CARLOS F. GONZÁLEZ PUCHE ABOGADO DIRECTOR EJECUTIVO ACOLFUTPRO REGLAS DE TRANSFERENCIA DESPÚES DEL FALLO BOSMAN EN SUR AMÉRICA
|
|
- Martín Córdoba Espinoza
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 CARLOS F. GONZÁLEZ PUCHE ABOGADO DIRECTOR EJECUTIVO ACOLFUTPRO REGLAS DE TRANSFERENCIA DESPÚES DEL FALLO BOSMAN EN SUR AMÉRICA
2 COLOMBIA ANTECEDENTES 1) Sentencia T-498 Corte Constitucional 4/Nov/1994, M. Ponente Eduardo Cifuentes Muñoz Derecho a la práctica del deporte Jugador de fútbol-traspaso de derechos deportivos Libertad de trabajo Libertad de escoger profesión u oficio Prohibición de la esclavitud Acción de tutela contra clubes deportivos por indefensión de los jugadores
3 COLOMBIA 2) Ley 181 de 18 de enero de 1995 Ley del deporte Únicamente los clubes profesionales o aficionados podrán ser poseedores de los derechos deportivos de los jugadores (Artículo 32) Definición de derecho deportivo y prohibición de transferir más de dos jugadores en préstamo a un mismo club dentro de un mismo torneo (Artículo 34) Convenios deportivos y plazo hasta de seis meses para ofrecer nuevo contrato (Artículo 35)
4 COLOMBIA 3) Sentencia C-320 Corte Constitucional, 3/Jul/1997 M. Ponente Alejandro Martínez Caballero Integración de la proposición jurídica y alcance de la unidad normativa Derechos deportivos sobre los jugadores, libertad económica, dignidad humana y prohibición de la esclavitud Limites constitucionales a los derechos deportivos Policía deportiva, protección de la transparencia deportiva y autonomía de los clubes y federaciones Regulación estatal de la actividad deportiva
5 COLOMBIA Sentencia de tutela T-302, Corte Constitucional, 18/Jun/1998 M. Ponente, Alejandro Martínez Caballero Tutelas instauradas por Alexander Fernández, Héctor Mario Botero Bedoya, Miller Zurek Durán Botero, León Darío Atehortúa, mediante su apoderado Francisco González Puche, contra la Corporación Deportiva Independiente Medellín y contra Coldeportes, Dimayor, Colfútbol y Deportiva Independiente Medellín.
6 PERÚ Ley No de 1 de enero de 1996 LEY DEL FUTBOLISTA PROFESIONAL Artículo 1, La relación laboral de los futbolistas profesionales con los clubes deportivos de fútbol. La relación jurídica entre clubes y jugadores es de naturaleza laboral La relación laboral es de duración determinada por tiempo cierto o para la realización de un numero de actuaciones deportivas. La prorroga de los contratos se dará por acuerdo expreso (Artículo 4) Los contratos deben ser escritos y registrarse ante la Federación Peruana y Ministerio de Trabajo y en él se pactan las remuneraciones, premios, seguro premios y retribuciones, así como las causas de resolución de los contratos (Artículo 5)
7 PERÚ Ley No de 1 de enero de 1996 LEY DEL FUTBOLISTA PROFESIONAL Se establecen obligaciones especiales de los futbolistas profesionales. (Artículo 6) Se estipulan otros beneficios a los pactados en el contrato (Artículo 7) Descanso semanal, explotación comercial de su imagen, participación por su transferencia y ocupación efectiva La transferencia de los futbolistas se rige por las normas FIFA y de la Federación Peruana
8 PERÚ PRIMERA HUELGA FEBRERO DE 2002 Se exige la negociación de un convenio colectiva para levantar la huelga entre SAPAF y la ADFP La huelga se levanta porque los presidentes de clubes firman un compromiso para aprobar en asamblea extraordinaria las negociaciones con el SAPAF. En noviembre de 2002 se concerta un 95% del estatuto, pero los clubes condicionaron la suscripción a la inclusión a la prorroga automática de los contratos
9 PERÚ SEGUNDA HUELGA El 10 de noviembre del 2003 los futbolistas peruanos decidieron ir a la huelga. La determinación unánime de los futbolista obligó a la federación a dar por terminado el torneo clausura en la fecha 16. No hubo campeón de dicho torneo El 5 de enero de 2004 se suscribe el acta de acuerdo entre el SAPAF y la ADFP (liga profesional) para aprobar la redacción y texto final del Estatuto Profesional fijando como plazo el 19 de enero de 2004.
10 PERÚ Se acordó que mientras la FIFA aprobaba el Estatuto se aplicarían las normas FIFA y las establecidas en la legislación nacional De existir discrepancias serán remitidos para ser dirimidos y aprobados con el texto final por la FIFA. El 4 de agosto de 2004 la FIFA responde al SAPAF manifestando que hasta que el Estatuto del Futbolista Profesional quede aprobado faculta a la Federación Peruana para que aplique provisionalmente dicha reglamentación. El 1 de septiembre de 2004 la FIFA envía a la Federación Peruana de Fútbol la autorización para aplicar provisionalmente dicho reglamento, el cual es adoptado por el director de la Federación peruana de futbol en cesión del 16 de septiembre de 2004, este reglamento se aplicará provisionalmente a partir del 1 de enero de 2005.
11 PERÚ ESTATUTO DEL FUTBOLISTA PROFESIONAL Se adopta la Cámara de Conciliación y Resolución de Disputas para resolver las controversias contractuales que surjan entre clubes y jugadores Todo lo no regulado por el Estatuto se aplican las normas estatales que regulan las relaciones laborales de los trabajadores Peruanos. Se acuerda la jornada, horario, descanso y vacaciones Se regula el contrato de trabajo, sus modalidades convenio de formación y periodo de evaluación. El contrato de trabajo solo puede ser resuelto por justa causa. Obligación de pago de deudas a la terminación del contrato so pena de sanciones
12 PERÚ ESTATUTO DEL FUTBOLISTA PROFESIONAL Se regula todo lo relacionado a remuneración, gratificaciones, pago extraordinario por contratación y premios. Obligación de contratar seguro de vida ley Obligación de descuentos de cuotas sindicales Derechos del sindicato Entrega de la FPF al SAPAF del calendario de partidos para su aprobación. Entrega de entradas a los estadios Entrega de un partido anual de la selección en beneficio del SAPAF Minuta única de contrato de trabajo
13 REGLAS DE TRANSFERENCIA DESPÚES DEL FALLO BOSMAN EN SUR AMÉRICA Argentina: Convenio colectivo de trabajo No. 557/09 Uruguay: Estatuto del Futbolistas Profesional Concertado Última versión 17 de Agosto de Bolivia: Ley marco del deporte 2770 de 07 de julio de 2004, artículo 12 (la relación entre clubes y jugadores se regula por los reglamentos y estatutos de la FIFA, CONMEBOL y FBF), Ley general del trabajo, decreto supremo No , Reglamento al Estatuto del jugador (17 de mayo de 2008), minuta única adaptada por la FBF, regulada federativamente como contrato único denominado contrato deportivo de trabajo
14 REGLAS DE TRANSFERENCIA DESPÚES DEL FALLO BOSMAN EN SUR AMÉRICA Chile: Ley del 25 de abril de Código del trabajo Brasil: Ley 9615 de 2008 (Ley Deportiva) Ley Pele, Ley del trabajo Ley de 2011 Venezuela: Ley orgánica del trabajo (Gaceta oficial 6076 extraordinaria del 07/05/2012, artículo 218 al 228), Pendiente de que se expida una ley especial que regule de manera específica la actividad de los futbolistas profesionales (art 228), Ley orgánica de deporte, actividad física y educación. ( del 23 de agosto de 2011)
15 REGLAS DE TRANSFERENCIA DESPÚES DEL FALLO BOSMAN EN SUR AMÉRICA Ecuador: Ley 344 de 1994, Ley del futbolista profesional del Ecuador Paraguay: Ley 3580 de 2008 que modifica la ley 88/1991 "que establece el estatuto del futbolista profesional"
16
Medidas urgentes para la reforma de la negociación colectiva.
Medidas urgentes para la reforma de la negociación colectiva. 1 Os comunicamos hoy la publicación en el B.O.E del Real Decreto-Ley 7/2011, de 10 de junio, de medidas urgentes para la reforma de la negociación
Más detallesObjetivos principales
Es la alternativa prevista en el fu tbol de recurrir a tribunales arbitrales nacionales que dicten laudos en lugar de someter los conflictos a los tribunales ordinarios o incluso a los o rganos jurisdiccionales
Más detallesCOMENTARIOS A LA LEY N 20.178 QUE REGULA LA RELACION LABORAL DE LOS DEPORTISTAS PROFESIONALES Y TRABAJADORES QUE DESEMPEÑAN ACTIVIDADES CONEXAS.
COMENTARIOS A LA LEY N 20.178 QUE REGULA LA RELACION LABORAL DE LOS DEPORTISTAS PROFESIONALES Y TRABAJADORES QUE DESEMPEÑAN ACTIVIDADES CONEXAS. Considerando que a partir del día 1 de junio de 2007 se
Más detallesModificaciones a los Estatutos. Modificaciones al Código Disciplinario
Aprobadas Comisión Delegada 13-04-2011 Modificaciones a los Estatutos Articulo 1. La Real Federación Española de Fútbol 1.La Real Federación Española de Fútbol en lo sucesivo RFEF es una entidad asociativa
Más detallesPROGRAMA DE DERECHO DEL TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL Tribunal de Homologación
PROGRAMA DE DERECHO DEL TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL Tribunal de Homologación Curso académico: 2003-2004. Miembro del Tribunal: Prof. Dra. Yolanda CANO GALÁN. TEMA 1: LA IDENTIDAD DEL DERECHO DEL TRABAJO
Más detallesACCIDENTES, LESIONES Y ENFERMEDADES SU INCIDENCIA EN EL CONTRATO DEL FUTBOLISTA CONFLICTOS INTERNACIONALES. Dr. Horacio González Mullin
ACCIDENTES, LESIONES Y ENFERMEDADES SU INCIDENCIA EN EL CONTRATO DEL FUTBOLISTA CONFLICTOS INTERNACIONALES Dr. Horacio González Mullin Puede un club de fútbol f rescindir el contrato de trabajo del futbolista
Más detallesII CONGRESO ARGENTINO DE DERECHO DEL DEPORTE
II CONGRESO ARGENTINO DE DERECHO DEL DEPORTE Derechos de Formación y Mecanismo de Solidaridad Análisis de la normativa FIFA. Incongruencias. Jurisprudencia interpretativa. Novedades. Propuesta de reforma.
Más detallesCurso ICA de: ASESORIA LABORAL
Curso ICA de: ASESORIA LABORAL Presentación Las reformas laborales se están sucediendo en periodos de tiempo relativamente breves. El mercado de trabajo no es capaz de absorber a toda la población en edad
Más detallesCONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA E INNOVACIÓN
28821 CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA E INNOVACIÓN RESOLUCIÓN de 17 de noviembre de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la publicación del Acta de la Mesa de Negociación del Ayuntamiento
Más detallesTEST EBEP. Negociación y Participación
TEST EBEP. Negociación y Participación 1.- Según el EBEP, la facultad de elegir representantes y constituir órganos unitarios a través de los cuales se instrumente la interlocución entre las Administraciones
Más detallesCOMPARATIVA DE LAS REFORMAS LABORALES
R.D. Ley 35/2010 con R.D. Ley 3/2012 AGENCIAS DE COLOCACIÓN Eran las entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro dedicadas a realizar actividades de intermediación laboral Ahora pueden ser privadas
Más detalles1ER CONGRESO DE DERECHO DEPORTIVO DEL MERCOSUR
1ER CONGRESO DE DERECHO DEPORTIVO DEL MERCOSUR Análisis crítico del régimen legal del futbolista profesional en Argentina Martin Auletta Estudio Auletta & Asociados Abogados Estructura de la presentación
Más detallesREFORMA LABORAL FLEXIBILIDAD INTERNA Y EXTERNA
REFORMA LABORAL FLEXIBILIDAD INTERNA Y EXTERNA FLEXIBILIDAD INTERNA ALTERNATIVAS AL DESPIDO 1. CLASIFICACION PROFESIONAL 2. DISTRIBUCIÓN JORNADA DE TRABAJO 3. MODIFICACIÓN SUSTANCIAL DE CONDICIONES DE
Más detallesREGLAMENTO TÉCNICO de FUTBOL 11 MASCULINO CEU 2015
MINISTERIO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTE REGLAMENTO TÉCNICO de FUTBOL 11 MASCULINO CEU 2015 El Campeonato de España Universitario de Fútbol tiene un modelo de competición nacional que se estructura en
Más detallesRemuneraciones y su protección
Remuneraciones y su protección Eduardo Vidal Orellana Abogado U. de Chile Retribución Todo trabajo debe ser retribuido por remuneraciones equitativas que permitan satisfacer las necesidades básicas b del
Más detallesQUÉ ES EL DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS?
QUÉ ES EL DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS? El Derecho Internacional es un sistema de reglas contempladas por los Estados para regular sus conductas y relaciones. El Derecho Internacional
Más detallesREGLAMENTO DEL PROGRAMA DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL Aprobado por el Comité Directivo en la sesión N 08-10, del 10 de febrero de 2010 ÍNDICE I.CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LAS PRÁCTICAS
Más detallesCap ítulo I Generalidades Del Derecho Laboral
2015 Cap ítulo I Generalidades Del Derecho Laboral MARCO NEÓN GOMÉZ F. DERECHO LABORAL 1 1. Definición de derecho laboral. CONTENIDO 2. Ramas del derecho laboral: a. Derecho individual del trabajo. b.
Más detallesPERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS TU CALENDARIO LABORAL PARA EL CURSO 2014/15
l ENSEÑANZA PRIVADA CONCERTADA y ATENCIÓN A LA DISCAPACIDAD PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS TU CALENDARIO LABORAL PARA EL CURSO 2014/15 Resumen del articulado del VI Convenio de enseñanza Concertada.
Más detallesCOMISIONES Y TARIFAS, SERVICIOS FINANCIEROS Concepto 2011066825-001 del 6 de octubre de 2011.
COMISIONES Y TARIFAS, SERVICIOS FINANCIEROS Concepto 2011066825-001 del 6 de octubre de 2011. Síntesis. Esta Superintendencia no se encuentra facultada para fijar o autorizar las tarifas o comisiones que
Más detallesRegula la relación laboral de carácter especial del Servicio doméstico.
D. EMPLEADOS DE HOGAR Real Decreto 1424/1985 de 1 de agosto BOE 13 agosto 1985, núm. 193 Regula la relación laboral de carácter especial del Servicio doméstico. El artículo 2.1 b) del Estatuto de los Trabajadores
Más detallesANEXO COMPLEMENTARIO I: Proyecto Casoteca Comunidad Indígena La Patria Derecho al Agua
ANEXO COMPLEMENTARIO I: Proyecto Casoteca Comunidad Indígena La Patria Derecho al Agua Normativa Internacional sobre Derechos económicos, sociales y culturales de Argentina, Bolivia, Brasil, Chile y Paraguay
Más detallesESTATUTOS DE LA FEDERACION ASTURIANA DE DOMINO
ESTATUTOS DE LA FEDERACION ASTURIANA DE DOMINO CAPITULO I DENOMINACION, FINES, DOMICILIO Y AMBITO Articulo 1.- Con la denominación de "FEDERACION ASTURIANA DE DOMINO", se constituye una Entidad que se
Más detallesNATURALEZA LABORAL DEL CREDITO A FAVOR DEL JUGADOR POR CESION DE DERECHOS FEDERATIVOS A UN CLUB. Horacio González Mullin 1
1 NATURALEZA LABORAL DEL CREDITO A FAVOR DEL JUGADOR POR CESION DE DERECHOS FEDERATIVOS A UN CLUB I. Introducción. Horacio González Mullin 1 En el Uruguay ha quedado prácticamente zanjada la vieja discusión
Más detallesFISCALIA GENERAL DEL ESTADO CONSEJO FISCAL
INFORME DEL A LA PROPUESTA DE RESOLUCION DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE JUSTICIA POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES SOBRE LA JORNADA Y HORARIO EN EL AMBITO DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA 1. INTRODUCCIÓN.
Más detallesAUTÓNOMO. El Estatuto del trabajador. Contenido. Motivos para una nueva regulación. Sujetos incluidos y excluidos LOGO. Fuentes reguladoras
El Estatuto del trabajador AUTÓNOMO LOGO Contenido Motivos para una nueva regulación Sujetos incluidos y excluidos LOGO Fuentes reguladoras Derechos y deberes TRADE (TRABAJADOR AUTONOMO ECONOMICAMENTE
Más detallesPor ello se proponen los siguientes criterios:
PROPUESTA SOBRE REORDENACIÓN DE LA JORNADA LABORAL PARA EL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS DE LAS UNIVERSIDAD DE CORDOBA QUE PERCIBA SUS RETRIBUCIONES CON CARGO AL CAPITULO I DEL PRESUPUESTO. En
Más detallesINSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES DE ALBACETE ANUNCIO
Publicados en el B.O.P. núm. 98 de miércoles 15 de agosto de 2.001, y corrección de errores de B.O.P. núm. 120 de viernes 5 de octubre de 2.001. INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES DE ALBACETE ANUNCIO Finalizado
Más detallesCONCEPTOS BÁSICOS PARA RESOLVER LOS CONFLICTOS ENTRE LAS MUNICIPALIDADES Y SUS TRABAJADORES
CONCEPTOS BÁSICOS PARA RESOLVER LOS CONFLICTOS ENTRE LAS MUNICIPALIDADES Y SUS TRABAJADORES ORDEN PÚBLICO LABORAL En Guatemala, el orden Público Laboral se integra: a). Leyes constitucionales, b). Convenios
Más detallesREGULA LA RELACIÓN LABORAL DE LOS DEPORTISTAS PROFESIO- NALES Y TRABAJADORES QUE DESEMPEÑAN ACTIVIDADES CONEXAS. L E Y Nº 20.178
REPUBLICA DE CHILE Ministerio del Trabajo y Previsión Social REGULA LA RELACIÓN LABORAL DE LOS DEPORTISTAS PROFESIO- NALES Y TRABAJADORES QUE DESEMPEÑAN ACTIVIDADES CONEXAS. L E Y Nº 20.178 Teniendo presente
Más detallesLA "REFORMA LABORAL" APLICADA A LOS DEPORTISTAS PROFESIONALES. Reducción de salarios en el futbol profesional
LA "REFORMA LABORAL" APLICADA A LOS DEPORTISTAS PROFESIONALES. Reducción de salarios en el futbol profesional Por Pere Vidal Comentario a la Sentencia de 7 de marzo de 2013 del Juzgado de lo Social 2 de
Más detallesCircular. Reglamento de las empresas de trabajo temporal. Núm. 26/2015. Barcelona, jueves, 9 de julio de 2015
Núm. 26/2015 Reglamento de las empresas de trabajo temporal. Barcelona, jueves, 9 de julio de 2015 Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado, núm. 147, de fecha 20 de junio de 2015, el Real Decreto
Más detallesImpuestos A. Extraordinario N 06/2014. Ediciones Jurisprudencia del Trabajo, C.A. J-00178041-6
AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 06 (2014) LOS MUNICIPIOS NO PUEDEN IMPONER SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE NORMAS RELATIVAS A PERMISOS DE FUNCIONAMIENTO DE CASINOS, SALAS DE BINGOS Y MÁQUINAS TRAGANÍQUELES La
Más detalles2. Se entenderá que concurre la nota de excepcionalidad en los siguientes supuestos:
MEDIDAS ALTERNATIVAS El Real Decreto 27/2000, de 14 de enero, por el que se establecen medidas alternativas de carácter excepcional al cumplimiento de la cuota de reserva del dos por ciento en favor de
Más detallesVAL DE ROIS. COMPETICIÓN DE PAREJAS TU SWING
VAL DE ROIS. COMPETICIÓN DE PAREJAS TU SWING La liga Tu Swing se jugará por parejas y la competición tendrá una doble vertiente: la clasificación en una liga de cinco torneos y el campeonato eliminatorio
Más detallesACUERDOS SUSCRITOS POR EL PERU EN MATERIA MIGRATORIA
ACUERDOS SUSCRITOS POR EL PERU EN MATERIA MIGRATORIA Carpeta Tratados Nº de Caja NOMBRE DEL CONVENIO MATERIA MIGRATORIA 2844-B 002 Acuerdo de Regularización Migratoria entre la República del Perú y la
Más detallesREGLAS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE INVERSIÓN PARA EJECUCIÓN DE OBRA PÚBLICA EN CENTROS EDUCATIVOS DEL SABES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015
REGLAS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE INVERSIÓN PARA EJECUCIÓN DE OBRA PÚBLICA EN CENTROS EDUCATIVOS DEL SABES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015 Introducción El Gobierno del Estado de Guanajuato busca mejorar
Más detallesBogota, D. C., 09/04/2010 EE0956 Señor GERSON ANDRÉS SANTAFÉ ABRIL Calle 19 No. 13 A 12, Oficina 203 Ciudad REF.: REMUNERACIÓN. Servicio social obligatorio. Los médicos que prestan servicio social obligatorio
Más detallesCONVENIO DE COOPERACIÓN JNTERINSTITUCIONAL ENTRE EL MINISTERIO PÚBLICO Y LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
CONVENIO DE COOPERACIÓN JNTERINSTITUCIONAL ENTRE EL MINISTERIO PÚBLICO Y LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Conste por el presente documento el Convenio Interinstitucional que celebran
Más detallesLEGISLACION PRÁCTICA PARA EMPRESARIOS NUEVA REGULACION DE EMPLEADOS DE HOGAR AL SERVICIO DEL HOGAR FAMILIAR
Sergio León Navarro ABOGADO C/Francisco Silvela nº 27 1ºA 28028 MADRID EMPLEADOS DE HOGAR NUEVA REGULACION PARA EL 2012 Ha entrado en vigor una nueva regulación laboral y de seguridad social de las personas
Más detallesCURSO CREAR Y GESTIONAR UNA ASOCIACIÓN Módulo I. Instituto Aragonés de la Juventud Rosario Lázaro Marín
CURSO CREAR Y GESTIONAR UNA ASOCIACIÓN Módulo I Instituto Aragonés de la Juventud Rosario Lázaro Marín MODULO I LA CREACIÓN DE UNA ASOCIACIÓN Para qué crear una asociación? Para compartir una idea. Para
Más detallesDERECHO DEL TRABAJO TEMA I
DERECHO DEL TRABAJO TEMA I PROGRAMA DEL TEMA I CONCEPTO Y AMBITO APLICATIVO DEL DERECHO DEL TRABAJO 1. LAS RELACIONES LABORALES COMO OBJETO DE LA LEGISLACIÓN LABORAL. 1. ORÍGENES Y EVOLUCIÓN HISTÓRICA
Más detallesDERECHO DEL TRABAJO I
UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS. Prueba de Coniunto Específica para la Homologación de Títulos Extranjeros al Título español de DIPLOMADO EN RELACIONES LABORALES. Programa de la asignatura: DERECHO DEL TRABAJO
Más detallesJuegos Nacionales Populares 2016 El cual se llevará a cabo conforme a las siguientes bases:
El Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte (SINADE), en coordinación con la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (CONADE), con fundamento en la Ley General de Cultura Física y Deporte en
Más detallesLa remuneración de las horas extraordinarias
La remuneración de las horas extraordinarias Ante la discrepancia de puntos de vista de muchas asesorías y la preceptiva puesta en común con el cliente, nos gustaría centrarnos en la consideración normativa
Más detallesESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE ENFERMERÍA Y SALUD
ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE ENFERMERÍA Y SALUD CAPITULO I. DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO TERRITORIAL Artículo 1º. DENOMINACIÓN. Con la denominación de la Asociación Española de Enfermería
Más detallesRESOLUCIÓN No.2798 Noviembre 28 de 2011. (Modificado por la Resolución No.3049 del 17 de abril de 2013)
RESOLUCIÓN No.2798 Noviembre 28 de 2011 (Modificado por la Resolución No.3049 del 17 de abril de 2013) Por la cual se expide el Estatuto del Jugador de la Federación Colombiana de Fútbol EL COMITÉ EJECUTIVO
Más detallesMINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES. 17978 ORDEN de 14 de julio de 1998 por la que se regulan aspectos formativos del contrato para la formación
MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 17978 ORDEN de 14 de julio de 1998 por la que se regulan aspectos formativos del contrato para la formación La disposición final segunda del Real Decreto 488/1998
Más detallesCIRCULAR Nº 3/2011 DENUNCIAS A LA COMISIÓN MIXTA AFE 2ª DIVISIÓN B
Pedro Rico 27 28029 Madrid Teléfono 91 314 30 30 afe@afe-futbol.com www.afe-futbol.com CIRCULAR Nº 3/2011 DENUNCIAS A LA COMISIÓN MIXTA AFE 2ª DIVISIÓN B MUY IMPORTANTE: Nuevos plazos de presentación de
Más detallesPROPUESTA DE REGULACIÓN DE LOS CRÉDITOS Y PERMISOS SINDICALES EN LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA
PROPUESTA DE REGULACIÓN DE LOS CRÉDITOS Y PERMISOS SINDICALES EN LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA El Real Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento
Más detallessardecisión de la Cámara de Resolución de Disputas
sardecisión de la Cámara de Resolución de Disputas tomada en Zúrich, el 25 de septiembre de 2014, integrada por: sobre la controversia planteada por el jugador, Jugador O, de pais A, en adelante, el demandante
Más detallesNORMATIVIDAD DE CONTROL DE ASISTENCIAS
NORMATIVIDAD DE CONTROL DE ASISTENCIAS GENERALIDADES Se considera como falta o inasistencia si el personal no registra entrada y/o salida según su horario de labores. El trabajo académico y administrativo
Más detallesDAKAR MARCO LEGAL. Legislación Laboral
MARCO LEGAL Legislación Laboral La legislación laboral senegalesa tiene como base el Código del Trabajo, cuya última versión se recoge en la Ley 97-17, de 1 de diciembre de 1997. La relación laboral se
Más detallesCONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE DEFINICIÓN. Guía de Contratos. Contrato para la formación y el aprendizaje
CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE DEFINICIÓN Esta modalidad contractual se configura como un instrumento destinado a favorecer la inserción laboral y la formación de las personas jóvenes, en
Más detallesDictan disposiciones sobre el registro de control de asistencia y de salida en el régimen laboral de la actividad privada
Dictan disposiciones sobre el registro de control de asistencia y de salida en el régimen laboral de la actividad privada DECRETO SUPREMO Nº 004-2006-TR Enlace Web: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS PDF. (*) De conformidad
Más detallesConvenio de colaboración y cesión de uso de las instalaciones deportivas
Convenio de colaboración y cesión de uso de las instalaciones deportivas Ayuntamiento de Getafe 1 Habiéndose remitido a esta Secretaría General para su estudio borrador de Convenio de colaboración y cesión
Más detallesNueva regulación para las trabajadoras del hogar
Nueva regulación para las trabajadoras del hogar A partir del día 1 de enero de 2012, el hasta ahora Régimen Especial de Trabajadoras de Hogar, pasa a integrarse en el Régimen General de la Seguridad Social,
Más detallesAlcaldía de Medellín DECRETO NÚMERO 1147 DE 2005. (Mayo 27)
DECRETO NÚMERO 1147 DE 2005 (Mayo 27) Por medio del cual se reglamenta los requisitos para el Recibo de Obras de parcelación, urbanismo y construcción, certificado de permiso de ocupación y se establecen
Más detallesCOMITÉ DIRECTIVO ESTATAL
ACUERDO DEL COMITÉ DIRECTIVO ESTATAL POR EL QUE SE SANCIONA LA DETERMINACIÓN DEL MÉTODO ADOPTADO POR EL CONSEJO POLÍTICO MUNICIPAL DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL EN EL MUNICIPIO DE PUERTO MORELOS
Más detallesASIGNATURA DERECHO DEL TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL GUÍA DOCENTE
Curso Académico 2011 2012 TITULACIÓN LICENCIATURA EN DERECHO CURSO 4º ASIGNATURA DERECHO DEL TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL GUÍA DOCENTE 1.- Características de la asignatura Nombre de la Asignatura DERECHO
Más detallesRELACIONES LABORALES EN LA EMPRESA
RELACIONES LABORALES EN LA EMPRESA Balbina López de la Torre Garcia Julio 2014 DERECHO LABORAL Individual Colectivo DERECHO LABORAL FUENTES Y ORDEN DE PRELACIÓN: La Constitución Española Leyes Orgánicas
Más detallesArtículo 1. Convocatoria de Elecciones Generales al Claustro de la Universidad de Alcalá.
Normativa de Elecciones Generales al Claustro de la Universidad de Alcalá (Aprobada por la Mesa del Claustro en su sesión de 2 de noviembre de 2015) Artículo 1. Convocatoria de Elecciones Generales al
Más detallesRepresentado por su Presidente Pascal BINCZAK y más específicamente por la Facultad/Instituto de origen.
CONVENIO DE PRACTICAS PROFESIONALES El presente convenio rige las relaciones : ENTRE : La Universidad Paris 8 Ente público de carácter científico, cultural y profesional 2 rue de la Liberté 93526 Saint-Denis
Más detallesRecurso n 09-4002 IN Sent. 1016/10
D. MANUEL VARÓN MORA, Secretario de la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía: CERTIFICO: Que en el recurso/rollo referendario, se ha dictado por esta Sala la siguiente
Más detallesDerecho a la autonomía de los grupos étnicos
Derecho a la autonomía de los grupos étnicos Boletín N 2 Bogotá, Febrero de 2014 Delegada para indígenas y minorías étnicas El derecho a la autonomía es entendido como la facultad de los grupos étnicos
Más detallesAUTONOMOS ECONOMICAMENTE DEPENDIENTES
JOAN SURROCA SIÓ Graduat Social AUTONOMOS ECONOMICAMENTE DEPENDIENTES Rambla Catalunya, 108 1r 2a - 08008 BARCELONA - Tel. 93 2159881 - Fax. 93 4882564 e.mail: j.surrocasio@gmail.com AUTONOMOS ECONOMICAMENTE
Más detallesCONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL Tribunales Superiores de Justicia Acuerdo de 9 de abril de 2015, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de
Más detallesDECRETO 641 DE 2001. (Abril 16)
DECRETO 641 DE 2001 (Abril 16) "Por el cual se reglamenta la Ley 582 de 2000 sobre deporte asociado de personas con limitaciones físicas, mentales o sensoriales". El Presidente de la República de Colombia,
Más detallesAnálisis Proyecto de Ley de Reformas Laborales CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL CUT CHILE
Análisis Proyecto de Ley de Reformas Laborales CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL CUT CHILE I. PRINCIPALES EJES QUE DEBEN GUIAR EL PROYECTO DE LEY. 1.- Fortalecer los derechos colectivos de los trabajadores, en
Más detallesESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y AMBITO
ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y AMBITO Artículo 1.- Denominación Con la denominación de Asociación "ONG OTROMUNDOESPOSIBLE", se constituye una entidad sin Ánimo de
Más detallesLIQUIDACION DE INTERESES POR MORA EN EL PAGO DE APORTES
LIQUIDACION DE INTERESES POR MORA EN EL PAGO DE APORTES De acuerdo con lo establecido en los artículos 23 y 161 de la ley 100 de 1993 y en el artículo 92 del decreto 1295 de 1994, los empleadores que no
Más detallesDIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y AYUDAS A LA EDUCACIÓN. Ref: 49/065045.9/14. La autenticidad de este documento se puede comprobar en www.madrid.
Ref: 49/065045.9/14 DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y Resolución de la Dirección General de Becas y Ayudas a la Educación, por la que se dictan Instrucciones para el abono por la Administración educativa de
Más detallesACUERDO GENERAL DE COOPERACIÓN Entre EL PARLAMENTO LATINOAMERICANO (PARLATINO) EL PROGRAMA MUNDIAL DE ALIMENTOS NACIONES UNIDAS (PMA)
t!t~ WFP ~ ~ Programa ~ ~ Mundial de ACUERDO GENERAL DE COOPERACIÓN Entre EL PARLAMENTO LATINOAMERICANO (PARLATINO) y EL PROGRAMA MUNDIAL DE ALIMENTOS NACIONES UNIDAS (PMA) DE LAS En la ciudad de Panamá,
Más detallesESPACIOS FORMALES Y NO FORMALES DE PARTICIPACION CIUDADANA EN EL MUNICIPIO DE QUIBDO
ESPACIOS FORMALES Y NO FORMALES DE PARTICIPACION CIUDADANA EN EL MUNICIPIO DE QUIBDO La Constitución Política de Colombia de 1991 nos dio, a todos los ciudadanos, la posibilidad de participar e intervenir
Más detallesEnrique Álvarez del Castillo, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Jalisco, a los habitantes del mismo hago saber:
Enrique Álvarez del Castillo, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Jalisco, a los habitantes del mismo hago saber: Que por la Secretaría del H. Congreso del Estado se me ha comunicado
Más detallesASOCIACIÓN DE FAMILIAS DEL ALUMNADO DEL COLEGIO LOURDES ESTATUTOS
ASOCIACIÓN DE FAMILIAS DEL ALUMNADO DEL COLEGIO LOURDES ESTATUTOS MADRID 2014 1 CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, ACTIVIDADES, DOMICILIO Y ÁMBITO Artículo 1º- Denominación Con la denominación de Asociación
Más detallesXXV ENCUENTRO Y X CONGRESO ARQUISUR ASOCIACION DE FACULTADES Y ESCUELAS DE ARQUITECTURA DEL MECOSUR PROGRAMA DE COOPERACIÓN INSTITUCIONAL ARQUISUR
Grupo Permanente Integración Curricular XXV ENCUENTRO Y X CONGRESO ARQUISUR ASOCIACION DE FACULTADES Y ESCUELAS DE ARQUITECTURA DEL MECOSUR PROGRAMA DE COOPERACIÓN INSTITUCIONAL ARQUISUR FUNDAMENTACION:
Más detallesFEDERACIÓN DE FÚTBOL DE LA COMUNIDAD VALENCIANA DELEGACION PROVINCIAL DE ALICANTE TEMPORADA 2.014/2.015
FEDERACIÓN DE FÚTBOL DE LA COMUNIDAD VALENCIANA TEMPORADA 2.014/2.015 VI COPA DE CAMPEONES DE ALEVINES y BENJAMINES FUTBOL-8 La Nucia (Alicante), 6 y 7 de Junio de 2015 Debido a circunstancias de las propias
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. C) Otras Disposiciones. Consejería de Educación, Juventud y Deporte DISPONGO
B.O.C.M. Núm. 12 MARTES 15 DE ENERO DE 2013 Pág. 71 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Educación, Juventud y Deporte 11 ORDEN 11994/2012, de 21 de diciembre, por la que se regula
Más detallesAdemás señala en su Disposición Adicional lo siguiente:
NOTA ACERCA DE LA PROPUESTA DE REGULACIÓN DE LOS CONTRATOS TEMPORALES DEL DOCUMENTO PARA LA REFORMA LABORAL ENTREGADO POR EL GOBIERNO EL DÍA 11 DE JUNIO DE 2010 1. Estado de la cuestión. El documento del
Más detallesCONTRATO EN PRÁCTICAS
CONTRATO EN PRÁCTICAS XAVI CAMPS CARRASQUERO OSCAR DOÑATE MUÑOZ 2º ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEFINICIÓN Obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios cursados por parte del trabajador
Más detallesGLOSARIO de términos sobre inserción laboral AFILIACIÓN (ASIGNACIÓN NÚMERO DE LA SEGURIDAD SOCIAL)
GLOSARIO de términos sobre inserción laboral A B C D E F G H I J K L M N O P Q R S T U V W X Y Z AFILIACIÓN (ASIGNACIÓN NÚMERO DE LA SEGURIDAD SOCIAL) Al trabajador se le asigna un número que tendrá carácter
Más detallesESTATUTO DE LOS TRABAJADORES
ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES Las modificaciones más importantes son las introducidas en los artículos que se detallan a continuación, resaltando sólo lo más llamativo de la mencionada reforma, remitiéndose
Más detallesEn consecuencia, esta Dirección General aprueba las siguientes INSTRUCCIONES
RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y AYUDAS A LA EDUCACIÓN POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES PARA LA TRAMITACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE LOS CONCIERTOS EDUCATIVOS PARA EL CURSO 2014/15 PARA FORMACIÓN
Más detallesBASES DE LA CONVOCATORIA DE SELECCIÓN DE MONITORES DEPORTIVOS PARA EJECUCION ESCUELAS DEPORTIVAS 2014-2015 Y CONSTITUCION DE BOLSA DE TRABAJO.
BASES DE LA CONVOCATORIA DE SELECCIÓN DE MONITORES DEPORTIVOS PARA EJECUCION ESCUELAS DEPORTIVAS 2014-2015 Y CONSTITUCION DE BOLSA DE TRABAJO. PRIMERA.- Objeto de la convocatoria.- Es objeto de la presente
Más detallesMinería y Petróleo: Aspectos Laborales. Retos y desafíos
Minería y Petróleo: Aspectos Laborales Retos y desafíos Agenda Una visión no política de los sectores Jornadas de Trabajo Régimen legal Horas extras, recargos nocturnos, recargo en dominicales y festivos
Más detallesPolígono de Landaben, Calle F Teléfono 848 423 700 Fax 848 423 730 31012 Pamplona
LEY 20/2007, de 11 de julio, del ESTATUTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO Fue publicada en el Boletín Oficial del Estado de 12 de julio (nº 166) http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=boe-a-2007-13409 Entró en vigor
Más detallesSERVICIO DE ADMINISTRACIÓN, SOPORTE, MANTENIMIENTO, ACTUALIZACIÓN, LICENCIAMIENTO, SERVICIOS PROFESIONALES Y
1-5 CAPITULO I ASPECTOS GENERALES DE LA INVITACION DIRECTA El objeto del presente proceso de contratación directa es: INVITACION DIRECTA 06-08 Este proceso de contratación directa se estableció de acuerdo
Más detallesParticipación Ciudadana
Participación Ciudadana La Constitución Política de Colombia de 1991 nos dio, a todos los ciudadanos, la posibilidad de participar e intervenir activamente en el control de la gestión pública. Al mismo
Más detallesCONTENIDO DE LOS ESTATUTOS O BASES ESTATUTARIAS
SOCIEDADES RURALES CONTENIDO DE LOS ESTATUTOS O BASES ESTATUTARIAS CIRCULAR DJ/2.1/1,... 1. Sociedades Rurales: Uniones de Ejido y/o Uniones de Comunidades, Sociedad de Producción Rural, Unión de Sociedades
Más detallesESTA NOTA SUSTITUYE A LA EMITIDA CON FECHA 8 DE MAYO DE 2012
Nota relativa al desarrollo del procedimiento del mecanismo de pagos a proveedores de las Entidades Locales (Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero) a partir del día 8 de mayo de 2012 ESTA NOTA SUSTITUYE
Más detallesESTATUTOS DEL CLUB DEPORTIVO ATLÉTICO TOMELLOSO
ESTATUTOS DEL CLUB DEPORTIVO ATLÉTICO TOMELLOSO Artículo 1. Denominación, objeto, ámbito y domicilio social. 1. El Club Deportivo ATLÉTICO TOMELLOSO, es una asociación deportiva de carácter privado, sin
Más detallesAcuerdo sobre políticas sociales, salariales, de igualdad y condiciones laborales en SOGETI España.
Acuerdo sobre políticas sociales, salariales, de igualdad y condiciones laborales en SOGETI España. La Sección Sindical de CCOO en Sogeti y la Dirección General de SOGETI España, manifiestan el interés
Más detallesTITULO II. ASPECTOS LABORALES APLICABLES AL CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE
REGULACIÓN DEL PROGRAMA EXPERIMENTAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL ARTICULADO A TRAVÉS DE UN CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y APRENDIZAJE DE TRES AÑOS DE DURACIÓN EN EL PRINCIPADO DE ASTURIAS. TITULO I. DISPOSICIONES
Más detallesCURSO DE ESPECIALISTA UNIVERSITARIO TÍTULO PROPIO DE DEPORTIVA (FÚTBOL) CURSO DESARROLLADO POR
TÍTULO PROPIO DE especialista universitario EN INTERMEDIACIÓN DEPORTIVA (FÚTBOL) CURSO TÍTULO PROPIO DE especialista universitario EN INTERMEDIACIÓN DEPORTIVA (FÚTBOL) FORMACIÓN AVALADA HORAS Créditos
Más detallesNormas de Permanencia para las Titulaciones Conjuntas
Comisión Mixta para el desarrollo y seguimiento de titulaciones conjuntas Universidad de Sevilla-Universidad de Málaga Normas de Permanencia para las Titulaciones Conjuntas UNIVERSIDAD DE SEVILLA Las normas
Más detallesDr. César Augusto Wilches Covelli Doctor en Derecho. Donaciones a entidades sin ánimo de lucro Aspectos legales básicos que deben tenerse en cuenta
Donaciones a entidades sin ánimo de lucro Aspectos legales básicos que deben tenerse en cuenta Definición de DONACIÓN: Acto por el cual una persona - natural o jurídica, denominada DONANTE, transfiere
Más detallesSISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN GESTION FINANCIERA PROCEDIMIENTO DE INVERSIONES TEMPORALES
Página 1 de 6 1. OBJETIVO Administrar, a título de inversión, los excedentes financieros del ejercicio de la corporación, a través de entidades financieras acreditadas para tal fin. 2. ALCANCE Inicia desde
Más detallesConfederación Médica Latinoamericana y del Caribe
1º 2º Asuntos Delegaciones Presentes: ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA 20 al 23 de Noviembre de 2013 Hotel La Joya Pachuca, México ACTA DE RESOLUCIONES Argentina ; Bolivia; Brasil; Costa Rica; Guatemala; Honduras;
Más detallesA N T E C E D E N T E S
ACUERDO: CG-IEEPCO-19/2014, POR EL QUE SE DA CUMPLIMIENTO AL ACUERDO DE FECHA VEINTICINCO DE ABRIL DEL DOS MIL CATORCE, DICTADO POR LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO EN EL EXPEDIENTE
Más detalles