Restauración Templo Parroquial de Santa Cruz
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- Ricardo Castilla Robles
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1 Restauración Templo Parroquial de Santa Cruz 27 febrero febrero 2012 Colchagua - Chile La reconstrucción de nuestro templo Parroquial: Un desafío para todos. Dios ama al que da con alegría (2 Corintios 9,7)
2 CONTACTO : JUAN CARLOS ALARCÓN VIDAL DIRECCIÓN : Av. Errázuriz 145, Santa Cruz - Colchagua Fonos : (72) juan.alarcon@cardoen.cl
3 Índice 01.- Introducción 02.- Descripción fotográfica del daño sufrido Fotos demolición y situación actual Datos de la Aprobación de la Ley de Donaciones Culturales Convenio Obispado de Rancagua y Fundación Cardoen Certificado Obispado de Rancagua 07.- Carta compañía auditora Ernst & Young Esquema del Proyecto Arquitectónico Presupuesto Global. 10.-Anexos.
4 Introducción 27 febrero febrero 2012 Colchagua - Chile. El terremoto del 27 de febrero del año 2010 que afectó a gran parte del país, provocó un gran daño en el patrimonio religioso y cultural de la Zona de Colchagua y de manera especial en Santa Cruz. Algunos íconos de nuestra ciudad como el Museo de Colchagua, la Municipalidad y diversas viviendas fueron severamente dañadas. El Templo Parroquial de la Parroquia La Santa Cruz de Colchagua, que ha representado por mas de 138 años un punto de referencia obligado de la identidad de Santa Cruz, ha sido necesario su demolición por el irreparable daño estructural que sufrió en este movimiento telúrico. El impacto espiritual y emocional que esto significó y la necesidad de poder reconstruir en su estilo y diseño original este Templo llevó a la Fundación Cardoen presidida por Carlos Cardoen Cornejo, a comprometerse decididamente en hacer todos los esfuerzos a su alcance en buscar los recursos para en un plazo prudente poder levantar este centro de referencia no solo arquitectónico y espiritual sino también cultural de Santa Cruz. Este compromiso ha sido fuertemente valorado por el Obispado de Rancagua y la comunidad toda. Con fecha 14 de junio de firmó un Convenio de Cooperación entre el Obispado de Rancagua y la Fundación Cardoen para estos efectos. Junto al actual párroco Pbro. Juan Carlos Urrea Viera, se han dado diversos pasos en la consolidación de este proyecto. Uno de estos pasos fundamentales ha sido la aprobación del Gobierno de Chile a través del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes del Proyecto Restauración Templo Parroquial de Santa Cruz el 28 de mayo del 2010, a través de la cual los donantes pueden acogerse a los beneficios tributarios que la ley establece para las donaciones con fines culturales. La parroquia de Santa Cruz junto a sus agentes pastorales también se encuentran empeñados en la búsqueda de recursos que nos permita realizar y vivir el tan anhelado sueño de ver reconstruido nuestro Templo Parroquial. Con la esperanza de que este proyecto pueda encontrar una favorable acogida en usted, nos despedimos respetuosamente, Sr. Carlos Cardoen Cornejo Presidente Fundación Cardoen Pbro. Juan Carlos Urrea Viera. Párroco
5 Registro fotográfico del daño generado por el terremoto
6 Registro fotográfico del daño generado por el terremoto
7 Registro fotográfico del daño generado por el terremoto
8 Demolición y Situación Actual
9 Datos de la Aprobación del Proyecto en Sesión Ordinaria del Comité calificador de Donaciones Privadas de la Ley de Donaciones Culturales. Según antecedentes del Acta Sesión Ordinaria Nº 3/2010, de 14 de mayo de 2010, del Comité calificador de Donaciones Privadas; Resolución Exenta Nº 189, de 20 de enero de 2010, que lleva a efecto las designaciones de las personas que indica como integrantes del Comité Calificador de Donaciones Privadas; resolución Exenta Nº 527 de 8 de febrero de 2010, que delega facultad que señala en el Secretario del Comité Calificador de Donaciones Privadas, resolución Exenta Nº 1479 de 10 de marzo de 2010, que designa al Vicepresidente del Comité Calificador de Donaciones Privadas, lleva a efecto Acuerdo de aprobación del Proyecto Nº 5 Restauración Templo Parroquial de Santa Cruz, como beneficiario de Donaciones con fines culturales, artículo 8º Ley Nº , a cargo de la Fundación Cardoen por un monto de $ 854, , cuya duración de ejecución del proyecto queda fijada desde junio 2010-mayo Dicha Resolución Exenta Nº 2590 fue aprobada en Valparaíso el 24 de mayo del 2010.
10 CONVENIO DE COOPERACIÓN OBISPADO DE RANCAGUA Y FUNDACION CARDOEN En Rancagua, a 14 de junio de 2010, entre el OBISPADO DE RANCAGUA, representada por su Obispo Diocesano, Monseñor Alejandro Goic Karmelic, ambos con domicilio para estos efectos en calle O'Carroll N 535 de Rancagua, en adelante el Obispado ; y, la FUNDACION CARDOEN, entidad sin fines de lucro, representada para estos efectos por su Presidente, don Carlos Remigio Cardoen Cornejo, y su Director, don Diego Cardoen Délano, todos con domicilio para estos efectos en Plaza de Armas 276, Santa Cruz, VI Región,, en adelante la Fundación, se ha acordado lo siguiente: PRIMERO: El Obispado de Rancagua es propietario y responsable de la Parroquia La Santa Cruz y dependencias conexas, ubicada en la ciudad y comuna de Santa Cruz, en adelante en conjunto la Parroquia. La Parroquia, fundada el año 1710, y que constituye un lugar de culto de relevancia para la comunidad de Santa Cruz, encontrándose además emplazada en un barrio de interés patrimonial, sufrió daños de consideración con motivo de los efectos del terremoto ocurrido el 27 de febrero pasado. Por su parte, la Fundación se organizó con motivo del acaecimiento del terremoto que desoló, entre otras regiones del país, a la VI Región del Libertador Bernardo O'Higgins, siendo su objetivo principal colaborar con la reconstrucción y preservación del patrimonio histórico y cultural del Valle de Colchagua, del cual forma parte la Parroquia. SEGUNDO: En razón de lo anterior, las partes han acordado celebrar el presente Convenio de Colaboración, en los términos y condiciones que se estipulan en este mismo instrumento. TERCERO: El objetivo general de este Convenio, es delegar en la Fundación la organización necesaria para el levantamiento de un proyecto de reconstrucción de la Parroquia de Santa Cruz, de acuerdo con las exigencias normativas que corresponden a edificaciones emplazadas en zonas típicas, y generar las condiciones para la obtención del financiamiento necesario para su implementación. CUARTO: Para el cumplimiento de este objetivo, la Fundación, a través de su propia organización y por medio de terceros, coordinará las labores destinadas a: (i)levantar un proyecto arquitectónico para la reconstrucción de la Parroquia de Santa Cruz; (ii)buscar en entes públicos y privados, nacionales o internacionales, la donación de los recursos para el financiamiento requerido; y (iii)coordinar la contratación y supervisión de su ejecución.
11 A lo anterior, deberá sumarse el esfuerzo y coordinación del Obispado para la obtención de otras fuentes de financiamiento. QUINTO: Sin perjuicio de lo convenido en la cláusula cuarta precedente, previo a la aprobación y ejecución de cualquier ante-proyecto o proyecto que considere la demolición, remodelación, reparación, reconstrucción o cualquier otro modo de intervención de la Parroquia, se deberá contar con el visto bueno y aprobación expresa del señor Obispo de Rancagua, previa recomendación que al efecto deberá hacer el Comité Ejecutivo de la Comisión Diocesana de Reconstrucción, creada por el Obispado, con motivo de los daños causados por el terremoto del día 27 de febrero de Al efecto, las partes acuerdan asignar a esta cláusula el carácter de esencial. SEXTO: Tanto el Obispado como la Fundación designarán a sus respectivos interlocutores para efectos de la conducción y coordinación del presente Convenio y supervisión de las actividades correspondientes. Para este efecto, el Obispado designa desde ya a don Gonzalo Díaz Soteras; mientras que la Fundación designa a don Diego Cardoen Délano. SEPTIMO: Se deja expresa constancia que el presente Convenio no implica compromisos de orden económico para ninguna de las partes. OCTAVO: El presente Convenio tendrá una vigencia indefinida, siendo el interés de las partes que el mismo termine sólo una vez concluidas las obras de reconstrucción de la Parroquia. No obstante lo anterior, cualquiera de las partes podrá poner término al presente Convenio mediante un aviso escrito enviado a su contraparte con, al menos, noventa días de anticipación a la fecha de término efectivo. En ese período se convendrá los términos de la liquidación correspondiente. NOVENO: Para todos los efectos legales las partes fijan domicilio en la comuna y ciudad de Rancagua. DECIMO: El presente Convenio se otorga en dos ejemplares de igual tenor y fecha, quedando uno en poder de cada parte. Para constancia, firman: Carlos Cardoen Cornejo Presidente Fundación Cardoen Alejandro Goic Karmelic Obispo Obispado de Rancagua Diego Cardoen Délano Director Ejecutivo Fundación Cardoen
12 Autorización solicitud de donaciones reconstrucción Parroquia La Santa Cruz de Colchagua.
13 Carta compromiso de Auditoria Ernst & Young
14 Esquema del Proyecto Arquitectónico Elevación Oriente Cambio en la altura del campanario proyectado
15 Esquema del Proyecto Arquitectónico Elevación Fachada Oriente Cambio en la altura del campanario Situación Anterior
16 Esquema del Proyecto Arquitectónico Elevación Norte Esquema del Proyecto Arquitectónico Elevación Sur
17 Esquema del Proyecto Arquitectónico Cortes transversales Esquema del Proyecto Arquitectónico Cortes longitudinal
18 Galería Imágenes Obras de Restauración Templo Parroquial de Santa Cruz
19 Imágenes obras de Reconstrucción
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