MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA CUENTA JUSTIFICATIVA DE SUBVENCIÓN NOMINATIVA DEL MAGRAMA

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA CUENTA JUSTIFICATIVA DE SUBVENCIÓN NOMINATIVA DEL MAGRAMA"

Transcripción

1 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA CUENTA JUSTIFICATIVA DE SUBVENCIÓN NOMINATIVA DEL MAGRAMA 2014

2 INDICE 1. INTRODUCCIÓN 2. OBJETO DEL MANUAL 3. NORMATIVA CUENTA JUSTIFICATIVA 4. LÍNEAS Y GASTOS SUBVENCIONABLES 5. CUANTÍAS Y CRITERIOS 6. PROCEDIMIENTO DE JUSTIFICACIÓN 6.1. Periodo Financiable 6.2. Solicitud de Anticipo 6.3. Solicitud de Pago final 6.4. Cuenta Justificativa 6.5. Requisitos de la Cuenta Justificativa 6.6. Revisión de la Cuenta Justificativa 7. PAGO DE LA AYUDA 8. PROCEDIMIENTO DE REINTEGRO EN CASO DE INCUMPLIMIENTO 2

3 1. Introducción La Federación Española de Asociaciones de Ganado Selecto (FEAGAS) es una Organización sin ánimo de lucro constituida el 15 de Mayo de 1982, por las Asociaciones Nacionales de Criadores de Ganado Selecto, Entidades Colaboradoras del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (actualmente MAGRAMA-Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente), para la llevanza de los Libros Genealógicos del ganado, organizaciones que, a partir del año 1987, fueron reconocidas oficialmente como Asociaciones de Ganado de Raza Pura. FEAGAS está reconocida oficialmente como representante de las Organizaciones de Ganado de Raza Pura ante los Organismos Oficiales, según Resolución de la Secretaría General de Producciones y Mercados Agrarios del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (actualmente MAGRAMA) de fecha 29 de Octubre de Entre sus fines destaca la representación, gestión y defensa de los intereses propios de las Asociaciones que la integran, la colaboración con los poderes públicos y con el MAGRAMA y con las Consejerías de las Comunidades Autónomas en los aspectos relacionados con la genética, selección y mejora animal, Libros Genealógicos, Sanidad, investigaciones ganaderas aplicadas, exportaciones e importaciones de animales raza pura, concursos y exposiciones de ganado y Desarrollo Rural, la coordinación y, en su caso, organización de los Certámenes Ganaderos, con ámbito Nacional e Internacional, en los que participen sus Asociaciones integradas. La actual situación de las razas ganaderas, requiere necesariamente adoptar determinadas medidas que permitan favorecer la creación o mantenimiento de libros genealógicos de acuerdo a la reglamentación aprobada para cada raza y la implantación y desarrollo del programa de mejora oficialmente reconocido para la raza, en el que se recogerán las actividades destinadas a determinar la calidad genética o el rendimiento del ganado y la creación y en el caso de razas autóctonas, el mantenimiento de bancos de germoplasma en centros autorizados oficialmente. En este sentido, para lograr dicho objetivo, se ha suscrito un Convenio entre el MAGRAMA y FEAGAS por el que se concede una subvención nominativa para las actividades de gestión del libro genealógico y a los programas de mejora de las razas puras de carácter nacional, prevista en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año Al amparo del citado Convenio, FEAGAS dispone de una subvención nominativa con cargo a los presupuestos generales del estado, en la aplicación presupuestaria C , por importe de para la ejecución de actividades en el ámbito de actuación de razas ganaderas que son gestionadas por asociaciones reconocidas oficialmente en España por el MAGRAMA, de acuerdo con el Real Decreto 2129/2008, para la creación o llevanza de libros genealógicos de animales de producción y desarrollo de sus programas de mejora. Para la ejecución de dichas actividades, se prevé la involucración de las citadas Asociaciones mediante la subcontratación de hasta el cien por cien del importe de la actividad subvencionada, con sujeción a lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y concordantes de su reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. Para lo cual se firmará el correspondiente contrato con las mismas. 3

4 La modalidad de justificación de las cantidades libradas a favor de FEAGAS, según lo previsto en el citado Convenio, es la presentación de la cuenta justificativa del gasto con aportación del informe de auditor de cuentas en base al artículo 74 del Reglamento de la Ley de Subvenciones. 2. Objeto del Manual El objeto de este procedimiento es definir el mecanismo para la justificación económica de las actividades de gestión del Libro Genealógico y de los Programas de Mejora de las razas puras de carácter nacional objeto de la subvención concedida por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA). 3. Normativa Cuenta Justificativa A. Análisis de la Normativa Aplicable Para llevar a cabo un trabajo de estas características es necesario, tener conocimiento del entorno normativo en el que se desenvuelve el proyecto. Por consiguiente nuestro análisis se centrará en la siguiente normativa aplicable: Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones. Orden EHA/1434/2007, de 17 de mayo, por la que se aprueba la norma de actuación de los auditores de cuentas en la realización de los trabajos de revisión de cuentas justificativas de subvenciones, en el ámbito del sector público estatal, previsto en el artículo 74 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y la Federación Española de Asociaciones de Ganado Selecto, por el que se concede una subvención nominativa para las actividades de gestión del libro genealógico y a los programas de mejora de las razas puras de carácter nacional, prevista en la ley de presupuestos generales del estado para el año Real Decreto 2129/2008, de 26 de diciembre, por el que se establece el Programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas. Contrato de subcontratación parcial de actuaciones para la ejecución del convenio entre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y la Federación Española de Asociaciones de Ganado Selecto, por el que se concede una subvención nominativa para las actividades de gestión del libro genealógico y programas de mejora de las razas puras de carácter nacional, prevista en la ley de presupuestos generales del estado para el año

5 A. Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones. A continuación indicamos los principales artículos del RD 887/2006 de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones que son de obligado cumplimiento para la justificación de una cuenta justificativa. Sub-sección 1: Cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto Artículo 72. Contenido de la cuenta justificativa La cuenta justificativa contendrá, con carácter general, la siguiente documentación: 1. Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. 2. Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que contendrá: a) Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto, se indicarán las desviaciones acaecidas. b) Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en el párrafo anterior y, en su caso, la documentación acreditativa del pago. c) Certificado de tasador independiente debidamente acreditado e inscrito en el correspondiente registro oficial, en el caso de adquisición de bienes inmuebles. d) Indicación, en su caso, de los criterios de reparto de los costes generales y/o indirectos incorporados en la relación a que se hace referencia en el apartado a), excepto en aquellos casos en que las bases reguladoras de la subvención hayan previsto su compensación mediante un tanto alzada sin necesidad de justificación. e) Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia. f) Los tres presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones, deba de haber solicitado el beneficiario. g) En su caso, la carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados de los mismos. 3. No obstante lo anterior, cuando por razón del objeto o de la naturaleza de la subvención, no fuera precise presentar la documentación prevista en el apartado anterior, las bases reguladoras determinaran el contenido de la cuenta justificativa. 5

6 Artículo 73. Validación y estampillado de justificantes de gasto 1. Los gastos se justificarán con facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, en original o fotocopia compulsada, cuando en este último supuesto así se haya establecido en las bases reguladoras. 2. En caso de que las bases reguladoras así lo establezcan, los justificantes originales presentados se marcaran con una estampilla, indicando en la misma la subvención para cuya justificación han sido presentados y si el importe del justificante se imputa total o parcialmente a la subvención. En este último caso se indicará además la cuantía exacta que resulte afectada por la subvención. Subsección 2 Cuenta justificativa con aportación de informe de auditor Artículo 74. Cuenta justificativa con aportación de informe de auditor. 1. Las bases reguladoras de la subvención podrán prever una reducción de la Información a incorporar en la memoria económica a que se refiere el apartado 2 del artículo 72 de este Reglamento siempre que: a) La cuenta justificativa vaya acompañada de un informe de un auditor de cuentas inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas. b) El auditor de cuentas lleve a cabo la revisión de la cuenta justificativa con el alcance que se determine en las bases reguladoras de la subvención y con sujeción a las normas de actuación y supervisión que, en su caso, proponga el órgano que tenga atribuidas las competencias de control financiero de subvenciones en el ámbito de la administración pública concedente. c) La cuenta justificativa incorpore, además de la memoria de actuaciones a que se refiere el apartado 1 del artículo 72 de este Reglamento, una memoria económica abreviada. 2. En aquellos casos en que el beneficiario este obligado a auditar sus cuentas anuales por un auditor sometido a la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas, la revisión de la cuenta justificativa se llevará a cabo por el mismo auditor, salvo que las bases reguladoras prevean el nombramiento de otro auditor. 3. En el supuesto en que el beneficiario no esté obligado a auditar sus cuentas anuales, la designación del auditor de cuentas será realizada por el, salvo que las bases reguladoras de la subvención prevean su nombramiento por el órgano concedente. El gasto derivado de la revisión de la cuenta justificativa podrá tener la condición de gasto subvencionable cuando así lo establezcan dichas bases y hasta el límite que en ellas se fije. 4. El beneficiario estará obligado a poner a disposición del auditor de cuentas cuántos libros, registros y documentos le sean exigibles en aplicación de lo dispuesto en el apartado f) del artículo 14.1 de Ia Ley General de Subvenciones, así como a conservarlos al objeto de las actuaciones de comprobación y control previstas en la Ley. 6

7 5. El contenido de la memoria económica abreviada se establecerá en las bases reguladoras de la subvención, si bien como mínimo contendrá un estado representativo de los gastos incurridos en la realización de las actividades subvencionadas, debidamente agrupados, y, en su caso, las cantidades inicialmente presupuestadas y las desviaciones acaecidas. 6. Cuando la subvención tenga por objeto una actividad o proyecto a realizar en el extranjero, el régimen previsto en este artículo y en el artículo 80 de este Reglamento se entenderá referido a auditores ejercientes en el país donde deba llevarse a cabo la revisión, siempre que en dicho país exista un régimen de habilitación para el ejercicio de la profesión y, en su caso, sea preceptiva la obligación de someter a auditoría sus estados contables. De no existir un sistema de habilitación para el ejercicio de la profesión de auditoría de cuentas en el citado país, la revisión prevista en este artículo podrá realizarse por un auditor establecido en el citado país, siempre que la designación del mismo la lleve a cabo el órgano concedente con arreglo a unos criterios técnicos que garantice la adecuada calidad. Artículo 75. Cuenta justificativa Simplificada 1. A los efectos de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 30 de la Ley, para subvenciones concedidas por importe inferior a euros, podrá tener carácter de documento con validez jurídica para la justificativa de la subvención la cuenta justificativa regulada en este artículo, siempre que así se haya previsto en las bases reguladoras de la subvención. 2. La cuenta justificativa contendrá la siguiente información: a) Una memoria de actuación justificativa del cumplimento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. b) b) Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto estimado, se indican las desviaciones acaecidas. c) Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia. d) En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados de los mismos. 3. El órgano concedente comprobará, a través de las técnicas de muestreo que se acuerden en las bases reguladoras, los justificantes que estime oportunos y que permitan obtener evidencia razonable sobre la adecuada aplicación de la subvención, a cuyo fin podrá requerir al beneficiarlo la remisión de los justificantes de gasto seleccionados. Sobre la base de la normativa vigente, FEAGAS como responsable ante el MAGRAMA de la justificación de la subvención nominativa concedida, ha optado porque la justificación se realice en la modalidad de cuenta justificativa con aportación de informe de auditor designado por FEAGAS y que está inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas. El contenido de la cuenta justificativa se especifica en el apartado 6.4 de este documento. 7

8 4. Líneas y Gastos Subvencionables Líneas Subvencionables Las actividades subvencionables serán las relativas a las siguientes dos líneas de actuación: Creación o mantenimiento de libros genealógicos de acuerdo a la reglamentación aprobada para cada raza, que podría ser subvencionado hasta el 100% del coste de las actividades. Implantación y desarrollo del programa de mejora oficialmente reconocido para la raza, en el que se recogerán las actividades destinada a determinar la calidad genética o el rendimiento del ganado y la creación. En el caso de razas autóctonas el mantenimiento de bancos de germoplasma en centros autorizados oficialmente. Esta línea podría ser subvencionada hasta el 70% del coste de las actividades. Gastos subvencionables Los conceptos financiables serán los gastos derivados de: 1. Controles de rendimientos en explotaciones y centros de testaje en el marco de los programas de mejora oficialmente aprobados, siempre que estén avalados por los centros cualificados de genética animal, incluyendo el transporte de los animales y excluyendo la alimentación de los animales los tratamientos y pruebas sanitarias. 2. Aplicación software de base de datos de libro genealógico, programa de mejora y pagina Web de la asociación y su mantenimiento. 3. Pruebas genéticas de identificación y filiación y otros análisis genéticos necesarios para la adecuada gestión del Libro Genealógico y del programa de mejora en laboratorios autorizados. 4. Estudios con los departamentos de genética para la caracterización de las razas, valoraciones genéticas y/o la dirección de los programas de conservación y mejora. 5. Elaboración y publicación de catálogos de sementales y actividades de difusión de las valoraciones genéticas individuales, excepto certámenes ganaderos. 6. Sueldos, salarios y seguridad social del personal, así como las dietas y desplazamientos del personal técnico, con una limitación del total de la ayuda concedida a cada raza autóctona de fomento en un 80% y para el resto de categorías del catálogo no autóctonas del 50%. En el caso de las razas autóctonas en peligro de extinción no se establecerá un límite para estos conceptos, pudiéndose financiar hasta el 100% de los mismos. El límite máximo en caso de dietas o compensaciones por desplazamientos y viajes se corresponderá a los establecidos para el personal de la Administración General del Estado en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, en función de la categoría profesional. 8

9 7. Renting o leasing de vehículos con un máximo de euros/año por cada raza. 8. Impuesto sobre el valor añadido (IVA) excepto cuando sea susceptible de recuperación por el beneficiario. 9. Para las razas autóctonas (en peligro de extinción y de fomento), además se podrá financiar la recogida y transporte de material reproductivo y gastos de almacenamiento para la constitución de bancos de germoplasma. 10. Exclusivamente para las razas autóctonas en peligro de extinción, el alquiler o cuota hipotecaria de la sede de la asociación, hasta un máximo de euros/año por cada raza. 11. Los gastos que genere el informe de la cuenta justificativa realizado por un Auditor de Cuentas, inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas. 5. Cuantías y Criterios 1. Las razas recibirán una cuantía básica según su clasificación en el Catalogo Oficial de Razas de ganado de España y una cuantía complementaria según el nivel de actividades realizadas en la raza con respecto al ejercicio anterior, con los indicadores y datos obrantes en el Sistema Nacional de información (ARCA) de acuerdo al Real Decreto 2129/2008, basta ajustar el presupuesto, siempre que se cumplan los requisitos de este Convenio y se justifique el gasto, con un máximo de euros por sistema de gestión de cada raza y categoría, según el siguiente cuadro. Categoría de razas Cuantía Cuantía unitaria TOTAL unitario unitaria básica complementaria por raza Autóctonas en peligro Autóctonas de fomento Resto de razas En aquellas razas que dispongan de varios sistemas de gestión de libros genealógicos y que no estén integrados en uno solo ni dispongan de unicidad de gestión, para una misma raza, serán divididas las cuantías básicas por el número de sistemas de gestión y se realizará el reajuste proporcionalmente a los indicadores de actividad para no sobrepasar el máximo total por raza en cada categoría. Aquellos sistemas de gestión que engloben a varias razas o variedades podrán recibir un suplemento de euros en la cuantía básica, pero no superarán el límite unitario por raza y sistema de gestión. 3. En aquellas razas en las que sus entidades gestoras no hayan ejecutado la totalidad de las acciones subvencionadas en el ejercicio inmediato anterior, y sin perjuicio de los procedimientos de reintegro que, por causa de incumplimiento pudieran proceder, se podrá tener en cuenta esta circunstancia en la asignación de las cuantías correspondientes, con base en el importe de los gastos no realizados. 9

10 4. En el caso de que tras la aplicación de los criterios para asignar las cuantías a las diferentes razas se supere la dotación presupuestaria, se aplicará un prorrateo lineal hasta ajustar el presupuesto. 5. Los indicadores de actividad para recibir cuantías complementarias son los siguientes: a) Funcionamiento del Libro Genealógico (LG) Se financiarán hasta euros según los siguientes indicadores: Nº de animales inscritos en los registros de la sección principal: hasta Se tendrá en cuenta que porcentaje representa el número de animales inscritos en el último año en el LG (registro de nacimientos y definitivo), con respecto a! mismo parámetro en el año anterior, de acuerdo al siguiente baremo: 75%- <95%: euros 95% - <100%: euros + 100%: euros No obstante, para aquellas razas que tengan un número de animales dispersos en al menos 6 CCAA o en las que el número de animales hembras inscritas durante el ejercicio anterior en su sección principal (registro de nacimientos y definitivo) representen al menos las siguientes cifras, corresponderán euros. Registros en Sección Principal Equino Bovino Ovino/Caprino Porcino Nº de hembras Nº de análisis de marcadores genéticos y % de animales filiados, mediante marcadores genéticos: hasta euros Se tendrá en cuenta que porcentaje representa el número de análisis de marcadores genéticos para filiación en el último año con respecto al mismo parámetro en el año anterior según el siguiente baremo y siempre que al menos exista un 2% de animales filiados en el libro genealógico. 75%- <95%: euros 95% - <100%: euros + 100%: euros No obstante, si el número de animales filiados mediante marcadores genéticos, con respecto al total de inscritos en el LG supera el 10%, corresponderán euros. 10

11 b) Grado de desarrollo del Programa de Mejora Hasta euros según los siguientes indicadores: Nº de animales valorados genéticamente: hasta euros. Se tendrá en cuenta que porcentaje representa el número de animales valorados genéticamente y activos en el libro genealógico en el último año, con respecto al mismo parámetro en el año anterior de acuerdo al siguiente baremo: 75%- <95%: euros 95% - <100%: euros + 100%: euros Nº de ganaderías colaboradoras del programa de mejora: hasta euros. Se tendrá en cuenta que porcentaje representa el número de ganaderías colaboradoras en el último año, con respecto al mismo parámetro en el año anterior, de acuerdo al siguiente baremo: 75%- <95%: euros 95%- <100%: euros +100%: euros Difusión de las valoraciones genéticas individuales de los animales y grado de cumplimiento del programa de difusión oficialmente aprobado: hasta euros. Se tendrán en cuenta los siguientes baremos: Si existe catálogo de sementales publicado el año anterior: euros. Si se han celebrado certámenes durante el año anterior: euros. Si se han desarrollado alguna de las siguientes actividades enmarcadas en el programa de difusión de la mejora: solicitud del logotipo de raza autóctona o exportación de animales o material genético: euros. c) Grado de a portación de material genético a los centros de reproducción y bancos de germoplasma animal. Hasta euros. Se tendrán en cuenta los siguientes baremos: Si se ha firmado el Convenio con MAGRAMA para la aportación de material genético al Banco Nacional de Germoplasma: euros Aportación de material genético al Banco Nacional de Germoplasma de acuerdo al Convenio con MAGRAMA: hasta euros Aportación de material genético a otros centros de recogida de semen, centros de almacenamiento o equipos de recogida de óvulos/embriones: hasta euros, distribuidos de la siguiente forma: Si existe material genético almacenado: euros. Si ese material genético almacenado corresponde a un mínima de 10 donantes y 750 dosis inseminantes: euros. 11

12 6. Procedimiento de Justificación 6.1. Periodo Financiable Se financiarán todas las actividades subvencionables realizadas entre el 1 de enero de 2014 y el 31 de diciembre de Solicitud de Anticipo Las entidades subcontratadas para la ejecución de las actividades subvencionables podrán solicitar a FEAGAS el anticipo de un porcentaje del importe total de la subvención concedida. El anticipo podrá solicitarse de la fecha de notificación de la ayuda hasta el 31/12/14. El importe, podrá ascender hasta un máximo del 40% del total de la misma, con carácter previo a la justificación de las actividades objeto de la misma. No obstante, si el porcentaje de ejecución del presupuesto a la fecha de solicitud, no alcanzase el 40% de la subvención, sólo podrá solicitarse como anticipo el importe ejecutado. Para la solicitud del anticipo, deberá enviarse a la Sede Social de FEAGAS (Calle Castelló 45-2º Izquierda Madrid), la siguiente documentación por correo postal: a) Escrito de solicitud de anticipo de subvención (Anexo I). b) Presupuesto de Ingresos y Gastos de la entidad, con indicación de la ejecución del mismo a la fecha de la solicitud, de cada una de las líneas de ayudas subvencionables, (Libro Genealógico y Programa de Mejora). c) Certificado bancario de titularidad de cuenta Solicitud de pago final Una vez ejecutadas las actuaciones correspondientes, deberá prepararse la solicitud de Libramiento con justificación total o parcial (Anexo II), acompañada de la documentación que se indica en el apartado siguiente. Las entidades subcontratadas pondrán a disposición del auditor la documentación original y remitirán a la sede de FEAGAS (Calle Castelló 45-2º Izquierda Madrid), una copia de la misma en formato digital, quien coordinará todos los trabajos a realizar con motivo de la justificación, entre dichas entidades subcontratadas y el Auditor, e igualmente todas las incidencias que durante el desarrollo de los mismos pudieran surgir. 12

13 6.4. Cuenta Justificativa Una vez publicado el presente documento en la página web de FEAGAS, las entidades subcontratadas que lleven a cabo las actividades subvencionables podrán justificar total o parcialmente, la cuantía de la ayuda concedida para la anualidad La preparación y documentación justificativa de la ayuda será responsabilidad de las citadas entidades, realizándose de tal modo que cumpla los requisitos establecidos en el presente documento. De forma Total o Anticipada, las entidades con las que se haya formalizado el correspondiente acuerdo de subcontratación, podrán solicitar a FEAGAS, el pago de la misma, para lo cual, deberán preparar y poner a disposición de los auditores designados por FEAGAS, la siguiente documentación: 1. Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. 2. Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que contendrá: a) Relación clasificada de los gastos de las actuaciones realizadas de acuerdo con el anexo 1 (gastos justificados mediante factura) y los Anexos 2 y 3 (gastos de personal). b) Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en el anterior y la documentación acreditativa del pago. c) Nóminas del personal o Resumen Anual de Retenciones e Ingresos a Cuenta del IRPF (Modelo 190) y documentos de cotización a la seguridad social (TC s). d) En el caso de imputación de gastos de desplazamiento, los correspondientes billetes del medio de transporte utilizado y en caso de vehículo particular, nota de cargo. e) Tres presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones, deba de haber solicitado el beneficiario. f) Detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia. g) En su caso, la carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados de los mismos. 3. Carta de Manifestaciones de las entidades subcontratadas, firmada por la persona que suscribió la Memoria Económica. 4. Poderes de representación a favor de la persona que suscribe los documentos de la cuenta justificativa. 13

14 5. Según proceda, Declaración de no recibir otras Ayudas con el mismo objeto de ayuda o Declaración jurada de ayudas recibidas para la actividad de referencia. 6. Certificados de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. 7. Cualquier otro documento solicitado por FEAGAS en sus instrucciones para la justificación de subvenciones de las actividades de gestión del libro genealógico y de los programas de mejora de las razas puras de carácter nacional para el ejercicio Dicha documentación se presentará manteniendo la siguiente estructura: La documentación se presentará en dos Carpetas diferentes: Documentación Administrativa y Documentación Justificativa. A. - Documentación Administrativa: Se presentará la siguiente documentación con el siguiente desglose: Solicitud de Libramiento con justificación total o parcial Certificados de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Declaración de no recibir otras ayudas con el mismo objeto de ayuda. Poderes de representación. Carta de manifestaciones. B.- Documentación Justificativa: Resto de documentación indicada en el epígrafe de documentación Cuenta Justificativa Se presentarán debidamente ordenados, por categoría de gastos, los documentos justificativos de los gastos subvencionables, acompañados de su correspondiente justificante de pago y documento contable. Para una mejor identificación de los documentos, el título del documento de archivo debe de renombrarse, como se indican a continuación. (Ver Anexo de Ejemplo de Estructura de Documentación Electrónica) (Ej: Número Factura (001245/2014). La factura deberá codificarse como (001245/2014-G); el documento de pago (001245/2014-P) y el documento Contable (001245/2014-C) Requisitos de la documentación justificativa Anexo 1: Relación de gastos imputados mediante facturas Se cumplimentará el Anexo 1 que incluye la relación de los gastos realizados en ejecución de las actividades subvencionadas justificados mediante facturas, con identificación de los mismos (Tipología de gasto, fecha factura, nº de factura, concepto, proveedor, Base Imponible, IVA, IRPF en su caso, Total Factura, porcentaje de imputación e Importe Elegible Fecha de pago). 14

15 Asimismo, en el caso de que una factura no se impute el 100% se deberá de especificar en el citado anexo el porcentaje de imputación y las causas en la celda de observaciones Documentación justificativa de los gastos imputados mediante factura Los gastos imputados a las actuaciones subvencionables se justificarán con facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa. La acreditación de los gastos también podrá efectuarse mediante facturas electrónicas, siempre que cumplan los requisitos exigidos para su aceptación en el ámbito tributario (artículo 30 de la Ley 38/03, General de Subvenciones). Para la validez de los documentos justificativos de los gastos presentados mediante facturas, la Entidad subcontratada correspondiente se asegurará de que dichos documentos contienen: a) Concepto relacionado claramente con la acción. b) Fecha. c) Número. d) Razón social y NIF del emisor y de la entidad beneficiaria. e) Descripción del gasto incurrido en la factura. f) Importe unitario por artículo. g) Detalle del IVA o del IRPF en su caso. h) Estampillado del justificante de gastos, con indicación del importe y del porcentaje de imputación Documentación justificativa del pago De acuerdo con el artículo 83 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se considerará efectivamente pagado el gasto, a efectos de su consideración como subvencionable, con la cesión del derecho de cobro de la subvención a favor de los acreedores por razón del gasto realizado o con la entrega a los mismos de un efecto mercantil, garantizado por una entidad financiera o compañía de seguros. En todo caso si, realizada la actividad y finalizado el plazo para justificar, se hubiera pagado sólo una parte de los gastos en que se hubiera incurrido, a efectos de pérdida del derecho al cobro, se aplicará el principio de proporcionalidad. A estos efectos, no se admitirá ningún gasto que no haya sido efectivamente pagado en la fecha de realización de la auditoría. Como norma general la justificación del pago se realizará mediante un justificante bancario de la salida de fondos que deberá ajustarse a las fechas previstas o previsibles de pago de la factura. Los justificantes bancarios de pago deben coincidir exactamente con el importe de la factura, IVA incluido. El pago podrá acreditarse por alguno de los siguientes medios: 1- Adeudo bancario nominativo que refleje el importe del documento de gasto. 2- Transferencia bancaria nominativa con validación mecánica que refleje el importe del documento de gasto. 3- Certificado del banco firmado y sellado por el mismo en que se detalle que dicha factura ha sido efectivamente pagada. 4- Cheque bancario nominativo acompañándose de su correspondiente extracto bancario. El importe reflejado en el documento bancario deberá coincidir con el importe indicado en el documento de gasto. 15

16 5- Extracto bancario nominativo, reflejando el importe del documento de gasto. 6- Pago nominativo realizado por Internet donde se indique que el pago ha sido realizado. El importe reflejado en el documento bancario deberá coincidir con el importe indicado en el documento de gasto. 7- Como regla general no se admiten los pagos en efectivo, excepto para la compra de pequeño material fungible, gastos de bolsillo, etc., y siempre con la acreditación de factura y/o recibí, y siempre que no se superen los 600 euros. Para documentos de gasto con importe inferior a 600, recibí sellado por el proveedor en el que se indique que dicho documento de gasto ha sido efectivamente pagado. Se deberá indicar el importe abonado, el número de factura y la fecha en la que se efectuó el pago. 8- Efecto mercantil garantizado por una entidad financiera o compañía de seguros. 9- Cesión del derecho de cobro de la subvención a favor de los acreedores. En el caso de que el importe reflejado en el documento bancario no coincida con el importe del documento de gasto (pago agrupado), se deberá aportar el desglose de los pagos efectuados donde pueda identificarse el documento de gasto en cuestión Anexos de los gastos de personal (Anexo 2) Se cumplimentará un Anexo 2 por cada trabajador imputado, identificando los costes salariales correspondientes tanto a la nómina como a la seguridad social (Anexo 3) Se cumplimentará el Anexo 3 que incluye el resumen de la relación de gastos de personal de cada uno de los trabajadores imputados donde se podrá analizar el gasto de personal para cada tipo de la Ayuda. En este Anexo se volcarán los datos del Anexo Documentación justificativa de los gastos de personal Se presentará para cada uno de los trabajadores imputados a las actividades objeto de subvención la siguiente documentación: Contrato de trabajo. Nóminas correspondientes a los meses en los que el trabajador ha participado en la actividad subvencionada. Documentación acreditativa del alta y del pago de los Seguros Sociales: Adjuntar el Tc2 del mes correspondiente donde aparezca cada uno de los trabajadores. Asimismo, se deberá de adjuntar el tc1 (o primera página del tc2) donde se indica el importe a ingresar junto con el extracto bancario del ingreso a la Tesorería. Los pagos de las nóminas se deben de adjuntar junto con la nómina mensual. En caso de que exista remesa de varios trabajadores dentro del mismo pago. Se tiene que identificar al trabajador y dejar el importe total de la remesa que deberá cruzar con el importe total del pago (Es aconsejable, eliminar las personas que no imputan gastos para la ayuda con el objeto de cumplir con la ley de protección de datos). Presentación de partes de tiempo en el caso de que no se impute al 100% 16

17 Se presentarán hojas de tiempo de dedicación, donde se indique el tiempo de trabajo. Este parte de tiempo deberá está firmado por el trabajador y la persona responsable del proyecto, o bien se deberá presentar un Certificado de la persona responsable de la empresa que justifique el tiempo de dedicación en el proyecto Presentación de tres ofertas en el caso de que el gasto supere los En el caso de que el Beneficiario necesite subcontratar los servicios tendrá que presentar los tres presupuestos que son de aplicación del artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) El IVA no será subvencionable cuando éste sea recuperable por cualquier medio incluso si no es efectivamente recuperado. Esto se puede verificar, mediante: Certificado de Hacienda donde indique que la entidad subcontratada está exenta. Modelo 390 donde se indique, en su caso, el porcentaje de Prorrata. En el caso de que el beneficiario, en el ejercicio de su actividad empresarial o profesional, efectúe conjuntamente entregas de bienes o prestaciones de servicios que originen el derecho a la deducción y otras operaciones de análoga naturaleza que no habiliten para el ejercicio del citado derecho, se aplicará la regla de prorrata: Prorrata general Se aplica en el caso de que los bienes y servicios adquiridos se apliquen tanto a operaciones que originan el derecho a deducción (la actividad de formación) como a operaciones que no originan tal derecho. En los casos de aplicación de la regla de prorrata general, sólo será deducible el impuesto soportado en cada período de liquidación en el siguiente porcentaje: Prorrata: (A/B)*100 A: Importe total, determinado para cada año natural, de las entregas de bienes y prestaciones de servicios que originen el derecho a la deducción, realizadas por el sujeto pasivo en el desarrollo de su actividad empresarial o profesional o, en su caso, en el sector diferenciado que corresponda. B: Importe total, determinado para el mismo período de tiempo, de las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas por el sujeto pasivo en el desarrollo de su actividad empresarial o profesional o, en su caso, en el sector diferenciado que corresponda, incluidas aquellas que no originen el derecho a deducir. Prorrata especial Se aplica en el caso de sectores diferenciados de actividad profesional o profesional. A estos efectos se entiende sector diferenciado: 17

18 Actividades consignadas en grupos diferentes de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) que además tengan distinto régimen de deducciones, es decir, que los porcentajes de deducción del IVA soportado difieran entre sí en más de 50 puntos porcentuales. Las operaciones de cesión de créditos o préstamos. Las operaciones de arrendamiento financiero. Aquellas actividades acogidas a los regímenes especiales, ganadería, agricultura y pesca; operaciones con oro de inversión; recargo de equivalencia y el régimen simplificado. La prorrata especial implica que: El IVA de los gastos correspondientes exclusivamente a operaciones que originen el derecho a deducción (la actividad de formación) es subvencionable. En el caso del IVA de los gastos correspondientes tanto a operaciones que originan el derecho a deducción (la actividad de formación) como a operaciones que no originan tal derecho, se aplicará la regla de prorrata general, teniendo en cuenta la totalidad de actividades desarrolladas Gastos de Dietas En este tipo de gasto la entidad subcontratada tendrá que adjuntar: Liquidación de hoja de gastos firmados por el trabajador y supervisor. Facturas y tickets de los gastos incurridos. Documento que evidencie que el viaje imputado está relacionado con la actividad objeto de ayuda (Mails, partes de firma de asistencia, certificado que evidencie el viaje; Billete electrónico, etc ) Documento de pago del importe a reembolsar al trabajador. Documento de Política de Viajes de las entidades subcontratadas, en el caso de que los importes no superen el máximo establecido del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo. Asimismo, se indicará la categoría profesional del trabajador Recomendaciones generales Solo se admitirán justificantes originales. No se admite como documento justificativa la compensación de gastos y pagos. Se debe tener el máximo cuidado, para que los pagos se correspondan con exactitud a las cantidades que se reflejan en los documentos que se aportan como justificante de la solicitud de la subvención, cualquier variación, de producirse, debe ser en cualquier caso excepcional y no la norma. En aquellos casos que la Entidad lo considere oportuno, deberá acompañar junto con la documentación solicitada (factura y pago), aquella otra que acredite la realización de las actuaciones para las que se solicita la subvención, como por ejemplo en material de promoción y publicidad. (Adjuntar un ejemplar). En caso necesario, se pondrá a disposición de las entidades subcontratación aclaración de los gastos subvencionables. 18

19 6.6 Revisión de la cuenta justificativa El proceso de revisión de la documentación de la cuenta justificativa, se realizará a través de tres fases: 1. Verificación Administrativa Durante esta primera fase, una vez que se ha recibido la documentación de la cuenta justificativa en la sede de FEAGAS, se procederá a la revisión de la misma. En el caso, de que los documentos contengan errores o exista ausencia de documentos, se procederá a requerir la documentación específicamente a las Entidades. 2. Verificación In Situ Durante esta fase se realizará una visita a cada una de las Entidades Subcontratadas y se llevarán a cabo las siguientes actuaciones: - Verificación de la evidencia de realización de las actividades subvencionables - Comprobación de la conservación de la documentación justificativa. - Verificación de los Registros Contables de gasto y pago. - Cotejo de que los documentos electrónicos son los mismos que los originales. - Estampillado de las facturas originales con el logo de MAGRAMA y el porcentaje de imputación en la ayuda. 3. Informe de Auditor Una vez revisada la documentación y establecido la elegibilidad de la ayuda, la empresa auditora encargada por FEAGAS, emitirá el correspondiente informe de la cuenta justificativa correspondiente a cada una de las Entidades subcontratadas para la ejecución de las actividades subvencionables. 7. Pago de la Ayuda Una vez justificada la realización de la ayuda, revisada por el equipo auditor y emitido el informe de cuenta justificativa, se procederá al pago de la subvención acorde al importe debidamente justificado. Asimismo, en base a la transferencia de fondos emitidos desde MAGRAMA a FEAGAS se establecerá las disponibilidades de Tesorería para transferir los importes a los que tienen derechos los beneficiarios, atendiendo el riguroso orden de obtención del informe auditor nombrado a tal efecto por FEAGAS. 8. Procedimiento de Reintegro en caso de Incumplimiento Serán causas de invalidez de la concesión de la subvención las previstas en el artículo 36 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre. Asimismo, procederá el reintegro en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. En caso de incumplimientos parciales, procederá el reintegro correspondiente de la ayuda, en la cuantía proporcional al incumplimiento. No obstante, si el incumplimiento alcanzara más del 80%, procederá el reintegro total de la ayuda. 19

20 ANEXO EJEMPLO DE ESTRUCTURA DE DOCUMENTACION ELECTRÓNICA A continuación se indica la forma de presentar la documentación en soporte electrónico para la justificación de la realización de las actividades subvencionables: Justificación de la realización de la actividad subvencionada A. Documentación Administrativa Anexo II: Solicitud de Libramiento con justificación total o parcial Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas. Carta de manifestaciones Poderes de representación a favor de la persona que suscribe los documentos de la cuenta justificativa. Declaración de no recibir otras Ayudas con el mismo objeto de ayuda-. Certificados de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social Otra documentación B.- Documentación económica En esta carpeta se incluirá la documentación de la memoria económica: Anexo 1: Relación de gastos justificados mediante facturas. Anexo 2: Relación de gastos laborales por trabajador. Anexo 3: Relación global de gastos laborales. Para cada tipo de gastos subvencionable: Facturas, el pago de las mismas y la contabilidad. Tal y como se indica en el ejemplo siguiente: Gasto subvencionable 3: Pruebas genéticas y Análisis genéticos /2014-G /2014-P /2014-C Nóminas, el pago de las mismas, Contratos de trabajo, TC s de la Seguridad Social y la contabilidad. Tal y como se indica en el ejemplo siguiente: 6. Sueldos y Salarios y Seguridad Social Rafael Sanchez R (Contrato) Rafael Sanchez- N (Nómina) Rafael Sanchez- P (Pago) Rafael Sanchez- TC s (seguridad Social) Rafael Sanchez- TC s (Contabilidad) 20

INSTRUCCIONES PARA LA JUSTIFICACIÓN DE SUBVENCIONES DE LAS ACTIVIDADES DE GESTIÓN DEL LIBRO GENEALOGICO Y DE LOS PROGRAMAS DE MEJORA

INSTRUCCIONES PARA LA JUSTIFICACIÓN DE SUBVENCIONES DE LAS ACTIVIDADES DE GESTIÓN DEL LIBRO GENEALOGICO Y DE LOS PROGRAMAS DE MEJORA INSTRUCCIONES PARA LA JUSTIFICACIÓN DE SUBVENCIONES DE LAS ACTIVIDADES DE GESTIÓN DEL LIBRO GENEALOGICO Y DE LOS PROGRAMAS DE MEJORA DE LAS RAZAS PURAS DE CARÁCTER NACIONAL EJERCICIO 2015 En relación con

Más detalles

Disposición final primera. Habilitación al Interventor General de la Administración del Estado.

Disposición final primera. Habilitación al Interventor General de la Administración del Estado. ORDEN EHA/1434/2007, de 17 de mayo, por la que se aprueba la norma de actuación de los auditores de cuentas en la realización de los trabajos de revisión de cuentas justificativas de subvenciones, en el

Más detalles

INSTRUCCIONES PARA LA JUSTIFICACIÓN DE SUBVENCIONES

INSTRUCCIONES PARA LA JUSTIFICACIÓN DE SUBVENCIONES INSTRUCCIONES PARA LA JUSTIFICACIÓN DE SUBVENCIONES DE LAS ACTIVIDADES DE GESTIÓN DEL LIBRO GENEALÓGICO Y DE LOS PROGRAMAS DE MEJORA DE LAS RAZAS PURAS DE CARÁCTER NACIONAL PARA EL EJERCICIO 2013 2013

Más detalles

Castelló, 45 2º Izda.. Tel.: (34) 91 575 97 63. Fax.: (34) 91 577 42 71. 28001 MADRID (España). feagas@feagas.es. www.feagas.es

Castelló, 45 2º Izda.. Tel.: (34) 91 575 97 63. Fax.: (34) 91 577 42 71. 28001 MADRID (España). feagas@feagas.es. www.feagas.es INSTRUCCIONES PARA LA SOLICITUD DE SUBVENCIONES DE LAS ACTIVIDADES DE GESTIÓN DEL LIBRO GENEALÓGICO Y DE LOS PROGRAMAS DE MEJORA DE LAS RAZAS PURAS DE CARÁCTER NACIONAL PARA EL EJERCICIO 2015 Castelló,

Más detalles

NORMA TÉCNICA DE AUDITORÍA SOBRE CONSIDERACIONES RELATIVAS A LA AUDITORÍA DE ENTIDADES QUE EXTERIORIZAN PROCESOS DE ADMINISTRACIÓN

NORMA TÉCNICA DE AUDITORÍA SOBRE CONSIDERACIONES RELATIVAS A LA AUDITORÍA DE ENTIDADES QUE EXTERIORIZAN PROCESOS DE ADMINISTRACIÓN Resolución de 26 de marzo de 2004, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publica la Norma Técnica de Auditoría sobre consideraciones relativas a la auditoría de entidades

Más detalles

APLICABLE A LAS SIGUIENTES ENTIDADES:

APLICABLE A LAS SIGUIENTES ENTIDADES: INSTITUTO NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA GUÍA PARA LA JUSTIFICACIÓN DE LAS SUBVENCIONES DESTINADAS A LA FINANCIACIÓN DE PLANES DE FORMACIÓN EN EL MARCO DEL ACUERDO DE FORMACIÓN PARA EL EMPLEO DE LAS

Más detalles

PROGRAMA DE AYUDAS PYME Y GRAN EMPRESA SECTOR INDUSTRIAL PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN DE LA AYUDA

PROGRAMA DE AYUDAS PYME Y GRAN EMPRESA SECTOR INDUSTRIAL PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN DE LA AYUDA PROGRAMA DE AYUDAS PYME Y GRAN EMPRESA SECTOR INDUSTRIAL PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN DE LA AYUDA Procedimiento de Certificación FNEE - Industria 16/12/2015 OBJETO El objeto de este documento es definir

Más detalles

CONVOCATORIA 2013 C/ DIRECCIÓN, Nº, CÓD. POSTAL CIUDAD TEL: 91 000 0000 FAX: 91 000 0000. www.minetur.gob.es ccorreo@minetur.es

CONVOCATORIA 2013 C/ DIRECCIÓN, Nº, CÓD. POSTAL CIUDAD TEL: 91 000 0000 FAX: 91 000 0000. www.minetur.gob.es ccorreo@minetur.es MODELO NORMALIZADO DE CUENTA JUSTIFICATIVA E INSTRUCCIONES PARA LA JUSTIFICACIÓN DE LAS AYUDAS OTORGADAS A PROYECTOS Y ACTUACIONES DENTRO DEL PROGRAMA EMPRENDETUR JÓVENES EMPRENDEDORES* CONVOCATORIA 2013

Más detalles

1. Introducción. 2. Documentación justificativa

1. Introducción. 2. Documentación justificativa INSTITUTO NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DIRECCIÓN GUÍA PARA LA JUSTIFICACIÓN DE LAS AYUDAS FORMACIÓN CONTINUA 2010 APLICABLE A LAS SIGUIENTES ENTIDADES: ORGANIZACIONES SINDICALES FEDERACIÓN ESPAÑOLA

Más detalles

Ayuntamiento de Caspe

Ayuntamiento de Caspe BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES CULTURALES Y SOCIALES 1. Objeto y finalidad.-el Excmo. convoca estas subvenciones con el objeto de colaborar económicamente con las asociaciones

Más detalles

BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA EMPRENDEDORES, EMPRESAS Y AUTÓNOMOS.

BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA EMPRENDEDORES, EMPRESAS Y AUTÓNOMOS. BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA EMPRENDEDORES, EMPRESAS Y AUTÓNOMOS. Primera.- Objeto y ámbito 1. El objeto de las presentes bases es la regulación de la convocatoria y concesión, en régimen de

Más detalles

GUÍA PARA LA EJECUCIÓN Y JUSTIFICACIÓN

GUÍA PARA LA EJECUCIÓN Y JUSTIFICACIÓN GUÍA PARA LA EJECUCIÓN Y JUSTIFICACIÓN I CONVOCATORIA DE PROYECTOS DE INNOVACIÓN EMPRESARIAL CON PROYECCIÓN TERRITORIAL 1. COMUNICACIÓN Las comunicaciones entre la empresa beneficiaria y la Fundación CEI

Más detalles

Ayudas Formación Seguridad Minera. Modelo de Memoria Técnico Económica. Ayudas Formación en Seguridad Minera. Convocatoria 2012

Ayudas Formación Seguridad Minera. Modelo de Memoria Técnico Económica. Ayudas Formación en Seguridad Minera. Convocatoria 2012 Modelo de Memoria Técnico Económica Ayudas Formación en Seguridad Minera Convocatoria 2012 1 Memoria técnica de actuaciones realizadas La finalidad de la memoria técnica es explicar de forma explícita

Más detalles

NÚMERO 244 Viernes, 19 de diciembre de 2014

NÚMERO 244 Viernes, 19 de diciembre de 2014 37915 RESOLUCIÓN de 26 de noviembre de 2014, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se concede renovación de la autorización, como entidad gestora de un sistema integrado de gestión de residuos

Más detalles

Fundación Caja de Burgos Obra Social la Caixa

Fundación Caja de Burgos Obra Social la Caixa Programa de Voluntariado Ambiental 2015 Fundación Caja de Burgos Obra Social la Caixa 1. FINALIDAD Esta línea de ayudas busca la promoción y el apoyo de acciones de Voluntariado Medioambiental entre las

Más detalles

IMPORTANTE PARA LA JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO. Que documentación hay que presentar junto con la solicitud?

IMPORTANTE PARA LA JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO. Que documentación hay que presentar junto con la solicitud? IMPORTANTE PARA LA JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO Presentación solicitud de cobro Cuando?. Una vez realizada la inversión/gasto o finalizado el periodo de vigencia del proyecto, en el plazo de justificación

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 29 de enero de 2014

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 29 de enero de 2014 Real Decreto 945/2001, de 3 de agosto, sobre la gestión financiera de determinados fondos destinados al pago de las adquisiciones de material militar y servicios en el extranjero y Acuerdos internacionales

Más detalles

Procedimiento de verificación de la justificación documental de gastos y pagos.

Procedimiento de verificación de la justificación documental de gastos y pagos. Procedimiento de verificación de la justificación documental de gastos y pagos. Proyectos de I+D cofinanciados con FEDER Dirección General de Investigación Científica y Técnica 24/11/2015 Contenido 0.

Más detalles

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES (2015) (OPERACIONES VINCULADAS)

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES (2015) (OPERACIONES VINCULADAS) IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES (2015) (OPERACIONES VINCULADAS) (Septiembre 2015) Fecha: 16/09/2015 VI. DOCUMENTACIÓN DE LAS OPERACIONES VINCULADAS (EJERCICIOS INICIADOS A PARTIR DE 01/01/2015) El Reglamento

Más detalles

1. Nombre completo de la persona física solicitante con copia del NIF o N.I.E. del solicitante.

1. Nombre completo de la persona física solicitante con copia del NIF o N.I.E. del solicitante. Bases reguladoras del otorgamiento de subvenciones para el ejercicio de 2013, en régimen de concurrencia competitiva, a estudiantes, con residencia en el municipio de Benahavís, que en el curso académico

Más detalles

I. Comunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma Página 38147 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Desarrollo Económico, Turismo y Empleo Servicio Regional de Empleo y Formación 11373 Orden de 5 de noviembre de 2015, del Presidente

Más detalles

Comentarios al Real Decreto 1619/2012 por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación realizados por el REAF

Comentarios al Real Decreto 1619/2012 por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación realizados por el REAF Comentarios al Real Decreto 1619/2012 por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación realizados por el REAF 0. Introducción Esta norma, de aplicación a partir

Más detalles

Ayuntamiento de Tarancón

Ayuntamiento de Tarancón ORDENANZA MUNICIPAL Nº 39 REGULADORA DE LA FACTURA ELECTRÓNICA Artículo 1. Ámbito objetivo. En base a lo dispuesto en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y la creación

Más detalles

A N E X O I. b) Arrendamiento de servicios de intérpretes y empresas de traducción simultánea.

A N E X O I. b) Arrendamiento de servicios de intérpretes y empresas de traducción simultánea. A N E X O I 1. Gastos subvencionables. Tendrán la consideración de gastos subvencionables todos aquellos generados directamente en la realización de las actividades para las que se concede la ayuda, que

Más detalles

En particular, la concesión de ayudas y subvenciones irá dirigida a los siguientes fines y actuaciones:

En particular, la concesión de ayudas y subvenciones irá dirigida a los siguientes fines y actuaciones: CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES CON DESTINO A ASOCIACIONES, COLECTIVOS Y PARTICULALES QUE DESARROLLEN ACTIVIDADES DE ÁMBITO CULTURAL EN EL MUNICIPIO DE GRANADILLA DE ABONA, AÑO 2013. 1.-

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 12 de diciembre de 2009

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 12 de diciembre de 2009 Orden EHA/3364/2008, de 21 de noviembre, por la que se desarrolla el artículo 1 del Real Decreto-ley 7/2008, de 13 de octubre, de Medidas Urgentes en Materia Económico-Financiera en relación con el Plan

Más detalles

RÉGIMEN FISCAL DE LAS ENTIDADES DE TENENCIA DE VALORES EXTRANJEROS.

RÉGIMEN FISCAL DE LAS ENTIDADES DE TENENCIA DE VALORES EXTRANJEROS. Informe Sobre, RÉGIMEN FISCAL DE LAS ENTIDADES DE TENENCIA DE VALORES EXTRANJEROS. (DOCUMENTO Nº 5) P&A CONSULTORES DEPARTAMENTO TRIBUTARIO Madrid, OCTUBRE 2004. 1 1. INTRODUCCIÓN. El régimen de las ETVE

Más detalles

ANUNCIO. Aprobadas por resolución Alcaldía día 31 de julio de 2015.

ANUNCIO. Aprobadas por resolución Alcaldía día 31 de julio de 2015. ANUNCIO Aprobadas por resolución Alcaldía día 31 de julio de 2015. BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DEL CONCURSO PÚBLICO PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A APOYAR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES

Más detalles

La tipología de gastos elegibles de la Fase II del programa Xpande son los siguientes:

La tipología de gastos elegibles de la Fase II del programa Xpande son los siguientes: ANEXO 1: TIPOLOGÍA DE GASTOS ELEGIBLES - Investigación - Materiales de difusión / promoción - Publicidad - Participación como expositores en ferias - Viajes de prospección y comerciales - Acciones promocionales

Más detalles

ANEXO INSTRUCCIONES DECLARACION DE GASTOS EN LINEA DE BIENES DE CAPITAL

ANEXO INSTRUCCIONES DECLARACION DE GASTOS EN LINEA DE BIENES DE CAPITAL ANEXO INSTRUCCIONES DECLARACION DE GASTOS EN LINEA DE BIENES DE CAPITAL INDICE TEMATICO Página 1. INTRODUCCION 3 2. DEFINICIONES 3 3. PLAZOS PARA DECLARAR 4 4. DOCUMENTOS PERMITIDOS 4 4.1 TIPO DE DOCUMENTOS

Más detalles

GUÍA DE GESTIÓN Y LIQUIDACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE ORIENTACIÓN Y PROSPECCIÓN PARA LA INSERCIÓN LABORAL

GUÍA DE GESTIÓN Y LIQUIDACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE ORIENTACIÓN Y PROSPECCIÓN PARA LA INSERCIÓN LABORAL GUÍA DE GESTIÓN Y LIQUIDACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE ORIENTACIÓN Y PROSPECCIÓN PARA LA INSERCIÓN LABORAL Decreto 101/2013 de 18 de junio. Las entidades que obtengan subvenciones con cargo

Más detalles

Tercero.- Denegar las ayudas solicitadas por los grupos de alumnos de los centros que figuran relacionados en el Anexo IV por la causa que se indica:

Tercero.- Denegar las ayudas solicitadas por los grupos de alumnos de los centros que figuran relacionados en el Anexo IV por la causa que se indica: RESOLUCIÓN DE 29 DE JUNIO DE 2012, DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y UNIVERSIDADES, POR LA QUE SE CONCEDEN AYUDAS PARA PARTICIPAR EN EL PROGRAMA DE COOPERACIÓN TERRITORIAL

Más detalles

Orden Foral 339/2006, de 30 de octubre, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación.

Orden Foral 339/2006, de 30 de octubre, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación. 8.5.3.07. ORDEN FORAL 259/2006, de 18 de julio, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones a las explotaciones ganaderas

Más detalles

CONTROL DE CALIDAD 2011 PUBLICIDAD Y APERTURA DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE REVISORES

CONTROL DE CALIDAD 2011 PUBLICIDAD Y APERTURA DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE REVISORES CONSEJO SUPERIOR DE COLEGIOS OFICIALES DE TITULADOS MERCANTILES DE ESPAÑA REGISTRO GENERAL DE AUDITORES CONTROL DE CALIDAD 2011 PUBLICIDAD Y APERTURA DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE REVISORES

Más detalles

Aprobación de bases para el otorgamiento de subvenciones a Entidades Culturales y Juveniles, año 2014.

Aprobación de bases para el otorgamiento de subvenciones a Entidades Culturales y Juveniles, año 2014. Aprobación de bases para el otorgamiento de subvenciones a Entidades Culturales y Juveniles, año 2014. La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día veintiséis de mayo de dos mil catorce, aprobó

Más detalles

Manual básico de gestión económica de las Asociaciones

Manual básico de gestión económica de las Asociaciones Manual básico de gestión económica de las Asociaciones El control económico de una Asociación se puede ver desde dos perspectivas: Necesidades internas de información económica para: * Toma de decisiones

Más detalles

Los gastos deben realizarse dentro del período subvencionable o plazo de ejecución de los programas.

Los gastos deben realizarse dentro del período subvencionable o plazo de ejecución de los programas. GUÍA PARA LA EJECUCIÓN DE GASTO DE LAS AYUDAS A PROGRAMAS DE ACTIVIDADES DE I+D ENTRE GRUPOS DE INVESTIGACIÓN DE LA COMUNIDAD DE MADRID HUMANIDADES 2015 1.-NORMATIVA - Ley 38/2003, de 17 de noviembre,

Más detalles

ORDENACIÓN DE LAS ACTUACIONES PERÍODICAS DEL CONSEJO SOCIAL EN MATERIA ECONÓMICA

ORDENACIÓN DE LAS ACTUACIONES PERÍODICAS DEL CONSEJO SOCIAL EN MATERIA ECONÓMICA Normativa Artículo 2, 3 y 4 de la Ley 12/2002, de 18 de diciembre, de los Consejos Sociales de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid Artículo 14 y 82 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de

Más detalles

PROYECTO DE ORDENANZA GENERAL REGULADORA DE SUBVENCIONES

PROYECTO DE ORDENANZA GENERAL REGULADORA DE SUBVENCIONES RINCÓN LA VICTORIA PROYECTO ORNANZA GENERAL REGULADORA SUBVENCIONES CAPITULO I.- DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1. Objeto y finalidad. La presente Ordenanza tiene por objeto la regulación de las bases

Más detalles

PROGRAMA DE BECAS DE EXCELENCIA DE LA UNIVERSITAT POLITÈCNICA DE VALÈNCIA (PAID 09 12)

PROGRAMA DE BECAS DE EXCELENCIA DE LA UNIVERSITAT POLITÈCNICA DE VALÈNCIA (PAID 09 12) PROGRAMA DE BECAS DE EXCELENCIA DE LA UNIVERSITAT POLITÈCNICA DE VALÈNCIA (PAID 09 12) Convocatoria de Becas de Excelencia 2012 por la Universitat Politècnica de València para recién Titulados de la UPV,

Más detalles

I. Comunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma Página 4481 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Agricultura y Agua 1324 Orden de 23 de enero de 2014, de la Consejería de Agricultura y Agua por la que se convocan ayudas por paralización

Más detalles

MANUAL DE TITULOS REPRESENTATIVOS DE FACTURAS BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE, BOLSA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS S. A.

MANUAL DE TITULOS REPRESENTATIVOS DE FACTURAS BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE, BOLSA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS S. A. MANUAL DE TITULOS REPRESENTATIVOS DE FACTURAS BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE, BOLSA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS S. A. MANUAL DE TITULOS REPRESENTATIVOS DE FACTURAS BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE, BOLSA DE PRODUCTOS

Más detalles

Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE de 29 de diciembre) TÍTULO IX REGÍMENES ESPECIALES

Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE de 29 de diciembre) TÍTULO IX REGÍMENES ESPECIALES Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE de 29 de diciembre) Artículo 140.- Concepto de oro de inversión. TÍTULO IX REGÍMENES ESPECIALES CAPITULO V RÉGIMEN ESPECIAL DEL

Más detalles

CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES CULTURALES, DEPORTIVAS Y FESTIVAS DURANTE EL AÑO 2014.

CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES CULTURALES, DEPORTIVAS Y FESTIVAS DURANTE EL AÑO 2014. 1. OBJETO La presente convocatoria tiene como objetivo establecer el régimen de concesión de subvenciones para promover y apoyar las acciones y actividades de los distintos colectivos existentes en Ansoáin

Más detalles

SITUACIÓN ACTUAL ENTORNO A LAS OBLIGACIONES DE FACTURACIÓN

SITUACIÓN ACTUAL ENTORNO A LAS OBLIGACIONES DE FACTURACIÓN Febrero 2013 SITUACIÓN ACTUAL ENTORNO A LAS OBLIGACIONES DE FACTURACIÓN A continuación se acompaña un resumen sobre cuales son las obligaciones de facturación por parte de las empresas una vez aprobado

Más detalles

NORMA INTERNACIONAL DE INFORMACIÓN FINANCIERA Nº 5 (NIIF 5) Activos no corrientes mantenidos para la venta y actividades interrumpidas

NORMA INTERNACIONAL DE INFORMACIÓN FINANCIERA Nº 5 (NIIF 5) Activos no corrientes mantenidos para la venta y actividades interrumpidas NORMA INTERNACIONAL DE INFORMACIÓN FINANCIERA Nº 5 () Activos no corrientes mantenidos para la venta y actividades interrumpidas SUMARIO Párrafos OBJETIVO 1 ALCANCE 2-5 CLASIFICACIÓN DE ACTIVOS NO CORRIENTES

Más detalles

INFORMACIÓN PREVIA a la celebración del contrato de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito hipotecario.

INFORMACIÓN PREVIA a la celebración del contrato de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito hipotecario. INFORMACIÓN PREVIA a la celebración del contrato de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito hipotecario. Nombre entidad, AYUDA Y CREDITO CONSULTORES S.L. inscrita

Más detalles

BASES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A PROYECTOS DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LOS PAÍSES DEL LLAMADO TERCER MUNDO EN EL AÑO 2015

BASES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A PROYECTOS DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LOS PAÍSES DEL LLAMADO TERCER MUNDO EN EL AÑO 2015 BASES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A PROYECTOS DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LOS PAÍSES DEL LLAMADO TERCER MUNDO EN EL AÑO 2015 PRIMERA.- OBJETO. Es objeto de estas bases regular la concesión

Más detalles

Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana. Capítulo I Disposiciones generales

Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana. Capítulo I Disposiciones generales Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana Artículo 1. Objeto de la normativa. Capítulo I Disposiciones generales La presente ley tiene por objeto

Más detalles

PROYECTOS DE ACCIÓN SOCIAL

PROYECTOS DE ACCIÓN SOCIAL BASES DE LA CONVOCATORIA 2011 PARA ENTIDADES SOCIALES PROYECTOS DE ACCIÓN SOCIAL La Fundación la Caixa, en el marco de sus programas sociales, colabora con las organizaciones no lucrativas, situadas en

Más detalles

DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN - SERVICIO DE PROGRAMAS MIXTOS

DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN - SERVICIO DE PROGRAMAS MIXTOS INSTRUCCIONES PARA LA JUSTIFICACIÓN DE AYUDAS PARA EL DESARROLLO DE ACCIONES FORMATIVAS PARA TITULADOS EN EL ÁMBITO DE LA INNOVACIÓN EMPRESARIAL EN CASTILLA-LA MANCHA 1 INTRODUCCIÓN... 3 2 DOCUMENTACIÓN

Más detalles

MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD DIRECCIÓN GENERAL DE CARTERA BÁSICA DE SERVICIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD Y FARMACIA

MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD DIRECCIÓN GENERAL DE CARTERA BÁSICA DE SERVICIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD Y FARMACIA MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD DIRECCIÓN GENERAL DE CARTERA BÁSICA DE SERVICIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD Y FARMACIA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE CARTERA BÁSICA DE SERVICIOS DEL SISTEMA

Más detalles

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 805

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 805 NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 805 CONSIDERACIONES ESPECIALES- AUDITORÍAS DE UN SOLO ESTADO FINANCIERO O DE UN ELEMENTO, CUENTA O PARTIDA ESPECÍFICOS DE UN ESTADO FINANCIERO. (Aplicable a las auditorías

Más detalles

f. Proyección de permanencia de la actividad, aprobando preferiblemente actividades que sean capaces de generar grupos o programas estables frente a

f. Proyección de permanencia de la actividad, aprobando preferiblemente actividades que sean capaces de generar grupos o programas estables frente a ANEXO I CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A GRUPOS Y ASOCIACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO DEL MUNICIPIO DE MALLÉN PARA ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS. 1. Bases Reguladoras Las bases reguladoras

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LAS SUBVENCIONES PARA LAS ASOCIACIONES CULTURALES, JUVENILES Y COMISIONES FALLERAS DE SEDAVI

ORDENANZA REGULADORA DE LAS SUBVENCIONES PARA LAS ASOCIACIONES CULTURALES, JUVENILES Y COMISIONES FALLERAS DE SEDAVI ORDENANZA REGULADORA DE LAS SUBVENCIONES PARA LAS ASOCIACIONES CULTURALES, JUVENILES Y COMISIONES FALLERAS DE SEDAVI CAPITULO I DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL ARTICULO 1.- Esta Ordenanza tiene por objeto

Más detalles

TEXTO REFUNDIDO REGLAMENTO DEL REGISTRO GENERAL DE FACTURAS DEL AYUNTAMIENTO DE ALBACETE. Exposición de motivos

TEXTO REFUNDIDO REGLAMENTO DEL REGISTRO GENERAL DE FACTURAS DEL AYUNTAMIENTO DE ALBACETE. Exposición de motivos AYUNTAMIENTO DE ALBACETE Unidad o Servicio: Unidad de Gestión de Compras TEXTO REFUNDIDO REGLAMENTO DEL REGISTRO GENERAL DE FACTURAS DEL AYUNTAMIENTO DE ALBACETE Aprobación inicial por acuerdo pleno de

Más detalles

D.O.E. Número 104 5 Septiembre 2006 15155

D.O.E. Número 104 5 Septiembre 2006 15155 D.O.E. Número 104 5 Septiembre 2006 15155 ORDEN de 31 de agosto de 2006 por la que se convocan ayudas para la realización de prácticas reconocidas en los planes de estudios conducentes a la obtención de

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LAS AYUDAS ECONOMICAS DE CARÁCTER SOCIAL A CONCEDER A PERSONAS FÍSICAS.

ORDENANZA REGULADORA DE LAS AYUDAS ECONOMICAS DE CARÁCTER SOCIAL A CONCEDER A PERSONAS FÍSICAS. ORDENANZA REGULADORA DE LAS AYUDAS ECONOMICAS DE CARÁCTER SOCIAL A CONCEDER A PERSONAS FÍSICAS. ARTICULO 1º. DEFINICIÓN Y OBJETIVOS. 1º.- Se considera ayudas económicas de carácter social las que concede

Más detalles

PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE. NORMATIVA APLICABLE Art. 59.1.c) Ley 20/1991 Art. 28.1.b y c), 28.5 y 28.6 Decreto 182/1992

PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE. NORMATIVA APLICABLE Art. 59.1.c) Ley 20/1991 Art. 28.1.b y c), 28.5 y 28.6 Decreto 182/1992 PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE DOMICILIO CONCEPTO IMPOSITIVO Impuesto General Indirecto Canario CUESTIÓN PLANTEADA: NORMATIVA APLICABLE Art. 59.1.c) Ley 20/1991 Art. 28.1.b y c), 28.5 y 28.6 Decreto 182/1992

Más detalles

ESTANCIAS DE MOVILIDAD EN EL EXTRANJERO JOSE CASTILLEJO PARA JOVENES DOCTORES INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

ESTANCIAS DE MOVILIDAD EN EL EXTRANJERO JOSE CASTILLEJO PARA JOVENES DOCTORES INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA ESTANCIAS DE MOVILIDAD EN EL EXTRANJERO JOSE CASTILLEJO PARA JOVENES DOCTORES INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA (CONVOCATORIA PUBLICADA EN EL B.O.E. DE 8 DE JUNIO DE 2011) A los organismos de origen de los beneficiarios

Más detalles

CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICA SOCIOSANITARIA

CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICA SOCIOSANITARIA 11479 CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICA SOCIOSANITARIA DECRETO 63/2015, de 7 de abril, de concesión directa de una subvención a ASPACE para la prestación de los servicios de centro ocupacional y centro de

Más detalles

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 706 PÁRRAFOS DE ÉNFASIS Y PÁRRAFOS SOBRE OTRAS CUESTIONES EN EL INFORME EMITIDO POR UN AUDITOR INDEPENDIENTE

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 706 PÁRRAFOS DE ÉNFASIS Y PÁRRAFOS SOBRE OTRAS CUESTIONES EN EL INFORME EMITIDO POR UN AUDITOR INDEPENDIENTE NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 706 PÁRRAFOS DE ÉNFASIS Y PÁRRAFOS SOBRE OTRAS CUESTIONES EN EL INFORME EMITIDO POR UN AUDITOR INDEPENDIENTE (NIA-ES 706) (adaptada para su aplicación en España mediante

Más detalles

CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA ESTUDIANTES CON NECESIDADES ESPECIALES POR CAUSA DE DISCAPACIDAD CURSO 2013-14

CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA ESTUDIANTES CON NECESIDADES ESPECIALES POR CAUSA DE DISCAPACIDAD CURSO 2013-14 CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA ESTUDIANTES CON NECESIDADES ESPECIALES POR CAUSA DE DISCAPACIDAD CURSO 2013-14 El compromiso de la Universidad Carlos III de Madrid en la integración de las personas

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE LINARES (JAÉN)

AYUNTAMIENTO DE LINARES (JAÉN) Número 125 Viernes, 01 de Julio de 2016 Pág. 8403 ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE LINARES (JAÉN) 3006 Convocatoria y bases reguladoras del Programa de convocatoria y bases reguladoras del Programa

Más detalles

9. Informe Económico-Financiero

9. Informe Económico-Financiero 9. Informe Económico-Financiero 1. INFORME ECONOMICO FINANCIERO DEL PRESUPUESTO 2015 De conformidad con lo dispuesto en el Art. 168 apdo. e, del RD Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba

Más detalles

Modelo 347 ejercicio 2012. Declaración Anual de Operaciones con terceras personas.

Modelo 347 ejercicio 2012. Declaración Anual de Operaciones con terceras personas. ASESORÍA FISCAL Circular nº 23/13 11.febrero.13 Querido/a compañero/a: Con destino a todos los Colegiados recibimos el siguiente comunicado procedente de la asesoría Fiscal: - Modelo 347 y modelo 184.

Más detalles

Modelo. Instrucciones para cumplimentar la autoliquidación

Modelo. Instrucciones para cumplimentar la autoliquidación Modelo 130 Instrucciones para cumplimentar la autoliquidación Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Actividades económicas en estimación directa Pago fraccionado - Autoliquidación Importante:

Más detalles

IVA- AUTOLIQUIDACIÓN AYUDA - PRESENTACIÓN 303 Instrucciones del modelo 303

IVA- AUTOLIQUIDACIÓN AYUDA - PRESENTACIÓN 303 Instrucciones del modelo 303 IVA- AUTOLIQUIDACIÓN AYUDA - PRESENTACIÓN 303 Instrucciones del modelo 303 Obligados a declarar en el modelo 303 Declararán por el modelo 303: - Los sujetos pasivos que realicen actividades a las que apliquen

Más detalles

Ref: 49/012091.9/15. La autenticidad de este documento se puede comprobar en www.madrid.org/csv

Ref: 49/012091.9/15. La autenticidad de este documento se puede comprobar en www.madrid.org/csv Ref: 49/012091.9/15 Resolución de la Dirección General de Innovación, Becas y Ayudas a la Educación de 2 de septiembre de 2015, por la que se dictan instrucciones sobre el procedimiento de gestión de las

Más detalles

GUÍA DE ACTUACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS DE REVISIÓN DE CUENTAS JUSTIFICATIVAS DE SUBVENCIONES, EN EL ÁMBITO DEL SECTOR PÚBLICO ESTATAL

GUÍA DE ACTUACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS DE REVISIÓN DE CUENTAS JUSTIFICATIVAS DE SUBVENCIONES, EN EL ÁMBITO DEL SECTOR PÚBLICO ESTATAL INSTITUTO DE CENSORES JURADOS DE CUENTAS DE ESPAÑA GUÍA DE ACTUACIÓN 15R GUÍA DE ACTUACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS DE REVISIÓN DE CUENTAS JUSTIFICATIVAS DE SUBVENCIONES, EN EL ÁMBITO DEL SECTOR

Más detalles

RECORDATORIO DE LAS PRINCIPALES OBLIGACIONES DE LAS FUNDACIONES CON PLAZO DE VENCIMIENTO PRÓXIMO

RECORDATORIO DE LAS PRINCIPALES OBLIGACIONES DE LAS FUNDACIONES CON PLAZO DE VENCIMIENTO PRÓXIMO 18 de marzo de 2015 ACTUALIDAD NORMATIVA 1. Modelo 143: solicitud del abono anticipado deducciones familia numerosa y personas con discapacidad.... 1 2. Castilla y León: Ley de Transparencia... 3 RECORDATORIO

Más detalles

BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN EL AÑO 2016 PARA ALQUILER DE LOCALES DE ENSAYO PARA GRUPOS DE MÚSICA

BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN EL AÑO 2016 PARA ALQUILER DE LOCALES DE ENSAYO PARA GRUPOS DE MÚSICA Ayuntamiento de Tudela ASUNTOS SOCIALES JUVENTUD Plaza Vieja, 1 31500 TUDELA Tel. 948 41 71 00 Fax.948 41 71 19 Preámbulo: BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN EL AÑO 2016 PARA ALQUILER DE LOCALES

Más detalles

EXPEDIENTE 20140218-00132

EXPEDIENTE 20140218-00132 EXPEDIENTE 20140218-00132 RENOVACIÓN DE LOS CERTIFICADOS CONFORME A LAS NORMAS ISO 9001 E ISO 14001 DE LA EMPRESA INGENIERÍA Y ECONOMÍA DEL TRANSPORTE S.A. Paseo de la Habana, 138 28036 Madrid. España

Más detalles

LÍNEA DE APOYO A PROYECTOS DE INSERCIÓN LABORAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL

LÍNEA DE APOYO A PROYECTOS DE INSERCIÓN LABORAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL LÍNEA DE APOYO A PROYECTOS DE INSERCIÓN LABORAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL PROYECTO DICE-BBVA (DISCAPACIDAD, INNOVACIÓN, CALIDAD Y EMPLEO) ENTIDAD ORGANIZADORA, OBJETO Y FINALIDAD La Asociación

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 233 Martes 29 de septiembre de 2015 Sec. I. Pág. 88319 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE 10396 Real Decreto 849/2015, de 28 de septiembre, por el

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Pág. 94 LUNES 23 DE MARZO DE 2015 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Economía y Hacienda 24 ORDEN de 9 de marzo de 2015, de la Consejería de Economía y Hacienda, reguladora de

Más detalles

MANUAL DE INSTRUCCIONES DE JUSTIFICACIÓN DE AYUDAS DEL PROGRAMA NACIONAL DE ESPACIO *

MANUAL DE INSTRUCCIONES DE JUSTIFICACIÓN DE AYUDAS DEL PROGRAMA NACIONAL DE ESPACIO * MANUAL DE INSTRUCCIONES DE JUSTIFICACIÓN DE AYUDAS DEL PROGRAMA NACIONAL DE ESPACIO * Convocatoria Año 2007 Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial * Aprobado por la Orden ITC/3071/2004, de 15

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD INSTITUTO DE CONTABILIDAD Y AUDITORÍA DE CUENTAS

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD INSTITUTO DE CONTABILIDAD Y AUDITORÍA DE CUENTAS Resolución de 20 de marzo de 2014, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publica la Norma Técnica de Auditoría sobre Auditoría de un solo estado financiero, resultado de la

Más detalles

I. Disposiciones generales

I. Disposiciones generales 30852 I. Disposiciones generales Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad 5864 ORDEN de 21 de noviembre de 2013, por la que se aprueba el esquema de metadatos en el ámbito de la administración electrónica

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 253 Jueves 22 de octubre de 2015 Sec. I. Pág. 98873 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL 11347 Orden ESS/2197/2015, de 19 de octubre, por la que se regulan las operaciones

Más detalles

OBLIGACION DE CONSERVACIÓN DE FACTURAS Y DOCUMENTACIÓN

OBLIGACION DE CONSERVACIÓN DE FACTURAS Y DOCUMENTACIÓN OBLIGACION DE CONSERVACIÓN DE FACTURAS Y DOCUMENTACIÓN 1º.- El artículo 29 de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003), con referencia a las obligaciones tributarias formales, señala que: La obligación

Más detalles

NORMATIVA SOBRE EL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE POSGRADO UNIVERSIDAD DE ALCALÁ

NORMATIVA SOBRE EL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE POSGRADO UNIVERSIDAD DE ALCALÁ NORMATIVA SOBRE EL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE POSGRADO UNIVERSIDAD DE ALCALÁ 1 ÍNDICE EXPOSICIÓN DE MOTIVOS CAPÍTULO I. DISPOSICIONES

Más detalles

INSTRUCCIONES QUE HAN DE REGIR LA ADJUDICACIÓN DE CONTRATOS NO SOMETIDOS A REGULACIÓN ARMONIZADA EN EL ÁMBITO DE LA FEDERACIÓN ASTURIANA DE CONCEJOS

INSTRUCCIONES QUE HAN DE REGIR LA ADJUDICACIÓN DE CONTRATOS NO SOMETIDOS A REGULACIÓN ARMONIZADA EN EL ÁMBITO DE LA FEDERACIÓN ASTURIANA DE CONCEJOS INSTRUCCIONES QUE HAN DE REGIR LA ADJUDICACIÓN DE CONTRATOS NO SOMETIDOS A REGULACIÓN ARMONIZADA EN EL ÁMBITO DE LA FEDERACIÓN ASTURIANA DE CONCEJOS I.- INTRODUCCIÓN. La FEDERACIÓN ASTURIANA DE CONCEJOS

Más detalles

FOMENTO DEL VOLUNTARIADO

FOMENTO DEL VOLUNTARIADO BASES DE LA CONVOCATORIA 2011 PARA ENTIDADES SOCIALES FOMENTO DEL VOLUNTARIADO El voluntariado social constituye una expresión de la solidaridad ciudadana con las personas de nuestra sociedad que sufren

Más detalles

TÍTULO IX. SEPARACIÓN CONTABLE CAPÍTULO 1. OBLIGACIÓN DE SEPARACIÓN CONTABLE POR PARTE DE LOS PRST Y OTVS SECCIÓN 1. DISPOSICIONES GENERALES

TÍTULO IX. SEPARACIÓN CONTABLE CAPÍTULO 1. OBLIGACIÓN DE SEPARACIÓN CONTABLE POR PARTE DE LOS PRST Y OTVS SECCIÓN 1. DISPOSICIONES GENERALES TÍTULO IX. SEPARACIÓN CONTABLE CAPÍTULO 1. OBLIGACIÓN DE SEPARACIÓN CONTABLE POR PARTE DE LOS PRST Y OTVS SECCIÓN 1. DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 9.1.1.1. ÁMBITO DE APLICACIÓN. El CAPÍTULO 1 del TÍTULO

Más detalles

PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE LA GESTIÓN DE PROYECTOS

PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE LA GESTIÓN DE PROYECTOS Nº FICHA Nº PREGUNTA RESPUESTA OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO PRINCIPAL 1 2 La obligación del beneficiario principal de llevar la contabilidad de la globalidad del proyecto, así como recopilar la documentación

Más detalles

Madroñera. ANUNCIO. De aprobación provisional del reglamento Registro Contable. Reglamento del Registro Contable de Facturas

Madroñera. ANUNCIO. De aprobación provisional del reglamento Registro Contable. Reglamento del Registro Contable de Facturas Número 30 / Viernes 13 de Febrero de 2015 Página 40 Madroñera ANUNCIO. De aprobación provisional del reglamento Registro Contable de Facturas Reglamento del Registro Contable de Facturas El Pleno de este

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0084/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0084/2009 Informe 0084/2009 La consulta plantea si la Junta de propietarios de una comunidad de viviendas en régimen de propiedad horizontal puede acordar la cesión de datos personales de los propietarios, a terceros

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DEL FOMENTO DE LAS ACTIVIDADES CULTURALES, DEPORTIVAS, DE BIENESTAR SOCIAL, ASOCIACIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

ORDENANZA REGULADORA DEL FOMENTO DE LAS ACTIVIDADES CULTURALES, DEPORTIVAS, DE BIENESTAR SOCIAL, ASOCIACIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA ORDENANZA REGULADORA DEL FOMENTO DE LAS ACTIVIDADES CULTURALES, DEPORTIVAS, DE BIENESTAR SOCIAL, ASOCIACIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA ARTÍCULO 1.- OBJETO.- TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Es objeto

Más detalles

PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 843/2011, DE 17 DE JUNIO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS BÁSICOS SOBRE LA

PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 843/2011, DE 17 DE JUNIO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS BÁSICOS SOBRE LA PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 843/2011, DE 17 DE JUNIO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS BÁSICOS SOBRE LA ORGANIZACIÓN DE RECURSOS PARA DESARROLLAR LA ACTIVIDAD

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD INSTITUTO DE CONTABILIDAD Y AUDITORÍA DE CUENTAS

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD INSTITUTO DE CONTABILIDAD Y AUDITORÍA DE CUENTAS INSTITUTO DE CONTABILIDAD AS Resolución de 20 de marzo de 2014, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publica la Norma Técnica de Auditoría sobre Auditoría de un solo estado

Más detalles

"Última modificación normativa: 01/01/2010"

Última modificación normativa: 01/01/2010 "Última modificación normativa: 01/01/2010" DECRETO FORAL 129/2004, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de

Más detalles

Butlletí Oficial de la Província d Alacant edita excma. diputació provincial d alacant

Butlletí Oficial de la Província d Alacant edita excma. diputació provincial d alacant III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO CALP 2175 APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LAS BASES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA REHABILITACIÓN DE FACHADAS El Ayuntamiento Pleno,

Más detalles

www.sepe.es Trabajamos para ti 1 c/víctor de la Serna, 43. 28016. Madrid. T.913533564/F.91353555

www.sepe.es Trabajamos para ti 1 c/víctor de la Serna, 43. 28016. Madrid. T.913533564/F.91353555 MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MADRID Expediente nº: 4/12 Aplicación Presupuestaria: 223/251 M HOJA-RESUMEN DEL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS

Más detalles

CODIGO DE CONDUCTA Para la realización de inversiones financieras temporales

CODIGO DE CONDUCTA Para la realización de inversiones financieras temporales CODIGO DE CONDUCTA Para la realización de inversiones financieras temporales I. ASEPEYO es una Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social que con el numero 151,

Más detalles

RETOS-COLABORACIÓN 2014. Preguntas Frecuentes

RETOS-COLABORACIÓN 2014. Preguntas Frecuentes RETOS-COLABORACIÓN 2014 Preguntas Frecuentes RETOS-COLABORACIÓN 2014 ÍNDICE DE CONTENIDO Contenido 1. Qué requisitos de tramitación PREVIOS debe cumplir mi entidad para poder presentar una solicitud de

Más detalles

Aprobación de bases para el otorgamiento de subvenciones a Asociaciones de Tercera Edad, año 2014.

Aprobación de bases para el otorgamiento de subvenciones a Asociaciones de Tercera Edad, año 2014. Aprobación de bases para el otorgamiento de subvenciones a Asociaciones de Tercera Edad, año 2014. La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día veintiséis de mayo de dos mil catorce, aprobó las

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 259 Martes 29 de octubre de 2013 Sec. III. Pág. 87492 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE 11320 Orden ECD/1997/2013, de 24 de octubre, por la que se establecen las

Más detalles

PRESUPUESTO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA PARA EL AÑO 2015 TÍTULO III DE LA GESTIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIOS

PRESUPUESTO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA PARA EL AÑO 2015 TÍTULO III DE LA GESTIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIOS TÍTULO III DE LA GESTIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIOS Artículo 26. Autorización de gastos de carácter plurianual. 1. El número de ejercicios futuros a los que pueden extenderse los gastos de carácter plurianual

Más detalles

PRIMERA: OBJETO Y FINALIDAD DE LA CONCESION DE LAS AYUDAS

PRIMERA: OBJETO Y FINALIDAD DE LA CONCESION DE LAS AYUDAS BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA FINANCIACIÓN DE ACTIVIDADES A DESARROLLAR POR LAS CORPORACIONES LOCALES EN MATERIA DE JUVENTUD DURANTE EL AÑO 2014 En el marco del Convenio por el que se canaliza

Más detalles