Exp D-10 (Reproduce Exp D-08) H. Cámara de Diputados de la Nación
|
|
- Ana Isabel Aranda García
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 Exp D-10 (Reproduce Exp D-08) H. Cámara de Diputados de la Nación PROYECTO DE LEY Texto facilitado por los firmantes del proyecto. Debe tenerse en cuenta que solamente podrá ser tenido por auténtico el texto publicado en el respectivo Trámite Parlamentario, editado por la Imprenta del Congreso de la Nación. El Senado y Cámara de Diputados,... MODIFICACIÓN AL ART. 94 DE LA LEY Nº ARTÍCULO 1º: Modificase el segundo párrafo del artículo 94 de la Ley Nº , Código Nacional Electoral, que quedará redactado de la siguiente forma: "El Estado debe garantizar que las personas no videntes accedan a las boletas oficiales de sufragio en sistema braille. Estará escrito en Sistema Braille la nómina completa de candidatos, así como el número de identificación del partido o cualquier alianza política. Será obligación del presidente, o cualquier otra autoridad de mesa, de prestar su colaboración en caso que así se requiera" ARTÍCULO 2 : Será autoridad de aplicación de la presente ley el Ministerio del Interior. ARTICULO 3 : La presente ley entrara en vigencia a partir de los noventa días de su publicación. ARTICULO 4 : Comuníquese al Poder Ejecutivo.- Señor presidente: FUNDAMENTOS El presente proyecto tiene como espíritu la intención de facilitar el acceso a personas con discapacidad visual a la individualización de las boletas de sufragio, a los efectos de emitir su voto en forma conciente, clara y transparente. En este sentido, con fecha 22 de Abril de 2008 presente un pedido de informes al Poder Ejecutivo bajo el N º 1629-D-08 solicitando que me informe por que razones no se implementaba la utilización de boletas en braille. A lo cual, jamás recibí respuesta alguna. Conforme a ello, decidí realizar el presente proyecto de ley debido a que no hay obstáculo jurídico para instrumentar este mecanismo que permita garantizar la igualdad de oportunidades para todos los ciudadanos.
2 Cabe poner de manifiesto que en la práctica, la incorporación del código Braille en la Argentina implica un costo ínfimo, y representa un aporte importante a la población no vidente. La Constitución Nacional en su art. 1 expresa "La Nación adopta la forma de gobierno representativa republicana y federal", por ello el derecho al sufragio representa uno de los pilares fundamentales de nuestro sistema institucional, dado que el pueblo no delibera ni gobierna sino a través de los representantes que elige mediante el voto. El sufragio puede definirse como una manifestación de la voluntad individual que tiene por finalidad concurrir a la formación de la voluntad colectiva, sea para designar a los titulares de determinados cargos concernientes a la representación popular de una comunidad, sea para decidir acerca de asuntos que interesan a ésta. Su finalidad puede ser tanto la de elegir como la de decidir. Es por esto que la Carta Magna garantiza el pleno ejercicio de los derechos políticos, con arreglo al principio de la soberanía popular y de las leyes que se dicten en consecuencia. El art. 37 de la Constitución Nacional expresa "El sufragio es universal, igual, secreto y obligatorio". La universalidad radica en que son electores nacionales los ciudadanos de ambos sexos, nativos, por opción y naturalizados, desde los dieciocho años cumplidos de edad, independientemente de su sexo, raza, religión, etc. El sufragio es igual, dado que el voto de todas las personas tiene el mismo valor, "un ciudadano, un voto". Es secreto, dado que el voto es emitido en ciertas condiciones que impiden conocer en qué sentido ha votado cada elector, y es obligatorio, dado que todo elector habilitado para votar tiene la obligación de hacerlo. El Código Electoral Nacional establece quienes son los ciudadanos inhabilitados para emitir su voto. Entre ellos, se encuentran: "los dementes declarados tales en juicio y aquellos que, aún cuando no lo hubieran sido, se encuentren recluidos en establecimientos públicos", como así también "los sordomudos que no sepan hacerse entender por escrito". Estas personas no están habilitadas para emitir su voto por ser consideradas incapaces en nuestro ordenamiento jurídico. Aquí, cabe hacer una distinción entre discapacidad e incapacidad. Persona incapaz es toda aquélla que por causa de una alteración psíquica, permanente o prolongada, tenga desventajas para su integración familiar, educacional y laboral, y carezca de aptitud plena para conducirse a sí misma y administrar sus bienes. En este sentido, el Código Civil argentino legisla sobre los incapaces de hecho en sus arts. 54 y 55, y señala como incapaces absolutos de obrar, a los dementes y sordomudos que no saben darse a entender por escrito. El Código Electoral Nacional, basándose en el criterio de la ley civil, declara entonces inhabilitados para emitir su voto los incapaces, dado que la alteración de sus facultades psíquicas obstan su discernimiento y raciocinio, condiciones necesarias para poder deliberar y decidir. Por otro lado, la noción de discapacidad es más amplia, estando comprendidas en
3 esta categoría todas aquellas personas que padezcan alteraciones tanto físicas, psíquicas, como sensoriales (ver punto siguiente). Por lo tanto, la discapacidad es el género y la incapacidad es la especie: las personas con discapacidad tienen plena capacidad de hecho y de derecho según la ley civil y están habilitados para votar de acuerdo al CEN, siempre que su discapacidad no altere su facultad de discernir. El Sistema Braille es un código de escritura en relieve, basado en la combinación de puntos distribuidos en dos columnas. Conforme a qué puntos se les aplique relieve y a cuáles no, se obtiene como resultado los distintos caracteres numéricos y/o alfabéticos. Los ciegos leen por el tacto, al deslizar sus dedos sobre este alfabeto especialmente ideado. Luís Braille inventó un sistema de lectura y escritura por medio del tacto que consistía de puntos y lo perfeccionó hasta convertirlo en el que iba a ser el sistema universal de lectura para los afectados de ceguera. Dicho sistema consta de 63 caracteres formados de uno a seis puntos y que al ser impresos en relieve en papel permiten la lectura mediante el tacto. Una celda de braille consiste de seis puntos en relieve perceptibles al tacto. Al arreglar los puntos en varias combinaciones, se pueden formar 64 patrones diferentes. El braille, un verdadero alfabeto, consiste en leer moviendo la mano de izquierda a derecha, pasando por cada línea. Los lectores de braille pueden leer un promedio de 104 a 125 palabras por minuto, aunque algunos pueden alcanzar a leer 250 palabras por minuto utilizando ambas manos. De acuerdo a los datos disponibles en nuestro país (Censo Nacional año 2001) la cantidad de personas con algún grado de ceguera o no videntes sería de casi personas, que no pueden alcanzar su normal desarrollo porque aun no se contemplan sus posibilidades de acceso en todos o la mayoría de los ámbitos. Así surgen propuestas para allanar el camino en pos de mejorar las condiciones de desarrollo e interacción de los discapacitados con la comunidad en que viven. El estado debe garantizar el libre acceso a la información y al voto igualitario para todos los ciudadanos, esta iniciativa se presenta además como un acto de estricta justicia puesto que la identificación de las boletas de sufragio en Sistema Braille es algo que debiera haberse realizado en los inicios mismos de la señalización vertical. Puedo dar ejemplos concretos de cómo esta iniciativa se implementó en otros países del mundo: (Dirección Nacional Electoral Programa de Ministerio del Interior Accesibilidad Electoral Accesibilidad de las personas con discapacidad a los procesos electorales en OTROS LUGARES DEL MUNDO)
4 ALBANIA Durante las elecciones del 2005, mediante un proyecto a nivel nacional de la "Nacional Association of Blind" (NAB), y el apoyo de la "Organization for Security and Corporation in Europe" (OSCE), la población ciega o invidente pudo realizar el sufragio de manera autónoma, mediante la utilización de papeletas en braille y alto relieve. La Nab imprimió y distribuyo las máscaras de entrada, basadas en el formato oficial de papeleta y conformadas por aberturas especiales que permitían a los ciegos identificar partidos y candidatos por sus números correspondientes. Se llevaron a cabo en las diferentes zonas electorales, numerosas sesiones de formación sobre el procedimiento de votación implementado. ALEMANIA Con la promulgación de la Ley de Igualación de los Minusválidos, en el año 2003, las dos normas electorales, sufrieron modificaciones que proporcionaron base legal al sistema de plantillas braille. Entre estas: se introduce en la Ley Electoral, párrafo 50, el apartado 4, que establece: "La Federación reembolsa a las asociaciones de ciegos, que con antelación se declararon dispuestas a fabricar plantillas de votación los gastos necesarios de la producción y distribución de dichas plantillas". Y en la Orden Federal, párrafo 45, apartado 5, establece: "los modelos de las papeletas de voto, inmediatamente después de su producción, se ponen a disposición de aquellas asociaciones de ciegos que manifestaron su disposición a fabricar plantillas". A su vez, en el artículo 57 se introduce el apartado 4: "un elector ciego o con problemas de visión puede para marcar su papeleta hacer uso de una plantilla". En el país las organizaciones de ciegos elaboran y reparten las plantillas braille a los invidentes o ciegos que lo solicitan, y el Gobierno Federal, reembolsa a las mismas el costo económico de la elaboración. ESPAÑA La emisión del sufragio es en forma manual. Se habilita a las personas con discapacidad o de edad avanzada a ingresar al recinto electoral acompañados por alguien de confianza, quien le brindara la ayuda necesaria para la emisión del sufragio. Disposición regulada en el artículo 87 de la ley Orgánica 5/1985. Dirección Nacional Electoral Programa de Ministerio del Interior Accesibilidad Electoral Mediante la ley 51/2003, de "Igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad", se obliga al gobierno a tomar
5 las medidas necesarias, a fin de facilitar la participación en asuntos públicos de aquellas personas con discapacidad, haciendo a su vez, referencia directa a los procesos electorales. En el país diversas Organizaciones están promocionando la implementación del voto braille para el electorado ciego o invidente. Las mismas están realizando diversas acciones, a fin de que el parlamento español considere la propuesta de reforma de la Ley Orgánica de Régimen Electoral (LOREG), para establecer en forma legal el voto secreto y accesible para dicha población. Para brindar más ejemplos sobre la importancia de este tema, la Unión Europea viene trabajando sobre los derechos de las personas con sordo ceguera desde hace muchos años y es considerado como un elemento clave de la política social que se refuerza año a año en las legislaciones nacionales, profundizando el derecho a trabajar y el acceso a la formación, con acciones y adaptaciones adecuadas; a la atención y cuidados sociales y sanitarios, a una educación continuada durante toda la vida y a recibir el soporte de comunicadores-guía, intérpretes y mediadores. EEUU Se consideran aquellos locales de votación físicamente accesibles para las personas discapacitadas. Dicha norma se encuentra regulada por la ley de "Accesibilidad al Voto para los ancianos y los Discapacitados", del año La misma dispone que las personas con discapacidad o de edad avanzada podrán ingresar al recinto electoral acompañados por alguien de confianza, quien le brindara la ayuda necesaria para la emisión del sufragio. A su vez, el estado de Michigan, implementó un sistema que posibilitó a personas con discapacidad visual y discapacidad motriz emitir su voto de manera independiente. El mismo se efectuó dentro del marco del voto electrónico, mediante la utilización de máquinas dotadas de pantalla táctil, mensajes de audio y teclados en marcas braille para facilitar el voto de los ciegos o invidentes y pedales y dispositivos que se accionan mediante la respiración, para aquellas personas con dificultades en sus miembros superiores FRANCIA Se implementó un dispositivo para que los electores ciegos o invidentes puedan votar con total autonomía. El mismo consistió en dos etiquetas adhesivas que reproducen en braille y en caracteres grandes, las menciones "SI" y "NO". Se apilan las papeletas de tinta del si y no en dos montones convenientemente separados, de modo que el invidente, pueda elegir la papeleta de su elección. Si bien el sistema no es del todo garantista, permitió que los ciegos franceses votasen con total autonomía y en forma secreta. Se continúan estudiando en el país otras alternativas a ser aplicadas en futuros comicios, entre estas, el "voto electrónico" y las "campañas de difusión". En la CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Aprobada por Ley Establece en su Artículo 21 Libertad de
6 expresión y de opinión y acceso a la información: Los Estados Partes adoptarán todas las medidas pertinentes para que las personas con discapacidad puedan ejercer el derecho a la libertad de expresión y opinión, incluida la libertad de recabar, recibir y facilitar información e ideas en igualdad de condiciones con las demás y mediante cualquier forma de comunicación que elijan con arreglo a la definición del artículo 2 de la presente Convención, entre ellas: a) Facilitar a las personas con discapacidad información dirigida al público en general, de manera oportuna y sin costo adicional, en formato accesible y con las tecnologías adecuadas a los diferentes tipos de discapacidad;... Teniendo en cuenta que la integración de los discapacitados, a partir de la simplificación de sus tareas, constituye un gran desafío, es que considero adecuado que esta iniciativa se convierta en un derecho adquirido, a los efectos de seguir avanzando en la protección y garantía de mejores condiciones para las personas no videntes. Por los fundamentos expuestos es que solicito a mis pares acompañen el presente Proyecto de Ley con su voto favorable.
REAL DECRETO 1612/2007, de 7 de Diciembre,
REAL DECRETO 1612/2007, de 7 de Diciembre, PROCEDIMIENTO VOTO ACCESIBLE QUE FACILITA A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD VISUAL, EL EJERCICIO DEL DERECHO DE SUFRAGIO (Actualizado a Abril / 2009) ÍNDICE REAL
Más detallesIX) LAS EVENTUALES REFORMAS PARA FACILITAR EL ACCESO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN LOS PRÓXIMOS PROCESOS ELECTORALES
IX) LAS EVENTUALES REFORMAS PARA FACILITAR EL ACCESO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN LOS PRÓXIMOS PROCESOS ELECTORALES Antigua y Barbuda Argentina Bolivia Se ha previsto coordinar acciones entre la
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 76 Miércoles 30 de marzo de 2011 Sec. I. Pág. 33041 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA 5714 Real Decreto 422/2011, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento sobre las
Más detallesACCESO AL VOTO PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN COSTA RICA
ACCESO AL VOTO PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN COSTA RICA Magistrado Mario Seing Jiménez En la Constitución de 1949 sobresale la creación de un Tribunal Supremo de Elecciones con el rango y la independencia
Más detallesNORMA TÉCNICA DE AUDITORÍA SOBRE CONSIDERACIONES RELATIVAS A LA AUDITORÍA DE ENTIDADES QUE EXTERIORIZAN PROCESOS DE ADMINISTRACIÓN
Resolución de 26 de marzo de 2004, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publica la Norma Técnica de Auditoría sobre consideraciones relativas a la auditoría de entidades
Más detallesOrganización del Trabajo UdelaR Carrera de Relaciones Laborales Material de Apoyo Tema RSE
Organización del Trabajo UdelaR Carrera de Relaciones Laborales Material de Apoyo Tema RSE La capacidad integradora de la RSE Las personas que sufren de alguna discapacidad física deben realizar esfuerzos
Más detallesArtículo 1. Convocatoria de Elecciones Generales al Claustro de la Universidad de Alcalá.
Normativa de Elecciones Generales al Claustro de la Universidad de Alcalá (Aprobada por la Mesa del Claustro en su sesión de 2 de noviembre de 2015) Artículo 1. Convocatoria de Elecciones Generales al
Más detallesBREVE GUÍA SOBRE ACCESIBILIDAD Y PROCESOS ELECTORALES ELECCIONES AL PARLAMENTO EUROPEO 2014
BREVE GUÍA SOBRE ACCESIBILIDAD Y PROCESOS ELECTORALES ELECCIONES AL PARLAMENTO EUROPEO 2014 0. NORMATIVA EN VIGOR. Artículo 87 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.
Más detallesJURISPRUDENCIA Y ACTIVIDAD JURISDICCIONAL
DERECHO A UN NIVEL DE VIDA ADECUADO JURISPRUDENCIA Y ACTIVIDAD JURISDICCIONAL Registro No. 166607 Localización: Novena Época Instancia: Pleno Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XXX,
Más detallesGUÍA DE ACCESIBILIDAD ELECCIONES GENERALES 20 DE DICIEMBRE DE 2015
GUÍA DE ACCESIBILIDAD ELECCIONES GENERALES 20 DE DICIEMBRE DE 2015 VERSIÓN EN LECTURA FÁCIL Tríptico elaborado por: el Ministerio del Interior y la Oficina de Atención a la Discapacidad del Consejo Nacional
Más detallesComité Electoral Central para el 20 Parlamento. Hoja informativa del Comité Electoral Central Elecciones al Parlamento
Comité Electoral Central para el 20 Parlamento Hoja informativa del Comité Electoral Central Elecciones al Parlamento El día de la fecha, fecha de la Democracia, no lo perderemos. Esta es la Democracia
Más detallesGUÍA TÉCNICA PARA LA DEFINICIÓN DE COMPROMISOS DE CALIDAD Y SUS INDICADORES
GUÍA TÉCNICA PARA LA DEFINICIÓN DE COMPROMISOS DE CALIDAD Y SUS INDICADORES Tema: Cartas de Servicios Primera versión: 2008 Datos de contacto: Evaluación y Calidad. Gobierno de Navarra. evaluacionycalidad@navarra.es
Más detallesSistemas Electorales 1 SISTEMAS ELECTORALES. Federico Martín Maglio
Sistemas Electorales 1 SISTEMAS ELECTORALES Federico Martín Maglio Un sistema electoral define los métodos empleados para elegir autoridades legislativas y ejecutivas en los países con sistema político
Más detallesGRUPO DE ACCIÓN SOBRE LA CAPACIDAD LEGAL SEGÚN LA CONVENCION
GRUPO DE ACCIÓN SOBRE LA CAPACIDAD LEGAL SEGÚN LA CONVENCION DISEÑO DE SISTEMAS DE TOMA DE DECISIONES CON APOYO: UNA GUÍA PARA EL DIÁLOGO Febrero de 2009 INTRODUCCIÓN El artículo 12 de la Convención de
Más detallesINFORME DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE PROSEGUR COMPAÑÍA DE SEGURIDAD, S.A
INFORME DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE PROSEGUR COMPAÑÍA DE SEGURIDAD, S.A. EN RELACIÓN CON LA PROPUESTA DE MODIFICACIÓN ESTATUTARIA A QUE SE REFIERE EL PUNTO CUARTO DEL ORDEN DEL DÍA DE LA JUNTA GENERAL
Más detallesPropuestas al proyecto de Observación General sobre el artículo 7 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC)
Propuestas al proyecto de Observación General sobre el artículo 7 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) María Verónica Del Mastro Puccio Alberto Vásquez Encalada
Más detallesAcuerdo Nacional por los Derechos Políticos de las Personas con Discapacidad Página 1
Acuerdo Nacional por los Derechos Políticos de las Personas con Discapacidad Página 1 Acuerdo Nacional por los Derechos Políticos de las Personas con Discapacidad El Instituto Federal Electoral; los Partidos
Más detallesUna nueva visión de la capacidad jurídica: algunas reflexiones con ocasión del Día Mundial de Concienciación sobre el Autismo.
Una nueva visión de la capacidad jurídica: algunas reflexiones con ocasión del Día Mundial de Concienciación sobre el Autismo. Patricia Cuenca Gómez Instituto de Derechos Humanos Bartolomé de las Casas
Más detallesPROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 843/2011, DE 17 DE JUNIO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS BÁSICOS SOBRE LA
PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 843/2011, DE 17 DE JUNIO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS BÁSICOS SOBRE LA ORGANIZACIÓN DE RECURSOS PARA DESARROLLAR LA ACTIVIDAD
Más detalles1/5 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya
1/5 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA LEY 20/2015, de 29 de julio, de modificación de la Ley 10/2001, de 13 de julio, de archivos y documentos. El
Más detallesManual básico de gestión económica de las Asociaciones
Manual básico de gestión económica de las Asociaciones El control económico de una Asociación se puede ver desde dos perspectivas: Necesidades internas de información económica para: * Toma de decisiones
Más detallesLA PARTICIPACIÓN CIUDADANA COMO POLÍTICA PÚBLICA: CHILE CUMPLE
1 SERIE : PARTICIPACIÓN CIUDADANA PARA UNA MEJOR DEMOCRACIA LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA COMO POLÍTICA PÚBLICA: CHILE CUMPLE SUBSECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO 1 LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA, COMO POLÍTICA
Más detallesVII) LA CIUDADANÍA, LA NACIONALIDAD Y LA INSCRIPCIÓN EN LOS REGISTROS CÍVICOS Y ELECTORALES DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
VII) LA CIUDADANÍA, LA NACIONALIDAD Y LA INSCRIPCIÓN EN LOS REGISTROS CÍVICOS Y ELECTORALES DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD 1) Sobre la nacionalidad y la ciudadanía: la adquisición, y la eventual suspensión
Más detallesIMPERATIVOS PARA LA CONDUCTA ÉTICA DEL SERVIDOR PÚBLICO QUE INTERVIENE EN LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DEL ESTADO
ANEXO IMPERATIVOS PARA LA CONDUCTA ÉTICA DEL SERVIDOR PÚBLICO QUE INTERVIENE EN LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DEL ESTADO CAPÍTULO PRIMERO ASPECTOS GENERALES ARTÍCULO 1º (DEFINICIÓN) El presente
Más detallesRecomendaciones para facilitar la accesibilidad en las elecciones
Versión de fácil lectura Recomendaciones para facilitar la accesibilidad en las elecciones Producido como parte del proyecto Integración de la diversidad a favor de la participación activa en las elecciones
Más detallesManual para Empresas Prácticas Curriculares
Manual para Empresas Prácticas Curriculares ÍNDICE 1. Introducción... 3. Registro y Acceso... 3.1. Registro Guiado... 4.1. Registro Guiado Datos Básicos... 5.1. Registro Guiado Contactos... 5 3. Creación
Más detallesPreguntas. sobre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea
Preguntas sobre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea POR QUÉ UN TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA (TJUE)? Con el fin de construir Europa, los Estados (actualmente 28) concluyeron entre ellos
Más detallesNIFBdM C-7 OTRAS INVERSIONES PERMANENTES
NIFBdM C-7 OTRAS INVERSIONES PERMANENTES OBJETIVO Establecer los criterios de valuación, presentación y revelación para el reconocimiento inicial y posterior de las otras inversiones permanentes del Banco.
Más detalles4. INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE AUTOGOBIERNO 4. C) Presidente 4. C). 3. Estatuto, funciones o atribuciones
4. INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE AUTOGOBIERNO 4. C) Presidente 4. C). 3. Estatuto, funciones o atribuciones COMUNITAT VALENCIANA L.O. 1/2006, de 10 de abril, de reforma de la L.O. 5/1982, de 1 de julio, del
Más detallesPolítica Nacional en Discapacidad 2011-2021 (PONADIS)
Decreto Ejecutivo : 36524 del 07/04/2011 Política Nacional en Discapacidad 2011-2021 (PONADIS) Ente emisor: Fecha de vigencia desde: Poder Ejecutivo 10/06/2011 Versión de la norma: 1 de 1 del 07/04/2011
Más detallesEl derecho fundamental de huelga
AUTONOMÍA SUR SCA El derecho fundamental de huelga Documento de trabajo 03. Área jurídica [Septiembre 2014] Disposiciones legales y artículos básicos sobre el derecho fundamental de huelga de la legislación
Más detallesDocentes: Ricardo Marcelo Fernández Localidad: La Tigra-Chaco Destinatario: alumnos de 7º año del nivel primario, 1º y 2º año de nivel secundario
Docentes: Ricardo Marcelo Fernández Localidad: La Tigra-Chaco Destinatario: alumnos de 7º año del nivel primario, 1º y 2º año de nivel secundario Materia: Ciencias Sociales y Formación ética y ciudadana.
Más detallesTrabajo Semanal Alternativo
Trabajo Semanal Alternativo 1. Qué es trabajo semanal alternativo? SUS DERECHOS LEGALES En una semana laboral normal, si usted trabaja más de ocho horas diarias, su empleador está obligado a pagarle tiempo
Más detallesMANUAL DE USUARIO DE LA HERAMIENTA CONFIGURACION DE PRESUPUESTOS PARA DISTRIBUIDORES
MANUAL DE USUARIO DE LA HERAMIENTA CONFIGURACION DE PRESUPUESTOS PARA DISTRIBUIDORES Joma ha creado una herramienta con la cual, usted, como distribuidor, podrá generar presupuestos de las agrupaciones
Más detallesACUERDO No. 105 (De 15 de diciembre de 2005) Por el cual se modifica el Reglamento de Administración de Personal de la Autoridad del Canal de Panamá
ACUERDO No. 105 (De 15 de diciembre de 2005) Por el cual se modifica el Reglamento de Administración de Personal de la Autoridad del Canal de Panamá LA JUNTA DIRECTIVA DE LA AUTORIDAD DEL CANAL DE PANAMÁ
Más detallesMEMORIA DE ANÁLISIS DEL IMPACTO NORMATIVO
Ref: 05/137660.9/16 Dirección General de Contratación, Proyecto de Decreto del Consejo de Gobierno por el que se regula el proceso de integración del Registro de Licitadores de la Comunidad de Madrid en
Más detallesREGLAMENTO ELECTORAL DE LA ASOCIACION SOCIEDAD ESPAÑOLA DE HIPERTENSIÓN LIGA ESPAÑOLA PARA LA LUCHA CONTRA LA HIPERTENSIÓN ARTERIAL S.E.H. L.E.L.H.A.
REGLAMENTO ELECTORAL DE LA ASOCIACION SOCIEDAD ESPAÑOLA DE HIPERTENSIÓN LIGA ESPAÑOLA PARA LA LUCHA CONTRA LA HIPERTENSIÓN ARTERIAL S.E.H. L.E.L.H.A. CONVOCATORIA Artículo 1. Las elecciones serán convocadas
Más detalles(S-0330/10) PROYECTO DE LEY
Senado de la Nación Secretaria Parlamentaria Dirección General de Publicaciones (S-0330/10) PROYECTO DE LEY El Senado y Cámara de Diputados,... ARTICULO 1º: Declárese de interés nacional la creación, promoción
Más detallesTR HOTEL AJRDÍN DEL MAR, S.A.
CERTIFICADO SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES QUE SE DERIVAN DE DETERMINADAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE SOCIEDADES DE CAPITAL QUE FORMAN PARTE DE LAS NORMAS DE ORDENACIÓN Y DISCIPLINA DEL MERCADO
Más detallesENCLAVES LABORALES Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD
ENCLAVES LABORALES Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD (Real Decreto 290/2004, de 20 de Febrero, por el que se regulan los enclaves laborales como medida de fomento del empleo de las personas con discapacidad).
Más detalles6. LOS PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, PROMOCIÓN DEL ALUMNADO Y TITULACIÓN DEL ALUMNADO.
6. LOS PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, PROMOCIÓN DEL ALUMNADO Y TITULACIÓN DEL ALUMNADO. Los criterios de evaluación en las distintas enseñanzas que se imparten en el centro están recogidos en
Más detallesBoletín sobre Ley 25/2011, de 1 de agosto, de reforma parcial de la Ley de Sociedades de Capital
Boletín sobre Ley 25/2011, de 1 de agosto, de reforma parcial de la Ley de Sociedades de Capital NOVEDADES SOCIETARIAS Nos complace informarles acerca de las importantes modificaciones legislativas recientemente
Más detalleswww.jlexpertosenrecursoshumanos.com
La integración de los minusválidos en el mundo laboral es uno de los principales retos que se plantea actualmente la sociedad española. En nuestra sociedad el empleo constituye el elemento clave para la
Más detallesMarrakech, 17 a 28 de junio de 2013
S VIP/DC/8 ORIGINAL:INGLÉS FECHA:27 DE JUNIO DE 2013 Conferencia Diplomática sobre la conclusión de un tratado que facilite a las personas con discapacidad visual y a las personas con dificultad para acceder
Más detalles1º) El título oficial de Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria fue creado a través del Real Decreto 3303/1978, de 29 de diciembre,
1º) El título oficial de Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria fue creado a través del Real Decreto 3303/1978, de 29 de diciembre, norma que estableció como sistema ordinario y habitual
Más detalles(S-4037/08) PROYECTO DE LEY
Senado de la Nación Secretaría Parlamentaria Dirección General de Publicaciones (S-4037/08) PROYECTO DE LEY El Senado y Cámara de Diputados,... ARTÍCULO 1º.- Sustitúyase el artículo 1º de la ley 26.215,
Más detalles4.2 Mecanismos de consulta. Recomendación
Complemento respuesta institucional Chile sobre Mecanismos para estimular la participación de la sociedad civil y de las organizaciones no gubernamentales en los esfuerzos destinados a prevenir la corrupción
Más detalles(Aprobado por Consejo de Gobierno, en sesión de 07/11/2007)
(Aprobado por Consejo de Gobierno, en sesión de 07/11/2007) NORMATIVA PARA LA INTEGRACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE Título I. De la Igualdad de Oportunidades
Más detallesEl Arreglo de Madrid relativo al Registro. Internacional de Marcas y el Protocolo. concerniente a ese Arreglo: Objetivos,
El Arreglo de Madrid relativo al Registro Internacional de Marcas y el Protocolo concerniente a ese Arreglo: Objetivos, Características Principales, Ventajas Publicación de la OMPI No. 418(S) ISBN 92-805-0741-9
Más detallesDeclaraciones patrimoniales y de intereses en los congresos de la Red Latinoamericana por la Transparencia Legislativa
Declaraciones patrimoniales y de intereses en los congresos de la Red Latinoamericana por la Transparencia Legislativa La Red Latinoamericana por la Transparencia Legislativa es una red de organizaciones
Más detalles16 de enero de 2008. I. Antecedentes
Expte. DI-1639/2007-5 Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Zaragoza Plaza del Pilar, 18 50001 Zaragoza 16 de enero de 2008 I. Antecedentes Primero.- Tuvo entrada en esta Institución escrito
Más detallesNota informativa respecto al tratamiento de las facturas electrónicas que puedan recibirse por los centros gestores que utilizan SOROLLA2
I.G.A.E. Subdirección General de Aplicaciones de Contabilidad y Control * * * Subdirección General de Planificación y Dirección de la Contabilidad Sorolla 2 Nota Informativa 28 de abril de 2014 Nota informativa
Más detallesHay que armonizar la legislación educativa para llegar a la educación inclusiva.
Hay que armonizar la legislación educativa para llegar a la educación inclusiva. Con motivo de las distintas polémicas y avances en los medios de comunicación de sectores de la sociedad argumentando que
Más detallesQué es y para qué sirve un poder notarial? Y los instrumentos de protección de la persona?
Qué es y para qué sirve un poder notarial? Y los instrumentos de protección de la persona? El notario le da algunas claves sobre su utilidad www.notariado.org Existen situaciones en la vida de las personas
Más detallesCENTRO INTEGRADO DE FORMACIÓN PROFESIONAL NÚMERO UNO DE SANTANDER PROGRAMACIÓN 0526 PROYECTO DE SISTEMAS ELECTROTÉCNICOS Y AUTOMATIZADOS
CENTRO INTEGRADO DE FORMACIÓN PROFESIONAL NÚMERO UNO DE SANTANDER PROGRAMACIÓN 0526 PROYECTO DE SISTEMAS ELECTROTÉCNICOS Y AUTOMATIZADOS FAMILIA PROFESIONAL ELECTRICIDAD/ELECTRONICA CICLO FORMATIVO C.
Más detallesEstos Lineamientos son de observancia obligatoria para los Organismos Públicos Locales Electorales en la designación de:
Lineamientos para la designación de los Consejeros Electorales Distritales y Municipales, así como de los Servidores Públicos Titulares de las Áreas Ejecutivas de Dirección de los Organismo Públicos Locales
Más detallesCONVENCIÓN INTERNACIONAL CONTRA EL DOPAJE EN EL DEPORTE. Anexo II - Normas para la concesión de autorizaciones para uso con fines terapéuticos
Resolución 2CP/10 CONVENCIÓN INTERNACIONAL CONTRA EL DOPAJE EN EL DEPORTE Anexo II - Normas para la concesión de autorizaciones para uso con fines terapéuticos París, 1º de enero de 2011 - 2 - Extracto
Más detalles25 de marzo de 2015. Procedimiento para conflictos de interés y operaciones vinculadas con consejeros, accionistas significativos y altos directivos
25 de marzo de 2015 Procedimiento para conflictos de interés y operaciones vinculadas con consejeros, accionistas significativos y altos directivos Índice TÍTULO PRELIMINAR. DEFINICIONES 3 TÍTULO I. DE
Más detallesCAPÍTULO XV SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Sección A: Solución de controversias
CAPÍTULO XV SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Sección A: Solución de controversias Artículo 15.1: Cooperación Las Partes procurarán en todo momento llegar a un acuerdo sobre la interpretación y la aplicación de
Más detallesIII. (Actos preparatorios) CONSEJO
11.2.2012 Diario Oficial de la Unión Europea C 38 E/1 III (Actos preparatorios) CONSEJO POSICIÓN (UE) N o 3/2012 DEL CONSEJO EN PRIMERA LECTURA con vistas a la adopción del Reglamento del Parlamento Europeo
Más detallesREGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE PALENCIA DE ATENCION A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE PALENCIA DE ATENCION A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Aprobado por el Excmo. Ayuntamiento Pleno 18/03/2004 TITULO I: DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1. NATURALEZA. El
Más detallesCAPÍTULO III PROGRAMAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD SECCIÓN TERCERA. PROGRAMAS DE DIVERSIFICACIÓN CURRICULAR
[MARCO NOATIVO PARA LA PARTICIPACIÓN] ORDEN DE 25 DE JULIO DE 2008, POR LA QUE SE REGULA LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD DEL ALUMNADO QUE CURSA LA EDUCACIÓN BÁSICA EN LOS CENTROS DOCENTES PÚBLICOS DE ANDALUCÍA.
Más detallesSOCIEDAD ESPAÑOLA DE MEDICINA Y SEGURIDAD DEL TRABAJO www.semst.org PRESIDENTE. Madrid 3 de Noviembre de 2008. Excelentísimo Señor:
SOCIEDAD ESPAÑOLA DE MEDICINA Y SEGURIDAD DEL TRABAJO www.semst.org PRESIDENTE Madrid 3 de Noviembre de 2008 Excelentísimo Señor: La Ley 31/95, de Prevención de Riesgos Laborales, establece en su artículo
Más detallesCRITERIOS DE PROMOCIÓN Y TITULACIÓN EN E.S.O.
Nº de materias no superadas CRITERIOS DE PROMOCIÓN Y TITULACIÓN EN E.S.O. CRITERIOS DE PROMOCIÓN EN E.S.O. De acuerdo con lo establecido en los apartados 3 y 4 del artículo 15 del Decreto 231/2007, de
Más detallesConciliación de la vida personal, familiar y laboral. Área 5
Conciliación de la vida personal, familiar y laboral Área 5 Área 1. Cultura y medios de comunicación Conciliación de la vida personal, familiar y laboral Es evidente que la posición de la mujer en el mercado
Más detallesCONFERENCIA DIPLOMÁTICA SOBRE CIERTAS CUESTIONES DE DERECHO DE AUTOR Y DERECHOS CONEXOS
OMPI Organización Mundial de la Propiedad Intelectual Ginebra CRNR/DC/94 Rev. ORIGINAL: Inglés FECHA: 15 de abril de 1997 CONFERENCIA DIPLOMÁTICA SOBRE CIERTAS CUESTIONES DE DERECHO DE AUTOR Y DERECHOS
Más detallesPROYECTO DE FUSION DE LAS SOCIEDADES GLOBOMEDIA, S.A (SOCIEDAD ABSORBENTE) Y GLOBOMEDIA MÚSICA, S.A.U (SOCIEDAD ABSORBIDA)
PROYECTO DE FUSION DE LAS SOCIEDADES GLOBOMEDIA, S.A (SOCIEDAD ABSORBENTE) Y GLOBOMEDIA MÚSICA, S.A.U (SOCIEDAD ABSORBIDA) I. El presente Proyecto Común de Fusión se redacta y suscribe por los órganos
Más detallesLa entrada en vigor de la Ley se producirá al día siguiente de su publicación en el BOE, esto es, el 6 de junio de 2013.
2-2013 Junio, 2013 NOVEDADES INTRODUCIDAS POR LA LEY 3/2013, DE 4 DE JUNIO, DE CREACIÓN DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA EN MATERIA DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS Y AUDIOVISUAL
Más detalles22. Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) sobre Derecho de Autor
22. Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) sobre Derecho de Autor Clase de Instrumento: Tratado internacional Adopción: 20 de diciembre de 1996 Fecha de entrada en vigor
Más detallesFORMACIÓN DE EQUIPOS DE E-LEARNING 2.0 MÓDULO DE DISEÑO Y PRODUCCIÓN DE MATERIALES UNIDAD 6 B
141 1 FORMACIÓN DE EQUIPOS DE E-LEARNING 2.0 Unidad 6 B 142 2 Índice SEGUIMIENTO DE PERSONAS 1 INFORMES 2 143 3 SEGUIMIENTO DE PERSONAS E INFORMES EN MOODLE El seguimiento de los participantes en Moodle
Más detallesGUÍA PARA LA CUMPLIMENTACIÓN DE SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN EN PROCESOS SELECTIVOS
GUÍA PARA LA CUMPLIMENTACIÓN DE SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN EN PROCESOS SELECTIVOS INDICE VÍA DE ACCESO A LA APLICACIÓN PARA GRABACIÓN DE INSTANCIAS... 2 PRESENTACIÓN TELEMÁTICA CON CERTIFICADO... 6 Presentación
Más detalles1. Disposiciones generales
6 de marzo 2014 Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Núm. 44 página 11 1. Disposiciones generales Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales Orden de 26 de febrero de 2014, por la que se modifican
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 12 de diciembre de 2009
Orden EHA/3364/2008, de 21 de noviembre, por la que se desarrolla el artículo 1 del Real Decreto-ley 7/2008, de 13 de octubre, de Medidas Urgentes en Materia Económico-Financiera en relación con el Plan
Más detallesEn concreto, el objeto social de «Alicante Natura Red Ambiental de la Provincia de Alicante, S.A.» es la consecución de las siguientes finalidades:
INSTRUCCIONES QUE RIGEN LA ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS NO SUJETOS A REGULACIÓN ARMONIZADA DE "ALICANTE NATURA RED AMBIENTAL DE LA PROVINCIA DE ALICANTE, S.A." CAPITULO I. OBJETO Y NORMATIVA APLICABLE
Más detallesCongreso de Colegios Católicos, Una pasión que se renueva. Pontificia Universidad Católica de Chile. Septiembre 2015.
Panel: Ley de Inclusión, reglamentación y Colegios Católicos Andrés Palma 1 Hola, muy buenas tardes, muchas gracias a la Conferencia Episcopal, a FIDE, a la Universidad Católica por la invitación para
Más detallesREGISTRO CIVIL MANUAL DE USUARIO
REGISTRO CIVIL MANUAL DE USUARIO TOMO VI MODULO DE ANOTACIONES TABLA DE CONTENIDO 1. Módulo de Anotaciones...1 1.1 Metodología...1 1.2 Libro de Anotaciones...2 1.2.1 Apertura del Libro de Anotaciones...2
Más detallesINFORME SOBRE LAS POSIBLES ACTUACIONES DEL ARQUITECTO EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD
INFORME SOBRE LAS POSIBLES ACTUACIONES DEL ARQUITECTO EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD INDICE GENERAL DE POSIBLES ACTUACIONES: A) ANTES DE EMPEZAR EL PROYECTO B) DURANTE LA ELABORACION DEL PROYECTO B.l
Más detallesREGLAMENTO DE LA COMISION DE AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE VIDRALA, S.A.
REGLAMENTO DE LA COMISION DE AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE VIDRALA, S.A. REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE VIDRALA, S.A.
Más detallesCHILE. 4. Leyes especiales Ley 18.460, 1985. Establece el Tribunal Calificador de Elecciones como organismo electoral
I Los partidos políticos dentro de la legislación 1. Constitución (Política) 2. Ley de Partidos Políticos 3. Ley Electoral / de Elecciones /Código Electoral CHILE Artículo 19, numeral 15 y artículo 18.
Más detallesPLAN DE INSPECCIÓN DE OFICIO AL PSIQUIÁTRICO PENITENCIARIO (*)
PLAN DE INSPECCIÓN DE OFICIO AL PSIQUIÁTRICO PENITENCIARIO (*) Como continuación del Plan de Oficio de Inspección a Hospitales, en 1999 se ha inspeccionado el hospital Psiquiátrico Penitenciario de Alicante,
Más detallesCIntas de correr Bicicletas fitness Elípticos Complementos gimnasio - Política de Privacidad
{jcomments off}johnson HEALTH TECH. IBERICA, S.L., (en adelante JOHNSON HEALTH TECH. IBERICA ), en cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos, desea poner en conocimiento de sus clientes la
Más detallesCOMISION ESPECIAL PARA LA MODERNIZACION DEL FUNCIONAMIENTO PARLAMENTARIO
COMISION ESPECIAL PARA LA MODERNIZACION DEL FUNCIONAMIENTO PARLAMENTARIO Dictamen de comisión Honorable Cámara: Teniendo presentes los avances registrados en la Jurisdicción Poder Legislativo, concerniendo
Más detallesGabinete Jurídico. Informe 0346/2008
Informe 0346/2008 La consulta plantea, varias cuestiones relacionadas con la necesidad de formalizar los oportunos contratos con aquellas empresas encargadas de prestar los servicios de prevención de riesgos
Más detallesObligaciones y requisitos de actuación de las. Agencias de Colocación. Normativa y otros documentos de referencia
Obligaciones y requisitos de actuación de las Agencias de Colocación Normativa y otros documentos de referencia Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo (LE) Ley 3/2012, de 6 de julio, de Medidas urgentes
Más detallesCAMBIOS DE VÍA DE DIGITALIZACIÓN MANUAL PARA USUARIOS EXTERNOS
CAMBIOS DE VÍA DE DIGITALIZACIÓN MANUAL PARA USUARIOS EXTERNOS ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS INDICE INDICE...2 CAPÍTULO 1...3 CONCEPTOS GENERALES...3 Introducción, Normativa y Alcance del
Más detallesCONFERENCIA MEXICANA PARA EL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA PLAN DE TRABAJO
CONFERENCIA MEXICANA PARA EL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA PLAN DE TRABAJO Mtro. Mucio Israel Hernández Guerrero Comisionado Ciudadano del InfoDF 1. Estudios e investigación. Es importante realizar un
Más detallesLINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN DEL PROGRAMA ANUAL DE TRABAJO
LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN DEL PROGRAMA ANUAL DE TRABAJO Junio 2012 INDICE 1. INTRODUCCIÓN 2. ANTECEDENTES 3. SITUACIÓN ACTUAL A) Daños a la Salud Principales características sociodemográficas Principales
Más detallesRESOLUCIÓN SRT N 475-2011
Página1 RESOLUCIÓN SRT 475/11 Programa: Programa de Rehabilitación para Empresas con Establecimientos que registren Alta Siniestralidad Modifícase la Resolución N 559/09. (Publicado en el B.O. de fecha
Más detalles1. OBJETO Y RÉGIMEN NORMATIVO
14-2013 Diciembre, 2013 REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2003, DE 29 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY GENERAL DE DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y DE SU INCLUSIÓN SOCIAL
Más detallesDICTAMEN 1/2013 SOBRE EL ANTEPROYECTO DE LEY DE COMUNICACIÓN Y PUBLICIDAD INSTITUCIONAL DE EXTREMADURA
DICTAMEN 1/2013 SOBRE EL ANTEPROYECTO DE LEY DE COMUNICACIÓN Y PUBLICIDAD INSTITUCIONAL DE EXTREMADURA DICTAMEN SOBRE EL ANTEPROYECTO DE LEY DE COMUNICACIÓN Y PUBLICIDAD INSTITUCIONAL DE EXTREMADURA I.-
Más detallespauta de la oficina IGDS Número 68 (Versión 1)
pauta de la oficina IGDS Número 68 (Versión 1) 17 de junio de 2009 Conflicto de intereses Introducción 1. La OIT está comprometida a velar por que todos los funcionarios de la Organización desempeñen sus
Más detallesEl Congreso de la República de Colombia DECRETA:
PROYECTO DE LEY No. DE 2012 - SENADO Por medio de la cual se adoptan medidas en el Sistema General de Seguridad Social en Salud para mejorar el flujo de recursos y se dictan otras disposiciones El Congreso
Más detallesCentro de Capacitación en Informática
Fórmulas y Funciones Las fórmulas constituyen el núcleo de cualquier hoja de cálculo, y por tanto de Excel. Mediante fórmulas, se llevan a cabo todos los cálculos que se necesitan en una hoja de cálculo.
Más detallesAcceso al Empleo Público.
Acceso al Empleo Público. Cartas de Servicios 1. Presentación Los servicios que Ciudad Autónoma de Melilla presta a los ciudadanos afrontan el reto permanente de la Modernización y de la Calidad, asumido
Más detallesEl Instituto Electoral del Estado de Campeche (IEEC), es responsable de organizar las elecciones locales en el Estado.
El Instituto Electoral del Estado de Campeche (IEEC), es responsable de organizar las elecciones locales en el Estado. Las elecciones que organiza son para elegir: Cada 3 años, Cada 6 años, Diputados Locales,
Más detallesGeneralitat de Catalunya Departamento de Economía y Finanzas Comisión Central de Suministros
Anexos al Pliego de cláusulas administrativas particulares del expediente 2010/1 Relación anexos Anexo nº. 1: Listado de documentación para adjuntar Anexo nº. 2: Declaración de veracidad de datos aportados
Más detallesII CONGRESO INTERNACIONAL UNIVERSIDAD Y DISCAPACIDAD MADRID, 27 Y 28 DE NOVIEMBRE DEL 2014 LLAMADA A LA PARTICIPACIÓN
II CONGRESO INTERNACIONAL UNIVERSIDAD Y DISCAPACIDAD MADRID, 27 Y 28 DE NOVIEMBRE DEL 2014 LLAMADA A LA PARTICIPACIÓN El objetivo general del II Congreso Internacional sobre Universidad y Discapacidad
Más detalles+ + + F U N E R A R I A + + + S A N P A B L O
AVISO DE PRIVACIDAD El presente documento constituye el Aviso de Privacidad de SONIA DIAZ ANICASIO y/o FUNERARIA SAN PABLO, y de sus filiales y subsidiarias (en lo sucesivo LA FUNERARIA), en donde se establece
Más detalles(2) La Fundación está autorizada a recibir ayudas de terceros. La Fundación promueve recibir más ayudas de terceros.
1 Ley de la Fundación Contergan para Personas Discapacitadas (Ley de la Fundación Contergan, ContStifG) en su versión modificada tras la Tercera Ley de Enmienda en 2013 Sección 1 Disposiciones Generales
Más detalles