PRESUPUESTO GENERAL MUNICIPAL

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1 PRESUPUESTO GENERAL MUNICIPAL EJERCICIO 201 Página 1 de 448

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3 PRESUPUESTO GENERAL MUNICIPAL Entidades Refundidas en el Presupuesto Ayuntamiento de Moralzarzal. Sociedad Municipal de Moralzarzal S.L.U EJERCICIO 201 Página 3 de 448

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5 PRESUPUESTO GENERAL MUNICIPAL Indice General EJERCICIO 201 Página 5 de 448

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7 INDICE GENERAL PAGINAS DOCUMENTOS PRECEPTIVOS: MEMORIA EXPLICATIVA INFORME ECONOMICO FINANCIERO BASES DE EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA CONSOLIDACIÓN PRESUPUESTARIA páginas páginas páginas páginas ANEXOS AL PRESUPUESTO AVANCE DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO páginas LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO páginas ESTADO DEUDA OPERACIONES DE CORTO Y LARGO PLAZO páginas INVERSIONES EJERCICIO E INGRESOS QUE LAS FINANCIAN páginas ENTE 01.- AYUNTAMIENTO DE MORALZARZAL. ESTADO DE INGRESOS ESTADO DE GASTOS. PLANTILLA DE PERSONAL. ENTE 02.- SOCIEDAD MUNICIPAL DE MORALZARZAL SLU. MEMORIA DE GESTION BALANCE DE SITUACION CUENTA DE EXPLOTACION ESTADO DE INGRESOS ESTADO DE GASTOS páginas páginas páginas páginas páginas páginas páginas páginas Página 7 de 448

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9 PRESUPUESTO GENERAL MUNICIPAL Documentos que acompañan al presupuesto Memoria Explicativa de su contenido EJERCICIO 201 Página 9 de 448

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11 Proyecto Presupuestos Generales Ayuntamiento de Moralzarzal 2015 Introducción El Proyecto de Presupuesto General de 2015 sigue la línea de los presupuestos que este Equipo de Gobierno ha llevado a cabo durante esta última legislatura, en la que se ha sufrido una situación económica general muy complicada. Los principios fundamentales sobre los que se han elaborado todos ellos son control, transparencia y rigor. DESCRIPCIÓN ESTADO DE INGRESOS ENT MATRIZ S.M. MORALZARZAL S.L. TOTALES DESCUENTOS ESTADO CONS 1 I. Directos , , ,00 2 I. Indirectos Tasas y otros Ingresos , , , ,71 4 Transf Corrientes Ing patrimoniales Ingresos Corrientes , , , , ,71 36 c. Especiales Ctas Urb Enajenac Patrimonio Transf Capital 8 Activos Financieros 9 Pasivos Financieros Ingresos de Capital TOTAL INGRESOS , , , , ,71 ESTADO DE GASTOS 1 Gastos de Personal , , , ,15 2 Gastos Bienes y Serv , , , , ,90 3 Gastos Financieros , , ,66 1 Página 11 de 448

12 4 Transf Ctes Gastos Corrientes , , , , ,71 6 Inversiones Reales Transf Capital 8 Activos Financieros 9 Pasivos Financieros Gastos de Capital TOTAL GASTOS , , , , ,71 El Ayuntamiento de Moralzarzal presenta una situación económica sana. Las medidas adoptadas por el Equipo de Gobierno durante muchos años de trabajo nos permiten disfrutar esta buena situación de la economía municipal y ratificar los objetivos fundamentales de los presupuestos de esta legislatura: Reducción de la presión fiscal para familias y empresas. o Se mantiene la importante reducción en los dos grandes tributos que soportan las familias y empresas en Moralzarzal y que ya se aplicaron en los presupuestos de 2014: el impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana y la Tasa de Recogida de Basuras -el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica ya se encuentra a niveles de mínimos permitidos y con bonificación del 75%-. Esta medida supuso para los vecinos de Moralzarzal un ahorro en 2014 de euros y se mantiene en o Moralzarzal sigue siendo el municipio de la comarca de la Sierra en el que los vecinos soportan menor carga impositiva. Reducción del gasto público. o El control exhaustivo en el gasto corriente ha supuesto una reducción de más de euros, desde el primer presupuesto de la legislatura en 2011 al último en Inversión en actividades que generen riqueza en Moralzarzal. o Estrictamente ligada al saldo positivo obtenido de la diferencia entre ingresos y gastos corrientes y a la venta de suelo. Mantener nuestras grandes infraestructuras de servicios y nuestra amplia oferta de posibilidades de ocio, formación, cultura y deporte. o Aspecto fundamental de la alta calidad de vida que se disfruta en Moralzarzal. De nuevo, las mayores partidas de gasto corriente van destinadas a Deportes, Seguridad Ciudadana y Cultura. El presupuesto de inversiones asciende a euros, de los que euros ( serían contribuciones especiales) se encuentran vinculados a venta de suelo y euros corresponden a la diferencia positiva entre ingresos y gastos corrientes. 2 Página 12 de 448

13 Estos euros se destinaran fundamentalmente a la reposición de aceras y farolas ( ), al proyecto del nuevo colegio El Raso ( ), a mejora de los Sistemas Informáticos ( ), a infraestructuras en Parques y Jardines ( ), al proyecto del Circuito de la media, un circuito para hacer a pie o en bicicleta que bordeará nuestro pueblo y desde el que se contemplará toda la belleza de nuestro entorno ( ) y a infraestructuras educativas ( ). De las inversiones vinculadas a venta de suelo, destacan la Infraestructura en Saneamiento ( ), el Alumbrado de calles ( ), la instalación de Video Vigilancia ( ) y la ampliación de la Biblioteca Municipal Casa Grande, con la adecuación de su planta baja ( ). INGRESOS Partida Organ Concepto Partida GASTO Diferencia entre Ingresos y Gastos Corrientes CALIDAD Mobiliario CALIDAD Informatica DEPORTES Material Ocio Piscina ALCALDIA Proyecto circuito Ruta Media EDUCACION Columpios Zonas recreo Colegios M.AMBIENTE-AL Carteles Parque el Raso EDUCACION-AL Proyecto Colegio M.AMBIENTE Fuentes M.AMBIENTE Papeleras P.CIVIL Comunicaciones P.CIVIL Material MED AMBIENTE Columpios POLICIA Aire Acondicionado REDES Farolas iluminacion URBANISMO Reposición de Aceras Venta de Suelo conforme a Relación ALCALDIA Maquinaria y Enseres Carpa CULTURA Ampliacion Biblioteca DEPORTES Luz en Pistas Padel DEPORTES Guarderia DEPORTES Luces recorrido Pistas EDUCACION Frente Pergola,Porterias y Porche Casa Niño EDUCACION Columpios Zonas recreo Colegios M.AMBIENTE Bancos en Parques SERV. SOCIALESPergola P.CIVIL Vehiculo Adaptado P.CIVIL Material PARQUES Cerramientos POLICIA Alarma POLICIA Video Vigilancia POLICIA Aula Parque Infantil Trafico REDES Alumbrado Calles Vecinos,Cerquillon, Tablada URBANISMO Asfaltado Calle Matalpinos URBANISMO Saneamiento Infraestructura URBANISMO-AL Acondicionamiento Calle Huerta Contribuciones Especiales REDES Alumbrado Calles Vecinos,Cerquillon, Tablada Página 13 de 448

14 Este Proyecto de Presupuestos Generales del Ayuntamiento de Moralzarzal para 2015 permite seguir reduciendo la deuda municipal, que se encuentra en unos niveles muy por debajo de los permitidos por la ley y muy por debajo de la media de la Comunidad de Madrid y de España, y el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y de la regla de gasto señalada por el Estado. Entidad Prestamista Importe Prestamo Importe Pte AmorImport Anualidad Principal Intereses Importe Pte Amortiz Contratos de Préstamo a Largo Plazo CAJA DEMADRID , , , , , , (17001) pta pta pta pta pta pta CAJA DEMADRID , , , , , (17007) pta pta pta pta pta pta Total Operaciones Crédito con Pro , , , , , ,93 Operaciones de Tesoreria O Tesoreria Anticipo de Recursos Ordinarios O. Tesoreria Anticipo Cuotas Urbanización Total Operaciones Tesoreria Cálculo Art 54LRHCálculo sin Art. 36 Cálculo Próximo Ejerc Ingresos Corrientes en el Ejercicio Importe de Operaciones a Corto y Largo Plazo Importe de Operaciones Proyect Corto y Largo Porcentaje Capital Vivo / Ing Ctes sin Op. Proyectad Porcentaje Capital Vivo / Ing Ctes con Op. Proyectad Ingresos Ctes Ingresos Ctes sin Art. 36 Ingresos Ctes , , , , , ,93 38,48% 43,48% 35,49% 38,48% 43,48% 35,49% Ingresos Liquidados, Importe Oblig. Reconocidas Importe Capitulo 1º ,58 Capitulo 1º Capítulo 2º ,81 Capítulo 2º ,09 Capítulo 3º ,90 Capítulo 3º ,88 Capítulo 4º ,30 Capítulo 4º ,47 Capítulo 5º ,79 Capítulo 6º 2.257,92 Capítulo 6º ,12 Capítulo 7º ,74 Capítulo 7º Capítulo 8º Capítulo 9º Capítulo 9º ,95 Ingresos C. Especiales Gastos Intereses Financieros ,72 Ingresos Cuotas Cooperación Gastos Amortización Crédi ,95 Ingresos no concurrentes ,05 Desviaciones Positivas Financiación ,10 Desviaciones Negativas Total Ingresos , ,51 Gastos Financiados con Remanente de Tesorería OPERACIONES CONFORMEA ANTERIOR LEGISLACIÓN OPERACIONES ACTUALES ART. 51 LEY 39/88 A) Ingresos Corrientes 53, ,41 B) Oblig. Corrientes ,56 C) Anualidad Teórica de Amort ,95 D) Anualidad Teórica de Interes ,72 * CARGA FINANCIERA AÑO (E+F) ,67 PORCENTAJE 3,44% AHORRO NETO (B-D)-(E-F) ,18 PORCENTAJE 12,65% 4 Página 14 de 448

15 En Moralzarzal, a 6 de noviembre de 2014 El Concejal delegado de Hacienda. Fdo.- Javier Martín Pascual ---Huella digital al margen-- 5 Página 15 de 448

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17 PRESUPUESTO GENERAL MUNICIPAL Documentos que acompañan al presupuesto Informe Económico Financiero EJERCICIO 201 Página 17 de 448

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19 INFORME ECONÓMICO FINANCIERO Artículo 168 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo e) del Texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por parte de la intervención de este ayuntamiento, y con relación al presupuesto municipal para el ejercicio de 2015, se emite el siguiente INFORME: El proyecto de presupuesto que se pretende aprobar, establece un estado Consolidado para el ejercicio 2015, conforme al siguiente resumen: DESCRIPCIÓN ESTADO DE INGRESOS Estado Consolidado del Presupuesto Municipal para el ejercicio 2015 ENT MATRIZ S.M. MORALZARZAL S.L. TOTALES DESCUENTOS ESTADO CONS 1 I. Directos , , ,00 2 I. Indirectos Tasas y otros Ingresos , , , ,71 4 Transf Corrientes Ing patrimoniales Ingresos Corrientes , , , , ,71 36 c. Especiales Ctas Urb Enajenac Patrimonio Transf Capital 8 Activos Financieros 9 Pasivos Financieros Ingresos de Capital TOTAL INGRESOS , , , , ,71 ESTADO DE GASTOS 1 Gastos de Personal , , , ,15 2 Gastos Bienes y Serv , , , , ,90 3 Gastos Financieros , , ,66 4 Transf Ctes Gastos Corrientes , , , , ,71 6 Inversiones Reales Transf Capital +DCOE17:5583+ Gestión Documental: Exp: 5532/2014 SIBM01, Carlos CBND Página 19 de 448

20 8 Activos Financieros 9 Pasivos Financieros Gastos de Capital TOTAL GASTOS , , , , ,71 Asciende el Presupuesto General Refundido del Ayuntamiento de Moralzarzal para el ejercicio 2015 a ONCE MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MILTRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO EUROS CON SETENTA Y UN CENTIMOS // ,71 // en su estado de ingresos y gastos. Apareciendo pues, con un equilibrio presupuestario inicial. El Presupuesto del Ayuntamiento de Moralzarzal, asciende en su estado de ingresos y gastos a ONCE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS DIECISIETE EUROS // ,00//.Los recursos corrientes del Ayuntamiento de Moralzarzal, ascienden a DIEZ MILLONES SETECIENTOS CATORCE MIL SETECIENTOS DIECISIETE EUROS // ,00// NOVEDADES GENERALES PRESUPUESTOS GENERALES DEL EJERCICIO Las siguientes novedades de legislación general, resultantes de aplicación de normas estatales y autonómicas: Conforme al proyecto de Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2015, entregado a las Cortes Generales para su debate y aprobación. Las Cuentas Públicas, tal y como se expresa en la exposición de motivos, persiguen continuar con el mismo objetivo que en ejercicios anteriores, de garantizar la sostenibilidad financiera de todas las Administraciones Públicas, fortalecer la confianza en la estabilidad de la economía española, y reforzar el compromiso de España con la Unión Europea en materia de estabilidad presupuestaria. Por otro lado, las modificaciones de la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales, introducidas por la Orden HAP/419/2014, de 14 de marzo, resultan de aplicación, en cuanto a su elaboración, ejecución y liquidación, a los presupuestos correspondientes al ejercicio 2015 y siguientes, por lo que los presupuestos del próximo ejercicio serán los primeros en incluir estos cambios. +DCOE17:5583+ Gestión Documental: Exp: 5532/2014 SIBM01, Carlos CBND Página 20 de 448 la

21 Respecto a los GASTOS DE PERSONAL. Las RETRIBUCIONES del personal de la entidad local NO podrán experimentar ningún incremento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2013, en términos de homogeneidad, tanto por lo que respecta a efectivos de personal como a la antigüedad del mismo, de conformidad con el artículo 20.2 del Proyecto LPGE Tampoco podrán realizarse aportaciones a planes de empleo ni contratos de seguro colectivos que incluyan la cobertura de la contingencia de jubilación. No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior y siempre que no se produzca incremento de la masa salarial de la administración de referencia, en los términos que establece la presente Ley, las citadas Administraciones, entidades y sociedades podrán realizar contratos de seguro colectivo que incluyan la cobertura de contingencias distintas a la de jubilación. Asimismo, y siempre que no se produzca incremento de la masa salarial de dicha Administración, en los términos que establece la presente Ley, podrán realizar aportaciones a planes de pensiones de empleo o contratos de seguro colectivo que incluyan la cobertura de la contingencia de jubilación, siempre que los citados planes o contratos de seguro hubieran sido suscritos con anterioridad al 31 de diciembre de Como viene siendo habitual estos últimos años, se exceptúan de esta «congelación salarial», las adecuaciones retributivas que, con carácter singular y excepcional, resulten imprescindibles por el contenido del puesto de trabajo, por la variación del número de efectivos asignados a cada programa o por el grado de consecución de los objetivos fijados al mismo, tal y como dispone el artículo 20.7 del Proyecto LPGE En 2015, los empleados públicos percibirán las pagas extraordinarias de los meses de junio y diciembre, y además, RECUPERARÁN LA CUARTA PARTE DE LA PAGA EXTRAORDINARIA DE A través de la Disposición Adicional Décima se establece el procedimiento para HABILITAR esta recuperación de la paga extra: 1.- Cada Entidad Local podrá aprobar el abono de cantidades en concepto de recuperación de los importes efectivamente dejados de percibir como consecuencia de la supresión de la paga extraordinaria, así como de la paga adicional de complemento específico o pagas adicionales equivalentes, correspondientes al mes de diciembre de Las cantidades que podrán abonarse por este concepto, sobre el importe dejado de percibir por cada empleado serán las equivalentes a la parte proporcional correspondiente a 44 días de la paga extraordinaria, paga adicional de complemento específico y pagas adicionales del mes de diciembre. De acuerdo con lo establecido en el último párrafo de la DA Décima del Proyecto LPGE 2015, la aprobación por cada Entidad de la recuperación de la paga +DCOE17:5583+ Gestión Documental: Exp: 5532/2014 SIBM01, Carlos CBND Página 21 de 448

22 extra estará condicionada al cumplimiento de los criterios y procedimientos establecidos en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Estabilidad Financiera. Respecto a la OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO se establece que, al igual que en años anteriores, a lo largo de 2015 NO se incorporará nuevo personal en el sector público -art Proyecto LPGE Tampoco se contratará personal temporal, ni se nombrará personal estatutario temporal o funcionarios interinos, salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables -art Proyecto LPGE Con respecto a LOS INGRESOS PREVISTOS. Capítulo I. Impuesto Directos del Presupuesto de Ingresos 2015: Los ingresos recaudados en concepto de IBI representan la mayor parte de los ingresos del capítulo de Impuestos Directos, por tanto, es importante que la Entidad Local conozca el efecto que tendrá la aplicación, en su caso, de los coeficientes de actualización de los valores catastrales. Sin tener en cuenta otras variables (como por ejemplo: variaciones en el padrón fiscal), y de manera muy simplificada, el efecto de la aplicación de los coeficientes de actualización regulados en el artículo 62 del Proyecto LPGE 2015, sería: Respecto a las Entregas a cuenta PIE 2015 Las entregas a cuenta que recibirá la entidad local en 2015 aumentan un 4,8% respecto a las recibidas en En 2015, la partida correspondiente a entregas a cuenta asciende a millones de euros importe 2015 considerando ampliación del plazo de reintegro de las liquidaciones negativas ), un 4,8 % más que las recibidas en 2014, que se situaron en millones de euros (importe liquidación definitiva PIE 2014 publicada por el MHAP). Este aumento puede verse disminuido por el saldo negativo resultante de la liquidación definitiva de la PIE de 2013 que ya adelanto el MHAP y que está pendiente de publicación. Respecto a los reintegros de saldos deudores PIE 2008 y DCOE17:5583+ Gestión Documental: Exp: 5532/2014 SIBM01, Carlos CBND Página 22 de 448

23 Con carácter general, se modificó en 2012 el procedimiento de reintegro de los saldos a cargo de las Entidades Locales, resultantes de las liquidaciones definitivas de los ejercicios 2008 y 2009, ampliándose de 60 a 120 mensualidades el período de reintegro aplicable. Esta entidad no optó por esta posibilidad, dada la situación financiera existente. En 2014, se ha posibilitado disponer de diez años más para reintegrar estas liquidaciones negativas, tras la aprobación del Real Decreto-ley 12/2014, de 12 de septiembre, si así se solicita antes del 30 de noviembre. Esta corporación actualmente no ha optado y no se ha previsto como tal en el presupuesto del ejercicio La ampliación sumaría diez años más al actual periodo, también de diez años, para devolver de los importes pendientes de reintegrar, sumando un total de 204 mensualidades para devolver esta deuda. El reintegro de la PIE 2008 y 2009 en 120 o 204 (en caso de solicitar la última ampliación) mensualidades, se mantendrá siempre que la entidad aporte la liquidación de sus presupuestos generales del ejercicio inmediato anterior y la del anterior a éste, y presenten capacidad de financiación de acuerdo con el SEC-95. En caso de incumplimiento de estas normas se les volverá a aplicar el período de reintegro de 60 mensualidades. Respecto del cumplimiento de la Estabilidad Presupuestaria y la Regla de gasto. Una vez más y siguiendo en la línea de años anteriores, el objetivo de estabilidad presupuestaria para el conjunto de las Entidades Locales, en términos de capacidad o necesidad de financiación, se fijar en el 0% para el ejercicio siguiente. Respecto al cumplimiento de la Regla de gasto, el límite de gasto no financiero para este periodo es menor que el establecido para 2014, fijándose una tasa de referencia del 1,3 para el ejercicio Se MANTIENE EL LÍMITE DE ENDEUDAMIENTO establecido para 2013 La Disposición Final 31ª de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2013 (LPGE 2013), reguló los límites para la formalización de nuevas operaciones de crédito a largo plazo para la financiación de inversiones, es decir, el LÍMITE AL ENDEUDAMIENTO local, dibujando tres posibles escenarios: a) Las Entidades locales con ahorro neto positivo en la liquidación del ejercicio anterior y deuda viva inferior al 75% de los ingresos corrientes liquidados +DCOE17:5583+ Gestión Documental: Exp: 5532/2014 SIBM01, Carlos CBND Página 23 de 448

24 consolidados, podrán concertar nuevas operaciones de crédito a largo plazo para la financiación de inversiones. (Supuesto del Ayuntamiento de Moralzarzal) b) Las Entidades locales con ahorro neto positivo en la liquidación del ejercicio anterior y deuda viva entre el 75% y el 110% de los ingresos corrientes liquidados consolidados, podrán formalizar operaciones de endeudamiento previa autorización del órgano competente que tenga atribuida la tutela financiera de las Entidades locales. c) Las Entidades locales que presenten ahorro neto negativo en la liquidación del ejercicio anterior o deuda viva superior al 110% de los ingresos corrientes liquidados consolidados, NO podrán concertar operaciones de crédito a largo plazo. En el articulado del Proyecto LPGE 2015 NO se establece ningún cambio en relación con los límites al endeudamiento de las entidades locales, por tanto, teniendo en cuenta la vigencia indefinida de la DF 31ª LPGE 2013, se entiende prorrogados los anteriores límites. Visto el proyecto DEL PRESUPUESTOS GENERALES DEL AYUNTAMIENTO DE MORALZARZAL redactado, con participación de esta Intervención, conforme a los antecedentes contables existentes, resulta: A).- Para el cálculo y evaluación de los INGRESOS consignados en el presupuesto se han utilizado como bases: Resultado de la recaudación obtenida y contraída, en el año 2013, último ejercicio liquidado y el avance del vigente por los conceptos de Impuestos, Tasas y Precios públicos y cuotas de urbanización recaudados directamente por el ayuntamiento. El capítulo primero de ingresos, impuestos directos, se ha calculado tomando como base la recaudación, conforme a las recomendaciones efectuadas por la Comunidad Económica Europea a los efectos de determinar un equilibrio presupuestario con normas de presupuestación del SEC 95. Se incrementa las partidas relativas al impuesto de bienes inmuebles de naturaleza urbana. El ejercicio 2015, es el último de actualización de la base liquidable con el valor catastral, quedando en iguales importes por la aplicación de la reducción establecida para el décimo año desde la revisión catastral en el municipio. Sin perjuicio que con motivo de la solicitud de +DCOE17:5583+ Gestión Documental: Exp: 5532/2014 SIBM01, Carlos CBND Página 24 de 448

25 actualización de valores por coeficientes realizado en el ejercicio 2014, la mayor parte quedo actualizado en el ejercicio 2015, al haberse establecido una depreciación de valores del 15%. Solo desciende aplicación relativa al Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de naturaleza Urbana, por prudencia. Las previsiones de incremento de la recaudación tributaria que se plantea para el Estado, se cumplen igualmente para el Ayuntamiento de Moralzarzal. El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, se mantiene a niveles del ejercicio Las Tasas y precios públicos señaladas en el capítulo tercero sufren las siguientes modificaciones: o En general disminuye la presupuestación o Las Tasas por prestación de servicios públicos básicos, se presupuestan a niveles del ejercicio 2014 o Las tasas por prestación de servicios públicos preferente y los precios públicos culturales, ocio y deportivos disminuyen un 5.41%. o Los ingresos por recargos y multas descienden un 10.50%. En materia de transferencias corrientes, se ha previsto un decremento de 9.07%, de transferencias corrientes de la Comunidad de Madrid. Finalizó en el año 2014, las trasferencias solicitadas a la Comunidad de Madrid, de justificación de gasto corriente del PRISMA Enajenación de inversiones reales, se presupuesta conforme al suelo disponible o que pudiera disponer para el ejercicio Se consigna euros, que de conformidad con la legislación vigente, financia inversiones en el momento de la recaudación o liquidación efectiva del ingreso. No se consigna importe de transferencias de capital a la espera de su fijación por la Comunidad de Madrid en el Plan de Obras y Servicios de competencia municipal. Este importe, de aprobarse, generara crédito inmediato a su financiación. Para el ejercicio 2015, no se consigna en Presupuesto de ingresos, concertación de operación de crédito con entidad financiera. Este ejercicio presupuestario contiene consignación por importe de euros en el apartado de Contribuciones especiales. Resumen de las diferencias de presupuestación con respecto al ejercicio anterior. +DCOE17:5583+ Gestión Documental: Exp: 5532/2014 SIBM01, Carlos CBND Página 25 de 448

26 ODECOCON NOMCONCEPT PRESTO 2014 PRESTO 2015 Diferencia % CAP 1º IMPUESTOS DIRECTOS , , ,00 3,08% CAP 2º IMPUESTOS INDIRECTOS % CAP 3º TASAS Y OTROS INGRESOS ,54% CAP 4º TRANSFERENCIAS CORRIENTES , ,86-9,07% CAP 5º INGRESOS PATRIMONIALES % CAP 6º ENAJENACION DE INVERSIONES REALES ,17% CAP 7º TRANSFERENCIAS DE CAPITAL CAP 9º PASIVOS FINANCIEROS INGRESOS CORRIENTES , , ,86-0,53% Existe suficiencia en los créditos de gastos presupuestados con lo que atender las obligaciones de la corporación que se consideran fijas y de obligada realización. B).- Estado de Gastos resumen y comprobación con el del ejercicio anterior: Capítulo Descripción Ejcio 2014 Ejcio 2015 Diferencia % Capítulo 1º Gastos de Personal , ,79-561,84-0,01% Capítulo 2º Gastos de Bienes Corrientes y de Servicio , ,55 1,46% Capítulo 3º Gastos Financieros , ,34-41,66% Capítulo 4º Transferencias Corrientes ,18% Capítulo 6º Inversiones Reales , ,23-5,11% Capítulo 7º Transferencias de Capital % Capítulo 8º Activos Financieros Capítulo 9º Pasivos Financieros % , , ,86-0,53% Para el cálculo y evaluación de los GASTOS consignados en el presupuesto se han utilizado como referencia: Se reduce en general todos los capítulos de gasto corriente, con respecto al ejercicio 2014, salvo el capítulo segundo de bienes corrientes y servicios que se mantiene a niveles de presupuestación del ejercicio anterior y la presupuestación de transferencias corrientes, que se incrementa en euros. En gastos de personal se han previsto créditos suficientes para atender las obligaciones de la corporación consideradas obligatorias y exigibles. El incremento retributivo y la masa salarial del personal al servicio de la Administración no sufrirá un incremento alguno, de acuerdo con el proyecto de presupuesto general del Estado para el ejercicio El capítulo dedicado a gastos de personal, se reduce por la amortización de dos plazas de limpiadora, por jubilación, traspasándose el crédito a capítulo segundo. Se prevén otras jubilaciones en el ejercicio, con dotación +DCOE17:5583+ Gestión Documental: Exp: 5532/2014 SIBM01, Carlos CBND Página 26 de 448

27 presupuestaria para su posible reposición (Tesorería). De acuerdo con la legislación vigente, queda prohibido salvo por causas taxativamente señaladas, la reposición de efectivos de la Administración. Las retribuciones de los órganos de gobierno y personal de confianza, se establece de acuerdo con las bases de ejecución presupuestaria un régimen transitorio para la aplicación, por cuestiones de oportunidad política, de lo establecido en la Ley de Racionalización y Sostenibilidad del Gobierno Local, con múltiples modificaciones a la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. Destacables en las presentes bases para determinación del régimen retributivo, dotación de concejales en régimen de dedicación exclusiva y dotación de personal eventual de confianza para las corporaciones locales. Se indica un régimen retributivo hasta 30 de junio de 2015, actualmente vigente. Y otro, nuevo de adaptación a la Ley, a partir de 1 de julio de Sin perjuicio que este régimen será de aplicación con la nueva corporación resultante de las elecciones municipales. Se presupuesta el importe ya señalado de paga adicional extra en 44 días del ejercicio 2012 y Plan de Pensiones del Personal. Ambas partidas de aplicación potestativa por la corporación de acuerdo con la LPGE del ejercicio Las partidas destinadas a los servicios municipales se han dotado, dentro de las posibilidades de la Hacienda Municipal, con cantidad suficiente para su mantenimiento. Las partidas de actividades y festejos se mantienen en niveles del ejercicio 2014, créditos iniciales. Los mantenimientos se ajustan a la realidad del municipio, de los servicios que se prestan y de los inmuebles e infraestructuras existentes. Se ajustan a la realidad los contratos de mantenimientos de edificios y servicios públicos de jardines, limpieza y recogida domiciliaria de basuras. Se acometen algunas obras de entidad de mantenimiento en el Área de Deportes, Jardines, Alumbrado Público y Redes. Para las partidas de inversiones reales, se cuenta para su financiación con los ingresos derivados de enajenación de Patrimonio, Contribuciones especiales e ingresos propios. La Financiación afectada, obliga a no poder afrontar el gasto hasta la efectiva recaudación o compromiso firme de recaudación de las fuentes de ingreso que lo financia. Este es el caso de aquellas inversiones que se financian con enajenación patrimonial. Dependiente de la venta y enajenación efectiva del patrimonio municipal. Los Pasivos financieros para el ejercicio 2014, se mantiene en la misma consignación presupuestaria, disminuyendo paulatinamente la deuda municipal y los gastos de intereses financieros de la deuda pública, se reducen considerablemente. +DCOE17:5583+ Gestión Documental: Exp: 5532/2014 SIBM01, Carlos CBND Página 27 de 448

28 Las inversiones señaladas en el vigente presupuesto y su financiación son: INGRESOS Partida Organ Concepto Partida GASTO Diferencia entre Ingresos y Gastos Corrientes CALIDAD Mobiliario CALIDAD Informatica DEPORTES Material Ocio Piscina ALCALDIA Proyecto circuito Ruta Media EDUCACION Columpios Zonas recreo Colegios M.AMBIENTE-AL Carteles Parque el Raso EDUCACION-AL Proyecto Colegio M.AMBIENTE Fuentes M.AMBIENTE Papeleras P.CIVIL Comunicaciones P.CIVIL Material MED AMBIENTE Columpios POLICIA Aire Acondicionado REDES Farolas iluminacion URBANISMO Reposición de Aceras Venta de Suelo conforme a Relación ALCALDIA Maquinaria y Enseres Carpa CULTURA Ampliacion Biblioteca DEPORTES Luz en Pistas Padel DEPORTES Guarderia DEPORTES Luces recorrido Pistas EDUCACION Frente Pergola,Porterias y Porche Casa Niño EDUCACION Columpios Zonas recreo Colegios M.AMBIENTE Bancos en Parques SERV. SOCIALESPergola P.CIVIL Vehiculo Adaptado P.CIVIL Material PARQUES Cerramientos POLICIA Alarma POLICIA Video Vigilancia POLICIA Aula Parque Infantil Trafico REDES Alumbrado Calles Vecinos,Cerquillon, Tablada URBANISMO Asfaltado Calle Matalpinos URBANISMO Saneamiento Infraestructura URBANISMO-AL Acondicionamiento Calle Huerta Contribuciones Especiales REDES Alumbrado Calles Vecinos,Cerquillon, Tablada Para que la inversión pueda ser contratada y no exista riesgo de déficit de financiación, por imperativo legal hay que cumplir lo señalado en el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, debiéndose acreditar la liquidación efectiva del derecho afectado en cantidad cierta a uno, o a un conjunto de deudores, para poder iniciar el expediente de contratación de la inversión a que está afectado o financia. +DCOE17:5583+ Gestión Documental: Exp: 5532/2014 SIBM01, Carlos CBND Página 28 de 448

29 LEGISLACIÓN APLICABLE: Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. Real Decreto 500/1.990, por el que se desarrolla el título VIII del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales. CONCLUSIONES: Examinado el proyecto de Presupuesto realizado por el equipo de gobierno con la intervención de esta Vicesecretaría-Intervención, en cuanto derechos y obligaciones necesarias para la prestación de los servicios públicos obligatorios, se encuentra conforme con lo dispuesto en los artículos 162 y ss. Del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, por lo que contiene los requisitos necesarios para su legalidad. El proyecto incorpora, así mismo, la totalidad de la documentación legalmente exigible. El Presupuesto se compone de: Presupuesto de la Entidad. Sociedad Municipal de Moralzarzal, S.L.U una vez concluida las obras de inversión como sociedad en cierre o con una finalidad de gestión de la Plaza de Toros Municipal Ha sido confeccionado con una diferencia de ingresos y gastos corrientes de ochocientos trece mil (813.00) euros. Trescientos setenta mil ( ) se utilizan para amortización de deuda en el ejercicio, euros para financiación de contribuciones especiales y el trescientos treinta y cuatro mil euros (334.00) se ha presupuestado para la financiación de inversiones reales. Se procura no incrementar gasto corriente, con el fin de alcanzar objetivos de estabilidad presupuestaria y resolver en el ejercicio 2015 y futuros cualquier desajuste derivado de la falta de recaudación o por la morosidad. Se señala la prudencia en la presupuestación con el fin de dotar pérdidas, demoras o saldos de dudoso +DCOE17:5583+ Gestión Documental: Exp: 5532/2014 SIBM01, Carlos CBND Página 29 de 448

30 cobro en la recaudación de las rentas y exacciones tributarias o de derecho público municipales. Al Presupuesto General de la Entidad se acompaña las bases de ejecución, con las disposiciones legales para una adecuada gestión presupuestaria y el anexo de la plantilla de personal a cargo de la corporación para el ejercicio De conformidad con el procedimiento exigido por la legislación vigente, la aprobación inicial deberá ser resuelta por el ayuntamiento pleno conforme al artículo de la Ley 7/85, de 2 de abril Reguladora de las Bases del Régimen Local. Aprobado inicialmente el presupuesto, deberá exponerse al público por espacio de 15 días hábiles, para su examen y presentación de reclamaciones por los interesados legitimados de conformidad con lo preceptuado en la Ley de Haciendas Locales. La publicidad de la aprobación inicial se realizará mediante anuncios insertados en el tablón de edictos del ayuntamiento, lugares de costumbre y anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. De presentarse reclamaciones contra el acuerdo de aprobación inicial, deberán ser resueltas por el Ayuntamiento-pleno en el plazo de 30 días. En el supuesto de no presentarse ninguna reclamación el acuerdo inicial pasará a definitivo sin acuerdo alguno. En conclusión, informo que el presupuesto general que se pretende aprobar ha sido confeccionado observando las prescripciones legales aplicables y contiene las previsiones racionales para atender las obligaciones corrientes y derechos ordinarios que se calculan liquidar para el ejercicio Es todo cuanto tengo que informar que someto a otro mejor fundado. En Moralzarzal, a 6 de noviembre de El Vicesecretario-Interventor. Fdo.- Carlos Jaramillo Martín. Huella digital a margen +DCOE17:5583+ Gestión Documental: Exp: 5532/2014 SIBM01, Carlos CBND Página 30 de 448

31 PRESUPUESTO GENERAL MUNICIPAL Documentos que acompañan al presupuesto Bases de Ejecución Presupuestaria EJERCICIO 201 Página 31 de 448

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33 BASES DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO Ejercicio 2015 PREÁMBULO Las Bases de ejecución constituyen, de acuerdo con la normativa presupuestaria aplicable a las entidades locales, la concreción del marco jurídico presupuestario, y en este sentido adaptan estas disposiciones generales a la organización y circunstancias de la propia entidad local. Desde el Presupuesto 2004 se concibieron las bases de ejecución como el medio a través del cual se establecieron las principales medidas de política presupuestaria necesarias para mejorar la gestión económica financiera con el objetivo de alcanzar un mayor control en el gasto y una mayor transparencia en la gestión. Este camino tuvo continuidad en los sucesivos ejercicios hasta el presente, concretándose, entre otros temas, en la unificación de las Bases de ejecución para todos los centros gestores de gastos, el establecimiento de nuevos niveles de vinculación jurídica de los créditos, el mayor control de los gastos plurianuales, la reducción de los créditos ampliables o la apuesta decidida por la fiscalización previa plena. Continuando con los objetivos de control, transparencia y rigor, el Presupuesto para el ejercicio 2015 se enmarca en el escenario plurianual que ha garantizado la adecuada asignación de los recursos necesarios para alcanzar ese nuevo modelo de gestión presupuestaria que ha permitido acercar las cuentas públicas del Ayuntamiento de Moralzarzal a su verdadera dimensión económica, social e institucional. El Presupuesto para 2015 se ha elaborado en el marco del Plan Económico Financiero, y en la clasificación por programas y nomenclátor, señalado en la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales, modificada por la Orden HAP/419/2014, Página 33 de 448

34 ordenando los créditos conforme a su finalidad y objetivos que con ellos se propongan conseguir, con arreglo a la clasificación por Áreas de Gasto, Políticas de Gasto y Grupos de Programas que se detallan en la citada Orden del Ministerio de Economía y Hacienda. Todo ello mejorando, incluso, las magnitudes de ahorro público y el objetivo de estabilidad previstos en dicho plan, de forma que sea factible el horizonte de equilibrio presupuestario en el ejercicio En este contexto las Bases adquieren un especial protagonismo, como instrumento que ha de posibilitar que la ejecución presupuestaria discurra también dentro de los parámetros del Plan Económico Financiero. En cuanto a su estructura los presentes bases se ordenan en cinco títulos, en los que se ha procedido a la reubicación de determinadas materias de forma que la nueva sistemática resulte más coherente y mejor estructurada. NORMAS GENERALES. Artículo 1º.- Fundamento. A tenor de lo preceptuado en el artículo 165 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se establecen las presentes bases de ejecución del presupuesto único y general del ayuntamiento de Moralzarzal, provincia de Madrid, para el ejercicio presupuestario 2015, que contienen la adaptación de las disposiciones generales en materia presupuestaria a la organización y circunstancias propias de este ayuntamiento y de sus Organismos Autónomos y empresa de Capital íntegramente municipal Sociedad Municipal de Moralzarzal SLU, la Fundación municipal Frascuelo de Bronce; así como cuantas prevenciones se han considerado oportunas o simplemente convenientes para la mejor realización de las obligaciones a liquidar y recaudación de los recursos de naturaleza pública y privada. Todo ello respetando la legalidad vigente. Artículo 2º.- Ámbito Temporal. Las presentes bases de ejecución presupuestarias, para 2015, tendrán la misma vigencia que el presupuesto aprobado para dicho ejercicio. Si dicho presupuesto hubiera de prorrogarse, estas bases regirán así mismo en el periodo de prórroga. Artículo 3º.- Ámbito Funcional. Las bases establecidas, se aplicarán con carácter general a la ejecución del presupuesto refundido del ayuntamiento, que Página 34 de 448

35 está integrado por el Presupuesto del propio Ayuntamiento y de sus Organismos, dependientes del mismo, siendo sus importes los que a continuación se relacionan: Estado Consolidado del Presupuesto Municipal para el ejercicio 2015 DESCRIPCIÓN ENT MATRIZ S.M. MORALZARZAL S.L. TOTALES DESCUENTOS ESTADO CONS ESTADO DE INGRESOS 1 I. Directos , , ,00 2 I. Indirectos Tasas y otros Ingresos , , , ,71 4 Transf Corrientes Ing patrimoniales Ingresos Corrientes , , , , ,71 36 c. Especiales Ctas Urb Enajenac Patrimonio Transf Capital 8 Activos Financieros 9 Pasivos Financieros Ingresos de Capital TOTAL INGRESOS , , , , ,71 ESTADO DE GASTOS 1 Gastos de Personal , , , ,15 2 Gastos Bienes y Serv , , , , ,90 3 Gastos Financieros , , ,66 4 Transf Ctes Gastos Corrientes , , , , ,71 6 Inversiones Reales Transf Capital 8 Activos Financieros 9 Pasivos Financieros Gastos de Capital TOTAL GASTOS , , , , ,71 Página 35 de 448

36 Asciende el Presupuesto General Refundido del Ayuntamiento de Moralzarzal para el ejercicio 2015 a ONCE MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO EUROS CON SETENTA Y UN CENTIMOS // ,71 // en su estado de ingresos y gastos. Apareciendo pues, con un equilibrio presupuestario inicial. El Presupuesto del Ayuntamiento de Moralzarzal, asciende en su estado de ingresos y gastos a ONCE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS DIECISIETE EUROS // ,00//.Los recursos corrientes del Ayuntamiento de Moralzarzal, ascienden a DIEZ MILLONES SETECIENTOS CATORCE MIL SETECIENTOS DIECISIETE EUROS // ,00//. Artículo 4º.- Estructura Presupuestaria. Siendo este, un municipio con población superior a los cinco mil habitantes, y en atención a lo dispuesto en el artículo 167 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la aplicación presupuestaria estará constituida por la conjunción de la clasificación económica y por programas, de acuerdo con la orden Ministerial de 3 de diciembre de 2008.Los créditos incluidos en el estado de gastos se han clasificado con los siguientes criterios: a) Programas: A nivel de grupo de programas. Tres dígitos de cuenta. b) Económica: Distinguiéndose, capítulo y artículo; sin perjuicio de que se relacione en conceptos, para mayor información, y la partida se señale a cinco dígitos. Las previsiones del estado de ingresos, se han clasificado, distinguiendo: Capítulo, artículo y concepto. Con la posibilidad de desagregación Los créditos aprobados para gastos, se destinarán exclusivamente a la finalidad específica para lo que hayan sido autorizados en el presupuesto o a través de las oportunas modificaciones de crédito, debidamente aprobadas conforme a las bases siguientes. Teniendo carácter limitativo a nivel de programa y artículo en la clasificación por programas y económica, respectivamente. El Capítulo 6 Inversiones Reales se compone de Proyectos de Inversión Página 36 de 448

37 cuya codificación y denominación se incluye en el Anexo de Inversiones del Presupuesto General para el ejercicio Cualquier modificación, alta o supresión de los mismos deberá ser solicitada por las Concejalías delegadas de su gestión, fiscalizada por la Intervención y Autorizada por la Concejalía Delegada de Hacienda. Una vez terminada la inversión los responsables deberán comunicar el cierre del proyecto de inversión a la Concejalía Delegada, a la Intervención General. Artículo 5º.- Vinculaciones Jurídicas. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado siguiente, con carácter general, los niveles de vinculación jurídica se establecen en esta forma: - Respecto a la clasificación funcional: Grupo de Programa. - Respecto a la clasificación económica: Capítulo. Se establece la vinculación jurídica a nivel de partida presupuestaria, en los casos siguientes: - Créditos ampliables. - Gastos financiados con recursos afectados. - Gastos de inversión presupuestados en el capítulo VI. - Los créditos para gastos de Suministros de Energía eléctrica, subconcepto económico Los créditos para gastos de Suministros de Agua, subconcepto económico Los créditos para gastos de Suministros de Gas, subconcepto económico Los créditos para gastos de Suministros de Combustibles y Carburantes, subconcepto económico Los créditos para gastos de Suministros de Telefonía, subconcepto económico Página 37 de 448

38 - Los créditos de los Capítulos 4 y 7 del Presupuesto del Ayuntamiento para gastos por transferencias nominativas a favor de la Sociedad Mercantil Local del Ayuntamiento y Fundación Frascuelo de Bronce. DE LAS MODIFICACIONES DE CRÉDITO. Artículo 6º.- 1º. Modificaciones de Crédito. La vinculación jurídica supone el límite máximo de gasto que no puede ser rebasado por encima de los respectivos niveles. No obstante, cuando se realice un gasto que exceda de la consignación de la partida presupuestaria, sin superar el nivel de vinculación jurídica, deberá justificarse en la tramitación del expediente de gasto la insuficiencia de la consignación y la necesidad del gasto. Cuando haya que realizar un gasto que no tenga suficiente crédito en el nivel de vinculación jurídica, deberá tramitarse previamente el oportuno expediente de modificación de crédito. La Concejalía Delegada de Hacienda podrá autorizar la creación de nuevas partidas presupuestarias siempre que exista la financiación necesaria, ya sea porque haya saldo suficiente en la correspondiente bolsa de vinculación, o bien porque se esté efectuando una modificación presupuestaria. En el caso de que el expediente se encuentre en la Intervención General, con la finalidad de agilizar la tramitación del mismo, podrá ser ésta quien proponga a la Concejalía Delegada de Hacienda la creación de nuevas partidas presupuestarias. De las Modificaciones: 1º.- Cuando haya de realizarse un gasto, que exceda del nivel de vinculación jurídica, que no pueda demorarse hasta el ejercicio siguiente y no exista crédito o sea este insuficiente o no ampliable el consignado en la correspondiente partida presupuestaria se tramitará el oportuno expediente de modificación de crédito, con sujeción a las peculiaridades reguladas en los artículos siguientes. Página 38 de 448

39 2º.- Cualquier modificación de crédito, exige propuesta razonada de la variación, valorándose la incidencia que la misma pueda tener en la consecución de objetivos fijados en el momento de aprobar el presupuesto. 3º.- Todo expediente de modificación de créditos será informado por la Intervención. 4º.- Las modificaciones de crédito aprobadas por el pleno del ayuntamiento serán ejecutivas una vez cumplidas el trámite de publicidad posterior a la aprobación definitiva. 5º.- Las aprobadas por órgano diferente al pleno del ayuntamiento serán inmediatamente ejecutivas desde la adopción de la resolución. 6º.- La aprobación de los créditos extraordinarios y de los suplementos de crédito corresponde, previo informe de la Intervención General, al Pleno del Ayuntamiento. 7º.- La aprobación de las demás modificaciones presupuestarias corresponde, previo informe de la Intervención General, a la Concejalía Delegada de Hacienda (Con relación a la competencia a que se refiere en las presentes Bases de Ejecución, que se realiza a la Presidencia o Alcaldía del Ayuntamiento, se traduce a la Presidencia de los Organismos Autónomos. La referencia al Pleno Municipal es a la Junta Rectora de los citados organismos Autónomos, Junta General de la Sociedad o Patronato en el caso de la Fundación) Artículo 7º.- Clases de Modificaciones de Crédito. Podemos diferenciar las siguientes: a) Créditos extraordinarios o suplementos de crédito. b) Transferencias de crédito. c) Generaciones de crédito por ingresos. d) Incorporación de remanentes e) Ampliaciones de crédito. f) Bajas por anulación. Página 39 de 448

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