LA OPERACIÓN DE LOS SISTEMAS AÉREOS TRIPULADOS REMOTAMENTE EN ESPAÑA.

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "LA OPERACIÓN DE LOS SISTEMAS AÉREOS TRIPULADOS REMOTAMENTE EN ESPAÑA."

Transcripción

1 LA OPERACIÓN DE LOS SISTEMAS AÉREOS TRIPULADOS REMOTAMENTE EN ESPAÑA. José Ramón Asensi Miralles Ejército del Aire Resumen Los sistemas aéreos pilotados remotamente (RPAS) han ganado una gran relevancia en los últimos años. El Ejército del Aire ha liderado o participado en las iniciativas dentro del ámbito del Ministerio de Defensa encaminadas a posibilitar el empleo de los RPAS en territorio nacional; especialmente en los aspectos relacionados con lanormativa de operación y la formación de operadores. Es de destacar el establecimiento de la Escuela de UAS en las instalaciones del Grupo de Escuelas de Matacán en Salamanca. El empleo de los medios RPAS en el espacio aéreo general representa un reto tecnológico y normativo que continuará en el futuro, con el previsible desarrollo de los RPAS de combate (UCAS). Nota biográfica del autor Teniente Coronel del Ejército del Aire, Oficial de Estado Mayor. Nació en Aspe (Alicante) en Casado y padre de tres hijos. Acumula veinte años de experiencia en vuelo como piloto de caza y ataque en el Ala 15 y piloto de ensayos en vuelo en el CLAEX. Responsable del área de vehículos aéreos pilotados remotamente dentro de la Sección de Programas en su actual destino en la División de Planes del Estado Mayor del Aire. Palabras clave RPA, UAS, segregado, UCAS, seguridad.

2 1. INTRODUCCIÓN. Es un hecho que los sistemas aéreos tripulados remotamente (RPAS, remotelypilotedaircraftsystems) han supuesto uno de los cambios más radicales producidos en la operación de equipos militares durante los últimos años y constituyen hoy un tema de interés preferente para las Fuerzas Armadas y de Seguridad de todo el mundo. Han pasado de ser un elemento desconocido para la práctica totalidad de las Fuerzas Armadas (FAS), a convertirse en un medio habitual e imprescindible en gran parte de los arsenales del mundo. Su versatilidad, polivalencia, y capacidad para operar con discreción, durante tiempos prolongados y con costes reducidos han permitido a los países dotarse de una nueva capacidad fundamental para los escenarios actuales, centrados en red, donde la inteligencia en tiempo real es una de las claves del éxito en la era de la información. La finalidad más habitual de la utilización de los RPAS en el seno de las FAS es su empleo operativo para Inteligencia, Vigilancia y Reconocimiento (ISR, intelligence, surveillance and reconnaissance). Es previsible que siga siendo así en el futuro aunque, por un lado, otras aplicaciones relacionadas con operaciones de combate tanto defensivas como ofensivas cobrarán cada vez mayor relevancia, y por otro, tomarán forma otras aplicaciones como puede ser la capacidad de aerotransporte de material, aero-evacuaciones médicas, NBQR 1 o enlace de comunicaciones, aunque sin llegar a desplazar el protagonismo de las aplicaciones ISR. Esta potencialidad de su empleo, no sólo en el campo militar sino también en el civil, está demostrando día a día grandes ventajas en determinadas áreas de acción frente a las plataformas tripuladas; de ahí la continua demanda de espacio aéreo para su operación y la necesidad de buscar una solución a corto plazo para resolver el gran problema de su integración en el mismo. En el entorno militar, los esfuerzos se han dirigido hacia cómo operar de manera segura los RPASsobreterritorio nacional. La necesidad de una regulación en la operación de los RPAS militares, confinados en la actualidad a espacios segregados y zonas de operaciones militares; la falta de estándares validos reconocidos por las autoridades competentes que habiliten la incorporación de este tipo de tráfico en el espacio aéreo no segregado con el grado de seguridad exigido; la necesidad de gestionar el espectro radioeléctrico para buscar frecuencias seguras y anchos de banda suficientes que soporten el volumen de información manejado; y la baja interoperabilidad de los sistemas RPAS confiriendo poco aprovechamiento de la información de sus cargas de pago por otros sistemas, hace que los trabajos en curso deban dirigirse a identificar, de manera conjunta, los requisitos civiles y militares necesarios para apoyar la operación 1 NBQR. Nuclear, bacteriológico, químico y radiológico

3 segura de los RPAS en las estructuras actuales y futuras del espacio aéreo. El presente documento pretende presentar las iniciativas que en el Ejército del Aire (EA) se han llevado a cabo en los últimos años para dar respuesta a los problemas que el empleo de RPAS sobre territorio nacional presenta, así como identificar las líneas de actuación futuras en función de la previsible evolución de los medios RPAS. Para ello, tras esta introducción, se presenta una definición y clasificación de medios RPAS de forma que se pueda comprender la magnitud de los problemas a resolver según el tipo de RPAS con el que se pretenda operar. A continuación se analizan los trabajos llevados a cabo por el EA en las diferentes áreas de actividad consideraras claves para el empleo seguro de medios RPAS, con especial atención al aspecto normativo tanto militar como civilpara asegurar el cumplimiento de las reglas del aire, y a la formación de los operadores de sistemas RPAS. Seguidamente se analiza la posible evolución a largo plazo de los medios RPAS militares, y sus implicaciones operativas. Finalmente se presentan las principales conclusiones del trabajo. 2. DEFINICIÓN Y CLASIFICACIÓN DE RPAS. Aunque pueda parecer una cuestión un tanto banal, la definición que se emplee de un vehículo tripulado remotamente puede tener importantes consecuencias dentro del campo normativo y las exigencias que llevará asociado su empleo. En este trabajo se empleará el acrónimo RPAS que ha sido el elegido dentro del ámbito de las FAS. También se hará referencia a los UAS (unmannedaerialsystem) que fue la denominación con la que se empezó a trabajar en el EA, considerándose actualmente estos términos como intercambiables hasta que finalmente solo se utilice el de RPAS. La razón detrás del empleo del término RPAS es la conveniencia de recalcar la presencia humana en el control de estos aparatos, contrarrestando el negativo efecto que el término drone tiene entre la opinión pública. De ahí que, utilizando como referencia el Reglamento de Circulación Aérea Operativa, se define un vehículo aéreo no tripulado como el vehículo aéreo propulsado que no lleva personal como operador a bordo. Los vehículos aéreos no tripulados (UAV) incluyen solo aquellos vehículos controlables en los tres ejes. Además, un UAV: a) Es capaz de mantenerse en vuelo por medios aerodinámicos. b) Es pilotado de forma remota o incluye un programa de vuelo automático. c) Es reutilizable.

4 d) No está clasificado como un arma guiada o un dispositivo similar de un solo uso diseñado para el lanzamiento de armas. En este sentido, un sistema aéreo no tripulado(rpas/uas) comprende los elementos individuales del sistema UAV, que incluyen el vehículo aéreo no tripulado (UAV), la estación de control en tierra y cualquier otro elemento necesario para permitir el vuelo, tales como el enlace de comunicaciones o el sistema de lanzamiento y recuperación. 2 Son varias las clasificaciones que se establecen según las distintas organizaciones y atendiendo a diferentes parámetros como el peso/tamaño, empleo (táctico, operativo, estratégico), tipo de misión, altitud, radio de acción/autonomía, velocidad, tipo de lanzamiento (lanzados por catapulta, o desde el hombro, lanzados desde el aire), etc. Aunque no tienen por qué corresponderse de manera lineal unos con otros, suele tomarse el primero de ellos (peso/tamaño) como referencia principal. En la tabla 1 se presenta una clasificación de sistemas RPAS con ejemplos de sistemas actualmente en servicio. Clase (MTOW 3 ) oría Categ Empleo Altitu d Operacional AGL 4 Rad io de Misión Ejem plo de Plataforma CL ASE I 150 Kg CL ASE II > Kg SMA LL 150 > Kg >15 Kg > 2 RO 2 TICO MINI 15> MIC Kg < TÁC Táctica Unidad Subunid ad Táctica Táctico, Pelotón, Sección, personal Formaci ón Táctica Hasta ft Hasta ft 200 ft Hasta Hasta ft Km S 5 ) Km S) Km S) 50 (LO 25 (LO 5 (LO 200 Km (LOS) es 90 Widow Herm Raven Black Searc her MK II 2 Orden PRE/1366/2010, de 20 de mayo, por la que se modifica el Reglamento de la Circulación Aérea Operativa. BOE. 3 MTOW: maximum take-off weight. Peso máximo al despegue. 4 AGL: above ground level.sobre el terreno. 5 LOS: line of sight. Dentro de la línea de visión.

5 CL ASE III > 600 Kg MAL E (Medi um Altitude Long Endurance) HAL E (High co Altitude Long Endurance) Strike /Combat co Operacio nal /de Teatro Estratégi Estratégi Hasta ft Hasta ft Hasta ft OS 6 OS OS BL BL BL Predat or A y B, Heron 1/Heron TP l Hawk Globa Tabla 1: clasificación de sistemas RPAS 3. NORMATIVA EN VIGOR. El principal problema a superar para el desarrollo e implantación de los sistemas aéreos no tripulados es la integración en el espacio aéreo no segregado 7 con un nivel de seguridad en la operación equivalente al de los sistemas tripulados y total transparencia frente al sistema de Gestión y Control de Tráfico Aéreo. La integración de los RPAS en el espacio aéreo general pasa por solventar tres principios o requisitos fundamentales 8 : certificación de la aeronavegabilidad del sistema completo, cualificación del personal de operación y mantenimiento del sistema y el cumplimiento de las reglas del aire según la normativa vigente. Estos requisitos necesitan un avance significativo en las siguientes áreas o pilares fundamentales: aeronavegabilidad, cualificación de operadores, creación de procedimientos estándar de operación y equipamiento necesario para cumplirlos, entre los que destaca el que otorga la capacidad de sentir yevitar (Sense&Avoid). 6 BLOS: beyond line of sight. Más allá de la línea de visión. 7 El espacio aéreo segregado es aquel que se reserva para realizar una actividad aérea concreta. Por ejemplo se puede segregar un volumen de espacio aéreo para realizar un vuelo con un sistema RPAS. El resto de aeronaves no podrán hacer uso de ese espacio aéreo segregado, ni el sistema RPAS podrá operar fuera de este. Esta forma de operar implica una serie de limitaciones que impedirán el desarrollo de los sistemas RPAS, a no ser que sea factible emplearlos en espacio aéreo no segregado, es decir, compartido con el resto de aeronaves tripuladas. 8 Según lo establecido por UAS TaskForce Senior SteeringGroup, en su InitialCapabilityDocument en 2008.

6 De estas áreas, el ámbito de actuación del EA se ha centrado en la generación de normativa de operación y cualificación de operadores, dado que no tiene competencias en materia de aeronavegabilidad. 9 El inicio de los pasos dados por el EA encaminados a la regularización de la operación y formación viene determinado por la modificación del reglamento de circulación aérea operativa (RCAO) con fecha 20 de mayo de Por primera vez, se incorporan a este Reglamento los conceptos de Vehículo/Sistema Aéreos no Tripulados (UAV/UAS), y se asigna al Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire (JEMA), como Autoridad Militar Competente, la autorización de las operaciones de los UAV/UAS militares en el ámbito del Ministerio de Defensa dentro de espacios aéreos segregados. A su vez se responsabiliza a esta Autoridad, del establecimiento de autorizaciones, requisitos y competencias del personal y equipos necesarios para la operación segura dentro del espacio de soberanía y responsabilidad nacional, tanto de los mismos como de los demás usuarios del espacio aéreo, incluidas aquellas personas y bienes sobrevolados. En la actualidad, este Reglamento, RCAO, está siendo actualizado en su totalidad, e incluirá un nuevo libro dedicado exclusivamente a los RPAS. Con él se equiparará de forma clara al RPAS con una aeronave con piloto a bordo y, además de permitir que sigan volando de forma segura en el espacio aéreo de soberanía y responsabilidad dentro espacio aéreo segregado, va a exponer los fundamentos para que estos nuevos sistemas de armas puedan integrarse en el espacio aéreo no segregado una vez conseguida la homologación de la capacidad de sentir y evitar. A partir de este cambio regulatorio, el EA estableció en la Directiva del JEMA 07/11, Proceso de implantación del sistema que regula la operación de los sistemas aéreos no tripulados (UAS) unas líneas de acción que tienen como fin los siguientes objetivos: Establecer el proceso de integración de estos sistemas en territorio nacional. Creación del título de operador de UAS. Constitución de un centro de formación de los mismos. Dotación de los medios técnicos y de infraestructuras necesarios para dicho centro. Establecer los procesos de operación de los UAS en espacio aéreo segregado, hasta la integración de los mismos en el tráfico aéreo general. 9 Dentro del Ministerio de Defensa las competencias en materia de aeronavegabilidad corresponden a la Dirección General de Armamento y Material.

7 El desarrollo de esas líneas de acción ha dado lugar a la generación de normativa que da respuesta a algunos de los objetivos planteados. A. Normas del Jefe de Estado Mayor, Autoridad Competente Militar, sobre la operación de los sistemas aéreos no tripulados (UAS), en espacio aéreo segregado, de febrero de La Normativa establece los requisitos en materia de espacio aéreo y coordinación de los servicios de tránsito aéreo (ATS) para la operación de UAS en este tipo de espacio aéreo. A su vez se determinan los requerimientos operativos y normativos que deberán cumplir los UAS militares para una operación segura, con el propósito de satisfacer las necesidades de todos los usuarios, y posibilitar una adecuada coordinación civil-militar, de acuerdo con el concepto de uso flexible del espacio aéreo. B. Publicación de la Orden Ministerial (OM 62/2012) por la que se aprueban las normas para la valoración de la aptitud médica del personal de las fuerzas armadas con responsabilidad en vuelo. Esta OM modifica la anterior normativa nacional existente sobre el sistema de valoración de la aptitud médica del personal de las FAS con responsabilidad de vuelo e incorpora a los Operadores de UAS en uno de los grupos establecidos. Asimismo, determina el sistema y los procedimientos para que dicha valoración médica sea realizada por los órganos médico aeronáuticos competentes. C. Publicación de la Orden Ministerial (OM 18/2012) por la que se establece la aptitud y se crea el título de operador de sistemas aéreos no tripulados para los miembros de las fuerzas armadas. La OM establece que la Dirección de Enseñanza del EA acreditará la aptitud aeronáutica y titulaciones del personal militar del Ministerio de Defensa responsable de operar estos sistemas de armas. A su vez se designa al Grupo de Escuelas de Matacán del Ejército del Aire, como centro docente militar responsable de impartir las enseñanzas conducentes a la obtención de la titulación aeronáutica de Operador de Sistemas Aéreos no Tripulados Normativa civil. Frente al impulso que desde el Ministerio de Defensa se ha dado al desarrollo normativo que se creía necesario para el empleo de los RPAS militares, en el ámbito civil no se había desarrollado ningún tipo de normativa equivalente. Este vacío normativo quedó en parte cubierto, el pasado viernes 4 de julio cuando el Consejo de Ministros aprobó el régimen temporal para las operaciones con aeronaves pilotadas por control remoto, de peso inferior a los 150 kg al despegue, en el que se establecen las condiciones de explotación de estas aeronaves para la

8 realización de trabajos técnicos y científicos. Es decir, se dispone de una normativa para los RPAS civiles de clase I (según la tabla 1). La regulación de los RPAS de peso superior a 150 kg será llevada a cabo por EASA 10 dentro del marco europeo. El texto aprobado no es la regulación definitiva, que debido a la necesidad de realizar modificaciones en otras leyes y regulaciones tardará más tiempo en aprobarse, pero es una medida con carácter de urgencia que permite el empleo de RPAS civiles en España hasta la aprobación del futuro Real Decreto en el que AESA ha estado trabajando con fabricantes y operadores del sector. De ahí que el hecho principal a destacar es que con esta regulación se determina a la agencia AESA como Autoridad competente en el ámbito civil para tareas de Regulación, Certificación /Inspección y consecuente autorización de actividades. Entre otros aspectos destacables de esta regulación transitoria cabe mencionar la definición de aeronave pilotada por control remoto, las actividades aéreas permitidas, los requisitos que debe cumplir el espacio aéreo que se vaya a utilizar y los requisitos que deben acreditar los pilotos de aeronaves pilotadas por control remoto. Las aeronaves se definen y caracterizan como sigue: a) Se considera aeronave cualquier máquina pilotada por control remoto que pueda sustentarse en la atmósfera por reacciones del aire que no sean las reacciones del mismo contra la superficie de la tierra. b) Deberán estar caracterizadas e identificadas incluyendo la definición de su configuración, características y prestaciones. c) Deben tener las medidas adecuadas para proteger a la aeronave de actos de interferencia ilícita durante las operaciones. d) Se deben realizar, con resultado satisfactorio, los vuelos de prueba que resulten necesarios para demostrar que la operación pretendida puede realizarse con seguridad. Esta regulación transitoria permite la realización de las siguientes actividades aéreas: a) Vuelos de prueba de producción y de mantenimiento, realizados por fabricantes u organizaciones dedicadas al mantenimiento. b) Vuelos de demostración no abiertos al público, dirigidos a grupos cerrados de asistentes a un determinado evento o de clientes potenciales de un fabricante u operador. c) Vuelos para programas de investigación, nacionales o europeos, en los que se trate de demostrar la viabilidad de realizar determinada actividad con aeronaves civiles pilotadas por control remoto. 10 EASA. Agencia europea de seguridad aérea.

9 d) Vuelos de desarrollo en los que se trate de poner a punto las técnicas y procedimientos para realizar una determinada actividad con aeronaves civiles pilotadas por control remoto previos a la puesta en producción de esa actividad. e) Vuelos de I+D realizados por fabricantes para el desarrollo de nuevos productos. Las operaciones se podrán llevar a caboen el espacio aéreo que cumpla las siguientes condiciones: a) Sólo podrán operar en zonas fuera de aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o de reuniones de personas al aire libre, en espacio aéreo no controlado, más allá del alcance visual del piloto, dentro del alcance de la emisión por radio de la estación de control y a una altura máxima sobre el terreno no mayor de 400 pies (120 m.), las aeronaves civiles pilotadas por control remoto cuya masa máxima al despegue sea inferior a 2 Kg, siempre que cuenten con medios para poder conocer la posición de la aeronave. La realización de los vuelos estará condicionada a la emisión de un NOTAM 11 por el proveedor de servicios de información aeronáutica, a solicitud del operador debidamente habilitado, para informar de la operación al resto de los usuarios del espacio aéreo de la zona en que ésta vaya a tener lugar. b) Las aeronaves civiles pilotadas por control remoto cuya masa máxima al despegue no exceda de 25 Kg., sólo podrán operar en zonas fuera de aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o de reuniones de personas al aire libre, en espacio aéreo no controlado, dentro del alcance visual del piloto, a una distancia de éste no mayor de 500 m. y a una altura sobre el terreno no mayor de 400 pies (120 m.). c) Las aeronaves civiles pilotadas por control remoto cuya masa máxima al despegue exceda de 25 Kg. y no sea superior a 150 Kg. y aquéllas cuya masa máxima de despegue sea igual o superior a 150 kg. destinadas a la realización de actividades de lucha contra incendios o búsqueda y salvamento, sólo podrán operar, con las condiciones y limitaciones establecidas en su certificado de aeronavegabilidad emitido por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, en espacio aéreo no controlado. La publicación de esta nueva normativa civil, así como la previsible publicación del Real Decreto con la normativa definitiva para el empleo de RPAS civiles pone de manifiesto la necesidad de promover y mantener una estrecha colaboración entre las Autoridades del Ministerio de Defensa y las Autoridades Civiles responsables de la gestión del espacio aéreo, ya que ambas normativas persiguen la 11 NOTAM, notice to airmen. Aviso publicado por el que se informa de la realización de una actividad aérea en un lugar determinado de forma que otros usuarios del espacio aéreo eviten interferir con la citada actividad.

10 inserción segura de estos sistemas RPAS, así como todas sus actividades. 4. FORMACIÓN Y ENTRENAMIENTO. Un aspecto particular de la normativa está representado por los requisitos asociados a los operadores de RPAS. La falta de una normativa internacional acordada que regule algún tipo de licencia para el operador de RPAS ha obligado a que cada país soberano determine los condicionantes y requisitos necesarios para la operación del RPAS en su área de responsabilidad. El Ministerio de Defensa, y concretamente el EA, en estrecha colaboración con el Ejército de Tierra y la Armada, ante la necesidad de regular estos aspectos dentro del ámbito militar y posibilitar la operación y entrenamiento dentro de territorio nacional y en espacio aéreo segregado, dio los primeros pasos para la estandarización de la enseñanza y calificación del personal operativo de los RPAS militares en España, creando una Escuela de UAS en el GRUEMA 12 como Centro Docente Militar responsable Formación núcleo de instructores. Como una de las acciones de carácter prioritario derivadas de la Directiva 07/11, se trató de identificar Centros de Enseñanza de RPAS acreditados en el extranjero con objeto de formar un núcleo inicial de personal que actuasen como instructores en la Escuela del GRUEMA. Asimismo, la disponibilidad de instructores completamente calificados en sistemas RPAS de iguales o superiores características a los operados dentro del Ministerio de Defensa, facilitaría la acreditación de la Escuela de UAS y de su personal. A raíz de lo anterior, en el 2011 se realizó una consulta a los países de nuestro entorno, cuyo único resultado positivo fue el ofrecimiento de Suiza para visitar su Escuela de UAS en Emmen y evaluar el sistema de enseñanza y cursos implantado desde el año 1999 sobre RPAS. Suiza, además de operar con RPAS de similares características al de nuestras FAS, cuenta con una dilatada experiencia de operación dentro de su territorio, tanto en espacios aéreos segregados como no segregados. Finalmente en agosto de 2011 se formalizó un Acuerdo Técnico con este país para la realización de dos cursos de Formación para profesores del GRUEMA, sin coste para el EA, salvo los derivados de las dietas y transporte del personal español implicado, por lo que ese año dos capitanes del GRUEMA finalizaron con aprovechamiento el primer curso de piloto de RPAS, concediéndoles la titulación pertinente del Estado suizo, y la habilitación en el sistema táctico RPASRanger. Paralelamente, se evaluó la posibilidad de enviar a dos pilotos adicionales del GRUEMA a Israel y Estados Unidos. En este caso la respuesta dada implicaba costes muy altos por lo que se desestimó. 12 GRUEMA, Grupo de Escuelas de Matacán (Salamanca).

11 En junio de 2011 dos pilotos de GRUEMA asistieron al Curso de UAS ofrecido por la Universidad Politécnica de Madrid dentro del Máster de Ensayos de Vuelo y Certificación. Este curso es exclusivamente teórico y de una duración de tres semanas. Se ha seguido asistiendo en la edición posterior con otros dos profesores. En octubre de 2011, y como resultado de la reunión entre los Estados Mayores de la Fuerza Aérea Suiza y el EA, se confirmó el apoyo de la Fuerza Aérea Suiza en la formación, utilización y explotación de capacidades de sistemas RPAS para 2012 y años posteriores. La delegación del EA manifestó la necesidad de seguir enviando pilotos españoles para recibir la instrucción en las instalaciones suizas de RPAS a un ratio de 2/4 pilotos por año hasta un total de ocho. En el año 2012, Suiza ofreció la posibilidad de realizar dos cursos de refresco para los dos capitanes ya calificados, así como un nuevo curso de obtención para un oficial. Tras la firma del Acuerdo Técnico correspondiente, únicamente se completó el Curso de Obtención para un nuevo oficial. En octubre del 2012, tras una nueva consulta, Suiza expresó suconformidad para la formación de personal del EA para el 2013, obteniéndose la invitación para participar durante el 2013 en dos cursos de obtención y uno de refresco en la Escuela de Emmen, en las mismas condiciones que años anteriores. A pesar del periodo de austeridad económica, el EA consideró fundamental continuar con la formación del profesorado en ese país, teniendo en cuenta que era el único recurso disponible en ese momento, a un coste muy reducido, que permitiría continuar potenciando la formación del profesorado de la Escuela de UAS del GRUEMA y el prestigio de la misma entre la creciente comunidad de usuarios de RPAS Escuela de UAS. El 22 de junio de 2012, el JEMAinauguró la Escuela de UAS del Ministerio de Defensa, dentro del Grupo de Escuelas de Matacán en Salamanca, destinada a impartir las enseñanzas conducentes a la obtención de la titulación aeronáutica de Operador de Sistemas Aéreos no Tripulados. Esta Escuela, pionera en la formación de personal Operador de UAS en nuestras FAS, nació con una vocación de ampliar su actividad formativa a los ámbitos de la acción del estado y de los organismos públicos y sectores de la industria aeroespacial. El objetivo del Centro es llevar a cabo en ella la formación básica teórica y práctica de los operadores de RPAS para las dos titulaciones 13 que se establecen en la Orden Ministerial (18/2012). En 13 Se establecen dos grandes categorías de UAVs en atención a su peso, atribuyéndose dos tipos de tarjetas para acreditar la aptitud para su operación: la Tarjeta Marrón (para operar UAS militares cuyo peso sea inferior o igual a 150 kg) y la Tarjeta Naranja (para operar UAS militares cuyo peso sea superior a 150 kg). Se aprueban las normas generales para la concesión, convalidación, revalidación,

12 una fase posterior cada ejército sería responsable de la formación específica de su personal en los sistemas de su inventario, siguiendo así el mismo esquema de formación implantado hasta la fecha para la formación de pilotos militares en España. Los planes de estudio asociados a la obtención y convalidación de las titulaciones aeronáuticas del personal militar español Operador de RPAS 14, se han desarrollado basándose en las recomendaciones establecidas en el STANAG 4670 sobre Guidanceforthe training of UnmannedAircraftSystems (UAS) Operators. El esfuerzo inicial de la Escuela de UAS se dirigió a convalidar a todo el personal Operador de RPAS de las Fuerzas Armadas españolas que estaba operando RPAS en el exterior, y cuya formación inicial se realizó en su día por la Industria en cada una de las plataformas específicas adquiridas, al no disponer en ese momento de un Centro Docente Militar nacional. Asimismo, se han impartido en el Centro cursos de operador de RPAS a personal civil de la Industria (INDRA, CASSIDIAN y TEKPLUS) e INTA, fruto de convenios de colaboración o condiciones de prestación de apoyo entre EA y dichas empresas/organizaciones, por considerarse de interés para el EA los programas de desarrollo en curso (Atlante, Pelicano, Desire, Centauro, etc.). En este contexto cabe destacar la firma de un Convenio Específico de Colaboración entre el Ministerio de Defensa/EA y el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial Esteban Terradas (INTA) de fecha 2 de agosto de 2012 que ha permitido el empleo interino del sistema SIVA 15 como plataforma para los cursos de Clase II. En definitiva, desde su establecimiento como Centro Docente, no ha cesado de aumentar el número de Operadores que han obtenido en él sus licencias. Finalmente, es de destacar el interés de la empresa privada y de otras naciones por las actividades desarrolladas en la Escuela. En el primer caso debido a la falta de centros formativos civiles, y en el segundo por el auge que en el campo militar están adquiriendo los sistemas RPAS Requisitos de la normativa civil. renovación, ampliación y anulación de estos dos tipos de tarjetas de aptitud. Las dos categorías se corresponden a las Clases I y II de la tabla Operador de Sistemas Aéreos no Tripulados (DUO, por sus siglas en inglés: Designated UAS Operator) se define como la persona designada para operar remotamente los mandos de vuelo de una aeronave no tripulada, ejecutando la misión programada con las adecuadas garantías de seguridad y eficacia operativa. Se atribuyen al DUO la consideración de piloto al mando/comandante de la aeronave y las responsabilidades inherentes y especificadas para este puesto en el RCAO. La aptitud de DUO se adquiere mediante la obtención del título correspondiente y faculta a su titular para el ejercicio de todas las funciones relacionadas con la operación del UAS para las que esté acreditado (entre las que se incluyen, por ejemplo, las maniobras de despegue y aterrizaje). 15 Sistema RPAS desarrollado por el INTA

13 En el caso concreto de España, el Ministerio de Fomento, a través de la Dirección General de Aviación Civil (DGAC), ha sido consciente que debía atender la necesidad real sobre UAS planteada por muchos organismos, instituciones y empresas. Para ello, la DGAC ha participado dentro de un grupo de trabajo de la Comisión Europea en el desarrollo de una Estrategia en apoyo a los RPAS, para la inserción progresiva de estos Sistemas en el espacio aéreo no segregado a partir del Se busca en el horizonte apuntado, una definición de requisitos/condicionantes deformación necesarios para los operadores de RPAS al objeto de regular las correspondientes licencias. El resultado ha sido la inclusión en el régimen temporal para las operaciones con aeronaves pilotadas por control remoto, de peso inferior a los 150 kg al despegue, analizado en el apartado anterior, de los siguientes requisitos: a) Ser titulares de cualquier licencia de piloto, incluyendo la licencia de piloto de ultraligero, emitida conforme a la normativa vigente, o haberlo sido en los últimos cinco años y no haber sido desposeídos de la misma en virtud de un procedimiento sancionador, o b) Demostrar de forma fehaciente que disponen de los conocimientos teóricos necesarios para la obtención de cualquier licencia de piloto, incluyendo la licencia de piloto de ultraligero. c) Para las aeronaves de masa máxima al despegue no superior a 25 Kg deberá disponer de un certificado básico para el pilotaje de aeronaves civiles pilotadas por control remoto, emitido por una organización de formación aprobada, para volar dentro del alcance visual del piloto; o, de un certificado avanzado para el pilotaje de aeronaves civiles pilotadas por control remoto, emitido por una organización de formación aprobada, si se va a volar más allá del alcance visual del piloto Además de lo anterior, deberán tener 18 años de edad cumplidos y estar en posesión del correspondiente certificado médico. Al igual que en el caso de la normativa de operación de RPAS, los requisitos exigidos a los operadores de RPAS militares y civiles deberían acabar siendo armonizados tal y como ocurre con las titulaciones de los pilotos de avión, si bien podría haber ciertas diferencias debido a las especificidades de las operaciones previstas para dichos RPAS. Asimismo, ante la ausencia de centros de formación civiles y la experiencia adquirida por la Escuela de UAS del GRUEMA, parece lógico que se pudiesen encontrar sinergias entre las capacidades formativas existentes en el ámbito del Ministerio de Defensa y las necesidades crecientes de operadores de RPAS en el ámbito civil. 5. NECESIDADES OPERATIVAS FUTURAS.

14 Tras el análisis de las actividades llevadas a cabo para posibilitar el empleo de los sistemas RPAS militares en España en la actualidad, se hace necesario mirar hacia el futuro de forma que se pueda identificar cuáles serían las actividades que deberían acometerse para garantizar la operación de los RPAS futuros. En este sentido, se prevé que en el futuro el uso de RPAS se podrá generalizar también al combate aéreo. En concreto, es de esperar que hacia el año 2030 los UCAS 16 complementarán la capacidad de combate aire-aire y aire-superficie en las operaciones en áreas de alto riesgo y podrán formar parte de los programas de obtención de otros aviones de combate. Es por ello que España participa a nivel de Ministerio de Defensa en diferentes foros, Grupos de Trabajo y Programas internacionales que investigan requisitos, aplicaciones y tecnologías a desarrollar para lo que será el Futuro Sistema de Combate Aéreo (FCAS), como el Programa ETAP (EuropeanTechnologyAcquisitionProgramme) Concepto FCAS. Actualmente el entorno de mayor importancia donde se define y estudia el concepto futuro de los sistemas de combate y sus capacidades es el Programa ETAP. Dicho programa ETAP es una iniciativa europea que pretende el desarrollo de tecnologías aplicables al concepto FCAS con un horizonte situado en el año Está financiado por la Dirección General de Armamento y Material (DGAM) del Ministerio de Defensa e incluye a AIRBUS (antes CASSIDIAN) como industria aeroespacial española participante en el programa. Dentro de este programa, el concepto FCAS se entiende como un sistema multiplataforma, combinando aviones de combate tripulados remotamente (UCAS) y tripulados, estos últimos bien de nueva generación o bien actualizaciones de los sistemas heredados. Por otro lado, el contexto operativo del futuro se establece como un sistema de sistemas, compuesto de sistemas operativos, como es el FCAS y cooperativos, tal y como refleja la figura siguiente. 16 UCAS, unmannedcombat air system

15 Figura 1. Concepto FCAS & Sistema de sistemas La participación del EA en los diversos estudios del programa ha sido en labor de asesoramiento a la industria sobre los requisitos operativos a aplicar en el concepto FCAS y supervisión de los resultados evaluando las capacidades del sistema. El resultado final, tras un análisis técnico y operacional de las necesidades tecnológicas de los futuros sistemas de combate, para cumplir con los requisitos operativos que los distintos países participantes esperan tener, se resume en dos productos principales: Una identificación de las tecnologías necesarias para el desarrollo del FCAS en el entorno Una priorización y especificación de los requisitos tecnológicos identificados que satisfagan a largo plazo los requisitos operativos de las Naciones. Las principales tecnologías identificadas a desarrollar, fueron extraídas, al final de un proceso iterativo, de dos variantes del sistema FCAS seleccionadas. En términos comparativos entre sistemas tripulados y no tripulados los resultados de este estudio permiten sacar algunas conclusiones preliminares de carácter operativo: Sería perfectamente factible un FCAS basado en componentes exclusivamente tripulados como otro mixto tripulado-no tripulado. Ambas opciones cumplirían los requisitos establecidos. Comparativamente, un FCAS exclusivamente tripulado sería en términos de coste- eficacia un 25% peor, pero un 10% mejor en términos de eficacia operativa. Además, en cuanto a dimensionamiento de flotas comparativamente requerirá más número de aviones y la actividad aérea necesaria (horas de vuelo) para cumplir los requisitos sería mayor. Centrados en los componentes no tripulados del FCAS, las principales conclusiones del estudio son:

16 Hay dos líneas principales de desarrollo: uno prima la superioridad en el enfrentamiento (que se caracteriza por una muy baja observabilidad y disponibilidad de armamento y sensores de ataque, UCAV VLO); el otro prima la persistencia y la capacidad ISTAR (que se caracteriza por una baja observabilidady sistemas de auto-protección de altas prestaciones, UCAV LO) La elección del UCAV LO frente al UCAV VLO tendría impacto en el número de plataformas necesarias: se requeriría adquirir un número significativamente mayor de los primeros. Además la actividad aérea de los UCAV LO sería del orden de un 30% mayor. Finalmente, el estudio permite estimar que, para el caso de optar por una flota mixta tripulada-no tripulada, la flota global de sistemas de combate del EA se vería reducida aproximadamente en un 15% si se opta por un UCAV VLO y un 5% si se opta por un UCAV LO UCAS. Como complemento a la parte teórica del empleo operativo de UCAS generada en el ETAP, el EA monitoriza el desarrollo del programa del demostrador tecnológico (TDP) NEURON, en el que España participa a través de DGAM. El TDP NEURON tiene como objetivo desarrollar las tecnologías de diseño críticas para un UCAV mediante la fabricación de un prototipo en vuelo. Los conceptos básicos de diseño han sido la baja observabilidad (lo que incluye el diseño de un bahía de carga de armamento interna) y su orientación al rol aire-superficie Líneas de acción futuras. Los estudios encaminados a diseñar el concepto FCAS así como los desarrollos tecnológicos (NEURON) muestran que en el futuro la integración de los medios aéreos pilotados remotamente (RPAS, UCAS ) debería alcanzar un nivel muy superior al que actualmente es posible obtener. De ahí que a la vez que se mejoran las tecnologías encaminadas a integrar a los RPAS en el espacio aéreo general es necesario seguir colaborando a nivel europeo para que la normativa resultante sea favorable a los intereses de España y sus FAS. No parece fácil el camino que queda por recorrer si imaginamos a sistemas UCAS de altas prestaciones volando sobre territorio nacional. En esta misma línea argumental cabe preguntarse cuál sería la formación que deberían recibir los operadores de esos nuevos sistemas UCAS, puesto que los niveles formativos diseñados en la actualidad no parecen cubrir con las garantías suficientes los niveles exigidos a

17 un operador de UCAS capaz de llevar a cabo misiones de combate aéreo. Por último es imprescindible asumir que el liderazgo del ámbito militar que hasta ahora ha sido evidente, parece que va a continuar siéndolo dado el nivel de ambición claramente superior de los sistemas RPAS militares futuros sobre los civiles. 6. CONCLUSIONES. Las diferentes iniciativas en el ámbito del Ministerio de Defensa, en las que ha sido un actor importante el EA, han permitido que exista un cuerpo normativo que garantiza la seguridad del empleo de los medios RPAS militares sobre territorio nacional dentro de espacio aéreo segregado. Junto a la normativa de operación, la creación de la Escuela de UAS del GRUEMA y la cuidada labor formativa del núcleo inicial de instructores de la misma han posibilitado establecer los cimientos sobre los que será posible seguir evolucionando de forma que se pueda afrontar con garantías los retos que los nuevos desarrollos tecnológicos en el campo de los RPAS (principalmente los UCAS) van a presentar a las FAS españolas. En este sentido, es difícilmente discutible que el liderazgo del Ministerio de Defensa en este campo es imprescindible dado el nivel de ambición claramente superior de los sistemas RPAS militares futuros sobre los civiles. Dicho liderazgo podría permitir la identificación de sinergias, especialmente en el campo de la formación de operadores de RPAS. Pero de todos modos, tal y como ocurre con la aviación tripulada, es imprescindible que exista una estrecha coordinación entre las Autoridades Civiles y Militares. El nivel de integración y seguridad en la operación de los RPAS requeridos por las FAS solo se podrá alcanzar si ambas normativas, la civil y la militar, acaban siguiendo un camino común aunque no exactamente idéntico. De ahí que las diferencias previsibles, como ya es posible identificar en la recientemente publicada normativa civil transitoria, sean mínimas y en cualquier caso, fruto de las especificidades de las operaciones en las que se esperan emplear los medios RPAS.

R. JURÍDICO DE LOS DRONES

R. JURÍDICO DE LOS DRONES R. JURÍDICO DE LOS DRONES SISTEMAS VOLADORES PILOTADOS POR CONTROL REMOTO EL VACIO LEGAL DEL USO COMERCIAL O PROFESIOANAL Mayo de 2014 www.diezromeo.com QUÉ SON LOS DRONES? CLASIFICACIÓN DE LOS DRONES

Más detalles

ORDENACIÓN DE LAS ACTUACIONES PERÍODICAS DEL CONSEJO SOCIAL EN MATERIA ECONÓMICA

ORDENACIÓN DE LAS ACTUACIONES PERÍODICAS DEL CONSEJO SOCIAL EN MATERIA ECONÓMICA Normativa Artículo 2, 3 y 4 de la Ley 12/2002, de 18 de diciembre, de los Consejos Sociales de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid Artículo 14 y 82 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de

Más detalles

NORMATIVA LEGAL PARA PILOTAR DRONES CON FINES LÚDICOS O DEPORTIVOS.

NORMATIVA LEGAL PARA PILOTAR DRONES CON FINES LÚDICOS O DEPORTIVOS. NORMATIVA LEGAL PARA PILOTAR DRONES CON FINES LÚDICOS O DEPORTIVOS. Lo primero que hay que saber es que, legalmente, no es lo mismo pilotar un drone con fines lúdicos/deportivos que con fines comerciales.

Más detalles

Operación 8 Claves para la ISO 9001-2015

Operación 8 Claves para la ISO 9001-2015 Operación 8Claves para la ISO 9001-2015 BLOQUE 8: Operación A grandes rasgos, se puede decir que este bloque se corresponde con el capítulo 7 de la antigua norma ISO 9001:2008 de Realización del Producto,

Más detalles

1º) El título oficial de Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria fue creado a través del Real Decreto 3303/1978, de 29 de diciembre,

1º) El título oficial de Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria fue creado a través del Real Decreto 3303/1978, de 29 de diciembre, 1º) El título oficial de Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria fue creado a través del Real Decreto 3303/1978, de 29 de diciembre, norma que estableció como sistema ordinario y habitual

Más detalles

PROGRAMA 111Q FORMACIÓN DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

PROGRAMA 111Q FORMACIÓN DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA PROGRAMA 111Q FORMACIÓN DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 1. DESCRIPCIÓN El Centro de Estudios Jurídicos (CEJ) es un Organismo Autónomo, dependiente del Ministerio de Justicia, adscrito a la

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE FOMENTO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE FOMENTO Núm. 63 Sábado 14 de marzo de 2009 Sec. I. Pág. 25369 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE FOMENTO 4259 Real Decreto 241/2009, de 2 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 270/2000, de 25

Más detalles

EXPERIENCIA EN LA APLICACIÓN DE LA NORMA TRANSITORIA

EXPERIENCIA EN LA APLICACIÓN DE LA NORMA TRANSITORIA EXPERIENCIA EN LA APLICACIÓN DE LA NORMA TRANSITORIA Autor: Laura López Sanz Dirección: Dirección de Seguridad de Aeronaves Cargo: Responsable del Servicio de RPAS Fecha: 30 de Septiembre de 2015 RESUMEN.

Más detalles

Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales

Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales 2013 MÁSTER UNIVERSITARIO EN ACTIVIDAD FÍSICO-DEPORTIVA, PERSONAS CON DISCAPACIDAD E INTEGRACIÓN SOCIAL Facultad de Formación

Más detalles

Comité de Desarrollo y Propiedad Intelectual (CDIP)

Comité de Desarrollo y Propiedad Intelectual (CDIP) S CDIP/12/6 ORIGINAL: INGLÉS FECHA: 11 DE OCTUBRE DE 2013 Comité de Desarrollo y Propiedad Intelectual (CDIP) Duodécima sesión Ginebra, 18 a 21 de noviembre de 2013 PROYECTO PILOTO SOBRE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Más detalles

CENTRO DE INSTRUCCIÓN TÉCNICA DE HELICÓPTEROS

CENTRO DE INSTRUCCIÓN TÉCNICA DE HELICÓPTEROS CENTRO DE INSTRUCCIÓN TÉCNICA DE HELICÓPTEROS 1er. Centro de Formación para LMA B1 aprobado en España, de acuerdo a la normativa EASA partes 66 y 147. Nº REF. ES.147.004 Página 2 de 13 Página 3 de 13 Agencia

Más detalles

Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales GRADO EN ARTES VISUALES Y DANZA

Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales GRADO EN ARTES VISUALES Y DANZA Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales 2013 GRADO EN ARTES VISUALES Y DANZA FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES URJC INFORMACIÓN PUBLICA Valoración Final

Más detalles

TEST DE IDONEIDAD BORRADOR.

TEST DE IDONEIDAD BORRADOR. TEST DE IDONEIDAD BORRADOR. 31 de Octubre de 2007 Introducción Uno de los principales cambios que incorpora la MiFID y su normativa de desarrollo para las entidades incluidas en su ámbito de aplicación,

Más detalles

IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013*

IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013* IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013* * Revisión aprobada por el Comité Rectoral del 16 de junio de 2014 ÍNDICE PREÁMBULO I. TÍTULO

Más detalles

PROYECTO DE REAL DECRETO SOBRE HOMOLOGACION DE PLANES DE ESTUDIOS Y TÍTULOS DE CARÁCTER OFICIAL Y VALIDEZ EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL

PROYECTO DE REAL DECRETO SOBRE HOMOLOGACION DE PLANES DE ESTUDIOS Y TÍTULOS DE CARÁCTER OFICIAL Y VALIDEZ EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL PROYECTO DE REAL DECRETO SOBRE HOMOLOGACION DE PLANES DE ESTUDIOS Y TÍTULOS DE CARÁCTER OFICIAL Y VALIDEZ EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL El artículo 149.1.30 de la Constitución atribuye al Estado como

Más detalles

PROGRAMA 496M REGULACIÓN DEL JUEGO

PROGRAMA 496M REGULACIÓN DEL JUEGO PROGRAMA 496M REGULACIÓN DEL JUEGO 1. DESCRIPCIÓN La Dirección General de Ordenación del Juego ha asumido las competencias que la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, atribuyó a la Comisión

Más detalles

PRÁCTICAS DE FORMACIÓN ACADÉMICA

PRÁCTICAS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Normativa de PRÁCTICAS DE FORMACIÓN ACADÉMICA con reconocimiento por equivalencia de créditos de libre configuración por la realización de PRÁCTICAS en Empresas, Instituciones Públicas o Privadas. PREÁMBULO

Más detalles

PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 843/2011, DE 17 DE JUNIO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS BÁSICOS SOBRE LA

PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 843/2011, DE 17 DE JUNIO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS BÁSICOS SOBRE LA PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 843/2011, DE 17 DE JUNIO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS BÁSICOS SOBRE LA ORGANIZACIÓN DE RECURSOS PARA DESARROLLAR LA ACTIVIDAD

Más detalles

Gerència de Recursos Direcció del Sistema Municipal d Arxius POLÍTICA DE GESTIÓN DOCUMENTAL DEL AYUNTAMIENTO DE BARCELONA

Gerència de Recursos Direcció del Sistema Municipal d Arxius POLÍTICA DE GESTIÓN DOCUMENTAL DEL AYUNTAMIENTO DE BARCELONA POLÍTICA DE GESTIÓN DOCUMENTAL DEL AYUNTAMIENTO DE BARCELONA 19 de Noviembre de 2015 INSTRUCCIÓN DE POLÍTICA DE GESTIÓN DOCUMENTAL DEL AYUNTAMIENTO DE BARCELONA Preámbulo En los últimos años, la gestión

Más detalles

Plan provincial de Producción más limpia de Salta

Plan provincial de Producción más limpia de Salta Plan provincial de Producción más limpia de Salta Guía IRAM 009 V.1 Requisitos para la obtención de los distintos niveles de la distinción GESTION SALTEÑA ECOECFICIENTE INTRODUCCIÓN: IRAM, junto con la

Más detalles

ISO14001:2015. - disponer de un certificado bajo la versión de 2008 en vigor - superar una auditoria bajo los requisitos de la nueva versión

ISO14001:2015. - disponer de un certificado bajo la versión de 2008 en vigor - superar una auditoria bajo los requisitos de la nueva versión ISO14001:2015 PLAN DE TRANSICIÓN Tras la publicación de la nueva versión de la norma ISO14001 el pasado mes de septiembre se inicia un periodo de convivencia entre las dos versiones de la norma. Este periodo

Más detalles

40. Recomendación No. 156 sobre el Medio Ambiente de Trabajo (Contaminación del Aire, Ruido y Vibraciones)

40. Recomendación No. 156 sobre el Medio Ambiente de Trabajo (Contaminación del Aire, Ruido y Vibraciones) 40. Recomendación No. 156 sobre el Medio Ambiente de Trabajo (Contaminación del Aire, Ruido y Vibraciones) Clase de Instrumento: Resolución de la Conferencia General de la Organización Internacional del

Más detalles

Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales MÁSTER UNIVERSITARIO EN ADMINISTRACIÓN CONCURSAL

Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales MÁSTER UNIVERSITARIO EN ADMINISTRACIÓN CONCURSAL Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales 2013 MÁSTER UNIVERSITARIO EN ADMINISTRACIÓN CONCURSAL UNEB INFORMACIÓN PUBLICA Valoración Final Uno de los compromisos

Más detalles

NORMA TÉCNICA DE AUDITORÍA SOBRE CONSIDERACIONES RELATIVAS A LA AUDITORÍA DE ENTIDADES QUE EXTERIORIZAN PROCESOS DE ADMINISTRACIÓN

NORMA TÉCNICA DE AUDITORÍA SOBRE CONSIDERACIONES RELATIVAS A LA AUDITORÍA DE ENTIDADES QUE EXTERIORIZAN PROCESOS DE ADMINISTRACIÓN Resolución de 26 de marzo de 2004, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publica la Norma Técnica de Auditoría sobre consideraciones relativas a la auditoría de entidades

Más detalles

Para llegar a conseguir este objetivo hay una serie de líneas a seguir:

Para llegar a conseguir este objetivo hay una serie de líneas a seguir: INTRODUCCIÓN La Gestión de la Calidad Total se puede definir como la gestión integral de la empresa centrada en la calidad. Por lo tanto, el adjetivo total debería aplicarse a la gestión antes que a la

Más detalles

CUESTIONARIO DE AUTOEVALUACIÓN

CUESTIONARIO DE AUTOEVALUACIÓN CUESTIONARIO DE AUTOEVALUACIÓN El presente Cuestionario permite conocer en qué estado de madurez se encuentra el Sistema de Gestión Ambiental (en adelante, SGA) de su organización, de acuerdo a los requisitos

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 160 Lunes 6 de julio de 2015 Sec. III. Pág. 56016 III. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR 7563 Instrucción IS-39, de 10 de junio de 2015, del Consejo de Seguridad Nuclear, en relación

Más detalles

SISTEMAS DE GESTIÓN AMBIENTAL: NORMA UNE-EN-ISO 14001

SISTEMAS DE GESTIÓN AMBIENTAL: NORMA UNE-EN-ISO 14001 SISTEMAS DE GESTIÓN AMBIENTAL: NORMA UNE-EN-ISO 14001 Yolanda PAREDES CONESA Parte del sistema de gestión de una organización, empleada para desarrollar e implementar su política ambiental y gestionar

Más detalles

ANTECEDENTES. AUME Calle Baeza, 7 28002 Madrid Tel: 91 415 08 30 Fax: 91 415 08 61 C.e: aume@aume.org Web: www.aume.org

ANTECEDENTES. AUME Calle Baeza, 7 28002 Madrid Tel: 91 415 08 30 Fax: 91 415 08 61 C.e: aume@aume.org Web: www.aume.org PROPUESTA, NÚM 12/2015 DE FECHA 19 DE MAYO DE 2015, PARA LA MODIFICACIÓN DE ASIGNACIÓN DE PLAZAS PARA INGRESAR EN LOS CENTROS DE FORMACIÓN DE LAS ESCALAS DE SUBOFICIALES. ANTECEDENTES 1. El Real Decreto

Más detalles

(Aprobado por Consejo de Gobierno en sesión de 4 de octubre de 2006)

(Aprobado por Consejo de Gobierno en sesión de 4 de octubre de 2006) (Aprobado por Consejo de Gobierno en sesión de 4 de octubre de 2006) REGLAMENTO GENERAL DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE MEDICINA DEL TRABAJO DE LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE CAPÍTULO I: DISPOSICIONES

Más detalles

reflexiones conjuntas del equipo de Profesores del centro que ha de dar lugar, entre otras, a directrices y decisiones compartidas y asumidas

reflexiones conjuntas del equipo de Profesores del centro que ha de dar lugar, entre otras, a directrices y decisiones compartidas y asumidas ORDEN DE 28 DE AGOSTO DE 1995 POR LA QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA GARANTIZAR EL DERECHO DE LOS ALUMNOS DE EDUCACION SECUNDARIA OBLIGATORIA Y DE BACHILLERATO A QUE SU RENDIMIENTO ESCOLAR SEA EVALUADO

Más detalles

CODIGO DE CONDUCTA Para la realización de inversiones financieras temporales

CODIGO DE CONDUCTA Para la realización de inversiones financieras temporales CODIGO DE CONDUCTA Para la realización de inversiones financieras temporales I. ASEPEYO es una Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social que con el numero 151,

Más detalles

LA REGULACIÓN DEL EJERCICIO PROFESIONAL DEL TÉCNICO DEPORTIVO

LA REGULACIÓN DEL EJERCICIO PROFESIONAL DEL TÉCNICO DEPORTIVO LA REGULACIÓN DEL EJERCICIO PROFESIONAL DEL TÉCNICO DEPORTIVO Javaloyes Sanchis, V. Instituto Nacional de Educación Física de Cataluña Introducción El creciente sector deportivo demanda y requiere de una

Más detalles

1. Ordenación académica del título de formación profesional de Técnico en Explotación de Sistemas Informáticos

1. Ordenación académica del título de formación profesional de Técnico en Explotación de Sistemas Informáticos Decreto 350/2003, de 9 de diciembre, por el que se establecen las Enseñanzas correspondientes al Título de Formación Profesional de Técnico en Explotaciónde Sistemas Informáticos. El Estatuto de Autonomía

Más detalles

PARTE II EXPLOTADORES DE SERVICIOS AÉREOS VOLUMEN II ADMINISTRACIÓN TÉCNICA DE EXPLOTADORES DE SERVICIOS AÉREOS

PARTE II EXPLOTADORES DE SERVICIOS AÉREOS VOLUMEN II ADMINISTRACIÓN TÉCNICA DE EXPLOTADORES DE SERVICIOS AÉREOS Manual del inspector de operaciones SRVSOP Parte II - Explotadores de servicios aéreos PARTE II EXPLOTADORES DE SERVICIOS AÉREOS VOLUMEN II ADMINISTRACIÓN TÉCNICA DE EXPLOTADORES DE SERVICIOS AÉREOS Sección

Más detalles

6. LOS PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, PROMOCIÓN DEL ALUMNADO Y TITULACIÓN DEL ALUMNADO.

6. LOS PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, PROMOCIÓN DEL ALUMNADO Y TITULACIÓN DEL ALUMNADO. 6. LOS PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, PROMOCIÓN DEL ALUMNADO Y TITULACIÓN DEL ALUMNADO. Los criterios de evaluación en las distintas enseñanzas que se imparten en el centro están recogidos en

Más detalles

Centrados en sus objetivos SERVICIOS Y SOPORTE DE AGILENT RESUMEN DE POSIBILIDADES

Centrados en sus objetivos SERVICIOS Y SOPORTE DE AGILENT RESUMEN DE POSIBILIDADES Centrados en sus objetivos SERVICIOS Y SOPORTE DE AGILENT RESUMEN DE POSIBILIDADES Los laboratorios se enfrentan en la actualidad a complejos desafíos científicos y empresariales que exigen disponer del

Más detalles

Este documento ha sido descargado de www.belt.es El portal de los profesionales de la seguridad.

Este documento ha sido descargado de www.belt.es El portal de los profesionales de la seguridad. RESOLUCIÓN DE 14 DE DICIEMBRE DE 2006, DEL MINISTERIO DE FOMENTO DE LA SECRETARÍA GENERAL DE TRANSPORTES, POR LA QUE DISPONE LA PUBLICACIÓN DEL PLIEGO DE INSTRUCCIONES TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS QUE HAN

Más detalles

Implantación, desarrollo y estructura de la Prevención de Riesgos Laborales en el Ejército de Tierra

Implantación, desarrollo y estructura de la Prevención de Riesgos Laborales en el Ejército de Tierra Implantación, desarrollo y estructura de la Prevención de Riesgos Laborales en el Ejército de Tierra Manuel Blanco Pereira. Comandante. Infantería. INTRODUCCIÓN Doce años transcurren desde la publicación

Más detalles

DECLARACIÓN DE VALENCIA PARA LA PROMOCIÓN Y DESARROLLO DEL VOLUNTARIADO DEPORTIVO EN EUROPA CON OCASIÓN DE LA CAPITALIDAD EUROPEA DEL DEPORTE 2011

DECLARACIÓN DE VALENCIA PARA LA PROMOCIÓN Y DESARROLLO DEL VOLUNTARIADO DEPORTIVO EN EUROPA CON OCASIÓN DE LA CAPITALIDAD EUROPEA DEL DEPORTE 2011 DECLARACIÓN DE VALENCIA PARA LA PROMOCIÓN Y DESARROLLO DEL VOLUNTARIADO DEPORTIVO EN EUROPA CON OCASIÓN DE LA CAPITALIDAD EUROPEA DEL DEPORTE 2011 (Conclusiones del I Congreso Europeo del Voluntariado

Más detalles

10. PRÁCTICAS EXTERNAS

10. PRÁCTICAS EXTERNAS 10. PRÁCTICAS EXTERNAS 10.1. DEFINICIÓN Las prácticas externas se configuran como actividades formativas integradas en el plan de estudios de las correspondientes enseñanzas artísticas superiores y podrán

Más detalles

ORGANIZACIÓN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID

ORGANIZACIÓN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID ORGANIZACIÓN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID Aprobado por Consejo de Gobierno de 25 de octubre de 2005 La Universidad de Valladolid cumpliendo con sus compromisos y con sus obligaciones

Más detalles

MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD DIRECCIÓN GENERAL DE CARTERA BÁSICA DE SERVICIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD Y FARMACIA

MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD DIRECCIÓN GENERAL DE CARTERA BÁSICA DE SERVICIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD Y FARMACIA MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD DIRECCIÓN GENERAL DE CARTERA BÁSICA DE SERVICIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD Y FARMACIA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE CARTERA BÁSICA DE SERVICIOS DEL SISTEMA

Más detalles

PROTOCOLO PARA EL PROCEDIMIENTO DE RENOVACIÓN DE LA ACREDITACIÓN DE TÍTULOS UNIVERSITARIOS OFICIALES EN LA REGIÓN DE MURCIA DURANTE 2015.

PROTOCOLO PARA EL PROCEDIMIENTO DE RENOVACIÓN DE LA ACREDITACIÓN DE TÍTULOS UNIVERSITARIOS OFICIALES EN LA REGIÓN DE MURCIA DURANTE 2015. PROTOCOLO PARA EL PROCEDIMIENTO DE RENOVACIÓN DE LA ACREDITACIÓN DE TÍTULOS UNIVERSITARIOS OFICIALES EN LA REGIÓN DE MURCIA DURANTE 2015. La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada

Más detalles

Programas de ayuda externa - Contrato de servicios - Anuncio de licitación - Procedimiento restringido

Programas de ayuda externa - Contrato de servicios - Anuncio de licitación - Procedimiento restringido 1/5 El presente anuncio en el sitio web de TED: http://ted.europa.eu/udl?uri=ted:notice:82451-2011:text:es:html MK-Skopie: IPA Realización de un estudio nacional sobre las tarifas del agua 2011/S 51-082451

Más detalles

Módulo III. Aprendizaje permanente Tema 4: Aprendizaje de actividades laborales Entrevista. El papel de las familias como impulsoras del empleo

Módulo III. Aprendizaje permanente Tema 4: Aprendizaje de actividades laborales Entrevista. El papel de las familias como impulsoras del empleo Módulo III. Aprendizaje permanente Tema 4: Aprendizaje de actividades laborales Entrevista. El papel de las familias como impulsoras del empleo Carmen Ochoa Berrozpe Pedagoga Responsable del Programa de

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 246 Viernes 10 de octubre de 2014 Sec. I. Pág. 82612 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS 10304 Resolución de 6 de octubre de 2014, de la Dirección General

Más detalles

DEFINICIÓN Y OBJETIVOS Qué es y para qué sirve un itinerario de estas características?

DEFINICIÓN Y OBJETIVOS Qué es y para qué sirve un itinerario de estas características? BASES PARA LA ELABORACIÓN DE UN ITINERARIO DE INTERVENCIÓN PARA LA INSERCIÓN SOCIAL Y LABORAL DE LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE MAYOR VULNERABILIDAD Propuesta de la RIS DEFINICIÓN Y OBJETIVOS Qué es y para

Más detalles

La cultura de riesgos es adecuada a la escala, complejidad y naturaleza del negocio de la Caja.

La cultura de riesgos es adecuada a la escala, complejidad y naturaleza del negocio de la Caja. Procedimientos establecidos para la identificación, medición, gestión, control y comunicación interna de los riesgos a los que está expuesta la Entidad. La Caja desarrolla su modelo de negocio de acuerdo

Más detalles

Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación Página 1 de 9

Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación Página 1 de 9 Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación Página 1 de 9 MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Orden ECD/.../2012, de XX de xxxxx, por la que se establece el currículo del ciclo formativo

Más detalles

NÚMERO 41 Jueves, 28 de febrero de 2013

NÚMERO 41 Jueves, 28 de febrero de 2013 4174 ORDEN de 13 de febrero de 2013 por la que se regula la selección de proyectos de innovación educativa en los centros docentes de enseñanzas no universitarias, sostenidos con fondos públicos, de la

Más detalles

Procedimiento para la solicitud de MODIFICACIONES en los Títulos Universitarios Oficiales de Grado y Máster

Procedimiento para la solicitud de MODIFICACIONES en los Títulos Universitarios Oficiales de Grado y Máster Procedimiento para la solicitud de MODIFICACIONES en los Títulos Universitarios Oficiales de Grado y Máster Dirección de Evaluación y Acreditación Universitaria (DEVA). V.03. 07/11/2013 V.03. 07/11/13

Más detalles

O30/4/2015. Orden de 30 de abril de 2015, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que

O30/4/2015. Orden de 30 de abril de 2015, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que ADMININSTRACIÓN ELECTRÓNICA: POLÍTICA DE IDENTIFICACIÓN Y AUTENTICACIÓN O30/4/2015 Orden de 30 de abril de 2015, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se aprueba la política

Más detalles

Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales MÁSTER UNIVERSITARIO EN PERIODISMO MULTIMEDIA PROFESIONAL

Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales MÁSTER UNIVERSITARIO EN PERIODISMO MULTIMEDIA PROFESIONAL Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales 2013 MÁSTER UNIVERSITARIO EN PERIODISMO MULTIMEDIA PROFESIONAL Facultad de Ciencias de la Información UCM INFORMACIÓN

Más detalles

Informe de Seguimiento. Graduado o Graduada en Administración y Dirección de Empresas. Empresas de la Universidad de Cádiz

Informe de Seguimiento. Graduado o Graduada en Administración y Dirección de Empresas. Empresas de la Universidad de Cádiz Informe de Seguimiento Graduado o Graduada en Administración y Dirección de Empresas de la Universidad de Cádiz 1. ÁMBITO NORMATIVO El artículo 27 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, modificado

Más detalles

Inter American Accreditation Cooperation. Grupo de prácticas de auditoría de acreditación Directriz sobre:

Inter American Accreditation Cooperation. Grupo de prácticas de auditoría de acreditación Directriz sobre: Grupo de prácticas de auditoría de acreditación Directriz sobre: Auditando la competencia de los auditores y equipos de auditores de organismos de certificación / registro de Sistemas de Gestión de Calidad

Más detalles

Curso Auditor Interno Calidad

Curso Auditor Interno Calidad Curso Auditor Interno Calidad 4. Fases de una auditoria OBJETIVOS Fases de una auditoria 1 / 10 OBJETIVOS Al finalizar esta unidad didáctica será capaz: Conocer las fases de una auditoria interna. Conocer

Más detalles

Educación. Maestría en. Convenio Internacional

Educación. Maestría en. Convenio Internacional Maestría en Educación Convenio Internacional Duración: 2 años (1200 horas)/ 75 créditos RVOE: MAES111209 Clave D.G.P. 000000 Modalidad: En línea con tutorías presenciales PRESENTACIÓN DE LA MAESTRÍA Hoy

Más detalles

Figure 16-1: Phase H: Architecture Change Management

Figure 16-1: Phase H: Architecture Change Management Fase H Administración del cambio en la Arquitectura Figure 16-1: Phase H: Architecture Change Management Objetivos Los objetivos de la Fase H son: Asegurarse de que el ciclo de vida de arquitectura se

Más detalles

DECRETO 59/1999 Gestión de neumáticos usados

DECRETO 59/1999 Gestión de neumáticos usados Fecha de Boletín: Miércoles, 7 de abril de 1999 Nº de Boletín: 64 DECRETO 59/1999, de 31 de marzo, por el que se regula la gestión de los. La Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, de acuerdo con la

Más detalles

PARA COMERCIANTES Y AUTÓNOMOS. INFORMACIÓN SOBRE TARJETAS DE CRÉDITO.

PARA COMERCIANTES Y AUTÓNOMOS. INFORMACIÓN SOBRE TARJETAS DE CRÉDITO. PARA COMERCIANTES Y AUTÓNOMOS. INFORMACIÓN SOBRE TARJETAS DE CRÉDITO. QUÉ DEBES SABER CUANDO ACEPTAS UNA TARJETA COMO FORMA DE PAGO EN TU ESTABLECIMIENTO? Hace ya muchos años que la mayoría de las microempresas

Más detalles

Taller Regional de Formación e Intercambio de Experiencias sobre el Derecho a la Alimentación

Taller Regional de Formación e Intercambio de Experiencias sobre el Derecho a la Alimentación Taller Regional de Formación e Intercambio de Experiencias sobre el Derecho a la Alimentación XLV Reunión del Consejo Centroamericano de Procuradores de Derechos Humanos (CCPDH) sobre el Derecho a la Alimentación

Más detalles

Informe de Seguimiento. Graduado o Graduada en Administración y Dirección de Empresas. Empresas de la Universidad Loyola Andalucía

Informe de Seguimiento. Graduado o Graduada en Administración y Dirección de Empresas. Empresas de la Universidad Loyola Andalucía Informe de Seguimiento Graduado o Graduada en Administración y Dirección de Empresas de la Universidad Loyola Andalucía 1. ÁMBITO NORMATIVO El artículo 27 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre,

Más detalles

REGLAMENTACIÓN DEL TRABAJO DE GRADO Aprobado con carácter transitorio por el Consejo de Facultad. Acta 155 dic. 4 de 1995.

REGLAMENTACIÓN DEL TRABAJO DE GRADO Aprobado con carácter transitorio por el Consejo de Facultad. Acta 155 dic. 4 de 1995. UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES Y HUMANAS DEPARTAMENTO DE SOCIOLOGÍA REGLAMENTACIÓN DEL TRABAJO DE GRADO Aprobado con carácter transitorio por el Consejo de Facultad. Acta 155 dic.

Más detalles

SELECCIÓN N Y DISEÑO DEL PRODUCTO Y SERVICIO

SELECCIÓN N Y DISEÑO DEL PRODUCTO Y SERVICIO SELECCIÓN N Y DISEÑO DEL PRODUCTO Y SERVICIO Administración n de Operaciones II 1 El desarrollo consistente y la introducción n de nuevos productos que valoren los clientes es muy importante para la prosperidad

Más detalles

MANUAL DE GESTIÓN: SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD EN LA UNIDAD de FORMACIÓN DE LA DIPUTACION DE MALAGA

MANUAL DE GESTIÓN: SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD EN LA UNIDAD de FORMACIÓN DE LA DIPUTACION DE MALAGA Página 1 de 17 MANUAL DE GESTIÓN: SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD EN LA UNIDAD de FORMACIÓN DE LA DIPUTACION DE MALAGA Página 2 de 17 1 ÍNDICE DEL DOCUMENTO 1 ÍNDICE DEL DOCUMENTO... 2 2 PRESENTACIÓN

Más detalles

Máster Universitario en INGENIERÍA INDUSTRIAL por la Universidad de Cádiz

Máster Universitario en INGENIERÍA INDUSTRIAL por la Universidad de Cádiz 2. Justificación del Título Propuesto. El Máster en Ingeniería Industrial debe habilitar, de acuerdo con la Orden CIN/311/2009, de 9 de febrero (publicada en el BOE del 18 de febrero de 2009), para el

Más detalles

Sistemas de evaluación alternativos (experiencia piloto EEES-Derecho-UCA) 1

Sistemas de evaluación alternativos (experiencia piloto EEES-Derecho-UCA) 1 Sistemas de evaluación alternativos (experiencia piloto EEES-Derecho-UCA) 1 Julio V. Gavidia Sánchez Coordinador EEES Facultad de Derecho Universidad de Cádiz 1 Ponencia presentada al II Congreso de innovación

Más detalles

1) Desaparición de gran parte de los carnés profesionales :

1) Desaparición de gran parte de los carnés profesionales : Información relativa a las cualificaciones profesionales en el ámbito de seguridad industrial y minera establecida en la legislación actual (reguladas en general según la normativa anterior mediante carnés

Más detalles

III. En cuanto a su contenido, el artículo 3 dispone que el Registro incorporará el número y fecha de la Apostilla, el nombre y capacidad en la que

III. En cuanto a su contenido, el artículo 3 dispone que el Registro incorporará el número y fecha de la Apostilla, el nombre y capacidad en la que Examinada su solicitud de informe, remitida a este Gabinete Jurídico, referente al Proyecto de Orden por la que se crea y regula el registro electrónico de Apostillas del Ministerio de Justicia y se regula

Más detalles

NÚMERO 244 Viernes, 19 de diciembre de 2014

NÚMERO 244 Viernes, 19 de diciembre de 2014 37915 RESOLUCIÓN de 26 de noviembre de 2014, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se concede renovación de la autorización, como entidad gestora de un sistema integrado de gestión de residuos

Más detalles

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL PROCESO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL PROCESO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL PROCESO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO OBJETO. El presente Documento de Especificaciones Técnicas tiene por objeto establecer los requisitos que debe cumplir el proceso de Atención

Más detalles

TALLER 2. MEJORA CONTINUA

TALLER 2. MEJORA CONTINUA III ENCUENTRO DE ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS PARTICIPANTES EN EL SISTEMA DE CALIDAD TURÍSTICO ESPAÑOL Segovia y Parque Natural de las Hoces del Río Duratón, 15 y 16 de junio de 2011 TALLER 2. MEJORA

Más detalles

Plan de Estudios. Maestría en Seguridad Informática

Plan de Estudios. Maestría en Seguridad Informática Plan de Estudios Maestría en Seguridad Informática Antecedentes y Fundamentación El surgimiento de la sociedad de la información, y con ello el incremento en el uso de las Tecnologías de la Información

Más detalles

REGLAMENTO DE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE CANARIAS. RD 1393/2007

REGLAMENTO DE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE CANARIAS. RD 1393/2007 REGLAMENTO DE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE CANARIAS. RD 1393/2007 Exposición de Motivos El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que

Más detalles

Programa de Formación Certificación PMP alineada con el PMBOK 5th y, Gestión de Proyectos con Microsoft Project 2010

Programa de Formación Certificación PMP alineada con el PMBOK 5th y, Gestión de Proyectos con Microsoft Project 2010 Programa de Formación Certificación PMP alineada con el PMBOK 5th y, Gestión de Proyectos con Microsoft Project 2010 PROGRAMA FORMATIVO OBJETIVOS Identificar los 5 grupos de procesos definidas en el PMBOK

Más detalles

CIRCULAR INFORMATIVA 6/2013:

CIRCULAR INFORMATIVA 6/2013: CIRCULAR INFORMATIVA 6/2013: NUEVAS NORMAS PARA LAS AUTORIZACIONES DE TRANSPORTE SANITARIO POR CARRETERA Estimado amigo: Por la presente le informo de la publicación en el BOE correspondiente al día 29

Más detalles

SOCIEDAD ESPAÑOLA DE MEDICINA Y SEGURIDAD DEL TRABAJO www.semst.org PRESIDENTE. Madrid 3 de Noviembre de 2008. Excelentísimo Señor:

SOCIEDAD ESPAÑOLA DE MEDICINA Y SEGURIDAD DEL TRABAJO www.semst.org PRESIDENTE. Madrid 3 de Noviembre de 2008. Excelentísimo Señor: SOCIEDAD ESPAÑOLA DE MEDICINA Y SEGURIDAD DEL TRABAJO www.semst.org PRESIDENTE Madrid 3 de Noviembre de 2008 Excelentísimo Señor: La Ley 31/95, de Prevención de Riesgos Laborales, establece en su artículo

Más detalles

Unidad VI: Supervisión y Revisión del proyecto

Unidad VI: Supervisión y Revisión del proyecto Unidad VI: Supervisión y Revisión del proyecto 61. Administración de recursos La administración de recursos es el intento por determinar cuánto, dinero, esfuerzo, recursos y tiempo que tomará construir

Más detalles

MINISTERIO DE FOMENTO MINISTERIO DE DEFENSA

MINISTERIO DE FOMENTO MINISTERIO DE DEFENSA MINISTERIO DE FOMENTO MINISTERIO DE DEFENSA REF.: REF.C.M.: Capítulo Epígrafe (A rellenar en el Boletín Oficial del Estado ) REAL DECRETO por el que se regula la utilización civil de las aeronaves pilotadas

Más detalles

EL TRATAMIENTO DE LOS VEHÍCULOS AL FINAL DE SU VIDA ÚTIL

EL TRATAMIENTO DE LOS VEHÍCULOS AL FINAL DE SU VIDA ÚTIL EL TRATAMIENTO DE LOS VEHÍCULOS AL FINAL DE SU VIDA ÚTIL Manuel Kindelan Gerente del Consejo Constituyente de SIGRAUTO Miembro de ASEPA La protección del medioambiente es desde hace unos años una de las

Más detalles

LUCHA CONTRA LA POBREZA Y LA EXCLUSIÓN SOCIAL

LUCHA CONTRA LA POBREZA Y LA EXCLUSIÓN SOCIAL BASES CONVOCATORIAS 2010 PARA ENTIDADES SOCIALES LUCHA CONTRA LA POBREZA Y LA EXCLUSIÓN SOCIAL La lucha contra la pobreza y la exclusión social es uno de los retos de la sociedad contemporánea. Con esta

Más detalles

CEOE-CEPYME, por el presente voto particular, manifiesta su voto negativo a la propuesta de aprobación del documento de referencia.

CEOE-CEPYME, por el presente voto particular, manifiesta su voto negativo a la propuesta de aprobación del documento de referencia. VOTO PARTICULAR DE CEOE-CEPYME AL DOCUMENTO LA EMPRESA SOCIALMENTE RESPONSABLE EN LA COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO ELABORADO POR EL GRUPO DE TRABAJO DE RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL DEL CONSEJO DE

Más detalles

*1460507* FCCC/SBI/2014/5. Convención Marco sobre el Cambio Climático. Naciones Unidas

*1460507* FCCC/SBI/2014/5. Convención Marco sobre el Cambio Climático. Naciones Unidas Naciones Unidas Convención Marco sobre el Cambio Climático Distr. general 1 de abril de 2014 Español Original: inglés FCCC/SBI/2014/5 Órgano Subsidiario de Ejecución 40º período de sesiones Bonn, 4 a 15

Más detalles

Lista de la Verificación de la Gestión de la Seguridad y Salud Ocupacional 1

Lista de la Verificación de la Gestión de la Seguridad y Salud Ocupacional 1 Lista de la Verificación de la Gestión de la Seguridad y Salud Ocupacional 1 Sección Punto de Control Cumplimiento 4. Requisitos del Sistema de gestión de la seguridad y salud ocupacional 4.1 Requisitos

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA SUPERVISIÓN DE LA IDENTIDAD CORPORATIVA DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ (UAH)

REGLAMENTO PARA LA SUPERVISIÓN DE LA IDENTIDAD CORPORATIVA DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ (UAH) Aprobado en Consejo de Gobierno de 27 de junio de 2013 REGLAMENTO PARA LA SUPERVISIÓN DE LA IDENTIDAD CORPORATIVA DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ (UAH) PREÁMBULO La importancia de la comunicación y la imagen

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 187 Sábado 2 de agosto de 2014 Sec. I. Pág. 62213 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS 8364 Real Decreto 671/2014, de 1 de agosto, de modificación del Real

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD Resolución de 16 de julio de 2014, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se regulan los programas de formación teórica adicional que deben seguir las personas a que se refiere

Más detalles

Real Decreto 992/1987, de 3 de julio, por el que se regula la obtención del Título de Enfermero Especialista.

Real Decreto 992/1987, de 3 de julio, por el que se regula la obtención del Título de Enfermero Especialista. Real Decreto 992/1987, de 3 de julio, por el que se regula la obtención del Título de Enfermero Especialista. La regulación actual de las especialidades de los Ayudantes Técnicos Sanitarios tiene su origen

Más detalles

Colocar al paciente en el centro de la inversión en TIC

Colocar al paciente en el centro de la inversión en TIC Colocar al paciente en el centro de la inversión en TIC 2 IDCSALUD, SLU Sector Salud Productos y Servicios Gestión hospitalaria y prestación de servicios de salud. Web www.idcsalud.es Soluciones y Servicios

Más detalles

Aprobado por el Consejo de Gobierno Provisional Fecha: 19 de mayo de 2003 DEFINICIÓN DE LA POLÍTICA DE CALIDAD DE LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ

Aprobado por el Consejo de Gobierno Provisional Fecha: 19 de mayo de 2003 DEFINICIÓN DE LA POLÍTICA DE CALIDAD DE LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ Aprobado por el Consejo de Gobierno Provisional Fecha: 19 de mayo de 2003 DEFINICIÓN DE LA POLÍTICA DE CALIDAD DE LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ Transcurridos más de cinco años desde la aprobación por

Más detalles

Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales GRADO EN DERECHO. Facultad de Ciencias Sociales UNEB

Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales GRADO EN DERECHO. Facultad de Ciencias Sociales UNEB Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales 2013 GRADO EN DERECHO UNEB INFORMACIÓN PUBLICA Valoración Final Uno de los compromisos esenciales que las universidades

Más detalles

NORMATIVA SOBRE EL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE POSGRADO UNIVERSIDAD DE ALCALÁ

NORMATIVA SOBRE EL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE POSGRADO UNIVERSIDAD DE ALCALÁ NORMATIVA SOBRE EL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE POSGRADO UNIVERSIDAD DE ALCALÁ 1 ÍNDICE EXPOSICIÓN DE MOTIVOS CAPÍTULO I. DISPOSICIONES

Más detalles

1) Desaparición de gran parte de los carnés profesionales :

1) Desaparición de gran parte de los carnés profesionales : Información relativa a las cualificaciones profesionales en el ámbito de seguridad industrial y minera establecida en la legislación actual (reguladas en general según la normativa anterior mediante carnés

Más detalles

CONCLUSIONES FINALES

CONCLUSIONES FINALES CONCLUSIONES FINALES El lunes 28 de Abril de 2014, se ha celebrado en Sevilla la II Jornada sobre gestión energética en centros deportivos, organizada por la Asociación Profesional Andaluza de Gestores

Más detalles

Apéndice 4 de los ÉSTANDARES PARA CUALIFICACIONES EFPA CÓDIGO ÉTICO

Apéndice 4 de los ÉSTANDARES PARA CUALIFICACIONES EFPA CÓDIGO ÉTICO Apéndice 4 de los ÉSTANDARES PARA CUALIFICACIONES EFPA CÓDIGO ÉTICO Apéndice nº 4 de los ESTÁNDARES PARA CUALIFICACIONES EFPA NORMAS Y RECOMENDACIONES Código Ético (Aprobado por la Junta Directiva el 11.06.2013)

Más detalles

4.2 Mecanismos de consulta. Recomendación

4.2 Mecanismos de consulta. Recomendación Complemento respuesta institucional Chile sobre Mecanismos para estimular la participación de la sociedad civil y de las organizaciones no gubernamentales en los esfuerzos destinados a prevenir la corrupción

Más detalles

Introducción. La diferenciación positiva de las empresas de APROSER

Introducción. La diferenciación positiva de las empresas de APROSER Introducción La diferenciación positiva de las empresas de APROSER La Asociación Profesional de Compañías Privadas de Seguridad (APROSER) se creó en 1977. Es la patronal en la que se integran empresas

Más detalles

I. Comunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma Página 914 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación, Formación y Empleo 330 Orden de 14 de diciembre de 2012, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se

Más detalles

NORMATIVA DE TRABAJO FIN DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA

NORMATIVA DE TRABAJO FIN DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA NORMATIVA DE TRABAJO FIN DE GRADO Y MÁSTER DE LA Elaborado por: Vicerrectorado de Docencia y Relaciones Institucionales Revisado por: Servicio de Acceso y Gestión de Estudios de Grado, Servicio de Becas,

Más detalles