GACETA OFICIAL DISTRITO FEDERAL
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- Blanca Peralta Cano
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1 GACETA OFICIAL DISTRITO FEDERAL Órgano de Difusión del Gobierno del Distrito Federal DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA 15 DE JULIO DE 2014 No Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL Jefatura de Gobierno Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos en el Distrito Federal 3 Secretaría de Desarrollo Económico Acuerdo por el cual se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Financiamiento del Fondo para el Desarrollo Social de la Ciudad de México 6 Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo Aviso por el que se da a conocer la Convocatoria a la XXI Sesión Ordinaria del Consejo Consultivo de Fomento Cooperativo del Distrito Federal 22 Secretaría de Finanzas Acuerdo por el que se dan a conocer las participaciones en Ingresos Federales correspondientes a los Órganos Político-Administrativos del Distrito Federal, en el Segundo Trimestre del Año Consejería Jurídica y de Servicios Legales Aviso por el que se da a conocer la designación de Servidores Públicos de la Administración Pública del Distrito Federal, como Apoderados Generales para la Defensa Jurídica de la misma 32 Delegación Iztacalco Aviso por el cual se dan a conocer los Lineamientos de Operación de la Actividad Institucional de Desarrollo Social, Los Más Brillantes de Iztacalco a cargo de la Delegación Iztacalco para el Ejercicio Fiscal Continúa en la Pág. 2
2 2 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 de Julio de 2014 Viene de la Pág. 1 Índice Aviso por el cual se da a conocer la Convocatoria de la Actividad Institucional Los Más Brillantes de Iztacalco para un viaje con todos los gastos pagados a los Alumnos de Secundaria por su Excelencia Académica con Promedio de 10 Absoluto en el Ciclo Escolar en Curso, a cargo de la Delegación Iztacalco para el Ejercicio Fiscal Delegación Xochimilco Aviso por el cual se dan a conocer las evaluaciones internas de los Programas Sociales 2013, a cargo de la Delegación Xochimilco, publicadas en las Reglas de Operación de la Gaceta Oficial del Distrito Federal de fecha 30 de enero de Tribunal Electoral del Distrito Federal Aviso por el cual se da a conocer el Informe de la Secretaría Administrativa correspondiente al fideicomiso Fondo Mixto de Cooperación Técnica y Científica México-España en el que participa como beneficiario 88 Aviso por el cual se da a conocer el Informe del Tribunal Electoral del Distrito Federal sobre los ingresos de Enero a Junio 2014, distintos a las Transferencias del Gobierno del Distrito Federal 89 CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS Delegación Álvaro Obregón.- Licitaciones Públicas Nacionales Números a Convocatoria N Trabajos de mantenimiento, conservación y rehabilitación de banquetas y guarniciones, así como obras complementarias 90 Delegación Miguel Hidalgo.- Licitación Pública Nacional Número Convocatoria No Servicios profesionales para el desarrollo de talentos musicales 94 Agencia de Gestión Urbana de la Ciudad de México.- Licitación Pública Nacional Número LPN-AGU Convocatoria Contratación del Servicio del Centro de Contacto (Contact Center) para el Programa 072 Atención Ciudadana, captación de gestión de trámites para la Atención Ciudadana 96 SECCIÓN DE AVISOS Infosoft, S.A. de C.V. 97 Sports Training Facilities Lm, S.A. de C.V. 99 Marcas Promocionales, S.A. de C.V. 100 Moda Orte, S.A. de C.V. 101 Corporativo Integral Pirámide, S.A. de C.V. 102 Minera Inde de Durango, S.A. de C.V. 103 Creatividad Tecnológica y Administrativa, S. C. 104 MDG Capacitador Mexicano, S.A. de C.V. 104 GFN-Treo de México, S.A. de C.V. 105 Distribuidora Madin, S.A. de C.V. 106 Pagos Intermex, S.A. de C.V. 107 Construcciones Suno, S.A. de C.V. 107 Residencial 245, S.A. de C.V. 108 Consultora de Proyectos, S.C. 108 Edictos 109 Aviso 110
3 6 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 de Julio de 2014 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO FIDEICOMISO PÚBLICO FONDO PARA EL DESARROLLO SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO SALOMÓN CHERTORIVSKI WOLDENBERG, Secretario de Desarrollo Económico del Distrito Federal, con fundamento en los artículos: 1, 7, 8, fracción II, 87, 97, 101 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, así como los artículos 2, 61 y 62, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; Cláusulas Sexta numerales 1, 2, 3, 4, 6, 7 y 11; Octava inciso d), del Contrato Constitutivo del Fideicomiso Público Fondo para el Desarrollo Social de la Ciudad de México, de fecha 24 de mayo de 2002; Disposición IV. Incisos: a), b), d), f), h) y k); de las Reglas de Operación del mismo Fideicomiso, en la cual es menester hacer el siguiente: ACUERDO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE FINANCIAMIENTO DEL FONDO PARA EL DESARROLLO SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO. Fecha de presentación a comité técnico Junio 25, 2014 Fecha de aprobación Junio 25, 2014 Reglas de Operación del Programa de Financiamiento del Fondo para el Desarrollo Social de la Ciudad de México Índice Introducción I. Entidad II. Objetivos y Alcance 2.1 Objetivo General 2.2 Objetivos Específicos 2.3 Alcances III. Marco Legal y Normativo IV. Servicios Financieros 4.1 Estrategia de Financiamiento para el Emprendedor Población Objetivo Programación Presupuestal Requisitos Productos Financieros a) Financiamiento para emprendedor con proyecto productivo para empresa de nueva creación b) Financiamiento para emprendedor con plan de negocio que acredite un proceso de incubación 4.2 Estrategia de Financiamiento de Microcréditos para Actividades Productivas de Autoempleo Población Objetivo Programación Presupuestal Requisitos Productos Financieros a) Microcrédito de primer nivel b) Microcrédito de segundo nivel c) Microcrédito de tercer nivel
4 15 de Julio de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7 d) Microcrédito de cuarto nivel e) Microcrédito de quinto nivel 4.3 Estrategia de Financiamiento a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa Población Objetivo Programación Presupuestal Requisitos Productos Financieros a) Financiamiento para empresas de reciente creación b) Financiamiento para solicitantes que hayan concluido el quinto nivel de la Estrategia de Microcréditos para Actividades Productivas de Autoempleo c) Financiamiento para la Micro Empresa d) Financiamiento para la Pequeña Empresa e) Financiamiento para la Mediana Empresa f) Financiamiento para Empresas Creativas g) Financiamiento para la Producción y Comercialización de Productos Rurales 4.4. Estrategia de Financiamiento para personas cuya actividad económica se haya visto afectada por contingencia, siniestro, obra pública, caso fortuito o fuerza mayor Población Objetivo Programación Presupuestal Requisitos V. Servicios no financieros 5.1. Capacitación Población Objetivo Requisitos 5.2. Apoyo a la comercialización Población Objetivo Requisitos 5.3. Asesoría técnica Población Objetivo Requisitos 5.4. Catálogo de productores Población Objetivo Requisitos VI. Procedimientos de Instrumentación 6.1 Difusión 6.2 Registro 6.3 Operación VII. Quejas y Denuncias VIII. Mecanismos de Exigibilidad IX. Incentivos X. Incumplimiento del acreditado XI. Mecanismos de Evaluación e Indicadores XII. Formas de Participación Social XIII. Articulación con otros Programas Sociales Glosario de Términos
5 8 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 de Julio de 2014 Transitorios Introducción En el Distrito Federal existen algunos sectores de la población que por sus características socioeconómicas enfrentan barreras para acceder a créditos de las instituciones comerciales, misma problemática que enfrentan algunas Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES). Dentro de estas barreras se encuentran el historial crediticio, comprobante de solvencia económica y/o garantías de bienes. Las MIPyMES generan la mayor parte de los puestos de trabajo en los países en desarrollo, sin embargo, estas unidades económicas son también las menos productivas, las que pagan menos y no ofrecen suficientes oportunidades de capacitación y desarrollo para sus empleados; esto deriva en la incapacidad de estas entidades para desarrollar su potencial económico. En México el 99.8% de las unidades económicas está integrado por MIPyMES las cuales a su vez ocupan al 75.1% de la población económicamente activa. En el caso del Distrito Federal, la proporción es de 99.6% y 56% respectivamente. La dificultad de acceso al financiamiento, desincentiva la generación de nuevos emprendimientos y la consolidación de los ya existentes a pesar de la importancia que tienen las MIPyMES en la dinámica económica de la ciudad. Aunado a esta problemática, no existe suficiente capacitación e innovación que brinde las herramientas necesarias a las MIPyMES para satisfacer las demandas de un mercado en constante cambio. Estas condiciones -falta de financiamiento y de capacitación- disminuyen la posibilidad de que estas empresas se conviertan en agentes detonadores de desarrollo económico y social. Con el propósito de brindar alternativas para ayudar a disminuir esta problemática y alineado con los objetivos establecidos en el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal , documento rector que contiene las directrices generales del desarrollo social y económico, específicamente en el Eje 3 Desarrollo Económico Sustentable ; el Gobierno del Distrito Federal a través del Fondo para el Desarrollo Social de la Ciudad de México (FONDESO), ha formulado mecanismos de apoyo financiero y no financiero para los emprendedores y MIPyMES bajo una visión incluyente. Estos esquemas de apoyo otorgan financiamiento, acompañamiento y capacitación a los usuarios en diversas áreas para el mejor desempeño de los proyectos productivos y de las empresas. En este contexto, el Gobierno de la ciudad fortalece los sectores industrial, comercial y de servicios. La Población Objetivo de este Programa es: I. Entidad a) Personas físicas mayores de 18 años que vivan y/o desarrollen sus actividades económicas en el Distrito Federal, que se clasifiquen como MIPyMES o que inicien actividades empresariales, de acuerdo con los criterios y requisitos de elegibilidad establecidos en las presentes Reglas de Operación y sus respectivos Lineamientos Operativos. b) Personas morales que desarrollen sus actividades económicas y que cuenten con domicilio fiscal dentro del Distrito Federal, que se clasifiquen como MIPyMES de acuerdo con los criterios y requisitos de elegibilidad establecidos en las presentes Reglas de Operación y sus respectivos Lineamientos Operativos. El Fondo para el Desarrollo Social de la Ciudad de México, (FONDESO) fue constituido con fecha 24 de mayo de Es un Fideicomiso Público del Gobierno del Distrito Federal, que por conducto de la Secretaría de Finanzas actúa en calidad de Fideicomitente, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 2, último párrafo; 43 y 44 párrafo segundo, 45 y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, designando como Institución Fiduciaria a Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito. Para tal efecto, el FONDESO será la unidad ejecutora del gasto y responsable de operar las Estrategias del Programa de Financiamiento. II. Objetivos y Alcances 2.1 Objetivo General
6 15 de Julio de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 9 Otorgar servicios financieros y no financieros a la población objetivo con el fin de impulsar su formación y consolidación, así como la creación y/o conservación de fuentes de empleo. 2.2 Objetivos Específicos - Otorgar financiamiento a aquellas personas que presenten un proyecto de negocio. - Brindar microcréditos para iniciar y/o consolidar proyectos de negocio a grupos solidarios. - Otorgar créditos para la creación y/o consolidación de MIPyMES a fin de fortalecer sus procesos de producción, comercialización de productos y/o prestación de servicios. - Ofrecer servicios de capacitación a la población objetivo. - Promover la creación y consolidación de actividades productivas y comerciales. - Ofrecer alternativas de financiamiento a personas que se hayan visto afectadas en su actividad económica por alguna contingencia, siniestro, obra pública, caso fortuito o fuerza mayor. 2.3 Alcances En el mediano y largo plazo, el presente Programa busca fomentar la creación y conservación de empleos, contribuyendo a mejorar el nivel de vida y a disminuir la brecha de desigualdad de la Población Objetivo. I. Marco Legal y Normativo Las Estrategias de Financiamiento serán otorgadas a la población objetivo, de conformidad con la siguiente normatividad: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Estatuto de Gobierno del Distrito Federal Código de Comercio Ley de Productos Orgánicos Ley General de Contabilidad Gubernamental Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito Ley Ambiental del Distrito Federal Ley de Desarrollo Rural Sustentable del Distrito Federal Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa del Distrito Federal. Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal Reglamento de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal Código Civil para el Distrito Federal Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal Código Fiscal del Distrito Federal Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal Programa General de Desarrollo del Distrito Federal Contrato Constitutivo del Fondo para el Desarrollo Social de la Ciudad de México Lineamientos para la Elaboración de Reglas de Operación de los Programas Sociales para el Ejercicio Fiscal 2014 y, Las demás disposiciones aplicables. IV. Servicios Financieros El FONDESO opera las siguientes Estrategias de Financiamiento en función de la población objetivo que busca atender: Estrategia de Financiamiento para el Emprendedor: a) Estrategia de Financiamiento de Microcréditos para Actividades Productivas de Autoempleo.
7 10 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 de Julio de 2014 b) Estrategia de Financiamiento a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. c) Estrategia de Financiamiento para personas que se hayan visto afectadas en su actividad económica por alguna contingencia, siniestro, obra pública, caso fortuito o fuerza mayor. Los Productos Financieros otorgados por el FONDESO podrán ser destinados a: a) Capital de trabajo. Adquisición de materias primas y materiales, pago de los salarios, y gastos directos de explotación indispensables para los fines de la empresa. b) Bienes muebles y remodelaciones.- Adquisición de instrumentos, herramientas, o maquinaria, así como pago de obras de remodelaciones necesarias para el fomento de la empresa del acreditado. c) Franquicias. Adquisición, ampliación, remodelación y mejoras de puntos de venta de establecimientos reconocidos como franquicias. d) Certificaciones.- Pago para acceder al procedimiento por el cual se asegura, a través de una entidad u organización certificadora, que el producto o servicio cumple con los estándares de calidad Nacionales e Internacionales. Con base en las Reglas de Operación se elaborarán los Lineamientos Operativos en los que se especifican las características de cada una de las Estrategias de Financiamiento del FONDESO. Estos Lineamientos Operativos serán propuestos por el Director General del FONDESO para su análisis y, en su caso, autorización del Subcomité Técnico de Evaluación y Crédito (STEC) y podrán modificarse de acuerdo a las necesidades y exigencias de cada Estrategia de Financiamiento y/o Producto Financiero. El monto autorizado a cada Producto Financiero, se definirá de acuerdo a los resultados de la evaluación realizada a los proyectos por las áreas correspondientes del FONDESO, sin rebasar o transgredir los montos mínimos y máximos establecidos en las presentes Reglas de Operación para cada Producto Financiero. En caso de existir modificación de los montos mínimos y máximos establecidos en los Productos Financieros de cada Estrategia, el Director General deberá proponerlo al STEC para su dictaminación y hacerlo de conocimiento al Comité Técnico. Para el otorgamiento de todos los Productos Financieros del FONDESO, se realizará una evaluación que determine las características particulares del crédito que se asignará, ésta evaluación se realizará considerando las variables indicativas para satisfacer las necesidades de la empresa, así como para determinar el nivel de riesgo para el FONDESO. En ningún caso los créditos podrán ser aplicados para pagos de pasivos. Los solicitantes de los Productos de este Programa, deberán acudir personalmente a los módulos de atención de FONDESO ubicados en las dieciséis delegaciones. Para el caso de los solicitantes de Financiamiento para la Producción y Comercialización de Productos Rurales, se atenderán únicamente en los módulos ubicados en las delegaciones de Álvaro Obregón, Cuajimalpa de Morelos, La Magdalena Contreras, Milpa Alta, Tláhuac, Tlalpan y Xochimilco. Podrán ser consideradas para obtener una tasa de interés preferencial aquellas personas que pertenezcan a Grupos Vulnerables o Marginados. Dicha condición deberá sustentarse con escrito o documento que acredite tal condición, en caso de que ésta no sea evidente. Este beneficie beneficio no aplica para solicitantes de la Estrategia de Microcréditos para Actividades Productivas de Autoempleo. 4.1 Estrategia de Financiamiento para el Emprendedor Población Objetivo Personas físicas mayores de 18 años que desarrollen su actividad económica en el Distrito Federal, interesadas en constituir una empresa para la cual requieren un crédito Programación Presupuestal
8 15 de Julio de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 11 El techo presupuestal que se asigna a esta Estrategia de Financiamiento, será distribuido mediante el otorgamiento de créditos para atender la demanda que se presente. La Estrategia se ejercerá en cada ejercicio fiscal conforme a los montos autorizados en el Programa Operativo Anual Requisitos Para la obtención de los créditos de esta Estrategia, los interesados deberán cumplir con los siguientes requisitos: a) Vivir en el Distrito Federal y acreditar domicilio con comprobante de pago del impuesto predial, de pago por servicio de agua o teléfono local expedido con una antigüedad máxima de tres meses a partir de la solicitud del crédito. b) Para el caso de aquellas personas físicas que cuenten con una concesión, autorización o permiso expedido por el Gobierno del Distrito Federal para la realización de una actividad económica, se deberá presentar copia del documento que lo acredite c) Ser persona mayor de 18 años cuyo proyecto productivo se establezca o esté por establecerse en el Distrito Federal. d) Manifestar por escrito y bajo protesta de decir verdad que no se encuentra en cartera vencida o que es moroso en alguno de los Programas o Estrategias de Financiamiento operados por el FONDESO. e) Manifestar por escrito y bajo protesta de decir verdad no tener el carácter de obligado solidario de otro acreditado vigente de alguno de los Programas o de las Estrategias operadas por el FONDESO. f) Presentar debidamente requisitada la solicitud de crédito, acompañada de los documentos que se relacionan en los Lineamientos Operativos. g) Presentar el documento que acredite la liquidación del crédito otorgado, para los casos donde el solicitante haya sido beneficiario de algún Programa o Estrategia de Financiamiento precedente. h) Asistir al curso de capacitación para el desarrollo de la cultura empresarial y financiera, programado por el FONDESO. i) Presentar un plan de negocio que cumpla con los requisitos establecidos en los Lineamientos Operativos de las presentes Reglas de Operación. j) Cumplir con la garantía correspondiente según se especifique en los Lineamientos Operativos. k) Para el caso de actividades comerciales y de servicios, se deberá presentar el Aviso de Declaración de Apertura para Establecimientos de Bajo Impacto realizado en el Sistema de Avisos y Permisos de Establecimientos Mercantiles. l) Para el caso de actividades industriales manufactureras, se deberá presentar Cédula de Microindustria o Actividad Artesanal expedida por la Secretaría de Desarrollo Económico Productos Financieros a) Financiamiento para emprendedor con proyecto productivo para empresa de nueva creación. Este producto está destinado a todos los emprendedores que cuenten con un plan de negocio para un proyecto nuevo. b) Financiamiento para emprendedor con plan de negocio que acredite un proceso de incubación. Este Producto Financiero se otorgará a proyectos o empresas cuya incubación haya concluido en un plazo no mayor a un año a partir de la fecha en la que solicita el crédito. Adicionalmente, el proyecto deberá contar con un plan de negocio generado durante este proceso y estar validado por la incubadora con la que lo haya trabajado. Únicamente se aceptarán certificaciones por parte de incubadoras reconocidas por la Secretaría de Economía Federal, Instituciones Académicas Públicas o con las que el FONDESO haya establecido Convenio de Colaboración. Los montos para esta Estrategia son los siguientes: Producto Financiero Financiamiento para emprendedor con proyecto productivo para empresa de nueva creación Financiamiento para emprendedor con plan de negocios que acredite un proceso de incubación Montos de financiamiento Mínimo Máximo $5, $100, $5, $200,
9 12 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 de Julio de Estrategia de Financiamiento de Microcréditos para Actividades Productivas de Autoempleo Esta Estrategia considera cinco niveles de acceso al crédito que permiten a los usuarios aspirar a diferentes montos siempre que hayan liquidado en tiempo y forma el crédito anterior. Los Acreditados podrán solicitar hasta en dos ocasiones como máximo, el mismo nivel de crédito. Esta Estrategia tiene como objeto incentivar la generación o consolidación de empleos mediante el otorgamiento de créditos que permitan la creación o fortalecimiento de proyectos de negocio Población Objetivo Personas mayores de 18 años que residan y desarrollen sus actividades económicas en el Distrito Federal, conformadas en Grupos Solidarios de mínimo tres personas y máximo cinco, y que deseen obtener financiamiento para sus proyectos de negocio de conformidad con los criterios y requisitos de elegibilidad establecidos en las presentes Reglas de Operación Programación Presupuestal El techo presupuestal que se asigna a esta Estrategia de Financiamiento será distribuido mediante el otorgamiento de créditos para atender la demanda. La Estrategia se ejercerá en cada ejercicio fiscal conforme a los montos autorizados en el Programa Operativo Anual, los cuales podrán ser afectados por ampliaciones presupuestales que la autoridad competente determine Requisitos Para la obtención de los créditos de la Estrategia, los interesados deberán cumplir con los siguientes requisitos: a) Formar un Grupo Solidario de 3 a 5 personas. b) Ser residente del Distrito Federal y acreditar su domicilio con comprobante de pago del impuesto predial, o comprobante de pago por servicio de agua o teléfono local con tres meses de anterioridad a la requisición del Acta de Constitución del Grupo Solidario. c) Contar con edad mínima de 18 años y presentar original y copia de su credencial para votar vigente. d) Presentar original y copia de la Clave Única de Registro de Población. e) Asistir al curso de capacitación para el desarrollo de la cultura empresarial y financiera, programado por el FONDESO f) Requisitar formato de proyecto individual o colectivo, según sea el caso. g) Manifestar por escrito y bajo protesta de decir verdad que no se encuentra en cartera vencida o que es moroso en alguno de los Programas o Estrategias de Financiamiento. h) Manifestar por escrito y bajo protesta de decir verdad no tener el carácter de obligado solidario de otro acreditado vigente de alguno de los Programas o de las Estrategias. i) Presentar una carta de recomendación por persona j) Presentar Cédula del Registro Federal de Contribuyentes para acceder al quinto nivel de crédito. Los solicitantes de la Estrategia de Financiamiento de Microcréditos deberán acudir personalmente a los Módulos de Atención del FONDESO que se localizan en cada una de las Delegaciones del Distrito Federal o a las oficinas del FONDESO Productos Financieros Los Productos Financieros correspondientes a esta estrategia son los siguientes: Producto Financiero Montos de financiamiento Mínimo Máximo a) Microcrédito de primer nivel $1, $3, b) Microcrédito de segundo nivel $4, $7, c) Microcrédito de tercer nivel $8, $11, d) Microcrédito de cuarto nivel $12, $15,000.00
10 15 de Julio de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 13 e) Microcrédito de quinto nivel $16, $25, Estrategia de Financiamiento a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa La Estrategia de Financiamiento a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa considera varios Productos Financieros que buscan satisfacer la demanda de créditos otorgando servicios diferenciados de acuerdo a las características de cada proyecto. Esta Estrategia tiene como objeto fomentar, desarrollar y fortalecer, mediante el otorgamiento de créditos, la viabilidad, productividad, competitividad, sustentabilidad y la creación y/o consolidación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas Población Objetivo La Población Objetivo de esta Estrategia son las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas en operación constituidas como personas físicas o morales que desarrollen sus actividades en el Distrito Federal y, en caso de estar constituidas, cuenten con un domicilio fiscal en el Distrito Federal. A continuación se detalla la clasificación de empresas de acuerdo a la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa del Distrito Federal publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 23 de abril de Estratificación por número de trabajadores Programación Presupuestal Tamaño/ Sector Industria Comercio Servicios Micro Pequeña Mediana El techo presupuestal que se asigna a esta Estrategia de Financiamiento, será distribuido mediante el otorgamiento de créditos para atender la demanda que se presente. La Estrategia se ejercerá en cada ejercicio fiscal conforme a los montos autorizados en el Programa Operativo Anual Requisitos Para la obtención de los créditos de esta Estrategia, los interesados deberán cumplir con los siguientes requisitos: a) Ser persona física con actividad empresarial que acredite su domicilio en el Distrito Federal con comprobante de pago del impuesto predial, o comprobante de pago por servicios de agua o teléfono local con dos meses de anterioridad a partir de la autorización institucional correspondiente o ser persona moral con acta constitutiva con residencia en el D.F. b) Manifestar por escrito y bajo protesta de decir verdad que no se encuentra en cartera vencida o que no es moroso en alguno de los Programas o Estrategias de Financiamiento operados por el FONDESO. c) Manifestar por escrito y bajo protesta de decir verdad no tener el carácter de obligado solidario de otro acreditado vigente en alguno de los Programas o de las Estrategias operadas por el FONDESO. d) Presentar debidamente requisitada la solicitud de crédito, acompañada de los documentos que se relacionan en los Lineamientos Operativos, de conformidad al Producto Financiero que corresponda. e) Para los casos donde el solicitante haya sido beneficiario de algún Programa o Estrategia de Financiamiento precedente, éste tendrá la obligación de presentar el documento que acredite la liquidación del crédito otorgado. f) Asistir al curso de capacitación para el desarrollo de la cultura empresarial y financiera. Salvo en casos excepcionales que se señalen en los Lineamientos Operativos de las presentes Reglas de Operación.
11 14 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 de Julio de Productos Financieros La Estrategia de Financiamiento a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa cuenta con diferentes Productos Financieros que obedecen a los distintos perfiles, tamaño, antigüedad de la empresa y demás características. Éstos se enlistan a continuación: a) Financiamiento para empresas de reciente creación. Este producto está destinado a todas las empresas que iniciaron operación en un periodo no mayor a 12 meses de antigüedad anteriores a la solicitud. b) Financiamiento para solicitantes que hayan concluido el quinto nivel de la Estrategia de Microcréditos para Actividades Productivas de Autoempleo. Este Producto Financiero será otorgado a todos aquellos que hayan concluido en tiempo y forma con los cinco niveles de crédito que ofrece la Estrategia de Financiamiento de Microcréditos para Actividades Productivas de Autoempleo y que deseen acceder a un monto de financiamiento mayor al recibido en la Estrategia mencionada. c) Financiamiento para la Micro Empresa. Este Producto Financiero está orientado a satisfacer las necesidades de financiamiento de las microempresas independientemente de la actividad comercial en la que desarrollan sus actividades económicas. d) Financiamiento para la Pequeña Empresa. Este Producto Financiero está orientado a satisfacer las necesidades de financiamiento de la pequeña empresa independientemente de la actividad comercial en la que desarrolla sus actividades económicas. e) Financiamiento para la Mediana Empresa. Este Producto Financiero está orientado a satisfacer las necesidades de financiamiento de la mediana empresa independientemente de la actividad comercial en la que desarrolla sus actividades económicas. f) Financiamiento para Empresas Creativas. Este Producto Financiero será otorgado a aquellas empresas legalmente constituidas que desarrollen productos, actividades o brinden servicios basados en componentes artísticos, de creatividad, diseño o innovación. g) Financiamiento para la Producción y Comercialización de Productos Rurales. Esta Estrategia tiene como objetivo fomentar la producción y comercialización de productos rurales, al otorgar financiamiento para acercar al productor con el consumidor final. Está dirigido a productores del medio rural con desarrollo de actividades en las siete delegaciones rurales: Álvaro Obregón, Cuajimalpa de Morelos, La Magdalena Contreras, Milpa Alta, Tláhuac, Tlalpan y Xochimilco. Producto Financiero Montos de financiamiento Mínimo Máximo Financiamiento para empresas de reciente creación $5, $150, Financiamiento para solicitantes que hayan concluido el quinto nivel de la Estrategia de Microcréditos para Actividades Productivas de $5, $50, Autoempleo Financiamiento para la Micro Empresa $5, $300, Financiamiento para la Pequeña Empresa $100, $400, Financiamiento para la Mediana Empresa $100, $500, Financiamiento para Empresas Creativas $5, $200, Financiamiento para la Producción y Comercialización de Productos Rurales $5, $250, Estrategia de Financiamiento para personas cuya actividad económica se haya visto afectada por contingencia, siniestro, obra pública, caso fortuito o fuerza mayor. Esta Estrategia definirá Productos Financieros exclusivos para aquellas personas físicas o morales cuya actividad económica se haya visto afectada por cualquier tipo de contingencia ajena al control de la empresa, ésta puede ser de carácter ambiental, social, política, entre otras.
12 15 de Julio de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 Los productos de esta Estrategia de Financiamiento, sólo podrán crearse cuando medie Declaratoria de contingencia, siniestro, obra pública, caso fortuito o fuerza mayor emitida por la Secretaría de Desarrollo Económico y ratificada por el Comité Técnico del Fondo Para el Desarrollo Social de la Ciudad de México. Los Productos de esta Estrategia se definirán para cada caso concreto, considerando las particularidades de la circunstancia por la cual se genera. Los montos, plazos, tasas o períodos de gracia para el pago de capital, y demás características del Producto serán definidos de acuerdo al Dictamen Técnico emitido por el área competente del FONDESO. Posteriormente, el Director General deberá presentar la propuesta al STEC para su aprobación y hacerla de conocimiento al Comité Técnico Población Objetivo La Población Objetivo estará determinada para cada caso concreto, considerando las particularidades de la circunstancia por la cual se genera el Producto Financiero Programación Presupuestal El techo presupuestal que se asignará a esta Estrategia de Financiamiento, estará definido de acuerdo a la suficiencia presupuestal del FONDESO Requisitos Los requisitos para esta Estrategia se definirán de acuerdo a la población objetivo del Producto y de acuerdo al Dictamen Técnico emitido por el área competente del FONDESO. Posteriormente, el Director General deberá presentar la propuesta al STEC para su aprobación y hacerla de conocimiento al Comité Técnico. V. Servicios no financieros 5.1. Capacitación Los servicios no financieros del FONDESO tienen como objetivo el fortalecimiento y consolidación del proyecto o empresa, así como, del beneficiario a través de los siguientes rubros: capacitación, asesoría técnica, apoyo a la comercialización y catálogo de productores Población Objetivo El servicio de capacitación está dirigido a dos tipos de población: a) Capacitación asociada a algún Producto Financiero b) Capacitación dirigida a la población en general que desee conocer sobre temas de desarrollo empresarial Requisitos a) El aspirante deberá inscribirse al curso de su preferencia, conforme a lo establecido en los Lineamientos Operativos de las presentes Reglas de Operación Apoyo a la comercialización Este servicio busca brindar espacios de comercialización, difusión y vinculación a los acreditados del FONDESO. Las ferias o exposiciones pueden ser organizadas por la Entidad, o bien, pueden ser eventos en los que el Fondo gestiona espacios para que sean ocupados por los acreditados Población Objetivo Acreditados vigentes del FONDESO que se encuentren al corriente en sus pagos y estén interesados en promocionar sus productos o servicios a través de este tipo de eventos.
13 16 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 de Julio de Requisitos a) Ser acreditado vigente del FONDESO. b) Manifestar por escrito bajo protesta de decir verdad que no se encuentra en cartera vencida o que es moroso en alguno de los Programas o Estrategias de Financiamiento operados por el FONDESO. c) Y los demás aplicables según lo establecido en los Lineamientos Operativos de las presentes Reglas de Operación Asesoría técnica La asesoría técnica consiste en vincular a los emprendedores o a las empresas con especialistas que los apoyen en la resolución de problemas o mejoramiento de procesos Población Objetivo Personas físicas o morales que cuenten con domicilio fiscal en el Distrito Federal Requisitos a) Ser persona física o estar constituido como persona moral. b) Firmar carta de solicitud de asesoría técnica dirigida al Director General del FONDESO, en la que se manifiesta el interés por recibir el servicio. c) Y los demás aplicables según lo establecido en los Lineamientos Operativos de las presentes Reglas de Operación Catálogo de productores Este servicio consiste en incorporar en un catálogo en línea los productos o servicios de los acreditados que hayan cumplido favorablemente con la liquidación de algún Producto crediticio o se encuentren al corriente en sus pagos del crédito vigente. Este catálogo describe detalladamente el servicio o producto que se presta y publica información sobre los datos de contacto con la empresa. El catálogo de productores busca generar una herramienta de vinculación entre los beneficiarios del FONDESO, así como publicar los productos o servicios a través de la página de internet del Fondo Población Objetivo Acreditados que hayan cumplido favorablemente con la liquidación de algún Producto crediticio del FONDESO o se encuentren al corriente en sus pagos del crédito vigente Requisitos a) Ser o haber sido acreditado del FONDESO y estar al corriente en los pagos o haber cumplido satisfactoriamente con el crédito. b) Requisitar formato de solicitud del servicio. c) Y los demás aplicables según lo establecido en los Lineamientos Operativos de las presentes Reglas de Operación. VI. Procedimientos de Instrumentación 6.1 Difusión La difusión de los servicios financieros y no financieros otorgados por el FONDESO se realizará por:
14 15 de Julio de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL Registro a) Medios electrónicos: Se publicará de manera permanente información detallada de las características y requisitos de acceso de los servicios que ofrece el FONDESO, a través de la página de internet Asimismo, mediante redes sociales, se difundirán y promoverán de manera continua noticias, eventos y demás actividades vinculadas con la operación de la Entidad. b) Personal de FONDESO en las delegaciones políticas divulgarán todos los servicios que otorga la institución con el objetivo de informar a la población sobre los beneficios de éstos. c) Las Delegaciones Políticas podrán difundir los productos Financieros del FONDESO a través de sus áreas de fomento económico. El registro de la información de cada uno de los usuarios de los servicios del FONDESO, se llevará a cabo de acuerdo a los Lineamientos Operativos de cada Estrategia de Financiamiento. Los datos personales de los usuarios del Programa de Financiamiento del Fondo para el Desarrollo Social de la Ciudad de México, se regirán por lo establecido en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal y en la Ley de Protección de Datos Personales del Distrito Federal. Los formatos que se utilicen para el registro de información de los usuarios, llevará impresa la siguiente leyenda: Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este Programa con fines político electorales, de lucro u otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este Programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente. Cada uno de los servicios y trámites que se realicen en el FONDESO son gratuitos. 6.3 Operación a) A través de los medios de difusión antes señalados, se darán a conocer los servicios financieros y no financieros del FONDESO. b) Una vez que los usuarios acuden a las Delegaciones o al FONDESO a solicitar información sobre los servicios, personal de la Entidad será responsable de analizar el proyecto y perfil del emprendedor o la empresa a fin de asesorar sobre cuál de los productos es el más adecuado. c) Una vez que el usuario ha solicitado formalmente alguno de los servicios del FONDESO, será responsabilidad del solicitante proporcionar la documentación requerida, a fin de que el personal de la Entidad se encuentre en condiciones de integrar un registro formal de la información para el otorgamiento del servicio. d) Una vez que se ha cumplido con todos los requisitos correspondientes al producto o servicio solicitado, el personal del FONDESO llevará a cabo una evaluación para identificar viabilidad y nivel de riesgo del proyecto a fin de definir las características del crédito que se otorgará. VII. Quejas y Denuncias Los beneficiarios del Programa operado por el FONDESO y el público en general podrán presentar por escrito sus inconformidades, quejas y/o denuncias, con respecto a la ejecución del Programa y demás que se presenten sobre la aplicación de estas Reglas de Operación, ante las instancias que a continuación se señalan, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables: a) En la oficina de la Dirección General del FONDESO. b) Contraloría Interna del FONDESO. c) Contraloría General del Gobierno del Distrito Federal. d) Dirección de Quejas y Denuncias de la Contraloría. e) Portal de Anticorrupción de la Contraloría General.
15 18 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 de Julio de 2014 VIII. Mecanismos de Exigibilidad Los solicitantes de financiamiento del Programa operado al amparo de las presentes Reglas de Operación, podrán demandar el cumplimiento de las mismas, para lo cual, el FONDESO dará a conocer tanto a los funcionarios como a los solicitantes de financiamiento los mecanismos para atender las solicitudes de exigibilidad que formule la ciudadanía, informándoles sobre los responsables de su atención y seguimiento, los plazos de atención y, en su caso, los medios de impugnación con los que se cuentan en el supuesto de que el FONDESO incumpla. IX. Incentivos Para los acreditados que cumplan con algunos supuestos establecidos en los Lineamientos Operativos que representen disminución de riesgo para el FONDESO, se podrán otorgar beneficios con respecto a las características del Producto Financiero, mismos que se establecen en los Lineamientos Operativos y que podrán ser la reducción de tasa, incremento en los plazos de pagos, entre otros. X. Incumplimiento del acreditado y cobranza Los acreditados que incumplan en sus pagos conforme a lo establecido en el instrumento de formalización del crédito con el FONDESO, serán sujetos a las acciones de cobranza extrajudicial y, en su caso, judicial conforme al Procedimiento de Recuperación Extrajudicial de la Cartera Vencida. XI. Mecanismos de Evaluación e Indicadores. Los indicadores para la evaluación interna de este Programa se construirán a partir de las variables proporcionadas por las áreas operativas del FONDESO. Dichos indicadores buscarán medir los resultados de gestión y operación del Programa, mismos que serán publicados y aportarán elementos para la mejora continua del Programa. Este Programa considera para su medición, los siguientes indicadores: a) Número de créditos otorgados por Delegación b) Número de créditos otorgados por género c) Número de créditos otorgados por Producto Financiero d) Número de MIPyMES atendidas e) Número de emprendedores atendidos f) Presupuesto ejercido contra presupuesto asignado a las Estrategias de Financiamiento g) Número de personas capacitadas h) Número de asesorías otorgadas a personas en situación de vulnerabilidad y marginación. i) Número de empresas creadas j) Número de empleos generados Los medios de verificación son todos aquellos documentos que se generarán durante la operación del Programa, así como la consulta o seguimiento que se le dé a los acreditados después del otorgamiento del servicio. XII. Formas de Participación Social Dadas las características del Programa existen diferentes formas de participación ciudadana: Consulta de información. Los ciudadanos tienen la alternativa de solicitar cualquier tipo de información relacionada con la operación del FONDESO a través de la Oficina de Información Pública y en la página de internet de la Entidad. Capacitaciones. A través de los servicios de capacitación, los usuarios de las Estrategias de Financiamiento encuentran un espacio donde externan dudas, reciben retroalimentación institucional y pueden conocer a detalle sobre las acciones que se llevan a cabo en el FONDESO.
16 15 de Julio de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 XIII. Articulación con otros Programas Sociales Considerando la política de desarrollo del Distrito Federal como eje rector, el Programa de Financiamiento del Fondo para el Desarrollo Social de la Ciudad de México se coordina con otros programas del Gobierno de la Ciudad con el fin de diversificar y complementar los servicios para la población. Si bien la operación del FONDESO es independiente del resto de las instituciones del gobierno, se trabaja de manera permanente con otras dependencias a fin de brindar servicios de manera integral. Glosario de Términos Para efectos del presente Programa, se entenderá por: Acreditado. Persona física o moral que cumplió con los requisitos estipulados en las presentes Reglas de Operación y que obtiene los créditos objeto del Programa. Acreditante. Fondo para el Desarrollo Social del Ciudad de México. Capital de trabajo. Recurso destinado a la adquisición de materias primas y materiales, pago de los salarios, y gastos directos de explotación indispensables para los fines de la empresa. Cartera vencida. Son los acreditados deudores que reportan atraso en el cumplimiento de sus obligaciones de pago a la fecha de su vencimiento. Certificación. Sello de reconocimiento por parte de una entidad u organización certificadora, que da fe de la calidad del producto o servicio ofrecido por la empresa, de acuerdo a especificaciones previamente establecidas por el certificador. Comité Técnico. Comité Técnico del Fondo Para el Desarrollo Social de la Ciudad de México. Crédito. La cantidad de dinero que el Fondo para el Desarrollo Social de la Ciudad de México otorga al acreditado, en calidad de préstamo para la ejecución de una actividad económica lícita. Director General. Titular del Fondo Para el Desarrollo Social de la Ciudad de México. Dictamen Técnico. Opinión o juicio que se forma y emite respecto a una solicitud de financiamiento u otro, una vez que se ha aplicado un análisis técnico. Emprendedor. Mujeres y hombres con inquietudes empresariales en proceso de crear o desarrollar un proyecto de negocio. Empresa Creativa. Aquellas que comprenden el ciclo de creación, producción, y distribución de bienes y servicios, que utilizan creatividad y capital intelectual como insumo primario, en cualquiera de las siguientes áreas: artística y cultural. Estrategia de Financiamiento. Conjunto de productos crediticios operados por el FONDESO, diseñados para el impulso y desarrollo de actividades económicas. Fiduciaria. Nacional Financiera, S.N.C. como Fiduciaria del Fideicomiso Público denominado Fondo para el Desarrollo Social de la Ciudad de México. Financiamiento. Es el conjunto de recursos monetarios financieros para llevar a cabo una actividad económica, con la característica de que generalmente se trata de sumas tomadas a préstamo que complementan los recursos propios. El financiamiento se contrata a través de créditos con la suscripción o emisión de títulos de crédito o cualquier otro documento pagadero a un determinado plazo. FONDESO. Fondo para el Desarrollo Social de la Ciudad de México.
17 20 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 de Julio de 2014 Franquicia. Es un contrato por el que el titular, otorga a una persona física o moral el derecho de uso de una marca utilizada para transmitir conocimientos técnicos o proporcionar asistencia técnica, con el fin de que la persona a quien se le conceda pueda producir, vender bienes o prestar servicios de manera uniforme y con los métodos operativos, comerciales y administrativos establecidos por el titular de la marca tendientes a mantener la calidad, prestigio o imagen de los productos o servicios a los que ésta distingue. Grupos Marginados. Se refiere al grupo de población que carece de oportunidades sociales y enfrenta la ausencia de capacidades para adquirirlas o generarlas. Asimismo, enfrenta privaciones e inaccesibilidad a bienes y servicios fundamentales para el bienestar. Grupo Solidario. Es una figura que se integra por un mínimo de 3 y un máximo de 5 personas organizadas entre sí, cuyos fines sean, tener acceso a los créditos otorgados por la Estrategia de Financiamiento de Microcréditos, para proyectos individuales o de grupo y, a su vez, responder ante dicha entidad sobre el cumplimiento de las obligaciones crediticias contraídas. Grupos Vulnerables. Aquellos núcleos de población y personas que por, diferentes factores o la combinación de ellos, enfrentan situaciones de riesgo o discriminación que les impiden alcanzar mejores niveles de vida. Lineamientos Operativos. Documento mediante el cual se especifican los detalles de la Operación del Programa de Financiamiento del Fondo para el Desarrollo Social del Distrito Federal. Liquidación en tiempo y forma. Se considerará cuando se haya pagado el total del crédito y que durante la vigencia del crédito se hayan realizado los pagos establecidos previamente. MIPyMES. Micro, Pequeña y Mediana Empresa. Pago en tiempo y forma. Se considerará pagar en tiempo y forma, en cualquiera de los dos criterios siguientes: 1. pagar las obligaciones crediticias en las cantidades y fechas estipuladas en el contrato de crédito; 2. Pagar durante la quincena correspondiente. Población Objetivo. Población susceptible de recibir los servicios del Programa. Producto Financiero. Se entenderá como financiamiento dirigido a un sector de la población especifico. Son lineamientos y condiciones especiales de financiamiento, donde los recursos financieros para la colocación de créditos, quedarán sujetos a la suficiencia presupuestal que el FONDESO asigne en cada ejercicio. Programa. Programa de Financiamiento del Fondo para el Desarrollo Social de la Ciudad de México. Servicios No Financieros. Son todos aquellos servicios de capacitación, asesoría y apoyos a la comercialización que se ofrecen en el FONDESO. Solicitante. Persona física o moral que manifiesta interés en obtener alguno de los servicios financieros o no financieros del FONDESO. STEC. Subcomité Técnico Especializado de Crédito. Órgano facultado por el Fondo para el Desarrollo Social de la Ciudad de México, para autorizar los créditos y los aspectos relativos a los mismos. Usuario. Personas que reciben algún servicio financiero y no financiero del FONDESO. T R A N S I T O R I O S PRIMERO.- Publíquense las Reglas de Operación del Programa de Financiamiento del Fondo para el Desarrollo Social de la Ciudad de México, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. SEGUNDO.- Quedan sin efecto las Reglas de Operación del Programa de Financiamiento a la Micro y Pequeña Empresa (MyPES), así como las Reglas de Operación del Programa de Microcréditos para Actividades Productivas de Autoempleo a cargo del Fideicomiso Público del Fondo para el Desarrollo Social de la Ciudad de México.
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