CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO

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1 BOLETÍN OFICIAL DE CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO Orn INN/15/2014, 26 febrero, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesón subvencones a las empresas turístcas para nversones en alojamentos turístcos, restaurantes, cafeterías y bares, y campamentos tursmo. La Comundad Autónoma Cantabra tene competenca exclusva en matera tursmo, conforme establece el apartado 20 l artículo 24 l Estatuto Autonomía para Cantabra, aprobado medante Ley Orgánca 8/1981, 30 dcembre. Por otro lado, la Ley 5/1999, 24 marzo, Ornacón l Tursmo Cantabra, en el apartado ñ) su artículo 5, otorga a la Consejería Innovacón, Industra, Tursmo y Comerco, la competenca para la creacón, tramtacón, propuesta, control y segumento ayudas y subvencones en matera tursmo. La Dreccón General Tursmo tene entre sus objetvos báscos favorecer y promoconar la caldad en los dstntos subsectores turístcos, así como facltar la adaptacón los establecmentos turístcos a las drectrces contendas en la Drectva 2006/123/CE, 12 dcembre, l Parlamento Europeo y l Consejo, relatva a los servcos en el mercado nteror, así como en la normatva estatal y autonómca aprobada para su trasposcón al ornamento jurídco nterno, tanto s una perspectva general como en el específco ámbto l tursmo. Por todo ello, en el marco la Ley 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra, la Ley 38/2003, 17 novembre, General Subvencones y en uso las atrbucones conferdas en los artículos 16 y 23.1 la Ley 10/2006, 17 julo, en relacón con el artículo 33 f) la Ley 6/2002, 10 dcembre, Régmen Jurídco l Goberno y la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra, DISPONGO Artículo 1. Objeto y régmen jurídco. 1. La presente Orn tene por objeto el establecmento las bases reguladoras y la convocatora subvencones a las empresas turístcas cuyo establecmento, objeto la actuacón, se encuentre radcado en el terrtoro la Comundad Autónoma Cantabra para llevar a cabo nversones en alojamentos turístcos, restaurantes, cafeterías y bares, y campamentos tursmo que se especfcan en el artículo 2.2 esta Orn. 2. La concesón las subvencones se tramtará por el procedmento ordnaro en régmen concurrenca compettva. 3. La presente convocatora subvencones está sometda a lo dspuesto en el Reglamento (CE) la Comsón nº 800/2008, 6 agosto, por el que se claran termnadas categorías ayuda compatbles con el mercado común en aplcacón los artículos 87 y 88 l Tratado (Reglamento General exencón por categorías, Daro Ofcal la Unón Europea L 214/ 3 a 47). 4. La percepcón una subvencón al amparo esta Orn será ncompatble con cualesquera otras subvencones, ayudas, ngresos o recursos para la msma fnaldad, procente l Goberno Cantabra y sus Organsmos Autónomos o otras Admnstracones o entes, públcos o prvados, naconales, la Unón Europea o organsmos nternaconales. Artículo 2. Gastos subvenconables. 1. Serán gastos subvenconables los que manera ndubtada respondan a la naturaleza la actvdad subvenconada, y se realcen en el período comprenddo entre el 1 enero Pág /19

2 BOLETÍN OFICIAL DE 2014 y el 30 juno 2015, y se paguen en el período comprenddo entre el 1 enero 2014 y el 30 septembre En concreto, se consrarán gastos subvenconables los rvados : 1º.-Inversones en las dstntas categorías alojamentos turístcos, a excepcón campamentos tursmo, para: a) La nstalacón ascensor, acuerdo con la normatva vgente en la matera. b) La nstalacón escalera servco y/o escalera ncendos, acuerdo con la normatva vgente en la matera. c) Obras nsonorzacón horzontal, vertcal y paramentos exterores, nclusve ventanas y mradores, conforme a la normatva vgente en la matera. d) Obras para la creacón plazas aparcamento vehículos con una nversón mínma 6.000, excluda la compra terreno. e) Obras en matera accesbldad para personas con movldad reducda con una nversón mínma f) La nstalacón sstemas clmatzacón y/o are acondconado. g) Las obras construccón y/o reforma espacos oco y entretenmento (excludo el equpamento y moblaro), con un límte mínmo en la nversón h) Obras acondconamento y mejora los baños uso común y/o cambo santaros, sempre que no hayan sdo subvenconadas en el punto e), con una nversón mínma ) Obras reforma y construccón ofcos y montacargas. j) Obras reformas baños las habtacones y/o cambo santaros. k) Instalacón y equpamento sstemas automatzacón nstalacones (domótca) y efcenca energétca. l) Inversones necesaras para la mplantacón, obtencón y renovacón la certfcacón la marca caldad turístca Q/UNE mpulsada por el ICTE. m) Obras y equpamento necesaros para el ascenso la modaldad hostal a extngur a la modaldad hotel. n) Obras reforma y mejora cocnas, ncludo moblaro y maqunara en los alojamentos que dspongan estas, conforme a la legslacón aplcacón. o) Instalacón tecnología wf con acceso s las habtacones y zonas uso común. p) Obras construccón y/o reforma y acondconamento terrazas, ncludos los cerramentos, la pavmentacón y la cuberta, excludo el moblaro, con una nversón mínma º.- Inversones en los subsectores restaurantes y cafeterías para: a) Obras reforma y mejora cocnas y/o comedores, ncludo moblaro y maqunara. Quedan excludo los gastos elementos menaje (copas, platos, mantelería...) y coratvos. b) Obras en matera accesbldad para personas con movldad reducda con una nversón mínma c) Obras acondconamento y mejora los baños uso común y/o cambo santaros sempre que no hayan sdo subvenconadas en el punto anteror. d) La nstalacón sstemas clmatzacón nteror y/o are acondconado con una nversón mínma e) Instalacón y equpamento sstemas automatzacón nstalacones (domótca) y efcenca energétca. f) Inversones necesaras para la mplantacón, obtencón y renovacón la certfcacón la marca caldad turístca Q/UNE mpulsada por el ICTE. g) Adquscón termnales punto venta (TPV) ncludo el software. Pág /19

3 BOLETÍN OFICIAL DE h) Las obras construccón espacos oco y entretenmento (parques nfantles) - excludo el equpamento y moblaro, con un límte mínmo en la nversón º.- Inversones en el subsector campamentos tursmo para: a) Obras acondconamento e nfraestructura las parcelas a la legslacón aplcacón, así como la adaptacón los vales para la mejora la crculacón y accesos a las parcelas. b) Obras para la creacón plazas aparcamento vehículos con una nversón mínma 6.000, excluda la compra terreno. c) Instalacón tecnología wf con acceso s las parcelas. d) Obras acondconamento y mejora los baños uso común y/o cambo santaros, sempre que no hayan sdo subvenconadas en el punto sguente. e) Obras en matera accesbldad para personas con movldad reducda con una nversón mínma f) Acondconamento y mejora las nstalacones eléctrcas, acometdas, acumuladores agua e nstalacones puracón aguas resduales, adaptadas a la legslacón aplcacón en la matera. g) Instalacón y equpamento sstemas automatzacón nstalacones (domótca) y efcenca energétca. h) Las obras construccón y/o reforma espacos oco y entretenmento con un límte mínmo en la nversón ) Inversones necesaras para la mplantacón, obtencón y renovacón la certfcacón la marca caldad turístca Q/UNE mpulsada por el ICTE. 4º.- Inversones en el subsector Bares para: a) Obras acondconamento y mejora los baños uso común y/o cambo santaros. b) Obras nsonorzacón horzontal, vertcal y paramentos exterores, nclusve ventanas y puertas, conforme a la normatva vgente en la matera. 3. No tendrán la consracón subvenconables los gastos mantenmento y conservacón la empresa turístca solctante n aquellas obras y adquscones que hayan sdo objeto subvencón al amparo convocatoras subvencones los últmos cnco años. 4. Cuando el mporte l gasto subvenconable supere la cuantía ,00 en el supuesto coste ejecucón obra, o ,00 en el supuesto sumnstro benes equpo o prestacón servcos por empresas consultoría o asstenca técnca, la entdad benefcara berá solctar como mínmo tres ofertas dferentes proveedores, con carácter prevo a la contratacón l compromso para la prestacón l servco o la entrega l ben, salvo que por las especales característcas los gastos subvenconables no exsta en el mercado sufcente número entdas que lo sumnstren o presten, o salvo que el gasto se hubera realzado con anterordad a la solctud subvencón. La eleccón entre las ofertas presentadas, que berá aportarse con la justfcacón, o, en su caso, en la solctud la subvencón, se realzará conforme a crteros efcenca y economía, bendo justfcarse expresamente en una memora la eleccón cuando no recaga en la propuesta económca más ventajosa. 5. La entdad benefcara berá stnar las nversones o benes subvenconados al fn concreto para el que se conceda la subvencón al menos durante un período dos años en el caso adquscones moblaro y equpamento, y cnco en el caso locales o parcelas que hayan sdo objeto reforma. Esta oblgacón stno se entenrá cumplda cuando los benes adqurdos fueran susttudos por otros que srvan en condcones análogas al fn para el que se concedó la subvencón y este uso se mantenga hasta completar el período dos años establecdo en el prmer supuesto, y cuando el adqurente asuma la oblgacón stno los benes por el período restante hasta completar los cnco años o, en caso ncumplmento la msma, l rente- Pág /19

4 BOLETÍN OFICIAL DE gro la subvencón, en el segundo supuesto. En ambos casos, será precsa autorzacón la Dreccón General Tursmo. 6. La entdad benefcara podrá subcontratar en su totaldad la realzacón las actvdas subvenconadas, s ben conformdad con lo dspuesto en el artículo 30 la Ley 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra, esta subcontratacón estará sometda a los sguentes límtes y condcones: - En nngún caso podrán subcontratarse actvdas que, aumentando el coste la actvdad subvenconada, no aporten valor añaddo al contendo la msma. - Cuando la actvdad concertada por terceros exceda l vente por cento l mporte la subvencón y dcho mporte sea superor a euros, la subcontratacón estará sometda al cumplmento los sguentes requstos: a) Que el contrato se celebre por escrto. b) Que la celebracón l msmo se autorce prevamente por la entdad concente la subvencón. No podrá fracconarse el contrato con objeto dsmnur la cuantía l msmo y eludr el cumplmento estos requstos. - Los contratstas quedarán oblgados sólo ante la entdad benefcara, que asumrá la total responsabldad la ejecucón la actvdad subvenconada frente a la Admnstracón. - A efectos lo prevsto en el apartado anteror, la entdad benefcara será responsable que en la ejecucón la actvdad subvenconada concertada con terceros se respeten los límtes que se establecen en la presente Orn en cuanto a la naturaleza y cuantía los gastos subvenconables, y los contratstas estarán sujetos al ber colaboracón prevsto en el artículo 49 la Ley 10/2006, 17 julo, para permtr la acuada verfcacón l cumplmento dchos límtes. - En nngún caso podrá concertarse por la entdad benefcara la ejecucón total o parcal las actvdas subvenconadas con: Personas o entdas ncursas en alguna las prohbcones l artículo 12 la Ley 10/2006, 17 julo. Personas o entdas que hayan percbdo otras subvencones para la realzacón la actvdad objeto contratacón. Intermedaros o asesores en los que los pagos se fnan como un porcentaje l coste total la operacón, a menos que dcho pago esté justfcado con referenca al valor mercado l trabajo realzado o los servcos prestados. Personas o entdas vnculadas con la entdad benefcara salvo que la contratacón se realce acuerdo con las condcones normales mercado y se obtenga la preva autorzacón la Dreccón General Tursmo. Personas o entdas solctantes ayuda o subvencón en esta convocatora, que no hayan obtendo subvencón por no reunr los requstos o no alcanzar la valoracón sufcente. Artículo 3. Benefcaros. 1. Podrán ser benefcaros las subvencones prevstas en la presente Orn los ttulares las pequeñas y medanas empresas turístcas, ya sean personas físcas o jurídcas, cuyo establecmento, objeto la nversón, se encuentre radcado en el terrtoro la Comundad Autónoma Cantabra, que estén ejercendo legalmente su actvdad en las dferentes categorías alojamentos turístcos, restaurantes, cafeterías y bares y campamentos tursmo, con anterordad a la entrada en vgor la presente Orn, y cumplan los requstos establecdos en la Ley 5/1999, 24 marzo. 2. En nngún caso podrán adqurr la condcón benefcaros quenes se hallaren en alguna las crcunstancas talladas en los apartados 2 y 3 l artículo 12 la Ley 10/2006, 17 julo, Subvencones. Pág /19

5 BOLETÍN OFICIAL DE Artículo 4. Solctus: forma, lugar y plazo presentacón. 1. El plazo para la presentacón solctus será 30 días naturales, contados s el día sguente al la publcacón la presente Orn en el Boletín Ofcal Cantabra. 2. La solctud subvencón, frmada por el solctante o su representante legal y acompañada la documentacón requerda, se formulará en el molo ofcal que fgura como Anexo I esta Orn, el cual será facltado por el Servco Actvdas Turístcas la Dreccón General Tursmo o podrá consegurse en la págna nsttuconal Goberno Cantabra o en la web la Consejería Innovacón, Industra, Tursmo y Comerco ( y será drgda al consejero Innovacón, Industra, Tursmo y Comerco l Goberno Cantabra, presentándose, preferentemente, en el Regstro la Dreccón General Tursmo (C/ Albert Ensten, nº 4- planta 1, Santanr), o en cualquera los lugares establecdos a que hacen referenca el artículo 38.4 la Ley 30/1992, 26 novembre, Régmen Jurídco las Admnstracones Públcas y l Procedmento Admnstratvo Común, y el artículo la Ley 6/2002, 10 dcembre, Régmen Jurídco l Goberno y la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra. S, en uso este recho la solctud se envara por correo, berá presentarse en sobre aberto con objeto que en la cabecera la prmera hoja l documento, se hagan constar, con clardad, el nombre la ofcna y la fecha, el lugar, la hora y mnuto su admsón por el personal correos, acuerdo con lo dspuesto en el artículo 31 l Real Decreto 1829/1999, 3 dcembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestacón los servcos postales en cuanto no se oponga a la Ley 43/2010, 30 dcembre, l servco postal unversal, los rechos los usuaros y l mercado postal. 3. La solctud rá acompañada la sguente documentacón: a) Memora justfcatva las actuacones a realzar, acompañando facturas pro-forma las msmas y, en su caso, anteproyecto suscrto por técnco competente, así como antecentes la actvdad turístca la empresa solctante. b) Declaracón responsable suscrta por el solctante en la que manfeste, bajo su responsabldad, que dspone las autorzacones admnstratvas que resulten preceptvas para la realzacón la actvdad subvenconable. c) Soporte fotográfco que refleje el estado actual las nstalacones objeto reforma. d) Declaracón responsable no hallarse ncursa en nnguna las causas ncompatbldad o prohbcón para obtener subvencones termnadas en los apartados 2 y 3 l artículo 12 la Ley 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra. (ncludo en el Anexo I solctud) e) Declaracón expresa responsable no haber solctado y/o recbdo ayudas para el msmo proyecto objeto la solctud, hacendo constar, en su caso, el organsmo o admnstracón otorgante, nomnacón la convocatora y su mporte. (ncludo en el Anexo I solctud) f) Documento bancaro en el que consten los sguentes datos l solctante: nombre y apelldos o razón socal, número ntfcacón fscal y número cuenta bancara en don habría ngresarse la subvencón, caso que se conceda. g) Documentos acredtatvos la nversón en formacón en domas los trabajadores y/o l ttular/es la empresa, que se sarrolle en centros formacón o a través personas físcas con alta en la admnstracón trbutara en actvdas formacón, termnándose la duracón prevsta la msma y con un mínmo duracón 20 horas lectvas. La presentacón l molo normalzado solctud conllevará la autorzacón la entdad solctante a la Dreccón General Tursmo para recabar los certfcados la Agenca Estatal la Admnstracón Trbutara (A.E.A.T.), la Agenca Cántabra Admnstracón Trbutara y la Tesorería General la Segurdad Socal, que permtan comprobar s el solctante está al corrente en el cumplmento sus oblgacones con estos organsmos. En el supuesto que el solctante manfestara expresamente que no otorga dcha autorzacón para recabar los certfcados acredtatvos, berá presentar los oportunos certfcados junto con su solctud subvencón. Pág /19

6 BOLETÍN OFICIAL DE La Dreccón General Tursmo, competente por razón la matera para nstrur el expedente, podrá recabar en cualquer momento la documentacón complementara que consre necesara para acredtar mejor el exacto cumplmento las condcones exgdas en estas bases reguladoras. La documentacón berá ser orgnal o copa bdamente autentfcada. 4. La presentacón la solctud mplca el conocmento y aceptacón las presentes bases reguladoras. Artículo 5. Crteros para la concesón. 1. Con el fn establecer un orn prelacón entre las solctus presentadas se tendrán en cuenta los crteros valoracón y la puntuacón aplcable en cada crtero que a contnuacón se enumeran: a) La contrbucón l empresaro en la formacón sus trabajadores y/o él msmo en los dstntos domas la Unón Europea: hasta 25 puntos. b) La contrbucón y repercusón l proyecto a la dnamzacón la zona con el fn mejorar la compettvdad l stno: hasta 25 puntos. c) Sostenbldad y caldad l proyecto: hasta 20 puntos. d) Vabldad técnca y económca las actuacones proyectadas e ncorporacón elementos nnovadores en el msmo: hasta 15 puntos. 2. La puntuacón global obtenda podrá reducrse, a juco l Comté Valoracón, en un porcentaje máxmo hasta un 25% en los casos que habendo recbdo subvencón en el ejercco anteror, se hubera obtendo una evaluacón negatva su aplcacón. Artículo 6. Instruccón l procedmento concesón. 1. El órgano competente para la ornacón l procedmento será la Dreccón General Tursmo, correspondendo la nstruccón al Comté Valoracón. 2. El Comté Valoracón estará ntegrado por los sguentes membros: - Presnte: Drector General Tursmo o persona en quen legue. - Dos vocales: Con voz y voto, elegdos entre el personal al servco la Dreccón General Tursmo. - Secretaro: Con voz y sn voto, elegdo gualmente entre el personal al servco la Dreccón General Tursmo. El régmen jurídco dcho órgano colegado será el prevsto con carácter general en la Ley 30/1992, 26 novembre. 3. Recbdas las solctus, el órgano nstructor verfcará que cumplen los requstos exgdos en la convocatora, y s se advrtese que la solctud presentada carece alguno los datos que en ella se requeren o la documentacón recbda fuese fectuosa o faltase alguno los documentos preceptvos, se berá requerr al nteresado para que, en el plazo dez días hábles contados a partr l sguente a la recepcón la notfcacón correspondente, subsane la falta, aporte el documento o cumplmente el trámte requerdo, con apercbmento que, s así no lo hcere, se le tendrá por sstdo su petcón, preva resolucón que será dctada en los térmnos l artículo 42, tal y como prevé el artículo 71 la Ley 30/1992, 26 novembre, Régmen Jurídco las Admnstracones Públcas y l Procedmento Admnstratvo Común. 4. El órgano nstructor realzará ofco cuantas actuacones estme necesaras para la termnacón, conocmento y comprobacón los datos en vrtud los cuales be formularse la propuesta resolucón. 5. El órgano nstructor berá analzar y valorar las solctus y documentacón presentadas, tras lo cual emtrá un nforme en el que se concrete el solctante o relacón solctantes para los que se propone la concesón la subvencón y su cuantía, el resultado la Pág /19

7 BOLETÍN OFICIAL DE evaluacón efectuada y los crteros valoracón segudos para efectuarla acuerdo con los prevstos en el artículo 5 esta Orn para la concesón las subvencones, así como en su caso, la sestmacón l resto las solctus. En este nforme, que tendrá el carácter propuesta resolucón, bdamente motvada, se berá hacer constar que, la nformacón que obra en por l órgano nstructor, se spren que las personas benefcaras propuestas cumplen todos los requstos necesaros para accer a las msmas, y será elevado al consejero Innovacón, Industra, Tursmo y Comerco para su resolucón. Artículo 7. Resolucón la concesón. 1. La competenca para resolver correspon al consejero Innovacón, Industra, Tursmo y Comerco, acuerdo con lo establecdo en el artículo 9 la Ley 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra. 2. La resolucón será motvada, y contendrá el solctante o relacón solctantes a los que se conce la subvencón y la cuantía la msma, hacéndose constar, manera expresa, la sestmacón l resto las solctus. La resolucón se publcará en el tablón anuncos la Dreccón General Tursmo (C/ Albert Ensten, nº 4, planta 1, Santanr), así como en la págna web 3. El plazo máxmo para resolver y publcar el procedmento en los térmnos ndcados será ses meses, a contar s la fnalzacón l plazo presentacón las solctus, y el transcurso l ctado plazo sn haberse publcado la resolucón en el tablón anuncos la Dreccón General Tursmo (C/ Albert Ensten, nº 4, planta 1, Santanr)) legtma a los nteresados para entenr sestmadas por slenco admnstratvo sus solctus concesón subvencones. 4. La resolucón, que no pone fn a la vía admnstratva, podrá recurrrse en alzada ante el Consejo Goberno en el plazo un mes, contado a partr l día sguente a su publcacón en el tablón anuncos la Dreccón General Tursmo. 5. Una vez resuelto el procedmento, se publcarán en el Boletín Ofcal Cantabra las subvencones conceddas, expresando la convocatora, el programa y crédto presupuestaro al que se mputen, los benefcaros, la cantdad concedda, y fnaldad o fnaldas la subvencón, en los térmnos prevstos en el artículo 17 la Ley 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra. 6. Toda alteracón las condcones tendas en cuenta para la concesón la subvencón podrá dar lugar a la modfcacón la resolucón concesón. Artículo 8. Fnancacón, cuantía y abono las subvencones. 1. La fnancacón las ayudas y subvencones otorgadas por la Consejería Innovacón, Industra, Tursmo y Comerco, hasta el máxmo , se llevará a cabo con cargo al expedente fnancacón pluranual nº 2014/IN/3 (2014/16), acuerdo con la sguente dstrbucón por anualdas: Año 2014: euros, con cargo a la aplcacón presupuestara A.771 los presupuestos generales la CA Cantabra para el 2.014, que representan el 50 % l mporte máxmo la subvencón establecda para la presente convocatora. Año 2015: euros, con cargo a la aplcacón presupuestara que corresponda los presupuestos generales la CA Cantabra para el 2.015, que representan el 50 % l mporte máxmo la subvencón establecda para la presente convocatora. En su caso, podrá ser cofnancado por la Unón Europea con recursos l Fondo Europeo Desarrollo Regonal (FEDER). Por ello la concesón la subvencón y su aceptacón por parte l benefcaro supone, amás, automátcamente, su conformdad a ser ncludo en la lsta públca benefcaros que se recoge en el artículo 7, apartado 2 l Reglamento (CE) 1828/2006, la Comsón Europea, 8 dcembre 2006, medante la publcacón electrónca o por otros medos, una lsta públca benefcaros, con los nombres las operacones y la cantdad fondos públcos asgnados a las msmas. Pág /19

8 BOLETÍN OFICIAL DE 2. Los crteros para la termnacón la cuantía las subvencones son: - Conforme al Mapa español ayudas regonales para , aprobado medante Decsón la Comsón Europea 20 dcembre 2006, la cuantía las subvencones no podrá superar el qunce por cento (15%) l presupuesto la/s nversón/es subvenconable/s, excludo el I.V.A., porcentaje que podrá ncrementarse en un 10% para las medanas empresas y en un 20% para las pequeñas empresas; y en nngún caso superará la cantdad , sn perjuco la ntensdad máxma ayuda y límtes que se establezcan conforme al Mapa vgente en el momento su concesón. - La cuantía las subvencones será proporconal a la puntuacón obtenda por los benefcaros. 3. No podrá realzarse el pago las subvencones en tanto el benefcaro no se halle al corrente en el cumplmento sus oblgacones trbutaras con la Agenca Estatal Admnstracón Trbutara, con la Admnstracón la Comundad Autónoma y frente a la Segurdad Socal o cualquer otro ngreso recho públco, o se haya dctado contra el benefcaro resolucón procenca rentegro, mentras no se satsfaga o se garantce la uda la manera prevsta en la Ley 10/2006, 17 julo. 4. El pago l 50% l mporte la subvencón se efectuará al momento su concesón, sn necesdad prestacón garantías. El abono l 50% restante la subvencón se realzará una vez presentada la documentacón justfcatva por el mporte total l presupuesto aprobado, acuerdo con lo establecdo en el artículo 10 la presente Orn y en todo caso con cargo a los Presupuestos Generales la Comundad Autónoma para el Artículo 9. Oblgacones los benefcaros. Tene la consracón benefcaro las subvencones el stnataro los fondos públcos que haya realzar la actvdad que fundamentó su otorgamento o que se encuentre en la stuacón que legtma su concesón. Son oblgacones l benefcaro la subvencón: 1. Cumplr el objetvo, realzar la actvdad, ejecutar el proyecto o adoptar el comportamento que fundamenta la concesón la subvencón en el plazo y forma a tal efecto establecdos. 2. Justfcar ante la Consejería Innovacón, Industra, Tursmo y Comerco l Goberno Cantabra el cumplmento los requstos y condcones, así como la realzacón la actvdad o proyecto y el cumplmento la fnaldad que hayan termnado la concesón o dsfrute la subvencón, para lo cual berá presentar en tempo y forma la documentacón justfcatva prevsta en el artículo 10 esta Orn. A tal efecto podrán solctarse cuantos documentos justfcatvos sean necesaros para comprobar la aplcacón la subvencón. 3. Someterse a las actuacones comprobacón, segumento, control e nspeccón la aplcacón la subvencón a efectuar por la Consejería Innovacón, Industra, Tursmo y Comerco, y las control fnancero que correspondan a la Intervencón General la Admnstracón l Estado y la Comundad Autónoma, acuerdo con lo establecdo en la Ley 38/2003, 17 novembre, en la Ley 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra, y en la Ley Cantabra 9/2013, 27 dcembre, Presupuestos Generales la Comundad Autónoma Cantabra para el año 2014 y en la presente Orn, y a las prevstas en la legslacón l Trbunal Cuentas o la normatva comuntara, en su caso, bendo aportar cuanta nformacón o documentacón le sea requerda en el ejercco las actuacones anterores. 4. Comuncar a la Consejería Innovacón, Industra, Tursmo y Comerco, tan pronto como tengan conocmento y, en todo caso, con anterordad a la justfcacón la aplcacón dada a los fondos percbdos, las alteracones las condcones tendas en cuenta para el otorgamento la subvencón. 5. Hallarse al corrente en el cumplmento sus oblgacones trbutaras y frente a la Segurdad Socal, con anterordad a dctarse la propuesta resolucón concesón y con ca- Pág /19

9 BOLETÍN OFICIAL DE rácter prevo al pago, así como con la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra, y no ser udor por resolucón procenca rentegro. 6. Dsponer los lbros contables, regstros dlgencados y más documentos bdamente audtados en los térmnos exgdos por la legslacón mercantl y sectoral aplcable al benefcaro en cada caso, con la fnaldad garantzar el acuado ejercco las facultas comprobacón y control. 7. Conservar los documentos justfcatvos la aplcacón los fondos percbdos, ncludos los documentos electróncos, en tanto pueda ser objeto actuacones comprobacón y control. 8. Cumplr todas las oblgacones rvadas la cofnancacón estas ayudas por el FEDER, en su caso. En partcular, aquellas relatvas a la ntfcacón gastos aplcados a la nversón subvenconada, y a la conservacón los documentos justfcatvos tales gastos. El benefcaro berá en toda nformacón, publcdad, o manfestacón promocón y dfusón l proyecto subvenconado, dar la acuada publcdad l carácter públco la fnancacón los programas y actvdas que sean objeto subvencón y contener los elementos comuncacón relatvos a la Consejería Innovacón, Industra, Tursmo y Comerco, el emblema la UE y la mencón la partcpacón l Fondo Europeo Desarrollo Regonal (FEDER) en la cofnancacón l Programa. FEDER FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL UNIÓN EUROPEA UNA MANERA DE HACER EUROPA 9. Procer al rentegro los fondos percbdos en los supuestos contemplados en el artículo 38 la Ley 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra y artículo 11 esta Orn. 10. La actvdad subvenconada berá realzarse necesaramente en el período comprenddo entre el 1 enero 2014 y el 30 juno 2015 y pagarse en el período comprenddo entre el 1 enero 2014 y el 30 septembre Al presente efecto, se entenn que los gastos subvenconables responn a la naturaleza la actvdad subvenconada, cuando están realzados en las fechas antedchas, lo cual a los efectos la presente subvencón quedará justfcado, en todo caso, sempre que las facturas acredtatvas dcho gasto estén emtdas en el período comprenddo ente el 1 enero 2014 y el 30 juno De gual modo, los pagos relatvos a las ctadas facturas berán estar realzados, nexcusablemente, entre el 1 enero 2014 y el 30 septembre Artículo 10. Justfcacón la subvencón. El benefcaro tene la oblgacón justfcar, en tempo y forma, la realzacón la actvdad o proyecto y el cumplmento la fnaldad que termnaron la concesón la subvencón, para lo cual se ajustará a las sguentes reglas: a) El benefcaro presentará una cuenta justfcatva que ncluya una memora las actvdas realzadas y su coste, con el sglose cada uno los gastos ncurrdos, al objeto verfcar que el stno otorgado a las cantdas percbdas se ajusta al proyecto presentado por el solctante y a los requstos prevstos en el acto concesón la subvencón. A la hora relaconar los gastos berá ndcarse el concepto, la fecha y número la factura, su mporte y los datos ntfcatvos su expeddor (nombre y N.I.F./C.I.F.). Pág /19

10 BOLETÍN OFICIAL DE b) Los gastos que se relaconen en la cuenta justfcatva berán acredtarse medante facturas orgnales bdamente talladas, las cuales berán reunr los requstos prevstos en el R.D. 1619/2012, 30 novembre, béndose acompañar los justfcantes pago correspondentes hasta la fecha establecda para la justfcacón en los apartados sguentes. En el supuesto operacones arrendamento fnancero la justfcacón se realzará medante el correspondente contrato undo al compromso ejerctar la opcón compra. La Consejería Innovacón, Industra, Tursmo y Comerco extenrá dlgenca en las facturas orgnales hacendo constar su vnculacón a la subvencón concedda. Se acompañará una copa las facturas, así como su orgnal y una copa l justfcante pago. Los pagos berán haberse realzado a través entdas fnanceras y la fecha l pago será, a todos los efectos, la fecha valor que fgure en el correspondente cargo o audo. Excepconalmente serán admtdos los pagos en metálco cuando su mporte ndvdual o conjunto por proveedor no sea superor a euros y sempre que estén acredtados medante recbí l proveedor, con los sguentes datos: fecha l pago, sello, razón o nomnacón socal, NIF o CIF proveedor, frma, nombre, apelldos y D.N.I. la persona que lo frma. c) Certfcado acredtatvo la obtencón la Q caldad turístca, expedda por el I.C.T.E., en su caso. d) La Dreccón General Tursmo podrá requerr al benefcaro para que aporte cualquer otra documentacón que se consre necesara para la justfcacón la subvencón. e) La Dreccón General Tursmo resolverá las ncncas relatvas a modfcacones justfcadas l proyecto ncal, sempre y cuando no supongan aumento la subvencón concedda y se cumplan todos los requstos exgdos en la presente Orn. f) El nteresado podrá presentar la renunca a la subvencón, sempre que esta renunca esté motvada y no exstan terceros nteresados en la contnuacón l procedmento n un nterés públco que aconseje prosegurlo. En caso que se haya efectuado el pago antcpado, el benefcaro podrá volver forma voluntara los fondos recbdos, medante el documento ngreso molo 046, que será facltado por la Dreccón General Tursmo, y remtr posterormente a la msma el justfcante haber efectuado el ngreso. Cuando se produzca la volucón voluntara, se tramtará el correspondente expedente revocacón, sn dar lugar a la apertura expedente sanconador, y la Admnstracón calculará los ntereses mora acuerdo con lo prevsto en el artículo 38 la Ley General Subvencones, y hasta el momento en que se produjo la volucón efectva por parte l benefcaro. g) La documentacón justfcatva la actvdad realzada, en los térmnos prevstos en el presente artículo y hasta alcanzar el mporte total l presupuesto subvenconable, berá presentarse con anterordad nexcusablemente al día 15 octubre 2015, con objeto que se pueda tramtar el pago l porcentaje restante con cargo al presupuesto correspondente. Con carácter excepconal, el consejero Innovacón, Industra, Tursmo y Comerco podrá acordar, forma motvada, por una sola vez y ntro los límtes l artículo 49 la Ley 30/1992, 26 novembre, la amplacón los plazos presentacón la documentacón justfcatva. Dcho acuerdo podrá adoptarse ofco o a solctud expresa l benefcaro la subvencón, que habrá ser gualmente motvada, y formularse antes la expracón l plazo. h) Documentacón justfcatva la formacón en domas realzada medante certfcado acredtatvo las horas lectvas cursadas. Este documento berán presentarlo los benefcaros que hayan obtendo puntuacón en el crtero a) l artculo 5.1. Artículo 11. Revocacón y rentegro subvencones y régmen sanconador. 1. Procerá la revocacón la subvencón y, en su caso, el rentegro, total o parcal, las cantdas percbdas, con la exgenca l nterés mora correspondente s el Pág /19

11 BOLETÍN OFICIAL DE momento l pago la subvencón hasta la fecha en que se rentegren voluntaramente los fondos percbdos o se acuer por el órgano competente la procenca l rentegro, cuando se produzca un ncumplmento la oblgacón justfcacón la actvdad o proyecto subvenconado o la justfcacón nsufcente, a tenor los requstos prevstos a tal efecto en el artículo 10 esta Orn y, en general, cuando concurra cualquera las causas rentegro tpfcadas en el artículo 38 la Ley 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra. 2. En el caso que se justfque un gasto la actvdad/proyecto subvenconado por un mporte menor al presupuestado en la solctud, y el benefcaro haya cumpldo el resto sus oblgacones, salvo la formacón en domas que en nngún caso podrá ser nferor a 20 horas, procerá la revocacón parcal la subvencón y el rentegro las cantdas percbdas forma proporconal a dcho ncumplmento, con la exgenca l nterés mora ndcado en el párrafo anteror. 3. En partcular, la aceptacón otra subvencón o ayuda públca para la msma fnaldad, dado el régmen ncompatbldad prevsto en el artículo 1, termnará la tramtacón l correspondente procedmento revocacón la subvencón obtenda al amparo esta Orn, y el rentegro las cantdas percbdas, en los térmnos prevstos en el artículo 38 la Ley 10/2006, así como la exgenca l nterés mora correspondente. 4. El procedmento revocacón y rentegro se tramtará conforme a lo dspuesto en la Ley 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra, sendo competente para la ncoacón l expedente el drector general Tursmo, y para su resolucón el órgano concente la subvencón. 5. El régmen sanconador aplcable será el prevsto en el Título IV la Ley 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra. Dsposcón adconal únca Régmen supletoro En lo no prevsto en la presente Orn será aplcacón lo dspuesto en el Reglamento (CE) la Comsón nº 800/2008, 6 agosto, por el que se claran termnadas categorías ayuda compatbles con el mercado común en aplcacón los artículos 87 y 88 l Tratado (Reglamento General exencón por categorías, Daro Ofcal la Unón Europea L 214/ 3 a 47), o norma que le susttuya, en la Ley 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra, en la Ley 38/2003, 17 novembre, General Subvencones, y el Real Decreto 887/2006, 21 julo, por el que se aprueba su Reglamento, en cuanto consttuya normatva básca l Estado y, en todo caso, con carácter supletoro, y la Ley Cantabra 9/2013, 27 dcembre, Presupuestos Generales la Comundad Autónoma Cantabra para el año 2014, y más normatva aplcable. Dsposcón fnal únca Entrada en vgor La presente Orn entrará en vgor el día sguente al su publcacón en el Boletín Ofcal Cantabra. Santanr, 26 febrero El consejero Innovacón, Industra, Tursmo y Comerco, Eduardo Arast Barca. Pág /19

12 BOLETÍN OFICIAL DE GOBIERNO CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO ESPACIO RESERVADO PARA EL REGISTRO Dreccón General Tursmo Servco Actvdas Turístcas Págna 1 2 SOLICITUD DE SUBVENCIONES ORDEN INN/15/2014, DE 26 DE FEBRERO, PARA INVERSIONES EN BARES Datos l nteresado Documento ntfcatvo Número documento Nombre o razón socal Tpo vía Nombre la vía N.º Pso Puerta Otros Códgo postal Localdad Muncpo Provnca Teléfono móvl Teléfono fjo Fax Correo electrónco Nombre l bar Tpo vía Nombre la vía Localdad Muncpo Datos l representante Documento ntfcatvo Número documento Nombre o razón socal Tpo vía Nombre la vía N.º Pso Puerta Otros Códgo postal Localdad Muncpo Provnca Teléfono móvl Teléfono fjo Fax Correo electrónco Solcta Le sea concedda una subvencón para las actvdas sguentes: Importe actvdad (euros IVA excludo) Subvencón solctada (euros) Declara Que conoce y acepta las bases reguladoras y la convocatora la Orn INN/15/2014 y se compromete a su cumplmento. Que el solctante reúne los requstos exgdos en el artículo 12.1 la Ley 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra, para obtener la condcón benefcaro, y que no concurren en él nnguna las crcunstancas prevstas en el art y 12.3 l msmo texto legal, clarando expresamente que no tene contraída uda alguna con el Goberno Cantabra, n tene pendente pago resolucón alguna rentegro. No haber solctado otra ayuda para el msmo proyecto objeto la solctud, hacendo constar, en su caso, el organsmo o admnstracón actuante, nomnacón la convocatora y su mporte. Que autorza a la Dreccón General Tursmo para que recabe los oportunos certfcados la A.E.A.T., la Comundad Autónoma Cantabra y la Tesorería la Segurdad Socal. Que dspone las autorzacones admnstratvas que resulten preceptvas para la realzacón la actvdad subvenconable. INT Pág /19

13 BOLETÍN OFICIAL DE Documentacón adjunta Págna 2 2 Memora explcatva la nversón, antecentes la actvdad turístca, anteproyecto suscrto por técnco competente y facturas proforma la obra o actuacones a realzar. Fcha Terceros s no constarán en la Admnstracón sus datos bancaros o se hubesen modfcado. Soporte fotográfco que refleje el estado actual las nstalacones objeto reforma. Documento acredtatvo la nversón en formacón en domas los trabajadores y/o ttular/es la empresa. En a (Nombre, apelldos y frma) Drgdo a: SEÑOR CONSEJERO DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO. DIRECCIÓN GENERAL DE TURISMO C/ Albert Ensten, 4 1.ª Planta. Edfco Sorcan, PCTCAN SANTANDER Teléfono: Fax INT De conformdad con lo establecdo en el art. 5 la Ley Orgánca 15/1999, Proteccón Datos Carácter Personal, se nforma que los datos personales aportados en este formularo serán ncorporados a un fchero para su tratamento autorzado. Podrá ejercer los rechos acceso, rectfcacón, cancelacón y oposcón prevstos en la Ley ante la Dreccón General Tursmo. Para cualquer consulta relaconada con el procedmento, pue drgrse al teléfono nformacón admnstratva 012 s llama s Cantabra o s llama s fuera la Comundad Autónoma. Pág /19

14 BOLETÍN OFICIAL DE GOBIERNO CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO ESPACIO RESERVADO PARA EL REGISTRO Dreccón General Tursmo Servco Actvdas Turístcas Págna 1 2 SOLICITUD DE SUBVENCIONES ORDEN INN/15/2014, DE 26 DE FEBRERO, PARA INVERSIONES EN CAMPAMENTOS DE TURISMO Datos l nteresado Documento ntfcatvo Número documento Nombre o razón socal Tpo vía Nombre la vía N.º Pso Puerta Otros Códgo postal Localdad Muncpo Provnca Teléfono móvl Teléfono fjo Fax Correo electrónco Nombre l campamento Clase / Modaldad Localdad Muncpo Datos l representante Documento ntfcatvo Número documento Nombre o razón socal Tpo vía Nombre la vía N.º Pso Puerta Otros Códgo postal Localdad Muncpo Provnca Teléfono móvl Teléfono fjo Fax Correo electrónco Solcta Le sea concedda una subvencón para las actvdas sguentes: Importe actvdad (euros IVA excludo) Subvencón solctada (euros) Declara Que conoce y acepta las bases reguladoras y la convocatora la Orn INN/15/2014 y se compromete a su cumplmento. Que el solctante reúne los requstos exgdos en el artículo 12.1 la Ley 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra, para obtener la condcón benefcaro, y que no concurren en él nnguna las crcunstancas prevstas en el art y 12.3 l msmo texto legal, clarando expresamente que no tene contraída uda alguna con el Goberno Cantabra, n tene pendente pago resolucón alguna rentegro. No haber solctado otra ayuda para el msmo proyecto objeto la solctud, hacendo constar, en su caso, el organsmo o admnstracón actuante, nomnacón la convocatora y su mporte. Que autorza a la Dreccón General Tursmo para que recabe los oportunos certfcados la A.E.A.T., la Comundad Autónoma Cantabra y la Tesorería la Segurdad Socal. Que dspone las autorzacones admnstratvas que resulten preceptvas para la realzacón la actvdad subvenconable. INT Pág /19

15 BOLETÍN OFICIAL DE Documentacón adjunta Págna 2 2 Memora explcatva la nversón, antecentes la actvdad turístca, anteproyecto suscrto por técnco competente y facturas proforma la obra o actuacones a realzar. Fcha Terceros s no constarán en la Admnstracón sus datos bancaros o se hubesen modfcado. Soporte fotográfco que refleje el estado actual las nstalacones objeto reforma. Documento acredtatvo la nversón en formacón en domas los trabajadores y/o ttular/es la empresa. En a (Nombre, apelldos y frma) Drgdo a: SEÑOR CONSEJERO DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO. DIRECCIÓN GENERAL DE TURISMO C/ Albert Ensten, 4 1.ª Planta. Edfco Sorcan, PCTCAN SANTANDER Teléfono: Fax INT De conformdad con lo establecdo en el art. 5 la Ley Orgánca 15/1999, Proteccón Datos Carácter Personal, se nforma que los datos personales aportados en este formularo serán ncorporados a un fchero para su tratamento autorzado. Podrá ejercer los rechos acceso, rectfcacón, cancelacón y oposcón prevstos en la Ley ante la Dreccón General Tursmo. Para cualquer consulta relaconada con el procedmento, pue drgrse al teléfono nformacón admnstratva 012 s llama s Cantabra o s llama s fuera la Comundad Autónoma. Pág /19

16 BOLETÍN OFICIAL DE GOBIERNO CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO ESPACIO RESERVADO PARA EL REGISTRO Dreccón General Tursmo Servco Actvdas Turístcas Págna 1 2 SOLICITUD DE SUBVENCIONES ORDEN INN/15/2014, DE 26 DE FEBRERO, PARA INVERSIONES EN RESTAURANTES Y CAFETERÍAS Datos l nteresado Documento ntfcatvo Número documento Nombre o razón socal Tpo vía Nombre la vía N.º Pso Puerta Otros Códgo postal Localdad Muncpo Provnca Teléfono móvl Teléfono fjo Fax Correo electrónco Datos l representante Documento ntfcatvo Número documento Nombre o razón socal Tpo vía Nombre la vía N.º Pso Puerta Otros Códgo postal Localdad Muncpo Provnca Teléfono móvl Teléfono fjo Fax Correo electrónco Datos l establecmento Restaurante Nombre l restaurante o cafetería Cafetería Tpo vía Nombre la vía Localdad Muncpo Solcta Le sea concedda una subvencón para las actvdas sguentes: Importe actvdad (euros IVA excludo) Subvencón solctada (euros) INT Pág /19

17 BOLETÍN OFICIAL DE Declara Págna 2 2 Que conoce y acepta las bases reguladoras y la convocatora la Orn INN/15/2014 y se compromete a su cumplmento. Que el solctante reúne los requstos exgdos en el artículo 12.1 la Ley 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra, para obtener la condcón benefcaro, y que no concurren en él nnguna las crcunstancas prevstas en el art y 12.3 l msmo texto legal, clarando expresamente que no tene contraída uda alguna con el Goberno Cantabra, n tene pendente pago resolucón alguna rentegro. No haber solctado otra ayuda para el msmo proyecto objeto la solctud, hacendo constar, en su caso, el organsmo o admnstracón actuante, nomnacón la convocatora y su mporte. Que autorza a la Dreccón General Tursmo para que recabe los oportunos certfcados la A.E.A.T., la Comundad Autónoma Cantabra y la Tesorería la Segurdad Socal. Que dspone las autorzacones admnstratvas que resulten preceptvas para la realzacón la actvdad subvenconable. Documentacón adjunta Memora explcatva la nversón, antecentes la actvdad turístca, anteproyecto suscrto por técnco competente y facturas proforma la obra o actuacones a realzar. Fcha Terceros s no constarán en la Admnstracón sus datos bancaros o se hubesen modfcado. Soporte fotográfco que refleje el estado actual las nstalacones objeto reforma. Documento acredtatvo la nversón en formacón en domas los trabajadores y/o ttular/es la empresa. En a (Nombre, apelldos y frma) Drgdo a: SEÑOR CONSEJERO DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO. DIRECCIÓN GENERAL DE TURISMO C/ Albert Ensten, 4 1.ª Planta. Edfco Sorcan, PCTCAN SANTANDER Teléfono: Fax INT De conformdad con lo establecdo en el art. 5 la Ley Orgánca 15/1999, Proteccón Datos Carácter Personal, se nforma que los datos personales aportados en este formularo serán ncorporados a un fchero para su tratamento autorzado. Podrá ejercer los rechos acceso, rectfcacón, cancelacón y oposcón prevstos en la Ley ante la Dreccón General Tursmo. Para cualquer consulta relaconada con el procedmento, pue drgrse al teléfono nformacón admnstratva 012 s llama s Cantabra o s llama s fuera la Comundad Autónoma. Pág /19

18 BOLETÍN OFICIAL DE GOBIERNO CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO ESPACIO RESERVADO PARA EL REGISTRO Dreccón General Tursmo Servco Actvdas Turístcas Págna 1 2 SOLICITUD DE SUBVENCIONES ORDEN INN/15/2014, DE 26 DE FEBRERO, PARA INVERSIONES EN ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS Datos l nteresado Documento ntfcatvo Número documento Nombre o razón socal Tpo vía Nombre la vía N.º Pso Puerta Otros Códgo postal Localdad Muncpo Provnca Teléfono móvl Teléfono fjo Fax Correo electrónco Nombre l alojamento Clase / Modaldad Localdad Muncpo Datos l representante Documento ntfcatvo Número documento Nombre o razón socal Tpo vía Nombre la vía N.º Pso Puerta Otros Códgo postal Localdad Muncpo Provnca Teléfono móvl Teléfono fjo Fax Correo electrónco Solcta Le sea concedda una subvencón para las actvdas sguentes: Importe actvdad (euros IVA excludo) Subvencón solctada (euros) Declara Que conoce y acepta las bases reguladoras y la convocatora la Orn INN/15/2014 y se compromete a su cumplmento. Que el solctante reúne los requstos exgdos en el artículo 12.1 la Ley 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra, para obtener la condcón benefcaro, y que no concurren en él nnguna las crcunstancas prevstas en el art y 12.3 l msmo texto legal, clarando expresamente que no tene contraída uda alguna con el Goberno Cantabra, n tene pendente pago resolucón alguna rentegro. No haber solctado otra ayuda para el msmo proyecto objeto la solctud, hacendo constar, en su caso, el organsmo o admnstracón actuante, nomnacón la convocatora y su mporte. Que autorza a la Dreccón General Tursmo para que recabe los oportunos certfcados la A.E.A.T., la Comundad Autónoma Cantabra y la Tesorería la Segurdad Socal. Que dspone las autorzacones admnstratvas que resulten preceptvas para la realzacón la actvdad subvenconable. INT Pág /19

19 BOLETÍN OFICIAL DE Documentacón adjunta Págna 2 2 Memora explcatva la nversón, antecentes la actvdad turístca, anteproyecto suscrto por técnco competente y facturas proforma la obra o actuacones a realzar. Fcha Terceros s no constarán en la Admnstracón sus datos bancaros o se hubesen modfcado. Soporte fotográfco que refleje el estado actual las nstalacones objeto reforma. Documento acredtatvo la nversón en formacón en domas los trabajadores y/o ttular/es la empresa. En a (Nombre, apelldos y frma) Drgdo a: SEÑOR CONSEJERO DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO. 2014/3372 DIRECCIÓN GENERAL DE TURISMO C/ Albert Ensten, 4 1.ª Planta. Edfco Sorcan, PCTCAN SANTANDER Teléfono: Fax INT De conformdad con lo establecdo en el art. 5 la Ley Orgánca 15/1999, Proteccón Datos Carácter Personal, se nforma que los datos personales aportados en este formularo serán ncorporados a un fchero para su tratamento autorzado. Podrá ejercer los rechos acceso, rectfcacón, cancelacón y oposcón prevstos en la Ley ante la Dreccón General Tursmo. Para cualquer consulta relaconada con el procedmento, pue drgrse al teléfono nformacón admnstratva 012 s llama s Cantabra o s llama s fuera la Comundad Autónoma. Pág /19

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