ACTA NO.001 CONSTITUCIÓN VEEDURIAS CIUDADANAS MUNICIPIO DE TUTA
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- Laura Maestre Carrasco
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1 ACTA NO.001 CONSTITUCIÓN VEEDURIAS CIUDADANAS MUNICIPIO DE TUTA En el Municipio de Tuta, a los veintiún (21) días del mes de Agosto del año dos mil ocho (2008), siendo las 2:00 de la tarde, nos reunimos en el salón de la UMATA Municipal, el Dr. JUAN CARLOS SANCHEZ SANCHEZ, Personero Municipal y las personas que aparecen relacionadas con sus respectivas firmas en la planilla de asistencia que se anexa a la presente, con el fin de nombrar las VEEDURIAS, CIUDADANAS del Municipio de Tuta, en : SALUD, SISBEN Y PLAN SALUD TERRITORIAL, EDUCACIÓN-CULTURA Y DEPORTE, GESTIÓN PUBLICA, PLAN DE DESARROLLO, ADMINISTRACIÓN Y ASUNTOS SOCIALES, OBRAS PUBLICAS, CONTRATACIÓN Y SERVICIOS PUBLICOS, MEDIO AMBIENTE, COMITÉ PLANEACIÓN, TRANSFERENCIAS Y AGROPECUARIO, mediante la invitación extensiva a todas las Veedurías y a los miembros de las Juntas de Acción Comunal y demás personas de las veredas que quieran participar activamente en las VEEDURIAS, que se realizó a través de oficios enviados personalmente, medio radial y avisos de cartelera. Una vez allí reunidos en las instalaciones de la UMATA Municipal, el Dr. JUAN CARLOS SANCHEZ SANCHEZ, en calidad de Personero Municipal, preside la reunión ofreciendo un saludo de bienvenida a todos los asistentes y les informa que el objeto de la presente reunión es el de nombrar las VEEDURIAS CIUDADANAS, aprobando la Asamblea General el siguiente orden del día: 1. Palabras del Personero Municipal 2. Verificación de asistencia 3. Designación de los veedores ciudadanos 4. intervención de los asistentes a la reunión 5. Clausura DESARROLLO 1. PALABRAS DEL SEÑOR PERSONERO MUNICIPAL : El Dr. JUAN CARLOS SANCHEZ SANCHEZ, Personero Municipal toma la palabra, explicando a los asistentes el motivo de la reunión y procede a dar una exposición respecto a qué son las VEEDURIAS, la importancia de conformarlas en nuestro Municipio, como constituir las veedurías ciudadanas, requisitos para ser veedor, impedimentos para ser veedor, las prohibiciones que hay para las veedurías, la importancia de la participación comunitaria en las veedurías, los deberes de los veedores y comités de veedurías, para que sirven las veedurías, que, las características de un verdadero veedor, que pueden vigilar las veedurías. Además les enseña algunos formatos que las veedurías deben emplear para
2 presentar los informes de veedurías: Formato para inspección de obra, formato para solicitud de información, etc., les da a conocer el nombre de las veedurías que faltan por conformar en cada vereda, como es el caso de : SALUD, MEDIO AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS y les solicita el favor a cada Presidente de Acción Comunal, nombrar tres (3) representantes de cada veeduría, y les solicita favor traer a la, las respectivas fotocopias de cédula de ciudadanía, dándoles un plazo de quince (15) días a partir de la fecha. 2. VERIFICACIÓN DE ASISTENCIA : Se verificó la asistencia de veinticinco (25) personas mayores de edad, de acuerdo al listado que se anexa con sus respectivas firmas; donde se puede verificar que se hicieron presentes nueve (9) veredas, así : San Antonio, Aguablanca, Regencia sector El Estanquito, Río de Piedras, Regencia, Barrio Villa de Cascia, Resguardo Santa Teresa y Santa Rita; seis (6) de las cuales con los Presidentes de Acción Comunal y los cuatro (5) restantes con un delegado de la misma Junta, lo que significa que no asistieron todos los convocados a esta reunión. Por último el señor personero Municipal, les agradece su presencia en la reunión pues se ve que hay interés para que nuestro Municipio salga adelante y les informa a los asistentes que todos los veedores son las personas encargadas para velar por los intereses de la Comunidad Tutense y son entes fiscalizadores junto con la Personería. 3. DESIGNACIÓN DE LOS VEEDORES : Quedaron conformadas las Veedurías Ciudadanas de la siguiente manera: VEEDURÍA DE SALUD Y SISBEN BLANCA CIFUENTES MARIA ELINA RAMIREZ HUGO RAMIREZ VEEDURIAS SALUD SECTOR RURAL SANDRA MILENA DELGADO AVILA SEGUNDO PEÑA OLGA MARIA OCHOA SANCHEZ MARTIN CIFUENTES CANO MAYERLY MILENA CAMARGO PRIMITIVO BOHORQUEZ CASTRO ANGEL MARIA FERRUCHO SANCHEZ ROSA HELENA CORREALES MARIA ROSARIO AMEZQUITA
3 ANDREA FIGUEREDO CANARIA VEEDORES PLAN SALUD TERRITORIAL ANTONIO TOCA SUAREZ ESTELLA ACUÑA DE NIÑO VEEDURIA EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE ADELINA RODRIGUEZ BARBARA VIASUS ADRIANA LOPEZ VEEDURIA DE GESTIÓN PUBLICA, PLAN DE DESARROLLO, ADMINISTRACIÓN Y ASUNTOS SOCIALES. JAIME CIFUENTES VEEDURIA DE OBRAS PÚBLICAS Y CONTRATACIÓN DAVID AMADO CELIO RODRIGUEZ JOSÉ ANTONIO VEGA JOSÉ ANGEL RODRIGUEZ VEEDURÍA PLAN SALUD TERRITORIAL ANTONIO TOCA ESTELLA ACUÑA DE NIÑO VEEDURIA MEDIO AMBIENTE WALTER ARMANDO GONZALEZ. Vereda Rio de Piedras HELVER ALEXANDER PATIÑO, Vereda Alizal Sur JOSÉ SUAREZ CRUZ, Vereda Aguablanca EDGAR ANDRES MONGUI, Vereda Ginua JOSÉ ANTONIO SANABRIA, Vereda Resguardo Santa Teresa JORGE OCTAVIO HERNANDEZ, Vereda San Nicolás JOSE ALFREDO PUERTO, Vereda El Hato LUIS GERMAN MOJICA BARON, Vereda San Antonio
4 VEEDURIA SERVICIOS PUBLICOS LIZANDRO DELGADO, Vereda Rio de Piedras LEOCADIO DE JESUS FONSECA, Vereda Alizal Sur LUIS MIGUEL RODRIGUEZ COY, La Vega OSCAR CELIO LOPEZ LOPEZ, Vereda Aguablanca FANNY GUERRERO, Vereda Ginua LUIS FERNANDO SANCHEZ AGUIRRE, Vereda Leonera General Santander LEOVIGILDO MONTAÑEZ FERNANDEZ, Vereda San Nicolás PEDRO ANTONIO FONSECA, Vereda El Hato VEEDURIA PROGRAMA DESAYUNOS INFANTILES ICBF NOHORA LUISA TOMBE SUAREZ, Vereda Rio de Piedras 4. INTERVENCIÓN DE LOS ASISTENTES A LA REUNIÓN : Se le concede el uso de la palabra a la señora MARIA ELINA RAMIREZ, quien manifiesta que ella entiende por la palabra SALUD que hace referencia a muchas cosas como la buena atención en el Puesto de Salud del Municipio, la buena calidad del agua que consumimos y que el medio ambiente tiene que ser sano para poder vivir y que para ella la palabra veedor significa que son las personas que velan porque los recursos que envía el Estado deben llegar a donde son enviados y mirar que necesidades hay en la comunidad, pertenece a la Veeduría de Salud y esta muy comprometida en ayudar con la entrega oportuna de mercados de Juan Luis Londoño a toda la comunidad. El señor LUIS GERMAN MOJICA BARON, representante de la comunidad de la vereda San Antonio, ofrece su colaboración para participar en la Veeduría de Medio Ambiente, por tener especialización en Derecho ambiental, el señor HUGO RAMIREZ, nos manifiesta que esta comprometido con la comunidad y que seguirá colaborando en el Comité de Salud y Sisben.. 5. CLAUSURA : Una vez elegidos los veedores se les explica que deben responsabilizarse con sus deberes, con sus obligaciones haciendo cumplir fielmente la Constitución y las Leyes. No siendo otro el objeto de la presente se da por terminada y se firma por quienes en ella intervinieron una vez leída y aprobada.
5 JUAN CARLOS SANCHEZ SANCHEZ Personero Municipal DILIA ZORAIDA GARCIA RIVERA Secretaria COMO CONSTITUIR LAS VEEDURIAS CIUDADANAS Entrar en contacto con organizaciones comunitarias (Juntas de Acción Comunal, ONGS. Universidades, Sindicatos, Gremios, Juntas Administradoras Locales y Administración Local). Contar con la colaboración de entes competentes en desarrollo comunitario y en ejercicio de derechos (personería, procuraduría, contraloría, Fiscalías, Defensoría). Realizar asambleas con representación amplia de ciudadanos y organizaciones civiles para designar los veedores ciudadanos. Llevar el acta de designación de los veedores en la Personería, a quien le compete la capacitación. REQUISITOS PARA SER VEEDOR Residir o estar trabajando en la ciudad, localidad o vereda por más de un año en forma consecutiva Tener algún grado de conocimiento sobre el asunto objeto de la veeduría
6 IMPEDIMENTOS PARA SER VEEDOR Ser Contratista, Interventores, Proveedores, o trabajadores adscritos a la obra, contrato o programa objeto de veeduría o tengan algún interés patrimonial directo o indirecto en la ejecución de las mismas. Estar condenado penal o displinariamente en el momento de la designación como veedor Tener un vínculo de parentesco en primer grado civil, cuarto de consanguinidad, segundo de afinidad con el Contratista, los trabajadores o funcionarios públicos cuyo ámbito de competencia se relacione con el objeto del Contrato. Cuando sean trabajadores o funcionarios públicos, municipales, departamentales o nacionales, cuyas funciones estén relacionadas con la obra contrato o programa sobre el cual se ejerce veeduría. En ningún caso podrán ser veedores los ediles, concejales, diputados o congresistas. Quienes tengan vínculos contractuales o extracontractuales o participen en organismos de gestión de la ONG, gremio o asociación comprometidos con el proceso objeto de la veeduría. En el caso de organizaciones, haber sido cancelada o suspendida su inscripción en el registro público o en el caso de particulares haber sido condenado penal o disciplinariamente, salvo por delitos políticos o culposos o sancionado con destitución, en el caso de los servidores públicos.
7 PROHIBICIONES A LAS VEEDURIAS CIUDADANAS A las veedurías ciudadanas en el ejercicio de sus funciones les está prohibido, sin el concurso de autoridad competente, retrasar, impedir o suspender los programas, proyectos o contratos objeto de la vigilancia. IMPORTANCIA DE LA PARTICIPACIÓN COMUNITARIA EN LAS VEEDURIAS 1. La participación de los ciudadanos en las veedurías contribuyen al desarrollo de las instituciones de control sobre la Administración Pública. 2. La veeduría colabora en ese control, con ayuda de otras instituciones como el Concejo Municipal, los tribunales y Jueces, la Contraloría, La Procuraduría, la Personería y la Defensoría del Pueblo. 3. La veeduría debe ser más preventiva (vigilar antes de que cometan los abusos, los actos de negligencia y la ineficiencia a los delitos contra interés de la comunidad) frente a la gestión y contratación administrativa. 4. La veeduría permite a los ciudadanos que la ejerzan, proponer ideas, ser creativos en la solución de problemas, dinamizar y hacer más efectivos los programas, fortalecer y proteger los recursos para los más pobres, generar más vida comunitaria y participación ciudadana.
8 5. Participar en las veedurías es un deber y un derecho, tanto del ciudadano en particular como de los ciudadanos organizados, para evitar ser testigos mudos y cómplices de la mala gestión pública. 6. Como las veedurías son organizaciones de la sociedad civil encargada de liderar la defensa de los derechos y sus intereses más generales y colectivos de la ciudadanía y de la comunidad, sus competencias y esfuerzos deben estar orientados a vigilar y controlar en forma preventiva, correctiva y evaluativo, la inversión de los dineros y recursos del Estado. CARACTERISTICAS DE UN VERDADERO VEEDOR Objetividad Responsabilidad Entereza Legalidad Libertad de iniciativa Neutralidad Política Autonomía Transparencia Democracia Valor Civil
9 PARA QUE SIRVEN LAS VEEDURIAS PROMOVER EL LIDERAZGO: Social colectivo comunitario capaz de responder a nuestras necesidades y problemas. LUCHAR CONTRA LA CORRUPCIÓN: Si participamos en la toma de decisiones, en la planeación, en la Gestión y en el control de la Administración. CUMPLIR CON LA CONSTITUCIÓN: La función Administrativa esta al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación, desconcentración de funciones. DEMOCRATIZAR LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA: La Administración no solo es tarea de técnicas y burócratas. Los ciudadanos debemos apropiarnos de lo que nos pertenece. Debemos estar en el proceso de toma de decisiones políticas, proyectos, presupuestos y en la ejecución y control de la gestión pública. QUE PUEDEN VIGILAR LAS VEEDURÍAS Los programas de salud, educación, recreación, seguridad, bienestar, medio ambiente, servicios Las obras que se estén realizando
10 Los contratos La toma de decisiones Administrativas El Manejo de los recursos La Actuación de los funcionarios DEBERES DE LOS VEEDORES Y COMITES DE VEEDURIA CIUDADANA Establecer procedimientos democráticos internos y transparentes, especialmente en la elección de Representantes a conformar comités de veeduría y en la misma toma de decisiones públicas. Llevar registro y documentación fidedigna y veraz de sus actividades Presentar informes de gestión a los miembros de su organización y ante la comunidad. Promover y exigir procesos de veeduría a las Universidades, Sector Judicial y Legislativo como formación continuada que cualifique la participación democrática de sus asociados y fomentando en especial la cualificación técnica de mujeres y jóvenes. Apoyar el Desarrollo del control de Entidades Públicas y la aplicación eficaz y objetiva de los mecanismos de participación comunitaria (Ley 134 de 1994). NO REALIZAR USO INDEBIDO DE INFORMACIÓN PRIVILEGIADA (Art. 148, Ley 190/95 Estatuto anticorrupción). Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios evitando dar mal ejemplo social o incentivar, promover practicas deshonestas o tolerar actos y hechos de corrupción. Respetar y apoyar a las autoridades democráticas legítimamente constituidas colaborando en las actividades de moralización- Administrativa y cualificación de la Etica Civil y Pública. Propender por el logro y el mantenimiento de la paz y la convivencia ciudadana. Colaborar para lograr el transparente, honesto, económico, equitativo, oportuno, y eficaz funcionamiento de la Administración Pública, en todos sus niveles y sectores. Proteger y vigilar la calidad de los recursos naturales y culturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano y moralmente limpio. Abstenerse de desarrollar cualquier tipo de práctica, teoría o propaganda discriminatoria. Denunciar con razón objetiva, y sustentadamente las irregularidades y delitos contra la Administración y recursos públicos de que tenga conocimiento ante la
11 Alcaldía, Oficinas de Control Interno, Quejas y Reclamos, Procuraduría, Personería, Contraloría o Fiscalía General de la Nación, según el caso, cuando no se haya podido conciliar el conflicto. Proceder conforme al principio de la buena fé y respecto al buen nombre de las personas. JUAN CARLOS SANCHEZ SANCHEZ PERSONERO MUNICIPAL
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