INFORME DE AUDITORÍA CP de marzo de 2007 AUTORIDAD DE CARRETERAS Y TRANSPORTACI~N DE PUERTO RICO (TREN URBANO)

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1 INFORME DE AUDITORÍA CP AUTORIDAD DE CARRETERAS Y TRANSPORTACI~N DE PUERTO RICO (TREN URBANO) (Unidad Auditoría 12885) Período auditado: 1 de enero de 2001 al 30 de junio de 2006

2 Informe de Auditoría CP Unidad Auditoría CONTENIDO Pagina INFORMACI~N SOBRE LA UNIDAD AUDITADA... 2 RESPONSABILIDAD DE LA GERENCIA... 6 ALCANCE Y METODOLOGÍA...;... 6 OPINION... 7 COMENTARIO ESPECIAL... 7 Resultado de las operaciones de los primeros trece meses de servicio del Tren Urbano... 7 RECOMENDACIONES... 8 AL SECRETARIO DE TRANSPORTACI~N Y OBRAS PÚBLICAS... 8 AL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AUTORIDAD DE CARRETERAS Y TRANSPORTACI~N DE PUERTO RICO... 8 CARTAS A LA GERENCIA... 9 COMENTARIOS DE LA GERENCIA... 9 AGRADECIMIENTO RELACION DETALLADA DE HALLAZGOS CLASIFICACI~N Y CONTENIDO DE UN HALLAZGO HALLAZGOS EN LA AUTORIDAD DE CARRETERAS Y TRANSPORTACI~N DE PUERTO RICO (TREN URBANO) Ausencia de advertencias sobre el uso de computadoras y de contraseñas para acceder a las mismas Deficiencias relacionadas con el funcionamiento de la Oficina de Auditoría Interna ANEJO 1. FUNCIONARIOS PRINCIPALES QUE ACTUARON DURANTE EL AUDITADO 17 PER~ODO...

3 Estado Libre Asociado de Puerto Rico OFICINA DEL CONTRALOR San Juan, Puerto Rico Informe de Auditoría CP Unidad Auditoría a' Al Gobernador y a los presidentes del Senado y de la Cámara de Representantes Estamos realizando una auditoría de las operaciones fiscales de la Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico relacionadas con el Treh Urbano (TU) para determinar si las mismas se hicieron de acuerdo con la ley y la reglamentación aplicables. Efectuamos la misma a base de la facultad que se nos confiere en la Sección 22 del Articulo 111 de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y en la Ley Núm. 9 del 24 de julio de 1952, según enmendada. Determinamos emitir varios informes de dicha auditoría. Este es el primer informe y contiene el resultado del examen que realizamos de las operaciones relacionadas con los controles administrativos del TU'. Mediante la Ley Núm. 74 del 23 de junio de 1965, según enmendada, se creó la Autoridad de Carreteras de Puerto Rico (Autoridad). Ésta se creó como una corporación pública con el propósito de construir carreteras, autopistas, puentes, túneles, estacionamientos, y construir o adquirir otras instalaciones necesarias y aconsejables en relación con el tránsito de vehículos de motor. Continuamos examinando asuntos relacionados con el diseño, la construcción, la operación, la administración y el mantenimiento del TU. Cualesquiera hallazgos que se determinen los incluiremos en el informe de auditoría correspondiente.

4 Informe de Auditoría CP Unidad Auditoría La Autoridad quedó adscrita, efectivo el 1 de enero de 1973, al Departamento de! Transportación y Obras Públicas (Departamento) en virtud del Plan de Reorganización Núm. 6, aprobado en armonía con las disposiciones de la Ley Núm. 113 del 21 de junio de Conforme con dicho Plan, la Junta de Gobierno de la Autoridad fue suprimida y sus facultades, poderes y responsabilidades le fueron transferidos al Secretario del Departamento (Secretario). El Secretario nombra al Director Ejecutivo de la Autoridad (Director Ejecutivo). Por virtud de la Ley Núm. 1 del 6 de marzo de 1991 se enmendó la Ley Núm. 74 para redenominar la Autoridad como Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico (ACT). Además, mediante dicha Ley se le concedió facultad a la ACT para implantar la política pública sobre transportación colectiva establecida por el Secretario, coordinar dicho sistema de transportación y contribuir al desarrollo del Plan de Transportación. Se le concedió facultad, además, para contratar recursos relacionados con la prestación de servicios de transportación. En el 1993 la Administración Federal de Tránsito de los Estados Unidos (FTA, por sus siglas en inglés) aprobó al Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico el financiamiento para la construcción del primer sistema de transportación colectiva a través de trenes en la Isla. El mismo sería conocido como Tren Urbano (TU) y su función principal sería proveer un sistema de transportación colectiva que conectaría a los municipios de San Juan, Bayamón y Guaynabo. El 13 de marzo de 1996 la ACT formalizó un Full Funding Grant ~~reement~ (FFGA) con la FTA para la construcción del TU. Los procesos para su construcción comenzaron el 26 de junio de El 26 de junio de 1996 la ACT formalizó un contrato (Systems and Test Track Turnkey Contract) con tres empresas que serían responsables, entre otras cosas, de diseñar, construir 2 de las 16 estaciones, operar, administrar y dar mantenimiento al TU (~onsorcio)~. Además, la recaudación de los ingresos generados por la venta de boletos para el TU estaría a cargo de una de las empresas pertenecientes al Consorcio. Acuerdo entre los gobiernos Estatal y Federal mediante el cual este último se compromete en proveer fondos federales para el desarrollo y la construcción de proyectos de transportación. Las restantes 14 estaciones fueron construidas por otros 3 consorcios.

5 Infornle de Auditoría CP Unidad Auditoría El 17 de diciembre de 2004 el TU fue inaugurado. El mismo conecta a los mui~icipios de San Juan, Bayamón y Guaynabo. Actualmente el TU tiene una extensión de 17.2 kilómetros de largo con 16 estaciones, la mayoría de ellas elevadas sobre la tierra4. Cada una tiene un diseño arquitectónico diferente y muchas están decoradas con obras de arte. Desde la mencionada fecha al 5 de junio de 2005 el servicio del TU se ofreció de forma gratuita a los ciudadanos. Esto con el propósito de promover el uso del nuevo sistema de transportación colectiva. El TU es parte de la Directoría de Transporte Integrado de la ACT. Esta Directoría desarrolló el proyecto de la Alternativa de Transporte Jntegrado (ATI) el cual agrupa los servicios de transportación colectiva del Sistema del TU, la Autoridad Metropolitana de Autobuses (AMA) y los ~ini-busess. Al 30 de junio de 2006 el costo de construcción del TU ascendió a $2,418,980,649. De éstos, $1,738,090,900 provinieron de fondos estatales y los restantes $680,889,749 de fondos federales. Los recursos para financiar las actividades operacionales de la ACT provienen de los impuestos sobre la gasolina y el diesel, el cobro de tablillas y de peaje, las aportaciones federales, la emisión de bonos y de otros ingresos misceláneos. Según los estados financieros de la ACT, auditados por una firma de contadores públicos autorizados, para los años fiscales del al ésta tuvo ingresos operacionales por $2,576,226,629, aportaciones federales por $639,719,465, gastos por $3,192,725,905 y ajustes a los estados financieros por $2,330,867,735, según se indica: El Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico considera extender el servicio del TU hasta otras áreas de San Juan. Otra extensión propuesta es construir una línea hasta el Municipio de Carolina mediante un tren pesado como el que existe actualmente y otra línea hasta el Municipio de Caguas mediante un tren liviano. Estos proyectos están en su etapa de conceptualización y se espera comenzar el desarrollo de los trabajos para diciembre de Vehículo de motor que transporta de 8 a 15 personas.

6 Informe de Auditoría CP Unidad Auditoría ANO FISCAL BALANCE INICIAL INGRESOS OPERACIONALES APORTACIONES FEDERALES GASTOS AJUSTE A LOS ESTADOS FINNANCIEROS BALANCE DE ACTIVOS NETOS TOTAL En el Comentario Especial de este Informe ofrecemos datos sobre el resultado de las operaciones de los primeros 13 meses de servicio del TU. Al 30 de junio de 2006 estaban pendientes de resolución por los tribunales 22 demandas civiles presentadas contra el TU por $135,140,712. De este importe, $133,100,085 eran por daños y perjuicios y $2,040,627 por cobro de dinero. El ANEJO 1 contiene una relación de los funcionarios principales de la ACT que actuaron durante el período auditado. La ACT cuenta con una página de Intemet, a la cual se puede acceder mediante la siguiente dirección: Esta página provee información acerca de la ACT y el TU y de los servicios que ambas entidades prestan. En el año fiscal se capitalizaron intereses de bonos por $1,457,655,126, según se refleja en los estados financieros auditados de la ACT a base de los pronunciamientos de contabilidad aplicados (GASB No. 34). Según se refleja en los estados financieros auditados de la ACT se realizó un ajuste en los mismos debido a una duplicidad en la capitalización de los costos de los proyectos de construcción y de los intereses de bonos.

7 Informe de Auditoría CP Unidad Auditoría RESPONSABILIDAD DE LA GERENCIA La gerencia de todo organismo gubernamental debe considerar los siguientes Diez Principios para Lograr una Administración Pública de Excelencia. Estos se rigen por principios de calidad y por los valores institucionales: 1. Adoptar normas y procedimientos escritos que contengan controles internos de administración y de contabilidad eficaces, y observar que se cumpla con los mismos 2. Mantener una oficina de auditoría interna competente 3. Cumplir con los requisitos impuestos por las agencias reguladoras 4. Adoptar un plan estratégico para las operaciones 5. Mantener el control presupuestario 6. Mantenerse al día con los avances tecnológicos 7. Mantener sistemas adecuados de archivo y de control de documentos 8. Cumplir con el Plan de Acción Correctiva de la Oficina del Contralor de Puerto Rico, y atender las recomendaciones de los auditores externos 9. Mantener un sistema adecuado de administración de personal que incluya la evaluación del desempeño, y un programa de educación continua para todo el personal 10. Cumplir con la Ley de Ética Gubernamental, lo cual incluye divulgar sus disposiciones a todo el personal En nuestra Carta Circular OC del 14 de abril de 1998 se ofrece información adicional sobre dichos principios. Se puede acceder a esta Carta Circular a través de nuestra página de Internet: ht~:// La auditoría cubrió del 1 de enero de 2001 al 30 de junio de El examen lo efectuamos de acuerdo con las normas de auditoría del Contralor de Puerto Rico en lo que concierne a los aspectos financieros y del desempeño o ejecución. Realizamos las pruebas que consideramos necesarias, a base de muestras y de acuerdo con las circunstancias. Para efectuar la auditoría utilizamos la siguiente metodología: e Entrevistas a funcionarios, a empleados y a particulares

8 Informe de Auditoría CP Unidad Auditoría Inspecciones fisicas Examen y análisis de informes y de documentos generados por la unidad auditada Análisis de información suministrada por fuentes externas Pruebas y análisis de información financiera, de procedimientos de control interno y de otros procesos Confirmaciones de cuentas y de otra información pertinente Las pruebas efectuadas y la evidencia en nuestro poder demuestran que las operaciones fiscales de la ACT relacionadas con el TU objeto de este Informe se realizaron sustancialmente de acuerdo con la ley y la reglamentación aplicables. En la parte de este Informe titulada RELACIÓN DETALLADA DE HALLAZGOS se comentan los hallazgos 1 y 2, clasificados como secundarios. COMENTARIO ESPECIAL En esta sección se comentan situaciones que no necesariamente impliquen violaciones de leyes y de reglamentos, pero que sean significativas para las operaciones de la unidad auditada. Por ejemplo: litigios o demandas pendientes, y pérdidas en las operaciones de la entidad. También, se incluyen situaciones que no están directamente relacionadas con las operaciones de la entidad, las cuales pueden constituir violaciones de ley y reglamento que afectan el erario. Resultado de las operaciones de los primeros trece meses de servicio del Tren Urbano El 6 de junio de 2005 comenzó la operación del TU de forma regular. La tarifa del TU es de $1.50 y permite al usuario, por el mismo precio, hacer transferencias en los vehículos de la AMA y los Mini-buses en las próximas dos horas luego de concluir su viaje en el TU. Además, existen ofertas que permiten el uso del tren, los autobuses y las lanchas por varios meses a un precio fijo. El TU ofrece el servicio de forma gratuita a los niños menores de 6 años, personas mayores de 75 años y a sus empleados. Las tarifas del TU están contempladas en el Reglamento Núm , Normas para el Establecimiento de Tarifas, Utilización y

9 Informe de Auditona CP Unidad Auditona Disfrute del Servicio de Transportación del Tren Urbano del 17 de diciembre de 2004 aprobado por el Secretario. Del 6 de junio de 2005 al 30 de junio de 2006 el TU tuvo ingresos operacionales por $9,589,266 y gastos operacionales por $45,384,484, de los cuales $35,795,218 fueron subsidiados por la AC, o sea, un por ciento. Durante el mencionado período, 7,783,417 usuarios utilizaron el servicio del TU. De éstos, 6,805,572 fueron usuarios que pagaron por el servicio y 977,845 utilizaron el mismo de forma gratuita. Ello representa que el ingreso y gasto promedio por cada usuario que pagó por el servicio fue de $1.41 y $6.67, respectivamente. Esto resultó en un subsidio promedio por cada usuario de $5.26. Véase la Recomendación 1. RECOMENDACIONES AL SECRETARIO DE TRANSPORTACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS 1. Evaluar la situación incluida en el Comentario Especial e instruir al Director Ejecutivo de la ACT para que desarrolle estrategias para mejorar la operación del TU que le permitan disminuir el subsidio que recibe de la ACT. 2. Considerar los hechos que se comentan en el Hallazgo 2 y tomar las medidas correctivas que correspondan para que la Oficina de Auditoría Interna: a. Cumpla con lo establecido en los Planes de Trabajo que prepara y establezca por escrito las razones para no cumplir con los mismos. [Hallazgo 2-a.11 b. Incluya en sus planes de trabajo y realice una auditoría de las operaciones del TU. [Hallazgo 2-a Ver que el Director Ejecutivo cumpla con la Recomendación 4. [Hallazgo 11 AL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AUTORIDAD DE CARRETERAS Y TRANSPORTACIÓN DE PUERTO RICO 4. Instruir al Director del Área de Tecnologías en Información de la ACT para que establezca los controles adecuados de seguridad y de auditoría de programas en los sistemas computadorizados asignados al TU para garantizar la integridad, confidencialidad y

10 Informe de Auditona CP Unidad Auditona disponibilidad de los sistemas de información, y el uso legítimo de las aplicaciones utilizadas diariamente. [Hallazgo 11 CARTAS A LA GERENCIA Las situaciones comentadas en este Informe fueron sometidas al Secretario del Departamento, Ing. Gabriel Alcaraz ~mmanuelli~; y al Director Ejecutivo de la ACT, Ing. Fernando Vargas Arroyo, en cartas de nuestros auditores del 15 de noviembre de El borrgor de este Informe se sometió para comentarios al Secretario del Departamento r -.- 't!., : y, Director Ejecutivo de la-,act,' ingeniero Alcaraz ~mmanuelli~; al ex Secretario del b, " d ~e~camenio, Ipg. Fernando ~agundo Fagundo; y a los ex directores ejecutivos, ingeniero r - - hgas Arroyo'y ~ r Jack. T.'Allisoh ~iicher, mediante cartas del 20 de diciembre de f ".'f; t f- COMENTARIOS DE LA GERENCIA El Ing. Fernando A. Pont Marchese, Subsecretario del Departamento, en representación del Secretario y Director Ejecutivo de la ACT, contestó la comunicación de nuestros auditores mediante carta del 15 de diciembre de Sus observaciones se consideraron en la redacción final de los hallazgos. El Subsecretario, en representación del Secretario y Director Ejecutivo de la ACT, contestó el borrador de informe mediante carta del 19 de enero de 2007 (carta del Subsecretario). En los hallazgos 1 y 2 se incluyen algunas de sus observaciones. Los ingenieros Fagundo Fagundo y Vargas Arroyo y el doctor Allison Fincher no contestaron el borrador de informe. El ingeniero Alcaraz Emmanuelli renunció a su puesto como Secretario del Departamento y Director Ejecutivo de la ACT efectivo el 1 de marzo de El ingeniero Vargas Arroyo renunció a su puesto como Director Ejecutivo de la ACT efectivo el 30 de noviembre de 2006 y fue sustituido por el Secretario del Departamento.

11 Informe de Auditona CP Unidad Auditona e AGRADECIMIENTO A los funcionarios y empleados de la ACT y del TU les agradeceremos la cooperación que nos prestaron durante nuestra auditoría.

12 Informe de Auditoría CP Unidad 3126 Auditoría RELACIÓN DETALLADA DE HALLAZGOS CLASIFICACIÓN Y CONTENIDO DE UN HALLAZGO En nuestros informes de auditoría se incluyen los hallazgos significativos determinados por las pruebas realizadas. Éstos se clasifican como principales o secundarios. Los principales incluyen desviaciones de disposiciones sobre las operaciones de la unidad auditada que tienen un efecto material, tanto en el aspecto cuantitativo como en el cualitativo. Los secundarios son los que consisten en faltas o errores que no han tenido consecuencias graves. Los hallazgos del informe se presentan según los atributos establecidos conforme a las normas de redacción de informes de nuestra Oficina. El propósito es facilitar al lector una mejor comprensión de la información ofrecida. Cada uno de ellos consta de las siguientes partes: Situación - Los hechos encontrados en la auditoría indicativos de que no se cumplió con uno o más criterios. Criterio - El marco de referencia para evaluar la situación. Es principalmente una ley, reglamento, carta circular, memorando, procedimiento, norma de control interno, norma de sana administración, principio de contabilidad generalmente aceptado, opinión de un experto o juicio del auditor. Efecto - Lo que significa, real o potencialmente, no cumplir con el criterio. Causa - La razón fundamental por la cual ocurrió la situación. Al final de cada hallazgo se hace referencia a las recomendaciones que se incluyen en el informe para que se tomen las medidas necesarias sobre los errores, irregularidades o actos ilegales señalados. En la sección sobre los COMENTARIOS DE LA GERENCIA se indica si el funcionario principal y los ex funcionarios de la unidad auditada efectuaron comentarios sobre los hallazgos incluidos en el borrador del informe que les envía nuestra Oficina. Dichos comentarios se consideran al revisar el borrador del informe y se incluyen al final del hallazgo correspondiente en la sección de HALLAZGOS EN LA AUTORIDAD DE CARRETERAS Y TRASNPORTACIÓN DE PUERTO RICO (TREN URBANO), de forma objetiva y conforme a las normas de nuestra Oficina. Cuando la gerencia no provee evidencia competente, suficiente y

13 12 Informe de Auditoría CP Unidad 3126 Auditoría relevante para refutar un hallazgo, éste prevalece y se añade al final del mismo la siguiente aseveración: Consideramos las alegaciones de la gerencia, pero determinamos que el hallazgo prevalece. HALLAZGOS EN LA AUTORIDAD DE CARRETERAS Y TRANSPORTACIÓN DE PUERTO RICO (TREN URBANO) Los hallazgos de este Informe se clasifican como secundarios. Hallazgo 1 Ausencia de advertencias sobre el uso de computadoras y de contraseñas para acceder a las mismas a. Al 30 de junio de 2006 la Directoría de Transporte Integrado de la ACT tenía a su cargo los asuntos administrativos relacionados con la operación del TU 11. Esto como parte del proyecto de la ATI. Para llevar a cabo algunas de sus operaciones administrativas el TU contaba con 213 computadoras. Las mismas eran propiedad de la ACT. El 12 de julio de 2006 realizamos un examen a tres de las indicadas computadoras asignadas a tres empleados del TU. Nuestro examen sobre el acceso y control a dichas computadoras reveló que: 1) Ninguna de las computadoras examinadas incluía un aviso que indicara al usuario de las mismas que estaba accediendo a un sistema de información propiedad de la ACT, en este caso del TU, y que se comprometía a utilizarlo conforme a las normas establecidas. En la Política Núm. TIG-008, Uso de Sistemas de Información, de la Internet y del Correo Electrónico de la Carta Circular 77-05, Normas sobre la Adquisición e Implantación de los Sistemas, Equipos y Programas de Información Tecnológica para los Organismos Gubernamentales de la Oficina de Gerencia y Presupuesto del 8 de diciembre de 2004 se establece, entre otras cosas, que cada entidad gubernamental debe colocar un aviso que indique al usuario o a quién acceda a su sistema de información, que está accediendo a un sistema de información propiedad de 11 Los controles internos y reglamentos que rigen los asuntos administrativos del TU son los mismos de la ACT.

14 Informe de Auditoría CP Unidad 3126 Auditoría esa entidad del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y que se compromete a utilizarlo conforme a las normas establecidas. En la Carta Circular Núm. OC-98-11, Sugerencias sobre Normas y Controles para el Uso de los Sistemas Computadorizados del 18 de mayo de 1998 promulgada por el Contralor de Puerto Rico se recomienda incluir una advertencia en la pantalla inicial del sistema para que se notifique al usuario sobre las normas principales para el uso del mismo y se comprometa a observarlas. Además, para que conozca sobre las medidas aplicables en caso de la violación a las mismas. Además, en la Carta Circular Núm. OC-06-13, Sugerencias sobre Normas y Controles para el Uso de los Sistemas Computadorizados del 28 de noviembre de 2005 promulgada por el Contralor de Puerto Rico, se incluye un programa actualizado que contiene el texto similar de las normas que mantiene la Oficina del Contralor de Puerto Rico en sus sistemas computadorizados. La falta de las advertencias de uso en las computadoras asignadas a los usuarios podría causar que éstos no observen las normas principales para el uso de los sistemas de información, que se dificulte imponer sanciones por la violación a las mismas, y que se incurra en irregularidades y otras situaciones adversas. 2) Las contraseñas para acceder a las mencionadas computadoras no se reevaluaban regularmente. En la Política Núm. TIG-003 de la Carta Circular de la Oficina de Gerencia y Presupuesto del 8 de diciembre de 2004 se establece que cada agencia deberá implantar controles de acceso para su utilización, de manera que solamente el personal autorizado pueda ver los datos que necesita ver, o usar las aplicaciones (o la parte de las aplicaciones que necesita utilizar). Se establece, además, que todos los mecanismos de autenticación deberá incluir algún tipo de contraseña y que los privilegios de acceso de los usuarios deberán ser reevaluados regularmente. La situación comentada propicia que personas no autorizadas puedan lograr acceso a información confidencial y hacer uso indebido de ésta. Además, puede propiciar la

15 14 Informe de Auditoría CP Unidad 3126 Auditoría comisión de irregularidades y la alteración, por error o deliberadamente, de los datos contenidos en dichos sistemas sin que puedan ser detectados a tiempo para fijar responsabilidades. Las situaciones comentadas en el Apartado a.1) y 2) se atribuyen a que el Director del Área de Tecnologías en Información de la ACT no había establecido controles adecuados de seguridad y de auditoría de programas en los sistemas computadorizados asignados al TU. Esto para garantizar la integridad, confidencialidad y disponibilidad de los sistemas de información, y el uso legítimo de las aplicaciones utilizadas diariamente. En la carta del Subsecretario, éste nos indicó, entre otras cosas, lo siguiente: El Área de Tecnologías en Información tomó las medidas correctivas pertinentes y se emitieron las siguientes directrices: Memorando Circular Núm (Uso de Contraseñas en los Sistemas Electrónicos como Medida de Seguridad) del 19 de diciembre de 2006 y la Circular Administrativa Núm (Normas sobre el uso de los Sistemas Electrónicos) del 21 de diciembre de Véanse las recomendaciones 3 y 4. Hallazgo 2 Deficiencias relacionadas con el funcionamiento de la Oficina de Auditoría Interna a. La ACT contaba con una Oficina de Auditoría Interna (OAI) establecida desde el Su función principal era realizar evaluaciones independientes y periódicas de las actividades fiscales y operacionales de las distintas unidades de trabajo de la ACT, incluso del TU. Además, era responsable de evaluar y examinar la efectividad y eficiencia en el uso de los recursos y los controles internos de la ACT para asegurarse del cumplimiento con los sistemas, las normas y los procedimientos relacionados con ésta. Las funciones de la OAI se regían por el Manual de Operaciones de la OAI del 1 de agosto de 2001 aprobado por el Secretario. Al 30 de junio de 2006 la OAI contaba con 1 Directora, 1 Subdirector, 2 supervisores, 11 auditores y 1 administradora de oficina. La OAI le respondía directamente al Secretario.

16 Informe de Auditoría CP Unidad 3126 Auditoría Como parte de sus funciones, la Directora de la OAI sometía anualmente al Secretario un Plan de Trabajo en el cual se establecían las áreas de mayor riesgo y materialidad que serían objeto de examen por la OAI, entre ellas, proyectos de construcción, servicios generales, inventario de materiales, servicios profesionales, recursos humanos y las operaciones del TU, entre otros. Para los años fiscales del al los directores de la OAI enviaron al Secretario los planes de trabajo. El examen realizado de los mencionados planes de trabajo reveló que: 1) Para los años fiscales y la OAI no examinó las operaciones del TU, esto a pesar de que estaba contemplado en su Plan de Trabajo. La OAI tampoco estableció por escrito las razones para no cumplir con el mismo. 2) Para los años fiscales y del al la OAI no incluyó en sus planes de trabajo ni realizó una auditoría de las operaciones del TU. El 27 de septiembre de 2006 la Directora de la OAI certificó a nuestros auditores que para los años fiscales del al no se habían realizado auditorías relacionadas con el TU. En las normas generales de aplicación a la práctica de la profesión de auditoría interna se requiere que el auditor interno prepare un Plan de Trabajo. En éste se deben identificar aquellas actividades que ameriten ser examinadas y evaluar la relevancia, el grado de riesgo relativo y la materialidad inherente a cada actividad para que dicho Plan sea adecuado. Conforme a ello y como norma de sana administración y de control interno las unidades de auditoría interna de los organismos deben cumplir con el Plan establecido y verificar con carácter de urgencia las áreas de mayor riesgo y materialidad. Además, cualquier cambio que se haga al Plan debe estar documentado por escrito. Las situaciones comentas en el Apartado a.1) y 2) privaron al Secretario y al Director Ejecutivo de la ACT de un mecanismo de corroboración que es muy necesario para asegurarse, entre otras cosas, de que las operaciones de riesgo y materialidad del TU se

17 16 Informe de Auditoría CP Unidad 3126 Auditoría realicen de acuerdo con la ley y la reglamentación aplicables y se pueda detectar a tiempo cualquier situación irregular. Las situaciones comentadas en el Apartado a.1) y 2) se atribuyen, principalmente, a que los directores de la OAI no cumplieron con las normas de auditoría mencionadas. Se atribuyen, además, a que el Secretario no supervisaba adecuadamente las operaciones realizadas por la OAI. En la carta del Subsecretario, éste nos indicó, entre otras cosas, lo siguiente: La OAI fue diligente en realizar los esfuerzos que estuvieron a su alcance para auditar al TU y se documentaron por escrito las razones que no permitieron concluir dichos trabajos En cumplimiento con el Plan de Trabajo , se realizó una evaluación de riesgos de la Oficina del TU, completando así el primer paso requerido en el reinicio de las auditorías a esa oficina. Consideramos las alegaciones del Subsecretario, pero determinamos que el Hallazgo prevalece. Véase la Recomendación 2.

18 Informe de Auditoría CP Unidad 3126 Auditoría ANEJO 1 AUTORIDAD DE CARRETERAS Y TRANSPORTACIÓN DE PUERTO RICO FAREBOX RECOVERY PERCENTAGE (FRP) DEL TREN URBANO DE PUERTO RICO COMPARADO CON OTROS SISTEMAS SIMILARES EN LOS ESTADOS UNIDOS 12 Miami, FL New York, NY Cleveland, OH Los Angeles, CA 1 Baltimore, MD Promedio San Juan, PR Farebox Recovery Percentage (FRP) CIUDAD FRP Miami, FL New York, NY Cleveland, OH Los Angeles, CA Baltimore, MD Promedio San Juan, PR Esta información fue provista por la ACT. 13 Para el cómputo del promedio no se consideró a Puerto Rico.

19 18 Informe de Auditoría CP Unidad 3126 Auditoría ANEJO 2 AUTORIDAD DE CARRETERAS Y TRANSPORTACIÓN DE PUERTO RICO FUNCIONARIOS PRINCIPALES QUE ACTUARON DURANTE EL PERÍODO AUDITADO NOMBRE Ing. Gabriel Alcaraz Emmanuelli CARGO O PUESTO Secretario de Transportación y Obras Públicas PERÍODO DESDE HASTA 4 ene jun. 06 Ing. Fernando Fagundo Fagundo " 19 dic dic. 04 Ing. José M. Izquierdo Encarnación " 8 ene dic. 02 Ing. Fernando Vargas Arroyo Director Ejecutivo oct jun. 06 Ing. Gabriel Alcaraz Emmanuelli " 14 may oct. 05 Dr. Jack T. Allison Fincher " 19 dic may. 05 Ing. Fernando Fagundo Fagundo " 4 ago dic. 02 Dr. José F. Lluch García " 1 feb jul. 01 Ing. Fernando Vargas Arroyo Subdirector 15 3 ago oct. 05 Ing. Fernando A. Pont Marchese " 30 jun jul. 05 Sr. José M. Cruz Medina " 27 ene may. 03 Dr. Jack T. Allison Fincher " 6 ago dic. 02 Ing. Andrés Nazario Fabre Director Ejecutivo Auxiliar para 25 jul jun. 06 Transporte 16 Dr. Felipe Luyanda Villafañe " 4 mar jul El puesto de Director Ejecutivo estuvo vacante durante el período del 1 al 30 de enero de El puesto de Subdirector estuvo vacante durante los períodos del 1 de enero al 5 de agosto de 2001, del 19 de diciembre de 2002 al 26 de enero de 2003, del 3 de mayo al 29 de junio de 2003 y del 28 de octubre de 2005 al 30 de junio de El Director Ejecutivo Auxiliar para Transporte de la ACT es el encargado de la ATI. Dicho puesto estuvo vacante durante los períodos del 9 de febrero al 3 de marzo de 2005 y del 2 al 24 de julio de 2005.

20 Informe de Auditoría CP Unidad 3126 Auditoría Continuación ANEJO 2 PERÍODO NOMBRE CARGO O PUESTO DESDE HASTA Sra. Adeline Torres Santiago Directora Ejecutiva Auxiliar para 31 jul feb. 05 Transporte Ing. Carlos O. Rodríguez Acosta Director Ejecutivo Auxiliar para 9 feb jul. 04 Transporte Sr. Rubén Del Valle Vidal Tesorero may jun. 06 Srta. Odette Bengochea Vázquez Auditora Interna feb jun. 06 Sr. Juan E. Encarnación Medina Auditor Interno 26 mar ene. 05 Srta. Natasha Gitany Alonso Directora del Área de Tecnología 19 abr jun. 06 en Información Sr. Kenneth Maldonado Irizarry Director del Área de Tecnología en Información 1 ene mar El puesto de Tesorero estuvo vacante durante el período del 1 de enero al 25 de mayo de El puesto de Auditor Interno estuvo vacante durante los períodos del 1 de enero al 25 de marzo de 2001 y del 9 de enero al 27 de febrero de 2005.

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