índice Afiliaciones Prestaciones médico - asistenciales 17 guía de prestaciones 2014 Titulares 10

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2 guía de prestaciones 2014 índice Afiliaciones 9 Titulares 10 Esposa a cargo 10 Esposo a cargo 10 Hijos menores 10 Afiliaciones especiales 11 Hijo estudiante 11 Hijo discapacitado 11 Menor a cargo 11 Padres a cargo 12 Afiliación voluntaria extraordinaria 13 Poderes y autorizaciones 13 Cobros en representación del titular 13 Representación de hijos menores para esposa separada 14 Autorizaciones semestrales 14 Poderes ante escribano 14 Curatela 15 Tutores 15 Prestaciones médico - asistenciales 17 Requisitos para todo tipo de trámite 18 Cómo tramitar reintegros y coberturas 18 Tipos de trámites 19 Trámites ordinarios 19 Trámites por vía de excepción 19 Accesorios varios 20 Aerocámara 20 Almohadilla térmica 20 Glucómetro 20 Nebulizador 20 Tiras reactivas y lancetas 20 Análisis clínicos 21 Bonos bioquímicos 21 Análisis no reconocidos por I.O.M.A. 21 Audiología 21 Audífono 21 Calibración de implante coclear 22 Kit anticerum 22 Limpieza y lubricación de audífonos 22 Moldes siliconados para audífonos 22 Pilas para audífonos 22 pág. 3

3 Reparación de moldes otoamplifonos 23 Bonos de prácticas médicas 23 Bonos de consulta 23 Paciente oncológico 23 Celíacos 23 Discapacitados 24 Bonos de consulta 24 Equinoterapia y musicoterapia 24 Escuela común 24 Escuela especial 24 Gimnasia correctiva 25 Hidroterapia 25 Hogares y centros de día 25 Honorarios médicos 25 Matrícula escuela especial 26 Transporte escolar 26 Traslados 26 Enfermería 27 Auxiliar de enfermería domiciliaria permanente 27 Cambio de sondas y sueros 27 Curaciones 27 Enemas 27 Enfermería domiciliaria permanente 27 Inyecciones 28 Higiene, confort y cambio de bolsas colectoras 28 Nebulizaciones 28 Toma de presión 28 Estudios 29 Ecografías 29 Estudios sin cobertura del I.O.M.A. 29 Fonoaudiología 29 Audiometría y logoaudiometría 29 Fonoaudiología 29 Impedanciometría y timpanometría 30 Pruebas supraliminares 30 Selección de audífono (otoamplífono) 30 Otoemisiones acústicas 30 Webermetría 30 Honorarios médicos 30 Anestesista 30 Patologías oncológicas 31 Profesional no adeherido al I.O.M.A 31 Psiquiatría con cobertura del I.O.M.A 31 Psiquiatría sin cobertura del I.O.M.A 31 Geriatría 31 Kinesiología 32 Bono kinesiológico 32 Kinesiología en consultorio con cobertura del I.O.M.A. 32 Kinesiología en consultorio sin cobertura del I.O.M.A. 33 Laserterapia y magnetoterapia 33 Material descartable 33 Bolsas colectoras 33 Material descartable en práctica ambulatoria 33 Pañales 33 Sustancia de contraste 34 Medicamentos 34 De uso normatizado para I.O.M.A. 34 Para tratamientos prolongados sin cobertura del I.O.M.A. 34 Para heridos en servicio 35 Odontología 35 Bonos odontológicos 35 Bonos de prótesis a mayores de 60 años de edad 35 Implantes 35 Ortodoncia 36 Placa de bruxismo 36 Prótesis y otras prácticas no contempladas en el nomenclador del IOMA 36 Reintegro de copago (diferenciado de práctica odontológicas) 37 Rx odontológicas (panorámica, telerradiografía, cefalometría) 37 Óptica 37 Anteojos cubierto por I.O.M.A. 37 Anteojos o lentes de contacto no cubiertos por I.O.M.A. 37 Cirugía con excimer láser de ojos 38 Lentes de contacto cubiertos por I.O.M.A. 38 Lentes de contacto no cubiertos por I.O.M.A. 38 Lentes de contacto descartables 39 Ortopedia 39 Almohadón de siliconas (alquiler) 39 Andador (alquiler) 39 Bastón canadiense (alquiler) 39 Bota Walker 39 Calzado ortopédico 39 Cama ortopédica (alquiler) 40 Codera, muñequera, talonera, tobillera, rodillera, cabestrillo (compra) 40 Colchón de agua o de aire (alquiler) 40 Collar (compra) 40 Corset ballenado (compra) 40 Elevador de inodoro (alquiler) 40 Espaldera (compra) 40 Faja elástica (compra) 41 Férula (compra) 41 Inmovilizador de hombro o de rodilla (compra) 41 pág. 4 pág. 5

4 Medias elásticas 41 Muletas (alquiler) 41 Plantillas 41 Ponchito abductor o arnés de Paulik (compra) 42 Separador de dedos (compra) 42 Silla de ruedas (alquiler) 42 Trípode (alquiler) 42 Psicoterapia 42 Psicología con profesional adherido al I.O.M.A. 42 Psicología sin cobertura del I.O.M.A. 42 Psicoterapia con médico psiquiatra 43 Psicopedagogía con cobertura del I.O.M.A. 43 Psicopedagogía sin cobertura del I.O.M.A. 43 Traslados en ambulancia 44 Traslado en ambulancia con cobertura del I.O.M.A. 44 Traslados en ambulancia programados 44 Tratamientos 45 Hidroterapia 45 Gimnasia correctiva 45 Rehabilitación cardíaca 45 Vacunas 46 Vacunas 46 Vacuna HPV 46 Subsidios 49 Subsidios 50 Provisión de alimentos 50 Subsidio ayuda económica 50 Subsidio por siniestro 50 Subsidios para el personal herido o fallecido en enfrentamiento armado en servicio 50 Ayuda económica 50 Ayuda escolar 51 Subisidio por fallecimiento 52 Fallecimiento titular 52 Reintegro gastos de sepelio 52 Luto 52 Fallecimiento cónyuge 53 Fallecimiento hijos 53 Fallecimiento menor a cargo 53 Fallecimiento padres a cargo 54 Convenio Marco (FADAF - ASEF - SSSP) 55 Préstamos Prestamos 58 Por vía de excepción 58 Por sinistros 58 Para heridos en servicio 59 Financiación odontológica 59 Financiación por turismo 60 Turismo Turismo 62 Destinos 62 Polbaires I 63 Polbaires II 63 Otros destinos 63 Viajes de beneficios De bodas 64 De recuperación heridos en servicio 64 De retiro por invalidez 65 Para retirados o jubilados con más de 25 años de servicio 65 De bodas de oro con la institución 65 De viudez 66 De jubilación para contratados de la Superintendencia con 30 años de servicio 66 Campings 67 Punta Lara 67 Laguna de Gómez 67 Carhué Delegaciones 69 Dependencias, delegaciones, subdelegaciones y oficinas de trámite de la Superintendencia. 70 Consultorios odontológicos externos 76 En el mismo asiento de la delegación 76 Descentralizados 78 Consulta online de sus trámites 79 Paso a paso consulta de trámites online 80 pág. 6 pág. 7

5 guía de prestaciones 2014 Afiliaciones pág. 8

6 AFILIADOS AFILIADOS Afiliaciones Fotocopia del carnet del I.O.M.A. del menor. regular (deberá presentarse si son varones entre 18 y 21 años). Titulares Nota del titular solicitando la afiliación. Fotocopia del documento del menor. Hijo discapacitado La Superintendencia de Servicios Sociales reconoce como afiliados titulares al personal policial en actividad y a su grupo familiar. Los mismos deberán realizar el trámite de afiliación ante este coseguro para poder recibir los beneficios del mismo. Al personal policial retirado, jubilado y a los deudos, con derecho a pensión. En esta oportunidad previamente se deberá tramitar las nuevas credenciales ante I.O.M.A. y luego ante este coseguro (tanto del titular, como de los familiares a cargo). Fotocopia del carnet del I.O.M.A. Fotocopia del documento. Fotocopia del último recibo de sueldo. Esposa a cargo Fotocopia del carnet del I.O.M.A. del titular y de la esposa. Fotocopia del documento de la esposa. Fotocopia del certificado de matrimonio. Esposo a cargo Fotocopia del carnet del I.O.M.A. de la titular y del esposo. Fotocopia documento de la titular y del esposo. Nota del titular solicitando la afiliación. Acta o partida de matrimonio Actualizada y Legalizada por el Registro de las Personas. Hijos menores a cargo Importante La afiliación del personal retirado, jubilado o pensionado será voluntaria. En caso de solicitar la baja, y ésta ser concedida, en el futuro no podrá volver afiliarse, así como tampoco los deudos con derecho a pensión. Comprende a los hijos varones hasta los 18 años y las hijas mujeres hasta los 21 años. Fotocopia del último recibo de sueldo del titular. Si los hijos estuvieran en I.O.M.A. a cargo de la madre, se deberán adjuntar certificados de nacimiento de los mismos para verificar el vínculo con el afiliado titular. Afiliaciones especiales Hijo estudiante Es para todos los hijos de los afiliados, que cumplidos los 18 años de edad el varón y 21 años en la mujer continúen con sus estudios, sean éstos secundarios, terciarios o universitarios y se reconocerán hasta tanto lo haga el I.O.M.A. Fotocopia del carnet del I.O.M.A. actualizado del titular e hijo. Fotocopia del último recibo de sueldo del titular. Nota de solicitud firmada por el afiliado. Certificado de estudio o de alumno Es para todos los hijos discapacitados de los afiliados mayores de 18 años en los varones y 21 en las mujeres. La afiliación se mantendrá por el mismo período que lo haga el I.O.M.A. Fotocopia del carnet del I.O.M.A. actualizado del titular e hijo. Fotocopia del último recibo de sueldo del titular. Nota del afiliado solicitando la incorporación de su hijo como discapacitado. Fotocopia de la partida de nacimiento del hijo o certificado de revista con hijo a cargo. Fotocopia del certificado de discapacidad (Junta Médica) emanada de Organismo Oficial. Si el mismo fuese de larga data deberá acompañarse de un certificado médico actualizado, o revalidar Junta Médica. Menor a cargo Es para todos los menores de 16 años que se pág. 10 pág. 11

7 AFILIADOS AFILIADOS encuentran bajo la Guarda Judicial de un afiliado a este coseguro. La cobertura se mantendrá hasta cumplidos los 16 años de edad. Si a partir de esa fecha el menor continuara estudiando se ampliará la cobertura por el tiempo que lo haga el I.O.M.A, presentando certificado de estudios, debiéndose efectuar la petición dentro de los sesenta (60) días hábiles posteriores a que el menor haya cumplido los 16 años. En caso de discapacidad dentro de los 60 días hábiles posteriores a cumplir los 16 años, se deberá presentar Certificado de Discapacidad (Junta Médica) para la continuidad afiliatoria. En caso de que la madre o padre del menor a incorporar fuese menor de 18 años, y no fuera reconocido por el progenitor, la afiliación se realizará sin la presentación de la Guarda Judicial, adjuntándose certificado de nacimiento del padre o madre del menor. Nota del titular solicitando la afiliación del menor. DISCAPACITADOS: certificado de discapacidad otorgado por Junta Médica (la que deberá ser rubricada por 3 (tres) profesionales médicos). Padres a cargo El afiliado titular podrá solicitar la incorporación de sus padres a este coseguro cuando se demuestre fehacientemente que se encuentran a su cargo, careciendo totalmente de recursos propios y siendo su subsistencia sostenida por el titular, y demostrar su afiliación al I.O.M.A. (la norma que rige corresponde al artículo 9º inc. d del Decreto 1237/77, modificado por el decreto 2858/84). La afiliación se mantendrá hasta tanto lo haga el I.O.M.A, operando el vencimiento el mismo día del vencimiento que figura en el credencial de dicha institución. Fotocopia del carnet de I.O.M.A. del padre o madre cuya incorporación se peticiona (a cargo del titular. recursos de los padres del afiliado y que la subsistencia es sostenida por el mismo. Afiliación voluntaria extraordinaria La Superintendencia reconoce la afiliación voluntaria extraordinaria para aquellos funcionarios policiales, en situación de retiro o jubilados, que se encuentren alcanzados por el Régimen de Incompatibilidad Laboral. Fotocopia del carnet de I.O.M.A. del presentante y del grupo familiar a cargo. Fotocopia del último recibo de sueldo donde conste el descuento del aporte voluntario realizado a Servicios Sociales. Nota solicitando la afiliación del presentante y su grupo familiar. Certificado de matrimonio y de nacimiento de los hijos que desee poner a cargo. Constancia o certificado del actual ente empleador. Poderes y autorizaciones Cobro en representación del titular Cuando el afiliado titular se encuentre físicamente imposibilitado de realizar trámites ante la Superintendencia, podrá autorizar a un tercero a actuar en su nombre. Fotocopia del último recibo de sueldo y carnet del I.O.M.A del titular. Fotocopia de la primera y segunda hoja del documento del representante. Nota interpuesta por el titular con su firma debidamente certificada (por profesional médico) solicitando la representación, haciendo constar nombre, domicilio actual y teléfono del representante. Certificado médico original, estableciendo el diagnóstico y el estado de lucidez (si el titular no puede firmar deberá constar en dicho certificado, pudiendo en ese caso firmar la nota el eventual representante). Fotocopia de la partida de nacimiento del menor. Fotocopia del carnet del I.O.M.A. del menor. Fotocopia de la Guarda Judicial o Tutela. Estudiantes: certificado de estudios. Fotocopia del último recibo de sueldo del titular. Nota del titular solicitando la afilicación. Fotocopia de la partida de nacimiento del titular. Original de la Información Sumaria Judicial tendiente a demostrar la falta de Constancia emitida por la Caja de Retiro, Jubilaciones y Pensiones de la Policía de la Provincia de Buenos Aires o del Instituto de Previsión Social, donde se le informó que se encuentra alcanzado por el Régimen de Incompatibilidad Laboral. Importante Esta representación deberá ser renovada anualmente con certificado médico actualizado o con certificado de supervivencia y último recibo de sueldo del titular. pág. 12 pág. 13

8 AFILIADOS AFILIADOS Representación de hijos menores para esposa separada La representación de esposas separadas se podrá efectuar para ella y para sus hijos menores con la autorización escrita del titular. En caso que existiera sentencia judicial por alimentos, la solicitud de representación podrá ser efectuada por la ex-esposa. Si la cuota de alimentos se corresponde para la ex esposa y para sus hijos, la representación se efectuará para todos los mencionados en la misma, o en su defecto, si los alimentos fuesen exclusivamente para los hijos, se otorgará la representación a su madre, pero ésta no podrá hacer uso de los beneficios sociales para sí. Fotocopia de los carnet del I.O.M.A. del titular y de quienes se requiere el trámite. Fotocopia del documento de la representante. Nota firmada por el afiliado titular o ex esposa, según cual fuere el caso, solicitando dicho beneficio. Fotocopia de la partida de nacimiento de los hijos. Certificado de Revista con haberes y familiares a cargo, expedido por Fiscalización y Asignaciones del Ministerio de Seguridad, Caja de Policía. Sentencia y último recibo de cuota alimentaria. Autorizaciones semestrales Es una autorización que otorga el afiliado titular a favor de un tercero (mayor de 18 años) para que en su nombre realice trámites ante este coseguro. Fotocopia del carnet del I.O.M.A. Fotocopia del documento del titular. Fotocopia del documento del representante. Fotocopia del último recibo de sueldo. La autorización tendrá una validez de seis (6) meses a partir de la fecha en que fue efectuada, pudiendo renovarse a su vencimiento. Si el titular se encontrara detenido, en disponibilidad o con jubilación o pensión en trámite, el certificado se extenderá mensualmente. Poderes ante Escribano Los poderes especiales ante escribanos deberán mencionar indefectiblemente que se podrán gestionar y percibir trámites ante este coseguro, tanto para prestadores como para representantes del afiliado titular. Para los poderes generales ante escribano no es necesaria esta aclaración. Fotocopia del carnet de I.O.M.A. del titular. Fotocopia del documento del titular y del o los representantes. Fotocopia último recibo de sueldo. Fotocopia del Poder ante Escribano. Curatela Se extiende dicha representación por insanía del titular y el curador es designado por el juez competente. Fotocopia del carnet de I.O.M.A. del titular. Fotocopia del documento del titular y del curador. Fotocopia último recibo de sueldo. Fotocopia legalizada de la curatela. Tutores La representación de pensionados menores de edad será ejercida por un tutor natural o designado judicialmente, hasta cumplir los mismos la mayoría de edad o de por vida en caso de ser discapacitado. Fotocopia del carnet del I.O.M.A. del titular. Fotocopia último recibo de sueldo. Fotocopia del Certificado de Nacimiento del menor Pensionado o Tutela otorgada Judicialmente. pág. 14 pág. 15

9 guía de prestaciones 2014 Prestaciones médico - asistenciales pág. 16

10 Prestaciones médico-asistenciales Siendo el I.O.M.A. la obra social principal, se debe en todos los casos solicitar reconocimiento previo ante dicho instituto y posteriormente concurrir a este coseguro. Requisitos que deben presentarse para todo tipo de trámite Se deberá presentar: Carnet del I.O.M.A. del beneficiario. Fotocopia del documento del titular. Último recibo de sueldo, para los trámites de vía de excepción. En el caso de reintegro por discapacidad, es tratado por vía de excepción y se deberá adjuntar Certificado de Discapacidad, para obtener cobertura al 100 % de la discapacidad que conste en el certificado. En caso de fallecimiento del afiliado titular Ante el deceso del afiliado titular, ninguna autorización emitida con anterioridad por este coseguro será válido, y cualquier trámite de reintegro referente a los distintos beneficios que hubiera usufructuado en vida el titular (exceptuando los subsidios por fallecimiento) deberá ser presentado por vía de excepción adjuntando: Nota solicitando el pago del beneficio a nombre del solicitante. Fotocopia del Certificado de defunción del titular. Fotocopia del Certificado de matrimonio o nacimiento para corroborar vínculo. Fotocopia del documento del solicitante. Cómo tramitar los reintegros y/o coberturas Para iniciar cualquier tipo de trámite deberá acercarse a la dependencia de la Superintendencia de Servicios Sociales más próxima a Importante Las facturaciones formales presentadas por los afiliados deberán corresponder a prestaciones efectuadas en el mes correspondiente a su emisión o al mes inmediato anterior (Resol /06). su domicilio. Para ver el listado de todas las dependencias de la Superintendencia consulte en la página 68. Los trámites podrán ser presentados por el afiliado o por un tercero, pero sólo podrá cobrar el titular o una persona autorizada mediante poder emitido por la Sección Afiliaciones. El representante deberá presentar su documento. Tipo de trámites Trámites ordinarios Los trámites ordinarios son de aprobación inmediata, y se reconocen montos preestablecidos de acuerdo a la práctica. Los afiliados que presenten el trámite en la Sede Central de La Plata, podrán cobrarlos en el día en la tesorería de dicha dependencia, cuando el monto no exceda los $ Si el monto a cobrar excede este importe o si el afiliado ha presentado el trámite en alguna otra dependencia de la Superintendencia, deberá dirigirse a cualquier sucursal del Banco de la Provincia de Buenos Aires. En este caso, el pago estará disponible para el cobro en el banco durante 60 días. Vencido este plazo y de no haber percibido el cobro, el afiliado deberá realizar el reclamo en la dependencia donde presentó el trámite. Ejemplo de estos tipos de trámites son los anteojos, accesorios ortopédicos o bonos de prácticas. Trámite por vía de excepción Los trámites por vía de excepción son evaluados por el Consejo Ejecutivo de la Superintendencia, quienes deciden la aprobación o no del beneficio. Luego el afiliado será debidamente notificado de la resolución del Consejo Ejecutivo en la misma dependencia donde presentó el trámite. Una vez que se cuente con la conformidad del afiliado, se procederá a emitir el pago correspondiente el cual será efectivo en la tesorería de la Sede Central para los afiliados de La Plata y alrededores y cuando el monto del pago no exceda los $ Para el resto de los casos el afiliado deberá dirigirse a cualquier sucursal del Banco de la Provincia de Buenos Aires luego de haberse notificado de lo resuelto por la superintendencia. En este caso, el pago estará disponible para el cobro en el banco durante 60 días. Vencido este plazo y de no haber percibido el cobro, el afiliado deberá realizar el reclamo en la dependencia donde presentó el trámite. Para los trámites por vía de excepción que otorgan la cobertura de algún beneficio en un periodo de tiempo, no será necesaria la evaluación del Consejo Ejecutivo para los trámites de dicho beneficio subsiguientes en el periodo de tiempo de la cobertura aprobada. Es decir, que a partir de la presentación pág. 18 pág. 19

11 del segundo trámite del beneficio otorgado, el mismo será tramitado como si fuera un trámite ordinario y podrá cobrase en el día para los afiliados de la Sede Central. Ejemplo de estos tipos de trámites son psicoterapia, reconocimientos de intervenciones quirúrgicas y cualquier otro beneficio que no se encuentre nomenclado por la Superintendencia. Accesorios varios Aerocámara Se reconocen $200 por única vez. Quedan exceptuados los broncodilatadores en aerosol que incluyan aerocámara y tiene reconocimiento del I.O.M.A. REQUISITO Almohadilla térmica Se reconocen $250, una cada 5 años. REQUISITO Glucómetro Se reconocen $200 por única vez. REQUISITO Nebulizador Se reconocen $600, uno cada 5 años. REQUISITO Tiras reactivas y lancetas Se reconoce el monto no cubierto por I.O.M.A. REQUISITO Autorización del I.O.M.A. correspondiente al mes de la compra. Fotocopia del anverso y reverso de la receta autorizada por el médico del I.O.M.A. Al momento de fotocopiarla deberá contar con el/los troquel/es adjunto/s. Análisis clínicos Bonos bioquímicos Los bonos bioquímicos se entregan sin cargo a los afilados en cualquier dependencia de la Superintendencia. Presentando la orden médica y el bono bioquímico en el laboratorio, el afiliado no debe abonar ningún importe extra. PARA RETIRAR LOS BONOS BIOQUÍ- MICOS: Orden médica indicando las prácticas a realizar. Si no se retira el bono bioquímico con anterioridad y el afiliado paga en ellaboratorio los aranceles del bono, se podrá solicitar el reintegro del 100% del mismo. PARA SOLICITAR EL REINTEGRO DE LOS BONOS BIOQUÍMICOS: Fotocopia de la orden médica indicando las prácticas a realizar. Bono original entregado por el laboratorio con nombre del beneficiario y sello y firma del laboratorio. Análisis no reconocidos por I.O.M.A. Para las prácticas bioquímicas que I.O.M.A. no reconoce, el afiliado podrá solicitar el reintegro de las mismas. Se reconocen $150 por transacción. Fotocopia de orden médica indicando las prácticas a realizar. Negativa emitida por el laboratorio de la solicitud a F.A.B.A - I.O.M.A. vía internet. Factura conforme normas A.F.I.P. especificando las prácticas efectuadas. Audiología Audífono Se reconoce el mismo monto que I.O.M.A. En caso de solicitar el pago al prestador se requiere la autorización del área de Auditoría Médica. Fotocopia de toda la documentación presentada ante el I.O.M.A. (orden médica, historia clínica, presupuesto o factura, etc) certificadas como fiel a su original. Copia de orden de provisión o de liquidación del I.O.M.A. certificada como fiel a su original. pág. 20 pág. 21

12 original en el caso que se facture el monto no autorizado por I.O.M.A. Calibración de implante coclear Se reconocen $200 cada 6 meses. Requiere la autorización del área de Auditoría Médica. Fotocopia de toda la documentación presentada ante el I.O.M.A. (orden médica, historia clínica, presupuesto, etc) certificadas como fiel a su original. Orden médica con diagnóstico indicando la limpieza y/o lubricación. Negativa de cobertura del I.O.M.A. Factura conforme normas A.F.I.P. o presupuesto. Moldes siliconados para audífonos Se reconocen hasta $110 por cada unidad. Requiere la autorización del área de Auditoría Médica. Reparación de moldes otoamplifonos Se reconocen hasta $200. Requiere la autorización del área de Auditoría Médica. Orden médica con diagnostico indicando la reparación. Negativa de cobertura del I.O.M.A. Factura conforme normas A.F.I.P. o presupuesto. EN EL INTERIOR DE LA PROVINCIA: Fotocopia de la orden médica. Fotocopia del bono con firma y sello originales. PLAN SER Y PLAN MAMI: Fotocopia de la chequera con firma y sello originales. Negativa de cobertura del I.O.M.A. Bonos de prácticas médicas Bonos de consulta Kit anticerum Se reconocen hasta $30 por mes. Requiere la autorización del área de Auditoría Médica. Negativa de cobertura del I.O.M.A. Factura conforme normas A.F.I.P. o presupuesto. Pilas para audífonos Se reconocen hasta $60 por mes. Requiere la autorización del área de Auditoría Médica. Se reconoce el 100% del monto de los bonos de prácticas médicas. EN LA PLATA: Bono original firmado y sellado por el médico que efectuó la práctica. Paciente oncológico Se reconocen hasta $500 por mes. Bono original firmado y sellado por el profesional con código oncológico o diagnóstico. Negativa de cobertura del I.O.M.A. EN BERISSO Y ENSENADA: Limpieza y lubricación de audífonos Se reconoce hasta $140, hasta 2 veces por año. Requiere la autorización del área de Auditoría Médica. Orden médica con diagnostico indicando cantidad mensual de pilas. Negativa de cobertura del I.O.M.A. Factura conforme normas A.F.I.P. o presupuesto. Fotocopia de la orden médica. Fotocopia del bono con firma y sello originales. Troquel original del bono firmado y sellado por el médico que efectuó la práctica e indicando su categoría ante el I.O.M.A. Celíacos La Superintendencia reconoce $200 en alimento para celíacos sujeto a autorización del Consejo Ejecutivo. pág. 22 pág. 23

13 Resumen de historia clínica. Negativa de cobertura del I.O.M.A. Factura conforme normas A.F.I.P. o presupuesto. Discapacitados Bonos de consulta Se reconoce hasta 4 bonos por mes. Fotocopia del certificado de discapacidad. Bono original firmado y sellado por el profesional. Equinoterapia y musicoterapia Fotocopia del certificado de discapacidad. Estudios complementarios. Escuela común La escuela común para afiliados discapacitados debe presentarse por vía de excepción. Se reconocen $500 por mes. Resumen de historia clínica. Fotocopia del certificado de discapacidad. Certificado de alumno regular. Factura original por la diferencia no cubierta por el I.O.M.A. Gimnasia correctiva Se reconoce hasta $150 por mes. El reconocimiento del tratamiento de rehabilitación con gimnasia correctiva requiere autorización del Consejo Ejecutivo. Orden médica con diagnostico y cantidad de sesiones a efectuar. Resumen de historia clínica. Negativa de cobertura del I.O.M.A. Negativa de cobertura del I.O.M.A. Factura conforme normas A.F.I.P. o presupuesto. Hogares y centros de día El reconocimiento de hogares y centros de día debe presentarse por vía de excepción. Fotocopia de toda la documentación presentada ante el I.O.M.A. (orden médica, historia clínica, presupuesto, etc) certificadas como fiel a su original. Copia de orden de provisión o de liquidación del I.O.M.A. certificada como fiel a su original. Se reconoce hasta $300 por mes, hasta 12 meses continuos o alternados. Debe presentarse por vía de excepción. Orden médica con diagnostico y cantidad de sesiones a efectuar. Resumen de historia clínica. Negativa de la solicitud ante el I.O.M.A. por vía de excepción. Certificado de concurrencia a establecimiento asistencial. Escuela especial Se reconoce el monto no cubierto por I.O.M.A. según valores consignados categoría C del nomenclador nacional. Fotocopia de toda la documentación presentada ante el I.O.M.A. (orden médica, historia clínica, presupuesto, etc) certificadas como fiel a su original. Copia de orden de provisión o de liquidación del I.O.M.A. certificada como fiel a su original. Factura conforme normas A.F.I.P. o presupuesto. Hidroterapia Se reconoce hasta $150 por mes. El reconocimiento del tratamiento de rehabilitación con hidroterapia requiere autorización del Consejo Ejecutivo. Resumen de historia clínica. Orden médica con diagnostico y cantidad de sesiones a efectuar. Factura original por la diferencia o copia de la factura certificada por el total abonado. Honorarios médicos Se reconocen hasta $500 por mes, hasta 2 consultas. Fotocopia del certificado de discapacidad Factura o ticket conforme normas AFIP pág. 24 pág. 25

14 Matrícula escuela especial La matrícula de escuela espacial para afiliados discapacitados debe presentarse por vía de excepción. Resumen de historia clínica. Fotocopia del certificado de discapacidad. Certificado de alumno regular. Transporte escolar El reconocimiento del transporte escolar para discapacitados requiere autorización del Consejo Ejecutivo. Resumen de historia clínica. Negativa de cobertura del I.O.M.A. Fotocopia autenticada del certificado de discapacidad expedido por hospital público. Certificado de concurrencia a establecimiento asistencial. Factura o presupuesto de la agencia de remisse o transporte especificando kilometraje recorrido, valor por km, valor total del viaje por día o mensual e indicando desde y hasta dónde se realiza el traslado. Traslados Los traslados de discapacitados a centros especiales requieren autorización del Consejo Ejecutivo. En caso de tener cobertura de I.O.M.A., se reconocerá hasta el mismo monto que I.O.M.A. En caso de no tener cobertura de I.O.M.A., el monto a reconocer será determinado por el Consejo Ejecutivo. CUANDO TENGA COBERTURA DE I.O.M.A. ADEMÁS SE DEBERÁ PRESENTAR: Fotocopia de toda la documentación presentada ante el I.O.M.A. (orden médica, historia clínica, presupuesto, etc) certificadas como fiel a su original. Copia de orden de provisión o de liquidación del i.o.m.a. certificada como fiel a su original. Cuando no tenga cobertura de I.O.M.A. además se deberá presentar: Certificado de alumno regular. Enfermería Auxiliar de enfermería domiciliaria permanente Debe presentarse por vía de excepción. Se reconoce hasta $750 por mes. Historia clínica completa y actualizada especificando la necesidad de atención de enfermería, y el tiempo de duración de dicha asistencia en horas diarias y periodicidad. Negativa de cobertura del I.O.M.A. Copia del título de enfermero con certificación actualizada ante Escribano Público, Registro Público de Comercio o ante organismo que extendió el título de profesional con número de matrícula correspondiente. Factura conforme normas A.F.I.P. o presupuesto. Cambio de sondas y sueros Se reconoce hasta $70 cada uno, hasta 4 por mes. Orden médica con diagnóstico y detalle de prestaciones indicadas y periodicidad. Curaciones Se reconoce hasta $20 cada una, hasta 10 por mes. Orden médica con diagnóstico y detalle de prestaciones indicadas y periodicidad. Enemas Se reconoce hasta $50 cada uno, hasta 4 por mes. Orden médica con diagnóstico y detalle de prestaciones indicadas y periodicidad. Enfermería domiciliaria permanente Debe presentarse por vía de excepción. Se pág. 26 pág. 27

15 reconoce hasta $1.500 por mes. Historia clínica completa y actualizada especificando la necesidad de atención de enfermería, y el tiempo de duración de dicha asistencia en horas diarias y periodicidad. Negativa de cobertura del I.O.M.A. Copia del título de enfermero con certificación actualizada ante Escribano Público, Registro Público de Comercio o ante organismo que extendió el título de profesional con número de matrícula correspondiente. Inyecciones Se reconoce hasta $20 cada una, hasta 30 por año. Orden médica con diagnóstico y detalle de prestaciones indicadas y periodicidad. Higiene, confort y cambio de bolsas colectoras Se reconoce hasta $70 cada uno, hasta 4 por mes. Orden médica con diagnóstico y detalle de prestaciones indicadas y periodicidad. Nebulizaciones Se reconoce hasta $20 cada una, hasta 30 por año. Orden médica con diagnóstico y detalle de prestaciones indicadas y periodicidad. Toma de presión Se reconoce hasta $20 cada una, hasta 10 por mes. Orden médica con diagnóstico y detalle de prestaciones indicadas y periodicidad. Estudios Ecografías Para las ecografías con cobertura de I.O.M.A., se reconoce el total del monto del bono de práctica. Para las ecografías sin cobertura de I.O.M.A., se reconocen $120 cada una hasta dos por año. Constancia de no reconocimiento por parte del I.O.M.A. Estudios sin cobertura de I.O.M.A. El reconocimiento de estudios sin cobertura de I.O.M.A. requiere autorización del Consejo Ejecutivo. Historia clínica con diagnóstico en el que prescriba los estudios a realizarse. Negativa de cobertura del I.O.M.A. Resultados de los estudios. Fonoaudiología Audiometría y logoaudiometría Se reconocen $25 para mayores de 12 años; y $30 para menores de 12 años. En el caso de la logoaudiometría se reconocen $25 sin distinción de edad. Fotocopia de orden médica con diagnóstico. Talón del bono con firma y sello originales. Fonoaudiología Se reconocen $40 por bono fonoaudiológico. Fotocopia de orden médica con diagnóstico. Talón del bono original con datos completos. Fotocopia de planilla de asistencia. Si el profesional no se encuentra adherido al I.O.M.A., se reconocen 10 sesiones al mes a $80 cada una, y será necesaria la autorización al área de Auditoría Médica. Orden médica con diagnostico y cantidad de sesiones a efectuar Negativa de cobertura del I.O.M.A. pág. 28 pág. 29

16 Factura conforme normas A.F.I.P. o presupuesto. originales. Patologías oncológicas del I.O.M.A. en donde conste período autorizado y cantidad de sesiones autorizadas y monto por cada una. Impedanciometría y timpanometría Se reconocen $30 por cada uno. Fotocopia de orden médica con diagnóstico. Talón del bono con firma y sello originales. Pruebas supraliminares Se reconocen $15 por cada uno. Talón del bono con firma y sello originales. Selección de audífono (otoamplífono) Se reconocen $47 por cada uno. Talón del bono con firma y sello originales. Otoemisiones acústicas Se reconocen $50 por cada una. Talón del bono con firma y sello originales. Webermetría Se reconocen $15 por cada uno. Talón del bono con firma y sello originales. Honorarios médicos Anestesista Se reconoce hasta el mismo monto de I.O.M.A. Fotocopia de toda la documentación presentada ante el I.O.M.A. (orden médica, historia clínica, presupuesto, etc) certificadas como fiel a su original. Protocolo quirúrgico. Fotocopia de resolución y liquidación del directorio del I.O.M.A. o círculo médico, con fecha de resolución de dicho instituto. certificadas como copia fieles a sus Se reconoce hasta $500 por mes. con diagnóstico o código oncológico O.M.S. Profesional no adherido al I.O.M.A. Se reconocen hasta $200 por consulta, hasta dos por mes. Si el profesional posee domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se reconocen $200 por consulta, hasta dos por mes. Constancia que el profesional o prestador no se encuentra adherido al I.O.M.A. firmada por el afiliado. Psiquiatría con cobertura del I.O.M.A. Se reconoce hasta el mismo monto de I.O.M.A. Fotocopia de toda la documentación presentada ante el I.O.M.A. (orden médica, historia clínica, presupuesto o factura, etc.) certificadas como fiel del original. Fotocopia de la resolución y liquidación Psiquiatría sin cobertura del I.O.M.A. El reconocimiento de psiquiatría sin cobertura del I.O.M.A. requiere autorización del Consejo Ejecutivo. Historia clínica con diagnóstico y tiempo estimado del tratamiento, con fecha de inicio, descripción del cuadro clínico, sintomatología detallando frecuencia. Negativa del I.O.M.A. Planilla de asistencia diaria con firma y sello del profesional y paciente. Factura original según normas de la A.F.I.P. Geriatría El reconocimiento de internación geriátrica requiere la Disposición de la Dirección de Prestaciones. Se reconocen $2.500 por mes. La Superintendencia promueve una mayor transparencia en la tramitación de las prestaciones usufructuadas por los afiliados y con el objetivo que los mismos reciban un servicio de calidad acorde a las necesidades del paciente, en lugares que se encuentren pág. 30 pág. 31

17 debidamente habilitados y con los profesionales específicos a la problemática de salud. Historia Clínica completa y actualizada con diagnostico, especificando la necesidad de internación geriátrica. Nota tipo en la que se solicita beneficio, firmada por afiliado titular, o el apoderado; quedando excluido el prestador como solicitante, aún cuando tuviere poder para el cobro en representación. Constancia firmada por el Director Médico del geriátrico, donde certifique fecha de ingreso del paciente. Cartilla de prestaciones donde especifique en forma detallada los servicios y profesionales del geriátrico. Copia con certificación actualizada ante Escribano Público, Registro Público de Comercio, Juez de Paz o ante el organismo que expidió la habilitación municipal. Constancia de habilitación SISAPRO. Copia con certificación actualizada ante Escribano Público, Registro Público de Comercio, Juez de Paz o ante Organismo que expidió la habilitación del ministerio de salud. NOTA: En caso de renovación en el mismo geriátrico no se solicitará los últimos tres puntos. Kinesiología Bono kinesiológico Se reconocen $62 por bono kinesiológico de 10 sesiones, y $31 por bono kinesiológico de 5 sesiones. Focotcopia de orden médica con diagnóstico. Fotocopia del bono con firma y sello originales. Kinesiología en consultorio con cobertura del I.O.M.A. Para el caso que el profesional no atienda a través del sistema de bonos kinesiológicos, se reconoce hasta el mismo monto que I.O.M.A. Fotocopia de toda la documentación presentada ante el I.O.M.A. (orden médica, historia clínica, presupuesto o factura, etc.) certificadas como fiel del original. Fotocopia de la resolución y liquidación del I.O.M.A. en donde conste período autorizado y cantidad de sesiones autorizadas y monto por cada una. Kinesiología en consultorio sin cobertura del I.O.M.A. Se reconocen $50 por sesión, hasta 10 sesiones por mes. Orden médica con diagnostico y cantidad de sesiones a efectuar. Constancia que el profesional o prestador no se encuentra adherido al I.O.M.A. Laserterapia y magnetoterapia Se reconocen $50 por sesión hasta 10 sesiones por año. Orden médica con diagnostico y cantidad de sesiones a efectuar. Constancia de no reconocimiento por parte del I.O.M.A. Material descartable Bolsas colectoras Se reconoce el porcentaje no cubierto por I.O.M.A., hasta igual monto siempre que no supere el 50%. Fotocopia de la orden médica con diagnóstico Autorización del I.O.M.A. correspondiente al mes de la compra. Material descartable en práctica ambulatoria Se reconocen $100 por cada práctica. Orden médica indicando las prácticas a realizar. Detalle de descartables con precio unitario. Pañales Cuando los pañales cuenten con cobertura del I.O.M.A. y sean necesarios más pañales diarios a los autorizados por I.O.M.A., la Superintendencia reconoce hasta dos pañales más por día, a $5 cada uno. Cuando el afiliado no exceda la cantidad de pág. 32 pág. 33

18 pañales autorizados por el I.O.M.A., pero solicite el reconocimiento de un mayor importe y/o calidad de los mismos, será necesaria la autorización del Consejo Ejecutivo. Historia clínica con diagnóstico e indicación de la cantidad mensual de los pañales. Autorización del I.O.M.A con cantidad de pañales autorizados. Factura conforme normas A.F.I.P. indicando cantidad de pañales y precio unitario. En casos de solicitar el reconocimiento de mayor cobertura deberá presentar Órden médica con diagnóstico y cantidad de pañales diarios. Autorización del I.O.M.A con cantidad de pañales autorizados. Sustancia de contraste Se reconoce el 50% del monto abonado. Orden médica con diagnóstico indicando el estudio y la sustancia de contraste. Medicamentos De uso normatizado para I.O.M.A. Para los medicamentos de uso normatizado para I.O.M.A. (son medicamentos con autorización de excepción de Auditoría Médica I.O.M.A., por ejemplo) se reconoce el porcentaje no cubierto por I.O.M.A., hasta igual monto siempre que no supere el 50%. Fotocopia de la autorización de cobertura otorgada por el I.O.M.A., correspondiente al mes de la compra. Fotocopia del anverso y reverso de la receta (prescripción médica) autorizada por médico del I.O.M.A. Al momento de fotocopiarla deberá contar con el/los troquele/s adjunto/s. Para tratamientos prolongados sin cobertura del I.O.M.A. El reconocimiento de medicamentos indicados para tratamientos prolongados sin cobertura del I.O.M.A. requiere autorización del área de Auditoría Médica. Quedan exceptuados los medicamentos de venta libre y los que han sufrido descuento por bono solidario y/u otra mutual. Historia clínica actualizada especificando nombre del medicamento, dosis diaria y duración del tratamiento (o sea: de por vida o la especificación en meses). Negativa de la solicitud ante el I.O.M.A. por vía de excepción. La facturación o ticket (conforme normas A.F.I.P.) deberá contar con el/los troquele/s adjunto/s; o presupuesto si aún no se ha comprado. En caso de solicitar la renovación del reconocimiento por parte de la Superintendencia, no debe presentar nuevamente la Negativa de la solicitud ante el I.O.M.A. por vía de excepción. Para heridos en servicio Para heridos en servicio que hayan sufrido lesiones con anterioridad a la fecha de iniciación de intervención de la A.R.T. se reconoce el 100% del gasto. Este trámite requiere la autorización del Consejo Ejecutivo de la Superintendencia, y previo cumplimiento de lo solicitado en Medicamentos: Tratamientos prolongados sin cobertura del I.O.M.A.. Odontología Bonos odontológicos Se reconocen el importe total del bono odontológico, por beneficiario, hasta dos bonos por mes siempre que sean de distinto profesional. Talón original del bono firmado y sellado por el profesional. Bonos de prótesis a mayores de 60 años de edad Se reconoce el importe total del bono en concepto de fichado, del bono en concepto de prótesis removible parciales o completas, superior y/o inferior. Talón original del bono firmado y sellado por el profesional. Implantes El reconocimiento de implantes odontológicos deberá presentarse por vía de excepción. Se reconoce el 50% del gasto, hasta la suma de $1.000 para la primera etapa quirúrgica. Para la segunda etapa protética, se reconoce el mismo porcentaje que el cubierto por I.O.M.A., o el 50% del gasto hasta la pág. 34 pág. 35

19 suma de $900. Historia clínica. Reconocimiento o denegatoria de cobertura por parte del I.O.M.A. Presupuesto del tratamiento discriminando la etapa quirúrgica y protésica. Radiografía panorámica preoperatoria y posoperatoria. Ficha odontológica. Factura o ticket conforme normas de la A.F.I.P. Ortodoncia Se reconocen $2.000 por única vez. Cuando no haya cobertura de I.O.M.A., el trámite será inmediato. Si hay cobertura de I.O.M.A., se reconocerá el mismo porcentaje que I.O.M.A. SIN COBERTURA DE I.O.M.A.: Historia clínica del ortodoncista donde conste el diagnóstico, tratamiento a realizar y duración aproximada del mismo. Presupuesto por el costo total del tratamiento. Ficha odontológica. Factura o ticket conforme normas de la A.F.I.P. CON COBERTURA DE I.O.M.A.: Fotocopia de toda la documentación presentada ante I.O.M.A. (historia clínica, presupuesto, etc.) certificadas como fiel a su original por el mismo. Fotocopia de resolución y liquidación del I.O.M.A., con fecha de resolución de dicho instituto. certificadas como copia fieles a sus originales. Placa de bruxismo Se reconocen el mismo monto que I.O.M.A. Fotocopia de toda la documentación presentada en el I.O.M.A. certificadas como copia fieles a su original por el mismo. Liquidación o resolución del I.O.M.A. con fecha de pago al beneficiario. En caso de I.O.M.A. denegar el tramite por vía de excepción se deberá adjuntar toda la documentación original. Prótesis y otras prácticas no contempladas en el nomenclador del I.O.M.A. El reconocimiento de próstesis u otras prácticas odontológicas no contempladas en el nomenclador del I.O.M.A. deberán presentarse por vía de excepción. Previamente deberá solicitarse su reconocimiento también por vía de excepción en I.O.M.A. Fotocopia de toda la documentación presentada ante I.O.M.A. (historia clínica, presupuesto, recibo de pago, etc.) certificadas como fiel a su original. Fotocopia de resolución y liquidación del I.O.M.A., con fecha de resolución de dicho instituto. Certificadas como copia fieles a sus originales. En caso de I.O.M.A. denegar el tratamiento por vía de excepción se deberá adjuntar toda la documentación original. Reintegro de copago (diferenciado de práctica odontológicas) Para el caso de las prácticas odontológicas donde el afiliado debe abonar un arancel de copago, se reconoce el 50% del monto abonado. Ficha odontológica. Recibo formal de pago donde se especifique la práctica realizada. Rx odontológicas (telerradiografía, radiografía panorámica, estudio cefalométrico) Se reconocen hasta $120 por cada una. Orden odontológica con diagnóstico. Factura o ticket conforme normas de la A.F.I.P. Óptica Anteojos cubierto por I.O.M.A. Se reconoce hasta la misma suma cubierta por el I.O.M.A. Fotocopia de toda la documentación presentada ante el I.O.M.A. (orden médica, historia clínica, presupuesto, etc) certificadas como fiel a su original. Copia de orden de provisión o de liquidación del I.O.M.A. certificada como fiel a su original. Anteojos o lentes de contacto no cubiertos por I.O.M.A. Para los anteojos no cubiertos por I.O.M.A. podrá solicitarse la provisión de los mismos, o podrá abonarlos el afiliado y luego solicitar el reintegro del mismo. Se reconocen dos pares al año, hasta $2.000 en total. pág. 36 pág. 37

20 Para la provisión de los mismos. REINTEGRO Presupuesto con el detalle del anteojo a realizar y monto. Orden médica con diagnóstico indicando corrección a realizar. En caso de reintegro de la compra. PROVISIÓN Orden médica con diagnóstico indicando corrección a realizar. para el reintegro. Cirugía con excimer láser de ojos Se reconoce hasta $3.000 por cada uno. Requiere la autorización del área de Auditoría Médica. Negativa de cobertura del I.O.M.A. Estudios prequirúrgicos que justifiquen dicha intervención. Protocolo quirúrgico. Factura conforme normas A.F.I.P. especificando las prácticas efectuadas. Lentes de contacto cubiertos por I.O.M.A. Se reconoce el porcentaje no cubierto por el I.O.M.A., siempre que éste reconozca el 50% o más. Fotocopia de toda la documentación presentada ante el I.O.M.A. (orden médica, historia clínica, presupuesto, etc) certificadas como fiel a su original. Copia de orden de provisión o de liquidación del I.O.M.A. certificada como fiel a su original. Lentes de contacto no cubiertos por I.O.M.A. Para los lentes de contacto no cubiertos por I.O.M.A. podrá solicitarse la provisión de los mismos, o podrá abonarlos el afiliado y luego solicitar el reintegro del dinero. Se reconocen un par por año de hasta $500. Orden médica con diagnóstico indicando corrección a realizar. para el reintegro. Lentes de contacto descartables Para los lentes de contacto no cubiertos por I.O.M.A. podrá solicitarse la provisión de los mismos, o podrá abonarlos el afiliado y luego solicitar el reintegro del dinero. Se reconocen un par por año de hasta $400. Orden médica con diagnóstico indicando corrección a realizar. para el reintegro. Ortopedia Almohadón de siliconas (alquiler) Se reconocen hasta $150 por mes. Orden médica con diagnóstico indicando tiempo de uso. Andador (alquiler) Se reconocen hasta $100 por mes hasta 3 meses por única vez. Orden médica con diagnóstico indicando tiempo de uso. indicando el período de alquiler. Bastón canadiense (alquiler) Se reconocen hasta $100 por mes. Orden médica con diagnóstico indicando tiempo de uso. indicando el período de alquiler. Bota Walker Se reconocen hasta $150 por mes para el alquiler, y hasta $650 para la compra, 1 vez cada 5 años. Orden médica con diagnóstico indicando tiempo de uso. Negativa de cobertura del I.O.M.A. Calzado ortopédico Se reconocen hasta $700 cada par hasta dos pares por año. Orden médica con diagnóstico indicando pág. 38 pág. 39

21 corrección a realizar. indicando el período de alquiler. Se reconocen hasta $200 de la compra, por año. por año. Cama ortopédica (alquiler) Collar (compra) Se reconocen hasta $300 por mes. Se reconocen hasta $150 de la compra, por año. : Medias elásticas Orden médica con diagnóstico indicando tiempo de uso. indicando el período de alquiler. Codera, muñequera, talonera, tobillera, rodillera, cabestrillo (compra) Corset ballenado (compra) Se reconocen hasta $300 de la compra, por año. Faja elástica (compra) Se reconocen hasta $200 de la compra, por año. Se reconocen hasta $200 cada una, hasta dos pares por año. Se reconocen $200 por año por la compra de cada tipo de accesorio. Férula (compra) Muletas (alquiler) Se reconocen hasta $100 por mes. Orden médica con diagnóstico indicando tiempo de uso. Colchón de agua o de aire (alquiler) Se reconocen hasta $150 por mes. Orden médica con diagnóstico indicando tiempo de uso. Elevador de inodoro (alquiler) Se reconocen hasta $150 por mes. Orden médica con diagnóstico indicando tiempo de uso. indicando el período de alquiler. Espaldera (compra) Se reconocen hasta $70 de la compra, por año. Orden médica con diagnóstico indicando tiempo de uso. Inmovilizador de hombro o de rodilla (compra) Se reconocen hasta $200 de la compra, Orden médica con diagnóstico indicando tiempo de uso. indicando período facturado. Plantillas Se reconocen hasta $300 por par, dos pares por año. Orden médica con diagnóstico indicando pág. 40 pág. 41

22 corrección a realizar. Ponchito abductor o arnés de Paulik (compra) Se reconocen hasta $100 de la compra, por año. Orden médica con diagnóstico indicando corrección a realizar. Separador de dedos (compra) Se reconocen hasta $200 de la compra, por año. Silla de ruedas (alquiler) Se reconocen $250 por mes hasta 3 meses. Orden médica con diagnóstico indicando tiempo de uso. indicando el período de alquiler. Trípode (alquiler) Se reconocen hasta $100 por mes. Orden médica con diagnóstico indicando tiempo de uso. indicando el período de alquiler. Psicoterapia Psicología con profesional adherido al I.O.M.A. Se reconocen $80 por las 4 primeras sesiones. Siguientes entrevistas $35. 1º prórroga $45, 2º prórroga $55. Psicología sin cobertura del I.O.M.A. El reconocimiento de las sesiones de psicoterapia con denegatoria del I.O.M.A., requiere autorización del área de Auditoría Médica. Para mayores a 12 años se reconocen $80 por sesión hasta 4 sesiones por mes durante 1 año. Transcurrido un año de cobertura, siguientes 6 meses 4 sesiones por mes a $30 cada una. Para menores a 12 años se reconocen $80 por sesión hasta 8 sesiones por mes durante 2 años. Resumen de historia clínica del profesional interviniente con fecha de inicio, descripción del cuadro clínico, sintomatología, detallando frecuencia y tiempo aproximado de tratamiento. Diagnostico de acuerdo al D.S.M. IV. Constancia de no reconocimiento por parte del I.O.M.A. Derivación médica. Psicoterapia con médico psiquiatra El reconocimiento de las sesiones de psicoterapia con médico psiquiatra, requiere autorización del área de Auditoría Médica. Resumen de historia clínica del profesional interviniente con fecha de inicio, descripción del cuadro clínico, sintomatología, detallando frecuencia y tiempo aproximado de tratamiento. Diagnostico de acuerdo al D.S.M. IV. Constancia de no reconocimiento por parte del I.O.M.A. Psicopedagogía con cobertura del I.O.M.A. Se reconocen el mismo monto que I.O.M.A. Fotocopia de toda la documentación presentada ante el I.O.M.A. (orden médica, historia clínica, presupuesto, etc) certificadas como fiel a su original. Fotocopia de resolución y liquidación del directorio del I.O.M.A., certificadas como copia fieles a sus originales. Psicopedagogía sin cobertura del I.O.M.A. Para menores a 12 años se reconocen $60 pág. 42 pág. 43

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