PLIEGO DE CONDICIONES

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1 Invitación Pública para contratar un operador logístico para el suministro de medicamentos para los usuarios de las Sede Bogotá de la Unidad de Servicios de Salud (UNISALUD) de la Universidad Nacional de Colombia y de acuerdos de voluntades suscritos con Universidades Públicas cuando haya lugar. PLIEGO DE CONDICIONES INVITACIÓN PÚBLICA PARA CONTRATAR UN OPERADOR LOGÍSTICO PARA EL SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS Y DISPOSITIVOS MÉDICOS PARA LOS USUARIOS DE LA SEDE BOGOTÁ DE LA UNIDAD DE SERVICIOS DE SALUD (UNISALUD) DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA Y DE ACUERDOS DE VOLUNTADES SUSCRITOS CON UNIVERSIDADES PÚBLICAS CUANDO HAYA LUGAR 23 de mayo de 2014 Página 1 de 102

2 CAPÍTULO I INFORMACIÒN GENERAL PARA PROPONENTES 1.1. OBJETO Contratar un operador logístico para el suministro de medicamentos y dispositivos médicos para los usuarios de la Sede Bogotá de la Unidad de Servicios de Salud (UNISALUD) de la Universidad Nacional de Colombia y de 1.2. ALCANCE DEL OBJETO El objeto contractual involucra adquirir, recibir y almacenar, distribuir y dispensar medicamentos y dispositivos médicos en la ciudad de Bogotá a los usuarios de la Unidad de Servicios de Salud (UNISALUD) de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA, en adelante la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, y de acuerdos de voluntades suscritos con Universidades Públicas cuando haya lugar, a través del operador logístico. Servicio que debe prestarse de conformidad con las especificaciones técnicas mínimas requeridas señaladas en el Capítulo VI del presente Pliego de Condiciones y por las normas legales aplicables. Igualmente, el operador logístico deberá brindar información oportuna, completa, veraz, independiente, de calidad y sustentada en evidencia, de manera detallada a la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, tal como la facturación de la dispensación efectuada, proporcionar el control del despacho de la formulación por usuario, entre otras. Para efectos de la selección de medicamentos la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ se reserva el derecho de escoger los laboratorios de los medicamentos negociados y no negociados que manejará para sus usuarios, las cuales serán las únicas autorizadas para la adquisición, distribución y dispensación, sin excepción alguna, a menos que conste en autorización escrita. Los medicamentos serán suministrados de acuerdo con las normas generales vigentes, las establecidas por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ y lo establecido en el pliego de condiciones y contrato suscrito; y deberán ser dispensados en los establecimientos farmacéuticos destinados para tal fin, tanto en la instalación interna de UNISALUD de la Sede Bogotá como en los puntos externos previamente ofertados por el operador a la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ; además de suministrar los medicamentos en los establecimientos farmacéuticos externos que sean ofrecidos por el PROPONENTE para la atención en horarios de días festivos, fines de semana y nocturnos y los puntos que se destinen para la atención 24 horas los siete (07) días de la semana, según se exige en el presente pliego de condiciones MODALIDAD DE CONTRATACIÓN La Unidad de Servicios de Salud Sede Bogotá de la Universidad Nacional de Colombia, en adelante la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ contratará a un operador logístico para el suministro de medicamentos para sus usuarios y de acuerdos de voluntades suscritos con Universidades Públicas cuando haya lugar, objeto de la presente invitación, mediante la suscripción de un CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PLAZO DE EJECUCIÓN REQUERIDO POR LA UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ El plazo estimado para la prestación del servicio requerido por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ será de ocho (8) meses contados a partir de la suscripción del acta de inicio, previo Página 2 de 102

3 cumplimiento de todos los requisitos de perfeccionamiento, legalización y ejecución del respectivo contrato hasta agotar la disponibilidad. En caso de agotamiento de la cuantía antes del vencimiento del plazo se dará por terminado el contrato DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL La UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ cuenta con los recursos para amparar el objeto de la presente Invitación Pública, según Certificado de Disponibilidad Presupuestal de la Unidad de Servicios de Salud UNISALUD- Sede Bogotá: SEDE CDP No. RUBRO TOTAL Bogotá 483 del 20 de mayo de 2014 Medicamentos $ El presupuesto asignado a esta contratación incluye todos los costos directos e indirectos, así como los impuestos, tasas y contribuciones que con motivo de la suscripción, legalización y ejecución del contrato se lleguen a causar. Por lo anterior, el PROPONENTE deberá tener en cuenta todos los valores en que pudiera incurrir durante la suscripción, legalización o ejecución del contrato a la hora de expresar su propuesta económica RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE La presente invitación y el contrato que llegare a suscribirse, se regirán además de lo establecido en el Acuerdo 002 de 2008 del Consejo Superior Universitario, "Por el cual se adopta el régimen que contiene las normas generales de los acuerdos de voluntades en la Universidad Nacional de Colombia"; por la Resolución de Rectoría No de 2008 modificada por las Resoluciones No. 872 y 1213 de 2013 de la Rectoría y por las demás normas que los modifiquen y/o complementen y/o sustituyan; y por las normas legales, sanitarias, comerciales y civiles que rigen la materia RESERVA DE DOCUMENTOS Los PROPONENTES interesados en participar en este proceso de selección, se comprometen bajo la gravedad del juramento, a guardar la debida reserva de todos los documentos que se les den a conocer y darles el uso exclusivo determinado en esta invitación. Dicho compromiso se entiende concertado por el simple hecho de participar en la presente invitación pública INFORMACIÓN SUMINISTRADA A LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA La UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 de la Constitución Política, presume que toda la información que el PROPONENTE allegue a esta invitación es veraz, y corresponde a la realidad. No obstante, la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ podrá verificar la información que los mismos han consignado o anexado en sus propuestas PARTICIPANTES Podrán participar en la presente invitación todas las personas naturales o jurídicas, cuyo objeto social consista, entre otros, en las actividades de compra, venta, comercialización de productos farmacéuticos, distribución, suministro y dispensación de medicamentos, que cumplan con los requisitos jurídicos, financieros y técnicos establecidos en el presente pliego de condiciones, y que no estén incursos en las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades consagradas en la Constitución Política y la Ley. Página 3 de 102

4 2.1. CRONOGRAMA CAPITULO II ETAPAS DEL PROCESO El proceso de selección se llevará a cabo en las fechas, sitios y horas exactos que se establecen a continuación: ACTIVIDAD FECHA Y HORA LUGAR PUBLICACION Y CONSULTA DEL PLIEGO DE CONDICIONES OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES PUBLICACIÓN INFORME DE RESPUESTAS A LAS OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES RECEPCIÓN DE PROPUESTAS, CIERRE DE LA INVITACIÓN PUBLICACION DEL INFORME PRELIMINAR DE EVALUACIÓN OBSERVACIONES AL INFORME PRELIMINAR DE EVALUACIÓN PUBLICACIÓN INFORME DE RESPUESTAS A LAS OBSERVACIONES AL INFORME PRELIMINAR DE EVALUACIÒN, Y ENVIO DEL INFORME DEFINITIVO DE EVALUACIÓN 23 de mayo 23 de 2014 Hasta 28 de mayo de 2014, hasta las 10:00 a.m. 04 de junio de de junio 11 de 2014, hasta las 11:00 a.m. 19 de junio 19 de 2014 Hasta el 24 de junio de 2014, hasta las 9:00 a.m. 25 de junio 25 de dores/contratacion-informes.html A los correos electrónicos: cont_unisal@unal.edu.co, con copia a scpenacu@unal.edu.co, y sysuat@unal.edu.co dores/contratacion-informes.html Carrera 45 No , piso 2, oficina 210, Ala Note, Unisalud, Edificio Uriel Gutiérrez, Bogotá D.C. dores/contratacion-informes.html A los correos electrónicos: cont_unisal@unal.edu.co, con copia a scpenacu@unal.edu.co y sysuat@unal.edu.co dores/contratacion-informes.html Notas: a) Cuando se presenten razones de conveniencia o necesidad institucional, la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ podrá prorrogar los plazos establecidos en el cronograma, antes de su vencimiento. Dichas variaciones se publicarán en b) Todas las adendas, avisos y comunicaciones que emita la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, con relación al pliego de condiciones, pasarán a formar parte del mismo, y serán publicadas en /proveedores/contratacion-informes.html 2.2. PUBLICACIÓN DEL PLIEGO DE CONDICIONES El pliego de condiciones será publicado a partir de la fecha establecida en el Cronograma, por intermedio del Área de Contratación de UNISALUD Sede de Bogotá en la dirección electrónica Página 4 de 102

5 2.3. OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES Los PROPONENTES podrán presentar las observaciones y/o solicitudes de aclaraciones al pliego de condiciones, que consideren convenientes, dentro del plazo y hora establecido en el cronograma y por escrito en el Área de Contratación de Unisalud Sede Bogotá ubicada en la Carrera 45 No , Edificio Uriel Gutiérrez Ala Norte Unisalud, Piso 2 Oficina 210, Bogotá D.C., ó a los correos electrónicos: cont_unisal@unal.edu.co, con copia a scpenacu@unal.edu.co y sysuat@unal.edu.co La consulta y la respuesta a las observaciones formuladas por los proponentes, no producirán efecto suspensivo sobre el plazo de presentación de las propuestas. La UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ dará respuesta dentro del plazo establecido en el cronograma. Solo se tendrán como presentadas las observaciones que se hagan a través de los canales, plazos y horas establecidas en el cronograma PUBLICACIÓN DEL INFORME DE RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES PRESENTADAS AL PLIEGO DE CONDICIONES La UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, publicará en dirección electrónica la respuesta a las observaciones y/o solicitudes de aclaraciones presentadas por los posibles PROPONENTES al pliego de condiciones, el día establecido en el Cronograma. La consulta y la respuesta a las observaciones formuladas por los PROPONENTES, no producirán efecto suspensivo sobre el plazo de presentación de las Propuestas. Ninguna aclaración verbal podrá afectar los términos y condiciones de este pliego de condiciones y sus adendas. El silencio por parte de la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ a la fecha del vencimiento de la presente invitación, ante cualquier observación, manifestación de supuestas inconsistencias, errores, omisiones y solicitud de modificaciones, deberá tenerse como negación de la solicitud y en consecuencia las condiciones del pliego habrán de tomarse como se expidieron originalmente RECEPCIÓN DE PROPUESTAS, CIERRE DE LA INVITACIÓN PÚBLICA Y APERTURA DE PROPUESTAS Las PROPUESTAS deben ser presentadas en el Área de Contratación de Unisalud Bogotá ubicada en la Carrera 45 No , Edificio Uriel Gutiérrez Ala Norte Unisalud, Piso 2 Oficina 210, Bogotá D.C., hasta la fecha y hora indicada en el CRONOGRAMA. Sólo se evaluarán las propuestas que hayan sido radicadas en el lugar fijado, hasta la fecha y hora indicadas en el CRONOGRAMA. El PROPONENTE que envíe su propuesta por correo, será responsable de que la misma sea radicada en el sitio y fecha establecidos. En la fecha y hora establecidas para el cierre de la invitación, se levantará un acta que contendrá una relación sucinta de las propuestas presentadas, el nombre del PROPONENTE, el número de folios de que consta, haciendo la aclaración si la numeración de la misma presenta tachaduras o enmendaduras o si se encuentran folios en blanco. En el evento que la PROPUESTA se encuentre sin foliar, la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ procederá a hacerlo en presencia de los asistentes y consignará esta circunstancia en la respectiva Acta. Cuando se encuentren folios en blanco se procederá a anular la correspondiente hoja con una nota Página 5 de 102

6 diagonal que así lo señale. Cuando se presenten folios superpuestos, se procederá a verificar su foliación y también se dejará constancia de ello. El acta deberá ser suscrita por los funcionarios de la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ que allí intervengan, y por los PROPONENTES presentes que manifiesten su intención de firmarla SOLICITUD DE ACLARACIONES A LAS PROPUESTAS LA UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, a través del Área de Contratación de UNISALUD Sede Bogotá, podrá solicitar por escrito, vía correo electrónico, una vez cerrada la Invitación, las aclaraciones y explicaciones que estime pertinentes sobre los puntos dudosos o confusos de las propuestas, sin que esto implique adición o modificación de la propuesta presentada, hasta antes de la publicación de la evaluación definitiva. La solicitud de la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ y la respuesta del PROPONENTE deberán constar por escrito y serán enviadas y recibidas vía correo electrónico. El PROPONENTE deberá dar respuesta dentro del término señalado por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ a fin de proseguir dentro del proceso de evaluación. Los PROPONENTES podrán presentar sus respuestas a las solicitudes de aclaración remitiéndolas a los correos electrónicos: cont_unisal@unal.edu.co, con copia a scpenacu@unal.edu.co, y sysuat@unal.edu.co 2.7. ENVIO DEL INFORME PRELIMINAR DE EVALUACIÓN El resultado de la evaluación de las PROPUESTAS será publicado en la dirección OBSERVACIONES AL INFORME PRELIMINAR DE EVALUACIÓN Los PROPONENTES podrán hacer llegar las observaciones al informe de evaluación preliminar que estimen convenientes, a más tardar en la fecha y hora indicada en el cronograma, remitiéndolas a los correos electrónicos: cont_unisal@unal.edu.co, con copia a scpenacu@unal.edu.co, y sysuat@unal.edu.co Sólo se tendrán como presentadas las observaciones que se hagan a través de los canales y plazos establecidos en el cronograma. En este mismo período establecido en el cronograma, los PROPONENTES podrán tener acceso a las propuestas para verificar contra el informe de evaluación preliminar y presentar observaciones. Si vencida la fecha para presentación de observaciones al informe preliminar de evaluación, la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ no ha recibido observaciones por parte de los PROPONENTES, el documento será ratificado como informe definitivo de evaluación PUBLICACIÓN DEL INFORME DE RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES AL INFORME DE EVALUACIÓN PRELIMINAR Y DEL INFORME DEFINITIVO DE EVALUACIÓN Las respuestas a las observaciones presentadas al Informe de Evaluación Preliminar y los resultados de la evaluación definitiva serán publicadas en la dirección en la fecha indicada en el cronograma. Página 6 de 102

7 2.10. VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS Las propuestas deberán tener una validez mínima de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha de cierre de la Invitación CONFIDENCIALIDAD Y RETIRO DE LA PROPUESTA Se presume que las propuestas presentadas no contienen ningún tipo de información confidencial o privada de acuerdo con la ley colombiana, por lo que la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ se encuentra facultada para revelar dicha información sin reserva alguna, a partir de la fecha de recepción de las mismas, a sus servidores, a los demás proponentes o participantes en el proceso de selección, y al público en general cuando así lo soliciten. Si EL PROPONENTE presenta propuesta con información confidencial ésta debe presentarse en cuaderno separado, debidamente foliado, con la justificación legal y técnica que ampara los documentos con la confidencialidad invocada, mencionando las normas, disposiciones, decisiones de organismos competentes y actos administrativos que le confieran tal confidencialidad a los mismos. El PROPONENTE podrá solicitar el retiro de su propuesta mediante escrito dirigido a la Oficina de Contratación de la Sede Bogotá de UNISALUD, hasta antes de la fecha y hora previstas para el plazo de entrega de la propuesta. En tal caso, en la diligencia de cierre de la Invitación y apertura de propuestas, no se abrirán los sobres que contengan el original y las copias de la propuesta retirada NEGATIVA O ABSTENCIÓN INJUSTIFICADA A LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO Si el PROPONENTE seleccionado mediante la presente Invitación, no suscribe el contrato dentro de los cinco (5) días siguientes a la comunicación de su asignación, quedará a favor de la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, en calidad de sanción, la garantía de seriedad de la propuesta, sin menoscabo de las sanciones legales conducentes al reconocimiento de los perjuicios causados y no cubiertos por la garantía. En este evento, la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ podrá asignar el contrato dentro de los cinco (5) días siguientes, al PROPONENTE calificado en segundo lugar, siempre y cuando su propuesta sea favorable para la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ DEVOLUCIÓN DE LAS PROPUESTAS No habrá devolución de propuestas. Una vez finalizado el proceso de selección, la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ procederá a archivar los originales de todas y cada una de las propuestas recibidas. Solo en caso de que la invitación sea declarada desierta, se devolverá a los PROPONENTES el original de sus propuestas, previa solicitud escrita dirigida al Área de Contratación de la Sede Bogotá de UNISALUD. CAPITULO III CONDICIONES GENERALES PARA LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA 3.1. El PROPONENTE deberá hacer una lectura juiciosa y detallada de los requisitos establecidos en este Pliego de Condiciones La presentación de la propuesta, por parte del proponente, constituye evidencia de que estudió completamente las especificaciones técnicas, formatos y demás documentos; que recibió las Página 7 de 102

8 aclaraciones necesarias sobre las inquietudes o dudas previamente consultadas y que ha aceptado que el contenido de este pliego de condiciones es completo, compatible y adecuado para identificar el alcance del servicio a prestar y que ha tenido en cuenta todo lo anterior para definir las obligaciones que se adquieren en virtud del contrato que se celebrará La propuesta debe incluir una tabla de contenido donde se indique la ubicación de los documentos que la conforman con el número de folio La propuesta y sus documentos anexos deben redactarse en idioma castellano y presentarse por escrito, utilizando un medio impreso, debidamente foliada en la parte frontal de cada hoja, en estricto orden consecutivo ascendente. En la medida de lo posible utilizar las dos caras de las hojas, caso en el caso deberá foliarse por cada cara La propuesta deberá entregarse en original y dos (2) copias, debidamente foliadas y en sobres sellados, rotulados en su parte exterior. El Rótulo contendrá como mínimo la siguiente información del PROPONENTE: UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA INVITACIÓN PÚBLICA PARA CONTRATAR UN OPERADOR LOGÍSTICO PARA EL SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS PARA LOS USUARIOS DE LA SEDE BOGOTÁ DE LA UNIDAD DE SERVICIOS DE SALUD (UNISALUD) DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA Y DE ACUERDOS DE VOLUNTADES SUSCRITOS CON UNIVERSIDADES PÚBLICAS CUANDO HAYA LUGAR. Propuesta presentada por: Nombre o razón social Dirección No. Teléfono No. de fax Correo(s) electrónico(s)(para respuestas y notificaciones): ORIGINAL / PRIMERA COPIA / SEGUNDA COPIA 3.6. Tanto el original como las copias de la propuesta, deberán contener la totalidad de los documentos legales exigidos, así como todos sus anexos y formatos La propuesta remitida por correo que para la fecha y hora límite, establecidas para su presentación en el Cronograma, haya sido presentada en dependencias distintas a las indicadas en el pliego para su recepción, no se tendrá en cuenta No se aceptarán propuestas fuera de la fecha y hora límite establecida en el cronograma En caso de discrepancia entre el original y la copia, se tendrá en cuenta la información contenida en el original El PROPONENTE debe diligenciar y presentar todos los formatos enunciados a lo largo de este documento, los cuales hacen parte integral de este Pliego de Condiciones No se aceptarán Propuestas cuyos documentos presenten tachaduras o enmendaduras, a menos que tengan la aclaración correspondiente. Página 8 de 102

9 3.12. Serán a cargo del PROPONENTE todos los costos asociados a la preparación y presentación de su propuesta En el presente proceso, no se acepta la presentación de propuestas parciales, alternativas o complementarias Los PROPONENTES deberán tener en cuenta que su propuesta deberá ceñirse a las condiciones y especificaciones contenidas en el pliego de condiciones y demás documentos de la presente Invitación Toda comunicación enviada por los PROPONENTES y relacionada con esta invitación pública, deberá ser dirigida al Área de Contratación de la Sede Bogotá de UNISALUD de la Universidad Nacional de Colombia, Carrera 45 No , Edificio Uriel Gutiérrez Ala Norte Unisalud, Piso 2 Oficina 210, o a los correos electrónicos: cont_unisal@unal.edu.co, con copia a scpenacu@unal.edu.co, y sysuat@unal.edu.co. Página 9 de 102

10 CAPITULO IV DOCUMENTOS A PRESENTAR CON LA PROPUESTA 4.1.DOCUMENTOS DE VERIFICACIÓN JURÍDICA CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA La PROPUESTA deberá estar acompañada de carta de presentación firmada por el representante legal del PROPONENTE o por el apoderado constituido para el efecto, en los términos de la ley. La carta de presentación de la propuesta deberá ser diligenciada en el Formato No. 1 del presente pliego de condiciones. Nota: La no presentación de este documento en el formato establecido por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, o si este no viene firmado por el representante legal del PROPONENTE o el apoderado constituido para tal efecto, será causal de rechazo de la PROPUESTA. El contenido de este documento será subsanable, para lo cual la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ podrá requerir su aclaración en cualquier momento y por una sola vez, antes de la publicación de la evaluación definitiva; si el PROPONENTE no responde a la solicitud dentro del plazo estipulado por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, se configurará causal de rechazo de la PROPUESTA CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL El PROPONENTE, deberá presentar el certificado expedido por LA CÁMARA DE COMERCIO de la ciudad donde opere la Oficina Principal o de la sucursal que atenderá el objeto del contrato, donde se compruebe su existencia, razón social y representación legal. En caso de no contar con el certificado anteriormente descrito debido a la naturaleza jurídica específica como es el caso de las Cajas de Compensación, Cooperativas y Fondos Especiales, su acreditación y representación legal será emitida por la entidad competente para su supervisión y vigilancia, donde conste su razón social y representación legal. En los citados documentos se verificará la siguiente información: a) Que su objeto social consista, entre otras, en las actividades de compra, venta, comercialización de productos farmacéuticos, distribución, suministro y dispensación de medicamentos. b) Que esté contemplado el nombramiento del Representante Legal. c) Que estén contempladas las facultades del Representante Legal. d) Que esté contemplado el nombramiento del Revisor Fiscal. e) La persona jurídica debe haberse constituido legalmente por lo menos cinco (5) años antes de la fecha de cierre de la presente invitación. (Cuando se prorrogue la fecha de cierre, esta certificación tendrá validez con la primera fecha de cierre). f) La duración de la sociedad no será inferior al plazo del contrato y cinco (5) años más contados a partir de la fecha de cierre de la presente invitación. (Cuando se prorrogue la fecha de cierre, esta certificación tendrá validez con la primera fecha de cierre) g) Fecha de expedición con una antelación máxima de, treinta (30) días calendarios, contados a partir de la fecha inicialmente establecida para el cierre del presente proceso. (Cuando se prorrogue la fecha de cierre, esta certificación tendrá validez con la primera fecha de cierre). Solamente en el caso de no ser posible acreditar en el documento de existencia y representación legal, a la fecha de cierre del presente proceso, la información requerida en el literal b) c) y d) del presente numeral, el PROPONENTE deberá presentar el documento idóneo, legalmente permitido, que contenga dicha información. Dicho documento podrá ser: Página 10 de 102

11 1)Escrituras públicas de la sociedad. 2)Actas de asambleas de accionistas. 3)Estatutos de la sociedad. Nota: Serán causales de rechazo de la propuesta, aplicables a este numeral: i. La presentación de documentos distintos a los expresamente exigidos en este numeral. ii. Que la información solicitada en las literales a), e), f) y g) de este numeral no reposen en el Documento de Existencia y Representación Legal, respectivo. iii. La no presentación del documento idóneo y legalmente permitido para probar la información solicitada en los literales b),c) y d), cuando estas no estén contempladas en el Documento de Existencia y Representación Legal, respectivo. El contenido del documento exigido en este numeral será subsanable, a excepción de la información solicitada en el literal a) de este numeral, para lo cual la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ podrá requerir su aclaración en cualquier momento y por una sola vez, antes de la publicación de la evaluación definitiva; si el PROPONENTE no responde a la solicitud dentro del plazo estipulado por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, se configurará causal de rechazo de la PROPUESTA CEDULA DE CIUDADANÍA O DE EXTRANJERÍA DEL REPRESENTANTE LEGAL El PROPONENTE deberá presentar la respectiva copia de la Cédula de Ciudadanía o de Extranjería del Representante Legal. Nota: En caso de no presentarse este documento, la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ podrá requerirlo en cualquier momento y por una sola vez, antes de la publicación de la evaluación definitiva, y el PROPONENTE deberá adjuntarlo so pena de incurrir en causal de rechazo AUTORIZACIÓN PARA PRESENTAR PROPUESTA Y SUSCRIBIR CONTRATO Si el representante legal del PROPONENTE requiere autorización de sus órganos de dirección para presentar propuesta, suscribir y legalizar contratos, en caso de ser asignado, deberá anexar los documentos que acrediten dicha autorización, debidamente firmados por el presidente y/o el secretario de la reunión del órgano competente para emitir dicha autorización de acuerdo con los estatutos o reglamentos de la respectiva persona jurídica. En caso de nombrar apoderado, se deberá presentar el Poder que lo faculte para presentar propuestas, celebrar y legalizar contratos, y la copia de su documento de identidad. Nota: Será causal de rechazo la no presentación del mismo, o la falta de las firmas de sus integrantes. Este documento podrá ser subsanado, en cuanto a su contenido, la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ podrá requerir su aclaración en cualquier momento y por una sola vez antes de la publicación de la evaluación definitiva, si el PROPONENTE no responde a la solicitud dentro del plazo estipulado por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ se configurará causal de rechazo de la PROPUESTA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA Página 11 de 102

12 El PROPONENTE debe acompañar su propuesta, como requisito indispensable, con una Garantía de Seriedad, expedida por una compañía de seguros legalmente constituida y establecida en Colombia o podrá constar en una garantía bancaria expedida por el representante legal de la entidad bancaria. En dicho documento se verificará lo siguiente: a) Asegurado/Beneficiario: UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA NIT b) Cuantía: Diez por ciento (10%) del valor total de la disponibilidad presupuestal estipulada en el numeral 1.5 del presente pliego de condiciones. c) Vigencia: de noventa (90) días calendarios, contados a partir de la fecha prevista para el cierre de la invitación d) Tomador/Afianzado: la póliza o garantía deberá tomarse con el nombre del PROPONENTE o de la razón social que figura en el Documento de Existencia y Representación Legal respectivo. e) Firma del representante legal: la póliza o garantía deberá firmarse por parte del representante legal del PROPONENTE. El PROPONENTE deberá ampliar la vigencia de la garantía en caso de presentarse prórrogas en los plazos establecidos para la invitación, la asignación o la suscripción del contrato, no cubiertas con la vigencia inicial. Tanto al PROPONENTE seleccionado para suscribir el contrato como a los demás participantes, se les devolverá la garantía de la seriedad de la propuesta cuando esté legalizado el contrato, previa solicitud escrita en este sentido. La UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ hará efectiva la totalidad de la garantía, a título de indemnización por perjuicios en los siguientes casos: i. Cuando el PROPONENTE se niegue a prorrogar la garantía de seriedad de la PROPUESTA, en caso que la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ decida modificar el calendario de la invitación. ii. Cuando el PROPONENTE, por cualquier motivo, salvo fuerza mayor o caso fortuito, debidamente comprobado y aceptado por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, no cumpliere las condiciones y obligaciones establecidas en el pliego de condiciones o en su PROPUESTA, en especial no suscribir y legalizar el contrato dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la comunicación de su asignación. Nota: La no presentación de la Garantía de Seriedad de la PROPUESTA, será motivo de rechazo por considerar que la PROPUESTA no tiene la seriedad exigida. También constituirá causal de rechazo de la PROPUESTA la presentación de la garantía sin el cumplimiento de los requisitos contenidos en los literales a) y d). El contenido de los literales b), c) y e) establecidos en este numeral, podrán ser subsanados, para lo cual la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ podrá requerir su aclaración en cualquier momento y por una sola vez, antes del envío de la evaluación definitiva; si el PROPONENTE no responde a la solicitud dentro del plazo estipulado por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ se configurará causal de rechazo de la PROPUESTA CERTIFICACIÓN DE REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES (RUP) DE LA CÁMARA DE COMERCIO El PROPONENTE deberá acreditar que se encuentra debidamente inscrito, calificado y clasificado en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio, como se muestra a continuación: En el certificado se verificará la siguiente información: a) ACTIVIDAD: (3) Proveedor Página 12 de 102

13 ESPECIALIDAD: (6) Productos de las industrias químicas o de las industrias conexas GRUPO: (03) Productos farmacéuticos ó CÓDIGO CIIU: 4645 Comercio al por mayor de productos farmacéuticos, medicinales, cosméticos y de tocador, ó, CÓDIGO CIIU: 4773 Comercio al por menor de productos farmacéuticos y medicinales, cosméticos y artículos de tocador en establecimientos especializados, ó CÓDIGO CIIU de Actividad relacionada con el objeto de la presente invitación, siempre y cuando acredite experiencia como Proveedor en Dispensación de Medicamentos, en los términos establecidos en el numeral del Pliego de Condiciones. b) La inexistencia de reportes sobre multas o sanciones impuestas al PROPONENTE, dentro de los tres (3) años anteriores a la fecha de expedición del RUP, en relación con el objeto contractual de la presente invitación. c) Fecha de expedición inferior a treinta (30) días calendarios, a la fecha prevista para el cierre de la presente invitación, (cuando se prorrogue la fecha de cierre, esta certificación tendrá validez con la primera fecha de cierre) Nota: Serán causales de rechazo de la propuesta, aplicables a este numeral: 1. La no presentación del certificado del RUP por parte del PROPONENTE. 2. La omisión por parte de alguno de los miembros de uniones temporales o consorcios, de la presentación del documento expresamente exigido en este numeral, sin perjuicio que los demás miembros lo hubieren presentado. 3. Que en el certificado exista constancia de multas y/o sanciones impuestas al proponente en relación con el objeto contractual de la presente invitación dentro del término establecido. 4. Que el Certificado Único de Proponentes aportado, no posea la clasificación y calificación que se exige el presente numeral. El contenido del documento exigido en este numeral será subsanable, a excepción de la información solicitada en el literal a) de este numeral, para lo cual la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ podrá requerir su aclaración en cualquier momento y por una sola vez, antes del envío de la evaluación definitiva; si el PROPONENTE no responde a la solicitud dentro del plazo estipulado por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ se configurará causal de rechazo de la PROPUESTA CERTIFICACIÓN DE PAGO DE APORTES A SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES Los PROPONENTES deberán presentar el certificado expedido por el revisor fiscal, en caso de que la sociedad lo requiera, o el representante legal, en que conste que se encuentra a paz y salvo por concepto de pago de aportes a salud, pensiones, riesgos profesionales, SENA, ICBF y cajas de compensación familiar de acuerdo a lo establecido en el artículo 50 de la ley 789 de 2002, modificado por la Ley 828 de 2003 y demás normas concordantes. Para el caso de consorcios o uniones temporales, cada una de los integrantes deberá presentar los documentos en los términos de este numeral. Página 13 de 102

14 Dicha certificación deberá expedirse con una antelación inferior a treinta (30) días calendario, a la fecha prevista para el cierre de la presente invitación. Nota:La no presentación será causal de rechazo de la propuesta. Este documento podrá subsanarse en su contenido por lo cual la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ podrá requerir su aclaración en cualquier momento y por una sola vez, antes del envío de la evaluación definitiva; si el PROPONENTE no responde a la solicitud dentro del plazo estipulado por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ se configurará causal de rechazo de la PROPUESTA CÉDULA DE CIUDADANÍA, TARJETA PROFESIONAL Y CERTIFICACIÓN DE VIGENCIA DE INSCRIPCIÓN Y ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS DEL REVISOR FISCAL. El PROPONENTE deberá anexar copia de la Cedula de Ciudadanía, de la Tarjeta Profesional y de la Certificación de Vigencia de Inscripción y Antecedentes Disciplinarios vigente, expedida por la Junta Central de Contadores, del Revisor Fiscal (si está obligado a tenerlo) responsable de la suscripción del certificado sobre el pago de los aportes al Sistema General de Seguridad Social y aportes parafiscales. Para el caso de consorcios o uniones temporales, cada una de los integrantes deberá presentar los documentos en los términos de este numeral. Nota: Si el PROPONENTE no allega copia de la cedula de ciudadanía, de la tarjeta profesional o del certificado de antecedentes disciplinarios del revisor fiscal que suscribe el certificado sobre el pago de los aportes al Sistema General de Seguridad Social y aportes parafiscales, o si el certificado de antecedentes disciplinarios allegado con la PROPUESTA no se encuentra vigente, la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ podrá solicitarlo (s) en cualquier momento y por una sola vez, antes de la publicación de la evaluación definitiva; si el PROPONENTE no responde a la solicitud dentro del plazo estipulado por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, se configurará causal de rechazo de la PROPUESTA. 4.2.DOCUMENTOS DE VERIFICACIÓN FINANCIERA RUT (Registro Único Tributario) El PROPONENTE deberá presentar el respectivo certificado expedido por el ente legal, donde conste si se encuentra en representación de una persona jurídica o natural debidamente registrada y que su actividad económica corresponde a la del objeto a contratar. Este documento debe estar actualizado conforme lo dispone el artículo 4º de la Resolución No. 139 del 21 de noviembre de 2012 de la DIAN. Nota: Este documento podrá subsanarse en su contenido. En caso de no presentarse con la propuesta, la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ podrá requerirlo en cualquier momento y por una sola vez, antes de la publicación de la evaluación definitiva, y el PROPONENTE deberá adjuntarlo so pena de incurrir en causal de rechazo ESTADOS FINANCIEROS Los siguientes documentos deben ser presentados por cada uno de los PROPONENTES que se presenten: a) Balance General y Estado de Resultados con corte a 31 de diciembre de 2013, que incluya las notas y comparativo a la misma fecha de la vigencia inmediatamente anterior; los cuales deben estar debidamente certificados y dictaminados. Página 14 de 102

15 b) Tanto los estados financieros solicitados como sus notas, deben ser elaborados y presentados conforme al Decreto 2649 de 1993, por el cual se reglamenta la contabilidad en general y se expiden los principios o normas de contabilidad generalmente aceptados en Colombia. Nota: Estos documentos podrán ser objeto de solicitud de aclaración por parte de la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ en su contenido. En el caso de no presentarse con la PROPUESTA, la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ podrá requerir su presentación en cualquier momento y por una sola vez, antes de la publicación de la evaluación definitiva, si el PROPONENTE no responde a la solicitud dentro del plazo estipulado por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, se configurará causal de rechazo de la PROPUESTA CÉDULA DE CIUDADANÍA, TARJETA PROFESIONAL Y CERTIFICACIÓN DE VIGENCIA DE INSCRIPCIÓN Y ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS DEL CONTADOR PÚBLICO El PROPONENTE deberá anexar copia de la Cédula de Ciudadanía, de la Tarjeta Profesional y de la Certificación de Vigencia de Inscripción y Antecedentes Disciplinarios vigente, expedida por la Junta Central de Contadores, del Contador Público responsable de la suscripción del Balance General solicitado. Para el caso de consorcios o uniones temporales cada uno de los participantes deberá anexar la Certificación de Vigencia de Inscripción y Antecedentes Disciplinarios del Contador que certifica su Balance General. Nota: Si el PROPONENTE no allega copia de la Cédula de Ciudadanía, de la tarjeta profesional, o del certificado de antecedentes disciplinarios del(os) contador(es) público(s) que suscribe(n) el Balance General, o si el certificado de antecedentes disciplinarios allegado con la PROPUESTA no se encuentra vigente, la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ podrá solicitarlo (s) en cualquier momento y por una sola vez, antes de la publicación de la evaluación definitiva; si el PROPONENTE no responde a la solicitud dentro del plazo estipulado por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, se configurará causal de rechazo de la PROPUESTA DOCUMENTOS DE VERIFICACIÓN TÉCNICA RESOLUCIÓN DE INSCRIPCIÓN ANTE EL FONDO NACIONAL DE ESTUPEFACIENTES Y CONCEPTOS FAVORABLES El PROPONENTE, de acuerdo con las exigencias legales, deberá presentar fotocopia de la INSCRIPCIÓN VIGENTE ante el Fondo Nacional de Estupefacientes que lo autoriza para el manejo en general de medicamentos sujetos a fiscalización o de control especial, tanto en la bodega como por lo menos en uno de los establecimientos farmacéuticos ofertados como punto externo de dispensación. En caso de renovación y/o modificación anexar copia de radicado ante las entidades competentes que corresponda para su trámite, ya sea UAE Fondo Nacional de Estupefacientes del Ministerio de Salud o Fondos Rotatorios de Estupefacientes AUTORIZACIONES Y/O CONCEPTOS FAVORABLES DE FUNCIONAMIENTO El PROPONENTE deberá allegar y acreditar las AUTORIZACIONES Y/O CONCEPTOS FAVORABLES DE FUNCIONAMIENTO DE LOS ESTABLECIMIENTOS FARMACÉUTICOS que oferte y del lugar de almacenamiento o bodegaje general, según corresponda; los cuales deben ser emitidos por el ente territorial competente de inspección, vigilancia y control de los servicios farmacéuticos. En caso de Página 15 de 102

16 presentar un concepto condicionado, el PROPONENTE deberá adjuntar el plan de mejoramiento radicado ante en entre territorial. Nota: Estos documentos podrán ser objeto de solicitud de aclaración por parte de la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ en su contenido. En caso de no presentarse estos documentos o presentarse unos distintos a los requeridos, la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ podrá requerirlos en cualquier momento y por una sola vez, antes de la publicación de la evaluación definitiva, y el PROPONENTE deberá adjuntarlo so pena de incurrir en causal de rechazo BUENAS PRÁCTICAS DEL SERVICIO FARMACÉUTICO. El PROPONENTE deberá presentar fotocopia del conjunto de procesos, procedimientos, recursos, mecanismos de control y documentación, de carácter técnico y/o administrativo, que asegure el cumplimiento del objeto de la actividad de suministro de medicamentos y los procesos generales, entre los cuales se deben observar los de adquisición, recepción, almacenamiento, distribución y dispensación. La presentación de esta información no implica aceptación de los procesos en su contenido, por lo cual el supervisor/interventor del contrato podrá en cualquier momento hacer los requerimientos del caso. Nota: Estos documentos podrán ser objeto de solicitud de aclaración por parte de la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ en su contenido. En caso de no presentarse estos documentos o presentarse unos distintos a los requeridos, la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ podrá requerirlos en cualquier momento y por una sola vez, antes de la publicación de la evaluación definitiva, y el PROPONENTE deberá adjuntarlo so pena de incurrir en causal de rechazo DOCUMENTOS PARA ACREDITAR EXPERIENCIA. El PROPONENTE deberá allegar con su propuesta, certificaciones de mínimo tres (3) y máximo seis (6) contratos suscritos, que contengan como mínimo la siguiente información: a) Nombre o razón social de la empresa o persona contratante del servicio. b) Objeto del contrato que se haya relacionado, entre otras, con las actividades de compra, venta, comercialización de productos farmacéuticos, distribución, suministro y dispensación de medicamentos, en concordancia directa con el objeto de la presente invitación. c) Valor del contrato. Para lo cual se debe tener en cuenta: (i) Si el valor del contrato certificado se presenta en moneda extranjera, la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ calculará su valor en pesos, liquidándolo a la TRM de la fecha de terminación. En el caso que el contrato esté en ejecución será liquidado a la TRM de la fecha de cierre de la presente invitación; (ii) Los valores de los contratos acreditados en las certificaciones presentadas deberán corresponder a cuantía igual o superior a la disponibilidad presupuestal establecida en el numeral 1.5 del presente pliego de condiciones, cuantificando cada uno de ellos en salarios mínimos legales mensuales vigentes para la fecha de suscripción de cada contrato, en la forma establecida en el Formato No. 2; (iii) Las certificaciones de contratos cuyo plazo y/o cuantía fueren indefinidos y se encuentren en ejecución, deberán indicar el valor de la facturación cancelada a la fecha de expedición de dicha certificación. d) Los contratos deben haber sido celebrados y ejecutados al 100% o encontrarse al menos en el 80% de su ejecución, dentro de un plazo máximo de cinco (5) años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso. Para tal fin, la certificación deberá indicar: (i) la fecha de inicio y la fecha de terminación de cada contrato*; (ii) En el caso de allegar certificaciones de contratos cuyo plazo sea indefinido deberá indicar dicha situación, y si fueron celebrados en periodo anterior a los cinco (5) años exigidos en el presente numeral, se tendrá en cuenta que dichos contratos hayan sido ejecutados dentro de los últimos cinco (5) años. e) Nombre completo, cargo, teléfono y firma de la persona autorizada que expide la certificación. Página 16 de 102

17 f) En caso que el proponente haya participado en el contrato como consorcio o unión temporal, indicar el porcentaje de participación de cada uno de los miembros del consorcio o unión temporal. g) Calificación del servicio y cumplimiento (la cual deberá ser buena o excelente) * Las diferentes prórrogas surtidas sobre un mismo contrato no podrán ser tenidas en cuenta como contratos individuales. Sólo se tendrán en cuenta las primeras seis (6) certificaciones que en orden aparezcan relacionadas en el Formato No. 2. En el caso de acreditar experiencia, habiendo sido integrante de un consorcio o unión temporal, se tomará el valor de cada una de los contratos certificados y se ponderará por el porcentaje de participación dentro del consorcio o unión temporal, cuya sumatoria total deberá ser igual o superior al 100% del valor establecido en el numeral 1.5 del presente Pliego de Condiciones. En los casos en donde el PROPONENTE haya sufrido reformas estatutarias sea por fusión o por escisión, sucederá en su experiencia la sociedad absorbente, sea como resultante de la fusión o la beneficiaria de la escisión, sin perder las condiciones adquiridas para la acreditación de experiencia. En una misma certificación aportada, se pueden certificar uno, dos o más contratos, siempre y cuando cumplan con la información mínima requerida por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ. No se tendrá en cuenta certificaciones de contratos a los que se les haya impuesto sanciones o que tengan calificación del servicio y cumplimiento regular o malo. La UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ NO tendrá en cuenta ni estudiará documentos tales como: copias de contratos, actas de liquidación, copias de facturación o similares. Sólo serán válidas las certificaciones que se presenten con los requisitos exigidos. Las certificaciones no podrán ser expedidas por el propio PROPONENTE, el consorcio, o la unión temporal de la cual formó parte en la ejecución del contrato. Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse traducidos al idioma castellano y legalizado en la forma prevista en la normatividad vigente en la materia; de lo contrario, la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ entenderá que no existe el cumplimiento del requisito. Notas: Serán causales de rechazo de la PROPUESTA, aplicables a este numeral: i. La no presentación de las certificaciones. ii. Que la información solicitada en las literales a), b), y c) de este numeral no repose en la(s) certificación(es) aportada(s). El contenido de las certificaciones será subsanable en lo relacionado con los numerales d),e), f) y g), para lo cual, la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ podrá requerir al PROPONENTE en cualquier momento y por una sola vez antes de la publicación de la evaluación definitiva, si el PROPONENTE no responde a la solicitud dentro del plazo estipulado por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ se configurará causal de rechazo de la PROPUESTA ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS El PROPONENTE deberá ofrecer las especificaciones técnicas mínimas descritas en el Capítulo VI del presente Pliego de Condiciones y en el Formato No. 3 MATRIZ DE REQUERIMIENTOS TÉCNICOS. Igualmente, consignar la información requerida en el mencionado formato de la manera más detallada para el análisis de su PROPUESTA. Página 17 de 102

18 Nota: La no presentación del FORMATO No. 3 debidamente diligenciado y la discrepancia entre algunas de las características mínimas exigidas por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ en el presente Pliego de Condiciones y la propuesta del PROPONENTE, serán causales de rechazo. El contenido de este documento será subsanable, para lo cual la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ UNISALUD SEDE BOGOTÁ podrá requerir su aclaración en cualquier momento y por una sola vez, antes de la publicación de la evaluación definitiva; si el PROPONENTE no responde a la solicitud dentro del plazo estipulado por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, se configurará causal de rechazo de la PROPUESTA PROPUESTA ECONÓMICA El PROPONENTE deberá presentar su oferta económica mediante el diligenciamiento del Formato No. 4. La presentación de la propuesta económica deberá contemplar todas y cada una de las actividades descritas en el componente técnico de la presente invitación pública, con los correspondientes costos directos e indirectos que sean necesarios para prestar a la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ el servicio integral contratado de manera oportuna, en los lugares y plazos definidos para desarrollar el objeto contractual, incluyendo el costo de los impuestos, tasas y contribuciones que con motivo de la suscripción, legalización o ejecución del contrato se lleguen a causar. Por lo anterior, el PROPONENTE deberá tener en cuenta todos los valores en que pudiera incurrir durante la suscripción, legalización o ejecución del contrato a la hora de expresar su propuesta económica. Nota: La no presentación del FORMATO No. 4 será causal de rechazo. En caso de presentarse parcialmente, la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ podrá requerir su presentación o aclaración en cualquier momento y por una sola vez antes de la publicación de la evaluación definitiva, y si el proponente no responde a la solicitud dentro del plazo estipulado por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ se configurará causal de rechazo de la PROPUESTA. 4.5.FORMATOS Y ANEXOS DE LA PROPUESTA Los formatos suministrados en el presente pliego, deben adjuntarse a la propuesta, totalmente diligenciados. Si el PROPONENTE considera que es conveniente para complementar su propuesta anexar otra información adicional a la solicitada por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ en los formularios establecidos, podrá hacerlo referenciando el formulario que complementa. Los formatos y anexos son los siguientes: Formato No. 1 Formato No. 2 Formato No. 3 Formato No. 4 Anexo No. 1 Anexo No. 2 Carta de presentación de la propuesta Experiencia del proponente Matriz de requerimientos técnicos Propuesta económica Minuta del Contrato Documentos técnicos Página 18 de 102

19 CAPITULO V CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS La UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ rechazará las propuestas que no cumplan con los requisitos exigidos y entre otros, en los siguientes casos: 5.1.Cuando se encuentre que el PROPONENTE está incurso en alguna de las inhabilidades e incompatibilidades o prohibiciones previstas en la Constitución o en la Ley. 5.2.Cuando se presenten varias propuestas por el mismo PROPONENTE por sí, por interpuestas personas o por personas jurídicas pertenecientes al mismo grupo empresarial (ya sea en consorcio, unión temporal o individualmente). 5.3.Cuando se descubra falsedad material o ideológica en cualquiera de los documentos de la propuesta o se descubra cualquier intento de fraude o engaño por parte del PROPONENTE a la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ o los demás PROPONENTES. 5.4.Cuando el PROPONENTE habiendo sido requerido por La UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ para aportar o subsanar documentos o para aclarar información, conforme a lo establecido en el Pliego de Condiciones, no los allegue dentro del término fijado, o habiéndolos aportado, no estén acorde con las exigencias. 5.5.Cuando la propuesta presentada no cumpla con los requerimientos mínimos y obligatorios establecidos en los capítulos IV y VI del presente pliego de condiciones. 5.6.Cuando las certificaciones, formatos, anexos, y demás documentos necesarios para la evaluación de las PROPUESTAS presenten enmendaduras y no hayan sido refrendadas por el representante legal. 5.7.Cuando no coincida la información diligenciada en los formatos o certificaciones, con la información de los documentos soportes solicitados como aclaraciones por parte de la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ. Se entiende que la información no coincide cuando no exista correspondencia, entre la información obtenida frente a la relacionada por el PROPONENTE en los respectivos formatos o certificaciones. 5.8.Cuando el representante legal de una persona jurídica o los representantes legales que participen en un consorcio o unión temporal ostenten igual condición en otra u otras firmas que también participen en la presente contratación. 5.9.Cuando la vigencia de la propuesta comprenda un plazo inferior al exigido Cuando la propuesta se presente en forma extemporánea Los demás casos expresamente establecidos en el presente pliego de condiciones. Página 19 de 102

20 CAPITULO VI ESPECIFICACIONES TÉCNICAS REQUERIDAS 6.1. INFORMACIÓN GENERAL DEL PROPONENTE El PROPONENTE deberá adjuntar al Formato No. 3 MATRIZ DE REQUERIMIENTOS TÉCNICOS, un organigrama general haciendo una breve descripción de su estructura organizacional, administrativa, operativa y técnica. Así mismo, deberá aportar un organigrama especificando la estructura administrativa de la(s) sucursal(es)y establecimientos farmacéuticos que atenderá(n) los requerimientos de la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, adjuntando la relación del personal que atenderá en forma directa la relación contractual, indicando nombre completo, número de identificación, cargo y formación técnica, tecnológica o profesional, conforme la siguiente matriz: Nombre Documento de Identidad Formación académica Cargo El PROPONENTE seleccionado deberá contar con un software que garantice el adecuado registro y control para el servicio de dispensación de medicamentos que permita la generación de los reportes solicitados por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, hacer la detección eficaz y oportuna para evitar la doble entrega a un mismo usuario de idénticos medicamentos dentro de la misma vigencia de formulación, así como la interfaz con la base de datos de UNISALUD en los términos requeridos por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ en el numeral Así mismo, se debe tener en cuenta que las hojas de vida con sus respectivos soportes deberán estar disponibles en el punto de dispensación para consulta por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, en caso de ser seleccionado. Nota: El PROPONENTE debe tener en cuenta que el recurso humano a proponer debe ser idóneo y dar cumplimiento con la normatividad legal vigente. Estos documentos podrán subsanarse en su contenido. En caso de no presentarse con la propuesta, la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ podrá requerirlos en cualquier momento y por una sola vez, antes de la publicación de la evaluación definitiva, y el PROPONENTE deberá adjuntarlos so pena de incurrir en causal de rechazo 6.2. ESTABLECIMIENTOS FARMACÉUTICOS Los establecimientos farmacéuticos deberán cumplir todos los requisitos definidos en la Ley para la prestación del servicio farmacéutico independiente, y observar lo dispuesto en el Decreto 2200 de 2005, la Resolución 1403 de 2007 del Ministerio de la Protección Social, así como las demás normas especiales que regulen la materia PUNTO AL INTERIOR DE LA UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ. El PROPONENTE que resulte seleccionado efectuará como mínimo los procesos de distribución y dispensación de medicamentos, y los que estos impliquen para su desarrollo, en el espacio adecuado como establecimiento farmacéutico que funcione en las instalaciones de la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ. Para el efecto, la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, suscribirá con el Página 20 de 102

21 PROPONENTE que resulte seleccionado, contrato de arrendamiento, en el cual se describirán los espacios físicos objeto del arriendo y el canon de mismo. De los muebles y enseres que las partes aporten para el adecuado funcionamiento del establecimiento farmacéutico se hará el respectivo inventario, debidamente suscrito por las partes, los cuales se restituirán a la respectiva entidad, a la terminación del contrato. El canon no incluye los servicios públicos los cuales serán cobrados al PROPONENTE seleccionado según consumo. Será obligación del PROPONENTE a quien se le asigne el contrato, instalar todos los muebles, equipos, instrumentos y materiales necesarios que se requieran para el cumplimiento de las actividades y/o correcto funcionamiento de los procesos, los cuales deben ser modernos y funcionales. Igualmente, deberá iniciar, adelantar y llevar hasta su culminación las actuaciones y trámites respectivos ante el ente competente de inspección, vigilancia y control de los servicios farmacéuticos, para que el establecimiento interno, sea autorizado y/o conceptuado favorablemente para su funcionamiento, según corresponda. En consecuencia, se compromete a cumplir con todos los requisitos definidos en las normas aplicables para los procesos correspondientes al suministro de medicamentos en general y de control especial, y observar lo dispuesto en el Decreto 2200 de 2005, Resolución 1403 de 2007 del Ministerio de la Protección Social, así como las demás normas especiales que regulen la materia. En el caso que las autoridades competentes requieran que los trámites de autorización o conceptos de funcionamiento sean adelantados en conjunto con la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, el PROPONENTE deberá informarlo por escrito a la Unidad de Servicios de Salud UNISALUD- y acompañarla técnicamente en el proceso que corresponda. La Sede Bogotá de UNISALUD cuenta en la instalación física de la UNIVERSIDAD con un espacio para la organización y el funcionamiento del establecimiento farmacéutico, con las siguientes características: SEDE M2 VALOR MENSUAL DEL CANON DE ARRENDAMIENTO 2014 (1) HORARIO DE ATENCIÓN SEMANA (2) HORARIO DE ATENCIÓN SÁBADOS (2) Bogotá 37 $ :00 a.m. a 6:00 p.m. 8:00 a.m. a 1:00 p.m. (1) Valor del canon de arrendamiento mensual no está sujeto a impuesto y no incluye servicios públicos y corresponde al valor que se pagará por el plazo de ejecución pactado el cual se incrementará en el porcentaje que indique el Gobierno Nacional. (2) Estas jornadas se podrán modificar según necesidades de la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ,. La UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, establecerá el valor del pago mensual a cargo del arrendatario de los servicios públicos domiciliarios para el mencionado espacio según consumo. Todos los costos de trámite de funcionamiento, tales como licencias, mantenimiento de inmuebles, seguros, gastos y obligaciones económicas laborales, inventario, etc., estarán a cargo del PROPONENTE que resulte seleccionado PUNTOS EXTERNOS El PROPONENTE deberá ofrecer establecimientos farmacéuticos externos propios, que realicen los procesos de distribución y dispensación de medicamentos para la atención de los usuarios, en especial para la atención en los días y horarios no hábiles, en donde prestará el servicio en las mismas condiciones ofrecidas en las instalaciones de la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, puntos que deberán cumplir con todas las normas respectivas para el funcionamiento de este tipo de establecimiento. Los establecimientos farmacéuticos externos deberán ser propios, cumpliendo con todas las normas respectivas para el funcionamiento de ese tipo de establecimientos. Los sitios que serán tenidos en cuenta para la dispensación externa deberán estar ubicados dentro de la zona urbana, en lugares de fácil Página 21 de 102

22 acceso y que brinden seguridad a los usuarios, los cuales podrán ser verificados por los funcionarios de UNISALUD delegados para tal fin. El PROPONENTE, deberá ofertar como mínimo dos (02) puntos externos de atención, garantizando por lo menos en uno de ellos la dispensación de medicamentos de control especial con atención las 24 horas al día, 7 días a la semana. Nota: El PROPONENTE debe tener en cuenta que en ejecución del contrato que se suscriba, deberá mantener las condiciones en que proponga los puntos externos de atención, los cuales deberán estar ubicados dentro de la zona urbana, en lugares de fácil acceso y que brinden seguridad a los usuarios. En caso de cualquier variación respecto los puntos de atención externos, dicha modificación deberá ser concertada, previamente y por escrito, con el supervisor/interventor del contrato designado por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS CONTROLADOS El suministro de medicamentos sometidos a fiscalización o control especial, determinados de esa manera por las autoridades competentes (Ministerio de Salud y de Protección Social,UAE Fondo Nacional de Estupefacientes), deberá cumplir con lo dispuesto en las normas establecidas para tal fin, en especial en la Resolución 1478 de 2006 del Ministerio de la Protección Social y las demás normas que la modifican, adicionan o sustituyan.en ningún caso se podrá iniciar la dispensación sin las inscripciones exigidas en la Ley. En lo referente a los medicamentos sometidos a fiscalización o de control especial, el PROPONENTE seleccionado deberá enviar al supervisor/interventor del contrato, copia del informe de inventario de ese tipo de medicamentos, en forma mensual RECURSO HUMANO El PROPONENTE deberá disponer del recurso humano idóneo y suficiente, con los conocimientos, destrezas y competencias necesarios para la realización de las actividades propias de los procesos que adelante en cumplimiento del objeto contractual. Para efectos del recurso humano en todos los puntos ofertados, se deberá cumplir por parte del PROPONENTE con lo exigido por la normatividad vigente, tanto en su conformación como en su contratación, en razón a que es el responsable directo de los establecimientos farmacéuticos, incluyendo el instalado al interior de la Sede Bogotá de la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ. Se reitera que el PROPONENTE seleccionado tendrá a su cargo la totalidad del personal de los establecimientos farmacéuticos (interno y externos) y no existirá relación laboral entre el personal del proponente seleccionado para la ejecución del servicio y la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ. La UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, tendrá acceso a la información contenida en las Hojas de Vida del personal propuesto para su verificación; cualquier cambio de los integrantes del recurso humano, deberá ser informado a la Dirección de la Sede Bogotá de UNISALUD, anexando la hoja de vida y los soportes correspondientes. El punto de dispensación ubicado en las instalaciones de la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, debe contar como mínimo con el siguiente recurso humano: a) Un Tecnólogo en Regencia de farmacia permanente Página 22 de 102

23 b) Como mínimo dos (2) auxiliares de farmacia, siempre y cuando ese número garantice la oportuna y adecuada atención al público, en caso contrario, se compromete a aumentar el recurso humano en relación con las necesidades del servicio El PROPONENTE a quien se le asigne el Contrato tendrá en forma permanente personal calificado que atienda las observaciones efectuadas por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, así como las auditorías concurrentes que se realicen a los establecimientos farmacéuticos, revisión de las cuentas y todos los procedimientos relacionados con el suministro de medicamentos, entre los que están la revisión de las entregas a domicilio, revisión de informes referidos a la atención al usuario, respuesta a inquietudes, quejas y reclamos de los usuarios y del equipo médico de la Unidad de Servicios de Salud - UNISALUD- Sede Bogotá CONDICIONES PARA EL SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS El suministro de medicamentos que se pretende contratar involucra: adquirir, recibir, almacenar, distribuir y dispensar medicamentos a los usuarios de la Unidad de Servicios de Salud (UNISALUD) Sede Bogotá de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA y de acuerdos de voluntades suscritos con Universidades Públicas cuando haya lugar; para lo cual debe tener en cuenta las siguientes condiciones: CONDICIONES GENERALES El PROPONENTE seleccionado deberá implementar y mantener actualizados los procesos, procedimientos, recursos, mecanismos de control y documentación, de carácter técnico y/o administrativo, que aseguren el cumplimiento del objeto que se pretende contratar, tanto para la adquisición, recepción técnica, almacenamiento, distribución y dispensación, observando como mínimo los aspectos que sean aplicables que se encuentran establecidos en el Manual de condiciones esenciales y procedimientos del servicio farmacéutico definido por el Ministerio de la Protección Social (Adoptado mediante la Resolución No de 2007) y las demás normas que lo adicionen, modifique o sustituya CONDICIONES ESPECÍFICAS El PROPONENTE seleccionado deberá: a) Adquirir, recibir y almacenar, distribuir y dispensar los medicamentos requeridos por los usuarios de UNISALUD, para lo cual deberá tener en cuenta el listado de medicamentos autorizados por UNISALUD, la denominación común internacional de estos, la Guía de Biodisponibilidad del Ministerio de Salud y de Protección Social, la presentación, los laboratorios que los producen, el orden de la selección (obligándose a entregar la primera opción excepto para aquellos medicamentos incluidos en la Guía de Biodisponibilidad del Ministerio de Salud y de Protección Social y acudiendo a la segunda opción previa autorización del supervisor/interventor del contrato), y el costo unitario negociado por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ. b) Ejecutar los procesos de adquisición, recepción técnica, almacenamiento, distribución, dispensación, control y evaluación, observando como mínimo lo establecido en el Manual de condiciones esenciales y procedimientos del servicio farmacéutico definido por el Ministerio de Salud y de Protección Social (adoptado mediante la Resolución No de 2007 y las demás normas que lo adicione, modifique o sustituya) y en aplicación del Decreto 2200 de 2005 modificado parcialmente por el Decreto 2330 de 2006 y demás normas concordantes. c) El PROPONENTE seleccionado realizará trimestralmente encuestas de satisfacción por el servicio prestado a los usuarios de UNISALUD; la cual deberá ser diseñada en conjunto con el supervisor/interventor del Contrato y el resultado de las encuestas debe ser puesto en conocimiento de la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ. Página 23 de 102

24 d) La disponibilidad en punto de venta de medicamentos deberá ser coherente con los consumos, asegurando de esta manera la adherencia sistemática y oportuna a la formulación de medicamentos de UNISALUD. e) Una vez recibida la notificación de suscripción de los contratos de negociación global de medicamentos entre la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ y los laboratorios, el tiempo de implementación del listado básico de medicamentos negociados deberá concertarse con el supervisor/interventor del contrato para dar aplicación en el menor tiempo posible, sin que dicho término sea superior a un (1) mes. f) Por ningún motivo podrán ser dispensados medicamentos cuya fórmula o prescripción no sea presentada en el formato autorizado por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, exceptuando (i) situaciones de fuerza mayor referidas a las fallas que se presenten en el sistema de información de la Unidad de Servicios de Salud -UNISALUD-, situación que deberá ser informada y autorizada por la UNIVERSIDAD; (ii) cuando la solicitud de entrega de los medicamentos se realice en horarios no hábiles o fines de semana con prescripciones en formatos de IPS que presten servicios a la UNIVERSIDAD; y (iii) las demás que sean concertadas previamente entre las partes. g) El PROPONENTE deberá contar con un software que garantice el adecuado registro y control para el servicio de dispensación de medicamentos que permita la generación de los reportes solicitados por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, hacer la detección eficaz y oportuna para evitar la doble entrega a un mismo usuario de idénticos medicamentos dentro de la misma vigencia de formulación, así como la interfaz con la base de datos de UNISALUD en los términos requeridos por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ. h) El PROPONENTE deberá acogerse a las regulaciones en materia de precios de medicamentos que existen y que se expidan por parte de la autoridad competente, durante la ejecución de este contrato en aras de favorecer los costos de operación para la institución y en beneficio de la equidad y coherencia con respecto a lo regulado por el SGSSS. En caso de presentarse situaciones especiales que no permitan dar aplicación a las normas vigentes, se concertará entre las partes la forma en que se facturará el valor del medicamento. Además se acogerá a las demás regulaciones de precios, porcentajes de intermediación o cualquier otro tope máximo que efectúe el Gobierno o la entidad competente PROCEDIMIENTO DE DISPENSACIÓN DE MEDICAMENTOS Adicionalmente a lo establecido en la normatividad aplicable, el PROPONENTE seleccionado deberá tener en cuenta para el proceso de dispensación, lo señalado a continuación: a) Recibir la fórmula u orden médica, ante lo cual deberá verificar la vigencia de la misma, que haya sido expedida por el personal de salud debidamente autorizado para tal fin y su contenido. En los horarios no hábiles (noche, fin de semana y festivos) podrán ser despachadas las fórmulas en el formato de la institución prestadora de servicios de salud en la que se haya atendido la urgencia, siempre y cuando las fórmulas se ciñan al listado básico de la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, y por las cantidades necesarias hasta el día hábil siguiente a la formulación o por las unidades mínimas de despacho. El día laboral siguiente al despacho de las fórmulas, éstas deben remitirse al responsable de autorizaciones de medicamentos definidas por UNISALUD Bogotá para su refrendación y registro en la respectiva historia clínica. b) Deberá exigir como soporte del recibido del medicamento a satisfacción por parte del usuario la firma en tinta y/o huella (en caso de imposibilidad para firmar) del usuario o su acudiente, con el número de documento de identificación, número de teléfono de ubicación del usuario y/o responsable y la fecha recibido del medicamento en el documento soporte. c) Cuando el dispensador encuentre que la fórmula presenta inconsistencias que pongan en riesgo la salud del paciente, solicitará al prescriptor la aclaración, corrección o adición de la misma. En todo caso, no dispensará la fórmula médica hasta no aclarar con el prescriptor cualquier duda sobre la prescripción o lograr la corrección o adición de la misma. Página 24 de 102

25 d) Solicitar y adjuntar a la orden de atención (fórmula) el comprobante de pago de las cuotas moderadoras, de acuerdo con las políticas que para éstas tenga establecido la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ. e) El dispensador entregará la totalidad de los medicamentos prescritos por el facultativo, al momento de la primera comparecencia del usuario, sin que se presenten retrasos que pongan en riesgo la salud y/o la vida del paciente. Los productos serán guardados en bolsas resistentes, cajas o cualquier otro medio que permita ser transportados adecuadamente y asegurar la conservación de su calidad. f) Generar al momento de la dispensación y hacer entrega al usuario de la tirilla postventa con indicación del valor del medicamento suministrado con copia de la misma a UNISALUD para ser anexada a la presentación de la factura a la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ. g) Realizar la dispensación informada al usuario por medio del personal idóneo, exhibiendo los medicamentos que se le están dispensando, confrontando con lo formulado las cantidades. h) En el acto de la entrega física del medicamento, el dispensador informará al usuario como mínimo sobre las condiciones de almacenamiento, forma de reconstitución del medicamento cuya administración sea la vía oral, medición de la dosis y cuidados que se deben tener en el almacenamiento del medicamento, y a fin de contribuir efectivamente al cumplimiento del efecto terapéutico previsto por el prescriptor, el uso adecuado del medicamento con observancia de la condición del personal que realice la entrega de acuerdo con la normatividad. i) Para el caso de la dispensación de medicamentos que requieran conservación en refrigeración u otra condición especial, el dispensador deberá garantizar que el usuario continúe con la cadena de frío o condiciones especiales después de la entrega, aprovisionándolo de los dispositivos y/o mecanismos para ello. j) El operador logístico deberá anexar a su propuesta un listado de precios unitarios de compra para los medicamentos que corresponden al pareto al 80% de costo y al pareto al 80% de consumo, así como para aquellos medicamentos que no fueron negociados por UNISALUD el año inmediatamente anterior con el fin de conocer los precios a los que se podrían adquirir estas moléculas en el eventual caso de desabastecimiento o descontinuación de los medicamentos negociados por UNISALUD con los diferentes laboratorios. Los precios unitarios del listado no deberán contener el margen de intermediación y deberán mantenerse actualizados durante la ejecución del contrato sin perjuicio de la normatividad aplicable sobre regulación de medicamentos. k) El PROPONENTE seleccionado entregará a la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ como un soporte de la factura y semanalmente, en medio digital, una relación consolidada de los medicamentos entregados que contenga entre otros, el correspondiente código de UNISALUD, código CUM, valor unitario de compra y valor total, la fecha de la fórmula, el nombre del usuario, número de documento de identificación, nombre del medicamento, nombre comercial del medicamento, laboratorio, cantidad entregada, y las demás que defina la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ durante la ejecución del contrato. Relación que debe ser concordante con las fórmulas médicas generadas por UNISALUD y entregadas a los usuarios. l) El PROPONENTE seleccionado NO podrá: i. Realizar cambio alguno en la prescripción o fórmula médica. ii. Cambiar el principio activo, concentración, forma farmacéutica, vía de administración, frecuencia, cantidad y la dosis prescrita. iii. Dispensar medicamentos alterados, fraudulentos, vencidos o con registro sanitario expirado. iv. Violar la reserva a que está obligado por razón de la función que desempeña. v. Recomendar a los usuarios el uso de medicamentos. vi. Distribuir, dispensar y administrar muestras médicas. vii. Enviar por correo certificado medicamentos de venta bajo prescripción médica, a menos que previo al envío sea presentada la prescripción médica y que se garanticen las condiciones y requisitos para el transporte de los mismos. En ningún caso, podrán enviarse por correo los medicamentos de control especial. viii. Comercializar con terceros los medicamentos adquiridos bajo la negociación de precios efectuada por la UNIVERSIDADcon los laboratorios farmacéuticos. Página 25 de 102

26 ix. Dispensar medicamentos cuando la orden de autorización expedida por UNISALUD esté vencida, caso en el cual deberá indicar al usuario que debe remitirse a UNISALUD. m) El PROPONENTE seleccionado realizará las acciones específicas de control definidas en la normatividad aplicable y como mínimo: i. Control de fechas de vencimiento. ii. Control de reservas: Nivel mínimo de existencias y Puntos de reposición PROCEDIMIENTO DE ENTREGA DE MEDICAMENTOS PENDIENTES El PROPONENTE seleccionado entregará la totalidad de los medicamentos prescritos, al momento de la primera comparecencia del interesado, sin que se presenten retrasos que pongan en riesgo la salud y/o la vida del paciente. En caso de presentarse faltantes, ya sea uno o varios medicamentos pendientes, estos tendrán que ser suministrados a más tardar dentro de las cuarenta y ocho (48) horas calendario siguientes a la presentación de la fórmula, en primera instancia, en el domicilio dentro del perímetro urbano acordado con el usuario, o en su defecto, en el lugar de residencia de éste. Cuando los medicamentos pendientes de entregarse, sean de primera línea, esto es ANTIBIÓTICOS, ANALGÉSICOS, ANTICONVULSIVANTES,A NTIHIPERTENSIVOS, INSULINAS, HEPARINAS, ANTIRRETROVIRALES, ONCOLÓGICOS, HIPOGLICEMIANTES y los que la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ considere de uso vital, deberán entregarse a domicilio en la dirección suministrada por el usuario, si la ley permite su dispensación en esa modalidad, o en la forma que sea acordada directamente con el usuario en un plazo no superior a veinticuatro (24) horas calendario siguientes a la presentación de la fórmula en el punto de dispensación. Cuando no sea posible la dispensación de la primera opción del listado de medicamentos, se deberá solicitar autorización escrita al supervisor/interventor del contrato, por cualquier medio que permita revisar la evidencia de su comunicación, para hacer uso de la segunda opción, justificando el inconveniente que conlleve a la no dispensación de la primera opción. En los casos en que el usuario decida no hacer uso del servicio de entrega a domicilio (servicio que debe ser ofrecido en primera instancia, de lo cual deberá quedar evidencia debidamente firmada con indicación de la fecha en la que éste reclamará el medicamento) y sea el mismo usuario quien decida acercarse directamente a reclamar el pendiente al punto de dispensación, se deberá cumplir con la entrega dentro de los plazos definidos, según corresponda el medicamento y se pondrá en conocimiento del supervisor/interventor por cualquier medio que permita revisar la evidencia de su comunicación. En los casos del servicio a domicilio para la entrega de un medicamento pendiente y en el evento en que el paciente o persona responsable no se encuentra en el mismo, se deberá dejar constancia mediante el registro en planilla diseñada por el PROPONENTE que contendrá como mínimo, los datos del paciente, la fecha del domicilio, el medicamento pendiente y las observaciones relacionadas con la no entrega en el domicilio, y se pondrá en conocimiento del supervisor/interventor por cualquier medio que permita revisar la evidencia de su comunicación. Se deberá establecer un sello de control, que se estampará en la fórmula y/o orden de despacho, al frente del medicamento o medicamentos pendientes, además de contar con un documento de control, donde conste el número de la fórmula, el (los) medicamento(s) pendiente(s), la fecha de entrega y la firma del usuario en respuesta de aceptación y recibido en el momento del despacho del medicamento pendiente, este documento hará parte integral de la facturación con el objeto de determinar la oportunidad (fecha) en la que el usuario recibe materialmente el medicamento que se encontraba pendiente por entregar y facilitará el trámite para efectos del control y auditoría de la facturación. La facturación de los medicamentos, deberá hacerse en la fecha que efectivamente se entregan, para lo cual, se deben implementar los procedimientos y controles por parte del PROPONENTE seleccionado y Página 26 de 102

27 los soportes documentales que justifiquen técnicamente la generación de los medicamentos pendientes, deberá adjuntarse con el paquete general de la presentación de la cuenta. En los casos en que el usuario no se acerque a reclamar el medicamento pendiente, se deberá dejar constancia mediante el registro de la fecha inicial (después de haberse generado el pendiente), en la que se encuentre la disponibilidad del medicamento en el punto. Es responsabilidad del PROPONENTE seleccionado, cumplir con los tiempos de entrega para los medicamentos pendientes; por lo tanto, las dificultades que se presentaren en el suministro oportuno de los medicamentos y la relación de faltantes que se presenten, deberán ser notificadas al supervisor/interventor del contrato el mismo día, por cualquier medio que permita revisar la evidencia de su comunicación. En caso de presentarse cualquier situación que modifique las condiciones de entrega indicadas en el presente pliego debe ser puesta en conocimiento de inmediato al supervisor/interventor del contrato por cualquier medio que permita su evidencia INFORME DE PENDIENTES El PROPONENTE seleccionado deberá presentar semanalmente al supervisor/interventor del contrato un informe consolidado de la situación y estado de los medicamentos pendientes de entregar en el trascurso de la semana con la siguiente información: a) Fecha de la generación del pendiente b) Medicamento pendiente (DCI, forma farmacéutica y concentración) c) Registro de llamadas y número de llamadas realizadas al usuario como soporte de la gestión de la entrega del medicamento d) Causas de la no entrega e) Fecha y hora de entrega del medicamento pendiente f) Nombre completo y claro del usuario g) Firma, identificación y número telefónico del responsable del recibido del pendiente h) Indicadores que relacionen el número de medicamentos pendientes mes a mes y principales causas de pendientes (Desabastecimiento o descontinuación por parte del laboratorio, ruptura de inventario, problemas de importación, entre otros.) DISPENSACIÓN DE MEDICAMENTOS AUTORIZADOS POR EL COMITÉ TÉCNICO CIENTÍFICO DE UNISALUD Los medicamentos aprobados por el Comité Técnico Científico de UNISALUD, CTC, tendrán un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas calendarios siguientes para ser entregados, a partir de la presentación de la orden médica en el punto de dispensación. El CTC informará al PROPONENTE seleccionado de manera semanal y oportuna los medicamentos aprobados, mediante listado que relaciona: Nombre e identificación del usuario, medicamento aprobado, forma farmacéutica, concentración, régimen de dosificación y tiempo de aprobación. El PROPONENTE seleccionado deberá coordinar con UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ cuando se trate de medicamentos que requieran importación o algún trámite especial para su adquisición CONTROL DE POLIMEDICADOS E INFORMACION DE FARMACOVIGILANCIA Y TECNOVIGILANCIA Página 27 de 102

28 El PROPONENTE seleccionado debe proporcionar mensualmente a la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ el reporte de los pacientes polimedicados en el cual se incluya, el despacho de la formulación por paciente; la posología, las fechas de despacho, cantidad enviada, médico tratante y demás información que sea concertada con la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ. Esta información deberá estar completa, ser veraz, con calidad, sustentada en evidencia, con datos obtenidos de sus propias fuentes para establecer la comunicación con la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ. Dicho informe deberá contener el análisis de los principales Problemas Relacionados con Medicamentos tales como interacciones farmacológicas, duplicidad terapéutica y dosis e involucrará información útil para el seguimiento a dichos pacientes por parte de UNISALUD Sede Bogotá. Adicionalmente se deberá aportar información sobre las principales reacciones adversas reportadas para los usuarios de UNISALUD y enviadas en cumplimiento con la normatividad legal al Programa Nacional de Farmacovigilancia y Tecnovigilancia del INVIMA por parte del operador, respecto a la frecuencia de ocurrencia, medicamento sospechoso y severidad de la reacción (Seria, No seria, sin clasificar) Dentro de los manuales, procesos y procedimientos mencionados en las condiciones generales, se contará como indispensable el procedimiento de gestión de riesgo en el eventual caso de reporte de una reacción adversa a medicamentos 6.6. FACTURACIÓN DE LOS MEDICAMENTOS El PROPONENTE seleccionado deberá emitir diariamente en la fecha que efectivamente sean entregados los medicamentos la tirilla postventa al usuario con copia a UNISALUD y deberá facturar y entregar semanalmente la factura por lo dispensado en ese periodo respaldado en medio magnético e impreso cumpliendo los requisitos legales y tributarios reglamentarios vigentes, acompañadas del original de la orden y/o fórmula médica debidamente firmada y fechada por el usuario o su acudiente como comprobante de recibido de los medicamentos, autorizaciones del Comité Técnico Científico, si es el caso; así como la certificación de pago de aportes al SGSS para efectos de lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 del 2002; y en general, acompañada de los soportes y/o informes requeridos legal y contractualmente. Las facturas devueltas podrán ser enviadas nuevamente a la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, una vez el PROPONENTE seleccionado subsane la causal de devolución, respetando el período establecido para la recepción de facturas. Toda factura con sus soportes radicada en la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ por el PROPONENTE seleccionado se convierte en soporte original de los registros financieros de la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ; por lo cual, no procede la devolución para trámites posteriores del PROPONENTE seleccionado PRESENTACIÓN DE CUENTAS El PROPONENTE deberá presentar mensualmente las cuentas por concepto de dispensación de medicamentos dentro de los primeros diez (10) días hábiles del mes siguiente al que se está facturando. a) Anexar el reporte de los pacientes polimedicados e información de farmacovigilancia y tecnovigilancia que se indica en el aparte También deberá anexar los RIPS de medicamentos en la estructura definida normativamente, obligándose a atender los requerimientos que efectúe la UNIVERSIDAD- UNISALUD SEDE BOGOTÁ para la corrección de la información, dentro de los quince (15) días siguientes a su notificación. Página 28 de 102

29 Los documentos que conforman las cuentas deberán radicarse en la Sede Bogotá de UNISALUD, en cajas, debidamente foliados, en forma separada, tal como se describe a continuación, la no presentación de la facturación con los datos aquí contenidos es causal de devolución de la misma hasta la verificación por parte de la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ del diligenciamiento total y correcto de todos los campos: a) Facturas, tirillas y fórmulas originales debidamente foliadas. b) Soportes de medicamentos pendientes en formato original, copias del original de la fórmula, con el informe consolidado descrito en el numeral del presente Pliego de Condiciones, por cada uno de los puntos de atención. c) Certificado de paz y salvo expedido por el revisor fiscal o el representante legal, según sea el caso, frente a las obligaciones del pago a la seguridad social y parafiscales. d) Reporte del registro de los despachos en archivo plano delimitado por comas y/o en Excel, con los siguientes campos: 1. No. de la factura 2. Tipo de documento del usuario 3. Número de documento de identificación del usuario 4. Nombre completo del usuario 5. Código del Plan 6. Número de Orden Médica de UNISALUD (Código de Barras) 7. Fecha de emisión de la fórmula. 8. Código del medicamento (Con codificación propia de UNISALUD) 9. Tipo del Medicamento (MO1: POS, M30: POS y PAC; M50: NO POS) 10. La denominación común internacional del medicamento entregado (Nombre Genérico) 11. Nombre comercial del medicamento 12. Laboratorio Farmacéutico 13. Forma farmacéutica 14. Concentración del medicamento 15. Cantidad despachada en unidades formuladas (tableta, sobre, ampolla, frasco, jeringa etc.). 16. Cantidad pendiente en unidades mínimas de despacho (tableta, sobre, ampolla, frasco, jeringa etc.). 17. Causal del pendiente (01 Desabastecimiento o descontinuación por parte del laboratorio, 02 Ruptura de inventario, 03 problemas de importación, entre otros) 18. Formulación posfechada (0: No; 1: Si) 19. Valor Unitario del medicamento en unidades mínimas de despacho (tableta, sobre, ampolla, frasco, jeringa etc.) 20. Valor del porcentaje de intermediación 21. IVA para los productos que aplique 22. Valor total de medicamento despachado. 23. Fecha de dispensación 24. Código del Convenio o sede al cual pertenece. 25. Código del médico 26. Código CUM AUDITORÍA A LAS CUENTAS RADICADAS POR EL OPERADOR LOGÍSTICO SELECCIONADO Para el desarrollo de la auditoría a las cuentas, la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ podrá contratar los servicios de una empresa especializada que cuente con la infraestructura y el recurso humano idóneo. Igualmente, esta auditoría podrá ser desarrollada a través del personal de planta o contrato que acredite experiencia en ese tipo de actividades. Se aclara que la auditoría es diferente de la supervisión y/o interventoría del contrato. Página 29 de 102

30 Para el ejercicio de la auditoría la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ se reserva la facultad de solicitar al operador logístico copia de las facturas de compra de los medicamentos, la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ puede verificar las facturas contra inventario y/o lotes; la presentación de éstas deberá hacerse de manera oportuna para dar cumplimiento a los términos de formulación de glosas MOTIVOS DE GLOSA A LA FACTURACIÓN PRESENTADA POR EL OPERADOR LOGÍSTICO SELECCIONADO Los siguientes son los motivos de glosas que pueden surgir, previa revisión y auditoría de la facturación, junto con sus soportes, radicados por el operador logístico: 1. Mayor valor facturado. 2. Medicamento facturado no corresponde al prescrito. 3. Fórmula sin firma del usuario. 4. Facturado a nombre de usuario diferente al formulado. 5. Medicamento no autorizado. 6. No existe soporte o no corresponde. 7. Cantidad facturada no corresponde a cantidad prescrita. 8. Fecha excede validez de la fórmula, para efectos prácticos el fin de semana o día festivo se extenderá dentro de los plazos establecidos de las 48 horas calendario, pudiéndose entregar el medicamento el lunes o martes inmediatamente siguiente sin modificación o validación de la fórmula por parte de UNISALUD. 9. Fórmula sin firma del prescriptor. 10. Pendiente facturado que no cuente con soporte de entrega. 11. Doble facturación. 12. Medicamento entregado no corresponde al seleccionado: En caso de entregar un medicamento diferente y más cotoso al escogido por UNISALUD Sede Bogotá en cuanto al laboratorio y presentación seleccionada y la entrega no sea justificada*, se reconocerá únicamente el valor negociado por UNISALUD para la primera opción incluyendo el porcentaje de intermediación, a excepción de aquellos medicamentos incluidos en la Guía de Biodisponibilidad del Ministerio de Salud y de Protección Social en donde existirá previo acuerdo con la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ. 13. Pendiente entregado fuera de los tiempos establecidos: En caso que hayan vencido los plazos para la entrega de un medicamento pendiente y la entrega tardía no sea justificada* dentro del plazo establecido para el trámite de glosas, se procederá a glosar el respectivo porcentaje de intermediación. 14. Valores facturados que excedan los precios máximos regulados por el Gobierno Nacional o por las autoridades competentes. *Se entenderá justificada únicamente en los casos de desabastecimiento o descontinuación del producto, probado mediante certificación o carta suscrita por los laboratorios farmacéuticos NOTA: Se aclara que este listado no es taxativo TRÁMITE DE GLOSAS a. La UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes a la presentación de la factura con todos sus soportes, formulará y comunicará al PROPONENTE seleccionado las glosas a cada factura. Página 30 de 102

31 b. Una vez formuladas las glosas a una factura, no se podrán formular nuevas glosas a la misma factura, salvo las que surjan de hechos nuevos detectados en la respuesta dada a la glosa inicial. c. El PROPONENTE seleccionado deberá dar respuesta a las glosas presentadas por la UNIVERSIDAD, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a su recepción. En su respuesta a las glosas, el PROPONENTE seleccionado deberá indicar su aceptación o justificar la no aceptación. d. La UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la recepción de la respuesta, decidirá si levanta total o parcialmente las glosas o las deja como definitivas. e. Si cumplidos los quince (15) días hábiles, el PROPONENTE seleccionado considera que la glosa es subsanable, tendrá un plazo máximo de siete (7) días hábiles para subsanar la causa de las glosas no levantadas y enviar las facturas enviadas nuevamente a la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ. f. Los valores por las glosas levantadas serán cancelados dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, informando de este hecho al PROPONENTE seleccionado. g. Vencidos los términos y en el caso de que persista el desacuerdo se procederá en los términos establecidos por la ley ESPECIFICACIONES DE TECNOLOGÍA E INFORMACIÓN (REQUERIMIENTOS INFORMÁTICOS) Requerimientos mínimos de Hardware El PROPONENTE debe disponer para el punto interno de la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ mínimo de un (1) computador de escritorio, que cumpla como mínimo las siguientes especificaciones técnicas o las supere: Componentes Especificaciones mínimas Cantidad Mínimo uno (1) en cada punto de dispensación Procesador Inter Core i5, Cache 6 MB Memoria 6 GB Monitor 19 Tarjeta de Video Integrada independiente 512 MB Disco Duro 500 GB Sistema Operativo Windows Mouse PS2/USB Teclado Español, PS2/USB Unidad Óptica DVD+/-RW, SuperMulti DVD Parlantes Internos Externos Tarjeta de Red Ethernet Requerimientos de Software. El PROPONENTE debe tener la capacidad de generar interface de información con el Sistema de la Unidad de Servicios de Salud UNISALUD-Sede Bogotá, para lo cual se requiere sea compatible con la plataforma utilizada en la sede de la Unidad. SEDE MOTOR BASE DE DATOS SISTEMA OPERATIVO SERVIDOR CLIENTE BASE DE DATOS Bogotá Oracle 10g LINUX RED HAT Oracle 10g Página 31 de 102

32 La interfaz debe operar en línea con la Base de Datos de la Unidad de Servicios de Salud UNISALUD- Sede Bogotá y debe permitir realizar consulta de los datos correspondientes a las entregas de medicamentos a los usuarios, proporcionando como mínimo los siguientes datos: FACTURA DOCUM_CARNE NRO_FORMULA CUENTA_INT COD_UNISALUD Número factura Número de identificación del afiliado Consecutivo de la orden de medicamentos Código de la cuenta de medicamentos a que corresponde el material (PYP, CTC, Convenios, general, etc.) Éstos son los códigos empleados en el maestro de medicamentos de UNISALUD. En caso de que el proponente utilice codificación diferente, debe garantizar la homologación a los códigos UNISALUD, para realizar los reportes en estos códigos. UND MIN_CONSUMO Corresponde a la unidad de presentación del producto (p.e. unidad, blíster, etc.) NOMBRE_GENERICO Corresponde a la denominación del medicamento en su forma genérica DEN_MATERIAL Corresponde al nombre comercial del medicamento. LABORATORIO Nombre de la casa comercial que elabora el medicamento. CANT_UND Cantidad incluida en la unidad de consumo UNIDOSIS Cantidad ordenada en la orden de medicamentos PRECIO_UNIT Precio por unidad de consumo VRMATSIVA Valor de la unidosis sin IVA VLR_IVA Valor del IVA de la unidosis (cuando aplique) VR_COBRO Valor a cobrar FECHA_ENT Corresponde de la fecha de entrega del medicamento REG_MEDICO Registro del médico que envía la orden de medicamentos COD_CUM Código Único de Medicamentos según resolución INVIMA 0255 de 2007 La UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ suministrará un usuario de consulta con acceso a la información actualizada referente a listado básico de medicamentos de la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, en caso de que el PROPONENTE seleccionado la requiera, igualmente la demás información que se requiera para el desarrollo de la interfaz (archivos planos, Excel, etc.) que cumpla con las políticas de seguridad y confidencialidad de la información de la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ. El PROPONENTE debe indicar en su propuesta el tiempo en días calendario para el desarrollo y puesta en marcha de la Interfaz. El PROPONENTE seleccionado debe establecer un canal FTP (Protocolo de transferencia de archivos) con la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ para el envío y recepción de información asegurando la seguridad y confidencialidad de ésta. Por medio de este canal FTP, UNISALUD recibirá toda la información del operador logístico y enviará periódicamente las bases de datos, según punto 1 del Anexo 2, para la dispensación de los medicamentos. En caso que un usuario reclame medicamentos y no se encuentre relacionado en este reporte, el PROPONENTE seleccionado procederá a comunicarse con la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ para validar la información y entregar el medicamento. Página 32 de 102

33 6.8. REQUERIMIENTOS DE INFORMACIÓN El PROPONENTE debe reportar a la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ la información correspondiente a la facturación de la dispensación efectuada, las facturas de compra de medicamentos negociados y no negociados según solicitud de la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, el estado de la ejecución del contrato cuando llegue al 60%, los informes mensuales de las actividades de promoción y prevención las cuales se deben pactar previamente con la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ que se deben reportar al Ministerio de Salud y de Protección Social según Resolución 3344 del 2000 y demás reportes solicitados por la normatividad y/o la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ con la periodicidad y/o términos establecidos de manera oportuna, completa, veraz, con calidad, sustentada en evidencia y con datos obtenidos de sus propias fuentes, para lo cual se establece, en términos generales, que el PROPONENTE seleccionado responderá las consultas y solicitudes que sean efectuadas por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de recibo de la solicitud. El PROPONENTE seleccionado debe reportar la información requerida según Resolución 1604 de 2013 del Ministerio de Salud y de Protección Social y Circular 002 de 2011 de la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos. El PROPONENTE seleccionado realizará una evaluación y calificación de los laboratorios incluidos en la negociación global de medicamentos en el instrumento que determine la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ para tal fin con un reporte de periodicidad semestral OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL PROPONENTE Además de las obligaciones propias de la naturaleza del objeto de la presente invitación, el PROPONENTE seleccionado se obliga con la suscripción del contrato a: 1. Adquirir, recibir y almacenar, distribuir y dispensar los medicamentos requeridos por los usuarios de UNISALUD y de Acuerdos de Voluntades suscritos con Universidades Públicas cuando haya lugar, para lo cual deberá tener en cuenta el listado de medicamentos de UNISALUD, la denominación común internacional (nombres genéricos) de estos, la presentación, los laboratorios que los producen y si se trata de productos negociados por la UNIVERSIDAD. 2. Ejecutar los procesos de adquisición, recepción técnica, almacenamiento, distribución y dispensación, observando como mínimo lo establecido en el Manual de Condiciones Esenciales y procedimientos del servicio farmacéutico definido por el Ministerio de la Protección Social, adoptado mediante la Resolución No de 2007 y las demás normas que lo adicionen, modifique o sustituya. 3. Adquirir los medicamentos con estricta observancia de las marcas y/o laboratorios seleccionados y negociados por la UNIVERSIDAD, teniendo en cuenta la Denominación Común Internacional (nombres genéricos) de estos, la presentación, los laboratorios seleccionados, el orden de la selección (obligándose a entregar la primera opción excepto para aquellos medicamentos incluidos en la Guía de Biodisponibilidad del Ministerio de la Protección Social y acudiendo a la segunda opción previa autorización del supervisor/interventor del contrato ) y el costo unitario negociado, con el fin de tenerlos disponibles para la satisfacción de las necesidades de los usuarios. 4. Programar las cantidades de medicamentos a adquirir, teniendo en cuenta los indicadores de punto de reposición, consumos promedios, niveles mínimos y tiempo de reposición; realizando las acciones pertinentes para el estricto control de existencias, inventario y fechas de vencimiento. Página 33 de 102

34 5. Dar aviso oportuno al supervisor/interventor del contrato ante el desabastecimiento por parte del laboratorio previa presentación de la carta del productor con el fin de revisar el tiempo y la molécula que entraría a reemplazar el medicamento desabastecido. 6. Gestionar suministros coherentes con los consumos, asegurando de esta manera la adherencia sistemática y oportuna a la negociación global de precios de medicamentos con los laboratorios. El tiempo de implementación del listado básico de medicamentos no puede ser superior a un (1) mes. 7. Implementar los mecanismos para determinar permanentemente la demanda insatisfecha de servicios y corregir rápidamente las desviaciones que se detecten, para garantizar la disponibilidad de los medicamentos que requiera la atención de los usuarios; lo cual deberá ser informado de manera oportuna cada semana, completa, veraz, con calidad, sustentada en evidencia, los datos deben ser obtenidos de sus propias fuentes para establecer la comunicación con la UNIVERSIDAD. 8. Efectuar la distribución y/o dispensación de la totalidad de los medicamentos prescritos por los profesionales de la salud adscritos a UNISALUD y/o los que sean autorizados por el Comité Técnico Científico, de acuerdo a los productos negociados por la UNIVERSIDAD con los laboratorios farmacéuticos, en la cantidad formulada y/o autorizada. 9. Efectuar la dispensación (i) en los puntos de atención definidos en el presente contrato y/o en la propuesta presentada, (ii) al momento del recibo de la solicitud del usuario, (iii) dentro de las fechas de vigencia de la respectiva fórmula o prescripción; (iv) sin que se presenten retrasos que pongan en riesgo la salud y/o la vida de los usuarios. 10. Cumplir con los tiempos de entrega establecidos en el pliego de condiciones para los medicamentos pendientes; por lo tanto, las dificultades que se presentaren en el suministro oportuno de los medicamentos y la relación de faltantes que se presenten, deberán ser notificados al supervisor/interventor del contrato el mismo día, por cualquier medio que permita revisar la evidencia de su comunicación. 11. Presentar semanalmente al supervisor/interventor del Contrato, un informe consolidado de la situación y estado de los medicamentos pendientes de entregar en el trascurso de la semana, el cual deberá contener como mínimo la información establecida para tal fin en el pliego de condiciones. 12. En el espacio adecuado como establecimiento farmacéutico que funcione en UNISALUD Sede Bogotá. El proponente seleccionado efectuará como mínimo los procesos de distribución y dispensación de medicamentos, y los que estos impliquen para su desarrollo. 13. Para efectos del punto interno de atención, el proponente se obliga a suscribir con la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ un contrato de arrendamiento, en el cual se describirán los espacios físicos objeto del arriendo y el canon del mismo; y adicionalmente, deberá pagar oportunamente los cánones de arrendamiento de las instalaciones de la sede y los servicios públicos en los que se incurra. 14.Al Suministrar a los usuarios los medicamentos deberá informarles sobre su uso adecuado con observancia de la condición del personal que realice la entrega de acuerdo con la normatividad. 15.Para la dispensación deberá empacar adecuadamente los medicamentos que van a ser transportados por los pacientes hasta el lugar de almacenamiento final. 16.Contar con una tecnología básica que garantice el adecuado registro y control para el servicio de dispensación de medicamentos, los cuales se obliga a instalar y mantener actualizados para generar los reportes que la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ exija. 17.Mantener actualizados los procesos, procedimientos, recursos, mecanismos de control y documentación, de carácter técnico y/o administrativo, que aseguren el cumplimiento del objeto del presente contrato. 18.Contar con los criterios, técnicas y métodos que permitan continuamente controlar, evaluar y gestionar la calidad durante el proceso de almacenamiento de medicamentos, de conformidad con el artículo 13 del Decreto 2200 de 2005 modificado parcialmente por el Decreto 2330 de 2006, el Manual de Condiciones Esenciales y Procedimientos del Servicio Farmacéutico definido Página 34 de 102

35 por el Ministerio de la Protección Social, la resolución que lo adopta y las demás normas aplicables a la materia o que los modifiquen, adicionen o sustituyan. 19.Presentar los informes que sean requeridos por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, dentro de la periodicidad indicada por la misma y/o señalada en el pliego de condiciones, que permitan la adopción de mecanismos de verificación de las órdenes prescritas, dispensadas y no dispensadas. Los datos contenidos en los informes deberán ser oportunos, completos, veraces, con calidad, sustentados en evidencia y obtenidos de sus propias fuentes. 20.Bajo ninguna circunstancia, el proponente comercializará con terceros los medicamentos adquiridos bajo la negociación de precios efectuada por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ. 21.Participar en los programas y campañas que se relacionen con el uso de medicamentos, especialmente, los programas de Farmacovigilancia, Tecnovigilancia, uso de antibióticos, Programas de Seguridad al paciente, entre otros, de acuerdo a lo que definan las normas respectivas. 22.Iniciar, adelantar y llevar hasta su culminación las actuaciones y trámites respectivos ante el ente competente de inspección, vigilancia y control de los servicios farmacéuticos, para que los establecimientos, tanto internos como externos, sean autorizados y/o conceptuados favorablemente para su funcionamiento, según corresponda. En consecuencia, se compromete a cumplir con todos los requisitos definidos en las normas aplicables para los procesos correspondientes al suministro de medicamentos en general y de control especial, y observar lo dispuesto en el Decreto 2200 de 2005, Resolución 1403 de 2007 del Ministerio de la Protección Social, así como las demás normas especiales que regulen la materia. 23.En el caso que las autoridades competentes requieran que los trámites de autorización o conceptos de funcionamiento sean adelantados en conjunto con la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, el PROPONENTE seleccionado deberá informarlo por escrito a la Unidad de Servicios de Salud UNISALUD- Sede Bogotá y acompañarla técnicamente en el proceso que corresponda. 24.Para el suministro de medicamentos sometidos a fiscalización o de control especial, determinados de esa manera por las autoridades competentes (Ministerio de la Protección Social, UAE, Fondo Nacional de Estupefacientes), el PROPONENTE seleccionado deberá cumplir con lo dispuesto en las normas establecidas, en especial en lo dispuesto en la Resolución 1478 de 2006 del Ministerio de la Protección Social y las demás normas que la modifican, adicionan o sustituyan. En ningún caso se podrá iniciar la dispensación sin las inscripciones exigidas en la Ley. 25.En lo referente a los medicamentos sometidos a fiscalización o de control especial, el PROPONENTE deberá enviar al supervisor/interventor del contrato, copia del informe de inventario de ese tipo de medicamentos, en forma mensual. 26.Efectuar las acciones que correspondan para mantener las condiciones esenciales requeridas legalmente para el funcionamiento de los establecimientos farmacéuticos en el cumplimiento de sus actividades y/o procesos. 27.Instalar todos los muebles, equipos, instrumentos y materiales necesarios que se requieran para el cumplimiento de las actividades y/o correcto funcionamiento de los procesos, los cuales deben ser modernos y funcionales. 28.Asumir todos los costos de trámite de funcionamiento, tales como las autorizaciones y/o conceptos favorables, trámites, mantenimiento de inmuebles, seguros, gastos y obligaciones económicas laborales, inventario, etc. 29.Mantener las condiciones en que fueron propuestos los puntos externos de atención, los cuales deben estar ubicados dentro de la zona urbana, en lugares de fácil acceso y que brinden seguridad a los usuarios, de los cuales uno deberá atender 24 horas al día, 7 días a la semana. Cualquier variación respecto los puntos de atención deberá ser concertada previamente con la Dirección de Sede o el encargado responsable de la sede respectiva. 30.Disponer del recurso humano idóneo y suficiente, con los conocimientos, destrezas y competencias necesarios para la realización de las actividades propias de los procesos que adelante en cumplimiento del objeto contractual. Por lo tanto, tendrá en forma permanente, Página 35 de 102

36 personal calificado que atienda las observaciones efectuadas por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, así como las auditorias concurrentes que se efectúen a los establecimientos farmacéuticos, revisión de las cuentas y todos los procedimientos relacionados con el suministro de medicamentos, entre los que están la revisión de las entregas a domicilio, revisión de informes referidos a la atención al usuario, respuesta a inquietudes, quejas y reclamos de los usuarios y del equipo médico de la Unidad de Servicios de Salud -UNISALUD-. 31.Disponer lo pertinente para que el punto ubicado en las instalaciones de la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, cuente con el siguiente recurso humano: (i) Un Tecnólogo en regencia de farmacia permanente y (ii) como mínimo dos (2) auxiliares de farmacia; siempre y cuando, ese número garantice la oportuna y adecuada atención al público; en caso contrario, se compromete a aumentar el recurso humano en relación con las necesidades del servicio. 32.Tener a su cargo la totalidad del personal de los establecimientos farmacéuticos (interno y externos); y por lo tanto, no existirá relación laboral entre el personal que ejecuta el servicio y La UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ. 33.Facilitar a la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ el acceso a la información contenida en las Hojas de Vida del personal propuesto para su verificación; cualquier cambio de los integrantes del recurso humano, deberá ser informado de manera inmediata a la Dirección de UNISALUD Sede Bogotá, anexando la hoja de vida y los soportes correspondientes. 34.Realizar trimestralmente encuestas de satisfacción a los usuarios del servicio prestado; para lo cual, la UNIVERSIDAD podrá definir especificaciones para su realización. En todo caso, los resultados de las encuestas deben ser puestos en conocimiento de la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ. 35.Por ningún motivo, podrán ser dispensados medicamentos cuya fórmula o prescripción no sea presentada en el formato autorizado por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, exceptuando (i) situaciones de fuerza mayor referidas a las fallas que se presenten en el sistema de información de la Unidad de Servicios de Salud -UNISALUD-, situación que deberá ser informada y autorizada por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ; (ii) cuando la solicitud de entrega de los medicamentos se realice en horarios no hábiles o fines de semana con prescripciones en formatos de IPS que presten servicios a la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ; y (iii) las demás que sean concertadas previamente entre las partes. 36.Implementar y ejecutar una herramienta sistemática que permita establecer mecanismos de control en la dispensación de medicamentos con el fin de evitar la doble entrega a un mismo usuario de idénticos medicamentos dentro de la misma vigencia de formulación y que permita realizar un seguimiento respecto a condiciones como interacciones farmacológicas, duplicidad terapéutica y dosis incorrectas o cualquier otro Problema Relacionado con Medicamentos que pueda resultar en un problema de seguridad para el paciente. 37.Dar estricto cumplimiento al procedimiento señalado para la dispensación de medicamentos. 38.Dar estricto cumplimiento al procedimiento señalado para la entrega de medicamentos pendientes y la entrega del informe semanal. 39.Dar estricto cumplimiento al procedimiento señalado para la dispensación de medicamentos autorizados por el Comité Técnico Científico de UNISALUD. 40.Cuando se trate de medicamentos que requieran importación o algún trámite especial para su adquisición, el PROPONENTE seleccionado deberá comunicar al Director de UNISALUD Sede Bogotá o encargado responsable el día que recibe la orden para pactar el tiempo de entrega y de esa manera evitar que sea glosado su facturación. 41.Facturar diariamente los medicamentos dispensados, cumpliendo los requisitos legales y tributarios reglamentarios vigentes y presentar las cuentas mensualmente, con la respectiva liquidación diaria, en medio magnético e impreso, acompañadas de la fórmula o prescripción debidamente firmada y fechada por el usuario o su acudiente y de cada comprobante de despacho de los medicamentos, así como la certificación de pago de aportes al SGSS. 42.Presentar mensualmente las cuentas por concepto de dispensación de medicamentos dentro de los primeros diez (10) días hábiles del mes siguiente al que se está cobrando, anexando el reporte de los pacientes polimedicados e información de farmacovigilancia y teconovigilancia y Página 36 de 102

37 todos los documentos que conforman las cuentas en cajas, debidamente foliados, en forma separada. 43.Dar estricto cumplimiento a los términos contenidos en el procedimiento establecido para el trámite de glosas y respuestas. 44.Cumplir con los Requerimientos mínimos de Hardware y Software ofertados. 45.Instalar y poner en funcionamiento el software de dispensación de medicamentos, mantener actualizados los datos y generar los reportes de manera oportuna, completa, veraz, con calidad, sustentada en evidencia, con datos obtenidos de sus propias fuentes para establecer la comunicación con la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, de acuerdo a lo establecido en el pliego de condiciones. 46.Proporcionar mensualmente a la Unidad de Servicios de Salud UNISALUD- Sede Bogotá de la UNIVERSIDAD el reporte de los pacientes polimedicados en el cual se incluya, el despacho de la formulación por paciente; la posología, las fechas de despacho, cantidad enviada, médico tratante; información que deberá estar completa, veraz, con calidad, sustentada en evidencia, con datos obtenidos de sus propias fuentes para establecer la comunicación con la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, de acuerdo a lo establecido en el pliego de condiciones. 47.Reportar a la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ la información correspondiente a la facturación de la dispensación efectuada en los Archivos CUM (CODIGO UNICO DE MEDICAMENTOS). También deberá anexar los RIPS de medicamentos en la estructura definida normativamente, obligándose a atender los requerimientos que efectúe la UNIVERSIDAD- UNISALUD SEDE BOGOTÁ para la corrección de la información, dentro de los quince (15) días siguientes a su notificación. Informar el estado de la ejecución del contrato cuando llegue al 60%. 48.Entregar mensualmente al supervisor/interventor del contrato el reporte de las actividades obligatorias según resolución 3344 del 2000 con respecto a la dispensación de medicamentos incluidos en las actividades de promoción y prevención que se deben reportar al Ministerio de Salud y generar los reportes de manera oportuna, completa, veraz, con calidad, sustentada en evidencia y con datos obtenidos de sus propias fuentes. 49.Realizar una evaluación y calificación de los laboratorios incluidos en la negociación global de medicamentos en el instrumento que determine UNISALUD para tal fin con un reporte de periodicidad semestral. 50.Acogerse a las regulaciones en materia de precios de medicamentos que existen y que se expidan por parte del Congreso Nacional de la República, el Gobierno Nacional, el Ministerio de Salud y Protección Social y/o la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos o cualquiera que las sustituya en sus funciones y/o competencias, durante la ejecución de este contrato en aras de favorecer los costos de operación para la institución y en beneficio de la equidad y coherencia con respecto a lo regulado por el SGSSS. En caso de presentarse situaciones especiales que no permitan dar aplicación a las normas aplicables, se concertara con las partes la forma en que se facturara el valor del medicamento. Además se acogerá a las demás regulaciones de precios, porcentajes de intermediación o cualquier otro tope máximo que efectúe el Estado. 51.Las demás contenidas en el pliego de condiciones y las necesarias para la ejecución adecuada del objeto del Contrato. Página 37 de 102

38 CAPITULO VII PROPUESTA ECONÓMICA La presentación de la propuesta económica deberá contemplar todas y cada una de las actividades descritas en el componente técnico del presente Pliego de Condiciones, con los correspondientes costos directos e indirectos que sean necesarios para prestar a la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ el servicio integral contratado de manera oportuna, en los lugares y plazos definidos para desarrollar el objeto contractual, incluyendo el costo de los impuestos, tasas y contribuciones que con motivo de la suscripción, legalización o ejecución del contrato se lleguen a causar. Por lo anterior, el PROPONENTE deberá tener en cuenta todos los valores en que pudiera incurrir durante la suscripción, legalización o ejecución del contrato a la hora de expresar su propuesta económica en los porcentajes de intermediación. La propuesta económica deberá presentarse en el Formato No. 4, incluyendo el porcentaje de intermediación para los medicamentos negociados, no negociados y los correspondientes a medicamentos considerados especiales y/o de tratamientos de enfermedades de alto costo que aún no estén regulados por la autoridad competente y que efectivamente sean dispensados, teniendo en cuenta los factores de intermediación, de acuerdo a lo definido en la siguiente tabla: FACTORES DE INTERMEDIACIÓN Factor No. 1: Para los medicamentos negociados Factor No. 2: Para los medicamentos no negociados Factor No. 3: Para los medicamentos especiales y de tratamientos de enfermedades de alto costo* *Para efectos de los medicamentos especiales y de tratamientos de enfermedades de alto costo se tienen en cuenta los relacionados a continuación y todos los que sean necesarios para el tratamiento de las siguientes patologías: Cáncer, VIH, Trasplantes y Disfunción Renal: 1 ADALIMUMAB 21 TRASTUZUMAB 2 SOMATROPINA RECOMBINANTE 22 IMATINIB 3 ETANERCEPT 23 MICOFENOLATO MOFETILO 4 INSULINA GLARGINA 24 MICOFENOLATO SODICO 5 ERLOTINIB 25 BEVACIZUMAB 6 TERIPARATIDA 26 TACROLIMUS 7 INFLIXIMAB 27 INMUNOGLOBULINA 8 GOSERELINA 28 LEVETIRACETAM 9 ABATACEPT 29 BONSENTAN 10 INTERFERON BETA 1-B 30 BORTEZOMIB 11 INTERFERON BETA 1-A 31 ACETATO DE OCTREOTIDA 12 LEUPROLIDE ACETATO 32 PALIVIZUMAB 13 LEFLUNOMIDA 33 SORAFENIB 14 FACTOR ANTIHEMOFILICO VII RECOMBINANTE 34 VALGANCICLOVIR 15 FACTOR ANTIHEMOFILICO VII PLASMATICO 35 CAPECITABINA 16 RITUXIMAB 36 AMBRISENTAN 17 INTERFERON ALFA 2A PEGILADO 37 ANASTRAZOL 18 INTERFERON ALFA 2B PEGILADO 38 ACIDO IBANDRONICO 19 EVEROLIMUS 39 LENALIDOMIDA 20 FINGOLIMOD 40 NILOTINIB Nota: En caso que los medicamentos relacionados se encuentren negociados o no, para su pago se aplicará el porcentaje de intermediación más económico para la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ Página 38 de 102

39 entre el ofertado para medicamentos especiales y de tratamientos de enfermedades de alto costo y los negociados o no negociados, según corresponda. NOTA: La no presentación del Formato No. 4, será causal de RECHAZO. La información contenida en el Formato No. 4 podrá ser subsanable, en este caso la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ podrá requerir su aclaración por una sola vez y en cualquier momento, antes de la publicación de la evaluación definitiva, y si tal requerimiento no es atendido por el PROPONENTE, se configurará causal de rechazo de la PROPUESTA. CAPITULO VIII FACTORES DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Las propuestas presentadas válidamente en este proceso, serán analizadas por los evaluadores designados por la U UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ para tal efecto, garantizando una selección objetiva que le permita asegurar la escogencia del ofrecimiento más favorable para la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ y la realización de los fines que se buscan con la contratación. La UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ evaluará las propuestas con base en los aspectos relacionados en la siguiente tabla y suscribirá el contrato con aquella que obtenga el mayor puntaje, según los criterios establecidos a continuación: CRITERIOS A EVALUAR VERIFICACIÓN DE REQUISITOS JURÍDICOS VERIFICACIÓN DE REQUISITOS FINANCIEROS CAPACIDAD FINANCIERA VERIFICACIÓN DE REQUISITOS TÉCNICOS VERIFICACIÓN DE REQUISITOS ECONÓMICOS EXPERIENCIA ESPECÍFICA FACTOR DE INTERMEDIACIÓN TOTAL PUNTAJE CUMPLE/RECHAZO CUMPLE/RECHAZO CUMPLE/RECHAZO CUMPLE/RECHAZO CUMPLE/RECHAZO 30 PUNTOS 70 PUNTOS 100 PUNTOS 8.1. CRITERIOS DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS La UNIVERSIDAD efectuará la verificación de los aspectos jurídicos, financieros, técnicos y económicos de las propuestas, cuyo cumplimiento permite que se pueda entrar a evaluar la propuesta. Solamente las propuestas calificadas como CUMPLE jurídicamente, financiera, técnica y económicamente, serán tenidas en cuenta para la asignación y ponderación de puntaje VERIFICACIÓN DE REQUISITOS JURÍDICOS (CUMPLE / RECHAZO) Este factor se evaluará de acuerdo con el cumplimiento de cada uno de los requisitos exigidos en el numeral 4.1 del presente Pliego de Condiciones. El cumplimiento en este aspecto es requisito fundamental para que la PROPUESTA sea evaluada financiera y técnicamente VERIFICACIÓN DE REQUISITOS FINANCIEROS (CUMPLE / RECHAZO) Página 39 de 102

40 Este factor se evaluará de acuerdo con el cumplimiento de cada uno de los requisitos exigidos en el numeral 4.2 del presente pliego de condiciones ANÁLISIS CAPACIDAD FINANCIERA (CUMPLE / RECHAZO) Este factor analiza la capacidad del PROPONENTE propuesto en el Pliego de Condiciones. para realizar la gestión financiera del objeto Los estados financieros aportados en la propuesta, se evaluarán de acuerdo a los siguientes factores: Aspectos a evaluar Formula Cumple Índice de Liquidez Activo Corriente/ (sobre) Pasivo Corriente >1 Índice de Endeudamiento Capital de Trabajo (Pasivo Total Reservas Técnicas)/ Activo Total Activo Corriente Pasivo Corriente 70% Mínimo 20% del valor de la disponibilidad presupuestal estipulada en el Numeral 1.5 El PROPONENTE deberá cumplir los tres (3) indicadores exigidos para que su propuesta cumpla financieramente. Tratándose de uniones temporales o consocios cada uno de sus integrantes deberá cumplir con los tres indicadores VERIFICACIÓN DE REQUISITOS TÉCNICOS (CUMPLE/ RECHAZO) Este factor se evaluará de acuerdo con el cumplimiento de cada uno de los requisitos exigidos en el numeral 4.3 del presente pliego de condiciones. El incumplimiento de los anteriores aspectos dará lugar a que la PROPUESTA sea rechazada VERIFICACIÓN DE REQUISITOS ECONÓMICOS (CUMPLE / RECHAZO) Este factor se evaluará de acuerdo con el cumplimiento de cada uno de los requisitos exigidos en el Capítulo VII del presente pliego de condiciones EVALUACIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA DE LAS PROPUESTAS (100 PUNTOS) EXPERIENCIA ESPECÍFICA (30 PUNTOS) Para la calificación de este aspecto se evaluarán todos los documentos, según los requisitos exigidos en el numeral del presente Pliego de condiciones. El PROPONENTE que presente el mayor valor en las certificaciones de experiencia válidamente aportadas tendrá un puntaje de treinta (30) puntos, y las demás propuestas serán calificadas proporcionalmente mediante regla de tres simple, con la siguiente formula. (Valor Experiencia Aportada Proponente a Evaluar) x 30 Puntaje Experiencia = Página 40 de 102

41 (Mayor Valor de Experiencia Aportada entre los proponentes) FACTOR DE INTERMEDIACIÓN (70 PUNTOS) Las propuestas económicas serán evaluadas, teniendo en cuenta los factores de intermediación, de acuerdo a los sub-puntajes definidos en la siguiente tabla: FACTORES DE INTERMEDIACIÓN* SUB-PUNTAJE Factor No. 1: Para los medicamentos negociados 40 Factor No. 2: Para los medicamentos no negociados 10 Factor No. 3: Para los medicamentos especiales y de tratamientos de enfermedades de alto costo 20 Total puntaje máximo (Sumatoria de sub-puntajes) 70 Nota: Para ofertar se deben tener en cuenta los medicamentos relacionados en el Capítulo VII del presente pliego de condiciones. * Los puntajes para cada factor de intermediación se establecen con base en la incidencia que representan en la facturación registrada durante el segundo semestre de la vigencia De esa manera, se asignarán los sub-puntajes para cada factor de intermediación así: a. El menor porcentaje ofertado para cada factor de intermediación de las propuestas allegadas, recibirá el mayor sub-puntaje establecido en la tabla anterior; b. Las demás propuestas obtendrán un sub-puntaje para cada factor de intermediación proporcional según regla de tres inversa, así: (% Intermediación Menor en el Factor x (Puntaje a asignar en a Evaluar entre los proponentes) x el Factor a Evaluar) Sub-puntaje = (% Intermediación del proponente a Evaluar en el Factor) Una vez obtenidos los sub-puntajes de cada factor de intermediación, se procederá a sumar los resultados para obtener el puntaje total de la propuesta económica de la siguiente manera: Sub-puntaje obtenido para el factor No.1 + Sub-puntaje obtenido para el factor No.2 + Sub-puntaje obtenido para el factor No.3 = Puntaje total para el factor de intermediación 8.3. EMPATE EN LA CALIFICACIÓN DE UNO O MÁS PROPONENTES En caso de presentarse un empate en la calificación de dos o más PROPONENTES, la Universidad seleccionará al PROPONENTE que acumule el mayor puntaje en los siguientes criterios de acuerdo con el siguiente orden: 1. Menor factor de intermediación en el ponderado general. En caso de mantenerse el empate, 2. Menor factor de intermediación para los medicamentos de tratamientos de enfermedades de alto costo. En caso de mantenerse el empate, Página 41 de 102

42 3. Mayor puntaje obtenido en la experiencia específica. En caso de mantenerse el empate, 4. Se preferirá a aquel PROPONENTE que tenga dentro de su nómina por lo menos un mínimo del 10% de sus empleados en las condiciones de discapacidad, debidamente certificadas por la oficina de trabajo de la respectiva zona y contratados por lo menos con anterioridad de un año; igualmente deberán mantenerse por un lapso igual al de la contratación; en caso de persistir el empate, 5. La UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ acudirá a un sorteo por medio de balotas. CAPÍTULO IX CONDICIONES DEL CONTRATO Los PROPONENTES aceptan íntegramente las condiciones y obligaciones del presente pliego de condiciones, y en caso de ser seleccionados, se obligan a suscribir la minuta del contrato que se presenta en el Anexo No. 1, documentos que no sufrirán ninguna modificación, a partir de la publicación del informe de evaluación definitiva de la presente invitación. El Proponente declara que ha leído en su totalidad las condiciones contenidas en la Minuta del Contrato, y por lo tanto son de su entero conocimiento. Página 42 de 102

43 [Ciudad] D.C., [día] de [mes] de [año] FORMATO No. 1 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA Señores UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA Ciudad. Referencia: Invitación Pública para contratar un operador logístico para el suministro de medicamentos y dispositivos médicos para los usuarios de la Sede Bogotá de la Unidad de Servicios de Salud (UNISALUD) de la Universidad Nacional de Colombia y de convenios suscritos con Universidades Públicas cuando haya lugar El (Los) suscrito (s) [xxx nombre del PROPONENTE xxx], de acuerdo con las condiciones que se estipulan en el presente pliego de condiciones, presento la siguiente PROPUESTA para participar en la invitación referenciada, y en caso de que la UNIVERSIDAD me asigne el contrato, objeto de la presente Invitación, me comprometo a suscribirla en los términos aquí establecidos. Declaro así mismo: 1. Que esta PROPUESTA y el contrato que llegare a celebrarse solo compromete al y/o a los aquí firmantes, o a la persona jurídica que representa(n). 2. Que ninguna entidad o persona distinta de los firmantes tienen interés comercial en esta PROPUESTA ni en el contrato que de ella se derive. 3. Que conozco la información general y especial, y demás documentos del pliego de condiciones, y aceptamos los requisitos en ellos contenidos. 4. Que hemos recibido las siguientes adendas (si las hubo) y aceptamos su contenido: Adenda No. de fecha Adenda No. de fecha Adenda No. de fecha 5. Que hemos los siguientes informes de respuestas a observaciones (si los hubo) y aceptamos su contenido: Informe de respuestas a observaciones, de fecha Informe de respuestas a observaciones, de fecha 6. Que me comprometo a prestar el servicio de conformidad con lo solicitado en el presente pliego de condiciones, en un plazo de Ocho (08) meses contados a partir del 01 de julio de 2013, previo cumplimiento de todos los requisitos de perfeccionamiento, legalización y ejecución del respectivo contrato y suscripción del acta de inicio, y hasta el 28 de febrero de 2014 o hasta agotar el valor del contrato, lo primero que ocurra. 7. Que si mi PROPUESTA es seleccionada, me comprometo a aportar los documentos requeridos para la elaboración, suscripción y legalización del contrato, dentro de los términos señalados para ello. 8. Que no me encuentro incurso en causal alguna de inhabilidad e incompatibilidad de las señaladas en la ley y la Constitución Política y no me encuentro en ninguno de los eventos de prohibiciones especiales para contratar con entidades públicas. 9. Que la sociedad a la que represento no ha sido multada ni sancionada, dentro de los tres (3) años anteriores a la fecha de expedición del RUP, en relación con el objeto contractual de la presente invitación. 10. Que la vigencia de nuestra PROPUESTA es noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha de cierre de la presente invitación. 11. Que la siguiente PROPUESTA consta de [número de folios] folios debidamente numerados. Página 43 de 102

44 Cordialmente, Firma Representante Legal Nombre del Representante Legal: [ ] Cédula de Ciudadanía del Representante Legal No. [ ] de [ ] Nombre o Razón Social del PROPONENTE: [ ] NIT del PROPONENTE: [ ] Dirección: [ ] Ciudad: [ ] Teléfono: [ ] Fax: [ ] Correo Electrónico: ] NOTA: Ninguna estipulación de esta Carta de Presentación, reemplaza la información o documentación exigida en el pliego de condiciones. (Fin Formato 1) Página 44 de 102

45 FORMATO No. 2 EXPERIENCIA DEL PROPONENTE 1 2 ENTIDAD CONTRATANTE OBJETO GENERAL DEL CONTRATO CALIFICACIÓN VALOR ($) DEL CONTRATO FECHA DE CELEBRACIÓN (DD/MM/AAAA) EQUIVALENTE DEL CONTRATO EN SMLMV ( Al momento de su celebración) SE ENCUENTRA EN EJECUCIÓN ACTUALMENTE SI NO PORCENTAJE EJECUTADO % FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL (Fin Formato No. 2) Página 45 de 102

46 Invitación Pública para contratar un operador logístico para el suministro de medicamentos para los usuarios de las Sede Bogotá de la Unidad de Servicios de Salud (UNISALUD) de la Universidad Nacional de Colombia y de acuerdos de voluntades suscritos con Universidades Públicas cuando haya lugar. FORMATO No. 3 MATRIZ DE REQUERIMIENTOS TÉCNICOS La propuesta deberá hacerse por la totalidad de las condiciones técnicas mínimas requeridas en el presente pliego de condiciones, no se aceptarán propuestas parciales. A continuación se presenta la Matriz de Requerimientos Técnicos, la cual debe ser diligenciada por el PROPONENTE teniendo en cuenta: 1)La primera columna contiene el número del requerimiento (ítem); 2)La segunda columna contiene la descripción del requerimiento técnico; 3)La tercera columna debe ser diligenciada por el PROPONENTE anotando si cumple o no la totalidad del requerimiento exigido o si se trata de una obligación si está dispuesto a cumplirla [Si = Acepta y/o Cumple NO = No Acepta y/o No cumple] 4)La cuarta columna puede ser diligenciada por el PROPONENTE con las OBSERVACIONES que considere necesarias según el requerimiento y en los ítem que se exija información deberá suministrar lo solicitado. Nº DESCRIPCIÓN Adjuntar un organigrama general haciendo una breve descripción de su estructura organizacional, administrativa, operativa y técnica. ACEPTA Y/O CUMPLE (SI/NO) OBSERVACIONES 1 Así mismo, deberá aportar un organigrama especificando la estructura administrativa de la(s) sucursal(es) y establecimientos farmacéuticos que atenderá(n) los requerimientos de la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, adjuntando la relación del personal que atenderá en forma directa la relación contractual, indicando nombre completo, número de identificación, cargo y formación técnica, tecnológica o profesional. Igualmente, se debe tener en cuenta que las hojas de vida con sus respectivos soportes deberán estar disponibles en el punto de dispensación para consulta por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, en caso de ser seleccionado. El PROPONENTE deberá contar con un software que garantice el adecuado registro y control para el servicio de dispensación de medicamentos que permita la generación de los reportes solicitados por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, 2 hacer la detección eficaz y oportuna para evitar la doble entrega a un mismo usuario de idénticos medicamentos dentro de la misma vigencia de formulación, así como la interfaz con la base de datos de UNISALUD en los términos requeridos por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ en el numeral ESTABLECIMIENTOS FARMACÉUTICOS Los establecimientos farmacéuticos interno y externos ofertados deberán cumplir todos los requisitos definidos en la Ley para la prestación del servicio farmacéutico independiente, y observar lo 3 dispuesto en el Decreto 2200 de 2005, la Resolución 1403 de 2007 del Ministerio de la Protección Social, así como las demás normas especiales que regulen la materia. 4 El PROPONENTE que resulte seleccionado efectuará como mínimo los procesos de distribución y dispensación de 23 de mayo de 2014 Página 46 de 102

47 medicamentos, y los que estos impliquen para su desarrollo, en el espacio adecuado como establecimiento farmacéutico que funcione en las instalaciones de la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ. Para el efecto, el PROPONENTE que resulte seleccionado, suscribirá con la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, contrato de arrendamiento, en el cual se describirán los espacios físicos objeto del arriendo y el canon de mismo. De los muebles y enseres que las partes aporten para el adecuado funcionamiento del establecimiento farmacéutico se hará el respectivo inventario, debidamente suscrito por las partes, los cuales se restituirán a la respectiva entidad, a la terminación del contrato. El canon no incluye los servicios públicos los cuales serán cobrados según consumo. Será obligación del PROPONENTE a quien se le asigne el Contrato, instalar todos los muebles, equipos, instrumentos y materiales necesarios que se requieran para el cumplimiento de las actividades y/o correcto funcionamiento de los procesos, los cuales deben ser modernos y funcionales. Igualmente, deberá iniciar, adelantar y llevar hasta su culminación las actuaciones y trámites respectivos ante el ente competente de inspección, vigilancia y control de los servicios farmacéuticos, para que el establecimiento interno sea autorizado y/o conceptuado favorablemente para su funcionamiento, según corresponda. En el caso que las autoridades competentes requieran que los trámites de autorización o conceptos de funcionamiento sean adelantados en conjunto con la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, el PROPONENTE deberá informarlo por escrito a la Unidad de Servicios de Salud UNISALUD- y acompañarla técnicamente en el proceso que corresponda. Los costos de autorización o conceptos de funcionamiento cuando se realicen en conjunto por la UNIVERSIDAD y el PROPONENTE, serán asumidos totalmente por este último. En todo caso, el PROPONENTE seleccionado asumirá todos los costos de trámite de funcionamiento de los puntos de dispensación ofertados, tales como licencias, trámites, mantenimiento de inmuebles, seguros, gastos y obligaciones económicas laborales, inventario. etc. El PROPONENTE deberá ofrecer como mínimo dos (02) establecimientos farmacéuticos externos que realicen los procesos de distribución y dispensación de medicamentos para la atención de los usuarios, en especial para la atención en los días y horarios no hábiles de los cuales uno deberá atender 24 horas, 7 días a la semana y deberá dispensar medicamentos de control especial, en donde prestará el servicio en las mismas condiciones ofrecidas en las instalaciones de la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, puntos que deberán cumplir con todas las normas respectivas para el funcionamiento de este tipo de establecimiento. Los establecimientos farmacéuticos externos deberán ser propios y cumplir con todas las normas respectivas para el funcionamiento de ese tipo de establecimientos. Los sitios que serán tenidos en cuenta para la dispensación externa deberán estar ubicados dentro de la zona urbana, en lugares de fácil acceso y que brinden seguridad a los usuarios, los cuales podrán ser verificados por los funcionarios de UNISALUD Sede Bogotá delegados para tal fin. En este espacio deberá especificar e identificar los puntos externos de dispensación y mencionar cuál de ellos atenderá las 24 horas del día 7 días a la semana con dispensación de medicamentos de control especial Página 47 de 102

48 SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS DE CONTROL ESPECIAL El suministro de medicamentos sometidos a fiscalización o control especial, determinados de esa manera por las autoridades competentes (Ministerio de la Protección Social, UAE, Fondo Nacional de Estupefacientes), deberá cumplir con lo dispuesto en 9 las normas establecidas para tal fin, en especial en lo dispuesto en la Resolución 1478 de 2006 del Ministerio de la Protección Social y las demás normas que la modifican, adicionan o sustituyan. En ningún caso se podrá iniciar la dispensación sin las inscripciones exigidas en la Ley. En lo referente a los medicamentos sometidos a fiscalización o de control especial, el PROPONENTE seleccionado deberá enviar 10 mensualmente al supervisor/interventor del contrato copia del informe de inventario de ese tipo de medicamentos. RECURSO HUMANO El PROPONENTE deberá disponer del recurso humano idóneo y suficiente, con los conocimientos, destrezas y competencias necesarios para la realización de las actividades propias de los procesos que adelante en cumplimiento del objeto contractual. Para efectos del recurso humano que opera tanto al interior de la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ como en 11 los puntos externos de atención, deberá cumplir con lo exigido por la normatividad vigente, tanto en su conformación como en su contratación por parte del PROPONENTE, en razón a que es el responsable directo de los establecimientos farmacéuticos, incluyendo el instalado al interior de la Sede Bogotá de la UNIVERSIDAD. El PROPONENTE seleccionado tendrá a su cargo la totalidad del personal de los establecimientos farmacéuticos (internos y 12 externos) en la sede Bogotá sin que exista relación laboral entre el personal del proponente seleccionado para la ejecución del servicio y la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ La UNIVERSIDAD tendrá acceso a la información contenida en las Hojas de Vida del personal propuesto para su verificación; 13 cualquier cambio de los integrantes del recurso humano, deberá ser informado a la Dirección de Sede Bogotá de UNISALUD, anexando la hoja de vida y los soportes correspondientes. 14 El punto de dispensación ubicado en las instalaciones de la UNIVERSIDAD debe contar como mínimo con el siguiente recurso humano: i. Un Tecnólogo en regencia de farmacia permanente ii. Como mínimo dos (2) auxiliares de farmacia, siempre y cuando ese número garantice la oportuna y adecuada atención al público, en caso contrario, se compromete a aumentar el recurso humano en relación con las necesidades del servicio En este espacio deberá especificar el número de empleados de los cuales dispondrá en cada uno de los puntos de atención para el nivel de prestación eficiente del servicio, el cual Página 48 de 102

49 El PROPONENTE a quien se le asigne el Contrato, en forma permanente, tendrá personal calificado que atienda las observaciones efectuadas por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, así como las auditorías concurrentes que se efectúen a los establecimientos farmacéuticos, revisión de las cuentas y todos los procedimientos relacionados con el suministro de medicamentos, entre los que están la revisión de las entregas a domicilio, revisión de informes referidos a la atención al usuario, respuesta a inquietudes, quejas y reclamos de los usuarios y del equipo médico de la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ CONDICIONES PARA EL SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS Adquirir, recibir y almacenar, distribuir y dispensar los medicamentos requeridos por los usuarios de UNISALUD Sede Bogotá, para lo cual deberá tener en cuenta el listado de medicamentos autorizados por UNISALUD Sede Bogotá, la denominación común internacional (nombres genéricos) de estos, la Guía de Biodisponibilidad del Ministerio de la Protección Social, la presentación, los laboratorios que los producen, el orden de la selección (obligándose a entregar la primera opción excepto para aquellos medicamentos incluidos en la Guía de Biodisponibilidad del Ministerio de la Protección Social y acudiendo a la segunda opción previa autorización del supervisor/interventor del contrato), el costo unitario negociado por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ Ejecutar los procesos de adquisición, recepción técnica, almacenamiento, distribución, dispensación, control y evaluación, observando como mínimo lo establecido en el Manual de condiciones esenciales y procedimientos del servicio farmacéutico definido por el Ministerio de la Protección Social (Adoptado mediante la Resolución No de 2007 y las demás normas que lo adicionen, modifique o sustituya) y en aplicación del Decreto 2200 de 2005 modificado parcialmente por el Decreto 2330 de 2006 y demás normas concordantes. El PROPONENTE seleccionado realizará trimestralmente encuestas de satisfacción por el servicio prestado a los usuarios de UNISALUD; la cual deberá ser diseñada en conjunto con el supervisor/interventor del Contrato y el resultado de las encuestas debe ser puesto en conocimiento de la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ La disponibilidad en punto de venta de medicamentos deberá ser coherente con los consumos, asegurando de esta manera la adherencia sistemática y oportuna a la formulación de medicamentos de UNISALUD. Una vez recibida la notificación de suscripción de los convenios de negociación global de medicamentos entre la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ y los laboratorios, el tiempo de implementación del listado básico de medicamentos negociados deberá concertarse con el supervisor/interventor del contrato para dar aplicación en el menor tiempo posible, sin que dicho término sea superior a un (1) mes Por ningún motivo podrán ser dispensados medicamentos cuya fórmula o prescripción no sea presentada en el formato autorizado no puede ser inferir al requerido en estos pliegos. Página 49 de 102

50 por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, exceptuando (i) situaciones de fuerza mayor referidas a las fallas que se presenten en el sistema de información de la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, situación que deberá ser informada y autorizada por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ; (ii) cuando la solicitud de entrega de los medicamentos se realice en horarios no hábiles o fines de semana con prescripciones en formatos de IPS que presten servicios a la UNIVERSIDAD; y (iii) las demás que sean concertadas previamente entre las partes. El PROPONENTE deberá contar un software que garantice el adecuado registro y control para el servicio de dispensación de medicamentos que permita la generación de los reportes solicitados por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, 22 hacer la detección eficaz y oportuna para evitar la doble entrega a un mismo usuario de idénticos medicamentos dentro de la misma vigencia de formulación, así como la interfaz con la base de datos de UNISALUD en los términos requeridos por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ El PROPONENTE deberá acogerse a las regulaciones en materia de precios de medicamentos que existen y que se expidan por parte de la autoridad competente, durante la ejecución de este contrato en aras de favorecer los costos de operación para la 23 institución y en beneficio de la equidad y coherencia con respecto a lo regulado por el SGSSS. En caso de presentarse situaciones especiales que no permitan dar aplicación a las normas vigentes, se concertará entre las partes la forma en que se facturará el valor del medicamento PROCEDIMIENTO PARA DISPENSACIÓN DE MEDICAMENTOS Recibir la fórmula u orden médica, ante lo cual deberá verificar la vigencia de la misma, que haya sido expedida por el personal de salud debidamente autorizado para tal fin y su contenido. En los horarios no hábiles (noche, fin de semana y festivos) podrán ser despachadas las fórmulas en el formato de la institución prestadora de servicios de salud en la que se haya atendido la urgencia, 24 siempre y cuando las fórmulas se ciñan al listado básico de la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, y por las cantidades necesarias hasta el día hábil siguiente a la formulación o por las unidades mínimas de despacho. El día laboral siguiente al despacho de las fórmulas, éstas deben remitirse al responsable de autorizaciones de medicamentos definidas por UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ para su refrendación y registro en la respectiva historia clínica. Deberá exigir como soporte del recibido del medicamento a satisfacción por parte del usuario la firma en tinta y/o huella (en 25 caso de imposibilidad para firmar) del usuario o su acudiente, con el número de documento de identificación, número de teléfono de ubicación del usuario y/o responsable y la fecha recibido del medicamento en el documento soporte Cuando el dispensador encuentre que la fórmula presenta inconsistencias que pongan en riesgo la salud del paciente, solicitará al prescriptor la aclaración, corrección o adición de la 26 misma. En todo caso, no dispensará la fórmula médica hasta no aclarar con el prescriptor cualquier duda sobre la prescripción o lograr la corrección o adición de la misma Solicitar y adjuntar a la orden de atención (fórmula) el comprobante 27 de pago de las cuotas moderadoras, de acuerdo con las políticas Página 50 de 102

51 que para éstas tenga establecido la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ El dispensador entregará la totalidad de los medicamentos prescritos por el facultativo, al momento de la primera comparecencia del usuario, sin que se presenten retrasos que pongan en riesgo la salud y/o la vida del paciente. Los productos serán guardados en bolsas resistentes, cajas o cualquier otro medio que permita ser transportados adecuadamente y asegurar la conservación de su calidad Generar al momento de la dispensación y hacer entrega al usuario de la tirilla postventa con indicación del valor del medicamento suministrado con copia de la misma a UNISALUD Sede Bogotá para ser anexada a la presentación de la factura a la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ Realizar la dispensación informada al usuario por medio del personal idóneo, exhibiendo los medicamentos que se le están dispensando, confrontando con lo formulado las cantidades. En el acto de la entrega física del medicamento, el dispensador informará al usuario como mínimo sobre las condiciones de almacenamiento, forma de reconstitución del medicamento cuya administración sea la vía oral, medición de la dosis y cuidados que se deben tener en el almacenamiento del medicamento, y, a fin de contribuir efectivamente al cumplimiento del efecto terapéutico previsto por el prescriptor, el uso adecuado del medicamento con observancia de la condición del personal que realice la entrega de acuerdo con la normatividad Para el caso de la dispensación de medicamentos que requieran conservación en refrigeración u otra condición especial, el dispensador deberá garantizar que el usuario continúe con la cadena de frío o condiciones especial después de la entrega, aprovisionándolo de los dispositivos y/o mecanismos para ello El operador logístico deberá anexar a su propuesta un listado de precios unitarios de compra para los medicamentos que corresponden al pareto al 80% de costo y al pareto al 80% de consumo, así como para aquellos medicamentos que no fueron negociados por UNISALUD el año inmediatamente anterior con el fin de conocer los precios a los que se podrían adquirir estas moléculas en el eventual caso de desabastecimiento o descontinuación de los medicamentos negociados por UNISALUD con los diferentes laboratorios. Los precios unitarios del listado no deberán contener el margen de intermediación y deberán mantenerse actualizados durante la ejecución del contrato sin perjuicio de la normatividad aplicable sobre regulación de medicamentos El PROPONENTE seleccionado entregará a la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ como un soporte de la factura, en medio digital, una relación consolidada de los medicamentos entregados que contenga entre otros, el correspondiente código de UNISALUD Sede Bogotá, código CUM, valor unitario de compra y valor total, la fecha de la fórmula, el nombre del usuario, número de documento de identificación, nombre del medicamento, nombre Anexar a su propuesta el plan de contingencia que ofrece frente a los eventuales desabastecimient os de moléculas Página 51 de 102

52 35 comercial del medicamento, laboratorio, cantidad entregada, y las demás que defina la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ durante la ejecución del contrato. Relación que debe ser concordante con las fórmulas médicas generadas por UNISALUD Sede Bogotá y entregadas a los usuarios El PROPONENTE seleccionado NO podrá: a)realizar cambio alguno en la prescripción o fórmula médica. b)cambiar el principio activo, concentración, forma farmacéutica, vía de administración, frecuencia, cantidad y la dosis prescrita. c)dispensar medicamentos alterados, fraudulentos, vencidos y registro sanitario expirado. d)violar la reserva a que está obligado por razón de la función que desempeña. e)recomendar a los usuarios el uso de medicamentos. f)distribuir, dispensar y administrar muestras médicas. g)enviar por correo certificado medicamentos de venta bajo prescripción médica, a menos que previo al envío sea presentada la prescripción médica y que se garanticen las condiciones y requisitos para el transporte de los mismos. En ningún caso, podrán enviarse por correo los medicamentos de control especial. h)comercializar con terceros los medicamentos adquiridos bajo la negociación de precios efectuada por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ con los laboratorios farmacéuticos i)dispensar medicamentos cuando la orden de autorización expedida por UNISALUD Sede Bogotá esté vencida, caso en el cual deberá indicar al usuario que debe remitirse a UNISALUD Sede Bogotá. El PROPONENTE seleccionado realizará las acciones específicas de control definidas en la normatividad aplicable y como mínimo: 36 i. Control de fechas de vencimiento ii. Control de reservas: Nivel mínimo de existencias y Puntos de reposición PROCEDIMIENTO DE ENTREGA DE MEDICAMENTOS PENDIENTES El proponente seleccionado entregará la totalidad de los medicamentos prescritos, al momento de la primera comparecencia del interesado, sin que se presenten retrasos que pongan en riesgo la salud y/o la vida del paciente. En caso de presentarse faltantes, 37 ya sea uno o varios medicamentos pendientes, estos tendrán que ser suministrados a más tardar dentro de las cuarenta y ocho (48) horas calendario siguientes a la presentación de la fórmula, en primera instancia, en el domicilio dentro del perímetro urbano acordado con el usuario, o en su defecto, en el lugar de residencia de éste Cuando no sea posible la dispensación de la primera opción del listado de medicamentos, se deberá solicitar autorización escrita al 38 supervisor/interventor del contrato, por cualquier medio que permita revisar la evidencia de su comunicación, para hacer uso de la segunda opción, justificando el inconveniente que conlleve a la no dispensación de la primera opción Cuando los medicamentos pendientes de entregarse, sean de 39 primera línea, esto es ANTIBIÓTICOS, ANALGÉSICOS, ANTICONVULSIVANTES, ANTIHIPERTENSIVOS, INSULINAS, HEPARINAS, ANTIRRETROVIRALES, ONCOLÓGICOS, Página 52 de 102

53 HIPOGLICEMIANTES y los que la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ considere de uso vital, deberán entregarse a domicilio en la dirección suministrada por el usuario, si la ley permite su dispensación en esa modalidad, o en la forma que sea acordada directamente con el usuario en un plazo no superior a veinticuatro (24) horas calendario siguientes a la presentación de la fórmula en el punto de dispensación. En los casos en que el usuario decida no hacer uso del servicio de entrega a domicilio (servicio que debe ser ofrecido en primera instancia, de lo cual deberá quedar evidencia debidamente firmada con indicación de la fecha en la que éste reclamará el medicamento) y sea el mismo usuario quien decida acercarse directamente a reclamar el pendiente al punto de dispensación, se deberá cumplir con la entrega dentro de los plazos definidos, según corresponda el medicamento y se pondrá en conocimiento del supervisor/interventor por cualquier medio que permita revisar la evidencia de su comunicación. En los casos del servicio a domicilio para la entrega de un medicamento pendiente y en el evento en que el paciente o persona responsable no se encuentra en el mismo, se deberá dejar constancia mediante el registro en planilla diseñada por el PROPONENTE que contendrá como mínimo, los datos del paciente, la fecha del domicilio, el medicamento pendiente y las observaciones relacionadas con la no entrega en el domicilio, y se pondrá en conocimiento del supervisor/interventor por cualquier medio que permita revisar la evidencia de su comunicación Se deberá establecer un sello de control, que se estampará en la fórmula y/o orden de despacho, al frente del medicamento o medicamentos pendientes, además de contar con un documento de control, donde conste el número de la formula, el (los) medicamento(s) pendiente(s), la fecha de entrega y la firma del usuario en respuesta de aceptación y recibido en el momento del despacho del medicamento pendiente, este documento hará parte integral de la facturación mensual con el objeto de determinar la oportunidad (fecha) en la que el usuario recibe materialmente el medicamento que se encontraba pendiente por entregar y facilitará el trámite para efectos del control y auditoría de la facturación. La facturación de los medicamentos, deberá hacerse en la fecha que efectivamente se entregan, para lo cual, se deben implementar los procedimientos y controles por parte del PROPONENTE seleccionado y los soportes documentales que justifiquen técnicamente la generación de los medicamentos pendientes, deberá adjuntarse con el paquete general de la presentación de la cuenta. En los casos en que el usuario no se acerque a reclamar el medicamento pendiente, se deberá dejar constancia mediante el registro de la fecha inicial (después de haberse generado el pendiente), en la que se encuentre la disponibilidad del medicamento en el punto. Página 53 de 102

54 Es responsabilidad del PROPONENTE seleccionado, cumplir con los tiempos de entrega para los medicamentos pendientes; por lo tanto, las dificultades que se presentaren en el suministro oportuno de los medicamentos y la relación de faltantes que se presenten, deberán ser notificadas al supervisor/interventor del contrato el 45 mismo día, por cualquier medio que permita revisar la evidencia de su comunicación En caso de presentarse cualquier situación que modifique las condiciones de entrega indicadas en el presente pliego debe ser puesta en conocimiento de inmediato al supervisor/interventor del contrato por cualquier medio que permita su evidencia. INFORME SEMANAL DE PENDIENTES El PROPONENTE seleccionado deberá presentar semanalmente al supervisor/interventor del contrato un informe consolidado de la situación y estado de los medicamentos pendientes de entregar en el trascurso de la semana con la siguiente información: a) Fecha de la generación del pendiente b) Medicamento pendiente (DCI, forma farmacéutica y concentración) c) Registro de llamadas y número de llamadas realizadas al usuario como soporte de la gestión de la entrega del 46 medicamento d) Causas de la no entrega e) Fecha y hora de entrega del medicamento pendiente f) Nombre completo y claro del usuario g) Firma, identificación y número telefónico del responsable del recibido del pendiente h) Indicadores que relacionen el número de medicamentos pendientes mes a mes y principales causas de pendientes (Desabastecimiento o descontinuación por parte del laboratorio, Ruptura de inventario, problemas de importación, entre otros) DISPENSACION DE MEDICAMENTOS AUTORIZADOS POR EL COMITÉ TECNICO CIENTIFICO CTC- DE UNISALUD SEDE BOGOTÁ Los medicamentos aprobados por el Comité Técnico Científico de UNISALUD Sede Bogotá, tendrán un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas calendarios siguientes para ser entregados, a partir de la presentación de la orden médica en el punto de dispensación, 47 para lo cual informará al proponente de manera semanal y oportuna los medicamentos aprobados, mediante listado que relaciona: Nombre e identificación del usuario, medicamento aprobado, forma farmacéutica, concentración, régimen de dosificación y tiempo de aprobación. El PROPONENTE seleccionado deberá coordinar con UNISALUD 48 Sede Bogotá cuando se trate de medicamentos que requieran importación o algún trámite especial para su adquisición. INFORMACION DE FARMACOVIGILANCIA Y TECNOVIGILANCIA El PROPONENTE seleccionado deberá reportar formal e 49 inmediatamente a UNISALUD Sede Bogotá los casos que detecte sobre reacción o evento adverso en razón de la formulación o por la manifestación directa de los usuarios Dentro de los manuales, procesos y procedimientos mencionados en las condiciones generales, se contará como indispensable el 50 procedimiento de gestión de riesgo en el eventual caso de reporte de una reacción adversa a medicamentos. Página 54 de 102

55 FACTURACION DE LOS MEDICAMENTOS El PROPONENTE seleccionado deberá emitir diariamente en la fecha que efectivamente sean entregados los medicamentos la tirilla postventa al usuario con copia a UNISALUD Sede Bogotá y deberá facturar y entregar semanalmente la factura por lo dispensado en ese periodo respaldado en medio magnético e impreso cumpliendo los requisitos legales y tributarios 51 reglamentarios vigentes, acompañadas del original de la orden y/o fórmula medica debidamente firmada y fechada por el usuario o su acudiente como comprobante de recibido de los medicamentos, autorizaciones del Comité Técnico Científico, si es el caso; así como la certificación de pago de aportes al SGSS para efectos de lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 del 2002; y en general, acompañada de los soportes y/o informes requeridos legal y contractualmente. Las facturas devueltas podrán ser enviadas nuevamente a la 52 UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, una vez el PROPONENTE seleccionado subsane la causal de devolución, respetando el período establecido para la recepción de facturas. Toda factura con sus soportes radicada en la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ por el PROPONENTE seleccionado 53 se convierte en soporte original de los registros financieros de la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ; por lo cual, no procede la devolución para trámites posteriores del PROPONENTE seleccionado PRESENTACION DE LA CUENTA El PROPONENTE deberá presentar semanalmente las cuentas por concepto de dispensación de medicamentos Los documentos que conforman las cuentas deberán radicarse en la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ en los términos establecidos en el numeral del pliego de condiciones, en cajas, debidamente foliados, en forma separada, cumpliendo los requisitos legales y tributarios reglamentarios vigentes, con el detalle de cargos; con la respectiva liquidación diaria; en medio magnético e impreso; acompañadas del original de la orden y/o fórmula medica debidamente firmada; autorizaciones del Comité Técnico Científico, si es el caso; así como la certificación de pago de aportes al SGSS para efectos de lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 del 2002 y demás normas concordantes; y en general, acompañada de los soporte requeridos legalmente y/o contractualmente. MOTIVOS DE GLOSA A LA FACTURACION PRESENTADA Los siguientes son los motivos de glosas que pueden surgir, previa revisión y auditoría de la facturación, junto con sus soportes, radicados por el operador logístico: 1. Mayor valor facturado. 2. Medicamento facturado no corresponde al prescrito. 3. Fórmula sin firma del usuario. 4. Facturado a nombre de usuario diferente al formulado. 5. Medicamento no autorizado. 6. No existe soporte o no corresponde. 7. Cantidad facturada no corresponde a cantidad prescrita. 8. Fecha excede validez de la fórmula, para efectos prácticos el fin Página 55 de 102

56 de semana o día festivo se extenderá dentro de los plazos establecidos de las 48 horas calendario, pudiéndose entregar el medicamento el lunes o martes inmediatamente siguiente sin modificación o validación de la fórmula por parte de UNISALUD Sede Bogotá. 9. Fórmula sin firma del prescriptor. 10. Pendiente facturado que no cuente con soporte de entrega. 11. Doble facturación 12. Medicamento entregado no corresponde al seleccionado: En caso de entregar un medicamento diferente y más cotoso al escogido por UNISALUD Sede Bogotá en cuanto al laboratorio y presentación seleccionada y la entrega no sea justificada*, se reconocerá únicamente el valor negociado por UNISALUD Sede Bogotá para la primera opción incluyendo el porcentaje de intermediación, a excepción de aquellos medicamentos incluidos en la Guía de Biodisponibilidad del Ministerio de la Protección Social en donde existirá previo acuerdo con la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ Pendiente entregado fuera de los tiempos establecidos: En caso que hayan vencido los plazos para la entrega de un medicamento pendiente y la entrega tardía no sea justificada* dentro del plazo establecido para el trámite de glosas, se procederá a glosar el respectivo porcentaje de intermediación. *Se entenderá justificada únicamente en los casos de desabastecimiento o descontinuación del producto, probado mediante certificación o carta suscrita por los laboratorios farmacéuticos ESPECIFICACIONES DE TECNOLOGIA E INFORMACION (REQUERIMIENTOS INFORMATICOS) El proponente debe disponer mínimo de un (1) computador de escritorio, que cumpla como mínimo las siguientes especificaciones técnicas o las supere: COMPONENTES ESPECIFICACIONES MÍNIMAS Cantidad Mínimo uno (1) en cada punto de dispensación Procesador Inter Core i5, Cache 6 MB 56 Memoria 6 GB Monitor 19 Tarjeta de Video Integrada independiente 512 MB Disco Duro 500 GB Sistema Windows Operativo Mouse PS2/USB Teclado Español, PS2/USB Unidad Óptica DVD+/-RW, SuperMulti DVD Parlantes Internos Externos Tarjeta de Red Ethernet El PROPONENTE debe tener la capacidad de generar interface de 57 información con el Sistema de la Unidad de Servicios de Salud UNISALUD- de la UNIVERSIDAD, para lo cual se requiere sea compatible con la plataforma utilizada en la sede de la Unidad. Página 56 de 102

57 58 59 MOTOR BASE DE DATOS SISTEMA OPERATIVO SERVIDOR CLIENTE BASE DE DATOS Oracle 10g LINUX RED HAT Oracle 10g La interfaz debe operar en línea con la Base de Datos de la Unidad de Servicios de Salud UNISALUD- de la UNIVERSIDAD y debe permitir realizar consulta de los datos correspondientes a las entregas de medicamentos a los usuarios, proporcionando como mínimo los siguientes datos: FACTURA DOCUM_CARNE NRO_FORMULA CUENTA_INT COD_UNISALUD UND MIN_CONSUMO NOMBRE_GENERIC O DEN_MATERIAL LABORATORIO CANT_UND UNIDOSIS PRECIO_UNIT VRMATSIVA VLR_IVA VR_COBRO FECHA_ENT REG_MEDICO Número factura Número de identificación del afiliado Consecutivo de la orden de medicamentos Código de la cuenta de medicamentos a que corresponde el material (PYP, CTC, Convenios, general, etc.) Éstos son los códigos empleados en el maestro de medicamentos de UNISALUD. En caso de que el proponente utilice codificación diferente, debe garantizar la homologación a los códigos UNISALUD, para realizar los reportes en estos códigos. Corresponde a la unidad de presentación del producto (p.e. unidad, blíster, etc.) Corresponde a la denominación del medicamento en su forma genérica Corresponde al nombre comercial del medicamento. Nombre de la casa comercial que elabora el medicamento. Cantidad incluida en la unidad de consumo Cantidad ordenada en la orden de medicamentos Precio por unidad de consumo Valor de la unidosis sin IVA Valor del IVA de la unidosis (cuando aplique) Valor a cobrar Corresponde de la fecha de entrega del medicamento Registro del médico que envía la orden de medicamentos El PROPONENTE debe indicar en su propuesta el tiempo en días calendario para el desarrollo y puesta en marcha de la Interfaz. El PROPONENTE seleccionado debe establecer un canal FTP (Protocolo de transferencia de archivos) con la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ para el envío y recepción de información asegurando la seguridad y confidencialidad de ésta. Por medio de este canal FTP, UNISALUD recibirá toda la información del operador logístico y enviará periódicamente las bases de datos, según punto 1 del Anexo 2, para la dispensación de los medicamentos. En caso que un usuario reclame En este espacio deberá indicar el tiempo en días calendario para el desarrollo y puesta en marcha de la Interfaz. Página 57 de 102

58 medicamentos y no se encuentre relacionado en este reporte, el PROPONENTE seleccionado procederá a comunicarse con la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ para validar la información y entregar el medicamento. REQUERIMIENTOS DE INFORMACION 60 El PROPONENTE debe reportar a la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ la información correspondiente a la facturación de la dispensación efectuada, las facturas de compra de medicamentos negociados y no negociados según solicitud de la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, el estado de la ejecución del contrato cuando llegue al 60%, los informes mensuales de las actividades de promoción y prevención las cuales se deben pactar previamente con la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ que se deben reportar al Ministerio de Salud según Resolución 3344 del 2000 y demás reportes solicitados por la normatividad y/o la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ con la periodicidad y/o términos establecidos de manera oportuna, completa, veraz, con calidad, sustentada en evidencia y con datos obtenidos de sus propias fuentes, para lo cual se establece, en términos generales, que el CONTRATISTA responderá las consultas y solicitudes que sean efectuadas por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de recibo de la solicitud. El CONTRATISTA debe reportar la información requerida según Resolución 1604 de 2013 del Ministerio de Salud y de Protección Social y Circular 002 de 2011 de la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos. 61 El PROPONENTE seleccionado realizará una evaluación y calificación de los laboratorios incluidos en la negociación global de medicamentos en el instrumento que determine UNISALUD Sede Bogotá para tal fin con un reporte de periodicidad semestral. OBLIGACIONES ESPECIFICAS DEL PROPONENTE Adquirir, recibir y almacenar, distribuir y dispensar los medicamentos requeridos por los usuarios de UNISALUD y de Acuerdos de Voluntades suscritos con Universidades Públicas cuando haya lugar, 1 para lo cual deberá tener en cuenta el listado de medicamentos de UNISALUD, la denominación común internacional (nombres genéricos) de estos, la presentación, los laboratorios que los producen y si se trata de productos negociados por la UNIVERSIDAD Ejecutar los procesos de adquisición, recepción técnica, almacenamiento, distribución y dispensación, observando como mínimo lo establecido en el Manual de Condiciones Esenciales y 2 procedimientos del servicio farmacéutico definido por el Ministerio de la Protección Social, adoptado mediante la Resolución No de 2007 y las demás normas que lo adicionen, modifique o sustituya. 3 Adquirir los medicamentos con estricta observancia de las marcas y/o laboratorios seleccionados y negociados por la UNIVERSIDAD, teniendo en cuenta la Denominación Común Internacional (nombres genéricos) de estos, la presentación, los laboratorios seleccionados, el orden de la selección (obligándose a entregar la primera opción excepto para aquellos medicamentos incluidos en la Guía de Página 58 de 102

59 Biodisponibilidad del Ministerio de la Protección Social y acudiendo a la segunda opción previa autorización del supervisor/interventor del contrato ) y el costo unitario negociado, con el fin de tenerlos disponibles para la satisfacción de las necesidades de los usuarios Programar las cantidades de medicamentos a adquirir, teniendo en cuenta los indicadores de punto de reposición, consumos promedios, niveles mínimos y tiempo de reposición; realizando las acciones pertinentes para el estricto control de existencias, inventario y fechas de vencimiento. Dar aviso oportuno al supervisor/interventor del contrato ante el desabastecimiento por parte del laboratorio previa presentación de la carta del productor con el fin de revisar el tiempo y la molécula que entraría a reemplazar el medicamento desabastecido. Gestionar suministros coherentes con los consumos, asegurando de esta manera la adherencia sistemática y oportuna a la negociación global de precios de medicamentos con los laboratorios. El tiempo de implementación del listado básico de medicamentos no puede ser superior a un (1) mes. Implementar los mecanismos para determinar permanentemente la demanda insatisfecha de servicios y corregir rápidamente las desviaciones que se detecten, para garantizar la disponibilidad de los medicamentos que requiera la atención de los usuarios; lo cual deberá ser informado de manera oportuna cada semana, completa, veraz, con calidad, sustentada en evidencia, los datos deben ser obtenidos de sus propias fuentes para establecer la comunicación con la UNIVERSIDAD. Efectuar la distribución y/o dispensación de la totalidad de los medicamentos prescritos por los profesionales de la salud adscritos a UNISALUD y/o los que sean autorizados por el Comité Técnico Científico, de acuerdo a los productos negociados por la UNIVERSIDAD con los laboratorios farmacéuticos, en la cantidad formulada y/o autorizada. Efectuar la dispensación (i) en los puntos de atención definidos en el presente contrato y/o en la propuesta presentada, (ii) al momento del recibo de la solicitud del usuario, (iii) dentro de las fechas de vigencia de la respectiva fórmula o prescripción; (iv) sin que se presenten retrasos que pongan en riesgo la salud y/o la vida de los usuarios. Cumplir con los tiempos de entrega establecidos en el pliego de condiciones para los medicamentos pendientes; por lo tanto, las dificultades que se presentaren en el suministro oportuno de los medicamentos y la relación de faltantes que se presenten, deberán ser notificados al supervisor/interventor del contrato el mismo día, por cualquier medio que permita revisar la evidencia de su comunicación. Presentar semanalmente al supervisor/interventor del Contrato, un informe consolidado de la situación y estado de los medicamentos pendientes de entregar en el trascurso de la semana, el cual deberá contener como mínimo la información establecida para tal fin en el pliego de condiciones. Página 59 de 102

60 En el espacio adecuado como establecimiento farmacéutico que funcione en UNISALUD Sede Bogotá. El proponente seleccionado efectuará como mínimo los procesos de distribución y dispensación de medicamentos, y los que estos impliquen para su desarrollo. Para efectos del punto interno de atención, el proponente se obliga a suscribir con la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ un contrato de arrendamiento, en el cual se describirán los espacios físicos objeto del arriendo y el canon del mismo; y adicionalmente, deberá pagar oportunamente los cánones de arrendamiento de las instalaciones de la sede y los servicios públicos en los que se incurra. Al Suministrar a los usuarios los medicamentos deberá informarles sobre su uso adecuado con observancia de la condición del personal que realice la entrega de acuerdo con la normatividad. Para la dispensación deberá empacar adecuadamente los medicamentos que van a ser transportados por los pacientes hasta el lugar de almacenamiento final. Contar con una tecnología básica que garantice el adecuado registro y control para el servicio de dispensación de medicamentos, los cuales se obliga a instalar y mantener actualizados para generar los reportes que la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ exija. Mantener actualizados los procesos, procedimientos, recursos, mecanismos de control y documentación, de carácter técnico y/o administrativo, que aseguren el cumplimiento del objeto del presente contrato. Contar con los criterios, técnicas y métodos que permitan continuamente controlar, evaluar y gestionar la calidad durante el proceso de almacenamiento de medicamentos, de conformidad con el artículo 13 del Decreto 2200 de 2005 modificado parcialmente por el Decreto 2330 de 2006, el Manual de Condiciones Esenciales y Procedimientos del Servicio Farmacéutico definido por el Ministerio de la Protección Social, la resolución que lo adopta y las demás normas aplicables a la materia o que los modifiquen, adicionen o sustituyan. Presentar los informes que sean requeridos por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, dentro de la periodicidad indicada por la misma y/o señalada en el pliego de condiciones, que permitan la adopción de mecanismos de verificación de las órdenes prescritas, dispensadas y no dispensadas. Los datos contenidos en los informes deberán ser oportunos, completos, veraces, con calidad, sustentados en evidencia y obtenidos de sus propias fuentes. Bajo ninguna circunstancia, el proponente comercializará con terceros los medicamentos adquiridos bajo la negociación de precios efectuada por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ. Participar en los programas y campañas que se relacionen con el uso de medicamentos, especialmente, los programas de Farmacovigilancia y Tecnovigilancia, uso de antibióticos, Programas de Seguridad al paciente, entre otros, de acuerdo a lo que definan las normas respectivas. Página 60 de 102

61 Iniciar, adelantar y llevar hasta su culminación las actuaciones y trámites respectivos ante el ente competente de inspección, vigilancia y control de los servicios farmacéuticos, para que los establecimientos, tanto internos como externos, sean autorizados y/o conceptuados favorablemente para su funcionamiento, según corresponda. En consecuencia, se compromete a cumplir con todos los requisitos definidos en las normas aplicables para los procesos correspondientes al suministro de medicamentos en general y de control especial, y observar lo dispuesto en el Decreto 2200 de 2005, Resolución 1403 de 2007 del Ministerio de la Protección Social, así como las demás normas especiales que regulen la materia. En el caso que las autoridades competentes requieran que los trámites de autorización o conceptos de funcionamiento sean adelantados en conjunto con la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, el PROPONENTE seleccionado deberá informarlo por escrito a la Unidad de Servicios de Salud UNISALUD- Sede Bogotá y acompañarla técnicamente en el proceso que corresponda. Para el suministro de medicamentos sometidos a fiscalización o de control especial, determinados de esa manera por las autoridades competentes (Ministerio de la Protección Social, UAE, Fondo Nacional de Estupefacientes), el PROPONENTE seleccionado deberá cumplir con lo dispuesto en las normas establecidas, en especial en lo dispuesto en la Resolución 1478 de 2006 del Ministerio de la Protección Social y las demás normas que la modifican, adicionan o sustituyan. En ningún caso se podrá iniciar la dispensación sin las inscripciones exigidas en la Ley. En lo referente a los medicamentos sometidos a fiscalización o de control especial, el PROPONENTE deberá enviar al supervisor/interventor del contrato, copia del informe de inventario de ese tipo de medicamentos, en forma mensual. Efectuar las acciones que correspondan para mantener las condiciones esenciales requeridas legalmente para el funcionamiento de los establecimientos farmacéuticos en el cumplimiento de sus actividades y/o procesos. Instalar todos los muebles, equipos, instrumentos y materiales necesarios que se requieran para el cumplimiento de las actividades y/o correcto funcionamiento de los procesos, los cuales deben ser modernos y funcionales. Asumir todos los costos de trámite de funcionamiento, tales como las autorizaciones y/o conceptos favorables, trámites, mantenimiento de inmuebles, seguros, gastos y obligaciones económicas laborales, inventario, etc. Mantener las condiciones en que fueron propuestos los puntos externos de atención, los cuales deben estar ubicados dentro de la zona urbana, en lugares de fácil acceso y que brinden seguridad a los usuarios, de los cuales uno deberá atender 24 horas al día, 7 días a la semana. Cualquier variación respecto los puntos de atención deberá ser concertada previamente con la Dirección de Sede o el encargado responsable de la sede respectiva. 30 Disponer del recurso humano idóneo y suficiente, con Página 61 de 102

62 los conocimientos, destrezas y competencias necesarios para la realización de las actividades propias de los procesos que adelante en cumplimiento del objeto contractual. Por lo tanto, tendrá en forma permanente, personal calificado que atienda las observaciones efectuadas por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, así como las auditorias concurrentes que se efectúen a los establecimientos farmacéuticos, revisión de las cuentas y todos los procedimientos relacionados con el suministro de medicamentos, entre los que están la revisión de las entregas a domicilio, revisión de informes referidos a la atención al usuario, respuesta a inquietudes, quejas y reclamos de los usuarios y del equipo médico de la Unidad de Servicios de Salud -UNISALUD Disponer lo pertinente para que el punto ubicado en las instalaciones de la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, cuente con el siguiente recurso humano: (i) Un Tecnólogo en regencia de farmacia permanente y (ii) como mínimo dos (2) auxiliares de farmacia; siempre y cuando, ese número garantice la oportuna y adecuada atención al público; en caso contrario, se compromete a aumentar el recurso humano en relación con las necesidades del servicio. Tener a su cargo la totalidad del personal de los establecimientos farmacéuticos (interno y externos); y por lo tanto, no existirá relación laboral entre el personal que ejecuta el servicio y La UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ. Facilitar a la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ el acceso a la información contenida en las Hojas de Vida del personal propuesto para su verificación; cualquier cambio de los integrantes del recurso humano, deberá ser informado de manera inmediata a la Dirección de UNISALUD Sede Bogotá, anexando la hoja de vida y los soportes correspondientes Realizar trimestralmente encuestas de satisfacción a los usuarios del servicio prestado; para lo cual, la UNIVERSIDAD podrá definir especificaciones para su realización. En todo caso, los resultados de las encuestas deben ser puestos en conocimiento de la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ. Por ningún motivo, podrán ser dispensados medicamentos cuya fórmula o prescripción no sea presentada en el formato autorizado por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, exceptuando (i) situaciones de fuerza mayor referidas a las fallas que se presenten en el sistema de información de la Unidad de Servicios de Salud - UNISALUD-, situación que deberá ser informada y autorizada por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ; (ii) cuando la solicitud de entrega de los medicamentos se realice en horarios no hábiles o fines de semana con prescripciones en formatos de IPS que presten servicios a la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ; y (iii) las demás que sean concertadas previamente entre las partes. Implementar y ejecutar una herramienta sistemática que permita establecer mecanismos de control en la dispensación de medicamentos con el fin de evitar la doble entrega a un mismo usuario de idénticos medicamentos dentro de la misma vigencia de formulación y que permita realizar un seguimiento respecto a condiciones como interacciones farmacológicas, duplicidad terapéutica y dosis incorrectas o cualquier otro Problema Relacionado con Medicamentos que pueda resultar en un problema Página 62 de 102

63 de seguridad para el paciente Dar estricto cumplimiento al procedimiento señalado para la dispensación de medicamentos. Dar estricto cumplimiento al procedimiento señalado para la entrega de medicamentos pendientes y la entrega del informe semanal. Dar estricto cumplimiento al procedimiento señalado para la dispensación de medicamentos autorizados por el Comité Técnico Científico de UNISALUD. Cuando se trate de medicamentos que requieran importación o algún trámite especial para su adquisición, el PROPONENTE seleccionado deberá comunicar al Director de UNISALUD Sede Bogotá o encargado responsable el día que recibe la orden para pactar el tiempo de entrega y de esa manera evitar que sea glosado su facturación. Facturar diariamente los medicamentos dispensados, cumpliendo los requisitos legales y tributarios reglamentarios vigentes y presentar las cuentas mensualmente, con la respectiva liquidación diaria, en medio magnético e impreso, acompañadas de la fórmula o prescripción debidamente firmada y fechada por el usuario o su acudiente y de cada comprobante de despacho de los medicamentos, así como la certificación de pago de aportes al SGSS. Presentar mensualmente las cuentas por concepto de dispensación de medicamentos dentro de los primeros diez (10) días hábiles del mes siguiente al que se está cobrando, anexando el reporte de los pacientes polimedicados e información de farmacovigilancia y tecnovigilancia y todos los documentos que conforman las cuentas en cajas, debidamente foliados, en forma separada. Dar estricto cumplimiento a los términos contenidos en el procedimiento establecido para el trámite de glosas y respuestas. Cumplir con los Requerimientos mínimos de Hardware y Software ofertados. Instalar y poner en funcionamiento el software de dispensación de medicamentos, mantener actualizados los datos y generar los reportes de manera oportuna, completa, veraz, con calidad, sustentada en evidencia, con datos obtenidos de sus propias fuentes para establecer la comunicación con la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, de acuerdo a lo establecido en el pliego de condiciones. Proporcionar mensualmente a la Unidad de Servicios de Salud UNISALUD- Sede Bogotá de la UNIVERSIDAD el reporte de los pacientes polimedicados en el cual se incluya, el despacho de la formulación por paciente; la posología, las fechas de despacho, cantidad enviada, médico tratante; información que deberá estar completa, veraz, con calidad, sustentada en evidencia, con datos obtenidos de sus propias fuentes para establecer la comunicación con la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, de acuerdo a lo establecido en el pliego de condiciones. Página 63 de 102

64 Reportar a la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ la información correspondiente a la facturación de la dispensación efectuada en los Archivos CUM (CODIGO UNICO DE MEDICAMENTOS). También deberá anexar los RIPS de medicamentos en la estructura definida normativamente, obligándose a atender los requerimientos que efectúe la UNIVERSIDAD-UNISALUD SEDE BOGOTÁ para la corrección de la información, dentro de los quince (15) días siguientes a su notificación. Informar el estado de la ejecución del contrato cuando llegue al 60%. Entregar mensualmente al supervisor/interventor del contrato el reporte de las actividades obligatorias según Resolución 3344 del 2000 con respecto a la dispensación de medicamentos incluidos en las actividades de promoción y prevención que se deben reportar al Ministerio de Salud y generar los reportes de manera oportuna, completa, veraz, con calidad, sustentada en evidencia y con datos obtenidos de sus propias fuentes. Realizar una evaluación y calificación de los laboratorios incluidos en la negociación global de medicamentos en el instrumento que determine UNISALUD para tal fin con un reporte de periodicidad semestral. Acogerse a las regulaciones en materia de precios de medicamentos que existen y que se expidan por parte del Congreso Nacional de la República, el Gobierno Nacional, el Ministerio de Salud y Protección Social y/o la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos o cualquiera que las sustituya en sus funciones y/o competencias, durante la ejecución de este contrato en aras de favorecer los costos de operación para la institución y en beneficio de la equidad y coherencia con respecto a lo regulado por el SGSSS. En caso de presentarse situaciones especiales que no permitan dar aplicación a las normas aplicables, se concertara con las partes la forma en que se facturara el valor del medicamento. Además se acogerá a las demás regulaciones de precios, porcentajes de intermediación o cualquier otro tope máximo que efectúe el Estado. Las demás contenidas en el pliego de condiciones y las necesarias para la ejecución adecuada del objeto del Contrato. FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL (Fin Formato No. 3) Página 64 de 102

65 FORMATO No. 4 PROPUESTA ECONÓMICA RAZÓN SOCIAL: NIT: DESCRIPCIÓN Porcentaje (%) de intermediación para medicamentos negociados. PROPUESTA Porcentaje (%) de intermediación para medicamentos no negociados. Porcentaje (%) de intermediación para medicamentos especiales y de tratamientos de enfermedades de alto costo que aún no estén regulados por la autoridad competente. *Nota: Para ofertar se deben tener en cuenta los medicamentos relacionados en el Capítulo VII del presente pliego de condiciones. FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL (Fin Formato No. 4) Página 65 de 102

66 ANEXO No. 1 MINUTA DEL CONTRATO CONTRATO No. DE 2014, DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS SUSCRITO ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA UNIDAD DE SERVICIOS DE SALUD Y Entre los suscritos, mayores de edad, a saber: MARÍA ANTONIETA SOLÓRZANO PALACIOS, identificada con cédula de ciudadanía No expedida en Bogotá, quien obra en su calidad de Gerente Nacional de la Unidad de Servicios de Salud UNISALUD de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA, cargo para el cual fue designada mediante Resolución No. 787 del 05 de agosto de 2013, aclarada mediante Resolución No. 815 del 09 de agosto de 2013 ambas de Rectoría, posesionada mediante Acta de Posesión No. 372 del 06 de agosto de 2013, quien obra en nombre y representación de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA, identificada con NIT , ente universitario autónomo del orden nacional, sin ánimo de lucro, con personería jurídica reconocida mediante Decreto 1210 del 28 de junio de 1993 expedido por el Gobierno Nacional, quien para efectos de este contrato se llamará LA UNIVERSIDAD, de una parte; y por la otra,,, identificado con Cédula de Ciudadanía No. expedida en, quien en su condición de, actúa en nombre y representación legal de con NIT, sociedad constituida mediante escritura pública/resolución No. expedida por y quien en adelante para efectos de este contrato se denominará EL CONTRATISTA, se ha convenido celebrar el presente contrato de prestación de servicios, previas las siguientes CONSIDERACIONES: 1. La UNIVERSIDAD, en cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en salud, requiere garantizar la oportuna dispensación de medicamentos para afiliados cotizantes y beneficiarios de la Sede Bogotá dela Unidad de Servicios de Salud (UNISALUD) de la UNIVERSIDAD y de acuerdos de voluntades suscritos con Universidades Públicas cuando haya lugar. 2. Mediante oficios de 2014, se presentó ante el Comité de Contratación Nacional de UNISALUD la solicitud, la justificación, estudios previos, el estudio de mercado, el CDP, y el pliego de condiciones para adelantar la Invitación Pública para contratar un operador logístico para el suministro de medicamentos para los usuarios de la Sede Bogotá de la Unidad de Servicios de Salud (UNISALUD) de la Universidad Nacional de Colombia y de acuerdos de voluntades suscritos con Universidades Públicas cuando haya lugar. 3. El Comité de Contratación Nacional de UNISALUD, en Sesión No. del de de 2014, aprobó el pliego de condiciones y la Invitación Pública, de acuerdo con la solicitud presentada. 4. La Invitación Pública y el pliego de condiciones fueron publicados en la dirección electrónica de UNISALUD el día de de El día de de 2014, fecha de cierre de la Invitación Publica, se recibieron propuestas por parte de las firmas: xxxxxxx 6. El Comité de Contratación Nacional de UNISALUD, en sesión del día de de 2014, teniendo en cuenta lasevaluaciones jurídica, financiera, y técnico-económica de las propuestas emitidas por las instancias designadas por la Universidad, recomendó al ordenador del gasto la suscripción del presente contrato con la firma. 7. En el presupuesto de la UNIVERSIDAD existen recursos para amparar las obligaciones derivadas del presente contrato, según el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 483 expedido el 20 de mayo de 2014 por la jefe de sección encargada de Presupuesto dela Sede Bogotá de UNISALUD, con cargo al Proyecto Presupuesto de Funcionamiento vigencia 2014, Código QUIPU Por lo anterior, las partes Página 66 de 102

67 ACUERDAN: CLÁUSULA PRIMERA. OBJETO: Contratar un operador logístico para el suministro de medicamentos y dispositivos médicos para los usuarios de la Sede Bogotá de la Unidad de Servicios de Salud (UNISALUD) de la Universidad Nacional de Colombia y de acuerdos de voluntades suscritos con Universidades Públicas cuando haya lugar. CLÁUSULA SEGUNDA. ALCANCE DEL OBJETO: El objeto contractual involucra adquirir, recibir y almacenar, distribuir y dispensar medicamentos y dispositivos médicos en la ciudad de Bogotá a los usuarios de la Sede Bogotá de la Unidad de Servicios de Salud (UNISALUD) de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA, en adelante la UNIVERSIDAD, y de acuerdos de voluntades suscritos con Universidades Públicas cuando haya lugar, a través del operador logístico, servicio que debe prestarse de conformidad con las especificaciones técnicas mínimas requeridas,señaladas en el Capítulo VI del Pliego de Condiciones y por las normas legales aplicables. Para efectos de la selección y adquisición de medicamentos la UNIVERSIDAD se reserva el derecho de escoger las marcas y/o laboratorios de los medicamentos negociados y no negociados que manejará para sus usuarios, las cuales serán las únicas autorizadas para la adquisición, distribución y dispensación, sin excepción alguna, a menos que conste en autorización escrita de la Gerente Nacional de UNISALUD. Los medicamentos serán suministrados de acuerdo con las normas generales vigentes, las establecidas por la UNIVERSIDAD y lo establecido en el pliego de condiciones y contrato suscrito; y deberán ser dispensados en los establecimientos farmacéuticos destinados para tal fin, tanto en las instalaciones de UNISALUD de la Universidad Nacional Sede Bogotá, previamente contratadas por el operador con la UNIVERSIDAD, como en los establecimientos farmacéuticos externos que sean ofrecidos por el CONTRATISTA para la atención en horarios de días festivos, fines de semana y noches y los puntos que se destinen para la atención 24 horas, según se exige en el presente pliego de condiciones. Igualmente, el operador logístico deberá brindar información oportuna, completa, veraz, independiente, de calidad y sustentada en evidencia, de manera detallada a la UNIVERSIDAD, tal como la facturación de la dispensación efectuada, proporcionar el control del despacho de la formulación por usuario; entre otras. CLÁUSULA TERCERA. DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Son documentos del contrato y hacen parte integral del mismo: 1) La Invitación Pública y el Pliego de Condiciones publicados por la UNIVERSIDAD en la dirección electrónica de Unisaludhttp:// día xx de xxx de 2014, así como sus Adendas; 2) La PROPUESTA presentada por EL CONTRATISTA el día XXXX; 3) Los documentos y Actas que se produzcan en desarrollo de este contrato. PARÁGRAFO. En caso de diferencia o discrepancia entre los diferentes documentos del presente Contrato que implicare un desacuerdo entre las partes sobre las obligaciones a cargo de cada una y en el evento que no pudieren ponerse de acuerdo, se atenderá lo dispuesto en los diferentes documentos del contrato en el siguiente orden: 1) El contrato, sus modificaciones, prórrogas, adiciones y suspensiones; 2)La invitación pública y el pliego de condiciones publicados por la UNIVERSIDAD en la dirección electrónica de Unisalud el día xx de xxx de 2014, así como sus Adendas; 3) PROPUESTA presentada por EL CONTRATISTA el día de 2014; 4) Los documentos y Actas que se produzcan en desarrollo de este contrato. Sin perjuicio de lo anterior, la UNIVERSIDAD, en el evento de considerarlo necesario, podrá hacer uso de la Interpretación Unilateral contemplada en el presente contrato. CLÁUSULA CUARTA. OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA: En virtud del presente contrato EL CONTRATISTA se obliga con LA UNIVERSIDAD a cumplir con las siguientes obligaciones: a)cumplir oportunamente con el objeto del presente contrato en los términos y condiciones funcionales, técnicas, económicas, financieras y comerciales establecidos en la cláusula primera del mismo, en la Página 67 de 102

68 propuesta de fecha y en la invitación pública y el pliego de condiciones publicados por la Universidad en la dirección electrónica de Unisalud el día xx de xxx de 2014, así como sus adendas; b) Reportar cualquier novedad o anomalía que se presente en el desarrollo del contrato ala Jefe de División de UNISALUD Sede Bogotá o quien haga sus veces, o a quien ella expresamente delegue para adelantar el control y seguimiento general del mismo en la respectiva sede de UNISALUD de LA UNIVERSIDAD; c)colaborar con LA UNIVERSIDAD en lo que sea necesario para que el objeto contratado se cumpla, y que éste sea de la mejor calidad; d)acatar los acuerdos a los que se llegue durante el desarrollo del contrato con los servidores que LA UNIVERSIDAD designe como parte del equipo de seguimiento del mismo; e) Cuando a juicio de LA UNIVERSIDAD y/o el supervisor/interventor, EL CONTRATISTA haya entregado medicamentos con especificaciones inferiores o diferentes a las señaladas en la propuesta, discutir con éstos las objeciones presentadas y cumplir con los acuerdos que se establezcan como resultado de dichas discusiones; f) Disponer de todos los recursos que se requieran para el cumplimiento del objeto del presente contrato; g) Cumplir sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, SENA e ICBF), de conformidad con lo establecido en el parágrafo 2 del artículo 50 de la Ley 789 de 2002, modificado por el artículo 1º de la Ley 828 de 2003 y demás normas aplicables; h) Obrar con buena fe, evitando dilaciones que puedan presentarse durante la ejecución del contrato; i) Constituir las garantías exigidas en el presente contrato y presentarla a LA UNIVERSIDAD para su revisión y aprobación; j) Responder a las consultas efectuadas por LA UNIVERSIDAD en los términos establecidos en el pliego de condiciones y el contrato; k) Abstenerse de usar el nombre de LA UNIVERSIDAD en actividades de publicidad, comunicados de prensa, avisos comerciales o similares, sin la expresa autorización escrita de LA UNIVERSIDAD; l) No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la Ley con el fin de obligarlo a hacer u omitir algún acto o hecho. En caso de que durante la ejecución del presente contrato reciba tales peticiones o amenazas, deberá informarlo inmediatamente a LA UNIVERSIDAD, y a las demás autoridades competentes para que se adopten las medidas y correctivos que fueren necesarios; m) Responder por los daños y perjuicios, cuando a ello haya lugar, que sean ocasionados a la UNIVERSIDAD durante la ejecución del presente contrato; n) Suscribir el Protocolo de Seguridad de la Información de la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, dentro de los treinta (30) días siguientes a la firma del contrato; ñ) Las demás que se deriven tanto del contenido de la propuesta presentada como de la solicitud de servicios y de los documentos que forman parte integral del presente contrato, así como de la esencia y naturaleza del objeto contractual. CLÁUSULA QUINTA. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA: En virtud del presente contrato EL CONTRATISTA se obliga específicamente con LA UNIVERSIDAD a cumplir con las siguientes obligaciones: 1. Adquirir, recibir y almacenar, distribuir y dispensar los medicamentos requeridos por los usuarios de UNISALUD y de Acuerdos de Voluntades suscritos con Universidades Públicas cuando haya lugar, para lo cual deberá tener en cuenta el listado de medicamentos de UNISALUD, la denominación común internacional (nombres genéricos) de estos, la presentación, los laboratorios que los producen y si se trata de productos negociados por la UNIVERSIDAD. 2. Ejecutar los procesos de adquisición, recepción técnica, almacenamiento, distribución y dispensación, observando como mínimo lo establecido en el Manual de Condiciones Esenciales y procedimientos del servicio farmacéutico definido por el Ministerio de la Protección Social, adoptado mediante la Resolución No de 2007 y las demás normas que lo adicionen, modifiquen o sustituyan. 3. Adquirir los medicamentos con estricta observancia de las marcas y/o laboratorios seleccionados y negociados por la UNIVERSIDAD, teniendo en cuenta la Denominación Común Internacional (nombres genéricos) de estos, la presentación, los laboratorios seleccionados, el orden de la selección (obligándose a entregar la primera opción excepto para aquellos medicamentos incluidos en la Guía de Biodisponibilidad del Ministerio de la Protección Social y acudiendo a la segunda opción previa autorización del supervisor/interventor del contrato ) y el costo unitario negociado, con el fin de tenerlos disponibles para la satisfacción de las necesidades de los usuarios. 4. Programar las cantidades de medicamentos a adquirir, teniendo en cuenta los indicadores de punto de reposición, consumos promedios, niveles mínimos y tiempo de reposición; realizando las acciones pertinentes para el estricto control de existencias, inventario y fechas de vencimiento. Página 68 de 102

69 5. Dar aviso oportuno al supervisor/interventor del contrato ante el desabastecimiento por parte del laboratorio previa presentación de la carta del productor con el fin de revisar el tiempo y la molécula que entraría a reemplazar el medicamento desabastecido. 6. Gestionar suministros coherentes con los consumos, asegurando de esta manera la adherencia sistemática y oportuna a la negociación global de precios de medicamentos con los laboratorios. El tiempo de implementación del listado básico de medicamentos no puede ser superior a un (1) mes. 7. Implementar los mecanismos para determinar permanentemente la demanda insatisfecha de servicios y corregir rápidamente las desviaciones que se detecten, para garantizar la disponibilidad de los medicamentos que requiera la atención de los usuarios; lo cual deberá ser informado de manera oportuna cada semana, completa, veraz, con calidad, sustentada en evidencia, los datos deben ser obtenidos de sus propias fuentes para establecer la comunicación con la UNIVERSIDAD. 8. Efectuar la distribución y/o dispensación de la totalidad de los medicamentos prescritos por los profesionales de la salud adscritos a UNISALUD y/o los que sean autorizados por el Comité Técnico Científico, de acuerdo a los productos negociados por la UNIVERSIDAD con los laboratorios farmacéuticos, en la cantidad formulada y/o autorizada. 9. Efectuar la dispensación (i) en los puntos de atención definidos en el presente contrato y/o en la propuesta presentada, (ii) al momento del recibo de la solicitud del usuario, (iii) dentro de las fechas de vigencia de la respectiva fórmula o prescripción; (iv) sin que se presenten retrasos que pongan en riesgo la salud y/o la vida de los usuarios. 10.Cumplir con los tiempos de entrega establecidos en el pliego de condiciones para los medicamentos pendientes; por lo tanto, las dificultades que se presentaren en el suministro oportuno de los medicamentos y la relación de faltantes que se presenten, deberán ser notificados al supervisor/interventor del contrato el mismo día, por cualquier medio que permita revisar la evidencia de su comunicación. 11.Presentar semanalmente al supervisor/interventor del Contrato, un informe consolidado de la situación y estado de los medicamentos pendientes de entregar en el trascurso de la semana, el cual deberá contener como mínimo la información establecida para tal fin en el pliego de condiciones. 12.En el espacio adecuado como establecimiento farmacéutico que funcione en UNISALUD Sede Bogotá. El proponente seleccionado efectuará como mínimo los procesos de distribución y dispensación de medicamentos, y los que estos impliquen para su desarrollo. 13.Para efectos del punto interno de atención, el proponente se obliga a suscribir con la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ un contrato de arrendamiento, en el cual se describirán los espacios físicos objeto del arriendo y el canon del mismo; y adicionalmente, deberá pagar oportunamente los cánones de arrendamiento de las instalaciones de la sede y los servicios públicos en los que se incurra. 14.Al Suministrar a los usuarios los medicamentos deberá informarles sobre su uso adecuado con observancia de la condición del personal que realice la entrega de acuerdo con la normatividad. 15.Para la dispensación deberá empacar adecuadamente los medicamentos que van a ser transportados por los pacientes hasta el lugar de almacenamiento final. 16.Contar con una tecnología básica que garantice el adecuado registro y control para el servicio de dispensación de medicamentos, los cuales se obliga a instalar y mantener actualizados para generar los reportes que la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ exija. 17.Mantener actualizados los procesos, procedimientos, recursos, mecanismos de control y documentación, de carácter técnico y/o administrativo, que aseguren el cumplimiento del objeto del presente contrato. 18.Contar con los criterios, técnicas y métodos que permitan continuamente controlar, evaluar y gestionar la calidad durante el proceso de almacenamiento de medicamentos, de conformidad con el artículo 13 del Decreto 2200 de 2005 modificado parcialmente por el Decreto 2330 de 2006, el Manual de Condiciones Esenciales y Procedimientos del Servicio Farmacéutico definido por el Ministerio de la Protección Social, la resolución que lo adopta y las demás normas aplicables a la materia o que los modifiquen, adicionen o sustituyan. 19.Presentar los informes que sean requeridos por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, dentro de la periodicidad indicada por la misma y/o señalada en el pliego de condiciones, que permitan la adopción de mecanismos de verificación de las órdenes prescritas, dispensadas y no Página 69 de 102

70 dispensadas. Los datos contenidos en los informes deberán ser oportunos, completos, veraces, con calidad, sustentados en evidencia y obtenidos de sus propias fuentes. 20.Bajo ninguna circunstancia, el proponente comercializará con terceros los medicamentos adquiridos bajo la negociación de precios efectuada por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ. 21.Participar en los programas y campañas que se relacionen con el uso de medicamentos, especialmente, los programas de Farmacovigilancia y Tecnovigilancia, uso de antibióticos, Programas de Seguridad al paciente, entre otros, de acuerdo a lo que definan las normas respectivas. 22.Iniciar, adelantar y llevar hasta su culminación las actuaciones y trámites respectivos ante el ente competente de inspección, vigilancia y control de los servicios farmacéuticos, para que los establecimientos, tanto internos como externos, sean autorizados y/o conceptuados favorablemente para su funcionamiento, según corresponda. En consecuencia, se compromete a cumplir con todos los requisitos definidos en las normas aplicables para los procesos correspondientes al suministro de medicamentos en general y de control especial, y observar lo dispuesto en el Decreto 2200 de 2005, Resolución 1403 de 2007 del Ministerio de la Protección Social, así como las demás normas especiales que regulen la materia. 23.En el caso que las autoridades competentes requieran que los trámites de autorización o conceptos de funcionamiento sean adelantados en conjunto con la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, el PROPONENTE seleccionado deberá informarlo por escrito a la Unidad de Servicios de Salud UNISALUD- Sede Bogotá y acompañarla técnicamente en el proceso que corresponda. 24.Para el suministro de medicamentos sometidos a fiscalización o de control especial, determinados de esa manera por las autoridades competentes (Ministerio de la Protección Social, UAE, Fondo Nacional de Estupefacientes), el PROPONENTE seleccionado deberá cumplir con lo dispuesto en las normas establecidas, en especial en lo dispuesto en la Resolución 1478 de 2006 del Ministerio de la Protección Social y las demás normas que la modifican, adicionan o sustituyan. En ningún caso se podrá iniciar la dispensación sin las inscripciones exigidas en la Ley. 25.En lo referente a los medicamentos sometidos a fiscalización o de control especial, el PROPONENTE deberá enviar al supervisor/interventor del contrato, copia del informe de inventario de ese tipo de medicamentos, en forma mensual. 26.Efectuar las acciones que correspondan para mantener las condiciones esenciales requeridas legalmente para el funcionamiento de los establecimientos farmacéuticos en el cumplimiento de sus actividades y/o procesos. 27.Instalar todos los muebles, equipos, instrumentos y materiales necesarios que se requieran para el cumplimiento de las actividades y/o correcto funcionamiento de los procesos, los cuales deben ser modernos y funcionales. 28.Asumir todos los costos de trámite de funcionamiento, tales como las autorizaciones y/o conceptos favorables, trámites, mantenimiento de inmuebles, seguros, gastos y obligaciones económicas laborales, inventario, etc. 29.Mantener las condiciones en que fueron propuestos los puntos externos de atención, los cuales deben estar ubicados dentro de la zona urbana, en lugares de fácil acceso y que brinden seguridad a los usuarios, de los cuales uno deberá atender 24 horas al día, 7 días a la semana. Cualquier variación respecto los puntos de atención deberá ser concertada previamente con la Directora de la UNISALUD Sede Bogotá, o el encargado responsable de la Sede Bogotá. 30.Disponer del recurso humano idóneo y suficiente, con los conocimientos, destrezas y competencias necesarios para la realización de las actividades propias de los procesos que adelante en cumplimiento del objeto contractual. Por lo tanto, tendrá en forma permanente, personal calificado que atienda las observaciones efectuadas por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, así como las auditorias concurrentes que se efectúen a los establecimientos farmacéuticos, revisión de las cuentas y todos los procedimientos relacionados con el suministro de medicamentos, entre los que están la revisión de las entregas a domicilio, revisión de informes referidos a la atención al usuario, respuesta a inquietudes, quejas y reclamos de los usuarios y del equipo médico de la Unidad de Servicios de Salud -UNISALUD-. 31.Disponer lo pertinente para que el punto ubicado en las instalaciones de la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, cuente con el siguiente recurso humano: (i) Un Tecnólogo en regencia de farmacia permanente y (ii) como mínimo dos (2) auxiliares de farmacia; siempre y Página 70 de 102

71 cuando, ese número garantice la oportuna y adecuada atención al público; en caso contrario, se compromete a aumentar el recurso humano en relación con las necesidades del servicio. 32.Tener a su cargo la totalidad del personal de los establecimientos farmacéuticos (interno y externos); y por lo tanto, no existirá relación laboral entre el personal que ejecuta el servicio y La UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ. 33.Facilitar a la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ el acceso a la información contenida en las Hojas de Vida del personal propuesto para su verificación; cualquier cambio de los integrantes del recurso humano, deberá ser informado de manera inmediata a la Dirección de UNISALUD Sede Bogotá, anexando la hoja de vida y los soportes correspondientes. 34.Realizar trimestralmente encuestas de satisfacción a los usuarios del servicio prestado; para lo cual, la UNIVERSIDAD podrá definir especificaciones para su realización. En todo caso, los resultados de las encuestas deben ser puestos en conocimiento de la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ. 35.Por ningún motivo, podrán ser dispensados medicamentos cuya fórmula o prescripción no sea presentada en el formato autorizado por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, exceptuando (i) situaciones de fuerza mayor referidas a las fallas que se presenten en el sistema de información de la Unidad de Servicios de Salud -UNISALUD-, situación que deberá ser informada y autorizada por la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ; (ii) cuando la solicitud de entrega de los medicamentos se realice en horarios no hábiles o fines de semana con prescripciones en formatos de IPS que presten servicios a la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ; y (iii) las demás que sean concertadas previamente entre las partes. 36.Implementar y ejecutar una herramienta sistemática que permita establecer mecanismos de control en la dispensación de medicamentos con el fin de evitar la doble entrega a un mismo usuario de idénticos medicamentos dentro de la misma vigencia de formulación y que permita realizar un seguimiento respecto a condiciones como interacciones farmacológicas, duplicidad terapéutica y dosis incorrectas o cualquier otro Problema Relacionado con Medicamentos que pueda resultar en un problema de seguridad para el paciente. 37.Dar estricto cumplimiento al procedimiento señalado para la dispensación de medicamentos. 38.Dar estricto cumplimiento al procedimiento señalado para la entrega de medicamentos pendientes y la entrega del informe semanal. 39.Dar estricto cumplimiento al procedimiento señalado para la dispensación de medicamentos autorizados por el Comité Técnico Científico de UNISALUD. 40.Cuando se trate de medicamentos que requieran importación o algún trámite especial para su adquisición, el PROPONENTE seleccionado deberá comunicar al Director de UNISALUD Sede Bogotá o encargado responsable el día que recibe la orden para pactar el tiempo de entrega y de esa manera evitar que sea glosado su facturación. 41.Facturar diariamente los medicamentos dispensados, cumpliendo los requisitos legales y tributarios reglamentarios vigentes y presentar las cuentas mensualmente, con la respectiva liquidación diaria, en medio magnético e impreso, acompañadas de la fórmula o prescripción debidamente firmada y fechada por el usuario o su acudiente y de cada comprobante de despacho de los medicamentos, así como la certificación de pago de aportes al SGSS. 42.Presentar mensualmente las cuentas por concepto de dispensación de medicamentos dentro de los primeros diez (10) días hábiles del mes siguiente al que se está cobrando, anexando el reporte de los pacientes polimedicados e información de farmacovigilancia y tecnovigilancia y todos los documentos que conforman las cuentas en cajas, debidamente foliados, en forma separada. 43.Dar estricto cumplimiento a los términos contenidos en el procedimiento establecido para el trámite de glosas y respuestas. 44.Cumplir con los Requerimientos mínimos de Hardware y Software ofertados. 45.Instalar y poner en funcionamiento el software de dispensación de medicamentos, mantener actualizados los datos y generar los reportes de manera oportuna, completa, veraz, con calidad, sustentada en evidencia, con datos obtenidos de sus propias fuentes para establecer la comunicación con la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, de acuerdo a lo establecido en el pliego de condiciones. 46.Proporcionar mensualmente a la Unidad de Servicios de Salud UNISALUD- Sede Bogotá de la UNIVERSIDAD el reporte de los pacientes polimedicados en el cual se incluya, el despacho de la formulación por paciente; la posología, las fechas de despacho, cantidad enviada, médico tratante; información que deberá estar completa, veraz, con calidad, sustentada en evidencia, con Página 71 de 102

72 datos obtenidos de sus propias fuentes para establecer la comunicación con la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ, de acuerdo a lo establecido en el pliego de condiciones. 47.Reportar a la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ la información correspondiente a la facturación de la dispensación efectuada en los Archivos CUM (CODIGO UNICO DE MEDICAMENTOS). También deberá anexar los RIPS de medicamentos en la estructura definida normativamente, obligándose a atender los requerimientos que efectúe la UNIVERSIDAD- UNISALUD SEDE BOGOTÁ para la corrección de la información, dentro de los quince (15) días siguientes a su notificación. Informar el estado de la ejecución del contrato cuando llegue al 60%. 48.Entregar mensualmente al supervisor/interventor del contrato el reporte de las actividades obligatorias según resolución 3344 del 2000 con respecto a la dispensación de medicamentos incluidos en las actividades de promoción y prevención que se deben reportar al Ministerio de Salud y generar los reportes de manera oportuna, completa, veraz, con calidad, sustentada en evidencia y con datos obtenidos de sus propias fuentes. 49.Realizar una evaluación y calificación de los laboratorios incluidos en la negociación global de medicamentos en el instrumento que determine UNISALUD para tal fin con un reporte de periodicidad semestral. 50.Acogerse a las regulaciones en materia de precios de medicamentos que existen y que se expidan por parte del Congreso Nacional de la República, el Gobierno Nacional, el Ministerio de Salud y Protección Social y/o la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos o cualquiera que las sustituya en sus funciones y/o competencias, durante la ejecución de este contrato en aras de favorecer los costos de operación para la institución y en beneficio de la equidad y coherencia con respecto a lo regulado por el SGSSS. En caso de presentarse situaciones especiales que no permitan dar aplicación a las normas aplicables, se concertará con las partes la forma en que se facturará el valor del medicamento. Además se acogerá a las demás regulaciones de precios, porcentajes de intermediación o cualquier otro tope máximo que efectúe el Estado. 51.Las demás contenidas en el pliego de condiciones y las necesarias para la ejecución adecuada del objeto del Contrato. CLÁUSULA SEXTA. OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD: La UNIVERSIDAD en virtud del presente contrato se obliga a: a) Pagar oportunamente el valor del contrato, en la forma definida en la cláusula forma de pago; b) Informar al CONTRATISTA sobre cualquier irregularidad u observación que se encuentre en la ejecución de este contrato; c) Asignar un servidor específico para la coordinación con EL CONTRATISTA de todos los procedimientos y requerimientos que genere el presente contrato; d) Realizar la supervisión del presente contrato. e) Realizar la auditoría a las cuentas presentadas por el CONTRATISTA; f) Suministrar y facilitar al CONTRATISTA la información necesaria para cumplir a cabalidad el objeto del presente contrato; g) Vigilar que los espacios destinados a los puntos de dispensación, cumplan con las condiciones legales y técnicas para este servicio. CLÁUSULA SÉPTIMA. PLAZO: El plazo estimado del presente contrato será de ocho (8) meses contados a partir de la suscripción del acta de inicio, previo cumplimiento de todos los requisitos de perfeccionamiento, legalización y ejecución del respectivo contrato hasta agotar la disponibilidad. En caso de agotamiento de la cuantía antes del vencimiento del plazo se dará por terminado el contrato. PARÁGRAFO. Siempre que exista concepto favorable por parte del supervisor/interventor, las partes podrán adicionar y/o prorrogar el plazo del Contrato por mutuo acuerdo y previamente a su vencimiento. La adición y/o prórroga deberá constar por escrito y surtirá efectos a partir de la fecha de su legalización. No obstante lo anterior, toda adición y/o prórroga deberá ceñirse a los procedimientos regulados y establecidos en el artículo 79 del Manual de Convenios y Contratos adoptado mediante Resoluciones de Rectoría No de 2008, modificada por las Resoluciones 872 y 1213 de 2013, y a las normas que lo modifiquen, complementen o sustituyan. CLÁUSULA OCTAVA. VALOR: El valor total del presente contrato es hasta por la suma de TRES MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS PESOS ($ ,00). PARÁGRAFO. Dentro del valor estipulado en la presente cláusula, están incluidos todos los servicios conexos en que EL CONTRATISTA debe incurrir para la prestación de los servicios en las condiciones Página 72 de 102

73 requeridas en el pliego de condiciones de la invitación pública, y contenidas en su propuesta de fecha de Por lo tanto, la UNIVERSIDAD no reconocerá ningún pago adicional. CLÁUSULA NOVENA. FORMA DE PAGO: La UNIVERSIDAD pagará al CONTRATISTA el valor pactado en el presente contrato previa presentación de las facturas, que el CONTRATISTA hará en la forma indicada en el Capítulo VI del Pliego de Condiciones, expedición de constancia de cumplimiento expedida por el supervisor/interventor, y certificación en que conste que el CONTRATISTA se encuentra al día en el pago de aportes a seguridad social y a parafiscales, conforme a lo dispuesto en la Ley 789 de 2002 y las normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan. Los valores que no sean objeto de glosa serán cancelados dentro de los treinta (30) días siguientes a su radicación; los valores susceptibles de glosa serán cancelados una vez culmine el término establecido en el contrato. PARÁGRAFO I. La UNIVERSIDAD pagará los valores que no sean objeto de glosa de la facturación radicada oportunamente por el CONTRATISTA, dentro de los treinta (30) días siguientes a su radicación. El saldo, esto es los valores objeto de glosa, se pagarán una vez culmine el trámite de auditoría de cuentas definido en el contrato. PARÁGRAFO II. Para el desarrollo de la auditoría, que en todo sentido será diferente a la supervisión del contrato, la UNIVERSIDAD podrá contratar los servicios de una empresa especializada que cuente con la infraestructura y el recurso humano idóneo; o podrá desarrollar esta auditoría a través del personal de planta o contrato que acredite experiencia en ese tipo de auditorías. Lo anterior en observancia a lo establecido en el pliego de condiciones para la auditoría de las cuentas radicadas. PARÁGRAFO III. El trámite de glosas será el siguiente: a. La UNIVERSIDAD, dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes a la presentación de la factura con todos sus soportes, formulará y comunicará al PROPONENTE seleccionado las glosas a cada factura. b. Una vez formuladas las glosas a una factura, no se podrán formular nuevas glosas a la misma factura, salvo las que surjan de hechos nuevos detectados en la respuesta dada a la glosa inicial. c. El PROPONENTE seleccionado deberá dar respuesta a las glosas presentadas por la UNIVERSIDAD, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a su recepción. En su respuesta a las glosas, el PROPONENTE seleccionado deberá indicar su aceptación o justificar la no aceptación. d. La UNIVERSIDAD, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la recepción de la respuesta, decidirá si levanta total o parcialmente las glosas o las deja como definitivas. e. Si cumplidos los quince (15) días hábiles, el PROPONENTE seleccionado considera que la glosa es subsanable, tendrá un plazo máximo de siete (7) días hábiles para subsanar la causa de las glosas no levantadas y enviar las facturas enviadas nuevamente a la UNIVERSIDAD. f. Los valores por las glosas levantadas serán cancelados dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, informando de este hecho al PROPONENTE seleccionado. g. Vencidos los términos y en el caso de que persista el desacuerdo se procederá en los términos establecidos por la ley. PARÁGRAFO IV. El trámite de glosas fijado será el único establecido para el tratamiento de las cuentas que se generen con ocasión de la ejecución del presente contrato; por lo tanto, no se tramitarán ni aceptarán respuestas a glosas, subsanar causas de glosas o recibir nuevas facturas después de vencidos los términos fijados contractualmente. CLÁUSULA DÉCIMA. REQUERIMIENTOS DE INFORMACIÓN. El CONTRATISTA entregará a la UNIVERSIDAD como un soporte de la factura, en medio digital, una relación consolidada de los medicamentos entregados que contenga entre otros, el correspondiente código de UNISALUD, código CUM, valor unitario de compra y valor total, la fecha de la fórmula, el nombre del usuario, número de documento de identificación, nombre del medicamento, nombre comercial del medicamento, laboratorio, cantidad entregada, y las demás que defina la UNIVERSIDAD durante la ejecución del contrato. Relación que debe ser concordante con las fórmulas médicas generadas por UNISALUD y entregadas a los usuarios. Así mismo deberá presentar semanalmente el consolidado de la situación y estado de los medicamentos pendientes de entregar en el trascurso de la semana, con la información establecida en el numeral del Pliego de Condiciones. Página 73 de 102

74 El CONTRATISTA debe entregar los informes y reportes solicitados por la UNIVERSIDAD con la periodicidad y/o términos establecidos; para lo cual se establece, en términos generales, que el CONTRATISTA responderá las consultas y solicitudes que sean efectuadas por la UNIVERSIDAD a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de recibo de la solicitud. CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA. SUJECIÓN PRESUPUESTAL: El valor del presente contrato se imputará con cargo al Proyecto Presupuesto de funcionamiento vigencia 2014, Código QUIPU , según Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 483 expedido el 20 de mayo de 2014 por la jefe de sección encargada de Presupuesto de la Sede Bogotá de UNISALUD. CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA. ENTREGA DE MEDICAMENTOS: El CONTRATISTA efectuará la entrega de los medicamentos a los usuarios de la Unidad de Servicios de Salud de la UNIVERSIDAD, de acuerdo con las condiciones expresadas en el Capítulo VI del Pliego de Condiciones y cumpliendo con los procedimientos establecidos por UNISALUD para la dispensación de medicamentos y para el manejo de pacientes crónicos, así: 1) Recibir la fórmula u orden médica, ante lo cual deberá verificar la vigencia de la misma, que haya sido expedida por el personal de salud debidamente autorizado para tal fin y su contenido. En los horarios no hábiles (noche, fin de semana y festivos) podrán ser despachadas las fórmulas en el formato de la institución prestadora de servicios de salud en la que se haya atendido la urgencia, siempre y cuando las fórmulas se ciñan al listado básico de la UNIVERSIDAD, y por las cantidades necesarias hasta el día hábil siguiente a la formulación o por las unidades mínimas de despacho. El día laboral siguiente al despacho de las fórmulas, éstas deben remitirse al responsable de autorizaciones de medicamentos definidas por UNISALUD Bogotá para su refrendación y registro en la respectiva historia clínica. 2) Deberá exigir como soporte del recibido del medicamento a satisfacción por parte del usuario la firma en tinta y/o huella (en caso de imposibilidad para firmar) del usuario o su acudiente, con el número de documento de identificación, número de teléfono de ubicación del usuario y/o responsable y la fecha recibido del medicamento en el documento soporte. 3) Cuando el dispensador encuentre que la fórmula presenta inconsistencias que pongan en riesgo la salud del paciente, solicitará al prescriptor la aclaración, corrección o adición de la misma. En todo caso, no dispensará la fórmula médica hasta no aclarar con el prescriptor cualquier duda sobre la prescripción o lograr la corrección o adición de la misma. 4) Solicitar y adjuntar a la orden de atención (fórmula) el comprobante de pago de las cuotas moderadoras, de acuerdo con las políticas que para éstas tenga establecido la UNIVERSIDAD. 5) El dispensador entregará la totalidad de los medicamentos prescritos por el facultativo, al momento de la primera comparecencia del usuario, sin que se presenten retrasos que pongan en riesgo la salud y/o la vida del paciente. Los productos serán guardados en bolsas resistentes, cajas o cualquier otro medio que permita ser transportados adecuadamente y asegurar la conservación de su calidad. 6) Generar al momento de la dispensación y hacer entrega al usuario de la tirilla postventa con indicación del valor del medicamento suministrado con copia de la misma a UNISALUD para ser anexada a la presentación de la factura a la UNIVERSIDAD. 7) Realizar por medio del personal idóneo la entrega personalizada al usuario, exhibiendo los medicamentos que se le están dispensando, confrontando con lo formulado las cantidades. 8) En el acto de la entrega física del medicamento, el dispensador informará al usuario como mínimo sobre las condiciones de almacenamiento, forma de reconstitución del medicamento cuya administración sea la vía oral, medición de la dosis y cuidados que se deben tener en el almacenamiento del medicamento, y a fin de contribuir efectivamente al cumplimiento del efecto terapéutico previsto por el prescriptor, el uso adecuado del medicamento con observancia de la condición del personal que realice la entrega de acuerdo con la normatividad. Página 74 de 102

75 9) Para el caso de la dispensación de medicamentos que requieran conservación en refrigeración u otra condición especial, el dispensador deberá garantizar que el usuario continúe con la cadena de frío o condiciones especiales después de la entrega, aprovisionándolo de los dispositivos y/o mecanismos para ello. 10) Registrar en los medios existentes para tal fin, preferiblemente computarizados, la cantidad, medicamento, usuario, fecha, etc., de los medicamentos dispensados. PARÁGRAFO I. Para la entrega de los medicamentos el CONTRATISTA deberá acogerse al listado de medicamentos autorizados por UNISALUD, la denominación común internacional de estos, la Guía de Biodisponibilidad del Ministerio de la Protección Social, la presentación, los laboratorios que los producen, el orden de la selección (obligándose a entregar la primera opción excepto para aquellos medicamentos incluidos en la Guía de Biodisponibilidad del Ministerio de la Protección Social y acudiendo a la segunda opción previa autorización del supervisor/interventor del contrato), y el costo unitario negociado por la UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO II. El CONTRATISTA no podrá: a) Realizar cambio alguno en la prescripción o fórmula médica. b) Cambiar el principio activo, concentración, forma farmacéutica, vía de administración, frecuencia, cantidad y la dosis prescrita. c) Dispensar medicamentos alterados, fraudulentos, vencidos o con registro sanitario expirado. d) Violar la reserva a que está obligado por razón de la función que desempeña. e) Recomendar a los usuarios el uso de medicamentos. f) Distribuir, dispensar y administrar muestras médicas. g) Enviar por correo certificado medicamentos de venta bajo prescripción médica, a menos que previo al envío sea presentada la prescripción médica y que se garanticen las condiciones y requisitos para el transporte de los mismos. En ningún caso, podrán enviarse por correo los medicamentos de control especial. h) Comercializar con terceros los medicamentos adquiridos bajo la negociación de precios efectuada por la UNIVERSIDADcon los laboratorios farmacéuticos i) Dispensar medicamentos cuando la orden de autorización expedida por UNISALUD esté vencida, caso en el cual deberá indicar al usuario que debe remitirse a UNISALUD. PARÁGRAFO III. El CONTRATISTA deberá realizar las acciones específicas de control definidas en la normatividad aplicable y como mínimo: a) Control de fechas de vencimiento; y b) Control de reservas. CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA. TIEMPO DE ENTREGA DE MEDICAMENTOS:El CONTRATISTA entregará la totalidad de los medicamentos prescritos, al momento de la primera comparecencia o presentación de la fórmula por parte del interesado, sin que se presenten retrasos que pongan en riesgo la salud y/o la vida del paciente. El CONTRATISTA se obliga a cumplir con los requerimientos definidos en los numerales 6.5.3, 6.5.4, , 6.5.5, del Pliego de Condiciones. PARÁGRAFO I. En caso de presentarse faltantes, ya sea uno o varios medicamentos pendientes, estos tendrán que ser suministrados a más tardar dentro de las cuarenta y ocho (48) horas calendario siguientes a la presentación de la fórmula, en primera instancia en el domicilio acordado con el usuario dentro del perímetro urbano, o en su defecto en el lugar de residencia de éste. Cuando los medicamentos pendientes de entregarse, sean de primera línea, esto es ANTIBIÓTICOS, ANALGÉSICOS, ANTICONVULSIVANTES, ANTIHIPERTENSIVOS, INSULINAS, HEPARINAS, ANTIRRETROVIRALES,HIPOGLICEMIANTES, ONCOLÓGICOS y los que la UNIVERSIDAD considere de uso vital, deberán entregarse a domicilio en la dirección suministrada por el usuario, si la ley permite su dispensación en esa modalidad, o en la forma que sea acordada directamente con el usuario en un plazo no superior a veinticuatro (24) horas calendario siguientes a la presentación de la fórmula en el punto de dispensación. En los casos en que el usuario decida no hacer uso del servicio de entrega a domicilio (servicio que debe ser ofrecido en primera instancia, de lo cual deberá quedar evidencia debidamente firmada con indicación de la fecha en la que éste reclamará el medicamento) y sea el mismo usuario quien decida acercarse directamente a reclamar el pendiente al punto de dispensación, se Página 75 de 102

76 deberá cumplir con la entrega dentro de los plazos definidos, según corresponda el medicamento y se pondrá en conocimiento del supervisor/interventor por cualquier medio que permita revisar la evidencia de su comunicación. PARÁGRAFO II. Los medicamentos aprobados por el Comité Técnico Científico de UNISALUD, tendrán un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas calendario siguientes para ser entregados, a partir de la presentación de la orden médica en el punto de dispensación. El CTC informará de manera semanal y oportuna los medicamentos aprobados, mediante listado que relaciona: Nombre e identificación del usuario, medicamento aprobado, forma farmacéutica, concentración, régimen de dosificación y tiempo de aprobación. El CONTRATISTA deberá coordinar con UNISALUD cuando se trate de medicamentos que requieran importación o algún trámite especial para su adquisición. PARÁGRAFO III. Es responsabilidad del CONTRATISTA logístico, cumplir con los tiempos de entrega para los medicamentos pendientes, generando un informe semanal, en el formato preestablecido, por cada uno de los puntos de atención. Se deberá establecer un sello de control, que se estampará en la parte posterior de la fórmula y/o orden de despacho en la que conste el pendiente, con el objeto de determinar la oportunidad (fecha y hora) en la que el usuario recibe materialmente el medicamento que se encontraba pendiente por entregar. La generación de la tirilla post venta de los medicamentos, deberá hacerse en le fecha que efectivamente se entregan; para lo cual, se deben implementar los procedimientos y controles por parte del CONTRATISTA. Los soportes documentales que justifiquen técnicamente la generación de los medicamentos pendientes, deberá adjuntarse con el paquete general de la presentación de la cuenta, previo visado con fecha correlacionada con el periodo de tiempo de la generación del pendiente, dela Jefe de División de UNISALUD Sede Bogotá a quien él o ella designen. PARÁGRAFO IV. Las dificultades que se presentaren en la dispensación oportuna de los medicamentos faltantes y/o las condiciones de entrega indicadas en el pliego de condiciones y el presente contrato deben ser puestas en conocimiento de inmediato al supervisor/interventor del contrato por cualquier medio que permita su evidencia. Adicionalmente, el CONTRATISTA presentará semanalmente al supervisor/interventor del Contrato, un informe consolidado de los medicamentos pendientes de entregar, con la siguiente información: a) Fecha de la generación del pendiente b) Medicamento pendiente (DCI, forma farmacéutica y concentración) c) Registro de llamadas y número de llamadas realizadas al usuario como soporte de la gestión de la entrega del medicamento d) Causas de la no entrega e) Fecha y hora de entrega del medicamento pendiente f) Nombre completo y claro del usuario g) Firma, identificación y número telefónico del responsable del recibido del pendiente h) Indicadores que relacionen el número de medicamentos pendientes mes a mes y principales causas de pendientes (Desabastecimiento o descontinuación por parte del laboratorio, ruptura de inventario, problemas de importación, entre otros.) CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA. RECEPCIÓN Y ATENCIÓN DE FÓRMULAS EN LA SEDE BOGOTÁ DE UNISALUD: El CONTRATISTA efectuará la recepción y atención de fórmulas y/o autorizaciones para la dispensación de medicamentos en los puntos destinados para tal fin establecidos al interior de la UNIVERSIDAD y en los puntos externos ofertados en la propuesta. CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA. ARRENDAMIENTO. Para efectos de la cláusula anterior, las partes suscribirán un contrato de arrendamiento, en el cual se describirán los espacios físicos objeto de ese contrato, el canon de arrendamiento y el pago de los servicios públicos en los que se incurra, los cuales se deberán pagar oportunamente. De los muebles y enseres que las partes aporten para el adecuado funcionamiento de la Farmacia se hará el respectivo inventario, debidamente suscrito por las partes, los cuales se restituirán a la parte respectiva, a la terminación del presente contrato. PARÁGRAFO. De conformidad con lo establecido en el Pliego de Condiciones y la propuesta presentada por el CONTRATISTA, éste se compromete a disponer de una red alterna para la dispensación de Página 76 de 102

77 medicamentos a los usuarios de UNISALUD en los días y horarios no hábiles de los cuales mínimo uno deberá dispensar medicamentos de control especial 24 horas, 7 días a la semana. CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA. PRECIOS DE LOS MEDICAMENTOS Y PORCENTAJE DE INTERMEDIACIÓN: Para aquellos medicamentos respecto de los cuales la UNIVERSIDAD ha negociado los precios con los laboratorios farmacéuticos, el valor de la factura a presentar será el resultado del valor de los medicamentos suministrados, al precio negociado entre la UNIVERSIDAD y el laboratorio según factura de compra, más el porcentaje de intermediación de % calculado de forma lineal. El valor a cobrar de los medicamentos no negociados, suministrados por el CONTRATISTA, será el valor de la factura de compra al laboratorio farmacéutico respectivo más el % de intermediación. El valor a cobrar de los medicamentos especiales y/o de tratamientos de enfermedades de alto costo, relacionados en el pliego de condiciones y todos los que sean necesarios para el tratamiento de Cáncer, VIH, Trasplantes y Disfunción Renal, que sean suministrados por el CONTRATISTA, será: el valor del medicamento ya sea negociado o no negociado más el % de intermediación y en ningún caso este valor será superior a los precios indicados por las normas aplicables a la regulación de precios o que fijen los valores máximos para reconocimiento y pago de medicamentos por recobros al sistema de salud que sean emitidas por el Congreso de la república, el Gobierno Nacional, el Ministerio de Salud y Protección Social y/o la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos o cualquiera que las sustituya en sus funciones y/o competencias. PARÁGRAFO I. Para los medicamentos especiales y/o de tratamientos de enfermedades de alto costo, relacionados en el pliego de condiciones y todos los que sean necesarios para el tratamiento de Cáncer, VIH, Trasplantes y Disfunción Renal, así se encuentren negociados, para su pago se aplicará el porcentaje de intermediación más económico para la UNIVERSIDAD que resulte entre el ofertado para medicamentos especiales y de tratamientos de enfermedades de alto costo y los negociados o no negociados por la UNIVERSIDAD, según corresponda. PARÁGRAFO II. El CONTRATISTA se obliga a cancelar a los diferentes laboratorios farmacéuticos con los que la UNIVERSIDAD ha negociado los precios de los medicamentos, el valor de los medicamentos adquiridos para la dispensación a los usuarios de UNISALUD dentro de los treinta (30) días siguientes a la presentación de la respectiva factura. PARÁGRAFO III. En ningún caso se reconocerán valores superiores a los precios concertados para los medicamentos negociados con los laboratorios y distribuidores. En caso que se presenten situaciones debidamente justificadas que imposibiliten al CONTRATISTA adquirir los medicamentos seleccionados por la UNIVERSIDAD con los laboratorios, a los precios negociados, deberá informarlo por escrito a la UNIVERSIDAD adjuntando las pruebas sumarias que demuestren la situación que genera la imposibilidad, para que se autorice por medio escrito su dispensación a precios diferentes por parte de la Gerencia Nacional de UNISALUD. CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA. INCLUSIÓN DE NUEVOS MEDICAMENTOS NEGOCIADOS Y FIJACIÓN DE PRECIOS: En caso que se requiera adicionar nuevos medicamentos negociados, la UNIVERSIDAD, se reserva el derecho de efectuar acuerdos directamente con los laboratorios farmacéuticos e informará por escrito estas novedades al CONTRATISTA. De igual forma, podrá negociar directamente con el CONTRATISTA la inclusión de nuevos medicamentos, previa concertación de los precios, acuerdo que constará por escrito, requisito necesario para la posterior dispensación. Los precios de estos medicamentos en ningún caso podrán ser iguales o superiores a los precios registrados en la Guía de Precios Encuestados del PLM, Farmaprecios, el precio deberá ser siempre inferior. PARÁGRAFO. Se fija como plazo máximo para la entrega de los nuevos medicamentos negociados de que trata la presente cláusula el término de ocho (8) días hábiles siguientes a la notificación por parte de la UNIVERSIDAD, de la inclusión de los mismos. CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA. SUPERVISIÓN: La UNIVERSIDAD ejercerá la supervisión y control sobre el desarrollo y cumplimiento del presente contrato por intermedio del Jefe de División de la Sede Bogotá de la Unidad de Servicios de Salud (UNISALUD) de la UNIVERSIDAD, quien podrá asignar al Página 77 de 102

78 personal específico que se encargará de adelantar el control y seguimiento general del mismo. El supervisor/interventor deberá dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en los artículos 96 a 98 del Manual de Convenios y Contratos de la UNIVERSIDAD, adoptado mediante Resoluciones de Rectoría No de 2008, modificada por las Resoluciones 872 y 1213 de 2013 y las que con posterioridad las adiciones, modifiquen o sustituyan. CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA. SUSPENSIÓN DEL CONTRATO. En caso de presentarse la ocurrencia de hechos ajenos a la voluntad de las partes, circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, interés y conveniencia mutua e interés público, se podrá suspender temporalmente la ejecución del contrato, para lo cual el supervisor/interventor remitirá al comité de contratación un informe con la justificación sobre la necesidad de suspender su ejecución y el proyecto de acta de suspensión. El Comité de Contratación respectivo, recomendará al Ordenador del Gasto aceptar la suspensión de la ejecución contractual. El Ordenador del Gasto aceptará la suspensión del Contrato y procederá a firmar el acta respectiva, remitiéndose copia de la misma a la Compañía Aseguradora o Banco garante. El término de la suspensión debe ser determinado o determinable y para la reiniciación de la ejecución del contrato se suscribirá la respectiva acta. Es función del supervisor/interventor verificar que una vez reiniciada la ejecución contractual el contratista amplíe o prorrogue la vigencia de la garantía pactada en el Contrato. CLÁUSULA VIGÉSIMA. CONFIDENCIALIDAD Y ACUERDO DE NO REVELACIÓN. EL CONTRATISTA deberá mantener la confidencialidad sobre toda la información de LA UNIVERSIDAD, que pueda conocer durante el desarrollo del contrato y no utilizará información de LA UNIVERSIDAD para la presentación de su producto en otras organizaciones. La propiedad, titularidad y reserva de los datos e información almacenada en los repositorios de datos que sean generados y/o utilizados por EL CONTRATISTA para el cumplimiento de las funciones contractuales pactadas, pertenecen de forma exclusiva a la UNIVERSIDAD. EL CONTRATISTA se compromete a respetarla, reservarla, no copiarla y a guardar absoluta reserva sobre toda la información que conozca por su actividad o que le sea dada a conocer por LA UNIVERSIDAD con ocasión del desarrollo del objeto del presente Contrato. Para asegurar el cumplimiento de la obligación estipulada en esta cláusula, EL CONTRATISTA se obliga a devolver de inmediato al supervisor/interventor designado por LA UNIVERSIDAD, toda la información facilitada para la prestación del objeto contractual, en la medida en que ya no resulte necesaria en la ejecución del mismo; absteniéndose de mantener copia parcial o total de la información y documentos obtenidos o generados con ocasión de la relación contractual al vencimiento del plazo de duración. En todo caso si EL CONTRATISTA utiliza la información para su propio provecho distinto al objeto contractual o para entregarla o darla a conocer a terceros, deberá indemnizar a LA UNIVERSIDAD y responder a los terceros por todos los perjuicios ocasionados, sin menoscabo de las acciones legales a que haya lugar. CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA. MODIFICACIÓN UNILATERAL. Si durante la ejecución del presente Contrato, y para evitar su paralización o afectación grave del servicio que se deba satisfacer con él, fuere necesario introducir variaciones en el Contrato, y previamente las partes no logran un acuerdo al respecto, la UNIVERSIDAD, en acto administrativo debidamente motivado, podrá modificarlo mediante la supresión o adición de obras, trabajos, suministros o servicios. Si las modificaciones alteran el valor del presente Contrato en un veinte por ciento (20%) o más de su valor inicial, el CONTRATISTA podrá renunciar a la continuación de la ejecución; en éste evento se ordenará la liquidación del Contrato, y la UNIVERSIDAD adoptará de manera inmediata las medidas necesarias para garantizar la terminación de su objeto. Para su aplicación, la UNIVERSIDAD procederá de conformidad con lo señalado en los artículos 84 y 86 del Manual de Convenios y Contratos, adoptado mediante Resolución de Rectoría No de CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA. INTERPRETACIÓN UNILATERAL. Cuando con ocasión de la ejecución del presente Contrato se presenten divergencias respecto a la interpretación de las Cláusulas contenidas en el presente Instrumento, que no puedan ser subsanadas acudiendo a las normas generales de interpretación, el Pliego de Condiciones que antecede al presente proceso contractual y la PROPUESTA presentada por el CONTRATISTA, la UNIVERSIDAD interpretará en acto administrativo debidamente motivado, las estipulaciones objeto de controversias. Página 78 de 102

79 Para su aplicación, la UNIVERSIDAD procederá de conformidad con lo señalado en los artículos 85 y 86 del Manual de Convenios y Contratos, adoptado mediante Resolución de Rectoría No de CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA. TERMINACIÓN UNILATERAL. La UNIVERSIDAD podrá terminar unilateralmente el presente Contrato, en cualquiera de los siguientes casos: 1. Cuando las exigencias del servicio público lo requieran, o la situación de orden público lo imponga. 2. Por disolución de la persona jurídica del CONTRATISTA. 3. Por liquidación obligatoria del CONTRATISTA. 4. Por cesación de pagos, concurso de acreedores o embargos judiciales al CONTRATISTA, que afecten de manera grave el cumplimiento del Contrato. En ocurrencia de alguna de las causales anteriores, la UNIVERSIDAD expedirá acto administrativo debidamente motivado, en el cual se dará aplicación a la terminación unilateral del Contrato, sin que sea necesario procurar acuerdos previos con el CONTRATISTA para dar lugar a su declaración. CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. La liquidación del Contrato se sujetará a los términos y oportunidades establecidas en la normatividad contractual de LA UNIVERSIDAD. La liquidación tendrá lugar dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la finalización del plazo o a la culminación del trámite de auditoría de la última cuenta radicada. Para la liquidación del contrato EL CONTRATISTA deberá remitir al supervisor/interventor dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo de ejecución del Contrato, los soportes que acrediten el pago de los aportes a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales y aportes al Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, Instituto de Bienestar Familiar y Caja de Compensación Familiar, durante el término de ejecución del contrato. CLÁUSULA VIGÉSIMA QUINTA.LIQUIDACIÓN UNILATERAL. Cuando el CONTRATISTA, habiendo sido requerido, no se presente a la liquidación de común acuerdo dentro de los cuatro (4) meses siguientes al vencimiento del plazo del Contrato, o las partes no lleguen a un acuerdo sobre el contenido de la misma, la liquidación será practicada directa y unilateralmente por la UNIVERSIDAD dentro de los dos (2) meses y se adoptará por acto administrativo motivado, el cual será susceptible del recurso de reposición. En todo caso, el acta de liquidación unilateral deberá ser expedida por el Ordenador del Gasto, y en el evento de resultar sumas de dinero a favor de la UNIVERSIDAD y a cargo del CONTRATISTA, la resolución proferida prestará mérito ejecutivo. CLÁUSULA VIGÉSIMA SEXTA. CADUCIDAD. LA UNIVERSIDAD podrá dar por terminado el presente Contrato y ordenar su liquidación, en aquellos casos en los que advierta que hay claras evidencias de que el CONTRATISTA está incumpliendo con las obligaciones contractuales, y que ésta circunstancia afecta de manera grave y directa la ejecución del mismo, hasta el punto de considerar que puede presentar su parálisis. La declaratoria de caducidad será constitutiva del siniestro de incumplimiento. Para su aplicación, la UNIVERSIDAD procederá de conformidad con lo señalado en el artículo 83 del Manual de Contratación, adoptado mediante Resolución de Rectoría No de CLÁUSULA VIGÉSIMA SÉPTIMA. CLÁUSULA PENAL. Se pacta como cláusula penal pecuniaria la suma equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, la cual se hará efectiva por parte de la UNIVERSIDAD, en caso de atraso o incumplimiento por parte del CONTRATISTA de cualquiera de las obligaciones surgidas del presente contrato. Dicha suma podrá ser tomada directamente de las garantías, o de ser el caso, se cobrará por jurisdicción coactiva. Para su aplicación, la UNIVERSIDAD procederá de conformidad con lo señalado en el artículo 8 9 del Convenios y Contratos, adoptado mediante las Resoluciones de Rectoría No de 2008 y 872 y 1213 de Página 79 de 102

80 CLÁUSULA VIGÉSIMA OCTAVA. MULTAS. En caso de que EL CONTRATISTA incurra en incumplimiento parcial de las obligaciones derivadas del presente Contrato, la UNIVERSIDAD, mediante acto administrativo motivado, que prestará mérito ejecutivo, podrá imponer multas diarias sucesivas, a razón del 0,01% del valor contractual, mientras persista el incumplimiento, sin que sumadas superen el 20% del valor del presente contrato. Para su aplicación, la UNIVERSIDAD procederá de conformidad con lo señalado en el Artículo 88 del Manual de Convenios y Contratos adoptado mediante las Resoluciones de Rectoría No de 2008 y 872 y 1213 de PARÁGRAFO. El pago de las multas no exime al CONTRATISTA de cumplir con la obligación principal, ni excluye el cobro de los perjuicios que hubiere sufrido LA UNIVERSIDAD. CLÁUSULA VIGÉSIMA NOVENA. EXCLUSIÓN DE RELACIÓN LABORAL Y AUTONOMÍA. El presente Contrato lo desarrolla EL CONTRATISTA con plena autonomía y no genera relación laboral entre la UNIVERSIDAD con EL CONTRATISTA ni con el personal que éste designe para el cumplimiento del objeto contractual. Todo el personal del CONTRATISTA deberá estar vinculado en forma tal que se garantice su disponibilidad para la ejecución oportuna de las distintas actividades del contrato. El CONTRATISTA tendrá a su cargo el personal de farmacia en el punto de dispensación ubicado al interior de la sede, sin que ello implique relación laboral alguna con la UNIVERSIDAD. CLÁUSULA TRIGÉSIMA. SUBCONTRATACIÓN. Cualquier subcontratación que EL CONTRATISTA pretenda hacer para la ejecución del Contrato, deberá ser aprobada previamente por LA UNIVERSIDAD. EL CONTRATISTA será responsable del cumplimiento por parte de sus subcontratistas, de las exigencias comerciales, económicas y jurídicas establecidas por LA UNIVERSIDAD, y en consecuencia será responsable solidariamente con el subcontratista por los perjuicios de toda índole que LA UNIVERSIDAD, sus clientes o usuarios puedan sufrir como consecuencia de la labor del subcontratista. Los subcontratos no eximirán AL CONTRATISTA de sus responsabilidades contractuales ni las atenuará. LA UNIVERSIDAD no asumirá ninguna obligación directa o indirecta con el subcontratista, ni está en la obligación de tener ningún contacto o entendimiento con los subcontratistas, siendo EL CONTRATISTA el directamente obligado a responder ante LA UNIVERSIDAD por la actividad subcontratada como si él fuere el directo ejecutor de la misma; en los subcontratos se deberá consignar expresamente esta circunstancia. En todo caso LA UNIVERSIDAD se reserva el derecho de exigirle AL CONTRATISTA, de ser procedente, que reasuma el cumplimiento de la obligación subcontratada, o el cambio del subcontratista, sin que se derive responsabilidad de ninguna clase para LA UNIVERSIDAD. En tal evento, EL CONTRATISTA deberá proceder dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a la comunicación de LA UNIVERSIDAD. CLÁUSULA TRIGÉSIMA PRIMERA. PROHIBICIÓN DE CESIÓN. Es prohibido al CONTRATISTA ceder el presente Contrato en forma total o parcial, sin la previa autorización por escrito de LA UNIVERSIDAD. CLÁUSULA TRIGÉSIMA SEGUNDA. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. EL CONTRATISTA manifiesta expresamente a LA UNIVERSIDAD que no está incurso en ninguna causal de inhabilidad o incompatibilidad contenida en la Constitución Política ni en la Ley, y que serán de su exclusiva responsabilidad las consecuencias que se deriven de las antecedentes o sobrevinientes. CLÁUSULA TRIGÉSIMA TERCERA. EMPALME. A la fecha de la finalización del presente contrato y en caso de que en el nuevo proceso de selección contractual que se adelante se asigne el contrato a un proponente diferente al CONTRATISTA, éste se compromete a hacer entrega de las instalaciones al nuevo operador logístico, así como a venderle a éste los medicamentos que estén disponibles en Farmacia y hagan parte de la negociación global realizada por la UNIVERSIDAD con los laboratorios farmacéuticos. PARÁGRAFO. El operador logístico entrante se compromete a comprarle al CONTRATISTA saliente los medicamentos que estén disponibles en Farmacia y hagan parte de la negociación global realizada por la UNIVERSIDAD con los laboratorios farmacéuticos. Página 80 de 102

81 CLÁUSULA TRIGÉSIMA CUARTA. GARANTÍA. Para garantizar el cumplimiento de este contrato EL CONTRATISTA se compromete a constituir en favor de la UNIVERSIDAD una garantía expedida por una Compañía de Seguros legalmente establecida en el país, cuya póliza matriz se encuentre aprobada por la Superintendencia Financiera, que contenga los siguientes amparos: a) Cumplimiento de las obligaciones adquiridas: por cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del presente contrato, y con vigencia igual al plazo del mismo y seis (6) meses más. b) Calidad de los bienes y servicios ofrecidos: por cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del presente contrato, y con vigencia igual al plazo del mismo y seis (6) meses más. c) Salarios y prestaciones sociales: por cuantía mínima equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del presente Contrato, y con una vigencia igual al plazo del mismo y tres (3) años más. d) Responsabilidad civil extracontractual: por cuantía de quinientos (500) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato, y deducibles máximo de 10% del valor del siniestro y mínimo 1 SMLMV. Estas garantías deberá constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de la UNIVERSIDAD, ante el Área de Contratación de UNISALUD Sede Bogotá en la Carrera 45 No , Edificio Uriel Gutiérrez Ala Norte Unisalud, Piso 2 Oficina 210, Bogotá D.C. PARÁGRAFO I. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato, EL CONTRATISTA deberá remitir para revisión y aprobación el respectivo certificado modificatorio de la garantía, en la que se verifique la respectiva modificación. PARÁGRAFO II. En caso de disminución del valor de la garantía por cualquier causa, el CONTRATISTA se obliga a reponerla de manera inmediata. CLÁUSULA TRIGÉSIMA QUINTA. PERFECCIONAMIENTO, LEGALIZACIÓN Y EJECUCIÓN. El presente Contrato se perfecciona con la firma de las partes y el registro presupuestal. Para su legalización requiere la constitución por parte del CONTRATISTA de la garantía exigida, y aprobación de la misma por parte de la UNIVERSIDAD. Una vez cumplidos los anteriores requisitos, el Coordinador de Contratación de UNISALUD Sede Bogotá, comunicará a través de cualquier medio escrito al CONTRATISTA y al supervisor/interventor del Contrato, que se ha legalizado el Contrato, y la fecha a partir de la cual podrá darse inicio a su ejecución. PARÁGRAFO I Los documentos de que trata la presente cláusula deben ser entregados para su revisión y aprobación en el Área de Contratación de UNISALUD Sede Bogotá en la Carrera 45 No , Edificio Uriel Gutiérrez Ala Norte Unisalud, Piso 2 Oficina 210, Bogotá D.C., dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al recibo de la comunicación escrita de asignación del contrato por parte de la UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO II. Será obligación del Jefe de Contratación de UNISALUD, publicar el presente Contrato, así como sus adiciones, prórrogas, modificaciones y suspensiones en el sitio Web de Contratación de la UNIVERSIDAD, según lo dispuesto en el artículo 76 del Manual de Convenios y Contratos adoptado mediante Resolución de Rectoría No de CLÁUSULA TRIGÉSIMA SEXTA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES. Antes de acudir a las instancias judiciales, las partes buscarán resolver cualquier diferencia o discrepancia surgida con ocasión del presente Contrato, de forma ágil, rápida y directa, mediante la aplicación de los mecanismos alternativos de solución de conflictos, tales como la Conciliación o la Transacción. CLÁUSULA TRIGÉSIMA SÉPTIMA. NOTIFICACIONES. Para todos los efectos de este contrato, se establecen como mecanismos para comunicaciones en general, por parte de la UNIVERSIDAD: correspondencia física que será recibida en el Área de Contratación de UNISALUD Bogotá en la Carrera 45 No , Edificio Uriel Gutiérrez Ala Norte Unisalud, Piso 2 Oficina 210, Bogotá D.C., o al correo electrónico: scpenacu@unal.edu.co, y en el teléfono extensión de la ciudad de Bogotá. Página 81 de 102

82 Por parte del CONTRATISTA: correspondencia física que será recibida en Dirección o al correo electrónico ; y al teléfono en la ciudad de. CLÁUSULA TRIGÉSIMA OCTAVA. DOMICILIO. Para todos los efectos judiciales y extrajudiciales, las partes declaran la ciudad de xxxxx como domicilio contractual. Para constancia se firma en xxxxxx., a los MARÍA ANTONIETA SOLÓRZANO PALACIO GerenteRepresentante Legal UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA CONTRATISTA (Fin Anexo No. 1) Página 82 de 102

83 ANEXO No 2 INFORMACIÓN SUMINISTRADA POR UNISALUD 1. La UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ pondrá a disposición del PROPONENTE seleccionado información para la ejecución contractual correspondiente a afiliados, profesionales médicos, listado de medicamentos (Vademécum UNISALUD) y convenios, con la siguiente estructura: NOMBRE DEL CAMPO CEDULA_PAC CEDULA ADICIONAL TIPO_DOC ESTADO APELLIDO SEGUNDOAPELLIDO NOMBRE SEGUNDONOMBRE DIR_RES TELEFONO_RES CIUDAD F_NACIMTO SEXO TIPOAFILIADO CONVENIO RAZ_SOCIAL TABLA: AFILIADOS DESCRIPCIÓN Número de documento del afiliado Número de documento del grupo familiar Si es 00 es el afiliado y del 01 en adelante son los Beneficiarios Tipo de documento (CC,CE,TI,RC,NI) Estado de afiliación (AC,DE,SU,AF) Primer apellido del afiliado Segundo apellido del afiliado Primer nombre del afiliado Segundo nombre del afiliado Dirección de residencia del afiliado Teléfono de residencia del afiliado Ciudad de residencia del afiliado Fecha de nacimiento del afiliado Genero del afiliado Especifica si es cotizante o beneficiario Código de la sede a la que pertenece el afiliado Descripción de la sede a la que pertenece el afiliado NOMBRE DEL CAMPO REGISTRO_MEDICO CEDULA USUARIO NOMBRE ESPECIALIDAD CIUDAD DIRECCION TELEFONOS TABLA: PROFESIONALES DESCRIPCIÓN Código del registro medico Documento del profesional Código de usuario de profesional Nombre del profesional Especialidad del profesional Ciudad de residencia del profesional Dirección del profesional Teléfono del profesional NOMBRE DEL CAMPO PREFIJO NOM_PREFIJO CÓDIGO DESCRIPCIÓN TABLA: MEDICAMENTOS DESCRIPCIÓN M01MEDICAMENTOS POS; M30 MEDICAMENTOS PAC Y POS AFILIADOS Y PENSIONADOS; M50 MEDICAMENTOS CTC Código del medicamento Nombre en denominación Común Internacional 2. Para la adecuada prestación del servicio de dispensación, la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ informa: Nota: Respecto a la información suministrada y relacionada a continuación, se debe tener en cuenta que tanto la población, los datos de rotación de medicamentos y las características epidemiológicas, corresponden a datos dinámicos, y es de esperarse que los datos respectivos cambien en el tiempo. Página 83 de 102

84 a. Número de usuarios de la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ. Información a 31 de agosto de 2013 b. Rotación por medicamento para la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ. El listado a continuación contiene 172 medicamentos que representan el 80% del peso económico del total, dispensados en el periodo comprendido de marzo de 2013 a marzo de 2014 para la sede Bogotá en promedio, el restante 20% del Pareto lo constituye 715 medicamentos con bajo costo sobre el total (aunque también se encuentran algunos con baja rotación) 1. No. NOMBRE GENERICO CANTIDAD PROMEDIO PROYECCION MENSUAL ANUAL 1 ORAZOLE 40MG CJX15CAP BSS $ ,00 $ ,00 2 ENBREL 50MG MYCLIC AUTOINYECT CJX4JER 23 $ ,00 $ ,00 3 AFINITOR (EVEROLIMUS)10MG CJX30TAB NVR 40 $ ,00 $ ,00 4 CARDURAN 4MG CJX14TAB PFZ $ ,00 $ ,00 5 PREZOC 25MG CJX14TAB POP $ ,00 $ ,00 6 LANTUS 100U.I./10ML CJX1 VIAL(INSUL 120 $ ,00 $ ,00 7 VOLIBRIS 10MG CJX30TAB SAP 40 $ ,00 $ ,00 8 SAIZEN 20MG (8MG/ML) CJX1CART PRE MCK 12 $ ,00 $ ,00 9 VENTAVIS 10MCG/ML CJX30FCO VIAL BAY 120 $ ,00 $ ,00 10 ZYTIGA 250MG FCOX120TAB JAN 120 $ ,00 $ ,00 11 TASIGNA 200MG CJX120TAB NVR 120 $ ,00 $ ,00 12 AFINITOR 5MG CJX30TAB NVR 40 $ ,00 $ ,00 13 GILENYA 0.5MG CJX28CAP NVR 14 $ ,00 $ ,00 14 GLIVEC 400MG CJ X 30 COMP NVR 40 $ ,00 $ ,00 1. Los datos fueron tomados de la facturación aportada por el operador para los meses de marzo de 2013 a marzo de Página 84 de 102

85 No. NOMBRE GENERICO CANTIDAD PROMEDIO PROYECCION MENSUAL ANUAL 15 CIMZIA CJX2 JERINGAS B7I 5 $ ,00 $ ,00 16 NORMOLIP 200MG CJX10TAB LFC $ ,00 $ ,00 17 ENBREL 25MG CJX4JER PRE WYE 16 $ ,00 $ ,00 18 CLENOX 60MG JER UND POP 360 $ ,00 $ ,00 19 ISOPTIN SR 120MG CJX30TAB ABT $ ,00 $ ,00 20 HUMIRA 40MG/0.8ML SOLINYX2JERPRELL ABT 4 $ ,00 $ ,00 21 CITRAGEL 315MG/200UI CJX30CAP POP $ ,00 $ ,00 22 ISENTRESS 400MG FCOX60TAB FRO 180 $ ,00 $ ,00 23 CELLCEPT 500MG CJX50TAB ROC 690 $ ,00 $ ,00 24 FORTEO 250 MCG/ML INY CJ X UND ELI 4 $ ,00 $ ,00 25 TRANSTEC 35MCG CJX5PAR GRT 65 $ ,00 $ ,00 26 EZETIMIBE/SIMVAS 10/20MG CJX14TAB T.Q $ ,00 $ ,00 27 INFLAXEN 20MG CJX30 CAP PRO 590 $ ,00 $ ,00 28 ATORVASTATINA 20MG CJX10TAB GEF $ ,00 $ ,00 29 CLENOX 40MG JER UND POP 250 $ ,00 $ ,00 30 ELIGARD 22.5 MG POL LIO X 5 ML TNP 2 $ ,00 $ ,00 31 NATRILIX SR 1,5 MG CJ X 20 COM ETK $ ,00 $ ,00 32 PREZOC 100MG CJX30TAB POP $ ,00 $ ,00 33 CAVERJECT 20 MCG POL INY 1 JER PF 28 $ ,00 $ ,00 34 CASODEX 50MG CJX28TAB AZN 230 $ ,00 $ ,00 35 FIBROFALK 5 GM CJX10 SOB BCA $ ,00 $ ,00 36 COUMADIN 5MG CJX30TAB BMS $ ,00 $ ,00 37 DETRUSITOL 2MG CJX28TAB PFZ 950 $ ,00 $ ,00 38 ESOMEPRAZOL 20MG CJX10TAB GEF $ ,00 $ ,00 39 ZOFREX 5MG/100ML SOL/INY CJX1VIAL LFC 5 $ ,00 $ ,00 40 BECLOMETASONA 50 DIPROP INHX200DOS LFC 460 $ ,00 $ ,00 41 VALCOTE 500 MG FCOX30TAB ABT $ ,00 $ ,00 42 VASTAREL MR 35 MG CJX20COMETK BIO $ ,00 $ ,00 43 TEARSOFT 5MG/ML SOL OFT FCOX15ML POP 290 $ ,00 $ ,00 44 LINDISC 50 CJX4PAR BAY 96 $ ,00 $ ,00 45 RISPERDAL 2MG CJX20TAB JAN 270 $ ,00 $ ,00 46 TIRAS REACTIVAS GLUCOQUICK CJX50UN POP $ ,00 $ ,00 47 UMBRELLA CREMA TUBX60G SPH 46 $ ,00 $ ,00 48 CERTICAN 0.75MG CJ X 60TAB NVR 80 $ ,00 $ ,00 49 SINALGEN 500/5MG CJX10TAB GRT 960 $ ,00 $ ,00 50 TROZOLET 1MG CJX28TAB TNP 190 $ ,00 $ ,00 51 HUMALOG 100U/ML INY VIAL 10ML ELI 36 $ ,00 $ ,00 52 ESTRモGENOS CONJUGADOS CR-V TBOX26G PFZ 140 $ ,00 $ ,00 53 MIRCERA 100MCG X1 JER PRELLENADA ROC 3 $ ,00 $ ,00 54 VERSATIS 5% CJX5PARCHES GRT 170 $ ,00 $ ,00 55 DISLEP 25MG CJX20COMP BCA 430 $ ,00 $ ,00 56 CEUMID 500MG CJX30TAB SPH 990 $ ,00 $ ,00 57 TRUVADA 200/300MG FCOX30TAB STD 80 $ ,00 $ ,00 58 LYRICA 75MG CJX28CAPS PFZ $ ,00 $ ,00 59 VIMPAT 200MG CJX28COMP B7I 140 $ ,00 $ ,00 60 PROGRAF 1 MG XL CJX50CAP JAN 330 $ ,00 $ ,00 61 EUTIROX 75MCG CJX50TAB MCK $ ,00 $ ,00 62 JANUVIA 50MG CJX28TAB MSD 450 $ ,00 $ ,00 63 TEROMAR ROTACAPS18 MCG+REVOL FCOX30CA 540 $ ,00 $ ,00 64 ERANZ 10 MG CJX28TAB WYE 360 $ ,00 $ ,00 65 TEARS NATURALE SOL OFT FCOX15ML AL 76 $ ,00 $ ,00 66 SERETIDE DISK 50/250 MCG X 60 DOS 16 $ ,00 $ ,00 67 GLUCOMETRO GLUCOQUICK G30A POP(BENEFI) 92 $ ,00 $ ,00 68 LAGRICEL 0.5ML CJX20CART SOP 780 $ ,00 $ ,00 69 RISPERDAL 1 MG TAB CJ 20 UN JAN 420 $ ,00 $ ,00 70 MOXAR 5MG CJX30TAB BSS 780 $ ,00 $ ,00 71 PROGRAF 5MG XL CJX50CAP JAN 60 $ ,00 $ ,00 72 SYMBICORT 160/4.5MCG FCOX120DOSIS AZN 8 $ ,00 $ ,00 73 ENSURE PLUS HN LATX8OZ ABB 220 $ ,00 $ ,00 74 JEVITY FCOX1500 ML ABT 40 $ ,00 $ ,00 75 MIRENA 52MG CJX1UND RSD 3 $ ,00 $ ,00 76 CITABIBEX 500MG CJX120TAB AZN 200 $ ,00 $ ,00 77 ATORVASTATINA 40MG CJX10TAB W&P $ ,00 $ ,00 78 TEMODAL 100MG CJX5SAC SHC 7 $ ,00 $ ,00 79 STALEVO 200/50/200 FCOX30COMP NVR 340 $ ,00 $ ,00 80 LUTAMIDAL 150MG CJX28TAB TNP 84 $ ,00 $ ,00 81 LEUPROLIDE ACETATO 11.25MG CJX1VL NVR 3 $ ,00 $ ,00 82 ANDROCUR 50MG CJX20TAB SHG 160 $ ,00 $ ,00 83 GANFORT BIMATOPROST FCO GOTX3ML 16 $ ,00 $ ,00 84 EXELON 18MG CJX30PAR NVR 150 $ ,00 $ ,00 85 VIRAMUNE 200MG TAB FCOX60TAB BI 140 $ ,00 $ ,00 86 ACETAMINO/CODEINA 500/30MG CJX30TAB LF $ ,00 $ ,00 Página 85 de 102

86 No. NOMBRE GENERICO CANTIDAD PROMEDIO PROYECCION MENSUAL ANUAL 87 PANZYTRAT 25000UI FCOX20CAP BIO 620 $ ,00 $ ,00 88 MILPAX FCO 360 ML CEREZA GF2 150 $ ,00 $ ,00 89 QUINAPRIL MK 20MG CJX10TAB T.Q $ ,00 $ ,00 90 ATORVASTATINA 10MG CJX10TAB GEF $ ,00 $ ,00 91 PROTOS 2GR CJX28SOB BIO 220 $ ,00 $ ,00 92 IPRAMAR 20MCG AERO BUCAL 200DOSIS BCA 160 $ ,00 $ ,00 93 URSACOL 300MG CJX15TAB ZAM 540 $ ,00 $ ,00 94 NEUPRO 4MG/24H CJX14PARCHES B7I 75 $ ,00 $ ,00 95 DUODART 0.5/0.4MG FCOX30 TAB GSK 330 $ ,00 $ ,00 96 HUMALOG 100U/ML INY VIAL 10ML ELI 21 $ ,00 $ ,00 97 THYROGEN 1.1MG KIT X 2 VIALES 1 $ ,00 $ ,00 98 KRYTANTEK OFTENO FCOX5ML SOP 9 $ ,00 $ ,00 99 JANUVIA 100 MCG CJ X 28 TAB FRO 410 $ ,00 $ , NEBILET 5MG CJX14COM BCA 610 $ ,00 $ , BERODUAL HFA 20/50MCG FCO10ML B.I 17 $ ,00 $ , PREZISTA 600MG FCOX60TAB JAN 80 $ ,00 $ , SALAGEN 5MG FCOX20TAB ETK 330 $ ,00 $ , COMBIGAN 0.2/0.5 SOL OFT FCOX5 ML ALL 16 $ ,00 $ , SEROQUEL XR 300MG CJX30TAB AZN 150 $ ,00 $ , DECAPEPTYL MG VIAL 6 ML TNP 1 $ ,00 $ , LYRICA 150MG CJX28CAPS PFZ 710 $ ,00 $ , IMURAN 50MG CJX100TAB GSK 800 $ ,00 $ , LOSARTAN 50MG CJX300TAB W&P $ ,00 $ , ESTRADERM MX 25 CJX8PARCHES NVR 130 $ ,00 $ , SAIZEN 6MG CJX1CART PRE MCK 4 $ ,00 $ , OLOFTAL 0.2% FCOX5ML T.Q 53 $ ,00 $ , MIRAPEX ER 1,5MG CJX30CAP B.I 270 $ ,00 $ , LOSARTAN /HCT 100/25MG CJX15TAB T.Q $ ,00 $ , INMOX 60MG CJX14CAP T.Q 150 $ ,00 $ , ACID MANTLE PH 4.2 CR TUBX60G BAY 130 $ ,00 $ , SEROQUEL XR 400MG CJX30TAB AZN 100 $ ,00 $ , RESINCALCIO 9975/0.25GPOV FCO 400G IYN 51 $ ,00 $ , MIRCERA 150MG CJX1 JERPRELL 1 $ ,00 $ , DOLQUINE 200MG CJX30TAB IYN 510 $ ,00 $ , EUTIROX 50MCG CJX50TAB MCK $ ,00 $ , NEUPRO 8MG/24H CJX14PARCHES B7I 37 $ ,00 $ , CARDIOTAN 80MG CJX28TAB HX $ ,00 $ , LANITOP 0.6 MG GOT FCO 10ML SOL ROC 25 $ ,00 $ , NAABAK 4.9% GOT FCOX5ML PFZ 13 $ ,00 $ , CARVEDILOL 12.5MG CJX30TAB W8P $ ,00 $ , DAKTACORT 2% CR TUB 30 MG JAN 14 $ ,00 $ , VISCOTEARS 2MG GEL TBOX10GR NVR 43 $ ,00 $ , SPIRIVA RESPIMAT 1/2.5MCG FCO X4ML B.I 5 $ ,00 $ , VIMPAT 100MG CJX28COMP 140 $ ,00 $ , MIRAPEX ER 3.0MG CJX10COMP B.I 120 $ ,00 $ , SIMETICON GAS-REL 10MG/ML JBE FCX360ML 30 $ ,00 $ , FLONORM 200MG CJX12TAB ZAM 220 $ ,00 $ , CARDURAN 2MG CJX14TAB PFZ 210 $ ,00 $ , DEFLAZACORT 30MG CJX10TAB T.Q 520 $ ,00 $ , RISPERDAL CONSTA 37.5MG SOL INY FCOX1V 2 $ ,00 $ , TENORMIN 50MG CJX14TAB AZN 250 $ ,00 $ , BECLOMAR 250MCG AER BUCAL 200DOSIS BCA 110 $ ,00 $ , CLASINA 80MG CJX2JER LFC 61 $ ,00 $ , ESTROGENOS CONJU 0.625MG CJX28GRA RPS 590 $ ,00 $ , STRATTERA 25 MG CJ X 14 CAP LLY 93 $ ,00 $ , CELLCEPT 250MG CJX100CAP ROC 280 $ ,00 $ , FALMONOX 500MG CJX3TAB AVS 120 $ ,00 $ , CEUMID 1000MG CJX30TAB SPH 250 $ ,00 $ , BETALOC ZOK 25MG CJX30TAB AZN 520 $ ,00 $ , BETAFERON U.I/ML FCOX15 VIAL 5 $ ,00 $ , TELZIR 700MG FCOX60TAB 80 $ ,00 $ , NEUROBION 100MG CJX30TAB MCK $ ,00 $ , CONCERTA 36MG CJX30TAB FNE 60 $ ,00 $ , BETASERC 24MG CJX20COMP ABT 190 $ ,00 $ , ZOLADEX 10.8 MG CJ 1 APLC AZN 1 $ ,00 $ , QUETIAPINA MK 25MG CJX30TAB T.Q $ ,00 $ , RECORMON UI/0.6ML SOL INY ROC 3 $ ,00 $ , LUVOX 100MG CJX30TAB ABT 120 $ ,00 $ , LUPRON DEPOT 30MG CJX1JER ABT 10 $ ,00 $ , MODUSIKA 0.1% GOT FCOX5ML SOP 6 $ ,00 $ , INVANZ 1 GR SOL INY CJ X 1 AMP FRO 4 $ ,00 $ , ALACTIN 0.5MG FCOX8TAB POP 110 $ ,00 $ ,00 Página 86 de 102

87 No. NOMBRE GENERICO CANTIDAD PROMEDIO MENSUAL PROYECCION ANUAL 159 RAPAMUNE 1MG CJX100TAB WYT 33 $ ,00 $ , SANDIMMUN NEORAL 50MG CJX50TAB N 230 $ ,00 $ , RIVOTRIL 2.5MG/ML GOT FCOX20ML RO 20 $ ,00 $ , DETRUSITOL SR 4MG FCOX30CAP PFZ 120 $ ,00 $ , VALCOTE 250 MG FCO 30 TAB ABT 920 $ ,00 $ , CURAM 1G CJX14TAB NOV 480 $ ,00 $ , PROTOPIC 0.1% UNG TBOX10G ROC 24 $ ,00 $ , BARRERA PROTEC FLEXIBLE DE 57 MM BMS 27 $ ,00 $ , ROSUVASTATINA MK 10MG CJX7TAB T.Q 510 $ ,00 $ , AROMASIN 25MG CJX30TAB PFZ 70 $ ,00 $ , CARVEDILOL 6.25MG CJX30TAB W&P $ ,00 $ , PENTASA 1GR CJX50SOB SLM 130 $ ,00 $ , BONDRONAT 6MG/6ML AMP CJX1 VIAL ROC 1 $ ,00 $ , CARVEDILOL 25MG CJX30TAB W&P $ ,00 $ ,00 Fuente: Facturación de medicamentos para el periodo Marzo 2012 a Marzo de 2013 c. Medicamentos de alto costo UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ A continuación se muestran los medicamentos de alto costo que impactan a la Sede Bogotá en costos promedios mensuales. Diez primeros medicamentos para el tratamiento de patologías de alto costo en la sede UNISALUD Bogotá- Diciembre Medicamento Consumo Promedio Mensual ETANERCEPT 50 MG POLVO PARA RECONSTITUIR EVEROLIMUS 10 MG TABLETA ABIRATERONA ACETATO 250 MG TABLETA NILOTINIB 150 MG CAPSULA EVEROLIMUS 5 MG TABLETA FINGOLIMOD 0.5 MG CAPSULA IMATINIB 400 MG TABLETA CERTOLIZUMAB PEGOL 200 MG/ML SOLUCION INYECTABLE ETANERCEPT 25 Mg. ADALIMUMAB 40 MG, INY $ ,00 $ ,00 $ ,00 $ ,00 $ ,00 $ ,00 $ ,00 $ ,00 $ ,00 $ ,00 Fuente: Facturación de medicamentos Sede Bogotá d. Primeras causas de morbilidad UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ Página 87 de 102

88 Fuente. Informe de Gestión d. Vademécum UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ para afiliados y beneficiarios. i) Medicamentos POS Todos los usuarios de UNISALUD tienen derecho al listado de medicamentos contenido en el anexo 1 de la Resolución 5521 de 2013 del Ministerio de Salud y Protección Social, denominado Listado de Medicamentos POS. ii) Plan Ampliado Tienen derecho al plan ampliado en medicamentos, los afiliados a UNISALUD vinculados a la Universidad Nacional de Colombia en calidad de empleados públicos docentes y no docentes y trabajadores oficiales, así como los pensionados de la caja de previsión social de la Universidad Nacional y los pensionados por otras AFP, que se encuentren afiliados a UNISALUD. El listado básico de medicamentos se encuentra relacionado en el Acuerdo 3 de 2013 de la Junta Directiva Nacional de UNISALUD el cual puede ser consultado en el siguiente vínculo: iii) Medicamentos de Comité Técnico Científico Durante la vigencia 2013, en la UNIVERSIDAD UNISALUD SEDE BOGOTÁ se dispensaron los siguientes medicamentos no incluidos en los planes de beneficios en las cantidades que se muestran, previamente aprobados por el Comité Técnico Científico: MEDICAMENTO CANTIDAD PREGABALINA 75 MG, CÁPSULA TAMSULOSINA CLORHIDRATO 0.4 mg, CAPSULA TRIMETAZIDINA 35 MG COMPRIMIDO L. MODIFICADA ACETAMINOFEM+ HIDROCODONA (500+5) MG TABLETA SODIO HIALURONATO SOLUCIÓN OFTÁLMICA 4MG/ML carpula 0.5 ml MOSAPRIDA 5 MG, TABLETA PREGABALINA 150 mg CAPSULA GABAPENTINA 300 MG CÁPSULA NEBIVOLOL 5 MG TABLETA CARBAMAZEPINA RETARD 200 Mg TIOTROPIO BROMURO 18 MCG CAPSULA ENZIMAS PANCREATICAS UI CAPSULA CILOSTAZOL 100 MG, TABLETA URSODESOXICOLICO ACIDO 300 MG CAPSULA Página 88 de 102

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