Asegurar que la naturaleza forme parte del nuevo acuerdo sobre el clima

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1 Asegurar que la naturaleza forme parte del nuevo acuerdo sobre el clima Documento de posición del Grupo de Trabajo Especial sobre la Plataforma de Durban para una Acción Reforzada (ADP 2-12) 21º período de sesiones de la Conferencia de las Partes (COP) Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático 30 noviembre 11 diciembre de 2015 París (Francia) Conservación Internacional considera que el nuevo acuerdo sobre el cambio climático solamente será efectivo si reconoce el valor social y económico de las soluciones basadas en la naturaleza para los fines de mitigación y adaptación. Estas medidas son razonables desde el punto de vista económico, proporcionan múltiples beneficios adicionales a los efectos de mitigación y adaptación y resultan fundamentales para sustentar y aumentar la ambición colectiva. Este último año de negociaciones culminará en París cuando las Partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) ultimen un nuevo acuerdo mundial sobre el clima para su adopción. El Grupo de Trabajo Especial sobre la Plataforma para una Acción Reforzada (ADP) deliberará sobre un texto que contiene dos partes: 1) un borrador del texto del acuerdo, y 2) un borrador de las decisiones para adopción por parte de la Conferencia de las Partes a efectos de complementar el acuerdo. Las soluciones basadas en la naturaleza constituyen un componente esencial de la respuesta mundial para combatir el cambio climático y deben respaldarse firmemente tanto en el nuevo acuerdo como en el texto de decisiones. Este documento presenta las recomendaciones de Conservación Internacional para asegurar que el potencial de las soluciones basadas en la naturaleza frente al cambio climático se materializa plenamente. I. RELACIÓN DEL NUEVO ACUERDO CON LA CONVENCIÓN: Atendiendo a su redacción actual, el texto no reconoce adecuadamente la relación del nuevo acuerdo con la Convención y sus órganos, incluyendo normas y disposiciones existentes que ya han sido acordadas. El nuevo acuerdo tiene que reconocer y explícitamente manifestar que las disposiciones, directrices y normas que ya han sido acordadas en el marco de la Convención debe ser aplicadas y utilizadas en la implementación del nuevo acuerdo. II. PREÁMBULO / OBJETIVO: La naturaleza en sí misma es una parte fundamental para hacer realidad el potencial pleno de los esfuerzos mundiales en mitigación y adaptación. De hecho, detener la deforestación tropical y permitir a los bosques regenerarse puede proporcionar un 30% o más del almacenamiento y captura de carbono que necesitamos para limitar el calentamiento a niveles seguros. 1 La respuesta mundial ante el cambio climático debe fomentar y reconocer este potencial. Soluciones como reducir las emisiones procedentes de la deforestación y degradación forestal (REDD+) y la adaptación basada en los ecosistemas deben fomentarse y respaldarse en virtud del nuevo acuerdo. Asimismo, el acuerdo debe 1 (a) McKinsey & Company Pathways to a low-carbon economy. McKinsey & Company. (b) Le Quere, C., et al Global Carbon Budget Earth Syst. Sci. Data Discuss., 6, (promedio en ); (c) Grace, J., et al Perturbations in the carbon budget of the tropics. Global Change Biology (datos de ); (d) Houghton, R.A The emissions of carbon from deforestation and degradation in the tropics: past trends and future potential (datos de ). Carbon Management. Para más información: sraghav@conservation.org 1

2 garantizar que se defina el valor completo de los ecosistemas naturales para reducciones de emisiones, de tal manera que incluya tanto la reducción de emisiones como la captura de carbono proporcionados por el sector del uso de la tierra con una especificación en el acuerdo (atendiendo al texto actual). Esto debe incluir zonas costeras, especialmente aquellas de alto valor en almacenamiento de carbono, por ejemplo, manglares, marismas saladas y lechos de vegetación marina. Asimismo, se debe incorporar un objetivo de temperatura mundial para garantizar que existe coherencia y un entendimiento compartido del objetivo último, así como la escala necesaria de estas acciones voluntarias y determinadas a nivel nacional. Independientemente de como se refleje textualmente la cuestión de la temperatura en el nuevo acuerdo, el objetivo de la temperatura debe basarse en un análisis científico continuado del consiguiente perjuicio para el bienestar humano y los ecosistemas de los que depende la población. 2 Texto recomendado para Preámbulo, pp5 (propuesta de enlace con pp11): [Reconociendo la intrínseca relación entre cambio climático, erradicación de la pobreza, seguridad alimentaria, integridad de los ecosistemas, y desarrollo sostenible, y reafirmando que la respuesta al cambio climático debe estar coordinada con el desarrollo social y económico [de un modo integrador, participativo, y equitativo] con vistas a evitar impactos adversos [de medidas de respuesta en lo último], teniendo en cuenta plenamente la [necesidad de] prioridad legítima de los países en desarrollo y sus derechos a acceso equitativo para desarrollo sostenible, con la finalidad de lograr crecimiento económico sostenido y la erradicación de la pobreza,] [reconociendo la importancia de promover el desarrollo social y económico en armonía con la naturaleza como requisito fundamental para abordar el cambio climático,]] Texto recomendado para Preámbulo, pp10: Enfatizando la importancia de respetar y tener en cuenta [, sujeto a jurisdicción] [derechos al desarrollo,] igualdad de género [y empoderamiento de las mujeres], derechos humanos, [incluyendo población bajo ocupación],[incluyendo los derechos de los pueblos indígenas,] [las comunidades locales,] cuestiones de equidad intergeneracional, y las necesidades de personas y poblaciones particularmente vulnerables [migrantes] [grupos particularmente vulnerables] [personas en situaciones de vulnerabilidad], [incluyendo poblaciones bajo ocupación [extranjera],] mujeres, niños y personas discapacitadas, al emprender acciones para abordar el cambio climático, Texto recomendado para Artículo 2, párrafo 1: El objetivo de este Acuerdo es [para [mejorar la implementación de la Convención y] para conseguir [su] objetivo [de la Convención] enunciado en su artículo 2. Con el fin de fortalecer y respaldar la respuesta mundial a la urgente amenaza del cambio climático, las Partes [acordarán][acuerdan] tomar acciones urgentes y aumentar [la cooperación][apoyar], para de ese modo: (a) mantener el aumento de la temperatura media mundial a 1,5 C y muy por debajo de 2 C [por debajo de 2 C][por debajo de 1,5 C][muy por debajo de 2 C][por debajo de 2 C o 1,5 C] [por debajo de 1,5 C o 2 C][lo más bajo posible de 2 C] con respecto a los niveles preindustriales, asegurando fuertes reducciones en emisiones mundiales [netas] de gases de efecto invernadero. (b) proseguir la transformación hacia el desarrollo sostenible, para promover sociedades que sean resilientes al cambio climático y economías de bajas emisiones de gases de efecto 2 Para más información: sraghav@conservation.org 2

3 invernadero y para garantizar que la producción y distribución de alimentos no se vean amenazadas. Texto recomendado para 1/CP.21, pp5: También enfatizando la importancia de respetar y tener en cuenta los derechos humanos, la igualdad de género, los derechos de los pueblos indígenas, las cuestiones intergeneracionales y las necesidades de grupos particularmente vulnerables, entre ellos mujeres, niños y personas discapacitadas, al tomar medidas para abordar el cambio climático, además de alinear las acciones con el objetivo de fomentar la seguridad alimentaria, mantener la integridad ecológica, la restauración de degradados ecosistemas incluyendo tierras, políticas nacionales de salud, participación en la toma de decisiones medioambientales por parte de la sociedad civil e individuos, y una reconversión justa de la fuerza laboral y la creación de empleos dignos y trabajos de calidad, de conformidad con las prioridades y estrategias de desarrollo definidas a nivel nacional. III. MITIGACIÓN: El éxito del acuerdo dependerá del establecimiento de objetivos fundamentados en la ciencia y del empleo de todas las acciones de mitigación disponibles, incluyendo medidas en el sector del uso de la tierra. En particular, instamos a las Partes a hacer uso de mecanismos y metodologías de rendición de cuentas ya acordadas en el marco de la CMNUCC, como REDD+, para alcanzar los objetivos de mitigación lo más rápidamente posible. Aunque se puede presuponer que las decisiones de la COP previamente acordadas orientarán las normas utilizadas en la aplicación del nuevo acuerdo, es importante que el texto incorpore en su totalidad el Marco de Varsovia para REDD+ y respalde íntegramente la ampliación de REDD+. Cooperar en la implementación de actividades de mitigación ofrece flexibilidad para que las Partes alcancen niveles ambiciosos de reducciones de las emisiones de una manera económicamente eficiente. Específicamente, acuerdos de cooperación que propicien la transferencia de unidades entre países pueden estimular corrientes internacionales de financiación e incrementar la escala de actividades de REDD+ y carbono azul. El acuerdo tiene que garantizar la capacidad de los países para cooperar en la implementación de actividades de mitigación y salvaguardar la integridad medioambiental de estas actividades mediante convenientes normas de contabilidad que eviten el doble cómputo de unidades de mitigación. Además del carácter de compromisos de mitigación, es crucial que los compromisos sean presentados en un ciclo de 5 años para garantizar comparabilidad, coherencia, y un claro orden para la revisión de las actividades realizadas por cada país. Objetivo colectivo a largo plazo de la mitigación Texto recomendado para Artículo 3, párrafo 1, opción 1: Las Partes tienen como objetivo lograr para 2050 al menos un 40%-70% de reducción mundial de los niveles en 2010 de emisiones de gases de efecto invernadero, y un valor próximo o por debajo de cero de emisiones de gases de efecto invernadero para 2100 con la finalidad de alcanzar el objetivo a largo plazo identificado anteriormente en el artículo 2, párrafo 1, sin perjuicio de ajustar el objetivo de la mitigación a largo plazo en base a los mejores datos científicos disponibles. [para alcanzar el objetivo de temperatura mundial], de acuerdo con los mejores datos científicos disponibles [y los principios de la Convención], mediante [objetivo largo plazo [bajas [emisiones] - [carbono] transformación] [[clima][carbono] neutralidad]], [y el punto máximo de sus Para más información: sraghav@conservation.org 3

4 emisiones [netas]] [para 2030][para 20XX][lo antes posible], [con un [x]40 [y]70 por ciento de reducción de emisiones netas por debajo del nivel de 2010 para 2050][de conformidad con la distribución presupuestaria de carbono mundial basado en justicia climática], y [reducciones generales][[netas] cero emisiones] [en el transcurso del presente siglo][para 2050][para 2100]. Características Texto recomendado para Artículo 3, párrafo 7: [Las contribuciones de mitigación determinadas a nivel nacional (NDMC) / las contribuciones y compromisos de mitigación determinados a nivel nacional (NDMCC) de cada Parte [deberán][deben][otro]: (a) [Estar cuantificados o ser cuantificables;] (b) [Ser incondicionales, al menos en parte;][tratar que los países en desarrollo sean capaces de especificar niveles adicionales de mitigación a ser implementados con apoyo;] (c) [Esforzarse para maximizar beneficios secundarios de la adaptación;] (d) [Priorizar Reconocer la importancia de acciones que sean inmediatamente aplicables, escalables y orientadas a resultados, incluyendo REDD-plus;] (e) [[Esforzarse para] Iincluir todas las categorías principales de emisiones por las fuentes y de absorción por los sumideros;] (f) [Incorporar cualquier fuente, sumidero o actividad que haya sido previamente incluida;] (g) [Continuar con la inserción de fuentes, sumideros o actividades que hayan sido previamente incluidos;] (h) [Estar basado en valores de referencia que sean definidos de manera transparente y sean compatibles con la integridad medioambiental;] (i) [Utilizar los sistemas de medición, orientaciones y directrices comunes del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC) relativas a la estimación de emisiones y absorciones de gases de efecto invernadero como acordado por la CMA;] (p bis) Garantizar un enfoque que tenga en cuentas las cuestiones de género; (p ter) Reconocer y promover el uso de conocimientos tradicionales; Contabilidad Texto recomendado para Artículo 3, párrafo 10, opción 3: (a) (b) [En la contabilización de sus contribuciones de mitigación determinadas a nivel nacional (NDMC) / las contribuciones y compromisos de mitigación determinados a nivel nacional (NDMCC), cada Parte, teniendo en cuenta las orientaciones desarrolladas en el párrafo [x](a) arriba]: (i) [Utilizará los sistemas de medición, orientaciones y directrices comunes aceptadas por el IPCC para la estimación de emisiones y absorciones de gases de efecto invernadero y acordados por la CMA]; (ii) [Garantizará coherencia metodológica entre la definición de las contribuciones de mitigación determinadas a nivel nacional (NDMC) / las contribuciones y compromisos de mitigación determinados a nivel nacional (NDMCC) y su implementación]; (iii) [Incluirá una explicación por la exclusión de las contribuciones de mitigación determinadas a nivel nacional (NDMC) / las contribuciones y compromisos de mitigación determinados a nivel nacional (NDMCC) de categorías clave de emisiones y absorciones, y se esforzará por incluirlas con el tiempo]; Para más información: sraghav@conservation.org 4

5 (iv) (v) [[Asegurará que] Una vez que una fuente, sumidero o actividad es contabilizado en las contribuciones de mitigación determinadas a nivel nacional (NDMC) / las contribuciones y compromisos de mitigación determinados a nivel nacional (NDMCC), las Partes continuarán incluyéndolo]; [[Garantizará que] los resultados de mitigación internacionalmente transferibles para cumplir sus contribuciones de mitigación determinadas a nivel nacional (NDMC) / contribuciones y compromisos de mitigación determinadas a nivel nacional (NDMCC) sean reales, permanentes, adicionales y verificables, estén sujetos a sistemas que garanticen que las unidades no se cuentan más de una vez al someter a seguimiento los progresos encaminados a compromisos de mitigación determinados nacionalmente, y sean complementarios de medidas nacionales]. Enfoques de cooperación Texto recomendado para Artículo 3, párrafo 16, opción 2: [Las Partes, al utilizar enfoques de cooperación, garantizarán que estos aportan resultados de mitigación transferibles internacionalmente que sean reales, permanentes, adicionales y verificables, y que serán contados solo una vez.] [La cooperación de las Partes en la aplicación de actividades de mitigación para implementar sus contribuciones de mitigación determinadas a nivel nacional (NDMC) / contribuciones y compromisos de mitigación determinados a nivel nacional (NDMCC) puede incluir cooperación mediante el Marco de Varsovia para REDD-plus, mecanismos desarrollados bajo la COP y enfoques de cooperación que impliquen la transferencia internacional de resultados de mitigación que cumplan los estándares y directrices que decida la CMA en su primer período de sesiones, que tienen el objetivo de garantizar la integridad medioambiental y la aportación de resultados de mitigación internacionalmente transferibles que sean reales, permanentes, adicionales y verificables y que serán contados solo una vez al someter a seguimiento los progresos realizados para lograr las CDN. La CMA proveerá que esté disponible un mecanismo para apoyar el desarrollo sostenible con el fin de asistir a las Partes en el cumplimiento de sus contribuciones de mitigación determinadas a nivel nacional (NDMC) / contribuciones y compromisos de mitigación determinados a nivel nacional (NDMCC), al tiempo que se respetan las contribuciones de mitigación determinadas a nivel nacional (NDMC) / contribuciones y compromisos de mitigación determinados a nivel nacional (NDMCC) de la Parte de acogida] Texto recomendado para 1/CP.21, párrafo 26: [Decide que las Partes asegurarán, al llevar a cabo las acciones de mitigación, que son coherentes con las obligaciones relevantes, garantizarán la integridad y resiliencia de los ecosistemas naturales y respetarán los sistemas consuetudinarios y sostenibles de uso de la tierra;] Texto recomendado para 1/CP.21, párrafo 36: [También decide que los comités intergubernamentales de preparación (IPC por sus siglas en inglés) desarrollarán, para consideración y adopción por parte de la CMA en su primer período de sesiones, principios y directrices para todas las acciones en el sector de la tierra que: (a) Aseguren la integridad y resiliencia de ecosistemas naturales; (b) Respeten los sistemas consuetudinarios y sostenibles de uso de la tierra y la seguridad de tenencia de la tierra de los pueblos indígenas y las comunidades locales; (c) Se realicen de manera equitativa, transparente y participativa; Para más información: sraghav@conservation.org 5

6 (d) (e) Garanticen la seguridad alimentaria; Sean consistentes con todas las obligaciones internacionales pertinentes;] Texto recomendado para 1/CP.21, párrafo 38: [Reconoce que metodologías y enfoques existentes relativos a la contabilidad establecidos en el marco de la Convención para REDD-plus serán adecuados para evaluar el cumplimiento de [contribuciones] [compromisos][otros] de mitigación determinados a nivel nacional de conformidad con el artículo 3, párrafo 10, del Acuerdo; (la inclusión de 38 requerirá la eliminación de 42)] IV. ADAPTACIÓN: Un objetivo mundial a largo plazo en materia de adaptación contribuiría a clarificar el objetivo último del acuerdo sobre adaptación y permitiría a los países orientar y anclar sus acciones a nivel local/nacional para esfuerzos mundiales. Como aspecto crucial para mantener la resiliencia de poblaciones humanas vulnerables, el acuerdo también debe considerar los ecosistemas de los que depende la población no solo en términos de su vulnerabilidad, sino también con respecto a su potencial como solución. Además, el nuevo acuerdo también debe reconocer la relación entre las actividades realizadas de mitigación y las necesidades de adaptación en el futuro, y adecuar consecuentemente la escala de esfuerzos. Con el fin de cumplir los niveles de financiación para abordar la adaptación en el futuro, el acuerdo debe proporcionar garantías de que la adaptación, en la medida de lo posible, será financiada a escala y en proporción a dichas necesidades. El objetivo mundial de la adaptación debe ponerse en práctica mediante acciones a nivel nacional guiadas por planes nacionales de adaptación (PNAD), intensificación de intercambio de conocimientos y cooperación Sur-Sur, apoyo financiero y técnico para acciones de países, y el establecimiento de mecanismos para agilizar el suministro de apoyo financiero y técnico. Se deben incluir acciones de apoyo a la adaptación mediante un completo programa de trabajo, más que solo como parte de un proceso como las CPDN, que se dirijan a medidas de mitigación. Las Partes deben también asegurar que lecciones aprendidas provenientes de medidas de adaptación pasadas y en curso son adecuadamente recopiladas y compartidas, con el fin de aumentar la cooperación. El acuerdo debe incluir y fomentar el intercambio de conocimientos y la cooperación Sur-Sur, potenciando el aprendizaje a través del programa de trabajo de Nairobi. El nuevo acuerdo puede crear un espacio para aprender y aplicar lecciones de manera eficiente a partir de medidas como la adaptación basada en ecosistemas a nivel regional y transfronterizo. Aspectos mundiales y a largo plazo de la adaptación Texto recomendado para Artículo 4, párrafo 1: Por la presente las Partes establecen el [objetivo mundial][la visión a largo plazo] de aumentar la capacidad de adaptación, fortaleciendo la resiliencia y reduciendo la vulnerabilidad de sistemas socioeconómicos y ecológicos frente al cambio climático, [de conformidad con los objetivos, principios y disposiciones de la Convención, y con sus responsabilidades comunes pero diferenciadas y sus capacidades respectivas, con vistas a [posibilitar desarrollo sostenible resiliente al clima y] teniendo en cuenta la relación entre esfuerzos de mitigación y necesidades de adaptación en el futuro asegurando adaptación en el contexto del objetivo de mantener el aumento en la temperatura media mundial a 1,5 C y muy por debajo de 2 C [por debajo 2 C][por debajo [2 o] 1,5 C] enunciado en el artículo 2 de este Acuerdo]. Las Partes reconocen que la adaptación es un desafío [mundial] al que nos enfrentamos todos, englobando dimensiones locales, nacionales, regionales y mundiales, y que es un componente Para más información: sraghav@conservation.org 6

7 y contribución clave de la respuesta mundial a largo plazo frente al cambio climático para proteger personas, medios de vida, y ecosistemas, y los servicios que proporcionan, incluyendo mediante enfoques adaptativos de transformación hacia trayectorias de desarrollo sostenible [,teniendo en cuenta las necesidades urgentes e inmediatas de aquellos países en desarrollo que son particularmente vulnerables]. Texto recomendado para Artículo 4, párrafo 2, opción 2 (c): [Reconocimiento de mayores necesidades de adaptación y costes asociados en vista de esfuerzos de mitigación, teniendo en cuenta que será necesaria adaptación independientemente del nivel de mitigación alcanzado, y también teniendo presente la relación entre ambición agregada de mitigación, impactos asociados al cambio climático, y necesidades y coste de adaptación, y reconociendo que hay límites en la adaptación. ] Texto recomendado para Artículo 4, párrafo 3: Las Partes [reconocen][x] que la acción en materia de adaptación debe seguir un enfoque totalmente transparente, participativo, que tenga en cuenta las cuestiones de género y sea determinado a nivel nacional, [respetando [derechos humanos incluyendo los derechos de los pueblos indígenas y las comunidades locales y sus conocimientos tradicionales][derecho a la vida][derechos de poblaciones bajo ocupación] y] teniendo en consideración vulnerables grupos, comunidades, y ecosistemas, y sus servicios, y deben fundamentarse y estar guiados por los mejores datos científicos disponibles y[, como apropiado,] conocimientos tradicionales e indígenas [y sistemas de conocimientos locales][[conocimientos de los pueblos] y [locales],[teniendo en cuenta actividades relevantes de adaptación de organizaciones especializadas de la ONU] con vistas a integrar adaptación en políticas y acciones sociales, económicas y medioambientales pertinentes, cuando sea apropiado. Texto recomendado para Artículo 4, párrafo 5: Las Partes [aumentarán] [deben] aumentar [su] cooperación, incluyendo con respecto a: (a) (b) (c) [Reforzar información disponible para subrayar la importancia de la observación sistemática del sistema climático para avanzar en el conocimiento científico sobre el cambio climático y asesorar en la elaboración de políticas bien fundamentadas para incorporar] [detección temprana, reducción de riesgos, y preparación de respuesta de emergencia] [gestión exhaustiva de riesgos climáticos]; (f bis) Alentar esfuerzos que integren acciones en todos los sectores, en todos los países mediante esfuerzos transfronterizos, y en todas las regiones. Texto recomendado para Artículo 4, párrafo 6: Cada Parte, de conformidad con el [artículo 4, párrafo 1, de la Convención y] sus circunstancias y prioridades nacionales [se involucrará] [debe] involucrarse en [un] [proceso] [nacional] de planificación de la adaptación, [incluyendo planes de adaptación nacionales,] y/o potenciar otros planes, políticas, acciones y/o contribuciones relevantes, entre ellos: (a) Evaluaciones de impactos del cambio climático [y] [o] vulnerabilidad [con vistas a identificar personas, lugares, ecosistemas y sectores vulnerables]; (b) [Priorizar medidas con respecto a personas, lugares, [y] ecosistemas, servicios de los ecosistemas más vulnerables, y ecosistemas que son cruciales para la resiliencia de las personas [y sectores];] Para más información: sraghav@conservation.org 7

8 (c) Fortalecer [gobernanza y entornos propicios para] [arreglos para la implementación de] adaptación; (d) Vigilar [, presentar informes], evaluar y aprender de planes, políticas, programas y medidas de adaptación; (e) [Aumentar la resiliencia de sistemas socioeconómicos y ecológicos, incluyendo mediante diversificación económica y gestión sostenible de recursos y ecosistemas naturales;] (f) [Potenciar la implementación de planes, políticas y acciones de una manera que sea continua y tenga apoyo internacional permanente y reforzado;] (g) [Estrategias y enfoques para aumentar la eficacia de planes y acciones de adaptación en el contexto de esfuerzos económicos y de desarrollo más amplios.] (g bis) Reconocer el potencial de conservar, restaurar y gestionar sosteniblemente ecosistemas como una solución de adaptación. Texto recomendado para Artículo 4, párrafo 10: [Se dispondrá de un [sesión de alto nivel][inventario mundial] en materia de adaptación cada [5X] años, con el propósito de [elevar el perfil de los esfuerzos de adaptación efectuados y considerar experiencias, desafíos y prioridades en el futuro, con vistas a incrementar la eficacia de acciones de adaptación][aumentar la implementación de acciones de adaptación basada en la [una[s] comunicación[comunicaciones de adaptación o gestiones de adaptación] enunciadas en el párrafo 7 arriba, evaluando la idoneidad del apoyo, y reconocer esfuerzos de adaptación de países en desarrollo], y guiadas por modalidades que serán adoptadas por la [CMA][CMP] en su primera sesión.] Intercambio de información, conocimientos y lecciones aprendidas Texto recomendado para 1/CP.21, párrafo 35: Decide que las actividades referidas en el artículo 4, párrafo 6, del Acuerdo deben: (a) No ser prescriptivas ni conllevar la duplicación de actividades realizadas; (b) Facilitar la adopción de medidas que estén bajo el control de los países y estén determinadas por ellos; (b bis) Servir como un marco estratégico clave para planificación de la adaptación, la determinación de prioridades de adaptación, apoyo y necesidades de adaptación, además de integración orientadora de adaptación en todos los sectores e implementación conexa incluyendo a nivel transfronterizo; (c) Involucrar y facilitar la participación de partes interesadas relevantes, en particular mujeres [,comunidades locales] y pueblos indígenas, en planificación, toma de decisiones y vigilancia y evaluación, y dar prioridad a las comunidades y personas más pobres y más vulnerables, y a los ecosistemas que aportan servicios a esas comunidades; (d) Ser participativas e inclusivas, aprovechando esfuerzos de adaptación tradicionales y guiados por la comunidad, ya existentes y determinados a nivel comunitario[, en todos los países en desarrollo interesados, en particular en los países menos adelantados (PMA), los pequeños Estados insulares en desarrollo (PEID) y los países de África][, reconociendo las necesidades urgentes e inmediatas y las circunstancias especiales de Partes que son países en desarrollo, especialmente aquellos que son particularmente vulnerables]; (e) (f) Promover resiliencia al clima y trayectorias de desarrollo sostenible; Opción 1: [No ser un requisito previo para apoyo financiero, tecnológico o de capacitación para acciones de adaptación]; e Para más información: sraghav@conservation.org 8

9 (f bis) Incluir una consideración de los límites de adaptación y enfoques de transformación hacia trayectorias de desarrollo resiliente al clima. Texto recomendado para 1/CP.21, párrafo 58: [Establece una plataforma técnica y de conocimientos en el marco de [Comité de Adaptación, aprovechando] el programa de trabajo de Nairobi sobre impactos, vulnerabilidad y adaptación al cambio, para [, entre otras cosas] [, facilitar]: (a) Divulgar y aumentar el uso de escenarios de cambio climático y de métodos y herramientas para evaluar impactos y vulnerabilidad, así como información sobre los [resultados y eficacia de la adaptación] [beneficios, prácticas y resultados de adaptación, en línea con el artículo 4, párrafos 1(g) y 5, de la Convención]; (b) Desarrollar y fortalecer capacidades locales, nacionales, regionales, [mundiales,], así como capacidades sociales, para abordar implementar y vigilar cuestiones de adaptación y para utilizar adaptación con sistemas de medición e indicadores apropiados; (c) Promover, coordinar y fortalecer plataformas, centros y redes de conocimientos de adaptación a todos los niveles para suplir carencias en conocimientos de adaptación; (d) (e) [Aumentar beneficios, prácticas y resultados de adaptación;] Incorporar la conservación, restauración, y gestión sostenible de ecosistemas en planes y acciones de adaptación, incluyendo a nivel transfronterizo; (f) Incrementar el entendimiento de las implicaciones [mundiales] [internacionales] [y regionales] de acciones de adaptación, de vínculos entre acciones de adaptación locales, nacionales, [regionales] y [mundiales] [internacionales] [,y de progreso realizado en reducir la vulnerabilidad a todos los niveles y en conseguir el [objetivo mundial para adaptación] mediante trayectorias transformadoras de desarrollo resiliente al clima [artículo 2, y artículo 4, párrafo 1, del Acuerdo]; (g) [Fomentar la cooperación regional y transfronteriza para promover medidas de adaptación;] V. FINANCIACIÓN: Corrientes financieras suficientes, sostenibles y accesibles son cruciales para desarrollar, implementar y mantener actividades estratégicas de mitigación y adaptación, incluyendo aquellas actividades que aportan importantes beneficios adicionales para el medio ambiente y el bienestar humano. La escala de financiación para el clima identificada en el acuerdo, debe estar conectada con los recursos necesarios con el fin de conseguir los objetivos a largo plazo en materias de mitigación y adaptación, reconociendo que dichas actuaciones probablemente requerirán más de los millones US$ al año hasta 2020 ya acordados por las Partes. Las inversiones en materia de mitigación que se realicen en la actualidad pueden evitar la severidad de necesidades de adaptación en el futuro; sin embargo, la necesidad de adaptarse es una realidad presente para muchos países y requiere inversiones significativas, inmediatas a niveles muy superiores a las asignaciones actuales. El acuerdo debe garantizar niveles mayores de financiamiento para actividades de adaptación relativas a actividades de mitigación, reconociendo que el equilibrio entre financiación para mitigación y adaptación se logra más adecuadamente con el tiempo en consonancia con las prioridades y necesidades de países en desarrollo. El acuerdo debe asegurar niveles suficientes de financiación para soluciones basadas en la naturaleza que combatan el cambio climático, en proporción a los beneficios que estas soluciones aportan. Las Partes deben también acordar proporcionar y movilizar apoyo Para más información: sraghav@conservation.org 9

10 financiero para pagos basados en resultados por reducciones de emisiones conseguidas que sean verificables y relativas a enfoques existentes en el marco de la Convención, como REDD+. El acuerdo debe alentar la creación de entornos propicios para inversiones en el clima, y perfilar marcos jurídicos y de políticas para aportar niveles mayores de recursos financieros tanto de fuentes públicas como privadas. Estos marcos deben facilitar el uso de mecanismos de financiación innovadores que ayuden a garantizar la conservación, restauración y gestión sostenible de ecosistemas, y aseguren su contribución a la regulación y resiliencia al clima, ya que estos instrumentos pueden incentivar acción y acelerar el cambio a una economía de bajas emisiones y resiliente al clima. Las Partes deben acordar reducir el apoyo internacional a inversiones de altas emisiones e inadaptadas, incluyendo inversiones en actividades que directa o indirectamente provocan deforestación y degradación forestal. Con el fin de hacer realidad la financiación para el clima a la escala necesaria, el acuerdo de 2015 tiene que orientarse a movilizar financiación para el clima de un número y variedad creciente de fuentes, incluyendo fuentes públicas, privadas y alternativas. Establecer un proceso formal de comunicar promesas y metas para financiación en materias de mitigación y adaptación incrementará la transparencia y previsibilidad de compromisos de financiación, incluyendo financiación para soluciones basadas en la naturaleza. La información sobre niveles proyectados de financiación para el clima debe ser revisada, actualizada y comunicada al menos cada cinco años para coincidir con los ciclos de presentación de CDN actualizadas. Disposiciones relativas a la escala de los recursos Texto recomendado para Artículo 6, párrafo 5, opción 1: [[Las Partes reconocen la importancia del Fondo Verde para el Clima y otros mecanismos multilaterales [y otros esfuerzos] para] La movilización de financiación para el clima [se intensificará][debe][otro] intensificarse [de manera transparente y previsible] [más allá de esfuerzos previos] [de los millones US$ al año] desde 2020 al nivel necesario para cumplir el objetivo de temperatura a largo plazo del acuerdo y abordar las necesidades de adaptación de países en desarrollo en el contexto de acciones de mitigación significativas y de transparencia en la implementación. Texto recomendado para Artículo 6, párrafo 12: [[Las Partes][La disposición de [apoyar][estos recursos mayores]] [deben][se esforzarán] esforzarse para [conseguir un] equilibrio [de] [apoyo para adaptación [relativo a][y] apoyo para mitigación][distribución 50:50 para acciones de mitigación y adaptación de Partes que son países en desarrollo], [teniendo presente][teniendo en cuenta las] estrategias, prioridades y necesidades determinadas a nivel nacional [de Partes que sean países en desarrollo que son particularmente vulnerables a los efectos adversos del cambio climático, incluyendo los PEID, los PMA y África].] Contribuciones con arreglo al acuerdo jurídico Texto recomendado para Artículo 6, párrafo 2: Para más información: sraghav@conservation.org 10

11 [Las Partes [[tomarán][deben][otro] tomar medidas apropiadas para][deben promover la movilización de financiación para el clima proveniente de una amplia variedad de instrumentos y canales, incluyendo públicos, privados, bilaterales, multilaterales, nacionales e internacionales. En este aspecto]: (a) (b) Las Partes [se esforzarán][deben] esforzarse para potenciar entornos propicios [y marcos de políticas] nacionales [e internacionales] para [atraer] [y] [movilizar] [financiación e] inversión de bajas emisiones y resiliente al clima, reconociendo que las medidas y el apoyo de cooperación pueden aumentar tales efectos; (c) (d) (e) (f) [Priorizar Proporcionar y movilizar apoyo financiero para pagos basados en resultados por reducciones de emisiones conseguidas que sean verificables y relativas a enfoques existentes en virtud de la Convención;] [Las Partes deben integrar consideraciones sobre el clima, incluyendo resiliencia, en sus planes de desarrollo nacionales, asistencia internacional para el desarrollo, e inversiones nacionales e internacionales;] [Las Partes deben [reducir el apoyo internacional para inversiones] de altas emisiones [e inadaptadas] [y[/o]][o] [aumentar el apoyo internacional para inversiones de bajas emisiones y resilientes al clima].] Texto recomendado para 1/CP.21, párrafo 78: [Decide qué recursos financieros adecuados, previsibles y sostenibles para la implementación de actividades de REDD-plus, incluyendo para pagos basados en resultados, serán proporcionados por las Partes prosiguiendo la coordinación de apoyo a, entre otros, fuentes públicas y privadas, incluyendo el GCF, de acuerdo con decisiones relevantes de la COP;] Fuentes de financiación Texto recomendado para Artículo 6, párrafo 6, opción 1: [[Las Partes] [reconocen][reconociendo][señalan][señalando] [la [conveniencia][papel] de][que las fuentes pueden incluir] una amplia variedad de fuentes, públicas y privadas, bilaterales y multilaterales, incluyendo [fuentes alternativas][adicionales][, destacando la necesidad de fuentes e instrumentos diversos que se ajusten a las circunstancias económicas cambiantes de los receptores].] Presentación de informes Texto recomendado para Artículo 9, párrafo 1, opción 2: Por la presente se establece un sistema de transparencia unificado y sólido, que conlleve tanto medidas como apoyo, con flexibilidad integrada para tener en cuenta las diferentes capacidades de las Partes, y aplicable a todas las Partes. Texto recomendado para Artículo 9, párrafo 3: El propósito del sistema para transparencia del apoyo es: (a) Proporcionar un claro entendimiento del apoyo proporcionado y recibido [como sea pertinente] por Partes individuales [así como necesidades de Partes que son países en desarrollo] [y asistir a las Partes a identificar carencias en el apoyo proporcionado y recibido], sin imponer una carga indebida a los PEID y los PMA; Para más información: sraghav@conservation.org 11

12 (b) (c) (d) (e) Aportar [, en la medida de lo posible,] una visión completa del apoyo agregado proporcionado y [movilizado] [a la luz de {referente al objetivo del inventario en virtud del artículo 10}][en virtud del artículo10]; Asegurar [claridad y seguimiento [medición, notificación y verificación] del progreso realizado por las Partes que son países desarrollados en proporcionar apoyo en concordancia con los artículos 6, 7 y 8; Garantizar claridad y seguimiento del apoyo necesitado y recibido por Partes que son países en desarrollo en concordancia con los artículos 6, 7 y 8; Garantizar que no habrá doble cómputo de recursos financieros proporcionados [y asegurar la integridad medioambiental de este Acuerdo]. VI. CPDN / INVENTARIO MUNDIAL: Las contribuciones previstas determinadas a nivel nacional (CPDN) especificarán el nivel de ambición que se integra en el nuevo acuerdo. Aunque el acuerdo en sí invariablemente incluirá un anclaje para las CPDN, el acuerdo debe incorporar una revisión ex ante, así como un mecanismo mediante el cual se puedan reforzar los compromisos a lo largo del tiempo. El acuerdo debe también garantizar que el inventario considera la implementación en materia de mitigación, pero también de adaptación y medios de implementación (artículo 10, párrafo 2), incluso aunque la adaptación y la financiación no son componentes requeridos de las CPDN. El texto de decisiones de la COP debe también instar a las CDN a que incluyan la máxima ambición en todos los sectores, entre ellos mediante el dialogo facilitador propuesto en párrafo 20 del borrador 1/CP.21. Texto recomendado para 1/CP.21, párrafo 19: Invita a todas las Partes a considerar aumentar la ambición de sus esfuerzos de mitigación antes de que presenten su [contribución][compromiso][otro] de mitigación determinado a nivel nacional [en concordancia con las disposiciones del artículo [17] del Acuerdo en las precondiciones para unirse al Acuerdo] Texto recomendado para 1/CP.21, párrafo 101 (g): Tomar en consideración las lecciones aprendidas desde la revisión para informar al proceso de revisión ex ante del nivel colectivo de ambición. Texto recomendado para 1/CP.21, párrafo 103 (d): La forma y naturaleza de los resultados del inventario teniendo en cuenta el carácter del proceso como descrito en el artículo 10, párrafo 1, del Acuerdo mediante un proceso de revisión ex ante. VII. LÍNEA DE TRABAJO 2: El borrador de decisiones aborda la ambición en el período previo a La falta de medidas prácticas para implementación es una preocupación. Para reforzar el borrador de decisiones, se debe añadir una referencia a mecanismos concretos para mayor financiación que priorice actividades listas para desplegar tales como REDD+, carbono azul y otras estrategias de uso de la tierra con grandes beneficios en mitigación y adaptación. Esto incluye plena aplicación de la Declaración de Nueva York sobre los Bosques. Además de financiación reforzada y previsible, esto puede hacerse operativo mediante iniciativas específicas facilitadoras de cooperación entre países, incluyendo asociaciones voluntarias para mitigación y mediante intercambio de conocimientos a través de más plataformas locales y regionales (por ejemplo, reuniones de expertos técnicos (TEM) a nivel regional). Conservación Internacional también acoge con beneplácito la decisión de Para más información: sraghav@conservation.org 12

13 inclusión de elementos que aprovechan los resultados de la Agenda de Acción Lima-París (AALP). Texto recomendado para pp11: [Reiterando la necesidad de intensificar oportunidades de puesta en marcha inmediata que sean [rentables y] de amplia aplicación, [como reducir emisiones provenientes de deforestación y degradación forestal; el papel de la conservación, la gestión sostenible de los bosques, y el incremento de reservas de carbono forestal en países en desarrollo; el mecanismo conjunto de mitigación y adaptación para la gestión integral y sostenible de bosques; y la energía renovable],] Texto recomendado para Párrafo 5 (b): Instando a Partes, organismos de la Convención, organizaciones internacionales, iniciativas de cooperación internacional e interesados que no son Parte, incluyendo pueblos indígenas y comunidades locales para involucrarse activa y eficientemente en este proceso y para cooperar en facilitar la implementación de políticas, prácticas y acciones identificadas durante este proceso, y el intercambio de experiencias, incluyendo de conformidad con prioridades de desarrollo sostenible nacionales; Texto recomendado para Párrafo 12: Reenfatiza su requerimiento para que las Partes que son países desarrollados, al preparar sus presentaciones bienales de actualización sobre estrategias y enfoques, aumenten la financiación para el clima durante el período , con la finalidad de incrementar los elementos cuantitativos y cualitativos disponibles a efectos de una trayectoria orientada a cumplir sus compromisos con el objetivo de movilizar conjuntamente millones US$ anualmente para 2020, haciendo un mayor énfasis en la transparencia y previsibilidad de las corrientes financieras;] y alienta la prioridad de financiación a efectos de actividades listas para desplegar tales como REDD+, el carbono azul, la adaptación basada en ecosistemas y otras estrategias con grandes beneficios de mitigación y adaptación. Texto recomendado para Párrafo 18: Acoge con beneplácito los esfuerzos de interesados que no son Parte, incluyendo la sociedad civil, el sector privado, las instituciones financieras, las autoridades de ciudades y otras entidades subnacionales, las comunidades locales y los pueblos indígenas, a que intensifiquen sus actividades para el clima y brinden a las Partes más oportunidades de mitigación y/o adaptación, incluyendo medidas relativas al clima, particularmente mediante soluciones basadas en la naturaleza, registradas en la plataforma Zona para la Acción Climática de Actores no Estatales (NAZCA). Texto recomendado para Párrafo 23: [Establece una plataforma para apoyar y reforzar los conocimientos, prácticas y tecnologías de los pueblos indígenas y las comunidades locales, incluyendo aquellos para adaptación y mitigación ante el cambio climático de una manera holística e integradora;] Recomendación para Párrafo 29: Apoya la opción 1 párrafos 29-29septies. Para más información: sraghav@conservation.org 13

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