CONSUMOS DE DROGAS: REPERCUSIONES SOCIO-JURÍDICAS EN EL ÁMBITO LABORAL

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1 CONSUMOS DE DROGAS: REPERCUSIONES SOCIO-JURÍDICAS EN EL ÁMBITO LABORAL Xabier ARANA Investigador. Instituto Vasco de Criminología Isabel GERMÁN Investigadora. Instituto Vasco de Criminología Sumario Introducción 1. Marco de actuación del fenómeno social de las drogas en el ámbito laboral 1.1. OIT 1.2. Unión Europea 1.3. Estado Español 1.4. Comunidad Autónoma de Euskadi 1.5. Otros referentes 2. Acercamiento al diagnóstico de los consumos de drogas en el ámbito laboral Análisis de los datos sobre consumos de drogas en el medio laboral 2.2. Estudio de los factores etiológicos y de los factores de riesgo de los consumos de drogas y en el ámbito laboral 3. Consumo de drogas en el ámbito laboral: marco normativo 3.1. Marco normativo internacional ONU OIT 3.2. Marco normativo estatal Constitución Española Código penal Estatuto de los Trabajadores La Ley de prevención de riesgos laborales (LPRL) Investigación dirigida por el Prof. Dr. D. José Luís de la Cuesta Arzamendi y el Prof. Dr. D. Ignacio Muñagorri Laguía, en el marco del Convenio de Colaboración entre el Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco, la Dirección de Drogodependencias del Gobierno Vasco, la Universidad del País Vasco, y el Instituto Vasco de Criminología.

2 140 Xabier Arana e Isabel Germán 3.3. Marco normativo autonómico 3.4. Especial referencia al testado de sustancias Principios rectores para pruebas destinadas a detectar el consumo de alcohol y de otras drogas en el lugar de trabajo (OIT) Situación actual del testado de sustancias en el ámbito laboral 4. Medidas para prevenir, reducir y tratar los problemas relacionados con los consumos de drogas en el ámbito laboral. Especial referencia a los protocolos de actuación 4.1. Plan de Prevención 4.2. Protocolos de actuación Conclusiones Bibliografía INTRODUCCIÓN El fenómeno social de las drogas abarca, de una u otra manera, a todos los ámbitos de la vida, entre ellos, el laboral. En los últimos años éste ámbito ha experimentado fuertes modificaciones que han supuesto transformaciones significativas en el mercado de trabajo: cambios en la estructura económica, nuevas tecnologías, nuevos productos, etc. También se han producido variaciones significativas en los consumos de drogas: nuevos consumos de viejas drogas y viejos consumos de nuevas drogas. En el presente trabajo se abordan diversas cuestiones relacionadas con el fenómeno de las drogas en el ámbito laboral: marco de actuación (internacional, estatal y autonómico), acercamiento al análisis de datos sobre consumos en el campo laboral, factores etiológicos y de riesgo en estos consumos, legislación vigente (especial referencia al testado de sustancias a las personas trabajadoras) y, finalmente, aspectos de gran trascendencia como son los planes de prevención y los protocolos de actuación. A través de la investigación se recogen las opiniones de diferentes personas mediante la técnica de entrevista en profundidad con gran conocimiento en el campo de salud laboral y del fenómeno de las drogas en este ámbito: Cuatro representantes sindicales, de los sindicatos más representativos en la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV), con experiencia como delegados de prevención y miembros de diversos comités de empresa. Tres médicos de los servicios de prevención en salud laboral con amplia experiencia en el sector público y en el sector cooperativo. Personal técnico de salud laboral (Osalan). Técnico de prevención en drogodependencias con experiencia en el ámbito laboral. 1. MARCO DE ACTUACIÓN DEL FENÓMENO SOCIAL DE LAS DROGAS EN EL ÁMBITO LABORAL Los consumos de drogas en el ámbito laboral son una constante desde hace muchos años. La evolución de las diferentes situaciones laborales, de las distintas sustan-

3 Consumos de drogas: Repercusiones socio-jurídicas en el ámbito laboral 141 cias y de las variadas maneras de consumir, evidencian una necesidad de análisis detallado y unas políticas lúcidas para dar respuesta en los campos de la prevención, de la asistencia y de la inserción a la problemática que se deriva. Desde diversas instituciones internacionales, estatales, autonómicas y locales, así como organizaciones sindicales y patronales, han tomado conciencia de los problemas derivados de algunos consumos de drogas en el ámbito laboral Organización Internacional del Trabajo (OIT) El Consejo de Administración de la OIT, en la 259ª reunión 1, resolvió convocar una reunión de expertos 2 para llevar a cabo un conjunto de recomendaciones prácticas sobre el tratamiento de problemas relacionados con el alcohol y las drogas 3 en los lugares de trabajo, con el objeto de convertirse en un referente en el ámbito laboral. Estas recomendaciones no pretendían sustituir las diversas normativas internacionales ni estatales, sin embargo, las personas impulsoras de las mismas, eran conscientes que las políticas y programas sobre drogas en el ámbito laboral, deberían de aplicarse a todo el personal de la empresa incluido personal directivo y empresarial, sin ningún tipo de discriminación. Las bases de estas recomendaciones giran sobre los siguientes aspectos (OIT ): Las políticas y los programas en materia de consumos de drogas deberían promover la prevención, la reducción y el tratamiento de los problemas relacionados con estas sustancias en el lugar de trabajo. Las recomendaciones deben aplicarse a todo tipo de empleos, tanto públicos como privados. 1. Celebrada en marzo de Se reunieron en Ginebra, del 23 al 31 de enero de En muchos documentos oficiales de la OIT y de otras organizaciones se emplea la expresión alcohol y las drogas. Desde el punto de vista científico, esta alusión es incorrecta y puede llevar a equívocos. Es incorrecta porque el alcohol es una droga. Si se quiere aludir especialmente al alcohol entre otras drogas, la expresión correcta podría ser alcohol y otras drogas. En el propio documento de la OIT (1996:4) cuando define el término droga se dice que dicho término se emplea con distintos significados. En medicina designa cualquier sustancia que pueda evitar o curar una enfermedad, o mejorar el bienestar físico o mental y, en farmacología, cualquier agente químico que altere los procesos bioquímicos o fisiológicos de los tejidos u organismos. Por consiguiente, una droga es una sustancia incluida, o que puede incluirse en una farmacopea. En el lenguaje común, el término suele designar específicamente las drogas psicoactivas y, a menudo, de modo aún más concreto, las drogas ilícitas, que además de servir para fines médicos también se empelan con fines no médicos. Las definiciones profesionales (como por ejemplo alcohol y otras drogas ) tratan de llamar la atención sobre el hecho de que la cafeína, el tabaco y el alcohol así como otras sustancias que se usan comúnmente con fines no médicos también son drogas en el sentido de que se consumen, por lo menos en parte, por sus efectos psicoactivos. 4. Admás del Documento sobre Tratamiento de cuestiones relacionadas con el alcohol y las drogas en el lugar de trabajo (1996), desde la OIT se han realizado varios convenios y recomendaciones, relacionados con la salud en el ámbito laboral y que son necesarios tener en cuenta: Convenio sobre Seguridad y Salud de los trabajadores (1981), Recomendación sobre Seguridad y Salud de los trabajadores (1981), Convenio sobre los Servicios de Salud en el trabajo (1985) y Recomendaciones sobre los Servicios de Salud en el trabajo (1985).

4 142 Xabier Arana e Isabel Germán La política y legislación relacionada con las drogas en el ámbito laboral, debería establecerse tras la consulta con las organizaciones empresariales y sindicales más representativas. Los problemas relacionados con los consumos de drogas deberían considerarse como problemas de salud y tratarse como cualquier otro problema de salud en el trabajo, sin ningún tipo de discriminación. Las organizaciones empresariales y sindicales deberían evaluar conjuntamente los efectos de los consumos de drogas en el lugar de trabajo y deberían cooperar en la elaboración, por escrito, de una política para la empresa. Las organizaciones empresariales, en colaboración con las personas trabajadoras y sus representantes, deberían adoptar disposiciones que sean razonablemente factibles para identificar condiciones de trabajo que influyen en los problemas relacionados con los consumos de drogas y adoptar medidas de prevención o corrección. El sector empresarial debería aplicar las mismas limitaciones en relación al alcohol entre el personal de dirección como con el resto de las personas trabajadoras. Con el objeto de fomentar la seguridad y la salud en el lugar de trabajo, se deberían realizar programas de información, instrucción y capacitación sobre las drogas que deberían integrarse, en la medida de lo posible, en programas de salud más amplios. El sector empresarial debería establecer un sistema para asegurar el carácter confidencial de toda la información comunicada en lo relacionado a los problemas por consumos de drogas. Habría que informar a las personas trabajadoras sobre las excepciones a la confidencialidad. Los análisis toxicológicos para determinar consumos de sustancias en el trabajo plantean problemas fundamentales de orden moral, ético y jurídico. Hay que determinar cuándo es justo y apropiado el realizarlos. El trabajo es un factor importante para facilitar la superación de los problemas relacionados con los consumos de drogas. Todas las partes implicadas deben reconocer que el lugar de trabajo tiene un papel importante para ayudar a las personas con problemas de consumos de drogas. Las personas trabajadoras que quieran recibir tratamiento y rehabilitación para sus problemas relacionados con los consumos de drogas no deberían ser objeto de discriminación por quien las haya contratado, deberían gozar de la seguridad en el empleo y deberían tener las mismas oportunidades de traslado y ascenso profesional que el resto de sus colegas. Debería reconocerse a quien contrata la autoridad para sancionar a las personas trabajadoras cuya conducta profesional sea impropia como consecuencia de problemas relacionados con los consumos de drogas. Sin embargo, es preferible que estas personas sean remitidas a los servicios de asesoramiento, tratamiento y rehabilitación en vez de aplicarles sanciones disciplinarias. En el supuesto de que la persona trabajadora no colabore plenamente con el tratamiento, el empresario podrá tomar las medidas disciplinarias que considere oportunas.

5 Consumos de drogas: Repercusiones socio-jurídicas en el ámbito laboral 143 El sector empresarial debería aplicar el principio de no discriminación a las personas trabajadoras que consumen o consumían drogas, de conformidad con la legislación interna de cada Estado. Las citadas recomendaciones deberán interpretarse según las condiciones del país donde se pretendan implementarlas. A juicio de Behrouz Sahandeh, estas recomendaciones constituyen un documento único en el ámbito de la reducción de la demanda y están respaldadas por un consenso internacional tripartito. Proporcionan una amplia gama de recomendaciones y consejos prácticos sobre el desarrollo de programas de prevención y asistencia en el lugar de trabajo (OIT 2003:11) Unión Europea Desde diversas instituciones europeas con competencia en el campo de la salud en general, y del fenómeno social de la drogas en particular, se han realizado diversas referencias a las drogas en el trabajo. Así, en el Plan de Acción de la Unión Europea en materia de lucha contra la droga ( ), entre los objetivos contemplados en el apartado de reducción de la demanda, se señala el establecer, desarrollar y mejorar la prevención selectiva. Entre las acciones que recoge para realizarlas en el año 2008 está el desarrollar y mejorar los programas de prevención en circunstancias específicas, e incluye la cuestión de las drogas en el ámbito laboral. El indicador de evaluación de esta acción, será el número de Estados Miembros que hayan ejecutado programas en el lugar de trabajo relacionados con las drogas La Unión Europea ha dado una amplia cobertura tanto en materia de seguridad e higiene en el trabajo como en el campo de las drogas. Entre todo este material destaca: Directiva 1989/391/CEE, de 12 de junio sobre Seguridad e higiene en el trabajo. Aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores en el trabajo. Comunicación COM (2002) 118, de 11 de marzo. Salud Laboral. Adaptación a los cambios en la sociedad y en el mundo del trabajo. Una nueva estrategia comunitaria de salud y seguridad ( ). Comunicación COM (2004) 62, de 5 de febrero. Seguridad e higiene en el trabajo. Aplicación práctica de las disposiciones de las directivas de salud y seguridad en el trabajo 89/31/CEE, de 21 de diciembre de Resolución de 12 de junio de Sanidad y salud pública. Marco de actuación de la Comunidad en el ámbito de la salud pública. Decisión 102/1994/CE, de 16 de diciembre. Toxicomanía. Adopta el programa de acción comunitario relativo a la prevención de las toxicomanías en el marco de la acción en el ámbito de la salud pública ( ) Decisión 1786/2002, de 23 de septiembre. Sanidad y salud pública. Adopción de un programa de acción comunitario en el ámbito de la salud pública ( ). Recomendación 2003/488/CE, de 18 de junio. Toxicomanía. Prevención y reducción de los daños para la salud asociados a la drogodependencia. Estrategia europea en materia de lucha contra la droga ( ). Plan de Acción de la Unión Europea en materia de lucha contra la droga ( ). Decisión 2006/89/CE/, de 10 de febrero. Sanidad y salud pública. Adopta el plan de trabajo de 2006, para la aplicación del programa de acción comunitario en el ámbito de la salud pública ( ).

6 144 Xabier Arana e Isabel Germán 1.3. Estado Español En este apartado se va a analizar básicamente las referencias que se hacen al ámbito laboral en el Plan de Acción , elaborado por el Plan Nacional sobre Drogas. Cuando en 1985 se aprobó la creación de un Plan Nacional sobre Drogas, entre las cuestiones que se tuvieron en cuenta para la elaboración de dicho Plan fue la constatación de que el fenómeno repercute en diversos ámbitos de actuación: educativo, sanitario, social, laboral, policial, penitenciario, etc. (Santacreu 1995: 18). Casi tres lustros después de la puesta en marcha del Plan Nacional sobre Drogas, se aprueba la Estrategia Nacional sobre Drogas para el período (Real Decreto 1911/1999, de 17 de diciembre), donde la mención al ámbito laboral está presente en diversas partes del citado Real Decreto. El ámbito laboral, junto con el escolar, el familiar, el comunitario y el de la comunicación son considerados como los ámbitos prioritarios de la intervención preventiva en la estrategia. En el campo de la prevención, entre los principios de actuación, se recoge la necesidad de que los programas preventivos deben afrontarse de manera que se posibilite la sinergia de actuaciones en los ámbitos laboral, policial, sanitario, educativo, social, etc. Además, la intersectorialidad abarcará la actuación en los distintos niveles, desde las Administraciones hasta los movimientos sociales. Las prioridades que recoge la Estrategia Nacional sobre Drogas en el ámbito laboral se pueden resumir en (Plan Nacional sobre Drogas 2005): Estructurar intervenciones y programas preventivos en este campo, dirigidos prioritariamente a la prevención de las sustancias institucionalizadas, sin dejar de lado el resto de las sustancias. Las intervenciones priorizarán sectores de producción y colectivos de trabajadores en situación de alto riesgo y también a aquellos cuyo desempeño laboral pueda suponer un riesgo para terceros (personal conductor de vehículos de servicios públicos, profesionales de la salud, de la seguridad, etc.). Este tipo de programas tiene que contar con la participación de todas las partes implicadas: sector empresarial, representación de los trabajadores y servicios de prevención. Asimismo, los programas citados deben ser parte de los programas de seguridad e higiene de las empresas. Los programas a implementar en el ámbito laboral deberían incluir: información, sensibilización y orientación. Igualmente se debería facilitar el tratamiento a las personas trabajadoras con problemas por consumos de drogas (trabajando en el marco de la prevención de riesgos laborales y no desde una perspectiva sancionadora) y la formación y capacitación de mandos y cuadros con asesoramiento especializado Entre los objetivos generales en el campo de la prevención del consumo de drogas, en el punto 13, se recoge la necesidad de estimular e implementar estrategias preventivas que incluyan actuaciones informativas, formativas y de modificación de actitudes, comportamientos y factores de riesgo en la población laboral. Para el año 2003 estaba previsto: En el 100% de los Planes Autonómicos sobre el fenómeno social de las drogas se habrán llevado a cabo acuerdos de colaboración con sindicatos y asociaciones empresariales con el objetivo de promover la prevención de las drogodependencias en este ámbito.

7 Consumos de drogas: Repercusiones socio-jurídicas en el ámbito laboral 145 Relacionado con el campo de la asistencia e integración social, se señala la importancia del ámbito laboral en los procesos de inserción de personas drogodependientes y, entre los objetivos a llevar a cabo, se menciona la necesidad de priorizar la participación de personas presas drogodependientes en programas formativo-laborales. El Plan Nacional de Drogas ha elaborado un Plan de Acción que consta de 6 ejes de trabajo y de 68 acciones, donde también hace referencia en varios de sus ejes de trabajo al ámbito laboral. Así, dentro del Eje Coordinación, en la Acción 3, sobre el reforzamiento de la Comisión Nacional para la Prevención y el tratamiento de las Drogodependencias en el Ámbito Laboral, se propone la incentivación de acuerdos sectoriales que posibiliten la implementación de programas preventivos en las grandes y medianas empresas. De igual modo se propone la creación de Comisiones Autonómicas para la Prevención y el Tratamiento de las Drogodependencias en el Ámbito Laboral. En el Eje Prevención y Sensibilización Social, la Acción 9, promueve desarrollar programas de formación de profesionales sanitarios (personal médico, personal de enfermería, especialistas en psicología, ) acerca de los problemas ocasionados por las drogas sobre la salud y sobre los abordajes preventivos y terapéuticos. También propone reforzar la información y la formación adecuada a las diferentes funciones del resto de los profesionales que intervienen en este campo (profesorado, profesionales del trabajo social, agentes mediadores de ocio y tiempo libre, miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad, etc.). En Eje de Atención integral, concretamente la Acción 18, se señala que la Delegación colaborará con los Planes Autonómicos, y solicitará el apoyo de las sociedades científicas, para la elaboración y evaluación de programas o subprogramas que se orienten a la detección precoz de factores de riesgo y a la intervención precoz desde la perspectiva de la salud pública. Este tipo de programas se llevarán a cabo con ánimo integrador y reforzador de la población a la que se dirigen, sin estigmatizar ni excluir a las personas que por sus condiciones personales, sociales, económicas, o culturales pueden ser más vulnerables. Dentro del mismo Eje, la Acción 29, propone el reforzamiento de los programas dirigidos a reducir los daños derivados del consumo de alcohol y otras drogas: prevención de accidentes de tráfico, de otros accidentes (entre los que estarían los accidentes laborales), de comportamientos violentos y comisión de delitos, de violencia doméstica, de suicidio, etc. El Eje de Atención integral, también abarca la integración social y laboral de personas consumidoras de sustancias, porque la actividad laboral fomenta la autonomía de las personas y su autoestima y puede ser un factor de protección frente a la recaída en los consumos. La Acción 34 y la 35 mencionan el impulsar medidas que faciliten la integración social y laboral de personas consumidoras en proceso de rehabilitación, y también el estimular los programas de formación integral para la población drogodependiente en proceso de tratamiento, donde se prestará especial atención a la formación dirigida a la inserción laboral. Identificar los sectores de población más vulnerables en el ámbito laboral y señalar instrumentos de prevención adecuados a estos sectores.

8 146 Xabier Arana e Isabel Germán Finalmente, en el Eje de Reducción de la oferta, en la Acción 63, dentro de las intervenciones de reducción de la oferta en los espacios de ocio, se impulsa el reforzamiento de las actuaciones inspectoras en fines de semana y períodos vacacionales, concretamente, mediante el fomento y el apoyo de las actuaciones de las empresas de la industria del ocio para mejorar la vigilancia y evitar la distribución y venta de determinadas drogas en sus locales. Los consumos de drogas en el ámbito laboral y éste como espacio fundamental en los procesos de inserción de drogodependientes, van adquiriendo una mayor importancia Comunidad Autónoma de Euskadi Antes de adentramos en el V Plan de Drogodependencias de la Comunidad Autónoma de Euskadi, es necesario hacer una breve referencia a algunas cuestiones relacionadas con el impulso dado desde el Gobierno Vasco a la prevención de los consumos de drogas en el ámbito laboral. Tras la creación del DAK (Centro Coordinador de Drogodependencias) por parte del Gobierno Vasco, en abril de 1981, nueve meses más tarde se aprobó el Plan de Actuación en el ámbito de las Drogodependencias, donde las referencias al ámbito laboral fueron escasas, entre otras cuestiones porque este plan respondía a planteamientos muy globales (Coto et Alt. 1987). Dos años más tarde el DAK, al elaborar el folleto Política Preventiva del DAK, solamente se menciona al ámbito laboral dentro de las medidas comunitarias, pero ello no quiere decir que desde el DAK no se impulsara la prevención en este sector, porque desde este organismo se llevaron a cabo diferentes actividades como campañas de prevención en empresas, asesoramiento a empresas (básicamente centrado en el personal sanitario y de mando), cursos a dirigentes de la comunidad (entre los que se incluía a sindicalistas) y cursos a los Gabinetes Sanitarios de las empresas. En el año 1983, el Gobierno Vasco creó la Comisión Interdepartamental sobre Drogas en Euskadi, con el objetivo de conocer las necesidades, planificar y poner en marcha los programas de actividades prioritarios en relación al fenómeno social de las drogas. Algunas de las investigaciones 7 sirvieron para poner de manifiesto la repercusiones negativas del consumo de alcohol y tabaco, llegando a cuantificar económicamente estos perjuicios (Coto et Alt. 1987:206). Así, la investigación sobre Aproximación a los costes sociales del Alcoholismo en la Comunidad Autónoma Vasca estimó que el número de las horas perdidas por abuso de alcohol en 1981 (accidentes, bajas temporales por enfermedades, incapacidades y muertes prematuras), llegó a ser siete veces superior a las horas perdidas por conflictividad laboral, en un momento en el que ésta era muy fuerte. La investigación sobre Costes del absentismo laboral por abuso de alcohol en la Comunidad Autónoma Vasca, apreció que durante 7. Aproximaciones a los Costes Sociales del Alcoholismo en la Comunidad Autónoma Vasca (Cámara de Comercio de Bilbao, 1984). Costes Sociales del Tabaquismo en la Comunidad Autónoma Vasca (J.M. Cabasés y M. Escribano, 1986). Costes del Absentismo Laboral por Abuso de Alcohol, en la Comunidad Autónoma Vasca (J.M. Cabasés, E. Herrero y L.M. Puente, 1986).

9 Consumos de drogas: Repercusiones socio-jurídicas en el ámbito laboral 147 el año 1984 se perdieron unas jornadas de trabajo motivadas por Incapacidad Laboral Transitoria y por accidentes laborales atribuidos al consumo de alcohol. El DAK en el año 1986, el mismo año que se integró en Osakidet za, elaboró un Plan de Prevención en las Empresas que constaba de seis puntos y que se aplicó en Altos Hornos de Vizcaya y en algunas empresas del municipio de Ermua. Los puntos, redactados hace veinte años, todavía son de vigente actualidad (Coto et Alt. 1987): Conocimiento de la incidencia real en el medio laboral del consumo de drogas. Niveles de consumo, frecuencia, tipo de sustancias, patologías, etc. Sensibilización selectiva y colectiva sobre las sustancias de mayor consumo dentro de la empresa y sus efectos individuales y laborales. Información selectiva sobre las sustancias de nuevo consumo social. Diagnóstico precoz de las patologías producidas por el consumo de drogas. Posibilitar e informar de las medidas rehabilitadoras que en cada caso individual sean necesarias para la recuperación de las secuelas producidas por las drogodependencias. Control y reducción del consumo realizado dentro de la empresa y eliminación en los casos en los que las especiales características (toxicidad o peligrosidad) del puesto de trabajo así lo aconsejen. Al año siguiente, 1987, el Departamento de Trabajo y Seguridad Social elaboró un Plan de actuación denominado Programa contra el tabaquismo y el consumo de alcohol en trabajadores, donde se pretendió sensibilizar a la población laboral sobre el problema y también el cambio de actitudes hacia hábitos de vida más saludables. Se llevaron a cabo publicaciones y cursos. Además se hacía hincapié en que, desde los Gabinetes de Seguridad e Higiene, se incluirían en todos los cursos de formación impartidos por ellos, una parte de sensibilización ante los problemas creados por los consumos de alcohol y tabaco, especialmente en su aspecto tóxico y en el sinérgico con los productos utilizados por las personas trabajadoras. En noviembre de 1991 se constituyó el Pleno del Consejo Asesor de Drogodependencias, que creó varias comisiones técnicas especializadas, entre ellas, la de Drogodependencias en el Mundo Laboral. Desde su inicio, esta comisión se centró en tres áreas de trabajo: prevención, asistencia y situación legislativa y reinserción. Sobre la prevención en el ámbito laboral, se realizan dos afirmaciones que ayudan a centrar la cuestión: Existe una idea estereotipada de que el consumo de drogas es algo relacionado con sectores marginales de la población y con sustancias ilegalizadas. Sin embargo, los consumos de drogas también se dan en la población laboral y, sobre todo, con sustancias legalizadas (alcohol, tabaco y fármacos). Tras aportar datos sobre consumos de drogas (legales e ilegales) por parte de las personas trabajadoras, se recalca que el colectivo de personas activas (Población con Actividad Laboral) es el estrato social donde se encuentran los mayores problemas de drogas. El hecho de que sea un estrato social de edades comprendidas entre los 16 y los 65 años (es decir que excluye a niños y a ancianos) que está constituido mayoritariamente por varones (dos de cada tres) y que son los que disfrutan de una mayor autonomía y poder adquisitivo hace de ellos el sector social de mayor consumo (Agirre et Alt. 1992:170).

10 148 Xabier Arana e Isabel Germán En la segunda mitad de los años noventa hay dos cuestiones que van a tener su importancia a la hora de afrontar el fenómeno de las drogas en el ámbito laboral: por un lado, la promulgación de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, la cual será analizada más detalladamente en el apartado dedicado a la legislación; por otro lado, la promulgación de la Ley 18/1998, de 25 de junio, sobre prevención, asistencia e inserción en materia de drogodependencias. En el área de la prevención, hace referencia, entre otras cuestiones, a la promoción de planes de prevención de drogodependencias en el ámbito laboral, en colaboración con las partes implicadas: diversas administraciones, organizaciones empresariales y organizaciones sindicales. Según esta Ley, dentro de las competencias específicas de prevención y control de la oferta, Osalan es el organismo autónomo que tiene la capacidad para realizar actividades de información y formación sobre los efectos de los consumos de drogas en el campo laboral y además quien deberá promover, en colaboración con las diversas Administraciones, empresariado y sindicatos, la implementación de programas de prevención en el ámbito laboral, principalmente en el contexto recogido en la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales. Estas cuestiones aparecen recogidas en los artículos 5.5 y 9 de la Ley 18/ Osalan - Instituto Vasco de Seguridad y Salud laborales, se creó mediante la Ley 7/1993, de 21 de diciembre, es un Organismo Autónomo adscrito al Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social que tiene como objetivo la coordinación y la centralización en un solo órgano técnico todas las competencias que posee la Comunidad Autónoma Vasca respecto a la seguridad, higiene, medio ambiente y salud laborales. Como se recoge en el Plan de Gestión de Osalan de 2004, este Instituto realiza labores de promoción y desarrollo de programas de trabajo dirigidos a mejorar la Prevención de Riesgos Laborales en la Comunidad Autónoma, formación de personal, desarrollo de guías y protocolos que ayudan a empresarios y trabajadores en sus labores preventivas, así como colaboración con la Autoridad Laboral en la investigación de accidentes de trabajo. Para el diseño y desarrollo del Plan Director de Seguridad y Salud Laboral , se realizaron entrevistas en profundidad con los principales agentes implicados de la Comunidad Autónoma de Euskadi para poder analizar la situación de la 8. Artículo 5.5: La Administración laboral, a través de Osalan, realizará actividades informativas y formativas acerca de los efectos del consumo de drogas en el ámbito laboral con destino a trabajadores y trabajadoras, representantes sindicales y empresarios y empresarias. Asimismo, se apoyarán las acciones informativas que por su cuenta realicen las empresas. Artículo 9: Ámbito laboral. La Administración laboral de la Comunidad Autónoma del País Vasco, a través de Osalan, promoverá, en colaboración con los gestores de las distintas Administraciones Públicas, los empresarios y las empresarias, y las asociaciones empresariales y sindicales, la puesta en marcha de programas de prevención en el medio laboral, preferentemente en el marco de los servicios, actividades y participación previstos en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. La anterior ley en materia de drogodependencias de la CAPV, Ley 15/1988 sobre prevención, asistencia y reinserción en materia de drogodependencias, en su artículo 4.4, relacionado con la medidas generales de prevención del consumo de sustancias tóxicas, mencionaba en el campo de la prevención que la Administración laboral, a través de los Gabinetes de Seguridad e Higiene en el Trabajo, realizará actividades informativas y formativas acerca de los efectos del consumo de drogas, con destino a trabajadores, representantes sindicales y empresarios.

11 Consumos de drogas: Repercusiones socio-jurídicas en el ámbito laboral 149 seguridad y la salud laboral desde diversos ámbitos. Entre las aportaciones realizadas se destacan: Cultura preventiva y asunción de responsabilidades: La necesidad de promover una cultura preventiva está presente en diferentes ámbitos sociales y laborales, destacando la falta de un cultura en esta materia entre las y los empresarios, las y los trabajadores y la ciudadanía en general Formación e información: Falta formación e información continua sobre la prevención a todos los niveles de las organizaciones Factores humanos de siniestralidad: En muchas ocasiones existe un exceso de confianza de las y los trabajadores en sus puestos de trabajo, dándose casos de resistencia en la utilización sistemática de los Equipos de Protección Juventud La incidencia de accidentes entre las y los trabajadores más jóvenes (18 a 24 años), es mayor. Además, las cifras parecen indicar que también existe una mayor incidencia entre las y los trabajadores con menos de dos años de experiencia Evaluación de riesgos La Evaluación de Riesgos debe ser una herramienta de trabajo sometida a constante revisión, especialmente cuando ocurre una incidencia relacionada con la seguridad en un puesto, o cuando han cambiado las condiciones generales del puesto. La evaluación debe ser un documento vivo, no un papel para cumplir el expediente Organización de la Prevención de Riesgos Laborales en la empresa La Prevención de Riesgos no está integrada en la gestión de la empresa. El empresariado, en general, no tiene asumido que la prevención es una parte básica de su gestión. No está asumida la rentabilidad de la prevención; en la mayoría de las ocasiones se asume como un costo/impuesto En este momento, por razones de notoriedad y repercusión social, se considera la PRL una moda, cuando lo que debe ser es una rutina que forme parte del trabajo diario. La trabajadora y el trabajador debe llegar a buscar una protección inconsciente, sin necesidad de que haya algo o alguien que deba recordárselo permanentemente Servicios de prevención Es necesario también destacar la falta generalizada de personas expertas con formación en estas áreas, destacando la de las y los médicos de empresa necesarios para dar cobertura a las necesidades que implica el cumplimiento de la Ley 31/95 En el año 2001, el Consejo General de Osalan aprobó la creación de Grupos de Trabajo Técnicos para el estudio de determinadas cuestiones de su competencia. Uno de estos Grupos de Trabajo centra su tarea en el fenómeno de las drogodependencias en el ámbito laboral; está constituido por diversos agentes sociales, sector empresarial y sector de las cooperativas, junto con miembros de Osalan. Entre los objetivos principales del citado Grupo de Trabajo están el analizar y evaluar la problemática generada por las drogodependencias en el ámbito laboral de Euskadi, además de facilitar a las

12 150 Xabier Arana e Isabel Germán empresas unas herramientas útiles y consensuadas para la actuación en la prevención de drogodependencias en el ámbito laboral. Personal Técnico de Osalan: Nosotros tenemos la competencia de promover la prevención. Con la Ley de Drogodependencias (18/1998) ésa es la competencia: Estimular, formar a la gente, ayuda abierta a promover en las empresas la prevención de drogas, pero no tenemos ninguna competencia sancionadora. ( ) Si hay accidentes por consumo sería la Inspección de Trabajo. Nosotros tenemos la competencia de promover la salud y de promover la prevención Entre las aportaciones llevadas a cabo por parte de la Comisión Técnica Especializada de Prevención del Consejo Asesor de Drogodependencias, se respaldó la necesidad de ampliar la prevención en el ámbito laboral. En el área de actuación de control de la oferta, el V Plan especifica que la propia Ley 18/98 en materia de drogodependencias de la CAPV, dispone de un corpus preceptivo que regula el control de la oferta en las secciones 2ª y 3ª del capítulo I y en el capítulo V, de donde proceden las diversas líneas de actuación. Concretamente, uno de los apartados hace referencia al control del consumo de bebidas alcohólicas y tabaco en cuanto que afecta a terceras personas y establece tres aspectos a los que se debe atender especialmente: a) La problemática de las personas que conducen bajo el efecto del alcohol y otras drogas. b) La utilización de sustancias psicoactivas en el ámbito laboral. c) El cumplimiento de la normativa sobre espacios sin tabaco. Como puede observarse, estas tres cuestiones inciden en el ámbito laboral. El objetivo general que se propone el V Plan relacionado con el control de la oferta es favorecer la reducción de la oferta y el control del tráfico de drogas, así como hacer cumplir la normativa existente en el ámbito autonómico y municipal sobre promoción, publicidad y venta de bebidas alcohólicas y tabaco 9. Entre los objetivos específicos se cita el vigilar y preservar del uso de alcohol y otras drogas psicoactivas en el medio laboral y, también el preservar los espacios sin tabaco y hacer cumplir la normativa al respecto. Entre las metas propuestas a la finalización del V Plan estaría la reducción de la siniestralidad laboral debida al uso de alcohol u otras drogas. Las entidades implicadas son: Gobierno Vasco (Departamentos de Sanidad, Industria, Comercio y Turismo, Interior, Justicia, Empleo y Seguridad Social y Vivienda y Asuntos Sociales) y Ayuntamientos. Relacionado con el área de reducción de la demanda, concretamente en la prevención, el V Plan hace referencia tanto a la prevención universal como a la prevención indicada. Entre las líneas de actuación referente a la prevención universal, uno de los programas está dirigido a la prevención universal en el ámbito laboral. 9. En este contexto, el V Plan se plantea como directriz general en el área de control de la oferta para los próximos cinco años la aplicación coordinada y efectiva de la normativa vigente, muy especialmente la Ley 18/1998 sobre Prevención, Asistencia e Inserción en materia de drogodependencias, dándola a conocer y haciéndola cumplir evitando las posibles incoherencias institucionales, y de la cual emanan el resto de líneas de actuación respecto al control de la oferta (Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales 2006:80)

13 Consumos de drogas: Repercusiones socio-jurídicas en el ámbito laboral 151 La prevención universal se caracteriza por llevar a cabo un tipo de intervención dirigido a la población en general que debe acompañar a los diversos colectivos (grupos de edad, ocupación, ) y debe componer una primera barrera, sólida, constituida a base de reforzar los factores de protección y la promoción de actitudes y hábitos saludables (Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales 2006:82-87). La justificación del programa de prevención universal en el ámbito laboral viene motivada por la necesidad de transmitir actitudes y valores saludables relacionados con la prevención de usos problemático de drogas en un contexto, el laboral, donde se pasa gran parte del día y que afecta tanto a aspectos físicos como emocionales de la salud de la persona trabajadora. El objetivo general del programa es la potenciación y fomento de actitudes y hábitos saludables, por medio de los procesos socializadores (con significado social) que se producen en el ámbito laboral. Los objetivos operativos son el apoyo a las diversas entidades con responsabilidad laboral (centros de trabajo, sindicatos, agrupaciones empresariales y profesionales, comités de seguridad, mutuas, ) con la finalidad de aumentar las actuaciones de sensibilización, información, formación y asesoramiento a las personas trabajadoras, para que se involucren en la prevención de las drogodependencias. Las personas destinatarias finales son todas las que trabajan en empresas ubicadas en la CAPV; y las destinatarias intermedias son quienes tienen relevancia dentro del mundo laboral (servicios médicos de grandes empresas y de mutuas, mandos intermedios, representantes sindicales y comités de salud laboral). Las acciones a desarrollar son: a) Información y sensibilización destinada a la población general. b) Elaboración de programas de prevención de las drogodependencias en el ámbito laboral. c) Identificación y determinación de factores de riesgo y de las medidas preventivas necesarias para que disminuyan en el ámbito laboral propio de cada empresa, la probabilidad del consumo de drogas. d) Encuadre de planes de prevención de riesgos laborales de intervenciones de prevención de las drogodependencias. e) Servicio de información y asesoramiento a las empresas. f) Cumplimiento de normativas de espacios sin drogas en el medio laboral. Las metas a conseguir cuando finalice en V Plan, es decir, para el año 2008, son: a) Incrementar la oferta de algún tipo de apoyo a las empresas grandes y medianas. b) Incrementar la oferta de algún tipo de apoyo a las empresas pequeñas. c) Incrementar la información en materia de Educación para la Salud-Prevención de las Drogodependencias a las personas con una posición de intermediarias. d) Incrementar el número de empresas con intervenciones y/o programas de Educación para la Salud-Prevención de las Drogodependencias. Las entidades implicadas son: Gobierno Vasco (Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales [Dirección de Drogodependencias] y Departamento de Justicia, Trabajo y

14 152 Xabier Arana e Isabel Germán Seguridad Social [Osalan]), Diputaciones Forales, Ayuntamientos y Mancomunidades y Organizaciones Sindicales. La prevención indicada se dirige a personas que, además de consumir drogas, tienen otros problemas de comportamiento. Los programas de prevención indicada tienen por objetivo no sólo la reducción de los consumos de drogas sino también la reducción de los problemas asociados a dichos consumos, así como el retraso del establecimiento de conductas de abuso de drogas (Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales 2006:97-98). Entre las líneas de actuación dentro de la prevención indicada está el analizar, diseñar y poner en marcha acciones destinadas a detectar situaciones de riesgo para la persona trabajadora o para terceras personas, derivadas del uso de sustancias e incidir en las medidas de protección o intervención necesarias. Los objetivos operativos señalados son: a) Analizar la viabilidad de incluir en los programas de prevención de riesgos laborales y programas de prevención de las drogodependencias las líneas de actuación propias de la prevención indicada. b) Propiciar la coordinación entre todas las entidades implicadas para buscar mecanismos de implantación y protección de los derechos de las personas trabajadoras. c) Propiciar el diseño de programas preventivos indicados acomodados a las características de las empresas o espacios laborales. Las personas destinatarias finales son las personas que trabajan. Las destinatarias intermedias son las Empresas, Organizaciones Sindicales, los Comités de Seguridad, Salud e Higiene y otros representantes. Las acciones a desarrollar van a ser: a) Jornadas y espacios de encuentro para la participación y refl exión sobre la prevención en el ámbito laboral. b) coordinación entre todas las entidades implicadas para buscar mecanismos de implicación y protección de los derechos de las personas trabajadoras. c) Desarrollo de programas experimentales de prevención indicada. Las metas a conseguir para el año 2008, cuando finalice el V Plan: obtener acuerdos para el desarrollo de programas de prevención indicada en el medio laboral. Las entidades implicadas serán: Gobierno Vasco (Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales [Dirección de Drogodependencias] y Departamento de Justicia, Trabajo y Seguridad Social [Osalan]), Ayuntamientos y Mancomunidades y Organizaciones Sindicales. Además de las referencias a la prevención universal y a la indicada, dentro de la reducción de la demanda, el V Plan cita expresamente a la inserción porque, entre otras cuestiones, un sector significativo de las personas consumidoras de drogas, sobre todo las más vulnerables, necesitan de determinados recursos de la sociedad para poder vivir lo más autónomamente posible. La propia Ley 18/1998, en su artículo 33, señala que los servicios sociales se aplicarán de forma prioritaria. En el punto 2.c del mismo artículo, se indica: para la inserción en el mundo laboral de las personas drogodependientes se potenciarán las actuaciones que indican sobre la mejora de la ocupabilidad de las mismas, y en especial a través de acciones como planes personales de empleo, desarrollo de los aspectos personales para la ocupación, información

15 Consumos de drogas: Repercusiones socio-jurídicas en el ámbito laboral 153 profesional para el empleo y técnicas de búsqueda activa de empleo. Así mismo se establecerán planes de formación que capaciten a las personas drogodependientes y les permitan una más factible inserción laboral. El punto 4 del artículo 33 determina que serán las Administraciones públicas quienes evalúen y adecuen los recursos destinados a la inserción, entre los que incluye, los talleres de formación laboral. Una de las líneas de actuación relacionada con la inserción, es la potenciación de redes sociales complementarias a los tratamientos de personas drogodependientes con funciones de inserción laboral, social, ocupación del tiempo libre, búsqueda de un nuevo círculo de relaciones personales, etc. 10. El objetivo general persigue prever o facilitar la creación o canalización de redes sociales complementarias que faciliten la plena integración social. Entre los objetivos operativos se menciona el proveer o facilitar la creación o canalización hacia recursos de formación y empleo. Son personas destinatarias quienes tienen problemas relacionados con consumos de drogas que precisan de recursos sociales para poder complementar el proceso de inserción social. Para ello, entre las acciones a desarrollar se especifica el consolidar e impulsar la creación de programas de formación laboral, talleres ocupacionales y medidas de empleo protegido que favorezcan la incorporación social. Una de las metas que aparece recogida es el incremento del número de procesos de acceso al mundo laboral de personas con problemas de drogodependencia que participen en programas de formación y empleo. Las entidades implicadas son: Gobierno Vasco (Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales [Dirección de Drogodependencias] y Departamento de Justicia, Trabajo y Seguridad Social), Diputaciones Forales, Ayuntamientos y entidades de iniciativa social y ONGs. El V Plan de Drogodependencias, entre las áreas de actuación, también tiene presente al área de apoyo y coordinación (Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales 2006: ). En un fenómeno social como el de las drogas, con sus peculiaridades, es necesario una adecuada información, capacitación y coordinación. Todo tipo de actividad en cualquiera de los campos de intervención relacionados con este fenómeno necesita de acciones de apoyo como pueden ser: Información, investigación, formación y evaluación. El artículo 5 de la Ley 18/98, sobre prevención, asistencia e inserción en materia de drogodependencias establece los criterios de actuación relacionados con la información, difusión, registro epidemiológico, estudios e investigaciones y evaluación encomendadas a las Administraciones públicas. En el ámbito laboral, como se ha señalado anteriormente, el artículo 5.5 de esta Ley encomienda a Osalan la realización de actividades informativas y formativas sobre los efectos de los consumos de drogas en su ámbito competencial y, además, apoyará las acciones informativas que por su cuenta realicen las empresas. El artículo 7 de la Ley 18/98, hace referencia a la formación continua de los profesionales. Teniendo en cuenta estos aspectos, el V Plan de Drogodependencias, en el área de apoyo y coordinación pretende incentivar los recursos de información, formación, investigación y evaluación como medidas de apoyo para la consecución de los objetivos genéricos de la reducción de la demanda 10. El V Plan también hace referencia a un programa para desarrollar medidas para que una persona drogodependiente pueda participar, hacer uso y ser beneficiario de medidas básicas de inserción, con el objetivo general de garantizar la atención de sus necesidades sociales y favorecer así los procesos de normalización social. En este camino, es fundamental disponer de programas de formación y empleo, tanto normalizados como específicos. Una de las metas propuestas es el incremento del número de procesos de accesos al mundo laboral de drogodependientes que participen en programas de formación y empleo (Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales 2006: ).

16 154 Xabier Arana e Isabel Germán y control de la oferta; así como propiciar la colaboración y coherencia en las acciones a desarrollar a través de la coordinación de las instituciones, organizaciones y equipos técnicos. Una de las líneas de actuación hace referencia a la elaboración de un programa de formación continuada dirigido a profesionales en el ámbito de actuación de las drogodependencias, que incluya contenidos considerados prioritarios, con el objetivo de ampliar y mejorar la formación básica, especializada y continuada de profesionales en materia de drogodependencias. Va dirigido, además de a colectivos y organizaciones relacionados con la prevención, asistencia e integración social de personas drogodependientes, al personal sanitario, de servicios sociales, educadores y educadoras, policías locales y cualquier otro cuya actividad profesional se relacione con personas que hacen uso de drogas. Entre las acciones a desarrollar está la implementación de actividades de formación de agentes de salud laboral. Finalmente, con el objetivo general de potenciar procesos de refl exión, participación, cooperación y coordinación entre todas las partes implicadas, se lleva a cabo un programa para propiciar la colaboración y coherencia en las acciones a desarrollar a través de la Coordinación de las instituciones, organizaciones y equipos técnicos. Uno de los objetivos operativos alude a la facilitación de la refl exión y reunión de personas que participan en programas proyectos de drogodependencias desde el ámbito de la salud, los servicios sociales, la educación, el empleo, la seguridad laboral, la justicia, las prisiones, la cultura y el ocio. Entre las acciones a desarrollar se cita la creación de foros de encuentro para la coordinación del V Plan de Drogodependencias, la participación de seminarios, jornadas y reuniones, etc. Como puede observarse, en el V Plan de Drogodependencias se recoge una amplia gama de propuestas para que el fenómeno de los consumos de drogas en el ámbito laboral adquiera una importancia mayor de la que ha tenido hasta hace bien poco tiempo Otros referentes Aunque hasta ahora se ha citado a diversas instituciones, es oportuno hacer mención a la importante labor efectuada por la mayoría de los sindicatos, miembros de comités de empresa, delegados de prevención, personal de salud laboral y desde el sector empresarial. 2. ACERCAMIENTO AL DIAGNÓSTICO DE LOS CONSUMOS DE DROGAS EN EL ÁMBITO LABORAL 2.1. Análisis de los datos sobre consumos de drogas en el medio laboral Desde diferentes investigaciones donde se han recogido datos sobre los consumos de drogas en el ámbito laboral, se evidencian consumos de drogas en dicho ámbito. En los últimos treinta años se han llevado a cabo cambios significativos en los hábitos de consumos de drogas (dentro y fuera de las empresas) y también en el tejido laboral. Médico especialista en salud laboral (2): lo que sí se ve es una bajada en el consumo de alcohol básicamente. Todavía sigue el t xikiteo pero más restringido, en sociedades. Ahora te coges una castaña cojonuda el viernes por la noche y no la sueltas

17 Consumos de drogas: Repercusiones socio-jurídicas en el ámbito laboral 155 en tres días. Pero no es el consumo habitual, se ve que la gente se emborracha de una forma más aguda, sobre todo con el alcoholismo crónico, pero no deja de ser alcoholismo. Han cambiado los hábitos. Sindicalista (3): Yo creo que sí hay diferencia entre las generaciones. Mientras en la mía era la botella de vino, creo que realmente entre los jóvenes hay muchos porros y pocas medidas constructivas, pero sobre todo hay consumo de fin de semana más que lo cotidiano. Confebask (1): La percepción absolutamente generalizada de que el consumo de alcohol en las empresas industriales, que es donde había, ha desaparecido o se ha minimizado en una proporción enorme en un plazo de 15 a 20 años. Los carajillos de entrada, toda aquella tradición ha debido de caer por los suelos. Lo de comer, comidas de la empresa o en el bar de al lado con botellazo de vino, copón, puro y tal; lo normal, vas a las empresas y no hay alcohol; hay refrescos, hay agua, hay café, pero no hay alcohol. Y hace no mucho tiempo, hace 10, 15, 20 años había muchísimo alcohol. Y prácticamente ha desaparecido de la empresa. Uno va, y es ilustrativo, a los típicos bares donde comen los obreros y hay muchas botellas de agua en las mesas y sólo agua. Antes ni se tomaba. Y ha desaparecido aquella cosa de tú no eres, aquella cosa como de hombría, está siendo muy progresivamente sustituido por la consideración de que beber en el trabajo es indeseable. Sería algo así como que alguien hiciera alarde de lo macho que es, por la cantidad de vino que se va a tomar justo antes de conducir. Hoy en día, esto sería un poco anacrónico. En las empresas está pasando eso. Alguien puede alardear de los 30 gin-tonics que se ha tomado el fin de semana, pero no alardeará de que se los ha tomado en el trabajo. Los datos sobre consumos de drogas en el ámbito laboral han sido recogidos básicamente de las siguientes investigaciones: Por un lado, los trabajos realizados por J. Navarro y otros autores: La incidencia de las drogas en el mundo laboral (2001), La incidencia de las drogas en el medio laboral de la Comunidad Valenciana (2005). Por otro lado, el Informe 2004 del Observatorio Vasco de Drogodependencias y el Euskadi y Drogas 2006, elaborado por el SIIS. Osalan ha puesto a nuestra disposición los datos que dispone sobre consumos referidos en el medio laboral dentro de la CAPV. La recopilación de la información se lleva a cabo mediante una ficha que se envía a las empresas con servicio de prevención propio en salud laboral. Por tanto, no recogen más que los datos aportados voluntariamente por un sector de empresas donde, con bastante frecuencia, un sector importante de las personas con usos problemáticos de drogas no suele presentarse a realizar las revisiones voluntarias. Como estas cuestiones generan un sesgo importante, se ha optado por no hacer referencia a dichos datos. Tabaco Los datos más recientes de la CAPV en torno a la evolución del consumo de esta sustancia son los ofrecidos por el Informe Euskadi y Drogas 2004 que forma parte de los estudios que, desde 1992 y cada dos años, realiza la Dirección de Drogodependencias recogiendo la prevalencia del consumo de las distintas drogas (OVD 2006:23). En este mismo Informe se reconoce que el tabaco no viene recogido como sustancia en los indicadores del SEIT (Sistema Español de Información en Toxicomanías del Estado, ni en el SIT (Sistema de Información en Toxicomanías de la CAPV), a pesar de las recomendaciones europeas en este sentido. Casi una de cada tres personas (30,3%) es fumadora habitual en la CAPV. Además, un 4,7% de la población fuma es-

18 156 Xabier Arana e Isabel Germán porádicamente. En los diferentes estudios realizados en el Estado español desde 1996 entre la población laboral, más de cuatro de cada diez personas consumen tabaco. TABLA I: Prevalencia del consumo de tabaco en la CAPV 2004 (%) Total Hombre Mujer Nunca he fumado 46,3 41,2 51,4 Ahora no, antes sí 18,7 21,6 15,7 Fumo esperádicamente 4,7 4,9 4,5 Fumo habitualmente 30,3 32,3 28,4 N (Fuente: OVD 2006:24) TABLA II: Evolución del consumo de tabaco en la CAPV, (%) Fumador/a 33,7 37,9 33,9 33,4 34,1 35,5 35,0 Exfumador/a 14,7 17,3 20,8 13,4 14,1 13,8 18,7 No Fumador/a 47,6 44,8 45,4 53,2 51,8 50,8 46,3 N (Fuente: OVD 2006:24) TABLA III: Consumo de tabaco diario, en los distintos estudios de población laboral ESTUDIO/AÑO OCUPADOS PARADOS España ,3 46,0 Comunidad Madrid ,0 44,4 Andalucía ,5 46,6 Comunidad Valenciana ,8 48,4 Canarias ,5 40,0 España ,3 46,3 Comunidad Valenciana ,5 40,0 (Fuente: Navarro y Megías 2006:21) Cuando se va a cumplir un año de la entrada en vigor de la Ley 28/2005 sobre la prevención del tabaquismo, una encuesta realizada por el CIS señala que prácticamente tres de cada cuatro personas (74,5%) manifiesta que la citada ley ha logrado mucho

19 Consumos de drogas: Repercusiones socio-jurídicas en el ámbito laboral 157 (33,5%) o bastante (41,0%) que se deje de fumar en los centros de trabajo (El Periódico 28/12/2006). Este dato confirma una tendencia que ya se estaba observando en la CAPV relacionada con el tabaquismo pasivo: según se recoge en El consumo de tabaco en la Comunidad Autónoma de Euskadi , en el año 1997, repercutía en el 38% de la población. Sin embargo, en el año 2002, era el 23% de la población la que reconocía hallarse expuesta al humo del tabaco ajeno (el 13% todos los días y el 10% con frecuencia). Según se recoge en el Informe de Salud Pública 2004 (Departamento de Sanidad 2004:75-76) se ha reforzado la actuación de control y reducción del consumo de tabaco en el ámbito laboral, al ser una situación en la que el tabaquismo pasivo, si se está entre personas fumadoras, es inevitable, sistemático y permanente 11. Dentro de este esquema y teniendo en cuenta que la Ley 18/1998 es particularmente restrictiva respecto al personal fumador que trabaja en las dependencias de las Administraciones Pública. Como puede observarse, las diferentes legislaciones en materia de restricción de consumos de tabaco, están contribuyendo a un descenso de estos consumos en el ámbito laboral. Alcohol El alcohol es una sustancia muy consumida en el ámbito laboral. Aunque, como se ha indicado anteriormente, no se consume como hace unos años, los hábitos culturales de consumos de alcohol también abarcan el ámbito laboral. Sin embargo, en determinadas profesiones se observa un significado descenso. Uno de los cambios importantes que se ha experimentado en los consumos de alcohol, es entre los conductores profesionales. Sus consumos de alcohol a la hora de las comidas no tienen nada que ver con los consumos de hace varios lustros. Diversos estudios realizados ponen de manifiesto que todavía aproximadamente una de cada diez personas trabajadoras consume alcohol de manera abusiva. El impacto de los consumos de alcohol en el mundo laboral ha sido demostrado en numerosos estudios (Klingemann 2001). Conviene no olvidar que el consumo excesivo de alcohol se asocia a patologías somáticas, muchas de las cuales merman considerablemente la calidad de vida e incluso abocan a la muerte. El alcohol es también responsable de trastornos psicosociales y repercute, directa o indirectamente, en el trabajo (Rodríguez-Martos 1998:18). Como señala un informe del Departamento de Salud de la Generalitat de Cataluña en 2002 (López 2005:83), la repercusión anual del alcoholismo en el Estado español, podría ascender a más de millones de euros. Un poco más de dos de cada tres tercios (64,2%) de dicha cantidad, estarían relacionados con el impacto sobre el medio laboral, sobre todo por pérdidas de productividad (45,2%) y por ab- 11. El humo que desprende un cigarrillo, sin la aspiración de quien lo consume, origina la denominada corriente secundaria. Una parte sustancial que introduce en sus pulmones el fumador pasivo se deriva de la corriente secundaria. Los niveles de nicotina y alquitrán de la corriente secundaria soportada por los fumadores pasivos son tres veces superiores a los de la corriente principal, y la concentración de monóxido de carbono es cinco veces superior. Se ha estimado que sólo por cáncer de pulmón hay unas 400 muertes anuales en quienes nunca han fumado de manera activa, pero han estado expuestas en su lugar de trabajo al humo (Córdoba 2005:27). Un informe del Ministerio de Sanidad concluye que al menos 700 personas mueren cada año en España por haberse expuesto de manera directa al aire contaminado por humo de tabaco en lugares de trabajo y espacios de ocio (Apezteguía 2004).

20 158 Xabier Arana e Isabel Germán sentismo laboral relacionado con incapacidades temporales (19%). Además, señala este mismo autor, se estima que el alcohol está relacionado con accidentes laborales con incapacidad transitoria, teniendo un coste de 122 millones de euros. Según datos que ofrece la OIT, el número de accidentes de trabajo entre personas alcohólicas es entre dos y tres veces mayor que las soportadas por las demás personas trabajadoras. En España, cerca de uno de cada cuatro accidentes laborales tienen como causa básica el alcohol (Bastida 2002). TABLA IV: Consumo de alcohol abusivo general, en los distintos estudios de población laboral, en % ESTUDIO/AÑO OCUPADOS PARADOS España ,4 16,0 Comunidad Madrid ,4 13,2 Andalucía ,7 9,7 Comunidad Valenciana ,7 12,0 Canarias ,0 12,0 España ,3 12,9 Comunidad Valenciana ,9 10,5 (Fuente: Navarro y Megías 2006:44) TABLA V: Evolución del consumo de alcohol en días laborales en la CAPV. (%) Abstemio 71,5 69,1 73,0 74,8 69,8 69,7 70,9 Ligero (casi abstemio) 18,4 19,6 19,6 20,4 22,1 22,4 18,7 Moderado (poco bebedor) 7,2 10,3 6,4 4,6 6,1 6,5 8,4 Excesivo + bebedor de riesgo 2,9 1,0 0,9 0,5 1,5 1,5 1,9 (Fuente: OVD 2006:32) 12. Según recogen las personas elaboradoras del informe en el año 2004 los bebedores muy ocasionales, aunque este consumo fuera muy infrecuente y muy moderado, han sido considerados como bebedores. Sin embargo, en años anteriores a los bebedores muy ocasiones se les consideró abstemios. Para poder realizar una comparación lo más exacta posible, en las tablas evolutivas, a los bebedores muy ocasionales se les ha considerado con los abstemios, al igual que se ha hecho en años anteriores.

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