ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

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1 ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA AUTORIZACIÓN AL MINISTERIO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES PARA DONAR TERRENO DEL CONSEJO NACIONAL DE POLÍTICA PÚBLICA DE LA PERSONA JOVEN A LA ASOCIACIÓN JUVENIL CADA DE LA JUVENTUD DE PÉREZ ZELEDÓN Expediente N.º DICTAMEN UNÁNIME AFIRMATIVO 12 de octubre de 2010 PRIMERA LEGISLATURA 1º de mayo de de abril de 2011 SEGUNDO PERÍODO DE SESIONES ORDINARIAS 1º de septiembre 30 de noviembre de 2010 DEPARTAMENTO DE COMISIONES COMISIÓN PERMANENTE DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN

2 Expediente N.º COMISION PERMANENTE DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN DICTAMEN UNÁNIME AFIRMATIVO AUTORIZACIÓN AL MINISTERIO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES PARA DONAR TERRENO DEL CONSEJO NACIONAL DE POLÍTICA PÚBLICA DE LA PERSONA JOVEN A LA ASOCIACIÓN JUVENIL CASA DE LA JUVENTUD DE PÉREZ ZELEDÓN Los suscritos diputados y suscritas diputadas, miembros de la Comisión Permanente Ordinaria de Gobierno y Administración, rinden dictamen unánime afirmativo sobre el proyecto AUTORIZACIÓN AL MINISTERIO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES PARA DONAR TERRENO DEL CONSEJO NACIONAL DE POLÍTICA PÚBLICA DE LA PERSONA JOVEN A LA ASOCIACIÓN JUVENIL CASA DE LA JUVENTUD DE PÉREZ ZELEDÓN, expediente N.º , publicado en el Diario Oficial La Gaceta 236 del 4 de diciembre de 2009, de conformidad con los siguientes fundamentos: I. GENERALIDADES DEL PROYECTO DE LEY: El proyecto es una autorización legislativa, a fin de que el Ministerio de Cultura Juventud y Deportes done un bien inmueble que es propiedad de uno de sus órganos desconcentrados: el Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven, anteriormente denominado Movimiento Nacional de Juventudes, a la Asociación Juvenil Casa de la Juventud de Pérez Zeledón. El terreno a donar refiere a la finca del partido de San José, matrícula de folio real , naturaleza terreno para construir, situada en el distrito 1º San Isidro del General, cantón 19º Pérez Zeledón. Linda al norte con calle pública, al sur con Maria Isabel Ceciliano Mora, al este con calle pública y al oeste con María Isabel Ceciliano Mora. Mide mil ochocientos noventa y cuatro metros con cuatro decímetros cuadrados. Según se indica en la exposición de motivos, la Asociación donataria es una organización juvenil sin fines de lucro, la cual está integrada por jóvenes de diferentes comunidades del cantón. Dicha agrupación no percibe recursos económicos permanentes del Estado ni de sus instituciones o empresas privadas; la sostenibilidad se logra gracias al alquiler de sus instalaciones a empresas e instituciones. Dentro de los objetivos que persiguen, destacan los siguientes: Brindar la posibilidad de un espacio físico para el aprendizaje constante y la creatividad, un cauce para la expresión de las formas culturales de los jóvenes. Ofrecer un lugar para desarrollar la imaginación siendo el propio joven el protagonista, tanto de la planificación como de la ejecución de las actividades.

3 Expediente N.º Facilitar al joven el acceso a la información, de manera que tenga a su alcance todas aquellas posibilidades que la sociedad le ofrece. Crear un lugar de encuentro y convivencia en un ambiente de unión, donde el joven desarrolle sus cualidades y habilidades siendo él, el protagonista principal. Recaudación de fondos para el desarrollo de actividades, programas y proyectos dirigidos a jóvenes. Gestionar donaciones para la implementación de proyectos, actividades y programas enfocados a la juventud. Apoyar a los grupos juveniles mediante diversas actividades de capacitación, asesoría en la elaboración y ejecución de proyectos de desarrollo comunal. Garantizarles espacios reales de participación en actividades de formación tanto en nuestro país como fuera de nuestras fronteras. Colaborar con otras organizaciones locales en el desarrollo de actividades de interés comunal que favorezcan a los habitantes del cantón. Implementación de programas educativos en favor de los jóvenes, buscando con ello que puedan insertarse en los sistemas educativos formales y cursos en áreas técnicas, con el fin de lograr una mejor formación profesional e insertarse en el ámbito laboral mejorando así su calidad de vida. Promocionar actividades deportivas, recreativas y culturales, buscando con ello que los jóvenes utilicen el tiempo libre en actividades más sanas. Su misión es la capacitación y formación de jóvenes pertenecientes y no pertenecientes a organizaciones juveniles a través de la implementación de programas juveniles en educación formal y no formal. Por su parte, dentro de sus principales logros se encuentran: Elaboración, implementación y ejecución de concentraciones juveniles (festivales deportivos, recreativos y culturales), Organización del grupo pro-construcción de la Casa de la Juventud, Donación del terreno por parte de la Municipalidad de Pérez Zeledón, 1991.

4 Expediente N.º Fundación Jurídica de la Asociación Juvenil Casa de la Juventud de Pérez Zeledón, Curso de albañilería y carpintería brindado por el Instituto Nacional de Aprendizaje, Donación de máquinas para la construcción de block, por parte del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Firma de un convenio de cooperación, con el Movimiento Nacional de Juventudes, Proyecto Madres Adolescentes, brindando asesoría a madres adolescentes, financiado por la Unicef, Elaboración, implementación y ejecución del proyecto Rescate a organizaciones juveniles, buscando la formación y fortalecimiento de organizaciones juveniles, Otorgamiento del premio nacional Premio Joven al Voluntariado, Donación de un equipo de cómputo para la instalación de un laboratorio de informática juvenil, por parte del Instituto Mixto de Ayuda Social, Elaboración, implementación y ejecución del proyecto Educación Formal y no Formal para jóvenes de comunidades rurales y zonas urbano marginales, financiado por la Fundación CR-USA para la colaboración, Firma de un convenio de cooperación con la organización Amigos de las Américas, Firma de un convenio con la Universidad Estatal a Distancia (UNED), Exportación de café orgánico a Estados Unidos, como mecanismo de captación de recursos, Elaboración del proyecto Formación Educativa y Tecnológica en busca del Desarrollo Sostenible de la Juventud Fase 1, (Fedess, 2015), Elaboración, implementación y ejecución del proyecto Estrategias y Mercadeo para la Ejecución del Proyecto Fedess 2015, financiado por la Fundación CR-USA, para la cooperación, 2006.

5 Expediente N.º II. Donación de 16 computadoras nuevas para el laboratorio de informática, construcción de tres aulas nuevas y la remodelación de la oficina. Recursos donados por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Proyecto Participación de Jóvenes en la Democracia, ejecutado por la organización Fajudis de Portugal, participando conjuntamente cinco países (Costa Rica, El Salvador, Brasil, Cabo Verde, Hungría y Portugal) siendo nuestra organización la representante por nuestro país. SOBRE EL FONDO: a) Autorización legislativa La autorización legislativa para que, como en este caso, el Estado pueda donar bienes inmuebles de su propiedad a terceras personas, representa un acto de carácter facultativo y no imperativo para la administración activa. Las leyes que autorizan a las instituciones públicas a traspasar sus bienes, carecen de efectividad por sí mismas; se requiere, por un lado, la autorización del representante respectivo para suscribir la escritura, así como el traspaso efectivo del bien, en aras de cumplir con el principio de legalidad consagrado en el artículo 11 constitucional y numeral 11 de la Ley General de la Administración Pública. (Procuraduría General de la República, OJ ). b) Naturaleza del contrato El proyecto de ley pretende autorizar al Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes para donar un terreno de su propiedad a una Asociación Juvenil Casa de la Juventud de Pérez Zeledón. En doctrina se ha conceptuado a la donación como el contrato en virtud del cual una persona traspasa a otra, gratuitamente, la propiedad de una cosa. El efecto fundamental de la donación es transferir al donatario la propiedad de la cosa donada y la donación se perfecciona con la aceptación. En nuestra legislación, el Código Civil regula dicho contrato a partir del artículo 1393 y siguientes. c) Objeto del contrato El objeto del contrato lo constituye el bien inmueble a donar. Según se desprende de la información emitida por el Registro Nacional, Sección Bienes Inmuebles, se trata de la finca del Partido de San José, matrícula de folio real , naturaleza terreno para construir, situada en el distrito 1º San Isidro del General, cantón 19º Pérez Zeledón. Linda al norte con calle pública, al sur con Maria Isabel Ceciliano Mora, al este con calle pública y al oeste con María Isabel Ceciliano Mora. Mide mil ochocientos noventa y cuatro metros con cuatro decímetros cuadrados. d) Limitaciones al bien donado De conformidad con lo que señala el artículo 292 del Código Civil es posible establecer restricciones de este tipo cuando la transferencia del dominio es a título gratuito, como en este caso. Sin embargo, tales

6 Expediente N.º restricciones para no hacer nugatorio el derecho pleno que confiere el traspaso del dominio, no tendrán validez más allá de un plazo de diez años, y necesariamente el proyecto para estos efectos requiere ser votado por 38 votos, al imponer limitación a la libre disposición del bien, tal y como lo establece el artículo 45 de la Constitución Política. III. CONSULTAS Y RESPUESTAS RECIBIDAS: El proyecto de ley no tiene consultas preceptivas. Sin embargo, facultativamente se gestionó ante el Ministerio propietario del bien inmueble a donar, a fin de conocer su criterio al respecto. Manifiestan: existe un acuerdo en firme n.º , tomado en la sesión extraordinaria del 18 de julio del 2005, por la Junta Directiva del Consejo Nacional de Política Publica de la Persona Joven, en donde se da el aval de esta iniciativa por considerarla de interés público para las y los jóvenes del cantón y del país en general. Mi despacho tiene presente que los terrenos en donde se encuentra ubicada la Asociación Casa de la Juventud de Perez Zeledón, fue un patrimonio municipal donado para la construcción de la Casa de la Juventud, y por circunstancias de la época fue donado al Movimiento Nacional de Juventudes, el cual nunca correspondió a un patrimonio del Movimiento Nacional de Juventudes o del Ministerio de Cultura y Juventud. Además, a lo largo de los años de estrecha relación y colaboración entre la Asociación Casa de la Juventud de Perez Zeledón y el Consejo de la Persona Joven, sucesor del Movimiento Nacional de Juventudes, se ha logrado evidenciar un real compromiso de quienes administran esta asociación por las juventudes del cantón y del país. ( ) Para algunos de los proyectos que desea ejecutar la organización, contar con este terreno significa, una seguridad para los potenciales donantes, ya que cuando existen instituciones públicas involucradas, en muchas ocasiones donantes y bancos no brindan colaboración o financiamiento para proyectos. ( ) Importante indicar que durante estos últimos 18 años de estrecha relación la Casa de la Juventud ha brindado al Movimiento Nacional de Juventudes (hoy Consejo de la Persona Joven) y a la Municipalidad del cantón el uso de las instalaciones sin costo alguno, fortaleciendo programas en juventud ejecutados entre el gobierno y la sociedad civil. ( ) La Asociación Casa de la Juventud inclusive se ha comprometido a ampliar los servicios y uso de las instalaciones no solo al Consejo de la Persona Joven, sino al mismo Ministerio de Cultura y Juventud a través de un convenio de cooperación. Esta figura jurídica debe además contemplarse y adherirse en el proyecto de ley para garantizar al Consejo de la Persona Joven y al Ministerio de Cultura y Juventud el uso ordenado de las instalaciones de modo permanente. (Oficio DVMJ-MCJ , fechado 27/09/2010, suscrito por Karina Bolaños Picado, Viceministra de Juventud, Presidenta de la Junta Directiva Consejo de la Persona Joven)

7 Expediente N.º IV. INFORME DE SERVICIOS TÉCNICOS Mediante informe ST J, el Departamento de Servicios Técnicos señaló, entre lo que resulta de interés, lo siguiente: La cédula jurídica del Ministerio y la de la Asociación, el número de matrícula de folio real de la finca, y el número de plano catastrado que se indica, son todos correctos. Dado que efectivamente existe una diferencia en la cabida según lo que indica el Registro y lo que indica el plano catastrado, de llegar a formalizarse la respectiva escritura de traspaso deberá realizarse en ella la rectificación correspondiente. No es correcto el número de cédula jurídica del Consejo que se indica, el cual se consigna erróneamente como , siendo lo correcto: Dado que existe un evidente error material, debe ser corregido. Con buena técnica jurídica, a pesar de que el propietario del inmueble es el Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven, la autorización legislativa se hace al Ministerio, lo anterior porque al ser un órgano desconcentrado y poseer una personalidad jurídica limitada, el propio Consejo no está autorizado a disponer de sus bienes. V. CONSIDERACIONES FINALES En virtud del trasfondo social que persigue la presente iniciativa de ley, los diputados y diputadas integrantes de la Comisión Permanente Ordinaria de Gobierno y Administración, concluyen que el proyecto de ley bajo análisis debe aprobarse en el Plenario Legislativo. Para tales efectos, el texto fue mejorado a partir de observaciones muy puntuales realizadas por el órgano asesor, a saber: Error en la cédula jurídica del Movimiento Nacional de Juventudes. Conveniencia de eliminar el artículo 3 a partir de lo que establece la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, Ley N.º 6815, del 27 de setiembre de 1982, en su artículo 3 inciso c), en el sentido de que constituye una atribución de la Procuraduría General de la República, representar al Estado en los actos y contratos que deban formalizarse mediante escritura pública. Por último, desde un punto de vista estrictamente jurídico, no es posible atender lo que solicita la señora Viceministra de Juventud, en el último párrafo del oficio DVMJ-MCJ , en el sentido de incorporar en el proyecto de ley una condición de donar, si a cambio la parte donataria se compromete a seguir facilitando las instalaciones de la Casa de la Juventud para uso de actividades del Consejo de la Persona Joven y del propio Ministerio de Cultura y Juventud, esto a través de un convenio de cooperación. Las únicas limitaciones que se pueden imponer cuando el traslado del dominio del bien es a título gratuito, como es el caso en cuestión, son las que estipula el ordinario

8 Expediente N.º anteriormente referido. Incorporar a la parte dispositiva del proyecto tal condicionante significa desnaturalizar por completo la figura de la donación. De todas formas, si el donante desea seguir utilizando el inmueble para actividades propias de la institución, nada impide que pueda regularlo, en la vía administrativa, precisamente por medio del convenio que ellos mismos sugieren. De conformidad con lo expuesto, los suscritos diputados y suscritas diputadas rinden el presente dictamen unánime afirmativo sobre el proyecto de ley Autorización al Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes para donar terreno del Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven a la Asociación Juvenil Casa de la Juventud de Pérez Zeledón, expediente El texto es el siguiente:

9 Expediente N.º LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA: AUTORIZACIÓN AL MINISTERIO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES PARA DONAR UN TERRENO DEL CONSEJO NACIONAL DE POLÍTICA PÚBLICA DE LA PERSONA JOVEN A LA ASOCIACIÓN JUVENIL CASA DE LA JUVENTUD DE PÉREZ ZELEDÓN ARTÍCULO 1.- Autorización Autorízase al Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, cédula jurídica N.º para que en nombre del Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven (que por Ley General de la Persona Joven, Ley N. 8261, de 2 de mayo de 2002, según artículos 30 y 34, el Movimiento Nacional de Juventudes se transforma en el Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven, absorbiendo al primero en la totalidad de su patrimonio y competencias), cédula jurídica N.º , para que done a favor de la Asociación Juvenil Casa de la Juventud de Pérez Zeledón, cédula jurídica N , el terreno de su propiedad, inscrita en el Folio Real Matrícula N , naturaleza para construir, ubicada en el distrito 1º, San Isidro de El General, cantón XIX, Pérez Zeledón, provincia de San José. Linda al norte con calle pública; al sur, con María Isabel Ceciliano Mora; al este, calle pública y, al oeste, María Isabel Ceciliano Mora; posee un área de mil ochocientos metros con ochenta y seis decímetros cuadrados ( m 2 ) y un área según registro de mil ochocientos noventa y cuatro metros con cuatro decímetros cuadrados ( m 2 ), todo de conformidad según plano catastrado N.º SJ ARTÍCULO 2.- Limitaciones La parte donataria no podrá vender, traspasar, donar, arrendar, ceder ni gravar el bien inmueble donado; asimismo, deberá destinar exclusivamente el uso del terreno para albergar las instalaciones de la Casa de la Juventud de Pérez Zeledón. En todo caso, dichas limitaciones a la libre disposición del bien tendrán validez por un plazo de diez años, contados a partir de la publicación de la presente ley. Rige a partir de su publicación.

10 Expediente N.º Dado en la sala de sesiones de la Comisión Permanente de Gobierno y Administración, Asamblea Legislativa, San José, a los doce días del mes de octubre de dos mil diez. SIANY VILLALOBOS ARGÜELLO Diputada ADONAY ENRÍQUEZ GUEVARA Diputado RITA CHAVES CASANOVA Diputada YOLANDA ACUÑA CASTRO Diputada JUSTO OROZCO ÁLVAREZ Diputado RODOLFO SOTOMAYOR AGUILAR Diputado RODRIGO PINTO RAWSON Diputado CLAUDIO MONGE PEREIRA Diputado VIVIANA MARTÍN SALAZAR Diputada 17570D-1-UA 12/10/10 jfra/rmvc

Nombre: Telé / Fax: Tel: Correo Electrónico: No. Cédula Jurídica: Fecha de Fundación: Dirección: Apartado Postal. Página Web:

Nombre: Telé / Fax: Tel: Correo Electrónico: No. Cédula Jurídica: Fecha de Fundación: Dirección: Apartado Postal. Página Web: ORGANIZACIÓN Nombre: Asociación Juvenil Casa de la Juventud Pérez Zeledón. Telé / Fax: 771-14-37 Tel: 770-54-90 Correo Electrónico: casajuveinfo@gmail.com No. Cédula Jurídica: 3-002-117112. Fecha de Fundación:

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