Ejemplo Teórico de Aplicación de la ROM 5.1

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1 ROM 5.1 Calidad de las aguas litorales en áreas portuarias Ejemplo Teórico de Aplicación de la ROM 5.1 Bárbara Ondiviela, Aina García, José A. Revilla, José A. Juanes, César Álvarez, Araceli Puente, Andrés García, Xabier Guinda, Itxaso Carranza. Grupo de Emisarios Submarinos e Hidráulica Ambiental. Universidad de Cantabria. Av. De los Castros s/n Santander, Cantabria. ondiviela@unican.es, garciagoa@unican.es, revillaj@unican.es, juanesj@unican.es, alvarezc@unican.es, puentea@unican.es, andres@emisarios.unican.es xabi@emisarios.unican.es, itxascarranza@hotmail.com RESUMEN Con el objeto de abordar la problemática de la calidad de las aguas portuarias surge en el marco del programa de Recomendaciones de Obras Marítimas (Programa ROM) la ROM 5.1 Calidad de las aguas litorales en áreas portuarias. Esta Recomendación pretende ser una herramienta metodológica y técnica para la gestión integral de los sistemas acuáticos portuarios en la cual se conjuga la ordenación del territorio acuático portuario con el seguimiento y valoración de su calidad ecológica y química y la evaluación y gestión de los riesgos susceptibles de alterar la misma. Al efecto de facilitar la futura aplicación de la ROM 5.1., en los puertos de interés general, en el presente artículo se presenta un ejemplo teórico de aplicación. Para ello, de forma detallada y sencilla, se aplican a un puerto ficticio cada uno de los cuatro programas de actuación que constituyen la ROM 5.1: delimitación de usos y tipificación de masas de agua, evaluación y gestión de riesgos ambientales, vigilancia ambiental y gestión de episodios contaminantes. 1.1

2 ÍNDICE ANTECEDENTES FUNDAMENTOS TEÓRICOS DE LA ROM INTRODUCCIÓN MODELO CONCEPTUAL DE LA ROM DEFINICIÓN DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN DELIMITACIÓN DE USOS Y TIPIFICACIÓN DE MASAS DE AGUA EVALUACIÓN Y GESTIÓN DE RIESGOS AMBIENTALES VIGILANCIA AMBIENTAL GESTIÓN DE EPISODIOS CONTAMINANTES APLICACIÓN DE LA ROM ÁMBITO DE APLICACIÓN PROGRAMA DE DELIMITACIÓN DE USOS Y TIPIFICACIÓN DE MASAS DE AGUA DELIMITACIÓN DE USOS TIPIFICACIÓN DE LAS MASAS DE AGUA SÍNTESIS DEL PROGRAMA PROGRAMA DE EVALUACIÓN Y GESTIÓN DE RIESGOS AMBIENTALES IDENTIFICACIÓN DE LAS EMISIONES CONTAMINANTES ESTIMACIÓN DEL RIESGO AMBIENTAL DE CADA EMISIÓN CONTAMINANTE VALORACIÓN DEL RIESGO AMBIENTAL DE LAS EMISIONES CONTAMINANTES PROPUESTA DE MEDIDAS PREVENTIVAS Y CORRECTORAS PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL VIGILANCIA SISTEMÁTICA Diseño de las campañas de toma de datos Valoración de la calidad química de las masas de agua Valoración del Estado Ecológico y del Potencial Ecológ. de las masas de agua Análisis de las zonas protegidas SEGUIMIENTO EN CONTINUO INSPECCIÓN VISUAL PROGRAMA DE GESTIÓN DE EPISODIOS CONTAMINANTES REFERENCIAS Y BIBLIOGRAFÍA ANEJO A: MASA DE AGUA MODIFICADA (M4) ANEJO B: MASA DE AGUA NO MODIFICADA (N4)

3 ANTECEDENTES Hoy en día los puertos se encuentran integrados desde un punto de vista económico, social y ambiental dentro de núcleos de población de cuya influencia no pueden sustraerse. Por ello, en los últimos años se observa una tendencia a la reordenación de los espacios ocupados por los mismos, de modo que, al tiempo que tienden a potenciar sus actividades, planifican la optimización de las mismas para minimizar los conflictos de usos o interferencias con el entorno en que se encuentran, tratando de adaptarse a los requerimientos de la sociedad en lo referente a la conservación del medio y al planteamiento de un desarrollo sostenible. Con este propósito, en el año 2002 el Grupo de Emisarios Submarinos e Hidráulica Ambiental (GESHA) de la Universidad de Cantabria recibe el encargo de Puertos del Estado de desarrollar, dentro del Programa ROM, una Recomendación para integrar la calidad de las aguas en la gestión de los puertos. De esta forma surge la ROM 5.1. Calidad de las Aguas Litorales en Áreas Portuarias, recomendación que nace con el objeto de abordar la problemática de la calidad de las aguas portuarias, recogiendo el espíritu y los principios establecidos por la Directiva Marco del Agua (2000/60/CE): Establecer un marco para la protección de las aguas superficiales continentales, las aguas de transición, las aguas costeras y las aguas subterráneas, todo ello, teniendo en cuenta que los aspectos y actividades portuarias deberán estar presentes tanto en el planteamiento general como en la forma de abordar la problemática y gestión de los sistemas acuáticos. La ROM 5.1 se ha concebido como una primera herramienta metodológica y técnica para la gestión integral de las masas de agua portuarias, con incidencia directa tanto para el diseño, evaluación y seguimiento ambiental de las obras de infraestructura como de las actividades y operaciones portuarias, sin la cual es muy difícil abordar estos aspectos. 1.3

4 Dicho objetivo general puede desglosarse en los siguientes objetivos específicos: Establecimiento de métodos y procedimientos para la delimitación de usos y tipificación de las masas de agua portuarias. Establecimiento del sistema de indicadores de calidad de las aguas portuarias. Establecimiento del programa de evaluación de riesgos ambientales en las masas de agua portuarias. Establecimiento del programa de medidas preventivas y correctoras. Establecimiento de una sistema de medición, seguimiento y vigilancia ambiental de la calidad de las aguas. Establecimiento de las mejores prácticas para la gestión ambiental de las aguas portuarias. El presente artículo pretende ser un instrumento a través del cual hacer llegar a la comunidad portuaria la filosofía que rige esta nueva herramienta de gestión de la calidad de los sistemas acuáticos portuarios. 1.4

5 FUNDAMENTOS TEÓRICOS DE LA ROM INTRODUCCIÓN El espacio litoral es un bien limitado, escaso, de un alto valor económico y natural y que alberga la residencia de dos terceras partes de la población mundial. Por ello, y a pesar de esa escasez de territorio, la costa se ha convertido en los últimos años en una zona de elevada demanda social, sujeta a un ritmo de crecimiento muy superior al experimentado por cualquier otro espacio terrestre. Todo ello ha conducido a los espacios litorales a una transformación sin precedentes: deterioro de la calidad del agua, erosión, sobreexplotación de recursos pesqueros, etc. Los Estados se enfrentan, ahora mismo, con el reto de dar solución a estos problemas. En los últimos años, distintas Administraciones y Organismos del ámbito nacional e internacional han optado por promover políticas de protección ambiental con el objeto de establecer una estrategia común de desarrollo sostenible. La protección de los ecosistemas acuáticos no ha sido una excepción a estas tendencias. Estas políticas están dando lugar a un conjunto legislativo y normativo de enorme complejidad, cuyo máximo exponente es la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas (en adelante, DMA), marco actual de referencia en la gestión de los sistemas acuáticos comunitarios. Este acto jurídico tiene, por tanto, efectos directos en las aguas portuarias, sin perjuicio de su calificación jurídica, de los distintos ámbitos competenciales y de la legislación específica que les sea de aplicación. Así, y de acuerdo a lo establecido por la citada Directiva, las masas de agua portuarias forman parte de la Demarcación Hidrográfica, definida como «la 1.5

6 zona marina y terrestre compuesta por una o varias cuencas hidrográficas vecinas y las aguas subterráneas y costeras asociadas». El reconocimiento de la importancia económica y social de los puertos en las zonas litorales ha propiciado su incorporación en el denominado Consejo del Agua y Comité de Autoridades de la demarcación hidrográfica, órgano de cooperación entre las administraciones a las que se ha dotado de competencias informativas y consultivas en el proceso planificador y en todos aquellos aspectos relativos a la protección de los sistemas acuáticos. Al margen de las nuevas atribuciones otorgadas por la DMA, los puertos españoles, conjuntamente con el resto de los puertos de la Unión Europea, han venido trabajando desde principios de la década de los noventa en la introducción de las exigencias ambientales en la gestión portuaria. El objetivo de esta implicación ha sido contribuir a la sostenibilidad del transporte, armonizando sus políticas ambientales y desarrollando herramientas que permitan una identificación y reducción de los impactos ambientales portuarios, una mejor prevención, control y gestión de los riesgos ambientales y, en definitiva, una más fácil adaptación de los puertos a las exigencias y requerimientos de la legislación ambiental. Como respuesta a todo ello, la ROM 5.1. de Calidad de las aguas litorales en áreas portuarias se plantea como un instrumento de gestión para compatibilizar la actividad portuaria con la calidad de los sistemas acuáticos afectados por dicha actividad, con el objetivo último de: Desarrollar un sistema interno de evaluación de la calidad, adecuado a las peculiaridades de los sistemas portuarios. Disponer de información propia sobre los riesgos y los impactos ambientales en las aguas portuarias. Contribuir a la sostenibilidad de las actividades llevadas a cabo en las zonas portuarias. 1.6

7 2. MODELO CONCEPTUAL DE LA ROM 5.1 Con el objeto de desarrollar una herramienta sencilla en su diseño, con rigor científico-técnico, fácil de implementar en los esquemas de la gestión portuaria y equilibrada económicamente, el esquema conceptual de la ROM 5.1 se ha estructurado en torno a cuatro programas: el Programa de Delimitación de Usos y Tipificación de las masas de agua, el Programa de Evaluación y Gestión de Riesgos Ambientales, el Programa de Vigilancia Ambiental y el Programa de Gestión de Episodios Contaminantes (Fig. 1). Lógicamente, la realización de todos estos programas debe fundamentarse en una exhaustiva recopilación de la información existente sobre el medio natural, económico y social, con el fin de optimizar los recursos requeridos en la aplicación de esta ROM. Los aspectos básicos en los que se estructuran dichas áreas de trabajo, así como el proceso general establecido para su aplicación, se introducen en los siguientes subapartados. ÁMBITO DE APLICACIÓN PROGRAMA DE DELIMITACIÓN DE USOS Y TIPIFICACIÓN DE LAS MASAS DE AGUA DELIMITACIÓN DE USOS TIPIFICACIÓN DE LAS MASAS DE AGUA PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL PLAN DE VIGILANCIA SISTEMÁTICA PLAN DE SEGUIMIENTO EN CONTINUO PLAN DE INSPECCIÓN VISUAL PROGRAMA DE EVALUACIÓN Y GESTIÓN DE RIESGOS AMBIENTALES IDENTIFICACIÓN DE EMISIONES CONTAMINANTES ESTIMACIÓN DEL RIESGO VALORACIÓN DEL RIESGO PROPUESTA DE MEDIDAS NO SE DETECTAN INDICIOS DE UN EPISODIO CONTAMINANTE? SÍ PROGRAMA DE GESTIÓN DE EPISODIOS CONTAMINANTES IDENTIFICACIÓN DEL ORIGEN APLICACIÓN DE MEDIDAS CORRECTORAS COMPROBACIÓN DE RESULTADOS NO ES NECESARIA UNA NUEVA EVALUACIÓN Y GESTIÓN DEL RIESGO AMBIENTAL? SÍ Figura 1. Diagrama de aplicación de la ROM

8 2.1. Definición del ámbito de aplicación La primera de las actuaciones tiene por objeto el reconocimiento de los límites del ámbito de aplicación de la ROM 5.1. Dentro de la Demarcación Hidrográfica, ámbito espacial establecido como unidad básica de gestión de los sistemas acuáticos de la Directiva Marco del Agua, se encuentra la Zona de Servicio Portuaria (en adelante ZSP), espacio legalmente tutelado por las Autoridades Portuarias, es decir, espacio de tierra y de agua necesario para el desarrollo de los usos portuarios y los espacios de reserva que garanticen la posibilidad de desarrollo de la actividad portuaria (Ley 48/2003). Por ello, y por las implicaciones legales que puede llegar a tener la ampliación del ámbito de aplicación fuera de estos límites, el ámbito de aplicación de la ROM 5.1. será la Zona de Servicio Portuario definida desde la Autoridad Portuaria por el plan de utilización de los espacios portuarios de cada puerto Delimitación de usos y Tipificación de masas de agua Reconocido el ámbito de aplicación, se inicia la ordenación del espacio acuático, es decir, el reconocimiento de las unidades ambientales de la Zona de Servicio Portuario sobre las que va a efectuarse la gestión de sus riesgos y la gestión de su calidad ambiental. Este proceso está encaminado a reducir la heterogeneidad de los sistemas acuáticos portuarios mediante la fragmentación de las aguas superficiales en unidades de gestión homogéneas y comparables que permitan diagnosticar su calidad de acuerdo con el contexto ambiental en el que se enmarcan. Con base en la terminología de la Directiva Marco del Agua, estas unidades se han dado en llamar tipos de aguas superficiales. Los actuales modelos de gestión de los sistemas acuáticos establecen como unidades básicas de gestión las denominadas masas de agua, cuerpos significativos, bien diferenciados y perfectamente delimitados, en los que se incluye tanto la columna de agua como sus fondos. 1.8

9 A efectos de esta Recomendación, las masas de agua se definirán con base en los usos desarrollados en la Zona de Servicio Portuario y en sus características físicas y fisiográficas. Los usos coincidirán con las áreas definidas por el Plan de utilización de los espacios portuarios de cada Autoridad Portuaria, instrumento de planificación que define los espacios de tierra y de agua destinados al desarrollo de los usos portuarios y no portuarios. A tal efecto, según la Ley 48/2003 de Régimen económico y de prestación de servicios en los puertos de interés general, tienen la consideración de usos portuarios los siguientes: i) Los usos comerciales, entre los que figuran los relacionados con el intercambio entre modos de transporte, los relativos al desarrollo de servicios portuarios básicos y otras actividades portuarias comerciales. ii) Los usos pesqueros. iii) Los usos náutico-deportivos. iv) Los usos complementarios o auxiliares de los anteriores, incluidos los relativos a actividades logísticas y de almacenaje y los que correspondan a empresas industriales o comerciales cuya localización en el puerto esté justificada por su relación con el tráfico portuario, por el volumen de los tráficos marítimos que generan o por los servicios que prestan a los usuarios del puerto. Por otro lado, tienen la consideración de usos no portuarios los espacios protegidos en el seno de la DMA (zonas de uso recreativo, zonas de producción de moluscos, zonas sensibles, etc.) y aquellas zonas reconocidas como no portuarias por el plan de utilización de los espacios portuarios. Cabe destacar que, la configuración física actual de las zonas portuarias, junto con la existencia de actividades consolidadas, hace necesario adecuar los objetivos ambientales de las masas de agua sometidas a condicionantes externos. Para ello, la DMA introduce el concepto de masa de agua modificada masas de agua superficial que, como consecuencia de alteraciones físicas producidas por la actividad humana, han experimentado un 1.9

10 cambio sustancial en su naturaleza (...), y que, por lo tanto, no pueden alcanzar los criterios de calidad establecidos. Con ello, se ha otorgado a las masas de agua sometidas a usos de especial relevancia económica y social la posibilidad de reducir sus objetivos ambientales a unos más ajustados a sus características hidromorfológicas, con los usos desarrollados y con los impactos producidos por dichos usos. Este proceso adquiere una especial relevancia en el caso de las masas de agua portuarias las cuales ven reconocida, con esta figura, su excepcionalidad dentro de los sistemas acuáticos. Según establece la propia DMA, una masa podrá ser modificada cuando los cambios que sea necesario introducir para alcanzar el buen estado ecológico impliquen considerables repercusiones negativas sobre la actividad portuaria. A efectos de la ROM 5.1, las masas de agua de la Zona de Servicio Portuario confinadas, por ejemplo en dársenas, y las sometidas a dragado, se consideran como masas de agua modificadas. En caso contrario, el carácter modificado de una masa de agua portuaria tendrá que determinarse mediante la aplicación de un proceso de evaluación específico. Estos fundamentos teóricos quedan reflejados en la metodología de la ROM 5.1. mediante el desarrollo de tres tareas concretas: La delimitación de usos del medio acuático. El establecimiento de categorías de las masas de agua. La asignación de tipos a las masas de agua. Este Programa de actividades se llevará a cabo en el momento de la implementación de esta Recomendación y en el caso de que se produzcan cambios en los usos de la Zona de Servio Portuario (por ejemplo, nuevas concesiones) o cambios en la configuración o extensión de ésta (por ejemplo, nuevos diques). 1.10

11 2.3. Evaluación y gestión de riesgos ambientales La calidad de las aguas litorales en las áreas portuarias es una consecuencia directa de la gestión ambiental de las actividades y usos que se desarrollan en su entorno. Con la inclusión en su modelo de gestión del inventario de presiones e impactos (p.e. emisiones contaminantes de diferente naturaleza, etc..) y de la propuesta de medidas (legislativas, normativas, actuaciones preventivas, medidas correctoras, etc..), la DMA puso en evidencia la importancia de introducir en la gestión de los sistemas acuáticos el estudio de los elementos responsables del deterioro de su calidad (presiones). Entendiendo por emisión contaminante, la descarga al medio acuático portuario de sustancias o energías que puedan alterar la calidad de las masas de agua receptoras, y teniendo en cuenta consideraciones que van más allá de las características del medio portuario, la ROM 5.1 distingue dos tipos de emisiones contaminantes: las puntuales y las difusas. Las emisiones puntuales son aquellas emisiones canalizadas por puntos fijos y predefinidos (p.e. vertidos autorizados, escorrentías canalizadas, alivios de tormenta,, etc). Las emisiones difusas son las emisiones no canalizadas (p.e. filtraciones, dragados, pérdidas de materiales descargados, escorrentía no canalizadas, etc). La Evaluación y Gestión de Riesgos Ambientales representa un instrumento preventivo que se aplica con el objeto de introducir medidas dirigidas a minimizar las repercusiones ambientales de las citadas emisiones contaminantes (peligros). Para ello, se evalúa el riesgo de cada una de las emisiones y, en función de su tolerabilidad, se gestionan, si ha lugar, las posibles medidas preventivas y correctoras. Este programa se ajusta al siguiente procedimiento: Identificación de emisiones contaminantes. 1.11

12 Estimación del riesgo ambiental de cada emisión contaminante. Valoración del riesgo ambiental asociado a cada emisión contaminante. Propuesta de medidas preventivas y correctoras. Este Programa de actividades se desarrollará siempre tras la aplicación del Programa de Delimitación y Tipificación (bien tras su aplicación inicial o cuando se produzcan cambios en los usos o en la configuración o extensión de la ZSP), así como cuando se produzcan cambios en el número, tipo o características de las emisiones contaminantes o se apruebe nueva legislación ambiental relacionada con los contenidos de este Programa Vigilancia ambiental La vigilancia, entendida como la observación continuada y sistemática de los distintos componentes de los ecosistemas marinos es, en última instancia, la base sobre la que se asienta la gestión de la calidad de los sistemas acuáticos. La concepción integral de la vigilancia de los sistemas acuáticos es introducida por vez primera por la Directiva Marco del Agua, norma que, con el objeto de obtener una visión completa del estado de las aguas, alude a la necesidad de efectuar el seguimiento del estado de las aguas superficiales, del estado de las aguas subterráneas y de las zonas protegidas. Es por ello que el marco de actuación de la Vigilancia Ambiental de las masas de agua portuarias debe adecuarse a esta nueva política de protección y desarrollo sostenible del medio marino. Conocidos las presiones a los que están sujetas las masas de agua, la vigilancia ambiental es el instrumento mediante el cual se pone en evidencia la eficacia en la gestión de los riesgos detectados, evaluados y gestionados en el programa anterior. Con este propósito, la Vigilancia Ambiental es la herramienta mediante la cual se conoce la evolución en el tiempo de la calidad química y del estado ecológico (masas de agua no modificadas) o del potencial ecológico (masas de 1.12

13 agua modificadas) en las diferentes masas de agua. Para ello, este programa ambiental se ha estructurado en torno a tres planes de actuación: la vigilancia sistemática de la calidad química y estado o potencial ecológico de las masas de agua, el seguimiento en continuo y la inspección visual. La vigilancia sistemática, es el único de los tres planes que, además de ser de obligada aplicación, aborda la valoración de la calidad de las masas de agua portuarias. Los otros dos son planes opcionales dirigidos al control y detección precoz de emisiones. Este Programa de actividades se iniciará una vez desarrollados los programas anteriores y se mantendrá activo de manera continua en el tiempo Gestión de episodios contaminantes Por último, el modelo de gestión de los sistemas acuáticos portuarios desarrollado por la ROM 5.1 introduce la gestión de los denominados episodios contaminantes, entendiendo por éstos cualquier suceso que produzca una reducción significativa de la calidad de la masa de agua, tanto si la reducción es el resultado de un episodio contaminante de carácter continuo (puntual o difuso) como accidental. El Programa de Gestión de Episodios Contaminantes es el procedimiento mediante el cual se abordan los posibles problemas de calidad de las masas de agua de la Zona de Servicio Portuario, tanto los detectados en el Programa de Vigilancia Ambiental como por cualquier otra vía. Con este objeto, la ROM 5.1 establece un dispositivo de respuesta para identificar el origen del episodio y adoptar las medidas que pongan fin al mismo, o en su defecto, reduzcan sus consecuencias sobre el medio. Su desarrollo se basa en los siguientes pasos operacionales: Identificación del origen. Aplicación de medidas correctoras. Comprobación de los resultados. 1.13

14 Este Programa se activará siempre que se detecten reducciones de la calidad en las masas de agua en la Zona de Servicio Portuario. 1.14

15 APLICACIÓN DE LA ROM 5.1. El Puerto en torno al que se desarrolla el ejemplo de aplicación de la ROM 5.1 se ha denominado como Puerto de San Luis, puerto costero inexistente en cuya configuración se han sintetizado las diferentes problemáticas asociadas a la gestión de la calidad de los sistemas acuáticos portuarios. San Luis es un puerto de 3000 Ha (200 Ha de tierra y 2800 Ha de agua) cuya zona de servicio está constituida por dos grandes espacios, una masa de agua artificial creada al abrigo de los diques de protección del puerto (Zona I) y que comprende el pequeño puerto original y la superficie ganada con la ampliación, y una zona exterior de aguas costeras (Zona II) (Fig. 2-a). Cada una de estas dos zonas tiene perfectamente definidos sus usos portuarios: la Zona I como carga y descarga y desarrollo de actividades industriales, y la Zona II como fondeo y acceso marítimo. La única excepción la representa la playa situada en el extremo más oriental de la Zona I y cuyas aguas deben ser aptas para el baño (Fig. 2-b). Los fondos de las dos zonas portuarias son fundamentalmente blandos (sedimentarios), sin embargo, mientras que en la Zona I el fondo es blando en toda su superficie, en la Zona II se alternan los fondos blandos y duros (rocosos) (Fig. 2-c). El puerto tiene una profundidad mínima de 20 metros en la dársena más interna de la Zona I y una profundidad máxima de 40 metros en la Zona II, profundidades que no requieren de dragados de mantenimiento. Respecto a las corrientes hidrodinámicas principales (viento y marea), el régimen de vientos predominante es del oeste, la marea es semidiurna y sus componentes armónicos se detallan en la Fig. 2-d. Los registros pluviométricos medios mensuales se ajustan a lo descrito en la Fig. 2-e. En el entorno del puerto se localizan cinco emisiones contaminantes, tres situadas en la zona I y dos en la zona II del puerto (Fig. 2-f). Tras un análisis exhaustivo de toda la documentación disponible sobre las mismas (registros de tráfico portuario, campañas de medidas existentes, programas de vigilancia, etc) se han observado las siguientes peculiaridades: 1.15

16 La emisión difusa portuaria vierte con una frecuencia que oscila entre los 5 y seis meses una cantidad aproximada de mineral de hierro y manganeso de 716 Tn y 0.6 Tn, respectivamente. La emisión puntual portuaria procedente de las escorrentías portuarias vierte mensualmente un caudal de m 3 /s cuyo contenido principal son fosfatos y sulfatos en una concentración próxima a los 11.3 mg/l y 850 mg/l, respectivamente. La emisión puntual de la empresa concesionaria tiene una autorización de vertido para zinc, plomo, níquel, mercurio, cromo, compuestos halogenados y carbono orgánico total. En la siguiente tabla se sintetizan las cantidades aproximadas que dicha emisión vierte anualmente. De media, una vez cada seis años la empresa incumple su autorización de vertido. Emisiones al agua (directas) Sustancia M/C/E Cantidad (kg/año) Zn y sus compuestos M 104 Pb y sus compuestos M 458 Ni y sus compuestos M 150 Hg y sus compuestos M 3 Cr y sus compuestos M 68 Compuestos orgánicos halógenos M 2599 Carbono Orgánico Total M Tabla 1. Cantidades vertidas anualmente. La emisión puntual ajena procedente de una estación depuradora de aguas residuales urbanas (EDAR) viene incumpliendo cada 4 ó 5 años la concentración máxima establecida en la autorización de vertido para alguna de las sustancias (Tabla 2): DBO, DQO, fósforo total, materia en suspensión, aceites y grasas, amonio, nitrógeno Kjeldahl, nitratos, nitrógeno total y coliformes totales Coliformes Fecales UFC/100ml 1.16 Tabla 2. Concentraciones establecidas por la autorización de vertido.

17 La emisión difusa ajena, situada fuera de la zona de servicio, vierte con una media de 20 días diferentes cantidades de nitrógeno y fósforo procedente de lixiviados. En la siguiente tabla se muestran los valores aproximados. Total Fósforo (kg/año) 5.46 Nitrógeno (kg/año) Tabla 3. Cantidades aproximadas del fósforo y nitrógeno vertido anualmente. 1.17

18 a ZONA II ZONA I b Usos portuarios Usos no portuarios Playa (Aguas de baño) c Fondo duro Fondo blando Figura 2abc. Características del Puerto de San Luis: (a) zonas, (b) usos y (c) clase de fondos. 1.18

19 d M 2 S 2 K 1 O 1 N 2 P 1 K 2 Q Precipitaciones mensuales (mm) O N D E F M A M J J A S e II Emisión difusa portuaria f III Emisión puntual de empresa concesionaria I Emisión puntual portuaria V Emisión difusa ajena IV Emisión puntual ajena Figura 2dce. Características del Puerto de San Luis: (d) corrientes de marea, (e) pluviometría y (f) localización de las emisiones contaminantes. 1.19

20 El conjunto de esta información ha servido de base para la aplicación de la metodología de la ROM 5.1 en el Puerto de San Luis. Aunque no ha sido posible reunir en un solo documento todas las casuísticas que conviven en los espacios portuarios, lo cierto es que mediante esta aplicación se ha procurado plasmar una buena parte ella. Para ello, el artículo se ha estructurado con base en los cuatro pilares que constituyen la ROM 5.1: la Delimitación y Tipificación de masas de agua, la Evaluación y Gestión de Riesgos, la Vigilancia Ambiental y la Gestión de Episodios Contaminantes. 1. ÁMBITO DE APLICACIÓN El ámbito de aplicación establecido por la ROM 5.1. se corresponde con la Zona de Servicio Portuario legalmente establecida para cada Autoridad Portuaria. Dentro del espacio acuático comprendido en la Zona de Servicio Portuario, y de acuerdo con los usos desarrollados en la misma, se distinguen dos áreas: ZONA I: Constituida por las aguas interiores portuarias abrigadas naturalmente o artificialmente, de la que forman parte las dársenas destinadas a operaciones portuarias de carga, descarga y trasbordo de mercancías, embarque y desembarque de pasajeros, construcción y reparación de buques, así como las áreas necesarias para las maniobras de atraque y reviro y los espacios de agua incluidos en los diques de abrigo (Ley 48/2003). ZONA II: Superficie que comprende el resto de las aguas portuarias y cuyo uso principal es el fondeo y el acceso marítimo. Tal y como se indica en la Fig. 3, la Zona I del puerto objeto de estudio está confinada en las dársenas portuarias y la Zona II se corresponde con las aguas exteriores a la zona portuaria. 1.20

21 ZONA II ZONA I Figura 3. Ámbito de Aplicación: Zona I y Zona II. 1.21

22 DELIMITACIÓN DE USOS Aplicación de la ROM 5.1. TIPIFICACIÓN DE MASAS DE AGUA 2. PROGRAMA DE DELIMITACIÓN DE USOS Y TIPIFICACIÓN DE MASAS DE AGUA El Programa de Delimitación de usos y de Tipificación de las masas de agua es el instrumento de ordenación del medio acuático de la Zona de Servicio Portuario. Las unidades de gestión básicas e independientes de los sistemas acuáticos son las denominadas masas de agua, de la que forman parte tanto la columna de agua, como sus fondos. Por tanto, este programa tiene por objeto la identificación y clasificación de las masas de agua que constituyen la Zona de Servicio Portuario. En términos generales, su aplicación se adecua al esquema metodológico que se muestra en la Fig. 4. Delimitación de usos Tipificación de masas de agua Establecimiento de categorías Asignación de tipos a las masas de agua Figura 4. Actividades incluidas en el Programa de Delimitación de Usos y de Tipificación de las masas de agua. 1.22

23 2.1. DELIMITACIÓN DE USOS Dado que las áreas definidas por los usos portuarios pueden considerarse, en general, sometidas a un mismo tipo de presión, cada una de ellas se asume como una unidad homogénea de gestión. Por ello, a efectos de esta Recomendación, los límites de las masas de agua se establecen en función tanto de los usos portuarios, como de las peculiaridades físicas o fisiográficas más relevantes. A tal efecto, para establecer los límites de las masas de agua de la Zona de Servicio Portuario debe llevarse a cabo, previamente, la delimitación de usos y actividades de dicho medio a partir de las características del entorno físico, económico y cultural en el que se integra el puerto. De acuerdo con el artículo 96 de la Ley 48/2003 de Régimen económico y de prestación de servicios en los puertos de interés general, el Ministerio de Fomento es el responsable de delimitar en los puertos de titularidad estatal una zona de servicio que incluya los espacios de tierra y de agua necesarios para el desarrollo de los usos portuarios, los espacios de reserva que garanticen la posibilidad de desarrollo de la actividad portuaria y aquéllos que puedan destinarse a usos no portuarios. En síntesis, y de acuerdo a lo establecido anteriormente, la delimitación de los usos de la Zona de Servicio Portuario está sujeta a lo establecido en el plan de utilización de los espacios portuarios para los distintos usos portuarios y no portuarios. I. Actividades y usos portuarios: Tienen consideración de usos portuarios los comerciales, pesqueros, náutico-deportivos y los complementarios a éstos. II. Actividades y usos no portuarios: En este epígrafe se incluyen las zonas protegidas en el contexto de la DMA (zonas de baño, LICs, etc.) y las reconocidas como no portuarias por el plan de utilización de los espacios portuarios. 1.23

24 Con la excepción de las aguas de baño, zona protegida incluida en la zona I del puerto, el resto de las aguas del puerto de San Luis son de uso portuario (Fig. 5). Usos portuarios Usos no portuarios Figura 5. Usos portuarios y no portuarios TIPIFICACIÓN DE LAS MASAS DE AGUA La tipificación de las masas de agua representa el proceso mediante el cual el medio acuático de la Zona de Servicio Portuario, previamente zonificado, se divide y clasifica en tipos homogéneos. Para ello, el proceso de tipificación consta de dos procedimientos: el establecimiento de categorías y la asignación de tipos. Mediante el primero, con base en el grado de alteración física o hidromorfológica se establece la categoría de la masa de agua y mediante el segundo, cada masa de agua se asigna a una tipología concreta. A. Establecimiento de categorías El proceso de tipificación de las masas de agua de la Zona de Servicio Portuario se inicia con la identificación de la categoría de las aguas litorales superficiales. Para ello, se distinguen tres posibles categorías, las aguas modificadas, las aguas no modificadas costeras y las aguas no modificadas de transición. La ROM 5.1 establece que todas las aguas de la Zona de Servicio Portuario confinadas, por ejemplo en dársenas, se consideran como masas de agua 1.24

25 modificadas. De acuerdo con este criterio, la Zona I de nuestro puerto pasa a ser automáticamente reconocida como masa de agua modificada (Fig. 6). Asimismo, el carácter costero o de transición de las aguas superficiales no modificadas se establece con base en sendas definiciones de la Directiva Marco del Agua. A tal efecto, se reconoce como una masa de agua costera la Zona II del puerto. Aguas modificadas Aguas Costeras Figura 6. Establecimiento de categorías de las aguas portuarias. B. Asignación de tipos a las masas de agua modificadas El segundo paso en el proceso de tipificación es la asignación de tipos a la masa de agua modificada. Para ello, la ROM 5.1. ha establecido dos descriptores que permitan caracterizar las masas modificadas: el tiempo de renovación y la clase de sustrato. 1. El tiempo de renovación se define como el tiempo necesario para que un trazador conservativo uniformemente distribuido en la masa de agua reduzca su concentración media en un 90%, considerándose que la masa tiene: Renovación Baja si el tiempo de renovación de la masa de agua es mayor de 7 días. Renovación Aceptable si el tiempo de renovación de la masa de agua es menor de 7días. 1.25

26 2. La clase de sustrato diferencia las masas de agua según el tipo de fondo mayoritario considerándose que ésta tiene: Fondo Duro si el fondo es rocoso en más de un 50% de la superficie de la masa de agua, calculado con ayuda de un sistema de información geográfica. Fondo Blando si el fondo es rocoso en menos del 50% de la superficie de la masa de agua, calculado de la misma forma. Siguiendo con el ejemplo, el tiempo de renovación de la masa de agua modificada se calcula mediante modelado numérico, teniendo en cuenta los valores medios de los agentes dispersivos más significativos. Asimismo, y con el fin de normalizar las condiciones de evaluación, el modelado se realizará en las siguientes condiciones: Marea: Estimación de los dos armónicos principales de marea, iniciando la simulación en cuadratura de fase. Viento: Régimen medio anual. Afluentes: Caudal medio anual. A partir del análisis de los resultados obtenidos tras el modelado hidrodinámico y de la dispersión del trazador en la masa de agua modificada se concluye que el tiempo de renovación es menor de 7 días (aceptable). Por otra parte, los fondos de estas zona portuaria son de tipo sedimentario (<50% rocoso) por lo que entran en la categoría de fondos blandos (Fig. 7). 1.26

27 Fondo duro Fondo blando Figura 7. Características geofísicas de los fondos de la Zona de Servicio Portuario. El análisis conjunto de ambos descriptores permite asignar a la masa de agua modificada un tipo M4 (Tabla 4). Clase de Fondo Tiempo de Renovación Duro Blando Renovación baja M1 M2 Renovación aceptable M3 M4 Tabla 4. Caracterización de los tipos de masas de agua modificadas C. Asignación de tipos a las masas de agua no modificadas costeras y de transición Para la asignación tipológica de las masas de agua no modificadas costeras y no modificadas de transición se lleva a cabo un procedimiento semejante al descrito para las masas de agua modificadas. No obstante, para estas dos categorías (aguas no modificadas) se han establecido dos descriptores específicos: el carácter costero o estuarino y la clase de sustrato. 1. El carácter costero o estuarino de la masa de agua viene definido por el propio carácter morfológico del lugar en el que se sitúa cada masa de agua, pudiendo clasificarse bien como costeras, bien como de transición o estuarino. 2. La clase de fondo duro o blando se estima utilizando los mismos niveles y rangos especificados para las masas de agua modificadas. 1.27

28 Del análisis conjunto de ambos descriptores se observa que las características geofísicas del fondo determinan la existencia de dos zonas bien diferenciadas, una con sustrato duro y otra con blando (ver Fig. 7). En esta situación pueden darse dos posibilidades, bien considerar la existencia de dos masas de agua, una de fondo duro y otra de fondo blando (Fig. 8) o, por el contrario, considerar una única masa de agua de fondo mayoritariamente blando, aunque con una pequeña parte de fondo duro. A B Fondo duro Fondo blando Figura 8. Propuesta de división de la masa de agua costera. A: Masa de agua con fondo duro; B: Masa de agua con fondo blando. Las singularidades propias de cada puerto, así como sus condiciones operativas y de gestión determinan, en cada caso, la conveniencia de unas alternativas frente a otras. En este caso, se ha optado por no fragmentar la masa de agua, considerando que la masa de agua no modificada del ejemplo es costera y, en principio, tiene un fondo mayoritariamente blando (<50% rocoso). De este modo, el Clase de Fondo Categorías Duro (rocoso) Blando (sedimentario) Aguas de transición N1 N2 Aguas costeras N3 N4 Tabla 5. Caracterización de los tipos de masas de agua no modificadas. 1.28

29 2.3. SÍNTESIS DEL PROGRAMA DE DELIMITACIÓN DE USOS Y TIPIFICACIÓN DE MASAS DE AGUA El resultado final del programa de delimitación de usos y tipificación de las masas de agua de la Zona de Servicio Portuario ha sido, pues, la identificación de una masa de agua modificada, una masa de agua no modificada y una zona protegida (Fig. 8). Masa de agua no modificada (N4) Masa de agua modificada (M4) Zona Protegida Figura 9. Síntesis delimitación de usos y tipificación de las masas de agua. 1.29

30 3. PROGRAMA DE EVALUACIÓN Y GESTIÓN DE RIESGOS AMBIENTALES El Programa de Evaluación y Gestión de Riesgos Ambientales es el procedimiento que permite evaluar y acotar la posible incidencia que tiene cada una de las emisiones contaminantes, originadas tanto por la actividad ordinaria como por accidentes, en la calidad de las aguas portuarias. Para ello, en primer lugar, se evalúa el riesgo de cada una de las emisiones, a partir de su probabilidad de ocurrencia, de las consecuencias que se derivarían de su materialización y de la vulnerabilidad de las masas de agua potencialmente afectadas. Posteriormente, en función de la tolerabilidad asignada a los valores de riesgo de cada emisión se proponen y diseñan, si ha lugar, las posibles medidas preventivas y correctoras que permitan reducirlo hasta valores admisibles. Adicionalmente, este Programa proporciona la información necesaria para optimizar el diseño del Programa de Vigilancia Ambiental. Todo ello se realiza mediante un proceso iterativo que se ajusta al diagrama de la Fig. 10. IDENTIFICACIÓN DE EMISIONES CONTAMINANTES ESTIMACIÓN DEL RIESGO AMBIENTAL VALORACIÓN DEL RIESGO Riesgo tolerable? NO SÍ PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL PROPUESTA DE MEDIDAS PREVENTIVAS Y/O CORRECTORAS Figura 10. Procedimiento para el desarrollo del Programa de Evaluación y Gestión de Riesgos Ambientales. 1.30

31 Con el objeto de que este ejemplo sea lo más completo posible, en los siguientes apartados, se desarrolla, de manera pormenorizada, cada una de las etapas que constituyen la evaluación y gestión de riesgos ambientales IDENTIFICACIÓN DE LAS EMISIONES CONTAMINANTES A. Localización de las emisiones contaminantes El primer paso que debe llevarse a cabo en la identificación de las emisiones contaminantes es la localización de los puntos o áreas de emisión. Cabe destacar que, en función de esta ubicación, se diferencian cuatro tipos de emisiones contaminantes: - Emisiones externas: Emisiones contaminantes que se realizan fuera de la Zona de Servicio Portuario. - Emisiones ajenas: Emisiones contaminantes que se realizan dentro de la Zona de Servicio Portuario, pero no son producidas por actividades realizadas en terrenos, obras e instalaciones portuarias. - Emisiones de empresas concesionarias o autorizadas: Emisiones contaminantes realizadas en la Zona de Servicio Portuario y producidas por actividades no portuarias, pero llevadas a cabo en terrenos, obras e instalaciones portuarias. - Emisiones portuarias: Emisiones contaminantes realizadas dentro de la Zona de Servicio Portuario producidas por actividades portuarias. Además, las emisiones contaminantes pueden clasificarse, según la forma en que dicha emisión se introduce al medio acuático, en emisiones puntuales o emisiones difusas. Las emisiones contaminantes puntuales son emisiones canalizadas de sustancias contaminantes por puntos fijos y predefinidos. Las emisiones contaminantes difusas son emisiones no canalizadas de sustancias contaminantes. 1.31

32 De la combinación de ambas clasificaciones se lleva a cabo un inventario de todas las emisiones contaminantes que se encuentran en la Zona de Servicio Portuaria. Para el ejemplo que no ocupa, se han considerado presentes las cinco que a continuación se indican (Fig. 11): I. Emisión puntual portuaria: Localizada en la Zona I a partir de la detección de puntos de desagüe de la escorrentía portuaria que carecen de autorización de vertido. II. Emisión difusa portuaria: La actividad que produce la emisión contaminante difusa son las operaciones de carga y descarga. La emisión contaminante se localiza en el área donde se encuentran las grúas para llevar a cabo esta actividad dentro de la Zona I. III. Emisión puntual de empresa concesionaria: Emisión realizada por una empresa concesionaria en la Zona I, cuya localización se obtiene a partir del registro EPER. IV. Emisión puntual ajena: Efluente de una Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) localizada en la Zona II, mediante la consulta del registro autonómico de autorizaciones de vertido. V. Emisión difusa ajena: Esta emisión es producida por la escorrentía agrícola de una zona cultivada. III Emisión puntual de empresa concesionaria II Emisión difusa portuaria I Emisión puntual portuaria V Emisión difusa ajena IV Emisión puntual ajena Figura 11. Localización de las emisiones contaminantes. 1.32

33 B. Caracterización de la emisión contaminante Una vez localizadas todas las emisiones contaminantes, debe llevarse a cabo la caracterización de cada una de ellas, con el fin de conocer las sustancias contaminantes contenidas en las mismas, así como los rangos de variación de su concentración y el caudal vertido. Dada la complejidad asociada a la obtención de este tipo de información, la ROM 5.1 ha formulado seis procedimientos de actuación. El tipo de información disponible y la importancia que tenga la emisión para el puerto determinan, en cada caso, el procedimiento a utilizar (Fig. 12). CARACTERIZACIÓN DE EMISIONES CONTAMINANTES LA EMISIÓN DISPONE DE AUTORIZACIÓN DE VERTIDO? Si Método A No LA EMISIÓN PROCEDE DE UNA ESCORRENTÍA PORTUARIA? Si Método B No LA EMISIÓN ESTÁ INCLUIDA EN EL INVENTARIO DE EMISIONES CONTAMINANTES (REGISTRO EPER)? Si Método C No SE DISPONE DE DATOS PARA APLICAR FACTORES DE EMISIÓN? Si Método D No SE REQUIERE LLEVAR A CABO CAMPAÑAS ESPECÍFICAS DE TOMA DE DATOS? Si Método E No CARACTERIZACIÓN CUALITATIVA Método F Figura 12. Métodos para la caracterización de las emisiones contaminantes. Método A. Autorización de vertido: La principal fuente de datos sobre una emisión contaminante es la propia autorización de vertido, documento que, entre otros datos, debe contener toda la información relativa a las 1.33

34 características cualitativas y cuantitativas del vertido (Artículo 246 del Real Decreto 606/2003). Método B. Caracterización de las escorrentías portuarias: En este método se desarrolla un procedimiento específico para conocer la concentración de las sustancias que forman parte de las escorrentías portuarias que no disponen de documento regulador. Método C. Consulta del inventario de emisiones contaminantes (Registro EPER): El registro EPER recoge la información de las principales emisiones contaminantes a los sistemas acuáticos comunitarios. Por ello, la caracterización de una emisión contaminante puede realizarse a través del análisis de la información de este registro. Método D. Caracterización cuantitativa: A falta de información concreta sobre los vertidos existentes, el análisis de los procesos responsables de su generación puede permitir, en última instancia, la cuantificación de las emisiones. Para ello, se hace necesario el empleo de métodos de estimación aceptados nacional o internacionalmente o de factores de emisión representativos del sector productivo. Método E. Campañas específicas de toma de datos: Este método se basa en la realización de campañas específicas de toma de datos, es decir, en el análisis de las sustancias contaminantes de la emisión en localizaciones próximas al punto de emisión. Método F. Caracterización cualitativa: La caracterización cualitativa se obtiene a partir de una matriz en la que se relacionan las actividades generadoras de emisiones contaminantes con las sustancias emitidas. En las siguientes figuras se desarrolla de forma esquemática la posible caracterización de cada una de las cinco emisiones localizadas en la Zona de Servicio Portuario del Puerto de San Luis (Fig ). 1.34

35 V Emisión difusa ajena Emisión difusa ajena Método D. Caracterización cuantitativa 1. Analizar las posibles sustancias emitidas. 2. Estimar factores de emisión de un área cultivada. 3. Calcular la extensión del área drenada. 4. Estimar las concentraciones vertidas. Fósforo Nitrógeno (kg/ha/año) (kg/ha/año) Escorrentía superficial Lixiviados Extensión: 8 8 hectáreas Erosión del suelo Total Total Fósforo (kg/año) 5.46 Nitrógeno (kg/año) Figura 13. Caracterización de la emisión puntual portuaria, escorrentía portuaria. 1.35

36 II Emisión difusa portuaria Emisión difusa portuaria Método D. Caracterización cuantitativa. 1. Establecer la relación de mercancías que se cargan y descargan en el área de estudio. 2. Calcular las pérdidas por manipulación. 3. Estimar las cantidades emitidas. Mineral de hierro Manganeso Mineral de hierro Manganeso (Tn/año) (Tn/año) Pérdidas: 0,3% (Tn) (Tn) Figura 14. Caracterización de la emisión difusa portuaria, carga y descarga. 1.36

37 III Emisión puntual de empresa concesionaria Emisión puntual de empresa concesionaria Método C. Consulta del inventario de emisiones contaminantes (Registro EPER) 1. Conocer las actividades que se llevan a cabo en la empresa. 2. Obtener el Registro EPER. 3. Calcular las concentraciones emitidas de cada sustancia. Comunidad Autónoma de San Luís San Luís Nombre complejo QUIMITRAP S.A. Empresa Matriz QUIMITRAP S.A. Dirección POLÍGONO PELAYO, CR 26 S/N Código Postal Provincia SAN LUÍS Sistema Coordenadas Geográficas WGS84 Longitud Latitud CNAE Actividad económica principal Fabricación de papel y cartón Volumen de producción Organismos reguladores Consejería de Medio Ambiente Número de instalaciones 1 Número de horas trabajo año 6542 Número de empleados 388 Actividades Tipo de actividad Actividad Anexo I Código NoseP Actividad principal 6.1./ Emisiones al agua (directas) Sustancia M/C/E Cantidad (kg/año) Zn y sus compuestos M 104 Pb y sus compuestos M 458 Ni y sus compuestos M 150 Hg y sus compuestos M 3 Cr y sus compuestos M 68 Compuestos orgánicos halógenos M 2599 Carbono Orgánico Total M Figura 15. Caracterización de la emisión puntual de una empresa concesionaria. 1.37

38 IV Emisión puntual ajena Emisión puntual ajena Método A. Autorización de Vertido 1. Solicitar la Autorización de Vertido. 2. Obtener las características de la emisión contaminante Coliformes Fecales UFC/100ml Caudal 323 l/s Figura 16. Caracterización de la emisión puntual ajena, efluente de una EDAR. 1.38

39 V Emisión difusa ajena Emisión difusa ajena Método D. Caracterización cuantitativa 1. Analizar las posibles sustancias emitidas. 2. Proponer factores de emisión de un área cultivada. 3. Calcular la extensión del área drenada. 4. Estimar las concentraciones vertidas. Fósforo Nitrógeno (kg/ha/año) (kg/ha/año) Escorrentía superficial Lixiviados Extensión: 8 8 hectáreas Erosión del suelo Total Total Fósforo (kg/año) 5.46 Nitrógeno (kg/año) Figura 17. Caracterización de la emisión difusa ajena, zona cultivada. 1.39

40 3.2. ESTIMACIÓN DEL RIESGO AMBIENTAL DE CADA EMISIÓN CONTAMINANTE Una vez identificadas todas las emisiones contaminantes susceptibles de afectar a la calidad de las masas de agua de la Zona de Servicio Portuario, se realiza la estimación del riesgo que presenta cada una de ellas. La metodología empleada para la estimación del riesgo ambiental parte de la consideración de la siguiente expresión: Riesgo = Probabilidad x Vulnerabilidad x Consecuencias = P i x V i x C i La estimación del Factor de probabilidad (Pi) se lleva a cabo a partir de la recopilación exhaustiva de información relacionada con actividades potencialmente involucradas en la generación de emisiones contaminantes, tanto puntuales como difusas, con el fin de obtener el tiempo transcurrido entre dos emisiones contaminantes. Los criterios de valoración se presentan en la Tabla 6. Factor de probabilidad (Pi) Tiempo trascurrido entre dos emisiones contaminantes 4 x < 1 mes 3 1 mes x < 1 año 2 1 año x < 7 años 1 x 7 años Tabla 6. Criterios de valoración del Factor de probabilidad (Pi) de la emisión contaminante. El Factor de vulnerabilidad (Vi) de las masas de agua afectadas por una emisión se estima en función de la susceptibilidad de éstas (Fs), de la existencia de sistemas de control, defensa y alarma (Fa) y de la eficiencia de procedimientos operativos establecidos (Fe). La estimación de este factor se obtiene mediante la ponderación de cada uno de estos términos de acuerdo con la siguiente expresión: V i = 1 10 [ 5 Fs + 3 Fa + 2 Fe] 1.40

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