Área de Presidencia y Hacienda

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1 Área de Presidencia y Hacienda Servicio Administrativo de Hacienda y Patrimonio Unidad de Patrimonio PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES Y TÉCNICAS QUE HABRÁN DE REGIR LA ENAJENACIÓN MEDIANTE SUBASTA PÚBLICA DE LAS ACCIONES DE LA ENTIDAD BUENAVISTA GOLF S.A. PROPIEDAD DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE TENERIFE Y GESTUR TENERIFE S.A 1. ANTECEDENTES El Cabildo de Tenerife es titular dominical de acciones de las entidad Buenavista Golf S.A., que suponen el 55 por ciento de todo el capital social, debiendo señalarse como antecedente más significativo de este hecho el acuerdo plenario de fecha 28 de abril de 2000 en virtud del cual se dispone la constitución de la citada entidad para la construcción de un complejo turístico de ocio (Campo de Golf) en el municipio de Buenavista del Norte, conjuntamente con la entidad mercantil Gestión Urbanística de Santa Cruz de Tenerife, S.A. (GESTUR TENERIFE), la cual ostenta acciones, que suponen el 43 por ciento de todo el capital social todo ello como consecuencia del Programa de desarrollo integral de la Isla Baja. El referido acuerdo plenario, dispuso paralelamente, la aprobación inicial del oportuno expediente de actividad económica para la construcción del citado complejo turístico, actividad económica respecto a la cual, la Corporación Insular, deberá adoptar el acuerdo que proceda una vez se materialice y haga efectiva la enajenación de las acciones de su titularidad, entendiendo, en su caso, que se han logrado los objetivos de construcción y puesta en funcionamientos previstos en el expediente del que trae causa. En estos momentos debe subrayarse, que las medidas y compromisos adoptados recientemente por el conjunto de las Administraciones Públicas españolas, en sintonía con las recomendaciones dictadas por la Unión Europea, pretenden corregir el escenario económico actual por medio de la

2 implementación de una serie de reformas económicas y medidas de ajustes presupuestarios y consolidación fiscal. Formando parte del conjunto de reformas económicas adoptadas, se encuentran las ligadas al sector público. Con estas medidas se persigue una redimensión de la Administración Pública que permita reducir sus costes de funcionamiento y afectan no solo al sector público administrativo sino también al sector público empresarial y fundacional. El Excmo. Cabildo Insular de Tenerife ha adoptado acuerdos como consecuencia de los antecedentes enunciados. De este modo y en relación con la reforma del sector público insular, el Consejo de Gobierno Insular acordó, en sesión ordinaria celebrada el 11 de julio de 2011, la contratación de un estudio que permitiera la ordenación del sector público empresarial dependiente, antecedente que concluye con el acuerdo plenario de 30 de marzo de 2012, por medio del cual se aprueba el Plan de Reestructuración y Racionalización del Sector Público Empresarial adscrito al Excmo. Cabildo Insular de Tenerife. Con este Plan, el Excmo. Cabildo Insular de Tenerife persigue la configuración de un sector público empresarial y fundacional más reducido, racional y eficiente que responda al actual contexto de austeridad y necesidad de control del gasto público. El citado acuerdo plenario articula como mecanismo de contención del gasto público la enajenación de la totalidad de las acciones de Buenavista Golf S.A., de las que es actualmente titular el Cabildo de Tenerife. De esta manera se busca aumentar la disponibilidad de recursos públicos desinvirtiendo en proyectos de alto atractivo para el sector privado que pueden ser impulsados adecuadamente por inversores particulares. Asimismo, debe hacerse especial mención al conjunto de la participación, directa e indirecta, que el Cabildo de Tenerife ostenta en la actualidad en la entidad 2

3 Buenavista Golf, S.A. y que se sustenta, por un lado, en la titularidad directa del 55% del accionariado social y, por otro, el 11,27% que de forma indirecta, posee a través de la entidad GESTUR TENERIFE, por ser entidad participada, en este porcentaje, por la Corporación Insular. En este sentido, la entidad GESTUR TENERIFE, paralelamente al presente procedimiento de enajenación y en virtud de mandato expreso del Gobierno de Canarias, accionista mayoritario de esta entidad, está llevando a cabo el proceso de enajenación de su cartera accionarial en la entidad mercantil Buenavista Golf, S.A., la cual asciende a un 43% de su capital social, lo cual se ha materializado por la adopción de la Orden Conjunta de los Consejeros de Economía, Hacienda y Seguridad, y de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial, de fecha 23 de julio de 2012, por el que se aprueba el Programa de Viabilidad de la sociedad mercantil pública Gestión Urbanística de Santa Cruz de Tenerife, S.A. para el período La referida sociedad, de carácter y naturaleza pública, en la que participan ambas Administraciones Públicas y cuyos procedimientos de contratación se encuentran sometidos a los principios de publicidad y concurrencia, en virtud de acuerdo de su Consejo de Administración, ha aprobado el contenido del presente pliego de condiciones, facultando de forma expresa al órgano de contratación de esta Corporación Insular, conforme a lo determinado en el mismo, para seleccionar al tercero adquirente de la totalidad de las acciones de su titularidad en Buenavista Golf, S.A. Así, dada la naturaleza de la actividad, una vez alcanzado el objetivo marcado de implantación e impulso perseguido en el momento de su constitución desde el ámbito del sector público, se pretende con estos procedimientos de enajenación, transmitir en su totalidad y de manera conjunta, ambos paquetes de acciones, a particulares externos, que pudieran tener interés en su gestión. 3

4 Ha de subrayarse, asimismo, que los principios de coordinación y cooperación entre las distintas Administraciones Publicas se han mantenido, desde el inicio, en la actuación de impulso antes señalada, y que, en estos momentos en que ambas Administraciones Públicas, titulares dominicales de las acciones que conforman la Sociedad Buenavista Golf, en atención al interés público puesto de manifiesto diseñan un procedimiento de desinversión, deben los mismos principios inspiradores marcar las actuaciones a llevar a cabo, lo que comportará que el objetivo propuesto se alcance con un mayor grado de eficiencia para el interés público. PRIMERA.- OBJETO. El presente pliego tiene por objeto regular las condiciones, procedimiento y forma de enajenación de los valores mobiliarios de titularidad del Cabildo de Tenerife y la Entidad Gestur Tenerife S.A. cuyas características se detallan a continuación: Acciones de titularidad insular: acciones nominativas de la mercantil Buenavista Golf S.A. numeradas del , ambos incluidos; del , ambos incluidos; , ambos incluidos y , ambos incluidos. Acciones de titularidad de Gestur Tenerife S.A.: acciones nominativas de la mercantil Buenavista Golf, S.A. numeradas del , ambos incluidos; del , ambos incluidos; , ambos incluidos; y , ambos incluidos. La sociedad consta inscrita en el Registro Mercantil de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife en la Hoja TF-36277, Folio 11, del tomo 2690 de la Sección General. El adquirente de las acciones pasará a ser titular de todos los derechos y obligaciones derivadas de las mismas. 4

5 Los derechos objeto de enajenación propiedad del Cabildo de Tenerife figuran anotadas en el Inventario de Bienes de la Corporación Insular en el epígrafe IV Valores Mobiliarios, números de inventario ; y , encontrándose libre de cargas y gravámenes, según consta en sendos certificados emitidos por el Sr. Secretario de la Corporación Insular con fecha 23 de enero de 2013, así como en Certificado del Secretario de la entidad mercantil Buenavista Golf S.A. de fecha 25 de febrero de Las acciones propiedad de Gestur Tenerife, S.A. figuran dentro de su inventario de inversiones mobiliarias, constando igualmente totalmente libres de cargas y gravámenes. Cualquier oferta que se presente deberá comprender la totalidad de las acciones puestas en venta, tanto las de titularidad del Cabildo Insular de Tenerife como las que son titularidad de Gestur Tenerife, S.A., es decir, se realizará por el 98% del capital social de Buenavista Golf, S.A. Así, dada la naturaleza de la actividad, una vez alcanzado el objetivo marcado de implantación e impulso perseguido en el momento de su constitución desde el ámbito del sector público, se pretende con estos procedimientos de enajenación, transmitir en su totalidad y de manera conjunta, a particulares externos, que pudieran tener interés en su gestión. Asimismo, dado que Buenavista Golf, S.A. participa en un 26,4257% en la Entidad Nueva Isla Baja, S.A., se significa que, dado el posible interés del futuro adjudicatario en la citada Sociedad, titular dominical del Hotel Buenavista Golf, éste podrá ofertar, además del precio de compra previsto en el presente pliego, una inversión por la cantidad monetaria que considere oportuna para su aportación como ampliación de capital de Nueva Isla Baja, S.A., cuyo Consejo de Administración acordó, en sesión celebrada el 17 de abril de 2013, solicitar a todos los accionistas su compromiso de renunciar a su derecho de adquisición preferente, de manera anticipada, en este supuesto, compromiso al que todos han mostrado su conformidad según consta en el certificado emitido por el 5

6 Secretario Letrado-Asesor del Consejo de Administración de Nueva Isla Baja, S.A. SEGUNDA.- NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO Y RÉGIMEN JURÍDICO. La naturaleza jurídica del contrato que se perfeccione es de carácter privado, quedando excluido del ámbito del artículo 4.1.p del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), que explicita como contrato excluido de la misma la compraventa de valores negociables y estableciendo que este tipo de contratos se regirán por la legislación patrimonial, aplicándose los principios de esta Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse. El presente procedimiento de enajenación de acciones se configura como un negocio patrimonial, encontrándose sometido a la legislación patrimonial en virtud del artículo 4.1.p) TRLCSP, que reenvía a la citada legislación, concluyendo, como consecuencia de dicha remisión normativa, en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas (LPAP), LPAP; de aplicación supletoria, en defecto de normativa estatal o autonómica de aplicación directa, en atención al sistema de fuentes determinado en el articulo CE en relación con el artículo ª CE. TERCERA.- PROCEDIMENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. La enajenación de dichos valores mobiliarios, considerados bienes patrimoniales, se llevará a cabo mediante subasta pública de conformidad con el artículo 80 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local (TRRL), aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, así como el artículo 175 de la LPAP, relativo al procedimiento para la enajenación de títulos representativos de capital. 6

7 Asimismo, de conformidad con el procedimiento establecido en el citado precepto, en relación con la regulación contenida en los Estatutos Sociales de la Entidad Mercantil Buenavista Golf, S.A., se ha procedido a evacuar el trámite previo de comunicación al Secretario del Consejo de Administración, todo ello a los efectos de salvaguardar el correspondiente derecho de adquisición preferente configurado en los mismos. CUARTA.- PRECIO MÍNIMO DE LICITACIÓN Y PRECIO DEL CONTRATO. El presupuesto base de licitación, de conformidad con la valoración efectuada por los técnicos de la Corporación en atención al valor neto contable de los valores mobiliarios inventariados, asciende a la cantidad total de dieciocho millones, trescientos setenta y seis mil quinientos nueve euros ( ), impuestos excluidos, de los cuales, diez millones trescientos trece mil trescientos cuarenta y siete euros ( ), para las acciones titularidad del Cabildo Insular de Tenerife, y ocho millones sesenta y tres mil ciento sesenta y dos euros ( ), para las acciones de Gestur Tenerife, S.A. Cualquier oferta que se presente deberá comprender la totalidad de las acciones puestas en venta. Las ofertas económicas que sean inferiores al precio mínimo de licitación serán automáticamente rechazadas. Queda excluido del tipo de licitación el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y otros que pudieran resultar de aplicación. El precio del contrato será, finalmente, aquel al que ascienda la adjudicación. El pago del precio se realizará conforme determina la cláusula decimocuarta del presente pliego de condiciones. 7

8 QUINTA. INFORMACIÓN SOBRE BUENAVISTA GOLF S.A. En relación con la actividad de la mercantil Buenavista Golf S.A. y de conformidad con lo indicado en el artículo 2 de sus Estatutos, ésta tiene por objeto principal el llevar a caco del desarrollo del Plan Especial Buenavista Golf en el término municipal de Buenavista del Norte, desarrollando las actividades necesarias que permita la gestión, urbanización y construcción del campo de golf y los terrenos adyacentes, así como la explotación de la instalación, venta de parcelas y aquellas otras necesarias a tales fines. No obstante somera indicación efectuada en el párrafo que antecede, podrán ser consultados, en todos sus términos, los Estatutos Sociales en las oficinas que constituyen la sede social de dicha entidad mercantil, sitas en calle Robayna nº 25, Santa Cruz de Tenerife, así como en el Servicio de Hacienda y Patrimonio del Excmo. Cabildo de Tenerife. Asimismo, se encuentra a disposición de los interesados en el procedimiento, en dichas oficinas, la documentación relativa a las cuentas anuales de la entidad, tales como el informe de auditoria de cuentas anuales de los dos últimos ejercicios cerrados; estados financieros provisionales del último ejercicio no cerrado o previsión de estados financieros del ejercicio inmediato siguiente. Por otro lado, los interesados deberán suscribir la aceptación incondicional de los compromisos de confidencialidad. Así, una vez acreditado el interés en la licitación y formulado y aportado compromiso de confidencialidad de conformidad con el Anexo I del presente pliego, se podrá acceder a la documentación obrante en las oficinas de la entidad mercantil, en la segunda fase due diligence, de conformidad con las instrucciones que se reciban. En cualquier caso, la aceptación de estas condiciones no implica compromiso de compra por parte de los interesados. 8

9 Para la consulta de la referida documentación deberá concertarse previa cita con el referido Servicio de Hacienda y Patrimonio del Cabildo de Tenerife a los efectos de preparar la misma y poder facilitar la información que, con arreglo a la normativa aplicable, se pudiera precisar por los interesados. SEXTA.- GARANTÍAS DE LA CONTRATACIÓN. Los licitadores que se presenten a la subasta deberán constituir una garantía por importe de cien mil ( ) euros, en favor del órgano de contratación, en cualquier de las formas a que refiere el artículo 96 del TRLCSP: Efectivo o en valores de Deuda Pública, estos últimos representados mediante certificado de inmovilización de los valores anotados (modelo anexo II). Avales prestados por alguno de los bancos, cajas de ahorro, cooperativas de crédito establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España (modelo anexo III). Seguros de caución otorgados por entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo (modelo anexo IV). Las garantías constituidas mediante aval o seguro de caución deberán ser bastanteadas previamente por el Vicesecretario General de la Corporación. La garantía se constituirá en la Unidad Orgánica de Tesorería de la Corporación. La garantía constituida responderá del mantenimiento de las ofertas de los licitadores y se mantendrá, para el que resulte adjudicatario, hasta la formalización del contrato. La garantía se extinguirá automáticamente y será devuelta de oficio a los licitadores que no hayan resultado adjudicatarios e inmediatamente después de la adjudicación del contrato. 9

10 Si algún licitador retira su oferta injustificadamente antes de la adjudicación, o si el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa no formalizase el contrato, se procederá a la ejecución de la garantía. Será devuelta la garantía al adjudicatario una vez se acredite el pago del precio de contrato y se formalice la enajenación en escritura pública. SÉPTIMA.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. El órgano de contratación que actúa en nombre y representación del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, es el Consejo de Gobierno Insular, en virtud de lo establecido en la Disposición Adicional segunda del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, así como en el artículo 29.5 c) del Reglamento Orgánico de la Corporación Insular. OCTAVA.- PUBLICIDAD DE LA LICITACIÓN. Se dará publicidad a la licitación mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en tres periódicos de los de mayor difusión. El importe de dichos anuncios será por cuenta del adjudicatario. El importe máximo de gastos por anuncios que debe abonar el adjudicatario será de diez mil (10.000) euros. Los gastos se abonarán mediante ingreso de aquéllos en la Tesorería de la Corporación Insular, lo cual deberá quedar debidamente acreditado con carácter previo a la formalización de la oportuna escritura pública de compraventa. Los anuncios de aclaración y rectificación correrán a cargo del órgano de contratación y se publicarán en los mismos medios. Si los hubiere, el plazo de presentación de proposiciones se computará a partir de éstos. Asimismo, serán de cuanta de la Corporación Insular todos aquellos anuncios en otros medios de comunicación diferentes a los reseñados anteriormente. 10

11 Los interesados podrán solicitar copias de los pliegos de condiciones y examinar el resto de la documentación del expediente en el Servicio Administrativo de Hacienda y Patrimonio del Cabildo de Tenerife, en las demás oficinas señaladas en el anuncio de licitación y en el perfil de contratante del Cabildo, a través de su página Web () y también en el perfil del contratante de Gestur Tenerife, S.A. a través de su página Web ( Asimismo, podrá consultar la documentación referida en el cláusula quinta del presente pliego de condiciones, en los términos expresados en la misma. NOVENA.-CAPACIDAD PARA CONTRATAR. Podrán concurrir a la licitación las personas físicas o jurídicas que gocen de capacidad de obrar de acuerdo con lo previsto en el Código Civil, en particular para el contrato de compraventa. No podrán ser adquirentes las personas que hayan solicitado o estén declaradas en concurso, hayan sido declaradas insolventes en cualquier procedimiento, estén sujetas a intervención judicial o hayan sido inhabilitadas conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, conforme al artículo 95.2 del RLPAP, así como las que incurriesen en los supuestos previstos en la normativa sobre incompatibilidades. También podrán presentarse ofertas de forma conjunta, sin necesidad de formalizar o comprometer la formalización de una Unión Temporal de Empresas. En tal caso, además de la presentación de la documentación señalada en la cláusula décima del presente pliego, la responsabilidad de las personas físicas o jurídicas que hayan formulado oferta conjunta será solidaria. Cada licitador no podrá presentar más de una solicitud de participación. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una agrupación. La infracción de estas normas dará lugar a la inadmisión de todas las solicitudes de participación suscritas por el licitador. 11

12 OCTAVA.- PLAZO Y REQUISITOS PROPOSICIONES. PARA LA PRESENTACIÓN DE Quienes deseen concurrir a la licitación deberán presentar sus proposiciones en el plazo de SESENTA DÍAS NATURALES contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. Dicho anuncio será publicado asimismo en el perfil de contratante del Cabildo, a través de su página Web () y también en el perfil del contratante de Gestur Tenerife, S.A. a través de su página Web ( Las proposiciones deberán presentarse en el Registro General del Cabildo de Tenerife, dentro del horario de apertura al público. Por tanto, no serán oficinas válidas a estos efectos los Registros Auxiliares del Cabildo de Tenerife localizados en otras dependencias, ni tampoco los Registros de cualesquiera otras Administraciones Públicas. No obstante, si la proposición se presentó erróneamente en cualesquiera otras oficinas, y éstas la remitieron al Registro General del Cabildo de Tenerife, podrán ser admitidas siempre que en éste último se recibieran antes de expirar el plazo señalado en el párrafo anterior, y la documentación reúna los requisitos formales exigidos. El horario de apertura al público del Registro General del Cabildo de Tenerife es el siguiente: De lunes a viernes de 8:00 a 18:00 y sábados de 9:00 a 13:00. JULIO: lunes, miércoles y viernes de 8:00 a 14:00; martes y jueves de 8:00 a 18:00 y sábados de 9:00 a 13:00. AGOSTO: lunes a viernes de 8:00 a 14:00 horas y sábados de 9:00 a 13:00 horas. SEPTIEMBRE: lunes, miércoles y viernes de 8:00 a 14:00; martes y jueves de 8:00 a 18:00 y sábados de 9:00 a 13:00 12

13 15 de DICIEMBRE a 15 de ENERO: lunes, miércoles y viernes de 8:00 a 14:00; martes y jueves de 8:00 a 18:00 y sábados de 9:00 a 13:00. También podrán presentarse las proposiciones mediante envío por correo, en cuyo caso el interesado deberá justificar la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar en el mismo día, antes de las citadas horas de cierre del Registro General (en función del día de la semana de que se trate), al órgano de contratación, por fax o telegrama, la remisión de la proposición. La proposición remitida por correo deberá ser presentada en las oficinas postales durante los horarios del Registro General del Cabildo de Tenerife antes señalados, extremo que deberá acreditarse. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición, en el caso de que fuera recibida fuera de plazo. En todo caso, transcurridos DIEZ DÍAS NATURALES desde la terminación del plazo, no será admitida ninguna proposición enviada por correo. A los efectos indicados, la dirección y el número de fax del Cabildo de Tenerife es la siguiente: CABILDO DE TENERIFE Avda. Marítima, número 2, 38003, Santa Cruz de Tenerife, España. Fax: La presentación de las proposiciones supone la presunción de que el licitador acepta, de modo incondicional, las cláusulas del pliego de cláusulas administrativas que rige la contratación. NOVENA.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. En la fase de adjudicación el órgano de contratación adjudicará las acciones de Buenavista Golf S.A. al licitador que oferte el precio más alto por las mismas. Este importe constituye el precio del contrato para cada una de las compraventas a formalizar. Si se presentaran dos o más proposiciones por igual importe que 13

14 resultasen ser de precio más alto, se decidirá la adjudicación en el acto si estuvieran los licitadores presentes debidamente representados abriéndose una puja al alza y proponiéndose la adjudicación al que presentara una oferta económica mas elevada. Si alguno de los licitadores empatados no estuviera presente, la propuesta de adjudicación recaerá sobre el que primero hubiera presentado su oferta, para lo cual se atenderá a la fecha de su entrada en el Registro. DÉCIMA.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES. Las proposiciones, redactadas en lengua castellana, constarán de DOS SOBRES cerrados e identificados en su exterior con indicación de la licitación a la que se concurra y el nombre y apellidos o razón social de la empresa, números de teléfono y de fax, así como con la firma del licitador o persona que le represente. El contenido de cada sobre, que deberá estar relacionado numéricamente en hoja independiente, deberá tener los requisitos que se señalan a continuación: SOBRE NÚMERO UNO: Deberá tener el siguiente título: Documentación General procedimiento de enajenación mediante subasta pública de acciones de Buenavista Golf, S.A., de las cuáles, acciones son propiedad del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife y acciones, propiedad de Gestur Tenerife, S.A., Contendrá los siguientes documentos, que deberán ser copias autenticadas o bien originales (en este caso se devolverán una vez comprobada la coincidencia con las copias simples que asimismo se acompañen): 1. - Documentos que acrediten la personalidad del interesado: a) En caso de personas físicas, Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces. 14

15 b) Si es persona jurídica, escritura de constitución de sociedad o de modificación en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito sea exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. Los que comparezcan o firmen proposiciones en representación de la entidad o en nombre de otro acompañarán poder bastante al efecto. Cuando se trate de empresarios no españoles de estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, deberán acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este registro sea exigido por la legislación del Estado respectivo o presentación de las certificaciones que se indican en el Anexo V del R.G.L.C.A.P. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa. 2.- Declaración expresa y concreta de no estar incurso en las prohibiciones para contratar conforme a lo previsto en la cláusula novena del presente pliego de condiciones. 3.- Justificación de la capacidad financiera y económica. Se acreditará mediante la presentación de una declaración apropiada de una entidad financiera acerca da la capacidad del licitador para hacer frente al objeto del contrato caso de ser adjudicatario, y en especial, del pago del importe del remate de acuerdo conforme al modelo que figura como Anexo V) 4.- Los licitadores extranjeros presentarán sus documentos traducidos de forma oficial al castellano, así como un despacho expedido en la Embajada 15

16 de España en el país respectivo donde se certifique que, conforme a su legislación, tienen capacidad para contratar y obligarse en los términos contenidos en el presente pliego. Deberán, además, incluir una declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles para toda incidencia que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato. Podrán concurrir a la subasta pública dos o más licitadores presentando una Solicitud de Participación conjunta, cada uno de ellos acreditará su personalidad y capacidad en la forma descrita anteriormente e incluirán en el Sobre número 1 los mismos documentos que se señalan en el apartado anterior para las ofertas individuales, con las siguientes particularidades: a. Se presentará un documento, firmado por los licitadores agrupados, en el que deberán indicar sus datos personales individuales, así como las obligaciones asumidas en caso de resultar adjudicatarios. b. En ese mismo documento, quienes concurran a la licitación en agrupación deberán incorporar un acuerdo por el que declaren que responderán solidariamente de cualquier obligación señalada en el presente pliego administrativo, debiendo nombrar además a un representante con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven. 5. Documentación acreditativa de la constitución de garantía de conformidad con lo previsto en la cláusula sexta del presente pliego de condiciones. SOBRE NÚMERO DOS: Deberá tener el siguiente título: Documentación General procedimiento de enajenación mediante subasta pública de acciones de Buenavista Golf, S.A., de las cuáles, acciones son propiedad del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife y acciones, propiedad de Gestur Tenerife, S.A. 16

17 La oferta económica se presentará redactada conforme al modelo fijado en el Anexo VI del presente pliego de condiciones. Si alguna proposición no guarda concordancia con la documentación examinada y admitida, no alcanzase el precio mínimo de venta, variase sustancialmente del modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa de Contratación, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido. En caso de discrepancia entre el importe expresado en letra y el expresado en cifra, prevalecerá la cantidad que se consigne en letra. UNDÉCIMA.- COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación estará integrada por las siguientes personas o las que designen por delegación: Presidente: -Consejero Insular del Área de Presidencia y Hacienda Secretario: -Técnico del Servicio Administrativo de Hacienda y Patrimonio Vocales: -Vicesecretario General del Cabildo -Interventor General -Jefa del Servicio Administrativa de Presupuesto y Gasto Público o técnico que designe. -Jefa del Servicio Administrativo de Hacienda y Patrimonio o técnico que designe. - Secretario del Consejo de Administración de la entidad Buenavista Golf, S.A.. DUODÉCIMA.- APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. En la fase de adjudicación el órgano de contratación adjudicará las acciones de Buenavista Golf S.A. al licitador que oferte el precio más alto por las mismas. Este importe constituye el precio del contrato para cada una de las compraventas a formalizar. Si se presentaran dos o más proposiciones por igual importe que 17

18 resultasen ser de precio más alto, se decidirá la adjudicación en el acto si estuvieran los licitadores presentes debidamente representados abriéndose una puja al alza y proponiéndose la adjudicación al que presentara una oferta económica mas elevada. Si alguno de los licitadores empatados no estuviera presente, la propuesta de adjudicación recaerá sobre el que primero hubiera presentado su oferta, para lo cual se atenderá a la fecha de su entrada en el Registro. La apertura de proposiciones tendrá lugar el primer día hábil siguiente, que no sea sábado, a aquel en que expire el plazo de presentación de proposiciones. Si se hubieren presentado proposiciones por correo, el Servicio Administrativo de Hacienda y Patrimonio indicará la fecha a los licitadores. El acto se celebrará en el Palacio Insular, sede del Cabildo de Tenerife, a las horas. La Mesa de Contratación procederá a la calificación de la documentación general contenida en el sobre nº 1 de los presentados por los licitadores: - Si observase defectos u omisiones subsanables en la documentación lo comunicará verbalmente y mediante fax a los interesados, concediéndose un plazo de tres (3) días hábiles para que los corrijan o subsanen ante la propia mesa de contratación. - Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables se rechazará la proposición. Las ofertas que correspondan a proposiciones rechazadas quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato y los sobres que las contengan no podrán ser abiertos. La Mesa de Contratación, en acto público, una vez calificada la documentación general y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la misma, dará cuenta a los asistentes del resultado de la calificación de la documentación presentada por los licitadores en el sobre nº 1, con expresión de las proposiciones admitidas, de las rechazadas y la causa o causas de su rechazo. 18

19 A continuación, en caso de no existir deficiencias en el sobre nº 1, la Mesa procederá en acto público a la apertura de las proposiciones económicas de los licitadores admitidos, contenidas en el sobre nº 2. La Mesa dará lectura a las ofertas económicas de los licitadores y al resultado de la valoración de las mismas. Terminado el acto de apertura de las ofertas económicas del sobre número 2, se invitará a los asistentes a formular observaciones, que se incorporarán, junto con la información de las ofertas recibidas y el resultado de la valoración, al acta de que se levante de esa sesión. Por último, una vez se haya redactado y firmado el Acta, será elevada por la Mesa de Contratación al Órgano de Contratación. La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto frente a la Administración, mientras no se le haya adjudicado el contrato por acuerdo del órgano de contratación. El Órgano de Contratación, a propuesta de la Mesa de Contratación podrá acordar motivadamente la improcedencia de la adjudicación por razones de interés público, sin que las actuaciones desarrolladas hasta la fecha generen derecho alguno para los licitadores. DECIMOTERCERA.- FORMALIZACIÓN. Una vez adjudicado el contrato, para su perfeccionamiento y transmisión de acciones, se procederá a su formalización en escritura pública ante el Notario que por turno corresponda, en el día y hora que se determine, estando el adjudicatario obligado a concurrir. Desde dicho momento, el adjudicatario adquirirá la propiedad de las acciones y, con ellas, todas las obligaciones y derechos inherentes a su titularidad. El contrato deberá formalizarse en el plazo de treinta (30) días naturales desde la adjudicación. Al acto de formalización acudirán un representante del adjudicatario adquirente y un representante del Cabildo de Tenerife. En el día, en la hora y ante el notario 19

20 que por turno corresponda, deberá concurrir el adjudicatario para formalizar la escritura pública de compraventa. Para el caso de que el adjudicatario adquirente sea una agrupación, podrá comparecer para la formalización del contrato de compraventa el apoderado designado ante notario como representante de la misma o todos y cada uno de los miembros que la conforman. Al contrato que se formalice se unirán como anexos, un ejemplar del presente pliego y la oferta presentada por el adjudicatario. Si el adjudicatario adquirente no firmara la escritura pública de compraventa en la fecha señalada por causas directa o indirectamente imputables al propio adjudicatario, se entenderá resuelta la compraventa y, sin perjuicio de la reclamación de daños y perjuicios, la Mesa de Contratación, podrá llamar al licitador clasificado en segundo lugar, y así sucesivamente. DECIMOCUARTA.- PAGO Y OTRAS OBLIGACIONES. El adjudicatario adquirente deberá, en el momento del otorgamiento de la escritura pública de compraventa de las acciones del Cabildo de Tenerife, abonar la totalidad del Precio en concepto de pago, mediante un cheque bancario nominativo o talón conformado. No obstante, podrá abonarse el precio mediante transferencia bancaria al Cabildo de Tenerife, debiendo, en este último supuesto, quedar acreditado el ingreso efectivo mediante el oportuno documento bancario, verificado por la Tesorería, con carácter previo a la formalización de la oportuna escritura de compraventa. Asimismo, en relación con la compraventa de las acciones titularidad de GESTUR TENERIFE, deberá abonar el precio de las mismas mediante un cheque bancario nominativo o talón conformado. No obstante, podrá abonarse el precio mediante transferencia bancaria a las cuentas corrientes designadas por Gestur Tenerife, S.A. debiendo, en este último supuesto, quedar acreditado el ingreso efectivo con carácter previo a la formalización mediante el oportuno documento bancario. 20

21 Asimismo, con carácter previo a la formalización de la escritura pública deberá haber quedado acreditado el ingreso correspondiente a los gastos por anuncios de conformidad con lo dispuesto en la cláusula octava del presente pliego de condiciones. Para el caso de que el adjudicatario adquirente sea una agrupación de personas físicas o jurídicas, éstas deberán realizar el pago en la misma forma que regula el apartado anterior, sin perjuicio de las relaciones particulares que puedan existir entre las mismas. DECIMOQUINTA.- ADOPCIÓN DE ACUERDOS SOCIETARIOS UNA VEZ FORMALIZADA LA COMPRAVENTA. Con carácter inmediatamente posterior al otorgamiento de la escritura de compraventa, el adjudicatario adquirente realizará las actuaciones necesarias para que, en el menor tiempo posible, la Junta General de Buenavista Golf S.A. pueda adoptar el acuerdo de aceptación de la dimisión de los miembros del Consejo de Administración de Buenavista Golf, representantes del Cabildo de Tenerife y Gestur Tenerife S.A., y sea inscrito en el Registro Mercantil: DECIMOSEXTA.- OBLIGACIONES, GASTOS E IMPUESTOS EXIGIBLES AL ADJUDICATARIO ADQUIRENTE. Serán por cuenta del adjudicatario adquirente los gastos por impuestos, los gastos de anuncios, ya sea en boletines, diarios oficiales, o en cualquier medio de comunicación, así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan. Los gastos, aranceles, tasas e impuestos relativos al otorgamiento de la escritura pública serán asumidos por el adjudicatario adquirente. También serán por cuenta del adquirente el importe de los gastos de publicidad de licitación del contrato, tanto en el Boletín Oficial de la Provincia, como en otros 21

22 medios de difusión, hasta un máximo de diez mil ( ) euros, en los términos establecidos en el presente pliego. DECIMOSÉPTIMA.- CONFIDENCIALIDAD. Los interesados y licitadores en el presente procedimiento de enajenación de acciones, incluido el adjudicatario, se comprometen a mantener la información facilitada y recabada de manera confidencial, tanto durante el procedimiento de licitación como después de la formalización del presente Contrato. Además, se comprometen a mantener la más absoluta confidencialidad en relación con la documentación, contratos, informaciones y datos (información financiera, técnica, comercial, legal, administrativa o de otro tipo) revelados por la otra parte, sus empleados y/o contratados a la que hayan accedido de cualquier forma durante la vigencia del procedimiento y del propio Contrato. Actuarán con la debida diligencia y adoptando las medidas necesarias para que ninguno de sus empleados, contratantes, agentes, cualesquiera otros representantes, divulgue, copie, transmita o realice un tratamiento (automatizado o no) que ponga en peligro la confidencialidad de los datos. Los interesados que deseen consultar la documentación en la segunda fase Due Diligence, deberán suscribir compromiso de confidencialidad de conformidad con el modelo del Anexo I DECIMOCTAVA.- JURISDICCIÓN Y TRIBUNALES COMPETENTES Según lo dispuesto por el artículo 21.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos privados. No obstante, se considerarán actos jurídicos separables los que se dicten en relación con la preparación y adjudicación del contrato y, en consecuencia, 22

23 podrán ser impugnados ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de acuerdo con la normativa reguladora de dicha jurisdicción. Las partes se someten expresamente, con independencia del fuero que pudiera corresponderles, a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Santa Cruz de Tenerife. 23

24 Área de Presidencia y Hacienda Servicio Administrativo de Hacienda y Patrimonio Unidad de Patrimonio ANEXO I MODELO DE COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD D/Dª [ ], mayor de edad, con D.N.I. número [ ], en nombre propio o en representación de [ ], en calidad de [ ] ( el firmante ), estando interesado en estudiar la posibilidad de participar en el procedimiento de subasta pública para la enajenación de las acciones de la sociedad Buenavista Golf S.A., convocada por el Cabildo de Tenerife y de conformidad con lo previsto en la Cláusula 5ª del Pliego de Condiciones Administrativas Particulares que rige dicho procedimiento, por medio del presente, asumo las siguientes obligaciones de confidencialidad con relación a la documentación a consular, así como cualquier información relativa al negocio, a la estructura jurídica, económica, operativa y comercial de Buenavista Golf S.A., a sus proyectos y/o planes de negocio, planes de promoción y ventas. Por el presente, vengo a asumir, a favor del Cabildo de Tenerife y de la entidad Buenavista Golf S.A. los siguientes compromisos de tratamiento de la información proporcionada por estas entidades, sus representantes, empleados, agentes y/o asesores en el marco del proceso de enajenación de acciones referida en el párrafo anterior. Este compromiso de confidencialidad es aplicable respecto a la información que nos sea suministrada, a nuestros empleados, agentes, representantes, mandatarios y/o asesores. Toda la información obtenida será mantenida confidencial y no será, salvo previa autorización por escrito del Cabildo de Tenerife, revelada o comunicada en forma alguna, parcial o totalmente. Del mismo modo, la información no será utilizada directamente o indirectamente para ninguna finalidad distinta de la valoración y 24

25 formulación de la oferta en el marco del proceso de enajenación de acciones citado. El firmante se compromete a tomar las precauciones que sean necesarias a fin de garantizar la confidencialidad de la Información. 25

26 Área de Presidencia y Hacienda Servicio Administrativo de Hacienda y Patrimonio Unidad de Patrimonio ANEXO II GARANTÍA MEDIANTE VALORES DE DEUDA PÚBLICA (con inscripción) D. (nombre y apellidos)..en representación de N.I.F., con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en, en la calle/plaza/avda..c.p.... PIGNORA a favor del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife las siguientes participaciones, de las cuales es titular el pignorante y que se identifican como sigue: Número valores. Emisión (entidad emisora, clase de valor y fecha de emisión) Código valor Referencia del Registro Valor nominal unitario Valor de realización de los valores a la fecha de Inscripción En virtud de lo dispuesto por: (norma/s y artículo/s que impone/n la constitución de esta garantía o fianza) para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado) contraídas por (contratista o persona física o jurídica garantizada)..n.i.f./c.i.f. con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en en la calle/plaza/avda......c.p. por la cantidad de: (en letra). EUROS (en cifra).. Este contrato se otorga de conformidad y con plena sujeción a lo dispuesto en la normativa reguladora vigente y en la Instrucción Reguladora de Garantías del Cabildo Insular de Tenerife. La Entidad Gestora del Fondo se compromete a mantener la prenda sobre las participaciones señaladas, así como proceder a su reembolso a favor del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife a primer requerimiento de este. (nombre o razón social del pignorante)..firma/s Con mi intervención, el Corredor de Comercio, (firma) Don...con D.N.I..., en representación de (Entidad Gestora del Fondo.... Certifica la constitución de la prenda sobre las participaciones indicadas. Fecha Firma

27 Área de Presidencia y Hacienda Servicio Administrativo de Hacienda y Patrimonio Unidad de Patrimonio ANEXO III MODELO AVAL La Entidad (razón Social de la Entidad de Crédito o Sociedad de Garantía Recíproca).. C.I.F.., con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en. en la calle/plaza/avda...., y en su nombre (nombre y apellidos de los Apoderados) , con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento. AVALA a: (nombre y apellidos o razón social del avalado) C.I.F./N.I.F. en virtud de lo dispuesto por: (norma/s y artículo/s que impone/n la constitución de esta garantía o fianza en la Tesorería del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife). para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado). ante el Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, por importe de (en letra) EUROS, (en cifra) Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa a los beneficios de excusión y división y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Administración. Este aval tendrá validez hasta que la Administración resuelva expresamente su cancelación, habiendo sido inscrito en el día de la fecha en el Registro especial de Avales con el número. (lugar y fecha) (razón social de la Entidad) (firmas de los Apoderados)

28 Área de Presidencia y Hacienda Servicio Administrativo de Hacienda y Patrimonio Unidad de Patrimonio ANEXO IV MODELO SEGURO DE CAUCIÓN CERTIFICADO NUMERO (razón social completa de la entidad aseguradora) (en adelante asegurador), con domicilio en..., calle/plaza/avda.... y C.I.F... debidamente representado por D.... con poderes suficientes para obligarle en este acto según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento. ASEGURA A (nombre del asegurado). C.I.F./N.I.F... en concepto de tomador de seguro ante el Excmo. Cabildo Insular de Tenerife en adelante asegurado, hasta el importe de (en letra)..... EUROS, (en cifra). en los términos y condiciones establecidos en (norma/s y artículo/s que imponen la constitución de esta garantía o fianza)... en concepto de garantía(provisional, definitiva, etc.) para responder de las obligaciones (detallar el objeto del contrato u obligación garantizada),. La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía. El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro. El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la Administración. El presente seguro de caución estará en vigor hasta que el Excmo. Cabildo Insular de Tenerife o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución. (lugar y fecha) FIRMA ASEGURADOR

29 Área de Presidencia y Hacienda Servicio Administrativo de Hacienda y Patrimonio Unidad de Patrimonio ANEXO V ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA ECONÓMICO FINANCIERA D/Dª [ ], DIRECTOR/A DE LA SUCURSAL URBANA NÚMERO.. DE.. DE LA ENTIDAD FINANCIERA/BANCO/, CERTIFICO: Que, según los datos y antecedentes que obran en mi poder, D/Dª., con DNI.., (o en su caso) la empresa, con CIF nº, es cliente de esta Entidad, y que de las relaciones comerciales y financieras que hasta el día de la fecha viene manteniendo, se le estima solvencia económica y financiera suficiente para hacer frente al objeto del contrato caso de ser adjudicatario, y en especial, del pago del importe del remate de la subasta, en los términos previstos en los Pliego de Condiciones Administrativas Particulares. Y para que conste y a petición del interesado, se expide el presente informe, a los solos efectos previstos en los reseñados Pliegos. En.., a. de.. de Firmado:. Director/a de la sucursal nº.. de.

30 Área de Presidencia y Hacienda Servicio Administrativo de Hacienda y Patrimonio Unidad de Patrimonio ANEXO VI MODELO DE OFERTA ECONÓMICA D/Dª [ ], mayor de edad, con D.N.I. número [ ], en nombre propio o en representación de [ ], en calidad de [ ], al objeto de participar en el procedimiento de subasta pública para la enajenación de las acciones de la sociedad Buenavista Golf S.A. convocada por el Cabildo de Tenerife, por medio del presente escrito se compromete a adquirir las acciones puesta a la venta de la sociedad Buenavista Golf S.A., tanto del Cabildo Insular de Tenerife como de Gestur Tenerife, S.A., por un precio de [ ] (en letra y número), impuestos no incluidos, así como a dar cumplimiento a todos los requisitos y obligaciones que se exigen para la adjudicación del contrato de compraventa de las citadas acciones, todo ello de acuerdo con lo establecido en el Pliego de Condiciones Administrativas Particulares, cuyo contenido declara conocer y aceptar plenamente. Y para que conste y surta los efectos oportunos donde proceda, se expide el presente compromiso a favor del Cabildo de Tenerife En [], a [ ] de [ ] de Fdo. [ ] [ ]

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