IX. ACREDITACIÓN DE ESTUDIOS SUPERIORES EN ESPAÑA*

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1 IX. ACREDITACIÓN DE ESTUDIOS SUPERIORES EN ESPAÑA* Joaquín Gairín Sallán** Miquel Àngel Essomba Gelabert Aleix Barrera Corominas Katia Pozos Perez Introducción La calidad universitaria en España: los primeros pasos Las normativas de referencia Modelos de acreditación de los estudios El modelo de AQU de la Comunidad Autónoma de Catalunya La mención de calidad para los programas de doctorado El desarrollo de los sistemas internos de garantía de calidad Referencias 1. INTRODUCCIÓN La acreditación de los programas formativos que ofrecen las universidades españolas no tiene una larga tradición. La legislación al respecto es aún pobre por la razón señalada, a pesar de que en los últimos años se están dando importantes pasos dirigidos a regular la situación y desarrollar los procesos de acreditación. Cabe considerar que tradicionalmente la Administración educativa regulaba las enseñanzas, con mayor o menor margen de autonomía para las universidades, y aprobaba los planes de estudios que se presentaban, no existiendo casi controles sobre su desarrollo. Seguramente esta situación venía potenciada por cuanto la mayoría de las instituciones universitarias son públicas y se rigen por estrictos controles legales sobre el cumplimiento de la normativa que les afecta. La integración de España en el marco del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) ha dado un fuerte impulso al desarrollo de procedimientos que garanticen la calidad de los programas y de los planes de estudios que ofrecen las instituciones universitarias. A partir del plan de Bolonia 1, las universidades españolas han empezado a renovar y actualizar sus programas formativos para adaptarse a las directrices europeas, que determinan dos ciclos for- * Este artículo ha sido elaborado a partir del proyecto titulado «The Development of Transnational Standards for Teacher Training for Technical and Vocational Education and Training with a Multidisciplinary and Industrial Orientation», co-financiado por el programa de Cooperación de la Unión Europea EU-Asia-Link y desarrollado conjuntamente por Alemania, Indonesia, Malasia y España. ** Coordinador del equipo español, en la Universidad Autónoma de Barcelona. joaquin.gairin@uab.cat 1. Se conoce así al proceso de desarrollo del Espacio Europeo de Educación Superior, ya que fue en Bolonia (Italia) donde se firmó un acuerdo de coordinación universitaria al que llegaron los ministros de Educación de los diferentes Estados de la Unión Europea. WOLTERS KLUWER ESPAÑA 1

2 mativos: Bachelor y Master, y un nuevo concepto de crédito transferible y acumulable (ECTS); además, la acreditación se establece como requisito para todos los programas de educación superior. Cuando hablamos de acreditación nos referimos al reconocimiento externo que certifica que alguien o algo ha alcanzado un nivel mínimo que le permite desarrollar procesos y tareas con garantías de éxito (Rosselló y Llavorsí, 2006). La acreditación de estudios en educación superior hace referencia a la garantía externa que tienen los programas formativos ofertados y que permiten confiar en que, quienes en ellos participan, tendrán, al finalizarlos, unas competencias y habilidades básicas que les permitirán desarrollar sin problemas actividades profesionales concretas. Entendemos que los planes de estudios son un acuerdo entre la Universidad y la sociedad, que establece las bases para la confianza que un estudiante deposita en la Universidad y en el programa de enseñanza-aprendizaje en el que ingresa. Así pues, la acreditación en el ámbito universitario representa, por tanto, una garantía de que lo que se ofrece goza de unos requisitos mínimos de calidad. 2. LA CALIDAD UNIVERSITARIA EN ESPAÑA: LOS PRIMEROS PASOS España no tiene arraigada la cultura universitaria de evaluar la calidad de los planes de estudios conducentes a la obtención de titulaciones oficiales. En este sentido, encontramos experiencias puntuales desarrolladas durante la década de los 90, y no es hasta el año 2002 cuando se crea la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (en adelante, ANECA) a partir del desarrollo del artículo 32 de la Ley Orgánica de Universidades, de noviembre de El Consejo de Universidades ya se planteó como objetivo en 1990 la introducción de medidas concretas dirigidas a mejorar la calidad de las universidades. Impulsó para ello una línea estratégica orientada a favorecer procesos evaluativos similares a los utilizados en otros países. El primer resultado del debate fue la presentación del Plan Experimental de Evaluación de la Calidad de las Universidades, desarrollado durante los años 1992 y 1994, cuyo objetivo fue desarrollar y poner a prueba un método periódico de evaluación de la calidad de la Universidad. Este modelo estaba inspirado en otros de ámbito internacional y combinaba una fase previa de autoevaluación con otra de evaluación externa por parte de expertos. Entre 1991 y 1994 España también participó en un programa piloto de gestión de la calidad aplicada al área administrativa de las universidades. Este programa estaba financiado por la Unión Europea a través de la Entidad de Gestión Estratégica de Universidades (ESMU). Su principal impulsora fue la Universidad de Barcelona y en él participaron 17 universidades, 13 de las cuales eran españolas. Este programa conllevó importantes cambios en la concepción y en la cultura de la calidad que tenían los gerentes y ámbitos administrativos de las universidades, influyendo en el Plan Nacional de Evaluación y en la adopción de las ideas planteadas por el modelo EFQM (Modelo Europeo de Calidad) para la evaluación del ámbito de la administración institucional. El Plan Nacional de Evaluación de la Calidad de las Universidades se planteó varios objetivos: promover la evaluación institucional de la calidad de las universidades, propiciar la elaboración de un método de evaluación integrado en la práctica vigente en la Unión Europea y proporcionar una información objetiva como base para la adopción de decisiones. Más adelante exponemos el proceso de evaluación previsto en dicho plan, aunque ya podemos avanzar que permitió la implantación efectiva de mecanismos de evaluación institucional dentro 2

3 de las universidades y la superación de enfoques de evaluación centrados exclusivamente en la docencia. La Unión Europea (UE) puso en marcha un Proyecto Piloto para la Evaluación de la Calidad de la Enseñanza Superior en 1994, desarrollando un Modelo Europeo de Evaluación de la Calidad en cuya concreción participó España. Al finalizar el proyecto, se presentó al Consejo de la Unión Europea una Propuesta de recomendación que tomaba en consideración los elementos siguientes: El sistema de evaluación debe asegurar la autonomía e independencia de las autoridades encargadas de la gestión, coordinación y desarrollo de la evaluación y de garantizar la calidad de las universidades. El proceso de evaluación debe permitir la adecuación entre los procedimientos de evaluación y el perfil de los centros. Deben confluir elementos internos y externos en el método de evaluación y participar del proceso todas las partes interesadas. El proceso de evaluación supone la publicación de los informes de evaluación. El Plan Experimental generado incorporó estas apreciaciones, obtenidas, en gran medida, gracias a las aportaciones de países con más experiencia en la evaluación de la calidad universitaria. Todo el conocimiento adquirido durante la década de los noventa se concluyó con la creación, en 2002, de la ANECA. Posteriormente, la estructuración política de España (dividida en comunidades autónomas) ha impulsado la creación, en los últimos años, de distintas agencias de ámbito territorial, que comparten algunas de sus funciones con la ANECA. Cabe destacar entre estas últimas la «Agència per a la Qualitat del Sistema Universitari a Catalunya» (AQU), creada por el Decreto 355/1996, de 29 de octubre, de la Generalitat de Catalunya, y con competencias sobre la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB). Los próximos apartados sintetizan los aspectos más relevantes al respecto. 3. LAS NORMATIVAS DE REFERENCIA El estado actual de la legislación española en materia de calidad y acreditación de la formación superior se puede concretar en la referencia que hace la Ley Orgánica de Universidades, ley de rango superior en la ordenación de nuestro sistema legislativo, que prevé en su artículo 31 la promoción y garantía de la calidad de las universidades españolas, en el ámbito nacional e internacional, marcándose como objetivos: a. La medición del rendimiento del servicio público de la educación superior universitaria y la rendición de cuentas a la sociedad. b. La transparencia, la comparación, la cooperación y la competitividad de las universidades en el ámbito nacional e internacional. c. La mejora de la actividad docente e investigadora y de la gestión de las universidades. d. La información a las Administraciones públicas para la toma de decisiones en el ámbito de sus competencias. e. La información a la sociedad para fomentar la excelencia y movilidad de estudiantes y profesores. 3

4 Además, el apartado 2 de dicho artículo prevé la consecución de dichos objetivos mediante la evaluación, certificación y acreditación de: a. Las enseñanzas conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, a los efectos de su homologación por el Gobierno. b. Las enseñanzas conducentes a la obtención de diplomas y títulos propios de las universidades y centros de educación superior. c. Las actividades docentes, investigadoras y de gestión del profesorado universitario. d. Las actividades, programas, servicios y gestión de los centros e instituciones de educación superior. e. Otras actividades y programas que puedan realizarse como consecuencia del fomento de la calidad de la docencia y de la investigación por parte de las Administraciones públicas. También este artículo establece que las funciones de evaluación, así como las conducentes a la certificación y acreditación, corresponden a la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, y a los órganos de evaluación que las leyes de las comunidades autónomas determinen. Se deja así la puerta abierta para la participación de las agencias de carácter regional en la determinación de la calidad de los centros de educación superior. El Real Decreto 49/2004, de desarrollo de la LOU, establece el procedimiento a seguir por los planes de estudios para alcanzar la homologación de la que nos habla el artículo 31.2,a) de la LOU. Para conseguirla, las universidades deberán someter a evaluación el desarrollo efectivo de las enseñanzas correspondientes a los planes de estudios implantados y tomar en consideración la denominada acreditación de las enseñanzas. La acreditación se considera un proceso de evaluación de acuerdo a unos criterios, indicadores y estándares previamente establecidos. Tiene como finalidad comprobar que los resultados de la formación de los graduados responden a los objetivos preestablecidos y valorar si las competencias adquiridas por los estudiantes son las demandadas por el mercado de trabajo y los capacitan para contribuir al desarrollo científico y cultural de la sociedad. Cabe señalar que los actuales criterios de acreditación y validación de las enseñanzas no se consideran estables a largo plazo, al estar en proceso la elaboración y publicación de las normas que establecen la Ordenación de las Enseñanzas Universitarias Oficiales. El proyecto legislativo conocido muestra ya en su preámbulo la voluntad de contribuir a garantizar la calidad de los nuevos planes de estudio; asimismo, prevé la autonomía en el diseño del título, combinada con un adecuado sistema de evaluación y acreditación que permita supervisar la ejecución efectiva de las enseñanzas e informar a la sociedad sobre la calidad de las mismas. Coherentemente, se sugiere un modelo basado en la verificación de los planes de estudios por parte de agencias de calidad y del Consejo de Universidades, y una acreditación posterior de los títulos, transcurridos 6 años desde su implantación. De todos modos, los procedimientos para ambos procesos no han sido todavía desarrollados ni validados. 4. MODELOS DE ACREDITACIÓN DE LOS ESTUDIOS Sintetizamos, como ya dijimos anteriormente, la función y funcionamiento de las agencias implicadas en el proceso de acreditación que afectan a la UAB. 4

5 El modelo de la ANECA ANECA se configura entre finales del año 2002 y comienzos de 2003, durante el desarrollo del II Plan de Calidad de la Universidades, que contemplaba la evaluación de titulaciones y algunas evaluaciones de departamentos y servicios. El modelo que adoptó ANECA en sus inicios fue el que elaboraron distintos grupos de trabajo, formados por profesores de universidades públicas y privadas y profesionales que ejercían su actividad en empresas públicas y privadas, y que fue validado a partir de su aplicación en distintos Planes Piloto durante los años 2003 y el Este modelo inicial ha ido evolucionando y mejorando, hasta adoptar actualmente la forma que presentamos a continuación, válido para la acreditación de estudios oficiales de grado y de máster, en el marco del Espacio Europeo de Educación Superior. Para su definición final se han tenido en cuenta la legislación en materia de homologación de títulos (Real Decreto 47/2004) así como la estructura de las enseñanzas (Reales Decretos 55/2005, 58/2005 y 1509/2005) y los criterios definidos por agencias de acreditación de ámbito internacional. El modelo adoptado propone que el proceso de acreditación se inicie un año después de la implantación completa del plan de estudios y se realice en períodos sucesivos de 6 años. El resultado de su aplicación será una decisión de carácter formal y binaria, ligada a establecer la posibilidad de mantener la homologación concedida a un determinado plan de estudios o, por el contrario, de suspender o revocar la homologación con carácter definitivo. Además, el resultado de la evaluación debe permitir la identificación de áreas de mejora, como base para los cambios que exige garantizar la calidad de la enseñanza universitaria. El modelo se estructura alrededor de 9 criterios de calidad y 46 directrices. El modelo aporta una estructura de relaciones construida sobre cinco ejes, cada uno de los cuales hace referencia a uno o varios criterios de calidad (gráfico 1). No obstante, cada universidad puede presentar la información que se requiere para la solicitud de acreditación de la forma que estime oportuno. De todas formas, la Agencia presenta diferentes ejemplos de formatos de documentos requeridos que pueden ser tomados como punto de referencia. Gráfico 1: Esquema del modelo de acreditación de la ANECA 5

6 Según la ANECA (2006, 7-11), los criterios y directrices para la acreditación, agrupados por ejes, son los que se especifican a continuación: a) Primer Eje: Planificación y desarrollo de la enseñanza En el plan de estudios se han formulado, de modo explícito, los objetivos o los factores que provocarán cambios en los aprendizajes de los estudiantes. En consecuencia, las enseñanzas que conducen a la titulación se han planificado y desarrollado para que los estudiantes puedan alcanzar los objetivos previstos. Criterio 1. Objetivos del Plan de Estudios Los objetivos del Plan de Estudios, entre los que se encuentran los conocimientos, aptitudes y destrezas que los estudiantes deben haber adquirido al finalizar los estudios, están descritos de forma detallada y son públicos. Los objetivos están documentados. Los objetivos definen de forma precisa y evaluable los conocimientos, aptitudes y destrezas. Los objetivos se han difundido. Criterio 3. Planificación de la enseñanza La planificación de la enseñanza es coherente con los objetivos del plan de estudios, tanto en la programación global de la enseñanza como en la que se incluye en los programas de las materias que constituyen el plan de estudios. Estos programas contienen los elementos necesarios para informar al estudiante y son públicos. Existe una planificación del desarrollo del plan de estudios en materias, estructura temporal, recursos humanos y materiales necesarios. La planificación permite cumplir los objetivos previstos en el plan de estudios. Los programas de cada una de las materias que configuran el plan de estudios son aprobados por el órgano competente dentro de la universidad. Los programas de las materias recogen los elementos identificativos de la enseñanza y de la materia, es decir, incluyen todos los apartados referidos en la guía ECTS sobre objetivos, contenidos, metodologías de aprendizaje, etc. La metodología de evaluación prevista es acorde con las normativas, criterios y procedimientos. Los programas de las materias están disponibles. Los programas de las materias que configuran el plan de estudios son coherentes con los objetivos del plan de estudios. Existen mecanismos que facilitan la movilidad de los estudiantes, cuando formen parte de los objetivos de la enseñanza. Existe una planificación de las prácticas en empresas o instituciones, cuando formen parte de los objetivos de la enseñanza. Criterio 4. Desarrollo de la enseñanza y evaluación del aprendizaje El desarrollo de la enseñanza se ajusta a lo planificado. Hay un adecuado desarrollo de las enseñanzas (cumplimiento de las actividades planificadas para el desarrollo del plan de estudios). No existen quejas graves sobre el desarrollo de los programas de las materias. Se han resuelto las incidencias identificadas en el desarrollo del plan de estudios. Se han celebrado las reuniones de coordinación entre materias según la planificación prevista. Los estudiantes son evaluados conforme a los criterios, normativas y procedimientos establecidos con carácter general y en el programa de las materias. Los profesores y los estudiantes se muestran satisfechos con el cumplimiento de los programas de las asignaturas. 6

7 b) Segundo Eje: Servicios de apoyo al estudiante La universidad cuenta con políticas y procedimientos explícitos para la admisión de estudiantes que se ajustan a los objetivos de los planes de estudio. Los centros donde se imparten las enseñanzas, así como la propia universidad, realizan actuaciones de información, orientación y apoyo dirigidas al estudiante y que afectan o inciden en su proceso de aprendizaje desde su ingreso hasta su graduación. Criterio 2. Admisión de estudiantes Existen políticas y procedimientos de admisión de estudiantes que se ajustan a los objetivos del plan de estudios; son públicos y se aplican. Existe una política y procedimientos de admisión. La política de admisión está definida en función de los objetivos generales de la enseñanza y del perfil de ingreso. Los criterios y procedimientos de admisión se difunden. Se aplican los procedimientos de admisión. Criterio 5. Orientación a estudiantes Se realizan acciones para orientar a los estudiantes sobre el desarrollo de la enseñanza y sobre su futuro una vez finalizados los estudios (orientación profesional o formación de postgrado). Existen actuaciones documentadas que orientan a los estudiantes de nuevo ingreso. Existen actuaciones documentadas que orientan a los estudiantes sobre el desarrollo de la enseñanza y sobre las distintas alternativas de contenido curricular que pueden completar su formación, entre las que estarían las acciones de movilidad y las prácticas externas. Existen actuaciones documentadas para la atención a la diversidad que atienden a colectivos de estudiantes. Existen actuaciones documentadas encaminadas a preparar al estudiante para la toma de decisiones al finalizar el grado: inserción en el mundo laboral o continuación de estudios de postgrado. Tercer Eje: Recursos de apoyo a la enseñanza La universidad cuenta con personal académico cualificado que tiene dedicación suficiente para cubrir los créditos y actividades que se programan para desarrollar el plan de estudios. Asimismo, cuenta con medios materiales y servicios de apoyo suficientes para responder a las necesidades derivadas del desarrollo de las enseñanzas contempladas en el plan de estudios. Criterio 6. Personal académico La dotación de personal académico es suficiente; su grado de dedicación, adecuado, y su cualificación, suficiente para la formación de estudiantes, de tal manera que quede garantizada, en cada caso, la calidad de la docencia, de la investigación y de la formación profesional del estudiante. Hay personal académico suficiente, adecuado y cualificado para cumplir la planificación de la enseñanza. Los contenidos formativos comunes de la enseñanza están mayoritariamente cubiertos por personal a tiempo completo. Se aplica la normativa vigente externa o propia en cuanto a procedimientos de selección del profesorado. Existen criterios de asignación a la docencia, se cumplen los establecidos por la normativa y son coherentes con los objetivos del plan de estudios. 7

8 Hay participación significativa del profesorado en actividades de desarrollo profesional (formación, investigación, innovación ), ya sean internas o externas. En el caso de disciplinas de marcado carácter profesional, la participación de personal con experiencia y práctica profesional en las materias que así lo requieran, en cantidad, dedicación y cualificación, es suficiente para garantizar los objetivos previstos. Criterio 7. Recursos y servicios Los recursos y servicios destinados a la enseñanza permiten su desarrollo de acuerdo con la planificación del plan de estudios. Las instalaciones (aulas, salas de estudio, aulas de informática, laboratorios, salas de reunión, puestos de lectura en biblioteca) y equipamiento, material científico, técnico, asistencial y artístico son suficientes para el desarrollo de la enseñanza. Estas instalaciones podrán ser propias o ajenas a la institución, y en este último caso deberán estar reguladas por convenio. Se garantiza el acceso a distintas fuentes de información, bases de datos, fondos bibliográficos propios o de otras bibliotecas o centros documentales para cubrir las necesidades del desarrollo de la enseñanza. Existe la tecnología necesaria para la obtención, tratamiento, almacenamiento, transferencia y presentación de datos e información. d) Cuarto Eje: Resultados Los aprendizajes desarrollados por los estudiantes están en la dirección prevista en los objetivos del plan de estudios. Criterio 8. Resultados Los resultados de aprendizaje obtenidos por los estudiantes se corresponden con los objetivos y el diseño del plan de estudios. Se aporta información sobre el cumplimiento de los objetivos de aprendizaje de los estudiantes. Se cumplen los estándares establecidos para los indicadores cuantitativos (tasa de graduación, tasa de abandono y tasa de eficiencia). e) Quinto Eje: Garantía de calidad Los responsables del plan de estudios han establecido algún sistema de garantía de calidad que les permiten analizar las desviaciones de lo planificado y las áreas susceptibles de mejora. Dicho sistema también hace posible definir e implantar propuestas para la mejora continua del plan de estudios. Criterio 9. Garantía de calidad: Los responsables de la enseñanza disponen de sistemas de garantía de calidad que analizan su desarrollo y resultados y que les permiten definir e implantar acciones de mejora continua de la calidad, con la participación de todos los implicados. Existe un sistema de recogida de información, de revisión y mejora de los objetivos del plan de estudios, de políticas y procedimientos de admisión, de la planificación de la enseñanza, del desarrollo de la enseñanza y de la evaluación de los estudiantes, de acciones para orientar al estudiante, de la dotación de personal académico, de los recursos y servicios de la enseñanza y de los resultados de aprendizaje. 8

9 Existen procedimientos de consulta que permiten recabar información de graduados, empleadores u otros grupos sociales relevantes, sobre la inserción profesional de los titulados, la formación adquirida (conocimientos, aptitudes y destrezas) y los perfiles profesionales o las necesidades de formación continua. 5. EL MODELO DE AQU DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUNYA La estructura actual de la Agencia de Calidad Universitaria (AQU) de Catalunya tiene su origen en el año 1996, cuando la Generalitat de Catalunya y las universidades públicas de dicho territorio crearon un consorcio con el objetivo de promover la mejora de la calidad en el sistema universitario. Esta estructura permaneció así hasta 2003, cuando la legislación permitió que se estableciera como órgano independiente, lo cual contribuyó a que se le atribuyeran muchas más funciones. La AQU encargó el desarrollo de un nuevo modelo de evaluación de titulaciones a un grupo de expertos en el año 2000, que se aplicó por primera vez a la enseñanza de las Ciencias Empresariales en el año Los buenos resultados obtenidos propiciaron la extensión de su aplicación a otros programas de grado. El modelo en cuestión permite el establecimiento de valores de referencia y de estándares de calidad mediante el uso de criterios e indicadores, que se relacionan con los modelos adoptados en los países europeos con más tradición en cuanto a la evaluación institucional. La metodología adoptada por la AQU Catalunya incorpora elementos que pueden parecer opuestos, siendo un gran reto su desarrollo. Se basa en los siguientes rasgos: Evaluación interna (autoinformes) y evaluación externa (expertos). Indicadores de rendimiento (producto) e indicadores de entrada y proceso. Información cuantitativa y cualitativa. Rendimiento de cuentas (accountability) y mejora de la calidad. Independencia de gestión de la evaluación y colaboración participativa con las universidades. Para poder hacer una propuesta de máster hay que tener presente que debe respetar la legislación vigente. Nos referimos aquí al Real Decreto 56/2005, de 21 de enero, con las modificaciones del Real Decreto 1509/2005, de títulos de postgrado, por los cuales se regulan los estudios oficiales de postgrado y los criterios de la programación universitaria de Catalunya propuestos por la Dirección General de Universidades. El modelo que presenta AQU para acreditar títulos oficiales tiene como objetivo la toma de una decisión formal que se basará en un informe de evaluación realizado por expertos, de acuerdo a los estándares que se presentan a continuación. 1. Contexto general que justifica y da soporte a la implantación de la titulación: 1.1. Desde la perspectiva externa, es necesario considerar los siguientes aspectos: Carácter y orientación de la titulación. Demanda académica y laboral prevista de la titulación. Equivalencia de la titulación con otras de escala europea. Estrategias para promover titulaciones conjuntas con otras universidades. 9

10 1.2. Desde la perspectiva interna: Liderazgo y soporte internos para desarrollar la propuesta de la nueva titulación. Recursos humanos y materiales disponibles. Prospectiva sobre la necesidad de disponer de nuevos recursos. Establecimiento de sinergias con otros programas de la misma institución. 2. Programa de formación: 2.1. El perfil de formación y sus referentes: Definición del perfil de formación con la identificación de las competencias específicas y transversales. Estructura adoptada: las materias (asignaturas), su peso curricular en créditos europeos (ECTS) dentro del programa y sus descriptores. Oferta curricular de optatividad y de libre elección. Secuencia de contenidos del plan de estudios en relación con el perfil de formación establecido. Materias (asignaturas) con objetivos (identificando las competencias más significativas, específicas y transversales), contenidos, actividades de aprendizaje, enfoque de la enseñanza y metodología de evaluación Enfoque del proceso de enseñanza-aprendizaje: Principios que orientan el enfoque del proceso de enseñanza-aprendizaje. Actividades de aprendizaje propuestas a los estudiantes: tipología y volumen de trabajo implicado en cada una de las asignaturas Criterios de certificación y evaluación de la progresión académica: Principios que orientan la evaluación de la calidad del proceso de enseñanza-aprendizaje. Procedimientos de evaluación Perfil de acceso a la titulación: Descripción de las características más significativas de los estudiantes de nuevo acceso en relación con el perfil de formación establecido. Acciones específicas de la comunidad para facilitar la mejor adecuación de los estudiantes a las exigencias de la titulación. 3. Planificación operativa del plan de estudios: 3.1. El profesorado: Tipología y volumen de profesorado. Acciones de información y formación del profesorado y del personal de administración y servicios. Mecanismos de evaluación del profesorado Los recursos materiales: Espacios docentes y específicos para el aprendizaje. Servicios y recursos tecnológicos para el aprendizaje y para la consecución y evaluación de los objetivos o las competencias decididos La organización de la enseñanza: Dimensión teórica y práctica (tanto de aula o laboratorio como de prácticas externas y profesionalizadoras) del currículum. Organización de la atención tutorial de grupos e individual. Organización de las actividades de evaluación. Criterios de oferta de asignaturas optativas y de libre elección. Estrategias para fomentar la movilidad de los estudiantes a Europa. 10

11 4. Mecanismos de seguimiento y aseguramiento de la calidad: 4.1. Gestión y supervisión de la enseñanza: Órganos responsables del seguimiento y el aseguramiento de la calidad en la implantación del nuevo título. Procedimientos de seguimiento de la implantación del plan, con una atención especial a la temporalización de las fases y acciones implicadas. Mecanismos de recogida de información y difusión, y su uso posterior Gestión de las actividades de aprendizaje (trabajo del estudiante) y su evaluación: Sistema de evaluación de la progresión de los estudiantes (orientado a la verificación de la adquisición de conocimientos y/o habilidades para los estudiantes). Procedimientos formalizados de atención tutorial y orientación académica. Acciones y programas específicos de atención a los estudiantes. Coordinación de los procesos de enseñanza-aprendizaje y su supervisión. 5. Resultados: Nivel de formación conseguido. Tasa de éxito. Duración media de los estudios. Satisfacción de los estudiantes y los graduados. Como podemos observar, el modelo presentado por AQU parte de 5 elementos o ejes básicos. El primero de ellos se refiere al contexto general, tanto interno como externo, en el que se va a implantar la titulación; su objetivo es concretar si el programa formativo tendrá un carácter profesionalizador o investigador, si sus graduados tendrán demanda sociolaboral y la capacidad interna de la organización para ofrecer estos estudios. En segundo lugar, encontramos todo lo referente al programa formativo en sí: la definición que se haya hecho del perfil formativo y la organización curricular del mismo, así como el perfil que deberán tener los futuros alumnos para poder acceder a la titulación. En tercer lugar, se analizan los recursos que se requieren para la formación, tanto los humanos (profesorado) como el resto de recursos que puede proporcionar la institución, así como los criterios generales en cuanto a la organización de las asignaturas optativas y de libre elección y la movilidad de los estudiantes a nivel internacional. En cuarto lugar, encontramos el análisis de aquellos mecanismos que prevé la organización del máster en cuanto al aseguramiento de la calidad: órganos responsables de desarrollar procedimientos de implementación del plan, así como el seguimiento y aseguramiento de la calidad. Por último, se analizan los resultados, entendidos como el nivel de formación de salida de sus graduados, duración media de los estudios y la satisfacción de los estudiantes y graduados. El desarrollo de dicho modelo sigue un esquema de proceso, tal y como se presenta en el gráfico 2. Como podemos observar, todo proceso de evaluación empieza con un análisis interno de la titulación, donde se consideran los ítems que se han detallado anteriormente. A continuación, un equipo de expertos externo revisa in situ el informe de evaluación interno, contrastando los diversos puntos del informe de evaluación con las partes implicadas. El informe que expide para la agencia de calidad aconseja la acreditación, o no, de dicha titulación. 11

12 Planificació de l avaluació Metaavaluació Avaluació interna Plans de millora Avaluació externa Informe d avaluació Gráfico 2: Esquema del proceso de evaluación de calidad de AQU 2. Es importante destacar que el informe de evaluación final contiene elementos de mejora, aportados tanto por el comité de evaluación interna como por el comité externo, que es el que desarrolla el informe de evaluación final a partir del contraste del primer informe con la realidad. Los puntos de mejora ayudan al desarrollo constante y al aseguramiento de la calidad en todos los programas de grado y postgrado. 6. LA MENCIÓN DE CALIDAD PARA LOS PROGRAMAS DE DOCTORADO Además de las actuaciones de acreditación que realizan las agencias reconocidas, es de interés conocer los criterios que utiliza, como único órgano competente, el actual Ministerio de Ciencia e Innovación para expedir la Mención de Calidad para estudios de Doctorado. Es importante destacar que obtener una acreditación, posible desde 2005, constituye en sí una referencia importante para los estudiantes y las universidades. La obtención de esta certificación garantiza una formación de calidad contrastada a nivel internacional y coherente con la amplia interacción actual, que existe entre los diferentes centros universitarios a partir de la definición del Espacio Europeo de Educación Superior. 2. Esquema obtenido en la web: donde se encontrará otra información relacionada. 12

13 La Mención de Calidad se otorga a los programas de doctorado con denominación específica y constituye un reconocimiento de la solvencia científico-técnica y formadora del programa en su conjunto y de los grupos o departamentos que desarrollan la formación doctoral. Además, este reconocimiento es una garantía que puede ser utilizada para finalidades concretas, como son la participación en programas nacionales de subvenciones y ayudas para el fomento de la Educación Superior y la Investigación Científica, para la asignación de recursos, tanto de la institución como de otros entes externos, así como para la cooperación con el sector empresarial y otras organizaciones de carácter nacional e internacional. Veamos a continuación el detalle de los criterios que se debieron cumplir en la convocatoria publicada por el Ministerio de Educación y Ciencia para el curso (Orden ECI/ /2007): a) Justificación de la propuesta de las actividades de formación previstas en el programa de doctorado, considerando los siguientes aspectos: La pertinencia del programa de doctorado y sus fines, prestando especial atención a las necesidades existentes fuera del ámbito universitario. La claridad con la que los objetivos perseguidos por el programa de doctorado están definidos y son expresados. b) Propuesta de las actividades de formación previstas en los programas de doctorado, considerando, al menos, los siguientes aspectos: La claridad con la que el título que anuncia el programa de doctorado describe su contenido. La precisión de los objetivos particulares de cada curso o seminario y su formulación. La correspondencia entre los contenidos de cada curso y los objetivos generales del programa de doctorado. La impartición de cursos o seminarios acordes con la línea de investigación de los distintos doctorandos. La correspondencia de los contenidos de los cursos, en extensión y profundidad, con el número de créditos asignados. La adecuación del método docente a los objetivos perseguidos, con especial atención a las técnicas que estimulan la participación activa del estudiante. La claridad en la definición de los criterios de evaluación. La existencia de bibliografía relevante y actualizada. La afinidad de los contenidos de los cursos con las líneas de investigación de los profesores que los imparten. c) Garantía de Calidad. Se valora, en especial, el hecho de que el programa de doctorado articule procedimientos para supervisar su desarrollo, analizar los resultados obtenidos al final de cada curso y determinar las actuaciones oportunas para su mejora. La opinión de los estudiantes y la de los doctores egresados será de especial importancia a la hora de definir e implantar acciones de mejora. En el caso de los programas interuniversitarios, se valorará la existencia de mecanismos que aseguren la coordinación entre las universidades participantes. d) Historial investigador de los últimos cinco años ( ) de los profesores e investigadores que participan en el programa de doctorado. Se valora la actividad científica de los profesores e investigadores considerando los proyectos de investigación, contratos de investigación, publicaciones, ponencias en congresos y demás méritos. 13

14 e) Publicaciones relacionadas directamente con tesis doctorales defendidas en los últimos cinco años ( ) y que hayan sido dirigidas por profesores e investigadores que participan en el programa de doctorado. Se valoran las publicaciones relacionadas directamente con las tesis doctorales dirigidas por los profesores e investigadores que participan en el programa de doctorado. f) Tesis doctorales defendidas por estudiantes del programa de doctorado en los últimos cinco años ( ) y que hayan sido dirigidas por profesores e investigadores que participan en el programa de doctorado. Se valora el número de tesis doctorales defendidas por estudiantes matriculados en el programa y dirigidas por los profesores e investigadores que participan en el programa, en relación con el número total de profesores e investigadores de dicho programa. g) Doctorandos actualmente activos en la elaboración de tesis doctorales y que hayan inscrito la misma en los últimos cinco años ( ). Se valora el número de doctorandos actualmente activos que, bajo la supervisión de los profesores e investigadores que participan en el programa de doctorado, han inscrito su tesis doctoral, en relación con el número total de profesores e investigadores de dicho programa. h) Estudiantes que han finalizado la etapa de formación avanzada en los últimos cinco cursos académicos ( a ). Se valora el número de estudiantes que han superado la etapa de formación avanzada en relación al número de estudiantes matriculados por primera vez en el programa de doctorado. i) Movilidad de estudiantes durante la realización de su tesis doctoral en los últimos cinco cursos-años ( ). Se valora el número de estudiantes que, en los últimos cinco años, han participado en un programa de movilidad, durante la realización de su tesis doctoral, en relación con el número de doctorandos activos en la elaboración de tesis doctorales en el programa. También se valora la duración media de la estancia (en meses de movilidad) del conjunto de todos los doctorandos activos que tienen inscrita su tesis doctoral y que han participado en un programa de movilidad en los últimos cinco años. Cada uno de los criterios se califica, según proceda, de cero a cien puntos. Estas calificaciones atienden a las especificidades de los distintos campos de estudio. La ponderación de cada criterio en la calificación global es: a, 5%; b, 10%; c, 10%; d, 35%; e, 15%; f, 10%; g, 5%; h, 5%; i, 5%. 7. EL DESARROLLO DE LOS SISTEMAS INTERNOS DE GARANTÍA DE CALIDAD Los procesos de evaluación externa mencionados han fomentado una cultura de la evaluación inexistente hace una década. De hecho, están impulsando también una preocupación paralela por la mejora interna que algunas instituciones ya abordan a través de sus oficinas de calidad. Como señala Fernández (2007), el desarrollo de Sistemas de Garantía de Calidad (SGC) de los centros es como una continuación muy oportuna de los anteriores planes de evaluación institucional. 14

15 «Estas primeras evaluaciones de las titulaciones han permitido a las universidades disponer de diagnósticos básicos que, con mayor o menor grado de autocomplacencia, identifican fortalezas y debilidades, básicamente de carácter estructural y procedimental. La reflexión sobre el estado de cada titulación va a permitir afrontar el desarrollo de los nuevos títulos con un buen conocimiento del dónde estamos, aunque no tengamos todavía en muchos casos igual de claro el hacia dónde vamos, más allá del genérico y ancestral ideograma de hacia Europa» (página 1). El análisis de las directrices nacionales para la elaboración de SGC y los trabajos que diversas instituciones europeas vienen haciendo sobre el aseguramiento de la calidad de la educación superior nos permiten valorar y enfatizar algunos de los elementos que consideramos clave en el desarrollo de estas nuevas herramientas de control de la calidad en los centros universitarios. Se trata de articular coherentemente la evaluación externa e interna en un proceso continuo de verificaciones, certificaciones y acreditaciones de la nueva formación universitaria. El gran reto será conjugar este proceso con respecto a la autonomía universitaria y al desarrollo de la aún incipiente cultura evaluativa. Siguiendo las directrices nacionales y orientaciones de instituciones europeas, Fernández (2007) destaca los siguientes elementos clave para el desarrollo de esta nueva herramienta de calidad: 1. La garantía de calidad debe concretar el plan estratégico y abarcar el conjunto de actividades y procedimientos que indica su misión. «En este sentido, habrá de ser garante de los compromisos expresados, no sólo con la renovación y adecuación de las enseñanzas, sino también con la innovación, los cambios organizativos, los nuevos esquemas de financiación, la internacionalización o la potenciación de los recursos, expresiones que además de sugerentes deben constituirse en un compromiso de ejecución. La garantía de la calidad académica se justificará mediante los sistemas propios de sus programas y titulaciones, pero además el sistema del centro deberá rendir cuentas de los aspectos más importantes del impacto de estos programas ante la sociedad» (página 1) 2. Cabe garantizar estándares relativos al personal docente y de administración y servicios que incluyen la capacidad de recusación, si se quiere alcanzar la efectividad deseable. 3. El SGC, en tanto que herramienta flexible al servicio de la toma de decisiones, debe cubrir las actividades y procesos de forma dinámica. «Sus procedimientos, bien sea la elaboración de horarios o el análisis del rendimiento académico, deben estar documentados y mantener una sistemática al margen de quien sea en cada momento el secretario o secretaria y la subdirectora o el vicedecano del centro» (página 2). 4. El SGC debe realizar su parte del proceso operativo institucional y emplearse de manera sistemática y eficaz en la toma de decisiones. Supone, en último extremo, disponer y utilizar indicadores que proporcionen mayor información en un menor tiempo. «Disponer de un cuadro de dirección que contemple el estado de avance de los programas de las asignaturas o que recoja de forma permanente la opinión de estudiantes y profesorado sobre la marcha del curso quizás sea hoy día demasiado exigente, pero 15

16 creo que no lo es el que este cuadro de dirección incluya las principales estadísticas de rendimiento de cursos anteriores, las valoraciones de satisfacción de las encuestas del alumnado, las tasas de préstamo bibliotecario, el estado de ejecución del presupuesto, las incidencias docentes, el uso de puestos informáticos o el nivel de resolución de quejas y reclamaciones de los estudiantes, entre otras varias» (página 2). 5. La comunicación interna y externa que proporciona el SGC es una importante aportación a la calidad. Dependiendo de la implicación de las partes interesadas y de la cultura institucional, puede animar y reforzar conductas positivas ante el cambio. A modo de ejemplo y como dice Fernández: «La entrega al profesorado y al alumnado de la guía docente, con todos sus programas y orientaciones de las asignaturas, en el momento de la matrícula o el primer día del curso, constituye una de las referencias más eficaces del uso de la información que gestiona el SGC» (página 2). Se entiende, por tanto, el SGC como una guía de actuación que controla a nivel académico y administrativo los procesos y actividades implicados en la actuación institucional. Basado en la mejora continua, su utilidad dependerá de la implicación de los actores, del grado de desarrollo organizativo existente y de la responsabilidad de los directivos. 8. REFERENCIAS 8.1. Bibliografía ANECA (2006): Criterios y directrices para la Acreditación de Enseñanzas conducentes a títulos oficiales españoles de Grado y Máster. En (consulta el 20 de septiembre de 2007) AQU (2002): Marc general per al disseny, el seguiment i la revisió de plans d estudis i programes. Barcelona: Canon Editorial. AQU (2007a): Els criteris d avaluació de les propostes de POP ( ). En uments+de+refer%e8ncia&res=110&op=29 (consultado el 25 de septiembre de 2007) AQU (2007b): Estándards d acreditació de les titulacions. En uments+de+refer%e8ncia&res=110&op=29 (consulta el 25 de septiembre de 2007) BRICALL, J.M-; (2000): Informe Universidad [on-line]. Consultado el 25 de julio de 2007 en: CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN CULTURA Y DEPORTES DEL GOBIERNO DE CANARIAS (2007): La acreditación y homologación de las titulaciones en el sistema universitario español. Una oportunidad para la mejora. En (consulta el 25 de septiembre de 2007). ENQUA (2005): Estàndards y directrius per a l assgurament de la qualitat en l Espai Europeu d Educació Superior. Barcelona: AQU Catalunya FERNÁNDEZ, S. (2007): Algunas consideraciones para el diseño de los sistemas internos de garantía de la calidad de los centros universitarios. En 16

17 (consulta el 13 de octubre de 2007). RAURET, G. y Giné, M. (2004): «AQU Catalunya: La Qualitat garantia de millora». En Coneixement i Societat: Revista d Universitats, Recerca i Societat de la Informació, nº 6. Pags ROSSELLÓ, G. y Llavorí, R. (2005): «La acreditación de la educación superior en España. Un instrumento necesario de garantía y defensa del ciudadano». En Aula Abierta, nº 32. (ejemplar dedicado a: La I+D+i en la Cornisa Cantábrica). En (consulta el 24 de septiembre de 2007) 8.2. Referencias legislativas Ley Orgánica 6/2001, de 21 diciembre, de Universidades. (BOE núm. 307, de 24 diciembre de 2001). Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE núm. 89, de 13 de abril de Pág ). Orden ECI/1091/2007, de 2 de abril, por la que se convoca la concesión de la Mención de Calidad a estudios de doctorado de las universidades españolas. Proyecto de Real Decreto Remitido al Consejo de Estado por el que se establece la Ordenación de las Enseñanzas Universitarias Oficiales. En (consulta el 10 de octubre de 2007). Real Decreto 56/2005, de 21 de enero, por el que se regulan los estudios universitarios oficiales de Postgrado (BOE núm. 21, de 25 enero de Pág. 2846) Real Decreto 1509/2005, de 16 de diciembre, por el que se modifican el Real Decreto 55/2005, de 21 de enero, por el que se establece la estructura de las enseñanzas universitarias y se regulan los estudios universitarios oficiales de grado, y el Real Decreto 56/2005, de 21 de enero, por el que se regulan los estudios universitarios oficiales de postgrado (BOE núm. 303, de 20 diciembre de Pág ). 17