Tribunales del Cuarto Distrito Judicial Plan de Acceso Lingüístico. Índice de materias

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1 I. DEFINICIONES (pág. 2) Tribunales del Cuarto Distrito Judicial Plan de Acceso Lingüístico Índice de materias II. FUNDAMENTO JURÍDICO Y PROPÓSITO (pág. 2) III. EVALUACIÓN DE NECESIDADES (págs. 2-9) A. En todo el estado por idioma (págs. 2-3) B. En los Tribunales del Cuarto Distrito Judicial por idioma (págs. 3-6) C. Informes de las encuestas (págs. 6-9) IV. PROCEDIMIENTOS Y RECURSOS DE AYUDA LINGÜÍSTICA EN LAS SALAS DEL TRIBUNAL (págs. 9-12) A. Equipo para personas sordas y con dificultades de audición (pág. 9) B. Servicios de interpretación en las salas del tribunal (págs. 9-10) C. Determinación de la necesidad de intérpretes en las salas del tribunal (págs ) D. Cualificaciones y disponibilidad de intérpretes judiciales (págs ) E. Recursos adicionales en la sala del tribunal (pág. 12) V. PROCEDIMIENTOS Y RECURSOS DE AYUDA LINGÜÍSTICA FUERA DE LAS SALAS DEL TRIBUNAL (págs ) VI. FORMULARIOS Y DOCUMENTOS TRADUCIDOS (págs ) VII. RECLUTAMIENTO DE PERSONAL JUDICIAL Y VOLUNTARIOS (pág. 14)

2 A. Reclutamiento de personal bilingüe para Acceso Lingüístico (págs ) B. Reclutamiento de voluntarios para Acceso Lingüístico (pág. 15) VIII. CAPACITACIÓN JUDICIAL Y DE PERSONAL (págs ) IX. CUESTIONES DE FINANCIACIÓN Y ADQUISICIÓN (págs ) X. NOTIFICACIÓN AL PÚBLICO DEL PLAN Y SERVICIOS DEL LAP; PROCEDIMIENTO PARA PRESENTAR QUEJAS (págs ) XI. APROBACIÓN Y EVALUACIÓN DEL LAP (págs ) A. Aprobación del LAP (pág. 18) B. Evaluación anual del LAP (pág. 18) C. Coordinadora del LAP de los Tribunales del Cuarto Distrito Judicial (pág. 18) D. Coordinadora del LAP en la AOC (pág. 19) E. Fecha de entrada en vigor del LAP (pág. 19) F. Aprobado por (págs ) ANEXOS A) Miembros del Equipo de Planificación de Acceso Lingüístico del Cuarto Distrito Judicial B) Resumen de tareas y partes responsables C) Base de datos de interesados en la comunidad D) Procedimientos/Recursos de Acceso Lingüístico i. Cartel de Acceso Lingüístico ii. Tarjetas I speak iii. Procedimiento para utilizar el servicio de interpretación telefónico de Certified Languages International E) Lista de recursos F) Orden de capacitación en acceso lingüístico del Tribunal Supremo G) Política de capacitación en acceso lingüístico de la AOC y Formulario de confirmación H) Procedimiento y formulario para presentar quejas

3 TRIBUNAL DEL CUARTO DISTRITO JUDICIAL para los CONDADOS DE SAN MIGUEL, MORA y GUADALUPE TRIBUNAL MENOR DEL CONDADO DE SAN MIGUEL TRIBUNAL MENOR DEL CONDADO DE MORA TRIBUNAL MENOR DEL CONDADO DE GUADALUPE PLAN DE ACCESO LINGÜÍSTICO Fecha de entrada en vigor: 31 de diciembre de 2012 Primera revisión: 30 de abril de 2014 Segunda revisión: 30 de abril de

4 I. DEFINICIONES Definición de Cuarto Distrito Judicial y Tribunales : Cuarto Distrito Judicial y Tribunales, según se usan en este plan, se refieren a todos los tribunales de distrito y tribunales menores ubicados en el Cuarto Distrito Judicial de Nuevo México, concretamente: Tribunal de Distrito del Condado de San Miguel en Las Vegas (también atiende a los residentes del Condado de Mora); Tribunal de Distrito del Condado de Guadalupe en Santa Rosa; Tribunal Menor del Condado de San Miguel en Las Vegas; Tribunal Menor del Condado de Mora en Mora y Tribunal Menor del Condado de Guadalupe en Santa Rosa. Para ver la lista de los miembros del equipo de planificación de acceso lingüístico del Cuarto Distrito Judicial consultar el Anexo A. II. FUNDAMENTO JURÍDICO Y PROPÓSITO Este documento actúa como el plan mediante el cual el Cuarto Distrito Judicial proporciona servicios a las personas con conocimientos limitados de inglés (a partir de aquí denominadas LEP, por sus siglas en inglés) de conformidad con el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964 (42 U.S.C. 2000d y siguientes; 45 C.F.R y siguientes; y 28 C.F.R ). El propósito de este plan es elaborar un marco dentro del cual se les ofrezca asistencia en su idioma, de forma oportuna y razonable, a las personas LEP que tratan con el Cuarto Distrito Judicial. Este plan de acceso lingüístico (a partir de aquí denominado LAP, por sus siglas en inglés) ha sido desarrollado para garantizarles acceso pertinente a los servicios del tribunal a las personas con conocimientos limitados de inglés. NOTA: Aunque los requisitos para atender a las personas sordas o con dificultades de audición se recogen en la Ley para Estadounidenses con Discapacidades (a partir de aquí denominada ADA, por sus siglas en inglés), la prestación de servicios de intérpretes judiciales y servicios lingüísticos para personas sordas y con dificultades de audición también se mencionan periódicamente en este plan. III. EVALUACIÓN DE NECESIDADES A. En todo el estado por idioma El estado de Nuevo México ofrece servicios judiciales a una gran variedad de personas, incluidas aquellas con conocimientos limitados o inexistentes de inglés y las personas sordas o con dificultades de audición. Según la Oficina de Administración de Tribunales de Nuevo México (a partir de aquí denominada AOC, por sus siglas en inglés), los idiomas que se usaron con más frecuencia en los tribunales de Nuevo México a la fecha de 2014 fueron: 1. Español 2. Lenguaje de señas americano (a partir de aquí denominado ASL, por sus siglas en inglés) 3. Navajo, vietnamita, chino y árabe 2

5 Durante el año fiscal 2014, se proporcionaron servicios de interpretación en 50 idiomas diferentes en los tribunales de Nuevo México. B. En los Tribunales el Cuarto Distrito Judicial por idioma Datos demográficos por Condado: El Cuarto Distrito Judicial hará lo posible por ofrecer servicios a todas las personas LEP. Con el fin de prever las necesidades, la lista que aparece a continuación muestra los idiomas hablados (no de señas), además del inglés, que se utilizan con más frecuencia en la zona geográfica de estos Tribunales. 1) Datos de la Asociación de Lenguas Modernas La siguiente información procede de la Asociación de Lenguas Modernas (MLA, por sus siglas en inglés) y refleja los datos acumulados de la Encuesta sobre la comunidad estadounidense de de la Oficina del Censo de los Estados Unidos. Los datos de la MLA indican el porcentaje de residentes del condado mayores de cinco años de edad que hablan ese idioma en el hogar; no se indica el dominio ni la falta de dominio del inglés. Los principales idiomas hablados, distintos del inglés, en cada condado son los siguientes: Condado de San Miguel: 1. Español 57.35% 2. Navajo 0.71% 3. Otras y lenguas sin especificar 0.67% 4. Alemán 0.66% 5. Otras lenguas indígenas de Norteamérica específicas 0.27% Condado de Mora: 1. Español 61.06% Condado de Guadalupe 1. Español 53.33% 2. Navajo 1.01% 3. Italiano 0.44% 4. Ruso 0.42% 5. Hebreo 0.35% 2) Datos del Instituto de Política Migratoria Los siguientes datos proceden del Instituto de Política Migratoria (MPI, por sus siglas en inglés) y reflejan la información recogida en la Encuesta sobre la comunidad estadounidense, de la Oficina del Censo de los Estados Unidos, para los años Los datos del MPI indican el porcentaje de residentes del condado mayores de cinco años que han sido clasificados como LEP. El MPI solamente incluye un idioma si lo hablan el 5% o más de la población 3

6 total de un condado, o 500 personas o más en el condado, y si esos hablantes se consideran también LEP. El MPI incluye los siguientes datos relativos a personas LEP en el Cuarto Distrito Judicial: Condado de San Miguel: 8.1% de personas LEP hispanohablantes Condado de Mora: 10.3% de personas LEP hispanohablantes Condado de Guadalupe: 5% de personas LEP hispanohablantes La Administradora del Tribunal de Distrito (Theresa Delgado) es responsable de actualizar los datos de la MLA y del MPI cuando estén disponibles y de incluirlos en este plan. (Para ver un resumen de todas las tareas de planificación de acceso lingüístico y las partes responsables de las mismas, consultar los Anexos A y B) Usuarios de los tribunales: El Cuarto Distrito Judicial también evaluará sus necesidades lingüísticas de manera continua, basándose en lo que identifica acerca de los usuarios de los tribunales. Esto se está logrando mediante dos métodos: 1) Consultas con empleados y la comunidad 2) Seguimiento de datos 1) Consultas con empleados y la comunidad: En marzo de 2012, se distribuyó una encuesta entre los empleados del Cuarto Distrito Judicial y se recibieron 27 respuestas. Los encuestados fueron seleccionados para cerciorarnos de que todos los participantes tienen contacto directo con el público en el desempeño de su trabajo. El ochenta y uno por ciento (81%) de las personas que respondieron trabajaban en el Tribunal de Distrito del Condado de San Miguel; el cuatro por ciento (4%) trabajaban en el Tribunal de Distrito del Condado de Guadalupe; el siete por ciento (7%) trabajaban en el Tribunal Menor del Condado de Mora, y el siete por ciento (7%) trabajaban en el Tribunal Menor del Condado de Guadalupe. Los empleados del Tribunal informaron que los idiomas principales, además del inglés, con los que se encontraron en los juzgados fueron los siguientes: 1. Español (el 92% de los empleados han tratado con clientes hispanohablantes) 2. ASL (el 36%) 3. Ruso (el 8%) Los empleados no informaron haberse encontrado con otros idiomas. En abril de 2012, se distribuyó una encuesta entre los interesados en la comunidad del Cuarto Distrito Judicial y se recibieron nueve (9) respuestas. Los encuestados fueron seleccionados para cerciorarnos de que todos los participantes tienen clientes LEP o sordos y que utilizan los tribunales del Cuarto Distrito Judicial. El cien por ciento (100%) de los participantes informaron que atendían a clientes o tenían miembros que eran LEP y un once por ciento (11%) también tenían clientes que eran sordos o con dificultades de audición. El ochenta y nueve por ciento (89%) de los participantes tenían clientes/miembros que habían 4

7 utilizado el Tribunal de Distrito del Condado de San Miguel; el sesenta y siete por ciento (67%) habían utilizado el Tribunal de Distrito del Condado de Mora; el sesenta y siete por ciento (67%) el Tribunal de Distrito del Condado de Guadalupe; el cincuenta y seis por ciento (56%) el Tribunal Menor de San Miguel; el treinta y tres por ciento (33%) el Tribunal Menor de Mora, y el treinta y tres por ciento (33%) el Tribunal Menor de Guadalupe. El cien por ciento (100%) de las agencias participantes informaron que sus clientes/miembros hablaban español; el veintidós por ciento (22%) ASL y el once por ciento (11%) navajo. 2) Seguimiento de datos: Además de hacer un seguimiento del uso de intérpretes en las salas del tribunal por idioma, los Tribunales llevan un registro de las solicitudes de servicios prestados fuera de las salas del tribunal, en persona y por teléfono, por idioma. Datos sobre el uso en las salas del Tribunal: A partir de abril de 2014, los intérpretes en todos los tribunales de Nuevo México se programarán utilizando un sistema de gestión centralizado para programar intérpretes y administrado por la AOC (Gridcheck). En el futuro, con este sistema, los Tribunales podrán obtener fácilmente informes de datos exactos y detallados acerca del uso de intérpretes en las salas del tribunal. El equipo de planificación del LAP es responsable de actualizar los datos sobre el uso de intérpretes en este LAP en sus reuniones anuales. A la fecha de la revisión más reciente de este plan, los Tribunales hacían un seguimiento de las solicitudes de intérpretes en las salas del tribunal mediante el sistema de gestión de casos Odyssey. Para el año de calendario de 2014, el uso de intérpretes en el Cuarto Distrito Judicial fue como sigue: Juzgado Tribunal de Distrito del Condado de San Miguel (También cubre el Condado de Mora) Tribunal de Distrito del Condado de Guadalupe Tribunal Menor del Condado de San Miguel Idioma utilizado por el intérprete Número de comisiones Del 1 de enero de 2014 al 31 de diciembre de 2014 Español 29 Coreano 2 Español 1 Español 50 ASL 1 Tribunal Menor del Condado de Mora Español 1 5

8 Tribunal Menor del Condado de Guadalupe Total combinado de todos los juzgados Español 53 Coreano 6 Ruso 2 Español 134 Coreano 8 Ruso 2 ASL 1 Total combinado de idiomas 145 Datos sobre los contactos fuera de las salas del Tribunal: Los Tribunales hacen un seguimiento de los contactos fuera de las salas del tribunal con personas LEP y sordas en las oficinas de los actuarios y por teléfono, mediante el uso de un formulario proporcionado por la AOC y adaptado por los Tribunales. Los Especialistas de Acceso Lingüístico de los Tribunales (LAS) deben mantener el formulario de Interacción del personal fuera de las salas del tribunal, registrando todos los contactos con personas LEP y sordas que ocurran fuera de las salas del tribunal. En los juzgados donde no hay LAS, otros actuarios mantendrán el formulario. Para el año de calendario 2014, los contactos fuera de las salas del tribunal fueron como sigue: Juzgado Tribunal de Distrito del Condado de San Miguel (También cubre el Condado de Mora) Tribunal de Distrito del Condado de Guadalupe Tribunal Menor del Condado de San Miguel Idioma utilizado fuera de la sala del tribunal Número de contactos Del 1 de enero de 2014 al 31 de diciembre de 2014 Español 2 Español 13 Se desconoce Se desconoce Tribunal Menor del Condado de Mora N/C 0 Tribunal Menor del Condado de Guadalupe Total combinado de todos los juzgados Español 129 Español 144 El equipo de planificación de acceso lingüístico es responsable de cerciorarse de que los datos relacionados con los contactos fuera de las salas del tribunal se siguen recopilando de manera continua. Los Especialistas de Acceso Lingüístico en cada tribunal recopilarán los datos y los presentarán en la reunión anual, en cuya fecha el equipo incluirá los datos actualizados en este plan. 6

9 C. Informes de las encuestas Informe de la encuesta dirigida a los jueces En marzo de 2012, se distribuyó una encuesta de acceso lingüístico entre los jueces del Cuarto Distrito Judicial y se recibieron nueve (9) respuestas. El ochenta y nueve por ciento (89%) de quienes respondieron conocían los requisitos de acceso lingüístico establecidos en el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964, y el cien por ciento (100%) conocían las responsabilidades del Tribunal según la Ley para Estadounidenses con Discapacidades (ADA). El cien por ciento (100%) de los jueces calificaron el acceso lingüístico para las personas LEP como importante (el cero por ciento [0%] como indiferente o no importante ). El cien por ciento (100%) también calificaron el acceso lingüístico para sordos como importante. El treinta y tres por ciento (33%) de los jueces respondieron que requieren los servicios de un intérprete con frecuencia, el sesenta y siete por ciento (67%) ocasionalmente y el cero por ciento (0%) nunca. El sesenta y siete por ciento (67%) de los jueces han tenido que retrasar un proceso judicial debido a la falta de disponibilidad de un intérprete certificado. El setenta y ocho por ciento (78%) de los jueces dijeron que les parecía esencial que un intérprete que trabaje en su tribunal esté certificado, mientras que al veintidós por ciento (22%) no les pareció esencial. El setenta y ocho por ciento (78%) de los jueces juramentan a los intérpretes antes de cada procedimiento judicial, mientras que el veintidós por ciento (22%) no lo hacen antes de cada procedimiento judicial. El veintidós por ciento (22%) han intentado comunicarse directamente con la persona LEP o sorda, sin la ayuda de un intérprete, mientras que el setenta y ocho por ciento (78%) no lo han hecho. Informe de la encuesta dirigida a los empleados judiciales Veintisiete (27) empleados judiciales completaron la encuesta dirigida a los empleados en marzo de Los encuestados fueron seleccionados para cerciorarnos de que el cien por ciento (100%) de los participantes tienen contacto directo con los clientes del tribunal en el desempeño de su trabajo. El ochenta y uno por ciento (81%) de los empleados que respondieron trabajaban en el Tribunal de Distrito del Condado de San Miguel, el cuatro por ciento (4%) en el Tribunal de Distrito del Condado de Guadalupe; el siete por ciento (7%) en el Tribunal Menor del Condado de Guadalupe y el siete por ciento (7%) en el Tribunal Menor del Condado de Mora. El ochenta y cinco por ciento (85%) de quienes respondieron calificaron el acceso lingüístico para las personas LEP como importante, el quince por ciento (15%) como indiferente y el cero por ciento (0%) como no importante. El ochenta y nueve por ciento (89%) calificaron el acceso lingüístico para las personas sordas como importante, el once por ciento (11%) como indiferente y el cero por ciento (0%) como no importante. Cuando se les preguntó con qué frecuencia habían tratado con clientes LEP, el quince por ciento (15%) respondieron con frecuencia, el ochenta y uno por ciento (81%) ocasionalmente y el cuatro por ciento (4%) nunca. Cuando se les preguntó acerca de los clientes sordos, el cuatro por ciento (4%) 7

10 habían tratado con personas sordas con frecuencia, el sesenta y tres por ciento (63%) ocasionalmente y el treinta y tres por ciento (3%) nunca. Cuando se les preguntó qué idiomas hablaban los clientes LEP o sordos con los que trataban, el noventa y dos por ciento (92%) de los empleados dijeron haber tratado con personas hispanohablantes, el treinta y seis por ciento (36%) con personas que hablan ASL, y el ocho por ciento (8%) con personas que hablan ruso. El cincuenta y ocho por ciento (58%) de los empleados eran bilingües o estaban un tanto familiarizados con otro idioma (español en todos los casos, salvo un empleado que hablaba ASL además de español y un empleado que hablaba serbio). Al siete por ciento (7%) de los empleados les habían pedido interpretar para un cliente LEP. El doce por ciento (12%) de los empleados que habían tratado de contratar los servicios de un intérprete tuvieron dificultades para hacerlo, mientras que el ochenta y ocho por ciento (88%) no las tuvieron. Cuando se les preguntó qué servicios de acceso lingüístico estaban disponibles en su tribunal, el treinta por ciento (30%) de los empleados sabían de la existencia de intérpretes en persona, el setenta por ciento (70%) sabían de la existencia de intérpretes por teléfono o videoconferencia, el veintidós por ciento (22%) sabían de la existencia de carteles informativos sobre el derecho a los servicios de un intérprete, y el setenta por ciento (70%) sabían de la existencia de las tarjetas I Speak (Yo hablo). El cincuenta y nueve por ciento (59%) de los empleados indicaron que habían recibido capacitación para ayudar a los clientes LEP o sordos, mientras que el cuarenta y uno por ciento (41%) no habían recibido capacitación. El noventa y seis por ciento (96%) dijeron que asistirían a sesiones de capacitación si las hubiera. [Nota: consultar la Sección VIII para ver el marco de tiempo en que se realizó la capacitación en los Tribunales] Informe de la encuesta dirigida a los interesados en la comunidad Nueve (9) agencias comunitarias participaron en una encuesta que se distribuyó en abril de La encuesta se distribuyó entre los interesados en la comunidad, tales como organizaciones relacionadas con asesoría legal, con el sistema judicial y con proveedores de tratamientos. Se llevó a cabo una extensa investigación para compilar una base de datos de los interesados en la comunidad, y esa base de datos será un recurso útil para los Tribunales de manera continua. Se adjunta una lista de los interesados en la comunidad con su información de contacto en el Anexo C. El equipo de planificación de acceso lingüístico actualizará esta información anualmente. Se hizo un control de los encuestados para tener la seguridad de que todos los participantes atendían a clientes o tenían miembros que eran LEP, sordos o con dificultades de audición, y que habían utilizado los Tribunales del Cuarto Distrito Judicial. Todos los interesados en la comunidad informaron que tenían clientes/miembros que eran LEP y el once por ciento (11%) también tenían clientes/miembros que eran sordos o con dificultades de audición. El ochenta y nueve por ciento (89%) de quienes respondieron tenían clientes/miembros que habían utilizado el Tribunal de Distrito del Condado de San Miguel; el sesenta y siete por ciento (67%) el Tribunal de Distrito del Condado de Guadalupe; el sesenta y siete por ciento (67%) el Tribunal Menor 8

11 del Condado de Mora; el cincuenta y seis por ciento (56%) el Tribunal Menor del Condado de San Miguel; el treinta y tres por ciento (33%) el Tribunal Menor del Condado de Guadalupe, y el treinta y tres por ciento (33%) el Tribunal Menor del Condado de Mora. Cuando se les preguntó qué idiomas hablaban sus clientes/miembros, el cien por ciento (100%) dijeron español; el veintidós por ciento (22%) ASL, y el once por ciento (11%) navajo. El once por ciento (11%) dijeron que sus clientes necesitaban los servicios de intérpretes en las salas del tribunal con frecuencia, mientras que el setenta y ocho por ciento (78%) los necesitaban infrecuentemente y el once por ciento (11%) nunca. El cien por ciento (100%) dijeron que los Tribunales siempre proporcionaban intérpretes cuando era necesario. Cuando se les preguntó si habían tenido dificultades para contratar los servicios de un intérprete, el treinta y tres por ciento (33%) respondieron sí y el sesenta y siete por ciento (67%) dijeron no. Cuando se les preguntó si había alguna diferencia en la capacidad de los Tribunales para proporcionar servicios en español en comparación con otros idiomas hablados menos comunes, el treinta y ocho por ciento (38%) respondieron sí y el sesenta y dos por ciento (62%) dijeron no. Cuando se les preguntó si los jueces se mostraron serviciales para cubrir las necesidades de las personas LEP o sordas, el setenta y cinco por ciento (75%) respondieron sí, el veinticinco por ciento (25%) dijeron a veces y el cero por ciento (0%) no. Cuando se les preguntó si los empleados del tribunal se mostraron serviciales, los interesados dieron las mismas respuestas. Cuatro de las nueve agencias que respondieron reciben clientes enviados por los Tribunales. De estas, el veinticinco por ciento (25%) proporcionan servicios de acceso lingüístico en sus agencias. IV. PROCEDIMIENTOS Y RECURSOS DE AYUDA LINGÜÍSTICA EN LAS SALAS DEL TRIBUNAL A. Equipo para personas sordas y con dificultades de audición El Cuarto Distrito Judicial cuenta con equipo de ayuda auditiva en las salas del tribunal para las personas con dificultades de audición. Este servicio se anuncia al público mediante carteles colocados en los siguientes lugares: cerca de las entradas al juzgado, en cada una de las zonas de ingreso y en la entrada de cada una de las salas del tribunal. El Administrador del Tribunal en cada uno de los juzgados es responsable de cerciorarse de que dichos carteles continúen colocados. A la fecha de la revisión más reciente de este plan, la AOC está poniendo a prueba un programa piloto que proporcionará interpretación remota por video para sordos. Si este programa piloto tiene éxito, la AOC lo ampliará a nivel estatal, y el Cuarto Distrito Judicial podrá aprovechar este servicio para atender a sus clientes sordos cuando lo necesiten. B. Servicios de interpretación en las salas del tribunal Los servicios de interpretación de idiomas hablados y de lenguaje de señas para procesos judiciales se basan en las leyes estatales y la Constitución de Nuevo México. La Constitución hace referencia al acceso lingüístico en múltiples secciones, incluidos el Artículo II, Sección 14 y el Artículo VII, Sección 9

12 3. En el Cuarto Distrito Judicial se proporcionarán intérpretes según las Normas de Práctica y Política de Pago para Intérpretes Judiciales (Court Interpreter Standards of Practice and Payment Policies), sin costo para los clientes del juzgado, testigos, miembros del jurado y otras partes que necesiten dicha ayuda en las circunstancias siguientes: Para un litigante, jurado, observador (siempre que el observador haya presentado una petición en el juzgado antes del comienzo del proceso judicial) o testigo sordo o con dificultades de audición, para cualquier tipo de proceso judicial. El Título II de la ADA exige que los juzgados locales y estatales proporcionen intérpretes de lenguaje de señas cualificados u otras adaptaciones, para garantizar la comunicación efectiva con personas sordas o con dificultades de audición. Para personas que no hablan inglés y que sean una parte principal interesada o un testigo en un caso penal. Para personas que no hablan inglés y que sean una parte principal interesada, o un testigo en un caso de violencia intrafamiliar, en un caso de relaciones familiares y/o en un caso del Tribunal de Menores, incluida la mediación ordenada por el juez en casos de relaciones familiares. Para personas que no hablan inglés y que sean parte principal interesada en un caso civil o un testigo de dicha parte interesada. Para víctimas que son participantes activas en un caso, por ejemplo, si van a declarar como testigos o durante la imposición de condena. Para cualquier jurado que no hable inglés. Se proporcionará un intérprete judicial certificado para el jurado de acusación y el jurado ordinario, incluso durante la orientación al jurado, el examen preliminar del jurado (voir dire), las deliberaciones y durante todo el transcurso del juicio. Es responsabilidad del abogado particular, defensor público o fiscal del distrito proporcionar servicios cualificados de interpretación y traducción para las entrevistas con testigos, transcripciones y traducciones previas al juicio y comunicaciones entre abogado y cliente durante el proceso judicial. C. Determinación de la necesidad de intérpretes en las salas del tribunal El Cuarto Distrito Judicial determina si un cliente del juzgado que sea LEP o sordo necesita intérprete para una audiencia en el tribunal, o como miembro del jurado, de las siguientes maneras: El Tribunal de Distrito típicamente recibe aviso del abogado que consta en actas acerca de la necesidad de intérprete. Los abogados se comunican con la oficina del Juez o presentan un pedimento para solicitar un intérprete. Los Tribunales han preparado un memorando para todos los abogados y agencias locales, que les recuerda que deben avisar con antelación al tribunal sobre la necesidad de intérprete, presentando un pedimento o mediante comunicación al tribunal por escrito. A los jurados se les pregunta en el momento de completar su Cuestionario de jurado si leen, hablan y entienden inglés. El formulario de Citatorio también pregunta si el jurado necesita un intérprete de lengua hablada o de lenguaje de señas. Los litigantes en representación propia (pro se) pueden comunicar al Tribunal que necesitan intérprete en el momento de presentar sus alegatos, al hablar con el actuario. Hay carteles colocados en varias zonas en todos los juzgados que comunican a los clientes que tienen derecho a un intérprete y que deben comunicarse con el actuario para solicitarlo. 10

13 Los Tribunales Menores tienen un formulario de datos personales que está disponible en español, con la versión en inglés debajo de cada una de las preguntas para ayudar a los actuarios. El formulario incluye una pregunta acerca de si se necesita intérprete. El Tribunal Supremo tiene formularios de Solicitud de intérprete y de Cancelación de solicitud de intérprete, que están a disposición de los Tribunales y que animan a los abogados a que los utilicen. Los formularios de Solicitud de audiencia proporcionados por el Tribunal de Distrito preguntan si se necesita intérprete. Los Tribunales tienen acceso a un documento multilingüe creado por la AOC para los litigantes en representación propia, donde se les informa de sus derechos y donde pueden marcar la necesidad de intérprete. Este documento informa a los clientes en 11 idiomas que tienen derecho a un intérprete sin costo y les pide que marquen la casilla correspondiente al idioma que necesitan. En los Tribunales Menores, la instrucción de cargos ofrece a veces la primera oportunidad de identificar la necesidad de un intérprete. Las necesidades recurrentes de intérprete quedan marcadas en el sistema de gestión de casos de los Tribunales. Se puede identificar también la necesidad de un intérprete judicial antes de un proceso judicial por medio de la misma persona LEP o sorda; o en su nombre, a través de: el personal de los mostradores de los Tribunales, el defensor del cliente, un miembro de la familia o un abogado, o por medio de los asociados del sistema judicial tales como los centros correccionales. También puede darse a conocer la necesidad de los servicios de un intérprete en la sala del tribunal en el momento del procedimiento judicial. El Cuarto Distrito Judicial tiene carteles en español, navajo y vietnamita, además de destacar los servicios de lenguaje de señas, que dicen: Usted tiene derecho a recibir servicios de un intérprete sin costo. Comuníqueselo al empleado de la ventanilla (consultar el Anexo D). El Cuarto Distrito Judicial tiene estos carteles colocados en los siguientes lugares, y los Administradores del Tribunal son responsables de cerciorarse de que dichos carteles continúen colocados: cerca de las entradas al juzgado, en cada una de las zonas de ingreso y en la entrada de cada una de las salas del tribunal. El juez también puede determinar que es apropiado proporcionar un intérprete para un asunto judicial. Si en algún caso en el que el Tribunal tuviera la obligación de proporcionar un intérprete no hubiera ninguno disponible en el momento del proceso judicial, incluso después de que el Tribunal haya agotado todos los medios razonables para localizar a un intérprete, el caso se pospondrá y se aplazará hasta una fecha en la que se puedan ofrecer los servicios de un intérprete. D. Cualificaciones y disponibilidad de intérpretes judiciales El Cuarto Distrito Judicial programa servicios de intérpretes de lenguas habladas y de lenguaje de señas para audiencias en la sala del tribunal conforme a las reglas del Tribunal Supremo y las normas de la Oficina de Administración de Tribunales. Los intérpretes en todos los tribunales de Nuevo México se programan utilizando un sistema de gestión centralizado para programar intérpretes y administrado por la AOC. El personal judicial incluye en el 11

14 sistema de programación la solicitud de intérpretes en cualquier idioma. Un coordinador de la AOC examina las solicitudes y divulga la necesidad de intérpretes entre aquellos que viven lo más cerca posible del tribunal. Una vez asignada la comisión, los tribunales reciben un correo electrónico comunicándole quién es el intérprete asignado. La AOC mantiene una lista a nivel estatal de intérpretes judiciales certificados, intérpretes registrados en lenguas distintas al español e intérpretes del sistema judicial que pueden trabajar en los tribunales. Esta lista está a disposición del personal judicial y del público en Internet en: En los Tribunales Menores está permitido utilizar un LAS (consultar la Sección V) para interpretar en casos de tránsito que no conlleven sentencia de encarcelamiento. Esta es la única circunstancia en la que está permitido utilizar un Especialista de Acceso Lingüístico en la sala del tribunal en vez de un intérprete certificado. E. Recursos adicionales en la sala del tribunal Los Tribunales Menores tienen un DVD, que explica el proceso de instrucción de cargos en inglés, español y navajo. Este DVD se puede proyectar en la sala del tribunal antes de las audiencias de instrucción de cargos. V. PROCEDIMIENTOS Y RECURSOS DE AYUDA LINGÜÍSTICA FUERA DE LAS SALAS DEL TRIBUNAL El Cuarto Distrito Judicial también es responsable de tomar medidas razonables para garantizar que las personas LEP tengan acceso pertinente a servicios fuera de las salas del tribunal. Los servicios lingüísticos fuera de las salas del tribunal incluyen comunicaciones e interacciones diarias entre el personal judicial y las personas LEP cuando éstas solicitan información, desean presentar documentos, pedir citas, etc. y encaminarlas adecuadamente. Esta situación representa quizás el mayor reto para el personal judicial, porque en la mayoría de las situaciones están encargados de atender a las personas LEP sin un intérprete. Las personas LEP entran en contacto con el personal judicial por teléfono o en el mostrador de información al público. En el Cuarto Distrito Judicial, el lugar más común donde se necesitan servicios lingüísticos fuera de las salas del tribunal es el mostrador del actuario. En ese lugar se proporciona ayuda bilingüe al asignar, dentro de lo posible, personal bilingüe a ese puesto. El cincuenta y ocho por ciento (58%) de quienes respondieron a la encuesta dirigida a los empleados indicaron que eran bilingües o estaban un tanto familiarizados con otro idioma. Un empleado hablaba serbio y otro, ASL; el resto de los empleados bilingües hablaban español. Los Especialistas de Acceso Lingüístico (LAS) son empleados bilingües del Tribunal, que han completado satisfactoriamente el programa de capacitación en acceso lingüístico del sistema judicial a través del New Mexico Center for Language Access. Representan una categoría de empleados creada específicamente por el Poder Judicial de Nuevo México para garantizar la entrega de servicios 12

15 pertinentes de acceso lingüístico. Los LAS son los principales miembros del personal a los que se debería llamar para atender las necesidades lingüísticas fuera de la sala del tribunal por estar preparados para ello. Los LAS hispanohablantes empleados por el Cuarto Distrito Judicial a la fecha de la revisión más reciente de este plan aparecen nombrados en la Lista de recursos adjunta (Anexo E). Con el fin de facilitar la comunicación entre las personas LEP y el personal judicial fuera de las salas del tribunal, el Cuarto Distrito Judicial utiliza los siguientes recursos: LAS y otros empleados bilingües, como se detalla arriba. Tarjetas I Speak en más de 60 idiomas, para identificar el idioma principal de la persona (consultar el Anexo D). Carteles multilingües, como se detalla en la Sección IV C. Un cartel titulado Información de la Oficina del Actuario en inglés y en español, que explica de qué manera los actuarios pueden y no pueden ayudar a los clientes. Servicios de interpretación telefónica, que están disponibles para ofrecer ayuda en la oficina del actuario. Los servicios de interpretación telefónica se ofrecen en más de 175 idiomas por medio de la compañía Certified Languages International (CLI) (consultar el Anexo D). Los Tribunales de Distrito tienen un mensaje telefónico grabado en español, que les indica a las personas que llamen que pueden marcar la extensión de los LAS, los cuales atenderán entonces dichas llamadas. En los Tribunales Menores, las personas hispanohablantes que llamen serán atendidas por los LAS, si los hubiera; de lo contrario se utilizarán los servicios de CLI. Los Tribunales Menores grabarán un mensaje telefónico en español. Los administradores del Tribunal enviarán esos mensajes a la AOC para su traducción profesional y después un LAS o un intérprete harán la grabación. La fecha meta para completar este proyecto es el 30 de junio de El Tribunal de Distrito tiene una página web con secciones clave traducidas al español y que incluye una sección dedicada a los recursos de acceso lingüístico. El Tribunal de Distrito tiene disponible un DVD en español, con información acerca de órdenes de protección, proporcionado por la Oficina del Fiscal General de Nuevo México. Un documento multilingüe que explica los derechos a un intérprete y una casilla para marcar el idioma que se necesita, como se detalla en la Sección IV C. Un DVD en inglés, español y navajo que explica los derechos y que se puede proyectar en la sala del tribunal antes de las audiencias de instrucción de cargos. Los recursos publicados en la página web de Servicios de Acceso Lingüístico de la AOC en El Tribunal de Distrito celebra clínicas para litigantes en representación propia (pro se) dos veces al año. Estas clínicas están abiertas a toda la comunidad y cuentan con un intérprete de español. Dos veces al mes se celebran clínicas pro se individuales que tratan de asuntos de familia. Se proporcionarán los servicios de un intérprete si fuera necesario. El Tribunal de Distrito se ha asociado con SR Solutions y Somos Familia, para tratar asuntos de familia. El Tribunal proporcionará un intérprete durante la orientación y las sesiones si fuera necesario. En el Tribunal de Drogas del Tribunal de Distrito se proporciona un intérprete para ayudar a los participantes si fuera necesario. 13

16 Cuando los Tribunales envían clientes a las agencias externas, pueden enviarlos a una agencia que proporcione servicios lingüísticos o los Tribunales se encargan de programar los servicios de un intérprete. VI. FORMULARIOS Y DOCUMENTOS TRADUCIDOS Los Tribunales comprenden la importancia de traducir formularios y documentos de manera que las personas LEP tengan mayor acceso a la información y a los servicios que necesitan. La traducción de documentos es una cuestión compleja por diversos motivos, incluido el hecho de si los formularios que se llenan en idiomas distintos del inglés se deben aceptar para su presentación en el tribunal y, de ser así, quién sería responsable del costo de traducir dichos documentos. Al reconocer la necesidad de recibir instrucciones del Tribunal Supremo, en 2013 se creó el Equipo de proyecto de traducción jurídica, para abordar las implicaciones más amplias de la traducción de documentos. Se espera que se proporcione orientación a los Tribunales en la forma de una Norma del Tribunal Supremo en En esa fecha, el equipo de planificación del LAP enmendará este plan para reflejar las instrucciones del Tribunal Supremo. Los siguientes recursos escritos/traducciones en español están disponibles en la actualidad: VII. Durante las audiencias en el tribunal, los intérpretes deben poder proporcionar traducción a la vista de documentos judiciales y de correspondencia asociada con el caso. Como el único estado de los Estados Unidos que incluye en sus jurados a personas LEP o sin conocimientos de inglés, la AOC de Nuevo México proporciona el cuestionario para el jurado, formulario de cualificación, manual, hoja informativa, declaración jurada de edad/solicitud de exención permanente de servicio como jurado y video de orientación (con subtítulos) en español. El video de orientación también está disponible con subtítulos en inglés, para ayudar a los miembros del jurado sordos. Los formularios para el jurado se pueden encontrar en: Para ver una lista de los formularios y materiales en español disponibles en la actualidad en el Cuarto Distrito Judicial, consultar el Anexo E. RECLUTAMIENTO DE PERSONAL JUDICIAL Y VOLUNTARIOS A. Reclutamiento de personal bilingüe para Acceso Lingüístico El Cuarto Distrito Judicial es un empleador que acata la ley de Igualdad de Oportunidades en el Empleo y recluta y contrata personal bilingüe para atender a sus ciudadanos LEP. El Cuarto Distrito Judicial tiene personal bilingüe que trabaja en los siguientes cometidos: Intérpretes judiciales que están al servicio del Tribunal y a quienes se les llama cuando es necesario. LAS, como se detalla en la Sección V. Dependiendo del presupuesto disponible, el Tribunal de Distrito ofrece compensación e incentivos de un incremento salarial de $1 por hora a los empleados que consigan su certificación como LAS. En los Tribunales Menores, el incremento salarial lo paga la AOC. Basándose en los datos recopilados acerca de los clientes LEP, cada tribunal tendrá la capacidad de determinar si necesita empleados LAS adicionales. A los 14

17 empleados se les comunicará que, si están interesados en ser LAS, deben informar a su supervisor directo, quien entonces conseguirá la información necesaria sobre el proceso a seguir. Los supervisores pueden comunicarse con cualquiera de los miembros del equipo de planificación de acceso lingüístico. Este proceso puede incluir la comprobación de la disponibilidad de becas y de cualquier aumento salarial que pudiera ser procedente. Otros miembros bilingües del personal que están disponibles para ayudar a las personas LEP con asuntos fuera de las salas del tribunal, según sea necesario. B. Reclutamiento de voluntarios para Acceso Lingüístico Los Tribunales también reclutan y utilizan voluntarios para ayudar con el acceso lingüístico de la siguiente manera: El Tribunal de Distrito ofrece clínicas pro se dos veces al mes, en las cuales puede estar presente un abogado hispanohablante voluntario. VIII. CAPACITACIÓN JUDICIAL Y DE PERSONAL Los Tribunales estatales de Nuevo México y el Cuarto Distrito Judicial se comprometen a proporcionar oportunidades de capacitación en acceso lingüístico para todos los funcionarios judiciales y miembros del personal. Las oportunidades de capacitación y aprendizaje que ofrecen actualmente el Tribunal Supremo de Nuevo México y el Cuarto Distrito Judicial se ampliarán o continuarán para adaptarse a las necesidades. Oportunidades de capacitación a nivel estatal: Capacitación obligatoria en acceso lingüístico para todos los empleados nuevos y actuales, mediante el uso de un DVD de capacitación en acceso lingüístico desarrollado por el Poder Judicial de Nuevo México y a disposición de todos los tribunales desde octubre de El DVD incluye información acerca del fundamento jurídico del acceso lingüístico y entra en detalle sobre los procedimientos para ofrecer servicios. En abril de 2011, el Tribunal Supremo dictó en forma de Orden una directriz normativa que ordenaba la capacitación (consultar el Anexo F). La AOC hizo pública una directriz normativa posterior, en octubre de 2011, en forma de Política de Capacitación en Acceso Lingüístico. La AOC además distribuyó un formulario de confirmación que cada empleado debe firmar y que se incluirá en su expediente personal después de haber completado dicha capacitación (consultar el Anexo G). Los Tribunales completaron este proceso en las fechas siguientes: Tribunales de Distrito: enero de 2012 Tribunal Menor de Mora: enero de 2012 Tribunal Menor de Guadalupe: noviembre de 2012 Tribunal Menor de San Miguel: enero de Incentivos salariales y becas para animar a los empleados bilingües actuales a inscribirse en el programa de certificación como LAS que se ofrece a través de New Mexico Center for Language Access. Conferencias a nivel estatal sobre interpretación y acceso lingüístico, o conferencias y cónclaves judiciales que incluyan sesiones dedicadas a temas sobre acceso lingüístico. 15

18 A la fecha de la revisión más reciente de este plan, la AOC, en colaboración con colegas nacionales, ha desarrollado el programa de Capacitación Básica en Acceso Lingüístico (LABT, por sus siglas en inglés), un programa de capacitación interactivo que se puede descargar de Internet. La capacitación está destinada a todos los empleados judiciales y además contiene módulos más intensos de práctica y de evaluación de habilidades para los empleados judiciales bilingües. Los temas de capacitación incluyen Fundamento Jurídico; Ética; y Funciones del Personal Judicial y Competencia Cultural. El Cuarto Distrito Judicial utilizará el LABT cuando esté disponible en los tribunales de Nuevo México; Oportunidades de capacitación en el Cuarto Distrito Judicial: En octubre de 2012, el Juez Presidente envió un memorando a todo el personal judicial del Cuarto Distrito Judicial con un resumen de las políticas sobre acceso lingüístico. En marzo de 2015, el Juez Presidente envió un memorando a todo el personal judicial del Cuarto Distrito Judicial con información sobre el Plan de Acceso Lingüístico. El 30 y 31 de mayo de 2013, se llevaron a cabo sesiones de capacitación en grupo para todos los tribunales del Cuarto Distrito Judicial, enfocados en familiarizar a los empleados con el contenido de este LAP y con los recursos y procedimientos de acceso lingüístico. La siguiente sesión de capacitación tendrá lugar en mayo de Las sesiones de capacitación en el Cuarto Distrito Judicial se llevarán a cabo cada dos años. Dicha capacitación tendrá lugar en el Tribunal de Distrito de Las Vegas, y los jueces y empleados de todos los tribunales cubiertos por este plan recibirán una invitación para asistir. El Administrador del Tribunal de Distrito y todos los empleados LAS dirigirán dichas sesiones de capacitación. Las sesiones de capacitación futuras pueden incluir: Procedimientos para programar intérpretes con el sistema centralizado para programar intérpretes. Capacitación para trabajar con personas sordas y con dificultades de audición, a cargo de la intérprete coordinadora de lenguaje de señas. Políticas y procedimientos de acceso lingüístico del Tribunal, basadas en este LAP, incluida cualquier actualización al LAP. Para esos años en los cuales no se celebran sesiones de capacitación, se distribuirá un cuestionario entre el personal para evaluar los niveles de conocimiento y áreas de interés relacionadas con el acceso lingüístico, y la capacitación del año siguiente se desarrollará basándose en las respuestas a dicho cuestionario. El Administrador del Tribunal es responsable de cerciorase de que se lleve a cabo dicha labor. Los jueces y empleados recién contratados recibirán orientación en acceso lingüístico, incluido el DVD obligatorio, poco después de asumir sus responsabilidades. La División de Recursos Humanos de la AOC es quien administra las sesiones de orientación para nuevos empleados. IX. CUESTIONES DE FINANCIACIÓN Y ADQUISICIÓN El Tribunal Supremo de Nuevo México y la Oficina de Administración de Tribunales asignan recursos significativos a las siguientes labores de acceso lingüístico para beneficiar a todos los tribunales del estado de manera regular: carteles; equipos de interpretación/ayuda auditiva; servicios de intérpretes certificados durante procesos judiciales para idiomas hablados y lenguaje de señas; capacitación y certificación de intérpretes y LAS; interpretación telefónica disponible 24 horas al día los 7 días de la semana, en 175 idiomas, para comunicaciones fuera de la sala del tribunal con personas LEP; y el 16

19 desarrollo de materiales de capacitación relacionados para el personal de los Tribunales y los proveedores de servicios de acceso lingüístico. El Poder Judicial de Nuevo México continuará apoyando las labores del Cuarto Distrito Judicial relativas al acceso lingüístico mediante estos servicios, y se esforzará en identificar nuevas oportunidades de financiación para apoyar las labores de acceso lingüístico en toda la judicatura y específicamente para las necesidades del Cuarto Distrito Judicial, como se identifica en las labores de planificación de acceso lingüístico actuales y futuras. X. NOTIFICACIÓN AL PÚBLICO DEL PLAN Y SERVICIOS DEL LAP; PROCEDIMIENTO PARA PRESENTAR QUEJAS El Cuarto Distrito Judicial comprende la importancia de comunicarles a las personas LEP y sordas o con dificultades de audición que sus juzgados son accesibles para ellas. Además de comunicar esta información mediante carteles, tarjetas I Speak, mensajes telefónicos grabados, clínicas, DVDs y materiales escritos, como se detalla arriba, los Tribunales también llevarán a cabo las siguientes medidas de divulgación: En abril de 2012, los Tribunales llevaron a cabo una extensa investigación para compilar una base de datos de los interesados en la comunidad y para dirigirse a los mismos, con el fin de comunicarles que la planificación de acceso lingüístico estaba en curso, y para solicitar su participación mediante la encuesta descrita en la Sección III de este plan. Los Tribunales aprovecharon el sistema de anuncios de servicios públicos en todo el estado que la AOC distribuyó entre las emisoras de radio en 2013 y 2014 (en inglés, español, navajo y vietnamita). Anuncios de servicios públicos específicos al Cuarto Distrito Judicial en español, difundidos periódicamente a través de las emisoras de radio locales. Ejemplos de estos anuncios incluyen espacios publicitarios sobre las clínicas pro se y talleres abiertos al público que se celebren en la comunidad. Los folletos con información sobre las clínicas pro se incluirán una notificación indicando que estará disponible un intérprete de español. Se guardará una copia impresa del LAP del Cuarto Distrito Judicial en una zona accesible al público (oficina del actuario) en cada uno de los juzgados. El plan estará a disposición del público en inglés, y traducido al español por un traductor certificado contratado por la AOC. Se proporcionarán copias del plan al público si así lo solicita. Además, la AOC incluirá un enlace para ver el plan en la página web de los Tribunales Estatales de Nuevo México y el Cuarto Distrito Judicial publicará una copia del plan en su página web: Los Tribunales Menores de Nuevo México no tienen página web. En 2015, el Juez Presidente del Distrito Judicial enviará una carta o , con la revisión más reciente de este LAP adjunto, a los interesados locales conocidos de la comunidad y del sistema legal. La carta tendrá el propósito de hacerles saber a las personas LEP y sordas/con dificultades de audición en la comunidad, que los Tribunales son accesibles para ellas, y familiarizar a la comunidad con el LAP de los Tribunales. El Cuarto Distrito Judicial tiene un procedimiento para presentar quejas que está a disposición de 17

20 aquellas personas que piensan que se han violado sus derechos según el Título VI. En caso de que una persona desee presentar una queja, el Coordinador del LAP le proporcionará el procedimiento para presentar quejas y el formulario adjuntos. El procedimiento y el formulario están disponibles en inglés, español y navajo y se pueden traducir a idiomas adicionales, según sea necesario (consultar el Anexo H). XI. APROBACIÓN Y EVALUACIÓN DEL LAP A. Aprobación del LAP El LAP del Cuarto Distrito Judicial está sujeto a la aprobación del Juez Presidente y del Director Ejecutivo/Director Financiero y Administrador del Tribunal de Distrito y del Juez Presidente y Administradores de los Tribunales Menores. Cualquier revisión del plan se someterá a la aprobación de las partes arriba mencionadas y después se enviará a la AOC. B. Evaluación anual del LAP El Cuarto Distrito Judicial evaluará regularmente si es necesario hacer cambios al LAP. El plan se puede cambiar o actualizar en cualquier momento, pero se deberá revisar como mínimo anualmente. Una vez al año, el equipo de planificación del LAP de los Tribunales revisará la eficacia del LAP y lo actualizará si fuera necesario. La evaluación incluirá la identificación de cualquier problema y el desarrollo de medidas o estrategias para corregirlo. La evaluación incluirá los siguientes elementos: Número de personas LEP que solicitan intérpretes judiciales y ayuda lingüística fuera de las salas del tribunal, y actualización de la Sección III de este plan. Evaluación de las necesidades lingüísticas actuales para determinar si se deben proporcionar servicios o materiales adicionales. Evaluación para determinar si los procedimientos de acceso lingüístico se realizan sin contratiempos. Esto puede incluir procedimientos para identificar la necesidad de intérprete o cualquier nuevo procedimiento originado durante el proceso de planificación de acceso lingüístico. Evaluación para determinar si el personal del Tribunal comprende suficientemente las políticas y procedimientos relativos a las personas LEP y cómo llevarlos a cabo. Repaso de las opiniones sobre las sesiones de capacitación de los empleados. Encuestas para jueces, empleados y los interesados en la comunidad y/o repaso de la información obtenida en encuestas anteriores, si se considerase necesario. Actualización de la base de datos de los interesados en la comunidad. Cerciorarse de que todas las referencias sujetas a vencimiento, las reglas y políticas sujetas a cambios, y las personas mencionadas en este plan estén actualizadas. C. Coordinadora del LAP de los Tribunales del Cuarto Distrito Judicial: Theresa Delgado, Court Manager (Administradora del Tribunal) Fourth Judicial District Court 496 West National Street, Las Vegas, NM

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