BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES DESAFÍOS DE DESARROLLO DE SOLUCIONES TECNOLÓGICAS

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1 BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES Santiago, 20 de octubre de DESAFÍOS DE DESARROLLO DE SOLUCIONES TECNOLÓGICAS Centro de Excelencia Internacional Telefónica Investigación y Desarrollo Chile en alianza con la Universidad del Desarrollo ARTÍCULO 1: DESCRIPCIÓN GENERAL El Centro de Excelencia Internacional Telefónica Investigación y Desarrollo Chile en alianza con Universidad del Desarrollo (en adelante, Telefónica I+D Chile) ha diseñado los Desafíos de Desarrollo de Soluciones Tecnológicas para convocar a las empresas fabricantes de tecnología a diseñar y desarrollar soluciones específicas que complementen las capacidades de investigación y desarrollo de Telefónica I+D Chile. ARTÍCULO 2: TÉRMINOS DE REFERENCIA Para la correcta interpretación de las presentes Bases Administrativas Generales, se entenderá por: Mandante: Desafío de Desarrollo de Solución Tecnológica: Oferente: Bases Administrativas Generales: Propuesta: Anexo 1 : Telefónica I+D Chile, RUT , entidad que llama al Desafío y adjudicará la propuesta de acuerdo a lo señalado en las presentes bases. Concurso promovido por el Mandante, en el cual llama a empresas de desarrollo tecnológico, a participar para la creación de soluciones tecnológicas que complementen las capacidades de investigación y desarrollo del Mandante según lo requiera. Persona natural o jurídica, fabricantes o diseñadoras de soluciones tecnológicas que postulen al presente Desafío. Se entiende por persona jurídica, fabricante o diseñadora a empresas o instituciones con capacidad para fabricar o diseñar hardware, firmware y software específicos para cada Desafío presentado por el Mandante. Conjunto de normas que regulan los Desafíos de Desarrollo de Soluciones Tecnológicas, a las que deben ajustarse las partes interesadas. La solución tecnológica presentada por los oferentes en el Desafío, la que deberá ajustarse y acompañarse de los antecedentes establecidos en las presentes bases y demás documentos que regulan el Desafío. Conjunto de normas específicas y características técnicas que deberán cumplir las soluciones tecnológicas propuestas para un Desafío.

2 ARTÍCULO 3: DEL OBJETIVO Creación y desarrollo de soluciones tecnológicas adaptadas a los requerimientos y características de cada Desafío en particular. Tales descripciones, requerimientos técnicos mínimos y deseables, características y otros aspectos serán provistos en el Anexo 1 que contendrá las condiciones Particulares del Desafío. Los componentes de la solución tecnológica deberán ser entregados en las dependencias de Telefónica I+D Chile, ubicadas en Av. Manuel Montt 1404, piso 3, Providencia, a nombre de Boris Martínez Gerente de Ecosistema, Telefónica Investigación y Desarrollo Chile, indicando el nombre de la Propuesta, y el nombre del Desafío particular, por lo que se deberá contemplar en las propuestas todos los costos que se necesiten para estos efectos (aranceles, impuestos, gravámenes, costos de traslado, etc.). ARTÍCULO 4: DE LA INSTITUCIÓN MANDANTE El mandante de los Desafíos de Desarrollo de Soluciones Tecnológicas es el Centro de Excelencia Internacional Telefónica Investigación y Desarrollo Chile en alianza con la Universidad del Desarrollo, el cual está facultado para realizar todos los actos y contratos necesarios para la consecución de los objetivos expresados. ARTÍCULO 5: DE LOS OFERENTES QUE PUEDEN PARTICIPAR EN EL DESAFÍO Podrán participar en el Desafío, empresas fabricantes o diseñadoras de hardware, firmware y software, que sean chilenas o extranjeras con presencia en Chile. No podrán participar personas contratadas por las instituciones involucradas en la organización de los Desafíos de Desarrollo de Soluciones Tecnológicas, esto es, Telefónica I+D Chile o la Universidad del Desarrollo. Asimismo, no podrán participar personas contratadas por instituciones invitadas a participar en cada Desafío en particular, ya sea para la evaluación de propuestas, validación de propuestas, o cualquier otro aspecto de relevancia en cada Desafío particular. Los Oferentes al postular para participar en el Desafío, declaran que entienden y aceptan totalmente lo indicado en las Bases Administrativas Generales, en el Anexo 1, en las aclaraciones a la propuesta que serán subidas en la página web en la Carta de adjudicación y en otros antecedentes complementarios, que forman parte del proceso. ARTÍCULO 6: DE LAS CONDICIONES DE LA ADJUDICACIÓN El Mandante se reserva el derecho de adjudicar las soluciones tecnológicas requeridas a un mismo proveedor o por separado, a proveedores diferentes, de forma completa o parcial, y/o declarar parcial o totalmente desierto el Desafío. ARTÍCULO 7: DEL PREMIO El premio para la(s) propuesta(s) adjudicada(s) en cada Desafío consiste en la entrega de financiamiento para el desarrollo de la solución tecnológica propuesta, según lo estipulado en el Anexo 1 correspondiente. El monto, las condiciones y mecanismos de entrega del premio serán detallados en el mismo documento correspondiente a cada Desafío.

3 Ninguna de las partes se verá obligada a mantener a compromisos comerciales posteriores con la otra una vez adjudicado el Desafío, sin perjuicio de que efectivamente puedan generarse tales acuerdos comerciales entre las partes. ARTÍCULO 8: DEL PROCESO Y PLAZOS El proceso, plazos y fechas específicos de cada Desafío serán detallados en el Anexo 1 correspondiente. ARTÍCULO 9: DE LA PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS Las propuestas deberán ser entregadas en formato digital, según el modelo e instrucciones explicitadas en el Anexo 1 correspondiente a cada Desafío. En cualquier caso, la presentación en formato digital implicará la inclusión de los siguientes antecedentes: 1) Individualización o nombre de la Propuesta. 2) Individualización del oferente: a. Personas naturales: Nombre, RUT, profesión u oficio, copia de cédula de identidad, dirección postal, teléfono y correo electrónico, y copia de Certificado de Antecedentes con vigencia no superior a 30 días. En caso de contar con representante(s) legal(es), incluir la misma documentación. b. Empresas: Nombre o razón social, RUT, dirección, teléfono, y correo electrónico de contacto. Incluir también el nombre del o de los representante(s) legal(es), profesión u oficio, copia de la cédula de identidad, dirección postal, teléfono, correo electrónico y copia de Certificado de Antecedentes. 3) Oferta Técnico-Económica: este documento deberá comprender a cabalidad la solución tecnológica propuesta, presentando como mínimo: a. Especificaciones técnicas: i. Características de hardware (profundidades de operación, precisión, estándares de impermeabilidad, protocolos de comunicación, etc.). ii. Instrucciones de firmware, software y APIs, si corresponde. iii. Hojas de datos de los componentes electrónicos de la tecnología. iv. Esquemáticos de conexión, descripción de interfaces y protocolos, entre otros. v. Cualquier otra especificación útil para la comprensión y detalle de la propuesta. b. Presupuestos Detallados: Por cada componente de la solución tecnológica, señalando fecha de disponibilidad y cualquier otro antecedente útil para tomar la decisión de adjudicación. Sin perjuicio de lo anterior, el Mandante podrá solicitar adicionalmente la presentación de las propuestas en formato físico. En tal caso, deberán presentarse los documentos anteriormente citados impresos en un sobre cerrado, dirigido a Telefónica Investigación y Desarrollo Chile, el Nombre del Desafío, el Nombre de la propuesta. Debe incluirse también toda la documentación requerida, debidamente ordenada.

4 ARTICULO 10: DE LA VIGENCIA DE LA OFERTA El proponente mantendrá la vigencia de su oferta por un plazo de 120 días corridos, contados desde la fecha de apertura de las propuestas. ARTÍCULO 11: DE LA APERTURA DE PROPUESTAS La apertura de propuestas será realizada en dependencias del Telefónica I+D Chile. Se levantará un acta que dé cuenta de las ofertas recibidas, efectuado ésta por una comisión presidida por el Gerente de Operaciones de Telefónica I+D Chile. En el proceso de apertura de propuestas y levantamiento de acta de ofertas recibidas, podrán estar presentes las empresas que deseen, sin tener su presencia o ausencia efecto alguno en la evaluación de las propuestas. Al mismo tiempo, y en el caso de haber sido solicitado de esta manera, esta Comisión dejará constancia en el Acta de apertura del cumplimiento de las exigencias contempladas en el artículo 9. ARTÍCULO 12: DE LOS EFECTOS DE LA OMISIÓN DE ALGÚN DOCUMENTO, ANTECEDENTES O DATOS REQUERIDOS EN LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA 1. La omisión de uno o cualquiera de los documentos o antecedentes enumerados en el artículo 9 precedente, o de algún dato o mención que deba constar en ellos, podrá ser causal inmediata para rechazar la propuesta presentada. La calificación de estas circunstancias será materia de exclusiva determinación del Mandante, representado para estos efectos por la Comisión a que se refiere el Artículo 12 de las presentes Bases. 2. Para todo efecto, la Comisión se reserva el derecho de admitir aquellas ofertas que presenten defectos de forma, errores u omisiones sin importancia, siempre que estos resulten evidentes de la lectura de los demás antecedentes de la propuesta y no alteren el tratamiento igualitario de los proponentes ni impidan la correcta evaluación de la propuesta. En este evento, dicha Comisión podrá fijar prudencialmente un plazo para que el oferente acompañe los antecedentes faltantes o sus aclaraciones, bajo apercibimiento, si así no lo hicieren, será declarado fuera del desafío. ARTÍCULO 13: DE LA EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN 1. Cada oferta será revisada y analizada, a fin de verificar el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos establecidos en los documentos del Desafío. 2. Comisión Evaluadora de Ofertas: La Evaluación de las Ofertas será efectuada por una Comisión compuesta por personas del staff de Telefónica I+D Chile y de la Universidad del Desarrollo, y presidida por el Gerente de Operaciones de Telefónica I+D Chile. En esta Comisión Evaluadora podrán participar personas de otras instituciones que puedan aportar a la validación técnico-económica de las soluciones ofertadas, según el Mandante lo requiera en cada Desafío. 3. La comisión evaluadora de ofertas evaluará las propuestas de acuerdo a los siguientes criterios: a. Evaluación técnica de las tecnologías de fabricación de acuerdo a lo solicitado en las presentes Bases Administrativas Generales, en el Anexo 1, y en los documentos complementarios del Desafío.

5 b. Evaluación económica de la propuesta de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases Administrativas Generales, en el Anexo 1, y en los documentos complementarios del presente Desafío. 4. La Comisión de Evaluación de las Ofertas a través de la página web podrá pedir a los oferentes, después de la apertura de la Propuesta, aclaraciones sobre su oferta que permitan una mejor comprensión de los antecedentes presentados, quienes deberán contestar a través de la misma plataforma. Las aclaraciones del proponente que sea adjudicado, pasarán a formar parte del proceso respectivo. 5. Plazo para la adjudicación: Telefónica I+D Chile analizará las propuestas y adjudicará en un plazo máximo de 10 días hábiles contados del día de la apertura de las propuestas, a aquel oferente que satisfaga lo solicitado en los documentos del Desafío y que resulte ser el mejor evaluado desde el punto de vista técnico y económico. ARTÍCULO 14: DE LA ADJUDICACIÓN La adjudicación del Desafío, se formalizará a través de una carta de adjudicación la que será firmada por el Mandante y por el oferente, de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 13 de las presentes Bases. ARTICULO 15: DE LA MODALIDAD DE ENTREGA DE PREMIOS A LA PROPUESTA ADJUDICADA Se entregará el financiamiento de la forma estipulada en el Anexo 1. El financiamiento se efectuará mediante Cheque o Vale Vista a nombre de la persona natural o jurídica adjudicada, el que se entregará al Representante Legal en caso que corresponda. ARTÍCULO 16: DE LA TITULARIDAD DE DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL A los presentes efectos, "Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial" significa: cualesquiera derechos sobre patentes (incluyendo certificados de protección suplementaria); derechos sobre invenciones (entre estas, invenciones para implementar en sistemas informáticos) tanto patentadas como no; "derechos de autor ("copyrights") y derechos asimilados; derechos de autor susceptibles de disposición de acuerdo con la ley (incluyendo, reproducción, transformación, distribución y comunicación pública, entre otros, así como la autorización para ejercitar cualesquiera de dichos derechos de autor en cualquier modalidad de explotación susceptible de ejercicio (entre otras, desarrollo, explotación, comercialización y licencia de Programas Informáticos), sobre cualesquiera obras derivadas elaboradas a partir de la transformación de una obra preexistente, durante todo el plazo de duración de los derechos que su titular ostentara sobre la misma); derechos de uso; derechos sobre bases de datos y derechos "sui géneris"; los denominados "otros derechos de propiedad intelectual"; derechos relacionados con los derechos de autor; derechos sobre marcas de comercio y de servicios tanto registradas como no registradas; nombres comerciales; registros de nombres de dominio; slogans; modelos de utilidad; diseños y dibujos industriales; derechos de diseño; diseños registrados; derechos sobre topografías y productos semiconductores; logos; formas de presentación; secretos comerciales y de empresa; "know-how" y la reputación asociada a todos estos derechos y elementos; así como cualesquiera otros derechos de propiedad intelectual o derechos de propiedad industrial que se encuentren reconocidos o surjan bajo la normativa aplicable de propiedad intelectual o de propiedad

6 industrial o la legislación o derecho de cualquier otra jurisdicción u organización internacional cuando sea aplicable, registrables o registrados o no, durante todo su periodo de vigencia y cualesquiera solicitudes y derechos de solicitud de registro o protección de cualquiera de ellos. Cualesquiera modificaciones futuras a los Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial deberán ser incluidas en esta definición y, en consecuencia, lo dispuesto aquí resultará de aplicación a las mismas. A los presentes efectos, el término Material significa: - Cualquier obra literaria u otra obra de autor (como programas ejecutables, códigos fuentes, listado de programas, estructuras de datos, diagramas de flujo, diagramas lógicos, especificaciones funcionales, herramientas de programación, herramientas de documentación, documentación, informes, ilustraciones, dibujos y trabajos similares). - Conceptos, ideas, técnicas y conocimiento incluido o expresado en los elementos previamente citados que han sido desarrollados o serán desarrollados por el Oferente a los efectos de este Desafío. - Materiales Pre-existentes significa cuales Materiales propiedad de Telefonica I+D Chile, del Oferente o terceras partes antes de la adjudicación del Desafío, y que son utilizados en este contexto. - El término Obra Derivada significa una obra basada en Materiales Pre-existentes, incluyendo la condensación, transformación, traducción, modificación, expansión o adaptación, que llevada a cabo sin la autorización del titular de los derechos de autor de dichas obras pre-existentes supondrá una infracción de derechos de propiedad intelectual conforme a las leyes aplicables. A los efectos de las presentes Bases, los Materiales son clasificados como Materiales Tipo I y Materiales Tipo II. a. Materiales Tipo I: aquellos de propiedad de Telefónica I+D Chile, a saber: i. Sus Materiales Prexistentes. ii. Obras Derivadas de sus Materiales Pre-existentes. iii. Otros productos desarrollados por Telefónica I+D Chile o sus subcontratistas. b. Materiales Tipo II: aquellos de propiedad del Oferente, a saber: i. Sus Materiales Pre-existentes. ii. Trabajos Derivados de sus Materiales Pre-existentes. iii. Los productos desarrollados, con motivo de este Desafío. El Oferente reconoce y acuerda que todo el derecho, título e interés sobre los Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial en los Materiales Tipo I son y serán únicamente propiedad de Telefónica I+D Chile, quien no otorga ningún título o propiedad de o sobre los Materiales Tipo I. Telefónica I+D Chile reconoce y acuerda que todo el derecho, título e interés sobre los Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial en los Materiales Tipo II son y serán únicamente propiedad del Oferente, pero a través de este Desafío, otorgará al Mandante la propiedad de o sobre los Materiales Tipo II Letra (iii).

7 Los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con Materiales distintos de los correspondientes a los Materiales Tipo I y Tipo II corresponderán únicamente a aquella parte a la que dichos Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial pertenezcan conforme a las leyes aplicables. El Oferente declara que al participar en el Desafío, no infringirá derechos de terceros. La propiedad industrial o cualquier otro derecho de terceros que pueda involucrar en la ejecución del Desafío, estará regida por los acuerdos de derechos que sobre él o ellos tenga. Si el oferente incorpora elementos o lleva a cabo cualquier procedimiento que pueda involucrar derechos de terceros deberá mantener indemne a la Mandante respecto de cualquier reclamo, acción, procedimiento, responsabilidad, daño, castigo, multa o gastos en que deba incurrir, derivado de cualquiera violación, o supuesta violación o trasgresión de cualquier derecho de propiedad, propiedad intelectual, marca, copyright, patente o secreto comercial, o cualquier otro derecho de terceros. ARTÍCULO 17: DE LA CONFIDENCIALIDAD Sin que esta enumeración sea taxativa, se entenderá incluida dentro de la Información Confidencial y el Oferente tendrá la obligación de guardar reserva comprometida en virtud de la presente a: a. Todos los antecedentes, documentos e información técnica, estratégica y/o comercial que de cualquier forma fuera comunicada, expresada, transmitida o proporcionados por Telefónica I+D Chile a la Parte Receptora o a sus Personas Relacionadas incluyendo, sin limitación: i. Sus planes de investigación, de desarrollo y/o de gestión comercial. ii. Toda información sobre nombres o listados de clientes o de potenciales clientes o socios, métodos de comercialización, estrategias comerciales, contratos, información de marketing, proyecciones de mercado, datos estadísticos, knowhow, y demás documentación comercial y análisis de mercado. iii. Toda información y análisis financieros. iv. Todos los criterios de estandarización y normas de información, procedimientos y formatos que la Parte Informante entregue para llevar a cabo el desarrollo, prueba, puesta en marcha y seguimiento de proyectos. v. Toda información de softwares, ya sea escrita, gráfica o contenida en medios electromagnéticos, s, discos ópticos, microfilmes, manuales, códigos fuentes, diagramas que expliquen la funcionalidad de los softwares. vi. Cualquier otra información de negocios de propiedad de Telefónica I+D Chile, de sus empresas, de sus subsidiarias y/o de sus filiales, o respecto de la cual tengan licencia o derecho de uso de programas de computación o de información técnica, y demás información comercial, estratégica y/o técnica de cualquier tipo de Telefónica I+D Chile, que sea, es o haya sido confiada por la Parte Informante a la Parte Receptora, o de cualquier modo obtenida, producida o desarrollada durante las discusiones y negociaciones de la relación de colaboración; y b. Todos los antecedentes a los cuales la Parte Receptora o sus Personas Relacionadas tengan acceso o elaboren en función de los antecedentes, documentos, información,

8 borradores, análisis, compilaciones, proyecciones, estudios, publicaciones académicas, documentos, términos, condiciones, correspondencia, hechos o cualquier otro material derivado o producido por alguna de Las Partes, o por sus representantes, asesores, funcionarios y/o empleados (en adelante los Representantes ) en relación con la propuesta técnica o contrato derivado. Toda Información Confidencial que haya sido comunicada verbalmente, deberá ser confirmada por medio escrito por Telefónica I+D Chile mencionando su carácter de confidencialidad en un plazo máximo de 30 días. OBLIGACIONES ADICIONALES RESPECTO DE LA INFORMACIÓN CONFIDENCIAL En el desarrollo de las actividades y negociaciones relacionadas con el Desafío, el Oferente se compromete, asimismo, a que sus Personas Relacionadas: a. Hagan uso de la información exclusivamente para los fines contemplados en las negociaciones relacionadas con el Desafío y a no destinarla a su propio beneficio. b. Revelen dicha información y antecedentes exclusivamente a aquellas personas que requieran conocerla para los efectos contemplados en el Desafío, dejando previa constancia siempre que la información revelada tiene un carácter confidencial. c. No procedan a copiar, reproducir, o por cualquier otro procedimiento, ceder la Información Confidencial facilitada por la Parte Informante, a terceros, así como a no permitir a ninguna otra persona, empresa o sociedad, la copia reproducción o divulgación, sea total o parcial, de cualquier forma de la información en cualquier momento y que obre en poder de la Parte Receptora, sin la autorización previa de la Parte Informante, manifestada expresamente por escrito. d. Adopten, con prontitud y diligencia, todas las medidas que fueren necesarias para impedir que la información y antecedentes a los que tenga acceso sean utilizados por terceros, se comuniquen, se reproduzcan o divulguen, sin previa autorización escrita de la Mandante. EXCEPCIONES A OBLIGACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD No aplicarán las obligaciones de confidencialidad de que da cuenta este documento, respecto de la información que: a. Estuviera en conocimiento público o en conocimiento de las Partes o de sus Personas Relacionadas con anterioridad a la fecha de iniciación de la postulación al Desafío y de las negociaciones, siempre que las Partes acrediten tal circunstancia por medio de antecedentes fidedignos y dejen constancia de ello al momento de recibir la información que se les entregue; b. Sea requerida por una autoridad judicial o administrativa dentro del ámbito de su competencia y previa atribución legal o reglamentaria, pero en este último caso será deber de la PARTE RECEPTORA comunicar previamente a la PARTE INFORMANTE de la existencia de dicho requerimiento, en forma oportuna a fin que pueda ejercer los derechos y recursos que la ley le concede; o c. Telefónica I+D Chile autorice por escrito y en forma previa a la Parte Receptora para divulgar.

9 DERECHOS DE PROPIEDAD DE LA INFORMACIÓN CONFIDENCIAL Toda la Información Confidencial permanecerá como propiedad de Telefónica I+D Chile y deberá ser administrada por la Parte Receptora conforme a las cláusulas anteriores. Las presentes bases no darán derecho ni otorgará garantía alguna a la PARTE RECEPTORA, sobre ninguna licencia, software, patente, know-how o cualquier otro derecho de propiedad intelectual perteneciente a Telefónica I+D Chile. DEVOLUCIÓN DE LA INFORMACIÓN La obligación de confidencialidad tendrá una vigencia de 3 años a contar de la postulación al Desafío. El Oferente devolverá al Mandante la Información Confidencial suministrada y borrará o destruirá cualquier copia de la misma, certificando dicho extremo a La Parte Informante, de acuerdo con la solicitud expresa que esta última le realice. El Oferente devolverá al Mandante toda la Información Confidencial y toda copia de ella en el plazo de 30 días a partir de la recepción de una petición por escrito procedente de La Parte Informante. ARTÍCULO 18: DE LAS OBLIGACIONES, PROHIBICIONES Y RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICATARIO El adjudicatario deberá: 1. Cumplir con las obligaciones derivadas de las Bases Administrativas Generales, del Anexo 1, y de los documentos complementarios del Desafío en particular; 2. Responder por las garantías, capacitación e instalación de los bienes adjudicados, velando para que éstos cumplan con las características ofertadas y exigidas en las Bases Administrativas Generales, en el Anexo 1, y en los documentos complementarios del Desafío, y satisfagan los requerimientos del mandante expresados en el Desafío y cualquiera de sus documentos que la componen. 3. Responder por los daños o perjuicios que se causaren a terceros por acción u omisión,, con motivo del desarrollo y validación de la solución tecnológica, cualquiera sea la causa, incluyendo de forma particular pero no exclusiva el uso indebido de propiedad intelectual, plagio, el no cumplimiento de procedimientos o normativas legales pertinentes, u otros. El Mandante no tendrá responsabilidad alguna por los daños o perjuicios por acción u omisión que el ejecutor pudiere ocasionar. 4. Responder por los daños o perjuicios que se causaren a terceros por acción u omisión,, con motivo de o durante el traslado y/o capacitación en el uso de los equipos, cualquiera sea su causa, origen o naturaleza- por el ejecutor o su equipo, serán de exclusiva responsabilidad de éste, y su reparación deberá realizarse de manera inmediata. El Mandante no tendrá responsabilidad alguna por los daños o perjuicios por acción u omisión que el ejecutor pudiere ocasionar.

10 ARTÍCULO 19: DEL INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES El incumplimiento de las obligaciones contraídas, inclusive un cumplimiento parcial o técnicamente deficiente, autorizará al Mandante para que ponga término anticipado a la adjudicación, mediando comunicación escrita al adjudicatario afectado, sin derecho de este último a reclamar indemnización de perjuicios de ninguna naturaleza, y sin perjuicio del ejercicio de las demás acciones que al Mandante puedan corresponder. ARTÍCULO 20: DE LA INTERPRETACIÓN E INFORMACIÓN DE LAS PRESENTES BASES Las presentes Bases, el Anexo 1 y demás documentos que forman parte del proceso que origina el Desafío, se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre todos ellos la debida correspondencia. Todos los documentos relativos al Desafío se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta ejecución del equipamiento a adquirir. En caso de discrepancia en la interpretación primará en primer lugar lo dispuesto en las Bases, en el Anexo 1 y en las respuestas entregadas por el Mandante, por sobre lo establecido en la Oferta del Adjudicatario. Cualquier falta, descuido por acción u omisión de los Oferentes o Adjudicatarios en la obtención de información y estudio de los documentos relativos a la propuesta, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la prestación de un servicio o la entrega de los bienes, materia del Desafío regido por estas Bases. Por lo tanto, serán de su cargo, todos los costos en que incurran para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de su análisis e interpretaciones de la información disponible o que se obtenga.

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