DIRECCIÓN NACIONAL DE ESTUPEFACIENTES. República de Colombia
|
|
- Ana María Cárdenas Ávila
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 DIRECCIÓN NACIONAL DE ESTUPEFACIENTES
2 CONTROL ADMINISTRATIVO DE SUSTANCIAS QUIMICAS
3 SUBDIRECCIÓN N DE ESTUPEFACIENTES Adelantar el trámite tendiente a decidir acerca de la expedición del Certificado de Carencia de Informes por Tráfico de Estupefacientes, con destino a la DIMAR, AERONAUTICA CIVIL y para el manejo de SUSTANCIAS QUÍMICAS CONTROLADAS.
4 CERTIFICADO DE CARENCIA DE INFORMES POR TRÁFICO DE ESTUPEFACIENTES PARA SUSTANCIAS Documento que certifica la inexistencia de registros debidamente fundamentados por tráfico de estupefacientes, testaferrato, enriquecimiento ilícito y conexos, contra la persona o empresa a favor de quien se expide y autoriza el manejo de sustancias químicas controladas, en las cantidades y calidades establecidas en el mismo
5 CONVENCION DE VIENA 1988 LEY 30 DE 1986 MARCO NORMATIVO Por medio de la cual se aprueba la convención de las Naciones Unidas contra el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, suscrita en Viena el 20 de diciembre de Este es el primer instrumento internacional que da inicio a la lucha abierta contra la producción de estupefacientes. Por medio de la cual se adopta el Estatuto Nacional de Estupefacientes. Le asigna funciones específicas al Consejo Nacional de Estupefacientes, entre las cuales se deben resaltar la formulación de políticas, planes y programas que se deben adelantar en desarrollo de la lucha contra el narcotráfico. Así mismo, estableció las funciones a cargo de la Oficina de Estupefacientes como la de cumplir con las labores de Secretaría Ejecutiva del Consejo Nacional de Estupefacientes y EXPEDIR EL CERTIFICADO DE CARENCIA DE INFORMES POR TRAFICO DE ESTUPEFACIENTES.
6 RESOLUCION 0009 DE FEBRERO 18 DE 1987 RESOLUCION 0007 DE DICIEMBRE 1 DE 1992 RESOLUCION 0001 DE ENERO 30 DE 1995 RESOLUCION 0012 DE MAYO 30 DE 2003 ACETONA, ACIDO CLORHÍDRICO, ETER ETÍLICO, CLOROFORMO, ACIDO SULFURICO, AMONIACO, METIL ETIL CETONA (MEK), DISOLVENTE 1, DISOLVENTE 2, THINNER, ACETATO DE ETILO, METANOL, ACETATO DE BUTILO, DIACETONA ALCOHOL, HEXANO, BUTANOL, PERMANGANATO DE POTASIO, CARBONATO DE SODIO TOLUENO, ANHIDRIDO ACETICO ALCOHOL ISOPROPÍLICO (IPA), METIL ISOBUTIL CETONA (MIBK), ACETATO DE ISOPROPILO MANGANATO DE POTASIO, DIOXIDO DE MANGANESO
7 REQUISITOS GENERALES Solicitud escrita debidamente diligenciada (nombres y apellidos del solicitante, identificación, sustancias, cantidades y calidades requeridas, dirección de manejo de las sustancias) Requisitos básicos: Información de los solicitantes Requisitos Específicos: Información técnica
8 Tráfico de estupefacientes y conexos (infracción art. 376, 382 del CP; Ley 599/2000) DELITOS A CONSIDERAR Enriquecimiento ilícito Lavado de activos Testaferrato
9 ORGANISMOS QUE SE CONSULTAN D.A.S (Grupo de identificación, Interpol., Extranjería) DIJIN ANTINARCOTICOS CISAD FUERZA AÉREA ARMADA EJÉRCITO NACIONAL VISITA POLICIA NACIONAL Grupo control Precursores Químicos Dirección Antinarcóticos
10 SUSTANCIAS QUIMICAS CONTROLADAS ÁCIDOS BASES SALES GRUPO ACIDO CLORHÍDRICO ACIDO SULFÚRICO CARBONATO DE SODIO SUSTANCIA AMONIACO (ANHIDRO SOLUCIÓN) PERMANGANATO DE POTASIO MANGANATO DE POTASIO ÓXIDOS METÁLICOS ANHÍDRIDOS DIÓXIDO DE MANGANESO ANHÍDRIDO ACÉTICO
11 GRUPO SOLVENTES ALCOHOLES CETONAS ETERES ESTERES HIDROCARBUROS MEZCLAS SUB GRUPO METANOL BUTANOL ALCOHOL ISOPROPILICO (IPA) ACETONA METIL ETIL CETONA (MEK) METIL ISOBUTIL CETONA (MIBK) DIACETONA ALCOHOL ETER ETILICO ACETATO DE ETILO ACETATO DE BUTILO ACETATO DE ISOPROPILO HEXANO TOLUENO CLOROFORMO DISOLVENTE No. 1 A DISOLVENTE No. 2 GASOLINA, ACPM, KEROSENE THINNER SUSTANCIA
12 CALIDADES Comprador (A) Importador (B) Distribuidor (C) Consumidor (D) Productor (E) Almacenador (F) CANTIDADES CONTROLADAS 5 Kilos (sólidos) 5 Litros (líquidos) 110 galones (Thinner) Cualquier Cantidad (Anhídrido Acético)
13 Estudio de los requisitos técnicos y justificaciones Información técnica de la visita EVALUACIÓN N TÉCNICAT Análisis informes de uso Información interna Antecedentes históricos CONCLUSIONES Asignación de cupos, calidades y vigencia Recordar obligaciones y conceptos Llamados de atención Conminaciones Viabilidad de movilización
14
15 OBLIGACIONES ADQUIRIDAS POR LOS TITULARES DEL CERTIFICADO Diligenciamiento de libros de control Diligenciamiento de documentos soporte de transacciones Manejo adecuado de cupos autorizados Remisión n de Informes de uso Mantener condiciones técnicas t adecuadas para e uso de las sustancias Renovación n de su Certificado 3 meses antes de su vencimiento
16 Inmovilización de sustancias químicas CONTROL POSTERIOR Y SANCIONES El Certificado podrá anularse unilateralmente en cualquier tiempo por la Dirección Nacional de Estupefacientes, con base en los informes provenientes de la autoridad u organismo competente. Dicha anulación será informada a las autoridades correspondientes y contra ella procede únicamente el recurso de reposición. Igualmente el incurrir en fallas de carácter administrativo o su reincidencia en las mismas pueden generar la anulación de un Certificado si este se encuentra vigente o su abstención.
17 CONTROL ESPECIAL SUSTANCIAS FUERZA PÚBLICAP Sustancias controladas (gasolina, ACPM, kerosene, cemento gris y urea amoniacal) Nuevas sustancias: sulfato de amonio, carbón activado, metabisulfito de sodio, hidróxido de sodio soda cáustica-, cloruro de calcio, cloruro de potasio, bicarbonato de sodio y papel filtro (producto), en zonas definidas en Res. No. 014 de Actividades controladas (venta, consumo, distribución, almacenamiento y transporte) Topes de control (gasolina, ACPM y kerosene: 55 galones diarios cemento gris y urea amoniacal: 100 kilos) Libro de control Control adicional al cemento Formulario Único de Transporte de Sustancias Precursoras Especiales Consecuencias (inmovilización) Procedimiento (puesta en conocimiento de la autoridad jurisdiccional)
18 CONTROL ESPECIAL DEL C.N.E. RESOLUCION DEPARTAMENTO MUNICIPIO 001 DE 2002 AMAZONAS 002 DE 2002 ARAUCA 003 DE 2002 CAQUETÁ 004 DE 2002 META 005 DE 2002 GUAVIARE 006 DE 2002 PUTUMAYO 007 DE 2002 VAUPÉS 008 DE 2002 VICHADA 009 DE 2002 BOLÍVAR 010 DE 2002 NORTE DE SANTANDER TODOS TODOS TODOS TODOS TODOS TODOS TODOS TODOS MORALES, SAN PABLO, SIMITÍ, SANTA ROSA Y CANTAGALLO TIBÚ, EL TARRA, SAN CALIXTO, TEORAMA Y SARDINATA 011 DE 2002 NARIÑO DEROGADA POR RESOLUCIÓN 005 DE 10 DE FEBRERO DE 2006
19 CONTROL ESPECIAL DEL C.N.E. RESOLUCION DEPARTAMENTO MUNICIPIO 017 DE 2003 HUILA 018 DE 2003 CASANARE 013 DE DE 2004 GUAINÍA 015 DE 2004 SANTANDER 017 DE 2004 CAUCA 005 DE 2006 NARIÑO TODOS TODOS EXCEPTUÓ DE LA AUTORIZACIÓN PARA EL TRANSPORTE A LA AREAS URBANAS DE LOS MUNICIPIOS DEL META TODOS TODOS BALBOA, MERCADERES, ARGELIA, FLORENCIA, SANTA ROSA, PIAMONTE, PATÍA, SAN SEBASTIÁN, EL TAMBO, SUÁREZ, BUENOS AIRES, CORINTO, CALDONA, TORIBÍO, JAMBALÓ Y RESOLUCION 017/06 INCLUYÓ A GUAPI BARBACOAS, TUMACO, RICAURTE, TUQUERRES, SAMANIEGO, POLICARPO, IPIALES, LEIVA, ROSARIO, SOTOMAYOR, CUMBITARA, LA LANADA, ROBERTO PAYAN, OPLAYA HERRERA, SALA HONDA, LA UNION, EL TAMBO, EL PEÑOL, LINARES, TAMINANGO. DEROGADA POR RESOLUCIÓN N 007 DE 2007
20 CONTROL ESPECIAL DEL C.N.E. RESOLUCION DEPARTAMENTO MUNICIPIO 018 DE 2006 CHOCÓ 019 DE 2006 CÓRDOBA 040 DE 2006 ANTIOQUIA 006 DE 2007 NARIÑO 007 DE 2007 ANTIOQUIA CHOCÓ SAN JOSÉ DEL PALMAR VALENCIA, TIERRALTA, PUERTO LIBERTADOR Y MONTELÍBANO. CAUCASIA, CÁCERES, VALDIVIA, PUERTO VALDIVIA, YARUMAL, CAMPAMENTO, ANORÍ, AMALFI, MACEO, YOLOMBÓ, SAN ROQUE, CISNEROS, VEGACHÍ Y YALÍ. MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN NO DE 2 DE MARZO DE BARBACOAS, TUMACO, RICAURTE, TÚQUERRES, SAMANIEGO, POLICARPO, IPIALES, LEIVA, ROSARIO, SOTOMAYOR, CUMBITARA, LA LLANADA, ROBERTO PAYÁN, OLAYA HERRERA, SALAHONDA, LA UNIÓN, EL TAMBO, EL PEÑOL, LINARES Y TAMINANGO EL BAGRE, NECHÍ, PEQUE, REMEDIOS, SEGOVIA, TARAZÁ Y ZARAGOZA JURADÓ, BAHÍA SOLANO, NUQUÍ, EL LITORAL DE SAN JUAN Y BAJO BAUDÓ 014 DE 2007 VALLE DEL CAUCA CAUCA NARIÑO BUENAVENTURA TIMBIQUÍ Y GUAPI SANTA BÁRBARA, EL CHARCO, LA TOLA Y OLAYA HERRERA
21 Convenciones Departamentos controlados en su integridad No. No. / No. Departamentos con algunos municipios controlados Departamentos sin control Número de municipios controlados en cada departamento Número de municipios controlados respecto del total de municipios del departamento Total Departamentos controlados Total Municipios controlados 326
22 TOTAL DEPARTAMENTOS CONTROLADOS PARCIALMENTE DEPARTAMENTOS CONTROLADOS PARCIALMENTE No. MUNICIPIOS CONTROLADOS % MUNICIPIOS CONTROLADOS No. MUNICIPIOS ANTIOQUIA BOLIVAR CAUCA CHOCO CORDOBA NARIÑO NORTE DE SANTANDER VALLE DEL CAUCA IMPORTANTE: Los controles de que el control especial competen a la Fuerza Pública, en su mayoría, a partir de la Resolución No. 016 de 30 de julio de 2004, se incluyó como mecanismo de control el Certificado de Carencia de Informes por Tráfico de Estupefacientes, expedido por la Dirección Nacional de Estupefacientes para las estaciones de servicio, siendo ésta la única intervención directa de esta Entidad en los controles a los controles establecidos para esas zonas del país.
23 FORMULARIO UNICO DE TRANSPORTE COMANDANTE FUERZA ARMADA NACIONAL LUGAR DONDE SE ORIGINA EL TRANSPORTE Requisitos Factura de compra Licencia de construcción o urbanismo Guía de transporte de Combustibles Contenido ID de Unidad de Fuerza Pública Lugar y fecha de exp. Vigencia Nombre e ID Transportador Nombre ID, Dirección vendedor y comprador ID medio de transporte Clase y cantidad de sustancias Destinación y uso específico No. Licencia de construcción o urbanismo No. Guía de Transporte No. Factura de venta Firma de quienes intervienen
24 Dirección Nacional de Estupefacientes LIBRO DE CONTROL SUSTANCIAS DE CONTROL ESPECIAL No. Consecutivo Cantidad adquirida y saldo en existencias Nombre, ID, actividad económica y dirección de los involucrados en la transacción. Fecha de la transacción Clase y cantidad de sustancia Destino y uso específico No. de la licencia de construcción No. factura de venta Firma de quienes intervienen
25 Dirección Nacional de Estupefacientes TIPOS PENALES Y PENAS (LEY 599 DE 2000 CODIGO PENAL) El artículo 382 consagra como punible el Tráfico de sustancias para procesamiento de narcóticos y señala que quien ilegalmente introduzca al país, así sea en tránsito, o saque de él, transporte, tenga en su poder elementos que sirvan para el procesamiento de cocaína, incurrirá en prisión de seis (6) a diez (10) años y multa de dos mil (2.000) a cincuenta mil (50.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes. Si la cantidad no supera el triple de las señaladas en las resoluciones emitidas por el CNE, la pena será de cuatro (4) a seis (6) años de prisión y multa de diez (10) a cien (100) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
26 Artículo 383 penaliza el porte en lugar público o abierto al público y sin justificación, de escopolamina o cualquier otra sustancia semejante que sirva para colocar en estado de indefensión a las personas, incurriendo en prisión de uno (1) a dos (2) años, salvo que la conducta constituya delito sancionado con pena mayor. Artículo 384. Circunstancias de agravación punitiva que duplican las penas: 1. Cuando la conducta se realice: a) Valiéndose de la actividad de un menor, o de quien padezca trastorno mental, o de persona habituada; b) En centros educacionales, asistenciales, culturales, deportivos, recreativos, vacacionales, cuarteles, establecimientos carcelarios, lugares donde se celebren espectáculos o diversiones públicas o actividades similares o en sitios aledaños a los anteriores;
27 c) Por parte de quien desempeñe el cargo de docente o educador de la niñez o la juventud, y d) En inmueble que se tenga a título de tutor o curador. 2. Cuando el agente hubiere ingresado al territorio nacional con artificios o engaños o sin autorización legal, sin perjuicio del concurso de delitos que puedan presentarse. 3. Cuando la cantidad incautada sea superior a mil (1.000) kilos si se trata de marihuana; a cien (100) kilos si se trata de marihuana hachís; y a cinco (5) kilos si se trata de cocaína o metacualona o dos ( 2 ) kilos si se trata de sustancia derivada de la amapola.
28 Dirección Nacional de Estupefacientes Art Sustancias que se utilizan con frecuencia en la fabricación ilícita de estupefacientes y sustancias psicotrópicas. Cuadro I Acido N-acetilantranílico Acido lisergico Efedrina Ergometrina Ergotamina 1-fenil-2-propanona Isosafrol 3,4-metilenedioxifenil-2-propanona Piperonal Safrol Piperidina Seudoefedrina Norefedrina Permanganato Potásico Anhidrido Acético Cuadro II Acetona Acido Antranílico Acido Clorhídrico Acido Fenilacético Acido Sulfúrico Eter Etílico Metiletilcetona Tolueno
29 Dirección Nacional de Estupefacientes Encaminados a disimular todo rastro contable de la operación. Encaminados a sustituir las sustancias catalogadas por otras no sometidas a fiscalización.
30 Dirección Nacional de Estupefacientes En la fabricación. En la venta al por mayor y al por menor. En los puntos de exportación. En los puertos y zonas francas. En los puntos de importación. En el punto de utilización final. En la destrucción o reciclado. En cualquier punto del transporte.
31 Dirección Nacional de Estupefacientes República de de Colombia REPRESIVA: A nivel nacional: Investigaciones de operadores que desvían. Desmantelamiento laboratorios clandestinos (drogas de síntesis o transformación de cocaína). Propuestas de sanciones a los operadores que no cumplan con los requisitos de la Ley. A nivel internacional: Investigaciones de organizaciones internacionales dedicadas al desvío.
32 Dirección Nacional de Estupefacientes CAPTACION DE INFORMACION: Fuentes: - Inteligencia en la cooperación Internacional. - Investigaciones sobre redes de distribución (investigaciones realizadas) - Cooperación con la Industria. - Control sobre fabricación y venta de máquinas y utensilios de laboratorio. - Colaboradores, confidentes, etc.
33 Dirección Nacional de Estupefacientes ANALISIS DE LA INFORMACION - Comprobación (Identificación de personas, roles, sociedades y su actividad comercial, bienes, etc.) - Cooperación con Autoridades de Aduanas. - Ordenación de toda la información útil. - Informe (hipótesis de investigación)
34 Dirección Nacional de Estupefacientes EXPLOTACION Y DIFUSION: - Análisis de la documentación intervenida para otras investigaciones. - Análisis de los procedimientos utilizados por las organizaciones. Difusión a otras unidades. - Determinación de los puntos sensibles donde se producen los desvíos de las sustancias. - Propuestas de sanciones a los operadores que no hayan cumplidos las normas administrativas de control.
35 Dirección Nacional de Estupefacientes Importaciones desde países productores, haciendo tránsito en el Caribe, sin la prenotificación respectiva. Producción de empresas nacionales que cubren el mercado legal y gran parte del narcotráfico. No existe referente sobre las necesidades reales de la Industria Colombiana.
36 Dirección Nacional de Estupefacientes La disponibilidad de los productos químicos que los narcotraficantes obtenían a partir de las importaciones legales esta disminuyendo, como efecto de los mayores controles legales, administrativos y operativos del Gobierno colombiano sobre las empresas y el movimiento de las sustancias químicas. A cambio, los narcotraficantes vienen incrementando los sistemas de reciclaje de precursores químicos empleados en el procesamiento de cocaína, con el fin de lograr, cada vez, más la reutilización de los mismos productos y surge la modalidad de fabricación domestica clandestina, de algunos precursores como es el caso del permanganato de potasio y manganato de potasio, ante los controles ejercidos en desarrollo de la Operación Púrpura.
37 DIRECCIÓN NACIONAL DE ESTUPEFACIENTES
Aplicación de la Resolución No. 0001 del 8 de enero de 2015, expedida por el Consejo Nacional de Estupefacientes - CNE. Versión 2 (Enero 30 de 2015)
Aplicación de la Resolución No. 0001 del 8 de enero de 2015, expedida por el Consejo Nacional de Estupefacientes - CNE. Versión 2 (Enero 30 de 2015) Normatividad vigente Modelo de control de sustancias
Más detallesLEY 599 DE 2000 (julio 24) Diario Oficial No 44.097 de 24 de julio del 2000
LEY 599 DE 2000 (julio 24) Diario Oficial No 44.097 de 24 de julio del 2000
Más detallesDirección de Política contra las Drogas y Actividades Relacionadas. Subdirección de Control y Fiscalización de Sustancias Químicas y Estupefacientes
Dirección de Política contra las Drogas y Actividades Relacionadas Subdirección de Control y Fiscalización de Sustancias Químicas y Estupefacientes Nuevo modelo de control de sustancias y productos químicos
Más detallesOctava Reunión de Usuarios del Sistema NDS Ciudad de México, México 7 al 9 de octubre de 2013
Octava Reunión de Usuarios del Sistema NDS Ciudad de México, México 7 al 9 de octubre de 2013 Comisión Nacional para el Estudio y la Prevención de los Delitos Relacionados con Drogas (CONAPRED) Procuraduría
Más detallesAnexo 3 Manual de Procedimientos SUSTANCIAS QUÍMICA CONTROLADAS DECRETO 1095/96, MODIFICADO POR DECRETO 1161/00 LISTA I
Anexo 3 Manual de Procedimientos SUSTANCIAS QUÍMICA CONTROLADAS DECRETO 1095/96, MODIFICADO POR DECRETO 1161/00 LISTA I N.C.M. SUSTANCIA SINÓNIMO 1211.90.90 2806.10.10 2806.10.20 2807.00.10 2807.00.20
Más detallesSUSTANCIAS QUIMICAS Y PRECURSORES PARA LA PRODUCCIÓN DE DROGAS
SUSTANCIAS QUIMICAS Y PRECURSORES PARA LA PRODUCCIÓN DE DROGAS La fabricación, el tráfico, la venta y el abuso de drogas ilícitas en todo el mundo y la desviación de productos químicos del comercio legitimo
Más detallesLey Orgánica de Drogas. Leonardo Rodríguez Biel. Coordinador del Área de Control de Sustancias Químicas
Ley Orgánica de Drogas Leonardo Rodríguez Biel. Coordinador del Área de Control de Sustancias Químicas ANTECEDENTES - CONVENCIÓN INTERNACIONAL DEL OPIO(1912) - CONVENCIÓN ÚNICA SOBRE ESTUPEFACIENTES(1961)
Más detallesLEGISLACIÓN N CHILENA EN SUSTANCIAS QUÍMICAS CONTROLADAS
LEGISLACIÓN N CHILENA EN SUSTANCIAS QUÍMICAS CONTROLADAS Seminario Sustancias Químicas Controladas y Drogas de SíntesisS ntesis Santiago, 8, 9 y 10 de Julio de 2009. INTERNACIONAL: MARCO LEGAL Convención
Más detalles1. Antes de la asignación del presupuesto se debe cumplir con los siguientes puntos
Página 1 de 5 1. Antes de la asignación del presupuesto se debe cumplir con los siguientes puntos El estudiante que va a realizar su proyecto o tesis de grado, debe pasar la propuesta del proyecto en el
Más detallesLas Sustancias Químicas y el Tráfico de Estupefacientes
Las Sustancias Químicas y el Tráfico de Estupefacientes Ministerio de Justicia y del Derecho DIRECCIÓN NACIONAL DE ESTUPEFACIENTES Unidad Administrativa Especial Entidad de Coordinación Nacional Las Sustancias
Más detalles( ~i\ UtL" L~~t5.' - )
~~G!V~ $'~ RESOLUCiÓN NÚMSio. O O O 1 DE 2015 ( ~i\ UtL" L~~t5.' - ) "Por la cual se unifica y actualiza la normatividad sobre el control de sustancias y productos químicos" EL CONSEJO NACIONAL DE ESTUPEFACIENTES
Más detallesControl para el manejo de Sustancias Químicas
Libertad y Orden Control para el manejo de Sustancias Químicas Certificado de carencia de informes por tráfico de estupefacientes (CCITE), Autorización Extraordinaria, Licencias de importación, Autorizaciones
Más detallesControl y Fiscalización de Sicofármacos Estupefacientes, Precursores y Productos Químicos
Control y Fiscalización de Sicofármacos Estupefacientes, Precursores y Productos Químicos Q.F. Alicia Plá Sector Psicofármacos, Estupefacientes, Precursores y Productos Químicos OBJETIVO Control y Fiscalización
Más detallesORDENANZA REGULADORA DEL FOMENTO DE LAS ACTIVIDADES CULTURALES, DEPORTIVAS, DE BIENESTAR SOCIAL, ASOCIACIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
ORDENANZA REGULADORA DEL FOMENTO DE LAS ACTIVIDADES CULTURALES, DEPORTIVAS, DE BIENESTAR SOCIAL, ASOCIACIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA ARTÍCULO 1.- OBJETO.- TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Es objeto
Más detallesI ~~C!1\~]ARU,."~.,.,;'""""",,,,,,.
República de Colombia _ r AD,i?t~ílC~1+: I ~~C!1\~]ARU,."~.,.,;'""""",,,,,,. ~ m ~"'''.-~:-~''''''''>''~'~'='~i. r8~~-~~~j~~.:."~:~-~.----~,~:~! libertud YOrden Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Más detallesControl de Insumos Químicos en Alemania
Control de Insumos Químicos en Alemania Cooperación con la industria química Sao Paulo / Brasil 22-04-2013 Ponente: Jürgen Flossmann Unidad de Vigilancia Policial/Aduanera de Precursores Químicos (GÜS)
Más detallesRESOLUCIÓN 117 DE 26 DE NOVIEMBRE DE 2015 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
RESOLUCIÓN 117 DE 26 DE NOVIEMBRE DE 2015 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Por medio de la cual se prescribe el formato y se establece el procedimiento para la presentación de la información
Más detallesCONTRATO ESTATAL DE PRESTACIÓN DE SERVICIO DE APOYO LOGÍSTICO Nº MMO-CD-PS- AG- 10-2013
CONTRATO ESTATAL DE PRESTACIÓN DE SERVICIO DE APOYO LOGÍSTICO Nº MMO-CD-PS- AG- 10-2013 OBJETO: PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE APOYO LOGISTIVO PARA LLEVAR A CABO LA REALIZACION DE LA SEMANA DE LA JUVENTUD
Más detallesServicios Registrales REGISTRO MERCANTIL. Qué es el Registro Mercantil
Servicios Registrales Qué es el Registro Mercantil REGISTRO MERCANTIL Es el registro que por disposición legal deben efectuar todas las personas naturales, sociedades comerciales y civiles, empresas unipersonales,
Más detallesEL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY
Marco legal de las estadísticas oficiales Buenos Aires, 25 de enero de 1968 En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Estatuto de la Revolución Argentina EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
Más detallesMINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO DECRETO 2788 31/08/2004
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO DECRETO 2788 31/08/2004 Por el cual se reglamenta el Registro Unico Tributario de que trata el artículo 555-2 del Estatuto Tributario. El Presidente de la República
Más detallesPOLÍTICAS DEL SISTEMA DE ADMINISTRACION DEL RIESGO DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACION DEL TERRORISMO
1. OBJETIVOS DEL SISTEMA DE ADMINISTRACION DEL RIESGO DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO El Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos tiene por objeto principal establecer
Más detallesRESOLUCIÓN NÚMERO ( )
RESOLUCIÓN NÚMERO ( ) Por la cual se reglamenta y se establece la forma, contenido y términos para el Registro de los Contratos de Importación de Tecnología ante la DIAN. EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS
Más detallesESTUDIO Y DOCUMENTOS PREVIOS CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE FOTOCOPIADO
1. MARCO LEGAL ESTUDIO Y DOCUMENTOS PREVIOS CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE FOTOCOPIADO En desarrollo de lo previsto el artículo 3.5.2 del Decreto 734 de 2012, se procede a realizar el estudio para
Más detallesMinisterio de Hacienda y Crédito Público. Decreto Número de 2007 ( ) Por el cual se dictan disposiciones sobre los depósitos centralizados de valores
República de Colombia Ministerio de Hacienda y Crédito Público Decreto Número de 2007 ( ) Por el cual se dictan disposiciones sobre los depósitos centralizados de valores EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Más detallesRepública de Colombia. libertad y Orden. Ministerio de Hacienda y Crédito Público 2 2 ~ 1 DE
República de Colombia " l ~. :.. \ 1(.. Ir,t.. t
Más detallesHELM FONDO DE EMPLEADOS REGLAMENTO DE APORTES Y AHORROS
HELM FONDO DE EMPLEADOS REGLAMENTO DE APORTES Y AHORROS Por medio del cual se reglamenta el procedimiento o distribución del aporte mensual de los asociados a Helm Fondo de Empleados en ahorros permanentes
Más detallesINSTRUCCIONES QUE HAN DE REGIR LA ADJUDICACIÓN DE CONTRATOS NO SOMETIDOS A REGULACIÓN ARMONIZADA EN EL ÁMBITO DE LA FEDERACIÓN ASTURIANA DE CONCEJOS
INSTRUCCIONES QUE HAN DE REGIR LA ADJUDICACIÓN DE CONTRATOS NO SOMETIDOS A REGULACIÓN ARMONIZADA EN EL ÁMBITO DE LA FEDERACIÓN ASTURIANA DE CONCEJOS I.- INTRODUCCIÓN. La FEDERACIÓN ASTURIANA DE CONCEJOS
Más detallesMINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES. 17978 ORDEN de 14 de julio de 1998 por la que se regulan aspectos formativos del contrato para la formación
MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 17978 ORDEN de 14 de julio de 1998 por la que se regulan aspectos formativos del contrato para la formación La disposición final segunda del Real Decreto 488/1998
Más detallesLEY 1328 DE 2009 (julio 15) POR LA CUAL SE DICTAN NORMAS EN MATERIA FINANCIERA, DE SEGUROS, DEL MERCADO DE VALORES Y OTRAS DISPOSICIONES.
LEY 1328 DE 2009 (julio 15) POR LA CUAL SE DICTAN NORMAS EN MATERIA FINANCIERA, DE SEGUROS, DEL MERCADO DE VALORES Y OTRAS DISPOSICIONES. El Congreso de Colombia DECRETA: T I T U L O I DEL RÉGIMEN DE PROTECCION
Más detallesDIRECCION NACIONAL DE ESTUPEFACIENTES
ORGANIZACION DE LOS ESTADOS AMERICANOS COMISION INTERAMERICANA PARA EL CONTROL DEL ABUSO DE DROGAS CUADRAGESIMO SEGUNDO PERIODO ORDINARIO DE SESIONES Del 27 al 30 de noviembre de 2007 Santa Marta, Colombia
Más detallesREPUBLICA DE COLOMBIA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL JUNTA CENTRAL DE CONTADORES. RESOLUCIÓN NÚMERO No
REPUBLICA DE COLOMBIA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL JUNTA CENTRAL DE CONTADORES RESOLUCIÓN NÚMERO No Por medio de la cual se establecen los requisitos y el procedimiento para la inscripción en el registro
Más detallesDIRECCIÓN DE COBERTURA Y EQUIDAD
DIRECCIÓN DE COBERTURA Y EQUIDAD Subdirección de Acceso Contratación del servicio educativo 2009 Índice Generalidades Estrategias ampliación cobertura Marco normativo Modalidades de contratación Requisitos
Más detallesPROYECTO DE ACUERDO No. DEL DE DE 2012
PROYECTO DE ACUERDO No. DEL DE DE 2012 Por medio del cual se deroga el acuerdo no. 017 del 26 de septiembre de 2007 y se crea el fondo cuenta territorial de seguridad y convivencia ciudadana en el municipio
Más detallesEl ABC de la revisión periódica de las instalaciones internas de gas
El ABC de la revisión periódica de las instalaciones internas de gas Ante las constantes inconformidades de los usuarios de gas natural con respecto a las revisiones periódicas de las instalaciones internas,
Más detallesCREA COMISION NACIONAL DE ENERGIA DECRETO LEY N 2224 MINISTERIO DE MINERIA
CREA COMISION NACIONAL DE ENERGIA DECRETO LEY N 2224 MINISTERIO DE MINERIA Publicado en el Diario Oficial del 8 DE JUNIO DE 1978 Núm. 2.224.- Santiago, 25 de Mayo de 1978.- Visto: lo dispuesto en los decretos
Más detallesRepública de Colombia DECRETO NÚMERO ( )
República de Colombia MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA DECRETO NÚMERO ( ) Por el cual se adiciona y modifica el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía, 1073 de 2015, respecto
Más detallesORGANIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE SALUD OCUPACIONAL
ORGANIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE SALUD OCUPACIONAL El 14 de marzo de 1.984 el Gobierno Nacional expidió el Decreto 614, con el cual se determinaron las bases para la organización y administración de la
Más detallesConsejo de Facultad Acta 1650 del 27 de Julio de 2006
Consejo de Facultad Acta 1650 del 27 de Julio de 2006 Acuerdo 073 Por el cual se reglamenta la Práctica Profesional en los programas académicos de la Facultad de Ingeniería. EL CONSEJO DE FACULTAD DE LA
Más detallesL ey: 101 PROGRAMA ALCOHOLEMIA CERO
La Legislatura de la Provincia de Córdoba Sanciona con fuerza de 10181 L ey: 101 PROGRAMA ALCOHOLEMIA CERO Artículo 1º.- Impleméntase en todo el territorio de la Provincia de Córdoba el Programa Alcoholemia
Más detallesf. Proyección de permanencia de la actividad, aprobando preferiblemente actividades que sean capaces de generar grupos o programas estables frente a
ANEXO I CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A GRUPOS Y ASOCIACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO DEL MUNICIPIO DE MALLÉN PARA ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS. 1. Bases Reguladoras Las bases reguladoras
Más detallesACUERDO GUBERNATIVO No. 86-2006
Acuérdase emitir el REGLAMENTO DE LA LEY PARA PREVENIR Y REPRIMIR EL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO. ACUERDO GUBERNATIVO No. 86-2006 Guatemala, 2 de marzo de 2006 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:
Más detalles«( ) consulta, con fines académicos, acerca de varios aspectos relacionados con los créditos de vivienda, consumo, comercial y microcrédito.
CRÉDITO, MODALIDADES Y NORMATIVIDAD Concepto 2008048564-001 del 12 de agosto de 2008. Síntesis: Consideraciones generales sobre la normatividad, definición, tasas de interés y otras condiciones que rigen
Más detallesPRESENTACIÓN DE PROPUESTA PARA DESARROLLAR UN PROYECTO PRODUCTIVO DENTRO DE UN ESTABLECIMIENTO DE RECLUSIÓN
PRESENTACIÓN DE PROPUESTA PARA DESARROLLAR UN PROYECTO PRODUCTIVO DENTRO DE UN ESTABLECIMIENTO DE RECLUSIÓN Definición de un Proyecto Productivo Dentro del ámbito penitenciario un proyecto, es un conjunto
Más detallesCONTROL, PREVENCIÓN Y REPRESIÓN DEL DESVÍO DE PRODUCTOS QUÍMICOS RESPONSABILIDAD COMPARTIDA CON LOS OPERADORES EN EL CONTROL DE PRODUCTOS QUÍMICOS
Seminario Internacional: CONTROL, PREVENCIÓN Y REPRESIÓN DEL DESVÍO DE PRODUCTOS QUÍMICOS RESPONSABILIDAD COMPARTIDA CON LOS OPERADORES EN EL CONTROL DE PRODUCTOS QUÍMICOS Sao Paulo, 2013 ASOQUIM Fundada
Más detallesARTÍCULO 104.- Son facultades y obligaciones del Contralor Municipal:
DE LEY ARTÍCULO 101.- La Contraloría Municipal es la dependencia encargada del control interno, vigilancia, fiscalización, supervisión y evaluación de los elementos de la cuenta pública, para que la gestión
Más detallesREAL DECRETO 1165/1995, de 7 de julio de 1995, por el que se aprueba el Reglamento de los Impuestos Especiales
REAL DECRETO 1165/1995, de 7 de julio de 1995, por el que se aprueba el Reglamento de los Impuestos Especiales Artículo 11. Depósitos fiscales. 1. El centro gestor podrá autorizar a las personas que lo
Más detallesDECRETO 59/1999 Gestión de neumáticos usados
Fecha de Boletín: Miércoles, 7 de abril de 1999 Nº de Boletín: 64 DECRETO 59/1999, de 31 de marzo, por el que se regula la gestión de los. La Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, de acuerdo con la
Más detallesNOTA SOBRE LA ELEVACIÓN A PÚBLICO DE ACUERDOS SOCIALES DE UNA SOCIEDAD CUANDO SE HA LEVANTADO ACTA NOTARIAL DE LA JUNTA.
1 NOTA SOBRE LA ELEVACIÓN A PÚBLICO DE ACUERDOS SOCIALES DE UNA SOCIEDAD CUANDO SE HA LEVANTADO ACTA NOTARIAL DE LA JUNTA. Madrid a 21 mayo 2009 1.-El Acta Notarial de la junta es un acta y no una escritura.
Más detallesESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL PROCESO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL PROCESO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO OBJETO. El presente Documento de Especificaciones Técnicas tiene por objeto establecer los requisitos que debe cumplir el proceso de Atención
Más detallesHPsis clínicas de desintoxicación de cocaína Aspectos generales sobre el tráfico ilícito de cocaína en Perú
HPsis clínicas de desintoxicación de cocaína Aspectos generales sobre el tráfico ilícito de cocaína en Perú www.cocaina. 1 HPsis Clínica SL www.cocaina.tv info@cocaina.tv Sede central calle Frígola 7 puerta
Más detallesCONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN. Resolución No. ( ) Por la cual se modifica el Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública
CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Resolución No. ( ) Por la cual se modifica el Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN, En ejercicio de las facultades
Más detallesMANUAL DE PROCEDIMIENTO UNRC ST SEDRONAR 01 ADQUISICIÓN DE SUSTANCIAS QUÍMICAS CONTROLADAS POR LA SEDRONAR
CONTROLADAS POR EL REGISTRO NACIONAL DE PRECURSORES QUIMICOS (RENPRE) DEPENDIENTE DE LA SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCIÓN Y LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO (SEDRONAR) LISTA
Más detallesDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS INSTRUCTIVO PARA EL PAGO DE HORAS SUPLEMENTARIAS Y EXTRAORDINARIAS
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS HORAS SUPLEMENTARIAS Y EXTRAORDINARIAS MM-DARH-001 No está permitida la reproducción total o parcial de esta obra ni su tratamiento o transmisión electrónica
Más detalles12. Norefedrina (Fenilpropanolamina o PPA) (ver Nota a)
LISTADO DE SUSTANCIAS CONTROLADAS COMO PRECURSORES O QUÍMICOS ESENCIALES Este corresponde al listado oficial de las sustancias y productos controlados en Costa Rica como precursores o químicos esenciales,
Más detallesESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL PROCESO DE GESTIÓN DEL RECURSO HUMANO EN EL SECTOR EDUCATIVO
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL PROCESO DE GESTIÓN DEL RECURSO HUMANO EN EL SECTOR EDUCATIVO OBJETO. El presente Documento de Especificaciones Técnicas tiene por objeto establecer los requisitos mínimos
Más detallesDECRETO NÚ'MERo13 3 3 DE
REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE MINAS Y ENERGíA DECRETO NÚ'MERo13 3 3 DE ( Por el cual se modifica el Decreto 4299 de 2005 y se establecen otras disposiciones en ejercicio de las facultades constitucionales
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 12 Lunes 14 de enero de 2013 Sec. I. Pág. 1704 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO 385 Real Decreto 1718/2012, de 28 de diciembre, por el que se determina el procedimiento
Más detallesDECRETO SUPREMO Nº 033-2005-PCM Aprueban Reglamento de la Ley del Código de Ética de la Función Pública EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETO SUPREMO Nº 033-2005-PCM Aprueban Reglamento de la Ley del Código de Ética de la Función Pública EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27815 se aprueba el Código de
Más detallesDECRETO No. 0123 de 2009
El Alcalde Distrital de Barranquilla, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 91 literal a, numeral 6 de la Ley 136 de 1994, artículos 59 y 77 de la Ley 788 de 2002,
Más detallesDECRETO 1514 DE 1998 (agosto 4) Diario Oficial No. 43.357, del 6 de agosto de 1998
DECRETO 1514 DE 1998 (agosto 4) Diario Oficial No. 43.357, del 6 de agosto de 1998 MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO por el cual se reglamenta parcialmente el Estatuto Tributario y se dictan otras
Más detallesCERTIFICADO DE CARENCIA DE INFORMES POR TRAFICO DE ESTUPEFACIENTES. Manual de Trámite Tercera Versión-Segunda Edición
CERTIFICADO DE CARENCIA DE INFORMES POR TRAFICO DE ESTUPEFACIENTES Manual de Trámite Tercera Versión-Segunda Edición Sustancias Químicas Controladas ii requisitos y cancele únicamente los valores establecidos
Más detallesManual de Procedimientos
1 de 15 Elaborado por: Revisado por: Aprobado por: Sección de Compras y Administración de Bienes Jefe Sección de Compras y Administración de Bienes Vicerrector Administrativo TABLA DE CONTENIDO 1 OBJETIVO...3
Más detallesSUSTANCIAS QUÍMICAS CONTROLADAS
SUSTANCIAS QUÍMICAS CONTROLADAS Qué son las sustancias químicas controladas? Autoridades competentes Autoridades Competentes Consejo Nacional de Estupefacientes Ministerio de Justicia y del Derecho 4 Ministerios
Más detalles1. Custodia de valores, títulos valores e instrumentos financieros físicos y desmaterializados, emitidos y negociados en Colombia.
ANEXO SOLICITUD DE SERVICIOS, quién en adelante se denominará como el DEPOSITANTE, representada en este acto por, mayor de edad, vecino de Bogotá, identificado con la cédula de ciudadanía No., en su condición
Más detallesDirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. RESOLUCIÓN 117 DE 2015 (Noviembre 26)
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales RESOLUCIÓN 117 DE 2015 (Noviembre 26) Por medio de la cual se prescribe el formato y se establece el procedimiento para la presentación de la información establecida
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 10665 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación y Universidades 3154 Resolución de 28 de marzo de 2016 por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la
Más detalles10. TRÁMITES ANTE LA AUTORIDAD AMBIENTAL
10. TRÁMITES ANTE LA AUTORIDAD AMBIENTAL 99 10.1 USO DE FUENTES DE AGUA Para el uso de agua de manera directa, cuando no es suministrada por una institución en particular, el cafetero debe solicitar ante
Más detallesDIARIO OFICIAL 46.280 (26 de mayo de 2006) DECRETO NUMERO 1636 DE 2006 (mayo 26)
DIARIO OFICIAL 46.280 (26 de mayo de 2006) DECRETO NUMERO 1636 DE 2006 (mayo 26) Ministerio de la Protección Social Ministerio de Hacienda y Crédito Público por el cual se reglamenta la forma y oportunidad
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 259 Martes 29 de octubre de 2013 Sec. III. Pág. 87492 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE 11320 Orden ECD/1997/2013, de 24 de octubre, por la que se establecen las
Más detallesRETENCIÓN EN LA FUENTE - IMPUESTO SOBRE LA RENTA
RETENCIÓN EN LA FUENTE - IMPUESTO SOBRE LA RENTA RETENCIONES EN LA FUENTE - ESTATUTO TRIBUTARIO - LIBRO SEGUNDO - TITULO I Estatuto Tributario. Artículos 24 y 25 Disposiciones Generales. Artículos 365
Más detallesREGLAMENTO DE LA MESA ELECTRÓNICA BANCARIA DE DINERO (MEBD)
REGLAMENTO DE LA MESA ELECTRÓNICA BANCARIA DE DINERO (MEBD) CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1º. OBJETO. El presente Reglamento tiene por objeto normar las operaciones que realicen los Bancos
Más detallesEstatuto de la entidad de Voluntariado Col lectiu Lambda de lesbianes, gais, transsexuals i bisexuals
Estatuto de la entidad de Voluntariado Col lectiu Lambda de lesbianes, gais, transsexuals i bisexuals CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Art 1- Denominación y régimen jurídico La Asociación denominada
Más detallesCONVENIO DE PASANTÍA UNIVERSIDAD DE MORÓN
CONVENIO DE PASANTÍA UNIVERSIDAD DE MORÓN Entre la FUNDACIÓN UNIVERSIDAD DE MORON, con domicilio en Cabildo Nº 134 de Morón (C.P. 1708) Provincia de Buenos Aires, representada por su Apoderado el Sr. Carlos
Más detallesCómo registrar el cambio de domicilio de una persona natural o jurídica?
Cómo registrar el cambio de domicilio de una persona natural o jurídica? El cambio de domicilio de una persona natural o jurídica es una reforma al contrato social o al documento de constitución, modificando
Más detallesMINISTERIO EDUCACIÓN Y CIENCIA.
MINISTERIO EDUCACIÓN Y CIENCIA. BOE 25 octubre 1994, núm. 255/1994 [pág. 33190] CENTROS DOCENTES NO UNIVERSITARIOS. Regula la actividad de voluntariado en los públicos que impartan enseñanzas de régimen
Más detalles2.- Elaboración del anteproyecto de presupuesto de los programas de mantenimiento mayor, menor por contrato y modernización.
ANEXO No. 5. PROCEDIMIENTO PARA LA GESTIÓN DE LOS PROGRAMAS DE MANTENIMIENTO MENOR POR CONTRATO, MAYOR Y MODERNIZACIÓN DE LA RED DEL FONDO NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA Este procedimiento describe las distintas
Más detalles1) Desaparición de gran parte de los carnés profesionales :
Información relativa a las cualificaciones profesionales en el ámbito de seguridad industrial y minera establecida en la legislación actual (reguladas en general según la normativa anterior mediante carnés
Más detallesGOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE ZARUMA EL CONCEJO MUNICIPAL. Considerando:
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE ZARUMA EL CONCEJO MUNICIPAL Considerando: Que, la Constitución de la República en su preámbulo contiene un gran valor constitucional, el Sumak Kawsay, el
Más detallesMINISTERIO DE SALUD DECRETO NÚMERO 2174 (28 DE NOVIEMBRE DE 1996)
MINISTERIO DE SALUD DECRETO NÚMERO 2174 (28 DE NOVIEMBRE DE 1996) Por el cual se organiza el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad del Sistema General de Seguridad Social en Salud. EL PRESIDENTE DE
Más detallesMINISTERIO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA SOCIAL Y DEPORTE SECRETARIA DE ESTADO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN
Proyecto de Real Decreto por el que se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria obligatoria, el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas
Más detallesREGLAMENTO DE DESPACHO Y OPERACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL INTERCONECTADO
REGLAMENTO DE DESPACHO Y OPERACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL INTERCONECTADO CAPÍTULO I ASPECTOS GENERALES Artículo 1.- Objetivo y Ámbito.- El presente Reglamento establece las normas para la administración
Más detallesEn Madrid, a 5 de julio de mil novecientos noventa y nueve. REUNIDOS
CONVENIO DE COLABORACIÓN VOLUNTARIA, FRENTE AL DESVÍO DE SUSTANCIAS QUÍMICAS NO CATALOGADAS, SUSCEPTIBLES DE SER UTILIZADAS EN LA FABRICACIÓN ILÍCITA DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS PSICOTRÓPICAS. En Madrid,
Más detallesRUT P R E G U N T A S F R E C U E N T E S
RUT P R E G U N T A S F R E C U E N T E S 1. Qué es el Registro Único Tributario, RUT? Es el mecanismo único para identificar, ubicar y clasificar a las personas y entidades que tengan la calidad de contribuyentes
Más detallesMUNICIPIO DE LIBORINA Unidos somos más! ALCALDIA MUNICIPAL MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES MUNICIPIO DE LIBORINA
MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES MUNICIPIO DE LIBORINA LIBORINA ANTIOQUIA 2008 1. PRESENTACIÓN GENERAL Basados en la información recolectada en el diagnóstico se proponen las funciones
Más detallesreflexiones conjuntas del equipo de Profesores del centro que ha de dar lugar, entre otras, a directrices y decisiones compartidas y asumidas
ORDEN DE 28 DE AGOSTO DE 1995 POR LA QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA GARANTIZAR EL DERECHO DE LOS ALUMNOS DE EDUCACION SECUNDARIA OBLIGATORIA Y DE BACHILLERATO A QUE SU RENDIMIENTO ESCOLAR SEA EVALUADO
Más detallesAprobado por Decreto del Concejal Delegado nº 8174 de fecha 12/08/14
PLIEGO DE CLÁUSULAS TECNICAS QUE HA DE REGIR LA ADJUDICACIÓN, POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD DEL CONTRATO DE SERVICIO CONSISTENTE EN LA REALIZACIÓN DE UN CURSO DE DINAMIZACIÓN DE ACTIVIDADES
Más detallesESTUDIOS PREVIOS. INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR Sede Nacional Dirección Administrativa Grupo de Apoyo Logístico
Área Solicitante: ESTUDIOS PREVIOS INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR Sede Nacional Dirección Administrativa Grupo de Apoyo Logístico Ordenador del Gasto: Responsable: Objeto: Rubro: MYRIAM DE
Más detallesLas Actuaciones SIGEA Nº 12094-124-2005, Nº 13668-157-2007 y 13668-1382008 del Registro de esta Administración Federal, y
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Resolución General Nº 2793/2010 Buenos Aires, 26 de Febrero de 2010. VISTO: Las Actuaciones SIGEA Nº 12094-124-2005, Nº 13668-157-2007 y 13668-1382008 del Registro
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL PAÍS VASCO. jueves 12 de noviembre de 2015
OTRAS DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA 4822 RESOLUCIÓN de 27 de octubre de 2015, del Director de Formación y Aprendizaje, por la que se convocan las pruebas libres
Más detallesCAPÍTULO I Disposiciones generales
ORDEN FAM/657/2005, de 4 de mayo, por la que se desarrolla el Título III, «De las actividades juveniles de tiempo libre», del Decreto 117/2003, de 9 de octubre, por el que se regulan las líneas de promoción
Más detallesÚltima reforma y adición mediante Decreto 23, publicado en el Periódico Oficial del Estado número 7379 Suplemento B de fecha 25 de mayo de 2013.
Última reforma y adición mediante Decreto 23, publicado en el Periódico Oficial del Estado número 7379 Suplemento B de fecha 25 de mayo de 2013. Artículo 1 Esta ley tiene por objeto regular el régimen
Más detallesLEY DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS REUNIDOS De una parte, D. [NOMBRE APELLIDOS] con NIF [NUMERO Y LETRA] como representante legal de DATAPRIUS S.L. con
Más detallesRepública de Colombia. Ministerio de Hacienda y Crédito Público DECRETO' 188O 29 SE? 20~4
República de Colombia :'? ter r~ff;;_""" "_' "'':~''
Más detallesProyecto de Ley Marco para la Gestión de Residuos y Responsabilidad Extendida del Productor
Proyecto de Ley Marco para la Gestión de Residuos y Responsabilidad Extendida del Productor Contexto ambiental Producto Generación (ton/año) Tasa Reciclaje Actual Neumáticos Fuera de Uso (2012) 53,560
Más detallesMODALIDAD B: Subvención de proyectos específicos de actividades desarrollados principalmente en el Término Municipal de Argamasilla de Alba.
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE ARGAMASILLA DE ALBA (CULTURALES, SOCIALES, EDUCATIVAS, BENÉFICAS, RELIGIOSAS, ETC.), PARA EL EJERCICIO 2015 1. Objeto.- En
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones
Ley 24/1995, de 17 de julio, por la que se reconoce como Universidad privada a la denominada «Universidad Europea de Madrid», con sede en Madrid. Jefatura del Estado «BOE» núm. 170, de 18 de julio de 1995
Más detallesRESUELVO: La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio de Colaboración que figura como Anexo de la presente resolución.
1219 RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2014, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Marco de Colaboración entre la Consejería de Empleo, Mujer y Políticas Sociales de la Junta
Más detallesPROGRAMA 496M REGULACIÓN DEL JUEGO
PROGRAMA 496M REGULACIÓN DEL JUEGO 1. DESCRIPCIÓN La Dirección General de Ordenación del Juego ha asumido las competencias que la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, atribuyó a la Comisión
Más detallesINFORME AUSTERIDAD EN EL GASTO PÚBLICO PRIMER TRIMESTRE 2014
Página 1 de 7 INFORME AUSTERIDAD EN EL GASTO PÚBLICO PRIMER TRIMESTRE 2014 1. PRESENTACIÓN En cumplimiento de lo ordenado en los Decretos 1737 y 1738 de 1998 y el Decreto 2209 de octubre de 1998, emanados
Más detalles