De conformidad con el Real Decreto 1393/2007, por el que se establece la ordenación de las Enseñanzas Universitarias Oficiales. Educación Superior

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1 Identificador : IMPRESO SOLICITUD PARA VERIFICACIÓN DE TITULOS OFICIALES 1. DATOS DE LA UNIVERSIDAD, CENTRO Y TÍTULO QUE PRESENTA LA SOLICITUD De conformidad con el Real Decreto 1393/2007, por el que se establece la ordenación de las Enseñanzas Universitarias Oficiales UNIVERSIDAD SOLICITANTE CENTRO CÓDIGO CENTRO Universidad de La Laguna Escuela Universitaria de Estudios Empresariales Escuela de Turismo de Tenerife Escuela Superior de Turismo Iriarte NIVEL DENOMINACIÓN CORTA Grado Turismo DENOMINACIÓN ESPECÍFICA Graduado o Graduada en Turismo por la Universidad de La Laguna RAMA DE CONOCIMIENTO Ciencias Sociales y Jurídicas CONJUNTO CONVENIO HABILITA PARA EL EJERCICIO DE PROFESIONES REGULADAS NORMA HABILITACIÓN SOLICITANTE NOMBRE Y APELLIDOS CARGO José María Palazón López Vicerrector de Posgrado, Nuevos Estudios y Espacio Europeo de Educación Superior Tipo Documento Número Documento NIF Z REPRESENTANTE LEGAL NOMBRE Y APELLIDOS CARGO José María Palazón López Vicerrector de Posgrado, Nuevos Estudios y Espacio Europeo de Educación Superior Tipo Documento Número Documento NIF Z RESPONSABLE DEL TÍTULO NOMBRE Y APELLIDOS CARGO Ángel Carmelo Chinea Martín Director de la Escuela Universitaria de Ciencias Empresariales Tipo Documento Número Documento NIF Q 2. DIRECCIÓN A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN presente apartado. DOMICILIO CÓDIGO POSTAL MUNICIPIO TELÉFONO C/.Molinos de Agua, s/n San Cristóbal de La Laguna PROVINCIA FAX vieees@ull.es Santa Cruz de Tenerife / 136 A los efectos de la práctica de la NOTIFICACIÓN de todos los procedimientos relativos a la presente solicitud, las comunicaciones se dirigirán a la dirección que figure en el

2 3. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES De acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 5/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa que los datos solicitados en este impreso son necesarios para la tramitación de la solicitud y podrán ser objeto de tratamiento automatizado. La responsabilidad del fichero automatizado corresponde al Consejo de Universidades. Los solicitantes, como cedentes de los datos podrán ejercer ante el Consejo de Universidades los derechos de información, acceso, rectificación y cancelación a los que se refiere el Título III de la citada Ley , sin perjuicio de lo dispuesto en otra normativa que ampare los derechos como cedentes de los datos de carácter personal. El solicitante declara conocer los términos de la convocatoria y se compromete a cumplir los requisitos de la misma, consintiendo expresamente la notificación por medios telemáticos a los efectos de lo dispuesto en el artículo 59 de la 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su versión dada por la Ley 4/1999 de 13 de enero. En: Santa Cruz de Tenerife, a de de 2011 Firma: Representante legal de la Universidad 2 / 136

3 1. DESCRIPCIÓN DEL TÍTULO 1.1. DATOS BÁSICOS NIVEL DENOMINACIÓN ESPECIFICA CONJUNTO CONVENIO CONV. ADJUNTO Grado LISTADO DE MENCIONES existen datos Graduado o Graduada en Turismo por la Universidad de La Laguna RAMA ISCED 1 ISCED 2 3 / 136 Ver anexos. Apartado 1. Ciencias Sociales y Jurídicas Viajes, turismo y ocio Administración y gestión de empresas NO HABILITA O ESTÁ VINCULADO CON PROFESIÓN REGULADA ALGUNA AGENCIA EVALUADORA Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) UNIVERSIDAD SOLICITANTE Universidad de La Laguna LISTADO DE UNIVERSIDADES CÓDIGO UNIVERSIDAD 015 Universidad de La Laguna LISTADO DE UNIVERSIDADES EXTRANJERAS CÓDIGO existen datos LISTADO DE INSTITUCIONES PARTICIPANTES existen datos UNIVERSIDAD 1.2. DISTRIBUCIÓN DE CRÉDITOS EN EL TÍTULO CRÉDITOS TOTALES CRÉDITOS DE FORMACIÓN BÁSICA CRÉDITOS EN PRÁCTICAS EXTERNAS CRÉDITOS OPTATIVOS CRÉDITOS OBLIGATORIOS CRÉDITOS TRABAJO FIN GRADO/ MÁSTER LISTADO DE MENCIONES MENCIÓN existen datos 1.3. Universidad de La Laguna CENTROS EN LOS QUE SE IMPARTE LISTADO DE CENTROS CÓDIGO CENTRO Escuela Universitaria de Estudios Empresariales Escuela de Turismo de Tenerife Escuela Superior de Turismo Iriarte Escuela Universitaria de Estudios Empresariales Datos asociados al centro TIPOS DE ENSEÑANZA QUE SE IMPARTEN EN EL CENTRO PRESENCIAL SEMIPRESENCIAL VIRTUAL CRÉDITOS OPTATIVOS

4 Si PLAZAS DE NUEVO INGRESO OFERTADAS PRIMER AÑO IMPLANTACIÓN SEGUNDO AÑO IMPLANTACIÓN TERCER AÑO IMPLANTACIÓN CUARTO AÑO IMPLANTACIÓN TIEMPO COMPLETO 150 ECTS MATRÍCULA MÍNIMA ECTS MATRÍCULA MÁXIMA PRIMER AÑO RESTO DE AÑOS TIEMPO PARCIAL ECTS MATRÍCULA MÍNIMA PRIMER AÑO RESTO DE AÑOS NORMAS DE PERMANENCIA ECTS MATRÍCULA MÁXIMA LENGUAS EN LAS QUE SE IMPARTE CASTELLANO CATALÁN EUSKERA Si GALLEGO VALENCIANO INGLÉS Si FRANCÉS ALEMÁN PORTUGUÉS Si ITALIANO Escuela de Turismo de Tenerife Datos asociados al centro OTRAS TIPOS DE ENSEÑANZA QUE SE IMPARTEN EN EL CENTRO PRESENCIAL SEMIPRESENCIAL VIRTUAL Si PLAZAS DE NUEVO INGRESO OFERTADAS PRIMER AÑO IMPLANTACIÓN SEGUNDO AÑO IMPLANTACIÓN TERCER AÑO IMPLANTACIÓN CUARTO AÑO IMPLANTACIÓN TIEMPO COMPLETO 50 ECTS MATRÍCULA MÍNIMA ECTS MATRÍCULA MÁXIMA PRIMER AÑO RESTO DE AÑOS TIEMPO PARCIAL ECTS MATRÍCULA MÍNIMA ECTS MATRÍCULA MÁXIMA PRIMER AÑO RESTO DE AÑOS NORMAS DE PERMANENCIA LENGUAS EN LAS QUE SE IMPARTE 4 / 136

5 CASTELLANO CATALÁN EUSKERA Si GALLEGO VALENCIANO INGLÉS Si FRANCÉS ALEMÁN PORTUGUÉS Si ITALIANO Escuela Superior de Turismo Iriarte Datos asociados al centro OTRAS TIPOS DE ENSEÑANZA QUE SE IMPARTEN EN EL CENTRO PRESENCIAL SEMIPRESENCIAL VIRTUAL Si PLAZAS DE NUEVO INGRESO OFERTADAS PRIMER AÑO IMPLANTACIÓN SEGUNDO AÑO IMPLANTACIÓN TERCER AÑO IMPLANTACIÓN CUARTO AÑO IMPLANTACIÓN TIEMPO COMPLETO 50 ECTS MATRÍCULA MÍNIMA ECTS MATRÍCULA MÁXIMA PRIMER AÑO RESTO DE AÑOS TIEMPO PARCIAL ECTS MATRÍCULA MÍNIMA PRIMER AÑO RESTO DE AÑOS NORMAS DE PERMANENCIA ECTS MATRÍCULA MÁXIMA LENGUAS EN LAS QUE SE IMPARTE CASTELLANO CATALÁN EUSKERA Si GALLEGO VALENCIANO INGLÉS Si FRANCÉS ALEMÁN PORTUGUÉS Si ITALIANO OTRAS 5 / 136

6 2. JUSTIFICACIÓN, ADECUACIÓN DE LA PROPUESTA Y PROCEDIMIENTOS Ver anexos, apartado COMPETENCIAS 3.1 COMPETENCIAS BÁSICAS Y GENERALES BÁSICAS CB1 - Que los estudiantes hayan demostrado poseer y comprender conocimientos en un área de estudio que parte de la base de la educación secundaria general, y se suele encontrar a un nivel que, si bien se apoya en libros de texto avanzados, incluye también algunos aspectos que implican conocimientos procedentes de la vanguardia de su campo de estudio CB2 - Que los estudiantes sepan aplicar sus conocimientos a su trabajo o vocación de una forma profesional y posean las competencias que suelen demostrarse por medio de la elaboración y defensa de argumentos y la resolución de problemas dentro de su área de estudio CB3 - Que los estudiantes tengan la capacidad de reunir e interpretar datos relevantes (normalmente dentro de su área de estudio) para emitir juicios que incluyan una reflexión sobre temas relevantes de índole social, científica o ética CB4 - Que los estudiantes puedan transmitir información, ideas, problemas y soluciones a un público tanto especializado como no especializado CB5 - Que los estudiantes hayan desarrollado aquellas habilidades de aprendizaje necesarias para emprender estudios posteriores con un alto grado de autonomía GENERALES 1 - Comprender los principios del turismo: su dimensión espacial, social, cultural, política, laboral y económica 2 - Analizar la dimensión económica del turismo 3 - Comprender el carácter dinámico y evolutivo del turismo y de la nueva sociedad del ocio 4 - Conocer las principales estructuras político - administrativas turísticas 5 - Convertir un problema empírico en un objeto de investigación y elaborar conclusiones 6 - Tener una marcada orientación de servicio al cliente 7 - Reconocer los principales agentes turísticos 8 - Evaluar los potenciales turísticos y el análisis prospectivo de su explotación 9 - Analizar, sintetizar y resumir críticamente la información económico - patrimonial de las organizaciones turísticas 10 - Gestionar los recursos financieros 11 - Definir objetivos, estrategias y políticas comerciales 12 - Dirigir y gestionar (management) los distintos tipos de entidades turísticas 13 - Manejar técnicas de comunicación 14 - Comprender el marco legal que regula las actividades turísticas 15 - Trabajar en inglés como lengua extranjera 16 - Comunicarse de forma oral y escrita en una segunda lengua extranjera 17 - Identificar y gestionar espacios y destinos turísticos 18 - Gestionar el territorio turístico de acuerdo con los principios de sostenibilidad 19 - Conocer el procedimiento operativo del ámbito de alojamiento 20 - Conocer el procedimiento operativo del ámbito de restauración 21 - Conocer los procedimientos operativos de las empresas de intermediación 22 - Analizar los impactos generados por el turismo 23 - Utilizar y analizar las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) en los distintos ámbitos del sector turístico 24 - Comprender un plan público y las oportunidades que se derivan para el sector privado 25 - Planificar y gestionar los recursos humanos de as organizaciones turísticas 26 - Comprender el funcionamiento de los destinos, estructuras turísticas y sus sectores empresariales en el ámbito mundial 6 / 136

7 27 - Conocer los objetivos, la estrategia y los instrumentos públicos de la planificación 28 - Trabajar en medios socioculturales diferentes 29 - Conocer las principales iniciativas de puesta en valor del patrimonio cultural 30 - Comprender las características de la gestión del patrimonio cultural 31 - Detectar necesidades de planificación técnica de infraestructuras e instalaciones turísticas 3.2 COMPETENCIAS TRANSVERSALES existen datos 3.3 COMPETENCIAS ESPECÍFICAS Conocer las diferentes dimensiones del turismo y sus interrelaciones Conocer los conceptos básicos del turismo Estudiar las tendencias turísticas y los factores de inestabilidad en el turismo Comprender que todos los aspectos y cualidades inciden directa o indirectamente en la calidad del turismo Conocer los principios generales de la sostenibilidad turística Conocer el papel del turismo en la estructura económica a diferentes escalas Conocer las diferentes estructuras de los mercados turísticos y su funcionamiento Conocer las características y el funcionamiento de los mercados de factores (capital, trabajo,...) Conocer el procedimiento de cálculo y aplicación de la Cuenta Satélite de Turismo Saber abordar el turismo desde una perspectiva histórica hasta el momento actual Saber entender el turismo como motor de desarrollo de las sociedades humanas Conocer los cambios que se experimentan en los procesos de desarrollo turístico Conocer el papel del ocio en la sociedad actual y las tendencias del futuro Conocer las administraciones públicas competentes en materia turística. Funciones y objetivos Conocer otras estructuras juridico-administrativas que desarrollan su actividad en materia turística. Funciones y objetivos Identificar situaciones y realidades en que se encuentra inmerso el sector Conocer las fuentes de información para la investigación turística Conocer los métodos cuantitativos y cualitativos aplicados al turismo Conocer las particularidades del servicio turístico Conocer los diferentes tipos de clientes y sus necesidades Conocer los diferentes aspectos y técnicas de comunicación externa (captación, atención y fidelización) Conocer y reconocer los principales agentes que actúan en el mercado turístico nacional e internacional: Administraciones Públicas, empresas de proveedores finales, agentes de distribución y mediación, organizaciones no gubernamentales, sociedad civil, etc Conocer las interrelaciones que se producen entre los agentes del sector turístico así como la necesidad de competir y cooperar entre ellos Conocer el medio en sus vertientes física y humana Conocer las herramientas para evaluar el aprovechamiento turístico de un recurso Conocer las formas de intervención que favorecen el uso turístico de un recurso y evitar el deterioro del territorio Conocer las principales tendencias, dinámicas, paradigmas y conflictos observados en la evolución reciente de la actividad turística Conocer los sistemas y procedimientos contables y financieros aplicados a las empresas turísticas Conocer las herramientas necesarias para el análisis de los estados contables y los criterios para la interpretación de los mismos Conocer los sistemas de información para la gestión aplicados a las empresas turísticas. 7 / 136

8 Conocer los instrumentos necesarios para poder evaluar las operaciones de inversión y financiación más usuales de la empresa turística Conocer las principales fuentes de financiación de las empresas turísticas Conocer los principales métodos de planificación financiera que le permitan optimizar sus recursos financieros Conocer las teorías y conceptos básicos en marketing turístico como: demanda, comportamiento del consumidor, mercado, segmentación, posicionamiento Conocer las herramientas y aplicaciones básicas como: investigación de mercados o plan de marketing, creación de productos turísticos, determinación de precios, comunicación y distribución Conocer los principios básicos de la dirección y gestión de empresas Conocer los conceptos y herramientas más actuales de planificación, organización, dirección, coordinación y control Conocer los distintos modelos organizativos de empresas turísticas Conocer los principios básicos de la dirección estratégica de la empresa Conocer los elementos y flujos del proceso de comunicación Conocer las principales técnicas de negociación Conocer las principales técnicas de comunicación aplicables a las organizaciones turísticas Conocer los principios básicos del protocolo y de las relaciones públicas Conocer los principios y fundamentos jurídicos que afectan al turismo Conocer la existencia y el contenido de las principales normas reguladoras de las actividades Conocer las estructuras gramaticales de la lengua a nivel medio-alto Conocer el vocabulario específico relacionado con el sector turístico Conocer los distintos tipos de pronunciación Conocer las diversas culturas de los países de habla inglesa, para adquirir una mayor comprensión del idioma Lingüísticos (gramaticales) Léxicos (aprender términos relacionados con distintos campos semánticos) Funcionales (tal como: aprender hábitos y describir rutinas del sector profesional turístico) Culturales (aprender aspectos sobre la vida cultural, costumbres, modos de vida, normas de convivencia, etc...) Conocer los diferentes tipos de espacios y destinos turísticos, su valoración y sus factores condicionantes Conocer el proceso de generación de las actuales estructuras espaciales vinculadas a los distintos modelos de turismo Comprender los factores determinantes de la localización turística Conocer las variables que condicionan el posicionamiento e imagen del destino turístico Conocer los principios básicos de la gestión del destino Identificar las características de los modelos turísticos y su incidencia medioambiental y cultural Conocer los principios, las reglas y los procedimientos del desarrollo sostenible Conocer los condicionantes que deben imponerse para el desarrollo sostenible del turismo Conocer políticas de desarrollo turístico sostenible Conocer la terminología técnica empleada y documentos básicos en el campo del alojamiento Conocer los procedimientos operativos de las empresas de alojamiento Conocer las diferencias operativas entre los distintos tipos de alojamiento y de los productos a ellas asociados Conocer los efectos que tienen las nuevas tecnologías en los procedimientos operativos de las empresas de alojamiento Conocer los principales tipos de restauración Conocer las principales culturas gastronómicas. 8 / 136

9 Análisis departamental y funcional del área de alimentos y bebidas, incidiendo en la relación entre las áreas de elaboración y las áreas de servicio a los clientes Reconocer los principales parámetros y puntos críticos del servicio Conocer los procedimientos operativos de las distintas empresas e instituciones de distribución e intermediación turística y las relaciones entre sus áreas operativas Conocer los procedimientos operativos correspondientes a las relaciones con sus clientes y sus proveedores Conocer la aportación de las TICs en el funcionamiento de la empresa e instituciones de intermediación y su alto grado de integración en los procesos de producción Conocimiento de los documentos básicos del sector Conocer los impactos producidos por la actividad turística Conocer las técnicas de análisis Saber comprender los resultados que le ofrecen las técnicas Conocer los principios básicos de las TIC Conocer las tecnologías aplicadas a la promoción y comercialización turística (Bases de datos, DMS, Análisis y Diseño de Sistemas de Información Turística, Diseño y promoción de sitios webs turísticos) Conocer las teorías, tipos y modelos de la planificación Conocer las teoría y conceptos básicos del análisis de políticas Conocer las herramientas e instrumentos de intervención pública Conocer el contenido y la estructura de los distintos planes, a partir de ejemplos concretos Conocer los principales de la organización de los recursos humanos Conocer las herramientas que ayudan a optimizar la contribución del capital humano en las organizaciones Conocer la influencia de la cultura organizativa y del entorno en la evolución de las organizaciones Conocer el funcionamiento a nivel general de la estructura turística mundial Conocer las tipologías de consumidores y modalidades de destinos internacionales Conocer la evolución de los principales destinos turísticos internacionale Conocer las principales acciones relacionadas con la planificación turística contenidas en los planes públicos Conocer los principios básicos de los instrumentos generales de planificación y ordenación del territorio (planes rectores, planes de ordenación...), así como de planificación y gestión de los espacios naturales Conocer los sistemas de calidad y su aplicación en la planificación turística Conocer diferentes comportamientos, costumbres horarias, gastronómicas, fiestas y manifestaciones de carácter social y antropológico, modelos relacionales en el ámbito personal y profesional, etc Conocer la riqueza de la diversidad racial, social y cultural Conocer los bienes y las tipologías del patrimonio cultural Conocer los elementos más destacados del patrimonio cultural del entorno Conocer las razones que llevan a la consideración de un elemento como bien patrimonial, quienes participan en su definición y como se ha generado históricamente este concepto Conocer el principio de tutela de los bienes culturales Conocer las relaciones entre el turismo y el patrimonio cultural Conocer las potencialidades de la relación del turismo y el patrimonio y disminuir los riesgos de dicha relación Conocer los conceptos y principios de la gestión cultural Conocer las estructuras de gestión de patrimonio Adquirir nociones básicas sobre museología y museografía. 9 / 136

10 Conocer acciones que han garantizar el uso turístico y la conservación de los bienes de patrimonio Conocimientos básicos de arquitectura interior y decoración Conocimiento de los sistemas para la prevención de riesgos laborales y de las normativas vigentes al respecto Conocimiento sobre las normas de certificación de calidad Conocer los procesos de innovación, los avances tecnológicos y usos de la domótica. 4. ACCESO Y ADMISIÓN DE ESTUDIANTES 4.1 SISTEMAS DE INFORMACIÓN PREVIO Ver anexos. Apartado REQUISITOS DE ACCESO Y CRITERIOS DE ADMISIÓN Perfil de ingreso recomendado Atendiendo a las características y objetivos de estos estudios, los alumnos que accedan deberán demostrar facilidad para las relaciones públicas, habilidades para el aprendizaje de idiomas, respeto a la conservación del entorno natural, dotes de comunicación y para trabajar en equipo y capacidad para llevar a la práctica los conocimientos teóricos adquiridos. Vías y requisitos de acceso al título El acceso al Grado en Turismo por la Universidad de La Laguna no requiere de ninguna prueba complementaria a las establecidas legalmente de carácter nacional en el Real Decreto 558/2010, de 7 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas. En la Orden EDU/1434/2009, de 29 de mayo, por la que se actualizan los anexos del Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas; se establecen la: - Adscripción de las materias de modalidad que son impartidas en el segundo curso de bachillerato, según lo dispuesto en el Real Decreto 1467/2007, de 2 de noviembre, por el que se establece la estructura del bachillerato y se fijan sus enseñanzas mínimas y las normas de desarrollo del mismo por parte de las Administraciones educativas, a las ramas de conocimiento establecidas en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, modificado por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio. - Adscripción, a la que hace referencia el artículo 26.2 del Real Decreto 1892/2008, de los títulos de Técnico Superior de Formación Profesional, de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño y de Técnico Deportivo Superior a las ramas de conocimiento establecidas en el Real Decreto 1393/2007 (modificado por el Real Decreto 861/2010), por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. En relación al acceso, en la web institucional de la Universidad de la Laguna se recoge un apartado específico referido a Acceso y Matrícula, donde se expone de forma detallada toda la información y 10 / 136

11 los procedimientos que debe seguir el alumnado para acceder a estudios superiores. En este apartado se ofrece información sobre las modalidades de acceso, las pruebas de acceso (PAU), solicitud de plaza, etc. hay pruebas de admisión específicas en ninguno de los dos centros adscritos. Se aplica el modelo de selección establecido en la normativa de aplicación, teniéndose en cuenta las calificaciones obtenidas en las Pruebas de Acceso a la Universidad en caso que la demanda supere a la oferta de plazas de nuevo acceso ofertadas, coincidiendo las fechas de preinscripción con las señaladas en la instrucción reguladora correspondiente de la Secretaría General de la Universidad de La Laguna para cada curso académico. 4.3 APOYO A ESTUDIANTES Sistemas de apoyo y orientación de los estudiantes una vez matriculados A) Escuela Universitaria de Ciencias Empresariales de la ULL Las líneas que se están desarrollando en acciones tutoriales hacia el alumno son dos: - Al comienzo del curso se llevan a cabo unas jornadas de bienvenida donde se le presenta al alumno: los servicios del Centro, administración académica, estructura académica de la titulación, organización de la titulación, servicios generales universitarios, así como la estructura y sentido de la guía académica. Estas jornadas se llevan a cabo en varias sesiones(en los primeros viernes del cuatrimestre). - En segundo lugar, se está configurando el Gabinete de orientación tutorial con el objetivo de apoyar a los alumnos en el progreso de su carrera y definición profesional. Sus funciones son las de asistir al alumno, apoyarle y hacer un seguimiento de su evolución. Además de las tutorías realizadas por cada profesor, está prevista la creación de la figura del Profesor Coordinador de Curso y la del Profesor Coordinador de la Titulación. El primero se encargará de garantizar las relaciones de los profesores por curso y evitar solapamientos en los contenidos y aquellos aspectos metodológicos que por rutina o descuido de alejen de lo previsto en estos estudios. El Profesor Coordinador de la Titulación ejercerá la función de coordinación de los distintos Departamentos con docencia en el Grado. Asimismo, se está implementando un Plan de Orientación y Acción Tutorial (POAT) a través del que se vertebran las acciones de orientación y tutoría de la Titulación, centrándose básicamente en la tutoría de carrera y otras actividades de orientación. El POAT sigue las directrices establecidas en el Vicerrectorado con competencias en calidad, tal y como se recoge en el documento aprobado en Consejo de Gobierno, el 31 de enero de 2012, Directrices para la Elaboración, Implantación y Consolidación de Planes de Orientación y Acción Tutorial, ajustándose a los apartados establecidos para su diseño: introducción, objetivos, estructura del plan, organización del centro para la gestión del plan, acciones y actividades, planificación temporal, seguimiento y evaluación. B) Escuela Universitaria de Turismo Iriarte Una vez que el alumno ha ingresado en la Escuela Universitaria de Turismo Iriarte tiene a su disposición todos los servicios de atención al alumno que ofrece la Universidad de La Laguna, hay que recordar que, según el Convenio de Adscripción, los alumnos de la Escuela se consideran alumnos de la ULL a todos los efectos. 11 / 136

12 La Escuela también proporciona información a los alumnos de nuevo ingreso con sus propios medios, en particular a través del Gabinete de Orientación que realiza una serie de charlas explicativas de los servicios de biblioteca, servicios de la página web, etc. Cada año se entregará a todos los estudiantes del Grado una Guía del Curso, en la que se incluirá información pormenorizada sobre la Escuela (Biblioteca, Aulas de Docencia, Aulas de Informática, Departamentos, Profesorado...), Plan de Estudios del Grado (Estructura, Materias Obligatorias, Materias Optativas, Materias Básicas, Trabajo Fin de Grado, Reconocimiento de Créditos ), rmativa Académica (Reglamento Interno, Junta de Centro y Comisiones, Reclamaciones, Cambios de Grupo, uso de instalaciones ), Organización Docente del curso (Horarios, Calendario de Exámenes, Grupos ) y Programas Docentes detalladas de todas las materias. Esta guía y todos los reglamentos y documentos relacionados (entre ellos las Guías Docentes de las Asignaturas) estarán también disponibles en la página Web de la Escuela. Está prevista la creación de la figura del profesor coordinador de curso. El coordinador de curso se encargará de garantizar las relaciones entre los profesores del curso para evitar los solapamientos de contenidos y velar que los aspectos metodológicos no se alejen de los objetivos previstos en el proyecto formativo, así como favorecer la interacción alumno-profesor. La Escuela Universitaria de Turismo Iriarte dispone desde hace dos años de un portal de apoyo tutorial dentro de la página web. En este portal cada profesor dispone de suficiente espacio para poner diverso material didáctico al servicio de los alumnos: apuntes, enlaces, ejercicios, mensajes, consejos prácticos, selección de materiales diversos (jurisprudencia, mapas, artículos de prensa, etc.). A estos espacios también se llevan los textos, esquemas, tablas, etc. que escribe el profesor sobre las pizarras electrónicas. El alumno puede consultar estos espacios y descargar lo que necesite en soporte informático, lo que permite su manipulación según los intereses de cada uno. Es un espacio reservado a los alumnos del centro, al que se accede con una contraseña proporcionada por el centro a cada alumno al matricularse. En los próximos meses la Escuela tiene la intención de favorecer la creación de un foro para los alumnos y de habilitar un sistema de tutorías telemáticas. Asimismo, y siguiendo las estipulaciones del convenio de adscripción, que obligan al Centro a seguir en las titulaciones de la Universidad de La Laguna que se imparten en el mismo, todas las actuaciones que se decidan a nvel nstitucional, se está implementando un Plan de Orientación y Acción Tutorial (POAT) a través del que se vertebran las acciones de orientación y tutoría de la Titulación, centrándose básicamente en la tutoría de carrera y otras actividades de orientación. El POAT sigue las directrices establecidas en el Vicerrectorado con competencias en calidad, tal y como se recoge en el documento aprobado en Consejo de Gobierno, el 31 de enero de 2012, Directrices para la Elaboración, Implantación y Consolidación de Planes de Orientación y Acción Tutorial, ajustándose a los apartados establecidos para su diseño: introducción, objetivos, estructura del plan, organización del centro para la gestión del plan, acciones y actividades, planificación temporal, seguimiento y evaluación. C) Escuela Universitaria de Turismo de Santa Cruz de Tenerife (EUTST) 12 / 136

13 El alumnado matriculado en la Escuela Universitaria de Turismo de Santa Cruz dispone de un sistema de tutoría académica constante con cada uno de sus profesores y profesoras a través del correo electrónico. A través del o la responsable de Calidad e Innovación Educativa, se ha diseñado y se está implementando un Plan de Orientación y Acción Tutorial (POAT) a través del que se vertebran las acciones de orientación y tutoría de la Titulación, centrándose básicamente en la tutoría de carrera y otras actividades de orientación. El POAT sigue las directrices establecidas en el Vicerrectorado con competencias en calidad, tal y como se recoge en el documento aprobado en Consejo de Gobierno, el 31 de enero de 2012, Directrices para la Elaboración, Implantación y Consolidación de Planes de Orientación y Acción Tutorial, ajustándose a los apartados establecidos para su diseño: introducción, objetivos, estructura del plan, organización del centro para la gestión del plan, acciones y actividades, planificación temporal, seguimiento y evaluación. Todo ello siguiendo las estipulaciones del convenio de adscripción, que obligan al Centro a seguir en las titulaciones de la Universidad de La Laguna que se imparten en el mismo, todas las actuaciones que se decidan a nivel institucional El POAT estará disponible y actualizado cada curso académico en la Web del Centro y en él se recogerán las diferentes acciones a acometer por curso, coordinándose las actividades propias con las establecidas por el Vicerrectorado de Alumnado. Además del POAT, en el momento de formalizar la matricula del Grado en Turismo, el alumno cuenta con un Dossier con toda la información necesaria para el correcto funcionamiento del proceso de enseñanza-aprendizaje del Grado. Además gran parte de esta documentación se encontrará a disposición del alumno en los Tablones de la Secretaría y en la página web del centro. 4.4 SISTEMA DE TRANSFERENCIA Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS Reconocimiento de Créditos Cursados en Enseñanzas Superiores Oficiales no Universitarias MÍNIMO MÁXIMO 6 30 Reconocimiento de Créditos Cursados en Títulos Propios MÍNIMO MÁXIMO Adjuntar Título Propio Ver anexos. Apartado 4. Reconocimiento de Créditos Cursados por Acreditación de Experiencia Laboral y Profesional MÍNIMO / 136 MÁXIMO Transferencia y reconocimiento de créditos: sistema propuesto por la Universidad La Universidad de La Laguna ha aprobado el 19 de abril de 2012 y publicado en el BOC del 9 de mayo de 2012 su nuevo Reglamento de Reconocimiento, Adaptación y Transferencia de créditos, a través del cual se regula el sistema de reconocimiento y transferencia de créditos de acuerdo con los criterios generales que, sobre el particular, se establecen en el Real Decreto 1393/2007 y las modificaciones introducidas por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio. También se recogen los supuestos contemplados en el real Decreto 1618/2011, de 14 de noviembre. Asimismo, este reglamento establece las condiciones y el procedimiento de gestión de los expedientes de reconocimiento y transferencia por los correspondientes centros gestores universitarios. El reglamento incluye, además,

14 el procedimiento de adaptación a los nuevos planes de estudios de las asignaturas superadas en los estudios conforme a ordenaciones anteriores. Viene a sustituir al anterior, aprobado con anterioridad a las modificaciones normativas introducidas en materia de reconocimiento de créditos por los Reales decretos mencionados anteriormente. Será de aplicación en los centros adscritos en las mismas condiciones que en el centro propio y el nuevo grupo de éste que se impartirá en la sede de Adeje. Puede consultarse el reglamento mencionado través del siguiente enlace: Se reproduce a continuación el texto completo del mismo. Reglamento de Reconocimiento, Adaptación y Transferencia de Créditos de la Universidad de La Laguna. Exposición de motivos La construcción del Espacio Europeo de Educación Superior iniciada con la declaración de Bolonia y puesta en marcha por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, que prevé una nueva estructura de las enseñanzas, se concreta en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, y su modificación por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio. El Real Decreto 1393/2007 y el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, que lo modifica, regulan un cambio en la estructura y organización de las enseñanzas y plantean, entre otros, dos objetivos fundamentales de los planes de estudio: la adquisición de competencias y el fomento de la movilidad de los estudiantes, para lo cual resulta imprescindible apostar por un sistema de reconocimiento y acumulación de créditos, en el que los créditos cursados en otra universidad serán reconocidos e incorporados al expediente del estudiante. El citado Real Decreto 1393/2007, modificado por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, con el fin de hacer efectivo el objetivo de la movilidad, establece en el artículo 6.1 que las universidades elaborarán y harán pública su normativa sobre el sistema de reconocimiento y transferencia de créditos ; asimismo, contempla que, en la memoria de solicitud de verificación delos títulos oficiales, se incluya ese sistema de reconocimiento y acumulación de créditos y el procedimiento de adaptación de los estudiantes de estudios existentes al nuevo plan de estudios. La Universidad de La Laguna elabora su Reglamento de reconocimiento y transferencia de créditos y de adaptación, en desarrollo del mandato normativo descrito, en el año 2009 En la nueva redacción del artículo 6, dada por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, se indica Asimismo, podrán ser objeto de reconocimiento los créditos cursados en otras enseñanzas superiores oficiales o en enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de otros títulos a los que se refiere el artículo 34.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades 14 / 136

15 En este Reglamento, que viene a sustituir al hasta ahora vigente, se establece la regulación por la que se podrá obtener el reconocimiento, la transferencia y la adaptación de créditos, que, además de reconocer asignaturas de títulos oficiales, incorpora la validación de la experiencia laboral o profesional a efectos académicos, de asignaturas de Ciclos Formativos de Grado Superior, tal como establece el artículo 36.d) y e) de la Ley Orgánica 4/2007,de 12 de abril, y la anotación en el expediente del estudiante de todos los créditos superados en enseñanzas oficiales que no se hayan concluido, con el objetivo de que en un único documento se reflejen todas las competencias adquiridas por el estudiante. La experiencia acumulada en la implantación de los estudios universitarios oficiales a tenor de lo contemplado en las memorias de solicitud de verificación correspondientes, así como la introducción de desarrollos normativos que permiten nuevas posibilidades en materia de reconocimiento de créditos por parte de las universidades, concretamente la propia modificación del Real Decreto ya mencionada, la publicación de la Ley Orgánica 4/2011, de 11 de marzo, complementaria de la Ley de Economía Sostenible, por la que se modifican las Leyes Orgánicas 5/2002, de las Cualificaciones profesionales y de la Formación Profesional, 2/2006 de Educación y 6/1985, del Poder Judicial, que encomiendan a las administraciones educativas y las universidades, en el ámbito de sus competencias, promover la movilidad entre las enseñanzas universitarias y de formación profesional superior y que se desarrolla en el Real Decreto 1618/2011, de 14 de noviembre (BOE nº 302, de 16 de diciembre), sobre reconocimiento de estudios en el ámbito de la Educación Superior, conducen a la presente actualización reglamentaria. El Reglamento contempla, asimismo, los procedimientos que han de guiar la tramitación de las solicitudes de los estudiantes de reconocimiento, transferencia y adaptación, así como los órganos competentes para resolverlas. Finalmente, se debe tener en cuenta que, a fin de facilitarla comprensión para los interesados, el Reglamento se centra en los conceptos que conforman el sistema de reconocimiento y transferencia de créditos y adaptación de estudios. Resulta claro el ámbito de la transferencia de créditos y la adaptación de estudios, y procede poner de manifiesto que en el reconocimiento se engloban el resto de situaciones que supongan la anotación de créditos en el expediente de un alumno con independencia de su procedencia. Esto es, se incluyen las convalidaciones que se contemplan en normas estatales (convalidaciones de estudios extranjeros, de otras enseñanzas de educación superior, etc.), los créditos procedentes de los mismos o distintos títulos oficiales españoles, las actividades académicas realizadas al margen de las enseñanzas oficiales y cualesquiera otros que sean susceptibles de consignarse en el expediente. CAPÍTULO I: Disposiciones generales Artículo 1.- Objeto. El presente reglamento tiene por objeto regular el sistema de reconocimiento y transferencia de créditos de acuerdo con los criterios generales que, sobre el particular, se establecen en el Real Decreto 1393/2007, modificado por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio y demás normativa de aplicación. 15 / 136

16 Asimismo, este reglamento establece las condiciones y el procedimiento de gestión de los expedientes de reconocimiento y transferencia por los correspondientes centros gestores universitarios. El reglamento incluye, además, el procedimiento de adaptación a los nuevos planes de estudios de las asignaturas superadas en los estudios conforme a ordenaciones anteriores. Artículo 2.- Ámbito de aplicación. Las disposiciones contenidas en este reglamento serán de aplicación a las enseñanzas universitarias oficiales impartidas por la Universidad de La Laguna de Grado y Máster Universitario, previstas en el Real Decreto 1393/2007, modificado por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio. Artículo 3.-Definiciones. Se entiende por: Reconocimiento: Aceptación de los créditos obtenidos en unas enseñanzas oficiales en la misma u otra universidad o procedentes de Ciclos Formativos de Grado Superior, actividades académicas o validación de experiencia laboral o profesional, para su cómputo a efectos de la obtención de un título oficial por la Universidad de La Laguna Transferencia de créditos: Anotación en los documentos académicos oficiales de la Universidad de La Laguna acreditativos de las enseñanzas seguidas por cada estudiante de todos los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales cursadas con anterioridad, en la misma u otra universidad, que no hayan sido objeto de reconocimiento ni hayan conducido a la obtención de un título oficial Adaptación: Proceso mediante el cual las asignaturas cursadas y superadas en el plan antiguo de un estudio de la Universidad de La Laguna, previo a la regulación del Real Decreto 1393/2007, se hacen corresponder con las que conforman el nuevo plan del estudio que lo sustituye. CAPÍTULO II: Reglas para el reconocimiento, transferencia y adaptación de créditos Artículo 4.- Reglas de reconocimiento. Se podrá obtener reconocimiento académico por alguno de los siguientes mecanismos: a) Siempre que el título al que se pretende acceder pertenezca a la misma rama de conocimiento, serán objeto de reconocimiento, al menos, 36 créditos correspondientes a materias de formación básica de dicha rama, incluidas en el anexo 2 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, modificado por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio. En este apartado se incluyen todas las asignaturas correspondientes a las materias de formación básica común establecidas para cada rama de conocimiento en las titulaciones de la Universidad de La Laguna. El resto de las asignaturas basadas en materias de formación básicas serán objeto de reconocimiento, de acuerdo al siguiente orden preferente: 16 / 136

17 1º- Asignaturas basadas en materias básicas de la titulación de destino en función de contenidos y/o competencias. 2º- Asignaturas obligatorias en función de contenidos y/o competencias. 3º- Asignaturas optativas de la titulación de destino. b) Serán también objeto de reconocimiento los créditos obtenidos en aquellas otras materias de formación básica pertenecientes a la rama de conocimiento del título al que se pretende acceder. c) En el caso de títulos oficiales de Grado o Máster que habiliten para el ejercicio de profesiones reguladas, para los que el Gobierno haya establecido las condiciones a las que han de adecuarse los planes de estudios, se reconocerán los créditos de los módulos definidos en la correspondiente norma reguladora. En caso de no haberse superado íntegramente un determinado módulo, el reconocimiento se llevará a cabo por materias o asignaturas en función de las competencias y conocimientos asociados a las mismas. d) El resto de los créditos podrán ser reconocidos por la Universidad teniendo en cuenta la adecuación entre las competencias y conocimientos asociados a las restantes asignaturas superadas por el estudiante y los previstos en el plan de estudios, o bien que tengan carácter transversal, así como las referidas a una previa experiencia profesional. Cuando tales competencias y conocimientos no estén explicitados o no puedan deducirse se tomarán como referencia el número de créditos o los contenidos de las materias o asignaturas cursadas. e) Se podrán reconocer créditos por aquellos contemplados en títulos oficiales de educación superior obtenidos conforme a sistemas educativos extranjeros, en concordancia con el apartado anterior. f) Se podrán reconocer hasta un máximo de 6 créditos del total del plan de estudios por la participación en actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, orientación y acción tutorial, solidarias y de cooperación, así como de formación relativa a emprendimiento e inserción laboral. Asimismo, serán objeto de reconocimiento las actividades de extensión universitaria realizadas por la Universidad de La Laguna, por si misma o en colaboración con otras entidades. Este reconocimiento se realizará de acuerdo con lo que la correspondiente normativa de la Universidad de La Laguna establezca al respecto y siempre sobre créditos de carácter optativo de la titulación correspondiente. g) Se podrán reconocer créditos a quienes aleguen estar en posesión de un título universitario oficial correspondiente a anteriores sistemas educativos universitarios españoles, en función de la adecuación entre las competencias y conocimientos adquiridos en la formación previa y los previstos en el citado plan de estudios, o de su carácter transversal. Asimismo, este reconocimiento podrá realizarse a quienes acrediten haber realizado estudios parciales en estudios universitarios con regulaciones anteriores, siempre bajo las condiciones expuestas anteriormente. 17 / 136

18 h) En virtud de lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley Orgánica de Universidades, en la redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, la Universidad de La Laguna podrá reconocer validez académica: a la experiencia laboral o profesional acreditada, si dicha experiencia está relacionada con las competencias inherentes al título. El número de créditos no podrá ser superior al 15% del total de créditos que constituyen el plan de estudios. El reconocimiento de estos créditos no incorporará calificación de los mismos, por lo que no computarán a los efectos de baremación del expediente. a las enseñanzas artísticas superiores, a la formación profesional de grado superior, a las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior, y a las enseñanzas deportivas de grado superior. En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 3a) de la disposición Adicional Primera de la Ley Orgánica 4/2011, de 11 de marzo, y del Real Decreto 1618/2011, de 14 de noviembre, sobre reconocimiento de estudios en el ámbito de la Educación Superior, se reconocerán al menos 30 ECTS a quienes posean el título de Técnico Superior o equivalente a efectos académicos, de aquellos ciclos formativos de grado superior afines a la titulación para la que se solicita reconocimiento de créditos. Asimismo y de forma independiente, podrán ser objeto de reconocimiento asignaturas de prácticas externas en función de la formación recibida en este ámbito en el título superior correspondiente. La Universidad de La Laguna establecerá las correspondientes tablas de reconocimiento de créditos para todos sus estudios de grado y aquellas titulaciones de Formación Profesional y del ámbito de la Enseñanza Superior que se declaren afines a los mismos, partiendo de la adscripción que se hace en la normativa vigente de las familias profesionales a la rama de conocimiento a la que está adscrito el correspondiente título de graduado. obstante lo anterior, podrán ser objeto de reconocimiento los contenidos y competencias adquiridos en títulos de formación superior, que no sean declarados afines a las enseñanzas de grado que se encuentre cursando el interesado, en función de su concordancia en contenidos y competencias, en un número inferior de créditos ECTS al explicitado anteriormente. i) Los estudiantes que participen en programas de movilidad nacionales o internacionales suscritos por la Universidad de La Laguna cursando un periodo de estudios en otras universidades o instituciones de educación superior obtendrán el reconocimiento académico según lo establecido en el contrato correspondiente. En todo caso, el reconocimiento de créditos se hará por los créditos totales de una asignatura y no se contemplará el reconocimiento de un número parcial de créditos. El Trabajo Fin de Grado y el Trabajo Fin de Máster no podrán ser objeto de reconocimiento al estar orientados a la evaluación de competencias asociadas a los títulos respectivos. Sólo serán objeto de reconocimiento los créditos obtenidos en estudios pertenecientes al mismo ciclo: grado o máster. Los créditos obtenidos en estudios de licenciatura de anteriores sistemas de titulaciones universitarias podrán ser objeto de reconocimiento en los estudios oficiales de máster universitario en función de la adecuación de contenidos y/o competencias entre unos y otros. 18 / 136

19 La unidad de reconocimiento serán los módulos, materias y asignaturas según se establezca en el plan de estudios correspondiente. En el expediente figurarán como créditos reconocidos y se tendrán en cuenta como créditos realizados en la titulación. El reconocimiento combinado de créditos por experiencia profesional previa o asignaturas incluidas en títulos propios no podrá superar el 15% del total de los créditos de la titulación para la que se solicita. Se podrán obtener reconocimientos de créditos en estudios oficiales de máster a partir de estudios previos cursados en títulos propios de posgrado de la Universidad de La Laguna o de otra universidad, en función de la adecuación entre las competencias y conocimientos asociados a las materias superadas y los previstos en el plan de estudios de las enseñanzas del máster oficial correspondiente. Este reconocimiento no podrá superar el 15% del total de los créditos de la titulación oficial. Los créditos procedentes de títulos propios podrán, excepcionalmente, ser objeto de reconocimiento en un porcentaje superior al señalado en el apartado anterior o, en su caso, ser objeto de reconocimientos en su totalidad siempre que el correspondiente título propio haya sido extinguido y sustituido por un título oficial. En este caso, se aplicará la correspondiente tabla de adaptación de créditos. Artículo 5.- Regla de transferencia de créditos. En los documentos académicos oficiales acreditativos de las enseñanzas seguidas por cada estudiante se incluirá la totalidad de los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales en la misma u otra universidad, que no hayan conducido a la obtención de un título oficial ni hayan sido objeto de reconocimiento o adaptación. La anotación en los documentos académicos oficiales únicamente tendrá efectos informativos y en ningún caso se computarán para la obtención del título al que se incorporan. Artículo 6.- Reglas de adaptación. Las asignaturas superadas en un plan de estudios de la Universidad de La Laguna que se extingue gradualmente por la implantación del correspondiente título se adaptarán conforme a la tabla de equivalencias prevista en el plan de estudios del título de grado o máster correspondiente. Los órganos de gobierno de la Universidad de La Laguna competentes en la materia podrán adoptar acuerdos dirigidos a introducir correcciones en las tablas de adaptación de los planes de estudios de grado, de cara a su verificación y acreditación. La unidad básica de adaptación será la asignatura. CAPÍTULO III: Órganos competentes para el reconocimiento, transferencia y adaptación de créditos Artículo 7.- Comisión Técnica de Reconocimiento de Créditos (CTRC) de Grado. 19 / 136

20 En cada Centro se constituirá una Comisión Técnica de Reconocimiento de Créditos. Su composición será la siguiente: Presidente: El Decano o Director. Secretario: El Secretario. Cuatro vocales: Serán profesores universitarios funcionarios o contratados con vinculación permanente, que pertenecerán, al menos, a dos departamentos distintos que tengan asignada docencia en asignaturas básicas y obligatorias de la/s titulación/es del Centro, excepto en el caso que un único Departamento imparta todas las asignaturas básicas y obligatorias de la/s titulación/es del Centro. Serán designados por la Junta del Centro. La duración del mandato de los miembros de la Comisión será de dos cursos académicos. Será función de la Comisión Técnica de Reconocimiento de Créditos informar las solicitudes que se presenten en materia de reconocimiento, transferencia y adaptación de créditos y asignaturas respecto de las titulaciones de grado adscritas al Centro, que serán resueltas por el Decano o Director La Comisión Técnica de Reconocimiento de Créditos de Centro se reunirá en sesión ordinaria en un plazo no superior a quince días tras el cierre del plazo de presentación de solicitudes de reconocimiento o adaptación. Asimismo, lo hará en sesión extraordinaria cuando la convoque el Presidente por propia iniciativa o a iniciativa de una cuarta parte de los miembros de la Comisión. Las comisiones podrán recabar los informes o el asesoramiento técnico que consideren necesarios con el fin de resolver las solicitudes presentadas. Artículo 8.- Comisión Técnica de Reconocimiento de Créditos de Máster. Las comisiones académicas de los títulos de Máster actuarán como las CTRC de estos estudios. Las comisiones académicas elevarán las propuestas en materia de reconocimiento, transferencia y adaptación de créditos y asignaturas al director de la Comisión de Posgrado para que resuelva. Las comisiones académicas se reunirán en sesión ordinaria en un plazo no superior a quince días tras el cierre del plazo establecido para la presentación de solicitudes de reconocimiento y adaptación para informar las solicitudes presentadas. Asimismo, lo hará, al menos, una vez cada trimestre del curso académico para informar las solicitudes presentadas, y en sesión extraordinaria cuando la convoque su director académico o a iniciativa de una cuarta parte de los miembros de la comisión Las comisiones podrán recabar los informes o el asesoramiento técnico que consideren necesarios con el fin de resolver las solicitudes presentadas. CAPÍTULO IV: Plazos y procedimientos de reconocimiento, transferencia y adaptación de créditos 20 / 136

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