AYUNTAMIENTO DE TRIGUEROS (HUELVA)

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1 ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DE ESTA CORPORACIÓN MUNICIPAL EL DÍA 25 DE FEBRERO DE En la villa de Trigueros, provincia de Huelva, siendo las diecinueve horas del día veinticinco de Febrero de dos mil diez, se reúnen en el Salón de Actos de la Casa Consistorial, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde-Presidente D. Cristóbal Romero Márquez, los Sres. Concejales que a continuación se relacionan: Dª. Ana Pérez Castilleja, D. Francisco José García Fernández, Dª. Antonia Patricia Cerullo Gadea, D. Benjamín Pulido Fernández, D. Francisco Jiménez Rodríguez, Dª. Dolores Vallé Domínguez (que se ausenta a las 19,24 horas excusándose porque se encuentra mal de salud), D. José Recuero Padilla, Dª. Mª del Carmen Valera Mora, D. Manuel Gregorio Cruz Oliva, D. Benito Montiel Pérez y Dª. Ruth Nieves García (que se ausenta de la sesión tras tratar el punto del orden del día de su renuncia, siendo las 20:18 horas), con la asistencia del infrascrito Secretario D. Francisco de Asís Gómez Banovio, al objeto de celebrar una sesión ordinaria del Pleno Municipal, en primera convocatoria. No asisten los señores Concejales: Dª Victoria García Bogeat, más las ausencias durante la sesión de Dª Dolores Vallé Domínguez (a las 19,24 h.) y Dª Ruth Nieves García (a las 20,18 h.). Existiendo el quórum legal necesario para la celebración de esta sesión, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46,1.c) de la ley 7/1985, de 2 de Abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, por la Presidencia se declaró abierto el acto, procediéndose conforme al siguiente Orden del Día. 1º.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LOS BORRADORES DE LAS ACTAS DE LA SESIONES ANTERIORES (PE/ y PEU/ ).- Los señores Concejales conocen dichos documentos, correspondientes a las sesiones extraordinaria del día y extraordinaria urgente del día 29 de Enero de 2010, por haberse remitido junto a la convocatoria de esta sesión, conforme a lo establecido en el artículo 80,2. del ROF. No existiendo observaciones admitidas a este documento, se acuerda por unanimidad prestarle su aprobación. 2º.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL CONVENIO-PROTOCOLO DE INTENCIONES PARA LA ADQUSICIÓN DEL COLEGIO DE SANTA CATALINA (LA CAMPANA) (Expte. nº 2010/042/SGR).- Comienza este punto el Sr. Alcalde manifestando que ha sido una intención de ésta y de todas las Corporaciones anteriores adquirir el Convento; que ya se ha llegado a un principio de acuerdo con los propietarios, por un precio de euros, pagaderos en metálico y en especies con solares del patrimonio municipal de suelo, ya que para ello se van a modificar en esta misma sesión las NN.SS.; agradece a la familia vendedora permitir el pago aplazado del metálico en 5 años; que el expediente de adquisición vendrá al Pleno cuando se cumplan los trámites a que se refiere el documento, en este año. 1

2 Se abre a continuación el turno de intervenciones. En primer lugar, el Portavoz Popular Sr. D. Benito Montiel Pérez pregunta si La Campana incluye el edificio y el patio, a lo que el contesta el Sr. Alcalde que sí, con todas las medidas como están en el Catastro y en el Registro. El mismo Sr. Montiel pregunta por la financiación de la compra, contestándole el Sr. Alcalde que no hay subvención para ello; que se pagará de las arcas municipales; que se pagará con cargo al patrimonio muniicpal del suelo como marca la ley, y que para ello se verá más adelante en esta sesión una modificación de las normas subsidiarias. (En este momento, siendo las 19:24 horas, se ausenta la Sra. Concejala Dª Dolores Vallé Domínguez, excusándose porque se encuentra mal) De nuevo, el Sr. Montiel pregunta por la intención o vista futura del edificio. Le contesta el Sr. Alcalde que no hay nada previsto; que hay muchas ideas, como por ejemplo un centro de interpretación; pero que lo primero es su rehabilitación, que requiere una actuación de emergencia. En segundo lugar, interviene el Sr. D. José Recuero Padilla, Portavoz del Grupo IU-LVCA, para decir que se congratula de que por fín esto llegue a buen fín; que hay necesidad de que a corto plazo se plantee el uso que se le va a dar porque en función de ese uso se necesitará una rehabilitación u otra. Por último, el Portavoz Socialista D. Francisco José García Fernández expresa que las condiciones del edificio hacen difícil el uso, y que su declaración como BIC ya limita mucho la rehabilitación a efectuar; que, por ello, es indispensable adquirir también el patio, para instalar en él los aseos, las oficinas, etcétera. Finbaliza felicitando a todas las partes por el acuerdo alcanzado. Sometido el asunto a votación, el Pleno de la Corporación, por unanimidad de los 11 Concejales presentes de los 13 que legalmente la integran, lo que supone el quórum de la mayoría absoluta del número legal de sus miembros, y en armonía con el dictamen favorable de la Comisión Informativa de Asuntos Generales, ACUERDA: 1º.- APROBAR el CONVENIO-PROTOCOLO DE INTENCIONES DE CONTRATO DE COMPRAVENTA DE FINCA URBANA SITA EN LA CALLE COMPAÑÍA Nº 31, DE TRIGUEROS, donde se ubica el Colegio de Santa Catalina, bien declarado B.I.C., popularmente conocida la zona como La Campana. 2º.- Incoar expediente de adquisición onerosa del citado bien inmueble, así como de todos aquellos expedientes administrativos a los que queda condicionada la validez del referido Convenio (Estipulación SÉPTIMA), esto es, dotación presupuestaria, modificación de las vigentes NN.SS. y su adaptación parcial para habilitar dicha adquisición con cargo y destino al PMS. 3º.- Notificar el presente acuerdo a los interesados, con citación para la firma del Convenio, y a los servicios administrativos para la incoación de los expedientes ordenados. 2

3 3º.- SOLICITUD DE AYUDA EN MATERIA DE DEPORTE, AL AMPARO DE LA ORDEN DE 15 DE DICIEMBRE DE 2009, DE LA CONSEJERÍA DE TURISMO, COMERCIO Y DEPORTE (Expte. nº 2010/003/DES).- En armonía con el expediente incoado al efecto, y oída la propuesta de acuerdo que formula la Alcaldía-Presidencia en orden a RATIFICAR la Resolución de la Alcaldía nº 48/2010, de fecha , que obra en el expediente y del siguiente tenor literal: <<Resolución de la Alcaldía núm. 48/2010. Expte. nº 2010/03/DES. Alcalde-Presidente: D. Cristóbal Romero Márquez En Trigueros a veintisiete de enero de dos mil diez. Visto el PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE UNA PISTA MULTIFUNCIONAL DE BALONCESTO Y DE EQUIPAMIENTO DEPORTIVO, para el que se solicita una subvención a la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte de la Junta de Andalucía, al amparo de la Orden de 15 de diciembre de 2009, publicada en el BOJA nº 252 de 29 de diciembre de 2009, por la que se regulan las subvenciones en materia de Deporte, con un presupuesto total de SESENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS TRECE EUROS CON NOVENTA Y CINCO CENTIMOS DE EURO (67.713,95 ). 1.- PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE UNA PISTA MULTUFUNCIONAL DE BALONCESTO, con un presupuesto total de CINCUENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN EURO CON CINCUENTA Y UN CENTIMO DE EURO (55.251,51.). 2.- PROYECTO DE COMPRA DE EQUIPAMIENTO DEPORTIVO, con un presupuesto total de DOCE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS EUROS CON CUARENTA Y CUATRO CENTIMOS DE EURO (12.462,44 ) Por medio del presente, y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 21,1.k) de la Ley 7/85, de 2 de Abríl, reguladora de las Bases de Régimen Local, HE RESUELTO: Primero.- APROBAR el PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE UNA PISTA MULTIFUNCIONAL DE BALONCESTO, con un presupuesto total de CINCUENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN EURO CON CINCUENTA Y UN CENTIMO DE EURO (55.251,51.). Segundo.- Aprobar la ejecución de la obra por el sistema de Contratación, según lo establecido en la Ley de Contrato de las Administraciones Públicas. Tercero.- APROBAR el PROYECTO DE COMPRA DE EQUIPAMIENTO DEPORTIVO, con un presupuesto total de DOCE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS EUROS CON CUARENTA Y CUATRO CENTIMOS DE EURO (12.462,44 ). Cuarto.- Acogerse a los beneficios de la citada Orden de 15 de diciembre de 2009 de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte y, en consecuencia, SOLICITAR una subvención de SESENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS TRECE EUROS CON NOVENTA Y CINCO CENTIMOS DE EURO (67.713,95 ). Quinto.- Condicionar la ejecución de los proyectos a la concesión de la subvención por parte de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte. Sexto.- Autorizar al representante legal de la Entidad a formular la solicitud; aceptar, en su caso, la Propuesta de Resolución de Subvención/ Borrador Convenio de Colaboración que le comunique la referida Consejería; aprobar con su firma el Convenio de Colaboración que, en su caso, le presente la Consejería; pudiendo proponer enmiendas a la distribución de anualidades que en el mismo se recojan y, por último, resolver incidencia en la tramitación de la solicitud de Subvención. 3

4 Quinto.- Dar cuenta del presente Decreto al Pleno Municipal en la próxima sesión que celebre, a los efectos de su ratificación.>> Debatido el asunto, todos los presentes se muestran de acuerdo con la propuesta, añadiendo el Sr. Recuero Padilla (IU) que le parece oportuno completar la dotación en aquella zona y facilitar a los jóvenes la práctica del deporte fuera de las calles, sín molestar a los vecinos y sín tener que trasladarse a la otra punta del pueblo. Sometido el asunto a votación, la Corporación Municipal en Pleno, por unanimidad de los 11 Concejales presentes de los 13 que legalmente la integran, lo que supone la mayoría absoluta del número legal de miembros que la componen, acuerda RATIFICAR en todos sus extremos el Decreto nº 48/2010 trascrito anteriormente y, en consecuencia: Primero.- APROBAR el PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE UNA PISTA MULTIFUNCIONAL DE BALONCESTO, con un presupuesto total de CINCUENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN EURO CON CINCUENTA Y UN CENTIMO DE EURO (55.251,51.). Segundo.- Aprobar la ejecución de la obra por el sistema de Contratación, según lo establecido en la Ley de Contrato de las Administraciones Públicas. Tercero.- APROBAR el PROYECTO DE COMPRA DE EQUIPAMIENTO DEPORTIVO, con un presupuesto total de DOCE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS EUROS CON CUARENTA Y CUATRO CENTIMOS DE EURO (12.462,44 ). Cuarto.- Acogerse a los beneficios de la citada Orden de 15 de diciembre de 2009 de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte y, en consecuencia, SOLICITAR una subvención de SESENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS TRECE EUROS CON NOVENTA Y CINCO CENTIMOS DE EURO (67.713,95 ). Quinto.- Condicionar la ejecución de los proyectos a la concesión de la subvención por parte de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte. Sexto.- Autorizar al representante legal de la Entidad a formular la solicitud; aceptar, en su caso, la Propuesta de Resolución de Subvención/ Borrador Convenio de Colaboración que le comunique la referida Consejería; aprobar con su firma el Convenio de Colaboración que, en su caso, le presente la Consejería; pudiendo proponer enmiendas a la distribución de anualidades que en el mismo se recojan y, por último, resolver incidencia en la tramitación de la solicitud de Subvención. 4º.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS DEFINITIVAS A LA EMPRESA COMPOSÁN CONSTRUCCIÓN, S.A., ADJUDICATARIA DE LAS SIGUIENTES OBRAS: 1.- OBRAS DE REFORMA DEL CAMPO DE FÚTBOL EL MORILLO (Expte. nº 2005/058/SGR) OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE PISTA DE TENIS (Expte. nº 2007/125/SGR) OBRAS DE REFORMA DEL CAMPO DE FÚTBOL EL MORILLO (Expte. nº 2005/058/SGR).- No promoviéndose debate alguno, y sometido el asunto a votación, el Pleno de la 4

5 Corporación, por unanimidad de los 11 Concejales presentes de los 13 que legalmente la integran, lo que supone el quórum de la mayoría absoluta del número legal de sus miembros, y en armonía con el dictamen favorable de la Comisión Informativa de Asuntos Generales, APRUEBA la Propuesta de Acuerdo que obra en el expediente y cuyo tenor literal es el siguiente, haciéndola suya a todos los efectos: <<PROPUESTA DE LA ALCALDÍA AL PLENO MUNICIPAL, PARA SU APROBACIÓN SI PROCEDE, DEL ACUERDO DE DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA CONSTITUIDA POR LA EMPESA ADJUDICATARIA DE LAS OBRAS DE REFORMA DEL CAMPO DE FÚTBOL EL MORILLO, COMPOSAN CONSTRUCCION, S.A. Visto el escrito de fecha 9 de diciembre del 2009, de la empresa COMPOSAN CONSTRUCCIONES, S.A., adjudicataria de las obras de REFORMA DEL CAMPO DE FÚTBOL EL MORILLO, con entrada en éstas dependencias municipales el día 11 del mismo mes, por el que solicita la devolución de la garantía definitiva prestada por importe de ,40 euros, para responder de sus obligaciones como responsable de las obras ejecutadas, mediante aval bancario nº de la entidad Banco Pastor de fecha 23 de Agosto del RESULTANDO que el plazo de garantía de la obra, de acuerdo con lo establecido en Cláusula 41ª del Pliego de Cláusulas Económicas-Administrativas Particulares por las que se rige la contratación de dichas obras, es de tres (3) años a contar desde la firma del acta de recepción. RESULTANDO que el Acta de recepción de las obras a que se refiere éste expediente se suscribió con fecha 28 de Marzo del 2006, sin que en la misma conste reparo alguno por parte de la dirección técnica de la obra ni por parte de éste Ayuntamiento. RESULTANDO que con fecha 28 de enero pasado, se ha emitido informe por el Arquitecto Municipal como redactor del proyecto y Director de las obras, en el que literalmente dice entre otros:.. Después de la visita realizada se comprueba que el estado del campo de fútbol es satisfactorio y procede por tanto la devolución de la fianza solicitada.. Por todo ello, y en virtud de lo establecido en el artº 47 del Texto Refundido de las Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 2/2000, de 16 de Junio, propone al Pleno Municipal, la adopción de los siguientes acuerdos: 1º.- La cancelación del aval suscrito por la empresa COMPOSAN CONSTRUCCIONES, S.A. a favor de éste Ayuntamiento por importe de ,40 euros, con la entidad BANCO PSATOR, S.A., con fecha 23 de agosto del 2005, inscrito en el Registro Especial de Avales con el nº , al haberse cumplido el plazo de garantía de las obras para las que respondía. 2º.- Dar traslado del presente a la empresa COMPOSAN CONSTRUCCIONES, S.A., a la entidad avalante, BANCO PASTOR, S.A. para su conocimiento y efectos, y al Departamento de Intervención-Tesorería de éste Ayuntamiento para su toma de razón. No obstante la Corporación acordará lo que estime pertinente. Trigueros, 1 de febrero del El Alcalde. Fdo.: Cristóbal Romero Márquez.>> 2.- OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE PISTA DE TENIS (Expte. nº 2007/125/SGR).- No promoviéndose debate alguno, y sometido el asunto a votación, el Pleno de la Corporación, por unanimidad de los 11 Concejales presentes de los 13 que legalmente la integran, lo que supone el quórum de la mayoría absoluta del número legal de sus miembros, y en armonía con el dictamen favorable de la Comisión Informativa de Asuntos Generales, APRUEBA la Propuesta de Acuerdo que obra en el expediente y cuyo tenor literal es el siguiente, haciéndola suya a todos los efectos: <<PROPUESTA DE LA ALCALDÍA AL PLENO MUNICIPAL, PARA SU APROBACIÓN SI PROCEDE, DEL ACUERDO DE DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA CONSTITUIDA POR LA EMPESA ADJUDICATARIA DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN PISTA DE TENIS EN EL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL EL MORILLO, COMPOSAN CONSTRUCCION, S.A. Visto el escrito de fecha 9 de diciembre del 2009, de la empresa COMPOSAN CONSTRUCCIONES, S.A., adjudicataria de las obras de CONSTRUCCIÓN PISTA DE TENIS EN EL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL EL MORILLO, con entrada en éstas dependencias municipales el día 11 del mismo mes, por el que solicita la devolución de la garantía definitiva prestada por importe de 2.258,07 euros, para responder de sus obligaciones como responsable de las obras ejecutadas, 5

6 mediante aval bancario nº de la entidad Caixa Catalunya de fecha 14 de febrero del RESULTANDO que el plazo de garantía de la obra, de acuerdo con lo establecido en Cláusula VII.15 del Pliego de Cláusulas Económicas-Administrativas Particulares por las que se rige la contratación de dichas obras, es de un (1) año a contar desde la firma del acta de recepción. RESULTANDO que el Acta de recepción de las obras a que se refiere éste expediente se suscribió con fecha 25 de Junio del 2008, sin que en la misma conste reparo alguno por parte de la dirección técnica de la obra ni por parte de éste Ayuntamiento. RESULTANDO que con fecha 2 de febrero del 2010, se ha emitido informe por la Arquitecto Técnico Municipal como redactor del proyecto y Director de las obras, en el que literalmente dice entre otros:.. Que visitada la pista de tenis en el día de hoy, se observa que la misma está en buenas condiciones para la práctica de este deporte y considerando que las mismas fueron decepcionadas en fecha 25 de junio de 2008, entiendo que procede la devolución del aval presentado.. Por todo ello, y en virtud de lo establecido en el artº 47 del Texto Refundido de las Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 2/2000, de 16 de Junio, propone al Pleno Municipal, la adopción de los siguientes acuerdos: 1º.- La cancelación del aval suscrito por la empresa COMPOSAN CONSTRUCCIONES, S.A. a favor de éste Ayuntamiento por importe de 2.258,07 euros, con la entidad CAIXA CATALUNYA., con fecha 14 de febrero del 2008, inscrito en el Registro Especial de Avales con el nº , al haberse cumplido el plazo de garantía de las obras para las que respondía. 2º.- Dar traslado del presente a la empresa COMPOSAN CONSTRUCCIONES, S.A., a la entidad avalante, CAIXA CATALUNYA para su conocimiento y efectos, y al Departamento de Intervención-Tesorería de éste Ayuntamiento para su toma de razón. No obstante la Corporación acordará lo que estime pertinente. Trigueros, 16 de febrero del El Alcalde. Fdo.: Cristóbal Romero Márquez.>> 5º.- APROBACIÓN INICIAL, SI PROCEDE, DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 1 DE LA ADAPTACIÓN PARCIAL DE LAS NN.SS. DE TRIGUEROS A LA L.O.U.A. (Modificación nº 5 de las NN.SS. durante su vigencia) (Expte. nº 2010/001/URB).- Vista la Modificación nº 1 de la Adaptación Parcial de las Normas Subsiriarias de Trigueros a la LOUA (nº 5 de las NN.SS. desde su vigencia), redactada por Arquigenia S.L.P. y promovida por COMONUBA, S.A. como propietario del PERI-3, que se centra en dos cuestiones (extraido del documento de la Modificación propuesta): Modificación 1A: Dotar al sector de vivienda protegida, en virtud del Decreto 11/2008, de 22 de enero, por el que se desarrollan procedimientos dirigidos a poner suelo urbanizado en el mercado con destino preferente a la constrrucción de viviendas protegidas, transformando las parcelas de vivienda unifamiliar en hilera libre de la manzana 1 en plurifamiliar protegida. Esta Modificación tiene carácte estructural, ya que se modifica la adaptación parcial de las NNSS a la LOUA para cambiar el suelo de la zonificación que figura en la actualidad como zona urbana consolidada de ensanches a la de zona no urbana no consolidada, pasando dicho suelo de tener 45 viv/ha a 50 viv/ha y de ese modo hacer viable la ejecución de viviendas protegidas. Este incremento de densidad conlleva la aportación en dicho suelo de un sistema general de espacios libres que mantengan los estándares establecidos. Modificación 1B: Dotar al sector de parcelas de uso terciario en todas sus categorías, convirtiendo la parcela de residencia plirifamiliar de la manzana 3 y la manzana comercial en uso terciario en todas sus categorías con el fin de ampliar el abanico de posibilidades de desarrollo del suelo, así comno incorporando en la normativa urbnanística de las NN.SS. una nueva categoría de uso tercierio para que se puedan desarrollar otros usos no contemplados anteriormente. Esta Modificación tierne carácter pormenorizado, al modificar las determinaciones de las NN.SS. relativas a las categorías del uso terciario incluyendo un nueva y al modificar la ordenación pormenorizada del PERI-3, haciendo trasvases 6

7 de edificación entre algunas parcelas de uso residencial hacia la nueva manzana de vivienda protegida y reestructurando los usos terciarios del sector para permitir el establecimiento de una guardería así como otros usos terciarios, además del comercial existente. Tras explicar el Sr. Alcalde el objeto de la Modificación en parecidos términos a lo que antecede, y que tanto en éste como en los demas expedientes de Modificación de las NNSS que hoy se traen al Pleno se han seguido los trámites exigidos y que constan los informes preceptivos en esta fase de su tramitación, y que ahora, tras la aprobación inicial resta todavía su publicación, informe de la Consejería, etcétera, hasta la aprobación definitiva, procede a abrir el turno de intervenciones. En primer lugar, el Sr. Montiel Pérez, Portavoz Popular, manifiesta que sobre la primera cuestión (Modificación 1A) no tiene nada que decir; sobre la segunda (1B), dice que el Ayuntamiento ya había adjudicado un terreno para una guardería. En este punto interviene el Sr. Alcalde para explicar que el adjudicatario del derecho de superficie ha incumplido las condiciones, porque ni siquera ha pagado, pero se le han dado facilidades porque no se le ha apretado ni se le ha exigido el pago, ya que sabe que tenía problemas de financiación del proyecto; le consta, dice, que esa persona no va a hacer la guardería, y que ha llegado a un acuerdo con COMONUBA para quie trabaje en la suya; él, continúa, prefiere un suelo social como se propone a un suelo comercial que es como estaba; por último, explica que el promotor tendrá que solicitar las licencias correspondientes, y tendrán que dárselas si reúnen todos los requisitos porque está en su terreno. El Sr. Montiel toma la palabra de nuevo para plantear que se podría sacar otra vez la convocatoria sobre el terreno municipal, y aunque hay otra en el PERI-3; si no ha cumplido, que se saque otra vez, concluye. A continuación, el Sr. Recuero Padilla, Portavoz de IU-LVCA, interviene para decir que lo fácil es poner en manos privadas servicios públicos; defiende los servicios públicos, porque la financiación no llega y la guardería no está; dice que hay niños de más para la guardería pública de Trigueros, que se quedarán muchos niños y niñas fuera de la guardería el próximo curso, porque todavía no está. Finaliza diciendo que no está de acuerdo con la finalidad posterior, de la guardería, aunque sí con la recalificación. El Sr. García Fernández, Portavoz Socialista, opina que hay que valorar más un uso social que uno comercial; que los derechos de cada uno en sus terrenos son de ellos, de los propietarios; que es positivo en general, aparte del interés del promotor, que son 54 viviendas de protección oficial y una finalidad social, lo cual es bueno para todos. Interviene de nuevo el Sr. Alcalde para decir que no hay que mezclar el pensamiento político de cada uno sobre la finalidad que cada uno persigue con lo que se trae aquí, que es una modificación puntual para viviendas de protección oficial y para un uso social; que lo de la guardería vendrá después, que podrá salir o no o cambiará de opinión; qué por qué el Ayuntamiento no hace una?, se pregunta, pues porque el Ayuntamiento no tenemos capacidad, así, por ejemplo, la de San Juan la gestiona una empresa privada; que todas las posiciones son legítimas, afirma, en defender lo público, pero no tiene nada que ver con esto, que si cumple todos los requisitos no podremos negarle la licencia para guardería o para lo que sea, termina. 7

8 Toma la palabra el Sr. Recuro (IU) para decir que se van a abstener porque la guardería no viene en el punto y porque la VPO le parece positivo, aunque, apuntilla, en cualquier caso todo es cuestión de rentabilidad. Finalizado el debate, y sometido el asunto a votación, se obtiene el siguiente resultado: Votos a favor: 6, del Grupo Socialista. Votos en contra: Ninguno. Abstenciones: 5, de los Grupos de IU y Popular, que quieren dejar constancia expresa de que sí están de acuerdo con la primera parte de la modificación (1A) pero no con la segunda (1B), por las razones expuestas en el debate. Por lo tanto, al no haber obtenido el quórum exigido legalmente de la mayoría absoluta de los 13 miembros que legalmente integran la Corporación, se entiende NO APROBADO el asunto que en este punto se somete al Pleno relativo a la aprobación inicial de la Modificación nº 1 de la Adaptación Parcial de las Normas Subsiriarias de Trigueros a la LOUA (nº 5 de las NN.SS. desde su vigencia), redactada por Arquigenia S.L.P. y promovida por COMONUBA, S.A. como propietario del PERI-3. 6º.- APROBACIÓN INICIAL, SI PROCEDE, DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 2 DE LA ADAPTACIÓN PARCIAL DE LAS NN.SS. DE TRIGUEROS A LA L.O.U.A. (Modificación nº 6 de las NN.SS. durante su vigencia) (Expte. nº 2010/002/URB).- Vista la Modificación nº 2 de la Adaptación Parcial de las Normas Subsiriarias de Trigueros a la LOUA (nº 6 de las NN.SS. desde su vigencia), redactada por el Arquitecto Municipal D. Alfonso Luís Ortega Sánchez y promovida por el propio Ayuntamiento de Trigueros, del siguiente tenor literal: MODIFICACION PUNTUAL Nº 6 DE LAS NN.SS DEL MUNICIPIO DE TRIGUEROS. (MODIFICACIÓN Nº 2 DE LAS NN.SS DEL MUNICIPIO DE TRIGUEROS, ADAPTADAS PARCIALMENTE A LA LOUA) PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TRIGUEROS. 1.- CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL. La aprobación definitiva de las Normas Subsidiarias Municipales de Trigueros y sus sucesivas modificaciones, suponen para la Corporación Municipal un intento continuado de ir adoptando o adecuando las determinaciones no esenciales contenidas en el documento de las Normas a las circunstancias que, razonadamente, en ciertas ocasiones se plantean. Conforme al Art. 38 de la L.O.U.A toda alteración de la ordenación establecida por los instrumentos de Planeamiento no contemplada en el Art. 37 de la L.O.U.A se entenderá como modificación. Según este mismo Art. la modificación podrá tener lugar en cualquier momento siempre que sea motivada y justificada con acuerdo previo del Ayuntamiento Pleno. 2.- OBJETO DE LA MODIFICACIÓN. La gestión del Patrimonio Municipal del Suelo viene determinada por el destino al que se encuentra afecto, que en todo caso ha de ajustarse a las previsiones legales contenidas en el artº 75 de la L.O.U.A. Dentro de los destinos posibles que pueden darse a los ingresos que forman parte del Patrimonio Municipal del Suelo, el referido artículo 75, en su apartado 2º, letra d) contempla el siguiente: 8

9 d) La ejecución de actuaciones públicas o el fomento de actuaciones privadas, previstas en el planeamiento, para la mejora, conservación y rehabilitación de zonas degradadas o de edificaciones en la ciudad consolidada. El Plan General de Ordenación Urbanística precisará el porcentaje máximo de los ingresos que puedan aplicarse a estos destinos, que en ningún caso será superior al veinticinco por ciento del balance de la cuenta anual de los bienes y recursos del correspondiente patrimonio público de suelo. La modificación puntual nº 4 de las vigentes NNSS de planeamiento municipal, introdujo un nuevo Titulo en las mismas, el IX, denominado Previsiones del planeamiento para la ejecución de actuaciones públicas o el fomento de actuaciones privadas, para la mejora, conservación y rehabilitación de zonas degradadas o de edificaciones en la ciudad consolidada, que contenía dos artículos, con la numeración 242 y 243, del siguiente tenor: Artº Actuaciones públicas de mejora, conservación y rehabilitación a acometer con cargo a los ingresos del Patrimonio Municipal del Suelo. Se contempla específicamente la adquisición de un local de planta baja de unos 450 m2 aproximadamente, situado en la ciudad consolidada, zona I, preferentemente en la calle Fernando Belmonte, para equipamiento social, destinado exclusivamente a Centro de Ocio Joven y que formará parte del Patrimonio Municipal del Suelo. Artº Porcentaje máximo de los ingresos que puedan aplicarse a actuaciones públicas de mejora, conservación y rehabilitación de zonas degradadas o de edificaciones en la ciudad consolidada: no podrá superarse para este destino el veinticinco por ciento del balance de la cuenta anual de los bienes y recursos del correspondiente patrimonio público de suelo. Como puede verse el artº 242 solo contemplaba una actuación pública respecto al patrimonio municipal del suelo, para dotación de equipamiento social destinado a centro de ocio joven. Sin embargo, ciertamente puede señalarse como una antigua aspiración, sentida por las distintas Corporaciones Municipales a lo largo de los años, la adquisición y rehabilitación del edificio histórico La Campana, antigua iglesia que, tras el proceso de desamortización de Mendizábal, pasó a manos privadas, que le han venido dando usos diversos, tales como almacén de grano, bodega, etc., siendo utilizado, en los últimos años, como bar y almacén. Usos todos ellos muy lejanos del valor histórico y artístico del edificio, llegando en la actualidad a un lamentable estado de degradación. En su consecuencia, a tenor de lo preceptuado, para la ejecución de actuaciones públicas de mejora, conservación y rehabilitación de zonas degradadas o de edificaciones en la ciudad consolidada, con cargo a los ingresos del Patrimonio Municipal del Suelo, una vez ya concretado el porcentaje máximo que pueda aplicarse a dicho destino, que es del 25%, según lo establecido en la referida modificación puntual nº 5, para posibilitar la adquisición y posterior rehabilitación del edificio y claustro La Campana, se hace preciso que dicha actuación venga contemplada en el propio planeamiento general, lo que justifica y motiva la presente modificación puntual, cuyo objetivo no es otro que establecer como actuación prevista en el planeamiento dicha adquisición y rehabilitación con cargo y destino al patrimonio municipal del suelo. Así pues, careciendo este Ayuntamiento de recursos distintos a los expresados para ejecutar esta actuación pública, procede: 1º.- Modificar el planeamiento y muy concretamente el artº 242 de las vigentes NNNSS, resultante de la modificación puntual nº 4 de las mismas, que pasará a tener el siguiente tenor: Artº Actuaciones públicas de mejora, conservación y rehabilitación a acometer con cargo a los ingresos del Patrimonio Municipal del Suelo. 1º.- Se contempla específicamente la adquisición de un local de planta baja de unos 450 m2 aproximadamente, situado en la ciudad consolidada, zona I, preferentemente en la calle Fernando Belmonte, para equipamiento social, destinado exclusivamente a Centro de Ocio Joven y que formará parte del Patrimonio Municipal del Suelo. 9

10 2º.- Asimismo se contempla la adquisición y rehabilitación del edificio, claustro, y cuantos elementos contenga, denominado La Campana, que formará parte del Patrimonio Municipal del Suelo. 3.- SITUACIÓN RESPECTO AL PLANEAMIENTO VIGENTE. 1º.- El Planeamiento vigente, como se ha dicho, solamente contemplaba una actuación pública a realizar con ingresos procedentes del Patrimonio Municipal del Suelo. 2º.- La zona en la que se sitúa el inmueble que deba adquirirse está calificado como suelo residencial y le es de aplicación las Ordenanzas Particulares de la zona I (Residencial Unifamiliar en Línea) contempladas en el Capítulo II, contemplando como uso complementario el equipamiento comunitario. 4.- SITUACIÓN RESPECTO AL PLANEAMIENTO MODIFICADO.- La expresada en el apartado 2º. 4.- JUSTIFICACION DE LA MODIFICACIÓN. La propuesta de la Modificación Puntual nº 5 de las NN.SS del municipio de Trigueros se justifica por el valor artístico e histórico del edificio La Campana y su estado degradado que, desde una perspectiva realista, solo puede resolverse con una actuación pública como la presente. 4.- NORMATIVA URBANISTICA DE APLICACIÓN. Toda la normativa de aplicación será la correspondiente a la zona V de las Normas Subsidiarias para Equipamiento. Trigueros a veintiuno de enero de El Arquitecto Municipal. Fdo. Alfonso Ortega Sánchez. No promoviéndose debate alguno, y sometido el asunto a votación, el Pleno de la Corporación, por unanimidad de los 11 Concejales presentes de los 13 que legalmente la integran, lo que supone el quórum de la mayoría absoluta del número legal de sus miembros, y en armonía con el dictamen favorable de la Comisión Informativa de Asuntos Generales, A C U E R D A PRIMERO.- APROBAR INICIALMENTE la INNOVACIÓN (MODIFICACIÓN) DE LA ADAPTACIÓN PARCIAL DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO MUNICIPAL A LA L.O.U.A. NÚMS. 2 (nº 6 de las NN.SS. desde su vigencia), redactada por D. Alfonso Ortega Sánchez, Arquitecto Municipal, y formulada por este Ayuntamiento. SEGUNDO.- Someterla a información pública por el plazo de un mes, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en uno de los periódicos de mayor circulación de la provincia, a fin de que cualquiera que lo desee pueda examinarlo y deducir, durante el citado plazo, cuantas alegaciones considere oportunas. TERCERO.- Efectuar las notificaciones que sean procedentes con el fin de que puedan examinar el expediente y tengan también la posibilidad de presentar las alegaciones que tengan por convenientes. 10

11 7º.- APROBACIÓN INICIAL, SI PROCEDE, DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 3 DE LA ADAPTACIÓN PARCIAL DE LAS NN.SS. DE TRIGUEROS A LA L.O.U.A. (Modificación nº 7 de las NN.SS. durante su vigencia) (Expte. nº 2010/003/URB).- Vista la Modificación nº 3 de la Adaptación Parcial de las Normas Subsiriarias de Trigueros a la LOUA (nº 7 de las NN.SS. desde su vigencia), redactada por el Arquitecto Municipal D. Alfonso Luís Ortega Sánchez y promovida por el propio Ayuntamiento de Trigueros, del siguiente tenor literal: MODIFICACION PUNTUAL Nº 7 DE LAS NN.SS DEL MUNICIPIO DE TRIGUEROS. (MODIFICACIÓN Nº 3 DE LAS NN.SS DEL MUNICIPIO DE TRIGUEROS, ADAPTADAS PARCIALMENTE A LA LOUA) PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TRIGUEROS. 1.- CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL. La aprobación definitiva de las Normas Subsidiarias Municipales de Trigueros y sus sucesivas modificaciones, suponen para la Corporación Municipal un intento continuado de ir adoptando o adecuando las determinaciones no esenciales contenidas en el documento de las Normas a las circunstancias que, razonadamente, en ciertas ocasiones se plantean. Conforme al Art. 38 de la L.O.U.A toda alteración de la ordenación establecida por los instrumentos de Planeamiento no contemplada en el Art. 37 de la L.O.U.A se entenderá como modificación. Según este mismo Art. la modificación podrá tener lugar en cualquier momento siempre que sea motivada y justificada con acuerdo previo del Ayuntamiento Pleno. 2.- OBJETO DE LA MODIFICACIÓN. El objeto de la presente modificación es posibilitar segregaciones de fincas en suelo no urbanizable que, aún dando origen a otras de superficie inferior a m2, su finalidad exclusiva sea su donación a entidades sin ánimo de lucro o administraciones públicas, y con destino a adecuaciones recreativas y naturalistas, conforme establece el artº 199 de la sección sexta equipamiento y servicios terciarios de las vigentes NN.SS. 3.- SITUACIÓN RESPECTO AL PLANEAMIENTO VIGENTE. El artº 161 de las NN.SS vigentes impiden, en su actual redacción, una actuación como la pretendida, habida cuenta que establece la prohibición de parcelaciones que den origen a fincas con una superficie mínima de m2 en secano. Dicha norma tiene sentido y se mantiene a fin de impedir parcelaciones contrarias a los usos del suelo no urbanizable, previsto en las vigentes NN.SS y en la legislación aplicable, pero el supuesto contemplado en el apartado anterior, por su propia especificidad, es evidente que no va a producir una desnaturalización de los usos propios del suelo no urbanizable, de manera que pierde su justificación mantener, en estos caso, dicha unidad mínima. En concreto, el artº 161 es del siguiente tenor literal: Artículo Segregación de fincas. Unidades mínimas de cultivo. 1. La prohibición de parcelación no comportará, por su propia naturaleza, la imposibilidad de las transferencias de propiedad, divisiones y segregaciones de terrenos rústicos, siempre que los mismos reúnan alguno de los siguientes requisitos: - Cumplir las dimensiones mínimas y demás determinaciones de la legislación agraria, para la correspondiente ubicación. De acuerdo con la reglamentación agraria vigente, las unidades de cultivo en el término municipal de Trigueros son: En Secano, m2 y en Regadío, m2. 11

12 Tal hecho no comportará por sí la posibilidad o imposibilidad de edificación para lo que se necesitará la concurrencia de los requisitos propios de esa circunstancia. - Haberse llevado a cabo en virtud de partición de herencias siempre que, el número de lotes resultantes no fuera superior al de interesados concurrentes y se cumplimentase la normativa específica de cada zonificación y tipología en cuanto al tamaño mínimo de parcela. - Realizarse para agrupar o agregar a predios colindantes. 2. Las divisiones, segregaciones y agregaciones anteriormente señaladas no necesitarán licencia municipal, debiéndose únicamente comunicar al Ayuntamiento la operación realizada, pudiendo el Alcalde o la Consejería de Medio Ambiente, Urbanismo y Turismo adoptar, en caso fundado de discrepancia, las medidas que prevén el Artículo Único de la Ley de Andalucía 1/1997, y por remisión, los Artículos 248, 249 y 250 del R.D. Legislativo 1/ Las restantes divisiones de terreno que tengan por finalidad o consecuencia el obtener territorio de extensión igual o superior a la que en cada zonificación o tipología permita el hecho edificatorio, necesitarán licencia municipal. 4. Aceptada la división, producirá los mismos efectos edificatorios sobre la finca resultante que los propios de una parcela sin segregar de la misma extensión y calificación. 5. Los Notarios y Registradores de la propiedad, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 259 del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana de 1992, de aplicación en la Comunidad Autónoma por el Artículo Único de la Ley 1/1997, de 18 de junio, exigirán para autorizar e inscribir, respectivamente, escrituras de división de terrenos, que se acredite el otorgamiento de la licencia o la declaración municipal de su innecesariedad, que los primeros deberán testimoniar en el documento. 4.- SITUACIÓN RESPECTO AL PLANEAMIENTO MODIFICADO.- El artº 161 pasará a tener la siguiente redacción, destacándose en negrita, la modificación introducida: Artículo Segregación de fincas. Unidades mínimas de cultivo. 1. La prohibición de parcelación no comportará, por su propia naturaleza, la imposibilidad de las transferencias de propiedad, divisiones y segregaciones de terrenos rústicos, siempre que los mismos reúnan alguno de los siguientes requisitos: - Cumplir las dimensiones mínimas y demás determinaciones de la legislación agraria, para la correspondiente ubicación. De acuerdo con la reglamentación agraria vigente, las unidades de cultivo en el término municipal de Trigueros son: En Secano, m2 y en Regadío, m2. Se exceptúa, para terreno de secano, las segregaciones de fincas de inferior superficie a la indicada en el párrafo anterior, que pudieran realizarse con la única y exclusiva finalidad de la posterior donación de la finca segregada a entidades sin ánimo de lucro o administraciones públicas, y con destino a adecuaciones recreativas y naturalistas, conforme establece el artº 194 de la sección sexta equipamiento y servicios terciarios. Tal hecho no comportará por sí la posibilidad o imposibilidad de edificación para lo que se necesitará la concurrencia de los requisitos propios de esa circunstancia. - Haberse llevado a cabo en virtud de partición de herencias siempre que, el número de lotes resultantes no fuera superior al de interesados concurrentes y se cumplimentase la normativa específica de cada zonificación y tipología en cuanto al tamaño mínimo de parcela. - Realizarse para agrupar o agregar a predios colindantes. 12

13 2. Las divisiones, segregaciones y agregaciones anteriormente señaladas no necesitarán licencia municipal, debiéndose únicamente comunicar al Ayuntamiento la operación realizada, pudiendo el Alcalde o la Consejería de Medio Ambiente, Urbanismo y Turismo adoptar, en caso fundado de discrepancia, las medidas que prevén el Artículo Único de la Ley de Andalucía 1/1997, y por remisión, los Artículos 248, 249 y 250 del R.D. Legislativo 1/ Las restantes divisiones de terreno que tengan por finalidad o consecuencia el obtener territorio de extensión igual o superior a la que en cada zonificación o tipología permita el hecho edificatorio, necesitarán licencia municipal. 4. Aceptada la división, producirá los mismos efectos edificatorios sobre la finca resultante que los propios de una parcela sin segregar de la misma extensión y calificación. 5. Los Notarios y Registradores de la propiedad, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 259 del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana de 1992, de aplicación en la Comunidad Autónoma por el Artículo Único de la Ley 1/1997, de 18 de junio, exigirán para autorizar e inscribir, respectivamente, escrituras de división de terrenos, que se acredite el otorgamiento de la licencia o la declaración municipal de su innecesariedad, que los primeros deberán testimoniar en el documento. 4.- JUSTIFICACION DE LA MODIFICACIÓN. La propuesta de la presente Modificación Puntual de las NN.SS del municipio de Trigueros se justifica por las razones expresadas, que se han puesto de manifiesto ante el deseo de un particular de donar a una asociación, sin ánimo de lucro, una finca de aproximadamente 2 5 has., que había ser objeto de una segregación previa, con la finalidad de ser acondicionada para fines recreativos y poder ser utilizada a los fines propios de una romería. 4.- NORMATIVA URBANISTICA DE APLICACIÓN. El artº 194 de la sección sexta denominada equipamiento y servicios terciarios de las NNSS. Trigueros a veintiuno de enero de El Arquitecto Municipal. Alfonso Ortega Sánchez Tras la lectura por el Sr. Alcalde del articulado modificado, y explicar el mismo que el motivo concreto es la Romería y la finalidad para la que se promueve este expediente es exclusivamnete ésta, la de la Romería, se abre el turno de intervenciones, en el cual únicamente el Portavoz Popular, Sr. Montiel Pérez, pregunta si los usos naturalistas y recreativos serán públicos y si no se permitirán construcciones. Le responde el Sr. Alcade que sí serán públicos los usos, para la Romería, y que esta modificación no lleva implícita ninguna construcción. Finalizadas las intervenciones, y sometido el asunto a votación, el Pleno de la Corporación, por unanimidad de los 11 Concejales presentes de los 13 que legalmente la integran, lo que supone el quórum de la mayoría absoluta del número legal de sus miembros, y en armonía con el dictamen favorable de la Comisión Informativa de Asuntos Generales, A C U E R D A PRIMERO.- APROBAR INICIALMENTE la INNOVACIÓN (MODIFICACIÓN) DE LA ADAPTACIÓN PARCIAL DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO MUNICIPAL A LA L.O.U.A. NÚMS. 3 (nº 7 de las NN.SS. desde su vigencia), redactada por D. Alfonso Ortega Sánchez, Arquitecto Municipal, y formulada por este Ayuntamiento. SEGUNDO.- Someterla a información pública por el plazo de un mes, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA JUNTA DE 13

14 ANDALUCÍA y en uno de los periódicos de mayor circulación de la provincia, a fin de que cualquiera que lo desee pueda examinarlo y deducir, durante el citado plazo, cuantas alegaciones considere oportunas. TERCERO.- Efectuar las notificaciones que sean procedentes con el fin de que puedan examinar el expediente y tengan también la posibilidad de presentar las alegaciones que tengan por convenientes. 8º.- APROBACIÓN INICIAL, SI PROCEDE, DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 4 DE LA ADAPTACIÓN PARCIAL DE LAS NN.SS. DE TRIGUEROS A LA L.O.U.A. (Modificación nº 8 de las NN.SS. durante su vigencia) (Expte. nº 2010/004/URB).- Este asunto queda sobre la mesa, tal y como propuso el Sr. Alcalde en la Comisión Informativa del pasado 23 de Febrero. 9º.- RENUNCIA DE LA SRA. CONCEJALA DEL PARTIDO POPULAR, Dª RUTH NIEVES GARCÍA, Y SOLICITUD DE NOMBRAMIENTO DEL CONCEJAL SUSTITUTO (Expte. nº 2010/036/SGR).- Vista la renuncia expresa realizada por Dª. Ruth Nieves García al cargo de Concejal que ocupaba en este Ayuntamiento por el Partido Popular con motivo de las pasadas elecciones locales del 27 de Mayo de 2007, del cual tomó posesión el día 16 de Junio de 2007, tras cumplir con las obligaciones impuestas por la Ley 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, alegando que habiendo superado el proceso selectivo para la contratación laboral en régimen de interinidad de una Auxiliar de Biblioteca, al amparo del artículo 178.3º de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de Junio, del Régimen Electoral General, vengo a renunciar expresamente a mi condición de Concejala de este Ayuntamiento, optando como se ha indicado por el contrato de trabajo.. Por el Sr. Alcalde, y dado el asunto a tratar, se cede la palabra a Dª Ruth Nieves García, Concejala dimisionaria. La Sra. Nieves García explica que se va por incompatibilidad con el cargo de Concejala, agradeciendo a toda la Corporación el trato agradable y afirmando que se ha trabajado bien. Finaliza poniéndose a disposición de todos en la Biblioteca Municipal. Abierto un turno de intervenciones, el Portavoz de IU-LVCA, Sr. Recuero Padilla, interviene en primer lugar, ya que el Alcalde excepcionalmente permite que el Portavoz Popular, Grupo al que pertenece la Concejala dimisionaria, intervenga en último lugar, y manifiesta el Sr. Padilla su agradecimiento por el tiempo que ha dedicado encaminado a lo mejor para Trigueros, aunque sea desde una posición distinta a la suya. El Portavoz Socialista, Sr. García Fernández, también le da las gracias, destacando su carácter participativo, buscando soluciones por encima de ideologías y aportando su granito de arena. 14

15 A continuación, el Sr. Alcalde manifiesta que, a pesar de sus diferencias, no le cabe ninguna duda de que las disputas son por buscar el bien por el pueblo aunque desde distintas posiciones; también le manifiesta que le consta que es una buena trabajadora y le desea mucha suerte. Por último, toma la palabra el Portavoz Popular, D. Benito Montiel Pérez, que agradece a título particular de su Partido su trabajo, destacando que ha puesto por encima de todo los intereses del pueblo. Le desea mucha suerte. En armonía con el dictamen favorable de la Comisión Informativa de Asuntos Generales Considerando los artículos 9.4 del Real Decreto 2568/1986, de 26 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y 182 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, realizada la tramitación reglamentariamente establecida, y visto el Informe de Secretaría de fecha 10 de Febrero de La Corporación en Pleno, por unanimidad de los 11 Concejales presentes, de los 13 que legalmente la componen, lo que supone la mayoría absoluta legal de sus miembros, ACUERDA: PRIMERO.- Tomar conocimiento de la renuncia al cargo de Concejal del Ayuntamiento que realiza Dª. Ruth Nieves García (Partido Popular). SEGUNDO.- Comunicar este Acuerdo a la Junta Electoral para que remita esta las credenciales de D. Cristóbal Fernández Ramírez, siguiente en la lista de los que concurrieron a las últimas elecciones municipales, para que pueda tomar posesión de su cargo. Terminado este punto del orden del día, la Sra. Dª Ruth Nieves García abandona la sesión, siendo las 20:18 horas. 10º.- DACIÓN DE CUENTAS DE LOS DECRETOS Y RESOLUCIONES DE LA ALCALDIA.- A continuación se da cuenta de las Resoluciones/Decretos dictadas por esta Alcaldía, desde la última sesión ordinaria de este Pleno, de las que se ha remitido relación junto a la convocatoria de la presente sesión y que a continuación se relacionan, quedando la Corporación enterada del contenido de las mismas: Nº Orden Fecha Resolución Expediente Origen Resumen Resolución /12/ /241/VAD Decreto concesión línea amarilla en C/ Concejo, nº /12/ /147/SGR Adjudicación provisional del contrato de servicios, mediante procedimiento negociado sin publicidad, del servicio de MODERNIZACIÓN Y PRODUCCIÓN DE CONTENIDOS PARA EL PORTAL a la emporesa "egim" /12/ /226/SGR Inicio del procedimiento de adjudicación del contrato de suministro para la ADQUISICIÓN DE UNA (1) BARREDORA, tal y como nos ha sido concedido por la Delegación del Gobierno en Huelva previa nuestra solicitud y posterior aceptación por este Ayuntamiento, por procedimiento negociado sin publicidad. 15

16 Nº Fecha Orden Resolución Expediente Origen Resumen Resolución /12/ /068/OBRA Concesión de Licencia de primera ocupación de la edificación sita en calle La Jara nº 10 del titular Dados Arquitectura S.L.U /12/ /227/SGR Selegando en la Primera Tte-Alcalde, por ausencia, la Alcaldía, del 20 al 22 de Diciembre, y la asistencia al Pleno de la Mancomunidad MAS /12/ /226/SGR Aprobar el expediente de contratación, mediante procedimiento negociado sin publicidad del suministro de UNA BARREDORA, aprobación del Pliego y de la invitación a participar a tres empresas /12/2009 AMPLIACIÓN HORARIO DE CIERRE DE ESTABLECIMIENTO EN DOS HORAS LOS DIAS 25 Y 01 DE ENERO A RAFAEL MARTIN ARROYO /12/2009 AMPLIACION HORARIO DE CIERRE ESTABLECIMIENTO EN DOS HORAS EL DÍA 24 Y 31 DE DICIEMBRE MARIA ANTONIA DOMINGUEZ GARCIA /12/2009 Delegación a la concejala Antonia Patricia Cerullo a celebrar la boda civil entre D. Omar Chaib Yousfi y María Mercedes Cáceres Pérez el próximo día 26 de diciembre de /12/2009 DES/72/2009 Decreto-Resolución concediendo subvención a D. José Mas Vallejo /12/2009 Nombramiento de Secretario-Interventor Accidental, por ausencia del titular durante su turno de vacaciones navideñas /12/2009 CONCEDIENDO AMPLIACION DEL HORARIO DE CIERRE DE ESTABLECIMIENTO EL DÍA 25 DE DICIEMBRE Y 01 DE ENERO A IRENE CASTILLEJA GUZMAN /12/2009 CONCEDIENDO A ARCOS II AMPLIACION DEL HORARIO DE CIERRE DEL ESTABLECIMIENTO EL DÍA 25 DE DICIEMBRE /12/ /205/SGR Lista definitiva de admitidos-excluidos, Tribunal y Fecha pruebas, para la contratación de 1 Auxiliar de Biblioteca /12/2009 AMPLIANDO HORARIO DE CIERRE ESTABLECIMIENTO EN DOS HORAS EL DÍA ARCOS II /12/ /014/ACT Concesión de Licencia de apertura de la actividad destinada a Frutería del titular Dña. María Rubio Sánchez /12/2009 Decreto autorización de la celebración de una Fiesta Fin de Año para el día 31/12/09 al 01/01/10 en los Arcos II /12/ /232/SGR Delegando funciones en la 1º Tte. de Alcalde Mª. Ana María Pérez Castilleja, durante el periodo comprendido entre el 2 y el 6 de enero próximo, ambos inclusive, por ausencia del titular /12/ /222/OBRA Concesión de Licencia de primera ocupación de la edificación sita en calle Olleros nº 45 por el titular D. Juan Fernández Obel. 1 04/01/ /231/OBRA Concesión de Licencia de obra para la edificación sita en calle Olleros, 51 del titular D. Juan José Clemente Duque 2 04/01/ /141/OBRA Concesión de ampliación de Licencia sobre la edificación sita en calle San Juan nº 13 del titular Dña. Mª Mercedes Cáceres Pérez. 3 04/01/ /222/OBRA Concesión de Licencia de obra para la edificación sita en calle Moguer, 57 del titular D. Antonio Dominguez Toscano. 4 04/01/ /220/OBRA Concesión de Licencia de obra para la edificación sita en calle Ruiz Mantero, 24 del titular DÑA. Florencia Romero Madeira. 16

17 Nº Fecha Orden Resolución Expediente Origen Resumen Resolución 5 05/01/ /221/OBRA Concesión de Licencia para la edificación sita en calle Concejo, 95 del titular Dña. Ana Mª Gonzalez Gonzalez. 6 07/01/2010 TESORERIA Decreto Compensación de la devolución de fianza en concepto de la barra de la caseta de la Juventud/06 con la O.V.P. de mesas y sillas del año 2008 y 2009., del titular D. Angel A. Díaz Cruzado. 7 07/01/2010 TESORERIA Compensación de la devolución de fianza de chiringuito en capeas 2009 con la liquidación de las tasas de O.V.P. Mesas y Sillas del 2008 por el titular D. José Prera Toscano. 8 08/01/ /229/OBRA Concesión de Licencia de obra para la edificación sita en calle San Pio X, nº 6 del titular Dña. Sebastiana Fernández Fernández. 9 08/01/ /228/OBRA Concesión de Licencia de obra para la edificación sita en calle Miguel de Cervantes, del titular D. Adolfo Perdigones Maya /01/ /230/OBRA Concesión de Licencia de obra para la edificación sita en calle Luis Buñuel nº 3 del titular D. José Recuero Padilla /01/ /147/SGR/CONT Adjudicación definitiva del contrato de servicios consistente en MODERNIZACIÓN Y PRODUCCIÓN DE CONTENIDOS PARA EL PORTAL a la empresa "GESTIÓN DE INNOVACIÓN Y MODERNIZACIÓN, S.L. (egim)" 12 11/01/ /182/SGR/Subexpte /01/ /182/SGR/Subexpte /01/ /182/SGR/Subexpte /01/ /182/SGR/Subexpte /01/ /182/SGR/Subexpte /01/ /182/SGR/Subexpte /01/ /182/SGR/Subexpte /01/ /182/SGR/Subexpte /01/ /182/SGR/Subexpte /01/ /182/SGR/Subexpte /01/ /182/SGR/Subexpte /01/ /182/SGR/Subexpte /01/ /82/SGR/Subexpte 17 Ciudadana a D. Eugenio Domínguez Vilda. Ciudadana a D. José Manuel Recio Villar. Ciudadana a D. Raúl Lindo Pazo. Ciudadana a Dª. Déborah Rodríguez Camacho. Ciudadana a D. Julen Díaz Reyero. Ciudadana a D. Juan Martínez Elías. Ciudadana a D. José Asensio Rodríguez. Ciudadana a D. Carlos Ángel Brotons Barroso. Ciudadana a D. Sergio Serrano López. Ciudadana a D. Antonio Ernesto Torres Area. Ciudadana a D. Emilio José López Feria. Ciudadana a D. Jesús Miguel Báez García. Ciudadana a D. José Antonio Molina Rios /01/ /089/OBRA Concesión de Licencia de primera ocupación de las 17 viviendas unifamiliares y garajes de la edificación sita en c/ Rejilla con Ctra. N-435 por el titular Promociones Gil Marquez S.L. 17

18 Nº Fecha Orden Resolución Expediente Origen Resumen Resolución 26 13/01/ /001/INF.URB. Decreto-Resolución de la paralización de las obras ejecutadas de cerramiento de obra en finca parcela 154 del Políg. 17 del titular catastral D. Joaquin Ramos García y como titular denunciante D. Jonathan Rguez Oreal /01/ /023/SGR MODIFICACIÓN de la Oferta de Empleo Público para 2009, como consecuencia de la nueva RPT /01/ /001/VAD Concesión vado en C/ Bojeo, /01/ /002/VAD Concesión vado C/ Primero de Mayo, nº /01/ /233/OBRA Concesión de Licencia de obra para la edificación sita en calle Sevilla nº 27 del titular Dña. Eugenia Marin Morales /01/ /001/SEGR Decreto-Resolución sobre la concesión de Licencia de Segregación de 146,68 mtros de la finca sita en c/ Alfareria, 34, con Rf. Catastral PB9319N0001TF., de propiedad del solicitante /01/ /171/SGR Lista definitiva de admitidos y excluidos, composición del Tribunal y fecha de las pruebas, para la selección de 1 Aux. Administrativo /01/ /226/SGR Adjudicación provisional del contrato de suministro de UNA BARREDORA a MASESUR MEDIOAMBIENTAL S.L /01/ /024/OBRA Concesión de Licencia de obra para la edificación sita en calle Olleros, 3-2º B, del titular D. Juan Manuel Moreno Vallejo /01/ /024/ACT Concesión de Licencia de apertura para la actividad destinada a Centro Veterinario sito en calle General Juan Garrido, 26 del titular Dña. Nuria Ruiz Gómez /01/ /170/SGR Lista definitiva de admitidos y excluidos, composición del tribunal y fecha de las pruebas de la convocatoria de 3 plazas de Policía Local /01/ /001/ORN.PUB Decreto de reparación y conservación del muro pared a vía pública del solar sito en calle Molino de Viento del titular Dña. Ana Mª Hidalgo Parra /01/ /477/VAD Notificando decreto concesión vado en C/ Antonio Machado, nº /01/ /01/DES Decreto de solicitud de subvención del PAG 40 21/01/ /225/OBRA Concesión de Licencia de obra para la edificación sita en calle Abubilla nº 12 del titular D. Juan Evora Romero /01/ /005/OBRA Concesión de Licencia de obra para la edificación sita en calle San Juan nº 12 del titular D. Antonio Gómez Gálvez /01/ /226/OBRA Concesión de Licencia de obra para la edificación sita en calle La Jara nº 56 del titular D. Antonio Cuadri Valles /01/ /007/OBRA Concesión de Licencia de obra para la edificación sita en calle Fernando Belmonte, 4 del titular D. Manuel Vallez Silvan /01/ /136/OBRA Concesión de Licencia de uso del local destinado a Salas Velatorias sita en calle Moguer s/n del titular D. Jose Luis Garrido Mora /01/ /025/SGR/PERS Iniciar expediente informativo a fin de comprobar los siguientes hechos: presunta pasividad de los Agentes de servicio ante las llamadas de los vecinos por los daños que estaban sufriendo como consecuencia del temporal de aguas y lluvias de la 18

19 Nº Fecha Orden Resolución Expediente Origen Resumen Resolución madrugada del día 23 de diciembre pasado /01/ /003/VAD Decreto concesión de vado en garaje sito en C/ Francisco de Quevedo (trasera C/ 1º de Mayo) 47 27/01/ /004/OBRA Concesión de Licencia de obra para la edificación de una nave de aperos en la finca Polígono 7 de la Parcela 16 de la Fuente de la Corcha., del titular D. Juan Antonio Pino Vallejo 48 27/01/ /2010/DES Decreto-Resolución solicitando las subvenciones de deporte de Infraestructura y Equipamiento deportivo 49 28/01/2010 Acceder a la permuta entre Policías Locales: Miguel Escala Raposo, de Trigueros, con Juan Luís González Rodríguez, de Beas /01/ /136/SGR Reconociendo responsabilidad patrimonial administración en la reclamación de daños efectuada por D. Jerónimo Romero Garrido, así como la terminación convencional del procedimiento mediante el pago de euros en concepto de daños /02/ /004/VAD Decreto concesión vado en C/ Antonio Machado, nº /02/ /009/OBRA Concesión de Licencia de obra para la edificación sita en calle Primero de Mayo, 39 del titular D. Andrés Rodríguez Rodríguez /02/ /019-1/SGR Concediendo Licencia sobre Tenencia de animales potencialmente peligros al vecino de esta villa D. Francisco Javier Blas Contioso con D.N.I. 75,549,903-D /02/ /226/SGR Elevación a DEFINITIVA de la adjudicación provisional a MASESUR del suministro de una Barredora /02/ /038/VAD Decreto concesión de vado en C/ Cabezo Alto,nº /02/ /006/OBRA Concesión de Licencia de obra para la edificación sita en calle Andalucia nº 3 del titular D. Manuel Arroyo Cruzado /02/ /008/OBRA Concesión de licencia de obra para la edificación sita en calle Mesones, 14 del titular Dña. Dolores Sánchez Montiel /02/ /011/OBRA Concesión de Licencia de obra para el cerramiento de solar en calle Molino de Viento s/n del titular D. Cristóbal Pérez Toscano 59 05/02/ /010/OBRA Concesión de Licencia de obra para la edificación sita en calle General Juan Garrido con esquina a c/ Molino Campo por el titular D. Jose Antonio Benitez Delgado 60 08/02/ /226/OBRA Decreto Resolución sobre la devolución de las tasas de ICO y Tasas de obras por error administrativo del titular Dña. Luciana de los Reyes Bayo /02/ /003/ACT. Resolución Alcaldía sobre la autorización para la celebración de una fiesta durante los días 13 al 14 de Febrero con motivo de la celebración de la fiesta de San Valentín y Carnaval, por el establecimiento Arcos II, del titular D. Fco.Javier y Fernando Gónzalez Cuadri /02/ /001/INT Acordando aprobación prórroga presupuesto 2009 para el ejercicio del /02/ /012/OBRA Concesión de Licencia de obra para la reposición de cubierta en la edificación sita en calle Carpinteros nº 50 del titular D. Indalecio Salas Sánchez /02/ /035/SGR Acordando solicitar subvención Consej. Agricultura arreglo de caminos, en base a la Orden de , como consecuencia de las torrenciales lluvias de Dicbre/09 y Enero/ /02/ /028/ACT Decreto-Resolución de Alcaldía sobre la concesión de Licencia 19

20 Nº Fecha Orden Resolución Expediente Origen Resumen Resolución de apertura de la actividad destinada a Parafarmacia en calle La Jara nº 19 del titular Dña. Juana Marquez Martin /02/ /002/ACT Decreto-Resolución sobre la concesión de Licencia de apertura para la actividad destinada a Zapatería en calle La Jara nº 10 del titular Dña. Silvia Mª Moreno Martin /02/ /13/OBRA Concesión de Licencia de obra para el cerramiento de finca en el Palmar de Potros del Polígono 14/ Parcela 142 del titular Dña. Josefa Cárdenas Carrascal /02/ /021/ACT Decreto-Resolución sobre el cierre de la actividad destinada a Bar con Música en calle Moguer con Polg. Empresarial Molino de Viento del titular D. Jorge Luis Sánchez Ramos /02/ /086/SGR Declarar válida la licitación y adjudicar provisionalmente la concesión administrativa de uso privativo, y explotación, de QUIOSCO-BAR DEL PARQUE PÚBLICO MUNICIPAL EL PACÍFICO, calificado como bien de dominio público, a Dª ANA MARTA BANDA GARRIDO, con N.I.F. nº T, por el precio total de euros /02/ /218/SGR Suspender temporalmente la licencia de actividad del Salón de Celebraciones "El Parral" /02/2010 vados Denegando solicitud presentada por Pedro Sánchez Constanzo, sobre línea amarilla en la puerta de la clínica sita en C/ Molino Campo, nº /02/ /016/OBRA Concesión de Licencia de obra para el derribo del inmueble sito en calle Nueva nº 11 del titular Const. Y Promoc. García Valenciano S.L /02/ /002/INT Generación de créditos por ingresos (FEESL/2010), por importe de ,93 euros, para la ejecución de varios proyectos de obras y servicios sociales /02/ /020/SGR/Subexpte0, /02/ /020/SGR/Subexpte /02/ /020/SGR/Subexpte 1 Adjudicación contrato menor de servicios de INGENIERÍA PARA LA REDACCIÓN DE PROYECTOS TÉCNICOS DE RENOVACIÓN, MEJORA Y OPTIMIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES MUNICIPALES DE ALUMBRADO EXTERIOR E INTERIOR DE TRIGUEROS, obra acogida al FEESL. Adjudicación contrato menor de servicios de INGENIERÍA PARA LA DIRECCIÓN DE OBRAS DE RENOVACIÓN, MEJORA Y OPTIMIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES MUNICIPALES DE ALUMBRADO EXTERIOR E INTERIOR DE TRIGUEROS, obra acogida al FEESL. Iniciar el procedimiento de adjudicación del contrato de obras consistentes en RENOVACIÓN, MEJORAS Y OPTIMIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES MUNICIPALES DE ALUMBRADO EXTERIOR E INTERIOR DE TRIGUEROS, por los motivos que justifican su solicitud del F.E.E.S.L. y su autorización por el MPT, por procedimiento negociado sin publicidad y tramitación urgente /02/ /008/SEGREG Decreto Resolución de la concesión de Licencia de Segregación en la finca sita del Polg. 42/ Parcela 5 del titular D. José Lorenzo Vázquez y Doroteo Romero Sánchez /02/ /020/SGR/Subexpte 2 Iniciar el procedimiento de adjudicación del contrato de obras consistentes en SUSTITUCIÓN DEL SANEAMIENTO Y ABASTECIMIENTO DE LA CALLE MOGUER (TRAMO), por los motivos que justifican su solicitud del F.E.E.S.L. y su 20

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