REGLAMENTO DE LA ESCUELA DE FORMACION CRISTIANA
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- Andrés Mendoza Cuenca
- hace 8 años
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1 PROEMIO: REGLAMENTO DE LA ESCUELA DE FORMACION CRISTIANA No hace muchos años, aquel extraordinario Papa que en vida fue S.S. Pío XII, decía entre otras cosas al referirse a la época que estamos viviendo: El mundo atraviesa una de las crisis mayores de la historia. Una crisis total que hace temblar a las personas conscientes. Es una hora grave, hora tremenda por la seriedad de sus peligros, encrucijada decisiva de la historia, en la que se puede decir que está hoy en juego el destino de la humanidad. Esto constituye un auténtico desafío y a la vez, un llamado a toda la Cristiandad, para que en ciencia y en conciencia nos esforcemos en la tarea, encomendada por Dios, de santificar el mundo. Es entonces, responsabilidad de los dirigentes cristianos, capacitarse espiritual y técnicamente, para afrontar todas las exigencias que nuestra fe y el mundo nos demanda. Estos objetivos son coherentes entre sí y por ello, no se deben buscar por separados, sino en forma conjunta. Por consiguiente, todos los circulistas que concurran a la Escuela, independientemente de su vida pública y privada, que debe constituir un ejemplo, a semejanza de Cristo, tienen que aprovechar al máximo sus talentos para que, en un auténtico ambiente de humanidad, disciplina y servicio al Señor y los hermanos lleguen tanto individual como colectivamente, con caridad y fervor, a constituirse en verdadera levadura, y ser sal y luz del mundo. MISION: Proveer a los Circulistas de todos los medios necesarios para profundizar sus conocimientos de la fe y capacitarlos para desarrollar más eficazmente su apostolado. FINALIDADES: Serán finalidades de la Escuela de Formación Cristiana: a) Intensificar la formación intelectual y moral del Circulista, en los aspectos que se refieren a sus conocimientos de la doctrina cristiana, en un nivel adecuado al ambiente en que deberá desenvolverse. b) Cultivar y cuidar el cumplimiento de los deberes de estado, como expresión prioritaria de su apostolado. c) Preparar técnicamente al circulista en: - Estudio de la técnica pedagógica. - Estudio de la metodología del Movimiento. - Estudio de los plomos. OBJETIVOS DE LA ESCUELA La finalidad de la Escuela de Formación Cristiana, es la de formar espiritualmente a los circulistas e instruirlos técnicamente. Estos objetivos son coherentes entre sí, por ello no serán buscados por separados, sino en forma conjunta y complementaria. Los circulistas que concurran a la Escuela, deberán estudiar los esquemas y el desarrollo de los plomos, pero más que eso, deberán vivirlos, tanto en su vida familiar como en sus deberes de estado. Cada Reglamento de Escuela de Formación Cristiana Pág. 1
2 plomo debe constituir para el circulista un motivo de meditación, de peticiones al Señor y de orientación en su propia espiritualidad. La Escuela deberá constituirse en un verdadero ambiente de DISCIPLINA, RESPETO MUTUO, HUMILDAD, tanto individual como colectiva, CARIDAD Y FERVOR. Para lograr todos estos objetivos, todos estarán obligados a prestar la colaboración necesaria: el Director, los Sacerdotes, los Maestros y demás miembros de la Escuela, a fin de que constituyan un ejemplo vivo y palpable de cuanto se dice y se inculca en los Eslabones. INTEGRANTES DE LA ESCUELA DE FORMACION CRISTIANA La comisión de la Escuela de Formación Cristiana, está formada por: a) Un Asesor Espiritual b) Un Director (laico) c) Un Secretario (laico) d) Dos Vocales (jóvenes) REGLAMENTO DE LA COMISION DE LA ESCUELA DE FORMACION CRISTIANA Art. 1.- La Comisión existe y actúa como delegación especial, concedida por la Junta Directiva Diocesana, para todo lo referente a la programación y funcionamiento de la Escuela. Art. 2.- El carácter de Delegación Especial que asiste a la Comisión, establece una dependencia de la misma respecto de la Junta Directiva Diocesana, que se concreta en los siguientes puntos: a) El Director será designado por la Junta Directiva Diocesana. b) Los demás integrantes de la Comisión de la Escuela, serán designados por la Junta Directiva Diocesana a propuesta del Director. c) Las decisiones de la Comisión de la Escuela, serán sometidas a la aprobación de la Junta Directiva Diocesana, por el Director, constituyéndose por ello, en forma automática, en el único enlace entre la susodicha comisión y la Junta Directiva Diocesana. d) Toda vez que la Junta Directiva Diocesana considere necesario, observar, modificar, agregar, suprimir, etc., en todo o en parte las decisiones que oportunamente haya tomado la Comisión de la Escuela, lo hará saber a ésta por intermedio del Director. Art. 3.- Son obligaciones y derechos del Director de la Escuela: a) Proponer a la Junta Directiva Diocesana: - El resto de los integrantes de la Comisión de la Escuela. - El cuadro de maestros permanentes o transitorios. - Los conferencistas, charlistas o cualquier otra persona que con un motivo didáctico, espiritual, formativo o de cualquier otro orden, ocupe cátedra en la Escuela. - Cuando se requiera, opinar según su criterio, quiénes se encuentran más capacitados para ocupar los cargos de responsables de los órganos de apostolado. - Preparar y presentar anualmente, la planificación y funcionamiento de la Escuela en su triple aspecto, de piedad, estudio y acción; debiendo para esto último, tomar contacto con Reglamento de Escuela de Formación Cristiana Pág. 2
3 los responsables de los organismos de apostolado interno o externo. Dicho programa será preparado teniendo en cuenta los siguientes aspectos: 1) Parte temática: Doctrina Cristiana y Técnica del Movimiento. 2) Método a seguir. 3) Calendario y horario. Actualizado al 2013 b) Por lo menos una vez al mes se reunirán los integrantes de la Comisión para evaluar y corregir, si así fuera necesario, las diferencias comprobadas en el funcionamiento de la Escuela o para solucionar problemas de programación que se hubiesen presentado en forma imprevista. c) Será responsable ante la Junta Directiva Diocesana, del cumplimiento total e integral del programa aprobado por la misma y del funcionamiento correcto de la Escuela. d) Redactar anualmente las modificaciones que se considere conveniente introducir a este reglamento, para ser presentadas a la Junta Directiva Diocesana, para su aprobación y posterior elevación a la Junta Directiva Nacional. e) Fijar independientemente de lo que este reglamento determina, las tareas al resto de los miembros de la Escuela. d) Refrendar con su firma los actos y documentos que así lo requieran. Art. 4.- Serán obligaciones del secretario: a) Registrar en actas o donde corresponda, todas las actividades y actos de la Comisión y de la Escuela, refrendando con su firma la legalidad de las mismas. b) Dirigir y llevar al día toda la documentación de la Escuela. c) Llevar un libro Registro de todo el personal de alumnos de la Escuela, en el que deben figurar entre los datos más importantes los siguientes: - Asistencia a las distintas clases. - Aprovechamiento anual de cada alumno. - Toda la información sobre la actuación del personal asistente a los Eslabones: Disciplina, actitud de servicio, piedad, entrega, capacidad para dar plomos, etc. Toda otra información que la Junta Directiva Diocesana requiera. d) Llevar un libro Registro del cuadro de maestros permanentes y transitorios como así también de cualquier otra persona que haya ocupado cátedras en la Escuela. e) Proveer los medios para que puedan realizar los apuntes, copias, etc., de las clases, charlas y conferencias que hayan sido dictadas en la Escuela. f) Confeccionar toda otra documentación que el Director de la Escuela crea conveniente. Art. 5.- Serán funciones de los vocales, todas aquellas que para mejor marcha y funcionamiento de la Escuela, el Director crea conveniente asignarles. ASISTENCIA A LA ESCUELA DE FORMACION CRISTIANA a) La Escuela de Formación Cristiana será abierta a todo cristiano con inquietudes apostólicas y deseos de una mejor formación doctrinal. b) Los asistentes a la Escuela de Formación Cristiana deberán tener disciplina y sumisión a la Sede Apostólica, al Obispo Diocesano y acatamiento a las disposiciones de la Junta Directiva Reglamento de Escuela de Formación Cristiana Pág. 3
4 del Movimiento y a la Comisión de la Escuela. Actualizado al 2013 c) Deberán leer y estudiar los libros que sean indicados por los maestros o Director de la Escuela, que contribuyan a completar su formación. d) Los circulistas deberán asistir por lo menos una vez al año a un Enganche o retiro espiritual. e) Los circulistas deberán aceptar por lo menos una vez al año, formar parte de un equipo de asistentes a un Eslabón. f) Los miembros de la Escuela, que no observen las disposiciones indicadas en los incisos anteriores, podrán ser separados de la misma por la Junta Directiva Diocesana, directamente o a pedido de la Comisión de la Escuela. Esta separación podrá tener carácter transitorio o permanente. FUNCIONAMIENTO DE LA ESCUELA a) La Escuela funcionará semanalmente a partir de la segunda semana de Marzo y hasta la última semana de Noviembre. b) El horario tratará de ajustarse a las necesidades de trabajo y estudio de los jóvenes. c) El tiempo total que se dedique a las diversas actividades, será de dos (2) horas. d) El desarrollo de la Escuela seguirá el siguiente esquema: 1.- Oración del Espíritu Santo. 2.- La primera hora que será de 45 minutos será dedicada a: - DOCTRINA DE LA IGLESIA. - DOCUMENTOS CONCILIARES. - SAGRADAS ESCRITURAS. - HISTORIA DE LA IGLESIA. - DOCTRINA SOCIAL DE LA IGLESIA. - NOCIONES DE TEOLOGIA MORAL. - LITURGIA. 3.- Recapitulación o síntesis y conclusiones. 4.- Recreo de 15 minutos. 5.- La segunda hora se dedicará a estudiar las técnicas y estructuras del Eslabón: - CUÑAS GIGANTES. - CIERRES. - CIRCULOS DE AMIGOS. - ACTUACION COMO ASISTENTES. - ESTRUCTURAS Y CONTENIDOS DE LOS PLOMOS. 6.- Misa. Santa Comunión o Visita al Santísimo. e) La comisión de la Escuela de Formación Cristiana evaluará periódicamente ante la Junta Directiva Diocesana la marcha de la misma, o individualmente a los alumnos a fin de permitir la profundización de los conocimientos. Reglamento de Escuela de Formación Cristiana Pág. 4
5 f) La Escuela funcionará a un solo nivel, teniendo en cuenta para la primera hora, los puntos del inciso d y en la segunda hora, en la que se estudiarán las técnicas del Movimiento, los jóvenes que no hayan realizado el Eslabón, y que estén participando de la misma, pasarán al pre-eslabón, pues esta segunda hora es exclusivamente dedicada a los circulistas. DISPOSICIONES TRANSITORIAS El presente Reglamento entrará en vigencia en forma paulatina contemplando los distintos casos y situaciones. Tales casos y situaciones, además de los que imprevistamente pudieran presentarse en el transcurso de los años siguientes hasta entrar en su total y plena vigencia; serán resueltas, según corresponda, por la Junta Directiva Diocesana o por la Junta Directiva Nacional, podrán ser las siguientes: 1).- Los adultos que en la Escuela de Formación Cristiana ocupen cargos directivos, de maestros, o sean llamados para dar charlas o que en cualquier forma sean invitados para transmitir conocimientos o vivencias deberán tener indefectiblemente experiencia en la materia, y en lo posible en la docencia. 2).- Los plomistas de los distintos eslabones deberán acreditar suficiente conocimiento sobre la estructura del Movimiento y sobre el tema del plomo; como también la catequesis necesaria para obviar cualquier problema que se le pudiera presentar durante la exposición del plomo y que por su magnitud debiera ser solucionado sin recurrir a persona más experimentada. 3).- El personal directivo de la Escuela de Formación Cristiana, deberá reunir las condiciones siguientes: a) Los que en el capítulo Integración de la Escuela de Formación Cristiana figuren que deben ser adultos deberán ser: - Mayores de 30 años de edad. - De una vida pública y privada de probada moral y practicar un catolicismo de fondo, acorde con las misiones que deba desempeñar. b) Los maestros permanentes deberán tener experiencia o idoneidad en la materia. c) Aquellos jóvenes no circulistas que deseen formarse, podrán concurrir a las clases de formación teológicas pero no a la técnica del Eslabón. Cualquier otro inconveniente que en la aplicación de éste Reglamento pudiera presentarse durante el primer año lectivo, será suplido con mucha caridad, humildad y espíritu de servicio por todos los que se vean obligados a hacerlo cumplir como a cumplirlo, aceptando sin objeciones las decisiones de la Junta Directiva Diocesana del Movimiento. Reglamento de Escuela de Formación Cristiana Pág. 5
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