SISTEMA UNIFICADO DE RECONOCIMIENTOS E INCENTIVOS-SURI PARA LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA OSCAR HERNÁN VÁQUIRO GUERRERO

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1 SISTEMA UNIFICADO DE RECONOCIMIENTOS E INCENTIVOS-SURI PARA LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA OSCAR HERNÁN VÁQUIRO GUERRERO ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESAP FACULTAD DE PREGRADO PROGRAMA DE CIENCIAS POLÍTICAS Y ADMINISTRATIVAS BOGOTÁ, D.C. 2008

2 SISTEMA UNIFICADO DE RECONOCIMIENTOS E INCENTIVOS SURI PARA LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA OSCAR HERNÁN VÁQUIRO GUERRERO INFORME FINAL PRACTICA ADMINISTRATIVA ASESOR ADMINISTRATIVO Dra. Estrella Esperanza Parra López ASESOR ACADÉMICO Dr. EDGAR ENRIQUE MARTÍNEZ CARDENAS ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESAP FACULTAD DE PREGRADO PROGRAMA DE CIENCIAS POLÍTICAS Y ADMINISTRATIVAS BOGOTÁ, D.C. 2008

3 CONTENIDO INTRODUCCIÓN.1 I. PARTE: LA PRACTICA ADMINISTRATIVA.2 1. IDENTIFICACIÓN DEL TIPO DE PRÁCTICA ADMINISTRATIVA Y SU RELACION CON EL TEMA A DESARROLLAR.3 2. OBJETIVOS DE LA PRACTICA ADMINISTRATIVA OBJETIVO GENERAL OBJETIVOS ESPECIFICOS RESULTADOS ESPERADOS.4 3. MARCO DE REFERENCIA MARCO TEÓRICO MARCO GEOGRÁFICO MARCO HISTÓRICO MARCO NORMATIVO.6 4. LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA 7 MISION VISIÓN LA DIRECCION ACADÉMICA DE LA SEDE BOGOTÁ 8 ORGANIGRAMA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA...10 ORGANIGRAMA DE LA DIRECCION ACADÉMICA SEDE BOGOTA METODOLOGÍA...12

4 II PARTE: DESARROLLO DE LA PRÁCTICA LEVANTAMIENTO DE INFORMACIÓN BECARIOS MONITOR ESTUDIANTES AUXILIARES PROGRAMA DE BECAS PARA ESTUDIANTES SOBRESALIENTES DE POSGRADO OTROS ESTIMULOS Y RECONOCIMIENTOS PROPUESTA DE CONFORMACIÓN DEL SURI PROYECTO DE ACUERDO DEL SURI...40 CONCLUSIONES...54 BIBLIOGRAFIA..55 Anexos: Comparativo con el Sistema Unificado de Reconocimientos e Incentivos SURI.56

5 INTRODUCCIÓN En la Universidad Nacional de Colombia existen diferentes mecanismos que se emplean para brindar estímulos académicos y apoyo económico a sus estudiantes, algunos de los más reconocidos por la Comunidad Universitaria son las monitorías académicas, los estudiantes beneficiarios de becas y otros trabajos de apoyo a la docencia, investigación, extensión y a la gestión administrativa, lo cual permite crear y fortalecer vínculos entre los estudiantes y la comunidad académica en general que a su vez redundan en el bienestar en general y el cumplimiento de los fines y la misión de la Universidad. Es necesario señalar que la Universidad no sólo encamina todos sus esfuerzos a la búsqueda continua de la excelencia de sus programas curriculares, sumado a esto, se encuentran las actividades académicas relacionadas con la docencia, la investigación, la extensión, que son tareas claves que permite alcanzar sus fines, dentro de los cuales y a propósito de la importancia de este trabajo: Estimular la integración y la participación de los estudiantes, para el logro de los fines de la educación superior. 1 La razón y eje central del trabajo a realizar durante el presente semestre, obedece a que la Universidad Nacional de Colombia no dispone de una reglamentación general para otorgar becas, reconocimientos e incentivos a estudiantes de pregrado y posgrado con méritos académicos. La normatividad vigente a la fecha data del año 1983 y a la luz del proceso de Reforma Académica que se viene implementando, nace la necesidad de ofrecer una reglamentación clara y actualizada sobre los diferentes estímulos otorgados en la Universidad, de la misma manera se intenta unificar los criterios y las condiciones para la asignación de dichos reconocimientos e incentivos a los estudiantes de la Universidad Nacional de Colombia. 1 Naturaleza y fines de la Universidad Nacional de Colombia. Decreto de Presidencia de la República N 1210 de 1993 (28 de junio de 1993)

6 I PARTE PRACTICA ADMINISTRATIVA

7 1. IDENTIFICACIÓN DEL TIPO DE PRÁCTICA ADMINISTRATIVA Y SU RELACION CON EL TEMA A DESARROLLAR La práctica a desarrollar corresponde a un trabajo de asesoría que se prestará a la Dirección Académica de la Universidad que tiene bajo su responsabilidad la definición de políticas sobre reconocimientos y estímulos a los estudiantes de los diversos programas curriculares ofertados por la institución. El practicante adelantará su labor contando con el respaldo y colaboración de los funcionarios vinculados a esta dependencia, además del apoyo logístico que ofrece la Universidad para garantizar la realización del estudio. En conjunto con estos funcionarios se elaborará el diagnóstico correspondiente a los reconocimientos y estímulos vigentes, así como los procedimientos que se adelantan actualmente para su reconocimiento efectivo. Posteriormente, el practicante se concentrará en elaborar una propuesta orientada a unificar y mejorar la gestión de los estímulos académicos que se conceden para fortalecer los programas de investigación, formación y extensión universitaria, propuesta que se socializará al interior de la dependencia, apoyando a la misma en los trámites relacionados con la adopción correspondiente.

8 2. OBJETIVOS DE LA PRÁCTICA ADMINISTRATIVA 2.1. GENERAL Crear un sistema unificado de reconocimientos e incentivos (SURI) que establezca criterios académicos para la asignación de estímulos a estudiantes de pregrado y posgrado de la Universidad Nacional de Colombia (UNC), que favorezcan el desarrollo de actividades propias de la docencia, la investigación, la extensión y la gestión administrativa ESPECÍFICOS Promover el desarrollo de habilidades docentes e investigativas en los estudiantes Complementar la formación académica de los estudiantes Favorecer la integración de los estudiantes con el quehacer de la UNC Brindar oportunidades a los estudiantes para el desarrollo de sus competencias laborales Apoyar el buen desempeño académico de los estudiantes mediante incentivos económicos que alivien y mejoren su calidad de vida RESULTADOS ESPERADOS Propuesta de acuerdo del Sistema Unificado de Reconocimientos e Incentivos para los estudiantes de la Universidad Nacional de Colombia Propuesta del proceso para otorgar los diferentes estímulos, reconocimientos e incentivos para los estudiantes de la Universidad Nacional de Colombia.

9 3. MARCO DE REFERENCIA 3.1. MARCO TEÓRICO La pluralidad de formación que son posibles en la Universidad Nacional de Colombia gracias a la diversidad de programas que se ofrecen en todos los campos del conocimiento, permite a los diferentes estamentos (directivas, docentes y administrativos), aprovechar el talento y el potencial adquirido por sus estudiantes. Ésta posibilidad se debe traducir en beneficios en ambos sentidos con la propuesta de nuevas formas de construcción y consolidación de Universidad Los estudiantes de la Universidad Nacional de Colombia, durante su paso por ella, se les debe permitir crear y desarrollar habilidades que les proporcionen una gran capacidad de trabajo en equipo, desarrollando habilidades para interactuar con otros actores, donde se adquiera autoconfianza, responsabilidad y capacidad de liderazgo MARCO GEOGRÁFICO El sistema unificado de reconocimientos e incentivos SURI, tendrá su área de influencia, donde quiera que haga presencia la Comunidad Universitaria, especialmente en todas las Sedes de la Universidad: Amazonia, Caribe, Bogotá, Manizales, Medellín, Orinoquia y Palmira. Teniendo en cuenta que el producto final del presente trabajo es poder actualizar, enseñar e incrementar los diferentes canales por los cuales se estimula y reconozca las competencias académicas de los estudiantes en colaboración con las actividades de docencia, investigación, extensión y gestión administrativa de la Universidad. La propuesta se desarrollará en la Dirección Académica de la sede Bogotá de la Universidad, ubicada en el edificio administrativo Uriel Gutiérrez

10 3.3. MARCO HISTÓRICO Desde su creación, la Universidad Nacional de Colombia ha estado fuertemente ligada a la construcción de una comunidad universitaria más sólida, razón pro la cual se procura vincular a sus mejores estudiantes, en calidad de monitores, becarios, auxiliares de docencia, etc., como apoyo a las actividades de docencia, investigación y extensión, algunos de los acuerdos que permanecen vigentes a la fecha son: Acuerdo del Consejo Superior Universitario-CSU 135 de 1983, que reglamenta la vinculación de estudiantes en calidad de Becarios ; Acuerdo 025 del CSU Nº 025 de 1992, que define la monitoria académica como otro de los estímulos a que puede ser beneficiario un estudiante de pregrado y posgrado de la Universidad. Con el paso del tiempo, se vio la necesidad de incluir Acuerdo 012 de CSU de 2004, que establece la vinculación de estudiantes bajo la figura de Estudiante Auxiliar para el apoyo a los fines de la Universidad. Las diferentes dependencias de la Sede Bogotá (Dirección de Bienestar y Dirección Académica), han expresado ante el CSU la necesidad de actualizar la normatividad existente, a la luz de las nuevas necesidades y objetivos que trae consigo la Reforma Académica que se está implementando en la Universidad. La Vicerrectoría Académica trabaja actualmente en una propuesta de acuerdo que unifique los criterios y las condiciones para la asignación de becas de posgrado en la Universidad Nacional de Colombia, al mismo tiempo el CSU ha designado a la Dirección Académica y a la Dirección de Bienestar para proponer una nueva reglamentación que reúna, actualice y proponga nuevas maneras de estimular y brindar reconocimientos a los estudiantes MARCO NORMATIVO: La normatividad vigente a analizar en el desarrollo del presente trabajo es: Acuerdo 033 de 2007 del Consejo Superior Universitario-CSU Por el cual se establecen los lineamientos básicos para el proceso de formación de los estudiantes de la Universidad Nacional de Colombia a través de sus programas curriculares

11 Acuerdo 008 de 2008 del CSU Por el cual se adopta el Estatuto Estudiantil de la Universidad Nacional de Colombia en sus disposiciones Académicas Acuerdo 031 de 2006 del CSU Por el cual se estructura y se establecen disposiciones para el funcionamiento del Fondo de Investigación de la Universidad Nacional de Colombia Acuerdo 25 de 1992 del CSU Normatividad vigente para vinculación de monitores. Acuerdos 135/83 y 014/03 del CSU- Normatividad vigente para vinculación de becarios en la Universidad. Acuerdo 012 de 2004 del Consejo Superior Universitario y sus respectivas modificaciones realizadas a través de los Acuerdos 040/04, 010/05 y 049/05 del Consejo Superior Universitario que reglamentan la vinculación de Estudiantes Auxiliares en la Universidad Nacional de Colombia. Acuerdo 001 de 2003 CSU, por el cual se crea el programa Académicos en Formación. Manual de contratación de la Universidad Nacional de Colombia Procesos y procedimientos administrativos que intervienen en el tema 4. LA UNIVERSIDAD NACIONAL COLOMBIA MISIÓN Como Universidad de la Nación fomenta el acceso con equidad al sistema educativo colombiano, provee la mayor oferta de programas académicos, forma profesionales competentes y socialmente responsables. Contribuye a la elaboración y resignificación del proyecto de Nación, estudia y enriquece el patrimonio cultural, natural y ambiental del país. Como tal lo asesora en los órdenes científico, tecnológico, cultural y artístico con autonomía académica e investigativa. VISIÓN La Universidad tiene como propósito acrecentar el conocimiento a través de la investigación, transmitir el saber a través del proceso de enseñanza aprendizaje, e interactuar con las nuevas realidades nacionales, liderando los cambios que requiere el Sistema de Educación Superior. A su vez busca la formación de individuos fundamentada en los códigos propios de la modernidad (ciencia, ética y estética), con una gran capacidad de

12 abstracción, aptos para la experimentación, el trabajo en equipo y con gran capacidad de adaptación al cambio. Dirección Académica de la Sede Bogotá La Dirección Académica, es una dependencia de la Sede Bogotá encargada de ejercer la coordinación académica y administrativa de los programas curriculares de la Sede, promoviendo el desarrollo, fortalecimiento y aplicación de políticas académicas que garanticen su calidad. Se encuentra adscrita a la Vicerrectoría Académica, dependencia del nivel Nacional sin detrimento de sus necesarias relaciones de coordinación con la Vicerrectoría de la Sede Bogotá 2. Según la Resolución de Rectoría Nº 334 del año 2007 de la Universidad Nacional de Colombia se actualizaron las funciones generales de las dependencias del Nivel Nacional de la Universidad Nacional de Colombia, con el propósito de permitir la interacción dinámica y estructural entre las unidades garantizando su coordinación integral para orientar el cumplimiento de los objetivos misionales y de soporte administrativo. 3 El artículo 6, numeral 6.6 de esta misma resolución precisa las funciones de la Dirección Académica: 1. Propender por el aseguramiento de la calidad y el mejoramiento continuo de los programas académicos ofrecidos en la Sede Bogotá, en consonancia con las políticas definidas por la Universidad 2. Apoyar los procesos de evaluación, acreditación y seguimiento permanente de los programas curriculares de la Sede Bogotá 3. Organizar y coordinar los procesos administrativos de convocatoria, programación y apoyo logístico relacionados con la puesta en marcha de las Cátedras de Sede Bogotá y los Cursos de Contexto 4. Administrar el 11% de las actividades de extensión de las Facultades, Centros e Institutos de la Sede Bogotá 5. Brindar apoyo económico a profesores e instancias académicas, para la presentación de trabajos académicos, organización de eventos académicos para el desarrollo de los programas curriculares de la Sede Bogotá, culminación de estudios doctorales en el exterior promoción de la movilidad de docentes y profesores visitantes en el marco de convenios internacionales que cuenten con apoyo de la ORI, el fomento de las visitas de profesores vinculados a instituciones nacionales y extranjeras de educación superior o de investigación, la promoción de visitas de 2 Artículo 1, Acuerdo 033 de 2004 Consejo Superior Universitario 3 Resolución de Rectoría N 334 de 2007, artículo 1

13 profesores adjuntos de la Universidad Nacional de Colombia, con el fin de desarrollar actividades que contribuyan a la consolidación de los programas de pregrado, maestría y doctorado de la Sede Bogotá, compra de elementos y equipos informáticos y de laboratorio de los programas curriculares de pregrado de la Sede Bogotá, programación de los cursos intensivos de ALEX y funcionamiento de la Casa Museo Jorge Eliécer Gaitán en lo que respecta a la contratación del coordinador, la vinculación de estudiantes auxiliares para las guías del museo, diseño y producción del material del museo. 6. Promover la difusión y organización de jornadas de innovación pedagógica entre la comunidad universitaria, con el objeto de divulgar algunas experiencias pedagógicas innovadoras de profesores de la Universidad Nacional de Colombia que han desarrollado e implementado en la realización de sus cursos, buscando explorar qué impacto logran prácticas pedagógicas novedosas en el mejoramiento del proceso enseñanza - aprendizaje 7. Llevar a cabo el control y seguimiento a las solicitudes de modificación y asignación de códigos de los programas curriculares de pregrado y posgrado ofrecidos por las Facultades y Unidades Académicas que hacen parte de la Sede Bogotá 8. Hacer el control y seguimiento en la presentación de los Exámenes de Calidad de la Educación Superior - ECAES - por parte de los estudiantes de programas académicos de pregrado de último año que hacen parte de la Universidad Nacional de Colombia 9. Coordinar la convocatoria y la vinculación de estudiantes auxiliares de posgrado para la docencia en los programas de pregrado en la Sede Bogotá 10. Los demás que se deriven de la Ley, los estatutos, reglamentos de la Universidad y aquellas que le deleguen las instancias competentes 4 Teniendo en cuenta que la Dirección Académica, es una dependencia de coordinación académica y administrativa, que debe promover un ambiente óptimo para la generación de conocimiento y solución de las necesidades de la comunidad universitaria, fue encargada por el Consejo Superior Universitario para presentar una propuesta que reúna los estímulos, incentivos y reconocimientos brindados a los estudiantes de pregrado y posgrado, con el fin de actualizarlos y aumentarlos en la medida que los recursos disponibles lo permitan. En esa dirección a continuación se presentará el desarrollo de la propuesta del Sistema unificado de reconocimientos e incentivos SURI. 4 Ibídem

14 Fuente:

15 ORGANIGRAMA DIRECCIÓN ACADÉMICA DIRECCIÓN ACADÉMICA Área Académica Área Financiera Unidad Administrativa Comité de Vicedecanos Académicos Grupo de Desarrollo Académico Grupo de Producción Académica Grupo de Internacionalización División de Extensión Presupuesto Contratación Tesorería Proyectos Fondo Especial Genérico Dirección IEU Instituto de Biotecnología IBUN Instituto de Estudios Ambientales IDEA Instituto de Ciencia y Tecnología de Alimentos ICTA Instituto Estudios Políticos y Realciones Internacionales IEPRI Unidad de Equipos Interfacultades CEIF Genérico División de Extensión Instituto de Estudios en Comunicación IECO Instituto de Genética Fuente:

16 5. METODOLOGÍA Teniendo en cuenta que la presente practica administrativa esta orientada al diseño, consolidación y actualización de un sistema que establezca los reconocimientos e incentivos que estimulen a los estudiantes de la Universidad, se hace necesario dar inicio al trabajo de campo exploratorio ya que la información que se requiere para cumplir con el objeto de la practica no es de fácil acceso, adicionalmente, se requiere que la información recolectada este totalmente soportada por las normas jurídicas vigentes, posterior a la consolidación de dicha información se procederá a la realización de un trabajo de tipo analítico desde diferentes perspectivas, y de acuerdo a las necesidades de cada categoría analizada. El proceso anteriormente descrito requiere la ejecución de una serie de fases que nos van a permitir la consecución del objeto fundamental de la practica administrativa, que en esencia se orienta a la definición de un proyecto de acuerdo que reglamente el Sistema unificado de reconocimientos e incentivos para los estudiantes de la Universidad Nacional de Colombia. FASES 1. Estado del arte (marco conceptual, normatividad, estructura temática) 2. Diseño, recolección, consolidación y actualización de la información. 3. Trabajo de Campo, Diagnóstico, análisis, 4. conclusiones y recomendaciones ACTIVIDADES FASE 1: Marco Conceptual: Recopilación de bibliografía que de cuenta de los aspectos base para desarrollar la temática: Normatividad: Compilación de normas entorno a aspectos como estímulos, reconocimientos, incentivos existentes para los estudiantes de la Universidad Nacional de Colombia. Estructura Temática: De acuerdo a la información encontrada se construye bases de información y matrices que permita observar de manera

17 global y tangencial el estado de la Universidad alrededor de nuestro tema de interés. FASE 2: DISEÑO, RECOLECCIÓN, CONSOLIDACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN. Aplicación de herramientas que permitan la recolección y actualización de la información en torno a la temática definida. FASE 3: TRABAJO DE CAMPO, DIAGNÓSTICO Y ANÁLISIS Presentar las desventajas que presenta la normatividad vigente. Necesidades de la Universidad a la luz de las nuevas disposiciones vigentes (Reforma Académica) del Consejo Superior Universitario Propuesta del nuevo SISTEMA UNIFICADO DE RECONOCIMIENTOS E INCENTIVOS SURI Consideraciones sobre la aplicabilidad de la metodología, sus bondades y debilidades Exposiciones y mesa redonda para la presentación del la propuesta a las diferentes cuerpos colegiados de la UNC (Consejos de Facultad, Consejos de Sede, Direcciones de Bienestar y direcciones Académicas de las diferentes sedes de la UNC) Análisis, aclaraciones y correcciones a los comentarios recibidos y realizar los cambios pertinentes. Cuadro comparativo donde se detalle la normatividad que se prevé derogar y la nueva propuesta. Analizar la fuente de recursos de los estímulos, reconocimientos e incentivos vigentes, con el fin de determinar la(s) fuente(s) de la propuesta. Proyecto de Acuerdo para el Consejo Académico, en el cual se reglamente el SURI. Proyecto y mapa de procedimientos administrativos por el cual se vinculan los estudiantes a la Universidad bajo las modalidades de estudiantes becarios, asistentes o auxiliares. FASE 4: CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES Emisión de conceptos sobre la práctica realizada que permitan presentar diversas estrategias y elementos que contribuyan al mejoramiento en la vinculación de estudiantes en las actividades misionales de la Universidad, por medio del otorgamiento de reconocimientos, estímulos e incentivos.

18 FUENTES DE INFORMACION Para realizar la práctica administrativa, se utilizaran las siguientes fuentes de información. Información suministrada por la Universidad Nacional de Colombia, las diferentes dependencias administrativas que se vinculan entorno a la vinculación de estudiantes a la Universidad. Consulta normativa relacionada con el tema. Página Web institucional. Normatividad acerca de la clasificación de los estímulos y reconocimientos otorgados a los estudiantes de la Universidad. TECNICAS PARA LA RECOLECCION DE INFORMACION Y PARA LA CONSTRUCCIÓN DE DATOS Entrevistas personales con el personal administrativo que maneja programas y procesos de vinculación de estudiantes, bajo las figuras de monitores, becarios, estudiantes auxiliares y otros programas por los cuales se otorguen algún tipo de beca, incentivo o reconocimiento a los estudiantes de pregrado y posgrado de la Universidad Nacional de Colombia. De la información encontrada, realizar matrices de información con los aspectos generales de cada una de las figuras y procesos encontrados, que permitan realizar cuadros comparativos con la propuesta, con el fin de ofrecer además de la actualización de lo existente un incremento en el número de estudiantes beneficiarios del sistema. Cabe establecer que la metodología empleada, implica la consulta de fuentes primarias y secundarias, el ejercicio de observación y caracterización de los procesos de organización y documentación de información a través del uso de matrices mediante las cuales se sistematicen los diversos aspectos relacionados con la temática a desarrollar.

19 II PARTE DESARROLLO DE LA PRACTICA EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA

20 6. LEVANTAMIENTO DE INFORMACIÓN En la Sede Bogotá de la Universidad Nacional de Colombia se encontraron tres dependencias que realizan la mayor vinculación masiva de estudiantes bajo la figura de Monitoría académica, Becarios, Estudiantes Auxiliares y Becas para estudiantes sobresalientes de posgrado. La División de Personal Académico, es la dependencia actualmente encargada de la vinculación de estudiantes bajo la modalidad de monitores y becarios. El Consejo de Sede en una de las sesiones ordinarias que se realiza antes de iniciar el semestre académico, con base en las solicitudes enviadas por las Facultades, Institutos y demás dependencias de la respectiva sede, aprueba los cupos de gasto máximo para asumir compromisos relacionados con la vinculación de Monitores, Becarios y Modelos para el semestre académico correspondiente. Cuadro 2. Ejemplo de Autorizaciones de gastos máximos para asumir compromisos relacionados con la vinculación de Monitores, Becarios y Modelos durante el segundo semestre del año DEPENDENCIA VALOR AGRONOMIA 39,124,353 ARTES 52,925,460 CIENCIAS 83,512,072 CIENCIAS ECONOMICAS 50,352,867 CIENCIAS HUMANAS 122,301,350 DERECHO, CIENCIAS POLITICAS Y SOCIALES 45,264,946 ENFERMERIA 13,816,012 INGENERIA 78,926,459 MEDICINA 29,474,849 MEDICINA VETERINARIA Y DE ZOOTECNIA 27,018,611 ODONTOLOGIA 12,193,464 GENETICA 5,614,257 IBUN 5,614,257 I C T A 3,469,600 IDEA 5,614,257 IECO 5,614,257 IEPRI 5,263,366 IEU 5,614,257

21 MARENGO 4,210,693 DIRECCIÓN NACIONAL DE INFORMÁTICA 21,053,463 TOTAL 616,978,849 Resolución Nº 304 del Consejo de Sede, Acta 09 de 2007 A continuación se presenta las características generales de cada una de estas modalidades y para la Sede Bogotá de la siguiente manera: 6.1 Becarios: Acuerdo 135 de 1983 del Consejo Superior Universitario Los Becarios son los estudiantes de la Universidad Nacional de Colombia que disfrutan de una ayuda económica o incentivo académico, que por sus méritos se hacen acreedores a ella de acuerdo con los requisitos establecidos. Los requisitos mínimos que se les exige a los estudiantes de pregrado para acceder a las becas son: ser estudiante matriculado de la Universidad Nacional; satisfacer las exigencias de inscripción y concurso señalados por el Consejo de Facultad; no disfrutar de ninguna otra beca de las otorgadas por la Universidad Nacional de Colombia, ni estar vinculado a ella como Auxiliar de Deportes, Modelaje o de otra modalidad que cree la Universidad. Dentro de las actividades que deben realizar los estudiantes vinculados bajo esta modalidad se encuentran: ayudar a los profesores en la selección, preparación y elaboración del material de enseñanza o investigación; colaborar con los profesores en el montaje de prácticas de laboratorio, en la preparación de trabajos de campo y de clínica; apoyar a los profesores en la coordinación y desarrollo de ejercicios, prácticas de laboratorio, clínicas y laborales de campo. Por el desarrollo de las actividades los estudiantes recibirán un estímulo económico de acuerdo con el tipo de beca que estén disfrutando. Es decir que por una beca completa: medio salario mínimo legal mensual vigente, por 12 horas a la semana; media beca, la mitad de medio salario mínimo legal mensual vigente, por 6 horas a la semana y por un cuarto de beca el equivalente a la cuarta parte de medio salario mínimo legal mensual vigente por 3 horas a la semana Para los estudiantes de posgrado además de los requisitos exigidos en pregrado, se requiere tener por lo menos una vinculación de medio tiempo en el programa de postgrado respectivo. Por las calidades que cuenta un estudiante de posgrado, se le pueden asignar el desarrollo de actividades de mayor responsabilidad, tales como: colaborar bajo la supervisión de profesores en la corrección de ejercicios, exámenes, informes de

22 prácticas de laboratorio, clínicas y trabajos de campo; apoyar las investigaciones aprobadas por el Consejo de Facultad que se estén realizando en el respectivo Departamento o Instituto y la colaboración en el desarrollo de los programas de asignatura de pregrado bajo la dirección de un profesor asistente, asociado o titular, previo visto bueno del Director de Postgrado y con autorización del Consejo de Facultad. Para los estudiantes de posgrado el reconocimiento económico por el desarrollo a satisfacción de las actividades, se les reconocerá: Un salario mínimo legal mensual vigente, por 12 horas a la semana que corresponde a una beca completa, y proporcionalmente para aquellos que posean media o un cuarto de beca. La designación de becarios de pregrado y de postgrado, podrá ser renovada a solicitud del Consejo Directivo, por una sola vez, previa evaluación por parte de este Consejo del desempeño del becario en el período anterior y a solicitud motivada del Departamento o dependencia en el cual haya colaborado. Documentos requisito para su vinculación: 1. Formato simplificado de Hoja de Vida entregado por la dependencia académica, diligenciado en letra clara y tinta negra. 2. Reporte del SIA de los semestres cursados en la Universidad. 3. Fotocopia del documento de identidad. 4. Fotocopia del carné vigente o copia del recibo de pago del semestre actual. 5. Certificación bancaria que indique nombre del titular y número de cuenta o en su defecto carta solicitando pago en cheque. 6.2 Monitor: Acuerdo Consejo Superior Universitario Nº 025 del 13 de mayo de La monitoría académica es una distinción que la Universidad puede otorgar a sus mejores estudiantes de pregrado y de postgrado, para que como parte integrante de su proceso de formación y bajo la tutela de un profesor de reconocidas calidades académicas, participen en actividades de docencia, investigación y extensión. Pueden solicitar la asignación de monitores: Los profesores asistentes, asociados y titulares, que estén adelantando actividades de investigación y extensión, ofreciendo cursos de contexto o que estén utilizando metodologías pedagógicas que así lo requieran a juicio de la Facultad. Dentro de los requisitos generales mínimos para ser monitor de pregrado se encuentran, dentro de los más importantes: ser estudiante regular de la Universidad, tener el promedio de notas dentro del 20% más alto de los

23 estudiantes de la respectiva carrera y satisfacer las exigencias de inscripción y concurso señaladas por el reglamento específico aprobado por la Facultad. Anteriormente se les exigía que hubieran cursado por lo menos el 60% de la carrera, pero por brindar una mayor cobertura a los estudiantes de pregrado, este requisito fue eliminado. Para los estudiantes de posgrado, además de los requisitos exigidos en pregrado deben haber escogido tema para la tesis o trabajo de grado La duración de las monitorias es por cuatro meses, es decir por cada calendario académico y tiene la posibilidad de solicitar su renovación previa evaluación del docente a cargo, así: a. De pregrado, hasta por tres semestres académicos b. De especialización, hasta por dos semestres académicos c. De magíster, hasta por cuatro semestres académicos, y d. De doctorado, hasta por ocho semestres académicos El valor del estímulo económico para estudiantes de pregrado será de un salario mínimo legal mensual vigente y para estudiantes de posgrado de dos salarios mínimos legales mensuales vigentes, su vinculación no es ningún tipo de contrato con la Universidad y deben realizar el apoyo en actividades de docencia, investigación y extensión. Documentos requisito para su vinculación: 1. Formato simplificado de Hoja de Vida entregado por la dependencia académica, diligenciado en letra clara y tinta negra. 2. Certificación estudiante donde conste que el estudiante a cursando y aprobado por lo menos el 60% de las asignaturas de la carrera a la cual está matriculado. 3. Reporte del SIA de los semestres cursados en la Universidad. 4. Fotocopia del documento de identidad. 5. Fotocopia del carné vigente o copia del recibo de pago del semestre actual. 6. Certificación bancaria que indique nombre del titular y número de cuenta o en su defecto carta de la facultad solicitando pago en cheque.

24 6.3. Estudiantes Auxiliares: Acuerdo 012 del 29 de Mayo de 2004 y de conformidad a las modificaciones consignadas en los Acuerdos 040/04, 010/05 y 049/05 del Consejo Superior Universitario La modalidad de estudiantes auxiliares nace en el año 2004 mediante el Acuerdo 012 de 2004 CSU, como una opción para vincular estudiantes de buenas calidades académicas. La Universidad en desarrollo de las actividades propias de la docencia, la investigación, la extensión, el bienestar universitario y la gestión administrativa ven el gran aporte que pueden ofrecer los estudiantes, como apoyo a las mencionadas actividades misionales. De igual forma como uno de los objetivos fuertes de esta nueva modalidad es la de brindar la oportunidad de adquirir o mejorar destrezas en áreas del conocimiento a fines con la formación profesional que estuviere adelantando el estudiante vinculado en la Universidad. Dichas actividades de apoyo deben ser parte de su formación académica, profesional y laboral y como un reconocimiento para aquellos que acrediten un desempeño académico sobresaliente En el primer acuerdo que establecía esta modalidad sólo cubría el segmento de población de pregrado de la Universidad, dejando por fuera a los estudiantes de posgrado. Dentro de los requisitos mínimos exigidos a los estudiantes que se presentaran a las convocatorias, se encontraban básicamente las mismas calidades que se les exigen a los estudiantes que aspiraban a una beca o monitoria académica, dentro de ellas se encuentran: ser estudiante matriculado en algún programa de pregrado o posgrado de la Universidad Nacional de Colombia; y quizás el requisito que mas reclaman los estudiantes por que se elimine es el de pertenecer a la franja del 30% de los mejores promedios del respectivo programa curricular en el semestre inmediatamente anterior. Esta opción de vinculación también abarca a los estudiantes que provienen de Universidades extranjeras por medio de convenios o programas de intercambio con la Universidad Nacional de Colombia Se establece un proceso claro de convocatoria publicada por la respectiva dependencia que así lo requiere, ya no se estaba atado a percibir apoyo de estudiantes otorgados por recursos de la nación, sino que por el contrario se abre la brecha de realizar vinculación de estudiantes a través de proyectos específicos o recursos propios de cada dependencia de la Universidad. Como un estudiante no puede percibir más de un estímulo otorgado por la Universidad, cabe resaltar que los aspirantes a esta figura no deben ostentar la

25 calidad de monitor o becario u otra figura por la cual se brinde estímulo económico a los estudiantes de la Universidad Nacional de Colombia. En el mismo año se realiza una modificación a la norma existente, eliminando un número de semestres mínimos exigidos anteriormente a los aspirantes a esta modalidad, permitiendo a los estudiantes de segundo semestre en adelante de pregrado acceder a esta modalidad. Igualmente se amplió el alcance de esta modalidad para los estudiantes de posgrado. Las actividades asignadas a un estudiante auxiliar no pueden ser superiores a veinte horas por semana y podrá aumentarse al doble durante el periodo intersemestral y de la misma manera se podrá aumentar el estímulo económico sin que supere los montos máximos estipulados por el Consejo Superior. Estos montos se deben asignar a los estudiantes de acuerdo a las actividades a realizar y el tiempo necesario para el cumplimiento de cada ellas; los montos máximos establecidos en la normatividad son: hasta dos (2) SMLMV para estudiantes de pregrado y para estudiantes de posgrado un límite máximo de tres (3) SMLMV. Como uno de los criterios de selección de los aspirantes a la figura de estudiante auxiliar, corresponde al promedio obtenido en el semestre inmediatamente anterior, lo que significa que sólo podrían acceder estudiantes que por lo menos hayan estudiado un semestre en la Universidad, gracias a la modificación realizada mediante el Acuerdo 049 de 2005 del CSU se amplía la opción de obtener esta figura a los estudiantes de primer semestre de posgrado, teniendo en cuenta el puntaje de admisión obtenido. Los estudiantes podrán ser vinculados hasta por un año, teniendo la opción de prorrogarse por otro periodo igual realizando el apoyo en actividades de docencia, investigación, extensión y gestión administrativa 6.4. Programa de Becas para estudiantes sobresalientes de posgrado (Acuerdo 14 de 2003 del Consejo Superior Universitario) Desde el año 2004 entró en funcionamiento el Programa de Becas para Estudiantes Sobresalientes de Posgrado, su objetivo principal es promover la formación de docentes investigadores mediante la vinculación a la vida académica de la Universidad. Estas becas incluyen, además del descuento del 50% en derechos Académicos, un apoyo económico mensual que le permite a los estudiantes dedicarse de manera exclusiva a sus estudios y obtener resultados de excelencia en los mismos. Dicho estímulo asciende a 5 SMLMV para estudiantes de doctorado y 4 SMLMV para estudiantes de maestría y especialidades médicas. Estas becas pueden ser otorgadas por un término de seis (6) meses y son prorrogables hasta por el tiempo de duración del respectivo programa de posgrado.

26 El Acuerdo contempla la existencia de una Comisión Coordinadora del Programa de becas, conformada en la actualidad por: el Vicerrector Académico, el Vicerrector de Investigación, el Director Nacional de Programas de Posgrado y el Director Nacional de Admisiones y es la encargada de la reglamentación y de la adjudicación en cada convocatoria de un número determinado de becas fijadas por el Rector, según disponibilidad presupuestal. De esta manera se trata que el 30% de ellas sean destinadas para estudiantes de programas de Doctorado y el 70% restante para estudiantes de Maestría y Especialidades del Área de la Salud. Existen tres tipos de posibles estudiantes participantes en la convocatoria y para cada uno de ellos existe una serie de requisitos de aplicación diferente. Para estudiantes recién admitidos: Tener 28 años de edad o menos al momento de solicitar su vinculación a este Programa de Becas. La fecha límite de nacimiento se establece para cada convocatoria, de acuerdo con el criterio de tener 28 años y 364 días de nacido, a la fecha de inicio del período académico al cual va dirigida la convocatoria. Haber obtenido una calificación de ingreso igual o superior a 4.00 en la escala de 0.00 a 5.00 tanto en la prueba de conocimientos, como en la de suficiencia en idioma extranjero. Es importante aclarar que si bien el requisito para ser considerado candidato tiene en cuenta el puntaje en estos dos componentes de las pruebas de admisión, el puntaje estandarizado del admitido se establece a partir del puntaje total obtenido durante su proceso de admisión. Para estudiantes matriculados: Estudiantes de la Universidad Nacional con límite de edad igual al explicado en el anterior ítem, con un promedio acumulado igual o superior a 4.00 en la escala de 0.00 a 5.00 y haber cursado y aprobado todas las asignaturas correspondientes al semestre en el cual se encuentra matriculado. Para éste clasificación la Comisión Coordinadora del Programa estableció que esta revisión se realiza con base en el plan de estudios vigente del programa de posgrado establecido por Acuerdo del Consejo Académico. Adicionalmente, a partir de la convocatoria la Comisión estableció que el cumplimiento de este requisito lo certificará de forma escrita la Secretaría Académica de la Facultad (o quien haga sus veces), a la que pertenezca el posgrado en el cual se encuentre matriculado el estudiante. Si el estudiante se encuentra desarrollando tesis de acuerdo con lo establecido por el plan de estudios vigente del programa, debe presentar dentro del calendario de la convocatoria una evaluación satisfactoria del progreso en su trabajo de tesis.

27 Solicitud prórroga del beneficio de la beca: El Acuerdo 014 de 2003 del CSU, establece que la duración de la beca otorgada en cada convocatoria será de seis meses y que los beneficiarios del Programa que así lo consideren, podrán solicitar prórroga de la misma cumpliendo con los siguientes requisitos: Haber cursado y aprobado el número total de asignaturas correspondientes al semestre en el cual se encuentren matriculados, de acuerdo con el plan de estudios vigente del respectivo programa de posgrado, manteniendo un promedio acumulado igual o superior a 4.00 en la escala de 0.00 a 5.00 Presentar dentro de las fechas definidas por el calendario de la convocatoria, los siguientes documentos establecidos en la Resolución 021 de 2004 de la Vicerrectoría Académica: El visto bueno del profesor tutor sobre la continuidad del becario en el programa. La evaluación satisfactoria motivada de la actividad docente desarrollada, emitida por el Comité Asesor del programa curricular correspondiente. Este documento debe estar firmado por un docente miembro del Comité Asesor del Departamento, Escuela, Área Curricular, o Programa de Pregrado (ello dependerá de la estructura administrativa de cada Facultad) que administre la asignatura para la cual el becario(a) desarrolló su actividad docente. Dado el caso que al becario(a) no le hayan sido asignadas actividades docentes en un programa de pregrado, este documento deberá ser expedido por el Comité Asesor del Programa de Posgrado en el cual se encuentre matriculado, realizando la aclaración pertinente y explicando la razón precisa de esa situación. Además, de enunciar las actividades que en su lugar le fueron asignadas y de notificar una evaluación satisfactoria en el desarrollo de las mismas. La certificación que avale el progreso satisfactorio en el avance tesis del becario. Este documento debe estar firmado por el docente asignado como Director de Tesis del becario. Dado el caso que el becario(a) no se encuentre aún desarrollando trabajo de tesis, este documento deberá estar firmado por un docente miembro del Comité Asesor del Programa de Posgrado en el que se encuentre matriculado, haciendo la aclaración pertinente y explicando la razón de esa situación. El objetivo de este documento es que el Director de tesis del becario, certifique que el estudiante se encuentra al día en el desarrollo de su tesis, de acuerdo con el plan de estudios vigente del respectivo programa de posgrado. El plan de estudios del programa de posgrado es el vigente, estipulado por Acuerdo del Consejo Académico. Se entiende que un estudiante se encuentra en desarrollo de trabajo de tesis desde el semestre mismo durante el cual, según

28 el respectivo plan de estudios del posgrado, debe inscribir el requisito de grado proyecto de tesis. Por lo tanto estar al día en su desarrollo, lo que implica que como requisito mínimo el estudiante haya inscrito las asignaturas requisito de grado, de acuerdo con los tiempos estipulados por el respectivo plan de estudios. Si es el caso, la solicitud de prórroga por semestre adicional. El Acuerdo 014 de 2003 del CSU establece que las becas solo podrán ser prorrogadas durante el tiempo de duración del programa de posgrado, en el cual se encuentre matriculado el becario. Sin embargo, define que excepcionalmente éstas podrán ser prorrogadas hasta por un semestre adicional a ese tiempo de duración, a solicitud del profesor consejero del becario. El carácter excepcional de la prórroga por semestre adicional, implica que su adjudicación no es automática, por el contrario está sujeta al concepto que sobre la carta de solicitud de prórroga, emita la Comisión Coordinadora del Programa de Becas. Por lo tanto es importante que en este documento se exponga con precisión y detalle los motivos por los cuales se considera pertinente que al becario le sea concedida prórroga del beneficio de la beca, por un semestre adicional al establecido como la duración del posgrado respectivo, de acuerdo con el plan de estudios vigente del mismo. Es importante aclarar, quienes están habilitados para aplicar a la convocatoria de este programa: en primer lugar, tenemos los aspirantes admitidos y estudiantes en opción de grado. Cabe resaltar que no podrán aplicar a una convocatoria a este Programa de Becas los aspirantes a ingresar a un posgrado en la modalidad de opción de grado, en atención que durante el semestre al que corresponda la convocatoria, estos estudiantes mantendrán su calidad de estudiantes de pregrado; los aspirantes admitidos y estudiantes de programas ofrecidos en convenio de cooperación académica con otras Universidades; los estudiantes en planes de nivelación y las personas en reserva de cupo, debidamente aprobada por acto administrativo de la respectiva Facultado en aplazamiento del uso del derecho de matrícula. El único factor determinante para la escogencia de los beneficiarios del Programa entre los candidatos que cumplan los requisitos expuestos, será su promedio acumulado de calificaciones o su puntaje de admisión, teniendo en cuenta la restricción establecida por el parágrafo uno, del Artículo Cuarto, del Acuerdo 014 de 2003 del CSU, sobre la imposibilidad de otorgar más de dos becas por programa curricular en cada periodo académico. Lo cual como se explica en el aparte sobre el proceso de estandarización, implica que durante una convocatoria un programa de posgrado podrá no tener becarios, o tener hasta dos. El Acuerdo 014 de 2003 del CSU, establece que los beneficiarios del Programa deberán cumplir con:

29 Dedicación exclusiva a sus estudios de posgrado y a la actividad docente asignada dentro del Programa de Becas. Otras actividades de carácter permanente remuneradas en instituciones públicas o privadas generan la revocación de la beca. 5 No recibir ningún estímulo proveniente de becas nacionales e internacionales, incluyendo los establecidos por los reglamentos de la Universidad para los estudiantes de posgrados y las comisiones remuneradas otorgadas por ente público o privado. Tampoco desarrollar labores de orden académico o administrativo en la Universidad, distintas a las inherentes al programa. Los estudiantes beneficiarios de las becas que otorga este programa deben dedicar hasta ocho horas semanales durante el semestre al apoyo de labores docentes en programas de pregrado de la Universidad. En las situaciones que al becario no le puedan ser asignadas actividades docentes en un programa de pregrado, puede realizar otras actividades relacionadas con el apoyo a investigación o con el desarrollo e implementación de cursos virtuales de la Universidad. 6 En los casos que se presente incumplimiento por parte de los becarios de alguna de los deberes señalados, previo estudio y concepto de la Comisión Coordinadora del Programa de Becas, la Vicerrectoría Académica mediante Resolución cancelara la condición de becario y ordenará al estudiante, la devolución del reconocimiento hecho a título de beca, por el período académico en que se encuentre 7. Los estudiantes vinculados al programa de becas sobresalientes de posgrado, recibirán como beneficio la exención del cincuenta por ciento (50%) del pago de los derechos académicos correspondientes al programa de posgrado en el cual se encuentre matriculado, durante el tiempo en el que conserve la calidad de becario y un estímulo económico mensual de cuatro (4) salarios mínimos legales vigentes para cada becario de Maestría o Especialidad en el área de la Salud y de cinco (5) salarios mínimos legales para cada becario de Doctorado, por el tiempo que conserven la calidad de becario. Cabe resaltar que al igual que los demás estímulos y reconocimientos que ofrece la Universidad, los estudiantes beneficiarios del presente programa no tendrán carácter laboral ni será del orden contractual. 5 Resolución 005 de 2005 de la Vicerrectoría Académica 6 Resolución 11 de 2008 de la Vicerrectoría Académica 7 Ibidem

30 Proceso de selección de nuevos beneficiarios y prorrogados. En la Resolución 021 de 2004 de la Vicerrectoría Académica, se establece el procedimiento para la selección de nuevos beneficiarios y de prórroga dentro de una convocatoria al Programa de Becas para Estudiantes Sobresalientes de Posgrado. Este proceso implica las siguientes fases: Convocatoria: La Comisión Coordinadora del Programa definirá para cada semestre, el calendario de la convocatoria pública al Programa de Becas, estableciendo las fechas en que se realizarán cada una de las etapas del proceso, el número de becas a adjudicar según lo dispuesto por el Rector General y los requisitos que deben cumplir los candidatos. El calendario de la convocatoria se publica en la página WEB de la Dirección Nacional de Admisiones y además se notifica su apertura mediante correo masivo enviado a toda la comunidad universitaria. Inscripción: Los estudiantes interesados en postularse como nuevos beneficiarios y los estudiantes becarios que deseen solicitar la prórroga del beneficio de su beca, deberán formalizar su inscripción a la convocatoria respectiva, según las fechas programadas y a través del medio que para ello disponga la Dirección Nacional de Admisiones. Adicionalmente, deberán hacer llegar a esa misma Dirección, dentro de las fechas establecidas, los documentos que según el caso completen su postulación como nuevos beneficiarios o su solicitud de prórroga. Recepción de Información: Con el objetivo de obtener la información oficial de cada uno de los aspirantes, la Dirección Nacional de Admisiones solicitará a las Oficinas de Registro y Matrícula de cada una de las Sedes Universitarias, los datos académicos pertinentes de los estudiantes postulantes y becarios que soliciten prórroga, quienes hayan realizado la inscripción a la convocatoria respectiva. Así mismo solicitará a esas oficinas la información pertinente de los programas de posgrado. De igual forma, reportará los datos del proceso de admisión y el puntaje de admisión de los admitidos a posgrado, que hayan realizado la inscripción a la respectiva convocatoria. Lista de Candidatos: Teniendo en cuenta la revisión de la información recibida, la Dirección Nacional de Admisiones publicará en su página WEB dos LISTAS DE CANDIDATOS INICIALES, una de candidatos postulantes y otra de candidatos a prórroga. En esas listas se informará si el postulante o el becario fue considerado o no candidato, es decir, si se encontró que cumple o no con los requisitos de aplicación requeridos en cada caso. En el caso de aquellos que no sean considerados candidatos, se informará el motivo o los motivos en los cuales se basó esa consideración.

31 Una vez publicadas estas listas, se aceptarán reclamaciones con relación a ellas en un término perentorio de cinco días a partir de la fecha de su publicación. Este término es el único dispuesto para reclamaciones y correcciones durante el transcurso de la convocatoria. Pasado el término para la recepción de reclamaciones, se procederá a solicitar nuevamente a las Oficinas de Registro y Matrícula la información académica pertinente de quienes hayan presentado reclamaciones. Luego de realizadas las verificaciones y correcciones pertinentes se publicarán las listas de candidatos finales, una de candidatos postulantes y otra de candidatos a prórroga. Análisis de los datos: Pasado el término previsto se realizará el correspondiente proceso de estandarización de puntajes, de los postulantes incluidos como candidatos en las listas finales. En términos estadísticos, el objetivo fundamental al realizar un procedimiento de estandarización de puntajes, es hacer comparables datos que en principio son diferentes, en este caso promedios acumulados de estudiantes y programas, de todas las Sedes de la Universidad, con puntajes de admisión y promedios de admisión a programas, de todas las Sedes de la Universidad. El método de estandarización de puntajes utilizado en las convocatorias al Programa de Becas, definido por la Comisión Coordinadora del Programa mediante Acta 006 del 25 de julio de 2005, es el método de igualación de promedios. En el cual la fórmula para obtener el puntaje estandarizado de cada postulante es: Donde: Y = Puntaje estandarizado del postulante. X = Promedio acumulado del estudiante (en el caso de los postulantes estudiantes) ó puntaje de admisión (en el caso de los postulantes admitidos). Z = Promedio acumulado del programa (en el caso de los postulantes estudiantes) ó promedio de admisión del programa (en el caso de los postulantes admitidos). 500 = Promedio esperado Luego de realizada la estandarización se producen cuatro listas diferentes, cada una ordenada estrictamente de acuerdo con el puntaje estandarizado de cada candidato, así: Una de todos los primeros y segundos lugares de todos los programas de doctorado.

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