Sistema de Intercambio de estudiantes Principios generales y lineamientos
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- Santiago Henríquez Lozano
- hace 8 años
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1 Sistema de Intercambio de estudiantes Principios generales y lineamientos Introducción La importancia que se le ha asignado a los intercambios académicos no ha cesado de aumentar en las últimos años. Dentro de las políticas de educación superior la internacionalización de la formación universitaria pareciera ser hoy uno de los objetivos principales que se proponen tanto los gobiernos, las agencias de cooperación académica y las universidades mismas. Cada una de estas instancias, de su propia perspectiva, coincide en el valor y riqueza que ofrece al alumno la posibilidad de realizar parte de sus estudios en el extranjero y también en la necesidad de crear instrumentos administrativos y financieros adecuados para la implementación de esta posibilidad. Los intercambios de estudiantes en la UCA son un fenómeno relativamente reciente. En este sentido, con ímpetu creciente la universidad ha celebrado en los últimos años numerosos convenios con universidades extranjeras, muchas de ellas de gran prestigio y calidad académica. En esta materia, el Proyecto Institucional de la UCA ( ) fija como prioritaria la cooperación académica internacional, dando preferencia a la vinculación con Universidades Católicas. Asimismo, establece que se intensificarán los acuerdos de intercambio de profesores, alumnos, investigadores y publicaciones (14.1). Promueve también optimizar los beneficios de los distintos acuerdos, de tal forma que alcancen a las distintas unidades académicas, incluyendo a las facultades del interior del país (ídem). La creación del Departamento de Relaciones Internacionales (DRI) en el seno del Rectorado de la UCA ofrece hoy la posibilidad de brindar servicios e instrumentar mecanismos que, respetando las particularidades de las unidades académicas, resulten ágiles, homogéneos y de aplicación general. Los lineamientos del Sistema de intercambio de estudiantes que se proponen con carácter ad experimentum establecen los criterios y procedimientos para implementar ese servicio fomentando la realización de estudios en el extranjero para los alumnos de toda la UCA. Objetivos El Sistema de intercambio de estudiantes tendrá los siguientes objetivos: Fomentar y alentar entre los alumnos la posibilidad de realizar estudios en el exterior en el marco de los convenios celebrados por la Universidad.
2 2 Favorecer el acceso a la información sobre los acuerdos de intercambio de estudiantes. Generar mecanismos y condiciones para que la experiencia de intercambio sea valorada integralmente en sus aspectos culturales, académicos, humanos y sociales. Procurar agilidad, homogeneidad y claridad en los procedimientos para acceder a los intercambios. Optimizar los beneficios de los convenios que posee la universidad de tal forma que alcancen a todas las unidades académicas. Facilitar la comunicación con los servicios de intercambio y cooperación académica de las universidades socias de la UCA en el exterior. Promover, como contrapartida, una recepción adecuada de los alumnos extranjeros contribuyendo a un pleno aprovechamiento de su período de estudio en nuestra universidad. Coordinación y funcionamiento La coordinación del Sistema de intercambio de estudiantes estará a cargo del Departamento de Relaciones Internacionales (DRI) a través de su Servicio de Becas e Intercambio (SBI). Su misión será la supervisión general del sistema y el apoyo técnico a las unidades académicas en su implementación dentro de cada una de ellas. El SBI prestará asistencia directa en aquellos acuerdos que sean aplicables a toda la Universidad en su conjunto, especialmente en la gestión y administración de las vacantes que sean compartidas por las distintas unidades académicas. Cuando éstas posean acuerdos específicos y cupos de vacantes propios la negociación y administración de plazas serán de su competencia. En cualquier caso las unidades académicas podrán solicitar la cooperación del SBI en lo que fuere necesario para el mejor funcionamiento y aprovechamiento de los intercambios. * * * * * * * * *
3 3 Lineamientos del sistema de intercambio para los alumnos de la UCA 1. Estructuras en las Unidades Académicas (UA) Para implementar el sistema de intercambio, las UA que no contaran con un servicio propio indicarán un responsable que tendrá a su cargo la atención de las consultas de los alumnos, la difusión y la realización de todas las tramitaciones que correspondan a su ámbito. El SBI y los responsables de las UA estarán en contacto estrecho y periódico para compartir información y coordinar sus actividades. 2. Convocatoria El SBI será responsable de realizar la convocatoria general de los intercambios que correspondan a acuerdos aplicables a toda la Universidad. Los acuerdos específicos de las UA podrán también ser anunciados y concursados en la convocatoria general. 3. Preparación inicial e información del alumno Antes de postularse, el alumno interesado en realizar parte de sus estudios en el extranjero deberá informarse detenidamente acerca de los programas internacionales de la UCA. Con tal fin el SBI preparará material específico (Instrucciones para postularse, folletos de preguntas más frecuentes, listados de oferta académica disponible, etc). Asimismo hará circular información a través de charlas informativas, entrevistas personales, una página web u otros medios. El material impreso será distribuido por el SBI y las UA, quienes organizarán las demás tareas de difusión evitando superposición de iniciativas. 4. Requisitos para ser admitido en un programa de intercambio Para solicitar una vacante en un programa internacional de la UCA, además de las condiciones requeridas por la universidad extranjera, será necesario para el candidato al intercambio: 1. ser alumno regular de la UCA 2. tener un promedio general mínimo de 6 (seis) 3. haber cursado por lo menos dos años completos (o el plazo mínimo establecido por su unidad académica) al inicio del período de estudio en el extranjero. 4. estar al día con las cuotas de la Universidad. 5. presentar su solicitud dentro de los plazos establecidos para cada programa
4 4 Si el interesado no cumpliera alguno de estos requisitos deberá explicar por escrito los motivos por los cuales considera que puede ser aceptado igualmente como candidato al programa de intercambio. 5. Inicio del trámite de postulación Una vez leído el material informativo y analizada la factibilidad económica y académica del intercambio el alumno podrá postularse a un programa de intercambio de la UCA conforme a los siguientes pasos: 1. Retirar los formularios de solicitud de intercambio en el SBI o en la UA. 2. Completar el formulario de postulación al programa en el cual constarán sus datos personales y académicos, adjuntando la documentación que se le requiera (constancia de competencia lingüística, etc.) y señalando al menos dos opciones de universidades extranjeras. 3. Al momento de elegir las universidades de destino el alumno consultará al responsable de su UA acerca de la compatibilidad de los planes de estudio, pudiendo presentar una propuesta de plan de estudios en el extranjero que podrá servir de base para autorizar las equivalencias posteriormente. 4. Entregar todo el material en la Secretaría de su UA. Nota: En todo el trámite de postulación al intercambio el alumno deberá evitar tomar contacto directo con la universidad extranjera. Todas las consultas necesarias serán efectuadas por el SBI o el responsable de intercambio de la UA. 6. Autorización del intercambio por la UA Presentada la solicitud de intercambio a la UA, el Decano o quien este designe al efecto: 1. evaluará la solicitud de vacante y la autorizará si el alumno cumple con los requisitos indicados en el art. 2 y las condiciones establecidas por la UA (por ej. entrevistas personales, años cursados, etc.). 2. concluida la tramitación en la UA, remitirá el expediente junto con la hoja de situación del alumno (constancia de materias aprobadas) al SBI para que asigne las vacantes concursadas con los candidatos de las demás UA. 7. Otorgamiento de las vacantes por el SBI o las UA En la gestión y distribución de las vacantes mencionadas intervendrá el SBI con participación de las UA cuando se trate de convenios inter-universitarios que abarquen a todas o varias UA. En estos casos el SBI otorgará las vacantes en consulta con los responsables de intercambio de las distintas UA, procurando una distribución equitativa de los lugares disponibles. El otorgamiento de vacantes estará sujeto a los siguientes criterios:
5 5 1. el cupo que las universidades extranjeras socias establezcan año a año 2. la demanda existente por los distintos destinos 3. el desempeño académico y circunstancias personales de los candidatos 4. alcanzar a todas las UA, teniendo también en cuenta el número de alumnos de cada UA y su record histórico de intercambios. Cuando los cupos en alguna universidad se hubieren agotado el DRI consultará la posibilidad de ampliar dicha cuota con estas instituciones. En el caso de acuerdos particulares de intercambio y/o cupos propios, las UA podrán administrar y gestionar los mismos. 8. Aceptación del candidato por la universidad extranjera. Asesoramiento Una vez concedida la vacante el SBI y la UA asesorarán a los candidatos acerca de las formalidades a cumplir ante la universidad extranjera. Asimismo el SBI enviará a cada institución seleccionada todos los formularios que correspondan acompañados de una presentación formal a nombre de la UCA. El SBI comunicará la aceptación de las candidaturas por parte de las universidades extranjeras a los interesados y les brindará orientación acerca de los demás pasos que deberán cumplir antes de su partida al exterior. La realización de los trámites inmigratorios, compra de pasajes, seguros, serán exclusiva responsabilidad del alumno. 9. Autorización de equivalencias: trámite y criterios. Una vez asignada la vacante, el DRI remitirá copia del expediente a las UA para que éstas autoricen un plan de equivalencias entre las materias que el estudiante de intercambio planea cursar en el exterior y las materias de su plan de estudios de la UCA que aún no haya aprobado. Para ello podrá usarse como base la propuesta de plan de estudios formulada por el alumno al momento de postularse al intercambio. Las UA, a través de los directores de carrera, deberán expedirse sobre el tema en un plazo de 15 días corridos desde la comunicación de la asignación de la vacante al alumno, plazo que podrá ser prorrogado en función de número de candidatos. Cuando las UA ya hubieren establecido un régimen de equivalencias de asignaturas para algunas instituciones en función de experiencias previas, asesorarán a los candidatos en este sentido y concederán las mismas automáticamente, salvo cuando se hubieren producido cambios en los contenidos curriculares. Para la aprobación de la propuesta de equivalencias se utilizará un criterio favorable a la realización del intercambio que contemple la afinidad en los contenidos de la materia a cursar y la orientación de los programas. Para las materias optativas bastará que se trate de asignaturas de la misma área disciplinaria (humanidades, filosofía, economía, etc.).
6 6 Nota: En los casos en que el candidato no hubiere solicitado equivalencias o bien ésta no fuera aprobada, el alumno igualmente podrá postularse al intercambio para cursar materias de su interés y beneficiarse de una experiencia académica internacional. 10. Otorgamiento de equivalencias Terminado su programa de intercambio, la UA recibirá los instrumentos en los cuales consten las materias aprobadas por el estudiante en el extranjero. Cuando hubiere habido una autorización previa de equivalencias, el Consejo Directivo verificará su cumplimiento y las aprobará. En caso contrario, procederá a su tratamiento conforme a los procedimientos establecidos. 11. Compromiso de cooperación e informe escrito Todos los alumnos que hayan sido beneficiados por un programa de intercambio deberán colaborar con el DRI durante el siguiente año académico en la organización de actividades para alumnos extranjeros de la UCA (recepción y acompañamiento, organización de eventos, padrinazgos, etc). Asimismo, a su retorno y en un plazo de un mes deberán presentar al Director del DRI y al responsable de su UA la evaluación del intercambio conforme al formulario de encuesta que se le proveerá oportunamente. Aprobado por el Consejo Superior el 5 de julio de 2002
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