.- ACTA DE MEDICION: Servirá de base para la ejecución de los Certificados de Avance de Obra. Deberá realizarse en forma conjunta entre la empresa y la Inspección de Obra con presencia de los profesionales designados a tal fin por Instituto; volcándose en planilla afín, clara e inequívocamente, el cómputo despiezado por rubro de las tareas ejecutadas por la empresa durante el período al que se refiere la Certificación correspondiente. La empresa deberá notificar en forma fehaciente y con CINCO (5) días de anticipación, a la Inspección de obra del Instituto la fecha en que se realizarán las actas de Medición, a efectos de asegurar la presencia en obra de la misma. 6.- CERTIFICADO DE AVANCE DE OBRA: Sobre la base del Acta de Medición correspondiente se efectuará el Certificado de Avance de Obra. En el mismo se indicarán en primer término los porcentajes de incidencia de cada uno de los rubros componentes en el costo total de la obra. En las columnas siguientes de la Planilla se volcará el avance porcentual de cada uno de los rubros en el período analizado. Así se tendrá para cada período el porcentaje de Avance de Obra correspondiente; desagregando de los valores que resulten los importes relacionados con Fondo de Reparo (5% del importe de la Certificación correspondiente) y Desacopio (descuento del acopio original en cada pago por certificación de avance de obra en forma proporcional al mismo, hasta alcanzar su saldo definitivo en la última certificación). El importe resultante de la aplicación de los conceptos precedentemente indicados conformará el valor de cada Certificado de Avance de Obra y coincidirá con el de la Factura a presentar por la empresa para su cobro. Los certificados de Avance de Obra deberán ser avalados por el Personal Técnico designado por el Instituto como Inspectores de Obra. La presentación de los mismos se regirá por lo indicado en el Art. Facturación del presente Pliego. III.- PERSONAL DE LA EMPRESA REPRESENTACIÓN TÉCNICA DE LA EMPRESA: El Contratista deberá estar representado en obra por un REPRESENTANTE TÉCNICO el que permanecerá en la obra durante la jornada de trabajo, el mismo deberá presentar antecedentes que avalen su aptitud técnica para las tareas y responsabilidades a cargo. 1) Sala de máquinas LISTADO DE TRABAJOS A REALIZAR En la sala de máquinas se realizarán trabajos de albañilería sobre las paredes y techo, procediendo a su posterior pintado. 18

19 La misma tendrá que contar con equipos autónomos de iluminación de emergencia para lamparas fluorescentes de 2 por 8 watt, para tensión de línea de 220 volts tipo WAMCO o ATOMLUX. La iluminación fija será de 15 wats por metro cuadrado, distribuida con artefactos de lamparas fluorescentes de 36 wats con louver persiana y capacitor de compensación de factor de potencia tipo FACALU. La ventilación de extracción forzada será de un caudal de 70 m³/min., con motor de 1/3 de HP y 1400 RPM y termostato de 0 a 55º C de rango de trabajo, la cual será distribuida para que la extracción sea la adecuada en toda la sala. Se procederá a desalojar todo lo ajeno a la sala de máquinas y se realizara una limpieza a fondo. 2) Máquinas de tracción La máquinas Nº1 y Nº 3 deben ser desarmadas para solucionarle las pérdidas de aceite, reemplazando las juntas por nuevas, a su vez se mecanizara el conjunto sinfín y corona, ajustando la grapodina dejando todo el dispositivo tractor a punto. Se colocaran protecciones de alambre artístico sobre cada polea de tracción de las tres máquinas, como así también en el volante de compensación del ascensor Nº 2. Se procederá a tornear las poleas de tracción de las máquinas Nº 1 y Nº 3. Se realizará un ajuste general de todo el sistema de freno, con reemplazo de las bobinas de freno por nuevas, cambio del ferodo de las zapatas de las máquinas Nº 1 y Nº 3. En los motores eléctricos de las máquinas Nº1 y Nº3 se realizarán pruebas de aislación para determinar el estado de los bobinados, como así también de los bujes para ser mecanizados a nuevo. Se procederá a limpiar a fondo todas las máquinas, prepararlas para ser pintadas, colocando a posterior en cada máquina toda la señalización reglamentaria. 3) Cables de tracción Se procederá al cambio de los cables por nuevos, los mismos serán de acero trenzado de ½ 8 x 19 con alma textil, tipo CONDOR FUNI. También se cambiaran los manguitos cónicos de sujeción de cada cable realizando el nudo de acuñamiento, fundiendo metal blanco en el cono del manguito. 4) Regulador de velocidad Se colocara una protección de alambre artístico en el cabezal de cada regulador. Se procederá a cambiar las poleas tensoras de cada ascensor en bajo recorrido, por estar en mal estado, como así también los cables de acero por nuevos de 6 mm para acción instantánea. 5) Guías de cabina y contrapeso Los trabajos a realizar son de aplomar todo el recorrido del coche y del contrapeso, suplementando los lugares que sean necesarios, también se pulirán los tramos que así lo requieran, verificándose los soportes de guías y los bulones de vinculación entre las guías y los soportes, en los tres ascensores. Se realizara una limpieza a fondo del todo el recorrido de las guías de coche y contrapeso. 19

20 6) Pasadizo En el pasadizo se realizarán trabajos de albañilería de revoque grueso y fratachado en todas las partes flojas del recorrido. La iluminación del mismo será ubicada cada 5 metros no superando los 0,60 metros en los limites superior e inferior, los artefactos de iluminación fluorescentes de 36 wats con louver persiana tipo FACALU. La instalación se realizara con caño de hierro pesado, con su respectiva llave termomagnética y protector diferencial de acuerdo al consumo de la instalación. Se realizara en todo el recorrido una limpieza a fondo de todas sus partes. 7) Puertas de rellano Se reemplazaran en los ascensores Nº 2 y Nº3 por puertas semiautomáticas de 800 mm de luz, con cerradura electromecánica de seguridad y amortiguador y pintadas con pintura ignífuga, las mismas serán tipo I.C o SOIMET. El contratista realizara la colocación de cada puerta con la obra civil correspondiente, tomando los recaudos con todos los caños, cajas y circuitos existentes de cada ascensor, como así también de los materiales resultantes de la demolición. Las puertas del ascensor Nº1 serán sujetas a una reparación integral, reemplazando los dispositivos defectuosos, posteriormente se pintaran con pintura ignífuga 8) Puertas de coche Se reemplazaran por dos nuevas puertas de aluminio anonizado, con mirillas, burletes totales de PVC ignífugo, movimientos de acero y manija para cierre y apertura anatómica, para cada ascensor. 9) Control de maniobras Los controles serán de frecuencia variable del tipo AUTOMAC, con variador de frecuencia tipo ALTIVAR, para velocidad de 60mts/min, para motores de 13 HP en los ascensores Nº 1 y Nº 3. Los ascensores Nº1 y Nº3 se deberán ajustar a los siguientes requerimientos: maniobras selectivas ascendentes descendentes (SAD), con o sin ascensoristas, automático manual, maniobras de bombero, reservación y prioridad, estacionamiento, función en baterías (dúplex), verificación de fallas, mandos para puertas semiautomáticas, así mismo poseer un sistema de supervisor general del ascensor por medio de una computadora. Todas las nivelaciones se harán por lectores infrarrojos con pantallas en el pasadizos. El control también contara con un indicador de posición, ubicado en planta baja, el mismo será de matriz de punto y numeración grande y legible. Deberá contar con sistema de intercomunicadores antinbandalicos en la cabina tipo SURIX. 10) Cabinas 20

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