Discapacidad por graves alteraciones en la capacidad de relación y comunicación.

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1 NORMATIVA QUE SE APLICA PREFERENTEMENTE EN EDUCACION ESPECIAL Discapacidad Visual 1. Decreto Supremo Exento Nº 89/90. Aprueba Planes y Programas de Estudio para alumnos con discapacidad visual. 2. Decreto Exento Nº 637/94 Modifica Decreto Supremo Exento nº89/90 Discapacidad Auditiva 1. Decreto Supremo Exento Nº86/90. Aprueba Planes y Programas de Estudio para alumnos con discapacidad auditiva. Discapacidad Motora 1. Decreto Supremo Exento Nº577/90. Establece normas técnico- pedagógicas para la atención de alumnos con discapacidad motora. Discapacidad por graves alteraciones en la capacidad de relación y comunicación. 1. Decreto Supremo Nº815/90. Aprueba planes y programas de estudio para personas con autismo, psicosis o disfasia severa. Discapacidad Intelectual 1. Decreto Supremo Exento Nº 87/90. Aprueba planes y programas de estudio para alumnos con discapacidad intelectual.

2 2. Decreto Exento Nº 501/93 Rebaja duración de la clase para los cursos talleres del Nivel Laboral. 3. Decreto Exento Nº 579/93 Amplía la aplicación del criterio de egreso del Nivel laboral al año Decreto Supremo Exento Nº 673/93 Modifica Decreto Supremo Nº 182/92 sobre edad máxima de egreso a 26 años. Trastornos de la Comunicación 1. Decreto Nº 1300/02. Aprueba planes y programas de estudio para alumnos con trastornos del lenguaje oral. PARA TODA LA EDUCACION ESPECIAL Ley Nº 19284/94. MIDEPLAN Establece normas para la plena Integración Social de personas con discapacidad Decreto Supremo Nº 01/98 y Decreto Supremo Nº 374/99 Reglamenta el Capítulo II de la Ley Nº /94 de Integración Social de las personas con discapacidad. Decreto Supremo Nº 300/94 Autoriza la organización y funcionamiento de cursos talleres básicos para mayores de 26 años. Decreto Supremo Nº 363/94 Aprueba normas técnicas para el funcionamiento de los gabinetes técnicos de las escuelas especiales-diferenciales del país

3 Decreto Supremo Nº787/00 Declara que Centros de Diagnóstico y Microcentros de Diagnóstico se denominarán equipos Multiprofesionales y establece normas para su organización y funcionamiento. Decreto Supremo Nº 374/99 Autoriza la atención de los escolares hospitalizados. Decreto Supremo Nº1137/94 JUSTICIA Aprueba Reglamento del Registro nacional de la Discapacidad Decreto Supremo Exento Nº 490/90 Establece normas técnicas y administrativas para integrar alumnos con discapacidad en establecimientos comunes (Jardines, Escuelas Básicas y/o Liceos) (Derogado por Decreto Supremo Nº 01/98, excepto artículo 4º) Decreto Supremo Exento Nº 27/95 Modifica Decreto Exento Nº 490/90 (incluye otras discapacidades) Decreto Supremo Exento Nº291/99 Reglamenta el funcionamiento de los Grupos Diferenciales en los establecimientos educacionales del país. Ordinario Nº 766 del 2 de noviembre de 1999.Contiene orientaciones sobre organización y funcionamiento de los grupos Diferenciales Sobre Infraestructura Educacional: Decreto Supremo de Educación Nº 548 /88. Aprueba normas para la planta física de los locales educacionales estableciendo exigencias mínimas, a cumplir por los establecimientos de educación especial o diferencial, para ser reconocidos oficialmente. (artículo 5º:número 3,artículo 7º y artículo 8º). Decreto Supremo de Vivienda y Urbanismo Nº 47/92

4 Establece la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Capítulo Nº5 sobre locales escolares y hogares estudiantiles. Decreto Supremo Nº 289/89 Aprueba Reglamento sobre condiciones sanitarias mínimas de los establecimientos educacionales. Sobre Subvenciones: Decreto Supremo N 8.144/80. Reglamento de Subvenciones, título II; artículo 9 Especifica quiénes son los alumnos de educación especial por los cuales se puede impetrar la subvención de Educación General Básica Especial. Ley /98 Establece pago subvención especial para alumnos con discapacidad auditiva, visual y multidéficit. Cada año se reglamenta este pago mediante decreto. Decreto Supremo Nº 375/ 99 Otorga subvención de Educación Especial por los alumnos atendidos en aulas hospitalarias. Ley /98 Establece pago de subvención especial por alumno con discapacidad integrado en 2º Nivel de Transición y Enseñanza Media. Cada año se reglamentan estos pagos mediante Decreto

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