PROYECTO DE LEY EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "PROYECTO DE LEY EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY"

Transcripción

1 PROYECTO DE LEY EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY Artículo 1 Créase un fondo especial con la afectación del 3,5% percibido en concepto de recaudación en bruto de las salas de bingos y de las máquinas tragamonedas a partir de la promulgación de la presente, comprendiendo esto aquellas que hayan de ser licitadas o prorrogados sus contratos de concesión. Artículo 2 El fondo generado será afectado al financiamiento de las Federaciones y Asociaciones de Bomberos Voluntarios de la Provincia de Buenos Aires. La aplicación, percepción y fiscalización estará a cargo de la Dirección de Defensa Civil provincial, a quien se designa como autoridad de aplicación de la presente ley. Artículo 3: El producto total de la recaudación se destinará al financiamiento del Sistema Bomberil de la Provincia de Buenos Aires, con el objeto de permitir que los Bomberos Voluntarios reciban fondos para: adquirir, reparar, solventar el mantenimiento de equipos y/o vehículos afectados a la presentación del servicio, adquisición, refacción, construcción y mantenimiento de los edificios afectados a la

2 prestación de los servicios que brinda el sistema bomberil; para financiar los cursos de capacitación y/o entrenamiento de los integrantes de los cuerpos activos y; para cualquier otra cuestión no específicamente enumerada en este artículo que tenga como finalidad perfeccionar y mejorar el Sistema Bomberil de la Provincia de Buenos Aires. Articulo 4: La autoridad de aplicación no podrá percibir comisión alguna por la percepción y administración de los ingresos. Artículo 5: La Dirección General de Defensa Civil transferirá a cada una de las Asociaciones y Federaciones de Bomberos de la Provincia de Buenos Aires, las sumas recaudadas en virtud de la aplicación de la presente ley en forma trimestral, de acuerdo a las fechas y con las modalidades que establezca la reglamentación. Articulo 6: La Autoridad de aplicación servirá de órgano de contralor de los importes transferidos a los fines previstos en la presente norma. Articulo 7: El monto resultante de la aplicación de esta contribución será distribuido por la Dirección General de Defensa Civil, previa opinión y con el debido control de las Federaciones de Bomberos reconocidas como tales.

3 Articulo 8: El producido será distribuido en un noventa por ciento (90%) entre las Asociaciones de Bomberos Voluntarios de la Provincia de Buenos Aires y el diez por ciento (10%) restante será utilizado como fondo a distribuir entre las Federaciones reconocidas como tales, quienes deberán utilizar ese fondo para su funcionamiento y mantenimiento, a los efectos de optimizar el funcionamiento del sistema bomberil, a los efectos de optimizar la prestación de los servicios que usualmente brindan gratuitamente a todos los habitantes de la provincia en situaciones de riesgo, accidentes, incendios y/o catástrofe. El noventa por ciento (90%) que corresponde a las Asociaciones de Bomberos se distribuirá, entre ellas, del siguiente modo: a) En un noventa por ciento (90%) de acuerdo a la cantidad de habitantes del partido donde desarrollan o prestan sus servicios, a cuyos efectos se deberá tomar en consideración las estimaciones que realiza el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) para el período inmediato anterior al cual se realice la distribución de los fondos. b) El diez por ciento (10%) restante se distribuirá de acuerdo a la superficie total del partido. En aquellos Municipios donde exista más de una Asociación de Bomberos, la distribución del total asignado una vez efectuada la operación mencionada anteriormente se realizará de manera proporcional a la cantidad de habitantes de las jurisdicciones,

4 ciudades, pueblos a los que presta servicios cada cuerpo de bomberos. A tales efectos, previo a cualquier distribución, deberán reunirse a las autoridades Municipales junto a cada una de las Asociaciones de Bomberos que prestan servicios en ese Partido, bajo la supervisión de una o más personas designadas por la autoridad de aplicación, a los efectos de establecer la cantidad de habitantes a quienes cubre o presta servicios cada Cuartel. Ese acuerdo deberá ser revisado cada cuatro (4) años. Si no se llegara a un consenso entre todas las partes, llegado el momento de realizar la distribución en los fondos recaudados, la autoridad de aplicación tendrá plenas facultades para dividirlos entre los Cuartales de acuerdo a las pautas o informaciones que obtenga de organismos nacionales y/o provinciales, debiendo otorgar especial preferencia a los datos que aporte el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC). Artículo 9: Si hubiere remanentes que, por cualquier motivo, no pudieron ser distribuidos en un trimestre, pasarán a integrar el monto a distribuir en el período siguiente, de acuerdo a las pautas establecidas en el artículo 6 de la presente norma. Artículo 10: Las Federaciones y Asociaciones, a las que hace referencia esta norma, deberán estar reconocidas como tales por la Dirección Provincial de Personas Jurídicas y por la Dirección General de

5 Defensa Civil y tener actualizada toda la documentación ante las autoridades municipales y provinciales para acceder a los beneficios de la presente ley. Las Federaciones, además, deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos por la ley de la Provincia de Buenos Aires. Articulo 11: Anualmente las Federaciones y Asociaciones deberán realizar la rendición de cuentas de los fondos recibidos, detallando en forma pormenorizada el destino que se les ha dado las sumas dinerarias percibidas como consecuencia de la aplicación de la presente ley. La falta de presentación de la rendición de cuentas o las falsedades de las mismas acarreará la aplicación de sanciones, las que serán establecidas por la reglamentación, pudiendo consistir las mismas en: 1) Apercibimientos 2) Quitas hasta de un 50% del total a percibir en período 3) Suspensión para percibir fondos por el plazo de un año 4) Suspensión para percibir fondos hasta tanto regularice su situación Estas penas se aplicarán sin perjuicio de las sanciones penales que correspondan y de las responsabilidades civiles que generen. Artículo 12: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

6 FUNDAMENTOS La Plata, 4 de noviembre de HONORABLE LEGISLATURA: Se somete a consideración de este Cuerpo el proyecto de ley que se adjunta para su sanción, por los siguientes fundamentos: El 2 de Junio de 1884, -fecha que quedó consagrada en el país como el día del Bombero Voluntario se creó la primera Sociedad de Bomberos Voluntarios de la República, que contó con el incondicional apoyo de todos los pobladores del tradicional barrio porteño de Boca. Su cuerpo activo recibió el bautismo del fuego en un gran incendio de la fábrica de velas de Barracas al Sud, el 14 de Noviembre de 1885, obteniendo el elogio del pueblo y de la prensa en general. Esto motivó que la Capitanía del puerto de la Capital cediera al cuerpo dos bombas a vapor que fueron bautizadas con los nombres de José Fernández, entonces diputado nacional; y la otra Argentina. Cuando nada lo hacía prever, el 9 de noviembre de 1889, el Presidente de la Nación, Dr. Juárez Celman, dictó un decreto por el cual se prohibía al cuerpo de Bomberos Voluntarios de la Boca concurrir a los incendios y demás siniestros. Esta situación perduró hasta el mes de Septiembre de 1890, fecha en que el entonces presidente de la República, Dr. Carlos Pellegrini, anuló el decreto arriba mencionado, medida que fue recibida con gran júbilo por toda la población.

7 Desde la fecha hasta actualidad, los cuerpos de Bomberos Voluntarios jamás han tenido el debido apoyo estatal, siendo que cumplen una función social imprescindible para toda la población. En particular el cuerpo de Bomberos Voluntarios de la Provincia de Buenos Aires está compuesto por 230 cuerpos y más de servidores distribuidos en toda la geografía de nuestra provincia y que día a día combaten los incendios, salvan vidas e intervienen en todo tipo de catástrofes, sin intereses creados y con una vocación que se en pocas profesiones, o casi en ninguna. Los mueven valores altruista y vocación de servicio social. Debemos pensar que todos ellos son voluntarios (no perciben remuneración salarial alguna) y que por lo tanto deben ocuparse paralelamente de sus trabajos y oficios para conseguir la subsistencia y las de sus familias. Lo mínimo que debemos darle en retribución por arriesgar sus vidas por todos nosotros son condiciones dignas para ejercer su honorable vocación, lo que retribuiría en toda la sociedad y redundaría en una mejor preservación de las vidas y los patrimonios de todos los ciudadanos. La protección civil de millones de bonaerenses debe ser un asunto importante y tratado con urgencia. Desde el punto de vista presupuestario la existencia de los cuerpos de Bomberos Voluntarios, según cálculos realizados por las Federaciones de Bomberos, le genera un ahorro de 800 millones de pesos anuales al gobierno de la Provincia de Buenos Aires, ya que si los mismos dejaran de

8 existir, se deberían crear cuerpos rentados los que generarían un enorme incremento en le presupuesto anual de la Provincia. Los Bomberos Voluntarios de la Provincia de Buenos Aires tienen delegada por la ley el derecho y la obligación de prestar el servicio público que dan, el cual cumplen de una manera impecable y con un compromiso sin par. La entrega de mayores recursos a estos servidores públicos es una cuenta pendiente que tienen todas las Administraciones y las Legislaturas, tenemos la oportunidad de cambiar las cosas, y generar mayor bienestar en toda la ciudadanía. El presente proyecto toma como referencia el presentado en la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires por el diputado Gustavo Hernán Zuccari (D-2703/08-09). A mérito de las consideraciones vertidas, es que se solicita a los Señores Senadores que acompañen con su voto el Proyecto adjunto.

AFILIADO INDEPENDIENTE

AFILIADO INDEPENDIENTE AFILIADO INDEPENDIENTE Definición Toda persona natural que sin estar subordinada a un empleador, ejerza individualmente una actividad mediante la cual obtiene rentas de trabajo. La ley 20.255 estableció

Más detalles

Todos los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Qué requisitos debe cumplir un Ayuntamiento para ser beneficiario?

Todos los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Qué requisitos debe cumplir un Ayuntamiento para ser beneficiario? Dirección General de Política Social y Familia INFORMACIÓN A LOS AYUNTAMIENTOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA PARA SOLICITAR SUBVENCIÓN DE FINANCIACIÓN PARA LA CONCESIÓN DE LAS AYUDAS DE PROTECCIÓN

Más detalles

CAPITULO I GENERALIDADES

CAPITULO I GENERALIDADES Ley Nº 4.234 REGLAMENTASE LA ACTIVIDAD DE BOMBEROS VOLUNTARIOS OBJETO CAPITULO I GENERALIDADES ARTICULO 1.- Es objeto de la presente Ley, la organización y funcionamiento de las asociaciones de bomberos

Más detalles

BLOQUE DE DIPUTADOS UNIDOS Y ORGANIZADO POR LA SOBERANÍA POPULAR LEGISLATURA DE JUJUY

BLOQUE DE DIPUTADOS UNIDOS Y ORGANIZADO POR LA SOBERANÍA POPULAR LEGISLATURA DE JUJUY POR LA SOBERANÍA POPULAR Gorriti 47 - Tel. (0388) 4239200 - Fax (0388) 4239288-4239248 - 4239285-4239251 - 4600 S. S. de Jujuy San Salvador de Jujuy,14 de julio de 2015 Al Señor Presidente de la. Dr. GUILLERMO

Más detalles

Asunto: convocatoria de empresas privadas de la provincia de Pontevedra para participar en el II Plan de práctica laboral de la Diputación 2013

Asunto: convocatoria de empresas privadas de la provincia de Pontevedra para participar en el II Plan de práctica laboral de la Diputación 2013 Asunto: convocatoria de empresas privadas de la provincia de Pontevedra para participar en el II Plan de práctica laboral de la Diputación 2013 La Diputación de Pontevedra ha previsto poner en marcha un

Más detalles

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TOLEDO

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TOLEDO El Alcalde del Ayuntamiento de, mediante escrito de fecha 8 de febrero de 2012, registrado de entrada en esta Diputación Provincial el día 14, solicita informe jurídico sobre la posibilidad de contratación

Más detalles

Ingresos del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo

Ingresos del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo NOTA INFORMATIVA notacefp / 008 / 2016 31 de marzo de 2016 Ingresos del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo 1 Antecedentes La Reforma Constitucional en materia Energética

Más detalles

IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013*

IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013* IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013* * Revisión aprobada por el Comité Rectoral del 16 de junio de 2014 ÍNDICE PREÁMBULO I. TÍTULO

Más detalles

Promulgada Parcialmente: Enero 7 de 2004.

Promulgada Parcialmente: Enero 7 de 2004. VOLUNTARIADO SOCIAL Ley 25.855 Objeto. Disposiciones Generales. Derechos y obligaciones de los voluntarios. Términos de adhesión del Acuerdo Básico Común. Medidas de fomento del voluntariado. Disposiciones

Más detalles

Texto actualizado con las modificaciones introducidas por Ley 12.738. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA

Texto actualizado con las modificaciones introducidas por Ley 12.738. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA BUENOS AIRES Ley Nº 10.917 Texto actualizado con las modificaciones introducidas por Ley 12.738. CAPÍTULO I GENERALIDADES EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA

Más detalles

Transparencia Salamanca: Portal de Transparencia en pequeños municipios.

Transparencia Salamanca: Portal de Transparencia en pequeños municipios. 1. Nombre del Proyecto / Práctica Transparencia Salamanca: Portal de Transparencia en pequeños municipios. 2. Nombre de la Entidad Local REGTSA. Organismo Autónomo de Recaudación de la Diputación Provincial

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe Jurídico 171/2008

Gabinete Jurídico. Informe Jurídico 171/2008 Informe Jurídico 171/2008 La consulta plantea diversas cuestiones relacionadas con el acceso por una determinada persona a varias historias clínicas de personas distintas a aquélla, así como a los datos

Más detalles

Derecho de la Seguridad Social

Derecho de la Seguridad Social Derecho de la Seguridad Social Lectura No.9 El seguro de invalidez y vida. Los sistemas para el retiro Contextualización Cada trabajador al prestar servicio dentro de un centro de trabajo, debe solicitar

Más detalles

TátÅuÄxt atv ÉÇtÄ fxvüxàtü t ZxÇxÜtÄ TRÁMITE LEGISLATIVO 2010

TátÅuÄxt atv ÉÇtÄ fxvüxàtü t ZxÇxÜtÄ TRÁMITE LEGISLATIVO 2010 TátÅuÄxt atv ÉÇtÄ fxvüxàtü t ZxÇxÜtÄ TRÁMITE LEGISLATIVO 2010 ANTEPROYECTO DE LEY N 093 TÍTULO: POR EL CUAL SE ESTABLECE UN RÉGIMEN DE INTERESES PREFERENCIALES EN PRÉSTAMOS PERSONALES PARA GASTOS MÉDICOS.

Más detalles

Operación 8 Claves para la ISO 9001-2015

Operación 8 Claves para la ISO 9001-2015 Operación 8Claves para la ISO 9001-2015 BLOQUE 8: Operación A grandes rasgos, se puede decir que este bloque se corresponde con el capítulo 7 de la antigua norma ISO 9001:2008 de Realización del Producto,

Más detalles

LEY XVIII - º 15 (Antes Ley 2363) CAPITULO I ORGANIZACIÓN OBLIGACIONES Y DERECHOS

LEY XVIII - º 15 (Antes Ley 2363) CAPITULO I ORGANIZACIÓN OBLIGACIONES Y DERECHOS LEY XVIII - º 15 (Antes Ley 2363) CAPITULO I ORGANIZACIÓN OBLIGACIONES Y DERECHOS ARTÍCULO 1.- La organización y actividad de las Asociaciones de Bomberos Voluntarios, tienen el carácter de Servicio Público

Más detalles

1º) El título oficial de Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria fue creado a través del Real Decreto 3303/1978, de 29 de diciembre,

1º) El título oficial de Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria fue creado a través del Real Decreto 3303/1978, de 29 de diciembre, 1º) El título oficial de Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria fue creado a través del Real Decreto 3303/1978, de 29 de diciembre, norma que estableció como sistema ordinario y habitual

Más detalles

LEY N.º 8242 LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :

LEY N.º 8242 LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN SANCIONA CON FUERZA DE L E Y : LEY N.º 8242 LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN SANCIONA CON FUERZA DE L E Y : ARTÍCULO 1º.- Agrégase el Artículo 19 BIS, elimínase el Artículo 4º BIS y modifícanse los Artículos 4º, 5º,

Más detalles

Exposición de Motivos:

Exposición de Motivos: Hermosillo, Sonora, 2 de junio de 2011 Honorable Asamblea Legislativa del Congreso del Estado de Sonora P r e s e n t e.- La suscrita, diputada integrante de la LIX Legislatura del Congreso del Estado

Más detalles

CORPORACIÓN COLEGIATURA COLOMBIANA AVISO DE PROTECCIÓN DATOS PERSONALES AUTORIZACIÓN Y REFRENDACIÓN DE USO DE DATOS PERSONALES

CORPORACIÓN COLEGIATURA COLOMBIANA AVISO DE PROTECCIÓN DATOS PERSONALES AUTORIZACIÓN Y REFRENDACIÓN DE USO DE DATOS PERSONALES CORPORACIÓN COLEGIATURA COLOMBIANA AVISO DE PROTECCIÓN DATOS PERSONALES AUTORIZACIÓN Y REFRENDACIÓN DE USO DE DATOS PERSONALES Con la expedición de la ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013, se da

Más detalles

Unidad 9. Fondo de amortización. Objetivos. Al finalizar la unidad, el alumno:

Unidad 9. Fondo de amortización. Objetivos. Al finalizar la unidad, el alumno: Unidad 9 Fondo de amortización Objetivos Al finalizar la unidad, el alumno: Calculará el valor de los depósitos de un fondo de amortización. Construirá tablas de fondos de amortización. Calculará el fondo

Más detalles

DISTRITO CAPITAL MUNICIPIO LIBERTADOR CONSEJO COMUNAL BLOQUE 37 "F" EJECUCIÓN DEL PROYECTO IMPERMEABILIZACIÓN DE LAS AZOTEAS Y REVESTIMIENTO DE LOS

DISTRITO CAPITAL MUNICIPIO LIBERTADOR CONSEJO COMUNAL BLOQUE 37 F EJECUCIÓN DEL PROYECTO IMPERMEABILIZACIÓN DE LAS AZOTEAS Y REVESTIMIENTO DE LOS DISTRITO CAPITAL MUNICIPIO LIBERTADOR CONSEJO COMUNAL BLOQUE 37 "F" EJECUCIÓN DEL PROYECTO IMPERMEABILIZACIÓN DE LAS AZOTEAS Y REVESTIMIENTO DE LOS TANQUES DE LOS BLOQUES DE LA ZONA "F" DEL 23 DE ENERO

Más detalles

Murillo explica los principales lineamientos económicos Heriberto Rosabal diciembre 3, 2013Economía, Otros Artículos sobre Cuba, Política, Sociales

Murillo explica los principales lineamientos económicos Heriberto Rosabal diciembre 3, 2013Economía, Otros Artículos sobre Cuba, Política, Sociales Murillo explica los principales lineamientos económicos Heriberto Rosabal diciembre 3, 2013Economía, Otros Artículos sobre Cuba, Política, Sociales La reforma agraria choca con la burocracia agropecuaria.

Más detalles

(S-4037/08) PROYECTO DE LEY

(S-4037/08) PROYECTO DE LEY Senado de la Nación Secretaría Parlamentaria Dirección General de Publicaciones (S-4037/08) PROYECTO DE LEY El Senado y Cámara de Diputados,... ARTÍCULO 1º.- Sustitúyase el artículo 1º de la ley 26.215,

Más detalles

Listas Robinson. 9 octubre 2011

Listas Robinson. 9 octubre 2011 Listas Robinson 9 octubre 2011 Hace un par de semanas, la Federación de Comercio Electrónico y Marketing directo (FECEMD) y la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) presentaron LISTA ROBINSON,

Más detalles

El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de Ley 14722

El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de Ley 14722 El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de Ley 14722 Artículo 1.- Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles que conforman el barrio

Más detalles

Proyecto de ley. El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, etc.,

Proyecto de ley. El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, etc., Proyecto de ley El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, etc., Artículo 1: Modifíquese el Artículo Nº 20 de la ley 22.351, que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 20: LA

Más detalles

Informe de transparencia del sector fundacional andaluz

Informe de transparencia del sector fundacional andaluz Informe de transparencia del sector fundacional andaluz Transparencia de las fundaciones en Internet Asociación de Fundaciones Andaluzas Elaborado por: D. Pablo Aguirre Díaz Octubre 2013 Índice Página

Más detalles

RÉGIMEN DE AHORRO INDIVIDUAL COTIZACIÓN - DEVOLUCIÓN Concepto 2006016544-001 del 5 de mayo de 2006.

RÉGIMEN DE AHORRO INDIVIDUAL COTIZACIÓN - DEVOLUCIÓN Concepto 2006016544-001 del 5 de mayo de 2006. RÉGIMEN DE AHORRO INDIVIDUAL COTIZACIÓN - DEVOLUCIÓN Concepto 2006016544-001 del 5 de mayo de 2006. Síntesis: La devolución de saldos por vejez, prestación que corresponde al Régimen de Ahorro Individual

Más detalles

HECTOR GARCIA GODOY Presidente. EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 2 del Acto Institucional,

HECTOR GARCIA GODOY Presidente. EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 2 del Acto Institucional, SECCION INSTITUCION MARCO LEGAL HECTOR GARCIA GODOY Presidente EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 2 del Acto Institucional, DICTO LA SIGUIENTE LEY NUMERO:

Más detalles

FUENTES Y NOTAS EXPLICATIVAS

FUENTES Y NOTAS EXPLICATIVAS FUENTES Y NOTAS EXPLICATIVAS PNC. Prestaciones no contributivas. a) Fuentes de información: Los datos relativos a pensiones no contributivas y prestaciones económicas para personas con discapacidad son

Más detalles

CÓDIGO ÉTICO PARA LOS MEDIADORES QUE PRESTAN SERVICIO AL INFONAVIT

CÓDIGO ÉTICO PARA LOS MEDIADORES QUE PRESTAN SERVICIO AL INFONAVIT CÓDIGO ÉTICO PARA LOS MEDIADORES QUE PRESTAN SERVICIO AL INFONAVIT PREÁMBULO Los mediadores deberán tomar en cuenta y respetar el derecho a la autodeterminación de las personas en conflicto. El presente

Más detalles

En el texto decretativo de esta Ley se estipula lo siguiente:

En el texto decretativo de esta Ley se estipula lo siguiente: e text] CARTA PERIÓDICA 4-H 24 de agosto de 2009 Alan E. Iribarren Sánchez Catedrático Asociado Juventud y Clubes 4-H CARTA DE DERECHOS Y DEBERES DEL VOLUNTARIO El 11 de mayo de 2009 el Honorable Antonio

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO Artículo 1º. Para la celebración del seguro del Grupo, en los términos del artículo 191 de la Ley sobre el Contrato

Más detalles

TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POST-GRADO

TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POST-GRADO TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POST-GRADO TITULO I DE LA DIRECCION DE INVESTIGACION Y POST-GRADO Art. Nº1 A la Dirección de Investigación y Post-Grado de la Vicerrectoría Académica

Más detalles

Informativo Legal. Pensión de Invalidez. Qué es la Pensión de Invalidez? INVALIDEZ TRANSITORIA PARCIAL

Informativo Legal. Pensión de Invalidez. Qué es la Pensión de Invalidez? INVALIDEZ TRANSITORIA PARCIAL Informativo Legal 2 Pensión de Invalidez Qué es la Pensión de Invalidez? Es el beneficio al que tienen derecho los afiliados declarados inválidos mediante dictamen de alguna de las comisiones médicas dependientes

Más detalles

(S-1566/11) PROYECTO DE LEY

(S-1566/11) PROYECTO DE LEY Senado de la Nación Secretaría Parlamentaria Dirección General de Publicaciones (S-1566/11) PROYECTO DE LEY El Senado y Cámara de Diputados,.. Artículo 1.-. El 70% de los saldos anuales remanentes del

Más detalles

PROYECTO DE LEY EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE:

PROYECTO DE LEY EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE: PROYECTO DE LEY EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE: ARTÍCULO 1 : La Policía Judicial es un órgano del Ministerio Público Fiscal en todo lo relacionado

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LAS AYUDAS ECONOMICAS DE CARÁCTER SOCIAL A CONCEDER A PERSONAS FÍSICAS.

ORDENANZA REGULADORA DE LAS AYUDAS ECONOMICAS DE CARÁCTER SOCIAL A CONCEDER A PERSONAS FÍSICAS. ORDENANZA REGULADORA DE LAS AYUDAS ECONOMICAS DE CARÁCTER SOCIAL A CONCEDER A PERSONAS FÍSICAS. ARTICULO 1º. DEFINICIÓN Y OBJETIVOS. 1º.- Se considera ayudas económicas de carácter social las que concede

Más detalles

25 de marzo de 2015. Procedimiento para conflictos de interés y operaciones vinculadas con consejeros, accionistas significativos y altos directivos

25 de marzo de 2015. Procedimiento para conflictos de interés y operaciones vinculadas con consejeros, accionistas significativos y altos directivos 25 de marzo de 2015 Procedimiento para conflictos de interés y operaciones vinculadas con consejeros, accionistas significativos y altos directivos Índice TÍTULO PRELIMINAR. DEFINICIONES 3 TÍTULO I. DE

Más detalles

El responsable de la Agrupación Local de Protección Civil Bomberos Voluntarios del Ayuntamiento de La Roda.

El responsable de la Agrupación Local de Protección Civil Bomberos Voluntarios del Ayuntamiento de La Roda. PG.2/6 El responsable de la Agrupación Local de Protección Civil Bomberos Voluntarios del Ayuntamiento de La Roda. E X P O N E : Que actualmente este servicio basa su funcionamiento en dos vehículos autobomba

Más detalles

Tipo de informe: facultativo. ANTECEDENTES

Tipo de informe: facultativo. ANTECEDENTES Consulta sobre qué conceptos han de entenderse encuadrados dentro de la expresión indemnización por los costes de cobro utilizada por el artículo 200.4 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos

Más detalles

Anexo I. Distribución. Título I

Anexo I. Distribución. Título I Anexo I Distribución Aporte Público de Campaña y Publicidad Electoral Oficial Título I Disposiciones Generales Artículo 1º.- Objeto. El presente establece las disposiciones para la distribución de aportes

Más detalles

DERECHO ADMINISTRATIVO Y LEGISLACIÓN DEL TURISMO

DERECHO ADMINISTRATIVO Y LEGISLACIÓN DEL TURISMO ASIGNATURA DE GRADO: DERECHO ADMINISTRATIVO Y LEGISLACIÓN DEL TURISMO Curso 2014/2015 (Código:65032028) 1.PRESENTACIÓN DE LA ASIGNATURA Derecho Administrativo y Legislación del Turismo es una asignatura

Más detalles

CAMPOFRÍO FOOD GROUP, SOCIEDAD ANÓNIMA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS

CAMPOFRÍO FOOD GROUP, SOCIEDAD ANÓNIMA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS CAMPOFRÍO FOOD GROUP, SOCIEDAD ANÓNIMA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS El Consejo de Administración de CAMPOFRÍO FOOD GROUP, SOCIEDAD ANÓNIMA, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 13

Más detalles

SOCIEDAD ESPAÑOLA DE MEDICINA Y SEGURIDAD DEL TRABAJO www.semst.org PRESIDENTE. Madrid 3 de Noviembre de 2008. Excelentísimo Señor:

SOCIEDAD ESPAÑOLA DE MEDICINA Y SEGURIDAD DEL TRABAJO www.semst.org PRESIDENTE. Madrid 3 de Noviembre de 2008. Excelentísimo Señor: SOCIEDAD ESPAÑOLA DE MEDICINA Y SEGURIDAD DEL TRABAJO www.semst.org PRESIDENTE Madrid 3 de Noviembre de 2008 Excelentísimo Señor: La Ley 31/95, de Prevención de Riesgos Laborales, establece en su artículo

Más detalles

1.3.3. CÓMO CALCULAR LA CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN RESIDUAL (K)?... 19

1.3.3. CÓMO CALCULAR LA CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN RESIDUAL (K)?... 19 PROCEDIMIENTO DE CALIFICACIÓN Y CÁLCULO DE LA CAPACIDAD MÁXIMA DE CONTRATACIÓN (K) SERVICIO RELACIONAMIENTO CON TERCEROS SISTEMA DE INFORMACIÓN DE KONFIRMA 5INKO FONDO ADAPTACIÓN Fecha de última actualización:

Más detalles

(Aprobado por Consejo de Gobierno en sesión de 4 de octubre de 2006)

(Aprobado por Consejo de Gobierno en sesión de 4 de octubre de 2006) (Aprobado por Consejo de Gobierno en sesión de 4 de octubre de 2006) REGLAMENTO GENERAL DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE MEDICINA DEL TRABAJO DE LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE CAPÍTULO I: DISPOSICIONES

Más detalles

COMPARATIVA de AGRUPACIÓN DE ELECTORES y COALICIÓN DE PARTIDOS

COMPARATIVA de AGRUPACIÓN DE ELECTORES y COALICIÓN DE PARTIDOS COMPARATIVA de AGRUPACIÓN DE ELECTORES y COALICIÓN DE PARTIDOS DEFINICIÓN CÓMO SE CREAN CUÁNDO SE PRESENTAN LAS CANDIDATURAS AGRUPACIÓN DE ELECTORES COALICIÓN DE PARTIDOS PARTIDO POLÍTICO Las Agrupaciones

Más detalles

Ley Nº 26.535. Apruébase el Acuerdo sobre Residencia para Nacionales de la República Argentina y de la República del Perú

Ley Nº 26.535. Apruébase el Acuerdo sobre Residencia para Nacionales de la República Argentina y de la República del Perú Ley Nº 26.535 Apruébase el Acuerdo sobre Residencia para Nacionales de la República Argentina y de la República del Perú Sancionada: Octubre 28 de 2009 Promulgada de Hecho: Noviembre 25 de 2009 El Senado

Más detalles

LECCIÓN 2: EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS CASOS RESUELTOS SOBRE GANANCIAS Y PÉRDIDAS PATRIMONIALES

LECCIÓN 2: EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS CASOS RESUELTOS SOBRE GANANCIAS Y PÉRDIDAS PATRIMONIALES LECCIÓN 2: EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS Supuestos prácticos elaborados por Luis Malvárez Pascual CASOS RESUELTOS SOBRE GANANCIAS Y PÉRDIDAS PATRIMONIALES Disolución de una comunidad

Más detalles

Dr. Jorge R. Boasso Bloque Intransigencia y Renovación Radical Concejo Municipal de Rosario

Dr. Jorge R. Boasso Bloque Intransigencia y Renovación Radical Concejo Municipal de Rosario Dr. Jorge R. Boasso Bloque Intransigencia y Renovación Radical Concejo Municipal de Rosario VISTO: La Ley Nº 2.352/2007 actualmente vigente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Y CONSIDERANDO: Que como

Más detalles

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY Marco legal de las estadísticas oficiales Buenos Aires, 25 de enero de 1968 En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Estatuto de la Revolución Argentina EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

Más detalles

CAPITULO I CONTEXTO INSTITUCIONAL EN EL SISTEMA ESTATAL PENITENCIARIO

CAPITULO I CONTEXTO INSTITUCIONAL EN EL SISTEMA ESTATAL PENITENCIARIO CAPITULO I CONTEXTO INSTITUCIONAL EN EL SISTEMA ESTATAL PENITENCIARIO Área de Recursos Humanos 24 Este capítulo tiene como objetivo el contextualizar al Sistema Estatal Penitenciario, desde sus inicios

Más detalles

Créditos académicos. Ignacio Vélez. Facultad de Ingeniería Industrial. Politécnico Grancolombiano

Créditos académicos. Ignacio Vélez. Facultad de Ingeniería Industrial. Politécnico Grancolombiano Créditos académicos Ignacio Vélez Facultad de Ingeniería Industrial Politécnico Grancolombiano 11 de noviembre de 2003 Introducción Cuando se habla del sistema de créditos muchas personas consideran que

Más detalles

El Concejo Deliberante, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades, sanciona el siguiente proyecto de: ORDENANZA

El Concejo Deliberante, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades, sanciona el siguiente proyecto de: ORDENANZA La Plata, 08 de julio de 2015 El Concejo Deliberante, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades, sanciona el siguiente proyecto de: ORDENANZA ARTÍCULO Nº 1: Créase

Más detalles

Resolución No.41,055-2009-J.D. LA JUNTA DIRECTIVA DE LA CAJA DE SEGURO SOCIAL, en uso de sus facultades legales y reglamentarias, y; CONSIDERANDO:

Resolución No.41,055-2009-J.D. LA JUNTA DIRECTIVA DE LA CAJA DE SEGURO SOCIAL, en uso de sus facultades legales y reglamentarias, y; CONSIDERANDO: 1 Panamá, 17 de febrero de 2009. Resolución No.41,055-2009-J.D. LA JUNTA DIRECTIVA DE LA CAJA DE SEGURO SOCIAL, en uso de sus facultades legales y reglamentarias, y; CONSIDERANDO: Que conforme a lo previsto

Más detalles

DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y AYUDAS A LA EDUCACIÓN. Ref: 49/065045.9/14. La autenticidad de este documento se puede comprobar en www.madrid.

DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y AYUDAS A LA EDUCACIÓN. Ref: 49/065045.9/14. La autenticidad de este documento se puede comprobar en www.madrid. Ref: 49/065045.9/14 DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y Resolución de la Dirección General de Becas y Ayudas a la Educación, por la que se dictan Instrucciones para el abono por la Administración educativa de

Más detalles

Congreso de Colegios Católicos, Una pasión que se renueva. Pontificia Universidad Católica de Chile. Septiembre 2015.

Congreso de Colegios Católicos, Una pasión que se renueva. Pontificia Universidad Católica de Chile. Septiembre 2015. Panel: Ley de Inclusión, reglamentación y Colegios Católicos Andrés Palma 1 Hola, muy buenas tardes, muchas gracias a la Conferencia Episcopal, a FIDE, a la Universidad Católica por la invitación para

Más detalles

LEY DE DEPORTE DE LA NACIÓN Nº 20.655

LEY DE DEPORTE DE LA NACIÓN Nº 20.655 LEY DE DEPORTE DE LA NACIÓN Nº 20.655 CAPITULO VII De las entidades deportivas ARTICULO 16º.- A los efectos establecidos en la presente ley considérense instituciones deportivas a las asociaciones que

Más detalles

LA ESTRATEGIA NACIONAL DE BOSQUES Y CAMBIO CLIMÁTICO

LA ESTRATEGIA NACIONAL DE BOSQUES Y CAMBIO CLIMÁTICO LA ESTRATEGIA NACIONAL DE BOSQUES Y CAMBIO CLIMÁTICO LA ESTRATEGIA NACIONAL DE BOSQUES Y CAMBIO CLIMÁTICO En palabras simples, el Cambio Climático es la modificación del clima que actualmente ocurre en

Más detalles

I. MUNICIPALIDAD DE ÑUÑOA. Plan de capacitación

I. MUNICIPALIDAD DE ÑUÑOA. Plan de capacitación I. MUNICIPALIDAD DE ÑUÑOA Plan de capacitación 2015 1 INTRODUCCIÓN Los Recursos Humanos son los activos más importantes y significativos para la Ilustre Municipalidad de Ñuñoa y su labor resulta ser fundamental

Más detalles

MODELO DE ESTATUTOS DE UNA ENTIDAD SIN ÁNIMO DE LUCRO

MODELO DE ESTATUTOS DE UNA ENTIDAD SIN ÁNIMO DE LUCRO NOTA ESPECIAL: El presente es un modelo que sirve como guía para las entidades sin ánimo de lucro, el cual en nada obliga a la Cámara de Comercio del Oriente Antioqueño. MODELO DE ESTATUTOS DE UNA ENTIDAD

Más detalles

Oficio Nº 068174 Diciembre 30 de 2014 Dirección de impuestos y aduanas nacionales. Dirección de Gestión Jurídica Bogotá, D. C.

Oficio Nº 068174 Diciembre 30 de 2014 Dirección de impuestos y aduanas nacionales. Dirección de Gestión Jurídica Bogotá, D. C. Oficio Nº 068174 Diciembre 30 de 2014 Dirección de impuestos y aduanas nacionales Dirección de Gestión Jurídica Bogotá, D. C. 100202208-1608 Señora ADRIANA ORTIZ ROA Calle 100 N 19-54 Bogotá, D. C. Referencia:

Más detalles

RETRIBUCIONES DE LOS SOCIOS - ADMINISTRADORES DE LAS SOCIEDADESMERCANTILES

RETRIBUCIONES DE LOS SOCIOS - ADMINISTRADORES DE LAS SOCIEDADESMERCANTILES RETRIBUCIONES DE LOS SOCIOS - ADMINISTRADORES DE LAS SOCIEDADESMERCANTILES A lo largo del ejercicio 2013 han aparecido numerosos artículos acerca de las distintas posibilidades de calificación jurídica

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CAMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2638 30 DE ABRIL DE 2010. Presentado por el representante Aponte Hernández

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CAMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2638 30 DE ABRIL DE 2010. Presentado por el representante Aponte Hernández ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO 16ta. Asamblea Legislativa Ordinaria 3ra. Sesión CAMARA DE REPRESENTANTES P. de la C. 2638 30 DE ABRIL DE 2010 Presentado por el representante Aponte Hernández Referido

Más detalles

(S-1052/09) PROYECTO DE LEY

(S-1052/09) PROYECTO DE LEY Senado de la Nación Secretaría Parlamentaria Dirección General de Publicaciones (S-1052/09) PROYECTO DE LEY El Senado y Cámara de Diputados,... Artículo 1: Créase el Sistema Especial de Seguro de Salud

Más detalles

LEY VI º 139 (Antes Ley 4495) ASOCIACIONES DE ESTUDIANTES SECUNDARIOS CAPÍTULO I Disposiciones Generales

LEY VI º 139 (Antes Ley 4495) ASOCIACIONES DE ESTUDIANTES SECUNDARIOS CAPÍTULO I Disposiciones Generales LEY VI º 139 (Antes Ley 4495) ASOCIACIONES DE ESTUDIANTES SECUNDARIOS CAPÍTULO I Disposiciones Generales ARTÍCULO 1.- Se reconoce y garantiza el funcionamiento de Asociaciones de Estudiantes Secundarios,

Más detalles

de la LOPD y del RDLOPD Cómo cumplir con la Ley sin perder operatividad y eficacia

de la LOPD y del RDLOPD Cómo cumplir con la Ley sin perder operatividad y eficacia Fundamentos Las empresas básicos y la LOPD de la LOPD y del RDLOPD Cómo cumplir con la Ley sin perder operatividad y eficacia Cómo le afecta la LOPD 1 Dispone de datos personales de sus empleados y clientes

Más detalles

ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO CUERPO DE GESTIÓN TEST del TEMA 10 número 4

ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO CUERPO DE GESTIÓN TEST del TEMA 10 número 4 ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO CUERPO DE GESTIÓN TEST del TEMA 10 número 4 1. El órgano ejecutivo de la Agencia Estatal es: a) el Director. Es nombrado y separado por el Consejo Rector a propuesta del

Más detalles

Acuerdo sobre políticas sociales, salariales, de igualdad y condiciones laborales en SOGETI España.

Acuerdo sobre políticas sociales, salariales, de igualdad y condiciones laborales en SOGETI España. Acuerdo sobre políticas sociales, salariales, de igualdad y condiciones laborales en SOGETI España. La Sección Sindical de CCOO en Sogeti y la Dirección General de SOGETI España, manifiestan el interés

Más detalles

Es una persona que ayudará a que los derechos de las personas con discapacidad se hagan realidad

Es una persona que ayudará a que los derechos de las personas con discapacidad se hagan realidad Naciones Unidas Asamblea General - Concejo de Derechos Humanos Acerca de la Relatora Especial sobre los derechos de las personas con discapacidad Es una persona que ayudará a que los derechos de las personas

Más detalles

1) Desaparición de gran parte de los carnés profesionales :

1) Desaparición de gran parte de los carnés profesionales : Información relativa a las cualificaciones profesionales en el ámbito de seguridad industrial y minera establecida en la legislación actual (reguladas en general según la normativa anterior mediante carnés

Más detalles

Materia: Desarrollo Local Profesor: Ana Costanzo Clase º 3

Materia: Desarrollo Local Profesor: Ana Costanzo Clase º 3 Materia: Desarrollo Local Profesor: Ana Costanzo Clase º 3 Tema: El municipio (argentino) Hasta aquí hemos trabajado sobre los distintos niveles del estado tanto en una presentación general como en la

Más detalles

II PLAN LOCAL DE VOLUNTARIADO 2015-2018. INTRODUCCIÓN-FUNDAMENTACIÓN

II PLAN LOCAL DE VOLUNTARIADO 2015-2018. INTRODUCCIÓN-FUNDAMENTACIÓN II PLAN LOCAL DE VOLUNTARIADO 2015-2018. INTRODUCCIÓN-FUNDAMENTACIÓN El Voluntariado es una forma de participación ciudadana que permite que los poderes públicos cumplan con el mandato del artículo 12.1

Más detalles

LEY Nro. 16.906 DE 07/01/98 DE PROMOCION DE INVERSIONES INSTRUCTIVO PARA EL FORMULARIO DE INFORMACIÓN PARA EL BANCO CENTRAL DEL URUGUAY

LEY Nro. 16.906 DE 07/01/98 DE PROMOCION DE INVERSIONES INSTRUCTIVO PARA EL FORMULARIO DE INFORMACIÓN PARA EL BANCO CENTRAL DEL URUGUAY LEY Nro. 16.906 DE 07/01/98 DE PROMOCION DE INVERSIONES INSTRUCTIVO PARA EL FORMULARIO DE INFORMACIÓN PARA EL BANCO CENTRAL DEL URUGUAY El Formulario será remitido electrónicamente a la dirección abajo

Más detalles

DECLARACIONES I. DECLARA LAS PARTES DE COMÚN ACUERDO QUE: a) Ambos señalan como su domicilio el ubicado en. DEFINICIONES

DECLARACIONES I. DECLARA LAS PARTES DE COMÚN ACUERDO QUE: a) Ambos señalan como su domicilio el ubicado en. DEFINICIONES CONTRATO DE COTITULARIDAD Y REGLAS DE USO DE MARCAS CONTRATO DE COTITULARIDAD Y REGLAS DE USO DE MARCA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE SUJETO A A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COTITULAR 1, Y POR LA

Más detalles

Guía Ayudas Autonómicas Adquisición de Vivienda Protegida Concertada.

Guía Ayudas Autonómicas Adquisición de Vivienda Protegida Concertada. Guía Ayudas Autonómicas Adquisición de Vivienda Protegida Concertada. SUBVENCIONES DEL PRINCIPADO A LA ADQUISICIÓN DE VIVIENDA PROTEGIDA CONCERTADA 1. EN QUÉ CONSISTEN? Se trata de una cantidad para ayudarnos

Más detalles

Prohibición del lucro en las universidades: alcances y consecuencias

Prohibición del lucro en las universidades: alcances y consecuencias Prohibición del lucro en las universidades: alcances y consecuencias Andrés Bernasconi Facultad de Educación Pontificia Universidad Católica de Chile Plan de la exposición 1. Naturaleza jurídica de las

Más detalles

Manual básico de gestión económica de las Asociaciones

Manual básico de gestión económica de las Asociaciones Manual básico de gestión económica de las Asociaciones El control económico de una Asociación se puede ver desde dos perspectivas: Necesidades internas de información económica para: * Toma de decisiones

Más detalles

(BOE n. 294 de 9/12/1985, Páginas: 38811 38812)

(BOE n. 294 de 9/12/1985, Páginas: 38811 38812) REAL DECRETO 2273/1985, DE 4 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LOS CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO DEFINIDOS EN EL ARTICULO 42 DE LA LEY 13/1982, DE 7 DE ABRIL, DE INTEGRACION SOCIAL DEL

Más detalles

VENTAJAS Y DESVENTAJAS DE LAS TECNOLOGIAS

VENTAJAS Y DESVENTAJAS DE LAS TECNOLOGIAS VENTAJAS Y DESVENTAJAS DE LAS TECNOLOGIAS EN NUESTRAS VIDAS JOCABED VALENZUELA GARCIA ESLI GUADALUPE LAZCANO RODRIGUEZ INTRODUCCION: Le tecnología es un sinónimo de innovación y de cosas nuevas para facilitar

Más detalles

NÚMERO 244 Viernes, 19 de diciembre de 2014

NÚMERO 244 Viernes, 19 de diciembre de 2014 37915 RESOLUCIÓN de 26 de noviembre de 2014, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se concede renovación de la autorización, como entidad gestora de un sistema integrado de gestión de residuos

Más detalles

PROVINCIA DE CÓRDOBA. Ley Provincial de Educación. Normas referidas a la vinculación educación trabajo

PROVINCIA DE CÓRDOBA. Ley Provincial de Educación. Normas referidas a la vinculación educación trabajo PROVINCIA DE CÓRDOBA Ley Provincial de Educación Córdoba cuenta con su propia Ley Provincial de Educación Nº 8113 sancionada en 1991. Si bien la jurisdicción ha adherido a la Ley Federal de Educación,

Más detalles

Complemento de Productividad para la Mejora y Calidad de los Servicios que presta el PAS de las Universidades Públicas de Andalucía (CPMCS)

Complemento de Productividad para la Mejora y Calidad de los Servicios que presta el PAS de las Universidades Públicas de Andalucía (CPMCS) Complemento de Productividad para la Mejora y Calidad de los Servicios que presta el PAS de las Universidades Públicas de Andalucía (CPMCS) Introducción: Mayo de 2007 El objetivo del presente acuerdo es

Más detalles

Clasificación y gestión de la información y bienes TI Ministerio del Interior N11

Clasificación y gestión de la información y bienes TI Ministerio del Interior N11 Clasificación y gestión de la información y bienes TI Ministerio del Interior N11 Introducción Propósito. Mantener y alcanzar una apropiada protección de los activos del Ministerio del Interior, en donde

Más detalles

Las Relaciones Públicas en el Marketing social

Las Relaciones Públicas en el Marketing social Las Relaciones Públicas en el Marketing social El marketing social es el marketing que busca cambiar una idea, actitud o práctica en la sociedad en la que se encuentra, y que intenta satisfacer una necesidad

Más detalles

Informe sobre la Política de Retribuciones correspondientes al ejercicio 2010 // 254

Informe sobre la Política de Retribuciones correspondientes al ejercicio 2010 // 254 Informe sobre la Política de Retribuciones correspondientes al ejercicio 2010 // 254 // 255 1) INTRODUCCIÓN De conformidad con lo establecido en el Artículo 54 del Reglamento del Consejo de Administración,

Más detalles

CONDICIONES CONTRACTUALES DEL SERVICIO TELEFÓNICO FIJO

CONDICIONES CONTRACTUALES DEL SERVICIO TELEFÓNICO FIJO CONDICIONES CONTRACTUALES DEL SERVICIO TELEFÓNICO FIJO 1. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO 1.1. El servicio telefónico que suministra Telefónica Chile S.A. (TCH), en adelante el Servicio, consiste en un servicio

Más detalles

Obtén beneficios fiscales a través de tu ahorro

Obtén beneficios fiscales a través de tu ahorro Obtén beneficios fiscales a través de tu ahorro Arturo Morales Castro Carmen Hernández Elvira Todas las personas están obligadas a cumplir las disposiciones fiscales que les correspondan y aunque la normatividad

Más detalles

LEY NUM. 282 15 DE AGOSTO DE 2008

LEY NUM. 282 15 DE AGOSTO DE 2008 (P. de la C. 4007) (Conferencia) LEY NUM. 282 15 DE AGOSTO DE 2008 Para enmendar el inciso (g) del Artículo 4, añadir un nuevo inciso (m) a dicho Artículo a los fines de aclarar los requisitos que deben

Más detalles

FUNDACIÓN LED INFORME SEMESTRAL SOBRE PUBLICIDAD OFICIAL Y PROGRAMA FÚTBOL PARA TODOS

FUNDACIÓN LED INFORME SEMESTRAL SOBRE PUBLICIDAD OFICIAL Y PROGRAMA FÚTBOL PARA TODOS INFORME SEMESTRAL SOBRE PUBLICIDAD OFICIAL Y PROGRAMA FÚTBOL PARA TODOS La Fundación LED (Libertad de Expresión + Democracia) da a conocer cada año la información relativa al gasto y utilización de los

Más detalles

3. Duración El periodo de disfrute de las becas se extenderá desde el 5 de septiembre de 2016 al 30 de junio de 2017.

3. Duración El periodo de disfrute de las becas se extenderá desde el 5 de septiembre de 2016 al 30 de junio de 2017. CONVOCATORIA DE BECAS DE EXCELENCIA QUEVEDO DE RESIDENCIA PARA ESTUDIOS DE GRADO EN LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ, CURSO 2016/2017 La Universidad de Alcalá convoca 30 Becas de Excelencia Quevedo dirigidas a

Más detalles

Y ahora Qué hago? Aspectos a tener en cuenta ante un siniestro. Derechos y Obligaciones de los Asegurados

Y ahora Qué hago? Aspectos a tener en cuenta ante un siniestro. Derechos y Obligaciones de los Asegurados Y ahora Qué hago? Aspectos a tener en cuenta ante un siniestro Derechos y Obligaciones de los Asegurados MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN ENTIDAD ESTATAL DE SEGUROS AGRARIOS (ENESA) Muy

Más detalles

PARA COMERCIANTES Y AUTÓNOMOS. INFORMACIÓN SOBRE TARJETAS DE CRÉDITO.

PARA COMERCIANTES Y AUTÓNOMOS. INFORMACIÓN SOBRE TARJETAS DE CRÉDITO. PARA COMERCIANTES Y AUTÓNOMOS. INFORMACIÓN SOBRE TARJETAS DE CRÉDITO. QUÉ DEBES SABER CUANDO ACEPTAS UNA TARJETA COMO FORMA DE PAGO EN TU ESTABLECIMIENTO? Hace ya muchos años que la mayoría de las microempresas

Más detalles

Directorio de Empresas y Establecimientos con actividad económica en Navarra

Directorio de Empresas y Establecimientos con actividad económica en Navarra Directorio de Empresas y Establecimientos con actividad económica en Navarra 2 Directorio de Empresas y Establecimientos con actividad económica en Navarra 1. Introducción Los Planes Estadísticos de Navarra

Más detalles

DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS

DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS Gestión Nº DAJ-DAE-01322-13 Pronunciamiento Nº DAJ-AE-256-13 26 de setiembre del 2013 Señora (ita) Rosario Segura Chaves Gerente Financiera, Asociación Cultural Educativa Colegio Sión Presente Estimada

Más detalles

integración laboral de personas con discapacidad

integración laboral de personas con discapacidad integración laboral de personas con discapacidad grupo El Art. 49 de la Constitución Española de 1978 establece que Los Poderes Públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación

Más detalles