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1 Reglas para la aplicación del Sistema de Reglamento Incentivación del para Plan el personal de Incentivos de enfermería (A.C.O.O.) del Hospital de Torrejón Con efecto enero de 2014, el Sistema de Incentivación de los empleados de enfermería de la sociedad Torrejón Salud S.A. se regirá por las reglas de funcionamiento especificadas a continuación: Propósito del Sistema La finalidad del Sistema de Incentivación es recompensar y reconocer la contribución extraordinaria de los empleados de enfermería del hospital en la prestación de un servicio eficaz, eficiente y de calidad. El Sistema de Incentivación estará vinculado al logro de unos determinados objetivos operativos y de calidad y establecidos según requerimientos de equidad, motivación y desarrollo. Participación en el Sistema de Incentivación La participación en el Plan se ofrece exclusivamente a los empleados de enfermería del Hospital de Torrejón, adscritos a las siguientes categorías y tipología de puestos: Enfermeros/as, Matrón/as, Fisioterapeutas, Logopedas, Optometristas, Trabajadores sociales, Técnicos superiores en Radiodiagnóstico y Medicina nuclear, Técnicos superiores en anatomía patológica, Técnicos Superiores en Laboratorio (banco de sangre), Técnicos en cuidados auxiliares de enfermería y farmacia y Terapeutas Ocupacionales.. a) Incorporación al Plan Como norma general, se tendrán en cuenta las siguientes reglas para definir los empleados que se pueden incorporar al Sistema de Incentivación. i. Empleados con contrato indefinido: Participarán en el Plan aquellos empleados que se encuentren en activo el primer día del cuatrimestre de referencia: (1 de enero, 1 de mayo y 1 de septiembre). Una vez iniciado el cuatrimestre procederá la participación en el Sistema de Incentivación de un nuevo empleado como resultado de una nueva contratación, o del reingreso procedente de una excedencia, siempre que el inicio de la prestación de servicios se produzca en los primeros dos meses del cuatrimestre. En este caso, la cuantía del incentivo final, así como los objetivos, se ajustarán de forma proporcional al tiempo de desempeño. No se ajustarán los objetivos de equipo.

2 ii. Empleados con contrato de naturaleza temporal: Solamente podrán participar en el Sistema de Incentivación aquellos empleados con contrato de naturaleza temporal que estén prestando servicios al inicio del cuatrimestre de referencia y se prevea claramente que van a permanecer con contrato vigente a su finalización. Igualmente se aplicara el sistema de incentivos a las personas con contrato temporal que mantengan la vinculación con el hospital durante el cuatrimestre y no exista solución de continuidad (interrupciones inferiores a 10 días) b) Cambios de Puesto Cuando se produzca un cambio de puesto que implique variación en el Sistema de Incentivación aplicable o en la unidad de adscripción que suponga modificación de la Ficha de Objetivos, como norma general el incentivo se calculará de forma proporcional al tiempo en que fue desempeñado cada puesto durante el cuatrimestre y de acuerdo con el sistema de cada Plan de Incentivos o con la Ficha de objetivos de cada unidad. No obstante lo anterior, en aquellos casos en que a raíz del cambio, la incorporación se produzca en los dos últimos meses del cuatrimestre, se extrapolará el resultado obtenido en los meses precedentes en el puesto de origen para el cálculo del pago. c) Empleados con contrato a tiempo parcial y jornadas reducidas A los empleados con jornadas inferiores a la habitual en la compañía se les fijarán los objetivos individuales (aquellos que no sean resultados de objetivos colectivos, promedio, de equipo, colectivos, etc.) de forma proporcional a la duración de su jornada, e igualmente se ajustarán los importes del incentivo. En aquellos casos que el empleado modifique la duración de la jornada durante el cuatrimestre se actuará de la siguiente manera: i. El supervisor habrá fijado al inicio del cuatrimestre los objetivos tomando en consideración la duración de la jornada prevista durante ese cuatrimestre. ii. Llegado el final del cuatrimestre se ajustarán los objetivos individuales de forma proporcional a la jornada realmente desempeñada, e igualmente se ajustarán los importes del incentivo a la jornada realmente desempeñada. d) Interrupciones de jornada En los supuestos de excedencias, suspensiones de contratos o incapacidades temporales (continuadas o no) con duraciones superiores a 15 días naturales, el importe de los incentivos se adecuará proporcionalmente al tiempo efectivamente prestado en el cuatrimestre. Igualmente se ajustarán aquellos objetivos con referencias que no sean promedios.

3 En los supuestos anteriores y cuando la duración sea inferior o igual a 15 días naturales, no se realizará ningún ajuste ni en los objetivos, ni en los importes de incentivo. Se excepciona de esta regla los periodos de descanso maternal y descanso paternal y vacaciones en los que al establecerse los objetivos del cuatrimestre se deberán ajustar al tiempo efectivo de trabajo, sin que ello repercuta, en ningún caso, en el importe del incentivo. Para los empleados que tengan condición de Representantes de los Trabajadores, se reducirán los objetivos fijados en proporción a las horas de dedicación sindical empleadas. En este caso no se reducirán los importes de los incentivos. e) Bajas Como regla general será requisito necesario para devengar el incentivo permanecer en activo al final del cuatrimestre. Se excepciona de este requisito las bajas producidas como consecuencia de despidos reconocidos como improcedentes. Cualquier empleado, puede renunciar a formar parte del Sistema de Incentivación mediante la debida notificación escrita a la Dirección de Recursos Humanos del Hospital de Torrejón. Funcionamiento del Plan de Incentivos 1. Fijación de los Objetivos Los objetivos se establecerán para cada cuatrimestre, a partir de las directrices estratégicas y presupuestarias del Hospital de Torrejón. Estos objetivos deberán ser concretos, cuantificables, medibles, referirse a un período de tiempo definido y deberán estar relacionados con variables de gestión, estándares de calidad y de servicio o desarrollo de personas. A cada participante del Sistema de Incentivación se le fijará un número determinado de objetivos cuantitativos y cualitativos, encuadrados en alguna de las siguientes variables que tendrán un peso determinado de acuerdo con lo siguiente, con carácter general: Actividad: 25% Calidad Seguridad: 25% Sostenibilidad: 20% Implicación: personal: 30% Estos pesos podrán sufrir variaciones en algunos departamentos específicos pero la suma de los pesos de todos los objetivos será siempre 100.

4 Cada objetivo tendrá un criterio de medición que podrá ser dual (cumple o no cumple) o gradual con un máximo de cuatro posibles niveles de cumplimiento (no cumple, punto de partida, cumplimiento medio y cumplimiento máximo) que reflejarán, cada uno de ellos, un porcentaje de logro y que servirá de referencia para ponderar el resultado alcanzado. Al inicio del cuatrimestre de referencia se fijarán estos objetivos en una Ficha de objetivos estructurada por colectivos, según modelo que se incorpora como anexo al presente documento que serán comunicados a cada empleado, quien deberá firmarlos, aceptando de esta forma conocer los objetivos establecidos para el periodo. Finalizado el cuatrimestre se comunicara a cada empleado el porcentaje de logro de cada objetivo según la valoración realizada. Con carácter previo a cada cuatrimestre se comunicará al Comité de Empresa las fichas de objetivos patrones por cada colectivo en que se aplicara el Sistema de incentivación. 2. Determinación del importe del incentivo El importe del incentivo se obtendrá aplicando el porcentaje de logro de resultados obtenido en cada objetivo, ponderando, en su caso, los valores intermedios, y considerando el peso asignado, calculado sobre el importe definido para el colectivo. Se fija como tabla de importes máximos anuales de referencia los siguientes, estos importes se dividirán asignándose un tercio a cada cuatrimestre: Enfermeros/as: ******* Matrón/as: ****** Fisioterapeutas: ******** Logopedas: ****** Optometristas: ******* Trabajadores sociales: ******** Técnicos superiores en Radiodiagnóstico y Medicina nuclear, Técnicos superiores en anatomía patológica, Técnicos Superiores en Laboratorio (banco de sangre): ******** Técnicos en cuidados auxiliares de enfermería y farmacia: ****** Terapeutas Ocupacionales : ****** 3. Otras condiciones de aplicación del Plan i. Los empleados de nueva contratación tendrán un periodo de carencia de dos meses antes de percibir importe derivado del Plan, entendiendo que la productividad aún no será la esperada por razones de conocimiento del trabajo, formación, etc

5 ii. En el caso de producirse situaciones concretas no previstas se estudiarán puntualmente. iii. La aceptación / firma de los objetivos en cualquiera de sus fases es necesaria para la aplicación del régimen de incentivos. En caso contrario, la compañía se reserva la facultad de no aplicarlo. Administración del Sistema de Incentivación La Dirección de Enfermería y la Direccion de Recursos Humanos del Hospital se responsabilizan de la administración, seguimiento y control del Plan así como, de validar los resultados alcanzados por cada empleado y el abono del incentivo correspondiente. Con plazo mínimo de 10 días previos al inicio de cada periodo de devengo de incentivos se comunicaran las plantillas base al Comité de Empresa quien podrá manifestar lo que considere, emitir un informe y/o solicitar una reunión para recibir explicaciones y plantear sus observaciones. Con un plazo de 15 días a la finalización del cuatrimestre se presentarán los resultados de la evaluación realizada. Vigencia del Sistema de Incentivación Este Sistema de Incentivación sustituye al actual modelo que se viene aplicando al personal de enfermería adscrito a la sociedad Hospital de Torrejón S.A, quedando en su consecuencia el actual modelo derogado y sin valor. El presente Sistema de Incentivación tendrá vigencia anual, iniciándose su vigencia el 1 de enero de 2014, prorrogándose automáticamente por periodos anuales, sin perjuicio de las facultades de la compañía para modificar su contenido, de acuerdo con los procedimientos establecidos en la legislación vigente.. En el supuesto de que hubiese que modificar su contenido, antes de la finalización de la vigencia anual, en virtud de las necesidades de la Compañía o de las circunstancias de mercado, se comunicará y consultará con la representación legal de los trabajadores a quienes se les solicitará la emisión del correspondiente informe con antelación a la entrada en vigor de las modificaciones. Abono de los Incentivos Los incentivos se abonarán en la nómina del mes siguiente al del cuatrimestre al cual se refieren, siempre que estén disponibles los resultados con la antelación suficiente para poder revisarlos y calcularlos. Madrid, enero de 2014

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