PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA PLAN PRIVADO DE JUBILACION PRIMA UNICA
|
|
- Andrés Torregrosa Valdéz
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 FORMA Nº CGPPPJPU PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA PLAN PRIVADO DE JUBILACION PRIMA UNICA CONDICIONES GENERALES DEL PRODUCTO Conste por el presente documento las Condiciones Generales del Producto PLAN PRIVADO DE JUBILACION PRIMA UNICA ofrecido por LA COMPAÑÍA, según los términos y condiciones siguientes: Artículo 1º DEFINICIONES: A efectos del presente Seguro se entenderá por: 1. CAPITAL GARANTIZADO: Suma Asegurada de la Póliza, que se estipula en las Condiciones Particulares y/o las Condiciones Especiales y endosos. 2. CERTIFICADO DE REVALORIZACIÓN: Documento emitido por LA COMPAÑÍA que refleja el monto obtenido por la Póliza por concepto de bono anual por Participación de Utilidades. 3. CONDICIONES DE ASEGURABILIDAD: Requisitos establecidos por LA COMPAÑÍA para considerar que el solicitante del seguro puede ser cubierto por la Póliza atendiendo al riesgo que representa. 4. PARTICIPACIÓN DE UTILIDADES: Beneficio de la Póliza, mediante el cual participa de parte del rendimiento obtenido por LA COMPAÑÍA por la inversión de las Reservas Matemáticas de los seguros de Vida Individual. 5. PRÉSTAMO: Disposición sobre la Suma Asegurada a que tiene derecho El Contratante conforme las disposiciones que se detallan en el presente documento y en las Condiciones Particulares de la Póliza, en las Condiciones Especiales y/o Endosos de la Póliza. El ejercicio del Préstamo mantiene vigente la Póliza. 6. PRODUCTO DE SEGURO: Seguro de vida PLAN PRIVADO DE JUBILACION PRIMA UNICA materia de las presentes Condiciones Generales de Producto, cuyas características respecto de las Coberturas, Sumas Aseguradas y Condiciones ofrecidas se detallan en el presente documento y en las Condiciones Particulares de La Póliza, en las Condiciones Especiales y/o Endosos de la Póliza. Cód.:
2 7. RESCATE: Disposición sobre la Suma Asegurada a que tiene derecho El Contratante, conforme las disposiciones que se detallan en el presente documento y en las Condiciones Particulares de la Póliza, en las Condiciones Especiales y/o Endosos de la Póliza. El ejercicio del Rescate resuelve de forma automática la Póliza. Artículo 2 CONDICIONES DE ASEGURABILIDAD: a) Edad: podrá ser ASEGURADO, la persona natural mayor de 18 años y menor de 70 años a la fecha de suscripción de la solicitud de seguro. Se considera como cumplido un año más de vida si a la fecha de suscripción de la Solicitud, han transcurrido seis o más meses desde la fecha de nacimiento. b) Riesgo: Para ser incluido en el Seguro, el solicitante deberá completar el cuestionario que establezca LA COMPAÑÍA. Artículo 3 OBJETO DEL SEGURO: Por el presente Contrato, LA COMPAÑÍA se obliga a pagar al(los) Beneficiario(s) designado(s) que se estipula(n) en las Condiciones Particulares y/o las Condiciones Especiales y endosos, las siguientes prestaciones: A) Capital de Supervivencia: Si el ASEGURADO vive al vencimiento del Contrato, LA COMPAÑÍA pagará el Capital Garantizado obtenido como la suma de: i. El Capital Garantizado al vencimiento, especificado en las Condiciones Particulares de la Póliza. ii. Las revalorizaciones de la capital asignadas hasta ese momento a la Póliza, según Cláusula de Participación de Utilidades. Para efectos de la prestación de Supervivencia ofrecida por el presente producto, se considera como Beneficiario al Contratante, salvo indicación expresa en contrario. B) Capital de Fallecimiento: en caso de fallecimiento del ASEGURADO durante la vigencia de la Póliza, LA COMPAÑÍA pagará un capital obtenido como suma de: i. La prima única neta del seguro pagada. ii. Las provisiones matemáticas de las revalorizaciones de capital asignadas hasta ese momento, según Cláusula de Participación de Utilidades. Artículo 4 PLAZO DEL SEGURO: El presente contrato es de duración temporal, manteniéndose vigente la cobertura 2
3 del seguro siempre que se cumpla con el pago de la prima correspondiente. El plazo del Seguro y del periodo pactado para el pago de primas será establecido en las Condiciones Particulares de la Póliza. Artículo 5 PAGO DE LA PRIMA: El seguro principal se estipula mediante el pago de una prima única cuyo importe será establecido en las Condiciones Particulares de la Póliza, debiendo ser satisfecha por el Contratante al inicio del Contrato de seguro, en un solo pago. El pago de la prima única puede realizarse en cualquiera de las oficinas de LA COMPAÑÍA ubicadas en Lima y Provincias, detalladas en nuestra página web En todo lo no precisado en las presentes Condiciones Generales del Producto o en las Condiciones Particulares de la Póliza, rige lo indicado en las Cláusulas Generales de Contratación del Seguro de Vida Individual respecto del monto y pago de la prima así como de la rehabilitación. Artículo 6 VALORES GARANTIZADOS: El Contratante tiene derecho a los valores de Rescate y Préstamo que se establezcan en las Condiciones Particulares de La Póliza, en las Condiciones Especiales y/o Endosos de la Póliza, una vez transcurridos dos años contados desde el inicio de vigencia del contrato, siempre que las primas de dichas anualidades hubiesen sido pagadas. Queda convenido que estas prestaciones se otorgarán siempre y cuando viva el ASEGURADO. 6.1 RESCATE: El Contratante podrá solicitar a LA COMPAÑÍA el Rescate de su Póliza, siempre que hubiesen transcurrido al menos dos años desde la fecha de inicio de vigencia del Contrato. LA COMPAÑÍA pagará al Contratante la suma que se indica en el cuadro de Valores Garantizados de las Condiciones Particulares correspondiente al número de anualidades completas transcurridas anteriores a la fecha de la solicitud de Rescate. El ejercicio del Rescate da lugar a la Resolución del contrato, quedando LA COMPAÑÍA liberada de cualquier obligación con respecto a la Cobertura del seguro. Para efectos del ejercicio del Rescate, el Contratante deberá presentar una solicitud por escrito, dirigida a LA COMPAÑÍA, acompañada de copia de su 3
4 documento de identidad. LA COMPAÑÍA se pronunciará en un plazo máximo de 30 días. 6.3 PRÉSTAMO: El Contratante podrá solicitar a LA COMPAÑÍA préstamos con garantía de la Suma Asegurada de su Póliza, siempre que hubiesen transcurrido al menos dos años desde la fecha de inicio de vigencia del Contrato. Para efectos del ejercicio del Préstamo, el Contratante deberá presentar una solicitud por escrito, dirigida a LA COMPAÑÍA, acompañada de copia de su documento de identidad. LA COMPAÑÍA se pronunciará en un plazo máximo de 30 días Los Préstamos tienen como límite el valor de Rescate que tenga la Póliza para las anualidades transcurridas anteriores a la fecha de la solicitud. Los Préstamos están sujetos al pago de un interés anual equivalente al interés técnico que se especifica en las Condiciones Particulares, más tres puntos porcentuales. LA COMPAÑÍA efectuará el cobro anticipado de la primera anualidad de intereses con el desembolso del préstamo. El Contratante se obliga a devolver el préstamo más los intereses que se generen hasta la fecha de su cancelación total. En caso de falta de pago del préstamo al fallecimiento del ASEGURADO o a la fecha de la solicitud de Rescate, LA COMPAÑÍA deducirá de la Suma Asegurada de la Póliza el préstamo pendiente de pago más los intereses correspondientes. En caso se haya otorgado un Préstamo y la Póliza mantenga 180 días de prima pendiente de pago contados desde el vencimiento de la obligación, se procederá al Rescate automático del valor que corresponda a las anualidades transcurridas y pagadas, según el cuadro de Valores Garantizados incluido en las Condiciones Particulares de la Póliza. LA COMPAÑÍA descontará del valor de Rescate, el monto del Préstamo pendiente de pago más los intereses correspondientes. Artículo 7 PARTICIPACIÓN DE UTILIDADES: Esta Póliza participará cada año, en el 90% (noventa por ciento) de los resultados positivos que produzca la inversión de las Reservas Matemáticas de todos los contratos de Seguro de Vida Individual con derecho a dicha participación, vigentes al 31 de Diciembre de cada ejercicio. La Participación en las Utilidades de las inversiones es proporcional a las Reservas Matemáticas de la Póliza al 31 de diciembre de cada año. Artículo 8 MODO DE OTORGAR LAS UTILIDADES: La Participación de Utilidades se realiza anualmente sobre el ejercicio vencido anterior y se materializa a través de un Bono que incrementa la Suma Asegurada de la Póliza. 4
5 LA COMPAÑÍA hará llegar al Contratante un Certificado de Revalorización mediante el cual se cuantifica el importe del Bono Anual por Participación de Utilidades asignado a la Póliza, correspondiente al ejercicio anterior. 8.1 RESCATE: En caso de Rescate, el Contratante tendrá derecho al 85% (ochenta y cinco por ciento) de las Reservas Matemáticas constituidas sobre las revalorizaciones de capital asignadas a la póliza hasta la fecha de la solicitud de Rescate. 8.2 PRÉSTAMO: El Contratante tendrá derecho a Préstamo sobre las revalorizaciones de capital ya efectuadas, teniendo como límite el valor de rescate. En los casos en que solicite Préstamo, a los efectos de la asignación y cálculo de las posteriores utilidades se descontará de la Reserva Matemática que corresponda a esa Póliza el importe medio ponderado del Préstamo bruto concedido. Artículo 9 SEGUROS COMPLEMENTARIOS: Este seguro no tiene Seguros Complementarios Artículo 10 EXCLUSIONES Se deja constancia que, contrariamente a lo establecido en el Artículo 7 de las Cláusulas Generales de Contratación del Seguro de Vida Individual, a la presente Póliza le son de aplicación únicamente las siguientes causales de exclusión: a) Consecuencia directa o indirecta de fisión o fusión nuclear, reacción nuclear o contaminación radioactiva que no corresponda a tratamientos médicos. b) Guerra civil o internacional (declarada o no) o servicio militar o policial de cualquier índole. c) La participación del ASEGURADO como conductor o acompañante en carreras o ensayos de velocidad o resistencia de automóviles, motocicletas, lanchas a motor, avionetas o similares, incluyendo carreras de entretenimiento. Artículo 11 APLICACIÓN DE LAS CLÁUSULAS GENERALES DE CONTRATACIÓN DEL SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL: En todo lo no precisado en las presentes Condiciones Generales del Prodcuto, rige 5
6 lo indicado en las Cláusulas Generales de Contratación del Seguro de Vida Individual. Artículo 12 OPCIONES AL VENCIMIENTO: Al vencimiento del contrato especificado en las Condiciones Particulares de la Póliza, los Beneficiarios podrán optar por recibir el capital correspondiente en ese momento o transformar la totalidad o parte del mismo en una Renta Temporal o Vitalicia, cuyo monto y forma se obtendrá de aplicar las tarifas de rentas y condiciones de contratación que LA COMPAÑÍA tenga vigentes en ese momento ****
7 PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA PLAN PRIVADO DE JUBILACION PRIMA UNICA RESUMEN El siguiente texto es un resumen informativo de las condiciones del producto SEGURO DE VIDA PLAN PRIVADO DE JUBILACION PRIMA UNICA. Las definiciones, alcances, coberturas y condiciones del seguro se encuentran detalladas en las Cláusulas Generales de Contratación del Seguro de Vida Individual y en Las Condiciones Generales, Especiales y Particulares de la póliza de seguro. El presente seguro presenta obligaciones a cargo del usuario, cuyo incumplimiento podría afectar el pago de la indemnización o prestaciones a las que tendría derecho. 1. RIESGOS CUBIERTOS: LA COMPAÑÍA se obliga a pagar a Los Beneficiarios las prestaciones de la póliza, conforme artículo 2 de las Cláusulas Generales de Contratación del Seguro de Vida Individual, al Artículo 3 de las Condiciones Generales del Producto y a las Condiciones Particulares. 2. CONDICIONES DE ASEGURABILIDAD: de acuerdo con lo establecido en el Artículo 2 de las Condiciones Generales del Producto, podrá ser ASEGURADO, la persona natural mayor de 18 años y menor de 70 años a la fecha de suscripción de la solicitud de seguro. El solicitante deberá completar el cuestionario que establezca LA COMPAÑÍA. 3. PRIMAS: El pago de la prima única puede realizarse en cualquiera de las oficinas de LA COMPAÑÍA ubicadas en Lima y Provincias, detalladas en nuestra página web 4. EXCLUSIONES: Contrariamente a lo establecido en el Artículo 7, Riesgos Excluidos de las Cláusulas Generales de Contratación del Seguro de Vida Individual, a la presente Póliza le son de aplicación únicamente las siguientes causales de exclusión: a) Consecuencia directa o indirecta de fisión o fusión nuclear, reacción nuclear o contaminación radioactiva que no corresponda a tratamientos médicos. b) Guerra civil o internacional (declarada o no) o servicio militar o policial de cualquier índole. c) La participación del ASEGURADO como conductor o acompañante en carreras o ensayos de velocidad o resistencia de automóviles, motocicletas, lanchas a motor, avionetas o similares, incluyendo carreras de entretenimiento. 1
8 5. CAUSALES DE RESOLUCIÓN Y NULIDAD DEL CONTRATO: Según lo detallado en el Artículo 11 de las Cláusulas Generales de Contratación del Seguro de Vida Individual, EI Contratante podrá resolver el presente contrato mediante comunicación escrita dirigida a LA COMPAÑÍA con 30 (treinta) días de preaviso. La resolución termina las obligaciones de LA COMPAÑÍA respecto a la cobertura del seguro y del Contratante respecto al pago de las primas. La resolución del contrato bajo estas condiciones no genera devolución de primas. Es nulo el contrato de seguro en caso de declaración inexacta o de omisión, simulación o falsedad en las declaraciones del Contratante o del ASEGURADO, estando a lo dispuesto en el Artículo 11 de las Cláusulas Generales de Contratación del Seguro de Vida Individual. 6. PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIÓN DE SINIESTROS: Según lo detallado en el artículo 14 de las Cláusulas Generales de Contratación del Seguro de Vida Individual, el solicitante deberá presentar: a) Certificado Médico de Defunción que indique causa de fallecimiento. b) Partida o Acta de Defunción del ASEGURADO. c) DNI del ASEGURADO. d) DNI de los Beneficiarios y/o partida de nacimiento de los beneficiarios que carezcan de DNI. e) Declaración de Beneficiarios de la Póliza. En aquellos casos en que no exista designación de beneficiarios, se deberá presentar testimonio y copia literal de la inscripción definitiva del Testamento o Sucesión Intestada. En caso que el siniestro se produzca a consecuencia de un accidente, se deberán presentarse adicionalmente los siguientes documentos: - Atestado Policial o Parte Policial completo. - Protocolo de Necropsia. - Dosaje Etílico. - Resultado del examen toxicológico. La solicitud de cobertura puede presentarse en cualquiera de las oficinas de LA COMPAÑÍA ubicadas en Lima y Provincias, detalladas en nuestra página web 7. PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIÓN DE RECLAMOS: El indicado en el Artículo 18º de las Cláusulas Generales de Contratación del Seguro de Vida Individual. Medios habilitados para presentar reclamos y/o denuncias: 2
9 Superintendencia de Banca, Seguros y AFP Jr. Junín N 270, Lima 01. Teléfonos: (511) INDECOPI Calle de la Prosa 104, San Borja Teléfonos: (Lima) o (provincias) Defensoría del ASEGURADO Calle Arias Aragüez 146, San Antonio Miraflores, Lima Perú Telefax: AREAS ENCARGADAS DE RECLAMOS: De acuerdo con lo indicado en el Artículo 17 de las Cláusulas Generales de Contratación del Seguro de Vida Individual: Consultas: Carta dirigida al Presidente del Grupo Mapfre (en papel membretado en caso de ser persona jurídica), indicando: tipo de solicitante(*), nombre completo, documento de identidad, domicilio, teléfono, correo electrónico, número de Póliza, número del siniestro de ser el caso, nombre del producto/servicio afectado, una breve explicación clara y precisa de la consulta y/o hecho reclamado y documentos que adjunta. (*) Tipo de solicitante (Contratante, ASEGURADO, Beneficiario, Corredor u otro: Especificar). A través de la página Web de MAPFRE Perú, enlazándose al link Atención de Consultas y/o Reclamos. Oficina Principal de LA COMPAÑÍA: Av. 28 de Julio 873, Miraflores, Lima 18, Perú, teléfono (En Lima) y (en Provincia). Página Web: Reclamos y/o Quejas: Carta dirigida al Presidente del Grupo Mapfre (en papel membretado y firma del representante legal, en caso de ser persona jurídica), indicando: tipo de solicitante(*), nombre completo, documento de identidad, domicilio, teléfono, correo electrónico, número de Póliza, Nº siniestro de ser el caso, nombre del Producto/servicio afectado, una breve explicación clara y precisa del hecho reclamado y documentos que adjunta. 3
10 Libro de Reclamaciones Virtual en cualquiera de las oficinas a nivel nacional de LA COMPAÑÍA. Podrá adjuntar de ser el caso documentos que sustentan su reclamo y/o queja. A t r a v é s d e l a p á g i n a W e b d e M A P F R E P e r ú enlazándose al link de Libro de Reclamaciones (Reclamos y/o Queja). 9. DEFENSA DEL ASEGURADO: La Defensoría opera en: Arias Aragüez 146, San Antonio Miraflores, Lima - Perú Telefax: MECANISMO DE SOLUCION DE CONTROVERSIAS: Todo litigio, controversia, desavenencia o reclamación resultante, relacionada o derivada de este acto jurídico o que guarde relación con él, serán resueltas mediante arbitraje de derecho. El laudo será definitivo e inapelable, de conformidad con los reglamentos arbitrales del Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima a cuyas normas, administración y decisión se someten las partes en forma incondicional, declarando conocerlas y aceptarlas en su integridad. Los costos y gastos del arbitraje, serán de cargo de la parte vencida. En caso el monto reclamado por el ASEGURADO no excediera las tres (3) UIT, éste podrá acudir a la vía judicial, para cuyo efecto, las partes se someten a la competencia. El laudo arbitral podrá ser revisado por el Poder Judicial, con arreglo a lo dispuesto en la Ley de Arbitraje (artículos 62 y 63 del D. Leg. 1071, normas modificatorias y/o sustitutorias) *****
11 5
12 Avenida 28 de Julio 873 Miraflores Lima, Perú T F Web / 1,000 SG CHIARELLA
SEGURO DE ASISTENCIA MÉDICA INTERNACIONAL PREVISOR PLAN D RESUMEN
MAPFRE PERU COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS. RUC: 20202380621 DIRECCIÓN: AV. 28 DE JULIO 873 MIRAFLORES TELÉFONO 213-7373 Página Web: http://www.mapfre.com.pe SEGURO DE ASISTENCIA MÉDICA INTERNACIONAL
Más detallesPÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA DEUDORES
PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA DEUDORES CONDICIONES GENERALES EQUIVIDA Compañía de Seguros y Reaseguros S. A. En adelante denominada la Compañía y el Contratante celebran este contrato por un (1) año,
Más detallesCONDICIONES GENERALES DE LA POLIZA DE SEGURO INDIVIDUAL DE PENSIONES
CONDICIONES GENERALES DE LA POLIZA DE SEGURO INDIVIDUAL DE PENSIONES Cláusula primera. Amparos. Old Mutual, bajo las estipulaciones y valores establecidos en la carátula de la póliza o en sus anexos, y
Más detallesSeguro Colectivo de Gastos Funerarios Condiciones Generales
Seguro Colectivo de Gastos Funerarios Condiciones Generales Zurich Vida Compañía de Seguros, SA Objeto La compañía se obliga a pagar los gastos por Servicios Funerarios hasta la suma asegurada contratada
Más detallesDISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 - Definiciones... 2. OBJETO Y GARANTÍAS DEL SEGURO Artículo 2 - Objeto del seguro... 3
ÍNDICE Página DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 - Definiciones......................................... 2 OBJETO Y GARANTÍAS DEL SEGURO Artículo 2 - Objeto del seguro.....................................
Más detallesSolicitud de Seguro Vehicular Auto Fácil Nº XXXXXX1
Solicitud de Seguro Vehicular Auto Fácil Nº XXXXXX1 DATOS DE LA COMPAÑÍA DE SEGUROS Razón Social Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros RUC 20202380621 Dirección Principal DATOS DEL CONTRATANTE /
Más detallesCONDICIONES ESPECIALES Y PARTICULARES SEGURO DE VIDA GRUPO DEUDORES
CONDICIONES ESPECIALES Y PARTICULARES SEGURO DE VIDA GRUPO DEUDORES 1. AMPAROS 1.1. FALLECIMIENTO POR CUALQUIER CAUSA La Compañía cubre el riesgo de muerte por cualquier causa de las personas amparadas
Más detallesINFORMACIÓN REFERIDA A BENEFICIOS, RIESGOS Y CONDICIONES DE CREDITOS
INFORMACIÓN REFERIDA A BENEFICIOS, RIESGOS Y CONDICIONES DE CREDITOS 1. Los mecanismos existentes para que el usuario notifique a la empresa cualquier operación de pago no autorizada o ejecutada de forma
Más detallesRESUMEN INFORMATIVO SEGURO FALABELLA MULTIPROTECCION DEFINICIONES
RESUMEN INFORMATIVO SEGURO FALABELLA MULTIPROTECCION DEFINICIONES Accidente: Suceso imprevisto, involuntario, repentino y fortuito, causado por medios externos y de un modo violento, que afecta el organismo
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO Artículo 1º. Para la celebración del seguro del Grupo, en los términos del artículo 191 de la Ley sobre el Contrato
Más detallesPÓLIZA DE SEGURO DE VIDA CONVIDA ORO
FORMA Nº CGPCO01122013 PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA CONVIDA ORO CONDICIONES GENERALES DEL PRODUCTO Conste por el presente documento las Condiciones Generales del Producto CONVIDA ORO ofrecido por LA COMPAÑÍA,
Más detallesPOLIZA DE SEGURO DE DESGRAVAMEN INDIVIDUAL CONDICIONES GENERALES
POLIZA DE SEGURO DE DESGRAVAMEN INDIVIDUAL CONDICIONES GENERALES El presente contrato forma parte del Registro Nacional de Información de Contratos de Seguros de Vida y de Accidentes Personales con cobertura
Más detallesMetaSegura Patrimonial Bancomer
BANCA PATRIMONIAL MetaSegura Patrimonial Bancomer Condiciones Generales 1. INSTITUCIÓN 3 2. CONTRATANTE 3 3. OBJETO DEL SEGURO 3 4. DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS 3 5. BENEFICIARIO IRREVOCABLE 3 6. FALTA
Más detallesInformativo Legal. Pensión de Invalidez. Qué es la Pensión de Invalidez? INVALIDEZ TRANSITORIA PARCIAL
Informativo Legal 2 Pensión de Invalidez Qué es la Pensión de Invalidez? Es el beneficio al que tienen derecho los afiliados declarados inválidos mediante dictamen de alguna de las comisiones médicas dependientes
Más detallesLIBERTY DINERSEGURO. Condiciones Generales
LIBERTY DINERSEGURO Condiciones Generales LIBERTYDINERSEGURO LE10DIS 11/13 11/13 LIBERTY SEGUROS, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. Domicilio Social: Paseo de las Doce Estrellas, 4, 28042 Madrid.
Más detallesCOBERTURA ADICIONAL DE CÁNCER FEMENINO. Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código CAD320140344
COBERTURA ADICIONAL DE CÁNCER FEMENINO Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código CAD320140344 Esta cobertura corresponde a un riesgo adicional, conforme se establece en las presentes Condiciones
Más detallesPÓLIZA DE CONTINUIDAD DE NEGOCIO CONDICIONES PARTICULARES
La Positiva Vida Seguros y Reaseguros Av. Javier Prado Este y Fco. Masías N 370, Tercer Piso San Isidro, Lima Perú RUC. : 20454073143 Telf.: (511) 513-0000 / Fax: (511) 513-0515 Póliza N : Código Registro
Más detallesSEGURO DE DESGRAVAMEN.
SEGURO DE DESGRAVAMEN. CREDINKA estableció que todos los productos activos otorgados a personas naturales requieren como condición para la contratación del respaldo de un seguro de desgravamen. 1 Para
Más detallesSEGURO DE DESGRAVAMEN
SEGURO DE DESGRAVAMEN CREDINKA estableció que todos los productos activos otorgados a personas naturales requieren como condición para la contratación del respaldo de un seguro de desgravamen. Qué es el
Más detallesREGLAMENTO DEL SERVICIO DE ATENCION AL CLIENTE DE ASOCIACION EUROPEA, CIA. DE SEGUROS, S.A.
REGLAMENTO DEL SERVICIO DE ATENCION AL CLIENTE DE ASOCIACION EUROPEA, CIA. DE SEGUROS, S.A. 1. Objeto y ámbito de aplicación El presente Reglamento para la Defensa del Cliente regula la actividad del Servicio
Más detallesSMV. Superintendencia del Mercado de Valores
BASES CONTRATACION DE LOS SERVICIOS DE BROKER SEGUNDA CONVOCATORIA 1. ASPECTOS GENERALES 1.1 ENTIDAD CONVOCANTE Entidad : - Domicilio Legal : Av. Santa Cruz 315 - Miraflores R.U.C. : 20131016396 E-mail
Más detallesAhorro Inteligente Bancomer. Condiciones Generales
Condiciones Generales 1. OBJETO DEL SEGURO 5 2. ASEGURADO 5 3. DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS 5 4. BENEFICIARIO IRREVOCABLE 5 5. FALTA DE DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS 5 6. BENEFICIO POR FALLECIMIENTO O SEGURO
Más detallesPÓLIZA COLECTIVA DE SEGURO DE VIDA
PÓLIZA COLECTIVA DE SEGURO DE VIDA 1801.-CONDICIONES GENERALES SEGURO COLECTIVO DE VIDA PRIMERA.- CONSTITUCIÓN DEL CONTRATO.- El Contrato de Seguro queda constituido por la Solicitud del Contratante, la
Más detallesCONDICIONES CONTRACTUALES DEL SERVICIO TELEFÓNICO FIJO
CONDICIONES CONTRACTUALES DEL SERVICIO TELEFÓNICO FIJO 1. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO 1.1. El servicio telefónico que suministra Telefónica Chile S.A. (TCH), en adelante el Servicio, consiste en un servicio
Más detallesCuestionario Individual de Responsabilidad Civil de Administradores y Altos Cargos
SOLICITUD DE SEGURO Cuestionario Individual de Responsabilidad Civil de Administradores y Altos Cargos Se ruega leer estas notas orientadoras antes de rellenar el Cuestionario. 1. El Cuestionario se refiere
Más detallesContrato Marco para Factoring Electrónico - Proveedor
Contrato Marco para Factoring Electrónico - Proveedor Conste por el presente documento el Contrato Marco para realizar operaciones de Factoring Electrónico que suscriben de una parte, BANCO INTERNACIONAL
Más detalles[Escriba texto] P-DV-01-D-18-V1 CONDICIONES GENERALES PÓLIZA DE SALDOS DEUDORES
P-DV-01-D-18-V1 CONDICIONES GENERALES PÓLIZA DE SALDOS DEUDORES I. CONTRATO Estas Condiciones Generales, la solicitud de seguro, los consentimientos, los listados de asegurados proporcionados por el Contratante,
Más detallesPOLIZA DE SEGURO DE VIDA GLOBAL PROTECCIÓN GARANTIZADA TEMPORAL CINCO AÑOS RENOVABLE
POLIZA DE SEGURO DE VIDA GLOBAL PROTECCIÓN GARANTIZADA TEMPORAL CINCO AÑOS RENOVABLE Global Seguros de Vida S. A., quien en adelante se denominará Global Seguros para todos los efectos del actual contrato,
Más detallesCONDICIONES GENERALES POLIZA DE SEGURO DE VIDA EN GRUPO
CONDICIONES GENERALES POLIZA DE SEGURO DE VIDA EN GRUPO Art. 1: Cobertura.- Por el presente contrato, la Compañía asume la cobertura del riesgo principal de muerte y de los riesgos complementarios indicados
Más detallesREGLAMENTO DE PRESTACIONES ASEGURADORAS O DE SEGUROS CAPITULO I REGIMEN JURIDICO, FUNDAMENTO Y PRINCIPIO DE LAS PRESTACIONES Y COTIZACIONES
REGLAMENTO DE PRESTACIONES ASEGURADORAS O DE SEGUROS CAPITULO I REGIMEN JURIDICO, FUNDAMENTO Y PRINCIPIO DE LAS PRESTACIONES Y COTIZACIONES Artículo 1. El presente Reglamento se rige por lo dispuesto en
Más detallesANEXO PARA PÓLIZA DE DESEMPLEO PARA TARJETAS DE CRÉDITO MOMENTOS DE VIDA 03/12/2012-1327-A-24-DS-0000000000005
ANEXO PARA PÓLIZA DE DESEMPLEO PARA TARJETAS DE CRÉDITO MOMENTOS DE VIDA CONDICIONES GENERALES CONDICIÓN PRIMERA. - AMPARO DE MOMENTOS DE VIDA. Ante la ocurrencia al ASEGURADO de alguno de los eventos
Más detallesGENERALI PIAS. Condiciones Generales y Condiciones Generales Específicas
GENERALI PIAS Condiciones Generales y Condiciones Generales Específicas GENERALI PIAS Plan Individual de Ahorro Sistemático 60590 / 08 / GEN Condiciones Generales y Condiciones Generales Específicas Índice
Más detallesREGISTRO ESPECIAL PARA EL SEGURO DE VIDA TEMPORAL A UN AÑO, DEL RAMO DE VIDA GRUPO
REGISTRO ESPECIAL PARA EL SEGURO DE VIDA TEMPORAL A UN AÑO, DEL RAMO DE VIDA GRUPO CLÁUSULA Interés Moratorio CLÁUSULA ACTUAL CON ARTÍCULO/REFERENCIA LEGAL DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y SOCIEDADES
Más detallesREGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE. Deberes de información de Iberia Cards con sus clientes
REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE ARTÍCULO 1º Deberes de información de Iberia Cards con sus clientes 1. La actuación del Departamento de Atención al Cliente se rige por la Orden ECO/734/2004,
Más detallesCONDICIONES GENERALES DE LA PÓLIZA UNIVIDA ALPHA
CONDICIONES GENERALES DE LA PÓLIZA UNIVIDA ALPHA 1. CONTRATO La solicitud de seguro, conjuntamente con las declaraciones que se le adicionen en hojas adjuntas, las solicitudes de cambios que se hagan a
Más detallesPROCEDIMIENTOS DE LIQUIDACIÓN Y FACTURACIÓN 12.1 Introducción
RESOLUCIÓN 157-09 EL ADMINISTRADOR DEL MERCADO MAYORISTA CONSIDERANDO: Que el Artículo 44 del Decreto 93-96 del Congreso de la República, Ley General de Electricidad, determina la conformación del Ente
Más detallesCuestionario de Responsabilidad Civil de Administradores y Altos Cargos
SOLICITUD DE SEGURO Cuestionario de Responsabilidad Civil de Administradores y Altos Cargos Se ruega leer estas notas orientadoras antes de rellenar el Cuestionario. 1. El Contrato de Seguro ampara las
Más detallesACUERDO No. 264 Agosto 18 de 2009. Por el cual se modifica y reglamenta el Fondo Mutual de Previsión, Asistencia y Solidaridad de COOVITEL.
ACUERDO No. 264 Agosto 18 de 2009 Por el cual se modifica y reglamenta el Fondo Mutual de Previsión, Asistencia y Solidaridad de COOVITEL. CONSIDERANDO 1.- Que la XLIII, Asamblea General Ordinaria de Delegados
Más detallesSEGURO COLECTIVO TEMPORAL DE VIDA. Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 2 92 098.
SEGURO COLECTIVO TEMPORAL DE VIDA Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 2 92 098. CONDICIONES GENERALES ARTICULO 1º DEFINICION DE LA COBERTURA En los términos de la presente póliza, el
Más detallesRESUMEN INFORMATIVO DE LA PÓLIZA DE SEGURO DE AGENTES DE ADUANAS
RESUMEN INFORMATIVO DE LA PÓLIZA DE SEGURO DE AGENTES DE ADUANAS PRINCIPALES RIESGOS CUBIERTOS Cubre los riesgos especificados en las Condiciones Particulares de la Póliza, en los términos señalados en
Más detallesSEGURO VIDA RENTA BBVA (SEGURO DE VIDA CON DEVOLUCIÓN) CONDICIONADO GENERAL VIDA RENTA BBVA AGOSTO 201501 PARTE B
El presente contrato forma parte del Registro Nacional de Información de Contratos de Seguros de Vida y de Accidentes Personales con cobertura de fallecimiento o de muerte accidental, creado mediante Ley
Más detallesINFORMACION ADICIONAL PRODUCTOS ACTIVOS.
INFORMACION ADICIONAL PRODUCTOS ACTIVOS. 1. Procedimiento para la cancelación total de créditos. CREDINKA comunica a sus clientes, que están facultados a realizar, en cualquier momento, las cancelaciones
Más detallesREGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO ( 1º. al 26º )
REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO ( 1º. al 26º ) Art. 1o.- Bases del Seguro de Grupo. Para la celebración del seguro de grupo, en los términos del artículo 191 de la LCS, el contratante deberá solicitar un
Más detallesHOJA RESUMEN DE CRÉDITO HIPOTECARIO
HOJA RESUMEN DE CRÉDITO HIPOTECARIO Ley Nº 29571 - Ley Nº 28587 - Resolución SBS Nº 8181-2012 EL CLIENTE declara haber sido informado y haber recibido explicación detallada sobre las tasas de interés,
Más detallesSERIE SEGUBECA UDI CONDICIONES GENERALES
SERIE SEGUBECA UDI CONDICIONES GENERALES Póliza No.: Expedido a Nombre de: OBJETO DEL SEGURO SEGUROS MONTERREY NEW YORK LIFE, S.A. DE C.V., denominada en adelante la Institución, pagará al Beneficiario
Más detallesREGLAMENTO PARA LA DEFENSA DEL CLIENTE, REGULADOR DE LA ACTIVIDAD DEL SERVICIO DE ATENCION AL CLIENTE DE LA ESTRELLA SA DE SEGUROS Y REASEGUROS.
REGLAMENTO PARA LA DEFENSA DEL CLIENTE, REGULADOR DE LA ACTIVIDAD DEL SERVICIO DE ATENCION AL CLIENTE DE LA ESTRELLA SA DE SEGUROS Y REASEGUROS. 1.- OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN. El presente Reglamento
Más detallesLos ámbitos de aplicación de estas becas corresponden a las áreas académicas de la ESCUELA AGRÍCOLA PANAMERICANA ZAMORANO.
CONVOCATORIA BECAS 2.008 HONDURAS Acuerdo de la Fundació Marfà por el cual se convocan 4 becas para realizar estudios de formación superior universitaria en la UNIVERSIDAD AGRÍCOLA PANAMERICANA ZAMORANO
Más detallesCertificación de Productos Condiciones de certificación de calidad de playas
Certificación de Productos Condiciones de Certificación de Calidad de Playas Clave EPPr13 1. OBJETIVO Página 1 de 5 Establecer las condiciones bajo las cuales el IMNC otorga, mantiene, amplia, reduce,
Más detallesBien futuro Bien terminado
Fecha de vigencia: 01 de Febrero del 2014 HOJA RESUMEN DE NUEVO CRÉDITO MIVIVIENDA Ley Nº 29571 - Ley Nº 28587 - Resolución SBS Nº 8181-2012 EL CLIENTE declara haber sido informado y haber recibido explicación
Más detallesREGLAMENTO DE LA CAMARA DE MEDIACION DE LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE ARBITRAJE
REGLAMENTO DE LA CAMARA DE MEDIACION DE LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE ARBITRAJE 1.- Principios que regirán la mediación La mediación que se lleva a cabo por la CM (Cámara de Mediación), conforme al presente
Más detalles[Preámbulo] CAPÍTULO I Disposiciones generales
BORRADOR DE PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE DESARROLLA LA LEY 20/2005, DE 14 DE NOVIEMBRE DE 2005, SOBRE LA CREACIÓN DEL REGISTRO DE CONTRATOS DE SEGUROS DE COBERTURA DE FALLECIMIENTO [Preámbulo]
Más detallesCONDICIONES GENERALES DEL SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL. ( Moneda Nacional)
CONDICIONES GENERALES DEL SEGURO. ( Moneda Nacional) I.DEFINICIONES ASEGURADO Es la persona física amparada en este contrato bajo las coberturas, beneficios y cláusulas adicionales indicadas en la carátula
Más detallesC O N T R A T O DE S E R V I C I O DE RE C O B RO
C O N T R A T O DE S E R V I C I O DE RE C O B RO ENTRE: Nombre: Dirección: CP: CIF/Compaña Nombre: Teléfono: Email: En adelante, el Cliente. Y D. CARLOS MAZÓN GUIXOT, con DNI nº 52.779.507 G, en calidad
Más detallesCONDICIONADO GENERAL SEGURO DE VIDA GRUPO COMPLEMENTARIO CÓDIGO SBS VI2027200121
CONDICIONADO GENERAL SEGURO DE VIDA GRUPO COMPLEMENTARIO CÓDIGO SBS VI2027200121 CONDICIONES GENERALES SEGURO DE VIDA GRUPO COMPLEMENTARIO Artículo N 1. DEFINICIONES Asegurado: Persona natural que es trabajadora
Más detallesRIESGOS Y CONDICIONES DE PRODUCTOS HIPOTECARIOS
RIESGOS Y CONDICIONES DE PRODUCTOS HIPOTECARIOS 1. Levantamiento de Garantía Usted puede solicitar al Banco la emisión de la minuta de levantamiento de la garantía, la misma que no tiene costo de acuerdo
Más detallesPLAN DE PREVISION GEROKOA MONETARIO REGLAMENTO
PLAN DE PREVISION GEROKOA MONETARIO REGLAMENTO Marzo 2011 DISPOSICIONES PREVIAS Artículo 1. Los Planes de Previsión de Gerokoa E.P.S.V. Al objeto de alcanzar los fines descritos en el artículo 4 de los
Más detalles1 IMPORTANTE Al tomar una póliza de seguro es necesario tener en cuenta que como Asegurado tiene derechos y deberes, los que pueden ejercerse y exigirse a partir del momento en que se efectúa la oferta
Más detallesSEGURO GRUPO Y COLECTIVO DE VIDA CLAUSULAS GENERALES
SEGURO GRUPO Y COLECTIVO DE VIDA CLAUSULAS GENERALES I. DEFINICIONES Asegurado Persona que cumple con los requisitos de elegibilidad establecidos en la póliza y se encuentra en el registro de Asegurados
Más detallesCertificado de Seguro de Protección de Tarjetas y Compras Certificado N Póliza de Seguro N 1105-500000 (S/. 65) (S/. 80)
Certificado N Póliza de Seguro N 1105-500000 (S/. 65) (S/. 80) Ocurrido el siniestro debe denunciar en forma inmediata el mismo, al teléfono 0151-34493. Igualmente será atendido en caso de consultas y
Más detallesPOLIZA DE RENTA VITALICIA DIFERIDA. Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL 2 04 049
POLIZA DE RENTA VITALICIA DIFERIDA Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL 2 04 049 ARTICULO 1º: DEFINICIONES AFILIADO: El trabajador incorporado al sistema de pensiones de vejez, de invalidez
Más detallesSEGURO AUTOEXPEDIBLE COMPRA DE ALIMENTOS
Es un seguro autoexpedible que ofrece cobertura en caso de muerte accidental y no accidental, incapacidad total y permanente por accidente del Asegurado. Plan A: Ofrece cobertura si durante la vigencia
Más detallesLEY Nº 29355. Artículo 2.- Definiciones A efectos de la presente ley, los siguientes términos tienen el significado que se indica:
Ley de creación del registro nacional de información de contratos de seguros de vida y de accidentes personales con cobertura de fallecimiento o de muerte accidental LEY Nº 29355 EL PRESIDENTE DEL CONGRESO
Más detallesCONVENIO DE COLABORACION MUTUA SENATI- EMPRESA PARA LA FORMACION PROFESIONAL
CONVENIO DE COLABORACION MUTUA SENATI- EMPRESA PARA LA FORMACION PROFESIONAL Conste por el presente documento el Convenio de Colaboración Mutua SENATI-EMPRESA, que celebran de una parte EL SENATI, debidamente
Más detallesRÉGIMEN DE AHORRO INDIVIDUAL COTIZACIÓN - DEVOLUCIÓN Concepto 2006016544-001 del 5 de mayo de 2006.
RÉGIMEN DE AHORRO INDIVIDUAL COTIZACIÓN - DEVOLUCIÓN Concepto 2006016544-001 del 5 de mayo de 2006. Síntesis: La devolución de saldos por vejez, prestación que corresponde al Régimen de Ahorro Individual
Más detallesCIRCULAR Nº E17/2008. Miembros ejercientes del Instituto. FECHA: 13 de mayo de 2008
CIRCULAR Nº E17/2008 ASUNTO: EXTENSIÓN: Renovación de las Pólizas del Seguro de Responsabilidad Civil Profesional para Personas físicas y Sociedades Unipersonales que el Instituto gestiona desde ahora
Más detallesInformación Previa a la Celebración del Contrato de Seguros
Aseguradora Sagicor Costa Rica S.A. - Licencia A12 - Cédula Jurídica 3-101-640739 - Página 1 / 13 Información Previa a la Celebración del Contrato de Seguros INFORMACIÓN SOBRE LA ENTIDAD ASEGURADORA ENTIDAD
Más detallesPOLIZA DE SEGURO DE VIDA - COLABORADORA DEL HOGAR CONDICIONES GENERALES
POLIZA DE SEGURO DE VIDA - COLABORADORA DEL HOGAR CONDICIONES GENERALES El presente contrato forma parte del Registro Nacional de Información de Contratos de Seguros de Vida y de Accidentes Personales
Más detallesANEXO TÉRMINOS Y CONDICIONES PRODUCTOS VIDA
ANEXO TÉRMINOS Y CONDICIONES A través de www.consorcio.cl ingresando a la Zona Clientes con su clave, usted podrá acceder a distintos servicios de acuerdo al o los productos que tenga contratados en Consorcio.
Más detallesREGLAMENTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL ASEGURADO (SAC) DE UNIÓN ALCOYANA SEGUROS
REGLAMENTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL ASEGURADO (SAC) DE UNIÓN ALCOYANA SEGUROS CAPÍTULO 1: OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN: - Artículo 1º: De conformidad con la normativa vigente de aplicación, en concreto
Más detallesSEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES CLÁUSULAS GENERALES DE CONTRATACIÓN
FORMA Nº CGCACMP01122013 PERÚ SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES CLÁUSULAS GENERALES DE CONTRATACIÓN LA COMPAÑÍA emite la Póliza de Seguro para cubrir los daños corporales del ASEGURADO a consecuencia de
Más detallesPÓLIZA DE SEGURO CaserMed PIAS GARANTIZADO
CASER MEDITERRANEO VIDA, COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. AVDA. DE BURGOS, 109 28050 MADRID Inscrita en el Registro Especial de Entidades Aseguradoras del Ministerio de Economía con fecha 26 de Junio
Más detallesASISTENCIA FUNERARIA INDIVIDUAL CONDICIONES GENERALES
CASA MATRIZ: CALLE 3-A, EDIFICIO SEGUROS LA SEGURIDAD, LA URBINA SUR, CARACAS VENEZUELA / RIF N J-00021410-7 NIT 00000130-9-9 ASISTENCIA FUNERARIA INDIVIDUAL CONDICIONES GENERALES CONDICIONES GENERALES
Más detallesA efectos de la aplicación de la presente normativa se establecen las siguientes definiciones:
PROCEDIMIENTO PARA LA OBTENCIÓN DE LA CREDENCIAL DE USO DE LA MARCA TURISMO ECUESTRE ESPAÑA A EMPRESAS Y ESTABLECIMIENTOS QUE SE ADHIERAN A LA MARCA COMO ESTABLECIMIENTO ASOCIADO DEFINICIONES PRELIMINARES
Más detallesContrato de Prestación del Servicio de Arrendamiento de Circuitos
Contrato de Prestación del Servicio de Arrendamiento de Circuitos SECCIÓN 01 - DATOS DE EL CLIENTE Nombre / Razón Social RUC N Dirección: Distrito Teléfono Nº 1: Teléfono Nº 2: Fax: e-mail: Representante
Más detallesREGLAMENTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL MUTUALISTA Y AL CLIENTE DE ASOCIACIÓN MUTUALISTA DE LA INGENIERÍA CIVIL, MPS
REGLAMENTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL MUTUALISTA Y AL CLIENTE DE ASOCIACIÓN MUTUALISTA DE LA INGENIERÍA CIVIL, MPS C/ Téllez, 24 1ª Planta 28007 Madrid INDICE TITULO PRELIMINAR Artículo 1. Legislación
Más detallesD E C L A R A C I O N E S. 1. El INSTITUTO DE INVESTIGACIONES ELÉCTRICAS (IIE) por conducto de su representante declara que:
CONVENIO DE COLABORACIÓN CON EMPRESA DE BASE TECNOLÓGICA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES ELÉCTRICAS, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ EL INSTITUTO", REPRESENTADO EN ESTE
Más detallesEL SEGURO DE DESGRAVAMEN. Qué es el seguro de desgravamen?
EL SEGURO DE DESGRAVAMEN Qué es el seguro de desgravamen? Es un seguro cuya finalidad es pagar, ante la circunstancia del fallecimiento del asegurado-, la deuda que mantenga frente a una entidad del sistema
Más detallesX. PRESTACIÓN POR DESEMPLEO
X. PRESTACIÓN POR DESEMPLEO 93.- Quién tiene derecho a cobrar el "paro"? La prestación por desempleo, conocida como el "paro", se abona por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), www.sepe.es, que
Más detallesREGLAS A QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS SOCIEDADES DE AHORRO Y PRÉSTAMO EN LA REALIZACIÓN DE SUS OPERACIONES
TEXTO COMPILADO de las Reglas publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 1º de septiembre de 1992, su modificación dada a conocer el 18 de diciembre de 1992 en el referido Diario Oficial y su
Más detallesDECRETO Nº / SANTIAGO,
APRUEBA CREACIÓN DEL SELLO PRO PYME Y SU REGLAMENTO. DECRETO Nº / SANTIAGO, VISTOS: Lo dispuesto en la Ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto
Más detallesREGLAMENTO DE RIPLEY PUNTOS
REGLAMENTO DE RIPLEY PUNTOS Ripley Puntos es un programa diseñado por Ripley Compañía de Financiamiento ( Ripley ) para fidelizar a sus clientes, otorgándoles incentivos por su preferencia y frecuencia
Más detallesPOLITICAS Y PROCEDIMIENTOS
1. GENERALIDADES. POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS a) Para formar parte del sistema denominado PLAN DE REFERIDOS el Distribuidor Independiente Afiliado DIA deberá aceptar los procedimientos, políticas, términos,
Más detallesProyecto de Comercialización
Proyecto de Comercialización Mediador: 0108096 RGA MEDIACION OP BANCAS SEG VINC SA Fecha de Expedición: 26/02/2013 16:24 El presente proyecto tiene una validez de 15 días Tels. 93 485 89 06-902 11 41 49,
Más detallesPOLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA CONDICIONES GENERALES
POLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA CONDICIONES GENERALES EQUIVIDA Compañía de Seguros y Reaseguros S. A. en adelante denominada la Compañía y el Contratante y los Asegurados celebran este contrato por
Más detallesCONVOCATORIA SELECCIÓN
PROCESO CAS N 038-2016-MC CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN OPERADOR PARA EL MONITOREO DEL CIRCUITO CERRADO DE TELEVISION Y SEGURIDAD PARA EL GRAN TEATRO NACIONAL ÁREA
Más detallesSeguro de Vida Individual con Primas Variables Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 2 97 030
Seguro de Vida Individual con Primas Variables Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 2 97 030 ARTICULO 1: DESCRIPCION DE LA COBERTURA En virtud de este seguro de vida, el monto asegurado
Más detallesSe realizará este procedimiento de manera continua hasta otorgar la totalidad el presupuesto disponible en la presente convocatoria.
CONVOCATORIA PÚBLICA DE LA SOCIEDAD PARA EL DESARROLLO DE LA PROVINCIA DE BURGOS, (SODEBUR), PARA LA CONCESION DE PRÉSTAMOS PARA NUEVAS INVERSIONES, AMPLIACIÓN O MODERNIZACIÓN DE LA CAPACIDAD PRODUCTIVA
Más detallesEXPEDIENTE 6/SEGURO DE VIDA EMPLEADOS/ 2016 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE UN SEGURO DE VIDA PARA EL PERSONAL DEL
EXPEDIENTE 6/SEGURO DE VIDA EMPLEADOS/ 2016 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE UN SEGURO DE VIDA PARA EL PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE GAVÀ 1 2 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
Más detallesf. Proyección de permanencia de la actividad, aprobando preferiblemente actividades que sean capaces de generar grupos o programas estables frente a
ANEXO I CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A GRUPOS Y ASOCIACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO DEL MUNICIPIO DE MALLÉN PARA ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS. 1. Bases Reguladoras Las bases reguladoras
Más detallesPOLIZA DE RENTA VITALICIA INMEDIATA. Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL 2 04 048
POLIZA DE RENTA VITALICIA INMEDIATA Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL 2 04 048 ARTICULO 1º: DEFINICIONES AFILIADO: El trabajador incorporado al sistema de pensiones de vejez, de invalidez
Más detallesREGLAMENTO: REQUISITOS Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN Banco LAFISE & Peugeot le traen Marchamo Aventurero
REGLAMENTO: REQUISITOS Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN Banco LAFISE & Peugeot le traen Marchamo Aventurero TITULAR, PATROCINADOR Y PARTICIPANTES 1. La mecánica, la publicidad y los derechos de autor que
Más detallesPÓLIZA DE SEGURO SOLIDARIO CONDICIONES GENERALES
PÓLIZA DE SEGURO SOLIDARIO CONDICIONES GENERALES CLÁUSULA 1.- OBJETO. El Asegurador se compromete a asumir los riesgos indicados en el Contrato de Seguro Solidario, hasta la suma asegurada señalada en
Más detalles"CONTRATACiÓN DE PROGRAMA DE SEGUROS"
iministerio :ise~rétatia {'Genital::: "Alio de la Unión Nacionalfrente a la Crisis Externa" CONTRATO N 473-2009-AG "CONTRATACiÓN DE PROGRAMA DE SEGUROS" Conste por el presente documento, el Contrato del
Más detallesSEGURO BÁSICO ESTANDARIZADO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PARA AUTOMÓVILES
ANEXO5.4.2f.2 INDICE CONDICIONESGENERALES 1.CLAUSULA1a.COBERTURA 2.CLAUSULA2a.DEFINICIONES 1.CONTRATODESEGURO 2.FECHADEINICIODEVIGENCIA 3.FECHADETERMINODEVIGENCIA 4.ELEMENTOSQUEFORMANPARTEDELCONTRATO 5.RECIBODEPAGO
Más detallesREGLAMENTO PARA LA DEFENSA DEL CLIENTE GRUPO PRIVAT BANK DEGROOF
REGLAMENTO PARA LA DEFENSA DEL CLIENTE GRUPO PRIVAT BANK DEGROOF TITULO I DEL DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Capítulo Primero.- De la regulación y del ámbito de aplicación. Artículo 1º.- El presente
Más detallesBANCO DE COMERCIO EXTERIOR DE COLOMBIA S.A. BANCÓLDEX CONCURSO PARA LA INTERMEDIACIÓN DE SEGUROS
BANCO DE COMERCIO EXTERIOR DE COLOMBIA S.A. BANCÓLDEX CONCURSO PARA LA INTERMEDIACIÓN DE SEGUROS I. OBJETO El Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A. Bancóldex - requiere de los servicios de uno o
Más detalles1. Definiciones y Conceptos del Seguro de Vida
1. Definiciones y Conceptos del Seguro de Vida En este capítulo se definen algunos términos y conceptos generales del Seguro de Vida (Líneas Personales), atendiendo a lo dispuesto en la Ley sobre el Contrato
Más detallesb) Tener una edad comprendida entre dieciocho y treinta y cinco años, ambos inclusive.
Que es Bono Joven de la Junta de Andalucía? Es una medida de carácter económico destinada a favorecer la contratación. Quien lo solicita? Jóvenes que reúnan todos los requisitos siguientes: a) Tener la
Más detallesREGLAMENTO DEL PROCEDIMIENTO DE MEDIACION
REGLAMENTO DEL PROCEDIMIENTO DE MEDIACION Artículo 1. Aplicabilidad. El procedimiento de Mediación de la Corte Aragonesa de Arbitraje y Mediación, en adelante la Corte, de la Asociación Aragonesa de Arbitraje
Más detalles