Proyecto de Reorganización del Registro Único de Aspirantes a la Adopción Artículo 1º . Serán funciones del Registro las siguientes:

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Proyecto de Reorganización del Registro Único de Aspirantes a la Adopción Artículo 1º . Serán funciones del Registro las siguientes:"

Transcripción

1 Proyecto de Reorganización del Registro Único de Aspirantes a la Adopción Artículo 1º.- EI Registro Único de Aspirantes a Adopción estará a cargo de los/las Secretarios/as de las Excmas. Cámaras de Apelación en lo Civil y Comercial, que actuaran como Coordinadores por turnos sucesivos del uno al diez, del once al veinte y del veintiuno hasta fin de mes y dependerán jerárquica y directamente de la Excma. Sala de Superintendencia del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia. En caso de ausencia, vacancia, recusación o excusación se subrogarán entre sí, de acuerdo al orden correspondiente. Sólo en caso de ausencia, vacancia, recusación o excusación simultanea de los/las tres Secretarios/as, serán reemplazados por la Secretaria de Superintendencia. Se reunirán una vez al mes, o las demás que fueren necesarias para establecer las pautas de trabajo para el RUA. Serán funciones del Registro las siguientes: I).- Formar, gestionar y mantener información relativa a: A).- Nómina de niños, niñas y adolescentes que se encuentren en situación de adoptabilidad, bajo guarda o que se encuentren alojados en dependencias del Hogar de Niños de la Provincia, Hogares de Tránsito, o cuya guarda haya sido conferida a organizaciones gubernamentales o no gubernamentales de protección de la niñez y adolescencia que se encuentren en la situación prevista por el art. 317 inc. a) 2 párrafo del Código Civil.- B).- La lista única de personas que desean adoptar.- C).- La nómina de los niños, niñas y adolescentes respecto de los cuales se ha discernido la guarda preadoptiva o adopción ante los Juzgados con competencia en la materia.- II).- Confeccionar un archivo con las copias certificadas de las sentencias y piezas fundamentales de los expedientes de guarda con fines adoptivos y de adopción que cada Juzgado haya tramitado a los fines de posibilitar a los adoptados el oportuno ejercicio del derecho a conocer su identidad de origen, previa orientación por parte del equipo interdisciplinario en los casos que corresponda. A los fines de la confección del referido archivo cada Juzgado de Familia de la ciudad Capital y Banda y Juzgados Civiles del Interior de la Provincia, deberán remitir las copias autenticadas en cada

2 caso. III).- Coordinar acciones y/o actividades con el Equipo Interdisciplinario del Registro (E.I.A.), especializado en la temática ADOPCIÓN, con los Equipos Técnicos de la SUBNAF y de los Hogares de la Provincia, para el abordaje de la problemática y los distintos ejes que comprenden al proceso de adopción: - Niño/a, adolescente en situación de preadoptabilidad. - Personas que desean adoptar que reúnan los recaudos exigidos por el art. 315 y concordantes del Código Civil y lo dispuesto en esta Acordada.- - Fomentar espacios de trabajo interinstitucional, instrumentando el enlace entre las diferentes instituciones que puedan participar en un proceso de adopción, vinculando el sistema judicial con la SUBNAF, Instituciones Educativas, de Salud, Hogares, Fuerzas de Seguridad y otros organismos vinculados a la temática de la adopción. IV).- Brindar la información relativa a los procesos de adopción y difundir su aplicación por medio del R.U.A. a la comunidad en general.- Conformación del R.U.A. Artículo 2.- El Registro Unico de Aspirantes a la adopción contará con un encargado de la gestión administrativa y un equipo técnico interdisciplinario integrado por licenciados en psicología y licenciados en trabajo social especializados en la temática de adopción, y demás empleados administrativos o profesionales destinados a la atención del público y trámites en general, sin perjuicio de los restantes agentes que disponga la Excma. Sala de Superintendencia. El personal antes nombrado dependerá funcionalmente de la coordinación, conforme a lo establecido en el Artículo 1º. El encargado administrativo tendrá a su cargo: 1) La recepción de la documentación establecida en este Acuerdo y el asesoramiento sobre el proceso a seguir por los aspirantes para obtener la inscripción en el R. U. A.. 2) La expedición de constancias relativas a la citación de postulantes a los efectos de la realización de los Talleres y de los diagnósticos interactivos o cuando comparecieran ante el R.U.A. por cualquier otra circunstancia por la que fueran citados por el organismo.

3 3) Representar al R.U.A. en toda campaña destinada a dar a publicidad respecto al organismo y sus funciones cuando tal tarea le fuere delegada por la coordinadora. 4) Gestionar ante los Jueces de Familia los oficios y remisión de legajos previamente seleccionados en la forma descripta en el presente Acuerdo. 5) Representar al R.U.A. en Jornadas, Congresos, Seminarios o Talleres de Capacitación sobre Adopción que pudieran organizarse en esta u otra provincia cuando tal tarea le fuere delegada por la coordinadora. 6) La recolección y remisión de los datos del organismo a la Oficina de Estadísticas del Poder Judicial. 7) La remisión de las copias de las resoluciones de guardas preadoptivas y de adopción plena remitidas por los Actuarios, a Encuadernación a sus efectos. 8) La recepción y posterior registro de las ratificaciones efectuadas por los inscriptos al R.U.A. en el libro, legajo y en el soporte informático correspondiente. El Equipo interdisciplinario de adopción (E.I.A.) tendrá a su cargo: a) La organización de talleres informativos de despeje, a los fines de brindar toda la información previa necesaria para abordar el proceso y a captar las expectativas de quienes pretendan la inscripción, evacuar sus dudas y orientar al interesado/a. También deberán organizar talleres de sensibilización a los fines de la preparación de postulantes para los casos de adopciones especiales (adolescentes, grupos de hermanos y niñas/niños o adolescentes con padecimientos de salud crónicos y/o agudos).- Tales talleres deberán ser organizados al menos una vez al mes o las veces que a criterio de la Coordinación fueran menester, conforme a las necesidades detectadas por el E.I.A.- b) La realización de los procesos interactivos diagnósticos e informes sobre los indicadores de la capacidad de prohijar de las personas que desean adoptar y del acompañamiento, preparación y la contención que resultaren necesarias para su admisión. El diagnóstico interactivo tendrá por objetivo general determinar las capacidades psicoafectivas y los indicadores socio ambientales que el/los aspirante/s posean para prohijar y construir la disponibilidad adoptiva.- c) La adecuación entre la disponibilidad adoptiva de las/los postulantes y las necesidades especificas del niño/a, adolescente en situación de adoptabilidad, teniendo como objetivo esencial el interés superior del niño.-

4 d) La orientación y acompañamiento psicológico y social, al niño/a y a las personas que, en los procesos de vinculación previos al otorgamiento de la guarda, los necesiten, debiendo practicar el informe respectivo. e) El seguimiento de la vinculación posterior al otorgamiento de la guarda preadoptiva, siempre y cuando éste fuera requerido por el Juez de la causa.- f) La orientación y acompañamiento psicológico al adoptado que, al cumplir 18 años de edad opte por acceder al expediente de su adopción conforme lo prevé el art. 328 del Código Civil. Recusaciones y excusaciones: Los/las Coordinadores/as del R.U.A. y los integrantes del E.I.A. podrán excusarse o ser recusados por las causales previstas en el art. 17 y 30 del C.P.C.C. La recusación deberá ser formalizada en la primera presentación o inmediatamente después si fuera sobreviniente o recién se hubiere podido conocer ésta y será resuelta por la autoridad de Superintendencia previo informe del recusado, el que deberá producirse en el plazo de tres días. La excusación deberá ser formalizada en el momento de conocerse la causal que la amerita y será resuelta por la autoridad de Superintendencia, sin más trámite. En los casos de recusación y excusación de los licenciados en psicología o trabajadores sociales resueltas favorablemente, la Coordinación requerirá mediante oficio al Gabinete de Psicólogos Forenses o Servicio Social Tribunalicio la designación de su reemplazante para el caso. Resguardo de información y carácter de la misma: Todos los datos contenidos en el Registro contarán con resguardo de soporte informático y serán de carácter absolutamente reservados.- Sólo tendrán acceso a esa Información los Magistrados de Familia, los Jueces en lo Civil y Comercial del interior de la Provincia con competencia en materia de familia, los representantes del Ministerio Público Fiscal y Pupilar y los psicólogos, trabajadores sociales integrantes del Equipo interdisciplinario y demás integrantes del RUA. Libros de registro: La Coordinación habilitará un Libro de Actas donde serán registrados los siguientes datos: *Número de orden y fecha de inscripción, *Nombre y apellido, domicilio, nacionalidad, estado civil, ocupación, trabajo o profesión de los aspirantes, disponibilidad adoptiva en orden al sexo, edad y número de niño/as que deseen adoptar y toda otra observación que fuere menester, (los demás datos se encuentran pre impresos en el formulario tipo del Anexo II).- Este Libro deberá llevarse

5 rubricado y foliado.- Artículo 3.- Requisitos a cumplir por los aspirantes a los fines de la inscripción.- Las personas que desean adoptar obtendrán la solicitud de inscripción (ficha Anexo II), la que tendrá el carácter de declaración jurada en la sede del Registro o en la página web del Poder Judicial.- La solicitud de Inscripción aludida será acompañada de la siguiente documentación: a).- Carta de presentación dirigida al RUA, donde conste en forma breve la historia de las personas/matrimonios, las motivaciones que los llevó a adoptar y las expectativas respecto del futuro hijo: sexo, edad y demás características que desean sean tenidas en cuenta, con la que podrá participar de los talleres informativos organizados por el R.U.A. Superada esta instancia deberá presentar b).- Certificado de Residencia actualizado expedido por la Policía de la Provincia c).- Fotocopia del documento de identidad, (foto y domicilio). d).- Foto color familiar. e).- Certificado de Buena Conducta, o Certificado del Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal y Carcelaria, (otorgado con el fin de ser presentado al Registro Único de Adopción). f).- Recibo de haberes o certificación de ingresos, con indicación del lugar de trabajo y antigüedad en el mismo expedida por el empleador o por Contador Público en caso de trabajador autónomo o profesional independiente. g).- Partida de matrimonio legalizada y timbrada si fuesen aspirantes casados. h).- Partida de nacimiento legalizada y timbrada si fuese aspirante soltero. i).- Partida de Matrimonio y defunción del cónyuge si el postulante fuera viudo. j).- Partida de matrimonio legalizada y copia certificada de la sentencia de separación personal o divorcio vincular si el postulante fuera separado judicialmente o divorciado. k).- Partidas de nacimiento de los hijos legalizadas si tuvieran descendencia biológica o copia certificada de la sentencia de adopción si tuviesen hijos adoptivos. l).- Certificado de buena salud expedido por un médico de establecimiento de salud público o privado.- Los informes diagnósticos interactivos psico-social sobre la capacidad para abordar un proceso de adopción, deberán ser practicados por miembros del equipo interdisciplinario. m).- Certificado médico que acredite la imposibilidad de tener hijos para el caso de aspirantes cónyuges que tengan menos de tres años de casados.-(ver Anexo I) Solo podrán inscribirse aquellas personas que acrediten cinco años de residencia en el país y domicilio real en la Provincia de Santiago del Estero.-

6 Sin perjuicio de ello, aquellas personas que hubieran presentado la documentación requerida en legal forma y hubiesen obtenido la aprobación de sus respectivos legajos con anterioridad a la vigencia de la presente Acordada integrarán las listas de aspirantes. Ratificación, validez del informe diagnóstico y renovación de otras certificaciones: La inscripción y los informes diagnósticos interactivos sobre los indicadores respecto a la capacidad de prohijar de las personas que desean adoptar tendrán validez por el término de dos años, vencido el cual se deberá renovar los informes respectivos. Asimismo los inscriptos deberán comunicar inmediatamente cualquier modificación de los datos consignados en la solicitud, bajo apercibimiento de exclusión de la lista. Los certificados de buena conducta serán actualizados al momento de que el legajo sea seleccionado por juez competente, debiendo otorgarse a los aspirantes un plazo razonable a tal fin. La ausencia de ratificación por dos períodos consecutivos o la comunicación al RUA de que han promovido un juicio de guarda preadoptiva originada en una entrega directa, operará la caducidad automática de la inscripción y la exclusión de los postulantes del listado.- Los interesados podrán solicitar una nueva inscripción perdiendo el orden que ostentaban en la lista del Registro.- Los aspirantes no necesitarán contar con patrocinio letrado para presentarse y gestionar el trámite ante el RUA. Artículo 4.- Culminación del procedimiento e inscripción del/los postulantes: Una vez completado el correspondiente legajo el Coordinador verificará que se encuentre completa la documentación y ordenará su inscripción y la asignación de un número de orden si correspondiere.- Los legajos deberán ser foliados.- Artículo 5.- Proyectos no viables: Cuando los postulantes no reúnan los requisitos que establece la ley de fondo, no cumplan las condiciones exigidas supra o presenten inconvenientes en los informes diagnósticos producidos por el equipo técnico especializado, será declarado no viable por el coordinador en turno mediante resolución que será glosada al legajo respectivo.- Esta declaración no impedirá posteriores inscripciones del mismo pretenso

7 adoptante una vez superadas las circunstancias que motivaron la falta de aceptación anterior.- La negativa de la admisión deberá ser fundada y notificada a los postulantes personalmente a cuyo fin deberán ser citado/s a la sede del R.U.A. y en su defecto, para el caso de no comparecer, en el domicilio real o especial denunciado mediante cédula y con los recaudos necesarios para preservar el derecho a la intimidad de los postulantes.- La decisión negativa podrá ser impugnada por los interesados ante la Excma. Sala de Superintendencia, dentro de los tres días, en cuyo caso resolverá el Tribunal la cuestión planteada previa vista al Ministerio Público Fiscal y Pupilar, pudiendo requerir los informes técnicos pertinentes o adoptar las demás medidas necesarias para tal fin. Artículo 6.- Deberes de los Magistrados con competencia en Familia a los fines de asegurar el derecho a la identidad de las personas: Los Jueces con competencia en materia de Familia deberán comunicar la existencia de niños, niñas o adolescentes en situación de adoptabilidad, con remisión de sus respectivas actas de nacimiento legalizadas y/o copias del documento de identidad donde consten los datos de sus padres biológicos, otros datos de salud y físicos para la adecuación con aspirantes, y copia certificada de la resolución que declara al niño, niña o adolescente en situación jurídica de abandono dentro de las cuarenta y ocho horas de haber dictado dicha sentencia a los fines de la inclusión en el listado respectivo, el cual también deberá contar con soporte informático. También deberán comunicar al Registro mensualmente, sobre los datos reseñados ut supra, e informar mensualmente al RUA sobre los procesos de Guarda preadoptiva y Adopción iniciados por ante sus respectivos juzgados, como así también su revocación o nulidad, y remitir copia certificada por el Actuario de las resoluciones dictadas en los respectivos procesos y de las piezas fundamentales del expediente, aquellas que fueren indispensables para posibilitar a los adoptados al oportuno ejercicio del derecho a conocer su identidad. Artículo 7.- Criterio de selección para las propuestas a requerimiento de los Magistrados: Los jueces con competencia en materia de Familia deberán remitir los antecedentes de aquellos niños/as que se encuentren en condiciones de

8 ser entregados en guarda dentro de las cuarenta y ocho horas de haberse declarado su situación de abandono.- El coordinador en turno, seleccionará cinco legajos, respetando el número de orden y adecuación y los remitirá. En el caso de que los primeros cinco enviados no satisfagan a criterio del Magistrado las necesidades del niño/a/adolescente en cuestión, a su expresa solicitud se enviarán cinco más. Para el caso de que el juez considere necesario consultar la totalidad de los legajos, deberá constituirse al igual que los representantes del Ministerio Pupilar y Fiscal en la sede del RUA, debiendo sus integrantes facilitar tal cometido. Para la selección de los legajos que conformarán el grupo escogido tendrá obligada intervención el Equipo lnterdisciplinario (EIA) mencionado en el Art. 2, quien efectuará una evaluación exhaustiva para su confección acerca de las necesidades del niño, niña o adolescente en situación de abandono/preadoptabilidad, seleccionando a aquellos matrimonios o personas que puedan responder a éstos conforme el interés superior de aquellos y a fin de lograr una paternidad adoptiva saludable y responsable, siendo criterio preponderante el antes mencionado respecto del orden de prelación, fundado sólo en la antigüedad en la inscripción.- Los jueces de Familia respetarán prioritariamente el orden de la lista única.- El apartamiento del orden de la lista sólo será admitido en circunstancias especiales que impongan la preterición.- La resolución respectiva deberá señalar adecuadamente esas circunstancias con fundamento en las constancias objetivas de la causa y en los informes técnicos pertinentes valorando el interés superior del niño cuando: a).- Se tratare de hermanos.- b).- Se tratare de niño/as con capacidades especiales. c).- La guarda fuera solicitada por miembros de la familia extensa del menor u otro vínculo de afinidad. d).- La identidad cultural del menor así lo justifique. e).- Los padres en ejercicio de la patria potestad deleguen la guarda y el Juez competente haya valorado la legitimidad y conveniencia para el niño.- Artículo 8.- Posibilidad de recurrir a Registros de otras jurisdicciones del país: A los fines del otorgamiento de la guarda con fines de adopción los jueces con competencia en Familia deberán seleccionar los guardadores de la lista conformada por las personas inscriptas en el Registro Unico de Adoptantes de la Provincia.- En el supuesto que en éste no existan postulantes idóneos para el caso concreto, deberán acudir a otras jurisdicciones del país,

9 comenzando por las más próximas, agotadas estas instancias se podrá publicar en los medios de comunicación de amplia difusión local y nacional. A tales fines la coordinación deberá remitir oficio a la Oficina de Prensa del Poder Judicial. El oficio deberá estar acompañado por el edicto, en el que se hará constar las iniciales del niño, niña o adolescente y sus características psicofísicas. Frente a necesidades especiales de un niño/a en situación de adoptabilidad y habiendo recurrido a otras jurisdicciones en el modo previsto en los convenios que podrán celebrarse al efecto, aquellos postulantes allí registrados deberán ser evaluados también por el Equipo Interdisciplinario ante la posibilidad concreta de otorgamiento de la guarda del niño en la situación antes descripta.

10 REGISTRO UNICO DE ASPIRANTES A LA ADOPCION ANEXO I DOCUMENTACION A ACOMPAÑAR: 1) Ficha de Inscripción (Ver ANEXO II) y Carta de Presentación dirigida al Registro Único de Aspirantes a la Adopción, donde conste en forma breve la historia del matrimonio/persona, las motivaciones que los llevó a adoptar y las expectativas respecto al futuro hijo: edad, sexo y demás características que desean sean tenidas en cuenta, requisitos con el cual podrán participar de los talleres informativos organizados por el R.U.A., como así también de la entrevista de autoevaluación. Superada esta instancia deberán adjuntar: 2) Certificado de Residencia expedido por la Policía de la provincia. 3) Foto color Familiar. 4) Documentación que acredite: la identidad [Fotocopia de Documentos de Identidad de ambos (1 y 2 hoja o 1º y la inscripción del cambio de domicilio)] y el estado de familia de los aspirantes y de su núcleo familiar en su caso. Las actas del Registro Civil y Capacidad de las personas deberán presentarse debidamente legalizadas. En especial se requiere: Si el aspirante es soltero: partida de nacimiento Si los aspirantes son casados, partida de matrimonio Si el aspirante es viudo: partida de matrimonio y de defunción del cónyuge. Si el aspirante es separado judicialmente o divorciado: Partida de matrimonio y copia de la sentencia de separación personal o divorcio. Si el o los aspirantes tienen hijos: partidas de nacimiento de los mismos y fotocopia de la sentencia de adopción en caso de ser adoptivos. 5) Certificado médico de esterilidad, para el caso de que los aspirantes sean cónyuges que tengan menos de tres años de casados. 6) Certificado de Buena Conducta, o Certificado del Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal y Carcelaria (vigente al momento de la presentación), del/los aspirante/s, otorgado con el fin de ser presentado al Registro Único de Adopción. 7) Certificación de ingresos, con indicación del lugar de trabajo y antigüedad en el mismo o Recibo de Sueldo. 8) Certificado de Salud de los aspirantes otorgado por médico particular o de organismo público. Una vez presentada la documentación señalada supra, se les informará la fecha para la realización de: 9) Amplio Informe diagnóstico interactivo Psico Social del aspirante/matrimonio elaborado por el/la Psicólogo/a y el/la Trabajador Social del Equipo Técnico Interdisciplinario del RUA. Una vez realizado este informe diagnóstico con resultado satisfactorio deberá: 10) Ratificar: La ratificación deberá realizarse cada seis meses por las siguientes vías: telefónicamente: al Nº ; por e mail: a regadop-sgo@jussantiago.gov.ar; o por escrito, a Palacio de Tribunales, Registro Único de Aspirantes a la Adopción, Alvear e Irigoyen, subsuelo. La falta de ratificación en dos períodos consecutivos dará lugar a la caducidad de la inscripción.

11 Ficha de Inscripción ANEXO II Registro Único de Aspirantes a la Adopción - Equipo Interdisciplinario de Adopción Solicitud de Adopción Declaración Jurada 1. Alta / / 2. Baja / / 3. Ratificación/es / / / / / / / / / / / / / / / / / / / / / / / / / / / / / / / / / / I) DATOS PERSONALES REFERIDOS AL/LOS POSTULANTES DE GUARDA: A) APELLIDO/S (1) NOMBRE/S DNI/LE/LC/CI: (Tachar lo que no corresponda) Lugar de Nac: Nacionalidad: Fecha de Nacimiento: / / (Prov.País.) Estudios cursados (2) Estado Civil (3) Fecha de Matrimonio: / / B) APELLIDO/S (1) NOMBRE/S DNI/LE/LC/CI: (Tachar lo que no corresponda) Fecha de Nacimiento: / / Estudios cursados (2) Estado Civil (3) Lugar de Nac: (Prov.País.) Nacionalidad: II) DATOS DE RESIDENCIA: DOMICILIO Calle Número Piso/ Dpto. Barrio Provincia Localidad Código Pos. Teléfono particular donde se lo ubique por la mañana: E mail particular: Antigüedad: (4)

12 III) GRUPO FAMILIAR CONVIVIENTE: Hijos Hijos Adoptivos Otros Biológicos (Cantidad) (cantidad) miembros (cantidad) Detallar vínculo IV) DATOS LABORALES: A) OCUPACIÓN, TRABAJO O PROFESIÓN ANTIGÜEDAD ING. NETO CALLE Nº Piso/Dpto. Tel. Fax E mail laboral: OTROS INGRESOS (Especificar brevemente) Monto DATOS LABORALES: B) OCUPACIÓN, TRABAJO O PROFESIÓN ANTIGÜEDAD ING. NETO CALLE Nº Piso/Dpto. Tel. Fax OTROS INGRESOS (Especificar brevemente) Monto E mail laboral: Ingresos Totales A + B $ a) La modificación de cualquiera de los datos consignados precedentemente deberá ser comunicada a este registro inmediatamente. b) Todos los trámites relacionados con el registro son estrictamente personales. La inobservancia de a) y b) operará la exclusión automátiça de la lista. Los ítems aquí señalados valen como declaración jurada. Firma del Postulante A Firma del Postulante B Fecha del informe / / Secretario Sello y firma. Instrucciones. 1.- Completar con letra de molde desde adelante separando las palabras por medio de un guión según corresponda. 2.- Indicar: primario, secundario, universitario u otro, el que haya completado. 3.- Soltero, casado, viudo, separado o divorciado. 4.- Consignar el tiempo de residencia continua en la provincia de origen.

CIUDADANO JUEZ DE PROTECCION DEL NIÑO NIÑA Y ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SU DESPACHO.

CIUDADANO JUEZ DE PROTECCION DEL NIÑO NIÑA Y ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SU DESPACHO. CIUDADANO JUEZ DE PROTECCION DEL NIÑO NIÑA Y ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SU DESPACHO. Yo, de nacionalidad, de años de edad, titular de la Cédula de Identidad No V-, nacida en,

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 240-2014/SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 240-2014/SUNAT FACILITAN LA INSCRIPCIÓN Y BAJA DE INSCRIPCIÓN DE TRABAJADORES DEL HOGAR Y SUS DERECHOHABIENTES ASÍ COMO LA MODIFICACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN DE DICHOS SUJETOS EN EL REGISTRO DE EMPLEADORES

Más detalles

VISTO El Expediente Nro. 0465-000741/01, en el que la Secretaría de Justicia eleva el Proyecto de Reglamentación de la Ley 8892.

VISTO El Expediente Nro. 0465-000741/01, en el que la Secretaría de Justicia eleva el Proyecto de Reglamentación de la Ley 8892. DECRETO 297/2003 REGLAMENTACION DE LA LEY 8.892 DE CREACION DEL REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS Córdoba, 17 de febrero de 2003 Publicación B.O.- 4 de marzo de 2003 VISTO El Expediente Nro. 0465-000741/01,

Más detalles

PERÚ. NOTA: Entre España y Perú rige el Convenio de La Haya de 29 de mayo de 1993 desde el 1 de enero de 1996.

PERÚ. NOTA: Entre España y Perú rige el Convenio de La Haya de 29 de mayo de 1993 desde el 1 de enero de 1996. Servicio de Adopción y Protección Actualización: Enero 2010 PERÚ NOTA: Entre España y Perú rige el Convenio de La Haya de 29 de mayo de 1993 desde el 1 de enero de 1996. I. REQUISITOS LEGALES 1. Legislación

Más detalles

REGLAMENTA EL ACCESO A LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE AVELLANEDA DE ASPIRANTES MAYORES DE 25 AÑOS.

REGLAMENTA EL ACCESO A LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE AVELLANEDA DE ASPIRANTES MAYORES DE 25 AÑOS. REGLAMENTA EL ACCESO A LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE AVELLANEDA DE ASPIRANTES MAYORES DE 25 AÑOS. VISTO Lo establecido por los artículos, 1 y 6 de la Ley 26543, de creación de la Universidad Nacional de Avellaneda

Más detalles

CAPÍTULO II: PROCEDIMIENTO

CAPÍTULO II: PROCEDIMIENTO ORDENANZA REGULADORA DE LAS BASES PARA LA CONCESIÓN DE PRESTACIONES ECONÓMICAS DE PAGO ÚNICO A LOS PADRES Y/O MADRES POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN DE HIJO/A CON RESIDENCIA EN ESTE AYUNTAMIENTO. El artículo

Más detalles

BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PIZARRA EN MATERIA DE DEPORTES. PREÁMBULO

BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PIZARRA EN MATERIA DE DEPORTES. PREÁMBULO BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PIZARRA EN MATERIA DE DEPORTES. PREÁMBULO El Ayuntamiento de Pizarra reconoce al movimiento asociativo como el conjunto de

Más detalles

El presente folleto contiene información general para los aspirantes a guarda con fines

El presente folleto contiene información general para los aspirantes a guarda con fines REGISTRO CENTRALIZADO DE ADOPTANTES El agua, factor de inclusión social. Ley 6750. SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA PROVINCIA DEL CHACO ADOPCIÓN. INFORMACIÓN GENERAL. GUÍA. El presente folleto contiene información

Más detalles

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN DE QUE CELEBRAN POR UNA PARTE

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN DE QUE CELEBRAN POR UNA PARTE CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN DE QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL ORGANISMO CERTIFICADOR DENOMINADO BAS INTERNATIONAL CERTIFICATION CO., A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ BASICCO,

Más detalles

ENTIDAD LOCAL AUTÓNOMA DE LA GUIJARROSA (CÓRDOBA)

ENTIDAD LOCAL AUTÓNOMA DE LA GUIJARROSA (CÓRDOBA) ENTIDAD LOCAL AUTÓNOMA DE LA GUIJARROSA (CÓRDOBA) BASES PARA LA CONVOCATORIA DE CONTRATACIÓN DE PERSONAL LABORAL TEMPORAL EN LA ENTIDAD LOCAL AUTÓNOMA DE LA GUIJARROSA CONSISTENTE EN MONITOR DEPORTIVO.

Más detalles

CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES.

CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES. ORDENANZA REGULADORA PARA LA CONCESION DE AYUDAS ECONÓMICAS POR NACIMIENTO DE HIJO O ADOPCIÓN DE MENORES QUE SE EMPADRONEN EN EL TERMINO MUNICIPAL DE TORREBLACOPEDRO. Artículo 1. Objeto. CAPITULO I: DISPOSICIONES

Más detalles

En el hospital facilitan varios impresos que se necesitarán en alguno de los trámites que hay que realizar:

En el hospital facilitan varios impresos que se necesitarán en alguno de los trámites que hay que realizar: Tener un hijo Fecha actualización: marzo 2016. Después de tener un hijo hay que inscribir al recién nacido en el Registro Civil, en la Seguridad Social, asignarle un pediatra, tramitar la baja de paternidad

Más detalles

"REGLAMENTO de Concurso del Poder Judicial para personas con discapacidad. a) Certificado de buena conducta expedido por autoridad competente.

REGLAMENTO de Concurso del Poder Judicial para personas con discapacidad. a) Certificado de buena conducta expedido por autoridad competente. ANEXO "REGLAMENTO de Concurso del Poder Judicial para personas con discapacidad para el Cargo Ayudante Judicial" Artículo 1º) ESCALAFÓN DE INGRESO: El ingreso en calidad de empleado administrativo al Poder

Más detalles

REGLAMENTO DE PRÁCTICA NOTARIAL - LEY 404 ART 35. Resolución N 91/14 (Acta 3892)

REGLAMENTO DE PRÁCTICA NOTARIAL - LEY 404 ART 35. Resolución N 91/14 (Acta 3892) REGLAMENTO DE PRÁCTICA NOTARIAL - LEY 404 ART 35. Resolución N 91/14 (Acta 3892) PAUTAS GENERALES: Artículo Primero: Todo aquel aspirante a la titularidad y/o adscripción a un registro notarial deberá

Más detalles

Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe

Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe Diputadas y Diputados de Santa Fe: La Comisión de Promoción Comunitaria ha considerado el Proyecto de Ley Nº 25307 D.B., de los diputados Marcelo Gastaldi, Marcelo Brignoni, Gabriel Real, Estela de Demichelis,

Más detalles

REGLAMENTO DE LA LEY DEL GUIA DE TURISMO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE LA LEY DEL GUIA DE TURISMO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE LA LEY DEL GUIA DE TURISMO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Objeto El presente dispositivo establece las normas reglamentarias de la Ley N 28529, Ley del Guía de Turismo.

Más detalles

UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA DESCRIPCIÓN DEL CARGO DE DESARROLLADOR INFORMÁTICO PARA LA COMISIÓN ACADÉMICA DE POSGRADO (CAP)

UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA DESCRIPCIÓN DEL CARGO DE DESARROLLADOR INFORMÁTICO PARA LA COMISIÓN ACADÉMICA DE POSGRADO (CAP) Aprobadas por Res. Nº43 del CDC de fecha 24/05/2016 Exp.Nº 004010-002475-15 UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA DESCRIPCIÓN DEL CARGO DE DESARROLLADOR INFORMÁTICO PARA LA COMISIÓN ACADÉMICA DE POSGRADO (CAP) DENOMINACIÓN:

Más detalles

BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN CRECEMOS JUNTOS" 2015. 1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA Y CRÉDITO PRESUPUESTARIO.

BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN CRECEMOS JUNTOS 2015. 1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA Y CRÉDITO PRESUPUESTARIO. BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN CRECEMOS JUNTOS" 2015. 1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA Y CRÉDITO PRESUPUESTARIO. 1º.-Las presentes bases regulan el procedimiento en régimen de

Más detalles

PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE AYUDA A CONTRATACION 2015.

PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE AYUDA A CONTRATACION 2015. PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE AYUDA A CONTRATACION 2015. PROGRAMA DE AYUDA A LA CONTRATACIÓN CONCEDIDO POR LA JUNTA DE ANDALUCÍA DE ACUERDO A LA ORDEN DE 20 DE MARZO DE 2015, POR LA QUE SE PRORROGAN ALGUNAS

Más detalles

Qué necesito para registrarme como usuario/a de Uruguay Concursa?

Qué necesito para registrarme como usuario/a de Uruguay Concursa? Qué necesito para registrarme como usuario/a de Uruguay Concursa? Información sobre los datos necesarios para realizar correcta y ágilmente su inscripción en el sistema 1 1. Antes de iniciar el proceso

Más detalles

Los hijos de padre o madre peruano nacidos en el exterior tienen derecho a obtener la nacionalidad peruana.

Los hijos de padre o madre peruano nacidos en el exterior tienen derecho a obtener la nacionalidad peruana. REGISTROS CIVILES * Inscripción de Nacimiento.- Los hijos de padre o madre peruano nacidos en el exterior tienen derecho a obtener la nacionalidad peruana. La inscripción de un nacimiento debe hacerse

Más detalles

Los recursos administrativos existentes en materia de Propiedad Industrial pueden clasificarse en:

Los recursos administrativos existentes en materia de Propiedad Industrial pueden clasificarse en: GUÍA DE RECURSOS: RÉGIMEN DE LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS: Los actos y resoluciones dictados por distintos órganos de la Oficina Española de Patentes (en adelante OEPM), en su mayor parte concesiones o

Más detalles

TORRECILLA DE ALCAÑIZ Plaza de España, 1 Tfno. y Fax 978 85 21 27 NIF P-4423400-C Cod. Postal 44640 (Teruel)

TORRECILLA DE ALCAÑIZ Plaza de España, 1 Tfno. y Fax 978 85 21 27 NIF P-4423400-C Cod. Postal 44640 (Teruel) BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DEL MUNICIIPIO DE TORRECILLA DE ALCAÑIZ (TERUEL) Primera: Objeto, condiciones y finalidad de la subvención.

Más detalles

REGLAMENTO DE AVAL CIENTÍFICO-ACADÉMICO

REGLAMENTO DE AVAL CIENTÍFICO-ACADÉMICO REGLAMENTO DE AVAL CIENTÍFICO-ACADÉMICO Panamá, diciembre de 2011 Artículo 1. El presente reglamento tiene por objetivo general, normar la solicitud, tramitación, decisión, condiciones y cualquier otra

Más detalles

SISTEMA COORDINADO DE TUTORÍAS UNIVERSITARIAS Ordenanza nº 679. TUTORÍAS DE VIDA UNIVERSITARIA (art. 4.2)

SISTEMA COORDINADO DE TUTORÍAS UNIVERSITARIAS Ordenanza nº 679. TUTORÍAS DE VIDA UNIVERSITARIA (art. 4.2) SISTEMA COORDINADO DE TUTORÍAS UNIVERSITARIAS Ordenanza nº 679 TUTORÍAS DE VIDA UNIVERSITARIA (art. 4.2) Fundamentación Las políticas de Asuntos Estudiantiles, que asumen como objetivo contribuir al ingreso,

Más detalles

REGLAMENTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL MUTUALISTA DE LA MUTUA COMPLEMENTARIA DE PREVISIÓN SOCIAL RENAULT ESPAÑA

REGLAMENTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL MUTUALISTA DE LA MUTUA COMPLEMENTARIA DE PREVISIÓN SOCIAL RENAULT ESPAÑA REGLAMENTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL MUTUALISTA DE LA MUTUA COMPLEMENTARIA DE PREVISIÓN SOCIAL RENAULT ESPAÑA INDICE TITULO PRELIMINAR... Artículo 1. Legislación aplicable... TITULO PRIMERO.- OBJETO,

Más detalles

CORTE DE ARBITRAJE DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE JEREZ DE LA FRONTERA ESTATUTOS

CORTE DE ARBITRAJE DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE JEREZ DE LA FRONTERA ESTATUTOS CORTE DE ARBITRAJE DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE JEREZ DE LA FRONTERA ESTATUTOS TITULO I.- NATURALEZA, DENOMINACIÓN Y DOMICILIO Artículo 1.- Naturaleza 1.- La Corte de Arbitraje del Ilustre Colegio

Más detalles

LEY DE DEPORTE DE LA NACIÓN Nº 20.655

LEY DE DEPORTE DE LA NACIÓN Nº 20.655 LEY DE DEPORTE DE LA NACIÓN Nº 20.655 CAPITULO VII De las entidades deportivas ARTICULO 16º.- A los efectos establecidos en la presente ley considérense instituciones deportivas a las asociaciones que

Más detalles

NUEVAS TECNOLOGÍAS. Primera. Objeto.

NUEVAS TECNOLOGÍAS. Primera. Objeto. Convocatoria para la concesión de (4) becas para la formación informática destinadas a informáticos de la provincia de Zaragoza del ejercicio 2016 Primera. Objeto. La Diputación Provincial de Zaragoza

Más detalles

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA REGLAMENTO PARA LA AUTORIZACIÓN DE PERMISOS DE SALIDA DEL PAÍS DE PERSONAS MENORES DE EDAD

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA REGLAMENTO PARA LA AUTORIZACIÓN DE PERMISOS DE SALIDA DEL PAÍS DE PERSONAS MENORES DE EDAD PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA REGLAMENTO PARA LA AUTORIZACIÓN DE PERMISOS DE SALIDA DEL PAÍS DE PERSONAS MENORES DE EDAD LA JUNTA DIRECTIVA DEL PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA en Sesión Ordinaria

Más detalles

Corporación de Mediadores de Seguros Correduría de Seguros, S.L.

Corporación de Mediadores de Seguros Correduría de Seguros, S.L. REGLAMENTO PARA LA DEFENSA DEL CLIENTE DE CORPORACIÓN DE MEDIADORES DE SEGUROS, CORREDURÍA DE SEGUROS, S.L. PREÁMBULO La Orden de 11 de marzo de 2004 del Ministerio de Economía ECO/734/2004 regula los

Más detalles

IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013*

IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013* IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013* * Revisión aprobada por el Comité Rectoral del 16 de junio de 2014 ÍNDICE PREÁMBULO I. TÍTULO

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE MONTEALEGRE DEL CASTILLO

AYUNTAMIENTO DE MONTEALEGRE DEL CASTILLO AYUNTAMIENTO DE MONTEALEGRE DEL CASTILLO BASES DE CONVOCATORIA DE PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN POR EL SISTEMA DE CONCURSO, PARA LA CONTRATACION TEMPORAL POR UN MES, DE UN ARQUEOLOGO, UN TECNICO DE SISTEMAS

Más detalles

RESOLUCION C.D. Nº 351/2015 CONCORDIA,

RESOLUCION C.D. Nº 351/2015 CONCORDIA, RESOLUCION C.D. Nº 351/2015 CONCORDIA, VISTO la necesidad de la creación de un Reglamento de Concurso para cargos docentes Interinos de la Escuela Secundaria Técnica de la Facultad y el despacho de la

Más detalles

ANEXO I FORMA Y CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

ANEXO I FORMA Y CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS ANEXO I FORMA Y CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS Las propuestas se presentarán en TRES (3) SOBRES independientes, debidamente cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, con indicación

Más detalles

REGLAMENTO DE CAPACITACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO PARA FISCALES Y FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO PÚBLICO 1

REGLAMENTO DE CAPACITACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO PARA FISCALES Y FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO PÚBLICO 1 REGLAMENTO DE CAPACITACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO PARA FISCALES Y FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO PÚBLICO 1 TÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- El presente reglamento tiene por objeto regular

Más detalles

CODIGO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA ARTICULOS QUE REGULAN LAS ADOPCIONES

CODIGO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA ARTICULOS QUE REGULAN LAS ADOPCIONES CODIGO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA ARTICULOS QUE REGULAN LAS ADOPCIONES Artículo 12. (Derecho al disfrute de sus padres y familia).- La vida familiar es el ámbito adecuado para el mejor logro de la protección

Más detalles

PROCESO CAS Nº 415 2012 MINJUS CONTADOR

PROCESO CAS Nº 415 2012 MINJUS CONTADOR MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS PROCESO CAS Nº 415 2012 MINJUS CONTADOR I. GENERALIDADES 1. Objeto de la convocatoria Contratar los servicios de un Contador Titulado y Colegiado que realice labores

Más detalles

TITULO PRIMERO Disposiciones generales

TITULO PRIMERO Disposiciones generales ACUERDO ADMINISTRATIVO PARA LA APLICACIÓN DEL CONVENIO DE SEGURIDAD SOCIAL ENTRE ESPAÑA Y SUIZA DE 13 DE OCTUBRE DE 1969 Y EL PROTOCOLO ADICIONAL DE 11 DE JUNIO DE 1982, FIRMADO EN BERNA EL 19 DE ABRIL

Más detalles

Capítulo I. Procedimiento general para tramitar una solicitud de pensión presentada ante la institución competente del otro Estado contratante

Capítulo I. Procedimiento general para tramitar una solicitud de pensión presentada ante la institución competente del otro Estado contratante Compendio de Normas del Sistema de Pensiones 1 Libro III, Título IV, Letra A Solicitudes de Pensión en virtud del D.L. N 3.500 de 1980, de trabajadores con residencia actual en el otro Estado contratante

Más detalles

REGLAMENTO DE TRABAJOS FIN DE GRADO EN LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA.

REGLAMENTO DE TRABAJOS FIN DE GRADO EN LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA. REGLAMENTO DE TRABAJOS FIN DE GRADO EN LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA. Artículo 1. Definición 1) El Trabajo Fin de Grado (TFG) es un trabajo personal y autónomo del estudiante cuya elaboración

Más detalles

Los ámbitos de aplicación de estas becas corresponden a las áreas académicas de la ESCUELA AGRÍCOLA PANAMERICANA ZAMORANO.

Los ámbitos de aplicación de estas becas corresponden a las áreas académicas de la ESCUELA AGRÍCOLA PANAMERICANA ZAMORANO. CONVOCATORIA BECAS 2.008 HONDURAS Acuerdo de la Fundació Marfà por el cual se convocan 4 becas para realizar estudios de formación superior universitaria en la UNIVERSIDAD AGRÍCOLA PANAMERICANA ZAMORANO

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 9381 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN de 28 de marzo de 2008 por la que se convoca la celebración de las pruebas de acceso y se establece el plazo de matriculación en el grado superior de las Enseñanzas de

Más detalles

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SÓCRATES, OTROS PROGRAMAS INTERNACIONALES Y DE

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SÓCRATES, OTROS PROGRAMAS INTERNACIONALES Y DE NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SÓCRATES, OTROS PROGRAMAS INTERNACIONALES Y DE CONVENIOS BILATERALES El constante incremento que la Universidad

Más detalles

Suplemento Enero 2014

Suplemento Enero 2014 DOCUMENTOS BÁSICOS Volumen I Edición de 2010 Suplemento Enero 2014 En su 109º periodo de sesiones, celebrado del 5 al 9 de noviembre de 2012, el Consejo aprobó enmiendas al Reglamento que rige las resoluciones

Más detalles

DECRETO SUPREMO Nº 058-2010-EM

DECRETO SUPREMO Nº 058-2010-EM Fecha de Publicación: 15/09/2010 Aprueban el Reglamento de la Ley Nº 29496 - Ley de Creación de Empresas Municipales encargadas de la prestación del Servicio Público de Suministro de Gas Natural por Red

Más detalles

BASES DE CONVOCATORIA DE PROCESO SELECTIVO PARA LA CONTRATACION LABORAL TEMPORAL DE UNA PLAZA DE DIRECTOR GERENTE Y OTRA DE JEFE DE ADMINISTRACION.

BASES DE CONVOCATORIA DE PROCESO SELECTIVO PARA LA CONTRATACION LABORAL TEMPORAL DE UNA PLAZA DE DIRECTOR GERENTE Y OTRA DE JEFE DE ADMINISTRACION. BASES DE CONVOCATORIA DE PROCESO SELECTIVO PARA LA CONTRATACION LABORAL TEMPORAL DE UNA PLAZA DE DIRECTOR GERENTE Y OTRA DE JEFE DE ADMINISTRACION. PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA Es objeto de la presente

Más detalles

PROCESO CAS Nº 006-2014-APCI

PROCESO CAS Nº 006-2014-APCI BASES PARA LA CONVOCATORIA PUBLICA DE PERSONAL BAJO EL RÉGIMEN ESPECIAL DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS - CAS PROCESO CAS Nº 006-2014-APCI I. ENTIDAD CONVOCANTE: AGENCIA PERUANA DE - APCI II.

Más detalles

NÚMERO 41 Jueves, 28 de febrero de 2013

NÚMERO 41 Jueves, 28 de febrero de 2013 4174 ORDEN de 13 de febrero de 2013 por la que se regula la selección de proyectos de innovación educativa en los centros docentes de enseñanzas no universitarias, sostenidos con fondos públicos, de la

Más detalles

III. En cuanto a su contenido, el artículo 3 dispone que el Registro incorporará el número y fecha de la Apostilla, el nombre y capacidad en la que

III. En cuanto a su contenido, el artículo 3 dispone que el Registro incorporará el número y fecha de la Apostilla, el nombre y capacidad en la que Examinada su solicitud de informe, remitida a este Gabinete Jurídico, referente al Proyecto de Orden por la que se crea y regula el registro electrónico de Apostillas del Ministerio de Justicia y se regula

Más detalles

Avda. Los Ancares, Nº 6 Ayuntamiento Teléfono: 987568619 VEGA DE ESPINAREDA Fax: 987568988

Avda. Los Ancares, Nº 6 Ayuntamiento Teléfono: 987568619 VEGA DE ESPINAREDA Fax: 987568988 En sesión ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno Local el 12 de enero de 2015 en la casa consistorial de Vega de Espinareda se aprobó la convocatoria de ayudas al fomento de la natalidad en el municipio

Más detalles

IV. Administración Local

IV. Administración Local Pág. 14 IV. Administración Local AYUNTAMIENTOS Béjar ANUNCIO Por resolución de alcaldía de fecha 22 de diciembre de 2015, se aprobaron las bases de la convocatoria de una plaza de un PROFESOR DE MÚSICA

Más detalles

INFORME DEL CENTRO DE ADOPCIONES DE LA SECRETARÍA NACIONAL DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA

INFORME DEL CENTRO DE ADOPCIONES DE LA SECRETARÍA NACIONAL DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA INFORME DEL CENTRO DE ADOPCIONES DE LA SECRETARÍA NACIONAL DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA El Centro de Adopciones es la autoridad administrativa central encargada de proponer una familia para cada niña

Más detalles

CONVOCATORIA PARA LA COBERTURA DE PERFILES PARA LA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN PRIMARIA Y EDUCACIÓN INICIAL

CONVOCATORIA PARA LA COBERTURA DE PERFILES PARA LA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN PRIMARIA Y EDUCACIÓN INICIAL CONVOCATORIA PARA LA COBERTURA DE PERFILES PARA LA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN PRIMARIA Y EDUCACIÓN INICIAL El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, a través de la Dirección General de Educación

Más detalles

NORMATIVA PARA LA HOMOLOGACIÓN DE LOS TÍTULOS EXTRANJEROS

NORMATIVA PARA LA HOMOLOGACIÓN DE LOS TÍTULOS EXTRANJEROS NORMATIVA PARA LA HOMOLOGACIÓN DE LOS TÍTULOS EXTRANJEROS Acuerdo n.º 48/2011 del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Normativa para la homologación de los títulos extranjeros Documento aprobado

Más detalles

NORMAS QUE REGIRAN EL PROCESO SELECTIVO PARA CREAR UNA BOLSA DE EMPLEO DE TECNICO DE SALUD PÚBLICA DEL AYUNTAMIENTO DE MOSTOLES

NORMAS QUE REGIRAN EL PROCESO SELECTIVO PARA CREAR UNA BOLSA DE EMPLEO DE TECNICO DE SALUD PÚBLICA DEL AYUNTAMIENTO DE MOSTOLES NORMAS QUE REGIRAN EL PROCESO SELECTIVO PARA CREAR UNA BOLSA DE EMPLEO DE TECNICO DE SALUD PÚBLICA DEL AYUNTAMIENTO DE MOSTOLES Base primera. Objeto de la convocatoria 1.1. La convocatoria tiene por objeto

Más detalles

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA. Esta Alcaldía en uso de las atribuciones que le confiere la legislación vigente y teniendo en cuenta:

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA. Esta Alcaldía en uso de las atribuciones que le confiere la legislación vigente y teniendo en cuenta: 122J/LUDOTECA EN VACACIONES "NAVIDAD 2015" Esta Alcaldía en uso de las atribuciones que le confiere la legislación vigente y teniendo en cuenta: 1. La necesidad de regular la inscripción en las Ludotecas

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA N.º 41 - LUNES 30 DE MARZO DE 2015 Pág. 6 III. Administración Local diputación provincial de zamora SERVICIO DE BIENESTAR SOCIAL Corrección de errores advertido error por omisión en el anuncio de referencia

Más detalles

Reglamento de Autorización del Trabajo a Personas Extranjeras. ACUERDO GUBERNATIVO No. 528 2003. Guatemala, 17 de Septiembre de 2003

Reglamento de Autorización del Trabajo a Personas Extranjeras. ACUERDO GUBERNATIVO No. 528 2003. Guatemala, 17 de Septiembre de 2003 Reglamento de Autorización del Trabajo a Personas Extranjeras ACUERDO GUBERNATIVO No. 528 2003 Guatemala, 17 de Septiembre de 2003 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Que compete al Ministerio de Trabajo y Previsión

Más detalles

REGLAMENTO DE LA CARRERA DE INVESTIGADOR CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO

REGLAMENTO DE LA CARRERA DE INVESTIGADOR CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO 1. ESCALAFON 1.1. CATEGORÍAS ORDINARIAS El escalafón de Investigador Científico y Tecnológico estará compuesto por 5 (cinco) categorías ordinarias, a saber: Investigador Superior: Deberá acreditar una

Más detalles

6. Informe de adopciones internacionales, conteniendo el número de menores adoptados y país de origen del menor, en los últimos 2 años.

6. Informe de adopciones internacionales, conteniendo el número de menores adoptados y país de origen del menor, en los últimos 2 años. REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN PARA ORGANISMOS INTERNACIONALES ACREDITADOS EN SU PAÍS DE ORIGEN, A FIN DE LLEVAR A CABO TRÁMITES DE ADOPCIONES INTERNACIONALES DE MENORES MEXICANOS EN EL SISTEMA

Más detalles

b) Postulantes que no habiendo sido Ordinarios, se han desempeñado en calidad de Interinos en forma ininterrumpida en el cargo en cuestión.

b) Postulantes que no habiendo sido Ordinarios, se han desempeñado en calidad de Interinos en forma ininterrumpida en el cargo en cuestión. REGLAMENTO PARA LA DESIGNACIÓN DE DOCENTES Y AUXILIARES INTERINOS PARA LAS MATERIAS DEL DEPARTAMENTO DE MATERIAS BÁSICAS DE LA U.T.N. FACULTAD REGIONAL HAEDO Art. 1.- El nombramiento de Profesores, Jefes

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 210 Miércoles 2 de septiembre de 2015 Sec. III. Pág. 77915 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE 9547 Orden AAA/1770/2015, de 28 de agosto, por la que se

Más detalles

ANUNCIO. Por el que se convoca la Contratación Provisional de una plaza para de DINAMIZADOR MONITOR/A DEPORTIVO.

ANUNCIO. Por el que se convoca la Contratación Provisional de una plaza para de DINAMIZADOR MONITOR/A DEPORTIVO. JIMERA LIBAR ANUNCIO Por el que se convoca la Contratación Provisional de una plaza para de DINAMIZADOR MONITOR/A PORTIVO. BASES LA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN PROVISIONAL UNA PLAZA EN REGIMEN LABORAL

Más detalles

Capítulo 1 Disposiciones generales.

Capítulo 1 Disposiciones generales. ORDEN FORAL /2012, DE, DE LA CONSEJERA DE POLÍTICA SOCIAL, IGUALDAD, DEPORTE Y JUVENTUD, POR LA QUE SE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO PARA LA OBTENCIÓN EN NAVARRA DE LA CONDICIÓN DE ENTIDAD CALIFICADA POR LAS

Más detalles

PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE EMPLEO PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL CON LA CATEGORÍA DE MONITOR DEPORTIVO

PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE EMPLEO PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL CON LA CATEGORÍA DE MONITOR DEPORTIVO PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE EMPLEO PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL CON LA CATEGORÍA DE MONITOR DEPORTIVO PRIMERO. Normas Generales Es objeto de las presentes bases es la creación

Más detalles

Convención de Nueva York. Convención sobre el Reconocimiento y Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras

Convención de Nueva York. Convención sobre el Reconocimiento y Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras Artículo 1 Convención de Nueva York Convención sobre el Reconocimiento y Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras 1. La presente Convención se aplicara al reconocimiento y la ejecución de las

Más detalles

REGLAMENTO DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE RANRACANCHA.

REGLAMENTO DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE RANRACANCHA. REGLAMENTO DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE RANRACANCHA. CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1.- El presente Reglamento tiene como objetivo, regular los

Más detalles

REQUISITOS GENERALES PARA INGRESAR A LA CARRERA

REQUISITOS GENERALES PARA INGRESAR A LA CARRERA CARRERA DE LICENCIATURA EN BIBLIOTECOLOGÍA Y DOCUMENTACIÓN- LICAD- Inscripción Ciclo Lectivo 2014 PERÍODO DE INSCRIPCIÓN PARA EL CICLO LECTIVO 2014: JULIO a DICIEMBRE de 2013 El siguiente es un instructivo

Más detalles

LA DIRECCION GENERAL DE EDUCACION PRIVADA DISPONE:

LA DIRECCION GENERAL DE EDUCACION PRIVADA DISPONE: VISTO: El Decreto N 278/96 por el que le corresponde a la Dirección General de Educación Privada cumplimentar los objetivos y funciones previstas en el Título V Artículo 36, 37 y 38 de la Ley Nacional

Más detalles

Corresponde al expediente Nº 22700-./14 LA PLATA,

Corresponde al expediente Nº 22700-./14 LA PLATA, LA PLATA, VISTO que por el expediente N 22700-./14 se propicia actualizar la reglamentación referida a la obtención y uso de la Clave de Identificación Tributaria (CIT), y CONSIDERANDO: Que en el marco

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA 26643 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA RESOLUCIÓN de 13 de agosto de 2014, de la Secretaría General de Educación, por la que se convoca la selección de proyectos de innovación educativa en los centros

Más detalles

Ucrania NOTA INFORMATIVA

Ucrania NOTA INFORMATIVA Ucrania NOTA INFORMATIVA La Comisión Interautonómica de Directores Generales de Infancia, en su reunión celebrada el día 22 de 2012, acordó suspender la tramitación de expedientes de adopción internacional

Más detalles

UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA DESCRIPCIÓN DEL CARGO DE LICENCIADO EN TRABAJO SOCIAL

UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA DESCRIPCIÓN DEL CARGO DE LICENCIADO EN TRABAJO SOCIAL Aprobadas por Res. Nº 234 del CED de fecha 8/2/2010 UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA DESCRIPCIÓN DEL CARGO DE LICENCIADO EN TRABAJO SOCIAL DENOMINACIÓN: Licenciado en Trabajo Social, Código A.2.03 CARACTERÍSTICAS:

Más detalles

OFICINA DE ATENCIÓN AL COLEGIADO Y AL CIUDADANO-OACC

OFICINA DE ATENCIÓN AL COLEGIADO Y AL CIUDADANO-OACC OFICINA DE ATENCIÓN AL COLEGIADO Y AL CIUDADANO-OACC La Oficina de Atención al Colegiado y al Ciudadano del Ilustre Colegio de Abogados de Valencia surge de la necesidad de centralizar, en un solo punto,

Más detalles

ORDEN DEL CONCEJAL DELEGADO DE RECURSOS HUMANOS

ORDEN DEL CONCEJAL DELEGADO DE RECURSOS HUMANOS ORDEN DEL CONCEJAL DELEGADO DE RECURSOS HUMANOS Vista la propuesta de la Concejala Delegada de Discapacidad, en la que con motivo de la concesión de subvención del Servicio Extremeño de Salud para la puesta

Más detalles

PROCEDIMIENTOS PARA EL CONTROL Y VERIFICACIÓN DEL ORIGEN DE LAS MERCANCÍAS

PROCEDIMIENTOS PARA EL CONTROL Y VERIFICACIÓN DEL ORIGEN DE LAS MERCANCÍAS PROCEDIMIENTOS PARA EL CONTROL Y VERIFICACIÓN DEL ORIGEN DE LAS MERCANCÍAS Artículo 17. Certificación del Origen 1. El certificado de origen es el único documento que certifica que las mercancías cumplen

Más detalles

2. Renovación del Título de Familia Numerosa. - Renovación del Carné Individual del Título de Familia Numerosa.

2. Renovación del Título de Familia Numerosa. - Renovación del Carné Individual del Título de Familia Numerosa. Servicios Sociales: 2. Renovación del Título de Familia Numerosa. - Renovación del Carné Individual del Título de Familia Numerosa. Qué se puede solicitar? NOMBRE DEL PROCEDIMENTO Solicitud de alta o renovación

Más detalles

c) Formalizados por la persona física beneficiaria de los dividendos los datos que figuran en el formulario, aquélla procederá de la siguiente

c) Formalizados por la persona física beneficiaria de los dividendos los datos que figuran en el formulario, aquélla procederá de la siguiente ORDEN de 28 de abril de 1978 sobre aplicación de determinados artículos del Convenio entre España y Francia para evitar la doble imposición en materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio

Más detalles

LA RESIDENCIA DE LOS MENORES EXTRANJEROS.

LA RESIDENCIA DE LOS MENORES EXTRANJEROS. LA RESIDENCIA DE LOS MENORES EXTRANJEROS. Menores extranjeros no acompañados. Hijos menores de extranjeros residentes legalmente en España. Nacionalidad de los menores nacidos en España La situación de

Más detalles

PROGRAMA DE DOCTORADO EN DIDACTICA DE LA MATEMÁTICA INSTRUCTIVO DE ADMISIÓN 2016

PROGRAMA DE DOCTORADO EN DIDACTICA DE LA MATEMÁTICA INSTRUCTIVO DE ADMISIÓN 2016 Facultad de Ciencias PROGRAMA DE DOCTORADO EN DIDACTICA DE LA MATEMÁTICA INSTRUCTIVO DE ADMISIÓN 2016 1. ANTECEDENTES El Programa de Doctorado en Didáctica de la Matemática impartido por el Instituto de

Más detalles

Pues bien, el tenor de la norma citada, especialmente a la luz de lo que señala su exposición de motivos parece indicar que la inscripción queda

Pues bien, el tenor de la norma citada, especialmente a la luz de lo que señala su exposición de motivos parece indicar que la inscripción queda Examinada su solicitud de informe, remitida a este Gabinete Jurídico, referente al Proyecto de Real Decreto por el que se desarrolla la Ley de Mediación en asuntos civiles y mercantiles en materia de formación,

Más detalles

NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACION DE LA CALIDAD DE LOS PROGRAMAS DE POSTGRADO

NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACION DE LA CALIDAD DE LOS PROGRAMAS DE POSTGRADO NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACION DE LA CALIDAD DE LOS PROGRAMAS DE POSTGRADO El presente documento se basa en la Guía de Normas y Procedimientos de la Comisión Nacional de Acreditación (CNA)

Más detalles

ASISTENCIA ECONOMICA A ASOCIADOS AL CAP NORMATIVA PARA SU APLICACION

ASISTENCIA ECONOMICA A ASOCIADOS AL CAP NORMATIVA PARA SU APLICACION ASISTENCIA ECONOMICA A ASOCIADOS AL CAP NORMATIVA PARA SU APLICACION ACTIVIDADES QUE PUEDEN SER ASISTIDAS 1) El CAP podrá prestar asistencia económica para la realización de actividades que sean de interés

Más detalles

En particular, la concesión de ayudas y subvenciones irá dirigida a los siguientes fines y actuaciones:

En particular, la concesión de ayudas y subvenciones irá dirigida a los siguientes fines y actuaciones: CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES CON DESTINO A ASOCIACIONES, COLECTIVOS Y PARTICULALES QUE DESARROLLEN ACTIVIDADES DE ÁMBITO CULTURAL EN EL MUNICIPIO DE GRANADILLA DE ABONA, AÑO 2013. 1.-

Más detalles

TERCERA CONVOCATORIA - 2014 PARA SELECCIÓN Y ACREDITACIÓN DE INSTRUCTORES

TERCERA CONVOCATORIA - 2014 PARA SELECCIÓN Y ACREDITACIÓN DE INSTRUCTORES TERCERA CONVOCATORIA - 2014 PARA SELECCIÓN Y ACREDITACIÓN DE INSTRUCTORES ENTIDAD CONVOCANTE Nombre: Gerencia de Servicios de Seguridad Privada de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de

Más detalles

Será el que se acuerde entre ambas partes, previa consideración de las fijadas por las Administraciones competentes.

Será el que se acuerde entre ambas partes, previa consideración de las fijadas por las Administraciones competentes. ARTÍCULO 13: CALENDARIO LABORAL: Será el que se acuerde entre ambas partes, previa consideración de las fijadas por las Administraciones competentes. Serán fiestas las señaladas en el Calendario laboral

Más detalles

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN EL CONCURSO DE BECAS DE EDUCACIÓN ESPECIAL CURSO 2014-2015

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN EL CONCURSO DE BECAS DE EDUCACIÓN ESPECIAL CURSO 2014-2015 DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN EL CONCURSO DE BECAS DE EDUCACIÓN ESPECIAL CURSO 2014-2015 A. Con relación a los representantes de los educandos: 1. Modelo normalizado de la solicitud debidamente cumplimentado

Más detalles

ORDENANZA Nº 12460 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE CÓRDOBA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ORDENANZA Nº 12460 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE CÓRDOBA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA ORDENANZA Nº 12460 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE CÓRDOBA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art. 1º.- ESTABLÉCESE por la presente Ordenanza el régimen jurídico aplicable en todo el ejido de la ciudad

Más detalles

Naciones Unidas Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Naciones Unidas Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad Naciones Unidas Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad Distr.: general 15 de junio de 2011 Original: español CRPD/C/5/2 Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Más detalles

BASES GENERALES DE LA CONVOCATORIA PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE MONITORES/AS DE ZUMBA DEL AYUNTAMIENTO DE CARRIÓN DE LOS CÉSPEDES

BASES GENERALES DE LA CONVOCATORIA PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE MONITORES/AS DE ZUMBA DEL AYUNTAMIENTO DE CARRIÓN DE LOS CÉSPEDES BASES GENERALES DE LA CONVOCATORIA PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE MONITORES/AS DE ZUMBA DEL AYUNTAMIENTO DE CARRIÓN DE LOS CÉSPEDES PRIMERA. Objeto de la Convocatoria El objeto de las presentes

Más detalles

Honorable Concejo Municipal de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz

Honorable Concejo Municipal de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz 1 EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ, SANCIONA LA SIGUIENTE Art. 1º: Art. 2º: Art. 3º: O R D E N A N Z A El objeto de la presente ordenanza es regular el ejercicio

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE HIGUERUELA BASES PARA LA CONSTITUCION DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE PEONES DE OBRAS Y MANTENIMIENTO PARA FUTURAS VINCULACIONES LABORALES.

AYUNTAMIENTO DE HIGUERUELA BASES PARA LA CONSTITUCION DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE PEONES DE OBRAS Y MANTENIMIENTO PARA FUTURAS VINCULACIONES LABORALES. BASES PARA LA CONSTITUCION DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE PEONES DE OBRAS Y MANTENIMIENTO PARA FUTURAS VINCULACIONES LABORALES. PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Es objeto de la presente convocatoria la

Más detalles

BASES BECA DE TRANSPORTE CURSO 2015/16

BASES BECA DE TRANSPORTE CURSO 2015/16 BASES BECA DE TRANSPORTE CURSO 2015/16 Dentro de la política que está llevando a cabo el Ayuntamiento de Riba-roja de Túria de ayuda y apoyo a las familias de la población que tienen estudiantes, el Ayuntamiento

Más detalles

Convención Interamericana sobre Conflictos de Leyes en materia de Adopción de Menores

Convención Interamericana sobre Conflictos de Leyes en materia de Adopción de Menores 3. Convención Interamericana sobre Conflictos de Leyes en materia de Adopción de Menores Clase de Instrumento: Tratado internacional Fecha de firma: 24 de mayo de 1984 Fecha de entrada en vigor internacional:

Más detalles

LEY XIX º 41 A EXO U ICO (Antes Ley 3920) ANEXO ÚNICO CAPÍTULO I DISPOSICIONES PRELIMINARES

LEY XIX º 41 A EXO U ICO (Antes Ley 3920) ANEXO ÚNICO CAPÍTULO I DISPOSICIONES PRELIMINARES LEY XIX º 41 A EXO U ICO (Antes Ley 3920) ANEXO ÚNICO CAPÍTULO I DISPOSICIONES PRELIMINARES ARTÍCULO 1.- El presente anexo tiene por objeto establecer las disposiciones reglamentarias que regularán el

Más detalles

Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana. Capítulo I Disposiciones generales

Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana. Capítulo I Disposiciones generales Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana Artículo 1. Objeto de la normativa. Capítulo I Disposiciones generales La presente ley tiene por objeto

Más detalles

Ministerio del Trabajo y Previsión Social SUBSECRETARIA DEL TRABAJO APRUEBA REGLAMENTO DEL ARTICULO 183-C INCISO SEGUNDO DEL CODIGO DEL TRABAJO,

Ministerio del Trabajo y Previsión Social SUBSECRETARIA DEL TRABAJO APRUEBA REGLAMENTO DEL ARTICULO 183-C INCISO SEGUNDO DEL CODIGO DEL TRABAJO, Ministerio del Trabajo y Previsión Social SUBSECRETARIA DEL TRABAJO APRUEBA REGLAMENTO DEL ARTICULO 183-C INCISO SEGUNDO DEL CODIGO DEL TRABAJO, INCORPORADO POR LA LEY N 20.123, SOBRE ACREDITACION DE CUMPLIMIENTO

Más detalles

Descripción de las principales funciones y tareas:

Descripción de las principales funciones y tareas: BASES PARA CONSTITUCION DE UNA BOLSA DE TRABAJO,EN CASO DE SUTITUCION POR INCAPACIDAD TEMPORAL U OTROS MOTIVOS, PARA LA PLAZA DE ASESOR/A JURIDICO DEL PUNTO DE INFORMACIÓN DE LA MUJER. PRIMERO.- OBJETO.

Más detalles