Escuela Villa Las Dunas San Antonio

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1 1 Escuela Villa Las Dunas

2 Reglamento Interno de Convivencia Escolar Ley El presente Reglamento sobre Convivencia Escolar tiene como base jurídica los siguientes cuerpos legales: Constitución Política de la República de Chile. Ley General de Educación Nº del 12/09/2009 Ley del 17/09/2011, que modifica la Ley General de Educación. Declaración Universal de los Derechos Humanos. Declaración Universal de los Derechos del Niño. Ley de Drogas Nº , artículo 50 del 02/02/2005. Reglamento de Convivencia Escolar (2004), emanado del Ministerio de Educación. Art. artículo 46 letra f del DFL Nº 2 de del MINEDUC que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley con las normas no derogadas del DFL Nº 1 de Circular Nº 1 del del MINEDUC Artículo 1 Objetivos y Fines: Art. 1 Convivencia Escolar: De acuerdo al documento Orientaciones para la elaboración y revisión de Reglamentos de Convivencia Escolar, emanado de la División Educación General (2011), la Convivencia Escolar es la capacidad que tienen las personas de vivir con otras en un marco de respeto mutuo y de solidaridad recíproca, expresada en la interrelación armoniosa y sin violencia entre los diferentes actores y estamentos de la Comunidad Educativa.. Agrega, que La convivencia escolar es un aprendizaje, se enseña y se aprende, y se ve expresada en distintos espacios formativos: el aula, las salidas a terreno, los recreos, los talleres, los actos ceremoniales, la biblioteca, así como también en los espacios de participación, los Consejos Escolares, Centros de Padres, Centros de Alumnos, Consejos de Profesores/as, reuniones de padres y apoderados(as) Art.7 Sana convivencia Escolar: Según el Reglamento, emanado del Ministerio de Educación, sana convivencia escolar es un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el respeto que éstas se deben. Es un aprendizaje en sí mismo que contribuye a un proceso educativo implementado en un ambiente tolerante y libre de violencia, orientado a que cada uno de sus miembros pueda desarrollar plenamente su personalidad, ejercer sus derechos y cumplir sus deberes Según la Ley 20536, la buena convivencia escolar se entiende como la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que 2

3 supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes. Art.8 De acuerdo a lo expuesto en el documento Orientaciones para la elaboración y revisión de Reglamentos de Convivencia Escolar, emanado de la División Educación General (2011), se pueden presentar diversas situaciones en el ambiente escolar y que deben distinguirse entre ellas. A saber: a. Agresividad: Corresponde a un comportamiento defensivo natural, como una forma de enfrentar situaciones de riesgo; es esperable en toda persona que se ve enfrentada a una amenaza que eventualmente podría afectar su integridad. b. Conflicto: Involucra a dos o más personas que entran en oposición o desacuerdo debido a intereses, verdadera o aparentemente incompatibles. c. Violencia: todas las definiciones de violencia tienen en común: el uso del poder y de la fuerza, sea física o psicológica y el daño al otro como una consecuencia. d. Bullying: Es una manifestación de violencia en la que un estudiante es agredido(a) y se convierte en víctima al ser expuesta, de forma repetida y durante un tiempo, a acciones por parte de uno a más compañeros(as). Se puede manifestar como un maltrato psicológico, verbal o físico que puede ser presencial, es decir directo, o mediante el uso de medios tecnológicos como mensajes de texto, amenazas telefónicas o a través de las redes sociales de Internet. Objetivos Generales de la Escuela 1.1- La Escuela Villa Las Dunas tiene como objetivo formar niños y niñas con valores cristianos, sociales y culturales, que le permitan desarrollarse integralmente, a través de un aprendizaje motivador y en un ambiente afectivo respetando las diferencias individuales y preservando el medio que nos rodea. 1.2 El presente Reglamento orienta los procesos para vivenciar una cultura de Sana convivencia y para ello establece cuatro etapas : La etapa de difusión con acciones especificadas en el cronograma anual de acciones. La etapa de prevención está dada en las sesiones de clases de orientación y asistencia a las charlas, seminarios y / o encuentros comunales de las diferentes instituciones sociales como también en el trabajo preventivo del programa SENDA aplicado en la totalidad de los cursos del establecimiento. La etapa de identificación y abordaje que será aplicada de acuerdo a los protocolos expuestos en el presente Manual 1.3 Impulsar acciones de prevención tales como: Talleres de habilidades socio afectivas, habilidades para la vida, alfabetización emocional, competencias parentales, entre otros.- 3

4 Objetivos Específicos de la Escuela : 1.- Establecer líneas de acción comunes en todos los actores del establecimiento para vivenciar los valores básicos del ser humano como respeto, tolerancia, no discriminación, igualdad de oportunidades, entre otros. 2.- Disminuir acciones de mal trato verbal y no cumplimiento de normas con el propósito de promover el bien común al interior del establecimiento. 3.- Propiciar acciones para establecer una comunidad escolar que promueva la formación de personas conocedoras de los beneficios de una alimentación saludable y protectora del medio ambiente. 4.- Colaborar con la formación integral de personas sociables, afectivas y colaboradoras con sus pares, su entorno y su comunidad en general.- Artículo 2.Concepto 2.1 La sana convivencia escolar es un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el respeto que éstas se deben.es un aprendizaje en sí mismo que contribuye a un proceso educativo implementado en un ambiente tolerante y libre de violencia, orientado a que cada uno de sus miembros pueda desarrollar plenamente su personalidad, ejercer sus derechos y cumplir sus deberes correlativos. ART. 7 (Orientaciones reglamentos escolares. MINEDUC. ) 2.2 Por comunidad educativa se entiende aquella agrupación de personas que, inspiradas en un propósito común, integran la institución escolar, incluyendo a alumnos,alumnas, padres,madres y apoderados, profesionales de la educación,asistentes de la educación, equipos docentes directivos y sostenedores educacionales. Artículo 3 Derechos y deberes de la comunidad educativa 3.1 Todos los integrantes de la comunidad educativa deberán promover y asegurar una sana convivencia escolar y realizar sus actividades bajo las máximas del respeto mutuo y tolerancia. 4

5 3.2 Los miembro de la comunidad educativa tienen derecho a desarrollarse en un ambiente sano ya recibir la formación integral necesaria apara construirlo. En caso que dicho ambiente se vea afectado los integrantes tendrán derechos a denunciar, reclamar y ser oídos. A su vez están obligados a colaborar en el tratamiento oportuno de situaciones de conflicto y esclarecimiento de los hechos denunciados 3.3 Derechos de los apoderados: Todo alumno de la escuela, al ser matriculado debe tener un apoderado que lo represente y responda a sus necesidades y requerimiento del colegio. El apoderado debe ser el padre o la madre y en casos justificados otra persona, que puede ser un tío, tutor o un adulto mayor de 21 años, debidamente autorizado por los padres, Juzgado y/o Institución responsable del niño o niña. Ser informado, respecto a los resultados académicos, asistencia, disciplina de sus pupilos. Solicitar la documentación que necesita de su pupilo y la escuela a entregársela: como libretas de notas, informe de personalidad y certificados de notas. El apoderado debe ser atendido cada vez que lo solicita en un horario establecido por el colegio. 3.4 Deberes de los apoderados: Es obligación del apoderado asistir a reuniones de los sub-centro de padres y/o apoderados y cada vez que el colegio lo necesite para informarse de los avances o retrocesos de su alumno, como también a colaborar en la solución de los conflictos. Reuniones de Centros de padres: Las reuniones de sub - centros de padres deberán realizarse en un ambiente respetuoso y ser lideradas por el profesor jefe del curso. En ella se tratarán temáticas como: Rendimiento escolar, comportamiento, actividades curriculares artísticas, metodologías de enseñanza, temáticas de formación general de los alumnos. Es obligación del apoderado colaborar, cumplir y hacer cumplir las normas disciplinarias que tienden a formar buenos hábitos, actitudes correctas dentro y fuera de la escuela, fomentar los valores de respeto a las personas, solidaridad, honradez, lealtad, puntualidad, condiciones necesarias para lograr en los niños y niñas una sana convivencia. 5

6 Colaborar y facilitar el cumplimiento de los deberes escolares de los niños y niñas como: revisar sus cuadernos, tareas, pruebas, horario de estudio, etc. Preocuparse por el aseo y presentación personal de sus hijos (as) y de la asistencia a clases diaria. Es obligación del apoderado justificar personalmente su inasistencia a clases, como también el retiro del alumno en la jornada de trabajo. Cuando el alumno viene atrasado a clases por cualquier motivo, el apoderado debe enviar una nota en su libreta de comunicaciones indicando el motivo del atraso, o bien el certificado de la atención médica. 3.5 Derechos de los alumnos (as) : Derechos: Hacer uso de los recursos tecnológicos disponibles, centro de recursos de aprendizaje para complementar sus actividades curriculares, guiadas por un docente o funcionario del colegio. Recibir un trato de respeto de cada miembro de la unidad educativa, es decir, docentes, directivos, asistente de educación, apoderados y de sus pares. Ser evaluado en forma objetiva y oportuna y, evaluado en forma diferenciada si presenta problemas de aprendizaje, previo informe del especialista. Recibir atención especializada para aquellos alumnos con problemas de conducta, drogadicción y derivarlos a los organismos competentes y verificar la continuidad de su tratamiento, cuando lo amerita. Participar y opinar respecto a temas como el cambio de uniforme, mejoramiento del entorno de la unidad educativa y de la convivencia escolar. Respetar la privacidad de los niños y niñas sobre temas personales, familiares y escolares. Ser escuchado por el personal de la escuela y recibir respuestas de sus inquietudes. 6

7 Ser informado y recibir orientación oportuna de sus inquietudes académicas y vocacionales. Otorgar las facilidades necesarias en la continuidad de sus estudios de los niños y niñas que se encuentran en estado de gravidez o niñas que se encuentran amamantando. Recibir una Educación Formal e Integral. Ser respetado en sus creencias religiosas y a sus etnias a la que pertenecen. 3.6 Deberes de los alumnos(as) : Mantener la presentación personal adecuada de acuerdo a las exigencias del colegio. Usar el uniforme completo del establecimiento durante toda su jornada de clases. En la clase de Educación Física usar el buzo del colegio o ropa adecuada para la ocasión. Presentarse correctamente vestido y tener un vocabulario adecuado en la calle y en cualquier dependencia del establecimiento. Asistir obligatoriamente a clases todos los días y a todas las horas del plan de estudios y, llegar puntualmente. Presentarse con sus tareas hechas, trabajos, disertaciones y preparado para rendir pruebas. Presentarse con el pelo limpio y aseado, los varones con el pelo corto y las damas con el pelo tomado. Respetar las normas de convivencia de la institución. Respetar los Símbolos Patrios y de la escuela. Tener buena conducta en cualquier dependencia del colegio y no molestar a sus compañeros que se encuentran en sus salas de clases. Concurrir a presentaciones oficiales del establecimiento, cuando sea necesario, en las cuales se ha comprometido. Cuidar los útiles y material escolar en dependencias del establecimiento. 7

8 Del uniforme: Uniforme de las niñas: Jumper azul marino y / escoses gris, pantalón azul marino. Blusa blanca y delantal celeste. Suéter o chaleco azul marino o gris Polar o Parka azul, corbata e insignia de la escuela. Uniforme de niños: Pantalón gris y cotona beige. Camisa blanca, zapatos negros. Chaleco azul marino y / o gris Polar o Parka azul. El uso de polar no es obligatorio y durante la temporada de invierno pueden usar gorros, bufanda de color plomo o azul marino, polar o parka azul y en las damas el pantalón azul marino. Horario de clases: Ingreso: 8:30 horas, salida: 15:45 horas de lunes a jueves y la salida el día viernes a las 13:30 horas. Asistencia y puntualidad: Asistencia: 8

9 Los alumnos deben asistir al menos al 85% de las clases sistemáticas del calendario escolar. El certificado médico no disminuye el porcentaje de inasistencia, sino que sirve de antecedente para el colegio para efecto de su promoción. Ningún alumno puede salir de la sala de clases, a menos que, sea autorizado por profesor de curso o por la dirección del establecimiento El alumno que participe en una actividad extracurricular, deberá ser autorizado a salir de la escuela por su apoderado y por la dirección del establecimiento junto al profesor encargado. Los alumnos no pueden salir del establecimiento, a menos que, su apoderado lo retire personalmente y éste deberá firmar el libro de registro de salidas. No se aceptan justificaciones de inasistencias ni retiro del colegio de los niños y niñas, por teléfono o mediante una comunicación escrita. Puntualidad: Los alumnos deben llegar puntualmente todos los días a clases de acuerdo a la Jornada de trabajo, es decir, a las 8:30 horas (desayuno escolar JUNAEB ) Ningún alumno puede llegar atrasado a la sala de clases después de los recreos. Los alumnos deben cumplir puntualmente con la entrega de trabajos de investigación, tareas, disertaciones, etc. en el día y hora que el profesor le solicite. Cuidado de útiles y material escolar en dependencias del establecimiento: Asistencia: Los alumnos deben asistir al menos al 85% de las clases sistemáticas del calendario escolar. El certificado médico no disminuye el porcentaje de inasistencia, sino que sirve de antecedente para el colegio para efecto de su promoción. Cuidado de útiles y material escolar en dependencias del establecimiento: El alumno debe cuidar del mantenimiento del mobiliario, material didáctico, pintura de murallas de salas de clases, comedor, patio, baño, dependencias y jardines de la escuela. Los alumnos deben cuidar y respetar los útiles de sus compañeros y de los objetos personales de valor. Los alumnos deben mantener en buen estado los libros, catálogos, revistas, videos, CD y reponer todo material de apoyo dañado o destruido por el alumno. 9

10 Colaborar en la limpieza y aseo de sus salas, mantenerla siempre bien presentada. 3.7 DE LOS DIRECTIVOS y DOCENTES Es obligación de los directivos y docentes cumplir con la normativa establecida en el REGLAMENTO INTERNO para establecimientos Educacionales Municipalizados de la Comuna de. DERECHOS : a) Un trato digno, respetuoso y de sana convivencia en todas las instancias de su quehacer educativo. b ) A ser escuchados por la Comunidad escolar. DEBERES : En toda actividad escolar deberá mantener un trato cordial, respetuoso de la diversidad de opinión frente a determinadas circunstancias con todos los actores de la comunidad educativa. Promover la participación y el trabajo en equipo para el logro de objetivos institucionales. Ser proactivo y respetuoso de los reglamentos institucionales. Velar siempre por promover aprendizajes de calidad sin distinciones personales, en todos los alumnos y alumnas.- SANCIONES : Las estipuladas en la ley (ESTATUTO DOCENTE ) 3.8 DE LOS ASISTENTES DE LA EDUCACI ON 10

11 Es obligación de los ASISTENTES DE LA EDUCACION cumplir con la normativa establecida en el REGLAMENTO INTERNO para establecimientos Educacionales Municipalizados de la Comuna de. DERECHOS: A un trato digno, respetuoso y de sana convivencia en todas las instancias de su quehacer educativo. DEBERES: En toda actividad escolar deberá mantener un trato cordial, respetuoso de la diversidad de opinión frente a determinadas circunstancias con todos los actores de la comunidad educativa. Velar por el buen funcionamiento de las acciones programadas y la implementación del establecimiento. Colaborar de manera permanente por el aseo, orden y cuidado de la infraestructura del establecimiento. Optimizar el tiempo en la realización de sus actividades al servicio de un mejor servicio educativo para los alumnos y alumnas. SANCIONES : Las que determina la ley en el código del trabajo. Artículo 4 Comité de Sana convivencia Escolar 4.1 El comité de sana Convivencia Escolar estará organizado por : a) La directora : M. Luisa Chávez Orellana b) Profesora : Evelyn Jorquera Gática (Remplazada por Sandra Villarroel Vargas ) c) Alumna : Constanza Maulén Bravo d) Representante de los Padres y apoderados : Teresa Aguilera Soto e) Representante de los asistentes de la Educación : M. Inelia Silva toro 4.2. El comité tendrá entre otras las siguientes atribuciones: a.-proponer o adoptar las medidas y programas conducentes al mantenimiento de un clima escolar sano ; 11

12 b.-diseñar e implementar los planes de prevención de la violencia escolar del establecimiento. c. Informar y capacitar a todos los integrantes de la comunidad educativa acerca de las consecuencias del maltrato, acoso u hostigamiento escolar y de cualquier tipo de conducta contraria a la sana convivencia escolar. d.- Conocer los informes e investigaciones presentadas por el encargado de la convivencia escolar. e.-requerir a la dirección,a los profesores o a quien corresponda, informes, reportes o antecedentes relativos a la convivencia escolar. f.- Determinar, con alcance general,que tipo de faltas y sanciones serán de su propia competencia y aquellas que puedan resolverse directamente por los profesores u otras autoridades del establecimiento, así como los procedimientos a seguir en cada caso; y g.-aplicar sanciones en los casos fundamentados y pertinentes. Artículo 5 Encargado de la convivencia Escolar. El encargado de la convivencia Escolar será la profesora Evelyn Jorquera Gatica, reemplazada por la docente Sandra Villarroel Vargas. Deberá velar de manera permanente por el cumplimiento de los acuerdos, decisiones y planes del Comité Escolar. Investigar en los casos correspondientes e informar sobre cualquier asunto relativo a la convivencia Artículo 6. Prohibición de conductas contrarias a la sana convivencia Escolar Se prohíbe cualquier acción u omisión que atente contra o vulnere la sana convivencia escolar. La autoridad competente investigará, de conformidad a la normativa interna del establecimiento PROHIBICIONES: Se prohíbe al alumno incurrir en las siguientes situaciones: Agredir a compañeros o incitar a peleas, dentro y fuera de la escuela. Asistir a clases bajo efectos de las drogas, estupefacientes o estado de embriaguez. 12

13 Portar elementos corto punzantes y otras que puedan causar lesiones. Usar celulares, MP3, juegos electrónicos, etc. En los varones: usar aros, pulseras, teñirse el pelo, realizarse expansiones, etc. En las damas: pintarse los ojos, uñas, cara, usar joyas de valor, usar el jumper sobre la rodilla y el pelo suelto. Lanzar objetos en la sala de clases, como papel, fruta, etc. Atentar contra las pertenencias de sus compañeros. Abandonar la sala de clases y/o la escuela sin autorización del profesor o Inspectoría General. Falsificar y/o adulterar documentos, como, notas, firma, comunicaciones, etc. Usar en forma inadecuada el uso de Internet en cualquier dependencia del colegio. Atentar contra la integridad física de cualquier integrante de la Comunidad Educativa. Agredir verbalmente o físicamente a cualquier miembro de la Unidad Educativa. Vender dulces, chocolates u otros alimentos etc. en el patio y/o en la sala de clases sin la autorización de la autoridad pertinente. Realizar acciones de acoso sexual hacia sus compañeros y compañeras. Artículo 7. Definición de Maltrato Escolar Se entenderá por maltrato escolar cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o psicológica,realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, con independencia el lugar en que se cometa, siempre que se pueda : Producir el temor razonable de sufrir menoscabo considerable en su integridad física o psíquica,su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales; Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo; o Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico Se considerarán constitutivas de maltrato escolar, entre otras las siguientes conductas : 13

14 Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa. Agredir físicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa. Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa. Amedrentar, amenazar chantajear,intimidar,hostigar,acosar o burlarse de un alumno u otro miembro de la comunidad educativa ( por ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes, mofarse de las características físicas, etc.). Discriminar a un integrante de la comunidad educativa,ya sea por su condición social,situación económica, religión,pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier circunstancia : Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante de la comunidad educativa a través de chats, blogs, fotologs, mensajes de textos, correos electrónicos, foros,servidores que almacenan videos o fotografías,sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico,virtual o electrónico; Exhibir,transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato escolar ; Realizara acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivos de delitos; Portar todo tipo de armas,instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales,aun cuando nos e haya hecho uso de ellos; Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas, drogas sustancias ilícitas, o encontrarse bajo sus efectos,ya sea al interior del establecimiento educacional o en actividades organizadas, coordinadas,patrocinadas o supervisadas por éste. Artículo 8 Medidas y Sanciones disciplinarias Se podrá aplicar a quien incurra en conductas contrarias a la sana convivencia escolar, y especialmente en los casos de maltrato, alguna o algunas de las siguientes medidas o sanciones disciplinarias : a) Diálogo persona pedagógico y correctivo. b) Diálogo grupal reflexivo. c) Amonestación verbal. d) Amonestación por escrito. e) Comunicación al apoderado. f) Citación al apoderado. g) Derivación psicosocial (terapia personal, familiar, grupal; talleres de reforzamiento, educación o de control de las conductas contrarias a la sana convivencia escolar ). h) Suspensión temporal; i) Condicionalidad de la matrícula del alumno (a). 14

15 j) No renovación de la matrícula para el próximo año escolar. k) Expulsión del establecimiento educacional, solo aplicable en casos de especial gravedad, debidamente fundamentadas, y luego de haber agotado todas las medidas anteriores. l) Si el responsable fuere un funcionario del establecimiento, se aplicarán las medidas contempladas en normas internas, así como en la legislación pertinente. m) Si el responsable fuere el padre, madre o apoderado de un alumno, en casos graves se podrán disponer medidas como la obligación de designar a un nuevo apoderado o la prohibición de ingreso al establecimiento SANCIONES: Los alumnos que no cumplan con las reglas dadas en este reglamento, serán sancionados de acuerdo a la gravedad y el tipo de la falta cometida. Faltas leves: Se consideran faltas leves aquellas relacionadas con: Falta de atención en la sala de clases (gritar, pararse sin autorización del profesor,etc.). Tirar papeles, fruta, lápices, lanzar la mochila u otros elementos que no causen lesión a otra persona, en la sala de clases. Usar el pelo largo en el varón y en las damas el pelo suelto. Llegar atrasado a la sala de clases después de los recreos. Emitir ruidos molestos que interfieran el normal desarrollo de la clase. Sanción: Toda falta leve será sancionada con un dialogo personal pedagógico correctivo y diálogo grupal reflexivo, amonestación verbal o escrita por el profesor del sub-sector de aprendizaje. La amonestación escrita se registrará en la hoja de vida del alumno o alumna. Faltas Graves: Se consideran faltas graves las siguientes: La acumulación de faltas leves. Abandonar la sala de clases y/o la escuela sin autorización. 15

16 Agresión verbal o sicológica a un alumno(a) y/o a cualquier funcionario de la escuela. Dañar la infraestructura y/o equipamiento del colegio. Destrucción de útiles escolares de sus compañeros. Portar elementos corto punzante y contundente. Cuando el padre y/o apoderado no se presenta cada vez que es requerido. Presentarse sin su uniforme escolar. Hacer mal uso de los equipos computacionales. Uso de celulares, MP3, juegos electrónicos etc., en la sala de clases. Sanción: Toda falta grave será sancionada con una Amonestación verbal, amonestación por escrito, comunicación al apoderado, citación al apoderado.si se requiere se aplicará la derivación psicosocial y en una última instancia suspensión de 2 a 5 días hábiles. El apoderado será informado personalmente por la dirección del establecimiento de la situación de la sanción y durante ese período, el alumno deberá realizar trabajos, tareas, etc, relacionados con las clases que deberían asistir, según su horario. Cumplida la sanción el alumno deberá presentarse con su apoderado en la escuela y si la falta es robo o destrucción de materiales, tendrá que reponerlas. En situaciones reiteradas de faltas graves el alumno o (a) quedará con su matrícula en forma condicional, la que será registrada en el libro de clases en su hoja de vida y en el libro de registro de la dirección del establecimiento. En el caso de celulares de procederá de la siguiente manera : a) Se retirará el celular al alumno (a),se realizará diálogo correctivo personal y grupal amonestación escrita en la hoja de vida del alumno, por el profesor afectado.se citará a su apoderado para la entrega del equipo y se solicitará compromiso escrito tanto del alumno como de sus padres y/o apoderados para que la acción no se vuelva a repetir,y de esta manera, los padres y apoderados se involucren positivamente con la acción pedagógica y correctiva del establecimiento. b) Si el alumno (a) insiste en la acción será suspendido de clases por 3 días,previa citación a su apoderado para la toma de conocimiento,cumplimiento y apoyo a la gestión educativa. c) Se retirará el celular y se entregará al adulto responsable bajo firma de compromiso que su alumno no podrá volverá presentarse con él, en períodos de clases. 16

17 Faltas gravísimas: Se consideran faltas gravísimas, las siguientes: Acumulación de faltas graves. Encender fuego en las dependencias del colegio. Robo, falsificación y/o adulteración de documentos del establecimiento. Agresión física a un alumno(a) y/o a cualquier funcionario de establecimiento. Usar armas de cualquier tipo. Tráfico de drogas y/o estupefacientes. Ausentarse 20 o más días de clases sin aviso del apoderado al colegio. Robar las partes de un computador o dañarlo intencionadamente. Sanción: Las faltas gravísima reiterada ( más de dos, en el plazo de un mes ) y después de haber aplicado las medidas y /o sanciones disciplinarias mencionadas serán sancionadas con el retiro del alumno(a) de la escuela por su apoderado. Se dejará constancia escrita de la sanción en el libro de clases en su hoja de vida, en el libro de registro de Inspectoría General y el Director (a) del colegio le informará al apoderado la decisión tomada. Apelación: Si la falta ocurriera en el segundo semestre, el colegio le permitirá al alumno finalizar su año escolar, asistiendo solo a rendir sus pruebas, trabajos, etc. de acuerdo a un calendario y horario dado por UTP. Cualquier situación no prevista en este manual, será resuelta por el consejo de profesores, Centro General de padres y/o apoderados y/o Dirección del colegio. Articulo 9 criterios de Aplicación. 9.1-Toda sanción o medida debe tener la sanción debe tener un carácter claramente formativo para todos los involucrados y para la comunidad en su conjunto.será impuesta 17

18 conforme a la gravedad de la conducta, respetando la dignidad de los involucrados, y procurando la mayor protección y reparación del afectado y la formación del responsable. 9.2-Deberán tomarse en cuenta al momento de determinar la sanción o medida, los siguientes criterios: a) La edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas. b )La naturaleza, la intensidad y extensión de daño causado. c) La naturaleza, intensidad y extensión de la agresión por factores como: La pluralidad y grado de responsabilidad de los agresores; a) El carácter vejatorio o humillante del maltrato; b) Haber actuado en anonimato, con una identidad falsa u ocultando el rostro; c) Haber obrado a solicitud de un tercero o bajo recompensa; Haber agredido a un profesor o funcionario del establecimiento; d) La conducta anterior del responsable; e) El abuso de una posición superior, ya sea física, moral, de autoridad u otra; f) La discapacidad o indefensión del afectado. ARTÍCULO 10. Obligación de denuncia de delitos El director, inspectores y profesores deberán denunciar cualquier acción u omisión que revista caracteres de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como lesiones, amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas u otros. Se deberá denunciar ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, las fiscalías del Ministerio Público o los tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra e) y 176 del Código Procesal Penal. ARTÍCULO 11. Reclamos. 18

19 11.1. Todo reclamo por conductas contrarias a la sana convivencia escolar podrá ser presentado en forma verbal o escrita ante cualquier autoridad del establecimiento, la que deberá dar cuenta a la Dirección, dentro de un plazo de 24 horas, a fin de que se dé inicio al debido proceso Se deberá siempre resguardar la identidad del reclamante y no se podrá imponer una sanción disciplinaria en su contra basada únicamente en el mérito de su reclamo. ARTÍCULO 12. Protocolo de actuación. FASE DE IDENTIFICACIÓN Y ABORDAJE: (Artículos ) 12.- Clasificar la naturaleza del Problema: Identificar a las personas involucradas Entrevista de los involucrados por parte del encargado de Convivencia, aplicando protocolo establecido Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento de las medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad, privacidad y respeto por su dignidad y honra De cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en los instrumentos propios del establecimiento, debiendo mantenerse el registro individual de cada reclamo. No se podrá tener acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la investigación, a excepción de la autoridad pública competente En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los involucrados, el derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las decisiones y la posibilidad de impugnarlas Construcción de informe resolutivo de la situación abordada y comunicación de las medidas reparatorias adoptadas para resolución pacífica de la situación abordada,por parte del encargado de convivencia.- ARTÍCULO 13. Deber de protección Si el afectado fuere un alumno, se le deberá brindar protección, apoyo e información durante todo el proceso. 19

20 13.2. Si el afectado fuere un profesor o funcionario del establecimiento, se le deberá otorgar protección y se tomarán todas las medidas para que pueda desempeñar normalmente sus funciones, salvo que esto último ponga en peligro su integridad. ARTÍCULO 14. Notificación a los apoderados. Al inicio de todo proceso en el que sea parte un estudiante, se deberá notificar a sus padres o apoderados. Dicha notificación podrá efectuarse por cualquier medio idóneo, pero deberá quedar constancia de ella. ARTÍCULO 15º. Investigación El encargado de convivencia escolar deberá llevar adelante la investigación de los reclamos, entrevistando a las partes, solicitando información a terceros o disponiendo cualquier otra medida que estime necesaria para su esclarecimiento Una vez recopilados los antecedentes correspondientes o agotada la investigación, el encargado deberá presentar un informe ante el Comité de la Sana Convivencia Escolar, o el que haga sus veces, para que este aplique una medida o sanción si procediere, o bien para que recomiende su aplicación a la Dirección o autoridad competente del establecimiento. ARTÍCULO 16. Citación a entrevista Una vez recibidos los antecedentes la Dirección o quien la represente deberá citar a las partes y, en su caso, a los padres o apoderados del estudiante o los estudiantes involucrados, a una reunión que tendrá como principal finalidad buscar un acuerdo entre las partes. Para esta entrevista, se considerará el tipo de tópicos que convenga tratar en presencia de los alumnos o sólo entre adultos En caso de existir acuerdo entre las partes se podrá suspender el curso de la indagación, exigiendo a cambio el cumplimiento de determinadas condiciones por un período de tiempo convenido. Si se cumplen íntegramente las condiciones impuestas se dará por cerrado el reclamo, dejándose constancia de esta circunstancia. 20

21 16.3. Si no hubiere acuerdo, se deberá oír a las partes involucradas, quienes deberán presentar todos los antecedentes que estimen necesarios. También se podrá citar a un profesional en la materia, quien podrá aconsejar o pronunciarse al respecto. ARTÍCULO 17. Resolución. La autoridad competente deberá resolver si se cumplen los requisitos para imponer una sanción, o bien si el reclamo debe ser desestimado. Deberá quedar constancia de los fundamentos que justifiquen la decisión adoptada. Dicha resolución debe ser notificada a todas las partes y, en su caso, al Comité de la Sana Convivencia Escolar. ARTÍCULO 18. Medidas de reparación. En la resolución, se deberá especificar las medidas de reparación adoptadas a favor del afectado, así como la forma en que se supervisará su efectivo cumplimiento. Tales medidas podrán consistir, por ejemplo, en disculpas privadas o públicas, restablecimiento de efectos personales, cambio de curso u otras que la autoridad competente determine. ARTÍCULO 19. Recursos. Todas las partes tendrán la posibilidad de recurrir fundadamente en contra de la resolución adoptada por el Comité o autoridad competente, dentro de un plazo de 10 días. ARTÍCULO 20. Mediación El establecimiento podrá implementar instancias de mediación u otros mecanismos de similar naturaleza como alternativa para la solución pacífica y constructiva de los conflictos de convivencia escolar. Este sistema incluirá la intervención de alumnos, docentes, orientadores, otros miembros de la comunidad educativa y especialistas Si no se llegará a una mediación pacífica del conflicto entre alumno y el establecimiento y este ocurriese en el segundo semestre, el colegio le permitirá al alumno finalizar su año escolar, asistiendo solo a rendir sus pruebas, trabajos, etc. de acuerdo a un calendario y horario dado por UTP. Cualquier situación no prevista en este manual, será resuelta por el comité de sana convivencia escolar. 21

22 ARTÍCULO 21. Publicidad. El establecimiento adoptará las acciones necesarias para la correcta, oportuna y completa difusión acerca de las normas y planes relativos a la convivencia escolar a través de todos los medios disponibles: Reuniones de centro general de padres y apoderados, reuniones de subcentros, de padres y apoderados, consejos de curso, consejos de profesores,reuniones generales del establecimiento. Para que la comunidad educativa esté permanentemente informada y pueda ejercer sus derechos y cumplir sus deberes. Comité de Sana Convivencia Escolar María Luisa Chávez Orellana Sandra Villarroel Vargas Directora Profesora Teresa Aguilera Soto Constanza Maulén Bravo Representante alumnos Representante de los Padres y apoderados M. Inelia Silva Toro Representante de los asistentes de la Educación 22, marzo 2015

23 Protocolos de Actuación 23

24 PROTOCOLO DE ACCIÓN FRENTE VIOLENCIA ESCOLAR Ante una situación de violencia escolar se debe intervenir inmediatamente, si este hecho es observado directamente por un adulto (docente, administrativo o asistente de la educación) se debe detener la situación de violencia, identificar a implicados (quién cometió la agresión, la víctima y quienes presenciaron en calidad de espectadores). Informar de la situación en Dirección, quién dará curso al protocolo de acción. A-. AGRESIONES ENTRE ESTUDIANTES, ENTRE ADULTO Y ESTUDIANTE Y VICEVERSA. 1. Los integrantes de la Comunidad Educativa (Docentes, Estudiantes, Padres y Apoderados, Asistentes de la Educación, Directivos) al constatar la situación alerta a los responsables, quienes deberán realizar registro escrito de la situación, en formato dispuesto para ello (Anexo 1). Responsables: Docente encargado de convivencia escolar. Asistente Administrativo. 2. Medidas de contención - Dialogo personal con los involucrados en un espacio privado, para aclarar la situación. - Dialogo grupal reflexivo. 3. Medidas de apoyo - Estudio y análisis de la situación por parte del comité de convivencia. - Informar al apoderado: Citación por escrito a los padres de los involucrados. Entrevistas con los apoderados en un espacio privado. Entrevista entre los padres, los alumnos involucrados y los encargados de convivencia. - Derivación a atención psicosocial en red de apoyo: OPD, fono En caso de derivación asistencia médica, el protocolo de acción será: i. Aviso a la Dirección ii. Generación de documento de solicitud de atención médica por parte de administrativo de turno. iii. Aviso vía telefónica al apoderado. iv. Traslado del alumno/a a centro asistencial acompañado por personal administrativo de turno. v. Entrega del alumno/a por parte del personal de la escuela al apoderado en centro asistencial. vi. El traslado será con costo del Centro General de Padres. 24

25 4.- Medidas de reparación - El alumno/a que se constituye como agresor, deberá pedir disculpas privadas o públicas, restablecimiento de efectos personales o cambio de curso, según amerite la situación. - Informar al profesor jefe del niño/a agredido como el del agresor, a éste último aplicar sanción de acuerdo a gravedad de la falta, estipulado en reglamento de convivencia. - Realización de consejo de profesores de curso para definir estrategias de trabajo formativo, que puede ser: ayudantía en biblioteca, apoyo en cursos menores, colaboración en tareas de limpieza, entre otras. - Comunicar situación en consejo de curso al resto de los compañeros. - Se informará la situación en reunión de apoderados, sin individualizar a los involucrados, comunicando y explicando a los padres las acciones implementadas y solicitando la labor formativa de las familias. 5.-Evaluación En un plazo de 15 días a contar de producido los hechos se evaluarán las acciones determinadas con el responsable de Convivencia escolar y los afectados mediante entrevista personal. Protocolo de actuación ante hechos tipificados como falta o delito por la ley. 1. Comunicar la situación ante la Dirección del establecimiento. 2. La Dirección realizará denuncia ante el Ministerio Público, Carabineros o PDI, atendiendo a la temática de la situación. 3. La Dirección del establecimiento comunicará la situación a la Superintendencia de Educación. 25

26 B-. AGRESIONES ENTRE ADULTOS AL INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO. El siguiente protocolo podrá ser aplicado cuando cualquier miembro adulto de la comunidad educativa sea causante o se vea afectado gravemente por alguna de las siguientes conductas: violencia física (agresiones físicas, lesiones, malos tratos de obra ) violencia verbal (insultos, injurias ) violencia psicológica (conductas intimidatorias, vejatorias, chantaje, coacción, amenazas ), violencia social (rechazo, aislamiento ), vandalismo (destrucción, deterioro, hurto o robo de las pertenencias de la víctima ), en el recinto escolar o durante la realización de actividades complementarias y extraescolares. 4. Comunicación y denuncia: - Los integrantes de la Comunidad Educativa (Docentes, Estudiantes, Padres y Apoderados, Asistentes de la Educación, Directivos) al constatar la situación alerta a los responsables. Responsables: Docente encargado de convivencia escolar. Asistente Administrativo. - En el caso de que nadie presencie los hechos, la propia víctima se dirigirá a cualquier miembro de la comunidad educativa o al equipo directivo. - Si la situación persiste o sobrepasa los recursos y competencias del establecimiento educativo, se tomarán medidas con carácter de urgencia y se solicitará, en su caso, ayuda externa a otras entidades (Carabineros, PDI). 5. Medidas de contención - Dialogo personal con los involucrados en un espacio privado, para aclarar la situación. - Se procurará también aliviar tensiones y reflexionar sobre lo sucedido, explicándoles los pasos que se van a dar y las posibles consecuencias. 6. Medidas de apoyo - Estudio y análisis de la situación por parte del comité de convivencia. - En caso de derivación asistencia médica, el protocolo de acción será: vii. Aviso a la Dirección viii. Generación de documento de solicitud de atención médica por parte de administrativo de turno. ix. Aviso vía telefónica a la familia del afectado. x. Traslado del afectado/a a centro asistencial acompañado por personal administrativo de turno. xi. Esperar la presencia de un familiar del afectado que lo acompañe. xii. El traslado será con costo del Centro General de Padres. 26

27 7. Medidas de reparación A. En el caso de que la conducta no constituya un conflicto grave con violencia:, - El agresor deberá pedir disculpas privadas o públicas, restablecimiento de efectos personales, según amerite la situación. - Se informará la situación en reunión de apoderados, sin individualizar a los involucrados, comunicando y explicando a los padres las acciones implementadas y solicitando a las familias que faciliten las relaciones entre los miembros adultos de la comunidad educativa y eviten la aparición de conflictos graves con violencia. - Si el agresor es apoderado del establecimiento, éste será desvinculado del establecimiento, teniendo la familia que designar otro apoderado para el alumno/a. - Cuando de los hechos o conductas de algún miembro de la comunidad educativa se pudiera derivar algún grave perjuicio para la integridad, dignidad o derechos de cualquier persona, podrá comunicar los hechos simultáneamente a Fiscalía, Juzgado o cualquier dependencia de Carabineros o PDI. B.- En el caso de que la conducta constituya un conflicto grave con violencia: - Si el Director/a del establecimiento concluyese que la conducta de un profesor/a pudiera ser constitutiva de falta grave o muy grave deberán comunicarlo al Departamento de Educación. - En el caso de los adultos que no presten servicios en el establecimiento educativo y estén implicados en un conflicto grave con violencia, se actuará teniendo en cuenta las acciones que marca la legislación penal vigente. 8. Evaluación En un plazo de 15 días a contar de producido los hechos se evaluarán las acciones determinadas con el responsable de Convivencia escolar y los afectados mediante entrevista personal. Protocolo de actuación ante hechos tipificados como falta o delito por la ley. 4. Comunicar la situación ante la Dirección del establecimiento. 5. La Dirección realizará denuncia ante el Ministerio Público, Carabineros o PDI, atendiendo a la temática de la situación. 6. La Dirección del establecimiento comunicará la situación a la Superintendencia de Educación. 27

28 C-. AGRESIONES ENTRE ADULTOS AL EXTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO. 1. Comunicación y denuncia: - Los integrantes de la Comunidad Educativa (Docentes, Estudiantes, Padres y Apoderados, Asistentes de la Educación, Directivos) al constatar la situación deben alertar a Dirección. - Si la situación persiste o sobrepasa los recursos y competencias del establecimiento educativo, se tomarán medidas con carácter de urgencia y se solicitará, en su caso, ayuda externa a otras entidades (Carabineros, PDI). 2. Medidas de contención - Dialogo personal con el afectado en un espacio privado, para aclarar la situación. 3. Medidas de apoyo - Brindar un espacio físico privado al afectado para que se calme y contactar a un familiar que lo acompañe. - En caso de derivación asistencia médica, el protocolo de acción será: i. Aviso a la Dirección ii. Aviso vía telefónica a la familia del afectado. iii. Esperar la presencia de un familiar del afectado que lo acompañe. iv. Traslado del afectado/a a centro asistencial (si corresponde) v. 4. Medidas de reparación B. En el caso de que la conducta no constituya un conflicto grave con violencia:, - El agresor deberá pedir disculpas privadas o públicas, restablecimiento de efectos personales, según amerite la situación. - Cuando de los hechos o conductas de algún miembro de la comunidad educativa se pudiera derivar algún grave perjuicio para la integridad, dignidad o derechos de cualquier persona, podrá comunicar los hechos simultáneamente a Fiscalía, Juzgado o cualquier dependencia de Carabineros o PDI. B.- En el caso de que la conducta constituya un conflicto grave con violencia: - Si el Director/a del establecimiento concluyese que la conducta de un profesor/a pudiera ser constitutiva de falta grave o muy grave deberán comunicarlo al Departamento de Educación. - Si el agresor es apoderado del establecimiento, éste será desvinculado del establecimiento, teniendo la familia que designar otro apoderado para el alumno/a. - En el caso de los adultos que no presten servicios en el establecimiento educativo (apoderado u otro) y estén implicados en un conflicto grave con violencia, se actuará teniendo en cuenta las acciones que marca la legislación penal vigente. 28

29 5. Evaluación En un plazo de 15 días a contar de producido los hechos se evaluarán las acciones determinadas, ya sean del Departamento de Educación como de Tribunales de Justicia, para dar por finalizado en proceso. D-. PROTOCOLO EN CASO DE ABANDONO EMOCIONAL 1. Los docentes investigaran situaciones observadas en sus alumnos referidas a abandono emocional por parte de los padres, junto al Encargado de Convivencia Escolar. 2. El Encargado de Convivencia notificará a la dirección del establecimiento situación del alumno/a. 3. La Dirección conjunto con el encargado de convivencia entrevistará a las personas involucradas en las acciones presentadas. 4. En un plazo de 15 días las personas encargadas de la investigación definirán el plan de intervención para apoyar al niño/a y su familia. 5. Si el abandono es grave y perdurable en el tiempo el Encargado/a de Convivencia Escolar del establecimiento derivará el caso a las redes de apoyo pertinente (OPD). Si, por el contrario se tratase de una situación parcial y no perdurable en el tiempo la Dirección y la encargada de convivencia escolar brindaran la orientación necesaria a los padres e hijos para superar la situación. E. PROTOCOLO EN CASO DE ABUSO SEXUAL 1. Cualquier actor de la comunidad educativa que sea conocedor de un caso de abuso sexual deberá informar a las personas a cargo del establecimiento. 2. Quien reciba la denuncia debe registrar por escrito la información recibida, en el formato creado para ello (Anexo 2) 3. La dirección del establecimiento una vez recibida la denuncia realizará la denuncia de la situación ante la Policía de Investigaciones de Chile (PDI) 4. Simultáneo a la denuncia a PDI se notificará a los padres y/o apoderados, de la víctima en forma directa y personal, solicitando su presencia en el establecimiento por citación telefónica. 5. Durante el proceso de investigación de la denuncia, el encargado de convivencia acompañará y apoyara a la familia del alumno/a. 29

30 REGISTRO SITUACIÓN DE VIOLENCIA ESCOLAR I-. ANTECEDENTES GENERALES NOMBRE ALUMNO/A AFECTADO CURSO FECHA EDAD PROFESOR (A) JEFE NOMBRE ALUMNO/A AGRESOR CURSO FECHA EDAD PROFESOR (A) JEFE OTROS INVOLUCRADOS CURSO ACCIONES II-. DESCRIPCIÓN DEL INCIDENTE Señale lugar y Breve descripción de los acontecimientos 30

31 Hace cuánto tiempo pasa esto? Afectado Agresor Dentro o fuera del establecimiento? Han comentado esta situación con otras personas? Han tratado de llegar a algún acuerdo? Cuál? Conclusiones y sanciones aplicadas a los estudiantes según el manual de convivencia Escolar DESCRIPCIÓN ACCIONES A IMPLEMENTAR 1. Entrevista a familia 2. Reunión Profesor jefe 3. Reunión Comité Convivencia Escolar 4. Derivación Red de Apoyo 5. Trabajo con los padres y apoderados 6. Trabajo con los alumnos/as. 7. Seguimiento y evaluación del caso 8. Informar a Superintendencia Educación. PLAZO RESPONSABLE Nombre y firma de funcionario que recepciona antecedentes Fecha 31