Gobierno del Estado de Baja California Secretaría General de Gobierno

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1 FUNCIONES DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS Oficina del Titular Vigilar la marcha de la administración pública para asegurar el cumplimiento de las instrucciones y criterios generales que hubieren sido dictados por el titular del ejecutivo. Fijar, dirigir y controlar la política de la Secretaría, así como programar, coordinar y evaluar en los términos de la legislación aplicable al de las entidades del sector correspondiente; para tal efecto, fijará las prioridades mediante una estricta selección de programas, objetivos y metas, de acuerdo con los lineamientos establecidos. 1. Conducir las relaciones que correspondan al Poder Ejecutivo del Estado con los otros poderes estatales, los ayuntamientos, los poderes federales y los de las demás entidades federativas. 2. Vigilar la marcha general de la administración pública, para asegurar el cumplimiento de las instrucciones y criterios generales que hubieren sido dictados por el Titular del Ejecutivo. 3. Presentar ante el Congreso del Estado las iniciativas de ley y decretos que envíe el Gobernador. 4. Autorizar y tramitar en el periódico oficial del estado la publicación de las leyes, decretos, reglamentos y demás disposiciones de orden general que deben regir en el Estado. 5. Intervenir y ejercer la vigilancia que en materia electoral señalen las leyes al Ejecutivo del Estado o los convenios que al efecto se celebren. 6. Expedir permisos y concesiones, previo acuerdo del Gobernador, que no estén asignados a otras dependencias del ejecutivo. 7. Vigilar, en auxilio de las autoridades federales, que las publicaciones impresas, trasmisiones de radio y televisión, películas y demás espectáculos públicos, se mantengan dentro de los límites de respeto a la vida, a la paz y moral pública, evitando provoquen la comisión de delitos o perturben el orden público. 8. Vigilar, en auxilio de las autoridades federales, el cumplimiento de las leyes y reglamentos en materia de cultos. 9. En los términos del artículo 45 de la constitución, sustituir al Gobernador del Estado en los juicios de amparo.

2 10. Elaborar proyectos de decreto de expropiación, ocupación temporal y limitación de dominio en los casos de utilidad pública. 11. Llevar el registro y legalizar las firmas autógrafas de los servidores públicos estatales, los presidentes y secretarios municipales, y de los demás servidores públicos a quienes este encomendada la fe pública. 12. Proporcionar los apoyos administrativos que requiera la comisión estatal electoral, el registro estatal de electores, demás organismos que por la ley o convenio, le corresponda atender dentro de su dependencia. 13. Proponer y realizar estudios sobre los municipios del estado que atiendan a su fortalecimiento y desarrollo. 14. Fijar, dirigir y controlar la política de la Secretaría, así como planear en los términos de la legislación aplicable, del sector correspondiente, de conformidad con las políticas, objetivos y prioridades que establezca el Ejecutivo del Estado. 15. Designar y remover libremente a los servidores públicos responsables de las unidades administrativas de la Secretaría. 16. Someter al acuerdo del Ejecutivo Estatal, los asuntos encomendados a la Secretaría y las entidades del sector, así como desempeñar las comisiones y funciones que le confiera, manteniéndolo informado sobre el desarrollo y ejecución de las mismas. 17. Formular y proponer al Ejecutivo Estatal, los proyectos de iniciativas de leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes sobre los asuntos de su competencia y del sector correspondiente, así como los demás ordenamientos que instruya el propio ejecutivo. 18. Proponer el anteproyecto de presupuesto de egresos de la Secretaría, con base en los programas respectivos de las dependencias a su cargo y de las entidades del sector, así como las modificaciones en congruencia con los establecido en el Plan Estatal de Desarrollo. 19. Aprobar la organización y funcionamiento de la Secretaría y adscribir orgánicamente las unidades administrativas. 20. Dar cuenta al Congreso del Estado sobre la situación que guarda su ramo, así como del sector correspondiente, cuando se le requiera para ello. 21. Vigilar, en auxilio de las autoridades federales correspondientes, el desarrollo de los eventos a que se refiere la ley federal de juegos y sorteos. 22. Organizar y conducir en el estado, el ejercicio de las funciones del registro civil, y del notariado. 23. Participar y coordinar, en su caso, actividades relacionadas con la beneficencia pública y privada, y la política poblacional.

3 24. Coordinar las acciones y programas del ejecutivo, relativos a la prevención de desastres; así como establecer el sistema estatal de protección civil, y ordenar la participación civil en eventos de emergencia, a fin de controlar y disminuir los daños materiales y humanos. 25. Proporcionar los apoyos administrativos que requiera la Comisión Estatal Electoral, el Registro Estatal de Electores, y demás organismos que por ley o convenio, le corresponda atender dentro de su dependencia. 26. Proponer y realizar estudios sobre los municipios del estado, que tiendan a su fortalecimiento y desarrollo. 27. Expedir y mantener actualizados los manuales de organización, procedimientos y servicios al público de cada una de las unidades administrativas de la Secretaría. 28. Enviar oportunamente a la Oficialía Mayor para su publicación, las fe de erratas a las leyes, decretos, reglamentos y acuerdos, en su caso, del Gobernador. 29. Nombrar mediante oficio, apoderados para ser representado ante cualquier autoridad cuando la dependencia, sus unidades o su titular, tengan carácter de parte actora demandada, tercerista o coadyuvante. El poder será limitado al asunto de que se trate y en el se señalarán las facultades que se otorgan. 30. Vigilar que en los asuntos de orden administrativo que competen al Poder Ejecutivo del Estado, se observen los principios de constitucionalidad y legalidad. 31. Asesorar en las controversias constitucionales en las que el ejecutivo del estado sea parte. 32. Asesorar al ejecutivo del estado, en las acciones y controversias constitucionales a que se refiere el artículo 105 de la Constitución Federal. 33. Asistir jurídicamente al poder ejecutivo en todos los juicios o negocios en que intervenga como parte que afecten su patrimonio o tenga interés jurídico. 34. Participar como coadyuvante en los juicios o negocios en que las dependencias y entidades de la administración pública del estado intervengan con cualquier carácter, en su caso y previo acuerdo con el titular, ejercer las acciones y excepciones que correspondan para la defensa administrativa y judicial. 35. Prestar asesoría jurídica, emitir opinión y resolver las consultas que en materia jurídica le sean planteadas por el titular del ejecutivo del estado y por las dependencias y entidades de la administración pública estatal. 36. Formular o emitir opinión sobre la constitucionalidad y legalidad de los proyectos de ley o reglamentos que le encomiende el Ejecutivo del Estado. 37. Presidir e integrar la comisión de estudios jurídicos, integrada por los responsables de las unidades de asuntos jurídicos de cada dependencia y entidad de la administración publica del estado.

4 38. Coordinar los programas de normatividad jurídica, procurando la congruencia de los criterios jurídicos de las dependencias y entidades de la administración publica estatal, interviniendo en la actualización y simplificación del marco normativo. 39. Intervenir en el asesoramiento jurídico de los trámites de expropiación por causa de utilidad pública. 40. Suscribir en el ámbito de su competencia, convenios con otras dependencias, entidades, gobiernos estatales, municipales y organismos no gubernamentales que se consideren necesarios para la consecución de los objetos de la Secretaría. 41. Dirigir, organizar, administrar y evaluar la defensoría de oficio, garantizando su accesibilidad a los gobernados. 42. Participar y coordinar a través del área que determine, las acciones relacionadas con los asuntos fronterizos y vigilar o coadyuvar en su ejecución y seguimiento por parte de las demás dependencias y entidades competentes; así como promover la celebración de los convenios necesarios con las autoridades federales competentes para atender esta materia.

5 Dirección de Protección Civil Desarrollar programas para la identificación y mitigación de riesgos en el estado, integrando sistemas de monitoreo, información y comunicación en la planeación y atención de emergencias; así como coordinar a las dependencias y entidades de los tres órdenes de gobierno que tengan actividades relacionadas con la protección civil. 1. Coordinar las dependencias y entidades de los tres órdenes de gobierno en el Estado, que tengan actividades que se relacionen con la protección civil. 2. Promover en los medios de comunicación social planes y programas de capacitación, difusión y divulgación a través de publicaciones, grabaciones, videocintas y campañas permanentes sobre temas de protección civil, que contribuyan a la formación de una cultura en la materia. 3. Invitar a la población a participar activamente en acciones de protección civil. 4. Promover la incorporación de contenidos temáticos de protección civil en los planes de estudio de todos los niveles educativos, públicos y privados. 5. Promover el desarrollo de planes y programas para la formación de especialistas en la materia y la investigación de las causas y efectos de los desastres, en los planteles de educación superior y en los organismos dedicados a la investigación científica y tecnológica. 6. Integrar un catálogo de recursos humanos y materiales de las dependencias y entidades de los tres órdenes de gobierno y del sector social y privado, necesarios de movilizar en caso de desastre. 7. Integrar un directorio telefónico de los funcionarios de los tres órdenes de gobierno, sector social y privado, relacionados con la materia de protección civil. 8. Promover la actualización de leyes y reglamentos estatales y municipales que garanticen la seguridad civil y prevención de incendios para evitar la afectación a la población, sus bienes y el medio ambiente. 9. Procurar con dependencias y entidades de los tres órdenes de gobierno, mayor infraestructura, equipamiento y servicios en las zonas urbanas y rurales para evitar daños en centros de población inamovibles. 10. Coordinar de manera permanente los programas, subprogramas, planes de contingencia y capacitación en materia de protección civil que elaboren los órganos municipales de los ayuntamientos del Estado.

6 11. Establecer vínculos de coordinación y aportación con agencias gubernamentales y privadas de otros países. 12. Promover ante autoridades de los tres órdenes de gobierno, así como del sector privado y social, la adquisición del equipo requerido por los órganos municipales para el combate de fuegos, derrames, explosión e incendio de materiales peligrosos. 13. Coordinarse de manera especial con el sector salud, tanto oficial como privado, para una respuesta eficaz en caso de desastre. 14. Formular el programa y subprograma anuales de protección civil, para su aprobación ante el consejo estatal. 15. Formular y presentar a la Secretaría de Planeación y Finanzas, el presupuesto anual de egresos de la dirección. 16. Tramitar los acuerdos emitidos por el consejo estatal de protección civil. 17. Identificar los fenómenos destructivos que se presentan en el estado, integrando el atlas de riesgos, y apoyar a los órganos municipales para la elaboración de sus mapas de riesgos. 18. Elaborar y mantener actualizado el plan estatal de contingencia y el atlas de riesgos. 19. Integrar y operar un organismo estatal de capacitación especializada para personal de cuerpos de atención a emergencias, abarcando diversas disciplinas de prevención, respuesta e investigación. 20. Practicar, en coordinación con los órganos municipales de protección civil, las inspecciones o verificaciones técnicas a edificios e instalaciones de ocupación masiva, de servicios estratégicos o de alto riesgo, a fin de vigilar el cumplimiento con la normatividad de protección civil y la identificación de riesgos que puedan afectar a la población. 21. Dictaminar las medidas preventivas para eliminar o mitigar los riesgos detectados en las inspecciones o verificaciones técnicas practicadas. 22. Coordinarse con los órganos municipales para la aplicación de las medidas de seguridad y/o sanciones indicadas por la Ley de Protección Civil del Estado, y que se deriven de las inspecciones y verificaciones técnicas practicadas. 23. Establecer las bases y promover la operación de un sistema de comunicaciones de emergencia.

7 Establecer la óptima administración y prestación de servicios generales de apoyo inherentes a los recursos humanos, materiales y financieros asignados a la Secretaría; integrar y controlar el presupuesto por programas de gasto corriente, elaborar o en su caso actualizar el marco jurídico-administrativo (reglamento interno, manuales de organización, procedimientos y normativos) y demás estudios de organización y métodos; así como también coordinar las acciones de informática al interior de la secretaría; de conformidad con las normas, políticas, lineamientos y procedimientos emitidos por las dependencias normativas. 1. Vigilar el cumplimiento de normas, políticas, lineamientos y procedimientos aplicados en materia de administración y desarrollo de los recursos humanos, materiales y financieros de la Secretaría, en base a lo establecido por las dependencias normativas. 2. Determinar e instrumentar las políticas internas del personal, para los procesos de empleo, remuneraciones, relaciones laborales, capacitación y desarrollo. 3. Autorizar las modificaciones en la situación del personal de acuerdo a los lineamientos establecidos, remitiéndolas a la Oficialía Mayor de Gobierno para su trámite correspondiente. 4. Establecer el diagnóstico de necesidades y programa anual de capacitación y desarrollo del personal adscrito a la Secretaría, para el mejor desempeño de sus funciones. 5. Establecer los programas de servicio social con las diferentes instituciones educativas para la asignación de estudiantes y suscripción de las cartas de liberación de los que realizan el servicio en esta Secretaría. 6. Autorizar el trámite, distribución y pago de sueldos, salarios y demás remuneraciones por servicios personales, asi como las prestaciones de carácter económico y socioculturales, vigilando que se apliquen las retenciones, descuentos, deducciones, embargos por laudo de autoridades competentes y percepciones correspondientes. 7. Vigilar que se dé cumplimiento a los reglamentos, condiciones de trabajo, políticas y demás ordenamientos legales y administrativos que regulen los recursos humanos; así como aplicar las medidas correctivas y disciplinarias correspondientes. 8. Coordinar y autorizar el abastecimiento y suministro de bienes muebles, materiales y equipo, viáticos, pasajes, gastos operativos, así como los servicios de archivo y correspondencia, mantenimiento preventivo y correctivo e intendencia para el desarrollo de las actividades de la Secretaría.

8 9. Establecer la operación y control de los inventarios asignados a la Secretaría, manteniéndolo actualizado y vigilando su correcta y racional utilización. 10. Elaborar estudios e instrumentar sistemas administrativos que permitan modernizar y agilizar los servicios y trámites de apoyo, y otros que se requieran para el óptimo funcionamiento. 11. Integrar el anteproyecto de presupuesto por programas de gasto corriente de la secretaría, conforme a las normas y lineamientos que establezca la Secretaría de Planeación y Finanzas y evaluar sus avances periódicamente. 12. Coordinar la integración y proponer ante el secretario para su autorización el anteproyecto del presupuesto anual de egresos de la Subsecretaría. 13. Informar a las unidades administrativas de la Secretaría sobre las asignaciones presupuestales del gasto corriente que les correspondan. 14. Evaluar y tramitar los movimientos presupuestales para autorización, aprobación, transferencia, ampliación, reducción; así como autorizar la operación relativa al gasto corriente. 15. Autorizar para su trámite y controlar el ejercicio del presupuesto de gasto corriente de la secretaría, de acuerdo a las normas y lineamientos establecidos, mediante el registro y evaluación de su comportamiento, informando a las unidades administrativas sobre la responsabilidad de sus recursos. 16. Establecer y desarrollar programas de modernización administrativa en la Secretaría, realizando estudios de la estructura y funcionamiento con base a su marco atribucional, así como desarrollar sistemas y procedimientos para lograr eficiencia, eficacia y efectividad en las funciones establecidas, formulando y actualizando los instrumentos correspondientes. 17. Determinar y establecer el cumplimiento de lineamientos para el control y evaluación del ejercicio de gasto corriente. 18. Coordinar la elaboración e implementación en su caso de los sistemas informáticos de la Secretaría, respaldados por lineamientos estratégicos de la Dirección de Informática del Gobierno del Estado. 19. Coordinar y realizar estudios sobre el funcionamiento y estructura orgánica de la Secretaría, mediante la elaboración de diagnósticos que determinen la factibilidad de creación, fusión o extinción de unidades administrativas y proponer aquella que fundamente el proceso de reestructuración. 20. Coordinar la elaboración y actualizar en su caso el reglamento interno y los manuales de organización, funciones y procedimientos de la Secretaría, así como evaluar los proyectos de manuales que elaboren las unidades administrativas, para su respectiva integración.

9 21. Integrar el catálogo de formatos utilizados por la Secretaría, realizando el análisis, diseño y control de formas impresas, relacionadas con los sistemas y procedimientos establecidos. 22. Establecer y aplicar análisis de puestos al personal adscrito a la Secretaría a fin de determinar las actividades genéricas y específicas del puesto. 23. Coordinar y mantener actualizada la estructura de puestos de la Secretaría a nivel general y por unidad administrativa, presentando propuestas de homologación de los mismos, a fin de que sean congruentes con la integración del manual respectivo. 24. Proporcionar información y asesoría técnica en la materia de su competencia y establecer la coordinación necesaria con otras unidades administrativas de la Secretaría; así como también con otras dependencias, de acuerdo con las políticas establecidas al respecto. 25. Coordinar y diseñar sistemas de cómputo codificando los programas en lenguajes de programación autorizados, apoyándose en la realización de entrevistas a los usuarios del mismo, como medio para la obtención de información y de acuerdo a las especificaciones para su desarrollo con alternativas funcionales. 26. Administrar y verificar el buen funcionamiento de la red interna de la Secretaría. 27. Coordinar y supervisar la elaboración de los diversos manuales e instructivos en materia de informática para el buen desarrollo e implementación de la misma. 28. Coordinar las actividades en materia de informática del área, analizar y desarrollar estructuras de archivo de sistemas computacionales, así como asesorar en el uso correcto de paquetería y configuración de impresoras con que cuenta cada una de las unidades administrativas. 29. Ser facilitador de enlaces de comunicación computacional con otras dependencias, respaldado por lineamientos estratégicos de la dirección de informática del Gobierno del Estado.

10 Departamento de Servicios Administrativos Proporcionar los servicios de apoyo administrativo en materia de recursos humanos, materiales y financieros, de conformidad con las normas, lineamientos y procedimientos establecidos y demás disposiciones que emita la dependencia normativa correspondiente. 1. Diseñar, proponer y verificar el cumplimiento de normas, políticas, lineamientos y procedimientos aplicados en los procesos inherentes a los recursos humanos, materiales y financieros. 2. Ejecutar los procesos de reclutamiento, selección, inducción, remuneraciones, relaciones laborales, contratación, capacitación y desarrollo del personal que se requiera para el mejor desarrollo de los programas establecidos en la Secretaría. 3. Elaborar los movimientos y efectuar el registro de altas, bajas, licencias, vacaciones, comisiones y remuneraciones del personal adscrito, integrando los expedientes de personal y banco de datos con la documentación correspondiente. 4. Establecer el control de incidencias, prenómina y trámite para el pago de sueldos, salarios y demás remuneraciones por servicios personales de la Secretaría. 5. Integrar el programa anual de capacitación y desarrollo de personal de la Secretaría que eleve la calidad en el trabajo, estableciendo un sistema de registro y control de los cursos participantes. 6. Coordinar a estudiantes que presten su servicio social en los diferentes programas asignados a la dependencia por las instituciones educativas con las que se tiene convenio. 7. Elaborar y participar en la instrumentación de programas de modernización, eficiencia, mejoramiento administrativo y otros que se requieran para el funcionamiento óptimo de la Dirección. 8. Programar las adquisiciones y suministro de bienes y servicios administrativos con el propósito de proporcionar los servicios generales requeridos por las unidades administrativas para el desarrollo de actividades. 9. Controlar y actualizar los inventarios de los bienes muebles asignados en lo que respecta a la Secretaría. 10. Proporcionar los servicios de limpieza a las diferentes unidades administrativas.

11 Subsecretaría de Gobierno Llevar a cabo los planes y programas asignados a la Secretaría, con apego a las normas, políticas, lineamientos y demás disposiciones jurídicas y administrativas que al efecto se expidan. 1. Coordinar la elaboración de la política de gobierno que deberán aplicarse para el cumplimiento de las instrucciones y criterios generales que dicte el Ejecutivo del Estado. 2. Participar conjuntamente con los poderes estatales, federales, los ayuntamientos y los de las demás entidades federativas en el seguimiento y evaluación de las acciones de política y gobierno en el Estado. 3. Establecer vínculos con los partidos políticos, instituciones y organizaciones políticas, así como con los diferentes órdenes de gobierno, para recoger y encauzar propuestas que fortalezcan la vida democrática del Estado. 4. Analizar los procesos políticos y electorales que se realicen en el Estado. 5. Establecer mecanismos y procedimientos para lograr una mayor participación de las organizaciones sociales y civiles en el proceso de transformación de las instituciones políticas. 6. Poner en práctica estrategias que contribuyan al desarrollo político del estado en las que participen los partidos, los diferentes órdenes de gobierno y los poderes del Estado. 7. Coordinar el ejercicio del gasto público asignado a la Subsecretaría que comprenda el manejo y aplicación de los recursos, justificación, comprobación y trámite de pago, así como su evaluación e información sobre el grado de avance financiero de los programas de política y gobierno, sujetándose a los ordenamientos legales y disposiciones de las dependencias normativas. 8. Validar los movimientos presupuestales de área, de los programas de política y de gobierno, relativos a la autorización, aprobación, transferencia, traspaso, ampliación, reducción y en su caso, la cancelación correspondiente. 9. Orientar y coordinar la planeación, programación, presupuestación, control y evaluación del desarrollo político en el Estado. 10. Coordinar la elaboración, validar en su caso y someter a la aprobación del secretario los dictámenes jurídicos de asuntos agrarios, que soliciten las dependencias de ámbito estatal; así como también canalizar y dar seguimiento aquellas que sean de carácter federal.

12 11. Coordinar el trámite y dar seguimiento a expedientes de anteproyectos de decretos de expropiación, ocupación temporal y limitación de bienes inmuebles agrarios, por causa de utilidad pública a favor del gobierno del Estado. 12. Coordinar el seguimiento y evaluación de los planes y programas de la Secretaria y del sector.

13 Dirección de Gobierno Coordinar y dirigir las acciones de gobierno de la Secretaría, así como proporcionar los servicios al público en la legalización, apostillamiento y casas de empeño. 1. Coordinar, dirigir y controlar las acciones relativas a la correspondencia y archivo. 2. Registrar, legalizar y apostillar documentos o firmas de los servidores públicos del Estado, presidentes y secretarios de los ayuntamientos, universitarios y de todos aquellos servidores públicos a quienes este encomendada la fe pública. 3. Gestionar los trámites para la expedición de permisos y concesiones que corresponda al Ejecutivo Estatal o a la Secretaría. 4. Gestionar el otorgamiento de anuencias para la realización de eventos de entretenimiento social, exposiciones, ferias populares, así como de todo acto cuya autorización corresponda al Ejecutivo del Estado. 5. Gestionar para publicación en el periódico oficial, leyes, reglamentos, decretos y demás disposiciones que deban regir en el Estado. 6. Ejercer las atribuciones emanadas de la Ley que establece las Bases de Operación de las Casas de Empeño del Estado de Baja California y su Reglamento. 7. Sancionar a los permisionarios por infracción a la Ley y el Reglamento, conforme al procedimiento administrativo previsto en el capítulo IX del Reglamento de las Casas de Empeño. 8. Notificar las sanciones por infracciones a las disposiciones de la Ley o el Reglamento de las Casas de Empeño. 9. Notificar, las resoluciones sobre la expedición, modificación, revalidación y su cancelación del permiso para la instalación y funcionamiento de casas de empeño. 10. Recibir, analizar y calificar las solicitudes para la expedición, revalidación y modificación de permiso para la instalación y funcionamiento de casas de empeño, así como la integración del expediente correspondiente. 11. Participar en actos o reuniones con las dependencias de los tres órdenes de gobierno para establecer las relaciones institucionales a seguir. 12. Participar, en auxilio de las autoridades federales, que las publicaciones impresas, transmisiones de radio y televisión, películas y demás espectáculos públicos, se mantengan dentro de los límites de respeto a la vida privada, a la paz y moral pública, evitando provoquen la comisión de delitos o perturben el orden público;

14 13. Participar, en auxilio de las autoridades federales, el desarrollo de los eventos a que se refiere la ley federal de juegos y sorteos: 14. Participar, en auxilio de las autoridades federales, el cumplimiento de las leyes y reglamentos en materia de cultos; 15. Promover la política institucional del gobierno en materia de derechos humanos. 16. Promover y llevar el seguimiento a las recomendaciones u observaciones de los organismos defensores de los derechos humanos, de carácter nacional y local, procurando su cumplimiento y observancia. 17. Coordinar y mantener relación permanente con organismos públicos procuradores de los derechos humanos, así como las instituciones privadas que promuevan la atención de los mismos.

15 Departamento de Gobierno Coordinar las acciones de gobierno relacionadas con la legalización, apostillamiento, correspondencia y archivo, anuencias y expedición de concesiones y permisos del ejecutivo así como también verificar que los permisos de casas de empeño, cumplan con la normatividad establecida. 1. Elaborar la expedición del permiso para las casas de empeño, una vez cumplidos los requisitos de ley, para remitirlo a firma del titular. 2. Revisar que los instrumentos jurídicos que envían las diversas instancias gubernamentales para su publicación en el periódico oficial del estado, cumplan con los lineamientos emitidos por las dependencias normativas. 3. Recibir, analizar y calificar las solicitudes para la expedición, revalidación y modificación de permiso para la instalación y funcionamiento de casas de empeño, así como la integración del expediente correspondiente. 4. Elaborar los proyectos de resolución correspondientes a las solicitudes de expedición, modificación, revalidación y cancelación de permiso para la instalación y funcionamiento de casa de empeño. 5. Elaborar formatos de documentos relativos a la solicitud de expedición, revalidación, modificación de permiso y demás papelería oficial necesaria para el cumplimiento del objeto de la Ley y el Reglamento de las Casas de Empeño.

16 Dirección de Desarrollo Político Fomentar las políticas públicas ante los tres órdenes de gobierno; instituciones y organizaciones sociales; así como también atender y llevar el seguimiento de los problemas sociales y políticos. 1. Analizar la problemática social y política del Estado e implementar acciones para fomentar el desarrollo político. 2. Dar seguimiento a las acciones políticas y de gobierno que promuevan el desarrollo político del Estado de Baja California. 3. Participar en el diseño de políticas públicas y acciones gubernamentales. 4. Establecer vínculos institucionales con los tres órganos de gobierno, las instituciones y organizaciones políticas del Estado y del país, para fomentar el desarrollo de la cultura política y contribuir al desarrollo político del Estado. 5. Coordinar la elaboración de análisis y estudios de políticas públicas, para la solución de la problemática sociopolítica del Estado. 6. Dar seguimiento a las gestorías que promuevan los poderes públicos del Estado, legisladores, así como grupos y ciudadanos en general. 7. Participar en la mediación y resolución de conflictos de carácter político y social que requieren la intervención de la Secretaría. 8. Analizar los procesos electorales que se realicen en el Estado.

17 Dirección de Enlace y Seguimiento Coordinar la integración de las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo, con el fin de llevar el seguimiento y evaluación de los proyectos y programas prioritarios que impulse el Gobierno del Estado en coordinación con los gobiernos federales y municipios, verificando que se orienten a la consecución de los objetivos del Plan Estatal de Desarrollo y al proceso de planeación estratégica. 1. Apoya la coordinación de las entidades del sector, mediante la orientación de sus acciones en funciones del cumplimiento de las políticas públicas y prioridades de desarrollo. 2. Apoyar en la representación de la Secretaria ante los órganos de gobierno de las dependencias y entidades de la administración pública en las cuales se tenga participación. 3. Coordinar los trabajos de la Secretaría en coordinación con el COPLADE para la elaboración del Plan Estatal de Desarrollo y los programas de la Secretaría y de las entidades de la administración pública, asegurando su elaboración y cumplimiento. 4. Organizar y coordinar las reuniones de gabinete interno de la Secretaría, dando seguimiento a los acuerdos derivados de las mismas. 5. Coordinar los trabajos para el seguimiento, evaluación e impacto de acciones, que realicen las diversas áreas de la Secretaría. 6. Coordinar la recopilación e integración de información de las actividades realizadas por la secretaría y entidades de la administración pública, a fin de proporcionar el insumo necesario para la integración del informe anual de actividades que rinde el Ejecutivo del Estado ante el Congreso del Estado.

18 Dirección de Gestión y Atención a Grupos Sociales Intervenir en la mediación, canalización y resolución de conflictos de carácter social que requiere la atención y participación de la secretaría, así como realizar el seguimiento de las gestorías promovidas por los diputados locales, los integrantes del congreso de la unión, los grupos y ciudadanos en general ante el gobierno del estado y ayuntamientos; así como atender las demandas presentadas por la ciudadanía de los diversos sectores sociales, para canalizarlas al área o dependencia correspondiente con el propósito de darle el seguimiento respectivo. 1. Atender las peticiones o planteamientos realizadas por las organizaciones no gubernamentales y otras acciones que buscan el apoyo de la Secretaría. 2. Mantener comunicación con los funcionarios de las diferentes dependencias y entidades del Gobierno del Estado, con la finalidad de impulsar y otorgar respuesta oportuna a los asuntos planteados por las organizaciones sociales. 3. Dar seguimiento a las solicitudes o planteamientos presentados por los diputados del congreso local, cuando se trate de atender demandas de alguna organización social. 4. Coordinar las acciones de atención a los ciudadanos que presenten alguna problemática ante la Secretaria, requiriendo el apoyo del Gobierno del Estado para la solución de los mismos. 5. Coadyuvar con la secretaría particular del C. Gobernador en la canalización de las solicitudes presentadas por la ciudadanía en las giras de trabajo del Ejecutivo del Estado. 6. Participar en la canalización y seguimiento de solicitudes de apoyo presentadas por los ciudadanos ante las instancias correspondientes. 7. Participar y coordinar las actividades relacionadas con la beneficencia pública y privada que se realicen en el Estado. 8. Apoyar, orientar, canalizar y dar seguimiento a demandas y planteamientos por los ciudadanos en lo individual sobre asuntos de interés económico y social, que por conducto del secretario soliciten la intervención del Ejecutivo.

19 Dirección de Análisis e Información Investigar la problemática social para elaborar políticas públicas encaminadas a su solución; así como conocer el comportamiento del proceso político del Estado. 1. Identificar los fenómenos sociopolíticos que alteren la gobernabilidad del Estado. 2. Recabar información sobre fenómenos sociales, eventos y manifestaciones públicas que incidan o impacten en el Estado. 3. Realizar estudios, análisis y diagnósticos de carácter político, económico y social para integrar el Sistema Estatal de Información. 4. Aportar información veraz y oportuna sobre los fenómenos sociopolíticos que se presenten en el Estado, así como sus actores, para coadyuvar en la toma de decisiones. 5. Elaborar agenda de riesgos para la gobernabilidad del Estado, como documento rector de las posibles situaciones riesgosas. 6. Integrar acervo de información y documentación para el eficiente cumplimiento de sus funciones. 7. Establecer mecanismos de coordinación y vinculación con las áreas y actores gubernamentales y de la sociedad, involucrados en los procesos sociopolíticos, para una adecuada obtención de información.

20 Subsecretaría de Gobierno Tijuana Llevar a cabo los planes y programas asignados a la Secretaría en su jurisdicción, con apego a las normas, políticas, lineamientos y demás disposiciones jurídicas y administrativas que al efecto se expidan. 1. Ejercer en su ámbito territorial, la representación de la Secretaría respecto de las atribuciones que le competan a la misma. 2. Conducir la política de la Secretaría en el municipio correspondiente, así como planear, programar, coordinar y evaluar en los tiempos de la legislación aplicable; para tal efecto, fijara las prioridades a realizar mediante una estricta selección de programas, objetivos y metas, de acuerdo con los lineamientos que establezca el Secretario. 3. Aprobar el anteproyecto anual de egresos con base en los programas respectivos de la Subsecretaría, así como las modificaciones correspondientes en congruencia con lo establecido en el Plan Estatal de Desarrollo y presentarlo ante la Secretaría. 4. Someter al acuerdo del secretario, los asuntos encomendados a la Subsecretaría en el municipio correspondiente. 5. Fomentar la aplicación de la normatividad en acciones que en materia de política y gobierno, lleven a cabo las dependencias de gobierno en el municipio correspondiente. 6. Desempeñar las comisiones y funciones que le confiera el secretario, manteniéndolo informado sobre el desarrollo y ejecución de las mismas. 7. Intervenir en la selección para el ingreso y desarrollo del personal de la Subsecretaría, así como en los casos de sanciones, remoción y cese de conformidad con las disposiciones legales y administrativas aplicables. 8. Instrumentar los procedimientos y mecanismos para el manejo de fondos de administración asignado, de acuerdo a los lineamientos establecidos. 9. Proporcionar servicios de apoyo administrativo, en materia de recursos humanos, materiales y financieros asignados a la Subsecretaría, de conformidad con las normas que sobre la materia emita la dependencia normativa al respecto. 10. Coordinar la elaboración de estudios y proyectos en materia de política y de gobierno, que se le encomienden a la Subsecretaría en el municipio correspondiente. 11. Promover y dar seguimiento a los proyectos de política y gobierno en el municipio correspondiente.

21 12. Someter a la aprobación del secretario los estudios y proyectos que elabore la subsecretaría en el municipio correspondiente. 13. Proporcionar información y asesoría técnica que le sea requerida por otras dependencias, de acuerdo con las políticas establecidas al respecto. 14. Participar en los actos o reuniones con organismos de los sectores público, social y privado, a fin de colaborar y dar seguimiento a los asuntos de su competencia.

22 Delegación Tecate Coordinar, evaluar y supervisar los planes y programas asignados a la Secretaría en su jurisdicción, verificando que se cumpla con los proyectos, normas y especificaciones técnicas aplicables. 1. Representar a la Subsecretaría en su ámbito territorial, respecto de las atribuciones que le competan a la misma. 2. Acordar con el Subsecretario la atención de los asuntos encomendados a su responsabilidad, e informar oportunamente sobre los mismos. 3. Participar en la coordinación de reuniones con los tres órdenes de gobierno, para atender de manera oportuna las peticiones de gestoría social y política que se presenten en el municipio correspondiente. 4. Atender de manera inmediata cualquier conflicto social o político que se presenten en el municipio correspondiente, canalizándolos a cualquier instancia de gobierno para dar una pronta respuesta. 5. Fomentar la aplicación de la normatividad en acciones que en materia de política y gobierno, lleven a cabo las dependencias de gobierno en el municipio correspondiente. 6. Coordinar la elaboración de estudios y proyectos en materia de política y gobierno, que se le encomienden a la delegación en el municipio correspondiente.

23 Delegación Rosarito Coordinar, evaluar y supervisar los planes y programas asignados a la secretaría en su jurisdicción, verificando que se cumpla con los proyectos, normas y especificaciones técnicas aplicables. 1. Representar a la Subsecretaría en su ámbito territorial, respecto de las atribuciones que le competan a la misma. 2. Acordar con el Subsecretario la atención de los asuntos encomendados a su responsabilidad, e informar oportunamente sobre los mismos. 3. Participar en la coordinación de reuniones con los tres órdenes de gobierno, para atender de manera oportuna las peticiones de gestoría social y política que se presenten en el municipio correspondiente. 4. Atender de manera inmediata cualquier conflicto social o político que se presenten en el municipio correspondiente, canalizándolos a cualquier instancia de gobierno para dar una pronta respuesta. 5. Fomentar la aplicación de la normatividad en acciones que en materia de política y gobierno, lleven a cabo las dependencias de gobierno en el municipio correspondiente. 6. Coordinar la elaboración de estudios y proyectos en materia de política y gobierno, que se le encomienden a la delegación en el municipio correspondiente.

24 Subsecretaría de Gobierno Ensenada Llevar a cabo los planes y programas asignados a la secretaría en su jurisdicción, con apego a las normas, políticas, lineamientos y demás disposiciones jurídicas y administrativas que al efecto se expidan. 1. Ejercer en su ámbito territorial, la representación de la Secretaría respecto de las atribuciones que le competan a la misma. 2. Conducir la política de la Secretaría en el municipio correspondiente, así como planear, programar, coordinar y evaluar en los tiempos de la legislación aplicable; para tal efecto, fijara las prioridades a realizar mediante una estricta selección de programas, objetivos y metas, de acuerdo con los lineamientos que establezca el Secretario. 3. Aprobar el anteproyecto anual de egresos con base en los programas respectivos de la Subsecretaría, así como las modificaciones correspondientes en congruencia con lo establecido en el Plan Estatal de Desarrollo y presentarlo ante la Secretaría. 4. Someter al acuerdo del Secretario, los asuntos encomendados a la Subsecretaría en el municipio correspondiente. 5. Fomentar la aplicación de la normatividad en acciones que en materia de política y gobierno, lleven a cabo las dependencias de gobierno en el municipio correspondiente. 6. Desempeñar las comisiones y funciones que le confiera el secretario, manteniéndolo informado sobre el desarrollo y ejecución de las mismas. 7. Intervenir en la selección para el ingreso y desarrollo del personal de la Subsecretaría, así como en los casos de sanciones, remoción y cese de conformidad con las disposiciones legales y administrativas aplicables. 8. Instrumentar los procedimientos y mecanismos para el manejo de fondos de administración asignado, de acuerdo a los lineamientos establecidos. 9. Proporcionar servicios de apoyo administrativo, en materia de recursos humanos, materiales y financieros asignados a la Subsecretaría, de conformidad con las normas que sobre la materia emita la dependencia normativa al respecto. 10. Coordinar la elaboración de estudios y proyectos en materia de política y de gobierno, que se le encomienden a la subsecretaría en el municipio correspondiente. 11. Promover y dar seguimiento a los proyectos de política y gobierno en el municipio correspondiente.

25 12. Someter a la aprobación del Secretario los estudios y proyectos que elabore la Subsecretaría en el municipio correspondiente. 13. Proporcionar información y asesoría técnica que le sea requerida por otras dependencias, de acuerdo con las políticas establecidas al respecto. 14. Participar en los actos o reuniones con organismos de los sectores público, social y privado, a fin de colaborar y dar seguimiento a los asuntos de su competencia.

26 Delegación San Quintín Coordinar, evaluar y supervisar los planes y programas asignados a la Secretaría en su jurisdicción, verificando que se cumpla con los proyectos, normas y especificaciones técnicas aplicables. 1. Representar a la Subsecretaría en su ámbito territorial, respecto de las atribuciones que le competan a la misma. 2. Acordar con el Subsecretario la atención de los asuntos encomendados a su responsabilidad, e informar oportunamente sobre los mismos. 3. Participar en la coordinación de reuniones con los tres órdenes de gobierno, para atender de manera oportuna las peticiones de gestoría social y política que se presenten en el municipio correspondiente. 4. Atender de manera inmediata cualquier conflicto social o político que se presenten en el municipio correspondiente, canalizándolos a cualquier instancia de gobierno para dar una pronta respuesta. 5. Fomentar la aplicación de la normatividad en acciones que en materia de política y gobierno, lleven a cabo las dependencias de gobierno en el municipio correspondiente. 6. Coordinar la elaboración de estudios y proyectos en materia de política y gobierno, que se le encomienden a la Delegación en el municipio correspondiente. 7. Diseñar las normas y procedimientos para la formulación, instrumentación, control y evaluación del programa integral de desarrollo regional de San Quintín. 8. Coordinar la integración de los programas ejecutivos del programa integral de desarrollo regional san quintín de acuerdo con las normas y lineamientos que emita la subsecretaría; así como verificar y llevar su seguimiento, y en su caso, proponer la incorporación de acciones y/o proyectos al programa. 9. Coordinar el Subcomité Regional de planeación de San Quintín, así como también la elaboración del programa operativo anual del mismo. 10. Definir de acuerdo a los Planes Nacional y Estatal de Desarrollo, las políticas y lineamientos que se aplicarán en la elaboración del Programa Integral de Desarrollo Regional de San Quintín. 11. Proponer al COPLADE la concertación de acuerdos de coordinación con las dependencias del sector público federal, estatal y municipal, relativos a programas de inversión en la región, en el marco del convenio único de desarrollo y el convenio de desarrollo municipal.

27 Subsecretaría Jurídica Vigilar que en los asuntos de orden administrativo que competen al Poder Ejecutivo del Estado, se observen los principios de constitucionalidad y legalidad. Así como prestar asesoría jurídica, emitir opinión y resolver las consultas que en materia jurídica le sean planteadas por el Titular del Ejecutivo del Estado y por las dependencias y entidades de la administración pública estatal. 1. Vigilar que en los asuntos de orden administrativo que componen al Poder Ejecutivo del Estado, se observen los principios de constitucionalidad y legalidad. 2. Asesorar en las controversias constitucionales en las que el Ejecutivo del Estado sea parte. 3. Asesorar al Ejecutivo del Estado, en las acciones y controversias constitucionales a que se refiere el artículo 105 de la Constitución Federal. 4. Asistir jurídicamente al Poder Ejecutivo en todos los juicios o negocios en que intervenga como parte que afecten su patrimonio o tenga interés jurídico; 5. Participar como coadyuvante en los juicios o negocios en que las dependencias y entidades de la administración pública del Estado intervengan con cualquier carácter en su caso y previo acuerdo con el titular; ejercer las acciones y excepciones que correspondan para la defensa administrativa y judicial. 6. Prestar asesoría jurídica, emitir opinión y resolver las consultas que en materia jurídica le sean planteadas por el titular del Ejecutivo del Estado y por las dependencias y entidades de la administración pública estatal. 7. Formular e emitir opinión sobre la constitucionalidad y legalidad de los proyectos de ley o reglamentos que le encomiende el Ejecutivo del Estado. 8. Presidir e integrar la comisión de estudios jurídicos, integrada por los responsables de las unidades de asuntos jurídicos de cada dependencia y entidad de la administración pública del Estado. 9. Coordinar los programas de normatividad jurídica, procurando la congruencia de los criterios jurídicos de las dependencias y entidades de la administración pública estatal, interviniendo en la actualización y simplificación del marco normativo. 10. Coordinar los programas de normatividad jurídica, procurando la congruencia de los criterios jurídicos de las dependencias y entidades de la administración pública estatal, interviniendo en la actualización y simplificación del marco normativo. 11. Intervenir en el asesoramiento jurídico de los trámites de expropiación por causa de

28 utilidad pública. 12. Coordinar que se lleve a cabo la concentración de la información de operaciones y actos notariales, que permitan regular y fijar las medidas administrativas que se requieran para la eficaz prestación del servicio. 13. Realizar las acciones de investigación jurídica, así como los estudios y proyectos jurídicos tendientes al mejoramiento, adecuación y fortalecimiento de los principios de constitucionalidad, legalidad, seguridad y certeza jurídica de las diversas acciones a cargo de la administración pública estatal. 14. Remitir proyectos de criterios jurídicos, que homogenicen la aplicación de instrumentos jurídicos que normen el funcionamiento de la administración pública.

29 Dirección Jurídica de Asesoría al Ejecutivo Prestar asesoría jurídica, emitir opinión y resolver las consultas que en materia jurídica le sean planteadas por el titular del ejecutivo del estado y por las dependencias y entidades de la administración pública. 1. Asesorar que en los asuntos que le corresponde atender y que competen al ejecutivo del estado, se observen los principios de constitucionalidad y legalidad. 2. Emitir opinión respecto de las consultas que en materia jurídica le sean planteadas por las dependencias y entidades de la administración pública estatal. 3. Formular o emitir opinión sobre la legalidad de los proyectos de contratos, convenios y acuerdos que le encomiende el subsecretario jurídico o que le sean solicitadas por las dependencias y entidades de la administración pública estatal, así como validad los mismos en sus caso. 4. Elaborar, atender y dar seguimiento a los proyectos relacionados con los asuntos jurídicos que le sean encomendados por el Subsecretario Jurídico. 5. Coordinarse con las dependencias y unidades administrativas que corresponda, para la atención y seguimiento de los asuntos que requieran de su intervención. 6. Validar y participar en la elaboración de los proyectos de contratos, convenios y acuerdos que sean necesarios para la buena marcha de la administración pública estatal. 7. Revisar que los instrumentos que así lo requieran con el dictamen, opinión o validación favorable de las dependencias o unidades administrativas según corresponda. 8. Asesorar en los aspectos jurídicos a la secretaria, actuando como órgano de consulta; y fijar, sistematizar y difundir los criterios de interpretación y aplicación de las disposiciones jurídicas que norman el funcionamiento de la misma. 9. Coordinar la elaboración de dictámenes y estudios de carácter jurídico que regulen el funcionamiento de la Secretaría. 10. Formular y revisar las bases y requisitos legales a los cuales deberán ajustarse las disposiciones jurídicas que sean competencia de la secretaria; así como intervenir en el estudio, otorgamiento, revocación o modificación de los mismos, vigilando la constitución de las garantías que procedan. 11. Coordinar el trámite y dar seguimiento a expedientes de anteproyectos de decreto de expropiación, ocupación temporal y limitación de bienes inmuebles, por causa de

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