REGLAMENTO INTERNO PARA EL USO DEL LABORATORIO DE CAD/CAM
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- Cristóbal Benítez Segura
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1 REPUBLICA DE HONDURAS SECRETARIA DE EDUCACIÓN INSTITUTO TÉCNICO HONDURAS Col. Kennedy, Tegucigalpa BACHILLERATO TÉCNICO PROFESIONAL EN MECÁNICA INDUSTRIAL REGLAMENTO INTERNO PARA EL USO DEL LABORATORIO DE CAD/CAM Aprobado en mayo de 2008 Válido para las jornadas matutina, vespertina y nocturna Tegucigalpa, M.D.C. Pag. 1/11
2 ÍNDICE Pag. CAPITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO SEGUNDO DE LA ORGANIZACIÓN CAPITULO TERCERO DE LA OPERACIÓN CAPITULO CUARTO DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD CAPITULO QUINTO DE LA DISCIPLINA 3/11 3/11 4/11 9/11 10/11 DISPOSICIONES TRANSITORIAS 11/11 Pag. 2/11
3 CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1). El presente reglamento esta referido para el Laboratorio de Diseño Asistido por Computadora y Fabricación Asistida por computadora, que será llamado en adelante como CAD/CAM, y es de observancia general para todos usuarios: los docentes, alumnos, autoridades y personal externo autorizado por el director del Instituto. Artículo 2). Sus objetivos son: a) Lograr el adecuado y máximo aprovechamiento de los equipos, manuales, herramientas, componentes e instalaciones con que cuenta el taller. b) Fomentar en los usuarios el desarrollo de sus facultades creativas, hábitos en investigación, organización y responsabilidad. c) Propiciar la disciplina entre los usuarios. Artículo 3). El Laboratorio ofrece los siguientes servicios a los usuarios: a) Cursos de capacitación en el manejo del software y hardware del diseño, programación y fabricación con CAD/CAM, para el desarrollo de prácticas con maquinas de Control Numérico Computarizado (CNC) y proyectos de investigación. b) Préstamo interno de computadoras para el uso de software que permita la simulación de prácticas. c) Orientación a todos los usuarios en cuanto a la utilización de los recursos del laboratorio. Artículo 4). Son responsables directos de la observancia del presente reglamento: el director, coordinador y responsable del Laboratorio de cada jornada.. CAPITULO SEGUNDO DE LA ORGANIZACIÓN Artículo 5). En el Laboratorio debe haber solamente un (1) docente encargado en cada jornada. respectiva, quien es responsable del funcionamiento del Laboratorio y apoyar en la planeación, preparación y realización de las prácticas correspondientes de cada una de las asignaturas. Pag. 3/11
4 Artículo 6). El encargado del Laboratorio de cada jornada educativa, será responsable del control de los equipos, así como de su manejo y del mantenimiento preventivo y correctivo. Artículo 7). Es obligatorio para el encargado del Laboratorio conocer de la operatividad de las instalaciones y equipo con la finalidad de garantizar la operación de estos. Artículo 8). Las sesiones teóricas deberán ser coordinadas, supervisadas por el titular de cada asignatura. Las sesiones de prácticas deberán ser realizadas únicamente por el encarga del Laboratorio en coordinación con el docente titular de la asignatura. El número máximo de usuarios por sesión de trabajo en el Laboratorio es de diez (10). Artículo 9). Deberá realizarse sesiones de prácticas de Laboratorio de acuerdo con el tiempo indicado para las asignaturas en el plan de estudios de la carrera. En el tiempo no asignado al Laboratorio, el docente de la asignatura podrá trabajar por su cuenta, en la sección del CAD, bajo la supervisión del encargado del Laboratorio. Artículo 10). Es necesario que los estudiantes y docentes y todo usuario que trabajen en el Laboratorio conozcan completamente las medidas generales de HIGIENE Y SEGURIDAD tanto las operacionales como las preventivas establecidas en este reglamento interno. CAPITULO TERCERO DE LA OPERACION Artículo 11). El usuario deberá anotarse en el libro de registro al entrar a desarrollar alguna actividad programada en el Laboratorio. Artículo 12). Todas las actividades que se realicen en el Laboratorio deberán estar supervisadas por docente encargado del mismo. Artículo 13). Al realizar actividades programadas o experimentales, nunca deberá permanecer una persona sola en el Laboratorio que no sea el encargado del Laboratorio. Podrán estar presentes simultáneamente hasta un máximo de diez (10) docentes de asignatura, no necesariamente haciendo lo mismo, cuando hayan solicitado según un programa la permanencia para realizar actividades con los objetivos del Laboratorio. Artículo 14). Para utilizar el equipo, las herramienta y los componentes del Laboratorio, se deberá llenar el formato que se utiliza para la requisición del equipo; sea alumno, personal docente, o cualquier otro usuario con su respectiva autorización. Artículo 15). Esta estrictamente prohibida la entrada del alumno a la zona de herramientas del Laboratorio, sin la autorización del encargado. Pag. 4/11
5 Artículo 16). El uso libre de las computadoras no esta permitido, y queda restringido solamente a alumnos que hayan cursado el taller de informática o computación básica. Artículo 17). El uso de equipos de prueba, medición y herramientas fuera de la instalación del Laboratorio será autorizado únicamente por la dirección del Instituto y el encargado de la jornada. Llenando dicho vale con sus respectivas firmas de autorización. Artículo 18). Es responsabilidad del estudiante y docentes reportar cualquier desperfecto o anomalía del equipo antes de empezar a trabajar, de esta forma se deslindará de toda responsabilidad. Bajo ningún motivo el usuario deberá tratar de resolver un mal funcionamiento en el equipo, instalar software, insertar memoria USB, CD, DVD o disketes. Artículo 19). En caso de que el equipo presentará alguna descompostura durante la realización de la práctica y que esta fuera por una causa ajena al alumno, como deterioro de los elementos o componentes, por picos de voltaje en la alimentación o en su caso, el usuario deberá notificar el problema al docente titular de la materia y/o encargado del Laboratorio para ser evaluada y sustituida por otro. En este caso no se haría cargo alguno al usuario. Artículo 20). En caso que el equipo sufra algún desperfecto por causas directamente imputables al usuario, este será responsable de liquidar el monto de su reparación e incluso su reposición total del equipo si este no tuviera reparación alguna. Para esto sé realizará una investigación en la que participarán el docente titular de la asignatura, el encargado del Laboratorio y el alumno afectado con el fin de deslindar responsabilidades. Artículo 21). Al termino de la sesión de prácticas en el Laboratorio, se devolverán los equipos de prueba y medición según sea el caso, las herramientas y los manuales que se hayan utilizado, además de dejar limpia su área de trabajo. En el caso de que el equipo haya sido averiado, deberán reportarlo inmediatamente a la persona encargada del Laboratorio. Desde el momento de que sea entregado el equipo y hasta que sea devuelto, queda bajo responsabilidad del usuario. Artículo 22). El Laboratorio expedirá constancias de solvencia o no adeudo de equipo a los alumnos al final de cada módulo de capacitación, sin la cual no se podrá inscribir en el siguiente curso avanzado de CNC. Artículo 23). Existe una Coordinación General de Talleres y Laboratorios por jornada a quien le corresponde: a) Supervisar los talleres y laboratorios periódicamente para verificar el óptimo aprovechamiento de los equipos y materiales existentes. b) Supervisar que las prácticas programadas se lleven a cabo. c) Informar a la Dirección del Instituto los avances de prácticas, anomalías y necesidades de equipo en el laboratorio. Pag. 5/11
6 Artículo 24). Corresponde a la Dirección del Instituto: a) Verificar el cumplimiento del presente reglamento. b) Proveer de acuerdo con los recursos disponibles el equipo y materiales necesarios para el buen funcionamiento del laboratorio. c) Proporcionar los medios necesarios para el mantenimiento adecuado del laboratorio. d) Proporcionar el personal de mantenimiento y servicio, para que el Laboratorio se encuentre en condiciones óptimas de limpieza, para esto se preverá un horario dedicado para tal fin. Artículo 25). Corresponde al Coordinador Académico: a) Vigilar el cumplimiento del presente reglamento. b) Verificar la ejecución y el avance de prácticas de acuerdo al tiempo y al programa marcado. c) Coordinar con el encargado del Laboratorio las fechas de inicio y finalización de los módulos CAD/CAM dirigidos a los estudiantes. d) Informar al Director de las anomalías y necesidades que se presenten en el funcionamiento del Laboratorio. Artículo 26). Corresponde a los Profesores de asignaturas: a) Leer, entender y cumplir con las disposiciones de este reglamento. b) Cumplir invariablemente con las prácticas programadas. c) Permanecer en el laboratorio durante el tiempo que se desarrollen sus prácticas si el grupo de estudiantes fuese menor a diez alumnos, en otro caso deberá dedicarle el tiempo a los estudiantes que no puedan entrar al Laboratorio por limitación de espacio y equipo. d) Dar a los alumnos las explicaciones e indicaciones necesarias para el desarrollo de sus prácticas. e) Difundir y vigilar que los alumnos cumplan con las medidas de disciplina, seguridad y operación, indicados en el presente reglamento. Hacer énfasis que el no cumplimiento del reglamento por algún estudiante o grupo no podrán continuar en el desarrollo del módulo.en el Laboratorio Pag. 6/11
7 f) En coordinación con el Coordinador de área, determinar las necesidades en el Laboratorio y solicitar los equipos y materiales o buscar el medio para obtenerlos. g) Organizar a los alumnos en equipos de trabajo de acuerdo con los recursos disponibles. h) Coordinar junto con el encargado del laboratorio los contenidos de los módulos a desarrollar en CAD y en programación CNC así como en los programas de simulación. Podrá ser cofacilitador en la impartición de estos módulos. Artículo 27). Corresponde al Encargado del Laboratorio: a) Distribuir y controlar los equipos y materiales que se requieran para el desarrollo de prácticas. b) Vigilar que los alumnos cumplan con las medidas de disciplina, seguridad y operación indicados en el presente reglamento. c) Informar al Coordinador Académico el avance de prácticas realizadas. d) Asesorar al usuario en las técnicas sobre el uso del material y equipo. e) Procurar la utilización óptima de equipos, instrumentos e instalaciones del Laboratorio. f) Vigilar que el Laboratorio este siempre en condiciones de operación. g) Vigilar para que lo dispuesto en este reglamento se cumpla. h) Ser el único responsable del manejo de las maquinas CNC y sus prácticas. Artículo 28). Corresponde a los Alumnos: a) Entrar con el cuerpo y las manos limpias, libres de sucio, aceite o grasa. b) Entrar al Laboratorio con el uniforme y con zapatos limpios. c) Anotarse en el libro de registro al entrar. d) No manejar o utilizar las instalaciones, equipo o materiales sin la autorización del encargado del Laboratorio o los profesores correspondientes. e) Dejar su mochila y/o utensilios escolares en el lugar asignado. f) Atender las instrucciones dadas por sus profesores. Pag. 7/11
8 g) Solicitar en caso de duda, las aclaraciones necesarias antes del desarrollo de sus prácticas el titular de la materia o al encargado del Laboratorio. h) Presentar antes de iniciar una práctica un reporte preliminar de las actividades a realizar, el cual incluye: Hoja de presentación (nombre de la Carrera, nombre de la materia, nombre de la práctica, nombre del participante(s), nombre del profesor, fecha.). Objetivo de la práctica previamente establecido por el profesor (describir brevemente qué problemas a resolver se plantean durante la sesión). Desarrollo de la práctica (explicar con detalle los pasos necesarios para resolver el problema planteado por el profesor como son: análisis del problema, cálculos, etc.). i) Entregar al profesor de la materia un reporte con los siguientes puntos: Hoja de presentación (nombre de la Carrera, nombre de la materia, nombre de la práctica, nombre del participante(s), nombre del profesor, fecha.). Objetivo de la práctica. (Dado por el profesor e indica lo que se pretende comprobar con la práctica). Introducción teórica (breve panorama sobre el tema, basado principalmente en investigación de artículos, manuales y libros). Desarrollo de la práctica (en esta sección se debe explicar con detalle los pasos necesarios para resolver el problema planteado por el profesor como son: análisis del problema, cálculos, resultados de simulación y diagramas de diseño). Resultados (se presentan los resultados obtenidos en el circuito práctico, comparando el desempeño de los sistemas reales con los simulados). Conclusiones (en esta sección el alumno debe proporcionar su punto de vista y conjeturas con respecto a las experiencias obtenidas durante los procesos anteriores). Bibliografía (esta sección presenta la literatura que fue utilizada en la solución del problema, el objetivo de esta sección es proporcionar al lector interesado, un punto de partida para profundizar en el mismo proyecto u otros proyectos similares). Pag. 8/11
9 Además el reporte de la práctica debe tener una buena redacción y no presentar faltas de ortografía. Los trabajos que no presenten las observaciones anteriores serán penalizados de acuerdo al criterio del profesor. i) Observar en todo momento seriedad en su trabajo así como en el trato a sus compañeros. k) No manchar las paredes ni los escritorios, no golpear el CPU, el teclado ni el monitor. Desplazarse con cuidado en el Laboratorio para no desconectar o aplastar cables de energía o de red del sistema. l) Entregar limpio al término de la práctica tanto el equipo como su área de trabajo. ll) Informar cualquier desperfecto en los equipos e instalaciones. CAPÍTULO CUARTO HIGIENE Y SEGURIDAD Seguridad industrial La seguridad es uno de los factores más importantes para salvaguardar la vida humana y evitar la incapacidad permanente o temporal, que en una u otra forma, afecta la estabilidad moral y económica de las personas. Sobre la seguridad industrial, existen muchas reglas y normas que son motivo de tratados completos. Enfocados estos a los trabajos realizados en los sistemas electromecánicos es recomendable aplicar las normas y recomendaciones siguientes: Artículo 29). El Laboratorio debe contar, como mínimo con lo siguiente: a) Un tablero principal y tableros secundarios para energía eléctrica. b) Estar equipado con botiquín de primeros auxilios. c) Extinguidores colocados en lugares accesibles. d) Sistema de ventilación adecuada. e) Sistema de ventilación por aspiración localizada, en un lugar donde sea necesario. f) Salidas de emergencia. Artículo 30). Toda persona que se introduzca a las áreas de trabajo en el Laboratorio, deberá abstenerse de ingerir alimentos y líquidos de toda clase, durante su permanencia en éstas, Pag. 9/11
10 evitar el uso de lentes de contacto y gafas oscuros, no traer alhajas. Los usuarios deberán usar el pelo recogido. En la realización de las prácticas en el Laboratorio, el alumno, alumna o docentes que no cumplan con lo dispuesto en este reglamento no podrá trabajar ni permanecer en el Laboratorio, siendo responsabilidad propia de cada usuario cumplir con este reglamento. Artículo 31). Se abstendrán de tirar papeles, colocar material o equipo en el piso del laboratorio que pueda obstaculizar la libre circulación o ser causa de accidente. Artículo 32). Cuando hallan estudiantes o docentes trabajando, las puertas de acceso y las salidas de emergencias deben estar siempre sin llave, accesibles, libres de obstáculos y en posibilidad de ser utilizadas en cualquier eventualidad. El encargado del Laboratorio como el docente titular de la materia deberá de verificar esto en forma permanente. Artículo 33). Todos los objetos de desperdicio, deberán depositarse en los recipientes destinados para tal fin. Artículo 34). Todas la sustancias, equipos, materiales de laboratorio, etc; deberán ser manipulados con el máximo cuidado atendiendo a las indicaciones del encargado de Laboratorio como los manuales de los equipos, maquinas y de seguridad, según el caso. Artículo 35). No se permitirá la entrada al laboratorio, a personal ajeno al mismo sin la autorización debida por los coordinadores y el encargado del Laboratorio. Artículo 36). En caso de accidentes graves, los profesores deberán controlar las causas del accidente, asegurarse que la atención médica del accidentado sea inmediata o reciba los primeros auxilios necesarios e informar inmediatamente a las autoridades del Instituto. CAPÍTULO QUINTO DE LA DISCIPLINA Artículo 37). El alumno no podrá abandonar el Laboratorio durante el desarrollo de su práctica, solo con permiso del profesor. Artículo 38). El Laboratorio es un lugar de estudio, por tanto se debe propiciar el silencio y un ambiente adecuado para tal fin. Artículo 39). Los alumnos deberán mantener una actitud de respeto hacia el profesor de la materia, el responsable del Laboratorio y el resto de los alumnos. Esta actitud incluye el abstenerse de jugar, tomar bebidas, alimentos y fumar dentro del laboratorio. Artículo 40). El laboratorio es un área de trabajo, no se desempeñarán actividades que no estén relacionadas con éste. Pag. 10/11
11 TRANSITORIOS I. En caso de alguna duda con respecto a la interpretación del presente reglamento, será el consenso de los tres Coordinadores Generales de Talleres la que determine el criterio que deba prevalecer. II. Los casos no previstos en el presente reglamento serán resueltos por el Director, previa consulta con los tres Coordinadores Generales Talleres y encargados del Laboratorio. Esta Reglamento Interno es únicamente para el Laboratorio CAD/CAM en el Taller de Máquinas Herramientas en el Instituto Técnico Honduras, fue elaborado y aprobado por los siguientes catedráticos y es afectivo a partir de la firma: Prof. Nelson Cáliz Director Prof. Luís Flores Coordinador General de Talleres, JM Prof. Nicolás Mejía Coordinador General de Talleres, JV Prof. Ricardo Padilla Coordinador General de Talleres, JN Prof. Rogelio Serrano Jefe de Taller Maq. Herramientas y encargado del Laboratorio CAD/CAM, JM Prof. Francis Mendoza Jefe de Taller Maq. Herramientas y encargado del Laboratorio CAD/CAM, JV Prof. Marcos Martínez Prof. de Taller Maq. Herramientas y encargado del Laboratorio CAD/CAM, JN Este documento fue aprobado en el mes de Mayo de Pag. 11/11
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