DIRECTIVA ADMINISTRATIVA PARA PAGO DE PENSION POR SERVICIOS EDUCATIVOS DE LOS ESTUDIANTES DE PREGRADO

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1 Página:1 de 8 PAGO DE PENSION POR SERVICIOS EDUCATIVOS DE LOS ESTUDIANTES DE DICIEMBRE 2012 PREPARANDO EL CAMINO...

2 Página:2 de 8 PAGO DE PENSION POR SERVICIOS PRE GRADO 1.- FINALIDAD La presente Directiva Administrativa tiene por finalidad hacer de conocimiento de los estudiantes de Pre Grado de la Asociación Universidad Privada San Juan Bautista (AUPSJB), las normas de pago, cobros y retenciones generados por los servicios educativos brindados y trámites administrativos brindados. 2.- OBJETIVO Establecer las normas administrativas que corresponden a los pagos, cobros y retenciones generados por los servicios educativos brindados por la Universidad, a sus estudiantes de pre grado. 3.- AMBITO DE APLICACIÓN La presente directiva administrativa es de aplicación y de obligatorio cumplimiento para los estudiantes de pre grado de la Universidad. 4.- BASE LEGAL Constitución Política del Perú. Ley Nº Ley Universitaria y modificatorias, Decreto Legislativo N 882, Ley de Promoción de la Inversión en la Educación. Estatuto de la AUPSJB, Reglamento del Estudiante, R.R. Nº R- AUPSJB. Ley N Ley de Protección a la Economía Familiar respecto del Pago de Pensiones en Institutos, Escuelas Superiores, Universidades y Escuelas de Posgrado Públicos y Privados. 5.- PROCEDIMIENTOS DE LOS COMPROMISOS ADMINISTRATIVOS ASUMIDOS CON LA MATRICULA La matrícula es el procedimiento por el cual se oficializa la condición de estudiante de la Universidad, previo cumplimiento de los requisitos establecidos y es de estricta responsabilidad de cada estudiante La ficha de matrícula es el documento mediante el cual se oficializa el servicio educativo que brindará la Universidad al estudiante, las obligaciones

3 Página:3 de 8 pecuniarias y administrativas de éste y su Responsable Económico constituyéndose con acto jurídico. El Responsable Económico, se refiere al propio estudiante o al apoderado o tutor o curador o representante/ garante del estudiante Mediante la matrícula, el estudiante y su Responsable Económico, manifiestan su conocimiento y aceptación respecto a las disposiciones y normas establecidas por las autoridades de la Universidad, comprometiéndose a cumplirlos en su totalidad Es obligatorio que en la matricula, el ingresante adjunte la Declaración Jurada de Compromiso de Pago suscrito por él y su Responsable Económico, quien solventa, asume y garantiza el pago de los servicios educativos que la Universidad le brinda Para los estudiantes del segundo ciclo, y subsiguientes, es obligatorio contar en su legajo con la Declaración Jurada de Compromiso de Pago actualizada Queda nula la Ficha de Matrícula que haya sido emitida sin contar con la totalidad de los requisitos de matrícula establecidos por la Universidad DE LA PENSION Y CUOTAS La Pensión es el monto que cubre los costos y gastos para la prestación de los servicios educativos que brinda la Universidad durante un ciclo académico. Esta pensión es variable respecto a la naturaleza del servicio a prestar y respecto a cada Escuela Profesional, su escala es determinada para cada ciclo y/o semestre académico por la Universidad y es de público conocimiento de los estudiantes con anterioridad al inicio del respectivo proceso de matrícula en cada Escuela Profesional y/o Facultad, y a través de los medios de información, de comunicación y de divulgación de la Universidad. La Cuota es la fracción de pensión establecida por la Universidad como pago parcial por los servicios educativos que presta El estudiante y/o su Responsable Económico, aceptan y se comprometen a cumplir con el pago de las cuotas de pensiones por el servicio educativo que presta, dentro del plazo establecido, reconociendo que la Universidad se financia fundamentalmente con las pensiones, las que a su vez solventan el pago de remuneraciones del personal docente, administrativo y de servicios, así como la adquisición de los bienes y la contratación de los

4 Página:4 de 8 servicios requeridos para funcionamiento de los servicios educativos que brinda El pago de la pensión se hace efectivo en un solo acto o en cuotas. Cuando el pago se realiza en cuotas, la Universidad establece por Ciclo Académico cinco (5) cuotas para el pago de pensión en cada una de sus Escuelas Profesionales, a excepción de las Escuelas de la Facultad de Ciencias de la Salud, a nivel de internado, en cuyo caso se establecen seis (6) cuotas por ciclo académico. En el caso de la cancelación en un solo acto y dentro de la fecha programada para la matrícula, el estudiante se hará acreedor al descuento del 5% del total de la pensión establecida por la Universidad. Quedan excluidos de este descuento los estudiantes que cuenten con becas u otros tipos de beneficios educativos El estudiante y/o su Responsable Económico se obligan a pagar el monto de la matrícula, pensión o cuotas de pensión sin recargo adicional por moras, siempre que cumplan con el cronograma de pago establecido por la Universidad El monto de las cuotas por ciclo vacacional estará fijado por el número de créditos de la(s) asignatura(s) a matricularse. La forma de pago será en dos (2) cuotas iguales; la primera cuota se abonará en la fecha de la matrícula y la segunda en la fecha establecida en el cronograma respectivo. El costo del Ciclo Acelerado (Matrícula + Pensión) se divide en doce (12) cuotas iguales durante el año El valor de cada crédito académico estará señalado en el Tarifario Académico, de acuerdo a cada Escuela Profesional Las cuotas son canceladas en las agencias de las instituciones bancarias o financieras autorizadas por la Universidad. Excepcionalmente, se recibirán pagos de cuotas en las cajas de la Universidad Todos los pagos por servicios educativos y otros conceptos incluidos en el Tarifario Académico no son materia de devolución, salvo que existan causas extraordinarias que así lo ameriten, en cuyo caso la Universidad retendrá el 30% del monto a devolver por concepto de gastos administrativos DE LAS MORAS Y GASTOS ADMINISTRATIVOS Las cuotas y otros conceptos de pago incluidos en el Tarifario Académico que no se paguen hasta la fecha de su vencimiento generarán el cobro de Gastos Administrativos y de moras.

5 Página:5 de Las moras se pagan de acuerdo a la tasa de interés interbancario dispuesta por el Banco Central de Reserva 1 del Perú por cada concepto vencido, hasta la cancelación de las mismas. Estas se devengan a partir del segundo día de vencida la cuota de pensión impaga y se calculan en forma diaria y acumulativa hasta la fecha de su cancelación Cualquier saldo a favor del estudiante se aplicará primero a cubrir deudas anteriores y luego a pagos futuros, según corresponda Los gastos administrativos corresponden a la administración y cobranza de las cuotas vencidas y no pagadas; lo cual implica, labores para identificar las cuotas no pagadas, asignación de personal para coordinar con los alumnos que no han cancelado sus deudas, atención personalizada a alumnos que solicitan alternativas para cancelación de pagos, reuniones de coordinación internas con presencia de Administradores de Sedes y Filiales para evaluar la cartera morosa y sus efectos, comunicaciones a los alumnos vía intranet, seguimiento de cuentas morosas, etc. Adicionalmente, gestiones ante proveedores e instituciones financieras y bancarias para negociar financiamientos y adquirir créditos con el consecuente pago de intereses y derechos, por no contar oportunamente con la recaudación de ingresos suficientes en el plazo fijado, necesarios para cumplir con las obligaciones señaladas en el ítem El importe de los gastos administrativos es Treinta Nuevos Soles (S/ ) a partir del día siguiente de vencida la fecha de pago programada DEL INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES ECONÓMICAS El estudiante y su Responsable Económico reconocen a la Universidad la prerrogativa de establecer, en cuanto corresponda, los medios de cobro de la deuda vencida y dejadas de pagar, en forma directa y/o indirecta a través de terceros La Universidad tiene la prerrogativa o facultad de reportar a las Centrales Privadas de Información de Riesgo, los nombres del estudiante y de su responsable económico cuando no cancelen sus deudas en las fechas de vencimiento La persona o personas que suscriben la Declaración Jurada de Compromiso de Pago asumen la responsabilidad económica de las deudas del 1 Ley N publicado en el Diario Oficial El Peruano el 28/11/2012

6 Página:6 de 8 estudiante por los servicios educativos que se brinda. Ello implica que dicha persona se convierte en fiador personal irrevocable y solidario sin beneficio de excusión frente a los adeudos económicos a favor de la Universidad El estudiante que incumpla con el pago oportuno de alguna de las cuotas establecidas en su cronograma de pago a favor de la Universidad, pierde automáticamente todo beneficio económico que ésta le haya otorgado. La Universidad tiene la prerrogativa o facultad de reponerle al estudiante el beneficio económico perdido, siempre que concurran los demás requisitos establecidos en las normas internas que correspondan y sean aplicables. Queda expresamente señalado que el incumplimiento de las obligaciones de pago de las cuotas de pensión a favor de la Universidad en las fechas establecidas en el respectivo cronograma y devengadas durante el ciclo académico donde se haya registrada la matrícula no generará la suspensión del servicio educativo por parte de la Universidad; sin embargo, el estudiante no podrá obtener los Certificados de Estudio correspondientes al ciclo donde exista deuda, ni podrá registrar nueva matrícula DE LOS DERECHOS DE TRAMITACION Los pagos correspondientes a los trámites se fijan en el Tarifario Académico de la Universidad. 6.- DE LA DIFUSION La Universidad informará a los estudiantes, a través de los diversos medios de comunicación de los que disponga, el respectivo cronograma de pagos, con la debida anticipación y antes del inicio del proceso de matrícula El Estudiante y su Responsable Económico reconocen que la Universidad le ha aperturado al Estudiante una cuenta en su Sistema Intranet. El estudiante y su Responsable Económico aceptan la obligación de leer en esta cuenta las normas internas donde se señalan sus derechos y obligaciones y las que atañen a la Universidad Con La finalidad de que los estudiantes tengan conocimiento de la presente Directiva, la Universidad la difundirá a través de los diversos medios de comunicación que disponga La presente Directiva se encuentra a disposición de los estudiantes en la Página Web y en los sistemas de información de la Universidad. 7.- ACTO JURIDICO

7 Página:7 de 8 En el anverso de la Ficha de Matrícula se consignan las condiciones que se establecen en los numerales 5.1.3, 5.1.4, 5.1.5, 5.3.1, 5.3.2, y 6.2 de la presente Directiva Administrativa para Pago de Pensión por Servicios Educativos de los Estudiantes de Pre Grado. 8.- DISPOSICIONES FINALES Queda prohibido el financiamiento, reprogramación o fraccionamiento de toda deuda vencida que el estudiante contraiga en la Universidad La modalidad de pago por Banca Directa se realizará conforme a lo establecido en la Guía de Pago en la Modalidad por la Banca Directa, conforme al Anexo Nº 1 y que forma parte de esta Directiva Los aspectos no contemplados en la presente Directiva serán resueltos en primera instancia por el Sub Director Ejecutivo y en última Instancia por el Director Ejecutivo. En las Filiales, la Administración de la Filial, derivará estos casos a la Sub Dirección Ejecutiva La presente Directiva rige a partir del día siguiente de su aprobación. Chorrillos, 28 de noviembre de 2012

8 Página:8 de 8 ANEXO Nº1 GUIA DE PAGO POR LA MODALIDAD DE BANCA DIRECTA 1. Esta modalidad permite al estudiante efectuar sus pagos en los BANCOS autorizados directamente a su cuenta. De esta manera, no será necesario el canje del voucher en la caja de la Universidad, ya que la actualización de los pagos se realizará internamente entre la Universidad y el BANCO afiliado el mismo día en el que se efectúa la operación. 2. Los pagos podrán realizarse a través de la red de oficinas de los BANCOS autorizados (2). 3. La Universidad sincronizará los pagos efectuadas en los BANCOS autorizados en las horas indicadas a continuación: Lunes a Viernes de 08:00 a 20:00 horas (08:00 12:00 17:45 20:00) Los pagos efectuados después de las 20:00 horas serán cargados al día siguiente en el horario establecido. Sábado de 08:00 a 12:00 horas(08:00 12:00) Los pagos efectuados después de este horario serán cargados el día lunes. Entre paréntesis se indican las horas exactas en que la Universidad descargará los pagos efectuados. SE RECOMIENDA A TODOS LOS ESTUDIANTES EFECTUAR EL PAGO ANTES DE LAS 20:00 HORAS PARA EVITAR TENER DIFICULTADES DE INGRESO AL DÍA SIGUIENTE 4. En cuanto al pago, el proceso es el siguiente: El estudiante ingresa al BANCO autorizado, se dirige a la ventanilla donde le solicitarán sus datos, estos son: a. Centro de estudios (Asociación Universidad Privada San Juan Bautista) b. Apellidos y Nombres o Código. No se deberá indicar ninguna cuenta de depósito, solo los datos indicados aquí. (2) La Red de Oficinas que dispone la AUPSJB a la fecha de la emisión de la presente Directiva es: BANCO BIF

9 Página:9 de 8 CAJA RURAL SEÑOR DE LUREN SCOTIABANK BCP INTERBANK BBVA El banco le indicará su deuda pendiente según la información remitida por la Universidad y actualizada diariamente. Deberá cancelar primero la deuda más antigua y en orden de vencimiento (similar caja de la Universidad). El pago es por el 100% (más la mora en caso de estar la deuda vencida). Deberá tomar en cuenta que si por casualidad durante el día algún concepto es alterado o anulado, el pago así efectuado será abonado al concepto de ANTICIPO (3) Una vez realizado el pago, el estudiante recibirá el voucher donde figura su nombre, monto de pago y la institución. La información será actualizada en la Universidad según indica el punto 3. Los estudiantes serán informados del abono y la aplicación de los mismos vía correo electrónico, por ello es necesario que disponga de su cuenta Intranet habilitada. 5. Los estudiantes que dispongan de una cuenta de débito en el BANCO BIF pueden efectuar el pago vía internet a través de BIFNET. De igual manera pueden afiliar su deuda de la Universidad al servicio de DÉBITO AUTOMÁTICO. En el archivo adjunto se indica el procedimiento. 6. IMPORTANTE: En caso de realizar sus pagos en otros BANCOS deberá acercarse a efectuar el canje correspondiente en caja de la Universidad. Los pagos pendientes se actualizan en los bancos diariamente. Para que el pago esté disponible en el banco deberá generar previamente su cuenta corriente programando su semestre en caja de la Universidad un día antes.

10 Página:10 de 8 (3) Los pagos que sean abonados directamente al concepto de ANTICIPO pueden ser canjeados por su deuda acercándose a Caja de la Universidad o enviando un correo electrónico a: cobranzas@upsjb.edu.pe. La cuenta de correo electrónico válido es la que está registrada en su Intranet.

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