NORMATIVA DE TRABAJO ESPECIAL DE GRADO DEL PROGRAMA DE LICENCIATURA EN ARTES PLÁSTICAS

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "NORMATIVA DE TRABAJO ESPECIAL DE GRADO DEL PROGRAMA DE LICENCIATURA EN ARTES PLÁSTICAS"

Transcripción

1 El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 2148, Ordinaria, celebrada el día veintiuno de septiembre del año dos mil once, en uso de las atribuciones legales y reglamentarias que le confiere el numeral 21 del Artículo 26 de la Ley de Universidades y el numeral 23 del Artículo 9º del Reglamento de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, APROBO Normativa de Trabajo Especial de Grado del Programa de Licenciatura en Artes Plásticas del Decanato Experimental de Humanidades y Artes JUSTIFICACION A objeto de cumplir con lo establecido en el Reglamento General de Evaluación del rendimiento académico estudiantil de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado en su artículo 30, donde se indica que se debe establecer un régimen especial de evaluación del Trabajo Especial de Grado en el Programa de Licenciatura en Artes Plásticas se designó el Comité de Trabajo Especial de Grado el cual se dio a la tarea de redactar los criterios, normas y procedimientos exigidos por el Programa de Licenciatura en Artes Plásticas para la elaboración y presentación del Proyecto y Trabajo Especial de Grado. Con la puesta en práctica de los mismos se detectaron algunas debilidades las cuales luego de un análisis fueron subsanadas y es así como se redacta la Normativa de Trabajo Especial de Grado que se presenta ante el Consejo Universitario para su correspondiente aprobación. NORMATIVA DE TRABAJO ESPECIAL DE GRADO DEL PROGRAMA DE LICENCIATURA EN ARTES PLÁSTICAS TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. La presente Normativa tiene como propósito establecer los criterios, normas y procedimientos exigidos por el Programa Licenciatura en Artes Plásticas del Decanato de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado para la elaboración, presentación, evaluación y aprobación del Trabajo Especial de Grado en concordancia con lo establecido en el Reglamento General de Evaluación del rendimiento académico estudiantil de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado en su artículo 30, donde se indica que se debe establecer un régimen especial de evaluación del Trabajo Especial de Grado. Artículo 2. El Trabajo Especial de Grado es una actividad curricular, de carácter obligatorio y con densidad horaria, prevista en el plan de estudios del Programa Licenciatura en Artes Plásticas del Decanato de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado. 1/11

2 Artículo 3. El Trabajo Especial de Grado constituye una actividad académica de síntesis del conocimiento y creatividad, en el cual, el estudiante deberá emplear simultáneamente su capacidad reflexiva y sus habilidades creadoras a fin de demostrar el logro de los objetivos generales expresados en el diseño curricular del Programa Licenciatura en Artes Plásticas. Se concibe como una aplicación, extensión y profundización de los saberes adquiridos por los estudiantes en la carrera de Licenciatura de Artes Plásticas Artículo 4. La coordinación del proceso de los Trabajos Especiales de Grado será responsabilidad del Comité de Trabajo Especial de Grado del Programa Licenciatura en Artes Plásticas. Parágrafo Primero: El Comité de Trabajo Especial de Grado tendrá como una de sus funciones la aprobación de los asesores plásticos y metodológicos propuestos por cada estudiante. Parágrafo Segundo: Para cumplir con su responsabilidad se establecerán los lineamientos a seguir por el Comité de Trabajo Especial de Grado del Programa Licenciatura en Artes Plásticas. Articulo 5. El Comité de Trabajo Especial de Grado estará integrado por cinco (5) docentes del programa designados por el Consejo de Decanato. Uno de ellos se designará como Coordinador(a). Parágrafo Único: Los integrantes del Comité de Trabajo Especial de Grado deben ser docentes de unidades curriculares teóricas, prácticas o metodológicas del Programa de Licenciatura en Artes Plásticas. Articulo 6. El Trabajo Especial de Grado debe estar enmarcado en un tema que corresponda a las áreas o líneas de investigación del Programa de Licenciatura en Artes Plásticas. Parágrafo Único: El Comité del Trabajo Especial de Grado podrá, por vía de excepción, aceptar algún tema relacionado a las nuevas y emergentes tendencias del arte. TÍTULO II DE LA NATURALEZA DEL TRABAJO DE GRADO Artículo 7: Para efectos de sistematizar el proceso de enseñanza-aprendizaje, evidenciar y evaluar el logro de los objetivos del Requisito Final de Grado, se establece el desarrollo de un conjunto de actividades distribuidas en dos unidades curriculares, 2/11

3 denominadas Seminario de Trabajo Especial de Grado y Trabajo Especial de Grado, a ser cursadas por el estudiante de Licenciatura en Artes Plásticas. Artículo 8: La unidad curricular Seminario de Trabajo Especial de Grado constituye la primera etapa del desarrollo del Trabajo Especial de Grado. Durante el desarrollo de la misma el estudiante y el tutor desarrollarán el plan de trabajo que conduzca a la elaboración del Proyecto a través de diversas actividades. Parágrafo Primero: Para aprobar Seminario de Trabajo Especial de Grado el estudiante debe presentar el Proyecto del Trabajo Especial de Grado. Parágrafo Segundo: De resultar reprobado en Seminario de Trabajo Especial de Grado, el estudiante la inscribirá en el siguiente semestre, a objeto de cumplir con los objetivos planteados en la unidad curricular. De resultar nuevamente reprobado deberá desarrollar un nuevo proyecto. Parágrafo Tercero: Para efecto de garantizar el buen desenvolvimiento del proceso enseñanza-aprendizaje en la unidad curricular Seminario de Trabajo de Grado, esta estará bajo la responsabilidad de un docente del área metodológica y será administrada conjuntamente con el Comité del Trabajo Especial de Grado. CAPITULO I DEL PROYECTO DE TRABAJO ESPECIAL DE GRADO Artículo 9: Las actividades científicas y académicas del Trabajo Especial de Grado serán planificadas y organizadas en un Proyecto de Trabajo Especial de Grado, en el cual se presentará de manera sistemática el trabajo a desarrollar por el estudiante. Parágrafo Único: Para la elaboración y ejecución del Proyecto, el estudiante recibirá la asesoría de un Profesor Tutor, de acuerdo con la presente normativa y siguiendo los lineamientos establecidos en el Manual de Proyectos y Trabajo Especial de Grado del Programa Licenciatura en Artes Plásticas. Artículo 10. El Proyecto del Trabajo Especial de Grado se entiende como un documento en el cual se expresan las ideas básicas acerca de la investigación teórico plástica a desarrollar atendiendo a las características establecidas en el Manual de Proyecto y Trabajo Especial de Grado. Artículo 11. Una vez aprobado el Proyecto de Trabajo Especial de Grado no se le podrán hacer modificaciones que desvíen el tema o naturaleza de la investigación sin la previa autorización escrita del Comité de Trabajo de Grado. 3/11

4 Artículo 12. El estudiante deberá inscribir el Trabajo Especial de Grado en el último lapso académico de la carrera. Las fechas de inscripción serán publicadas por el Comité de Trabajo Especial de Grado. Parágrafo Único. Para la inscripción el estudiante debe presentar los siguientes recaudos: a. Carta compromiso firmada por el (los) Tutor(es), por el estudiante y los asesores plástico y metodológico, como expresión de aceptación formal de las responsabilidades adquiridas por las partes en el desarrollo del proyecto y el cumplimiento de estas normas y los lineamientos internos establecidos. b. Carta aval del Tutor. c. Carta aval de los Asesores. d. Copia de Constancia de haber aprobado la carga académica de 2464 horas académicas. CAPÍTULO II DEL TRABAJO ESPECIAL DE GRADO Artículo 13. El Trabajo Especial de Grado se concibe como una aplicación, extensión y profundización de los saberes adquiridos en el Programa de Licenciatura en Artes Plásticas vinculados a las áreas de conocimiento. En el trabajo se deberá manifestar la capacidad del estudiante para la creación de una propuesta artística con su respectiva fundamentación teórica de acuerdo a lo contemplado en el diseño curricular del Programa Licenciatura en Artes Plásticas. Artículo 14. El Trabajo Especial de Grado será de carácter teórico-plástico, inédito, concebido como un producto académico-artístico desarrollado de forma individual. Se regirá por lo contemplado en la presente Normativa y el Manual de Proyecto y Trabajo Especial de Grado. Parágrafo Único. El carácter teórico-plástico del Trabajo Especial de Grado consistirá en una propuesta creativa bidimensional, tridimensional o cualquier otro lenguaje o medio artístico que sea fundamentada teórica y conceptualmente de acuerdo a lo contemplado en el diseño curricular del Programa Licenciatura en Artes Plásticas. Artículo 15. El Trabajo Especial de Grado deberá desarrollarse bajo la asesoría de un Tutor. Como complemento y con carácter obligatorio para el desarrollo del Trabajo Especial de Grado, existirán las figuras de asesor plástico y asesor metodológico. 4/11

5 Parágrafo Primero. Para ser tutor se requiere ser docente del Programa de Licenciatura en Artes Plásticas o de otra institución Universitaria, con formación y trayectoria en el área objeto de investigación o con experiencia profesional o investigativa en el área objeto del Trabajo Especial de Grado. Parágrafo Segundo. Para ser Asesor plástico se requiere tener conocimiento o experticia en el área objeto del Trabajo Especial de Grado. Parágrafo Tercero. Para ser Asesor Metodológico se requiere, preferiblemente, ser docente del área de metodología de la investigación o en su defecto tener conocimientos, demostrables, en dicha área. Parágrafo Cuarto. La selección del tema y la escogencia del tutor y asesores serán responsabilidad del estudiante. Parágrafo Quinto. El estudiante solicitará al Comité de Trabajo Especial de Grado la aprobación de los asesores plástico y metodológico. Artículo 16. El Trabajo Especial de Grado es de entera responsabilidad del estudiante y la propiedad intelectual es del autor, con la restricción propia de ser fruto de actividades académicas realizadas dentro del Programa de Licenciatura en Artes Plásticas del Decanato de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado. Parágrafo Único. Todas las publicaciones que surjan del Trabajo Especial de Grado deben contener los créditos institucionales. Artículo 17. El Trabajo Especial de Grado se realizará en el último lapso académico de la carrera, tendrá un valor de veinte (20) puntos con una nota mínima aprobatoria de 10 puntos. Artículo 18. La defensa del Trabajo Especial de Grado deberá realizarse en el mismo lapso académico en el cual fue inscrito. Artículo 19. Si el estudiante ha finalizado su Trabajo Especial de Grado pero no puede realizar la defensa pública en el lapso previsto, podrá solicitar al Consejo de Decanato adjudicar una nota en observación siempre y cuando cumpla con lo establecido en el Reglamento General de evaluación de tener un rendimiento mínimo acumulado de ocho (8) puntos en la escala del 0 al 20. 5/11

6 Parágrafo Primero. La nota en observación consiste en diferir la calificación definitiva hasta tanto el estudiante cumpla, en el tiempo establecido con las actividades o requisitos previstos. Parágrafo Segundo. La nota de observación será otorgada por el Consejo de Decanato, previo informe del tutor, en el cual deberán especificarse las obligaciones que en relación al Trabajo Especial de Grado deberá cumplir el estudiante. Esta nota se mantendrá hasta las dos (2) primeras semanas de iniciado el siguiente lapso académico. De no llevarse a cabo la defensa el estudiante quedara reprobado en el Trabajo Especial de Grado. Artículo 20. El Trabajo Especial de Grado se materializará con la presentación de la propuesta plástica, acompañada de una fundamentación teórica escrita; su defensa será pública ante el Jurado designado. La estructura del Trabajo Especial de Grado deberá cumplir los requisitos establecidos en el Manual de Proyecto y Trabajo Especial de Grado. CAPITULO III DE LA TUTORÍA Artículo 21. El estudiante deberá disponer de un Tutor que asesore su Trabajo Especial de Grado. El tutor será un docente del Programa Licenciatura en Artes Plásticas de la UCLA o de otra Institución Universitaria, con formación y trayectoria en el área objeto de investigación o con experiencia profesional o investigativa en el área objeto del Trabajo Especial de Grado. Parágrafo Único: En caso de que el estudiante seleccione a un tutor de otra Institución Universitaria, el Comité de Trabajo Especial de Grado en concordancia con lo establecido en estas normas y en el Manual de Proyecto y Trabajo Especial de Grado, pudiendo designar un docente del Programa de Licenciatura en Artes Plásticas para que cumpla las funciones de Co-tutor a los efectos del cumplimiento de esta normativa. Artículo 22. Son atribuciones del Tutor: a. Guiar al estudiante durante la realización de su investigación. b. Dar asesoramiento teórico- plástico. c. Revisar periódicamente el Trabajo Especial de Grado a fin de garantizar que cumpla con las exigencias pautadas. d. Formar parte del jurado de la defensa que el estudiante hará de su trabajo. 6/11

7 Artículo 23. El estudiante contará para el desarrollo de su Trabajo Especial de Grado con el apoyo de los asesores, los cuales tendrán las siguientes atribuciones: a. Ejercer una asesoría continua en la planificación y desarrollo de la investigación. b. Asistir al tutor en el área de conocimiento que se requiera para la realización del Trabajo Especial de Grado. c. Coordinar con el tutor las asesorías al estudiante. Artículo 24. El Tutor debe informar por escrito al Comité de Trabajo Especial de Grado sobre situaciones inesperadas que se produzcan a lo largo del desarrollo del trabajo que alteren los plazos previstos. Artículo 25. Si el Tutor o los asesores desisten de la tutoría o la asesoría del Trabajo Especial de Grado, el estudiante deberá participarlo por escrito a la brevedad posible al Comité de Trabajo Especial de Grado, pudiendo proponer posibles reemplazos. Para todo caso, se debe presentar por escrito la renuncia correspondiente. Artículo 26. Cada tutor y asesor tendrá un máximo de tres (3) estudiantes, por lapso académico, bajo su responsabilidad. Artículo 27. Las actividades inherentes a la tutoría de Trabajo Especial de Grado cumplidas por el docente, serán consideradas horas académicas y corresponderá al Decanato avalar la dedicación respectiva. CAPITULO IV DE LA INSCRIPCIÓN DEL TRABAJO ESPECIAL DE GRADO Artículo 28. El estudiante en su último lapso académico debe formalizar la inscripción del Trabajo Especial de Grado ante Registro Académico, para lo cual debe cumplir los siguientes requisitos: a. Tener aprobado el Proyecto de Trabajo de Grado. b. Tener aprobada toda la carga académica del plan de estudios. Artículo 29. El estudiante puede retirar el Trabajo Especial de Grado en el período permitido para el retiro de las unidades curriculares del lapso académico correspondiente. 7/11

8 Parágrafo Único. El estudiante que retire el Trabajo Especial de Grado deberá inscribirlo obligatoriamente en el siguiente lapso académico. El proceso de inscripción se realizará siguiendo las normas estipuladas por Registro Académico para tal fin. CAPÍTULO V DE LA PRESENTACIÓN, DEFENSA Y VEREDICTO DEL TRABAJO ESPECIAL DE GRADO Artículo 30. Una vez culminado el Trabajo Especial de Grado, el estudiante entregará correspondencia firmada por su Tutor, autorizando la entrega, anexando tres ejemplares impresos y encuadernados al Comité de Trabajo Especial de Grado, quien en cinco (5) días hábiles designará al Jurado evaluador y distribuirá dichos ejemplares. Parágrafo Primero. El Comité de Trabajo Especial de Grado en la segunda semana de iniciado el lapso académico publicara el cronograma de entrega y defensa del Trabajo Especial de Grado. Parágrafo Segundo. El jurado tendrá hasta quince (15) días hábiles luego de la recepción para realizar sus observaciones. El estudiante, de acuerdo con el tutor, tendrá hasta cinco (5) días hábiles posterior a la entrega de las observaciones para incorporarlas al trabajo y entregarlas al Comité de Trabajo Especial de Grado. Una vez cumplido este lapso se llamará a la defensa pública del respectivo Trabajo Especial de Grado. El Comité de Trabajo Especial de Grado publicará, el día, hora y lugar en la cual se realizará la defensa correspondiente. Artículo 31. El Jurado del Trabajo Especial de Grado estará compuesto por un (1) Presidente (Tutor), dos (2) Miembros Principales y dos (2) Miembros Suplentes designados por el Comité de Trabajo Especial de Grado y serán preferiblemente docentes del Programa de Licenciatura en Artes Plásticas conocedores del tema referido en el trabajo. Parágrafo Primero. Los miembros suplentes solo participarán en la defensa del Trabajo Especial de Grado cuando por inasistencia de alguno de los miembros principales hayan sido convocados para ello. Parágrafo Segundo. No podrán ser miembros del Jurado quienes tengan lazos de parentesco hasta tercer grado de consanguinidad, segundo de afinidad o relación matrimonial con el Estudiante o entre sí. 8/11

9 Artículo 32. La defensa del Trabajo Especial de Grado será oral, pública y se realizará en un solo acto. Durante la misma no podrá intervenir otra persona que no sea el estudiante y el jurado, constará de las siguientes partes: a. Exposición oral por parte del estudiante del Trabajo Especial de Grado con una duración máxima de cuarenta y cinco (45) minutos. b. Sesión de preguntas al estudiante por parte del Jurado evaluador sobre el contenido del trabajo, las cuales serán contestadas exclusivamente por el alumno. c. Observaciones y recomendaciones por parte del Jurado evaluador, si lo estima necesario. d. Deliberación a puerta cerrada por parte del Jurado sobre el veredicto y asignación de la nota definitiva. Bajo ningún concepto se permitirá la permanencia del estudiante ni del público para la deliberación. Parágrafo Primero. Cuando el estudiante presente alguna discapacidad que le impida hacer la defensa oral se implementará otra forma de realizar la misma. Parágrafo Segundo. Para la instalación de la defensa se requiere la presencia del estudiante y de los tres miembros del jurado. Parágrafo Tercero. En caso de que la defensa amerite el traslado a un espacio distinto del recinto académico universitario, el estudiante deberá solicitarlo por escrito al Comité de Trabajo Especial de Grado con quince (15) días hábiles de anticipación para su evaluación y aprobación. Artículo 33. El Trabajo Especial de Grado será calificado con una nota de cero (0) a veinte (20) puntos, siendo la mínima aprobatoria diez (10) puntos. El veredicto del Jurado se hará público mediante la lectura del Acta y una copia de la misma deberá ser publicada dentro de las 24 horas siguientes a la realización de la defensa. Artículo 34. El veredicto del Jurado será el resultado de una evaluación promediada entre las notas asignadas por cada Jurado al trabajo. El Acta será elaborada por el Presidente y firmada por cada uno de los miembros del Jurado. Parágrafo Primero. El veredicto del Jurado sobre un Trabajo Especial de grado será inapelable y su decisión no puede revisarse salvo las acciones que hubiere por vicio de procedimientos Parágrafo Segundo. En caso que el Trabajo Especial de Grado sea aprobado con una nota entre 19 y 20 el jurado podrá otorgar la Mención Honorífica. 9/11

10 Artículo 35. El Presidente del Jurado remitirá al Comité de Trabajo de Grado, el Acta. A su vez el estudiante consignará en los dos días siguientes, ante el Comité de Trabajo Especial de Grado un (1) ejemplar en físico empastado, dos (2) en formato digital con carátula impresa igual al ejemplar en físico y un (1) resumen/catálogo de la propuesta plástica. Parágrafo Único. En el caso que existan correcciones emanadas de la defensa, éstas deberán consignarse ante el Tutor en un lapso de (5) cinco días hábiles siguientes a la defensa. Una vez verificadas las correcciones finales, el Presidente del Jurado consignará la nota en la Oficina de Registro Académico. En los dos días siguientes, el estudiante entregará al Comité de Trabajo Especial de Grado un (1) ejemplar en físico empastado, dos (2) en formato digital con carátula impresa igual al ejemplar en físico y un (1) resumen/catálogo de la propuesta plástica. Artículo 36. El estudiante cuyo trabajo resulte no aprobado y que no haya incurrido en lo señalado en el Artículo 38 de este Normativa, tendrá opción de comenzar en todos sus aspectos y fases el proceso de inscripción y presentación del Trabajo Especial de Grado, siempre y cuando cumpla con lo establecido en la Normativa Interna de Evaluación del Rendimiento Académico Estudiantil vigente. Parágrafo Único. Las condiciones en las cuales se presentará este nuevo Trabajo Especial de Grado serán establecidas por el Comité de Trabajo Especial de Grado. CAPÍTULO VII DE LOS DERECHOS DE AUTOR Artículo 37. Para los efectos de esta normativa el trabajo especial de grado estará sujeto las leyes y reglamentos superiores e interna que regule lo concerniente a los derechas de autor. Artículo 38. Cuando se sospeche o se demuestre violación a los derechos de autor en la información contenida en el Proyecto o Trabajo Especial de Grado, el caso será elevado al Consejo de Decanato para su estudio y determinación de las responsabilidades y sanciones correspondientes si hubiera lugar. 10/11

11 TITULO III DISPOSICIONES FINALES Artículo 39. Lo no previsto en este Normativa, será resuelto por el Comité de Trabajo Especial de Grado de acuerdo a las disposiciones emanadas por el Consejo de Decanato y demás órganos competentes de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado. Dado, sellado y firmado en la sala de Sesiones del Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, en su Sesión Nº 2148, Ordinaria, celebrada el día veintiuno de septiembre del año dos mil once. Dr. Francesco Leone Durante Rector Dr. Francisco Ugel Garrido Secretario General 11/11

NORMAS SOBRE EL TRABAJO DE GRADO. CAPÍTULO I Disposiciones Generales

NORMAS SOBRE EL TRABAJO DE GRADO. CAPÍTULO I Disposiciones Generales 1 UNIVERSIDAD CATÓLICA ANDRÉS BELLO Av. Teherán. Urb. Montalbán Caracas 1020 Apartado 20332. Venezuela Teléfono: (58)(212)407.42.39 Rif. J-00012255-5 ESCUELA DE PSICOLOGÍA NORMAS SOBRE EL TRABAJO DE GRADO

Más detalles

3.6. REGLAMENTO DE TRABAJO DE GRADO DE PREGRADO

3.6. REGLAMENTO DE TRABAJO DE GRADO DE PREGRADO Consejo Académico: Reunión N 424 14 de julio de 2011 Consejo Superior: Reunión N 277 18 de julio de 2011 Reformado Consejo Académico: Reunión N 450 14 de noviembre de 2013 Consejo Superior: Reunión N 303

Más detalles

DECRETO DE RECTORIA. 4º. El acuerdo adoptado por el Consejo de la Escuela de Periodismo con fecha 4 de noviembre de 2005;

DECRETO DE RECTORIA. 4º. El acuerdo adoptado por el Consejo de la Escuela de Periodismo con fecha 4 de noviembre de 2005; DECRETO DE RECTORIA REF.: Establece Reglamento de Graduación y Titulación de la carrera de Periodismo. Valparaíso, 24 de enero de 2006 VISTOS: 1º. El decreto de rectoría académico Nº 41/2004 de 16 de abril

Más detalles

Tabla de contenido CAPÍTULO VII: PLAZOS REGLAMENTARIOS... 11

Tabla de contenido CAPÍTULO VII: PLAZOS REGLAMENTARIOS... 11 Tabla de contenido INTRODUCCIÓN... 2 CAPÍTULO I: ASPECTOS GENERALES... 2 CAPÍTULO II: OBJETIVOS DEL TRABAJO DE GRADO... 3 CAPÍTULO III: REQUISITOS Y ETAPAS PARA LA ELABORACIÓN DEL TRABAJO DE GRADO... 4

Más detalles

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD CATÓLICA SANTA ROSA CONSEJO UNIVERSITARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD CATÓLICA SANTA ROSA CONSEJO UNIVERSITARIO REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD CATÓLICA SANTA ROSA CONSEJO UNIVERSITARIO Resolución Nº 15-18-31032005 El Consejo Universitario de la Universidad Católica Santa Rosa en uso de las atribuciones

Más detalles

Reglamento de Tesina de la carrera Licenciatura en Biotecnología

Reglamento de Tesina de la carrera Licenciatura en Biotecnología Reglamento de Tesina de la carrera Licenciatura en Biotecnología Art. 1. Objetivo La realización de la Tesina y su aprobación es el último requisito académico para la obtención del título de Licenciado/a

Más detalles

Para efectos de este Reglamento considérense las siguientes definiciones:

Para efectos de este Reglamento considérense las siguientes definiciones: Pág 1 ESCUELA SUPERIOR POLITÉCNICA AGROPECUARIA DE MANABÍ MANUEL FÉLIX LÓPEZ REGLAMENTO PARA LA ELABORACIÓN DE TESIS DE GRADO DE CUARTO NIVEL CAPÍTULO I DEFINICIONES Y AMBITO DEL PRESENTE REGLAMENTO Art.

Más detalles

NORMAS INTERNAS PARA PROGRAMAS DE DOCTORADO EN CIENCIA DE LOS ALIMENTOS Y EN NUTRICIÓN

NORMAS INTERNAS PARA PROGRAMAS DE DOCTORADO EN CIENCIA DE LOS ALIMENTOS Y EN NUTRICIÓN UNIVERSIDAD SIMON BOLIVAR Decanato de Estudios de Postgrado Coordinación Ciencia de los Alimentos y Nutrición NORMAS INTERNAS PARA PROGRAMAS DE DOCTORADO EN CIENCIA DE LOS ALIMENTOS Y EN NUTRICIÓN Sartenejas,

Más detalles

Capítulo I Disposiciones Generales

Capítulo I Disposiciones Generales El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 1445, Ordinaria, celebrada el día dos de julio de dos mil tres, en uso de las atribuciones que le confiere

Más detalles

Lineamientos de Estudios Avanzados a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México

Lineamientos de Estudios Avanzados a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México Lineamientos de Estudios Avanzados a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL LINEAMIENTOS DE ESTUDIOS AVANZADOS A DISTANCIA DE LA UAEM CAPÍTULO I DE LAS GENERALIDADES

Más detalles

REGLAMENTO DE EXAMEN DE GRADO

REGLAMENTO DE EXAMEN DE GRADO PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DE VALPARAISO FACULTAD DE FILOSOFIA Y EDUCACION ESCUELA DE PSICOLOGIA REGLAMENTO DE EXAMEN DE GRADO TITULO PRIMERO: DISPOSICIONES GENERALES ART. 1: Para los efectos de aplicación

Más detalles

Lineamientos de Educación Profesional a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México

Lineamientos de Educación Profesional a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México Lineamientos de Educación Profesional a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL LINEAMIENTOS DE EDUCACIÓN PROFESIONAL A DISTANCIA DE LA UAEM CAPÍTULO I DE

Más detalles

CENTRO INTEGRADO DE FORMACIÓN PROFESIONAL NÚMERO UNO DE SANTANDER PROGRAMACIÓN 0526 PROYECTO DE SISTEMAS ELECTROTÉCNICOS Y AUTOMATIZADOS

CENTRO INTEGRADO DE FORMACIÓN PROFESIONAL NÚMERO UNO DE SANTANDER PROGRAMACIÓN 0526 PROYECTO DE SISTEMAS ELECTROTÉCNICOS Y AUTOMATIZADOS CENTRO INTEGRADO DE FORMACIÓN PROFESIONAL NÚMERO UNO DE SANTANDER PROGRAMACIÓN 0526 PROYECTO DE SISTEMAS ELECTROTÉCNICOS Y AUTOMATIZADOS FAMILIA PROFESIONAL ELECTRICIDAD/ELECTRONICA CICLO FORMATIVO C.

Más detalles

2. La Junta de Centro establecerá y aprobará este reglamento.

2. La Junta de Centro establecerá y aprobará este reglamento. REGLAMENTO POR EL QUE SE REGULA EL TRABAJO DE FIN DE GRADO (TFG) DE LOS TÍTULOS DE GRADO DE LA FACULTAD DE BIOLOGÍA EN LA UNIVERSIDAD DE MURCIA (Aprobado por la Junta de Facultad el 10 de mayo de 2012)

Más detalles

TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POST-GRADO

TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POST-GRADO TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POST-GRADO TITULO I DE LA DIRECCION DE INVESTIGACION Y POST-GRADO Art. Nº1 A la Dirección de Investigación y Post-Grado de la Vicerrectoría Académica

Más detalles

CAPÍTULO I De la Naturaleza y Fines de la Evaluación

CAPÍTULO I De la Naturaleza y Fines de la Evaluación EL CONSEJO DE DECANATO DE AGRONOMÍA DE LA UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL "LISANDRO ALVARADO", EN CONCORDANCIA CON EL REGLAMENTO GENERAL DE EVALUACIÓN DEL RENDIMIENTO ACADÉMICO ESTUDIANTIL, DICTA LA SIGUIENTE

Más detalles

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN GEOGRAFÍA Y GEOMÁTICA

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN GEOGRAFÍA Y GEOMÁTICA REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN GEOGRAFÍA Y GEOMÁTICA TITULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración académica

Más detalles

UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA FACULTAD DE CIENCIAS VETERINARIAS

UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA FACULTAD DE CIENCIAS VETERINARIAS UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA FACULTAD DE CIENCIAS VETERINARIAS NORMAS QUE REGIRÁN EL PROGRAMA DE PASANTÍAS ACADÉMICAS ESTUDIANTILES DE LA FACULTAD DE CIENCIAS VETERINARIAS DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL

Más detalles

Universidad del Salvador

Universidad del Salvador Anexo I Resolución Decanal Nº 105/10 Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Finanzas Reglamento de la Carrera Contenido: Capítulo 1: Consideraciones

Más detalles

UNIVERSIDAD SALVADOREÑA ALBERTO MASFERRER USAM REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE MAESTRÍA CONSIDERANDO:

UNIVERSIDAD SALVADOREÑA ALBERTO MASFERRER USAM REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE MAESTRÍA CONSIDERANDO: UNIVERSIDAD SALVADOREÑA ALBERTO MASFERRER USAM REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE MAESTRÍA CONSIDERANDO: 1) Que el Art. 17 del Reglamento General de la Ley de Educación Superior establece la facultad para

Más detalles

Lineamientos del Aula Virtual de la Facultad de Ciencias de la Conducta de la Universidad Autónoma del Estado de México

Lineamientos del Aula Virtual de la Facultad de Ciencias de la Conducta de la Universidad Autónoma del Estado de México Lineamientos del Aula Virtual de la Facultad de Ciencias de la Conducta de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL LINEAMIENTOS DEL AULA VIRTUAL DE LA FACULTAD DE CIENCIAS

Más detalles

UNIDADES TECNOLÓGICAS DE SANTANDER

UNIDADES TECNOLÓGICAS DE SANTANDER UNIDADES TECNOLÓGICAS DE SANTANDER REGLAMENTO DE TRABAJO DE GRADO Aprobado por el Consejo Directivo de las Unidades Tecnológicas de Santander Mediante Acuerdo N 01-039 de Noviembre 16 de 2.005 Bucaramanga,

Más detalles

Reglamento de los Exámenes Preparatorios, como requisito de grado para optar al título de Abogado en el Programa de Derecho

Reglamento de los Exámenes Preparatorios, como requisito de grado para optar al título de Abogado en el Programa de Derecho Reglamento de los Exámenes Preparatorios, como requisito de grado para optar al título de Abogado en el Programa de Derecho www.iucesmag.edu.co ACUERDO NÚMERO 062 DE 2009 ( DICIEMBRE 2 ) Por el cual se

Más detalles

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES DE LOS PROGRAMAS DE HOSPITALIDAD, GASTRONOMÍA Y TURISMO

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES DE LOS PROGRAMAS DE HOSPITALIDAD, GASTRONOMÍA Y TURISMO REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES DE LOS PROGRAMAS DE HOSPITALIDAD, GASTRONOMÍA Y TURISMO RECTORÍA INSTITUCIONAL Página 1 de 7 CAPÍTULO I DE SU DEFINICIÓN Y AMBITO DE APLICACIÓN TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES

Más detalles

UNIVERSIDAD DE LIMA ESCUELA UNIVERSITARIA DE NEGOCIOS FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN CARRERA DE NEGOCIOS INTERNACIONALES

UNIVERSIDAD DE LIMA ESCUELA UNIVERSITARIA DE NEGOCIOS FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN CARRERA DE NEGOCIOS INTERNACIONALES UNIVERSIDAD DE LIMA ESCUELA UNIVERSITARIA DE NEGOCIOS NORMAS COMPLEMENTARIAS AL REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS MODALIDADES PARA OPTAR EL TÍTULO DE LICENCIADO EN NEGOCIOS INTERNACIONALES Monterrico, Febrero

Más detalles

Reglamento Interno de la Escuela de Obstetricia y Enfermería de la Universidad Autónoma del Estado de México

Reglamento Interno de la Escuela de Obstetricia y Enfermería de la Universidad Autónoma del Estado de México Reglamento Interno de la Escuela de Obstetricia y Enfermería de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL TÍTULO PRIMERO DE LAS DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. La Escuela

Más detalles

NORMATIVA DE EVALUACIÓN ACADÉMICA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (Aprobada en Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2013)

NORMATIVA DE EVALUACIÓN ACADÉMICA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (Aprobada en Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2013) NORMATIVA DE EVALUACIÓN ACADÉMICA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (Aprobada en Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2013) Ámbito de aplicación: La presente normativa es aplicable a todos los estudios

Más detalles

Universidad de Margarita NORMAS OPERATIVAS PARA EL PROCESO DE INSCRIPCION EN LA UNIVERSIDAD DE MARGARITA. El Valle del Espíritu Santo, Julio del 2009

Universidad de Margarita NORMAS OPERATIVAS PARA EL PROCESO DE INSCRIPCION EN LA UNIVERSIDAD DE MARGARITA. El Valle del Espíritu Santo, Julio del 2009 Universidad de Margarita NORMAS OPERATIVAS PARA EL PROCESO DE INSCRIPCION EN LA UNIVERSIDAD DE MARGARITA El Valle del Espíritu Santo, Julio del 2009 Aprobado reforma parcial en CUSE 11-2011, de fecha 29-07-2011

Más detalles

INICIATIVA DE REGLAMENTO DE LA ASIGNATURA DE ESTADÍAS PROFESIONALES

INICIATIVA DE REGLAMENTO DE LA ASIGNATURA DE ESTADÍAS PROFESIONALES INICIATIVA DE REGLAMENTO DE LA ASIGNATURA DE ESTADÍAS PROFESIONALES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO II DE LAS ESTADÍAS PROFESIONALES CAPÍTULO III DE LOS RESPONSABLES SECCIÓN I DE LOS RESPONSABLES

Más detalles

TÍTULO III: ADAPTACIONES, RECONOCIMIENTOS Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN ESTUDIOS DE GRADO

TÍTULO III: ADAPTACIONES, RECONOCIMIENTOS Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN ESTUDIOS DE GRADO TÍTULO III: ADAPTACIONES, RECONOCIMIENTOS Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN ESTUDIOS DE GRADO 1. DEFINICIONES Titulaciones de origen y de destino Se denominará titulación de origen aquélla que se ha cursado

Más detalles

De acuerdo a la Ordenanza Nº 261, aprobada por el Honorable Consejo Superior de la UNLP, en su sesión de fecha 26 de noviembre de 2002.

De acuerdo a la Ordenanza Nº 261, aprobada por el Honorable Consejo Superior de la UNLP, en su sesión de fecha 26 de noviembre de 2002. REGLAMENTACION DE LA CARRERA DE DOCTORADO De acuerdo a la Ordenanza Nº 261, aprobada por el Honorable Consejo Superior de la UNLP, en su sesión de fecha 26 de noviembre de 2002. De los títulos y requisitos.

Más detalles

Artículo 2. Comisión de coordinación de los trabajos de fin de grado

Artículo 2. Comisión de coordinación de los trabajos de fin de grado NORMATIVA DE LOS TRABAJOS FINALES DE GRADO DE LA UNIVERSITAT JAUME I (Aprobada por el Consejo de Gobierno núm. 26 de 26 de julio de 2012, modificada por el Consejo de Gobierno núm.30, de 11 de diciembre

Más detalles

CONSEJO UNIVERSITARIO CUO-013-2007 RESOLUCIÓN CUO-013-129-VII-2007

CONSEJO UNIVERSITARIO CUO-013-2007 RESOLUCIÓN CUO-013-129-VII-2007 CONSEJO UNIVERSITARIO CUO-013-2007 RESOLUCIÓN CUO-013-129-VII-2007 El Consejo Universitario de la Universidad Nacional Experimental Marítima del Caribe, actuando en Sesión Ordinaria Nº CUO-013-2007, de

Más detalles

UNIVERSIDAD DE PANAMÁ REGLAMENTO DEL TRABAJO DE GRADUACIÓN APROBADO EN EL CONSEJO ACADÉMICO 37-90 DEL 19 DE SEPTIEMBRE DE 1990

UNIVERSIDAD DE PANAMÁ REGLAMENTO DEL TRABAJO DE GRADUACIÓN APROBADO EN EL CONSEJO ACADÉMICO 37-90 DEL 19 DE SEPTIEMBRE DE 1990 UNIVERSIDAD DE PANAMÁ REGLAMENTO DEL TRABAJO DE GRADUACIÓN APROBADO EN EL CONSEJO ACADÉMICO 37-90 DEL 19 DE SEPTIEMBRE DE 1990 CAPÍTULO I DE LOS TRABAJOS DE GRADUACIÓN ARTÍCULO 1: El Trabajo de Graduación

Más detalles

Reglamento Interno. Programa de Pregrado. Universidad Externado de Colombia Facultad de Administración de Empresas

Reglamento Interno. Programa de Pregrado. Universidad Externado de Colombia Facultad de Administración de Empresas Reglamento Interno Programa de Pregrado Universidad Externado de Colombia Facultad de Administración de Empresas C O N T E N I D O CAPÍTULO I De la Organización... 5 CAPÍTULO II Matrícula... 6 CAPÍTULO

Más detalles

ESTATUTOS DE LA CONFERENCIA DE DECANOS DE CENTROS UNIVERSITARIOS CON TÍTULOS DE MAGISTERIO Y EDUCACIÓN

ESTATUTOS DE LA CONFERENCIA DE DECANOS DE CENTROS UNIVERSITARIOS CON TÍTULOS DE MAGISTERIO Y EDUCACIÓN ESTATUTOS DE LA CONFERENCIA DE DECANOS DE CENTROS UNIVERSITARIOS CON TÍTULOS DE MAGISTERIO Y EDUCACIÓN CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO. Artículo 1. Con la denominación de Conferencia

Más detalles

NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL REGISTRO DE PROYECTOS DE TESIS Y DE TESIS DE PREGRADO EN LA FACULTAD DE CIENCIAS Y FILOSOFÍA

NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL REGISTRO DE PROYECTOS DE TESIS Y DE TESIS DE PREGRADO EN LA FACULTAD DE CIENCIAS Y FILOSOFÍA NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL REGISTRO DE PROYECTOS DE TESIS Y DE TESIS DE PREGRADO EN LA FACULTAD DE CIENCIAS Y FILOSOFÍA Aprobado en Sesión de Consejo de la Facultad de Ciencias y Filosofía del 17

Más detalles

UNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE ODONTOLOGÍA CONSEJO TÉCNICO DE TRABAJO ESPECIAL DE GRADO MÉRIDA VENEZUELA

UNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE ODONTOLOGÍA CONSEJO TÉCNICO DE TRABAJO ESPECIAL DE GRADO MÉRIDA VENEZUELA UNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE ODONTOLOGÍA CONSEJO TÉCNICO DE TRABAJO ESPECIAL DE GRADO MÉRIDA VENEZUELA REGLAMENTO PARA LA ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DEL TRABAJO ESPECIAL DE GRADO DE LA FACULTAD

Más detalles

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL Aprobado por el Comité Directivo en la sesión N 08-10, del 10 de febrero de 2010 ÍNDICE I.CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LAS PRÁCTICAS

Más detalles

UNIVERSIDAD DEL VALLE FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES Y EXACTAS PROGRAMA ACADEMICO DE BIOLOGIA REGLAMENTO INTERNO DEL TRABAJO DE GRADO

UNIVERSIDAD DEL VALLE FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES Y EXACTAS PROGRAMA ACADEMICO DE BIOLOGIA REGLAMENTO INTERNO DEL TRABAJO DE GRADO UNIVERSIDAD DEL VALLE FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES Y EXACTAS PROGRAMA ACADEMICO DE BIOLOGIA REGLAMENTO INTERNO DEL TRABAJO DE GRADO El comité del programa académico de Biología, teniendo en cuenta las

Más detalles

atribuciones de la Junta Académica: REGLAMENTO DE TRABAJOS DE GRADO DE LA FACULTAD DE DISEÑO

atribuciones de la Junta Académica: REGLAMENTO DE TRABAJOS DE GRADO DE LA FACULTAD DE DISEÑO REGLAMENTO DE TRABAJOS DE GRADO DE LA FACULTAD DE DISEÑO CAPITULO I DE LOS FINES: Art. 1. La Junta Académica para la realización de los trabajos de grado, tendrá las siguientes finalidades: a) Sugerir

Más detalles

Capítulo I Disposiciones Generales

Capítulo I Disposiciones Generales El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, en uso de las atribuciones legales y reglamentarias, en Sesión Nº 2333, Ordinaria, celebrada el día 11-12-2013, concretamente

Más detalles

DOCTORADO EN ARQUITECTURA Y ESTUDIO URBANOS

DOCTORADO EN ARQUITECTURA Y ESTUDIO URBANOS : DOCTORADO EN ARQUITECTURA Y ESTUDIO URBANOS PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DE CHILE REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE DOCTORADO TITULO I: DEFINICION ART. 1 Del Programa La Facultad de Arquitectura, Diseño

Más detalles

REGLAMENTO DE TRABAJO FINAL DE LA LICENCIATURA EN INFORMACIÓN AMBIENTAL

REGLAMENTO DE TRABAJO FINAL DE LA LICENCIATURA EN INFORMACIÓN AMBIENTAL ANEXO II DE LA RESOLUCIÓN RESHCSLUJ:0000211-13 REGLAMENTO DE TRABAJO FINAL DE LA LICENCIATURA EN INFORMACIÓN AMBIENTAL El trabajo final será llevado a cabo mediante una de las siguientes modalidades: a.

Más detalles

Centro Universitario Vasco de Quiroga de Huejutla Incorporado a la UNAM Clave 8895 NORMATIVIDAD HUEJUTLA DE REYES, HIDALGO

Centro Universitario Vasco de Quiroga de Huejutla Incorporado a la UNAM Clave 8895 NORMATIVIDAD HUEJUTLA DE REYES, HIDALGO Centro Universitario Vasco de Quiroga de Huejutla Incorporado a la UNAM Clave 8895 NORMATIVIDAD HUEJUTLA DE REYES, HIDALGO 2011 1 CONTENIDO 7. DE LA TITULACIÓN U OBTENCIÓN DE GRADO 7.1 DISPOSICIONES GENERALES

Más detalles

Capítulo I Disposiciones Generales

Capítulo I Disposiciones Generales El Consejo Universitario de la Universidad, en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, en su Sesión N. 1353, Ordinaria, realizada el día diecinueve de junio de dos mil dos, haciendo uso de las

Más detalles

RESOLUCION C.D. Nº 351/2015 CONCORDIA,

RESOLUCION C.D. Nº 351/2015 CONCORDIA, RESOLUCION C.D. Nº 351/2015 CONCORDIA, VISTO la necesidad de la creación de un Reglamento de Concurso para cargos docentes Interinos de la Escuela Secundaria Técnica de la Facultad y el despacho de la

Más detalles

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y RENDIMIENTO ESTUDIANTIL (Versión 3.0)

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y RENDIMIENTO ESTUDIANTIL (Versión 3.0) El Consejo Universitario de la Universidad Dr. José Gregorio Hernández, en uso de la facultad que confiere el numeral 21 del artículo 26 de la vigente Ley de Universidades actualiza el: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN

Más detalles

De los participantes en el proceso del Trabajo Final de Graduación

De los participantes en el proceso del Trabajo Final de Graduación REGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA DE INGENIERÍA AGRÍCOLA PARA TRABAJOS FINALES DE GRADUACIÓN (Incluye reforma al 4 de setiembre del 2012, artículo 7, Sesión 20-2012) CAPÍTULO I Objetivos y definiciones

Más detalles

REGLAMENTO DE PROGRAMAS Magíster Facultad de Arquitectura Diseño y Estudios Urbanos

REGLAMENTO DE PROGRAMAS Magíster Facultad de Arquitectura Diseño y Estudios Urbanos REGLAMENTO DE PROGRAMAS Magíster Facultad de Arquitectura Diseño y Estudios Urbanos TITULO I DEL REGLAMENTO Y OBJETIVOS DE LOS PROGRAMAS DE MAGISTER DE LA FACULTAD DE ARQUITECTURA, DISEÑO Y ESTUDIOS URBANOS

Más detalles

LINEAMIENTOS GENERALES TRABAJO DE GRADO OPCIÓN EMPRENDIMIENTO

LINEAMIENTOS GENERALES TRABAJO DE GRADO OPCIÓN EMPRENDIMIENTO LINEAMIENTOS GENERALES TRABAJO DE GRADO OPCIÓN EMPRENDIMIENTO Teniendo en cuenta los parámetros establecidos por la Facultad de Administración para la elaboración de trabajos de grado para optar a titulo

Más detalles

Artículo 2. Comisión de coordinación de los trabajos de fin de máster universitario

Artículo 2. Comisión de coordinación de los trabajos de fin de máster universitario NORMATIVA DE LOS TRABAJOS FINALES DE MÁSTER DE LA UNIVERSITAT JAUME I (Aprobada por el Consejo de Gobierno núm. 26 de 26 de julio de 2012, modificada por el Consejo de Gobierno núm.30, de 11 de diciembre

Más detalles

Normativa para Estudiantes Preparadores de la Universidad de Margarita

Normativa para Estudiantes Preparadores de la Universidad de Margarita Normativa para Estudiantes Preparadores de la Universidad de Margarita El Valle del Espíritu Santo, Febrero de 2011 El Consejo Universitario de la Universidad de Margarita, en uso de la atribución que

Más detalles

PROCEDIMIENTO DEL PROCESO DE TITULACIÓN: TESIS 1

PROCEDIMIENTO DEL PROCESO DE TITULACIÓN: TESIS 1 PROCEDIMIENTO DEL PROCESO DE TITULACIÓN: TESIS 1 FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y ADMINISTRATIVAS UNIVERSIDAD CATÓLICA DE LA SANTÍSIMA CONCEPCIÓN 1 El reglamento de titulación de las carreras Ingeniería

Más detalles

REGLAMENTO TRABAJO FIN DE GRADO EN HUMANIDADES APROBADO EN JUNTA DE FACULTAD DE HUMANIDADES, COMUNICACIÓN Y DOCUMENTACIÓN DE 8 DE MAYO DE 2013.

REGLAMENTO TRABAJO FIN DE GRADO EN HUMANIDADES APROBADO EN JUNTA DE FACULTAD DE HUMANIDADES, COMUNICACIÓN Y DOCUMENTACIÓN DE 8 DE MAYO DE 2013. REGLAMENTO TRABAJO FIN DE GRADO EN HUMANIDADES APROBADO EN JUNTA DE FACULTAD DE HUMANIDADES, COMUNICACIÓN Y DOCUMENTACIÓN DE 8 DE MAYO DE 2013. Créditos ECTS:6 1. Requisitos previos Únicamente podrán matricularse

Más detalles

Universidad José Carlos Mariátegui. Reglamentos UJCM. Reglamento de: Protítulo. www.ujcm.edu.pe

Universidad José Carlos Mariátegui. Reglamentos UJCM. Reglamento de: Protítulo. www.ujcm.edu.pe Universidad José Carlos Mariátegui Reglamentos UJCM Reglamento de: Protítulo 2009 www.ujcm.edu.pe Universidad José Carlos Mariátegui REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE TITULACION (Aprobado por Resolución Nº 080-2003-CU-UJCM)

Más detalles

ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE

ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE VI. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE 1. Los centros, en función de los niveles, etapas y modalidades de enseñanza que se impartan en ellos, así como del número de unidades o grupos de alumnos, podrán tener

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 9381 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN de 28 de marzo de 2008 por la que se convoca la celebración de las pruebas de acceso y se establece el plazo de matriculación en el grado superior de las Enseñanzas de

Más detalles

REGLAMENTO DEL PRÁCTICUM DE LA FACULTAD DE DERECHO UNIVERSIDAD DE VALLADOLID

REGLAMENTO DEL PRÁCTICUM DE LA FACULTAD DE DERECHO UNIVERSIDAD DE VALLADOLID REGLAMENTO DEL PRÁCTICUM DE LA FACULTAD DE DERECHO UNIVERSIDAD DE VALLADOLID CAPÍTULO PRIMERO NORMAS GENERALES Artículo 1. Objetivo y fines del Prácticum 1. El Prácticum se configura como una asignatura

Más detalles

REGLAMENTO DE INSCRIPCIÓN A LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ

REGLAMENTO DE INSCRIPCIÓN A LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ REGLAMENTO DE INSCRIPCIÓN A LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ TÍTULO I Disposiciones Generales CAPÍTULO I Definición Artículo 1. El presente reglamento tiene por objeto normar la inscripción como

Más detalles

FLACSO Argentina REGLAMENTO ACADÉMICO DE LA ESPECIALIZACIÓN EN GESTIÓN Y CONDUCCIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO Y SUS INSTITUCIONES. (Modalidad virtual)

FLACSO Argentina REGLAMENTO ACADÉMICO DE LA ESPECIALIZACIÓN EN GESTIÓN Y CONDUCCIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO Y SUS INSTITUCIONES. (Modalidad virtual) FLACSO Argentina REGLAMENTO ACADÉMICO DE LA ESPECIALIZACIÓN EN GESTIÓN Y CONDUCCIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO Y SUS INSTITUCIONES (Modalidad virtual) 1. De los objetivos y las características generales El

Más detalles

Reglamento de Procedimientos y Requisitos para la Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla

Reglamento de Procedimientos y Requisitos para la Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla Reglamento de Procedimientos y Requisitos para la Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla TITULO PRIMERO Disposiciones Generales Artículo 1.- Es alumno

Más detalles

UNIVERSIDAD DE MONTERREY Documentación Institucional

UNIVERSIDAD DE MONTERREY Documentación Institucional 28/08/2008 03/12/2014 Cada cinco años 1 de 8 ÍNDICE Alcance 2 CAPÍTULO I. De las disposiciones generales 2 CAPÍTULO II. De los requisitos de admisión 2 CAPÍTULO III. De las equivalencias y revalidaciones

Más detalles

IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013*

IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013* IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013* * Revisión aprobada por el Comité Rectoral del 16 de junio de 2014 ÍNDICE PREÁMBULO I. TÍTULO

Más detalles

REGLAMENTO DEL TRABAJO FIN DE MÁSTER DEL MASTER OFICIAL EN ESTUDIOS NORTEAMERICANOS INSTITUTO FRANKLIN-UNIVERSIDAD DE ALCALÁ

REGLAMENTO DEL TRABAJO FIN DE MÁSTER DEL MASTER OFICIAL EN ESTUDIOS NORTEAMERICANOS INSTITUTO FRANKLIN-UNIVERSIDAD DE ALCALÁ REGLAMENTO DEL TRABAJO FIN DE MÁSTER DEL MASTER OFICIAL EN ESTUDIOS NORTEAMERICANOS INSTITUTO FRANKLIN-UNIVERSIDAD DE ALCALÁ El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación

Más detalles

REGLAMENTO DE DOCENCIA DE PREGRADO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES TITULO PRELIMINAR DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE DOCENCIA DE PREGRADO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES TITULO PRELIMINAR DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE DOCENCIA DE PREGRADO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES TITULO PRELIMINAR DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º. El presente Reglamento establece las disposiciones particulares que regirán

Más detalles

REGLAMENTO DE PRÁCTICA NOTARIAL - LEY 404 ART 35. Resolución N 91/14 (Acta 3892)

REGLAMENTO DE PRÁCTICA NOTARIAL - LEY 404 ART 35. Resolución N 91/14 (Acta 3892) REGLAMENTO DE PRÁCTICA NOTARIAL - LEY 404 ART 35. Resolución N 91/14 (Acta 3892) PAUTAS GENERALES: Artículo Primero: Todo aquel aspirante a la titularidad y/o adscripción a un registro notarial deberá

Más detalles

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEL MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DESPACHO DE LA MINISTRA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEL MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DESPACHO DE LA MINISTRA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DESPACHO DE LA MINISTRA REGLAMENTO DEL PROGRAMA CIENTÍFICO TECNOLÓGICO DE INVESTIGACIÓN DENOMINADO: ACADEMIA DE SOFTWARE LIBRE (ASL)

Más detalles

Universidad Arturo Michelena Facultad de Ciencias de la Salud Escuela de Fisioterapia

Universidad Arturo Michelena Facultad de Ciencias de la Salud Escuela de Fisioterapia Universidad Arturo Michelena Facultad de Ciencias de la Salud Escuela de Fisioterapia PROPUESTA DE NORMATIVA PARA PRÁCTICAS CLÍNICAS EN LA CARRERA DE FISIOTERAPIA Aprobado en Consejo Universitario N CUO-2011-56/31.1.11

Más detalles

REGLAMENTO DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE RANRACANCHA.

REGLAMENTO DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE RANRACANCHA. REGLAMENTO DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE RANRACANCHA. CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1.- El presente Reglamento tiene como objetivo, regular los

Más detalles

REGLAMENTO DE POSTGRADO DE LA UNIVERSIDAD DE CARTAGO

REGLAMENTO DE POSTGRADO DE LA UNIVERSIDAD DE CARTAGO REGLAMENTO DE POSTGRADO DE LA UNIVERSIDAD DE CARTAGO JUNIO 2014 TABLA DE CONTENIDO CAPÍTULO NO. 1 DISPOSICIONES GENERALES... 3 CAPÍTULO NO. 2 DE LOS PROGRAMAS DE POSTGRADO... 4 CAPÍTULO NO. 3 DE LOS REQUISITOS

Más detalles

UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO ACADEMICO. RESOLUCI0N No. 036 Marzo 29 de 2007

UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO ACADEMICO. RESOLUCI0N No. 036 Marzo 29 de 2007 Universidad del Valle UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO ACADEMICO RESOLUCI0N No. 036 Marzo 29 de 2007 Por la cual se define el Reglamento de Trabajo de Grado para la Maestría en Sociología EL CONSEJO ACADÉMICO

Más detalles

SITUACIÓN A CONSIDERAR: Permanencia Estudiantil. Temas relacionados con la situación a considerar

SITUACIÓN A CONSIDERAR: Permanencia Estudiantil. Temas relacionados con la situación a considerar SITUACIÓN A CONSIDERAR: Permanencia Estudiantil Criterios razonable y objetiva de permanencia en la Universidad Los ajustes deben propiciar el avance del estudiante en sus programas, y reconocer las situaciones

Más detalles

Exposición de Motivos

Exposición de Motivos El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 2321, Ordinaria, celebrada el día veintitrés de noviembre del dos mil trece, en uso de las atribuciones

Más detalles

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SÓCRATES, OTROS PROGRAMAS INTERNACIONALES Y DE

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SÓCRATES, OTROS PROGRAMAS INTERNACIONALES Y DE NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SÓCRATES, OTROS PROGRAMAS INTERNACIONALES Y DE CONVENIOS BILATERALES El constante incremento que la Universidad

Más detalles

Principado de Asturias

Principado de Asturias BOPA Nº 244 - Sábado, 20 de octubre de 2001 OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERIA DE EDUCACION Y CULTURA Principado de Asturias RESOLUCION de 3 de octubre de 2001, de la Consejería de Educación y Cultura, por

Más detalles

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIRIQUI VICERRECTORÍA ACADÉMICA DIRECCIÓN DE CURRICULUM

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIRIQUI VICERRECTORÍA ACADÉMICA DIRECCIÓN DE CURRICULUM UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIRIQUI VICERRECTORÍA ACADÉMICA DIRECCIÓN DE CURRICULUM REGLAMENTO PARA LA PLANIFICACIÓN, ELABORACIÓN, APROBACIÓN, EJECUCIÓN Y EVALUACIÓN DE SEMINARIOS INTRODUCCIÓN Este reglamento

Más detalles

NORMAS INTERNAS DE INGRESO, RETIRO, CAMBIOS DE TURNO Y DE ESTUDIOS EN LOS PROGRAMAS NACIONALES DE FORMACION Y EN LAS CARRERAS DE TECNICO SUPERIOR

NORMAS INTERNAS DE INGRESO, RETIRO, CAMBIOS DE TURNO Y DE ESTUDIOS EN LOS PROGRAMAS NACIONALES DE FORMACION Y EN LAS CARRERAS DE TECNICO SUPERIOR NORMAS INTERNAS DE INGRESO, RETIRO, CAMBIOS DE TURNO Y DE ESTUDIOS EN LOS PROGRAMAS NACIONALES DE FORMACION Y EN LAS CARRERAS DE TECNICO SUPERIOR UNIVERSITARIO EN LA UPTAEB VICERRECTORADO ACADÉMICO Aprobado

Más detalles

REGLAMENTO PARA OTORGAR BECAS DE ESTUDIO AL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD

REGLAMENTO PARA OTORGAR BECAS DE ESTUDIO AL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD REGLAMENTO PARA OTORGAR BECAS DE ESTUDIO AL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD Capitulo I Disposiciones Generales Artículo1.- La Universidad Tecnológica de la Costa, por el presente ordenamiento establecerá y

Más detalles

NORMATIVA DE TRABAJO FIN DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA

NORMATIVA DE TRABAJO FIN DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA NORMATIVA DE TRABAJO FIN DE GRADO Y MÁSTER DE LA Elaborado por: Vicerrectorado de Docencia y Relaciones Institucionales Revisado por: Servicio de Acceso y Gestión de Estudios de Grado, Servicio de Becas,

Más detalles

La Universidad Nacional Autónoma de México y la Secretaría General, a través de la Dirección General de Incorporación y Revalidación de Estudios,

La Universidad Nacional Autónoma de México y la Secretaría General, a través de la Dirección General de Incorporación y Revalidación de Estudios, La Universidad Nacional Autónoma de México y la Secretaría General, a través de la Dirección General de Incorporación y Revalidación de Estudios, Convocan Al Para estimular la creatividad científica y

Más detalles

DECRETO DE RECTORIA. 6º. Atendidas las facultades que me confieren los Estatutos Generales de la Universidad.

DECRETO DE RECTORIA. 6º. Atendidas las facultades que me confieren los Estatutos Generales de la Universidad. DECRETO DE RECTORIA Académico N 37/2012 REF.: Modifica Decreto de Rectoría Académico Nº 77/97 que establece reglamento académico y plan de estudios del programa de Magíster en Ciencias de la Ingeniería

Más detalles

PEDAGOGÍA EN FÍSICA Y MATEMÁTICA / LICENCIATURA EN EDUCACIÓN DE FÍSICA Y MATEMÁTICA Reglamento Interno de la Asignatura: SEMINARIO DE GRADO (2015)

PEDAGOGÍA EN FÍSICA Y MATEMÁTICA / LICENCIATURA EN EDUCACIÓN DE FÍSICA Y MATEMÁTICA Reglamento Interno de la Asignatura: SEMINARIO DE GRADO (2015) PEDAGOGÍA EN FÍSICA Y MATEMÁTICA / LICENCIATURA EN EDUCACIÓN DE FÍSICA Y MATEMÁTICA Reglamento Interno de la Asignatura: SEMINARIO DE GRADO (2015) De acuerdo a la Resolución Exenta Nº 9257 del 20/12/2007

Más detalles

Instructivo de funcionamiento de los talleres de tesis 1. Introducción

Instructivo de funcionamiento de los talleres de tesis 1. Introducción Instructivo de funcionamiento de los talleres de tesis 1. Introducción El ciclo lectivo para completar la maestría, incluyendo la tesis, es de 24 meses. En este lapso el estudiantado debe aprobar tres

Más detalles

reflexiones conjuntas del equipo de Profesores del centro que ha de dar lugar, entre otras, a directrices y decisiones compartidas y asumidas

reflexiones conjuntas del equipo de Profesores del centro que ha de dar lugar, entre otras, a directrices y decisiones compartidas y asumidas ORDEN DE 28 DE AGOSTO DE 1995 POR LA QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA GARANTIZAR EL DERECHO DE LOS ALUMNOS DE EDUCACION SECUNDARIA OBLIGATORIA Y DE BACHILLERATO A QUE SU RENDIMIENTO ESCOLAR SEA EVALUADO

Más detalles

SECRETARIA DE EDUCACION PÚBLICA SUBSECRETARIA DE EDUCACION SUPERIOR COORDINACION DE UNIVERSIDADES

SECRETARIA DE EDUCACION PÚBLICA SUBSECRETARIA DE EDUCACION SUPERIOR COORDINACION DE UNIVERSIDADES SECRETARIA DE EDUCACION PÚBLICA SUBSECRETARIA DE EDUCACION SUPERIOR COORDINACION DE UNIVERSIDADES REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE PROFESIONAL ASOCIADO Y LICENCIATURA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DEL SUR DE

Más detalles

REGLAMENTO PROGRAMA MAGISTER EN FISICA Y ASTRONOMÍA

REGLAMENTO PROGRAMA MAGISTER EN FISICA Y ASTRONOMÍA REGLAMENTO PROGRAMA MAGISTER EN FISICA Y ASTRONOMÍA Artículo 1. El reglamento del programa Magíster en Física y Astronomía se rige por las disposiciones vigentes del Reglamento General de Programas de

Más detalles

REGLAMENTACIÓN DEL TRABAJO DE GRADO Aprobado con carácter transitorio por el Consejo de Facultad. Acta 155 dic. 4 de 1995.

REGLAMENTACIÓN DEL TRABAJO DE GRADO Aprobado con carácter transitorio por el Consejo de Facultad. Acta 155 dic. 4 de 1995. UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES Y HUMANAS DEPARTAMENTO DE SOCIOLOGÍA REGLAMENTACIÓN DEL TRABAJO DE GRADO Aprobado con carácter transitorio por el Consejo de Facultad. Acta 155 dic.

Más detalles

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIAS DE LA ADMINISTRACION

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIAS DE LA ADMINISTRACION PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE ESCUELA DE ADMINISTRACIÓN REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIAS DE LA ADMINISTRACION 2009 REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIAS DE LA ADMINISTRACION

Más detalles

Buenos Aires, 06 de marzo de 2013. Expte. Nº: 804-278/07

Buenos Aires, 06 de marzo de 2013. Expte. Nº: 804-278/07 "2013 - Año Del Bicentenario De La Asamblea General Constituyente de 1813" 1 RESOLUCIÓN Nº: 69/13 ASUNTO: Extender por un período de tres años la acreditación de la carrera de Arquitectura de la Facultad

Más detalles

Doctorado en Ciencias con orientación en Ciencias de la Computación

Doctorado en Ciencias con orientación en Ciencias de la Computación Lineamientos complementarios de los programas de posgrado aprobados por el Consejo de Programas Docentes el 19 de agosto del 2015 en cumplimiento del artículo 3 del Reglamento General de Estudios de Posgrados

Más detalles

CENTRO DOCENTE CARDIOLÓGICO BOLIVARIANO ARAGUA COMISIÓN DE ESTUDIOS DE POSTGRADO. CAPÍTULO PRIMERO De la integración del Cuerpo y sus obligaciones

CENTRO DOCENTE CARDIOLÓGICO BOLIVARIANO ARAGUA COMISIÓN DE ESTUDIOS DE POSTGRADO. CAPÍTULO PRIMERO De la integración del Cuerpo y sus obligaciones CENTRO DOCENTE CARDIOLÓGICO BOLIVARIANO ARAGUA COMISIÓN DE ESTUDIOS DE POSTGRADO NORMAS PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN DE ESTUDIOS DE POSTGRADO DEL CURSO DE ESPECIALIZACIÓN EN CARDIOLOGÍA CLÍNICA.

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE BECAS

REGLAMENTO GENERAL DE BECAS REGLAMENTO GENERAL DE BECAS Mayo 2012 REGLAMENTO GENERAL DE BECAS CONTENIDO CAPÍTULOS PÁGINA I OBJETIVOS Y DISPOSICIONES GENERALES. 3 II BECAS SEP... 5 III BECAS UNAM... 6 IV BECAS PROMOCIONALES 6 V BECAS

Más detalles

51 FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y SOCIALES

51 FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y SOCIALES SISTEMA DE ESTUDIOS DE POSTGRADO 51 FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y SOCIALES CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1o. Definición. Son estudios de postgrado los que se realicen después de haber

Más detalles

UNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS CIEPROL ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO ADMINISTRATIVO

UNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS CIEPROL ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO ADMINISTRATIVO UNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS CIEPROL ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO ADMINISTRATIVO REGLAMENTO DEL POSTGRADO EN DERECHO ADMINISTRATIVO. TITULO I DISPOSICIONES FUNDAMENTALES

Más detalles

NÚMERO 41 Jueves, 28 de febrero de 2013

NÚMERO 41 Jueves, 28 de febrero de 2013 4174 ORDEN de 13 de febrero de 2013 por la que se regula la selección de proyectos de innovación educativa en los centros docentes de enseñanzas no universitarias, sostenidos con fondos públicos, de la

Más detalles

DECISIONES TOMADAS EN REUNIÓN CONJUNTA ORDINARIA REALIZADA EL 31-10-13

DECISIONES TOMADAS EN REUNIÓN CONJUNTA ORDINARIA REALIZADA EL 31-10-13 DECISIONES TOMADAS EN REUNIÓN CONJUNTA ORDINARIA REALIZADA EL 31-10-13 En reunión Conjunta Ordinaria del día 31-10-13, las comisiones de Estudios Humanísticos y Sociales y de Desarrollo Científico del

Más detalles

EJECUCION ADMINISTRATIVA DEL FONDO EN ANTICIPO

EJECUCION ADMINISTRATIVA DEL FONDO EN ANTICIPO El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº. 1838, Ordinaria, celebrada el día treinta de enero del año dos mil ocho, en uso de las atribuciones

Más detalles

REGLAMENTO DE TRABAJOS FIN DE GRADO EN LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA.

REGLAMENTO DE TRABAJOS FIN DE GRADO EN LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA. REGLAMENTO DE TRABAJOS FIN DE GRADO EN LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA. Artículo 1. Definición 1) El Trabajo Fin de Grado (TFG) es un trabajo personal y autónomo del estudiante cuya elaboración

Más detalles