DEFENSORÍA DEL PUEBLO

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "DEFENSORÍA DEL PUEBLO"

Transcripción

1 DEFENSORÍA DEL PUEBLO Resolución Defensorial No. Indebida exploración y explotación de oro Diciembre 18 de 2001 VISTOS Los informes Defensoriales No. 3 Exploración y Explotación de oro de Aluvión en la Amazonía Colombiana y el informe seguimiento a las explotaciones auríferas, de abril 23 y diciembre 10 de 2001, respectivamente, los cuales hacen parte integrante de la presente resolución. CONSIDERANDO: 1. Que en la década de los ochentas en los departamentos de Vaupés, sector de Taraira, y de Guainía se dio una bonanza aurífera en la que intervinieron mineros brasileños y peruanos. Que las obras de explotación eran ilegales, razón por la cual las autoridades colombianas ordenaron suspenderlas y se expulsaron a los mineros brasileños que participaban en dichas actividades. 2. Que posteriormente, en el Departamento de Guainía, el Ministerio de Minas y Energía delimitó zonas mineras indígenas en territorios de los resguardos de curripacos y de puinaves, y en el resguardo indígena de las comunidades de Zamuro, Chorrobocón, Cerro Nariz y Remanso, localizadas en el municipio de Puerto Inírida (San Felipe). 3. Que en virtud de lo anterior, la autoridad minera otorgó quince (15) permisos de exploración y explotación, nueve (9) de los cuales se cancelaron en junio de 2001 por no cumplir con los requerimientos señalados en las resoluciones que otorgaron los mencionados permisos. 4. Que el 8 de agosto del año en curso, el Departamento Administrativo de Seguridad DAS, conjuntamente con el Batallón Fluvial IM No. 80, previa verificación de la ausencia de licencia ambiental y de permisos de trabajo para los mineros brasileros, procedió a decomisar las embarcaciones, insumos y repuestos, y a la retención de algunos extranjeros. 5. Que como se señala en los citados informes defensoriales, en los departamentos de Caquetá y Putumayo, durante los años 1998 a 2000, se realizaron actividades de explotación ilegal de oro de aluvión por parte de brasileños y colombianos, provenientes de los

2 2 departamentos de Amazonas (La Pedrera, Tarapacá) y de Vaupés (Taraira). 6. Que la autoridad minera, mediante la Resolución del 4 de agosto de 2000 ordenó la suspensión de las actividades mineras irregulares en el Putumayo. 7. Que tanto los mineros como las embarcaciones se trasladaron por el río Caquetá al Departamento del Amazonas, región en la que se encuentran localizadas tres (3) dragas y aproximadamente veintiséis (26) balsas que extraen oro de aluvión de manera ilegal e irregular en el río Caquetá en la zona del medio Caquetá, entre Puerto Santander- Araracuara y La Pedrera. 8. Que, al igual que en los casos mencionados anteriormente, la explotación minera es realizada con la participación de personas de nacionalidad brasileña sin contar con los permisos de ingreso, estadía y trabajo que exige la legislación colombiana. 9. Que algunas embarcaciones que no han podido ingresar al Departamento del Amazonas, se han trasladado a Vaupés, Guainía y Vichada para ejercer actividades de aprovechamiento minero sin el cumplimiento de las disposiciones legales. Esto pese a que en esos departamentos, están localizados territorios indígenas legalmente reconocidos y zonas del Sistema Nacional de Áreas Protegidas - SINAP. 10. Que los trabajos de extracción de oro se adelantan en territorios étnicos sin que se haya surtido la consulta previa que ordena el Convenio 169 sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes adoptado por la OIT en 1989, y el Convenio de Diversidad Biológica, documentos incorporados en la legislación por medio de la Ley 164 de 1994 y la Ley 21 de 1991, respectivamente. 11. Que, como ya se indicó algunas de estas explotaciones, se han realizado o se llevan a cabo en zonas del SINAP, tales como los Parques Nacionales Naturales Cahuinarí y Chiribiquete y la Reserva Nacional Natural Puinawai, en detrimento de los objetivos de conservación y preservación para los cuales fueron creadas, en los términos del Código de Recursos Naturales y de la Ley 99 de Que, como se ha señalado, las actividades mineras en los mencionados departamentos no cuentan con la licencia ambiental expedida por la corporación autónoma regional competente, con lo cual se desconoce la Constitución Política, Ley 99 de 1993 y su Decreto Reglamentario 1753 de Que, en la mayoría de las zonas descritas en esta resolución y en los informes defensoriales tienen asiento grupos al margen de la ley que, de hecho y de manera arbitraria, ejercen el monopolio de la fuerza y de la tributación, atribuciones que únicamente le corresponden al Estado. Tal es el caso del medio Caquetá, departamento del Amazonas, en el que hace presencia el Frente

3 3 Amazónico de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia, Ejercito Popular- FARC EP. 14. Que, salvo el caso del Departamento de Guainía, los permisos mineros expedidos por la respectiva autoridad (Ministerio de Minas y Minercol Ltda.) solamente se referían a la exploración y, por ende, únicamente a partir de la inscripción del título minero previa realización de la consulta y expedición de la licencia ambiental -, podían iniciar los trabajos auríferos. 15. Que, adicionalmente, las explotaciones se llevan a cabo de manera antitécnica en la medida en que se utiliza mercurio y cianuro, elementos que contaminan las aguas y causan daños al medio ambiente, a la salud y a los recursos naturales. 16. Que pese a que las autoridades mineras y ambientales expidieron los actos administrativos que ordenan la suspensión de las mencionadas actividades en el Amazonas y el inicio de las respectivas investigaciones, continúa la explotación aurífera ilegal en ese departamento (Resoluciones de julio 11 de 2001 y de julio 12 de 2000, de Minercol Ltda. y Resolución 1155 de noviembre 6 de 2001 de Corpoamazonía). 17. Que en la medida en que no exista suficiente coordinación interinstitucional entre las autoridades mineras, ambientales y étnicas, en los términos del artículo 209 de la Carta, se continuarán presentando casos de explotaciones ilegales y antitécnicas en el país, principalmente en ecosistemas de especial relevancia ambiental como es el caso de la Amazonía y la Orinoquía, el litoral Pacífico y la Depresión Momposina. 18. Que de la misma manera se deben establecer mecanismos de coordinación y cooperación con otras autoridades, tales como las de policía, militares, aduaneras y de transporte, así como con las autoridades territoriales. 19. Que se requiere que las autoridades antes citadas refuercen sus acciones para promover y difundir el marco legal que rige las explotaciones de los recursos naturales, con el fin de evitar que, por desconocimiento de la normatividad, se permita o tolere este tipo de actividades. 20. Que la Cancillería colombiana debe promover, en los distintos foros internacionales en los que participan representantes de los países vecinos, la discusión y análisis de las alternativas de explotación de los recursos naturales, enmarcadas dentro del principio de desarrollo sostenible, consagrado en la Cumbre de Río, así como en el respeto a la soberanía y la legislación de cada uno de los Estados. 21. Que el Gobierno nacional debe incorporar en las negociaciones de paz con los actores armados el respeto a la diversidad biológica y cultural que tutela la Carta Constitucional, en sus artículos 7 y 8, entre otros.

4 4 22. Que las prácticas de explotación de recursos naturales indicadas en los referidos informes y en la presente resolución no se ajustan a los preceptos constitucionales y legales y, por ende, vulneran los derechos de los habitantes de las regiones en que se realizan. - De una parte, las exploraciones de oro en la Amazonía y en la Orinoquía se realizan, en su mayoría, por extranjeros que ingresan ilegalmente al país, lo que implica, de un lado una violación de los tratados internacionales y, de otro, el desconocimiento de los preceptos constitucionales que consagran la soberanía nacional (artículo 9), definen los límites del territorio (artículos 101 y 102) y los derechos de los extranjeros (artículo 100). Asimismo se desconocen las disposiciones legales relativas a los requisitos para su ingreso, estadía y ejercicio de actividades en el país. - De otro lado, la Carta Política reconoce y protege la diversidad étnica, cultural y ambiental, y la autodeterminación de los pueblos (artículos 7, 8 y 9) y, en complemento de dicho mandato, la máxima norma define como características esenciales de los parques naturales, los territorios colectivos, los resguardos y los parques arqueológicos, su inembargabilidad, imprescriptibilidad e inalienabilidad (artículos 63 y 72). Las normas constitucionales reconocen los derechos de los pueblos indígenas a la lengua, a la cultura (artículo 70), a las tradiciones ancestrales (artículo 7), a gozar de una jurisdicción especial (artículo 246) y al territorio (artículo 286, 287 y 330). Particularmente, en relación con las comunidades negras, el artículo 55 transitorio de la Carta reconoció sus derechos sobre los territorios que ocupaban; norma que fue desarrollada por la Ley 70 de Igualmente, la Constitución consagra el derecho a participar en las decisiones del Estado que atañen al medio ambiente (artículo 79). Este precepto superior ha sido desarrollado en la Ley 99 de 1993, en la cual se establecen mecanismos como el derecho de intervención (artículo 69 de la Ley 99 de 1993), las audiencias públicas (artículo 72, ibídem) y el derecho de petición (artículo 74, ibídem). En el caso de los grupos étnicos, el artículo 76 de la referida ley prevé que la explotación de los recursos naturales debe realizarse sin desmedro de la integridad cultural, social y económica de los grupos étnicos. Para el efecto se contempla la consulta previa consagrada en el Convenio 169 de la OIT y en el Convenio de Biodiversidad, incorporados a la legislación colombiana mediante la Ley 21 de 1992 y la Ley 164 de 1994, respectivamente. Los preceptos constitucionales previamente mencionados, relacionados con la protección de las riquezas étnicas, culturales y ambientales y con la autodeterminación de los pueblos indígenas y su derecho a participar en las decisiones ambientales, han sido ignorados por las prácticas auríferas como se evidencia en los

5 5 informes Defensoriales de la Delegada para los Derechos Colectivos. - De otro lado, de conformidad con las normas superiores, le corresponde al Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial interés ecológico (artículo 79) y cooperar con las otras naciones en la conservación de los ecosistemas de zonas de fronteras (artículo 80). Adicionalmente, el Estado debe prevenir y controlar los factores de deterioro, imponer las sanciones y exigir la reparación de los daños causados. En cumplimiento de estos mandatos, la ley señala diferentes mecanismos, tales como las atribuciones de policía que se confieren a las autoridades ambientales y territoriales (artículo 83 de la Ley 99 de 1993) y la exigencia de licenciamiento ambiental para todos aquellos proyectos, obras o actividades que puedan ocasionar deterioro ambiental (artículo 49 y ss, ibidem). Al Estado también corresponde planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales (C.P., artículo 80), con el fin de garantizar su conservación, restauración y sustitución dentro del principio de desarrollo sostenible consagrado en la Cumbre de Río. Esta función se debe enmarcar dentro de los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, los cuales rigen la actividad administrativa. Además, las diferentes autoridades que se vean involucradas deben coordinar sus actuaciones para asegurar el cumplimiento de los fines del Estado y la primacía del interés general (C.P., art. 209). En cuanto a las competencias de los diferentes niveles territoriales, la Constitución expresa que éstas deben ejercerse conforme a los principios de coordinación, concurrencia y subsidiaridad (artículo 288). En el caso particular de las zonas fronterizas, las autoridades departamentales y municipales pueden celebrar convenios con sus homólogas para la conservación y preservación de los recursos naturales (artículo 289). Sin embargo, las anteriores normas son vulneradas por la explotación indebida e ilícita de oro en la Amazonía y la Orinoquía, el litoral Pacífico y la Depresión Momposina. De este modo, dicha actividad desconoce los preceptos constitucionales que reconocen y protegen como derechos colectivos el medio ambiente, el patrimonio cultural, los recursos naturales y la salubridad pública. 23. Que, finalmente, teniendo en cuenta los hechos y antecedentes expuestos y la competencia de la Defensoría del Pueblo, que se describe a continuación: - Es función del Defensor del Pueblo velar por el ejercicio y vigencia de los derechos humanos, de conformidad con el artículo 282 de la Constitución Política y la Ley 24 de Le corresponde al Defensor del Pueblo hacer las recomendaciones y observaciones a las autoridades y a los

6 6 particulares en caso de amenaza o violación a los derechos humanos (fundamentales; económicos, sociales y culturales, y colectivos) de acuerdo con el artículo 9, numeral 3 de la Ley 24 de Le compete al Defensor del Pueblo rendir informes periódicos sobre el resultado de sus investigaciones, denunciando públicamente el desconocimiento de los derechos humanos, según lo prescrito en el artículo 9, numeral 22 de la Ley 24 de RESUELVE 1º. REMITIR copia de esta resolución y de los citados informes a la Procuraduría General de la República y a la Fiscalía General de la Nación para que inicien las investigaciones correspondientes contra los servidores públicos involucrados en los hechos referidos en los citados informes defensoriales. 2º. SOLICITAR a la Fiscalía General de la Nación el inicio de las investigaciones correspondientes, de conformidad con lo establecido en el Código Penal, Ley 599 de 2000, particularmente en los Título XI y XIII 1, contra los miembros de las asociaciones y las personas que se relacionan a continuación: - Exploraciones Colombia Ltda., representada por Luis Fernando Ternera. - Asociación de Mineros de Yapurá, cuyo representante legal es el ingeniero Benjamín Herrera. - Asociación de Mineros de Puerto Santander, con personería jurídica No de la Cámara de Comercio de Leticia y de la cual el representante legal es el señor Eduardo Yara. - Los propietarios de las embarcaciones: Alejandra-Guaiquirá, Hernando Dussán Montes; Betty Camila, señora Beatriz Elena Córdoba; Tania I, señor Juan Carlos Almario, y Tania II, señores Carlos Motta Espósito y Alberto Criollo. - El destinatario de la suspendida licencia de Minercol, señor José Víctor Murcia. 3º. SOLICITAR a la Policía Nacional, a los Ministerios de Transporte y del Medio Ambiente, a Corpoamazonía, a la Procuraduría General de la Nación, a la Contraloría General de la República y a la Fiscalía General de la Nación informar a la Defensoría del Pueblo sobre el trámite y estado de las investigaciones en curso, así como las que se inicien como consecuencia de la presente resolución. 1 El Título XI se refiere a los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente y tipifica el ilícito aprovechamiento de los recursos naturales (a. 328), la violación de fronteras para la explotación de éstos recursos (a. 329), así como los daños en los mismos (a. 331), la contaminación ambiental (a. 332 y 333), la invasión de áreas de especial importancia ecológica (a. 337), y la explotación ilícita de yacimiento minero y otros materiales (a. 338). Por su parte, en el Título XIII se consagran los delitos contra la salud pública, entre los cuales se encuentra la contaminación de aguas (a. 361).

7 7 4º. EXHORTAR a las corporaciones autónomas ambientales para que realicen la evaluación, seguimiento y monitoreo de las explotaciones auríferas en sus áreas de jurisdicción. En el caso del Amazonas, INSTAR a Corpoamazonía a que ordene la suspensión de las explotaciones de oro que realizan los balseros y la iniciación de la apertura de los respectivos procesos en contra de la Asociación de Mineros de Puerto Santander. Igualmente, REQUERIR a esta entidad para que suspenda todas las actividades de capacitación en tecnologías dirigidas a los mineros localizados en el medio Caquetá. 9º. REQUERIR a las autoridades civiles, militares y de policía en los departamentos del Amazonas, Caquetá y Putumayo para que den aplicación a lo dispuesto en las Resoluciones de la Empresa Nacional Minera Limitada y de Corpoamazonía. De igual manera, INSTAR a las citadas autoridades en el departamento del Guainía a que realicen el seguimiento de las resoluciones de cancelación de los permisos, así como del cumplimiento de la normatividad ambiental de los permisos que continúan vigentes. 5º. REITERAR al Gobierno nacional que incorpore en los procesos de negociación que se adelanten con los grupos alzados en armas el respeto, protección, conservación y preservación del medio ambiente y de los recursos naturales y, particularmente, de los ecosistemas estratégicos por su biodiversidad, multiculturalidad y, en algunos casos, además, por su localización en zonas de frontera - tales como la depresión Momposina, la Amazonía, la Orinoquía, el litoral Pacífico -. Lo anterior, en consideración a que, como se indica en los informes defensoriales, las explotaciones ilegales de recursos naturales, se localizan en diferentes zonas del país y en varias de ellas tienen asiento grupos insurgentes. 6º. SOLICITAR al Ministerio del Interior, en coordinación con las autoridades ambientales, mineras, militares y de policía, expedir los actos administrativos correspondientes para reconocer a las autoridades étnicas - en las zonas del país en las cuales existen resguardos, reservas o territorios colectivos legalmente constituidos -, la competencia ambiental para ejercer funciones de control, vigilancia e imposición de sanciones, en contra de aquellos que desconocen la legislación colombiana en materia de explotación de recursos naturales. 7º. EXHORTAR a las autoridades gubernamentales a reforzar las medidas de vigilancia, control y seguimiento que eviten la extracción ilegal de recursos de especial importancia para el presupuesto del Estado y para la vida de las comunidades directamente afectadas por las obras mineras, especialmente en los casos que se indican en los informes defensoriales y en la presente resolución. 8º. INSTAR a los Ministerios de Minas y Energía, Interior y Medio Ambiente, a las corporaciones autónomas regionales, a los consulados de Colombia y a Minercol Ltda., a que se coordinen entre sí y compartan información, antes de otorgar los permisos, licencias o autorizaciones que establece la Ley para explotar recursos naturales.

8 8 9º. EXHORTAR al Ministerio del Interior y al del Medio Ambiente, así como a las entidades que integran el Sistema Nacional Ambiental, SINA, a que, conjuntamente con el Ministerio de Relaciones Exteriores, promuevan actividades de divulgación de la legislación ambiental y étnica en las que participen las autoridades civiles, militares y de policía de las zonas fronterizas 10º. INSTAR al Ministerio de Relaciones Exteriores a que, en los escenarios subregionales, tales como el Tratado de Cooperación Amazónico y las reuniones de los Ministros de Relaciones Exteriores, del Consejo de Cooperación Amazónica y de las Comisiones Especiales, se discutan temas relacionados con la explotación de los recursos naturales y se adopten decisiones dirigidas a respetar la soberanía y la legislación de cada uno de los países miembros, particularmente, en lo que se refiere al uso sostenible de la biodiversidad y a la autonomía, consolidación y fortalecimiento de las comunidades étnicas. En este sentido, REITERAR, nuevamente, a ese Ministerio la conveniencia de convocar a la tercera reunión del Grupo Binacional Colombo-Brasilero, en la que se sugiere convenir entre los dos países mecanismos de cooperación binacional en materia de control y vigilancia de actividades ilícitas. Por último, RECOMENDAR a la Cancillería promover programas de cooperación para la conservación de los recursos naturales en zonas fronterizas, entre las autoridades territoriales colombianas y sus homólogos en los países vecinos, en desarrollo del artículo 289 de la Constitución. 10º. REMITIR, para lo de su competencia, copia de la presente resolución y del informe del 10 de diciembre a las siguientes entidades Oficina del Alto Comisionado para la Paz; Ministerios de Transporte, Minas y Energía, Interior, Salud, Medio Ambiente y Defensa; Gobernadores de Putumayo, Caquetá y Amazonas, Direcciones de la Policía Nacional, de la Aeronáutica Civil, de Impuestos y Aduanas, de Corpoamazonía, de Minercol Ltda y de la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales, así como a las autoridades étnicas. 11º. REMITIR copia de la presente resolución y de los informes relacionados a la Dirección Nacional de Quejas y las Defensorías de Amazonas, Caquetá, Vaupés, Vichada, Guainía y Putumayo de la Defensoría del Pueblo para su respectivo seguimiento, y para que los comuniquen a las autoridades civiles, militares y de policía de esos departamentos. 12º. SOLICITAR a las Defensorías antes referidas, divulgar la presente resolución y los informes defensoriales mencionados a través de distintos medios. En el caso del Amazonas, efectuar la difusión a través de la Emisora Ondas del Amazonas, con el fin de que sean conocidos por las autoridades regionales y locales y los miembros de los territorios indígenas. 13º. ENCARGAR a la Defensoría Delegada para los Derechos Colectivos y del Ambiente, conjuntamente con las Defensorías Regionales y Seccionales respectivas, del seguimiento de las recomendaciones de la presente resolución.

9 9 14º. INCLUIR los informes defensoriales citados y la presente resolución, así como los resultados de su cumplimiento en el informe anual, que habrá de presentar el Defensor del Pueblo al Congreso de la República. EDUARDO CIFUENTES MUÑOZ Defensor del Pueblo

Intervención. S.E. Embajador Miguel Camilo Ruiz Representante Permanente Alterno de Colombia ante las Naciones Unidas

Intervención. S.E. Embajador Miguel Camilo Ruiz Representante Permanente Alterno de Colombia ante las Naciones Unidas COLOMBIA Intervención S.E. Embajador Miguel Camilo Ruiz Representante Permanente Alterno de Colombia ante las Naciones Unidas XIII SESION DEL FORO PERMANENTE DE ASUNTOS INDIGENAS NACIONES UNIDAS 7 al 23

Más detalles

DECRETO 424 DE 2005 DECRETO 424 DE 2005. (Noviembre 18) EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. CONSIDERANDO

DECRETO 424 DE 2005 DECRETO 424 DE 2005. (Noviembre 18) EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. CONSIDERANDO (Noviembre 18) «Por medio del cual se adopta un esquema para la coordinación interinstitucional y de participación en las acciones para adelantar el proceso de implementación de la infraestructura de la

Más detalles

MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE

MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE REPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE RESOLUCION N 0584 (Junio 26 de 2002) Por la cual se declaran las especies silvestres que se encuentran amenazadas en el territorio nacional y se adoptan

Más detalles

Director de línea: Gloria Amparo Rodríguez (enlace CvLac) http://201.234.78.173:8081/cvlac/visualizador/generarcurriculocv.do?

Director de línea: Gloria Amparo Rodríguez (enlace CvLac) http://201.234.78.173:8081/cvlac/visualizador/generarcurriculocv.do? NOMBRE DE LA LÍNEA: Derecho Ambiental Director de línea: Gloria Amparo Rodríguez (enlace CvLac) http://201.234.78.173:8081/cvlac/visualizador/generarcurriculocv.do?cod_rh=0000640182 1. ANTECEDENTES DE

Más detalles

República de Colombia DECRETO NÚMERO ( )

República de Colombia DECRETO NÚMERO ( ) República de Colombia MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA DECRETO NÚMERO ( ) Por el cual se adiciona y modifica el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía, 1073 de 2015, respecto

Más detalles

Derecho a la autonomía de los grupos étnicos

Derecho a la autonomía de los grupos étnicos Derecho a la autonomía de los grupos étnicos Boletín N 2 Bogotá, Febrero de 2014 Delegada para indígenas y minorías étnicas El derecho a la autonomía es entendido como la facultad de los grupos étnicos

Más detalles

ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN MATERIA DE ADUANAS ARTÍCULO 1. Definiciones

ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN MATERIA DE ADUANAS ARTÍCULO 1. Definiciones ANEXO V ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN MATERIA DE ADUANAS ARTÍCULO 1 Definiciones Para los efectos del presente Anexo: «autoridad requerida» significa toda autoridad administrativa designada para este

Más detalles

ARTÍCULO 104.- Son facultades y obligaciones del Contralor Municipal:

ARTÍCULO 104.- Son facultades y obligaciones del Contralor Municipal: DE LEY ARTÍCULO 101.- La Contraloría Municipal es la dependencia encargada del control interno, vigilancia, fiscalización, supervisión y evaluación de los elementos de la cuenta pública, para que la gestión

Más detalles

COLEGIO COLOMBIANO DE PSICÓLOGOS Concepto Jurídico

COLEGIO COLOMBIANO DE PSICÓLOGOS Concepto Jurídico 1 Bogotá D.C., 20 de Octubre de 2009 COLEGIO COLOMBIANO DE PSICÓLOGOS Concepto Jurídico El Colegio Colombiano de Psicólogos es una entidad gremial, de derecho privado, sin ánimo de lucro, con personería

Más detalles

DECRETO 2691 DE 23 DE DICIEMBRE DE 2014 MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA

DECRETO 2691 DE 23 DE DICIEMBRE DE 2014 MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA DECRETO 2691 DE 23 DE DICIEMBRE DE 2014 MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA Por el cual se reglamenta el artículo 37 de la Ley 685 de 2001 y se definen los mecanismos para acordar con las autoridades territoriales

Más detalles

MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE 1:" :~::~I~~' f~ J~ {:~.:~~: ~~~ t;i'i- ~~~~~~~~:~~; -

Más detalles

SECCIÓN 1. OBJETIVOS Y ÁMBITO DE APLICACIÓN.

SECCIÓN 1. OBJETIVOS Y ÁMBITO DE APLICACIÓN. SECCIÓN 1. OBJETIVOS Y ÁMBITO DE APLICACIÓN. ARTÍCULO 2.2.1.2.1.1. OBJETO. El presente Capítulo desarrolla el Código Nacional de los Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente en materia

Más detalles

Ley Publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato, número 206, Tercera Parte, de fecha 27 de Diciembre de 2011.

Ley Publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato, número 206, Tercera Parte, de fecha 27 de Diciembre de 2011. TEXTO ORIGINAL Ley Publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato, número 206, Tercera Parte, de fecha 27 de Diciembre de 2011. AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO DE LA NACIÓN.-

Más detalles

Compañeros diputados:

Compañeros diputados: Compañeros diputados: El suscrito en mi carácter de diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 27 fracción primera y 112 de la

Más detalles

Política Nacional en Discapacidad 2011-2021 (PONADIS)

Política Nacional en Discapacidad 2011-2021 (PONADIS) Decreto Ejecutivo : 36524 del 07/04/2011 Política Nacional en Discapacidad 2011-2021 (PONADIS) Ente emisor: Fecha de vigencia desde: Poder Ejecutivo 10/06/2011 Versión de la norma: 1 de 1 del 07/04/2011

Más detalles

Lineamientos de política para la atención educativa a la población de frontera

Lineamientos de política para la atención educativa a la población de frontera Lineamientos de política para la atención educativa a la población de frontera Quienes habitan las zonas de frontera constituyen una franja poblacional diversa con una particularidad que influye directamente

Más detalles

DIARIO OFICIAL NÚMERO 41476 viernes 5 de agosto de 1994 DECRETO NUMERO 1743 DE 1994. (agosto 3)

DIARIO OFICIAL NÚMERO 41476 viernes 5 de agosto de 1994 DECRETO NUMERO 1743 DE 1994. (agosto 3) DIARIO OFICIAL NÚMERO 41476 viernes 5 de agosto de 1994 DECRETO NUMERO 1743 DE 1994 (agosto 3) por el cual se instituye el Proyecto de Educación Ambiental para todos los niveles de educación formal, se

Más detalles

Declaración final. Encuentro Desminado humanitario, procesos de paz y territorio. Bogotá, 28 y 29 de enero de 2016

Declaración final. Encuentro Desminado humanitario, procesos de paz y territorio. Bogotá, 28 y 29 de enero de 2016 Declaración final Encuentro Desminado humanitario, procesos de paz y territorio Bogotá, 28 y 29 de enero de 2016 En el centro del proceso de desminado humanitario debe estar el territorio, entendido como

Más detalles

Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados

Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados Los Estados Partes en el presente Protocolo, Alentados por el inmenso apoyo

Más detalles

(marzo 15) Diario Oficial No. 48.754 de 7 de abril de 2013 ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN

(marzo 15) Diario Oficial No. 48.754 de 7 de abril de 2013 ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN ACUERDO 4 DE 2013 (marzo 15) Diario Oficial No. 48.754 de 7 de abril de 2013 ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN Por el cual se reglamentan parcialmente los Decretos 2578 y 2609 de 2012 y se modifica el procedimiento

Más detalles

AMERIS CAPITAL ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL MERCADO

AMERIS CAPITAL ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL MERCADO AMERIS CAPITAL ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL MERCADO 1 I. ASPECTOS GENERALES 1. Objeto. Ameris Capital Administradora General de Fondos S.A. (en

Más detalles

DISTRITO CAPITAL MUNICIPIO LIBERTADOR CONSEJO COMUNAL BLOQUE 37 "F" EJECUCIÓN DEL PROYECTO IMPERMEABILIZACIÓN DE LAS AZOTEAS Y REVESTIMIENTO DE LOS

DISTRITO CAPITAL MUNICIPIO LIBERTADOR CONSEJO COMUNAL BLOQUE 37 F EJECUCIÓN DEL PROYECTO IMPERMEABILIZACIÓN DE LAS AZOTEAS Y REVESTIMIENTO DE LOS DISTRITO CAPITAL MUNICIPIO LIBERTADOR CONSEJO COMUNAL BLOQUE 37 "F" EJECUCIÓN DEL PROYECTO IMPERMEABILIZACIÓN DE LAS AZOTEAS Y REVESTIMIENTO DE LOS TANQUES DE LOS BLOQUES DE LA ZONA "F" DEL 23 DE ENERO

Más detalles

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA la etapa de admisibilidad de las propuestas. CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA SE PUEDE INVALIDAR UN CONCURSO PÚBLICO POR LA OMISIÓN DE DOCUMENTOS EXIGIDOS EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS, EN LA ETAPA DE

Más detalles

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL RESOLUCIÓN NÚMERO (218) 12 de febrero de 2007 Por la cual se modifica la resolución No. 0193 del 21 de febrero de 2003, y

Más detalles

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY MINISTERIO DE JUSTICIA 3B'11- DECRETO N

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY MINISTERIO DE JUSTICIA 3B'11- DECRETO N DECRETO N 3B'11- Asunción, J 3 de CU> O 5~) de 2015 VISTO: La presentación realizada por la Secretaría Nacional por. los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad (SENADIS), mediante la cual solicita

Más detalles

DECRETO No. 1494 DE JUNIO 3 DE 2003 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

DECRETO No. 1494 DE JUNIO 3 DE 2003 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, DECRETO No. 1494 DE JUNIO 3 DE 2003 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial la conferida en el artículo 31 de la Ley 685 de 2001,

Más detalles

El Congreso de la República de Colombia DECRETA:

El Congreso de la República de Colombia DECRETA: PROYECTO DE LEY No. DE 2012 - SENADO Por medio de la cual se adoptan medidas en el Sistema General de Seguridad Social en Salud para mejorar el flujo de recursos y se dictan otras disposiciones El Congreso

Más detalles

DECRETO NÚMERO DE 2011 ( ) EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA CONSIDERANDO:

DECRETO NÚMERO DE 2011 ( ) EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA CONSIDERANDO: REPUBLICA DE COLOMBIA I DECRETO NÚMERO DE 2011 ( ) Por medio del cual se reglamenta el artículo 9 de la Ley 1421 de 2010, Por la cual se prorroga la Ley 418 de 1997, prorrogada y modificada por las Leyes

Más detalles

Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana. Capítulo I Disposiciones generales

Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana. Capítulo I Disposiciones generales Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana Artículo 1. Objeto de la normativa. Capítulo I Disposiciones generales La presente ley tiene por objeto

Más detalles

REPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL CONSEJO NACIONAL COORDINADOR DEL SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO

REPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL CONSEJO NACIONAL COORDINADOR DEL SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO REPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL CONSEJO NACIONAL COORDINADOR DEL SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO ACUERDO NUMERO 003 DE 2007 (Junio 14) Por el cual se aprueba, autoriza y se fijan criterios

Más detalles

?Posibilidad de canjear los tiques previamente expedidos por facturas.

?Posibilidad de canjear los tiques previamente expedidos por facturas. Jurisdicción: Vía administrativa Consulta vinculante. IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (LIVA/1992): Gestión: expedición de factura compresiva de varias operaciones efectuadas con anterioridad y previamente

Más detalles

Políticas de Derechos de autor

Políticas de Derechos de autor Políticas de Derechos de autor 1. Marco legal vigente sobre derechos de autor La legislación sobre derechos de autor (copyright o propiedad intelectual) ha sido elaborada con el fin de proteger y respetar

Más detalles

C l á u s u l a s Primera.- Segunda.- Tercera.- Cuarta.-

C l á u s u l a s Primera.- Segunda.- Tercera.- Cuarta.- Convenio de coordinación de acciones que celebran por una parte él C. Pablo Salazar Mendiguchía, Gobernador del Estado Libre y Soberano de Chiapas, representado en este acto por el C.P. Carlos Martínez

Más detalles

CONCEJO MUNICIPAL DE CULTURA DE PAZ DE ARIPORO CASANARE

CONCEJO MUNICIPAL DE CULTURA DE PAZ DE ARIPORO CASANARE CONCEJO MUNICIPAL DE CULTURA DE PAZ DE ARIPORO CASANARE REGLAMENTO INTERNO En el marco de la Ley 397 de 1997, artículos 60 y 61, la Ley 1185 de 2008, artículo 15 y el Acuerdo No. 013 Del 29 de Agosto del

Más detalles

VEEDURIAS DE SELECCION DE MIEMBROS DE COMISIONES CIUDADANAS

VEEDURIAS DE SELECCION DE MIEMBROS DE COMISIONES CIUDADANAS VEEDURIAS DE SELECCION DE MIEMBROS DE COMISIONES CIUDADANAS Resolución del Consejo de Participación Ciudadana 5 Registro Oficial 244 de 27-jul-2010 Estado: Vigente EL PLENO DEL CONSEJO DE PARTICIPACION

Más detalles

1. Las acciones que se construyan en conjunto buscarán aportar a la conservación en el marco de la consolidación territorial indígena.

1. Las acciones que se construyan en conjunto buscarán aportar a la conservación en el marco de la consolidación territorial indígena. GUÍA PARA LA EJECUCIÓN DEL PLAN DE TRABAJO ACORDADO ENTRE LAS ASOCIACIONES DE AUTORIDADES TRADICIONALES INDÍGENAS AATIS PANI; ACIMA y AIPEA Y PATRIMONIO NATURAL MOSAICO DE CONSERVACIÓN MEDIOY BAJO RÍO

Más detalles

ORDENACIÓN DE LAS ACTUACIONES PERÍODICAS DEL CONSEJO SOCIAL EN MATERIA ECONÓMICA

ORDENACIÓN DE LAS ACTUACIONES PERÍODICAS DEL CONSEJO SOCIAL EN MATERIA ECONÓMICA Normativa Artículo 2, 3 y 4 de la Ley 12/2002, de 18 de diciembre, de los Consejos Sociales de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid Artículo 14 y 82 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de

Más detalles

Señor: JUAN CARLOS VALENCIA Aspirante al Cargo de Director General de la CARDER

Señor: JUAN CARLOS VALENCIA Aspirante al Cargo de Director General de la CARDER Señor: JUAN CARLOS VALENCIA Aspirante al Cargo de Director General de la CARDER Con el fin de dar respuesta a la reclamación presentada ante el Comité Evaluador dentro del proceso de selección de los aspirantes

Más detalles

DECRETO NUMERO 90-2000

DECRETO NUMERO 90-2000 CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA DECRETO NUMERO 90-2000 EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Que el artículo 64 de la Constitución Política de la República de Guatemala declara de interés nacional

Más detalles

En Jerez de la Frontera, a 6 de junio de 2006 REUNIDOS

En Jerez de la Frontera, a 6 de junio de 2006 REUNIDOS CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LA FRONTERA Y EL DEFENSOR DEL PUEBLO ANDALUZ POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS BASES DE LA COOPERACIÓN Y COORDINACIÓN QUE DEBEN PRESIDIR LAS RELACIONES

Más detalles

Decreto que establece las disposiciones para el otorgamiento de los permisos de paternidad por nacimiento de hija o hijo de los servidores públicos,

Decreto que establece las disposiciones para el otorgamiento de los permisos de paternidad por nacimiento de hija o hijo de los servidores públicos, Decreto que establece las disposiciones para el otorgamiento de los permisos de paternidad por nacimiento de hija o hijo de los servidores públicos, así como de adopción para servidoras y servidores públicos

Más detalles

Oficio Nº 068174 Diciembre 30 de 2014 Dirección de impuestos y aduanas nacionales. Dirección de Gestión Jurídica Bogotá, D. C.

Oficio Nº 068174 Diciembre 30 de 2014 Dirección de impuestos y aduanas nacionales. Dirección de Gestión Jurídica Bogotá, D. C. Oficio Nº 068174 Diciembre 30 de 2014 Dirección de impuestos y aduanas nacionales Dirección de Gestión Jurídica Bogotá, D. C. 100202208-1608 Señora ADRIANA ORTIZ ROA Calle 100 N 19-54 Bogotá, D. C. Referencia:

Más detalles

MINISTERIO DE COMUNICACIONES DECRETO NUMERO 3912 DE 2004 24/11/2004

MINISTERIO DE COMUNICACIONES DECRETO NUMERO 3912 DE 2004 24/11/2004 MINISTERIO DE COMUNICACIONES DECRETO NUMERO 3912 DE 2004 24/11/2004 Por el cual se aprueba la estructura de la Sociedad Radio Televisión Nacional de Colombia, RTVC y se determinan las funciones de sus

Más detalles

REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN (REAL DECRETO 39/1997, DE 17 DE ENERO) REDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 11-10-2015

REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN (REAL DECRETO 39/1997, DE 17 DE ENERO) REDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 11-10-2015 REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN (REAL DECRETO 39/1997, DE 17 DE ENERO) REDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 11-10-2015 ( ) CAPITULO III Organización de recursos para las actividades

Más detalles

DIRECCION DE INFRAESTRUCTURA Y PARTICIPACION CIUDADANA

DIRECCION DE INFRAESTRUCTURA Y PARTICIPACION CIUDADANA DIRECCION DE INFRAESTRUCTURA Y PARTICIPACION CIUDADANA Proceso de Participación Ciudadana El objetivo es atender de acuerdo con la normatividad aplicable los derechos de petición, las quejas, consultas

Más detalles

El derecho fundamental de huelga

El derecho fundamental de huelga AUTONOMÍA SUR SCA El derecho fundamental de huelga Documento de trabajo 03. Área jurídica [Septiembre 2014] Disposiciones legales y artículos básicos sobre el derecho fundamental de huelga de la legislación

Más detalles

LEY ORGANICA DEL INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGIA E HISTORIA

LEY ORGANICA DEL INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGIA E HISTORIA LEY ORGANICA DEL INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGIA E HISTORIA TEXTO VIGENTE (Ultima reforma aplicada 23/01/1998) Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de febrero de 1939 LEY Orgánica

Más detalles

VEEDURIAS CIUDADANAS

VEEDURIAS CIUDADANAS VEEDURIAS CIUDADANAS FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL Y LEGAL ARTICULO 1, 2, 39, 40, 103, 209, 270 DE LA CONSTITUCION POLITICA LEY 134 DE 1994 Articulo 100 LEY 850 DE 2003 LEY 142 DE 1994 Qué es un Veedor Ciudadano?

Más detalles

República de Colombia. ~berkjd yorden. DEPARTAMENTO NACIONAL DE PlANEACIÓN. DECREfo,-,0932. El PRESIDENTE DE la REPÚBLICA DE COLOMBIA

República de Colombia. ~berkjd yorden. DEPARTAMENTO NACIONAL DE PlANEACIÓN. DECREfo,-,0932. El PRESIDENTE DE la REPÚBLICA DE COLOMBIA República de Colombia ~berkjd yorden DEPARTAMENTO NACIONAL DE PlANEACIÓN DECREfo,-,0932 ( 4MAY201a ) "Por el cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los Órganos Colegiados de Administración

Más detalles

DECRETO No.100.01-2013-058 (Septiembre 09 de 2013)

DECRETO No.100.01-2013-058 (Septiembre 09 de 2013) DECRETO No.100.01-2013-058 (Septiembre 09 de 2013) POR EL CUAL SE FIJA EL INCREMENTO SALARIAL DE LAS ASIGNACIONES DE LA PLANTA DE PERSONAL DE LA ADMINISTRACION CENTRAL VIGENCIA 2013 EL ALCALDE MUNICIPAL

Más detalles

NUMERO 162 EL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SONORA, EN NOMBRE DEL PUEBLO, DECRETA LA SIGUIENTE

NUMERO 162 EL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SONORA, EN NOMBRE DEL PUEBLO, DECRETA LA SIGUIENTE NUMERO 162 EL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SONORA, EN NOMBRE DEL PUEBLO, DECRETA LA SIGUIENTE LEY QUE CREA UN ORGANISMO PUBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO COMISIÓN DE ECOLOGÍA Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Más detalles

PARTICIPACIÓN CIUDADANA

PARTICIPACIÓN CIUDADANA Secretaría para Asuntos Estratégicos Secretaría Técnica de la Presidencia Política de PARTICIPACIÓN CIUDADANA en la Gestión Pública Septiembre 2013 Todos los derechos reservados. Está permitida la reproducción

Más detalles

Proyecto DIALOGANDO Panamá

Proyecto DIALOGANDO Panamá Proyecto DIALOGANDO Panamá Fortalecimiento a las capacidades para el cumplimiento de la legislación laboral y el diálogo social en la república, mediante la gestión del Ministerio de Trabajo y Desarrollo

Más detalles

República de Colombia. é;~~ ftt~~ lihertod yorden MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA

República de Colombia. é;~~ ftt~~ lihertod yorden MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA República de Colombia é;~~ ftt~~ lihertod yorden MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA DECRETO NÓME~O 2691 f 3 D~ C 1014 "Por el cual se reglamenta el artículo 37 de la Ley 685 de 2001 y se definen los mecanismos

Más detalles

Expte. DI-1084/2012-10. EXCMO. SR. CONSEJERO DE OBRAS PÚBLICAS, URBANISMO, VIVIENDA Y TRANSPORTES Edificio Pignatelli 50004 ZARAGOZA I.

Expte. DI-1084/2012-10. EXCMO. SR. CONSEJERO DE OBRAS PÚBLICAS, URBANISMO, VIVIENDA Y TRANSPORTES Edificio Pignatelli 50004 ZARAGOZA I. Expte. DI-1084/2012-10 EXCMO. SR. CONSEJERO DE OBRAS PÚBLICAS, URBANISMO, VIVIENDA Y TRANSPORTES Edificio Pignatelli 50004 ZARAGOZA I.- ANTECEDENTES PRIMERO.- Con fecha 12-06-2012 se presentó queja de

Más detalles

Adopción: Asamblea General de la ONU Resolución 53/144, 09 de diciembre de 1998

Adopción: Asamblea General de la ONU Resolución 53/144, 09 de diciembre de 1998 DECLARACIÓN SOBRE EL DERECHO Y EL DEBER DE LOS INDIVIDUOS, LOS GRUPOS Y LAS INSTITUCIONES DE PROMOVER Y PROTEGER LOS DERECHOS HUMANOS Y LAS LIBERTADES FUNDAMENTALES UNIVERSALMENTE RECONOCIDOS Adopción:

Más detalles

Ubertod y Orden CONSIDERANDO

Ubertod y Orden CONSIDERANDO r) 'V Ubertod y Orden ". '..':~ ',,;;-:,~~.,, ~., ~. :..!~~:;; f;~~~;1:~:7:lf ~É~ ~~~~ ~::.:(f~~~ ~f.~ ~~Eg~f.X~ i!; "Por el cual se adiciona y modifica el Decreto Único del Sector Administrativo Agropecuario,

Más detalles

20 de junio de 2012 Comisión Permanente Punto de Acuerdo. Presenta: Se. Tomás Torres Mercado (PVEM)

20 de junio de 2012 Comisión Permanente Punto de Acuerdo. Presenta: Se. Tomás Torres Mercado (PVEM) PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE CITA A COMPARECER AL TITULAR DE LA COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES, PARA QUE INFORME SOBRE LOS ÚLTIMOS ACONTECIMIENTOS OCURRIDOS EN EL MERCADO BURSÁTIL MEXICANO 20

Más detalles

OBJETIVO GUBERNAMENTAL DE AUDITORÍA Nº 1 AÑO 2011 PROBIDAD ADMINISTRATIVA GUÍA TÉCNICA Nº 50

OBJETIVO GUBERNAMENTAL DE AUDITORÍA Nº 1 AÑO 2011 PROBIDAD ADMINISTRATIVA GUÍA TÉCNICA Nº 50 OBJETIVO GUBERNAMENTAL DE AUDITORÍA Nº 1 AÑO 2011 PROBIDAD ADMINISTRATIVA GUÍA TÉCNICA Nº 50 MARZO 2011 TABLA DE CONTENIDOS MATERIAS PÁGINA I.- INTRODUCCIÓN 2 II.- OBJETIVOS GENERALES DEL DOCUMENTO 3 III.-

Más detalles

RESOLUCIÓN NÚMERO 207 DEL 2004 (13 FEBRERO 2004) Por la cual se reorganiza el Control Interno Disciplinario en el Instituto

RESOLUCIÓN NÚMERO 207 DEL 2004 (13 FEBRERO 2004) Por la cual se reorganiza el Control Interno Disciplinario en el Instituto RESOLUCIÓN NÚMERO 207 DEL 2004 (13 FEBRERO 2004) Por la cual se reorganiza el Control Interno Disciplinario en el Instituto EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO GEOGRÁFICO AGUSTÍN CODAZZI En uso de sus facultades

Más detalles

III. En cuanto a su contenido, el artículo 3 dispone que el Registro incorporará el número y fecha de la Apostilla, el nombre y capacidad en la que

III. En cuanto a su contenido, el artículo 3 dispone que el Registro incorporará el número y fecha de la Apostilla, el nombre y capacidad en la que Examinada su solicitud de informe, remitida a este Gabinete Jurídico, referente al Proyecto de Orden por la que se crea y regula el registro electrónico de Apostillas del Ministerio de Justicia y se regula

Más detalles

(S-4037/08) PROYECTO DE LEY

(S-4037/08) PROYECTO DE LEY Senado de la Nación Secretaría Parlamentaria Dirección General de Publicaciones (S-4037/08) PROYECTO DE LEY El Senado y Cámara de Diputados,... ARTÍCULO 1º.- Sustitúyase el artículo 1º de la ley 26.215,

Más detalles

Webinar 1: Introducción general al contexto de las salvaguardas de la CMNUCC

Webinar 1: Introducción general al contexto de las salvaguardas de la CMNUCC Salvaguardas REDD+ de la CMNUCC decisiones internacionales Las Salvaguardas REDD+ de la CMNUCC fueron acordadas por la Conferencia de las Partes de la CMNUCC en el apéndice 1 de la Decisión 1/CP.16 1 (Acuerdos

Más detalles

MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA DECRETO NÚMERO

MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA DECRETO NÚMERO República de Colombia MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA DECRETO NÚMERO DE ( ) EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las consagradas

Más detalles

A/HRC/28/15/Add.1. Asamblea General. Informe del Grupo de Trabajo sobre el. Eslovenia. Naciones Unidas

A/HRC/28/15/Add.1. Asamblea General. Informe del Grupo de Trabajo sobre el. Eslovenia. Naciones Unidas Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 4 de marzo de 2015 Español Original: inglés A/HRC/28/15/Add.1 Consejo de Derechos Humanos 28º período de sesiones Tema 6 de la agenda Examen Periódico Universal

Más detalles

PRINCIPALES ASPECTOS A DESTACAR E IDEAS PARA LA REFLEXIÓN

PRINCIPALES ASPECTOS A DESTACAR E IDEAS PARA LA REFLEXIÓN - Contexto Internacional: La OCDE y el uso de sistemas nacionales - Contexto Nacional: Colombia y los Sistemas Nacionales - Estatuto Orgánico de Presupuesto y La Ley de Presupuesto Nacional: Incorporación

Más detalles

SUPERVISOR EUROPEO DE PROTECCIÓN DE DATOS

SUPERVISOR EUROPEO DE PROTECCIÓN DE DATOS 30.11.2010 Diario Oficial de la Unión Europea C 323/1 I (Resoluciones, recomendaciones y dictámenes) DICTÁMENES SUPERVISOR EUROPEO DE PROTECCIÓN DE DATOS Dictamen del Supervisor Europeo de Protección de

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 12 de diciembre de 2009

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 12 de diciembre de 2009 Orden EHA/3364/2008, de 21 de noviembre, por la que se desarrolla el artículo 1 del Real Decreto-ley 7/2008, de 13 de octubre, de Medidas Urgentes en Materia Económico-Financiera en relación con el Plan

Más detalles

M E M. H a i t í. M e c a n i s m o de Evaluación M u l t i l a t e ra l. Evaluación del Progreso de Control de Drogas

M E M. H a i t í. M e c a n i s m o de Evaluación M u l t i l a t e ra l. Evaluación del Progreso de Control de Drogas 1 9 9 9 2 0 0 0 M e c a n i s m o de Evaluación M u l t i l a t e ra l M E M H a i t í M EM 1 9 9 9 2 0 0 0 Organización de los Estados Americanos OEA Comisión Interamericana para el Control del Abuso

Más detalles

NORMA TÉCNICA DE AUDITORÍA SOBRE CONSIDERACIONES RELATIVAS A LA AUDITORÍA DE ENTIDADES QUE EXTERIORIZAN PROCESOS DE ADMINISTRACIÓN

NORMA TÉCNICA DE AUDITORÍA SOBRE CONSIDERACIONES RELATIVAS A LA AUDITORÍA DE ENTIDADES QUE EXTERIORIZAN PROCESOS DE ADMINISTRACIÓN Resolución de 26 de marzo de 2004, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publica la Norma Técnica de Auditoría sobre consideraciones relativas a la auditoría de entidades

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 187 Sábado 2 de agosto de 2014 Sec. I. Pág. 62213 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS 8364 Real Decreto 671/2014, de 1 de agosto, de modificación del Real

Más detalles

CÓDIGO DE CONDUCTA DEL GRUPO EMPRESARIAL REDEXIS GAS

CÓDIGO DE CONDUCTA DEL GRUPO EMPRESARIAL REDEXIS GAS DEL GRUPO EMPRESARIAL REDEXIS GAS ÍNDICE PREÁMBULO... 2 TÍTULO I. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN... 3 Artículo 1.- Objeto... 3 Artículo 2.- Ámbito de aplicación... 3 TÍTULO II. NORMAS DE CONDUCTA... 4 CAPÍTULO

Más detalles

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL RESOLUCIÓN NÚMERO (2234) 13 de noviembre de 2009 EL DIRECTOR (E) DE LICENCIAS, PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES En ejercicio

Más detalles

Decreto 89/2011, de 5 abril. Aprueba los Estatutos de la Academia Aragonesa del Catalán

Decreto 89/2011, de 5 abril. Aprueba los Estatutos de la Academia Aragonesa del Catalán Decreto 89/2011, de 5 abril. Aprueba los Estatutos de la Academia Aragonesa del Catalán BO. Aragón 18 abril 2011, núm. 77/2011 [pág. 8577] El Estatuto de Autonomía de Aragón, en su artículo 71.4 atribuye

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 76 Miércoles 30 de marzo de 2011 Sec. I. Pág. 33041 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA 5714 Real Decreto 422/2011, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento sobre las

Más detalles

Trabajando con la gente

Trabajando con la gente CAPACITACIÓN ÁREA AMBIENTAL POLICÍA VICHADA MUNICIPIO DE PUERTO CARREÑO VICHADA Ing Agrónoma. NAZLY LIZETH MONROY LUCAS profesional de apoyo. Ing Ambiental. YORMAN SAID AGUILAR VEGA Director UMATA Trabajando

Más detalles

I. OPORTUNIDAD DE LA PROPUESTA. 1. Motivación:

I. OPORTUNIDAD DE LA PROPUESTA. 1. Motivación: MEMORIA DEL ANÁLISIS DE IMPACTO NORMATIVO DEL REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA EL RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTROL INTERNO EN LAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO LOCAL I. OPORTUNIDAD DE LA PROPUESTA 1. Motivación:

Más detalles

Ley de Fomento al Deporte del Estado de Tabasco

Ley de Fomento al Deporte del Estado de Tabasco LEY PARA EL FOMENTO DEL DEPORTE EN EL ESTADO DE TABASCO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Las normas de esta Ley son de orden público e interés social y tienen por objeto contribuir en la formación

Más detalles

Contenido. Alineación al Plan Estatal de Desarrollo 2011-2015. Objetivos generales. Escenario Actual. Acciones Estratégicas

Contenido. Alineación al Plan Estatal de Desarrollo 2011-2015. Objetivos generales. Escenario Actual. Acciones Estratégicas Contenido Presentación Marco Legal Alineación al Plan Estatal de Desarrollo 2011-2015 Objetivos generales Escenario Actual Perspectiva Acciones Estratégicas Seguimiento y Evaluación del Programa 2 6 7

Más detalles

Foro Nacional de Armonización Legislativa Bibliotecaria

Foro Nacional de Armonización Legislativa Bibliotecaria Foro Nacional de Armonización Legislativa Bibliotecaria Propuesta de Reformas al Marco Jurídico de las Bibliotecas en México presentada por la Dirección General de Bibliotecas del Consejo Nacional para

Más detalles

Pues bien, el tenor de la norma citada, especialmente a la luz de lo que señala su exposición de motivos parece indicar que la inscripción queda

Pues bien, el tenor de la norma citada, especialmente a la luz de lo que señala su exposición de motivos parece indicar que la inscripción queda Examinada su solicitud de informe, remitida a este Gabinete Jurídico, referente al Proyecto de Real Decreto por el que se desarrolla la Ley de Mediación en asuntos civiles y mercantiles en materia de formación,

Más detalles

40. Recomendación No. 156 sobre el Medio Ambiente de Trabajo (Contaminación del Aire, Ruido y Vibraciones)

40. Recomendación No. 156 sobre el Medio Ambiente de Trabajo (Contaminación del Aire, Ruido y Vibraciones) 40. Recomendación No. 156 sobre el Medio Ambiente de Trabajo (Contaminación del Aire, Ruido y Vibraciones) Clase de Instrumento: Resolución de la Conferencia General de la Organización Internacional del

Más detalles

LINEAMIENTOS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO NACIONAL DE LA CRUZADA CONTRA EL HAMBRE.

LINEAMIENTOS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO NACIONAL DE LA CRUZADA CONTRA EL HAMBRE. LINEAMIENTOS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO NACIONAL DE LA CRUZADA CONTRA EL HAMBRE. México, DF, a 22 de febrero de 2013. Con fecha 22 de enero de 2013, el Presidente de los Estados Unidos

Más detalles

IMPERATIVOS PARA LA CONDUCTA ÉTICA DEL SERVIDOR PÚBLICO QUE INTERVIENE EN LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DEL ESTADO

IMPERATIVOS PARA LA CONDUCTA ÉTICA DEL SERVIDOR PÚBLICO QUE INTERVIENE EN LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DEL ESTADO ANEXO IMPERATIVOS PARA LA CONDUCTA ÉTICA DEL SERVIDOR PÚBLICO QUE INTERVIENE EN LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DEL ESTADO CAPÍTULO PRIMERO ASPECTOS GENERALES ARTÍCULO 1º (DEFINICIÓN) El presente

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DE LA SECRETARIA DE LA FUNCIÓN PUBLICA. CAPÍTULO IX

REGLAMENTO INTERNO DE LA SECRETARIA DE LA FUNCIÓN PUBLICA. CAPÍTULO IX REGLAMENTO INTERNO DE LA SECRETARIA DE LA FUNCIÓN PUBLICA. CAPÍTULO IX De los Delegados, Comisarios Públicos, Titulares de los Órganos Internos de Control, de sus respectivas Áreas de Responsabilidades,

Más detalles

SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN, SOPORTE, MANTENIMIENTO, ACTUALIZACIÓN, LICENCIAMIENTO, SERVICIOS PROFESIONALES Y

SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN, SOPORTE, MANTENIMIENTO, ACTUALIZACIÓN, LICENCIAMIENTO, SERVICIOS PROFESIONALES Y 1-5 CAPITULO I ASPECTOS GENERALES DE LA INVITACION DIRECTA El objeto del presente proceso de contratación directa es: INVITACION DIRECTA 06-08 Este proceso de contratación directa se estableció de acuerdo

Más detalles

5. Anuncios 5.2. Otros anuncios oficiales

5. Anuncios 5.2. Otros anuncios oficiales 6 de mayo 2014 Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Núm. 85 página 367 5. Anuncios 5.2. Otros anuncios oficiales Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio Anuncio de 7 de abril de 2014,

Más detalles

Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, en Liquidación RESOLUCION NUMERO 3083 DE 2005.

Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, en Liquidación RESOLUCION NUMERO 3083 DE 2005. Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, en Liquidación RESOLUCION NUMERO 3083 DE 2005 (julio 6) por medio de la cual se establece el procedimiento para la transferencia

Más detalles

Diario Oficial 47.586. (enero 8) por medio de la cual reglamenta la actividad de reforestación comercial. DECRETA:

Diario Oficial 47.586. (enero 8) por medio de la cual reglamenta la actividad de reforestación comercial. DECRETA: Diario Oficial 47.586 (enero 8) por medio de la cual reglamenta la actividad de reforestación comercial. DECRETA: º. Objeto de la ley. La presente ley tiene por objeto definir y reglamentar las plantaciones

Más detalles

REGLAMENTO DE CAPACITACIÓN PARA FISCALES Y FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO PÚBLICO

REGLAMENTO DE CAPACITACIÓN PARA FISCALES Y FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO PÚBLICO REGLAMENTO DE CAPACITACIÓN PARA FISCALES Y FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO PÚBLICO TITULO I... 2 DE LAS DISPOSICIONES GENERALES... 2 TITULO II... 4 DE LA ORGANIZACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA CAPACITACIÓN... 4 TITULO

Más detalles

ORGANIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE SALUD OCUPACIONAL

ORGANIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE SALUD OCUPACIONAL ORGANIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE SALUD OCUPACIONAL El 14 de marzo de 1.984 el Gobierno Nacional expidió el Decreto 614, con el cual se determinaron las bases para la organización y administración de la

Más detalles

(mayo 15) Diario Oficial No. 49.517 de 20 de mayo de 2015 MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

(mayo 15) Diario Oficial No. 49.517 de 20 de mayo de 2015 MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL RESOLUCIÓN 1619 DE 2015 (mayo 15) Diario Oficial No. 49.517 de 20 de mayo de 2015 MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL Por la cual se establece el Sistema de Gestión de la Red Nacional de Laboratorios

Más detalles

Reseñas. de desarrollo social. 6. Transparencia en el presupuesto asignado a los programas estatales

Reseñas. de desarrollo social. 6. Transparencia en el presupuesto asignado a los programas estatales Reseñas Diagnóstico del avance en monitoreo y evaluación en las entidades federativas 2011(2012), México, D. F., Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL), 268 pp. 117

Más detalles

LAS ALTAS PARTES CONTRATANTES

LAS ALTAS PARTES CONTRATANTES PROTOCOLO PARA LA CONSERVACIÓN Y ADMINISTRACION DE LAS ÁREAS MARINAS Y COSTERAS PROTEGIDAS DEL PACÍFICO SUDESTE Paipa, Colombia, 21 de septiembre de 1989 LAS ALTAS PARTES CONTRATANTES Reconociendo la necesidad

Más detalles

Por medio de la cual se dicta el reglamento que ordena el Acuerdo 036 de 1999.

Por medio de la cual se dicta el reglamento que ordena el Acuerdo 036 de 1999. RESOLUCIÓN 1644 DE 2000 (Diciembre 29) Por medio de la cual se dicta el reglamento que ordena el Acuerdo 036 de 1999. EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE BOGOTÁ, D.C. en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias

Más detalles

73 (28 73. XXIII... XXIV.

73 (28 73. XXIII... XXIV. Nota sobre Implicaciones a considerar por los Gobiernos Locales derivadas del DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos

Más detalles

PROYECTO DE LEY NUMERO DE 2015 SENADO

PROYECTO DE LEY NUMERO DE 2015 SENADO PROYECTO DE LEY NUMERO DE 2015 SENADO Por la cual se establece como obligatorio de concepto previo para la instalación, puesta en operación y cobro de multas con los mecanismos de foto multas y otros medio

Más detalles

Programa para un Gobierno Cercano y Moderno

Programa para un Gobierno Cercano y Moderno Programa para un Gobierno Cercano y Moderno Guía anual de acciones de participación ciudadana 2014 0 Contenido Pág. 1. Introducción 2 2. Alineación 3 3. Objetivos 4 4. Términos y abreviaciones 4 5. Cobertura

Más detalles

Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 6432ª sesión, celebrada el 29 de noviembre de 2010

Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 6432ª sesión, celebrada el 29 de noviembre de 2010 Naciones Unidas S/RES/1952 (2010) Consejo de Seguridad Distr. general 29 de noviembre de 2010 Resolución 1952 (2010) Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 6432ª sesión, celebrada el 29 de noviembre

Más detalles